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INSTITUTO SUPERIOR DE EDUCACIÓN PÚBLICO REGLAMENTO DE TITULACIÓN PARA OPTAR EL TÍTULO DE PROFESIONAL TÉCNICO EN Computación e Informática

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INSTITUTO SUPERIOR DE EDUCACIÓN PÚBLICO

REGLAMENTO DE

TITULACIÓN PARA OPTAR EL TÍTULO DE PROFESIONAL TÉCNICO

EN

Computación e Informática

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Reglamento de titulación 2017 Programa de estudios de Computación e Informática

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Reglamento de titulación 2017 Programa de estudios de Computación e Informática

CAPÍTULO I. GENERALIDADES

1. FINALIDAD

El presente Reglamento tiene por finalidad establecer las normas, procedimientos que rigen el proceso para optar el Grado de Profesional Técnico en Computación e Informática que ofrece el Instituto Superior de Educación Público LA SALLE –URUBAMBA.

2. BASES LEGALES:

● Ley General de Educación 28044 ● Constitución Política del Perú. ● Ley N°29394, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior ● Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General ● Nº 27806 Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública – Modificada con

la Ley N° 27927 ● D.S. N°039-85-ED, que aprueba el Reglamento Especial para Docentes de

Educación Superior. ● Adecuación de los Institutos de Educación Superior (RD N°0279-85-ED 2010). ● R.D. 0234-2010-ED del 2 de marzo del 2010 (Apartado 7 y 8). ● RD N° 069 – 2015 – MINEDU ● RD N° 070 – 2016 - MINEDU

3. OBJETIVOS

Los objetivos del presente Reglamento son:

3.1 Brindar información sobre los requisitos y procedimientos para la obtención del

título de Profesional Técnico en Computación e Informática

3.2 Orientar sobre las modalidades de titulación: Proyecto de titulación (Investigación

y/o Innovación, Técnico Productivo), Examen de Suficiencia Profesional y

Experiencia Laboral en la Carrera Profesional.

3.3 Implementar la organización y los procedimientos de titulación en la carrera

profesional de Computación e Informática. del Área Tecnológica en el Instituto

Superior de Educación Público “La Salle”.

3.4 Normar las condiciones y procesos para la obtención de la certificación modular.

3.5 Normar e implementar procesos y modalidades de la titulación para la obtención del

Título de Profesional Técnico en la carrera.

4. DE LOS TÍTULOS ACADÉMICOS

El Instituto Superior de Educación Público LA SALLE – URUBAMBA otorga a nombre de la nación:

Título Profesional Técnico en Computación e Informática

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CAPÍTULO II. TITULACIÓN PARA LOS EGRESADOS

5. DE LOS TIEMPOS DE TITULACIÓN Las fechas para realizar una sustentación o examen de suficiencia profesional deberán

estar comprendidas en los días lectivos del semestre activo, no incluyendo los últimos 20

días hábiles del semestre académico. Esto puede ser modificado por la Secretaría

Académica.

6. DE LAS MODALIDADES DE TITULACIÓN

Para optar el Título Profesional se requiere:

6.1 Elaborar, sustentar y aprobar en acto público cualquiera de las siguientes

modalidades:

1. Proyecto de titulación (Técnico Productivo, Investigación y/o Innovación) 2. Examen de Suficiencia Profesional (seminario). 3. Experiencia Laboral en la Carrera Profesional.

Para llevar a cabo un proyecto de titulación se pueden formar grupos de hasta tres (03) integrantes pudiendo ser de diferentes carreras profesionales.

7. DE LA DECLARACIÓN DE EXPEDITO

Para ser declarado expedito, el egresado deberá presentar los siguientes documentos:

- Fotocopia de DNI simple vigente. - 2 fotos a color tamaño pasaporte con terno en fondo blanco. - Constancia de NO Adeudar al Instituto. - Certificado de Estudios Superiores Originales. - Fotocopia fedateadas de Certificados Modulares. - Certificado de Idioma Inglés y/o Nativo de nivel básico A1. - 3 informes de titulación aprobados por los dictaminantes y anillados. - Recibo de pago por derecho de titulación, autorizado por la secretaría

académica. - Constancia de Egresado.

Todos los documentos antes señalados pasarán a ser parte del expediente de titulación. Cumplidas estas condiciones, la Secretaría Académica eleva un informe a la Dirección General, quien emitirá la Resolución Directoral que declara expedito al egresado.

8. DE LAS PRUEBAS DE SUFICIENCIA ACADÉMICA

8.1 Las pruebas de suficiencia académica en Comunicación, Matemática, Segunda

Lengua y Tecnologías de la Información, están orientadas a evidenciar el logro de

las capacidades adquiridas por los estudiantes a través del desarrollo de los

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módulos educativos. Debe ser aplicada luego de haberse declarado expedito al

egresado y/o previa coordinación de Jefatura de Unidad Académica.

8.2 Las pruebas de suficiencia académica, necesariamente incluirán evidencias de

desempeño, que comprenden conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes, de

las capacidades logradas a través de la resolución de problemas o ejecución de

tareas.

8.3 Para la aplicación de la Prueba de suficiencia académica se establecerá, mediante

Resolución Directoral, una comisión integrada dela siguiente manera:

● Presidente : Jefe de la Unidad Académica del Área Tecnológica. ● Secretario : Jefe de área académica o quien haga sus veces. ● Vocal 1 : Docente de perfil afín al módulo Comunicación. ● Vocal 2 : Docente de perfil afín al módulo Matemáticas. ● Vocal 3 : Docente de perfil afín al módulo Segunda Lengua. ● Vocal 4 : Docente de perfil afín al módulo Tecnologías de la

Información.

Esta comisión será la encargada de elaborar y aplicar las pruebas de suficiencia académica.

8.4 Cada una de las pruebas de suficiencia académica, El Jefe de la Unidad

Académica establecerá el cronograma de aplicación en coordinación con las

Jefaturas de Áreas Académicas, en el que será calificada, publicada y firmada el

acta correspondiente y entregada a la Secretaría Académica.

8.5 El estudiante antes de solicitar alguna modalidad de titulación, deberá de aprobar

las pruebas de suficiencia académica que señala el D.S. N°004‐2010‐ED.

8.6 La prueba de suficiencia académica se aprueba con la nota mínima de trece (13).

8.7 Los estudiantes que desaprueben alguna de las pruebas de suficiencia académica

podrán solicitar la evaluación por segunda vez mediante FUT.

CAPÍTULO III. TITULACIÓN POR PROYECTO

9. DE LA ELABORACIÓN DE PERFIL 9.1 Para realizar el Proyecto de Titulación, es necesario presentar un Perfil de

Proyecto, el cual se ajustará en su formato a lo establecido en el Anexo Nº 01 del

presente reglamento.

9.2 Para redactar el Perfil de Proyecto, el (los) interesado(s) elige(n) el tema a

desarrollar y este deberá estar comprendido dentro de las áreas temáticas definidas

en la currícula de estudios de la especialidad; en coordinación con el Docente que

elija como asesor. El Proyecto de Titulación podrá contar con uno o más co-

asesores, las cuales pueden ser docentes de otras especialidades y/o profesionales

de otras Instituciones.

9.3 Si por la naturaleza del proyecto, se necesitará incrementar el grupo para la

titulación con más estudiantes de otras carreras profesionales, se puede hacer

siempre que la sustentación individual garantice el dominio eficiente de la

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competencia lograda y demostrada en el proyecto de titulación.

9.4 El interesado presentará dos (02) ejemplares del Perfil de Proyecto, adjuntando

carta de aceptación de asesor, la carta de aprobación de la Institución en la que se

realiza el proyecto (si se da el caso) adjuntando una solicitud (FUT) de revisión y

aprobación dirigida al Director General, el cual derivará al jefe de área

correspondiente.

9.5 Si el Perfil de Proyecto cumple con los requisitos del trámite administrativo (literal

8.4), el Jefe de Área propondrá la Comisión Dictaminante integrada por dos (02)

docentes de la especialidad de acuerdo al perfil del proyecto.

9.6 Los miembros de la Comisión Dictaminante no deberán tener parentesco con los

egresados hasta el segundo grado de afinidad y cuarto de consanguinidad;

asimismo entre el asesor.

9.7 Los Dictaminantes deberán en un lapso no mayor a los cinco (07) días hábiles

posteriores a su conformación, para emitir el dictamen sobre la misma. El dictamen

puede determinar que el Perfil del Proyecto sea: APROBADO, OBSERVADO O

RECHAZADO.

9.8 Si el Perfil de Proyecto es OBSERVADO, los interesados recibirán el documento de

observación, procediendo a levantar dichas observaciones, y remitir el documento

corregido al Dictaminante correspondiente; quien replicará lo establecido en el

punto anterior de este mismo artículo.

9.9 El Perfil de Proyecto será RECHAZADO si no guarda relación con la especialidad

y/o cuando se genere duplicidad (salvo que el proyecto anterior tenga tenga una

antigüedad de más de 3 años)

9.10 Si el Perfil de Proyecto es APROBADO; los interesados en estrecha coordinación

con su Asesor, serán responsables de su ejecución en los términos bajo los cuales

fue aprobado por la Comisión Dictaminante.

9.11 Los dictaminantes entregarán su informe de Aprobación de perfil a la Jefatura de

Área Académica, y éste remitirá dichos informes a Jefatura de Unidad Académica el

cual redactará un informe detallado a Secretaría Académica para solicitar la

Resolución Directoral de Aprobación del Perfil de Proyecto de Titulación la cual

será recogido por el interesado.

9.12 Emitida la Resolución Directoral de Aprobación de Perfil de Proyecto de Titulación,

da el inicio de su ejecución y desarrollo del Proyecto de Titulación, teniendo el

tiempo de un (1) año para la entrega del informe final, cumplido este plazo los

interesados pueden pedir ampliación del plazo por un lapso de seis (06) meses y

por dos veces de ser el caso, con el respaldo de su asesor justificando y

estipulando las razones de dicho pedido.

9.13 Si los interesados no formulan requerimiento de ampliación de plazo, el Proyecto de

Titulación quedará anulada automáticamente y debe iniciarse un nuevo proceso.

10. DE LA ASESORÍA 10.1 El asesor es elegido únicamente por los egresados involucrados en el proyecto.

10.2 El asesor es el docente responsable de brindar al grupo de estudiantes

asesoramiento metodológico y tecnológico en todo el proceso para hacer posible su

titulación, el tiempo que dedique debe formar parte de su carga académica NO

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LECTIVA y será considerado como mérito en su desempeño profesional. El asesor

es una función sin costo alguno para el interesado y deberá ser aprobado mediante

Resolución Directoral.

10.3 Para asumir una asesoría el docente tiene que pertenecer al tecnológico y tener el

perfil profesional correspondiente al ámbito de desarrollo del proyecto.

10.4 Es responsabilidad del asesor orientar al grupo de Estudiantes para formulación,

ejecución y evaluación del proyecto de titulación.

10.5 Es responsabilidad del asesor acompañar y asesorar al grupo de estudiantes hasta

obtener el título de Profesional Técnico en todo el proceso que implique la

elaboración del perfil, informe de titulación e implementación y ejecución del

proyecto de titulación.

10.6 En caso de que el asesor incumpla sus obligaciones, los estudiantes pueden pedir

cambio de asesor con un FUT explicando sus razones. El asesor será sancionado

con un memorándum excluyéndolo como candidato a dictaminante de proyectos de

titulación.

11. DE LOS DICTAMINANTES 11.1 El Dictaminante es elegido por el Jefe de Área académica del programa de estudios

de computación e Informática.

11.2 Para asumir ser un Dictaminante, el docente tiene que pertenecer al tecnológico y

tener el perfil profesional correspondiente al ámbito de desarrollo del proyecto.

11.3 Es responsabilidad del Dictaminante validar, supervisar y corregir al grupo de

Estudiantes para formulación, ejecución y evaluación del proyecto de titulación

conjuntamente con el docente asesor.

11.4 Si el Dictaminante incumple con sus obligaciones y/o plazos de entrega de su

informe, el Jefe de Área puede reemplazarlo, previa entrega de memorándum

informando de su falta y cese de sus funciones como Dictaminante del proyecto

encargado.

12. DE LA ELABORACIÓN DEL PROYECTO DE TITULACIÓN 12.1 Tras la conclusión del Proyecto de Titulación, el informe final redactado

(contemplando los lineamientos establecidos en el Anexo Nº 02 de este

Reglamento) e informe de respaldo del asesor, quien debe brindar a los egresados

su consejo y ayuda oportuna en todas las fases de ejecución del trabajo y por tanto

es corresponsable del Proyecto de Titulación.

12.2 El interesado presentará dos (02) ejemplares del informe final, adjuntando copia de

la Resolución Directoral de Aprobación de Perfil de Titulación y Carta de Aceptación

de Asesoramiento, con FUT solicitando revisión y aprobación del Informe Final

dirigida a la Dirección General, el cual derivará al Jefe de Unidad Académica del

Tecnológico.

12.3 Si el Proyecto de Titulación, cumple con los requisitos del trámite administrativo, el

Jefe de Unidad Académica emitirá los memorándums según Resolución Directoral,

a los dictaminantes del Proyecto de Titulación.

12.4 Los Dictaminantes deberán en un lapso no mayor a los ocho (08) días hábiles

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posteriores a su conformación, para emitir dictamen sobre la misma. El dictamen

puede determinar que el Proyecto de Titulación sea: APROBADO, OBSERVADO.

12.5 Si el informe final de Proyecto de Titulación OBSERVADO, el interesado recibirá el

documento de observación, procediendo a levantar dichas observaciones, y

retomar el punto

12.6 Solicitando la Revisión correspondiente hasta obtener la APROBACIÓN de los

dictaminantes.

13. DE LA SUSTENTACIÓN DEL PROYECTO DE TITULACIÓN 13.1 Al obtener el informe de aprobación por parte de los dictaminantes, el interesado

deberá solicitar fecha y hora de sustentación a la Dirección General, adjuntando

tres (3) ejemplares (01 original y 02 copias), el cual se derivará a Secretaría

Académica.

13.2 La Secretaría Académica en coordinación con la Jefatura de Unidad Académica del

Tecnológico determinarán la hora y fecha para sustentación, la cual será en forma

individual.

13.3 La Secretaría Académica comunicará a los egresados y los jurados la fecha de

sustentación de Proyecto de Titulación con por lo menos 72 horas de anticipación y

la publicación del acto de sustentación con 48 horas previas.

13.4 El jurado Evaluador estará conformado por:

a. Presidente: Jefe de Unidad Académica o quien haga sus veces. b. Secretario: Dictaminante 1 con el perfil profesional de la carrera. c. Vocal: Dictaminante 2 con el perfil profesional de la carrera.

13.5 Los jurados designados son inamovibles para el acto de sustentación, salvo

ausencia justificada por período prolongado, fallecimiento o enfermedad.

13.6 La exposición de Proyecto de Titulación será hecha en un tiempo mínimo de 15

minutos y máximo de 30 minutos; concluida ésta se dará pase a las preguntas de

los miembros del Jurado Calificador.

13.7 El proyecto de titulación, tanto en la elaboración del mismo, como en su desarrollo,

informe y sustentación tiene por finalidad evidenciar las competencias:

a. De conocimiento. b. De proceso. c. De producto.

13.8 Terminado el acto de sustentación, el Jurado procederá a la calificación del

Proyecto de Titulación, para lo cual se dará un cuarto intermedio para la

deliberación del veredicto final. La calificación se dará en los siguientes términos:

a. DESAPROBADO con nota promedio menor a 13. b. APROBADO con nota promedio mayor a 13.

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El cual quedará registrado y firmada en el acta de sustentación; dicho resultado es INAPELABLE.

13.9 Si la sustentación es DESAPROBADA y/o no se presenta, se dará al interesado

una segunda oportunidad para volver a sustentar en un plazo no mayor de dos (02)

meses. Si la sustentación fuese DESAPROBADA y/o no se presenta en esta

segunda oportunidad no tendrá derecho a titularse con el Proyecto de Titulación

presentado; por lo tanto, deberá someterse a un nuevo proceso.

13.10 En caso de APROBACIÓN, luego de leído el resultado, se procede a la

juramentación de los nuevos profesionales.

CAPÍTULO IV. TITULACIÓN POR EXAMEN DE SUFICIENCIA PROFESIONAL

14. TITULACIÓN POR EXAMEN DE SUFICIENCIA PROFESIONAL 14.1 Esta modalidad es personal y no necesita de un grupo para llevarse a cabo.

14.2 Estará compuesto por 2 (dos) evaluaciones, examen teórico y examen práctico.

14.3 DEL EXAMEN TEÓRICO

La modalidad de Examen Teórico considera todos los módulos profesionales y

contiene los siguientes procedimientos y requisitos:

Los egresados deberán cumplir con los requisitos establecidos en la secretaría

académica quien los declara expeditos para iniciar este proceso.

Los egresados que se acogen a esta modalidad recibirán un temario de los

contenidos desarrollados en el último año de la formación profesional.

El egresado tendrá la opción de ser capacitado a través de la plataforma virtual

de manera virtual y/o presencial, previa pre inscripción en la jefatura de área

académica.

El jurado evaluador será elegido por el Jefe de Área y estará conformado por:

Presidente: Jefe del Área Académica de la carrera de Computación e Informática

Vocal: Docente del Área Académica de la carrera de Computación e Informática

Secretario: Docente del Área Académica de la carrera de Computación e Informática

El jurado evaluador elabora y ejecuta los exámenes teórico y práctico que

comprende la modalidad, y los resultados son remitidos a la secretaria

académica.

La fecha y hora será establecida por el jurado evaluador.

El examen teórico consistirá en 50 preguntas (las cuales serán extraídas del

temario en forma proporcional a la cantidad de módulos formativos que contiene

cada programa de estudio) con alternativas de selección múltiple elaborado por

el jurado y tendrá una duración de 60 Minutos.

El egresado deberá presentar mediante un FUT la selección del módulo con el

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cual deberá realizar la sustentación del examen práctico.

El examen práctico tendrá una duración de 120 minutos, y será planteado por el

jurado evaluador.

El egresado debe obtener una calificación mínima de 13(Trece) en la escala

vigesimal, 0.5 se considera a favor del egresado para continuar con el proceso

de titulación, la nota aprobatoria deberá ser en cada uno de los examenes de la

modalidad.

En caso de desaprobar este examen, el egresado tiene una segunda

oportunidad, para lo cual deberá volver a pagar los derechos de examen

14.4 DEL EXAMEN PRÁCTICO

La modalidad de Examen Práctico considera un solo módulo profesional y será

elegido al azar. Contendrá los siguientes procedimientos y requisitos:

El examen teórico será pre requisito para la sustentación del examen práctico.

El jurado evaluador elabora y ejecuta el examen práctico, y los resultados son

remitidos a la secretaria académica.

La fecha y hora será establecida por el jurado evaluador.

La prueba consistirá ejercicios prácticos del módulo sorteado y tendrá una

duración de 120Minutos.

El egresado debe obtener una calificación mínima de 13(Trece), 0.5 se

considera a favor del egresado para continuar con el proceso de titulación

CAPÍTULO V. TITULACIÓN POR EXPERIENCIA LABORAL EN LA CARRERA PROFESIONAL.

La modalidad de experiencia laboral contemplara los siguientes procedimientos y

requisitos:

14.1 Los egresados que se acogen a esta modalidad tienen que tener un mínimo de 02

años de experiencia laboral.

14.2 La experiencia laboral se considera después de haber concluido todas las prácticas

pre profesionales de la carrera.

14.3 Tener vigente un contrato de trabajo y/o documentos que acrediten la labor

desempeñada

14.4 El egresado solicitara al jefe de área académica la aceptación respectiva, el cual en

reunión de docentes de la carrera validarán el cumplimiento de los requisitos

establecidos, para tramitarlo antes las oficinas respectivas deberá contar con el

informe de aprobación emitido por el jefe de área académica

14.5 Una vez admitido la modalidad, presentará tres ejemplares del informe de

experiencia laboral de acuerdo al esquema propuesto.

14.6 Los miembros del jurado calificador tendrán cinco días hábiles para emitir el

informe.

14.7 En caso de ser observado el informe del egresado tendrá un plazo de cinco días

hábiles como máximo para presentar el informe corregido.

14.8 Una vez aprobado el informe final el egresado sustentara dicho informe en un plazo

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de cinco días hábiles, para lo cual el Jefe de área en coordinación con la Jefatura

de Unidad Académica designara a los miembros del jurado evaluador.

14.9 La sustentación contemplará tres momentos, un primer momento de 20 minutos

donde expondrá su experiencia profesional, las competencias adquiridas y

aplicadas, un segundo momento de 20 minutos donde el vocal realiza las preguntas

al aporte realizado a la organización y un tercer momento donde el presidente y

secretario realizan preguntas al contexto del trabajo o labor.

CAPÍTULO VI. TRÁMITE DEL TÍTULO

Art 11°: DEL OTORGAMIENTO Y REGISTRO DE TÍTULO

11.1 El Director General, otorga el título mediante Resolución Directoral. 11.2 El ISE Público “LA SALLE”, desarrolla el nuevo DCB, utilizará los actuales formatos

de títulos que son proveídos por el Ministerio de Educación. 11.3 El registro de los títulos es de responsabilidad de la Dirección Regional de

Educación de Cusco. 11.4 Es responsabilidad de la Dirección Regional de Educación Cusco cumplir con los

siguientes procedimientos administrativos:

Art 12°: DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Primera. La vigencia de este Reglamento de Titulación para egresados del Área Tecnológica del Instituto Superior La Salle será a partir de la aprobación por Resolución de la Dirección General del Instituto. Segunda. Los artículos y normas presentes pueden variar en el caso que la Dirección Regional de Educación o el Ministerio de Educación emitan otras disposiciones que afecten al presente reglamento. Tercera. Cualquier situación no establecida en el presente Reglamento deberá ser resuelta por el Consejo Directivo del ISE Público La Salle.

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Anexo 01: FORMATO DEL PERFIL DE PROYECTO DE TITULACIÓN

1 TITULO

2 UBICACIÓN DEL PROYECTO

3 RESPONSABLES DEL PROYECTO (incluir nro. de teléfono)

4 ANTECEDENTES

5 DIAGNÓSTICO DE LA SITUACIÓN ACTUAL

6 IDENTIFICACIÓN Y FORMULACIÓN DEL PROBLEMA

6.1 IDENTIFICACIÓN DEL PROBLEMA

6.2 FORMULACIÓN DEL PROBLEMA

7 JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO DE TITULACIÓN

8 OBJETIVOS

8.1 OBJETIVO GENERAL

8.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS

9 ALCANCES

10 ESTUDIOS DE FACTIBILIDAD

10.1 FACTIBILIDAD OPERACIONAL

10.2 FACTIBILIDAD TÉCNICA

10.2.1 HADWARE

10.2.2 SOFTWARE

10.3 FACTIBILIDAD ECONÓMICA (los estudios de factibilidad económica

incluyen análisis de costos)

11 BENEFICIARIOS

11.1 BENEFICIARIOS DIRECTOS

11.2 BENEFICIARIOS INDIRECTOS

12 CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES

13 BIBLIOGRAFÍA

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Anexo 02: ESQUEMA DEL INFORME DEL PROYECTO

1. CARATULA 2. AGRADECIMIENTO 3. DIDICATORIA 4. ÍNDICE GENERAL 5. PRESENTACIÓN 6. TITULO DEL PROYECTO 7. RESPONSABLES DEL PROYECTO

(Nombres de todos los involucrados con el desarrollo del proyecto, incluir nro. de teléfono)

8. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO (Describe en que consiste tu proyecto)

9. JUSTIFICACIÓN (Porqué es importante realizar este proyecto)

10. OBJETIVOS a. OBJETIVO GENERAL b. OBJETIVOS ESPECÍFICOS

11. RESULTADOS ESPERADOS Permite…. Genera….

12. DESARROLLO DEL PROYECTO a. ETAPA 1: … b. ETAPA 2: … c. ETAPA 3: …

13. COSTOS DE DESARROLLO DEL PROYECTO a. Costo de mano de obra b. Costo de equipos y herramientas (software, hardware y host) c. Costo de materiales (papelería, cd´s. etc)

14. CRONOGRAMA DE TRABAJO 15. CONCLUSIONES 16. RECOMENDACIONES 17. BIBLIOGAFÍA 18. ANEXOS

a. Fotocopias de los documentos y/o fotos recolectados b. Imágenes de la estructura c. Fotos trabajando y diseñando. d. Cd con el informe en pdf y el proyecto completo

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Anexo 03: Estructura de Carátula y Documento CARÁTULA Debe facilitar la pronta ubicación del trabajo, para lo cual debe contener los siguientes datos: ● Nombre completo del Instituto: Debe estar centrado y con mayúsculas a 7 cm del borde

superior. ● Logo de la institución: centrado a 1cm por debajo del nombre del Instituto “La Salle” en

tamaño de 3 cm por 7 cm ● Nombre del Área: También centrado y a 1 cm por debajo del logo, debe estar escrito en

Mayúsculas. ● Nombre de la Especialidad Profesional: A 2 cm por debajo del nombre del Área, debe

ser escrito el nombre de la Carrera Profesional. ● Materia de Referencia: Deberá ir a la izquierda a 2 cm del nombre de la especialidad.

Deberá decir” Proyecto de Titulación.” ● Título del informe: Debe estar centrado con caracteres destacados y arreglados. Estará

a una distancia de 1 cm de Materia de Referencia, a 1 cm por debajo del título y a partir de la mitad de la hoja deberá ir la siguiente frase: Presentado por.

● Nombre del autor: Deberá estar a 2 cm por debajo de la referencia, en orden alfabético por apellido de ser varios los integrantes

● Objetivos del trabajo: A 1,5 cm debajo del nombre del autor debe indicarse lo siguiente: Para optar el título de; y a un 1 por debajo del objeto el título a obtenerse (ambos deben ir a partir de la mitad de la hoja)

● Lugar y fecha: Debe ir centrado a 3 cm del borde inferior, el año debe ir sin coma.

ESTRUCTURA DEL DOCUMENTO

- DEDICATORIA Y AGRADECIMIENTO

- ÍNDICE

- CUERPO DEL INFORME

- ANEXOS ● Resolución Directoral de aprobación de perfil ● Informes de aprobación de dictaminantes ● Otros.

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Anexo 04: Lineamientos de redacción de documentos.

1. Utilizar papel tipo bond blanco tamaño A-4 no menor de 75 gramos. 2. Deben emplear el tipo de letra “Arial” de 12 puntos. Los textos siempre de color

negro, las figuras, diagramas, cuadros, pueden ser a colores. 3. La escritura será a 1.5 espacio, por un solo lado de la hoja, sin borrones o

enmendaduras. Los nombres científicos serán en letra cursiva entre paréntesis. 4. Utilizar el resalte en “negrita” sólo para títulos y subtítulos. 5. No subrayar títulos y subtítulos. 6. Respetar los márgenes establecidos de: 3.5 cm a la izquierda; 3 cm Superior; 3 cm

en márgenes derecho e inferior. 7. Las páginas de inicio de capítulo o sección tendrán un margen superior de 6 cm. Y

sus títulos estarán centrados. 8. La numeración de las páginas con números arábigos empieza en la página de

introducción sin escribirla. Y puede estar ubicada en posición central o inferior derecha.

9. La numeración de las páginas de inicio de sección o capítulo no se escriben, pero sí se consideran en la forma correlativa.

10. Consignar las fuentes de autor (año), al final de cada cita o párrafo y para todos los cuadros, tablas, figuras y diagramas.

11. Se debe exigir la aplicación del SISTEMA MÉTRICO DECIMAL y el Sistema Legal de Medidas del Perú.

12. Los inicios de párrafo tendrán una sangría de 5 espacios. 13. Dejar un espacio entre párrafo y párrafo, y doble espacio entre párrafo y título o

subtitulo. 14. El resumen no debe exceder las 250 palabras. Debe dar una información global del

tema incluyendo resultados en forma concreta. Indicar las palabras claves que identifiquen el tema.

15. La introducción, debe dar una idea clara del tema incluyendo las referencias consultadas. Se debe citar los objetivos del trabajo. No excederá de las 250 palabras (una página y media).

16. El cuerpo del trabajo, será escrito en forma impersonal, detallada, clara, lógica y coherente. Los resultados se expondrán en forma imparcial, objetiva y concisa, con la ayuda de cuadros, tablas, figuras, diagramas. Los resultados deben ser discutidos comparándolos con las referencias bibliográficas similares y dando las explicaciones del caso por las concordancias o diferencias encontradas. No se recomienda un promedio de hojas.

17. Las conclusiones estarán numeradas y deben ser párrafos cortos, concisos, precisos y ordenados, dando respuesta a los objetivos planteados y resultados obtenidos.

18. Tablas, Cuadros y Figuras Cualquier forma de presentación empleada en el trabajo tendrá que ser denominada Tabla, Cuadro o Figura.

- Las tablas exhiben valores numéricos exactos y los datos están dispuestos de forma organizada en líneas y columnas, facilitando su comparación" e indicar Fuente.

- Las figuras son “cualquier tipo de ilustración que no sea tabla. Una figura puede ser un cuadro, un gráfico, una fotografía, un dibujo u otra forma de representación”.

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Toda tabla, cuadro o figura deberán exhibir un título (Tabla/Cuadro/Figura) (número): (denominación) justificado a la izquierda y en la parte inferior su fuente y el medio de elaboración.

19. Las recomendaciones también serán párrafos cortos, concisos y ordenados y son consecuencia de las conclusiones obtenidas u observaciones planteadas. Igualmente, irán numeradas.

20. Las citas bibliográficas consignadas en el cuerpo del trabajo, ya sea con el nombre del autor y año o con números arábigos, entre paréntesis, deberán estar citados en la bibliografía de referencia de acuerdo al formato escogido, (ver Anexo Nº 06) estarán ordenadas alfabéticamente y deben seguir una numeración correlativa.

21. En la sección anexos se incluirá toda la información resaltante y complementaria al trabajo e incluirán: tablas, cuadros, formatos, normas, planos.

22. Todos los trabajos estadísticos deben ir en la parte de ANEXOS.

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Anexo 05: Normas para elaborar bibliografía 1. LIBROS

Debe incluir la referencia completa de todas las obras citadas en el texto, ordenadas alfabéticamente, según el presente modelo. • Apellido. • Nombre. • Fecha. • Título. • Editorial. • Ciudad. Ejemplo: • BERNAL, César. 2000 Metodología de la Investigación para Administración y Economía. Pearson Educación. Santa Fe de Bogotá. Si la bibliografía incluye más de una entrada del mismo autor, éstas deben ir ordenadas según la fecha de publicación. Ejemplo: • KOTLER, Philip. 1994a Dirección de la Mercadotecnia. Prentice Hall Hispanoamericana. 7ma edición. México DF. 1994b Fundamentos de Mercadotecnia. Prentice Hall Hispanoamericana. 2da edición. México DF. 2. REVISTAS / BOLETINES / PERIODICOS

• Articulista como autor. • Título del artículo entre comillado. • Nombre de la revista en cursiva. • Ciudad de edición. • Año y número de la revista. • Editor de la revista. • Fecha de la revista. Ejemplo: • TITO, Pedro. “Gestión del Conocimiento, un nuevo Paradigma Organizacional”. En: Gestión en el Tercer Milenio. Lima. Año 5. Nº 9. Instituto de Investigaciones de la Facultad de Ciencias Administrativas-UNMSM. Octubre 2002. • ERNST & Young. “Gestión por competencias, Innovación en la gestión empresarial”. En: Cuadernos Cinco Días. Madrid. Año XII. Fascículo No 6. Referencia de la revista sin autor: • “Nitroven primera empresa de El Tablazo”. En: Revista Momento. Año XVI. Nº 858. Caracas, Diciembre 1992.

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3. TESIS/ PROYECTO • Autor. • Título de la tesis en cursivas. • Indicar tipo de documento (Tesis) y grado para el que se presenta. • Universidad de procedencia. Ejemplo: • BECERRA, Rudy. Nuevos Principios de Gestión en la Industria que trabaja a pedido, con procesos unitarios y variación en los estándares. Tesis (Doctorado). Universidad Nacional Mayor de San Marcos. 4. INTERNET

• http://www.adobe.com (Adobe Systems Incorporated) • http://www.nuevaempresa.cu/03_21.thm. Si se conoce específicamente la procedencia: • BUENO, Edgar. "El Capital Intangible como Clave Estratégica en la Competencia Actual". 1998. EN: http://www.gestiondelconocimiento.com/index.php3 • PUZUETA DE PAREDES, Fernando: “Los primeros pasos hacia la Gestión del Conocimiento”. 2000. EN: http://www.gestiondelconocimiento.com/casos_area_profesional