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REGLAMENTO DE EVALUACIÓN COLEGIO SANTO DOMINGO PADRES DOMINICOS 2019

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REGLAMENTO DE EVALUACIÓN

COLEGIO SANTO DOMINGO PADRES DOMINICOS

2019

~ 1 ~

Reglamento de Evaluación Colegio Santo Domingo Padres Dominicos

~ 2 ~

Reglamento de Evaluación Colegio Santo Domingo Padres Dominicos

INTRODUCCIÓN ............................................................................................................................................... 6

CAPÍTULO 1.-REGLAMENTO DE EVALUACIÓN ENSEÑANZA GENERAL DE PRIMERO A OCTAVO AÑO

DE ENSEÑANZA BÁSICA ................................................................................................................................. 7

Artículo 1 ........................................................................................................................ 7

Artículo 2 ........................................................................................................................ 7

Artículo 3 ........................................................................................................................ 7

a) Estrategias para evaluar los aprendizajes de los alumnos: .................................................. 7

a.1) Tipos de evaluación .................................................................................................... 7

Evaluación Diagnóstica ........................................................................................................ 7

Evaluación Inicial ........................................................................................................... 8

Evaluación formativa ..................................................................................................... 8

Evaluación sumativa ...................................................................................................... 8

a.2) Fechas y plazos de evaluaciones: ................................................................................ 8

a.3) Copia en evaluaciones ................................................................................................ 9

a.4) Nivel de eficiencia ............................................................................................. 10

a.5) Inasistencia a evaluaciones ....................................................................................... 10

a.6) Evaluaciones de Talleres, reforzamiento y Nivelación ................................................ 11

a.7) Pruebas semestrales: ............................................................................................... 11

a.8) Informes de desarrollo personal y social .................................................................... 12

b) Formas de calificar y comunicar los resultados................................................................. 12

b.1) Nivel mínimo de eficiencia y procedimiento sumativo coeficiente dos ....................... 12

b.2) Registro y número mínimo de calificaciones: ............................................................. 12

b.3) Eximición de rendir prueba semestral: ...................................................................... 13

b.4) Ponderación prueba semestral ................................................................................. 13

Artículo 4 ....................................................................................................................... 15

Artículo 5 ....................................................................................................................... 15

Artículo 6 ....................................................................................................................... 15

Artículo 7 ....................................................................................................................... 15

Artículo 8 ....................................................................................................................... 16

Artículo 9 ....................................................................................................................... 16

Artículo 10 ..................................................................................................................... 16

Artículo 11 ..................................................................................................................... 19

a) Promoción de curso ................................................................................................. 19

~ 3 ~

Reglamento de Evaluación Colegio Santo Domingo Padres Dominicos

b) Asistencia ........................................................................................................................ 19

Artículo 12 ..................................................................................................................... 19

a) Situaciones especiales de evaluación y promoción: .......................................................... 19

Artículo 13 ..................................................................................................................... 20

Artículo 14 ..................................................................................................................... 20

CAPÍTULO 2. ..................................................................................................................................... 21

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN ENSEÑANZA GENERAL DE PRIMERO A SEGUNDO AÑO DE

ENSEÑANZA MEDIA....................................................................................................................................... 21

Artículo 1 ....................................................................................................................... 21

Artículo 2 ....................................................................................................................... 21

Artículo 3 ....................................................................................................................... 21

a) Formas, tipos y carácter de los procedimientos evaluativos que se aplicarán ................... 21

a.1) Tipos de evaluación .................................................................................................. 21

Evaluación Diagnóstica ...................................................................................................... 22

Evaluación formativa ................................................................................................... 22

Evaluación sumativa .................................................................................................... 22

a.2) Formas de evaluación ............................................................................................... 22

a.3) Sistema de registro e información de evaluaciones ................................................... 23

a.3.1) Fechas y evaluaciones ............................................................................................. 23

a.3.2) Retroalimentación del proceso de evaluación..................................................... 23

a.3.3) Copia en evaluaciones ........................................................................................ 24

a.3.4) Nivel de eficiencia ....................................................................................... 24

a.3.5) Inasistencia a evaluaciones ................................................................................ 24

a.3.6) Evaluaciones de Talleres, reforzamiento y Nivelación ......................................... 25

a.3.7) Pruebas semestrales ............................................................................................... 26

a.3.8) Información a Apoderados sobre desarrollo personal y social de los alumnos ..... 26

b) Formas de calificar y comunicar los resultados................................................................. 26

b.1) Nivel mínimo de eficiencia y procedimiento coeficiente dos ...................................... 26

b.2) Registro y número mínimo de calificaciones .............................................................. 27

b.3) Eximición de rendir prueba semestral ....................................................................... 27

b.4) Ponderación prueba semestral ................................................................................. 28

Artículo 4 ....................................................................................................................... 30

Artículo 5 ....................................................................................................................... 30

~ 4 ~

Reglamento de Evaluación Colegio Santo Domingo Padres Dominicos

Artículo 6 ....................................................................................................................... 31

Artículo 7 ....................................................................................................................... 31

Artículo 8 ....................................................................................................................... 31

Artículo 9 ....................................................................................................................... 31

CAPÍTULO 3.- REGLAMENTO DE EVALUACIÓN ENSEÑANZA GENERAL DE TERCERO A CUARTO AÑO

DE ENSEÑANZA MEDIA ................................................................................................................................. 32

Artículo 1 ....................................................................................................................... 32

Artículo 2 ....................................................................................................................... 32

Artículo 3 ....................................................................................................................... 32

Artículo 4 ....................................................................................................................... 32

Artículo 5 ....................................................................................................................... 33

a) Logro de objetivos ................................................................................................... 33

b) Asistencia ........................................................................................................................ 33

Artículo 6 ....................................................................................................................... 33

Artículo 7 ....................................................................................................................... 34

Artículo 8 ....................................................................................................................... 34

Artículo 9 ....................................................................................................................... 34

Artículo 10 ..................................................................................................................... 34

Artículo 11 ..................................................................................................................... 34

Artículo 12 ..................................................................................................................... 34

- a) Formas, tipos y carácter de los procedimientos evaluativos que se aplicarán ................. 34

a.1) Tipos de evaluación .................................................................................................. 35

Evaluación Diagnóstica ...................................................................................................... 35

Evaluación formativa ................................................................................................... 35

Evaluación sumativa .................................................................................................... 35

a.2) Formas de evaluación ............................................................................................... 35

a.3) Sistema de registro e información de evaluaciones: .................................................. 36

a.3.1) Fechas y evaluaciones ............................................................................................. 36

a.3.2) Retroalimentación del proceso de evaluación..................................................... 36

a.3.3) Copia en evaluaciones ........................................................................................ 37

a.3.4) Nivel de eficiencia ....................................................................................... 37

a.3.5) Inasistencia a evaluaciones ................................................................................ 37

a.3.6) Evaluaciones de Talleres, reforzamiento y Nivelación ......................................... 38

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Reglamento de Evaluación Colegio Santo Domingo Padres Dominicos

a.3.7) Pruebas semestrales ............................................................................................... 39

a.3.8) Información a Apoderados sobre desarrollo personal y social de los alumnos ..... 39

b) Formas de calificar y comunicar los resultados................................................................. 39

b.1) Nivel mínimo de eficiencia y procedimiento sumativo coeficiente dos ....................... 39

b.2) Registro y número mínimo de calificaciones .............................................................. 39

b.3) Eximición de rendir prueba semestral ....................................................................... 40

b.4) Ponderación prueba semestral: ................................................................................ 40

c) Procedimientos que aplicará el establecimiento para determinar la situación final de los

alumnos ..................................................................................................................... 41

d) Evaluación diferenciada: temporal o permanente ............................................................ 41

e) Requisitos y procedimiento para promover alumnos(as) con porcentaje menores de

asistencia ............................................................................................................................ 42

f) Situaciones especiales de evaluación y dentro del año escolar .......................................... 42

g) Procedimientos que aplicará el establecimiento para determinar la situación final de los

alumnos ..................................................................................................................... 43

Anexo n. 1 ......................................................................................................................... 44

PLANES DE ESTUDIO Y PROGRAMAS VIGENTES AÑO 2018 – 2019 ................................................... 44

DECRETOS VIGENTES ...................................................................................................................................... 46

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Reglamento de Evaluación Colegio Santo Domingo Padres Dominicos

INTRODUCCIÓN

El Reglamento de Evaluación es un documento oficial del colegio, complementario al proceso de aprendizaje - enseñanza.

En él, se norman los procedimientos evaluativos a través de un lenguaje común y

que constituye para apoderados, alumnos(as) y profesores(as) un marco regulador del proceso evaluativo.

El ámbito de aplicación del presente reglamento se encuadra en la vigencia de los

dispositivos curriculares y evaluativos ministeriales, y en aquellos planes y programas propios autorizados1.

Según el ámbito de aplicación de los decretos, corresponde al Colegio Santo Domingo

desarrollar e implementar un reglamento de evaluación por ser cooperador de la función educacional del Estado y por impartir educación en todos los niveles de la Educación General Básica, de 1° y 2° año de Enseñanza Media, y de 3° y 4° año de Enseñanza Media.

Para los efectos de la aplicación de este reglamento los alumnos serán evaluados en

períodos semestrales.

El Rector del colegio fijará los límites cronológicos de los semestres de acuerdo al Calendario Escolar Regional impartido por la Secretaría Ministerial de Educación.

1 Anexo Final.

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Reglamento de Evaluación Colegio Santo Domingo Padres Dominicos

CAPÍTULO 1.-REGLAMENTO DE EVALUACIÓN ENSEÑANZA GENERAL

DE PRIMERO A OCTAVO AÑO DE ENSEÑANZA BÁSICA

Artículo 1

- Apruébense las siguientes disposiciones sobre evaluación, calificación y promoción escolar de niñas y niños de enseñanza básica; estarán fundadas y en concordancia con el decreto 511/97 y sus modificaciones respectivas señaladas en la introducción general al presente reglamento.

Artículo 2

- El Rector del Colegio, previo conocimiento del Consejo General de Profesores, establecerá el presente Capítulo del Reglamento de Evaluación; será comunicado de la siguiente forma:

a) a los apoderados publicado en página web del Colegio; informando vía mail de las modificaciones sucesivas; b) a los alumnos, publicado en página web y entregada una copia escrita al Centro de Alumnos; c) se enviará una copia del presente capítulo y del reglamento de evaluación a la Sección correspondiente del Ministerio de Educación para su información.

Artículo 3

- Toda evaluación deberá ser estructurada en función de los objetivos de aprendizaje propuestos en el programa de estudio y en la planificación de enseñanza. Además, deberá cumplir con las normativas técnicas pedagógicas instruidas por Dirección de Estudios tales como:

a) Estrategias para evaluar los aprendizajes de los alumnos:

a.1 ) Tipos de evaluación

Evaluación Diagnóstica

- Como una forma en que el profesor(a) toma conocimiento y adquiere información de la situación de aprendizaje al iniciarse el proceso, respecto a los objetivos de aprendizaje de entrada y poder determinar dónde está el alumno(a) en relación a dónde debe llegar. De tal manera que la evaluación diagnóstica se planificará, elaborará, ejecutará y estudiaran sus resultados para la toma de decisiones durante las dos primeras semanas de iniciado el año lectivo para los cursos: 1° a 4° básico. Además, el profesor(a) podrá aplicarla toda vez que

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Reglamento de Evaluación Colegio Santo Domingo Padres Dominicos

lo considere necesario, respecto a uno o varios alumnos que se integren durante el proceso o inicien una unidad de aprendizaje. Se tendrá especial atención con los alumnos nuevos que ingresen al Colegio.

Evaluación Inicial

- Para los cursos: 5° básico a 8º básico. El propósito de este procedimiento evaluativo es identificar tanto el ámbito del saber, como del saber hacer, en donde se encuentran los alumnos(as). Se tendrá especial atención con los alumnos nuevos que ingresan al Colegio.

Evaluación formativa

- Su objetivo es detectar la situación de aprendizaje con el propósito cambiar rumbos en la planificación instruccional; como retroalimentación del proceso al interior de la sala de clases. El profesor(a) no debe dejar de aplicarla en todo momento durante el proceso, ya sea en sus modalidades oral o escrita o cualquiera otra forma que estime adecuada, previo acuerdo con el Coordinador(a) de Área (de 5° a 8° básico) y/o Coordinador(a) de Ciclo de Básica (1° a 4° Básico), y autorizado por Dirección de Estudios.

Evaluación sumativa

- Como información para el profesor(a) respecto al nivel de logros de varios objetivos de aprendizajes, por parte del alumno, se aplicará toda vez que el profesor(a) la estime necesaria, y de acuerdo a planificación general de Dirección de Estudios. Además, se empleará esta forma de evaluación para determinar los resultados del proceso de aprendizaje – enseñanza. Durante el primer y segundo semestre del año lectivo se considerarán evaluaciones sumativas, siendo éstas: acumulativas (objetivos de aprendizaje y procedimientos aplicados clase a clase en determinados períodos de tiempo), parciales (objetivos de aprendizaje de un determinado período de tiempo), y semestrales (objetivos de aprendizaje determinados durante un semestre).

- Las formas de evaluación enunciadas podrán ser aplicadas por el profesor(a) en sus modalidades oral o escrita o utilizando otro instrumento adecuado. Sin embargo, las evaluaciones diagnósticas e iniciales, cuando vayan al inicio del año escolar, deberán ser necesariamente escritas.

a.2 ) Fechas y plazos de evaluaciones:

- No podrán calendarizarse procedimientos evaluativos con un plazo menor a 6 días antes de entregas oficiales de resultados académicos a alumnos y padres y apoderados.

- Dirección de Estudios entregará a Coordinadores de Ciclo y Área las fechas de los períodos evaluativos para que, en los tiempos establecidos, se calendaricen los procesos correspondientes de las asignaturas.

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Reglamento de Evaluación Colegio Santo Domingo Padres Dominicos

- La calendarización definitiva será informada a alumnos y padres y apoderados mediante publicación en la página web del Colegio, y publicada por escrito en los paneles informativos de cada curso de 1° a 8° Año de Enseñanza General Básica, y en el panel informativo de las Salas de Profesores.

- El alumno(a) conocerá de manera explícita las fechas, objetivos de aprendizaje, habilidades y contenidos a evaluar, al menos con una semana de anticipación.

- Los alumnos(a)s de 1º a 8º básico, no podrán tener dos o más procedimientos evaluativos coeficiente dos en un mismo día, salvo que uno de ellos corresponda a Educación Física o Deportes.

- Los docentes de asignatura retroalimentarán a los alumnos de los aprendizajes obtenidos en las evaluaciones realizadas.

- Todo procedimiento de evaluación (prueba escrita o trabajo), debe ser devuelto a los alumnos(as) para su revisión, como también a los apoderados para que tomen conocimiento de los resultados. En caso que sea necesario, guardar dichos instrumentos, éstos deberán ser recogidos con la firma de revisión del alumno o apoderado.

- Los resultados y calificaciones de evaluaciones se entregarán y registrarán en el libro de clases en un plazo máximo de 7 días hábiles, a partir de efectuada la aplicación del procedimiento evaluativo.

- Todo proceso de evaluación debe ser estudiado por los profesores y cuando se detecten dificultades importantes en los aprendizajes se realizará un análisis de la situación de acuerdo con el manual de procedimientos; en estos casos los resultados y calificaciones de evaluaciones se entregarán y registrarán en el libro de clases en un plazo máximo de 10 días hábiles, a partir de efectuada la aplicación del procedimiento evaluativo.

- Para las asignaturas de: Tecnología, Artes, Música y Educación Física los resultados y calificaciones de evaluaciones de procesos se entregarán y registrarán en el libro de clases el mismo día en que fue agenda la fecha de evaluación.

- Toda calificación obtenida entre 1,0 y 2.5 por un alumno(a) como producto de un procedimiento evaluativo deberá ser informada por escrito al Profesor(a) Jefe(a) por el (la) Profesor(a) de Asignatura donde se obtuvo la nota deficiente, antes de ser registrada en el Libro de Clases. El Profesor Jefe informará por escrito a los alumnos(as) y a los padres y apoderados de esta calificación dentro del plazo estipulado para el registro de notas en los libros de clase. Se adjuntará copia escrita de la información a Dirección de Estudios.

a.3 ) Copia en evaluaciones

- El alumno(a) que sea sorprendido en una situación deshonesta y/o irregular (copiando en pruebas y/o trabajos, entregando información, “soplando”, con copias textuales de Internet

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Reglamento de Evaluación Colegio Santo Domingo Padres Dominicos

sin su referencia, etc.) con evidencia concreta, durante la aplicación de prueba u otro procedimiento evaluativo, comete una falta grave como lo señala el Reglamento Interno de convivencia del Colegio. Además, será sometido a una prueba o interrogación a partir del mismo día en que se conozca la falta y en un plazo no mayor a tres días, y será administrada por el Profesor(a) de la asignatura correspondiente, registrándose en su hoja de vida la observación de la situación acontecida. La escala de exigencia será al 80% de logro para nota mínima.

a.4 ) Nivel de eficiencia

- Todas las evaluaciones parciales, coeficiente dos, reforzamiento, talleres no electivos, semestrales y de promedio general, y otras tendrán un nivel de eficiencia mínimo del 60% correspondiente a la nota 4.

a.5 ) Inasistencia a evaluaciones

- El alumno(a) que no asista a una instancia de evaluación, podrá ser evaluado desde el momento de su reincorporación a clases sistemáticas. Si justifica su inasistencia con certificado médico, se aplicará un nivel de exigencia del 60%, en caso contrario, de un 80%.

- Cuando el alumno(a) faltare a más de una evaluación, previa justificación escrita por el apoderado, se procederá a calendarizar dichas evaluaciones informándose al mismo y a su familia por escrito en la Agenda Escolar.

- Si el alumno(a) faltase a un procedimiento evaluativo, como un trabajo en grupo u otra instancia evaluativa que implique su participación en tareas con sus pares, el Profesor(a) de la asignatura, determinará el procedimiento de evaluación a realizar en su reemplazo. En ningún caso será el aplicado a compañeros.

- Las inasistencias a procedimientos evaluativos por representar al Colegio en eventos artísticos, culturales, deportivos, formativos, pastorales, etc. permiten al alumno rendir las evaluaciones con un 60% de exigencia en un plazo fijado de modo previo a la actividad en la cual participa. Estas pruebas se realizarán después del término de la jornada escolar.

- Toda evaluación y/o procedimiento evaluativo que se aplique a los alumnos por su inasistencia, deberá ser distinto al aplicado al curso.

- El horario para aplicar todo procedimiento evaluativo atrasado por causa de inasistencia de los alumnos, será fijado por la Dirección de Estudios al comienzo del Año Escolar e informado a toda la Comunidad Educativa mediante circular publicada en página web y paneles informativos.

- En el caso que el alumno(a) sea citado a rendir la evaluación atrasada, estando en el Colegio, y no la rindiere será calificado con nota 1,0 la que no podrá ser modificada dado que se considera una falta grave. A menos que presente justificación escrita al Profesor(a)

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Reglamento de Evaluación Colegio Santo Domingo Padres Dominicos

Jefe durante el día y antes de la hora citación para la evaluación atrasada, podrá ser recalendarizada, pero se aplicará con mayor grado de dificultad (80%).

- En el caso de los trabajos en las asignaturas de Artes, Ed. Física, Música, Tecnología, y de otras asignaturas:

a) Al momento de dar a conocer el trabajo a los alumnos(as), el Profesor(a) respectivo deberá entregar de forma escrita y a cada uno de ellos el procedimiento y la rúbrica con que será calificado y evaluado;

b) El alumno(a) que faltase a la entrega de un trabajo de la asignatura que fuere, deberá entregarlo al Profesor(a) el primer día de su reintegro al Colegio. Si por razones de horarios u otras, el docente no se encuentra en el Colegio, el trabajo deberá ser entregado en la Coordinación de Ciclo respectiva;

c) En caso de que el alumno(a) no cumpla con presentar su trabajo en la fecha estipulada, el docente podrá aplicar una prueba escrita o interrogación, con los mismos objetivos del trabajo y el tema tratado dentro del día en que se debería presentar el trabajo. Para este efecto, se comunicará al Profesor(a) Jefe y Coordinador de Ciclo y se dejará constancia en la hoja de vida. El procedimiento realizado y los resultados obtenidos deberán ser informados al apoderado. Todo este procedimiento deberá estar previamente en conocimiento del alumno(a).

a.6 ) Evaluaciones de Talleres, reforzamiento y Nivelación

- Los Talleres y actividades de nivelación y/o reforzamiento propuestos en la jornada escolar, son parte del Currículum obligatorio del Colegio. Los talleres son de carácter electivo; las actividades de nivelación y/o reforzamiento son de carácter obligatorio.

- Los Talleres serán evaluados en forma semestral con una calificación promedio, que se incorporará a la asignatura correspondiente.

- De 1º a 4º Básico, las actividades de nivelación y/o reforzamiento, serán evaluadas semestralmente, pero no tendrán calificación con nota. De 5º a 8º Básico, las actividades de nivelación y/o reforzamiento serán evaluados en forma semestral con una calificación, que se incorporará a la asignatura correspondiente previamente establecido y comunicado.

a.7 ) Pruebas semestrales:

- Al finalizar cada semestre se aplicará una Prueba Semestral de síntesis cuyo objetivo es: “Evaluar los aprendizajes obtenidos por los alumnos(as) durante el semestre como producto de una enseñanza para el dominio. Esto implica, obtener las evidencias de los resultados de los aprendizajes que permitan al profesor u Coordinador de Área: regular, orientar y corregir el proceso de aprendizaje-enseñanza, por ende, detectar logros, avances y dificultades.”

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Reglamento de Evaluación Colegio Santo Domingo Padres Dominicos

- Los alumnos(as) de 1° a 6º Año de Educación General Básica, no rendirán pruebas semestrales en los semestres respectivos. Sin embargo, los(as) alumno(as) de 7° y 8º básico, deberán rendir las pruebas en ambos semestres.

- La prueba semestral se aplicará para los cursos de 7º y 8º Año Básico en las asignaturas siguientes: Lengua y Literatura; Matemática; Historia, Geografía y Ciencias Sociales; Ciencias Naturales: Biología; Ciencias Naturales: Física; y Ciencias Naturales: Química.

a.8 ) Informes de desarrollo personal y social

- Al finalizar el primer y el segundo semestre escolar, los padres y apoderados tendrán acceso en la plataforma virtual del Colegio a informes de desarrollo personal y social de los alumnos. La fecha de acceso será previamente comunicada y agendada en el semestre respectivo por parte de Rector y/o Dirección de Estudios.

- El logro de los Objetivos Fundamentales Transversales se registrará en el Informe de Desarrollo Personal y Social del Alumno, el que se entregará a los padres y apoderados junto con el Informe de Calificaciones, de acuerdo a la modalidad anteriormente citada.

b) Formas de calificar y comunicar los resultados

b.1 ) Nivel mínimo de eficiencia y procedimiento sumativo coeficiente dos

- Todo procedimiento que, dado su naturaleza, tenga una intención evaluativa, debe contener un nivel mínimo de eficiencia en el logro de objetivos de aprendizaje, de un 60%, considerado sumativamente, ya sea un trabajo escrito; interrogación, guías, pruebas, etc.

- Los procedimientos evaluativos sumativos coeficiente dos durante el semestre se aplicarán:

a) De 1° a 6° básico: en todas las asignaturas. b) En 7° y 8º básico: en todas las asignaturas que no rindan pruebas semestrales.

Este procedimiento evaluativo coincidirá con el segundo proceso parcial en estas asignaturas.

b.2 ) Registro y número mínimo de calificaciones:

- En todos los niveles de 1° a 8° Básico de una misma asignatura que contengan la misma carga horaria se registrarán el mismo número de calificaciones.

- El número de calificaciones por semestre por las cuales deber ser calificado un alumno(a) estará dado según carga horaria semanal de la asignatura, de acuerdo a las siguientes tablas:

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Reglamento de Evaluación Colegio Santo Domingo Padres Dominicos

Asignaturas con prueba semestral (excluida esta prueba)

Nº de horas Mínimo de calificaciones Máximo de calificaciones

6 o más 5 8

5 4 7

4 4 7

3 4 6

2 4 5

1 3 4

Asignaturas sin prueba semestral

Nº de horas Mínimo de calificaciones Máximo de calificaciones

6 o más 7 10

5 6 9

4 5 8

3 5 7

2 4 5

1 3 4

b.3 ) Eximición de rendir prueba semestral:

- Para los alumnos de 7º y 8 básico:

a) no habrá eximición de este procedimiento evaluativo durante el primer semestre; b) Sólo se eximirán en el segundo semestre aquellos alumnos(as) que se presenten

con un promedio semestral de 6,5 en la asignatura en la cual se aplica la prueba; c) en ambos semestres, aquel alumno(a) que presente un promedio 6,3 semestral en

la asignatura podrá obtener hasta nota 5,5 en la prueba semestral y conservar su promedio. Si la nota obtenida sube el promedio se registra el resultado de la prueba y se calcula el promedio semestral.

b.4 ) Ponderación prueba semestral

- La calificación obtenida en la prueba semestral tendrá una ponderación del 25% de la nota final semestral de la asignatura correspondiente.

c) Procedimientos que aplicará el establecimiento para determinar la situación final de los alumnos

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Reglamento de Evaluación Colegio Santo Domingo Padres Dominicos

- Para determinar la situación final de los alumnos en las distintas asignaturas, se determinará por el promedio simple de las notas obtenidas en cada semestre, y el promedio simple final de las notas obtenidas en los dos semestres.

d) Evaluación diferenciada: temporal o permanente

- A los alumnos que tengan impedimentos debidamente justificados para cursar en forma regular una asignatura, podrán optar a evaluación diferenciada.

- La solicitud de evaluación diferenciada, tendrá que estar avalada por un diagnóstico realizado por el especialista correspondiente, deberá presentarse al Departamento de Apoyo al Aprendizaje, quién recepcionará y evaluará los antecedentes. De ser aprobada la solicitud se dará curso a dicho proceso.

- La solicitud de evaluación diferenciada tendrá carácter semestral, debiéndose renovar al comienzo de cada semestre.

- El Departamento de Apoyo al Aprendizaje, comunicará mediante una carta dirigida al apoderado la resolución de aceptación o rechazo, reservándose el derecho de poner fin a la evaluación diferenciada, de no respetar los requerimientos exigidos por el Colegio.

- Es indispensable para solicitar evaluación diferenciada presentar diagnóstico de especialista externo. Los certificados médicos que avalen la solicitud deben estar acompañados de informe psicopedagógico que ratifique la solicitud, ya que las implicancias en el proceso de aprendizaje, son de carácter pedagógico además de clínico.

-El especialista que solicita la evaluación diferenciada, deberá entregar las especificaciones necesarias para llevar a cabo este proceso por medio de la ficha que el Colegio exige para presentar esta solicitud. En base a estos antecedentes y de ser aprobada la solicitud se determinarán los compromisos a cumplir por parte del apoderado en cuanto al tratamiento necesario para remediar las dificultades.

- El apoderado se comprometerá formalmente a realizar tratamiento y evaluación periódica del alumno(a), de acuerdo con los plazos requeridos por el Colegio, lo que deberá ser acreditado por certificado extendido por el especialista tratante.

- Los Apoderados y el alumno(a) se comprometen a conocer, implementar y desarrollar las medidas que el Colegio considere necesarias para poder realizar una evaluación diferenciada que asegure la calidad del proceso de aprendizaje - enseñanza del alumno(a), considerando sus demandas especiales.

- El plazo para la entrega de la documentación que certifique el diagnóstico, será de un mes a partir del momento que es incorporado como alumno(a) regular. En el caso de los alumnos(as) antiguos, el plazo es hasta tres semanas desde el inicio del año escolar en el primer semestre y al 15 de agosto en el segundo semestre.

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Reglamento de Evaluación Colegio Santo Domingo Padres Dominicos

- Excepcionalmente, y cuando existan razones poderosas para ello, el apoderado podrá solicitar evaluación diferenciada en el transcurso del año, previa evaluación de especialista externo que acredite la necesidad de esta indicación. Una vez reunidos los antecedentes, el Colegio a través de Dirección de Estudios y Departamento de Apoyo al Aprendizaje, decidirá si procede o no, dicha modificación en la evaluación del alumno(a).

Artículo 4

- Los alumnos(as) serán evaluados en todas las asignaturas del plan de estudio, en períodos semestrales, con un número determinado de calificaciones, según lo establecido en el punto b.2 del artículo 3 del presente reglamento.

Artículo 5

- A los alumnos que tengan impedimentos para cursar en forma regular una asignatura o actividad de aprendizaje deberá aplicárseles procedimientos de evaluación diferenciada.

- El Rector, previa presentación de antecedentes y en consulta a Dirección de Estudios, Jefe del Departamento de Apoyo al Aprendizaje, Profesor Jefe de Curso, al Profesor de la asignatura, y al Coordinador de Área si correspondiera, podrá autorizar la eximición de los alumnos(as) de una Asignatura, en casos debidamente fundamentados. La consulta se realizará mediante la realización de un Consejo presidido por Dirección de Estudios.

Artículo 6

- Al término del año lectivo los alumnos(as) de 1º a 8ª básico no rendirán procedimiento de evaluación final que determine un porcentaje de la nota de aprobación final de la asignatura.

Artículo 7

- Los alumnos(as) deberán ser calificados en todas las asignaturas del plan de estudios, con una escala numérica de 1,0 a 7,0.

- Los resultados de las evaluaciones, se expresarán como calificaciones de los alumnos(as) en cada una de las asignaturas, para fines de registrarla en el libro de clases. Se anotarán en una escala numérica de 1,0 a 7,0 con un decimal. No obstante, en el cálculo de promedios semestral y anual, se usará la aproximación aritmética, considerando la centésima (0,5), a la nota o décima inmediatamente superior.

- La calificación mínima de aprobación será 4,0 (cuatro coma cero).

- En las asignaturas de Orientación y Religión, se aplicará la siguiente tabla de conversión de notas:

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Reglamento de Evaluación Colegio Santo Domingo Padres Dominicos

CALIFICACIÓN CONCEPTO FINAL De 1,0 a 3,9 Insuficiente (I) De 4,0 a 4,9 Suficiente (S) De 5,0 a 5,9 Bien (B) De 6,0 a 7,0 Muy bien (MB)

Artículo 8

- El logro de los Objetivos Fundamentales Transversales se registrará en el Informe de Desarrollo Personal y Social del Alumno, el que se entregará periódicamente a los padres y apoderados junto con el Informe de Calificaciones.

Artículo 9

- La calificación Obtenida en la asignatura de Religión y Orientación de 1ª a 8ª básico, no incidirá en la promoción de los alumnos(as).

Artículo 10

- Serán promovidos todos los alumnos de 1° a 2° año de Enseñanza Básica, y de 3° a 4° año de Enseñanza Básica, que hayan asistido, a lo menos al 85% de las clases. No obstante, por razones debidamente justificadas, el Rector del establecimiento, con consulta al Profesor(a) Jefe, podrá autorizar la promoción de alumno(a) con porcentajes menores de asistencia.

- No obstante lo señalado en anterior, el Rector del establecimiento podrá decidir excepcionalmente, previo informe fundado en varias evidencias del Profesor (a) Jefe del curso de los alumnos (as) afectados (as), no promover de 1° a 2° año básico o de 3° a 4 año básico a aquellos (as) que presenten un retraso significativo en lectura, escritura y/o matemática y que no logren los siguientes objetivos de aprendizaje en:

- 1º BÁSICO:

Objetivos de Aprendizaje: Asignatura Lenguaje y Comunicación

- Eje: Lectura: 1. Reconocer que los textos escritos trasmiten mensajes y que son escritos por alguien para cumplir un propósito. 2. Reconocer que las palabras son unidades de significado separadas por espacios en el texto escrito. 3. Identificar los sonidos que componen las palabras conciencia fonológica, reconociendo, separando y combinando sus fonemas y sílabas. 4. Leer palabras aisladas y en contexto, aplicando su conocimiento de la correspondiente letra – sonido en diferentes combinaciones: sílabas directa, indirecta o compleja, y dígrafos rr-ll- chqu.

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5. Leer independientemente y comprender textos no literarios escritos con oraciones simples (cartas, notas, instrucciones y artículos informativos) para entretenerse y ampliar su conocimiento del mundo: extrayendo información explícita e implícita; formulando una opinión sobre algún aspecto de la lectura.

- Eje: Escritura:

1. Experimentar con la escritura para comunicar hechos, ideas y sentimientos, entre otros. 2. Escribir oraciones completas para transmitir mensajes.

Objetivos de Aprendizaje: Matemática

- Eje: Números y Operaciones: 1. Identificar el orden de los elementos de una serie, utilizando números ordinales del primero (1º) al décimo (10º). 2. Comparar y ordenar números del 0 al 20 de menor a mayor y/o viceversa, utilizando material concreto y/o usando software educativo. 3. Componer y descomponer números del 0 al 20 de manera aditiva, en forma concreta, pictórica y simbólica. 7. Describir y aplicar estrategias de cálculo mental para las adiciones y las sustracciones hasta 20: conteo hacia adelante y atrás, completar 10, dobles.

- Eje: Geometría: 1. Describir la posición de objetos y personas con relación a sí mismos y a otros objetos y personas, usando un lenguaje común (derecha e izquierda).

- Eje: Medición: 1. Usar unidades no estandarizadas de tiempo para comparar la duración de eventos cotidianos.

- Eje Datos y Probabilidades: 1. Recolectar y registrar datos para responder preguntas estadísticas sobre sí mismo y el entorno, usando bloques, tablas de conteo y pictogramas.

- 3º BÁSICO

Objetivos de Aprendizaje: Asignatura Lenguaje y Comunicación

- Eje: Lectura: 1. Leer en voz alta de manera fluida variados textos apropiados a su edad: pronunciando cada palabra con precisión, respetando la coma, el punto y los signos de exclamación e interrogación; leyendo con velocidad adecuada para su nivel. 2. Comprender textos, aplicando estrategias de comprensión lectora: por ejemplo: relacionar la información del texto con sus experiencias y conocimientos; releer lo que no fue comprendido; visualizar lo que describe el texto; recapitular; formular preguntas sobre lo leído y responderlas; subrayar información relevante en un texto.

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- Eje Escritura: 1. Escribir frecuentemente, para desarrollar la creatividad y expresar sus ideas. Textos como poemas, diarios de vida, cuentos, anécdotas, cartas, comentarios sobre sus lecturas, etc. 2. Escribir creativamente narraciones (experiencias personales, relatos de hechos, cuentos, etc.) que incluyan: una secuencia lógica de eventos; inicio, desarrollo y desenlace; conectores adecuados.

Objetivos de Aprendizaje: Asignatura Matemática

- Eje Números y Operaciones: 1. Compara y ordenar números naturales hasta 1.000, utilizando la recta numérica o la tabla posicional de manera manual y/o por medio de software educativo. 2. Describir y aplicar estrategias de cálculo mental para las adiciones y las sustracciones hasta 100: por descomposición, completar hasta la decena más cercana, usar dobles, sumar en vez de restar, aplicar la asociatividad. 3. Identificar y describir las unidades, las decenas y las centenas en números del 0 al 1.000, representando las cantidades de acuerdo a su valor posicional, con material concreto, pictórico y simbólico.

- Eje: Patrones y Álgebra: 1. Generar, describir patrones numéricos, usando una variedad de estrategias en tablas del 100, de manera manual y/o con software educativo.

- Eje: Geometría: 1. Demostrar que comprenden la relación que existe entre figuras 3D y figuras 2D; construyendo una figura 3D a partir de una red o plantilla, desplegando la figura 3D

- Eje: Medición: 1. Leer e interpretar líneas de tiempo y calendarios. 2. Leer y registrar el tiempo en horas, medias horas, cuartos de hora y minutos en relojes análogos y digital.

-Eje: Datos y Probabilidades: 1. Registrar y ordenar datos obtenidos en juegos aleatorios con dados y monedas, encontrando el menor, el mayor y estimando el punto medio entre ambos. 2. Construir, leer e interpretar pictogramas y gráficos de barra simple con escala, de acuerdo a información recolectada o dada.

- Aquellos alumnos(as) que presenten retraso significativo en los objetivos anteriores se establecerá un plan de reforzamiento diseñado por el profesor o profesora de la respectiva asignatura. Este plan será informado por entrevista al Apoderado del alumno(a) que presente el retraso.

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- Para efectos de seguimiento de los alumnos(as) con retraso en los objetivos anteriormente expuesto se abrirá una carpeta académica donde se consignen los avances como las dificultades.

- Para los alumnos alumnos(as) con necesidades educativas especiales que presente retraso significativo en lectura, escritura y/o matemática, considerando las adecuaciones curriculares realizadas en cada caso, estarán sujetos a las mismas normas antes señaladas agregándose en su caso, la exigencia de un informe fundado del profesor (a) especialista.

Artículo 11

a) Promoción de curso

- Serán promovidos los alumnos(a) que hubieran aprobado todas las asignaturas del Plan de Estudios.

- Serán promovidos los alumnos de los cursos de 2° a 3° año de Enseñanza Básica, y de 4° a 8° año de enseñanza básica que no hubieran aprobado una asignatura, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio 4.5 o superior, incluida la no aprobada.

- Igualmente, serán promovidos los alumnos de los cursos de 2° a 3° año de Enseñanza Básica, y de 4° a 8° año de enseñanza básica que no hubieran aprobado dos asignaturas, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio 5.0 o superior, incluidos las no aprobadas.

b) Asistencia

- Para ser promovidos los alumnos deberán asistir, a lo menos, al 85% de las clases establecidas en el calendario escolar anual.

- No obstante, por razones de salud u otras causas debidamente justificadas, el Rector del Colegio, previa consulta al Profesor Jefe, podrá autorizar la promoción de los alumnos, de 2° a 3° año de Enseñanza Básica, y de 4° a 5° año, con porcentajes menores de asistencia. En el 2° Ciclo Básico (5° a 8° año), la consulta del Rector será a Dirección de Estudios.

- Los alumnos de 2° a 4° año de enseñanza básica que no cumplan con los requisitos de promoción indicados en los puntos anteriores, deberán repetir el 2° o el 4° año básico, según corresponda.

Artículo 12

a) Situaciones especiales de evaluación y promoción:

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- Si el alumno(a) ingresa el segundo semestre a clases, por problemas de salud u otros debidamente justificados, sólo se le considerará un semestre para la obtención de la calificación final.

- El alumno(a) que durante el transcurso del año debe interrumpir el proceso normal de asistencia a clases, por diferentes situaciones debidamente certificadas, problemas de enfermedad prolongada, viaje al extranjero u otra situación especial, una vez integrado al Colegio, se enfrentará a una recalendarización de procedimientos evaluativos.

- El alumno(a) que desee terminar el año lectivo anticipadamente durante el Primer Semestre por intercambio estudiantil, se le aplicará pruebas y/o procedimientos evaluativos coeficiente dos válidos por el segundo semestre. Estos serán debidamente calendarizados por Dirección de Estudios; solicitará los contenidos y objetivos de aprendizaje a evaluar a los profesores (as) respectivos.

- Todas las situaciones de evaluación de los alumnos de 1° a 8° año básico, deberán quedar resueltas dentro del período escolar correspondiente.

Artículo 13

- El Rector del Colegio y el Consejo Dirección previa citación del Rector, podrán resolver situaciones especiales de evaluación y promoción de los alumnos de 1º a 8 básico. Entre otros, resolverán los casos de alumno(a) que por motivos justificados requieran ingresar tardíamente a clases, ausentarse por un período determinado, finalizar el año escolar anticipadamente u otros semejantes.

- La situación final de promoción de los alumnos deberá quedar resuelta al término de cada año escolar. Una vez finalizado el proceso, el establecimiento educacional entregará a todos los alumnos un certificado anual de estudios que indique las asignaturas o actividades de aprendizaje, con las calificaciones obtenidas y la situación final correspondiente.

- El certificado anual de estudios no podrá ser retenido por ningún motivo.

Artículo 14

- Las Actas de Registro de Calificaciones y Promoción Escolar consignarán, en cada curso, las calificaciones finales en cada asignatura o actividad de aprendizaje, la situación final de los alumnos y Cédula de Nacional de Identificación de cada uno de ellos.

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CAPÍTULO 2.-

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN ENSEÑANZA GENERAL DE PRIMERO

A SEGUNDO AÑO DE ENSEÑANZA MEDIA

Artículo 1

- Apruébense las siguientes disposiciones sobre evaluación, calificación y promoción escolar de alumnos y alumnas de 1er y 2do año de Enseñanza Media; las cuales estarán fundadas y en concordancia con el decreto 112/99 y sus modificaciones respectivas señaladas en la introducción general del presente reglamento.

Artículo 2

- El Rector del Colegio, previo conocimiento del Consejo General de Profesores, establecerá el presente Capítulo del Reglamento de Evaluación; será comunicado de la siguiente forma:

a) a los apoderados al momento de matrícula publicado en página web del Colegio;

además, informando vía mail de las modificaciones sucesivas; b) a los alumnos, una vez iniciado el año escolar, publicado en página web y

entregada una copia escrita al Centro de Alumnos; c) se enviará una copia del presente capítulo y del reglamento de evaluación a la

sección correspondiente del Ministerio de Educación para su información.

Artículo 3

- El período escolar adoptado por el Colegio será semestral, dividido en dos semestres y de acuerdo a lo establecido oficialmente en el Calendario Oficial dado para la Región Metropolitana por la Secretaría Ministerial para cada año escolar.

a) Formas, tipos y carácter de los procedimientos evaluativos que se aplicarán

- Toda evaluación deberá ser estructurada en función de los objetivos de aprendizaje propuestos en el programa de estudio y en la planificación de enseñanza. Además, deberá cumplir con las normativas técnicas pedagógicas instruidas por Dirección de Estudios tales como:

a.1 ) Tipos de evaluación

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Evaluación Diagnóstica

- Como una forma en que el profesor(a) toma conocimiento y adquiere información de la situación de aprendizaje al iniciarse el proceso, respecto a los objetivos de aprendizaje de entrada y poder determinar dónde está el alumno(a) en relación a dónde debe llegar. De tal manera que la evaluación diagnóstica se planificará, elaborará, ejecutará y estudiaran sus resultados para la toma de decisiones durante las dos primeras semanas de iniciado el año lectivo para los cursos de 1º y 2º medio. Además, el profesor(a) podrá aplicarla toda vez que lo considere necesario, respecto a uno o varios alumnos que se integren durante el proceso o inicien una unidad de aprendizaje, con la autorización de Dirección de Estudios. Se tendrá especial atención con los alumnos nuevos que ingresen al Colegio.

Evaluación formativa

- Su objetivo es detectar la situación de aprendizaje con el propósito cambiar rumbos en la planificación instruccional; como retroalimentación del proceso al interior de la sala de clases. El profesor(a) no debe dejar de aplicarla en todo momento durante el proceso, ya sea en sus modalidades oral o escrita o cualquiera otra forma que estime adecuada, previo acuerdo con el Coordinador(a) de Área.

Evaluación sumativa

- Cómo una información para el profesor(a) respecto al nivel de logros de varios objetivos de aprendizajes, por parte del alumno, se aplicará toda vez que el profesor(a) la estime necesaria, y de acuerdo a planificación general de Dirección de Estudios. Además, se empleará esta forma de evaluación para determinar los resultados del proceso de aprendizaje – enseñanza. Durante el primer y segundo semestre del año lectivo se considerarán evaluaciones sumativas, siendo éstas: acumulativas (objetivos de aprendizaje y procedimientos aplicados clase a clase en determinados períodos de tiempo), parciales (objetivos de aprendizaje de un determinado período de tiempo) y semestrales (objetivos de aprendizaje determinados durante un semestre).

a.2 ) Formas de evaluación

- Los tipos de evaluación enunciadas podrán ser aplicadas por el profesor(a) en sus formas o modalidades oral o escrita o utilizando otro instrumento adecuado. Sin embargo, las evaluaciones diagnósticas, cuando vayan al inicio del año escolar, deberán ser necesariamente escritas.

- El logro de los Objetivos Fundamentales Transversales será evaluado a través de la aplicación de diversos instrumentos de evaluación, autoevaluación o coevaluación tales como: observación directa, cuestionarios, rúbricas o pruebas escritas, etc. Esta evaluación se expresará en conceptos, será preferentemente cualitativa, será consignada en un apartado especial del libro de clases y se incluirá en todos los informes que se entreguen al apoderado.

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- La evaluación de los Objetivos Fundamentales Transversales se aplicará, preferentemente, en el subsector de Orientación. Pudiendo ser requerida en otras asignaturas cuando fuese necesario.

a.3 ) Sistema de registro e información de evaluaciones

a.3.1) Fechas y evaluaciones

- Coordinadores de Área entregarán de manera explícita a Dirección de Estudios los objetivos de aprendizaje, habilidades y contenidos, procedimientos de evaluación con 15 días de anticipación al mes en que se aplicarán. No podrán calendarizarse procedimientos evaluativos con un plazo menor a 6 días antes de entregas oficiales de resultados académicos a alumnos y padres y apoderados.

- Dirección de Estudios entregará a Coordinadores de Ciclo y Área las fechas de los períodos evaluativos para que, en los tiempos establecidos, se calendaricen los procesos correspondientes de las asignaturas.

- La calendarización definitiva será informada a alumnos y padres y apoderados mediante publicación en la página web del Colegio, y publicada por escrito en los paneles informativos de cada curso de 1° y 2° Año de Enseñanza Media, y en el panel informativo de las Salas de Profesores.

- El alumno(a) conocerá de manera explícita las fechas, objetivos de aprendizaje, habilidades y contenidos a evaluar, al menos con una semana de anticipación.

- Los alumnos de 1° y 2° medio no podrán tener dos o más procedimientos evaluativos coeficiente dos en un mismo día, salvo que uno de ellos corresponda a Educación Física o deportes.

a.3.2) Retroalimentación del proceso de evaluación

- Los docentes de asignatura retroalimentarán a los alumnos de los aprendizajes obtenidos en las evaluaciones realizadas.

- Todo procedimiento de evaluación (prueba escrita o trabajo), debe ser devuelto a los alumnos(as) para su revisión, como también a los apoderados para que tomen conocimiento de los resultados. En caso que sea necesario, guardar dichos instrumentos, éstos deberán ser recogidos con la firma de revisión del alumno o apoderado.

- Los resultados y calificaciones de evaluaciones se entregarán y registrarán en el libro de clases en un plazo máximo de 7 días hábiles, a partir de efectuada la aplicación del procedimiento evaluativo.

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- Para las asignaturas de: Tecnología, Artes, Música y Educación Física los resultados y calificaciones de evaluaciones se entregarán y registrarán en el libro de clases el mismo día en que fue agendada la fecha de evaluación.

- Todo proceso de evaluación debe ser estudiado por los profesores y cuando se detecten dificultades importantes en los aprendizajes se realizará un análisis de la situación de acuerdo con el manual de procedimientos; en estos casos los resultados y calificaciones de evaluaciones se entregarán y registrarán en el libro de clases en un plazo máximo de 10 días hábiles, a partir de efectuada la aplicación del procedimiento evaluativo.

- Toda calificación obtenida entre 1,0 y 2.5 por un alumno(a) como producto de un procedimiento evaluativo deberá ser informada por escrito al Profesor(a) Jefe(a) por el(la) Profesor(a) de Asignatura donde se obtuvo la nota deficiente, antes de ser registrada en el Libro de Clases. El Profesor Jefe informará por escrito a los alumnos(as) y a los padres y apoderados de esta calificación dentro del plazo estipulado para el registro de notas en los libros de clase.

a.3.3) Copia en evaluaciones

- El alumno(a) que sea sorprendido en una situación deshonesta y/o irregular (copiando en pruebas y/o trabajos, entregando información, “soplando”, con copias textuales de Internet sin su referencia, etc.) con evidencia concreta, durante la aplicación de prueba u otro procedimiento evaluativo, comete una falta grave como lo señala el Reglamento Interno de convivencia del Colegio. Además, será sometido a una prueba o interrogación a partir del mismo día en que se conozca la falta y en un plazo no mayor a tres días, y será administrada por el Profesor(a) de la asignatura correspondiente, registrándose en su hoja de vida la observación de la situación acontecida. La escala de exigencia será al 80% de logro para nota mínima.

a.3.4) Nivel de eficiencia

- Todas las evaluaciones parciales, coeficiente dos, reforzamiento, talleres no electivos, semestrales y de promedio general, y otras tendrán un nivel de eficiencia mínimo del 60% correspondiente a la nota 4.

a.3.5) Inasistencia a evaluaciones

- El alumno(a) que no asista a una instancia de evaluación, podrá ser evaluado desde el momento de su reincorporación a clases sistemáticas. Si justifica su inasistencia con certificado médico, se aplicará un nivel de exigencia del 60%, en caso contrario, de un 80%.

- Cuando el alumno(a) faltare a más de una evaluación, previa justificación escrita por el apoderado, se procederá a calendarizar dichas evaluaciones, informándose al alumno y a su familia por escrito en la Agenda Escolar.

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- Si el alumno(a) faltase a un procedimiento evaluativo, como un trabajo en grupo u otra instancia evaluativa que implique su participación en tareas con sus pares, el Profesor(a) de la asignatura, determinará el procedimiento de evaluación a realizar en su reemplazo. En ningún caso será el aplicado a compañeros.

- Las inasistencias a procedimientos evaluativos por representar al Colegio en eventos artísticos, culturales, deportivos, formativos, pastorales, etc. Permiten al alumno rendir las evaluaciones con un 60% de exigencia en un plazo fijado de modo previo a la actividad en la cual participa. Estas pruebas se realizarán después del término de la jornada escolar.

- Toda evaluación y/o procedimiento evaluativo que se aplique a los alumnos por su inasistencia, deberá ser distinto al aplicado al curso.

- El horario para aplicar todo procedimiento evaluativo atrasado por causa de inasistencia de los alumnos, será fijado por la Dirección de Estudios al comienzo del Año Escolar e informado a toda la Comunidad Educativa mediante circular publicada en página web y paneles informativos.

- En el caso que el alumno(a) sea citado a rendir la evaluación atrasada, estando en el Colegio, y no la rindiere será calificado con nota 1,0 la que no podrá ser modificada dado que se considera una falta grave. A menos que presente justificación escrita al Profesor(a) Jefe durante el día y antes de la hora citación para la evaluación atrasada, podrá ser recalendarizada, pero se aplicará con mayor grado de dificultad (80%).

- En el caso de los trabajos en las asignaturas de Artes, Ed. Física, Música, Tecnología, y de otras asignaturas:

a) Al momento de dar a conocer el trabajo a los alumnos(as), el Profesor(a)

respectivo deberá entregar de forma escrita y a cada uno de ellos el procedimiento y la rúbrica con que será calificado y evaluado.

b) El alumno(a) que faltase a la entrega de un trabajo, de la asignatura que fuere, deberá entregarlo al Profesor(a) el primer día de su reintegro al Colegio. Si por razones de horarios u otras, el docente no se encuentra en el Colegio, el trabajo deberá ser entregado en la Coordinación de Ciclo respectiva;

c) En caso de que el alumno(a) no cumpla con presentar su trabajo en la fecha estipulada, el docente podrá aplicar una prueba escrita o interrogación, con los mismos objetivos del trabajo y el tema tratado dentro del día en que se debería presentar el trabajo. Para este efecto, se comunicará al Profesor(a) Jefe y Coordinador de Ciclo y se dejará constancia en la hoja de vida. El procedimiento realizado y los resultados obtenidos deberán ser informados al apoderado. Todo este procedimiento deberá estar previamente en conocimiento del alumno(a).

a.3.6) Evaluaciones de Talleres, reforzamiento y Nivelación

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- Los Talleres y actividades de nivelación y/o reforzamiento propuestos en la jornada escolar, son parte del Currículum obligatorio del Colegio. Los talleres son de carácter electivo; las actividades de nivelación y/o reforzamiento son de carácter obligatorio.

- Los Talleres serán evaluados en forma semestral con una calificación promedio, que se incorporará a la asignatura y/o sector o subsector de aprendizaje correspondiente.

- Las actividades de nivelación y/o reforzamiento serán evaluados en forma semestral con una calificación, que se incorporará a la asignatura correspondiente previamente establecido y comunicado.

a.3.7) Pruebas semestrales

- Al finalizar cada semestre se aplicará una Prueba Semestral cuyo objetivo es: “Evaluar los aprendizajes obtenidos por los alumnos(as) durante el semestre como producto de una enseñanza para el dominio. Esto implica, obtener las evidencias de los resultados de los aprendizajes que permitan al profesor u Coordinador de Área: regular, orientar y corregir el proceso de aprendizaje-enseñanza, por ende, detectar logros, avances y dificultades.”

- La prueba semestral se aplicará en las asignaturas siguientes: Lenguaje y Comunicación; Matemática; Historia, Geografía y Ciencias Sociales; Ciencias Naturales: Biología; Ciencias Naturales: Física; Ciencias Naturales: Química.

a.3.8) Información a Apoderados sobre desarrollo personal y social de los alumnos

- Al finalizar el primer y el segundo semestre escolar, los padres y apoderados tendrán acceso en la plataforma virtual del Colegio a informes de desarrollo personal y social de los alumnos. La fecha de acceso será previamente comunicada y agendada en el semestre respectivo por parte de Rector y/o Dirección de Estudios.

- El logro de los Objetivos Fundamentales Transversales se registrará en el Informe de Desarrollo Personal y Social del Alumno, el que se entregará a los padres y apoderados junto con el Informe de Calificaciones, de acuerdo a la modalidad anteriormente citada.

b) Formas de calificar y comunicar los resultados

b.1 ) Nivel mínimo de eficiencia y procedimiento coeficiente dos

- Todo procedimiento que, dado su naturaleza, tenga una intención evaluativa, debe contener un nivel mínimo de eficiencia en el logro de objetivos de aprendizaje, de un 60%, considerado sumativamente, ya sea un trabajo escrito; interrogación, guías, pruebas, etc.

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- Los procedimientos evaluativos coeficiente dos durante el semestre se aplicarán en aquellas asignaturas que no rindan pruebas semestrales. Este procedimiento evaluativo coincidirá con el segundo proceso parcial en estas asignaturas.

b.2 ) Registro y número mínimo de calificaciones

- El número de calificaciones sumativas por semestre por las cuales deber ser calificado un alumno(a) estará dado según carga horaria semanal de la asignatura, de acuerdo a las siguientes tablas:

Asignaturas con prueba semestral

Nº de horas Mínimo de calificaciones Máximo de calificaciones

6 o más 5 8

5 4 7

4 4 7

3 4 6

2 4 5

1 3 4

Asignaturas sin prueba semestral

Nº de horas Mínimo de calificaciones Máximo de calificaciones

6 o más 7 10

5 6 9

4 5 8

3 5 7

2 4 5

1 3 4

- Los alumnos(as) serán evaluados en todas las asignaturas del plan de estudio, en períodos semestrales, con un número determinado de calificaciones, según la tabla anterior.

b.3 ) Eximición de rendir prueba semestral

- Para los alumnos de 1º y 2º medio:

a) No habrá eximición de este procedimiento evaluativo durante el primer semestre. b) Sólo se eximirán en el segundo semestre aquellos alumnos(as) que se presenten

con un promedio semestral de 6,5 en la cual se aplica la prueba. c) en ambos semestres, aquel alumno(a) que presente un promedio 6,3 semestral

podrá obtener hasta 5,5 en la prueba semestral y conservar su promedio. Si la nota obtenida sube el promedio se registra el resultado de la prueba y se calcula el promedio semestral.

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b.4 ) Ponderación prueba semestral

- La calificación obtenida en la prueba semestral tendrá una ponderación del 25% de la nota final semestral de la asignatura correspondiente.

c) Procedimientos que aplicará el establecimiento para determinar la situación final de los alumnos

- Para determinar la situación final de los alumnos en las distintas asignaturas, se determinará por el promedio simple de las notas obtenidas en cada semestre, y el promedio simple final de las notas obtenidas en los dos semestres.

d) Evaluación diferenciada: temporal o permanente

- A los alumnos que tengan impedimentos debidamente justificados para cursar en forma regular una asignatura, podrán optar a evaluación diferenciada.

- La solicitud de evaluación diferenciada, tendrá que estar avalada por un diagnóstico realizado por el especialista correspondiente, deberá presentarse al Departamento de Apoyo al Aprendizaje, quién recepcionará y evaluará los antecedentes. De ser aprobada la solicitud se dará curso a dicho proceso.

- La solicitud de evaluación diferenciada tendrá carácter semestral, debiéndose renovar al comienzo de cada semestre.

- El Departamento de Apoyo al Aprendizaje, comunicará mediante una carta dirigida al apoderado la resolución de aceptación o rechazo, reservándose el derecho de poner fin a la evaluación diferenciada, de no respetar los requerimientos exigidos por el Colegio.

- Es indispensable para solicitar evaluación diferenciada presentar diagnóstico de especialista externo. Los certificados médicos que avalen la solicitud deben estar acompañados de informe psicopedagógico que ratifique la solicitud, ya que las implicancias en el proceso de aprendizaje, son de carácter pedagógico además de clínico.

-El especialista que solicita la evaluación diferenciada, deberá entregar las especificaciones necesarias para llevar a cabo este proceso por medio de la ficha que el Colegio exige para presentar esta solicitud. En base a estos antecedentes y de ser aprobada la solicitud se determinarán los compromisos a cumplir por parte del apoderado en cuanto al tratamiento necesario para remediar las dificultades.

- El apoderado se comprometerá formalmente a realizar tratamiento y evaluación periódica del alumno(a), de acuerdo con los plazos requeridos por el Colegio, lo que deberá ser acreditado por certificado extendido por el especialista tratante.

- Los Apoderados y el alumno(a) se comprometen a conocer, implementar y desarrollar las medidas que el Colegio considere necesarias para poder realizar una evaluación

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diferenciada que asegure la calidad del proceso de aprendizaje - enseñanza del alumno(a), considerando sus demandas especiales.

- El plazo para la entrega de la documentación que certifique el diagnóstico, será de un mes a partir del momento que es incorporado como alumno(a) regular. En el caso de los alumnos(as) antiguos, el plazo es hasta tres semanas desde el inicio del año escolar en el primer semestre y al 15 de agosto en el segundo semestre.

- Excepcionalmente, y cuando existan razones poderosas para ello, el apoderado podrá solicitar evaluación diferenciada en el transcurso del año, previa evaluación de especialista externo que acredite la necesidad de esta indicación. Una vez reunidos los antecedentes, el Colegio a través de Dirección de Estudios y Departamento de Apoyo al Aprendizaje, decidirá si procede o no, dicha modificación en la evaluación del alumno(a).

- El Rector, previa presentación de antecedentes y en consulta a Dirección de Estudios, Jefe del Departamento de Apoyo al Aprendizaje, Profesor Jefe de Curso, al Profesor de la asignatura, y al Coordinador de Área si correspondiera, podrá autorizar la eximición de los alumnos(as) de una Asignatura, en casos debidamente fundamentados.

e) Requisitos y procedimiento para promover alumnos(as) con porcentaje menores de asistencia

- Para ser promovidos los alumnos(as) deberán asistir a lo menos al 85% de las clases establecidas en el calendario escolar anual.

- No obstante, por razones debidamente justificadas, el Rector del Colegio, consultado al Profesor Jefe, Dirección de Estudios y/o aquellos estamentos que considere pertinentes previo informe, podrá autorizar la promoción de los alumnos(as) con porcentajes menores de asistencia.

f) Situaciones especiales de evaluación y dentro del año escolar

- El Rector previa consulta a Dirección de Estudios podrá resolver situaciones especiales de evaluación y promoción dentro del año, tales como: ingreso tardío a clases, ausencia a clases por períodos prolongados, finalización anticipada del año escolar, situaciones de embarazo, servicio militar, certámenes nacionales o internacionales en el área del deporte, la literatura, las ciencias, becas, intercambio estudiantil u otras similares.

- Si el alumno(a) ingresa el segundo semestre a clases, por problemas de salud u otros debidamente justificados, sólo se le considerará un semestre para la obtención de la calificación final.

- El alumno(a) que durante el transcurso del año debe interrumpir el proceso normal de asistencia a clases, por diferentes situaciones debidamente certificadas, problemas de

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enfermedad prolongada, viaje al extranjero u otra situación especial, una vez integrado al Colegio, se enfrentará a una recalendarización de procedimientos evaluativos.

- El alumno(a) que desee terminar el año lectivo anticipadamente durante el Primer Semestre por intercambio estudiantil, se le aplicará pruebas y/o procedimientos evaluativos coeficiente dos válidos por el segundo semestre. Estos serán debidamente calendarizados por Dirección de Estudios; el cual solicitará los contenidos y objetivos de aprendizaje a evaluar a los profesores (as) respectivos.

g) Procedimientos que aplicará el establecimiento para determinar la situación final de los alumnos

- Para determinar la situación final de los alumnos en las distintas asignaturas, se determinará por el promedio simple de las notas obtenidas en cada semestre, y el promedio simple final de las notas obtenidas en los dos semestres.

- Al término del año lectivo los alumnos(as) de 1º a 2º Medio no rendirán procedimiento de evaluación final que determine un porcentaje de la nota de aprobación final de la asignatura.

Artículo 4

- Los alumnos(as) deberán ser calificados en todas las asignaturas del plan de estudios, con una escala numérica de 1,0 a 7,0.

- Los resultados de las evaluaciones, se expresarán como calificaciones de los alumnos(as) en cada una de las asignaturas, para fines de registrarla en el libro de clases. Se anotarán en una escala numérica de 1,0 a 7,0 con un decimal. No obstante, en el cálculo de promedios semestral y anual, se usará la aproximación aritmética, considerando la centésima (0,5), a la nota o décima inmediatamente superior.

- La calificación mínima de aprobación será 4,0 (cuatro coma cero).

Artículo 5

- La calificación obtenida por los alumnos(as) en la asignatura de Religión no incidirá en su promoción escolar.

- En la asignatura de Religión, se aplicará la siguiente tabla de conversión de notas:

CALIFICACIÓN CONCEPTO FINAL

De 1,0 a 3,9 Insuficiente (I) De 4,0 a 4,9 Suficiente (S) De 5,0 a 5,9 Bien (B) De 6,0 a 7,0 Muy bien (MB)

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Artículo 6

- La evaluación de los Objetivos fundamentales Transversales de Consejo de Curso y Orientación no incidirán en la promoción escolar de los alumnos(as).

- Para efecto de registro Orientación utilizará la escala de concepto utilizada en la asignatura de Religión.

Artículo 7

a) Logro de objetivos

- Serán promovidos los alumnos(a) que hubieran aprobado todas las asignaturas del Plan de Estudios.

- Serán promovidos los alumnos que no hubieran aprobado una asignatura, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio 4.5 o superior, incluido el no aprobado.

- Igualmente, serán promovidos que no hubieran aprobado dos asignaturas, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio 5.0 o superior, incluido los no aprobados.

b) Asistencia

- Serán promovidos todos los alumnos(as) que hayan asistido, a lo menos al 85% de las clases. No obstante, por razones debidamente justificadas, el Rector del establecimiento, con consulta al Profesor(a) Jefe, podrá autorizar la promoción de alumno(a) con porcentajes menores de asistencia.

Artículo 8

- La situación final de promoción de los alumnos deberá quedar resuelta al término de cada año escolar. Una vez finalizado el proceso, el establecimiento educacional entregará a todos los alumnos un certificado anual de estudios que indique las asignaturas, con las calificaciones obtenidas y la situación final correspondiente.

- El certificado anual de estudios no podrá ser retenido por ningún motivo.

Artículo 9

- Las Actas de Registro de Calificaciones y Promoción Escolar consignarán, en cada curso, las calificaciones finales en cada asignatura, la situación final de los alumnos y cédula de nacional de Identificación de cada uno de ellos.

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CAPÍTULO 3.- REGLAMENTO DE EVALUACIÓN ENSEÑANZA GENERAL

DE TERCERO A CUARTO AÑO DE ENSEÑANZA MEDIA

Artículo 1

- Apruébense las siguientes disposiciones sobre evaluación, calificación y promoción escolar de alumnos y alumnas de 3er y 4º año de Enseñanza Media; las cuales estarán fundadas y en concordancia con el decreto 83/2009 y sus modificaciones respectivas señaladas en la introducción general del presente reglamento.

Artículo 2

- Los alumnos(as) deberán ser calificados en todas las asignaturas, sectores o subsectores del plan de estudios, con una escala numérica de 1,0 a 7,0.

- Los resultados de las evaluaciones, se expresarán como calificaciones de los alumnos(as) en cada una de las asignaturas, para fines de registrarla en el libro de clases. Se anotarán en una escala numérica de 1,0 a 7,0 con un decimal. No obstante, en el cálculo de promedios semestral y anual, se usará la aproximación aritmética, considerando la centésima (0,5), a la nota o décima inmediatamente superior.

Artículo 3

- La calificación obtenida por los alumnos(as) en el subsector de Religión no incidirá en su promoción escolar.

- En el subsector de Religión, se aplicará la siguiente tabla de conversión de notas:

CALIFICACIÓN CONCEPTO FINAL

De 1,0 a 3,9 Insuficiente (I) De 4,0 a 4,9 Suficiente (S) De 5,0 a 5,9 Bien (B) De 6,0 a 7,0 Muy bien (MB)

Artículo 4

- La evaluación de los Objetivos fundamentales Transversales y del subsector de Consejo de Curso y Orientación no incidirán en la promoción escolar de los alumnos(as).

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- Para efecto de registro el subsector de Orientación utilizará la escala de concepto utilizada en el subsector de Religión.

Artículo 5

a) Logro de objetivos

- Serán promovidos los alumnos(a) que hubieran aprobado todos los subsectores, asignaturas o actividades de aprendizaje del Plan de Estudios.

- Serán promovidos los alumnos que no hubieran aprobado un subsector, asignatura o actividad de aprendizaje, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio 4.5 o superior, incluido el no aprobado.

- Igualmente, serán promovidos que no hubieran aprobado dos subsectores, asignaturas o actividades de aprendizaje, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio 5.0 o superior, incluido los no aprobados.

- Si entre los subsectores de aprendizaje o asignaturas no aprobados se encuentran los subsectores de Lengua Castellana y Comunicación y/o Matemática, los alumnos(as) de 3º y 4º año medio, ambas modalidades serán promovidos siempre que su nivel de logro corresponda a un promedio 5,5 o superior. Para este efecto del cálculo de este promedio se considerará la calificación de los dos subsectores de aprendizaje o asignaturas no aprobados

b) Asistencia

- Serán promovidos todos los alumnos(as) que hayan asistido, a lo menos al 85% de las clases.

- Se considerará asistencia regular la participación de los alumnos(as) en eventos nacionales e internacionales en el área del deporte, la cultura, las ciencias y las artes.

- Por razones debidamente justificadas, el Rector del establecimiento, con consulta al Consejo de Profesores, podrá autorizar la promoción de alumno(a) con porcentajes menores de asistencia.

Artículo 6

- El Rector, previa presentación de antecedentes y en consulta a Dirección de Estudios, Jefe del Departamento de Apoyo al Aprendizaje, Profesor Jefe de Curso, al Profesor del sector, subsector o asignatura, y al Coordinador de Área si correspondiera, podrá autorizar la eximición de los alumnos(as) de un Subsector o Asignatura, en casos debidamente fundamentados.

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Artículo 7

- La situación final de promoción de los alumnos deberá quedar resuelta al término de cada año escolar. Una vez finalizado el proceso, el establecimiento educacional entregará a todos los alumnos un certificado anual de estudios que indique los sectores, subsectores, asignaturas o actividades de aprendizaje, con las calificaciones obtenidas y la situación final correspondiente.

- El certificado anual de estudios no podrá ser retenido por ningún motivo.

Artículo 8

- Las Actas de Registro de Calificaciones y Promoción Escolar consignarán, en cada curso, las calificaciones finales en cada subsector, asignatura a actividad de aprendizaje, la situación final de los alumnos y cédula de nacional de Identificación de cada uno de ellos.

Artículo 9

- La Licencia de Enseñanza Media será obtenida por todos los alumnos(as) que hubieren aprobado el 4º año Medio.

Artículo 10

- La dirección presentará a los profesores del Colegio, en Consejo de profesores, el presente reglamento para la toma de conocimiento.

Artículo 11

- El presente reglamento de evaluación considera las orientaciones sobre los aprendizajes establecidos en marco curricular de la Enseñanza Medias y aprobadas en el decreto supremo de Educación Nº 220 de 1998 y sus modificaciones decreto 254 de 2009.

Artículo 12

- El período escolar adoptado por el Colegio será semestral, dividido en dos semestres y de acuerdo a lo establecido oficialmente en el Calendario Oficial dado para la Región Metropolitana por la Secretaría Ministerial para cada año escolar.

- a) Formas, tipos y carácter de los procedimientos evaluativos que se aplicarán

- Toda evaluación deberá ser estructurada en función de los objetivos de aprendizaje propuestos en el programa de estudio y en la planificación de enseñanza. Además, deberá cumplir con las normativas técnicas pedagógicas instruidas por Dirección de Estudios tales como:

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a.1 ) Tipos de evaluación

Evaluación Diagnóstica

- Como una forma en que el profesor(a) toma conocimiento y adquiere información de la situación de aprendizaje al iniciarse el proceso, respecto a los objetivos de aprendizaje de entrada y poder determinar dónde está el alumno(a) en relación a dónde debe llegar. De tal manera que la evaluación diagnóstica se planificará, elaborará, ejecutará y estudiaran sus resultados para la toma de decisiones durante las dos primeras semanas de iniciado el año lectivo para los cursos de 3ro y 4to medio. Además, el profesor(a) podrá aplicarla toda vez que lo considere necesario, respecto a uno o varios alumnos que se integren durante el proceso o inicien una unidad de aprendizaje, con la autorización de la Dirección de Estudios. Se tendrá especial atención con los alumnos nuevos que ingresen al Colegio.

Evaluación formativa

- Su objetivo es detectar la situación de aprendizaje con el propósito cambiar rumbos en la planificación instruccional; como retroalimentación del proceso al interior de la sala de clases. El profesor(a) no debe dejar de aplicarla en todo momento durante el proceso, ya sea en sus modalidades oral o escrita o cualquiera otra forma que estime adecuada, previo acuerdo con el Coordinador(a) de Área.

Evaluación sumativa

- Cómo una información para el profesor(a) respecto al nivel de logros de varios objetivos de aprendizajes, por parte del alumno, se aplicará toda vez que el profesor(a) la estime necesaria, y de acuerdo a planificación general de Dirección de Estudios. Además, se empleará esta forma de evaluación para determinar los resultados del proceso de aprendizaje – enseñanza. Durante el primer y segundo semestre del año lectivo se considerarán evaluaciones sumativas, siendo éstas: acumulativas (objetivos de aprendizaje y procedimientos aplicados clase a clase en determinados períodos de tiempo), parciales (objetivos de aprendizaje de un determinado período de tiempo), y semestrales (objetivos de aprendizaje determinados durante un semestre).

a.2 ) Formas de evaluación

- Los tipos de evaluación enunciadas podrán ser aplicadas por el profesor(a) en sus formas o modalidades oral o escrita o utilizando otro instrumento adecuado. Sin embargo, las evaluaciones diagnósticas, cuando vayan al inicio del año escolar, deberán ser necesariamente escritas.

- El logro de los Objetivos Fundamentales Transversales será evaluado a través de la aplicación de diversos instrumentos de evaluación, autoevaluación o coevaluación tales como: observación directa, cuestionarios, rúbricas o pruebas escritas, etc. Esta evaluación se expresará en conceptos, será preferentemente cualitativa, será consignada en un apartado

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especial del libro de clases y se incluirá en todos los informes que se entreguen al apoderado.

- La evaluación de los Objetivos Fundamentales Transversales se aplicará, preferentemente, en el subsector de Orientación. Pudiendo ser requerida en otros subsectores cuando fuese necesario.

a.3 ) Sistema de registro e información de evaluaciones:

a.3.1) Fechas y evaluaciones

- Coordinadores de Área entregarán de manera explícita a Dirección de Estudios los objetivos de aprendizaje, habilidades y contenidos, procedimientos de evaluación con 15 días de anticipación al mes en que se aplicarán. No podrán calendarizarse procedimientos evaluativos con un plazo menor a 6 días antes de entregas oficiales de resultados académicos a alumnos y padres y apoderados.

- La calendarización definitiva será informada a alumnos y padres y apoderados mediante publicación en la página web del Colegio, y publicada por escrito en los paneles informativos de cada curso de 3° y 4° Año de Enseñanza Media, y en el panel informativo de las Salas de Profesores.

- El alumno(a) conocerá de manera explícita las fechas, objetivos de aprendizaje, habilidades y contenidos a evaluar, al menos con una semana de anticipación.

- Los alumnos de 3° y 4° medio no podrán tener dos o más procedimientos evaluativos coeficiente dos en un mismo día.

a.3.2) Retroalimentación del proceso de evaluación

- Los docentes de asignatura y sectores y subsectores de aprendizaje retroalimentarán a los alumnos de los aprendizajes obtenidos en las evaluaciones realizadas.

- Todo procedimiento de evaluación (prueba escrita o trabajo), debe ser devuelto a los alumnos(as) para su revisión, como también a los apoderados para que tomen conocimiento de los resultados. En caso que sea necesario, guardar dichos instrumentos, éstos deberán ser recogidos con la firma de revisión del alumno o apoderado.

- Los resultados y calificaciones de evaluaciones se entregarán y registrarán en el libro de clases en un plazo máximo de 7 días hábiles, a partir de efectuada la aplicación del procedimiento evaluativo.

- Para las asignaturas de: Tecnología, Artes, Música y Educación Física los resultados y calificaciones de evaluaciones se entregarán y registrarán en el libro de clases el mismo día en que fue agendada la fecha de evaluación.

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- Todo proceso de evaluación debe ser estudiado por los profesores y cuando se detecten dificultades importantes en los aprendizajes se realizará un análisis de la situación de acuerdo con el manual de procedimientos; en estos casos los resultados y calificaciones de evaluaciones se entregarán y registrarán en el libro de clases en un plazo máximo de 10 días hábiles, a partir de efectuada la aplicación del procedimiento evaluativo.

- Toda calificación obtenida entre 1,0 y 2.5 por un alumno(a) como producto de un procedimiento evaluativo deberá ser informada por escrito al Profesor(a) Jefe(a) por el(la) Profesor(a) de Asignatura o de Sector o Subsector de Aprendizaje donde se obtuvo la nota deficiente, antes de ser registrada en el Libro de Clases. El Profesor Jefe informará por escrito a los alumnos(as) y a los padres y apoderados de esta calificación dentro del plazo estipulado para el registro de notas en los libros de clase.

a.3.3) Copia en evaluaciones

- El alumno(a) que sea sorprendido en una situación deshonesta y/o irregular (copiando en pruebas y/o trabajos, entregando información, “soplando”, con copias textuales de Internet sin su referencia, etc.) con evidencia concreta, durante la aplicación de prueba u otro procedimiento evaluativo, comete una falta grave como lo señala el Reglamento Interno de convivencia del Colegio. Además, será sometido a una prueba o interrogación a partir del mismo día en que se conozca la falta y en un plazo no mayor a tres días, y será administrada por el Profesor(a) de la asignatura y sector o subsector de aprendizaje correspondiente, registrándose en su hoja de vida la observación de la situación acontecida. La escala de exigencia será al 80% de logro para nota mínima.

a.3.4) Nivel de eficiencia

- Todas las evaluaciones parciales, coeficiente dos, reforzamiento, talleres no electivos, semestrales y de promedio general, y otras tendrán un nivel de eficiencia mínimo del 60% correspondiente a la nota 4.

a.3.5) Inasistencia a evaluaciones

- El alumno(a) que no asista a una instancia de evaluación, podrá ser evaluado desde el momento de su reincorporación a clases sistemáticas. Si justifica su inasistencia con certificado médico, se aplicará un nivel de exigencia del 60%, en caso contrario, de un 80%.

- Cuando el alumno(a) faltare a más de una evaluación, previa justificación escrita por el apoderado, se procederá a calendarizar dichas evaluaciones informándose al alumno y a su familia por escrito en la Agenda Escolar.

- Si el alumno(a) faltase a un procedimiento evaluativo, como un trabajo en grupo u otra instancia evaluativa que implique su participación en tareas con sus pares, el Profesor(a) de la asignatura y/ Sector y Subsector de Aprendizaje, determinará el procedimiento de evaluación a realizar en su reemplazo. En ningún caso será el aplicado a compañeros.

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- Las inasistencias a procedimientos evaluativos por representar al Colegio en eventos artísticos, culturales, deportivos, formativos, pastorales, etc. Permiten al alumno rendir las evaluaciones con un 60% de exigencia en un plazo fijado de modo previo a la actividad en la cual participa. Estas pruebas se realizarán después del término de la jornada escolar.

- Toda evaluación y/o procedimiento evaluativo que se aplique a los alumnos por su inasistencia, deberá ser distinto al aplicado al curso.

- En el caso que el alumno(a) sea citado a rendir la evaluación atrasada, estando en el Colegio, y no la rindiere será calificado con nota 1,0 la que no podrá ser modificada dado que se considera una falta grave. A menos que presente justificación escrita al Profesor(a) Jefe durante el día y antes de la hora citación para la evaluación atrasada, podrá ser recalendarizada, pero se aplicará con mayor grado de dificultad (80%).

- En el caso de los trabajos en las asignaturas y/o sectores y subsectores de aprendizaje de Artes, Ed. Física, Música, y de otras asignaturas y sectores y subsectores de aprendizaje:

a) Al momento de dar a conocer el trabajo a los alumnos(as), el Profesor(a)

respectivo deberá entregar de forma escrita y a cada uno de ellos el procedimiento y la rúbrica con que será calificado y evaluado.

b) El alumno(a) que faltase a la entrega de un trabajo, de la asignatura y S/o Sector o subsector de aprendizaje que fuere, deberá entregarlo al Profesor(a) el primer día de su reintegro al Colegio. Si por razones de horarios u otras, el docente no se encuentra en el Colegio, el trabajo deberá ser entregado en la Coordinación de Ciclo respectiva;

c) En caso de que el alumno(a) no cumpla con presentar su trabajo en la fecha estipulada, el docente podrá aplicar una prueba escrita o interrogación, con los mismos objetivos del trabajo y el tema tratado dentro del día en que se debería presentar el trabajo. Para este efecto, se comunicará al Profesor(a) Jefe y Coordinador de Ciclo y se dejará constancia en la hoja de vida. El procedimiento realizado y los resultados obtenidos deberán ser informados al apoderado. Todo este procedimiento deberá estar previamente en conocimiento del alumno(a).

a.3.6) Evaluaciones de Talleres, reforzamiento y Nivelación

- Los Talleres y actividades de nivelación y/o reforzamiento propuestos en la jornada escolar, son parte del Currículum obligatorio del Colegio. Los talleres son de carácter electivo; las actividades de nivelación y/o reforzamiento son de carácter obligatorio.

- Los Talleres serán evaluados en forma semestral con una calificación promedio, que se incorporará a la asignatura y/o sector o subsector de aprendizaje correspondiente.

- Las actividades de nivelación y/o reforzamiento serán evaluados en forma semestral con una calificación, que se incorporará a la asignatura correspondiente previamente establecido y comunicado.

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a.3.7) Pruebas semestrales

- Al finalizar cada semestre se aplicará una Prueba Semestral cuyo objetivo es: “Evaluar los aprendizajes obtenidos por los alumnos(as) durante el semestre como producto de una enseñanza para el dominio. Esto implica, obtener las evidencias de los resultados de los aprendizajes que permitan al profesor u Coordinador de Área: regular, orientar y corregir el proceso de aprendizaje-enseñanza, por ende, detectar logros, avances y dificultades.”

- La prueba semestral se aplicará a los alumnos(as) de 3º y 4º Medio en los sectores y subsectores de aprendizaje siguientes: Lenguaje, Matemática, Historia, Biología y Química.

a.3.8) Información a Apoderados sobre desarrollo personal y social de los alumnos

- Al finalizar el primer y el segundo semestre escolar, los padres y apoderados tendrán acceso en la plataforma virtual del Colegio a informes de desarrollo personal y social de los alumnos. La fecha de acceso será previamente comunicada y agendada en el semestre respectivo por parte de Rector y/o Dirección de Estudios.

- El logro de los Objetivos Fundamentales Transversales se registrará en el Informe de Desarrollo Personal y Social del Alumno, el que se entregará a los padres y apoderados junto con el Informe de Calificaciones, de acuerdo a la modalidad anteriormente citada.

b) Formas de calificar y comunicar los resultados

b.1 ) Nivel mínimo de eficiencia y procedimiento sumativo coeficiente dos:

- Todo procedimiento que, dado su naturaleza, tenga una intención evaluativa, debe contener un nivel mínimo de eficiencia en el logro de objetivos de aprendizaje, de un 60%, considerado sumativamente, ya sea un trabajo escrito; interrogación, guías, pruebas, etc.

- Los procedimientos evaluativos coeficiente dos durante el semestre se aplicarán en aquellos sectores y subsectores de aprendizaje que no rindan pruebas semestrales. Este procedimiento evaluativo coincidirá con el segundo proceso parcial de los mismos.

b.2 ) Registro y número mínimo de calificaciones

- El número de calificaciones sumativas por semestre por las cuales deber ser calificado un alumno(a) estará dado según carga horaria semanal de la asignatura y/o sectores y subsectores de aprendizaje, de acuerdo a las siguientes tablas:

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Asignaturas con prueba semestral

Nº de horas Mínimo de calificaciones Máximo de calificaciones

6 o más 5 8

5 4 7

4 4 7

3 4 6

2 4 5

1 3 4

Asignaturas sin prueba semestral

Nº de horas Mínimo de calificaciones Máximo de calificaciones

6 o más 7 10

5 6 9

4 5 8

3 5 7

2 4 5

1 3 4

- Los alumnos(as) serán evaluados en todos los sectores, subsectores, asignaturas o actividades de aprendizaje del plan de estudio, en períodos o semestrales, con un número determinado de calificaciones, según la tabla anterior.

b.3 ) Eximición de rendir prueba semestral

- Para los alumnos de 3º y 4º medio:

a) No habrá eximición de este procedimiento evaluativo durante el primer semestre. b) Sólo se eximirán en el segundo semestre aquellos alumnos(as) de 3º Medio que

se presenten con un promedio semestral de 6,5 en el sector y/o subsector en el cual se aplica la prueba;

c) Sólo se eximirán en el segundo semestre aquellos alumnos(as) de 4º Medio que se presenten con un promedio semestral de 6,0 en el sector y/o subsector en el cual se aplica la prueba;

d) en ambos semestres, aquel alumno(a) que presente un promedio 6,3 semestral podrá obtener hasta 5,5 en la prueba semestral y conservar su promedio. Si la nota obtenida sube el promedio se registra el resultado de la prueba y se calcula el promedio semestral.

b.4 ) Ponderación prueba semestral:

- La calificación obtenida en la prueba semestral tendrá una ponderación del 25% de la nota final semestral de la asignatura correspondiente.

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c) Procedimientos que aplicará el establecimiento para determinar la situación final de los

alumnos

- Para determinar la situación final de los alumnos en las distintas asignaturas y/o sectores y subsectores de aprendizaje, se determinará por el promedio simple de las notas obtenidas en cada semestre, y el promedio simple final de las notas obtenidas en los dos semestres.

d) Evaluación diferenciada: temporal o permanente

- A los alumnos que tengan impedimentos debidamente justificados para cursar en forma regular una asignatura y/o sector o subsector de aprendizaje, podrán optar a evaluación diferenciada.

- La solicitud de evaluación diferenciada, tendrá que estar avalada por un diagnóstico realizado por el especialista correspondiente, deberá presentarse al Departamento de Apoyo al Aprendizaje, quién recepcionará y evaluará los antecedentes. De ser aprobada la solicitud se dará curso a dicho proceso.

- La solicitud de evaluación diferenciada tendrá carácter semestral, debiéndose renovar al comienzo de cada semestre.

- El Departamento de Apoyo al Aprendizaje, comunicará mediante una carta dirigida al apoderado la resolución de aceptación o rechazo, reservándose el derecho de poner fin a la evaluación diferenciada, de no respetar los requerimientos exigidos por el Colegio.

- Es indispensable para solicitar evaluación diferenciada presentar diagnóstico de especialista externo. Los certificados médicos que avalen la solicitud deben estar acompañados de informe psicopedagógico que ratifique la solicitud, ya que las implicancias en el proceso de aprendizaje, son de carácter pedagógico además de clínico.

-El especialista que solicita la evaluación diferenciada, deberá entregar las especificaciones necesarias para llevar a cabo este proceso por medio de la ficha que el Colegio exige para presentar esta solicitud. En base a estos antecedentes y de ser aprobada la solicitud se determinarán los compromisos a cumplir por parte del apoderado en cuanto al tratamiento necesario para remediar las dificultades.

- El apoderado se comprometerá formalmente a realizar tratamiento y evaluación periódica del alumno(a), de acuerdo con los plazos requeridos por el Colegio, lo que deberá ser acreditado por certificado extendido por el especialista tratante.

- Los Apoderados y el alumno(a) se comprometen a conocer, implementar y desarrollar las medidas que el Colegio considere necesarias para poder realizar una evaluación diferenciada que asegure la calidad del proceso de aprendizaje - enseñanza del alumno(a), considerando sus demandas especiales.

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- El plazo para la entrega de la documentación que certifique el diagnóstico, será de un mes a partir del momento que es incorporado como alumno(a) regular. En el caso de los alumnos(as) antiguos, el plazo es hasta tres semanas desde el inicio del año escolar en el primer semestre y al 15 de agosto en el segundo semestre.

- Excepcionalmente, y cuando existan razones poderosas para ello, el apoderado podrá solicitar evaluación diferenciada en el transcurso del año, previa evaluación de especialista externo que acredite la necesidad de esta indicación. Una vez reunidos los antecedentes, el Colegio a través de Dirección de Estudios y Departamento de Apoyo al Aprendizaje, decidirá si procede o no, dicha modificación en la evaluación del alumno(a).

- El Rector, previa presentación de antecedentes y en consulta a Dirección de Estudios, Jefe del Departamento de Apoyo al Aprendizaje, Profesor Jefe de Curso, al Profesor del sector, subsector o asignatura, y al Coordinador de Área si correspondiera, podrá autorizar la eximición de los alumnos(as) de un Subsector o Asignatura, en casos debidamente fundamentados.

e) Requisitos y procedimiento para promover alumnos(as) con porcentaje menores de

asistencia

- Para ser promovidos los alumnos(as) deberán asistir a lo menos al 85% de las clases establecidas en el calendario escolar anual.

- No obstante, por razones debidamente justificadas, el Rector del Colegio, consultado al Profesor Jefe, Director de Estudios y/o aquellos estamentos que considere pertinentes previo informe, podrá autorizar la promoción de los alumnos(as) con porcentajes menores de asistencia.

f) Situaciones especiales de evaluación y dentro del año escolar

- El Rector previa consulta a Dirección de Estudios podrá resolver situaciones especiales de evaluación y promoción dentro del año, tales como: ingreso tardío a clases, ausencia a clases por períodos prolongados, finalización anticipada del año escolar, situaciones de embarazo, servicio militar, certámenes nacionales o internacionales en el área del deporte, la literatura, las ciencias, becas, intercambio estudiantil u otras similares.

- Si el alumno(a) ingresa el segundo semestre a clases, por problemas de salud u otros debidamente justificados, sólo se le considerará un semestre para la obtención de la calificación final.

- El alumno(a) que durante el transcurso del año debe interrumpir el proceso normal de asistencia a clases, por diferentes situaciones debidamente certificadas, problemas de enfermedad prolongada, viaje al extranjero u otra situación especial, una vez integrado al Colegio, se enfrentará a una recalendarización de procedimientos evaluativos.

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- El alumno(a) que desee terminar el año lectivo anticipadamente durante el Primer Semestre por intercambio estudiantil, se le aplicará pruebas y/o procedimientos evaluativos coeficiente dos válidos por el segundo semestre. Estos serán debidamente calendarizados por Dirección de Estudios; el cual solicitará los contenidos y objetivos de aprendizaje a evaluar a los profesores (as) respectivos.

g) Procedimientos que aplicará el establecimiento para determinar la situación final de los

alumnos

- Para determinar la situación final de los alumnos en las distintas asignaturas y/o sectores y subsectores de aprendizaje, se determinará por el promedio simple de las notas obtenidas en cada semestre, y el promedio simple final de las notas obtenidas en los dos semestres.

- Al término del año lectivo los alumnos(as) de 3º a 4º Medio no rendirán procedimiento de evaluación final que determine un porcentaje de la nota de aprobación final de la asignatura, sector o subsector de aprendizaje.

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Anexo n. 1

PLANES DE ESTUDIO Y PROGRAMAS VIGENTES AÑO 2018 – 2019

Se presentan los Planes de estudio vigentes en el Colegio Año 2018 - 2019: 1º a 4º Básico, 5º y 6º

Básico, 7º y 8º Básico, 1º y 2º Medio, 3º y 4º Medio.

1º a 6º Básico: Decreto Nº 439/2012 (Bases Curriculares Asignaturas de Lenguaje y

Comunicación, Matemática, Historia – Geografía y Ciencias

Sociales, Ciencias naturales, Idioma Extranjero: Inglés)

Decreto Nº 433/2012 (Bases curriculares Artes Visuales, Música, Educación Física

y Salud, Tecnología, Orientación)

Decreto Nº 2960 /2012 (Programas de Estudio)

1º a 4º Básico: Resolución Nº 5133/2013

(Plan de Estudios 1º a 4º Básico y Planes y programas de

estudio propios Idioma Extranjero: Inglés)

7º y 8º Básico: Decreto Nº 614/2013 (Bases Curriculares Asignaturas de Lengua y Literatura,

Matemática, Educación Física y Salud, Historia – Geografía

y Ciencias Sociales, Ciencias naturales, Idioma Extranjero:

Inglés)

Decreto Nº 369/2013 (Bases curriculares Artes Visuales, Música, Tecnología,

Orientación)

Decreto Nº 628 /2016 (Programas de Estudio)

Resolución Nº550/2016 (Plan de Estudios, Planes y programas propios Asignaturas

de Biología, Física y Química)

1º Medio: Decreto Nº 614 /2013 (Bases curriculares)

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Decreto Exento Nº 1264/2016 (No adscrito al Régimen J.E.C.D.) y sus

modificaciones Decreto 312/2017

Resolución 180/2017 (Plan de Estudios, Planes y programas propios asignaturas

de Biología, Física y Química)

2º Medio (2017): Decreto Nº 254/2009 (Marco Curricular Sectores Lenguaje y

Comunicación, Matemática, Historia – Geografía y

Ciencias Sociales, Biología, Física, Química, Idioma

Extranjero: Inglés)

Decreto Nº 220/1998 (Marco Curricular Sectores Artes Visuales, Artes

Musicales, Educación Física, Educación

Tecnológica)

Decreto Nº 1358/2011 (Programas de Estudio Sectores Lenguaje y

Comunicación, Matemática, Historia – Geografía y

Ciencias Sociales, Biología, Física, Química, Idioma

Extranjero: Inglés)

Decreto Nº 77 /1999 – Decreto Nº 83 /2000

(Programas de Estudio Sectores artes Visuales,

Artes Musicales, Educación Física, Educación

Tecnológica)

Decreto Exento Nº 1264/2016 (No adscrito al Régimen J.E.C.D.) y sus

modificaciones Decreto 312/2017

3º y 4º Medio:

Formación General Decreto Nº 254/2009 (Marco Curricular Sectores Lenguaje y

Comunicación, Matemática, Historia – Geografía y

Ciencias Sociales, Biología, Física, Química, Idioma

Extranjero: Inglés)

Decreto Nº 220 /1998 (Marco Curricular Sectores Artes Visuales,

Artes Musicales, Educación Física, Filosofía y

Psicología)

Decreto Nº 1147 /2015 (Programas de Estudio Sectores Lenguaje y

Comunicación, Matemática, Historia – Geografía y

Ciencias Sociales, Biología, Física, Química, Idioma

Extranjero: Inglés)

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Reglamento de Evaluación Colegio Santo Domingo Padres Dominicos

Decreto Nº 1147/2015 (Programas de Estudio Sectores Lenguaje y

Comunicación, Matemática, Historia – Geografía y

Ciencias Sociales, Biología, Física, Química, Idioma

Extranjero: Inglés)

Decreto Nº 27 /2001 y sus modificaciones Nº 102/2002

(Programas de estudio Sectores Artes Visuales,

Artes Musicales, Educación Física, Filosofía y

Psicología)

Formación Diferenciada

Decreto Nº 220/1998 (Marco Curricular Sectores y Subsectores)

Decreto 128/2001 - Decreto 344/2002 – Decreto 169/2003 – Decreto 626 /2003 –

Decreto 1122 /2005

(Programas de Estudio Sectores y Subsectores)