reforma tributaria, ajustes, anÁlisis y enfoque de...
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REFORMA TRIBUTARIA, AJUSTES, ANÁLISIS Y ENFOQUE DE LAS PRINCIPALES MODIFICACIONES DE RENTA SEGÚN LEY N° 20.780 Y N° 20.899
Víctor Morales Pereira
Contador Público y Auditor, Licenciado en Auditoria, Magister en Dirección y Planificación Tributaria, Diplomado en
Asistente Tributario, Diplomado IFRS, Asistente de Cátedra : Código Tributario, IVA, Renta y FUT Universidad de Talca,
Participa en la Publicación del Manual de Consultas Tributarias, Docente de Pregrado en Universidad Católica del Maule
Carrera Contador Auditor, Consultor Tributario Thomson Reuters Chile y relator permanente de Seminarios, Diplomados,
Jornadas y Talleres en Thomson Reuters Chile.
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TEMARIO
1°Aspectos principales de la Reforma Tributaria para los años comerciales2015 y 2016
2°Partidas y elementos que componen el FUT según Circular 10/15 SII
3°Declaraciones Juradas y presentaciones ante el SII por ReformaTributaria
4°Nuevos Regímenes Tributarios a partir del 2017
5°Aplicación de Herramientas tecnológicas en el trabajo profesional
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Octubre 2013
Programa de Gobierno
LINEA DEL TIEMPO REFORMA TRIBUTARIA
Abril 2014
Proyecto Reforma Tributaria
Julio 2014
Protocolo de Acuerdo
Septiembre 2014
Ley 20.780
Ajustes
Diciembre 2015
Proyecto de Simplificación
Febrero 2016
Ley 20.899
Simplificación
A
A
A
B
Julio
2015
50 Circulares
1 2 3 4 5 6 7
Circular
49/16
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PARTE I
CONCEPTOS PREVIOS
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PUNTO CLAVES PARA UNA RENTA
• Determinación de Resultado Financiero
• Determinación de Resultado Tributario
• Cálculo de Capital Propio Tributario
• Determinación de Libro FUT
• Presentación de DDJJ
• Llenado de Formulario 22
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RESULTADO FINANCIERO
• Ingresos – Costos – Gastos
• Al 31.Diciembre
• Aplicación Contable
• Ajustes por IFRS
• Resultado
• Patrimonio
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RESULTADO TRIBUTARIO
= Resultado según Balance
+ Agregados
Pagados (Afectos y No Afectos Artículo 21)
Adeudados
- Deducciones
Percibidas
Devengadas
- Desagregados
= Base Imponible de 1ª Categoría
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LIBRO FUT
• Fondo de Utilidades
• Partidas que componen FUT
� FUT, FUNT, FUR, FUF
• Modificación de Artículo 14 y Circular 10/2015 SII
• FUT Acumulación hasta el 31.12.2016
• Impacto en Recuadro 6
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CAPITAL PROPIO TRIBUTARIO
• Normas del artículo 41 LIR
• Total Activo – Valores Into – Pasivo Exigible
• Presentación en Formulario 22 Recuadro 3
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FORMULARIO 22
• Recuadro 2 Base Imponible
• Recuadro 3 Datos del Balances
• Recuadro 6 Datos del FUT
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FORMULARIO 22
1925
1926
1847
FUT
RLI CPT
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PARTE II
ANALISIS DEL FUT
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ARTÍCULO 14 LEY DE RENTA
• Eje central de la TRIBUTACION con los impuestos
PERSONALES
• Sistema de tributación en base a Retiros, Remesas o
Distribuciones de las rentas de Primera Categoría frente a
los impuestos Global Complementario o Adicional
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ARTÍCULO 14 LEY DE RENTA (Hasta 31.12.2014)
Artículo
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Contabilidad Completa
Otros Contribuyentes
Letra A)
Letra B)
1. Empresario Individual Socios de Sociedades de Personas
Art. 58 N° 1
Socio Gestor en Sociedades
Comandita por Acciones
2. Accionistas de Sociedad Anónima
3. Fondo de Utilidades Tributables
a). Retiros
b). Excesos de Retiros
c). Rentas Retiradas para Reinvertirlas
a). Fondo de Utilidades Tributables
b). Fondo de Utilidades no Tributables
c). FUT Accionista
d). Orden de Imputación
1 Sin Contabilidad Completa
(Contabilidad Simplificada)
2 Rentas Presuntas
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ARTÍCULO 14 LEY DE RENTA Años 2015 - 2016
1 Empresario Individual Retiros tributan todo evento
Socios de Sociedad Personas
Contribuyentes del Art. 58 Nº 1 Dividendos a todo evento
Letra A) Socios Gestor en sociedades
Contabilidad Comandita por Acciones Comuneros a todo evento
Completa Accionistas
2. Reinversión
a). Registro del Fondo de Utilidades Tributables FUT
3. Fondo de Utilidades Tributables b). Registro del Fondo de Utilidades no Tributables FUNT
c). FUT y Objetivo (Entregar Créditos)
d). Orden de Imputación
e). Deducciones del FUNT
Letra B) 1. Sin Contabilidad Completa
Otros
Contribuyentes 2. Rentas Presuntas
ESQUEMA DEL ARTICULO 14 LEY DE RENTA TRANSITORIO
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¿POR QUÉ EL FUT?
• Las rentas de primera categoría determinadas en
base a contabilidad completa y balance general se
afectan con los impuestos personales que procedan
cuando sean retiradas o se distribuyan
• Impuesto de Primera Categoría es Crédito contra
los impuestos personales
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ESQUEMA DEL FUT
UTILIDADES OBTENIDAS POR LAS EMPRESAS
Se afectan con Primera Categoría
RETIROS O DISTRIBUCIONES
Se afectan con Impuestos Personales
FONDO DE UTILIDADES
TRIBUTABLES
No se han afectado con Impuestos
Personales
- =
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NORMATIVA RELACIONADA
• Artículo 14 LIR fundamento legal del FUT
• Artículo 21 LIR Gastos Rechazados, Retiros Presuntos
• Artículo 31 inciso 3 Nº 3 Pago Provisional por Utilidades Absorbidas
• Artículo 31 inciso 3 Nº 5 LIR Diferencia de Depreciación
• Artículo 74 Nº 4 LIR Retención de Impuesto Adicional
• Resolución 2154/91 Reglamento del FUT
• Circular 45/13 Modificación del Artículo 21 Ley de Renta
• Circular 60/90 Instrucciones Artículo 14
• Circular 40/91 instrucciones del FUT
• Circular 42/90 PPUA
• Circular 53/90 Retención Impuesto Adicional
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NORMATIVA RELACIONADA
• Circular 17/93 orden de imputación Gastos Rechazados, pérdidas,antigüedad de las rentas (mes)
• Circular 66/97 Antigüedad de las rentas, dos opciones (origen)
• Circular 65/01 instrucciones Diferencia de Depreciación
• Oficio 1243/93 No procede incrementar cuando distribuya renta bruta
• Oficio 3087/96 Orden de imputación en el FUNT, antigüedad de lasrentas (mes), actualización de GR provisionados en el caso de las S.A.,pérdida se rebajan antes que los GR
• Oficio 1752/97 Cuando se retire la renta bruta, al año siguiente no serebaja el gasto rechazado impuesto de primera categoría
• Oficio 4306/99 La diferencia de reajuste positiva de la columna impuesto,es una renta sin crédito
• Oficio 2275/03 respuestas varias a diferencia de depreciación
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NORMATIVA RELACIONADA
• Oficio 3650/01 FUT devengado
• Oficio 4518/03 Las contribuciones de bienes raíces, en su calidad de gastos
rechazados, procede solamente deducirlos de las utilidades netas
• Oficio 299/04 Tratamiento del impuesto de primera categoría ante la
determinación del FUT, cuando existen contribuciones de bienes raíces
• Oficio 700/06 Concepto de exceso de retiros, para efectos de computar las
utilidades devengadas en otras empresas o sociedades ”FUT devengado”
• Oficio 1618/06 Los dividendos recibidos sin crédito, también se les deben
imputar las pérdidas tributarias, no generan PPUA
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¿PORQUÉ DEBEMOS CONFECCIONAR EL REGISTRO FUT?
• Controlar las utilidades generadas y retenidas por las empresas
(Primer nivel de tributación) que se encuentran pendiente de
tributación a nivel de personas ( Segundo nivel de tributación por los
impuestos Global Complementario o Adicional) y los impuestos de
categoría que afectaron a dichas utilidades
• Controlar Utilidades obtenidas hasta 1983
• Afectar con Impuestos Personales a base de retiros o distribución de
utilidades
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PARTIDAS
FUT
BI
RE
TIR
OS
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ACTUALIZACIÓN DEL ARTÍCULO 14 LEY DE RENTA
• Oficios y Circulares SII
• Declaraciones Juradas asociadas a FUT
• Recuadros en el Formulario 22
• Reforma Tributaria, Circular 45 y 54 del 2013 SII
• ¿Qué necesito para hacer el FUT?
• Circular 10 del 2015
� Artículo 14 Transitorio
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TEMAS CLAVES
INFORMAR
CONTROLAR
OPCION
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¿DÓNDE ENCUENTRO TODOS ESTOS CONCEPTOS?
Ley 20.780 D.O. 29/Septiembre/2014
Reforma Tributaria que modifica el sistema de tributación de la Renta e
introduce diversos ajustes en el sistema tributario
Ley 20.899 D.O. 08/Febrero/2016
Reforma Tributaria que Simplifica el sistema de Tributación y perfecciona
otras disposiciones legales tributarias
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ARTÍCULO TERCERO TRANSITORIO
No obstante lo establecido en los artículos primero y segundotransitorios, se aplicarán las siguientes disposiciones:
I. A los contribuyentes sujetos al impuesto de primera categoría sobre labase de un balance general, según contabilidad completa, suspropietarios, comuneros, socios y accionistas.
1. Los contribuyentes sujetos al impuesto de primera categoría sobre labase de un balance general, según contabilidad completa, que al 31 dediciembre de 2016, se mantengan en dicho régimen, o inicienactividades a contar del 1° de enero de 2017, aplicarán las siguientesreglas, según corresponda:
a) Al 31 de diciembre de 2016, deberán determinar conforme a las normasestablecidas en la ley sobre Impuesto a la Renta vigente a esa fecha, einformar mediante declaración al Servicio de Impuestos Internos, quedeberá ser presentada antes del 15 de marzo de 2017, en la forma queéste determine mediante resolución, los siguientes antecedentes:
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ARTÍCULO TERCERO TRANSITORIO
Artículo 14Transitorio
Artículo 14Definitivo
31.12.2016
2014 – 2015 - 2016 2017
Artículo 14Actual
FUT
PARTIDAS
FUTFUNTREINVERSIONESEXCESO RETIROSDIF DEPRECIACIONCPT y PF
REGIMEN ARAPDDREXCREDITOS
REGIMEN BRENTAS AF IGCDDREXCREDITOS
15.03.2017
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PARTIDAS A INFORMAR
Obligación de informar al SII (mediante Declaración) los saldos acumulados
al 31 de diciembre de 2016 de las siguientes partidas:
1. FUT
2. REINVERSIONES
3. FUNT
4. EXCESOS DE RETIROS
5. DIFERENCIA DE DEPRECIACIÓN
6. DIFERENCIAS PATRIMONIALES
El plazo para informar es antes del 15 de marzo de
2017
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PARTIDAS A INFORMAR
EXCESOS DE RETIROS
Artículo 14Transitorio
Artículo 14Definitivo
AÑO 2014
1º Retiros Tributan con tope FUT
2º Excesos de Retiros
3º FUT Devengado
AÑO 2015 a 2016
1º Retiros y Dividendos Tributan a todo Evento
2º No existen Excesos de Retiros y FUT Devengado
31.12.2016
20152014 2016 2017
Artículo 14Actual
FUT
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OPCIONES
1. Pago de Impuesto sustitutivo sobre FUT acumulado (2 opciones)
2. Pago de Impuesto sobre Exceso de Retiros (1 opción)
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IMPUESTO FUT ACUMULADO
ALTERNATIVA 1 32%
ALTERNATIVA 2 PROMEDIO PONDERADO
ALTERNATIVA 3 AL REGISTRO 2017
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PARTE III
DECLARACION JURADA 1925
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DECLARACIÓN JURADA 1925
Declaración Jurada de FUT
Instrucciones
Resolución 111 24.Diciembre.2015
Resolución 51 07.Junio.2016
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OBLIGADOS A PRESENTARLOS
Quienes
“W.contribuyentes obligados a determinar su renta efectiva según
contabilidad completa y balance general”
Tipos
* Artículo 14
* Artículo 14 Quater
* Administradoras de Fondos de Inversión (por FUT y FUNT de los fondos)
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QUIENES NO ESTÁN OBLIGADOS
• Contribuyentes acogidos al artículo 14 ter
• Contribuyentes Rentas Presuntas
• Contribuyentes artículo 14 Bis
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¿QUE SE PRESENTA?
• Datos al 31 de Diciembre
• Partidas en los siguientes Registros
� Fondo de Utilidades Tributables FUT
� Fondo de Utilidades no Tributables FUNT
� Fondo de Utilidades Reinvertidas FUR
� Retiros en Excesos de otras Empresas CAPSCAT
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FECHA DE PRESENTACIÓN
• 15 de Junio
• Vigencia por dos años
� AT 2016 (AC 2015 31/08/2016)
� AT 2017 (AC 2016 15/06/2017)
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MULTAS
• El retardo u omisión en la presentación de la declaración jurada se
aplicarán las multas del articulo 97 Nº 15 Código Tributario
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SECCIONES DE LA DDJJ 1925
Sección A Identificación del Declarante
Sección B Antecedentes del FUT,FUNT, FUR
(Saldos Finales)
Sección C Cuadro Resumen
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PARTE IV
NUEVOS REGIMENES TRIBUTARIOS
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¿CUÁLES SON LOS REGISTROS QUE SE DEBEN LLEVAR EN REGIMEN A?
RAP FUF INCR o EX. SAC
CONTROL DE LA TRIBUTACION
1) RAP +: debe depurarse de los Gastos no Afectos al Artículo
21 (cronológico)
2) FUF: Diferencia Depreciación Acelerada y Normal
3) RE/INCR: Rentas Exentas/Ingresos No Renta
4) CREDITOS: Saldo Acumulado de Créditos
a) b) c) d)
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Artículo 14 Letra B
N° 2 N° 3
a) b) c)Inc.
8°
i)
ii)
Con Restitución
Sin Restitución
LEY N° 20.780
REX SAC
RET
RAI
i)
ii)
Sin Restitución
Con Restitución
Artículo 14 Letra B
LEY N° 20.899
¿CUÁLES SON LOS REGISTROS QUE SE DEBEN LLEVAR EN REGIMEN B?
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PARTIDAS DESDE EL 2017
31.12.201601.01.2017
REGIMEN A01.01.2017
REGIMEN B
+
$ 0
-
+
$ 0
+
$ 0
+
$ 0
-
Circular
10/15
Circular
10/15
Circular
65/01
Circular
68/10
Resolución
2154/91
Circular 49/16
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DIFERENCIAS REGIMEN A Y B
1. Impacto a Nivel de Empresa1. Control de la Tributación2. Registros Obligatorios3. Presentación de Declaraciones Juradas4. Modificaciones en Formulario 22
2. Tributación de los dueños1. Impacto en IGC o IA2. Créditos Recuperables3. Devolución/Pago
3. Adecuación del mercado1. Cambios en Conocimiento Profesional2. Asesoramiento/Consultoria
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PARTEV
EL EXPERTO TRIBUTARIO
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¿COMO SE TRABAJA EN HYPER RENTA?
• Ingreso Manual
• Importación de Datos
• 1 archivo CSV
• HR FUT
• Resumen y Respaldo de Envío
• Envío al SII
• www.hyperrenta.cl
• HR PLANIFICACION 2017
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HR PLANIFICACION 2017
1. Alza de la tasa de Impuesto de 1° Categoría a un 24%
2. Se modifican los topes de créditos e incrementos de IDPC de varias Líneas delFormulario (L1, L2, L4, L5 y L7) en base a la nueva tasa de impuesto
3. Tasa Única de 10% sobre el Av. Fiscal para cálculo de base imponible paraaquellos que exploten bienes raíces agrícolas y tributen sobre rentas presuntas(Se elimina tasa de 4%)
4. Nueva exención de IDPC aplicable a personas naturales que exploten Bienesraíces no agrícolas
5. Limitación de créditos por contribuciones para aquellos que arrienden susBienes Raíces a partes relacionadas
6. Considera y distingue el IDPC financiado con contribuciones como un créditocontra IGC “sin” derecho a devolución
7. Se eliminan normas transitorias como la tasa del 8% de crédito por compras deactivo fijo y el uso del 50% de contribuciones como crédito para aquellos queexploten bienes raíces no agrícolas y lleven contabilidad completa
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MUCHAS GRACIAS POR SU PARTICIPACIÓN