proyecto gobierno escolarc[1]

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INSTITUCIÓN EDUCATIVA MARÍA JESÚS MEJÍA. ITAGUI Resolución 16072 del 25 de noviembre de 2002 “FORMANDO PERSONAS DE BIEN”

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INSTITUCIÓN EDUCATIVA MARÍA JESÚS MEJÍA. ITAGUIResolución 16072 del 25 de noviembre de 2002

“FORMANDO PERSONAS DE BIEN”

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DISEÑO

LEANDRO ZUÑIGA MARTINEZ

LUZ MIRIAM LEMA ARANGO

MARGARITA MARIA JARAMILLO MORA

MARY LUZ MERIÑO MONTES

MÓNICA LOPERA

OLGA INES SANTAMARIA ARAQUE

DOCENTES ÁREA DE CIENCIAS SOCIALES Y TECNOLOGÍA

ITAGUI

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“Consolidar una nueva cultura escolar, promoviendo valores de justicia, respeto a la diferencia,

pluralismo, participación y democracia, como garantes de una

convivencia armónica, feliz y en paz”.

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INTRODUCCIÓN

La historia es una fuente inagotable para hallar explicaciones a nuestro presente, a nuestras formas de actuar, al tipo de organización social en que vivimos. Conocer la historia de la profesión y la historia dela institución escolar es una necesidad fundamental para los estudiantes, padres de familia, educadores y directivos, ya que solo a partir de ello podemos comprender muchos de sus problemas actuales y buscar caminos para resolverlos.

Cuando pensamos en nuestro mundo contemporáneo encontramos una diferencia inmensa con lo que ocurría en la época de nuestros abuelos, cuando comenzaba este siglo. De esta manera, podemos ver que el tema de la formación democrática en la escuela no puede reducirse a unas prácticas pedagógicas puntuales y aisladas, conocidas como formas de Gobierno Escolar, sino que se deben llevar acabo cambios profundos en la estructura general de la organización institucional. Todas las prácticas que se realizan en muchas partes son un importante avance hacia una educación democrática, pero requiere de un soporte conceptual y de una verdadera decisión para involucrar real y efectivamente a los alumnos, los docentes, padres de familia y directivos en el crecimiento y gestión de la escuela, dando así cumplimiento al mandato constitucional que señala que la comunidad educativa tendrá participación en la dirección de las instituciones educativas.

La Constitución Política de Colombia promulgada en 1991, resultado de amplios procesos de reflexión y debate nacional ha servido como punto de partida para superar los diferente problemas de nuestra sociedad, así mismo surge la ley 115 o Ley General de Educación como preámbulo para la construcción de nuevas directrices de acompañamiento pedagógico en el campo educativo, igualmente emergen decretos que reglamentan la Ley General de Educación para transformar el pensamiento de las nuevas instituciones educativas y finalmente La Ley 1098 de 2006 o Ley de la Infancia y Adolescencia o ley de responsabilidades compartidas; que permite proteger los derechos de los niños(as) y los adolescentes dentro de un marco legal de competencias ciudadanas, bajo el amparo de la cultura de la legalidad y de la cultura de la participación ciudadana.

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JUSTIFICACION

La nueva identidad de la escuela para aprender democracia, plasma los planteamientos básicos que guían el Proyecto Educativo Institucional de nuestra Institución, a través de fundamentos pedagógicos que consolida la comunidad educativa, como espacio democrático, donde se exponen estrategias para apoyar el Gobierno Escolar; en la transformación de soportes conceptuales y de una verdadera participación en el direccionamiento de prácticas pedagógicas puntuales como respuesta de convivencia.

De esta manera el Gobierno Escolar como dimensión del currículo, busca crear condiciones propicias para el desarrollo socioafectivo, la promoción de espacios para la participación ciudadana alrededor de valores como la solidaridad, la justicia, la cooperación., el compromiso individual y colectivo.

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OBJETIVO

Conformar el Gobierno Escolar de la Institución Educativa con base en los Lineamientos legales, el ejercicio de la democracia y la cultura de participación, teniendo claras sus funciones, obligaciones, derechos, espacios de participación y correctivos.

PROPÒSITO

Orientar adecuadamente los estamentos en cada fase del Gobierno Escolar; en la búsqueda de valores, de participación, de toma de decisiones, de derecho y deber, como alternativa de crecimiento en la vida cívica y democrática de la Institución Educativa.

MISIÒN

El enfoque del Manual de procedimientos de nuestro proyecto infiere las directrices establecidas en el PEI de la Institución Educativa; la cual propicia el aprendizaje y la formación para niños y jóvenes en el Municipio de Itagûì; orientado hacia el desarrollo del pensamiento con espíritu crítico, analítico, científico y creativo consentido humanista para formar personas de bien, coherente en su pensar, sentir y hacer.

VISIÒN

Busca afianzar el reconocimiento de la calidad de sus servicios, y la formación del nuevo ciudadano, a partir de los principios valorativos que permitan una sana convivencia. Así mismo buscamos ser una

Institución piloto en la formación científica, tecnológica, social y cívica en las distintas tareas. Igualmente orientar la niñez y la juventud en los principios de civilidad para que sean ciudadanos de bien,

comprometidos en la generación de soluciones de sus propios problemas. De igual manera contará con un grupo humano caracterizado por su sentido de pertenencia, capacitado, solidario y transparente en el

actuar.

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MARCO JURIDICO

Nuestro compromiso ciudadano está amparado a través de un Marco Jurídico; que facilita el desarrollo de procesos pedagógicos acordes con las expectativas de la comunidad educativa. Por estas razones hacemos énfasis en el manejo adecuado de:

a. Ley 115 o Ley General de Educación de 1994, de conformidad con los Art. 142, 143, 144,145 avala la conformación del Gobierno Escolar.

b. Decreto 1860 de 1994; reglamentario de la ley 115 de 1994 en los aspectos pedagógicos y organizacionales ; apoyado en el numeral 11 del articulo 189 de la Constitución Política y de conformidad con los artículos 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24,25, 26, 27, 28,29,30, 31 y 32.

c. Ley 1098 de 2006 de infancia y adolescencia.

d. Constitución Política de la República de Colombia de 1991, art. 41

e. Manual de Convivencia, capitulo III de la Institución Educativa María Jesús Mejía.

f. Decreto, 1286 de 2005 (participación de los padres de familia, derechos, deberes y prohibiciones).

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DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO, NORMAS Y LINEAMIENTOS

CONFORMACIÓN DEL GOBIERNO ESCOLAR.

Ley General de Educación, art. 142 y Decreto 1860 El Gobierno Escolar está conformado por Rectoría, el Consejo Directivo y el Consejo Académico.

ORGANOS DEL GOBIERNO ESCOLAR.

Decreto 1860 art. 20

El Gobierno Escolar está constituido por el Consejo Directivo y el Consejo Académico

1. El Consejo Directivo: Es la instancia directiva, de participación de la comunidad educativa y de orientación académica y administrativa de la Institución.

2. El Consejo Académico: Es la instancia superior para participar en la orientación pedagógica de la institución.

INTEGRACIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO, Decreto, 1860, art. 21

El consejo Directivo dela institución educativa está conformado por:

1. El rector(a): Quien lo presidirá y convocará ordinariamente una vez por mes y extraordinariamente cuando lo considere conveniente.

2. Dos representantes de los docentes elegidos por mayoría de los votantes en una asamblea de docentes.

3. Dos representantes de los padres de familia elegidos por la Junta Directiva de la Asociación de Padres de Familia.

4. Un representante de los estudiantes elegido por el Consejo de Estudiante, entre los alumnos que se encuentren cursando el último grado de educación ofrecido por la institución.

5. Un representante de los exalumnos elegidos por el Consejo Directivo, de ternas presentadas por las organizaciones que aglutinen la mayoría de ellos o en su defecto, por quien haya ejercido en el año inmediatamente anterior el cargo de representante de los estudiantes.

6. Un representante de los sectores productivos organizados en el ámbito local, o subsidiariamente de las entidades que auspicien o patrocinen el funcionamiento de la institución. El candidato será escogido por el Consejo Directivo, o de candidatos propuestos por las respectivas organizaciones.

PARAGRAFO 1º. Los administradores escolares podrán participar de las deliberaciones del Consejo Directivo con voz pero sin voto. Cuando este les formule invitación, a solicitud de cualquiera de sus miembros.

PARAGRAFO 2º. Dentro de los sesenta días calendario siguiente al de la iniciación de clases de cada período lectivo anual, deberá quedar integrado el Consejo Directivo y entrar en el ejercicio de sus funciones. Con tal fin el rector(a) convocará con la debida participación, a los diferentes estamentos para efectuar las elecciones correspondientes.

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FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO, Decreto, 1860 art. 23

a) Servir de instancia para solucionar los conflictos que se presenten entre los integrantes de la comunidad educativa de la institución después de haber agotado los procedimientos previstos en el Manual de Convivencia.

b) Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, del currículo y del Plan de Estudio y someterlo a consideración de la Secretaría de Educación respectiva o del organismo que haga sus veces, para que verifique el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y los reglamentos.

c) Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y los provenientes de pagos legalmente autorizados, efectuados por los padres y responsables de la educación de los alumnos, tales como derechos académicos, uso de libros, de textos y similares.

d) Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente presentado por el rector(a).

e) Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa.

f) Fomentar la conformación de la Asociación de Padres de Familia y de Estudiantes.

g) Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando algunos de sus miembros se sientan lesionados.

h) Participar en la evaluación de docentes, directivos docentes y personal administrativo de la institución.

INTEGRACIÓN DEL CONSEJO ACADÉMICO, Decreto 1860, art. 24

El Consejo Académico de la institución educativa está integrado por:

1. Rector(a): Quien lo preside

2. Directivos docentes.

3. Un docente por cada área en el plan de estudio.

FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO

a) Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del Proyecto Educativo Institucional.

b) Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes.

c) Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución.

d) Participar en la evaluación institucional anual.

e) Integrar los consejos de docentes para la evaluación periódica del rendimiento de los educandos y para la promoción, asignarles sus funciones y supervisar el proceso general de evaluación.

f) Recibir y decidir acerca de los reclamos de los alumnos sobre la evaluación educativa.

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FUNCIONES DEL RECTOR(A), Decreto, 1860, art. 25

a) Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la comunidad educativa.

b) Promover actividades de beneficio social que vinculen al establecimiento con la comunidad local

c) Orientar el proceso educativo con la asistencia del Consejo Académico.

d) Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuyan la ley, los reglamentos y el Manual de Convivencia.

e) Orientar la ejecución del Proyecto Educativo Institucional y aplicar las decisiones del Gobierno Escolar.

f) Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas.

CONSEJO DE PADRES, Decreto, 1860, art. 31

El Consejo de Padres de Familia estará integrado por padres que hayan matriculado a sus hijos en la respectiva institución educativa y convocará a asamblea a los acudiente de los alumnos de cada grado en los cuales elegirá para el correspondiente año lectivo a uno de ellos como su vocero. La elección se efectuará por mayoría de votos de los miembros presentes, después de transcurrida la primera hora de iniciada la asamblea.

CONSEJO DE ESTUDIANTES Decreto 1860, art. 29

En todas las instituciones el Consejo de Estudiantes es el máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de participación por parte de los educándoos. Estará integrado por un vocero de cada uno de los grados ofrecidos por el establecimiento o establecimientos que comparten un mismo Consejo Directivo.

El Consejo Directivo deberá convocar en una fecha dentro de las cuatro semanas del calendario académico, sendas asambleas integradas por los alumnos que cursen cada grado, con el fin de que elijan mediante votación secreta, un vocero estudiantil para el año lectivo en curso.

Los alumnos del nivel preescolar y de los tres primeros grados del ciclo de primaria, serán convocados a una asamblea conjunta para elegir un vocero único entre los estudiantes que cursan el tercer grado.

Corresponde al Consejo de Estudiantes:

a) Darse su propia organización.

b) Elegir el representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo de la institución y asesorarlo en el cumplimiento de su representación.

c) Invitar a sus deliberaciones aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil.

PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES. Decreto, 1860, art. 28

En todas las instituciones educativas el personero de los estudiantes será un alumno que curse el último grado, encargado de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes en la Constitución Política, las leyes, los reglamentos y el Manual de Convivencia.

Tendrá las siguientes funciones:

a) Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación del colegio, organizar foros, pedir la colaboración del Consejo de Estudiantes.

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b) Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presentan los educandos sobre las lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre las obligaciones de los alumnos.

c) Presentar ante el rector o director, administrativo, según sus competencias, las solicitudes de oficio o petición de parte que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes

d) El personero de los estudiantes será elegido para un período anual, para tal fin la rector(a) convocará a los estudiantes matriculados para su elección por el sistema de mayoría simple y mediante voto secreto.

ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA, Decreto, 1860, art. 30

El Consejo Directivo promoverá la constitución de una Asociación de Padres de Familia, para la cual podrá citar a una asamblea constitutiva.

La Asociación de Padres de Familia tendrá las siguientes funciones:

a) Velar por el cumplimiento del Proyecto Educativo Institucional y su continua evaluación, para lo cual podrá contratar asesorias especializadas.

b) Promover el proceso de constitución del Consejo de Padres de Familia, como apoyo a la función pedagógica que les compete.

c) Promover programas de formación de los padres para cumplir adecuadamente la tarea educativa que les corresponde.

COMUNIDAD EDUCATIVA, Decreto, 1860, art. 18

Está constituida por las personas que tienen responsabilidades directas en la organización, desarrollo y evaluación del Proyecto Educativo Institucional.

Se compone de los siguientes estamentos:

1. Los estudiantes que se han matriculado.

2. Los padres y madres de familia, acudientes o los responsables.

3. Los docentes vinculados que laboren en la institución.

4. Los directivos docentes y administradores escolares que cumplen funciones directas en la prestación del servicio educativo.

5. Los egresados para participar.

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DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO:

1. Socialización Horizonte Institucional

2. Sensibilización

3. Carteleras.

4. Talleres

5. Conversatorios

6. Conferencias

7. Elecciones

8. Escrutinios

9. Acto de Posesión del Gobierno Escolar

10. Evaluación y Seguimiento

11. Capacitación de lideres en procesos de Gobierno Escolar

12. Portafolio de Evidencias

13. Verificación acuerdos Consejo Directivo de aprobación PEI, Manual de Convivencia.

CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES

FECHA OBJETIVO ACTIVIDAD RESPONSABLE

Febrero 4 Sensibilizar y elegir los docentes al consejo Directivo.

Asamblea de docentes

a) Sensibilización

Mary Luz Meriño y demás Profesores área de Sociales

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b) Elec de Rep

Enero 26 a Febrero 13

Sensibilizar y elegir los representantes de grupo.

a) Sensibilización

b) Elección

Elección de representantes de grupo.

a) Sensibilización

b) Elección

Profesores del área de sociales y directores de grupo.

Febrero 13 Elegir los representantes al Consejo de estudiantes.

Asamblea de padres.

a) Sensibilización

b) Seleccionar.

Profesores área de Sociales

Febrero 2 al 6

Seleccionar los padres de familia para el consejo de padres.

Elección del Consejo de padres.

a) Sensibilización

b) Elección.

Rectora y sicóloga

Febrero 6 Elegir el consejo de padres y sus representantes al Consejo Directivo.

Asamblea de egresado

a) Sensibilización

b) Elección.

Rectora y sicóloga

Marzo 5 Elegir el representante de los egresados al Consejo Directivo.

Asamblea de representante del sector productivo o financiero.

a) Sensibilización

b) Elección.

Profesores área de Sociales

Febrero 18 Primer encuentro Representantes de grupo.

Saludo, entrega agenda, reflexión, perfil y funciones del representante de grupo, despedida.

Mary Luz Meriño, Luz Miriam Lema y demás profesores de Sociales

Febrero 2 al 6

Elegir el representante del sector productivo o financiero.

Taller para integrantes del gobierno escolar

a) Sensibilización

b) Elección

Rectora y Sicóloga

Marzo 3 Jornadas mañana y tarde Colegio

Presentar los programas de los candidatos a Personería.

Presentación y programas de candidatos a personería.

Grupos

6.1-6.2-6.3- 7.1

7.2-7.3-7.4- 75

8.1-8.2-8.3-8.4

9.1-9.2-9.3-9.4

10.1-10.2-10.3-10.4

11.1-11.2-11.3-11.4

Profesores del área de Ciencias Sociales colegio

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Preescolar, Febrero 27 y Marzo 3

Primaria Marzo ,3 mañana y tarde

P.1- P.2- P.3

1.1- 1.2 – 2.1- 2.2

3.1- 3.2 – 4.1--4.2

5.1 – 5.2

Profesores del área de Ciencias Sociales primaria.

Marzo, 2 Sensibilizar, orientar, sugerir y recomendar acciones para el cumplimiento de funciones, tareas asignadas.

Taller para candidatos a la personería. Margarita María Jaramillo

Marzo, 6 Elegir al personero Escolar. Jornada de elección de personero Escolar.

a) Campaña electoral.

b) Orientación grupal.

c) Verificación de asistencia.

d) Apertura y votación.

e) Escrutinio Parcial

f) Escrutinio general

g) Proclamación del personero.

Profesores del área de Ciencias Sociales

Marzo, 6 Posesionar los integrantes del Gobierno Escolar de la Institución Educativa. Maria Jesús Mejía.

Posesión del Gobierno Escolar

a) Invitación a los representantes. Del Gob. Escolar.

Profesores del área de Ciencias Sociales

Marzo, 6 Acto de Posesión del Gobierno Escolar.

a)Programación:

_Himno de la Institución Educativa.

_Aspectos legales sobre el Gobierno Escolar

_Juramento, posesión y condecoración de los miembros del Gobierno Escolar, Coordinadores.

Palabras de la Rectora

Palabras del personero (a)

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Palabras del Consejero (a) Escolar.

Himno Antioqueño.

Marzo 2 Nombrar los alumnos (as) en las diferentes jornadas como Jurados de votación.

Selección de alumnos para Jurados de votación. Recomendaciones sobre sus funciones y capacitación en el proceso electoral

Profesora Mónica Lopera y jurados de votación, Profesores área de Sociales

Enero 26 a marzo 6

Capacitar los alumnos de la institución sobre la cultura de la participación.

Capacitación de estudiantes seleccionados; taller sobre la formación de líderes, taller sobre la elaboración de Proyectos.

Profesores área de sociales

Marzo 10 Evaluación del proceso. Profesores área de Sociales y profesora Mónica Lopera

Marzo 12 Orientar a la personera para concretar ejecución de actividades

Mary Luz Meriño M.

Marzo 17 Visita a Personería Municipal con la personera escolar para vinculación con el proyecto “Apremi”

Mary Luz Meriño M.

Marzo 18 Ajustes de acciones realizadas hasta la fecha

Reunión general del área de Sociales, evaluación y acciones a corregir.

Profesores área de Sociales

Marzo 19 Posesión Gobierno Escolar primaria

Acto cívico. Profesores área de Sociales primaria

Marzo 24 Elaboración normas reglamento del aula.

Interacción con los directores de grupo. Taller. Elaboración del reglamento.

Profesores área de Sociales

Marzo 27 Control, evaluación y capacitación proceso Gobierno Escolar.

Reunión, sensibilización, taller, propuestas.

Margarita María Jaramillo, Mónica Lopera y Profesores área de Sociales

Abril 21 Empalme con directores de grupo para motivar a los representantes de grupo en sus funciones

Diálogo con directores de grupo. Profesores área de Sociales y directores de grupo.

Mayo 19 Seguimiento a Consejo de Estudiantes y representantes de grupo.

Reunión, reflexión, propuestas. Profesores área de Sociales

Junio 3 Control evaluación, capacitación Gobierno Escolar.

Convivencia con todos los integrantes del Gobierno Escolar.

Mary Luz Meriño M, Mónica Lopera y Profesores área de Sociales

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Julio 20 Acto cívico. Himnos, presentación de danzas, reflexiones.

Profesores área de Sociales

Agosto 11 Seguimiento a Consejo de Estudiantes y Representantes de grupo

Reunión, reflexión, propuestas. Profesores área de Sociales

Septiembre 1

Control, evaluación, capacitación Gobierno escolar.

Reunión, sensibilización, taller, propuestas.

Miriam Lema A. y Profesores área de Sociales

Octubre 7 Seguimiento Gobierno Escolar interacción directores de grupo

Diálogo con directores de grupo. Taller. Propuestas.

Profesores área de Sociales

Noviembre 5

Evaluación final Gobierno Escolar. Propuestas de mejoramiento para el 2010.

Reunión, sensibilización, taller propuestas para el año 2010.

Leandro Zúñiga M, Mónica Lopera y Profesores área de Sociales

ANEXOS

1. Formatos

2. Talleres

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GLOSARIO:

GOBIERNO ESC OLAR

DEMOCRACIA

PARTICIPACION

CULTURA DE PARTICIPACION

EGRESADO

SECTOR PRODUCTIVO

PERSONERO

COMUNIDAD EDUCATIVA

CONSEJERO ESCOLAR

ASOPADRES

CONSEJO DE PADRES

VOTO

ESCRUTINIO

CONSEJO DE ESTUDIANTES

DERECHO

DEBER

LIDER

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BIBLIOGRAFIA

Ley 115 o Ley General de Educación de 1994, de conformidad con los Art. 142, 143, 144,145 avala la conformación del Gobierno Escolar.

Decreto 1860 de 1994; reglamentario de la ley 115 de 1994 en los aspectos pedagógicos y organizacionales ; apoyado en el numeral 11 del articulo 189 de la Constitución Política y de conformidad con los artículos 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24,25, 26, 27, 28,29,30, 31 y 32.

Ley 1098 de 2006 de infancia y adolescencia.

Constitución Política de la República de Colombia de 1991, art. 41

Manual de Convivencia, capitulo III de la Institución Educativa María Jesús Mejía.

Decreto, 1286 de 2005 (participación de los padres de familia, derechos, deberes y prohibiciones).

Para vivir valores. Oraciones y cantos de jóvenes. Padre Luis Fernando Betancur S.

Democracia. Editorial Norma.

Cuatro amores. Padre Gonzalo Gallo.