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HERRAMIENTAS PARA EL ANÁLISIS DE RIESGOS EN ALIMENTOS
2-3 NOVIEMBRE DEL 2016
SAN JOSÉ, COSTA RICA
Protocolos para la liberación de OGMs-OVMs al mercado:
decisiones basadas en análisis de riesgos
Jorge Madriz
Catedrático jubilado
Universidad Nacional, Heredia, Costa Rica
El análisis del riesgo es un proceso científico e integrado,
para estimar el riesgo al ser humano y a la salud, así
como el posible impacto sobre el ambiente, asociado
con el uso de un particular OVM/OGM o sus productos.
Componentes del análisis del riesgo
Evaluación del
riesgo
Manejo o
gestión
del
riesgo
Comunicación
del
riesgo
monitoreo
Aceite de semillas Soy Plus Omega 3
(contiene aceite de soja producido a partir
de soya modificada genéticamente)
HUNT'S Salsa Barbacoa Miel Mostaza
(contiene maíz modificado genéticamente)
Dependiendo del producto obtenido se aplica un protocolo diferente de análisis del riesgo
PROTOCOLO DE
CARTAGENA
CODEX ALIMENTARIUS
OVM
OGM
Que es el protocolo de Cartagena (PC)?
Es un instrumento Internacional vinculante que crea
derechos y obligaciones a los estados partes, y fue
acordado dentro del marco del Convenio de Diversidad
Biológica (CDB).
El protocolo fue acordado en enero del 2000 en Canadá y
entró en vigencia el 11 de septiembre del 2003.
EN COSTA RICA ES RATIFICADO EN AGOSTO
DEL 2006 Y EN NOVIEMBRE 2006 SE CONVIERTE EN LA LEY No.8537
El Protocolo se aplicará al movimiento
transfronterizo, el tránsito, la manipulación y la
utilización de todos los OGMs, que puedan tener
efectos adversos sobre la diversidad biológica y
la salud humana. [art. 4]
Ámbito de aplicación del protocolo
¿qué es un OVM en el contexto del PC?
- Como su nombre lo indica, es un organismo
vivo
- Debe poseer una combinación nueva de
material genético
- Dicho material genético debe haber sido
obtenido mediante “aplicación de la biotecnología
moderna”
Procedimientos
1. Liberación al medio ambiente: (artículo 7)
semillas.
2. Uso como alimento, pienso o procesamiento:
Procedimiento de información previa a la importación.
(artículo 11).
3. Uso Confinado y tránsito: Aplicación de la legislación
Nacional.
de acuerdo al destino de los OVM
AFP
que es el AFP
procedimiento donde se proporciona a los
países toda la información
necesaria, con el fin de tomar decisiones
informadas antes de autorizar
la importación del OVM.
Se aplica antes del primer movimiento
transfronterizo intencional de un OVM destinado
a la introducción deliberada al medio ambiente
El análisis del riesgo para la liberación al ambiente se enfoca en tres aspectos
generales: 1. Bioseguridad ambiental
Posibles efecto sobre la biodiversidad Flujo de genes Efecto sobre especies no blanco
2. Inocuidad de los cultivos y alimentos »Alergenicidad »Toxicidad
3. Equivalencia sustancial Comparación con homólogo convencional
Organismo receptor
Los factores asociados a los niveles de riesgo van a cambiar en función del Trinomio. 13
…..CASO POR CASO
2. Uso como alimento, pienso o procesamiento:
Procedimiento de Información al país y al BCH previo a la
importación.
3. Uso Confinado y Transito: Aplicación
de la Legislación Nacional.
PARA ALIMENTO HUMANO, ANIMAL O
PROCESAMIENTO (A.11)
• Aplica al primer movimiento transfronterizo del OVM.
• Puede aplicarse marco regulatorio nacional compatible con PC.
• El hecho de que una parte no comunique su decisión no implica autorización o negativa a la importación.
Procedimiento para:
ALIMENTO HUMANO O ANIMAL, O PARA SU PROCESAMIENTO.
La información a suministrar será la especificada en el Anexo II, que incluye:
i. Datos del solicitante y del que toma la decisión.
ii. Modificación genética.
iii. OVM resultante. Usos aprobados.
iv. Organismos donante y receptor.
v. Parentales y sus centros de origen.
vi. La evaluación del riesgo, medidas para la manipulación,
almacenamiento, transporte, utilización y
procedimientos de emergencia y de eliminación.
Situación en Costa Rica
Propuesta de :
Reglamento para la autorización de los organismos
vivos genéticamente modificados de origen vegetal
destinados para uso directo como alimento humano o
animal o para procesamiento de alimentos
(patrocinado por el Proyecto UNEP-GEF: implementación de un Marco Nacional de
Bioseguridad para Costa Rica.
Aceite de semillas Soy Plus Omega 3
(contiene aceite de soja producido a partir
de soya modificada genéticamente)
HUNT'S Salsa Barbacoa Miel Mostaza
(contiene maíz modificado genéticamente)
Dependiendo del producto obtenido se aplica un protocolo diferente de análisis del riesgo
CODEX ALIMENTARIUS
OGM
Cuando se considera la seguridad del alimento GM
• Alimento es seguro si hay razonable certeza de que no se
producen efectos adversos en las condiciones normales de
producción y uso;
• OGM debe ser tan seguro como el análogo convencional
considerando las modificaciones intencionales y no
intencionales;
• La evaluación debe involucrar aspectos agronómicos,
composición química y efectos biológicos.
(FAO/WHO, 1991; OECD, 1993)
Normas para evaluación de seguridad de alimentos
GM
• Armonización propuesta por especialistas convocados por el
Codex Alimentarius (2009); (CAC, Codex Alimentarius
commitee)
• El grupo de especialistas: trabajó de 1999 hasta 2008 en la
elaboración de varias normas;
• Principios del CAC:
– Elaborar normas y directrices para alimentos GM;
– Colaborar con los comités del Codex sobre alimentos GM;
– Aprovechar la experiencia de las autoridades nacionales
Principales documentos Codex para evaluación de
riesgo de alimentos producidos por medios
biotecnológicos.
• CAC/GL44/2003 – Princípios para el análisis de riesgos de alimentos obtenidos por
medios biotecnológicos modernos;
• CAC/GL45/2003 – Directrices para la realización de la evaluación de la inocuidad de
los alimentos obtenidos de plantas de ADN recombinante;
• CAC/GL46/2003 – Directrices para la realización de la evaluación de la inocuidad de
los alimentos producidos utilizando microorganismos de ADN recombinante.
• CAC/GL68/2003
– Directrices para la realización de la evaluación y la inocuidad de los alimentos obtenidos de animales de ADN Recombinante
• Anexos CAC/GL45/2003 – Evaluación de la inocuidad de los alimentos obtenidos de plantas de
ADN recombinante modificadas para obtener beneficios nutricionales o sanitários (anexo2)
– Evaluación de la inocuidad de los alimentos en situaciones de presencia de niveles bajos de material vegetal de ADN recombinante en los alimento (anexo 3)
Principales documentos Codex para evaluación de
riesgo
Equivalencia sustancial
• Concepto creado en 1993 por la Organization for Economic Cooperation and Development (OECD);
• Herramienta guía para evaluación de la seguridad Alimentaria de OGM
• Perfeccionado en 2009 por la FAO/WHO;
• Se basa en la comparación de los alimentos GM con sus equivalentes no-GM
Equivalencia sustancial: posibles escenarios
El alimento o ingrediente GM es sustancialmente
equivalente al convencional en
cuanto a su composición, y a los
aspectos agronómicos y toxicológicos
El alimento o ingrediente GM es sustancialmente
equivalente al convencional, excepto
por algunas pocas diferencias claramente
definidas
El alimento o ingrediente GM es substancialmente NO equivalente al
convencional
Etapas de evaluación del riesgo de alimentos GM
Para evaluar la inocuidad de un alimento derivado de una planta de ADN
recombinante se aplica un procedimiento por etapas, que examina los factores
pertinentes, a saber:
A. descripción de la planta de ADN recombinante;
B. descripción de la planta huésped y de su utilización como
alimento;
C. descripción del organismo u organismos donantes;
D. descripción de la modificación o modificaciones genéticas;
E. caracterización de la modificación o modificaciones genéticas;
Etapas de evaluación de riesgo de alimento GM......
F. evaluación de la inocuidad;
•sustancias expresadas (sustancias distintas de ácidos
nucleicos),
•análisis de los componentes esenciales,
•evaluación de los metabolitos,
•elaboración del alimento,
•modificación nutricional,
G. otras consideraciones (toxicidad, alergenicidad, etc)
Manipulación, transporte, envasado e identificación de
OVMs. [art. 18] PC
• OVMs destinado a alimento humano, animal o procesamiento,
debe tener leyenda en la factura comercial que indique
claramente:
“PUEDE LLEGAR A CONTENER OVMs NO DESTINADOS
A LA INTRODUCCION AL MEDIO AMBIENTE.”
• OVMs destinados a ser liberados al medio ambiente: DEBE
INDICARSE CLARAMENTE.
• Uso confinado: requisitos de manipulación, etc.
Etiquetado de alimentos con
componentes transgénicos 04.08.2016
02:34:30 PM
La tarde del último viernes, (29 de julio del 2016), el presidente Barak Obama firmó la “Ley Nacional de
Divulgación de los Alimentos Genéticamente Modificados” (The National Bioengineered Food Disclosure Law).
Básicamente es una modificación de la Ley de Comercialización de Productos Agrícolas de 1946, donde se
incorpora un capítulo adicional sobre el etiquetado para alimentos que contengan material genético
modificado por técnicas del ADN recombinante (ingeniería genética) o por técnicas distintas al mejoramiento
convencional.
La ley encarga a la Secretaría de Agricultura de los Estados Unidos (USDA) que reglamente y establezca los
estándares para el etiquetado en un plazo máximo de dos años. De acuerdo con la USDA “se garantizará un
proceso abierto y transparente para determinar eficazmente [la implementación de] este nuevo programa, lo
que aumentará la confianza y comprensión del consumidor sobre los alimentos que compran, y evitar la
incertidumbre para las empresas de alimentos y los agricultores”.
Lo interesante de la norma es que da la opción de colocar un número telefónico, un código escaneable (el
famoso QR) o un link a una página web, para que el consumidor acceda a la información sobre si el producto
contiene algún componente transgénico. En otras palabras, no es necesario colocar un texto o un símbolo en el
empaque que lo identifique como tal.
Organismos modificados genéticamente: trazabilidad y etiquetado
SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:
Reglamento (CE) no 1830/2003 relativo a la trazabilidad y al etiquetado de
organismos modificados genéticamente (OMG) y a la trazabilidad de los
alimentos y piensos producidos a partir de estos
¿QUÉ HACE ESTE REGLAMENTO?
Establece normas para garantizar que los productos que contienen OMG* y
los alimentos y piensos obtenidos a partir de estos puedan ser objeto de una
trazabilidad en todas las fases de las cadenas de producción y distribución.
Las normas abarcan el etiquetado, el seguimiento de los riesgos para el
medio ambiente y la salud, y la capacidad, en caso necesario, de retirar los
productos. última actualización 18.04.2016
Este ejemplo de etiquetado proviene de Ecuador. Nótese la
leyenda justo debajo de la descripción comercial del
producto. (fuente. Semanario Universidad)
Riesgo cero no existe
La comunicación entre los actores del proceso es
importante!!!!!!
Dr. Ramón Vidal, España
EL MODELO IDÍLICO...
GRUPOS EN
CONTRA
CONSUMIDORES CIENTÍFICOS
INDUSTRIAS
POLÍTICOS
MEDIOS DE
COMUNICACIÓN
48
PRODUCTORES
Dr. Daniel Ramón V. España, modificado por JMadriz
GRUPOS EN
CONTRA
CONSUMIDORES
INDUSTRIAS
POLÍTICOS MEDIOS DE
COMUNICACIÓN
CIENTÍFICOS
...Y LA REALIDAD
49
Dr. Daniel Ramón V. España, modificado por JMadriz
PRODUCTORES
Transgénicos, Percepción errónea
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