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CP-02/14 1 PROGRAMA DE DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA CUENCA BINACIONAL DEL RÍO SIXAOLA UNIDAD COORDINADORA CONSTRUCCIÓN DE UN PUENTE SOBRE LA QUEBRADA PADRE JOSE, EN LA RUTA GANDOCA SIXAOLA, TALAMANCA, LIMÓN CP No: 02-2014 Convenio de Préstamo 1566 OC-CR/BID Ley 8639 JULIO 2014

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CP-02/14

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PROGRAMA DE DESARROLLO SOSTENIBLE

DE LA CUENCA BINACIONAL

DEL RÍO SIXAOLA

UNIDAD COORDINADORA

CONSTRUCCIÓN DE UN PUENTE SOBRE LA QUEBRADA PADRE

JOSE, EN LA RUTA GANDOCA SIXAOLA, TALAMANCA, LIMÓN

CP No: 02-2014

Convenio de Préstamo

1566 OC-CR/BID

Ley 8639

JULIO 2014

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INVITACION

El Gobierno de Costa Rica ha recibido el Préstamo 1566/OC-CR, del Banco

Interamericano de Desarrollo (BID), para cooperar en la ejecución de un programa

cuyo objetivo general es mejorar las condiciones de vida de la población de la

Cuenca Binacional del Río Sixaola en Costa Rica, mediante intervenciones en los

ámbitos: económico, social, ambiental y de gestión local, que contribuyan a la

implementación de un modelo de desarrollo sostenible de la cuenca. Parte de los

recursos de este préstamo se destinarán a pagos elegibles que se efectúen en virtud

de los contratos que resulten de la adquisición de bienes y servicios. El Ministerio de

Agricultura y Ganadería (MAG) es el Organismo Ejecutor del Programa, que actuará a

través de la Unidad Coordinadora del Programa en adelante denominada “UCP”.

La UCP, recibirá ofertas en el Departamento de Proveeduría, ubicado en el primer piso

del Ministerio de Agricultura y Ganadería, 200 metros al Sur de Canal Siete, Sabana Sur,

hasta las 10 horas del día 28 de Julio de 2014, por parte de los interesados en participar

en la:

CONSTRUCCIÓN DE UN PUENTE SOBRE LA QUEBRADA PADRE JOSE, SOBRE LA RUTA

GANDOCA SIXAOLA, TALAMANCA, LIMÓN

El costo de las obras de este concurso, se financiará con recursos del Préstamo

No.1566/OC-CR, otorgado por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), al

Gobierno de la República de Costa Rica.

1. Los oferentes no podrán ofertar cantidades menores que las especificadas

como necesarias. La oferta debe presentarse o remitirse con un original y dos

copias en idioma español.

2. Cualquier documentación adicional, como panfletos publicitarios y

publicaciones de la empresa, podrá ser remitida en el idioma en que fue

publicada y sin ninguna obligación de ser traducida.

3. Los participantes podrán concursar en forma directa, en consorcio o a través

de un apoderado o por medio de un representante. En cualquiera de los dos

últimos casos se deberá presentar el poder que lo acredite a actuar en nombre

de la firma participante.

4. Todos los documentos deberán preferiblemente ser entregados en forma

personal. Si fueran enviados por correo se contará la hora y fecha de recibo de

los documentos y no la de despacho. El Programa no se hará responsable por

atrasos de entrega, correspondencia perdida, direcciones incorrectas o

cualquier otro suceso que pueda causar que los documentos no sean recibidos

antes del vencimiento de la fecha establecida.

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Cualquier otra información adicional, relativa al presente concurso podrá obtenerse

en la siguiente dirección:

Unidad Coordinadora del Programa de Desarrollo Sostenible de la Cuenca

Binacional del Río Sixaola, Edificio del Ministerio de Agricultura y Ganadería Sita

200 metros al sur de Canal Siete, Sabana Sur San José, Costa Rica.

Apdo. 10094-1000 San José.

Teléfono Nos. 2296-1550

Fax No. (506) 2232-3385

E-mail: [email protected]

Los diferentes concursos promovidos por la Unidad Coordinadora del Programa, se

regirán por las Condiciones establecidas en el Contrato de Préstamo Ley No.8639,

publicada en La Gaceta No.162, del viernes 22 de agosto del 2008, y solo en forma

supletoria la legislación nacional.

San José, Costa Rica, 30 de Junio 2014 / Ing. Grace Carmiol González. Coordinadora

Programa Sixaola.

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Solicitud de Cotización

Comparación de Precios No.02-2014

Junio 2014

[nombre de la firma/empresa].

[dirección física, teléfono, fax, e-mail]

REFERENCIA: CONSTRUCCIÓN DE UN

PUENTE SOBRE LA QUEBRADA PADRE JOSE

SOBRE LA RUTA GANDOCA SIXAOLA,

TALAMANCA, LIMÓN

Estimado Señor/Señora:

El Ministerio de Agricultura y Ganadería (en adelante denominado “el Prestatario”) ha solicitado

del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), un préstamo (en adelante denominado

“préstamo”) para financiar parcialmente el costo del Programa de Desarrollo Sostenible de la

Cuenca Binacional del Río Sixaola y el Prestatario se propone utilizar parte de estos fondos

para efectuar pagos de gastos elegibles en virtud del contrato para el cual se emite esta

comparación de precios.

La Unidad Coordinadora requiere efectuar los trámites pertinentes para realizar la construcción

de un puente sobre la quebrada Padre Jose sobre la ruta Gandoca Sixaola, Talamanca,

Limón.

Estas obras serán adquiridas mediante el método de comparación de precios, atendiendo las

especificaciones técnicas que se indican en el Anexo No.1. Todo oferente debe presentar una

declaración de mantenimiento de la oferta de acuerdo al formato indicado en el formulario, todas

las Ofertas que no estén acompañadas por una Declaración de Mantenimiento de la Oferta que

sustancialmente responda a lo requerido en el formulario, serán rechazadas por el Contratante

por incumplimiento.

La Declaración de Mantenimiento de la Oferta se podrá ejecutar si:

(a) el Oferente retira su Oferta durante el período de validez de la Oferta especificado

por el Oferente en la Oferta, salvo si se le solicita que extienda después de vencido el

periodo de validez y no considere hacerlo; o

(b) el Oferente seleccionado no acepta en caso que las hubiere, las correcciones al Precio

de su Oferta;

(c) si el Oferente seleccionado no cumple dentro del plazo estipulado con:

(i) firmar el Contrato; o

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(ii) suministrar la Garantía de Cumplimiento solicitada.

El adjudicatario, como requisito para la firma del Contrato, presentará una garantía de

cumplimiento que asciende al 10% del monto adjudicado dentro de un plazo no mayor a los

cinco días hábiles, una vez notificado. La garantía tendrá una vigencia hasta la finalización del

proyecto y será devuelta una vez que el contratista presente la garantía de buen funcionamiento

de las obras. En caso de que el adjudicatario no presente la garantía de cumplimiento dentro del

plazo máximo establecido, el contratante declarará insubsistente la adjudicación y podrá

adjudicar el contrato al siguiente oferente que haya presentado el menor precio y que haya

cumplido con los criterios discriminatorios establecidos en el presente documento.

Como garantía de buen funcionamiento de las obras, una vez concluido el proyecto, el contratista

rendirá una garantía por el 10% del monto contratado, la cual tendrá una vigencia de 6 meses

adicionales a la finalización del proyecto, el 5% se devolverá 2 meses después de la recepción

definitiva del proyecto y el 5% restante, 6 meses después de la recepción definitiva.

Aspectos importantes a considerar al preparar la oferta:

Se aceptan solamente las ofertas que presenten su cotización para todos los ítems que

comprenden este concurso, las ofertas que no coticen alguno de los ítems requeridos no serán

consideradas para la calificación respectiva; la Administración adjudicará, al oferente que

presente la oferta más baja evaluada, siempre que el presupuesto disponible lo permita.

El oferente deberá incluir dentro del costo, el servicio de Dirección Técnica de la obra, la cual

consiste en realizar las labores de control de la programación de la obra y de los desembolsos, así

como la responsabilidad de la construcción en los aspectos técnicos, al igual que el costo de los

permisos de construcción correspondientes, que deberá obtener ante la Municipalidad de

Talamanca y el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos (CFIA ), en caso de que se le

adjudique el contrato, así como los permisos ambientales. De igual forma, en materia ambiental,

el contratista deberá obtener los permisos y/o autorizaciones de los órganos competentes y se

responsabilizará, ante el contratante, del pago de sanciones que decrete el órgano competente por

violación de las leyes y disposiciones ambientales de recursos naturales, salud y patrimonio

cultural, durante el periodo de ejecución del proyecto.

Esquema de contratación de las obras: El esquema de contratación es por comparación de

precios. Los oferentes también deben considerar los siguientes aspectos importantes para

elaborar su oferta:

1) La reubicación, en caso de que existiesen en el sitio y fuese necesario, de todas las

instalaciones de ductos telefónicos, tuberías de agua potable y de aguas negras,

ductos de suministro de combustible, postes y tendido eléctrico y de cualquier otro

servicio, deberá ser efectuada considerando su posición original y la nueva elevación de

la superestructura del puente a construir.

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2) El contratista deberá gestionar y coordinar esta labor con las instituciones

correspondientes y asumir los costos derivados de efectuar esta tarea. Las tuberías

reinstaladas no deberán obstruir ni disminuir la sección hidráulica del puente, además

deberá evitarse la acumulación de desechos, escombros u otros que formen diques que

obstruyan la capacidad hidráulica en la salida del puente.

3) Los estudios geotécnicos, hidrológicos, topográficos e hidráulicos, así como las

memorias de cálculo, contratados a la empresa IMNSA, se encuentran en el sitio web del

MAG: www.mag.go.cr/programas/programasixaola.

La oferta económica, debe desglosarse así:

ítem Lote único Precio Precio

total

1.0 Construcción del puente sobre la quebrada Padre Jose,

Gandoca

CONDICIONES DE COMPRA

Precios

La construcción del puente deberá ser cotizada en un precio fijo total, sin impuestos indirectos, (impuestos

ventas, selectivo e impuesto al combustible). El participante debe considerar dentro de sus costos el impuesto

de la renta y las especies fiscales del contrato las cuales consisten en 0,25% del monto del contrato más 625

colones de recargo. El precio total del puente ofertado es fijo y no estarán sujetos a reajustes de precio. Los

oferentes deberán hacer una estimación de los aumentos que pueden sufrir todos los elementos y componentes

de las obras durante todo el proceso constructivo, y considerarlo en el monto global de su oferta.

Los oferentes podrán ofrecer descuentos al momento de presentar su oferta, no se aceptarán descuentos

posteriores a la apertura de ofertas.

Moneda de la

oferta

Las ofertas deben cotizarse en Colones Costarricenses.

En el caso de tratarse de bienes a ser importados, el Oferente puede utilizar el dólar norteamericano en su

cotización; sin embargo, para efectos de comparación de precios se realizará una conversión a Colones

utilizando la tasa de cambio para la venta que suministre el Banco Central, vigente el día anterior de la

recepción de ofertas o cotizaciones.

Forma de

pago

El Contratante realizará pagos equivalentes al 25% del contrato contra avance proporcional, verificado en

obra, una vez aceptado el avance de obra por parte de la inspección, de acuerdo a la especificación solicitada

en los planos y en las especificaciones técnicas.

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Anticipo Una vez firmada la Orden de Inicio, el contratista podrá solicitar un anticipo de hasta el 15% del monto

adjudicado, contra la presentación de una garantía bancaria de aceptación del contratante, por el monto total

del anticipo. A partir del primer pago el contratante recuperará el anticipo en tractos correspondientes al 20%

del monto del anticipo. En todo caso cualquier suma pendiente del monto del anticipo se deducirá del último

pago que le corresponda al Contratista. El monto de la garantía bancaria por anticipo se reducirá en

proporción al valor de las Obras ejecutadas por el Contratista y pagadas periódicamente a éste, y se anulará

automáticamente cuando el Contratante haya recuperado la totalidad del monto del anticipo. La garantía se

devolverá al Contratista inmediatamente después de su expiración.

Origen de los

bienes y

servicios

conexos

Las obras y bienes que se incorporen deberán ser originarios de uno de los siguientes países miembros del

Banco Interamericano de Desarrollo:

Países Prestatarios: Argentina, Bahamas, Barbados, Belice, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica,

Ecuador, El Salvador, Guatemala, Guyana, Haití, Honduras, Jamaica, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay,

Perú, República Dominicana, Suriname, Trinidad y Tobago, Uruguay, Venezuela.

Países no Prestatarios: Alemania, Austria, Bélgica, Canadá, Croacia, Dinamarca, Eslovenia, España, Estados

Unidos, Finlandia, Francia, Israel, Italia, Japón, Noruega, Países Bajos, Portugal, Reino Unido, República de

Corea, República Popular de China, Suecia, Suiza.

Plazo y lugar

de entrega de

los bienes

El plazo máximo para la construcción y entrega de todas las obras, a satisfacción del contratante, es de 120

días calendario, el que empezará a contar a partir de la fecha señalada en la orden de inicio. En todo caso, se

entiende que las obras deben estar finalizadas y entregadas a más tardar a los 120 días y cualquier multa por

atrasos en la finalización de las mismas se tramitará con vista a ese plazo.

El plazo máximo de 120 días se ha definido considerando días lluviosos y normales. A petición del contratista

se podría recibir una solicitud de reconocimiento de días perdidos, solamente por un evento que se haya

catalogado por los entes correspondientes como una emergencia o desastre natural, lo cual le corresponderá al

contratista demostrarlo.

La construcción de las obras se realizará en:

Provincia: Limón

Cantón: Talamanca. Distrito: Cahuita

Garantía de

los bienes u

obras

Las obras deberán tener una garantía mínima de 5 años contados a partir de la fecha de aceptación por parte

de la UCP; lo anterior no exime al contratista de la garantía por vicios ocultos de acuerdo con la legislación

nacional, en concordancia con el artículo 35 de la Ley de Contratación Administrativa, así como el artículo

151 del Reglamento a dicha Ley.

Contenido de

la oferta

Junto al formulario de oferta, Anexo #2, el oferente deberá adjuntar folletos ilustrativos o información

complementaria del servicio ofertado en el cual sea posible comprobar las especificaciones solicitadas si es

necesario.

Ofertas en

consorcio

Los oferentes que decidan participar en consorcio deberán presentar original o la copia certificada del

convenio de consorcio, el cual deberá contener al menos los siguientes aspectos: calidades de los integrantes,

domicilio, lugar para recibir notificaciones, capacidad legal, designación del representante con poder

suficiente para actuar durante la fase de estudio de ofertas (inclusive las objeciones o apelaciones), de

formalización, de ejecución contractual (inclusive hasta el recibo y finiquito de la obra) y para trámites de

pago, el plazo del acuerdo que deberá cubrir la totalidad del contrato hasta su recibo y finiquito respectivo.

Validez de la

oferta

Las ofertas deberán permanecer válidas por un período de 90 días naturales a partir de la fecha límite para

presentar ofertas.

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Criterios de

evaluación de

ofertas

Criterios Discriminatorios: Los siguientes criterios son calificados sobre la base “cumple” o “no cumple”.

Una oferta que no cumple con alguno de los siguientes criterios no se considerará válida para la comparación

de precios:

1. Origen de los bienes de un país miembro del Banco.

2. Oferente es originario de un país miembro del Banco.

3. Validez de la oferta de 90 días naturales.

4. Programa de trabajo en el que se demuestre el cumplimiento del plazo de entrega máximo,

establecido en 120 días calendario.

5. Experiencia: El oferente debe ser una empresa que tenga experiencia comprobada en la

construcción de puentes, para lo cual debe demostrar haber construido en los últimos cinco años,

de forma satisfactoria, al menos 2 puentes vehiculares con una longitud mínima de 12 metros. Solo

se reconocerá la experiencia obtenida por el oferente en la construcción de puentes de concreto,

puentes prefabricados, puentes con estructura y superestructura en metal con superficies de

rodamiento en concreto, metal o prefabricado. Para demostrar lo anterior el oferente debe presentar

cartas de aceptación, finiquitos de obra por parte de su cliente en donde indique costo del puente,

longitud de puente, lugar de construcción, cliente o propietario y número de teléfono del mismo y

la recepción de las obras a satisfacción.

6. En el caso de ofertas en consorcio se sumarán las experiencias individuales, en todo caso, al menos

uno de los consorciados debe cumplir los requisitos de experiencia mínimos exigidos.

Criterio Determinante: Precio más bajo

Luego de verificar los factores discriminatorios, se realiza la comparación de precios para seleccionar la oferta

calificada como la más baja para la adjudicación del contrato.

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Adjudicación

del Contrato

u Orden de

Compra

El contrato será adjudicado al Oferente que haya pasado la verificación de cumplimiento de criterios

discriminatorios, no ponderables, que haya presentado la oferta más baja evaluada, y que demuestre

evidencia de mantener al día en las siguientes obligaciones, en el caso de ofertas extranjeras, deberán

cumplir con estos requisitos si resultan adjudicadas:

Certificación con menos de un mes de emitida de que la persona jurídica que oferta, así como

del ingeniero responsable de la obra que a la vez será el director técnico, se encuentren

debidamente inscritos y habilitados ante el CFIA.

Declaración jurada rendida por el oferente, de que se encuentra al día en el pago de los

impuestos nacionales.

El oferente debe presentar una declaración jurada en donde indique que conoce a cabalidad los

alcances de este cartel de licitación y el sitio en donde se ejecutarán las obras.

Declaración jurada de que el oferente no está afectado por ninguna causal de prohibición

establecida en la Ley Nº 7494 de Contratación Administrativa y las indicadas de forma explícita

en la Ley Nº 8639 de aprobación del contrato de préstamo del Programa de Desarrollo

Sostenible de la Cuenca Binacional del Río Sixaola y en las Políticas para la Adquisición de

Bienes y Obras Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo, en sus artículos 7 y 8.

Certificación de que el oferente se encuentra al día en el pago de las obligaciones obrero

patronales con la Caja Costarricense de Seguro Social y recibo de la póliza de riesgos del

trabajo con el I.N.S.

Multas por

atrasos en la

ejecución

El Contratante aplicará sanciones al Contratista equivalentes a $5.000 diarios (cinco mil dólares diarios) por

cada día de atraso en el plazo de terminación de las obras (120 días naturales). Si la suma de sanciones

alcanza el 10% del monto contratado, se considerará como incumplimiento grave y el Contratante estará

facultado para resolver unilateralmente el contrato. En todo caso, la suma de multas aplicadas no excederá

el 10% del monto del contrato. El Contratante rebajará los montos por este concepto, de los pagos que le

correspondan al contratista.

Fraude y

Corrupción

El BID exige que EL ADJUDICATARIO (incluyendo sus respectivos funcionarios, empleados y

representantes) observe las Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras de febrero 2004

http://www.iadb.org/es/adquisiciones-de-proyectos/politicas-de-adquisiciones-para-proyectos,8182.html. En

particular, El BID exige que EL ADJUDICATARIO (incluyendo sus respectivos funcionarios, empleados

y representantes) observe los más altos niveles éticos y denuncie al BID todo acto sospechoso de fraude o

corrupción del cual tenga conocimiento o sea informado durante el proceso de licitación y de negociaciones

o la ejecución del contrato. Los actos de fraude y corrupción están prohibidos. Se adoptarán medidas en

caso de hechos o denuncias relacionadas con actos de fraude y corrupción, de acuerdo a las normas del BID.

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En ese sentido, le solicitamos presentar una cotización a más tardar, hasta las 10 horas del día

28 de Julio de 2014 en el Departamento de Proveeduría, ubicado en el primer piso del

Ministerio de Agricultura y Ganadería, ubicado 200 metros al Sur de Canal Siete, Sabana Sur.

En cualquier momento y con anterioridad a la adjudicación a un oferente en particular, el

Ministerio de Agricultura y Ganadería, mediante la Unidad Coordinadora del Programa

Sixaola, se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier oferta, así como anular el

presente proceso de comparación de precios rechazando todas las ofertas, sin que incurra

en responsabilidad alguna frente al (los) Oferente (s) afectado (s) o esté obligado a informar

al (los) Oferente (s) afectado (s) los motivos de la decisión del contratante.

Sin otro particular y quedando a la espera de su respuesta, hago propicia la oportunidad para

saludarles,

Atentamente,

Ing. Grace Carmiol González

Coordinadora Programa Sixaola

Visita al sitio Se efectuará una visita previa al sitio en donde se construirá el puente, el punto de reunión para realizar la

visita será la Municipalidad de Talamanca, el día 02de Julio de 2014 a las 09:00 horas en la Municipalidad

de Talamanca.

La inasistencia a la visita previa no será causa de descalificación de un potencial Oferente.

Los costos que deba asumir el oferente para los propósitos de la visita corren por su cuenta.

Dirección

para

aclaraciones

o consultas

Unidad Coordinadora del Programa de Desarrollo Sostenible de la Cuenca Binacional del Río

Sixaola, Edificio del Ministerio de Agricultura y Ganadería Sita 200 metros al sur de Canal Siete,

Sabana Sur San José, Costa Rica.

Apdo. 10094-1000 San José.

Teléfono Nos. 2296-1550

Fax No. (506) 2232-3385

E-mail: [email protected]

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Formulario Declaración de Mantenimiento de la Oferta

_________________________________________________________________________

Fecha: [indique la fecha]

Nombre del Contrato.: [indique el nombre]

No. de Identificación del Contrato: [indique el número]

Llamado a Licitación: [Indique el número]

A: Unidad Coordinadora del Programa de Desarrollo Sostenible de la Cuenca Binacional

del Río Sixaola

Nosotros, los suscritos, declaramos que:

1. Entendemos que, de acuerdo con sus condiciones, las Ofertas deberán estar respaldadas

por una Declaración de Mantenimiento de la Oferta.

2. Aceptamos que automáticamente seremos declarados inelegibles para participar en

cualquier licitación de contrato con el Contratante por un período de 2 años contados a partir de

mayo 2014 si violamos nuestra(s) obligación(es) bajo las condiciones de la Oferta sea porque:

(a) retiráramos nuestra Oferta durante el período de vigencia de la Oferta especificado

por nosotros en el Formulario de Oferta; o

(b) no aceptamos la corrección de los errores de conformidad con los Documentos de

Licitación; o

(c) si después de haber sido notificados de la aceptación de nuestra Oferta durante el

período de validez de la misma, (i) no firmamos o rehusamos firmar el Contrato, si

así se nos solicita; o (ii) no suministramos o rehusamos suministrar la Garantía de

Cumplimiento de conformidad con las IAO.

3. Entendemos que esta Declaración de Mantenimiento de la Oferta expirará, si no somos el

Oferente Seleccionado, cuando ocurra el primero de los siguientes hechos: (i) hemos recibido

una copia de su comunicación informando que no somos el Oferente seleccionado; o (ii) haber

transcurrido veintiocho días después de la expiración de nuestra Oferta.

4. Entendemos que si somos una APCA, la Declaración de Mantenimiento de la Oferta

deberá estar en el nombre de la APCA que presenta la Oferta. Si la APCA no ha sido legalmente

constituida en el momento de presentar la Oferta, la Declaración de Mantenimiento de la Oferta

deberá estar en nombre de todos los miembros futuros tal como se enumeran en la Carta de

Intención.

Firmada: [firma del representante autorizado]. En capacidad de [indique el cargo]

Nombre: [indique el nombre en letra de molde o mecanografiado]

Debidamente autorizado para firmar la Oferta por y en nombre de: [indique el nombre la entidad

que autoriza]

Fechada el [indique el día] día de [indique el mes] de [indique el año]

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Anexo 1

ESPECIFICACIONES TECNICAS

1. ANTECEDENTES

El Programa de Desarrollo Sostenible de la Cuenca Binacional del Rio Sixaola (Programa

Sixaola) es financiado por el préstamo del BID Nº1566/OC/CR junto con contrapartida de la

República de Costa Rica y fue ratificado por la Ley Nº8639.

El objetivo general del Programa es mejorar las condiciones de vida de la población de la Cuenca

del Río Sixaola en Costa Rica (Cantón de Talamanca), mediante intervenciones en los ámbitos

económico, social, ambiental y de gestión local, que contribuyan a la implementación de un

modelo de desarrollo sostenible para la misma.

La presente propuesta de especificaciones técnicas corresponde al puente de 15 metros (quince)

sobre la que Quebrada Padre.

1.1 Puente Padre José

La comunidad de Gandoca está ubicada en el distrito de Sixaola, cantón de Talamanca,

provincia de Limón. De acuerdo con la hoja cartográfica Sixaola (Hoja 3644 I), limita al este con

el río Sixaola, límite geográfico con Panamá, desde la desembocadura de este río, subiendo río

arriba hasta la salida de la quebrada Quiebra Caño al río Sixaola. Al sur con la quebrada

Quiebra Caño, siguiendo su margen derecho, o sea el que está orientado hacia el mar: desde el

puente que está sobre el camino a Gandoca hasta su desembocadura en el río Sixaola. Al norte

con el Mar Caribe, hasta el Mile Creek en su margen derecha desde su nacimiento hasta su

desembocadura. Al oeste utilizando el cauce original del Quiebra Caño, de acuerdo con el mapa,

hoja cartográfica No. 36441 desde el nacimiento de la quebrada Quiebra Caño, hasta el puente

que está sobre la carretera que va hacia la comunidad de Gandoca.

Forma parte del Refugio Nacional Mixto de Vida Silvestre Gandoca –Manzanillo de categoría

mixta de acuerdo a su reglamento. Su ubicación se presenta a continuación en la siguiente figura:

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Ilustración 1 Ruta hacia Gandoca

A pesar de los recursos naturales que se poseen en la zona de influencia de Gandoca, y tener los

beneficios que podrían generar una administración sostenible de los recursos antes mencionados,

los mayores problemas que enfrenta la comunidad son: pocas fuentes de empleo, Gandoca tiene

una economía de subsistencia basada en temporada de turismo, que tiene una duración de

aproximadamente cinco meses, también se desarrolla la agricultura basada en el monocultivo del

banano desarrollado por empresas nacionales e internacionales.

El proyecto de construcción referente a este concurso consiste en la construcción de un puente de

15 metros (quince) sobre la que Quebrada Padre Jose, con una estructura de bastiones sobre

Pilotes con bases de concreto una superestructura de acero W36*194 grado 50, una sobrelosa de

concreto armado, con baranda peatonal, debe incluir una coraza o enrocado de piedra bruta,

gaviones o cualquier obra de protección que sirva de escollera a los bastiones, se debe considerar

60 metros cúbicos de obra de protección, en caso de utilizarse escollera con concreto, las piedras

brutas deben tener un diámetro mínimo de 30 centímetros, se debe incluir barandas de

protección tipo flex beam, el oferente debe incluir los rellenos de aproximación de material

granular, la colocación de dos señales verticales, y entregar una obra transitable de acuerdo a lo

solicitado en los planos constructivos, toda obra construida debe ser acorde a lo indicado en el

Manual de Puentes y Carreteras, el CR-2010, CSCR-2010, quedando entendido que no se

recibirá ninguna obra o estructura en caso de incumplimiento a los códigos indicados, para dicho

objetivo se cuentan con la topografía, estudio de suelos, estudio hidrológico e hidráulico, así

como el diseño estructural del puente y los planos constructivos aprobados por el CFIA.

El Programa Sixaola mediante el contrato CT-MAG-018-2012 con la empresa IMNSA S.A.

realizó el diseño final y pliegos de licitación del puente Padre José, y otros en la carretera que

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conduce a Gandoca, por tanto se cuenta con los estudios respectivos y los planos aprobados por

el CFIA y la Municipalidad de Talamanca.

Los entregables de esta consultoría cuentan con el visto bueno de la Dirección de Puentes del

Ministerio de Obras Públicas y Transportes, y son la base para la construcción del puente.

Además, se cuenta con los planos visados por el CFIA, por lo que el oferente deberá tramitar los

planos para su sellado ante la Municipalidad de Talamanca.

2. ASPECTOS GENERALES A CUMPLIR

El contratista debe proporcionar todos los materiales y equipos necesarios para la construcción

de las obras, la mano de obra, cargas sociales, las pólizas de riesgos de trabajo, vigilancia de

materiales, instalaciones provisionales, bodega, equipo mayor y menor, plantas de suministro de

electricidad, herramientas mecánicas o eléctricas, áreas comunes, comedores, talleres y cualquier

otra instalación, equipo o costo directo e indirecto que se requiera para la ejecución de las obras

y permanencia de personal, a la vez los costos de botaderos y transportes y disposición de

desechos conforme se exige en las normativa ambiental del país. Como parte del objeto de la

contratación el contratista deberá tramitar y obtener los permisos de construcción respectivos,

por parte de la Municipalidad de Talamanca, así como los permisos ambientales.

El contratista será el único responsable del personal que destine al proyecto, en calidad de

peones, albañiles, carpinteros y encargados, incluyendo los que se harán cargo de la dirección

técnica.

En el precio global ofertado por el contratista para el puente se considera incluido los costos

relacionados con la habilitación de los accesos, traslado de desechos, centro de acopio de

desechos, instalaciones provisionales, conexiones de servicios públicos hasta el proyecto,

barracas e instalaciones, limpieza general, corta de árboles y desmonte y cualquier actividad

necesaria para la ejecución de obra.

La obra estará bajo la inspección de los técnicos y profesionales que el Programa Sixaola

considere pertinente asignar, no obstante la dirección técnica será responsabilidad de la empresa

constructora, la cual debe de inscribir esta responsabilidad ante el CFIA.

El contratista debe asumir la dirección técnica del proyecto ante el CFIA, de acuerdo a la

reglamentación vigente sobre responsabilidades del profesional.

La construcción deberá realizarse bajo la buena práctica constructiva vigente en Costa Rica, y de

acuerdo a lo estipulado en el Código de Cimentaciones de Costa Rica, y la última versión del

Código Sísmico de Costa Rica, y el Manual de Carreteras, Puentes y Caminos CR 2010-

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El contratista deberá obtener y mantener bajo su responsabilidad el cuaderno de bitácora de obra

exigido por el CFIA de Costa Rica, conforme se establece en los artículos 53 y 54 de la Ley

Orgánica de ese colegio. En el momento de iniciar la obra deberá colocar la bitácora en un lugar

seguro y accesible dentro del proyecto y asumir la Dirección Técnica del Proyecto ante el CFIA.

En caso de construirse, repararse o reconstruirse caminos o accesos a la obra, la empresa debe

contemplar dichos costos dentro de los precios de su estructura de costos.

El Oferente debe presentar en su oferta un Programa de Trabajo para el puente (Diagrama de

Gantt), donde se indiquen los tiempos, secuencias y recursos asignados a las distintas actividades

en la construcción de las obras, así como los tiempos para la obtención de los permisos. Este

Programa de Trabajo no excederá en ningún caso el plazo máximo establecido para la

finalización y entrega de las obras (120 días naturales). Además, el oferente incluirá en su oferta

una explicación de los procedimientos constructivos (metodología de trabajo) para cada parte de

la obra, indicando el personal, recursos y equipo a utilizar durante el proceso constructivo.

2.1. Sobre el control de calidad

El Oferente deberá indicar en su oferta el nombre de la firma consultora que realizará las pruebas

de control de calidad, el cual deberá ser un laboratorio certificado con la normativa ECA, el que

deberá ser aprobado por la Inspección del proyecto. El control de calidad de los materiales,

procesos constructivos y productos finales es total responsabilidad del contratista ejecutor de las

obras. Dicho control de calidad son actividades y acciones emprendidas por un consultor de la

calidad y su (s) respectivo (s) laboratorio (s), contratados por el contratista ejecutor de una obra,

utilizadas para controlar su cumplimiento de las especificaciones técnicas de los materiales,

procesos constructivos y productos, de conformidad con los términos contractuales, incluyendo

las especificaciones técnicas aplicables. Dichas acciones comprenden la ejecución de una serie

de ensayos a los materiales, que obedecen al cumplimiento de un programa de control de Calidad

y plan de muestreo aleatorio, que deberá entregar el Contratista, a los encargados de la

inspección y fiscalización de las obras por parte del contratante, previo al inicio de las obras. Los

laboratorios de materiales a ser utilizados por el consultor de calidad para llevar a cabo las

pruebas de laboratorio (ensayos a los materiales), deben tener alcances acreditados ante el Ente

Costarricense de Acreditación (ECA), según la norma INTE ISO/IEC 17025-2005.

Durante el proceso de construcción el Contratista deberá tomar las medidas apropiadas para

proteger las obras en ejecución o terminadas con el objeto de evitar daños y atrasos en la

finalización del proyecto.

Se cancelará únicamente por el avance de obra colocada y terminada en sitio, previa aprobación

de la Inspección y de la Fiscalización de Obras.

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Las medidas necesarias para la seguridad del personal de construcción y del personal de

inspección, deben ser tomadas por el Contratista. Cualquier otra medida de seguridad que se

considere necesaria puede ser solicitada por la Administración.

Una vez concluida la obra el Contratista debe asegurarse de dejar la zona de trabajo limpia y

libre de cualquier recurso de desecho producto de la construcción, por lo que la recolección de

desechos y el transporte de los mismos deben ser considerados dentro de su precio unitario.

El Contratista debe habilitar los pasos provisionales que sean necesarios, de forma que se

garantice siempre la circulación de personas y vehículos durante la construcción de las obras, los

costos relacionados con estos trabajos corre por cuenta y riesgo del Contratista.

3. ESPECIFICACIONES:

3.1. Normas y especificaciones estructurales

La construcción se hará de acuerdo con lo indicado en el Código Sísmico de Costa Rica 2002,

Código AASHTO – LRFD, CR – 2010, Código de Cimentaciones de Costa Rica, Reglamento de

Construcciones de Costa Rica, Reglamento de Construcciones de Concreto Reforzado (ACI

318), Código del American Institute of Steel Construction (AISC), Código del American Iron

and Steel Institute (AISI), American Welding Society (AWS) y el manual del Precast Concrete

Institute (PCI Handbook), todos última edición. También deberán acatarse todas aquellas normas

o especificaciones de la American Society for Testing and Materials (ASTM), última edición,

que se señalen en estas especificaciones o en los códigos y reglamentos mencionados

anteriormente.

3.2. Excavación para obras estructurales (placas, cimientos y rellenos)

3.2.1. Preparación del terreno

Deben hacerse todos los trabajos necesarios para acondicionar el terreno (tala y desarraigue de

árboles, entubamiento de nacimientos de agua, construcción de desagües, etc.) de forma tal que

se permita realizar la obra que se detalla en planos.

3.2.2. Cortes y rellenos

Deben hacerse todos los cortes y rellenos indicados en los planos para ajustar los niveles del

terreno actual a los niveles marcados en planos. Se debe dejar y proteger todos los árboles y

arbustos que no estén dentro de la zona de construcción del puente.

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En los cortes indicados debe retirarse totalmente la capa vegetal. Si esta capa resultara mayor que

el corte pedido en alguna sección cualquiera, de todas maneras se renovará. El relleno resultante

se hará con material de préstamo, cuya calidad deberá verificarla el ingeniero inspector. Su

compactación se hará según lo que se pide en el párrafo siguiente. Por otra parte, todo el material

adecuado que resulte de la excavación y que sobrase, puede ser usado en la construcción de

rellenos siempre y cuando sea aprobado por el ingeniero inspector. El resto del material, que no

tuviese uso o que no cuente con el visto bueno de la inspección, deberá ser acarreado y

depositado por cuenta del contratista fuera de la propiedad a un botadero con los respectivos

permisos de las instituciones competentes. Si hubiese rellenos y si hiciera falta tierra para ellos,

este faltante deberá ser aportado por el contratista, que lo tomará de la fuente de materiales que

éste establezca, una vez que la haya aprobado la inspección.

3.2.3. Fundaciones

El contratista deberá realizar la excavación para la construcción de los cimientos y deberá tomar

todas las precauciones necesarias para proteger los cortes de excavación y colocar todos los

ademes y arriostres que se requieran para la protección de los lados de las excavaciones. Estas

medidas de protección serán más rigurosas cuando se encuentren en las inmediaciones de las

casas adyacentes al muro. El contratista asume total responsabilidad, así como todos los gastos

derivados de daños dentro y fuera de la propiedad que suceda durante el período de construcción.

El contratista deberá realizar las excavaciones requeridas para la construcción de los cimientos

conforme las dimensiones y niveles indicados en los planos de cada estructura. No obstante,

tomando en cuenta que este es un contrato a suma alzada o precio global fijo y que el diseño de

las estructuras, particularmente de las fundaciones, se basa en los estudios de suelos realizados

por IMNSA, el Contratista deberá verificar que las condiciones del suelo in situ no sean

diferentes a las consideradas en el diseño. En caso de que, producto de esta verificación, se

compruebe que existe una variación que implica cambios en las dimensiones o en la profundidad

de las fundaciones, cualquier tiempo o monto adicional que esto implique debe ser cubierto por

el Contratista, a su costo y riesgo.

El contratista deberá tomar las precauciones necesarias para evacuar toda el agua freática o de

lluvia que se presente durante la excavación de los cimientos y deberá mantener las excavaciones

secas y en condiciones óptimas de limpieza para permitir una correcta colocación de las

fundaciones.

Durante el tiempo de vaciado del concreto, el contratista deberá mantener las excavaciones libres

de agua para lo cual podrá utilizar bombas o deberá hacer un hueco adicional para concentrar

esas aguas y sacarlas posteriormente de la manera más conveniente, según acuerdo con el

inspector. Las aguas freáticas, si las hubiere, deberán mantenerse abatidas durante un período de

24 horas posterior al vaciado para permitir el fraguado y endurecimiento inicial.

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3.2.4. Vaciado del concreto de fundaciones

Después de la revisión y aprobación de la armadura de las placas y arranques de los bastiones,

por parte de la inspección, se procederá al vaciado del concreto de acuerdo a las mejores

prácticas para evitar la segregación del material. La colocación se hará en capas horizontales de

un espesor máximo de 30 cm que se consolidarán por medio de vibradores apropiados.

Especial cuidado debe tenerse en proteger los lados de la excavación para que no haya

derrumbes cuando se está colocando el concreto. Si esto ocurriera el contratista removerá el

concreto contaminado con la tierra de esos desmoronamientos.

Si apareciera agua excesiva debido a la cercanía del nivel de aguas freáticas o a escorrentía de

lluvias, el contratista debe hacer un hueco adicional en la excavación para concentrar esas aguas

y sacarlas por medio de bombas durante todo el tiempo del vaciado.

4. CONCRETO

4.1. Condiciones generales

El contratista suministrará todos los materiales, mano de obra y equipos necesarios para la

construcción de todas las obras de concreto armado convencional y de otros trabajos

relacionados, según se indica en los planos y en las especificaciones que se dan a continuación.

En la fabricación, transporte y colocación del concreto, deberán cumplirse todas las

recomendaciones del American Concrete Institute (ACI) contenidas en el informe ACI 301,

última edición, CR – 2010. Se consideran también incluidas en estas especificaciones, y por

consiguiente obligatorias, todas aquellas normas o especificaciones de la American Society for

Testing and Materials (ASTM) incluidas o simplemente mencionadas en estas especificaciones o

en los códigos anteriormente citados, así como las disposiciones que al respecto pudiera haber en

el Reglamento de Construcciones y el Código Sísmico de Costa Rica. Todas esas normas o

especificaciones se considera que forman parte de este contrato.

4.2. Resistencia del concreto

La resistencia a la compresión especificada se medirá en cilindros de 15x30 cm a los 28 días de

edad, de acuerdo con las normas de la ASTM C-39 última revisión.

Todo el concreto empleado tendrá un revenimiento de 8 cm, aceptándose concretos hasta con un

revenimiento 2 cm menor o mayor al indicado anteriormente, excepto en aquellos casos donde se

apruebe el uso de un aditivo específico. La mezcla de concreto empleada en toda la estructura

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deberá ser de una consistencia conveniente, sin exceso de agua, plástica y trabajable, a fin de

llenar todos los encofrados y moldes completamente, sin dejar cavidades interiores o

superficiales.

Antes de iniciarse la construcción de los elementos de concreto, ya sean prefabricados o colados

en sitio y con la debida anticipación, el contratista deberá presentar al inspector el diseño de la

mezcla de concreto, realizado por un laboratorio de materiales reconocido, y basado el diseño y

proporcionamiento en los agregados que se haya almacenado previamente en el sitio de la

construcción o en la planta prefabricadora.

El laboratorio designado deberá obtener muestras del diseño de la mezcla utilizada en el proceso

de vaciado del concreto, se obtendrán como mínimo 6 cilindros de prueba para quebrar a los 7,

14 y 28 días. Antes de iniciar el colado de los elementos estructurales deben conocerse los

resultados de resistencia a los 7 y 14 días. En la construcción de los cabezales de los pilotes,

pantallas del bastión, la losa y demás elementos no especificados se emplearán concretos con

resistencia mínima a la comprensión de 280 kg/cm2, medida a los 28 días según la norma ASTM

C-109, si son colados en sitio. El tiempo de fragua inicial deberá estar entre 45 y 375 min,

determinado con la prueba Vicat ASTM C-191.

4.3. Requisitos de los materiales para concreto

En esta sección, se detallan los requisitos que deben cumplir los materiales que se utilizarán en la

producción del concreto, los cuales no podrán utilizarse sin haberse demostrado previamente, por

medio de un estudio elaborado por algún laboratorio de materiales reconocido, que los mismos

se ajustan a estas especificaciones y que han recibido la aprobación del inspector.

4.3.1. Cemento

El cemento deberá satisfacer los requisitos establecidos en la norma oficial contenida en el

Decreto Ejecutivo No. 32253-MEIC, publicado en La Gaceta No. 49 del 10 de marzo del 2005.

El cemento para emplear en las mezclas de concreto será cemento Portland tipo 1-RTCR y

deberá cumplir en todo con las especificaciones correspondientes de la ASTM C-150 para

cemento tipo 1.

Debe llegar al sitio de la construcción en sus empaques originales y enteros, ser completamente

fresco y no mostrar evidencias de endurecimiento. El contratista deberá proporcionar los medios

adecuados para el almacenamiento y protección del cemento contra la humedad. Esto deberá

incluir como mínimo la construcción de una tarima que permita estibar el cemento a 15 cm del

suelo y en grupos de no más de 10 sacos uno sobre el otro. No se aceptará el uso de cemento que

llegue a la obra, en caso de lluvia, sin manteado, ni el que se descargue bajo lluvia, por más

ligera que ésta sea. Se rechazará todo el cemento que por alguna causa hubiere llegado a fraguar

parcialmente o que contenga terrones aglutinados.

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No se permitirá usar el cemento proveniente de bolsas abiertas y usadas, ni el cemento

recuperado del desperdicio propio de la manipulación de descarga, movimiento y

almacenamiento del mismo. A no ser que fuese permitido por el inspector, en la obra deberá

emplearse el producto de una sola fábrica y de una misma marca o tipo.

4.3.2. Agua

El agua por emplear en la mezcla de concreto será limpia y libre de grasa o aceites, de materias

orgánicas, álcalis, ácidos o impurezas que puedan afectar la resistencia y propiedades físicas del

concreto y del acero de refuerzo.

4.3.3. Agregado grueso

Todo el agregado grueso deberá ser piedra quebrada de procedencia bien conocida tanto para el

contratista como para el inspector. El material consistirá de partículas duras y durables, piedras o

gravas triturados y tamizados para obtener el tamaño y graduación solicitados por el diseño de

mezcla. Este material no podrá contener partículas orgánicas, grumos ni terrones de arcilla.

Su tamaño máximo no deberá exceder de un quinto del espesor de la pantalla del bastión, tres

cuartos del espaciamiento libre entre barras de refuerzo individual o empaquetado o la mitad de

la distancia entre barras longitudinales y formaletas. Además, todas las partículas deberán pasar

por la malla de 1,9 cm; excepto en los cabezales de los pilotes donde esa dimensión puede

incrementarse a 2,5 cm. El peso unitario del agregado envarillado deberá ser mayor que 1300

kg/m3 de acuerdo con ASTM C-29 y la pérdida por peso debido a abrasión será menor que el

50% según ASTM C-131. Las partículas friables y el material que pasa la malla No. 200 (0,075

mm) no deben exceder 0,5% y 1% respectivamente. En la prueba de sanidad, el agregado no

deberá tener una pérdida por peso de 12% cuando se utilice sulfato de sodio y 18% cuando se

utilice sulfato de magnesio. La graduación del agregado grueso deberá cumplir con la tabla

siguiente, en porcentaje por peso. Los números inferiores indican la graduación correspondiente

según la norma ASTM C-33.

Malla Cuarta Cuartilla Quinta

38 mm 100 100 100

25 mm 90-100 100-95 100-100

19 mm 20-55 40-85 90-100

13 mm 0-10 10-40 25-60

9,5 mm 0-5 0-15 20-55

No. 4 (4,75 mm) 0-5 0-10 0-50

No. 100 0-5 0-5 0-5

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Los agregados con cualesquiera graduaciones provenientes del mismo proveedor o de diferentes

y que cumplan con las especificaciones relativas a resistencia y limpieza, podrán ser mezclados

en la obra para obtener una curva granulométrica mejor ajustada a las máquinas y métodos ahí

empleados.

4.3.4. Agregado fino

Se puede usar cualquier tipo de arena en la confección del concreto siempre que cumpla con las

especificaciones de esta sección. Como máximo, el 5% de las partículas deben pasar la malla No.

200 y no más del 1% debe corresponder a partículas deletéreas, pero si el material que pasa esa

malla es polvo de piedra proveniente del beneficiado de la roca, el primer límite puede ser

aumentado al 7%. La graduación de los tipos aceptados de arena será la que indica en la tabla

siguiente, en porcentaje por peso según ASTM C-117.

Que pase malla Arena

9,5 mm 100

No. 4 (4,75 mm) 95-100

No. 8 (2,36 mm) 80-100

No. 16 (1,2 mm) 50-85

No. 30 (0,6 mm) 25-60

No. 50 (0,3 mm) 5-30

No. 100 (0,15 mm) 0-10

No más del 45% por peso deberá ser retenido entre dos mallas consecutivas. El módulo de finura

de la arena deberá estar entre 2,3 y 3,1. En la prueba de sanidad, el agregado fino no deberá tener

una pérdida por peso de 10% cuando se utilice sulfato de sodio y 15% cuando se utilice sulfato

de magnesio.

Si fuera necesario, se podrán mezclar agregados de diferente procedencia para mejorar la

graduación general de la mezcla, siempre y cuando individualmente satisfagan con los requisitos

aquí establecidos.

4.3.5. Proporcionamiento y mezclado del concreto

El proporcionamiento del concreto deberá hacerse preferiblemente por peso, pero el contratista

podría ser autorizado por el inspector a proporcionar por volumen en el sitio de las obras. En tal

caso deberá hacer las correcciones necesarias para tomar en cuenta la humedad libre en los

agregados y previo a la aprobación, ejecutará colados de prueba. El proporcionamiento por

volumen deberá ajustarse a unidades de saco de cemento completo. La primera carga que se

introduzca en la batidora deberá tener un exceso de cemento, arena y agua sobre lo establecido

por la dosificación, para compensar el mortero que normalmente se adhiere a la cara interior del

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tambor de la batidora. Cada vez que el mezclado de concreto se interrumpa por más de dos

horas, la batidora deberá lavarse y limpiarse.

Las batidoras deberán ser del tipo de tambor y girar a la velocidad recomendada por el

fabricante.

Los agregados gruesos se colocarán de primero en la mezcladora, seguidos de la arena y luego

del cemento; el agua se introducirá de último. El mezclado durará por lo menos 90 segundos

después que todos los materiales hayan sido vertidos dentro de la batidora, si su capacidad es

igual o menor que 1,5 m3; sobre eso, el tiempo de mezclado se aumentará en 45 segundos por

cada metro cúbico o fracción adicional de capacidad. Se permitirá el empleo de concreto

premezclado, si se siguen las instrucciones de ASTM C-94.

El contratista debe contar con un mínimo de equipo para asegurar un colado continuo e

ininterrumpido. Las mezcladoras y demás equipo necesario para el transporte, colocación y

compactación del concreto deben estar en perfectas condiciones de trabajo y mantenimiento para

evitar interrupciones durante el colado del concreto.

En ningún caso se agregará posteriormente al concreto más agua que la provista durante el

mezclado. En el caso del concreto premezclado que tenga que ser acarreado grandes distancias

en época de temperatura alta, se podría autorizar el suministro de una cantidad de agua mayor al

batir, para tomar en cuenta la evaporación durante el trayecto.

4.3.6. Aditivos

En caso de utilizarse, los aditivos deben ser aprobados previamente por el inspector y en su

empleo se seguirán las recomendaciones de la casa fabricante. El aditivo por usar debe ser de

marca y propiedades conocidas y llegar al sitio de la construcción en sus envases originales, así

como cumplir con las especificaciones de la ASTM C-494-68 "Especificaciones para aditivos

químicos para concreto". Si se usa un aditivo en la mezcla, éste debe ser apropiado para obtener

una mayor plasticidad, densidad y trabajabilidad del concreto y de esta forma aumentar su

resistencia final. Debe además servir para retardar la fragua inicial de acuerdo con las

condiciones climáticas del sitio. Bajo ningún concepto podrán usarse aditivos que contengan

cloruro de calcio. El aditivo por usar debe ser aprobado previamente por el inspector y en su

empleo se seguirán las recomendaciones del fabricante.

4.4. Colocación del concreto

Antes de proceder a la colocación del concreto, el ingeniero inspector deberá aprobar los

encofrados y moldes, el refuerzo de acero, la disposición y recubrimiento de las varillas y todos

los detalles relacionados con el colado de los elementos. Para tal efecto, el contratista deberá

notificar al ingeniero inspector por lo menos con dos días de anticipación la fecha aproximada en

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que se propone iniciar el colado y el tiempo aproximado que requerirá dicho trabajo. Esto

también regirá para el colado de elementos prefabricados en planta.

El contratista no procederá a la colocación del concreto sin la autorización del inspector, la

presencia de éste o de su representante personal. Tampoco podrá iniciar la chorrea sin la

presencia del laboratorio para la toma de revenimientos y cilindros de concreto para efectuar las

pruebas de resistencia, ni sin haber presentado los resultados de las pruebas de resistencia de las

varillas.

El contratista debe disponer del equipo necesario y adecuado para la fácil y rápida colocación del

concreto, equipo de bombeo o similar, etc. El inspector deberá aprobar previamente el equipo

que se propone emplear el contratista. Las tuberías para bombeo de concreto serán

preferiblemente de acero: si se fuera a usar de aluminio se deberán tomar precauciones para

evitar la erosión de los conductos y la producción de gas. Mangueras flexibles podrán emplearse

en cambios pronunciados de dirección, en tramos difíciles o en la descarga, lejos de la bomba por

lo menos 15 m.

La segregación del concreto deberá evitarse en todo momento, no debiendo caer libremente de

una altura mayor de 1,2 m; se podrán emplear canalones inclinados o embudos para suavizar su

trayecto. Si se emplean tubos para bajar el concreto, no serán de un diámetro menor de 15 cm.

Estos tubos se mantendrán llenos de concreto, con el extremo inferior embebido en el concreto

ya depositado.

No se permitirá depositar el concreto en un solo lugar para después extenderlo en el encofrado.

Las zonas de descarga no podrán ser de más de 8 metros de largo, y deberán estar cubiertas en

lámina de metal. El concreto utilizado en elementos estructurales se colocará en el encofrado

inmediatamente después de mezclado (no más de 15 minutos posteriores a la colocación del

cemento en el tambor), en capas horizontales no mayores de 30 cm de grueso. Debe tenerse

especial cuidado en llenar el encofrado al máximo posible y en que el concreto sea colocado en

forma continua para evitar la formación de planos de falla. Cuando se coloque concreto fresco

junto a concreto endurecido, deben dejarse llaves de cortante, así como aditivos apropiados para

garantizar la adherencia entre ambos concretos. Estas situaciones deben ser previstas y aprobadas

por el inspector. No se permitirá la colocación del concreto premezclado con más de dos horas

de haber salido de la planta, debiendo de coordinar que este plazo no se exceda, ya que no se

permitirá el uso de dicho concreto. Además no podrá interrumpirse la chorrea por un lapso

mayor de 30 minutos originado por el término del vaciado de una chompipa y el inicio de la

siguiente. El no cumplir con este requisito origina pedir la eliminación de lo chorreado o multar

con dos veces el costo del elemento, esto a juicio de la inspección.

Cuando se esté haciendo concreto en sitio, no se permite que se mantengan las batidoras

funcionando con concreto durante los períodos de descanso del personal, sea batiendo concreto o

mortero. De no respetarse esta disposición, la inspección podrá ordenar botar todo lo que se

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encuentre en las batidoras dentro de estos periodos, ya sea que haya estado funcionando o haya

estado parada, pero llena.

4.5. Vibrado del concreto

El contratista debe contar con un mínimo de dos vibradores de alta frecuencia para la

compactación del concreto y debe tenerlos en perfectas condiciones de trabajo antes de cada

colada. Todo el concreto debe compactarse mediante vibración.

No deberá vibrarse la mezcla mucho tiempo para evitar la segregación. El concreto no debe ser

vibrado si ya han transcurrido más de 10 minutos de haber sido colocado. Debe preverse que esta

situación no ocurra. Debe tenerse cuidado de no introducir el vibrador, cuando el elemento que

se chorrea sea de gran espesor, en las capas inferiores de concreto que ya hayan perdido su

condición plástica. El vibrador debe introducirse en forma vertical. No se deberá permitir usar el

vibrador para transportar concreto de un punto del encofrado a otro, lo que puede producir

segregación.

El concreto debe colocarse y vibrarse en capas no mayores de 30 cm, de tal forma que permita al

aire atrapado escapar a la superficie sin dejar cavidades. El vaciado en los bastiones debe ser

continuo.

Cuando se atrase o suspenda la colocación del concreto por un tiempo tal que este llegue a

fraguar, se proveerá una junta de construcción en el lugar en que se suspendió la colocación del

concreto. La localización de la junta de construcción será determinada con anticipación y

aprobada por el inspector. La colocación de concreto entre dos juntas se hará continua. Las

juntas de construcción serán formadas en planos perpendiculares a la dirección de los esfuerzos

máximos y en las zonas de cortante mínimo. El concreto fraguado en una junta de construcción

deberá saturarse con agua antes de la colocación del concreto fresco. Deberá también cubrirse ya

sea con un adherente específico o al menos con una lechada de cemento, esto a criterio del

ingeniero inspector.

En todo caso, cualquier amarre o junta debe contar con la aprobación escrita del ingeniero

inspector. Cuando el elemento tenga como acabado el concreto aparente, el contratista

coordinará con la inspección los puntos de corte de la chorrea, de tal manera que armonice en

todo el proyecto. La inspección podrá solicitar, para estos casos, el uso de molduras, sean éstas

de madera o algún otro material, sin costo adicional para la administración.

Tanto estas como todo elemento que sirva de apoyo debe ser fundido por lo menos 48 horas

antes que los elementos que sustenten. Antes de proceder al colado del concreto, todos los

encofrados o moldes deben limpiarse, con eliminación en ellos de toda basura o materia extraña,

mediante aire comprimido o agua corriente.

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No se permitirá en ningún caso la colocación del concreto fabricado en sitio después de

transcurrir más de 45 minutos después de iniciada su preparación; tampoco será permitido

renovar ese concreto agregándole agua o cemento para usarlo de nuevo. La colocación del

concreto debe hacerse en tal forma que no se segreguen los materiales y evitando que se separen

las diversas capas o se formen juntas de construcción inconvenientes.

En el caso de los bastiones deberá emplearse la trompa de elefante, a fin de evitar segregación

del material cuando éste sea lanzado a más de 80 cm.

No se permitirá el inicio de la construcción de las obras de concreto armado si el contratista no

ha presentado a los inspectores el diseño de la mezcla realizado por un laboratorio de materiales

reconocido y basado en los agregados que el contratista haya almacenado previamente en el sitio

de la construcción o en la planta.

Igualmente debe contar con todas las facilidades para el correcto curado de todas las obras de

concreto armado y para mantener todas las superficies constantemente húmedas durante un lapso

mínimo de ocho días.

4.6. Curado y protección del concreto

El concreto recién colado deberá ser protegido del sol, el viento y las temperaturas altas para

evitar su agrietamiento prematuro. Cuando el agua libre haya desaparecido de la superficie, pero

no más allá de 4 horas luego de haber sido efectuada la chorrea, se debe iniciar la cura, que se

prolongará durante siete días como mínimo y terminará de manera paulatina, aunque el

encofrado no haya sido removido.

Siempre y cuando sea posible se recomienda la cura del concreto por inundación, pero un

rociado suave podrá ser empleado para humedecer las superficies. El empleo de membranas

curadoras requiere la aprobación previa de los inspectores y deberá ser compatible con el

concreto.

El procedimiento de cura no originará extra alguna. Sin embargo, no cumplir con el proceso de

cura, dará cabida a un cobro por un monto igual al costo de los elementos no curados.

El concreto ya curado deberá protegerse de daños derivados de otras etapas de construcción..

El contratista deberá tener a disposición en el sitio de obra cantidad suficiente de lona,

polietileno u otro tipo de cubierta que a juicio del inspector sirva para proteger el hormigón en

caso de lluvia. No se aceptarán para este uso las bolsas de cemento.

Deberá tenerse especial cuidado para evitar el desconchado del concreto durante las operaciones

de desencofrado.

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4.7. Reparación y limpieza

Si el concreto muestra desconchados, hormigueros u otro tipo de defecto superficial después de

desencofrar, el contratista deberá realizar las reparaciones del caso.

Los orificios pequeños producidos por acumulaciones de aire, o huecos provenientes de la

remoción de los lazos de unión de las formaletas, no requieren picado. El rascado con cepillo de

acero y el lavado son los únicos tratamientos requeridos previamente al resanado.

En algunas situaciones especiales, el inspector podrá ordenar al contratista la demolición

cuidadosa de secciones con hormigueros profundos, con el cuidado de no dañar ni golpear el

refuerzo durante la demolición parcial. Luego de ello debe limpiarse la sección de material suelto

y sustancias inconvenientes, aplicar pegamento epóxico Maxi Stick 580 o equivalente en todas

las superficies y colar con mortero o concreto, cuya resistencia debe ser al menos igual a la

solicitada para el elemento que se está reparando.

4.8. Juntas de construcción

El contratista debe obtener la aprobación del inspector para la localización de cualquier junta de

construcción, previamente al colado. Las juntas deben ser ejecutadas cuidadosamente y

localizarse en sitios donde no afecten la resistencia de la estructura, y espaciarse de acuerdo con

el volumen de concreto a colar.

Todo el refuerzo adicional para juntas de construcción será suministrado por el contratista sin

costo extra. En el caso de los bastiones las juntas de construcción llevarán una llave de cortante,

continua, con un ancho de 10 cm y una profundidad de 5 cm.

4.9. Juntas de expansión

Los rellenos para juntas de expansión premoldeadas se harán de acuerdo con la última revisión

de la especificación ASTM D-994 y serán colocados de acuerdo con las indicaciones del

fabricante, en las ubicaciones dadas en planos o por el ingeniero inspector.

4.10. Recubrimiento de concreto

Salvo indicación en contra por parte del inspector, el recubrimiento máximo de concreto sobre el

acero será de 10 cm. El recubrimiento mínimo será el que se indique en planos, o en su defecto

en el Código AASHTO, según las características del elemento estructural que corresponda.

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4.11. Concreto mezclado en tránsito

Se podrá usar concreto dosificado en seco en planta y mezclado en camino al sitio de la obra.

Este concreto deberá cumplir con la designación C-94 de ASTM en su última revisión además de

reunir todas las condiciones indicadas en estas especificaciones. El proveedor del concreto

premezclado deberá de mantener un flujo continuo del mismo, tal que el intervalo de tiempo

entre las diferentes entregas no exceda los 20 minutos en ningún caso. El proveedor deberá

suministrar un reporte con los tiempos de salida de planta e inicio del colado para cada uno de

los camiones transportadores.

4.12. Concreto mezclado a mano y en batidora

No se permitirá el mezclado a mano del concreto, excepto en casos muy especiales de elementos

secundarios previamente calificados por el inspector. Sí se permitirá el mezclado del concreto en

batidora, siempre que la proporción de la mezcla esté respaldada por un laboratorio calificado.

4.13. Transporte interno

Para llevar el concreto de la batidora al encofrado se usará equipo de capacidad adecuada y en

número suficiente de modo que el volumen total de la carga se transporte rápida y

continuamente, sin segregar la mezcla. Este equipo debe ser aprobado por el inspector.

4.14. Control de resistencia

La resistencia a la compresión del concreto se determinará mediante pruebas de laboratorio,

basadas en las especificaciones de la ASTM, designación C-39, última revisión, para la prueba

de compresión de los cilindros. Estos serán preparados bajo la supervisión del ingeniero

inspector de acuerdo con las especificaciones ASTM C-31, última revisión, para la preparación y

curado de los cilindros de prueba y designación C-172, última revisión, para la toma de muestras

de concreto fresco.

El contratista debe suministrar un mínimo de seis moldes de acero para tomar las muestras y

prestar toda la colaboración necesaria para obtenerlas. Deberá aceptar los valores de resistencia

obtenidos en las mismas como ciertos. Salvo que el inspector autorice una cantidad menor, se

tomarán como mínimo seis cilindros de prueba por cada fundida diaria. No podrán tomarse

menos de tres cilindros por cada 20 m3 de concreto mezclado y colocado. El contratista llevará

un diario de construcción en el cual anotará todos los datos relacionados con la colocación del

concreto, los elementos fundidos, número y designación de los cilindros de prueba, su

revenimiento, el número de batida y elemento estructural a que pertenecen y posteriormente

anotará los valores de resistencia obtenidos, que deberá facilitar a los inspectores cuando así lo

soliciten. Los cilindros de prueba deben ser representativos de toda mezcla empleada en una

colada.

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Si los resultados de las pruebas resultan defectuosos y los valores de la resistencia menores a los

especificados, con una tolerancia máxima del 10% menor de la resistencia especificada en un

10% de las pruebas realizadas, el inspector podrá entonces ordenar demoler y reponer por cuenta

del contratista cualquier obra de concreto que a su criterio haya sido afectada por la resistencia

menor. Quedará a criterio del inspector aceptar las partes de la estructura construidas con

concreto de menor resistencia, si una revisión del cálculo o una prueba de carga demuestran que

el elemento o la estructura mantienen la suficiente seguridad para resistir las cargas impuestas.

Para el pago respectivo de los concretos estructurales el contratista deberá presentar resultados

de pruebas de falla a compresión a 3, 7, 14 y 28 días. Los costos de dichas pruebas serán

asumidos por el contratista.

4.15. Pago de las pruebas adicionales de resistencia

En caso de inconformidad de parte del contratista con respecto a los resultados de las pruebas de

compresión, realizadas como se indica en el punto 4.2 anterior, éste podrá solicitar, por escrito, al

inspector que ordene sacar muestras del concreto rechazado y probarlos de acuerdo con la

designación ASTM C-42, última revisión, Obtención, preparación y pruebas de muestras de

concreto endurecidos para resistencia a la compresión. Este trabajo será pagado por el

contratista. Si los resultados de las nuevas pruebas confirman los resultados obtenidos en las

primeras pruebas, el contratista deberá aceptarlos como correctos, el contratista no tendrá

derecho a que se le reconozca tiempo o costo alguno, en caso de que los elementos que se tengan

colados, los mismos serán demolidos y se colaran de nuevo, los costos relacionados por la

demolición y construcción de las estructuras serán asumidos por el contratista, sin ningún tipo de

perjuicio a la Administración

4.16. Tolerancias

El contratista deberá ejecutar todo el trabajo de concreto (y de acero donde sea aplicable) con

variaciones dimensionales dentro de las siguientes tolerancias:

4.16.1. Plomo

Para las aristas o superficies de muros 5 mm en 300 cm.

4.16.2. Altura

Para diferencias de nivel entre la medida real y la especificada en los planos: 20 mm de más o de

menos, 30 mm de más o de menos en el alto total de la estructura.

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4.16.3. Cimientos

Dimensiones horizontales sin encofrar, 10 cm de más o 2 cm de menos. Si se usa formaleta, 5 cm

de más o 2 cm de menos; en espesores se tendrá el mayor de 5% del espesor o 3 cm de más; el

mayor del 3% del espesor o 1,5 cm de menos.

5. Formaleta

5.1. Generalidades

El contratista deberá proveer todo el andamiaje y la formaleta requerida para la construcción de

los miembros y estructuras de concreto mostrados en los planos.

La escogencia de los materiales para la formaleta corresponde al contratista en tanto éstos

satisfagan los requisitos de diseño y comportamiento. También le corresponde el diseño de los

encofrados y los andamios y será el único responsable de su seguridad, resistencia y calidad.

Las cuestiones relativas a las formaletas que no sean específicamente cubiertas en esta sección

serán dilucidadas de acuerdo con la norma ACI-347 Práctica recomendada para las formaletas

para concreto.

5.2. Materiales

Con la excepción de los puntales, de los paneles con bastidor metálico y de los moldes metálicos

de las plantas de prefabricación, todos los materiales destinados a la formaleta y obra falsa deben

ser nuevos y cumplir con los requisitos que se dan a continuación:

5.3. Requisitos mínimos para madera y otros materiales

Madera en general

Todas las tablas, tablones, venillas, ochavos, etc., en contacto con la superficie del concreto

deberán ser cepilladas. En aquellos casos en que la superficie quede expuesta, no se permitirá el

empleo de madera que produzca manchas en el concreto.

Madera contrachapada

Cuando se emplee, deberá ser del tipo corriente, de primera clase. Si se va a emplear como forro

para formaletas de tabla o tablón su espesor puede ser de 4 mm; en los demás casos se exigirá un

espesor mínimo de 12 mm.

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La lámina que se emplee como forro de formaletas de tabla o tablón deberá ser al menos calibre

18; el espesor de la lámina usada en formaletas metálicas sin respaldo de madera deberá

aumentarse de acuerdo con el diseño.

Las uniones entre las planchas pertenecientes a un mismo panel o molde serán soldadas a tope y

esmeriladas, sin dejar la posibilidad de salida del concreto.

El acero empleado en las formaletas debe tener un límite mínimo de fluencia de 2320 kg/cm2.

Todas las superficies de acero en contacto con la de concreto deben estar limpias y libres de

herrumbre o pintura en el momento de la chorrea. Si se pidieran ochavos para los cantos, también

deberán ser de acero.

El recubrimiento plástico para las formaletas deberá ser de ABS (copolímetro de nitrato de

acrilo-butadienoestireno), PVC (cloruro de polivinilo) o fibra de vidrio, con un espesor mínimo

de 1,6 mm y una dureza superficial mayor de 50 según se determina con la norma ASTM D785.

Se aceptarán pegas por traslape únicamente cuando el fabricante lo permita; en todos los demás

casos se exigirán uniones a tope cementadas con pegamentos apropiados.

Formaleta para concreto expuesto liso

Los costados y fondos de la formaleta para concreto que vaya a quedar expuesto a la vista con la

cara lisa deberán construirse de madera contrachapada; se aceptarán encofrados de tabla, tablón o

paneles siempre y cuando se enchapen con madera contrachapada o con láminas plásticas o

metálicas. La fijación de los enchapes deberá hacerse de tal manera que no se produzcan marcas

en la superficie del concreto. Los forros plásticos deberán exponerse a los rayos solares durante

las dos horas previas a su fijación contra el entablillado o los paneles; el trabajo de colocación

deberá terminarse antes de que los plásticos se enfríen. Si algunas de las aristas de la madera

contrachapada fuera a quedar en contacto con el concreto fresco, deberán recubrirse con un buen

sellador plástico.

Todas las juntas a tope de láminas plásticas de más de 4 mm de espesor deberán sellarse con una

banda de espuma de poliuretano. Las juntas de láminas de acero deberán soldarse y esmerilarse.

El contratista puede usar otros tipos de formaleta diferentes a los descritos en estos párrafos, pero

debe presentar de previo un detalle de ellos, para que los inspectores lo estudien y lo aprueben o

rechacen si así lo creen conveniente a los intereses de la administración.

Ningún concreto será vaciado dentro de moldes de madera secos. Desde un día antes del colado,

las formaletas ya recubiertas con desmoldante, deben mantenerse húmedas rociándolas o

regándolas con agua limpia. Aún así se recomienda el humedecimiento de todos los componentes

del encofrado tales como tableros, puntales, paneles, etc., a lo largo de todo el período de

erección para evitar su encogimiento y posterior filtración del mortero durante la chorrea.

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Antes de la chorrea del concreto, la estanqueidad de todas las formaletas deberá ser revisada y

los fondos barridos empleando aire comprimido o agua a presión.

Durante estas operaciones de limpieza se deberá tener cuidado de no mover el refuerzo, los

accesorios o herrajes o las formaletas mismas. Toda tabla para usar en formaleta debe tener 25

mm de espesor como mínimo, salvo que los inspectores aprueben otros espesores en casos

específicos.

5.4. Reutilización de la formaleta

De acuerdo con la calidad de los materiales usados en la formaleta y obra falsa, así como con el

trato adecuado que se les dé, el contratista podrá usar la formaleta más de una vez. Sin embargo,

los inspectores la revisarán previo a cada nuevo uso. En ningún caso se autorizará el empleo más

allá de dos veces de los enchapes de madera contrachapada de 4 mm de espesor. En las

superficies en las cuales la uniformidad sea fundamental, el uso mezclado de paneles nuevos y

usados queda prohibido.

Después del desencofrado, las formaletas serán limpiadas, quitándoseles todas las rebabas de

concreto, los clavos, pernos, alambre, etc. La estanqueidad de las juntas deberá ser restaurada

antes de recubrirlas con desmoldante o preservantes. Los tableros y paneles deberán almacenarse

a la sombra, donde no los afecten los rayos solares, para evitar el alabeo o la apertura de las

juntas. Si se estuviere empleando formaleta de acero, sus superficies se recubrirán con aceite

después de la limpieza y así se mantendrán hasta su nuevo uso.

5.5. Acabado expuesto liso

Al concreto expuesto a la vista deberá removérsele todas sus rebabas, sus lazos deben ser

cortados y los huecos dejados por ellos serán rellenados con mortero. Después se esmerilará con

carborundum o un abrasivo similar toda la superficie que va a quedar expuesta. Ni durante esta

operación, ni después de ella se debe aplicar ningún recubrimiento cementoso. Al desencofrar, la

superficie debe quedar lisa al tacto y uniforme en color y textura.

6. ACERO DE REFUERZO

6.1. Generalidades

El contratista deberá proveer todos los materiales, herramientas, equipos, accesorios y mano de

obra para ejecutar el trabajo de acero de refuerzo indicado en los planos y según estas

especificaciones.

Para aquellos aspectos del trabajo de acero de refuerzo no expresamente indicado en los planos o

cubierto en esta sección, se aplicarán las recomendaciones del Manual of Standard Practicefor

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Detailing Reinforced Concrete Structures (ACI-315) y del Código Estándar del ACI para

edificios de concreto armado Building Code Requeriments for Reinforced Concrete (ACI-318).

El contratista deberá entregar a los inspectores muestras de los materiales que va a emplear en la

obra para las pruebas correspondientes.

6.2. Materiales

6.2.1. Varillas de refuerzo

Acero grado 60: Deberá cumplir con la norma ASTM A-706. Se podrá utilizar acero ASTM A-

615 grado 60 fy=4200 kg/cm2, siempre que la relación entre la resistencia última real del acero y

su límite de fluencia real sea al menos de 1,25, y el límite de fluencia real de las barras probadas

no exceda en más de 1250 kg/cm2 al especificado.

6.2.3. Alambre negro

Se empleará para amarrar las armaduras y podrá ser de cualquier grado, número 16 por lo menos,

bien conocido del contratista y los inspectores, y con una maleabilidad alta que facilite su

doblado y trenzado. Todas las barras, alambres y mallas deberán ser almacenados en burras, bien

protegidas de la lluvia y la humedad del suelo, requiriéndose una distancia mínima de 30 cm

entre el refuerzo y el suelo.

El refuerzo, y en especial los aceros trabajados en frío, deberán protegerse en todo momento de

las altas temperaturas, como las producidas por soldadoras, sopletes o crisoles. Los almacenes de

refuerzo deberán estar separados de las herrerías o talleres de soldadura adyacentes, por paredes

de madera o mampostería.

6.3. Tolerancias

El contratista debe cortar y doblar las barras y mallas de refuerzo de acuerdo con las siguientes

tolerancias de fabricación:

Barras rectas: 4 cm de más o menos en longitud.

Barras con patas: 4 cm de más o de menos en longitud.

Barras con patas a 90º: Para la pata 1 cm de menos ó 2 cm de más, medido desde la cara

exterior de la porción recta restante.

Barra con patas 135º: Lo mismo que para las anteriores, medido antes de doblar los

últimos 45º.

Aros sin ganchos de confinamiento: En dimensiones de menos de 50 cm: 1,0 cm de más

o de menos, pero con los lados paralelos sin diferir en más de 1,0 cm. En dimensiones de

más de 50 cm; de menos ó 1,0 cm de más, pero con los lados paralelos son diferir en más

de 1,0 cm.

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Aros con ganchos de confinamiento: En dimensiones de menos de 50 cm, hasta 0,5 cm de

más o de menos, pero con los datos paralelos sin diferir en más de 0,5 cm. Dimensiones

de más de 50 cm hasta 1,0 cm de menos, 0,5 cm de más, pero con los lados paralelos sin

diferir en más de 0,5 cm.

Asimismo, el contratista debe colocar las barras y mallas de refuerzo de acuerdo con las

siguientes tolerancias de colocación:

Ubicación vertical: En muros 0,5 cm de más o de menos; 1,5 cm de más o de menos en

los demás casos; medidos a partir del fondo de la formaleta pero sin alterar los

recubrimientos más allá de lo tolerado.

Ubicación longitudinal: 3,0 cm, de más o de menos pero sin alterar los recubrimientos

más allá de lo tolerado.

Ubicación transversal: 2 cm de más o de menos pero sin modificar los recubrimientos

más allá de lo tolerado y manteniendo las separaciones entre varillas o paquetes en no

menos de 0,5 cm del mínimo.

Recubrimiento: 0,5 cm de menos; 1,0 cm de más.

Separación de barras uniformemente espaciadas: 2,5 cm de más o de menos, pero el

número total de varillas no debe reducirse; cuando hubiere obstáculos grandes el

inspector podrá autorizar variaciones aún mayores pero se requerirá su aprobación previa.

Separación de aros: 2,0 cm de más o de menos para separación igual o mayor a 10 cm, en

los demás casos: 1 cm de más o de menos, pero el número total de aros no debe

disminuirse.

6.4. Fabricación y colocación del refuerzo

Las barras de refuerzo corriente y las mallas deberán cortarse preferiblemente con guillotina o

disco. El corte con gas se permitirá sólo si la sección donde se aplica se encuentra a más de 30

cm del inicio o del final de un doblez.

Las barras se doblarán hasta alcanzar las formas indicadas en los planos. Todo el doblado deberá

ejecutarse en frío; bajo ningún concepto se aceptará el calentamiento de las barras para darles la

forma requerida. Las barras mayores que la No. 3 y que estén embebidas en concreto endurecido

solo podrán doblarse con la autorización previa del inspector.

A menos que se indique diferente, todo el refuerzo deberá estar anclado apropiadamente en las

pantallas de muros y las fundaciones de concreto. Asimismo, todos los remates del refuerzo

deberán ser cerrados mediante dobleces de acuerdo con las dimensiones indicadas en los planos.

El radio externo de doblado será como mínimo de cuatro veces el diámetro nominal de la varilla

sobre la cual se ejecuta la operación para barras de No. 3 a No. 8, cinco veces para barras hasta

No. 11 y seis veces para No. 14 y No. 18. Para los aros, el diámetro interno mínimo de doblado

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será cuatro veces el diámetro nominal de la barra que forma el estribo, si se tratare de varillas

iguales o menos que la No. 8.

6.5. Revisión final

Antes del vaciado del concreto debe obtenerse la aprobación final de los inspectores en lo que se

refiere a limpieza, colocación y amarrado de las varillas de refuerzo. Cualquier aprobación

parcial previa puede quedar anulada durante esta revisión sin responsabilidad para el inspector.

7. Acero estructural

7.1. Generalidades

Se especifica para las vigas elementos de acero estructural W 36 X 194 en ASTM A – 50 ( fy =

3500 kg/cm2).

Para los diafragmas se especifica elementos de canal C – 12 X 30 en ASTM A – 36 (fy = 2500

kg/cm2).

8. OBRAS EXTERIORES Y MOVIMIENTO DE TIERRAS

8.1. Obras exteriores

Una vez que haya limpiado el terreno, el contratista establecerá el sistema de puntos de

referencia topográfica: estacas, hitos, niveletas, etc., que le servirán para la demarcación,

alineamiento, nivelación, etc., de las obras a ejecutar.

Los monumentos de referencia deberán disponerse en forma tal, en cuanto a posición anclaje,

que no sean interferidos ni alterados por el movimiento de las máquinas. Deberán ser de concreto

con pines metálicos.

8.2. Maquinaria

El contratista deberá contar con el equipo mínimo para realizar a satisfacción el trabajo de

movimiento de tierra.

8.3. Limpieza del terreno

Comprende el trabajo de remoción de la maleza, ramas, hojas sueltas, basuras, raíces y la capa

superior vegetal del terreno 0,50 m de espesor, excepto que se indique otra cosa en planos. El

concepto general a aplicar al respecto es el de despejar el terreno de todas las materias no aptas

para la formación de rellenos compactos.

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El contratista obtendrá los permisos correspondientes y deberá cortar los árboles, arbustos y

maleza que interfieran con los trabajos de construcción de esta etapa del proyecto, cuya

delimitación se indica en las Condiciones Especiales o en los planos.

Posteriormente se deberán extraer las raíces de árboles y arbustos que puedan alterar los rellenos

vegetales de jardinería en áreas, no construidas. Los árboles, troncos, maleza y arbustos, etc.,

cortados se deberán retirar de la propiedad por el contratista antes de la entrega de los trabajos.

El contratista deberá disponer y distribuir la maquinaria en la forma más adecuada para la

remoción, el acarreo o la compactación de los suelos, utilizando cada máquina en la función que

le corresponde únicamente. El contratista deberá disponer, en tiempo seco, de los medios

adecuados para proporcionar eficientemente el agua para darle la humedad óptima de

compactación a los rellenos o cortes. Asimismo será por su propia cuenta la obtención de los

permisos necesarios para obtener el agua de cualquier curso o fuente.

El contratista deberá incluir en su propuesta todo el acarreo de tierras que debe hacer en la obra.

Todo este material deberá ser depositado fuera de las áreas en intervención.

8.4. Áreas verdes y zonas de botadero

La capa vegetal y los árboles de las áreas verdes que no son afectadas por cortes, rellenos o

taludes, deberán mantenerse a fin de facilitar posteriormente la formación del área adyacente al

puente y que se vieron afectadas por la construcción del mismo.

8.5. Recibo final

Todos los desechos de concreto u otros materiales indeseables que queden en las áreas

adyacentes al puente deberán de ser eliminados.

8.6 Enrocado de escollera

1) El enrocado a utilizar consistirá en roca colocada sobre una superficie previamente preparada

de manera que forme una masa bien graduada. Se deben construir obras de protección

alrededor de los aletones y los bastiones, en todo caso la cantidad mínima de material no será

inferior a los cuarenta metros cúbicos por apoyo, puede ser escollera o enrocado tipo

zampeado de acuerdo al apartado del CR 2010 sobre obras de protección.

El enrocado debe colocarse con su espesor total en una sola operación, para evitar el

desplazamiento del material subyacente. No debe colocarse el material del enrocado por métodos

que causen segregación o dañen la superficie preparada. Las rocas individuales deben colocarse,

o reordenarse, por medio de métodos mecánicos o manuales a fin de obtener una cubierta densa

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y uniforme, con una superficie razonablemente lisa. El trabajo debe realizarse según la sección

251 del CR-2010 y sus anexos.

9. TABLA DE COTIZACIÓN DE LOS TRABAJOS A REALIZAR

Línea

única

Puente Precio

Moneda

Nacional

1.0 Construcción del puente sobre la quebrada Padre Jose

Monto ofertado

Monto en letras

Moneda Nacional: ______________________________________

La forma de pago será en tractos equivalentes al 25% del contrato contra avance proporcional,

verificado en obra, una vez aceptado el avance de obra por parte de la inspección, de acuerdo

especificación solicitada en los planos y en las especificaciones técnicas.

Primer pago 25% El contratista deberá haber obtenido los permisos de construcción

de la Municipalidad y haber concluido el movimiento de tierras,

obras preliminares, excavaciones estructurales, compra, traslado al

proyecto y tratamiento de toda la superestructura de metal

incluyendo las manos de anticorrosivo y pintura final, soldaduras

acabadas, diafragmas y pernos de cortante, al igual.

Segundo pago 25% El contratista deberá haber concluido, Pilas y cimientos montaje de

estructura y superestructura.

Tercer Pago 25% Será contra el recibido a satisfacción del puente, con losa y

barandas.

Cuarto pago 25% Contra entrega a satisfacción de las obras, y recepción definitiva de

las mismas por parte de la inspección, incluido el relleno de

aproximación.

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Anexo No.2

Formulario de Presentación de la Oferta

Fecha: [Indicar la fecha (día, mes y año)] CP-02-2014

Nosotros, los suscritos, declaramos que:

Hemos examinado y no hallamos objeción alguna a los documentos de solicitud de cotización;

a) Ofrecemos proveer los Bienes; Obras y Servicios Conexos de conformidad con las

especificaciones técnicas y requerimientos contenidos en los Documentos de la CP-02-14 y

nos comprometemos a que estos Bienes y Servicios Conexos sean originarios de países

miembros del Banco;

b) El precio total de nuestra Oferta por suma alzada, sin incluir impuestos indirectos, es:

[indicar el precio total de la oferta en palabras y en cifras, indicando las diferentes cifras

en las monedas respectivas] y entendemos que este será el precio fijo total, sin derecho a

reajustes;

c) Nuestra oferta se mantendrá vigente por el período de 90 días naturales a partir de la fecha

límite fijada para la presentación de las ofertas;

d) Nuestra empresa, sus afiliados o subsidiarias, incluyendo todos los subcontratistas o

proveedores para ejecutar cualquier parte del contrato, no han sido declarados inelegibles

por el Banco, bajo las leyes del País del Comprador o normativas oficiales;

e) Entendemos que esta oferta, junto con su debida aceptación por escrito incluida en la

notificación de adjudicación, constituirán una obligación contractual entre nosotros, hasta

que el Contrato formal haya sido perfeccionado por las partes.

f) Entendemos que ustedes no están obligados a aceptar la oferta evaluada como la más baja ni

ninguna otra oferta que reciban.

Firma: ______________________________

Nombre: [indicar el nombre completo de la persona que firma el Formulario de la Oferta]

Cargo: [indicar el cargo de la persona que firma]

Debidamente autorizado para firmar la oferta por y en nombre de: [indicar el nombre completo

del Oferente]

El día ____ del mes de xxx del año 2014.

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Borrador de Contrato

ESTE CONTRATO OBEDECE A LA CONSTRUCCION DE UN PUENTE SOBRE LA

QUEBRADA PADRE JOSE EN LA CARRETERA QUE CONDUCE A GANDOCA,

SIXAOLA, TALAMANCA, LIMÓN entre el MINISTERIO DE AGRICULTURA Y

GANADERIA, como ente ejecutor del contrato de préstamo número 1566/OCCR Ley 8639,

representado por -------------,de nacionalidad----- con cédula de identidad número ---- de

profesión ----------------vecino de ----------------, en su condición de --------, nombrado con

Acuerdo Ejecutivo de nombramiento No. --------------------, publicado en La Gaceta No, quien en

adelante se denomina EL CONTRATANTE por una parte, y por la otra el señor(a) con cédula

de identidad No. ______________________________, mayor de edad, de estado civil

______________________________, de nacionalidad ______________________________, de

profesión ______________________________, con domicilio legal en

______________________________y actuando en su condición de -----------------------

Personería inscrita bajo el No. ……….. del Tomo……………… del Registro de la Propiedad

con domicilio legal en la ciudad de ……………………….., denominado en adelante como EL

CONTRATISTA, y autorizada la adjudicación mediante (colocar los datos del acto de

adjudicación)________, hemos convenido celebrar el presente Contrato bajo las cláusulas

siguientes:

CLÁUSULA PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO: El Contratista se obliga a ejecutar para

El Contratante El Proyecto: ______________________________________________________,

según detalle de obra contenido en los anexos.

CLÁUSULA SEGUNDA: FUENTE DE LOS RECURSOS: El presente contrato será

financiado con fondos del Banco Interamericano de Desarrollo, denominado en adelante como

EL BANCO.

CLÁUSULA TERCERA: MONTO DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO: El monto

total del presente contrato será por ________________ ______________

___________________colones (en Letras), la Forma de Pago será la siguiente: tractos equivalentes

al 25% del contrato, una vez aceptado el avance de obra por parte de la inspección de acuerdo a

la especificación solicitada en los planos y en las especificaciones técnicas. El 25%

correspondiente al último avance contra firma de acta de recepción definitiva.

CLÁUSULA CUARTA. PLAZO DEL CONTRATO: Para la ejecución de las obras

contempladas en este contrato, el Contratista se compromete y obliga a terminar las mismas a

satisfacción del Contratante, en un plazo no mayor a 120 días calendario contados a partir de la

fecha en que se emita la orden de inicio.

CLÁUSULA QUINTA: DIRECTOR TECNICO: El Contratista deberá nombrar durante la

ejecución de la obra a un Ingeniero Civil, o en Construcción como Director Técnico, de acuerdo a la

normativa de la Ley Orgánica del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos.

CLÁUSULA SEXTA: GARANTIAS: El Contratista deberá rendir las garantías siguientes: a)

Garantía de Cumplimiento del Contrato: Cuando los Documentos del Procedimiento requieran la

emisión de una Garantía de cumplimiento, el Contratista se obliga a otorgar a favor de El

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Contratante una garantía de cumplimiento del contrato equivalente al 10% del valor total del

mismo, la cual estará vigente hasta la fecha final de entrega y recibido a satisfacción de las obras. La

garantía de Cumplimiento deberá ser presentada a más tardar ocho días después de la adjudicación

en firme. b) Como garantía de buen funcionamiento de las obras, una vez concluido el proyecto el

contratista rendirá una garantía por el 10% del monto contratado, la cual tendrá una vigencia de 6

meses adicionales a la finalización del proyecto, el 5% se devolverá 2 meses después de la

recepción definitiva del proyecto y el 5% restante, 6 meses después de la recepción definitiva.

CLÁUSULA SÉPTIMA: RECEPCION DE LA OBRA: La recepción provisional y definitiva de

la obra se llevarán a cabo conforme las disposiciones establecidas en las políticas del BID y en la

ley del Contrato de Préstamo No. 8639. Se señala un plazo de 30 días calendario para realizar esta

labor una vez concluidas las obras a satisfacción de la Administración.

CLÁUSULA OCTAVA: DAÑOS Y PERJUICIOS POR RETRASOS: Para garantizar el fiel

cumplimiento de las obligaciones de El Contratista, El Contratante le impondrá sanciones

económicas, aplicando un valor de US $5.000 por cada día de retraso, hasta un máximo acumulable

del 10% del monto total del contrato. Al llegar esta sanción al máximo acumulable, el Contratante

podrá proceder a ser efectiva la Garantía de Cumplimiento, si así es conveniente al Contratante o

podrá proceder a la terminación del contrato de pleno derecho, reservándose además, el ejercicio de

las acciones legales por daños y perjuicios, por incumplimiento del contrato por parte del

Contratista.

CLÁUSULA NOVENA: CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR: Se entenderá por caso

fortuito o fuerza mayor, todo acontecimiento que no ha podido preverse o que previsto no ha podido

evitarse, que imposibilita el exacto cumplimiento de las obligaciones contractuales. Se reconocen

como causa de fuerza mayor entre otras: A) guerra, rebelión y motines; B) huelga, excepto aquella

de los empleados del Contratista; C) desastres naturales, tales como terremotos, maremotos,

huracanes, inundaciones que no permitan la construcción en el sitio de la obra, siempre que medie

declaración de órgano competente del Estado sobre y; D) otras causas reconocidas como de fuerza

mayor.

CLÁUSULA DÉCIMA: EVENTOS COMPENSABLES: Toda decisión relacionada con el

contenido de esta cláusula corresponde tomarla o deberá ser avalada por la Coordinadora del

Programa. Si un evento compensable ocasiona costos adicionales o impide que los trabajos se

terminen con anterioridad a la Fecha Prevista de Terminación, se deberá aumentar el Precio del

Contrato y/o se deberá prorrogar la Fecha Prevista de Terminación.

La UCP decidirá sobre modificaciones al alcance de las obras y cualquier otro elemento básico del

contrato y si la Fecha Prevista de Terminación deberá prorrogarse y en qué medida, para lo cual

deberá cumplir con las políticas de adquisiciones del Banco.

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El Contratista no tendrá derecho al pago de ninguna compensación, ni a prórroga de la Fecha

Prevista de Terminación, en la medida en que los intereses del Contratante se vieran perjudicados si

el Contratista no hubiera dado aviso oportuno o no hubiera cooperado con la Administración

Por su parte, se reconocen como eventos compensables los siguientes:

(a) El Contratante no permite acceso a una parte del Sitio de las Obras en la Fecha del Acta de

Inicio;

(b) La UCP ordena una demora o no emite los Planos, las Especificaciones o las instrucciones

necesarias para la ejecución oportuna de las Obras;

(c) La UCP ordena al Contratista que ponga al descubierto los trabajos o que realice pruebas

adicionales a los trabajos y se comprueba posteriormente que los mismos no presentaban defectos;

(e) La UCP imparte una instrucción para lidiar con una condición imprevista, causada por el

Contratante, o de ejecutar trabajos adicionales que son necesarios por razones de seguridad u otros

motivos;

(f) Otros contratistas, autoridades públicas, empresas de servicios públicos, o el Contratante no

trabajan conforme a las fechas y otras limitaciones estipuladas en el Contrato, causando demoras o

costos adicionales al Contratista; y

(g) La UCP demora sin justificación alguna la emisión del Acta de Recepción Definitiva.

CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA: RESPONSABILIDADES Y DAÑOS: El Contratista será

responsable de toda reclamación civil proveniente por daños y perjuicios a su propio personal o a

terceras personas.- Asimismo El Contratista exonera a El Contratante de toda reclamación,

demanda, actuaciones judiciales por consecuencia de aplicación de las leyes laborales de previsión o

seguridad social respecto a personal que este a su servicio.-

CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA: DOCUMENTOS INTEGRANTES DEL CONTRATO:

Forman parte integrante del presente contrato: (1) este contrato; (2) la Notificación de la Resolución

de Adjudicación; (3) la Oferta del Contratista; (4) El cartel del concurso; (5) Las especificaciones y

los Planos y (7) las Garantías contractuales.

Los documentos que constituyen el Contrato se interpretarán en el mismo orden de prioridad en

que aparecen mencionados en esta cláusula.

CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA: CONTROVERSIAS: Cualquier divergencia que se

presente sobre un asunto que no se resuelva mediante un arreglo entre el Contratista y el

Contratante, será sometido a arbitraje, de acuerdo al procedimiento de arbitraje contenido en la ley

7727 de Resolución Alterna de Conflictos y Promoción de la Paz Social de Costa Rica.

CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: TERMINACIÓN DEL CONTRATO: La Administración

podrá rescindir el contrato si para ello existiesen los siguientes motivos:

(a) El grave o reiterado incumplimiento de las cláusulas convenidas;

(b) La suspensión definitiva de la obra o la suspensión temporal de la misma por un plazo superior a

veinte (20) días;

(c) La muerte del Contratista individual, si no pudieren concluir la obra sus sucesores;

(d) La disolución de la Sociedad Mercantil;

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(e) La declaración de quiebra o de suspensión de pagos del Contratista, o su comprobada

incapacidad financiera;

(f) Por mutuo acuerdo de las partes, siempre que no existan causas de rescisión ocasionadas por el

incumplimiento del Contratista;

(g) Motivos de interés público sobrevivientes a la celebración del contrato que imposibiliten su

ejecución, siempre que no existan causas de rescisión ocasionadas por el incumplimiento del

Contratista;

(h) La falta de constitución de la garantía de cumplimiento del contrato o de las demás garantías a

cargo del Contratista dentro de los plazos correspondientes; y

(j) Las demás que establezcan expresamente este Contrato y la Ley de Contratación Administrativa.

Si el Contratista por causas que le fueran imputables, incurriere en atrasos en los plazos parciales en

forma tal que se determine justificadamente que no podrá ejecutar la obra en el plazo total pactado,

el Contratante tomará las medidas correctivas que fueren necesarias, incluyendo la resolución del

contrato con ejecución de la Garantía de Cumplimiento y Anticipo.

CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA: LEY QUE RIGE EL CONTRATO: Este contrato, su

significado e interpretación y la relación que crea entre las partes se regirán por las leyes nacionales

vigentes y las disposiciones establecidas en este contrato.

CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA: ESCALAMIENTO DE PRECIOS: Los precios se

mantendrán fijos durante todo el contrato y no estarán sujetos a ajuste.

CLÁUSULA DÉCIMA SÉPTIMA: FRAUDE Y CORRUPCIÓN:

1. El Banco exige a todos los prestatarios (incluyendo los beneficiarios de donaciones),

organismos ejecutores y organismos contratantes, al igual que a todas las firmas, entidades o

personas Oferentes por participar o participando en proyectos financiados por el Banco

incluyendo, entre otros, solicitantes, Oferentes, contratistas, consultores y concesionarios

(incluyendo sus respectivos funcionarios, empleados y representantes), observar los más altos

niveles éticos y denuncien al Banco todo acto sospechoso de fraude o corrupción del cual

tenga conocimiento o sea informado, durante el proceso de selección y las negociaciones o la

ejecución de un contrato. Los actos de fraude y corrupción están prohibidos. Fraude y

corrupción comprenden actos de: (a) práctica corruptiva; (b) práctica fraudulenta; (c) práctica

coercitiva; y (d) práctica colusoria. Las definiciones que se transcriben a continuación

corresponden a los tipos más comunes de fraude y corrupción, pero no son exhaustivas. Por

esta razón, el Banco también adoptará medidas en caso de hechos o denuncias similares

relacionadas con supuestos actos de fraude y corrupción, aunque no estén especificados en la

lista siguiente. El Banco aplicará en todos los casos los procedimientos establecidos en la

Cláusula 17.1

(a) El Banco define, para efectos de esta disposición, los términos que figuran a

continuación:

i. Una práctica corruptiva consiste en ofrecer, dar, recibir o solicitar, directa o

indirectamente, algo de valor para influenciar indebidamente las acciones de

otra parte;

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ii. Una práctica fraudulenta es cualquier acto u omisión, incluyendo la

tergiversación de hechos y circunstancias, que deliberadamente o por

negligencia grave, engañe, o intente engañar, a alguna parte para obtener un

beneficio financiero o de otra índole o para evadir una obligación.

iii. Una práctica coercitiva consiste en perjudicar o causar daño, o amenazar con

perjudicar o causar daño, directa o indirectamente, a cualquier parte o a sus

bienes para influenciar en forma indebida las acciones de una parte; y

iv. Una práctica colusoria es un acuerdo entre dos o más partes realizado con la

intención de alcanzar un propósito indebido, incluyendo influenciar en forma

indebida las acciones de otra parte.

(b) Si el Banco comprueba que, de conformidad con los procedimientos administrativos

del Banco, cualquier firma, entidad o persona actuando como Oferente o

participando en un proyecto financiado por el Banco incluyendo, entre otros,

prestatarios, Oferentes, proveedores, contratistas, subcontratistas, consultores y

concesionarios, organismos ejecutores u organismos contratantes (incluyendo sus

respectivos funcionarios, empleados y representantes) ha cometido un acto de fraude

o corrupción, el Banco podrá:

i. decidir no financiar ninguna propuesta de adjudicación de un contrato o de un

contrato adjudicado para la adquisición de bienes y la contratación de obras

financiadas por el Banco;

ii. suspender los desembolsos de la operación, si se determina, en cualquier etapa,

que existe evidencia suficiente para comprobar el hallazgo de que un empleado,

agencia o representante del Prestatario, el Organismo Ejecutor o el Organismo

Contratante ha cometido un acto de fraude o corrupción;

iii. cancelar y/o acelerar el pago de una parte del préstamo o de la donación

relacionada inequívocamente con un contrato, cuando exista evidencia de que el

representante del Prestatario, o Beneficiario de una donación, no ha tomado las

medidas correctivas adecuadas en un plazo que el Banco considere razonable y

de conformidad con las garantías de debido proceso establecidas en la

legislación del país Prestatario;

iv. emitir una amonestación en el formato de una carta formal de censura a la

conducta de la firma, entidad o individuo;

v. declarar a una persona, entidad o firma inelegible, en forma permanente o por

determinado período de tiempo, para que se le adjudiquen o participen en

contratos bajo proyectos financiados por el Banco, excepto bajo aquellas

condiciones que el Banco considere ser apropiadas;

vi. remitir el tema a las autoridades pertinentes encargadas de hacer cumplir las

leyes; y/o

vii. imponer otras sanciones que considere ser apropiadas bajo las circunstancias del

caso, incluyendo la imposición de multas que representen para el Banco un

reembolso de los costos vinculados con las investigaciones y actuaciones.

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Dichas sanciones podrán ser impuestas en forma adicional o en sustitución de

otras sanciones.

(c) El Banco ha establecido un procedimiento administrativo para los casos de

denuncias de fraude y corrupción dentro del proceso de adquisiciones o la

ejecución de un contrato financiado por el Banco, el cual está disponible en el sitio

virtual del Banco (www.iadb.org). Para tales propósitos cualquier denuncia deberá

ser presentada a la Oficina de Integridad Institucional del Banco (OII) para la

realización de la correspondiente investigación. Las denuncias podrán ser

presentadas confidencial o anónimamente.

(d) Los pagos estarán expresamente condicionados a que la participación en el proceso

de adquisiciones y las negociaciones o la ejecución de un contrato de quienes

soliciten dichos pagos se haya llevado de acuerdo con las políticas del Banco

aplicables en materia de fraude y corrupción que se describen en esta Cláusula 3.1., y

(e) La imposición de cualquier medida que sea tomada por el Banco de conformidad con

las provisiones referidas en el literal b) de esta Cláusula podrá hacerse de forma

pública o privada, de acuerdo con las políticas del Banco.

2. El Banco tendrá el derecho a exigir que en los contratos financiados con un préstamo o

donación del Banco, se incluya una disposición que exija que los Oferentes, proveedores,

contratistas, subcontratistas, consultores y concesionarios permitan al Banco revisar sus

cuentas y registros y cualquier otros documentos relacionados con la presentación de

propuestas y con el cumplimiento del contrato y someterlos a una auditoría por auditores

designados por el Banco. Para estos efectos, el Banco tendrá el derecho a exigir que se

incluya en contratos financiados con un préstamo del Banco una disposición que requiera que

los Oferentes, proveedores, contratistas, subcontratistas, consultores y concesionarios: (i)

conserven todos los documentos y registros relacionados con los proyectos financiados por el

Banco por un período de tres (3) años luego de terminado el trabajo contemplado en el

respectivo contrato; y (ii) entreguen todo documento necesario para la investigación de

denuncias de fraude o corrupción, y pongan a disposición del Banco los empleados o agentes

de los oferentes, proveedores, contratistas, subcontratistas, consultores y concesionarios que

tengan conocimiento del proyecto financiado por el Banco para responder las consultas

provenientes de personal del Banco o de cualquier investigador, agente, auditor o consultor

apropiadamente designado para la revisión o auditoría de los documentos. Si el Oferente,

proveedor, contratista, subcontratista, consultor o concesionario incumple el requerimiento

del Banco, o de cualquier otra forma obstaculiza la revisión del asunto por parte del Banco, el

Banco, bajo su sola discreción, podrá tomar medidas apropiadas contra el Oferente,

proveedor, contratista, subcontratista, consultor o concesionario.

3. Los Oferentes deberán declarar y garantizar:

(a) que han leído y entendido la prohibición sobre actos de fraude y corrupción dispuesta

por el Banco y se obligan a observar las normas pertinentes;

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(b) que no han incurrido en ninguna infracción de las políticas sobre fraude y corrupción

descritas en este documento;

(c) que no han tergiversado ni ocultado ningún hecho sustancial durante los procesos de

adquisición o negociación del contrato o cumplimiento del contrato;

(d) que ninguno de sus directores, funcionarios o accionistas principales han sido

declarados inelegibles para que se les adjudiquen contratos financiados por el Banco,

ni han sido declarados culpables de delitos vinculados con fraude o corrupción;

(e) que ninguno de sus directores, funcionarios o accionistas principales han sido

director, funcionario o accionista principal de ninguna otra compañía o entidad que

haya sido declarada inelegible para que se le adjudiquen contratos financiados por el

Banco o ha sido declarado culpable de un delito vinculado con fraude o corrupción;

(f) que han declarado todas las comisiones, honorarios de representantes, pagos por

servicios de facilitación o acuerdos para compartir ingresos relacionados con el

contrato o el contrato financiado por el Banco;

(g) que reconocen que el incumplimiento de cualquiera de estas garantías constituye el

fundamento para la imposición por el Banco de cualquiera o de un conjunto de

medidas que se describen en la Cláusula Décimo Séptima, aparte 1 (b).

En fe de lo cual, firmamos en la ciudad de ______________, a los ____ días del mes de _______

del año dos mil catorce.

CONTRATANTE CONTRATADO