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1 Fuente Carrantona, 8 28030 Madrid Asunto: Actividades Municipales en Centros Educativos con dificultades adaptativas y de conciliación en el Distrito de Moratalaz 2017-2018 Exp. 300/2017/00924 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS 1. JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD DE LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES APOYO ESCOLAR La programación de actividades extraescolares, y de apoyo escolar a realizar en los Colegios Públicos del Distrito, después de la jornada escolar, contribuye a la formación integral de los alumnos por su carácter complementario de la formación académica (actividades de mediación, y de refuerzo) que reciben en el horario escolar, al mismo tiempo que cumplen una función de integración social en el distrito al mejorar la convivencia escolar y la adaptación al medio de aquellos escolares que proceden de otros países y/o de otras culturas a la vez que permiten la conciliación de la vida familiar y laboral al ampliar en algunos casos la jornada. Estas actividades también benefician a los centros que las organizan, sus alumnos aprenden a trabajar en equipo y desarrollan un sentido de pertenencia al centro que repercute muy positivamente en el rendimiento escolar. Al mismo tiempo se intenta conseguir el máximo aprovechamiento de los centros educativos optimizando el uso de las instalaciones mediante el incremento de la oferta de servicios educativos, ampliando los horarios de apertura y cierre. 2. DEFINICION DEL OBJETO DEL CONTRATO El objetivo del presente contrato es cubrir la realización de las actividades, de apoyo y mediación escolar durante el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2017 al 30 de septiembre de 2018, en cuatro lotes, a desarrollar en los Colegios Públicos y Centros Culturales del Distrito, contribuyendo a la formación integral de los alumnos y la integración en sus centros escolares. Las actividades se realizaran en los siguientes colegios y centros culturales: - CEIP Martínez Montañés. - CEIP Pasamonte. - CEIP Francisco de Luis - CEIP Menéndez Pidal - C.C. Eduardo Chillida El presente contrato se divide en cuatro lotes, al considerar que su respectivos objetivos, contenidos y prestaciones incluidos en cada uno de ellos son diferentes, siendo susceptibles de aprovechamiento separado y

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28030 Madrid

Asunto: Actividades Municipales en Centros Educativ os con dificultades adaptativas y de conciliación en el Distrito de Mor atalaz 2017-2018

Exp. 300/2017/00924

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS

1. JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD DE LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES APOYO ESCOLAR

La programación de actividades extraescolares, y de apoyo escolar a

realizar en los Colegios Públicos del Distrito, después de la jornada escolar, contribuye a la formación integral de los alumnos por su carácter complementario de la formación académica (actividades de mediación, y de refuerzo) que reciben en el horario escolar, al mismo tiempo que cumplen una función de integración social en el distrito al mejorar la convivencia escolar y la adaptación al medio de aquellos escolares que proceden de otros países y/o de otras culturas a la vez que permiten la conciliación de la vida familiar y laboral al ampliar en algunos casos la jornada.

Estas actividades también benefician a los centros que las organizan, sus

alumnos aprenden a trabajar en equipo y desarrollan un sentido de pertenencia al centro que repercute muy positivamente en el rendimiento escolar.

Al mismo tiempo se intenta conseguir el máximo aprovechamiento de los

centros educativos optimizando el uso de las instalaciones mediante el incremento de la oferta de servicios educativos, ampliando los horarios de apertura y cierre.

2. DEFINICION DEL OBJETO DEL CONTRATO

El objetivo del presente contrato es cubrir la realización de las

actividades, de apoyo y mediación escolar durante el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2017 al 30 de septiembre de 2018 , en cuatro lotes, a desarrollar en los Colegios Públicos y Centros Culturales del Distrito, contribuyendo a la formación integral de los alumnos y la integración en sus centros escolares.

Las actividades se realizaran en los siguientes colegios y centros

culturales: - CEIP Martínez Montañés. - CEIP Pasamonte. - CEIP Francisco de Luis - CEIP Menéndez Pidal - C.C. Eduardo Chillida

El presente contrato se divide en cuatro lotes, al considerar que su

respectivos objetivos, contenidos y prestaciones incluidos en cada uno de ellos son diferentes, siendo susceptibles de aprovechamiento separado y

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constituyendo, sin embargo, una unidad funcional encaminada a conseguir, como ya se ha dicho, la integración social en el distrito al mejorar la convivencia escolar y la adaptación al medio, sin que por ello se intente disminuir la cuantía del contrato, ni eludir los requisitos de publicidad o del procedimiento de adjudicación correspondientes, razones por las que, conforme al artículo 86 del TRLCSP se justifica su fraccionamiento en los cuatro Lotes siguientes:

• LOTE 1 Servicio de Ludoteca y Apoyo Escolar en el C .C. Eduardo Chillida. • LOTE 2: Actividades de apoyo escolar en los CEIP Fr ancisco de Luis, Martínez Montañés, Pasamonte y Pío Baroja. • LOTE 3: Servicio de Estimulación Cognitiva Integral en CEIP del Distrito de Moratalaz • LOTE 4: Servicio de Mediación Escolar en CEIPO e IE S del Distrito de Moratalaz.

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• LOTE 1 Servicio de Ludoteca y Apoyo Escolar en el C .C. Eduardo Chillida. OBJETO.

El objeto del contrato es doble, por un lado, la creación de un espacio de estudio dirigido y de apoyo escolar para los alumnos de Educación Secundaria Obligatoria, escolarizados en los centros educativos sostenidos con fondos públicos, que presenten desfase curricular consecuencia de ser privados de forma reiterada de la asistencia a clase por presentar conductas disruptivas de forma reiterada. Las Clases de apoyo escolar: favorecen la socialización. Previenen el fracaso escolar de alumnos d E.S.O. que presentan dificultades con la autoridad y con el respeto a las normas. Vigilar los espacios para el estudio.

Y por otro, contar con un espacio de “Ludoteca y Espacio de Estudio dirigido y Apoyo Escolar”. La Ludoteca para los alumnos de segundo ciclo de infantil y 1º, 2º y 3º curso de primaria y Estudio Dirigido y Apoyo Escolar para alumnos de Primaria, para fomentar el desarrollo y aprendizaje de los niños, y ofrecerles no solo un material, sino también un espacio adecuado para el ocio, y lograr una buena socialización y convivencia de los asistentes. FUNDAMENTACIÓN.

La actividad destinada principalmente, a aquellos centros que por la tipología de la población a la que atienden, presentan una mayor problemática social e intercultural, y necesitan de un mayor apoyo externo en la escolarización y seguimiento de la asistencia de los alumnos al centro de forma que se evita el incremento del absentismo y el abandono escolar de los alumnos de estos centros, a la vez que facilita la convivencia en los mismos. OBJETIVOS. � Facilitar el acceso a la formación básica de los alumnos que presentan un desfase curricular. � Fomentar los hábitos y las técnicas de estudio entre alumnos del Distrito. � Complementar el apoyo de las familias en el cumplimiento de las tareas escolares en aquellas familias con escasos niveles formativos. � Posibilitar la conciliación de la vida laboral y familiar en aquellas familias que por su escaso nivel de rentas se ven obligados a prolongar su jornada laboral.

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CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS. El servicio comprenderá el desarrollo de las siguientes prestaciones durante su plazo de ejecución: La actividad de ludoteca y apoyo escolar con los menores se realizarán, excepto vacaciones escolares, en el período comprendido del 1 de octubre de 2017 y el 30 de septiembre de 2018 ; desde el 30 de mayo hasta el 30 de septiembre no se realizarán más actividades que las de difusión del proyecto y confección de memorias. El horario será de 16,30 a 18,30 horas, de lunes a viernes. Lugar de ejecución del contrato: Espacio en el Centro Cultural Eduardo Chillida y/u otro Centro Educativo designado por la Junta Municipal de Distrito Para la realización de esta actividad, se contará con TRES profesores , uno de ellos con la especialización de Educación Infantil. Las actividades estudio dirigido y apoyo escolar , con escolares de educación secundaria, se realizarán, excepto vacaciones escolares, en el período comprendido del 1 de octubre de 2017 y el 31 de mayo de 2018. El horario será de 16,30 a 18,30 horas, en dos grupos: grupo 1, lunes y miércoles, y grupo 2, martes y jueves; cada uno de los dos grupos contará con DOS profesores . Lugar de ejecución del contrato: Aulas en el Centro Cultural Eduardo Chillida; las coordinaciones y difusión del proyecto en los Centros Educativos del Distrito. El adjudicatario será responsable del buen uso y conservación de las instalaciones y del material. De conformidad con lo exigido en el artículo 13.5 de la Ley orgánica 1/1996 de protección Jurídica del Menor, modificado por la ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, no podrán adscribirse a la ejecución del contrato profesionales que hayan sido condenados por sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad sexual. Para acreditar esta circunstancia, la entidad adjudicataria aportará al Ayuntamiento de Madrid la certificación negativa de estos antecedentes penales antes de que el profesional tenga contacto con los menores. A tales efectos, se estará a lo dispuesto en artículo 9 del Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre (BOE nº312 de 30 de diciembre), por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales, pudiéndose obtener información en el apartado trámites y gestiones personales del ciudadano del Ministerio de Justicia (http://www.mjusticia.gob.es)

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El contratista deberá también exigir el cumplimiento de esta obligación a las empresas con las que, en su caso, subcontrate la prestación de servicios, respecto del personal de servicios de la misma.

Así mismo, estará obligado a la presentación de memorias trimestrales, así como una memoria final a la extinción del contrato. Estas mismas memorias se presentarán en el supuesto de que se prorrogue el contrato. El Distrito determinará las prioridades de realización de estos procesos, así como el cambio de ubicación de los mismos, en caso de que fuere necesario para un mejor desarrollo de la actividad.

El material fungible necesario para el desarrollo de la actividad será aportado por la empresa.

La empresa adjudicataria deberá presentar un seguro de responsabilidad civil para los participantes por importe mínimo de 300.000 €. No se admitirán pólizas sometidas a franquicia

PERSONAL: Coordinación general: Responsable general, que actuará como interlocución con el Distrito de Moratalaz. Deberá encargarse de coordinar y supervisar todas las actividades descritas en el presente pliego, garantizando así que la empresa cumpla correctamente con sus obligaciones contractuales. Igualmente, se deberá designar un/a sustituto/a para supuestos de ausencia de dicho/a Coordinador/a. Deberá acreditar como mínimo formación en Licenciatura en Ciencias de la Educación, Psicopedagogía o similar y experiencia en coordinación de proyectos de formación y dinamización que será justificada mediante el desarrollo de trabajos continuados en los últimos dos (2) años. El Coordinador/a mantendrá un contacto permanente con el Distrito, con el fin de asegurar un correcto desarrollo de las actividades. Igualmente, deberá mantener, al menos, una reunión al inicio de la prestación y otra con carácter bimestral con las personas responsables del Distrito, a fin de efectuar una adecuada supervisión de las prestaciones. Horas coordinador/a:

En el ejercicio 2017: 60 (5 horas x 12 semanas) En el ejercicio 2018: 105 (5 horas x 21 semanas)

Los cinco profesores: (tres para ludoteca y 2 para estudio dirigido y apoyo escolar), deberán acreditar como mínimo formación de Diplomatura y/o Grado en Educación Primaria (maestro), y experiencia en formación infantil y primaria que será justificada mediante el desarrollo de dos trabajos en los últimos dos (2) años.

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Horas de profesores: En el ejercicio 2017: (552 horas)

(2H x 5 días x 12 semanas x 3 profesores) = 360 H. (2H x 4 días x 12 semanas x 2 profesores) = 192 H.

En el ejercicio 2018: (966 horas) (2H x 5 días x 21 semanas x 3 profesores) = 630 H. (2H x 4 días x 21 semanas x 2 profesores) = 336 H.

MEDIOS MATERIALES. Presupuesto para materiales de trabajo:

- Lápices, bolígrafos, folios, material básico de aula y material de difusión del programa…………………………………………. 1.620,00 €

LUGAR DE REALIZACIÓN. Las actividades se realizarán en el Centro Cultural, en los espacios que se designen desde el Distrito a tal efecto. El contratista deberá realizar las acciones de diseño de la actuación, coordinación de los equipos de trabajo y de carácter administrativo en sus propias oficinas.

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LOTE 2: Actividades extraescolares y de apoyo escol ar en los CEIP Francisco de Luis, Martínez Montañés, Pasamonte y P ío Baroja. OBJETO.

El objeto del presente contrato es ofrecer a los centros escolares que más abajo se indican, un conjunto de actividades que contribuyan a paliar el absentismo escolar favoreciendo la socialización y la personalidad de los menores y mejorar el rendimiento escolar de los mismos.

Centros Escolares destinatarios de la actividad:

- CEIP Francisco de Luis. - CEIP Pasamonte. - CEIP Martínez Montañés. - CEIP Pío Baroja.

FUNDAMENTACIÓN.

La actividad destinada principalmente, a aquellos centros que por la tipología de la población a la que atienden, presentan una mayor problemática social e intercultural, y necesitan de un mayor apoyo externo en la escolarización y seguimiento de la asistencia de los alumnos al centro de forma que se evita el incremento del absentismo y el abandono escolar de los alumnos de estos centros, a la vez que facilita la convivencia en los mismos. OBJETIVOS. � Facilitar el acceso a la formación básica de los alumnos que presentan un desfase curricular. � Fomentar los hábitos y técnicas de estudio entre alumnos escolarizados en estos centros del Distrito. � Complementar el apoyo de las familias en el cumplimiento de las tareas escolares en aquellas familias con escasos niveles formativos. � Posibilitar la conciliación de la vida laboral y familiar en aquellas familias que por su escaso nivel de rentas se ven obligados a prolongar su jornada laboral. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS. El servicio comprenderá el desarrollo de las siguientes prestaciones durante su plazo de ejecución: La actividades se realizarán, excepto vacaciones escolares, en el período comprendido del 1 de octubre de 2017 y el 30 de septiembre de 2018 ; desde el 30 de mayo hasta el 30 de septiembre no se realizarán más actividades que las de difusión del proyecto y confección de memorias. .

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Lugar de ejecución del contrato: CEIP FRANCISCO DE LUIS, C/ Corregidor Rodrigo Rodríguez, 5: Apoyo escolar 5 horas semanales, de lunes a viernes, en horario a fijar por el centro educativo (en el horario de comedor). Se precisa un profesor para esta actividad. Ludoteca: 5 horas semanales, de lunes a viernes, en horario a fijar por el centro educativo (en el horario de comedor). Se precisa un monitor para esta actividad. CEIP PASAMONTE, Avda. Doctor García Tapia, 47: Apoyo escolar: 5 horas semanales, de lunes a viernes, en horario a fijar por el centro educativo (probablemente de 17,15 a 18,15 h.). Se precisa un profesor para esta actividad. Ajedrez: 5 horas semanales, de lunes a viernes, en horario a fijar por el centro educativo (en el horario de comedor). Se precisa un monitor con conocimientos de ajedrez para esta actividad. Ludoteca: 5 horas semanales, de lunes a viernes, en horario a fijar por el centro educativo (probablemente de 17,15 a 18,15 h). Se precisa un monitor para esta actividad. CEIP MARTINEZ MONTAÑES , C/ Hacienda de Pavones , 223: Apoyo escolar: 5 horas semanales, de lunes a viernes, en horario a fijar por el centro educativo (probablemente de 16,00 a 17,00 h.). Se precisa un profesor para esta actividad. CEIP PIO BAROJA , c/ Luis de Hoyos Sainz, 82: Apoyo escolar: 5 horas semanales, de lunes a viernes, en horario a fijar por el centro educativo (probablemente de 16,00 a 17,00 h.). Se precisa un profesor para esta actividad. Actividades artísticas: (Teatro/Danza) 5 horas semanales, de lunes a viernes, en horario a fijar por el centro educativo (probablemente de 16,00 a 17,00 h.). Se precisa un monitor con conocimientos en teatro y danza para esta actividad. Lugar de ejecución del contrato: Aulas de los CEIP anteriormente descritos; las coordinaciones y difusión del proyecto se realizarán en los Centros Educativos y en la Sección de Educación del Distrito. El adjudicatario será responsable del buen uso y conservación de las instalaciones y del material. De conformidad con lo exigido en el artículo 13.5 de la Ley orgánica 1/1996 de protección Jurídica del Menor, modificado por la ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, no podrán adscribirse a la ejecución del contrato profesionales que hayan sido condenados por sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad sexual. Para acreditar esta circunstancia, la entidad adjudicataria aportará al Ayuntamiento de Madrid la certificación negativa de estos antecedentes penales antes de que el profesional tenga contacto con los menores.

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A tales efectos, se estará a lo dispuesto en artículo 9 del Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre (BOE nº312 de 30 de diciembre), por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales, pudiéndose obtener información en el apartado trámites y gestiones personales del ciudadano del Ministerio de Justicia (http://www.mjusticia.gob.es) El contratista deberá también exigir el cumplimiento de esta obligación a las empresas con las que, en su caso, subcontrate la prestación de servicios, respecto del personal de servicios de la misma.

Así mismo, estará obligado a la presentación de memorias trimestrales, así como una memoria final a la extinción del contrato. Estas mismas memorias se presentarán en el supuesto de que se prorrogue el contrato. El Distrito determinará las prioridades de realización de estos procesos, así como el cambio de ubicación de los mismos, en caso de que fuere necesario para un mejor desarrollo de la actividad.

El material fungible necesario para el desarrollo de la actividad será aportado por la empresa, excepto para las actividades de ajedrez que se utilizará el material que posea el centro educativo para realizar dichas actividades.

La empresa adjudicataria deberá presentar un seguro de responsabilidad civil para los participantes por importe mínimo de 300.000 €. No se admitirán pólizas sometidas a franquicia

PERSONAL: Coordinación general: Responsable general, que actuará como interlocución con el Distrito de Moratalaz. Deberá encargarse de coordinar y supervisar todas las actividades descritas en el presente pliego, garantizando así que la empresa cumpla correctamente con sus obligaciones contractuales. Igualmente, se deberá designar un/a sustituto/a para supuestos de ausencia de dicho/a Coordinador/a. Deberá acreditar como mínimo formación en Licenciatura en Ciencias de la Educación, Psicopedagogía o similar y experiencia en coordinación de proyectos de formación y dinamización que será justificada mediante el desarrollo de trabajos continuados en los últimos dos (2) años. El Coordinador/a mantendrá un contacto permanente con el Distrito, con el fin de asegurar un correcto desarrollo de las actividades. Igualmente, deberá mantener, al menos, una reunión al inicio de la prestación y otra con carácter bimestral con las personas responsables del Distrito, a fin de efectuar una adecuada supervisión de las prestaciones.

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Horas coordinador/a: En el ejercicio 2017: 60 (5 horas x 12 semanas) En el ejercicio 2018: 105 (5 horas x 21 semanas)

Los profesores deberán acreditar como mínimo formación de Diplomatura y/o Grado en Educación Primaria (maestro), y experiencia en formación infantil y primaria que será justificada mediante el desarrollo de dos trabajos en los últimos dos (2) años. Horas de profesores: En el ejercicio 2017: (240 horas)

(1H x 5 días x 4 profesores x 12 semanas) = 240 H. En el ejercicio 2018: (500 horas) (1H x 5 días x 4 profesores x 21 semanas) = 420 H.

Horas de monitores: En el ejercicio 2017: (240 horas)

(1H x 5 días x 4 monitores x 12 semanas) = 240 H. En el ejercicio 2018: (500 horas) (1H x 5 días x 4 monitores x 21 semanas) = 420 H.

MEDIOS MATERIALES. Presupuesto para materiales de trabajo:

- Lápices, bolígrafos, folios, material básico de aula y material de difusión del programa…………………………………………. 1.516,45 €

LUGAR DE REALIZACIÓN. Las actividades se realizarán en el Centro Cultural, en los espacios que se designen desde el Distrito a tal efecto. El contratista deberá realizar las acciones de diseño de la actuación, coordinación de los equipos de trabajo y de carácter administrativo en sus propias oficinas.

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- • LOTE 3: Servicio de Estimulación Cognitiva Integral en CEIP del Distrito de Moratalaz

OBJETO.

El objetivo principal del proyecto es la estimulación cognitiva integral a la infancia y primera adolescencia, en aquellos centros que por la tipología de la población a la que atienden, presentan una mayor problemática social e intercultural, y necesitan de un mayor apoyo externo en la escolarización y seguimiento de la asistencia de los alumnos al centro. El proyecto va dirigido a niños y niñas con dificultades que se presentan durante el crecimiento y el desarrollo en sus capacidades intelectuales, en sus relaciones sociales y su estado emocional. También va dirigido a menores con potencial que, por circunstancias diversas, no han podido desarrollar sus capacidades.

De manera concreta, los objetivos específicos son:

- Definir áreas de intervención con el menor, Informar al entorno del estado cognitivo, conductual y emocional.

- Proporcionar estrategias al menor para superar dificultades, potenciar capacidades cognitivas.

- Realizar un plan terapéutico de utilidad para el menor, el colegio y las familias

FUNDAMENTACIÓN.

La actividad destinada principalmente, a apoyar aquellos centros que por la tipología de la población a la que atienden, presentan una mayor problemática social e intercultural, y necesitan de un mayor apoyo externo en la escolarización y seguimiento de la asistencia de los alumnos al centro de forma que se evita el incremento del absentismo y el abandono escolar de los alumnos de estos centros, a la vez que facilita la convivencia en los mismos. Se pretende con ello, apoyar a los centros con una atención de estimulación cognitiva y socio-emocional especializada y complementaria a la escolarización, que refuerce el trabajo educativo del equipo docente, así como una orientación a las familias de los menores que necesitan dicha estimulación. OBJETIVOS.

Ofrecer un servicio de estimulación cognitiva integral a la infancia y primera adolescencia en los centros que se citan en el apartado siguiente, que posibilite tener una valoración inicial de los menores con pruebas funcionales y emocionales, que permita conocer su situación y personalizar el programa de estimulación integral individual, y de servicios de apoyo necesario a esta población escolar que es incluida en el curso escolar 2017-2018, de forma que sea posible:

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� Facilitar el acceso a la formación básica de los alumnos que presentan un desfase curricular. � La coordinación con los centros educativos y sus equipos para priorizar los alumnos que participan en el proyecto. � Definir áreas de intervención de dichos alumnos a partir de la valoración de sus capacidades. � Informar a las familias de los objetivos y metodologías del servicio. � Prestar estimulación cognitiva, emocional y social a los alumnos. � Coordinarse con otros servicios del Distrito ( sociales, de salud, etc.) CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS. El servicio comprenderá el desarrollo de las siguientes prestaciones durante su plazo de ejecución: El servicio comprenderá el desarrollo de las siguientes prestaciones durante su plazo de ejecución: La actividades se realizarán, excepto vacaciones escolares, en el período comprendido del 1 de octubre de 2017 y el 30 de septiembre de 2018 ; desde el 30 de mayo hasta el 30 de septiembre no se realizarán más actividades que las de difusión del proyecto y confección de memorias; en el horario fijado por cada uno de los siguientes centros escolares, con una limitación de 9 horas a la semana, durante las 37 semanas existentes en este período escolar.

La actividad se desarrollará en los CEIP Martínez Montañés, Pasamonte y

Pío Baroja, al ser los centros que presentan una mayor problemática social e intercultural y necesitan de un mayor apoyo externo en la escolarización y seguimiento de la asistencia de los alumnos al centro.

Esta actividad, se realizará con una metodología de intervención que se base en estimulación cognitiva y apoyo emocional a través de técnicas de estimulación por ordenador (entrenamiento de la atención, cálculo, memoria, lenguaje, funciones ejecutivas, orientación espacial) y actividades para el fomento de la autonomía, sensoperceptivas y psicomotrices.

La atención al menor se realiza de manera personalizada (integrando las esferas personal, familiar y educativa) aunque fomentando el trabajo en pequeños grupos para estimular la dinámica grupal y social.

Se deberá aplicar un protocolo de valoración inicial a los menores con pruebas funcionales y emocionales para conocer su situación y personalizar el programa de estimulación integral individual.

Se trabajara en estrecha colaboración con orientadores/tutores informándoles de la evolución de los menores, informando asimismo a las familias sobre la estrategia de intervención.

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El proyecto que se presente, incluirá la posibilidad de desarrollarse en los 3 Colegios Públicos mencionados con un grupo de estimulación de 10 niños/as en cada uno de ellos, con edades de entre 7 y 13 años.

Para la realización de esta actividad (sesiones de trabajo individual con alumnos y tutorías en centros educativos) se contará con psicólogos con formación y experiencia en estimulación cognitiva integral a la infancia y primera adolescencia, así como con el software y demás material necesario para realizar la actividad

El adjudicatario será responsable del buen uso y conservación de las instalaciones y del material. De conformidad con lo exigido en el artículo 13.5 de la Ley orgánica 1/1996 de protección Jurídica del Menor, modificado por la ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, no podrán adscribirse a la ejecución del contrato profesionales que hayan sido condenados por sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad sexual. Para acreditar esta circunstancia, la entidad adjudicataria aportará al Ayuntamiento de Madrid la certificación negativa de estos antecedentes penales antes de que el profesional tenga contacto con los menores. A tales efectos, se estará a lo dispuesto en artículo 9 del Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre (BOE nº312 de 30 de diciembre), por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales, pudiéndose obtener información en el apartado trámites y gestiones personales del ciudadano del Ministerio de Justicia (http://www.mjusticia.gob.es) El contratista deberá también exigir el cumplimiento de esta obligación a las empresas con las que, en su caso, subcontrate la prestación de servicios, respecto del personal de servicios de la misma.

Así mismo, estará obligado a la presentación de memorias trimestrales, así como una memoria final a la extinción del contrato. Estas mismas memorias se presentarán en el supuesto de que se prorrogue el contrato. El Distrito determinará las prioridades de realización de estos procesos, así como el cambio de ubicación de los mismos, en caso de que fuere necesario para un mejor desarrollo de la actividad. PERSONAL: Coordinación general: Responsable general, que actuará como interlocución con el Distrito de Moratalaz. Deberá encargarse de coordinar y supervisar todas las actividades descritas en el presente pliego, garantizando así que la empresa cumpla correctamente con sus obligaciones contractuales. Igualmente, se deberá designar un/a sustituto/a para supuestos de ausencia de

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dicho/a Coordinador/a. Deberá acreditar como mínimo formación en Licenciatura en Psicología, Psicopedagogía o similar y experiencia en coordinación de proyectos de estimulación cognitiva relacionados con la formación y dinamización de grupos que será justificada mediante el desarrollo de trabajos continuados en los últimos dos (2) años. El Coordinador/a mantendrá un contacto permanente con el Distrito, con el fin de asegurar un correcto desarrollo de las actividades. Igualmente, deberá mantener, al menos, una reunión al inicio de la prestación y otra con carácter bimestral con las personas responsables del Distrito, a fin de efectuar una adecuada supervisión de las prestaciones. Horas coordinador/a: (165 horas)

En el ejercicio 2017: 60 (5 horas x 12 semanas) En el ejercicio 2018: 105 (5 horas x 21 semanas)

Los tres terapeutas deberán acreditar como mínimo formación de Licenciatura en psicología y/o psicopedagogía, y experiencia en intervención con alumnado de infantil y/o primaria que será justificada mediante el desarrollo, de al menos un trabajo en los últimos dos (2) años. Horas de terapeuta: (891 horas)

En el ejercicio 2017: (324 horas) (3H x 3 días x 3 terapeutas x 12 semanas) = 324 H. En el ejercicio 2018: (567 horas) (3H x 3 días x 3 terapeutas x 21 semanas) = 567 H.

Los tres monitores deberán acreditar experiencia en intervención con alumnado de infantil y/o primaria que será justificada mediante el desarrollo, de al menos un trabajo en los últimos dos (2) años. Horas de monitor: (891 horas)

En el ejercicio 2017: (324 horas) (3H x 3 días x 3 monitores x 12 semanas) = 324 H. En el ejercicio 2018: (675 horas) (3H x 3 días x 3 monitores x 21 semanas) = 567H.

MEDIOS MATERIALES. Presupuesto para materiales de trabajo:

- Software informático Lápices, bolígrafos, folios, material básico de aula y de difusión del programa …...……………………………………………………………… 2.420,00 €

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LUGAR DE REALIZACIÓN. Las actividades se realizarán en cada uno de los CEIP que se designen, y en los espacios que por la dirección de cada centro escolar se establezca en coordinación con la Sección de Educación del Distrito. El contratista deberá realizar las acciones de diseño de la actuación, coordinación de los equipos de trabajo y de carácter administrativo en sus propias oficinas.

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- • LOTE 4: Servicio de Mediación Escolar en CEIP e IES del

Distrito de Moratalaz. OBJETO.

La creación de un espacio de seguimiento, orientación y mediación para los alumnos de Educación Secundaria Obligatoria, escolarizados en los centros educativos sostenidos con fondos públicos, que por presentar conductas disruptivas de forma reiterada se ven privados de la asistencia a clase, necesitando de un servicio de mediación y apoyo escolar fuera del aula, para aprender a resolver sus conflictos y dotarlos de habilidades sociales para la adecuada incorporación a la comunidad educativa. Difundir la actividad en los centros educativos del Distrito, con especial atención en los IES Mariana Pineda, IES Rey Pastor, IES Rodríguez Valcárcel, CC Sigo XXI, CC Ntra. Sra. Moratalaz, CC San Martín. Mediar para la resolución de conflictos que se produzcan en el medio educativo. Favorecer la socialización y prevenir conductas de riesgo en alumnos de E.S.O. que presentan dificultades con la autoridad y con el respeto a las normas. Elaboración de documentos de derivación e informes de devolución. Sesiones de trabajo individual con los alumnos derivados por los centros educativos. Entrevistas profesores, alumnos, padre o tutores, con tutorías en centros educativos, a demanda de los Equipos Directivos, así como la coordinación con los agentes educativos.

. FUNDAMENTACIÓN.

La actividad destinada principalmente, a aquellos centros que por la tipología de la población a la que atienden, presentan una mayor problemática social e intercultural, y necesitan de un mayor apoyo externo en la escolarización y seguimiento de la asistencia de los alumnos al centro de forma que se evita el incremento del absentismo y el abandono escolar de los alumnos de estos centros, a la vez que facilita la convivencia en los mismos. OBJETIVOS. � Evitar la aparición de conductas disruptivas entre la población escolar del Distrito, favoreciendo la convivencia en los centros.

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� Facilitar el acceso a la formación básica de los alumnos que presentan un desfase curricular. � Fomentar los hábitos y las técnicas de estudio entre alumnos del Distrito. � Complementar el apoyo de las familias en el cumplimiento de las obligaciones escolares de los menores. � Posibilitar la conciliación en el entorno escolar entre los miembros de la comunidad educativa ( profesores, padres, alumnos, personal no docente).. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS. El servicio comprenderá el desarrollo de las siguientes prestaciones durante su plazo de ejecución: El servicio comprenderá el desarrollo de las siguientes prestaciones durante su plazo de ejecución: La actividades se realizarán, excepto vacaciones escolares, en el período comprendido del 1 de octubre de 2017 y el 30 de septiembre de 2018 ; desde el 30 de mayo hasta el 30 de septiembre no se realizarán más actividades que las de difusión del proyecto y confección de memorias. .

El horario será de 9,00 a 15,00 horas de lunes a viernes . Lugar de ejecución del contrato: - Aula en el Centro Cultural Eduardo Chillida - Coordinaciones en los Centros Educativos. Para la realización de esta actividad (sesiones de trabajo individual con

alumnos y tutorías en centros educativos) se contará con dos psicólogos con formación y experiencia en mediación o perfil similar, y con dos educadores , con titulación adecuada al servicio que se prestará. El adjudicatario será responsable del buen uso y conservación de las instalaciones y del material. De conformidad con lo exigido en el artículo 13.5 de la Ley orgánica 1/1996 de protección Jurídica del Menor, modificado por la ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, no podrán adscribirse a la ejecución del contrato profesionales que hayan sido condenados por sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad sexual. Para acreditar esta circunstancia, la entidad adjudicataria aportará al Ayuntamiento de Madrid la certificación negativa de estos antecedentes penales antes de que el profesional tenga contacto con los menores. A tales efectos, se estará a lo dispuesto en artículo 9 del Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre (BOE nº312 de 30 de diciembre), por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales, pudiéndose obtener información en el apartado trámites y gestiones personales del ciudadano del Ministerio de Justicia (http://www.mjusticia.gob.es)

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El contratista deberá también exigir el cumplimiento de esta obligación a las empresas con las que, en su caso, subcontrate la prestación de servicios, respecto del personal de servicios de la misma.

Así mismo, estará obligado a la presentación de memorias trimestrales, así como una memoria final a la extinción del contrato. Estas mismas memorias se presentarán en el supuesto de que se prorrogue el contrato. El Distrito determinará las prioridades de realización de estos procesos, así como el cambio de ubicación de los mismos, en caso de que fuere necesario para un mejor desarrollo de la actividad. PERSONAL: Coordinación general: Responsable general, que actuará como interlocución con el Distrito de Moratalaz. Deberá encargarse de coordinar y supervisar todas las actividades descritas en el presente pliego, garantizando así que la empresa cumpla correctamente con sus obligaciones contractuales. Igualmente, se deberá designar un/a sustituto/a para supuestos de ausencia de dicho/a Coordinador/a. Deberá acreditar como mínimo formación en Licenciatura en Ciencias de la Educación, Psicología, Psicopedagogía o similar y experiencia en coordinación de proyectos de formación y dinamización que será justificada mediante el desarrollo de un trabajo en el último año en el ámbito de actuación de este contrato. El Coordinador/a mantendrá un contacto permanente con el Distrito, con el fin de asegurar un correcto desarrollo de las actividades. Igualmente, deberá mantener, al menos, una reunión al inicio de la prestación y otra con carácter bimestral con las personas responsables del Distrito, a fin de efectuar una adecuada supervisión de las prestaciones. Horas coordinador/a: (165 Horas)

En el ejercicio 2017: 60 (5 horas x 12 semanas) En el ejercicio 2018: 105 (5 horas x 21 semanas)

Los dos psicólogos deberán acreditar como mínimo formación de Licenciatura en psicología, y experiencia en mediación en los ámbitos infantil y juvenil, que será justificada mediante el desarrollo de dos trabajos en los últimos dos (2) años. Horas de psicólogos: (1.980 Horas): En el ejercicio 2017: (720 horas)

(6H x 5 días x 2 psicólogos x 12 semanas) = 720 H. En el ejercicio 2018: (1.260 horas) (6H x 5 días x 2 psicólogos x 21 semanas) = 1.260 H.

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Los dos maestros deberán acreditar como mínimo formación de Diplomatura y/o Grado en Educación Primaria (maestro), y experiencia en formación infantil y primaria que será justificada mediante el desarrollo de dos trabajos en los últimos dos (2) años. Horas de profesores: (1.980 Horas) En el ejercicio 2017: (720 horas)

(6H x 5 días x 2 profesores x 12 semanas) = 720 H.

En el ejercicio 2018: (1.500 horas) (6H x 5 días x 2 profesores x 21 semanas) = 1.260 H.

MEDIOS MATERIALES. Presupuesto para materiales de trabajo:

- Lápices, bolígrafos, folios, material básico de aula y de difusión del programa …...………………………………………………… 1.620,00 €

LUGAR DE REALIZACIÓN. Las actividades se realizarán en el Centro Cultural, en los espacios que se designen desde el Distrito a tal efecto, y en los CEIP e IES del Distrito. El contratista deberá realizar las acciones de diseño de la actuación, coordinación de los equipos de trabajo y de carácter administrativo en sus propias oficinas. Memoria y evaluación

La empresa presentará memoria y evaluación trimestral donde se recojan las incidencias y la asistencia de los menores, así como una evaluación continuada que permita reajustar las actividades y/o la metodología, cuando las circunstancias así lo exijan, y para garantizar el logro de los objetivos anunciados. En la evaluación final se incluirá un cuestionario para rellenar por los centros escolares.

La Junta Municipal de Moratalaz se reserva el derecho a formular cuantas

objeciones estime convenientes y modificar las orientaciones presentadas, según las conveniencias del servicio, debiendo someterse al adjudicatario, en todo momento, a las directrices de la Junta Municipal. CONDICIONES TECNICAS GENERALES

La Junta Municipal de Distrito se reserva el derecho a formular cuantas objeciones estime convenientes y modificar las orientaciones presentadas según las conveniencias del servicio o actividad, debiendo someterse el adjudicatario en todo momento a las directrices e instrucciones que le sean

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formuladas por el funcionario responsable, con objeto de obtener la máxima eficacia y coordinación.

El adjudicatario será responsable del buen uso y conservación de las

instalaciones, maquinaria, aparatos y demás material a utilizar en la prestación del servicio o actividad que sea propiedad municipal y/o del centro de ubicación.

Cuando concurran tales circunstancias, al comienzo de la actividad o

prestación del servicio, se redactará un inventario del material que se vaya a utilizar que, unido al presente pliego, deberá ir firmado por el adjudicatario, viniendo obligado a reponerlo cuando su pérdida o deterioro sean consecuencia inmediata de un uso inadecuado.

Las personas responsables del desarrollo del programa de trabajo deberán

permanecer hasta el cumplimiento del contrato. No obstante, si durante su ejecución alguno de ellos causare baja, deberá

ser sustituido, de forma inmediata, por el contratista debiendo cumplir los requisitos dispuestos en el pliego de cláusulas administrativo-particulares, comunicándose a la Junta Municipal de Distrito.

El adjudicatario se hará cargo de todos los gastos generados durante el

desarrollo de la actividad. Asimismo, la empresa adjudicataria deberá responder por el buen uso de

las instalaciones y material del centro donde se realice la actividad. La empresa adjudicataria y el personal a su servicio en la prestación del

contrato, tal y como se define en la letra d) del artículo 3 de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, en el supuesto de que procedan al tratamiento de datos de los usuarios, están obligados en su calidad de responsables directos del tratamiento de datos personales al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y el Real Decreto 1720/2007 de 21 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como de las disposiciones que en materia de protección de datos se encuentren en vigor a la adjudicación del contrato o que puedan estarlo durante su vigencia, en especial no aplicarán o utilizarán los datos personales indicados con fin distinto al previsto en el contrato.

3. PROYECTO.

Las empresas licitadoras deberán presentar, como documentación referente a criterios NO valorables en cifras o porcentajes (SOBRE “B”) , un proyecto idóneo y adecuado al objeto del contrato, que, como mínimo, deberá contemplar lo siguiente:

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Propuesta de diseño y desarrollo del servicio, segú n los objetivos y características técnicas recogidas en cada Lote, que incluya descripción de actuaciones que componen el servicio, metodología, herramientas a utilizar, procedimiento de evaluación, así como cualquier otra información que considere, según los criterios de valoración establecidos.

4. PLAZO DE EJECUCIÓN. El plazo de ejecución del presente contrato en cada uno de sus Lotes abarcará desde el 1 de octubre de 2017 al 30 de septiembre de 2018, con posibilidad de prórroga, por una sola vez, y por un plazo no superior al del propio contrato.

5. PRESUPUESTO. El presupuesto base de licitación de la presente contratación administrativa asciende a 185.340,46 euros , IVA excluido, al que corresponde por IVA (tipo 10 %) la cuantía de 18.534,05 euros , totalizándose el presupuesto en 203.874,52 euros , IVA incluido, de acuerdo al siguiente desglose por lotes y anualidades presupuestarias:

DISTRIBUCIÓN POR EJERCICIOS

EJERCICIO 2017 (OCTUBRE

- NOVIEMBRE) LOTE I

10.073,88 €

51.127,42 €

203.874,52 €

LOTE II

8.264,41 €

LOTE III

11.178,76 €

LOTE IV

22.610,37 € LOTE I

37.843,74 €

203.874,52 LOTE II

30.616,90 €

EJERCICIO 2018

(DICIEMBRE17 - mayo 18 ) LOTE I

27.769,85 €

151.747,09 €

LOTE III

43.736,56 €

LOTE II

22.352,49 € LOTE III

91.677,33 €

LOTE III

32.557,79 €

LOTE IV

69.066,96 €

LOTES Y ANUALIDAD PRESUPUESTARIA SUBTOTALES

(IVA Excluido) IVA 10%

TOTALES (IVA

Incluído)

Lote I Ejercicio 2017 9.158,08 € 915,81 € 10.073,88 €

Ejercicio 2018 25.245,32 € 2.524,53 € 27.769,85 €

34.403,40 € 3.440,34 € 37.843,74 €

LOTE Y AN

(IVA incluido)

LOTES Y ANUALIDAD PRESUPUESTARIA SUBTOTALES

(IVA Excluido) IVA 10%

TOTALES (IVA

Incluído)

Lote II Ejercicio 2017 7.513,10 € 751,31 € 8.264,41 €

Ejercicio 2018 20.320,44 € 2.032,04 € 22.352,49 €

27.833,54 € 2.783,35 € 30.616,90 €

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LOTES Y ANUALIDAD PRESUPUESTARIA SUBTOTALES

(IVA Excluido) IVA 10%

TOTALES (IVA

Incluído)

Lote III Ejercicio 2017 10.042,85 € 1.004,29 € 11.047,14 €

Ejercicio 2018 29.224,07 € 2.922,41 € 32.146,48 €

39.266,92 € 3.926,70 € 43.193,62 €

LOTES Y ANUALIDAD PRESUPUESTARIA SUBTOTALES

(IVA Excluido) IVA 10%

TOTALES (IVA

Incluído)

Lote IV Ejercicio 2017 20.554,87 € 2.055,49 € 22.610,37 €

Ejercicio 2018 62.788,14 € 6.278,81 € 69.066,96 €

83.343,02 € 8.334,30 € 91.677,33 €

185.340,46 € 18.534,05 € 203.874,52 €

6. CONDICIONES GENERALES.

El contratista de cada uno de los Lotes está obligado en la prestación del servicio a respetar las normas sociolaborales vigentes en España y en la Unión Europea o de la Organización Internacional del Trabajo. Igualmente, el contratista de cada uno de los lotes, estará obligado en su caso a la subrogación del personal relacionado en anexo adjunto, con arreglo a la normativa laboral vigente y a los convenios colectivos a que se hace referencia en el mencionado anexo. En la prestación del servicio habrán de tenerse en cuenta y respetarse especialmente los preceptos de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, así como los contenidos en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y su integración social. En toda la documentación, publicidad, imagen o materiales que deban aportar los licitadores o que sean necesarios para la ejecución del contrato, deberá hacerse un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar con valores de igualdad la presencia equilibrada, la diversidad y la corresponsabilidad. El contratista de cada Lote deberá someterse en todo momento a las directrices e instrucciones que le sean formuladas por el Distrito, a través de la Unidad de Actividades Culturales, Formativas y Deportivas, con objeto de obtener la máxima eficacia y coordinación. El contratista deberá contar con los medios personales fijados según el lote adjudicado, durante los dos períodos que integran el plazo de ejecución del contrato, garantizando así la correcta calidad y continuidad de los trabajos descritos y resolviendo cualquier incidencia que pudiera producirse en su ejecución.

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El personal estará sometido al poder de dirección y organización del contratista (retribuciones, jornada laboral, instrucciones, etc.) y a todo ámbito y orden legalmente establecido siendo, por tanto, éste el único responsable y obligado al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, Prevención de Riesgos Laborales y fiscal, por cuanto dicho personal en ningún caso tendrá vinculación jurídico-laboral con el Ayuntamiento de Madrid, y ello con independencia de las facultades de control e inspección que legal y/o contractualmente correspondan al mismo. El contratista será responsable de los daños y perjuicios que su personal pudiera ocasionar en la ejecución de la prestación tanto al personal municipal como a los/as participantes de las actividades y ciudadanos/as en general, así como a las instalaciones municipales y otros ámbitos locativos en los que se desarrollen las actividades englobadas en el objeto del contrato. El personal de ejecución del contrato velará por el buen uso y mantenimiento de los espacios e instalaciones que el Distrito habilite para la realización de las prestaciones objeto de la contratación. De acuerdo al apartado 3.6 de la Instrucción de 1/2016 relativa a la incorporación de cláusulas sociales en los contratos celebrados por el Ayuntamiento de Madrid, sus organismos autónomos y entidades del sector público municipal, se considera que debido a que el componente de mano de obra es esencial en la prestación del servicio, el contrato tiene perspectiva social , por lo que el contratista, al inicio del contrato, deberá acreditar mediante declaración responsable la afiliación y el alta en la Seguridad Social de las personas trabajadoras destinadas a la ejecución del contrato, siendo condición especial de ejecución tener documentación completa y verificable sobre los trabajadores y trabajadoras empleados, a presentarla al Órgano de contratación cuando éste lo requiera y a advertir a las personas trabajadoras sobre la posibilidad de una inspección por parte de dicho Órgano.

7. SEGURIDAD Y SALUD. El contratista tiene la obligación de adoptar las medidas de seguridad y salud en el trabajo que sean obligatoria para prevenir de manera rigurosa los riesgos que puedan afectar a la vida, integridad y salud de las personas trabajadoras. Asimismo, deberá acreditar el cumplimiento de las obligaciones siguientes: - La evaluación de riesgos y planificación en la actividad preventiva correspondiente a la actividad contratada. - La formación e información en materia preventiva a las personas adscritas a la ejecución del contrato. - El justificante de la entrega de protección individual que, en su caso, sean necesarios. El contratista deberá acreditar el cumplimiento de estos extremos mediante la documentación que corresponda, acorde a las prestaciones que constituyen el objeto del contrato.

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8. CONFIDENCIALIDAD, PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN.

Primera.- para los lotes I y IV

La empresa adjudicataria y el personal a su servicio en la prestación del contrato, tal y como se define en la letra g) del artículo 3 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, están obligados en su calidad de encargados de tratamiento de datos personales por cuenta del (Órgano de contratación) al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como de las disposiciones que en materia de protección de datos se encuentren en vigor a la adjudicación del contrato o que puedan estarlo durante su vigencia.

La empresa adjudicataria se obliga especialmente a lo siguiente:

1º) Deberá guardar la debida confidencialidad y secreto sobre los hechos, informaciones, conocimientos, documentos y otros elementos a los que tenga acceso con motivo de la prestación del servicio (art. 10 LOPD), sin que pueda conservar copia o utilizarlos para cualquier finalidad distinta a las expresamente recogidas en el presente pliego, incurriendo en caso contrario en las responsabilidades previstas en la legislación vigente (art. 12.4 LOPD).

Igualmente, deberá informar a sus empleados de que sólo pueden tratar la información del Ayuntamiento para cumplir los servicios objeto de este pliego y también de la obligación de no hacer públicos, ceder o enajenar cuantos datos conozcan (artículo 9 LOPD). Esta obligación subsistirá aún después de la finalización del contrato.

2º) Asimismo, deberá incluir una cláusula de confidencialidad y secreto en los términos descritos (art. 10 LOPD) en los contratos laborales que suscriban los trabajadores destinados a la prestación del servicio objeto del presente pliego. La empresa adjudicataria, al igual que su personal, se someterán a los documentos de seguridad vigentes en el Ayuntamiento de Madrid para cada uno de los ficheros a los que tengan acceso, e igualmente a las especificaciones e instrucciones de los responsables de seguridad en materia de protección de datos de cada una de las dependencias municipales afectadas.

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3º) Dicho compromiso afecta tanto a la empresa adjudicataria como a los participantes y colaboradores en el proyecto y se entiende circunscrito tanto al ámbito interno de la empresa como al ámbito externo de la misma. El Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho al ejercicio de las acciones legales oportunas en caso de que bajo su criterio se produzca un incumplimiento de dicho compromiso.

4º) Únicamente tratará los datos personales a los que tenga acceso para la prestación del contrato conforme al contenido de este pliego de prescripciones técnicas y a las instrucciones que el (órgano de contratación)le pueda especificar en concreto y que se incluyan como una Adenda al presente contrato. No aplicará utilizará los datos personales indicados con el fin distinto al previsto en el contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas salvo autorización expresa por parte del responsable del fichero en los términos previstos en el artículo 21 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de Datos de Carácter Personal. 5º) A cumplir todas y cada una de las medidas de seguridad (nivel básico, medio o alto) que sean de aplicación en función de la tipología de datos que se utilicen y traten para la prestación del servicio objeto del presente contrato y que vienen previstas en el Título VIII del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. A este respecto no se registrarán datos de carácter personal en ficheros que no reúnan las condiciones determinadas en el referido Titulo VIII respecto a su integridad y seguridad y a las de los Centros de tratamiento, locales, equipos, sistemas y programas. (Artículo 9.2 LOPD). 6º) El Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho de efectuar en cualquier momento los controles y auditorias que estime oportunos para comprobar el correcto cumplimiento por parte del adjudicatario de sus obligaciones, el cual está obligado a facilitarle cuantos datos o documentos le requiera para ello. 7º) Todos los datos personales que se traten o elaboren por la empresa adjudicataria como consecuencia de la prestación del contrato, así como los soportes del tipo que sean en los que se contengan son propiedad del Ayuntamiento de Madrid. 8º) Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal deberán ser destruidos o devueltos al Ayuntamiento de Madrid conforme a las instrucciones que haya dado, al igual que cualquier soporte o documento que contenga algún dato de carácter personal objeto del tratamiento.

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9ª) De conformidad con lo que establece el artículo 12.4 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el incumplimiento por parte del adjudicatario de las estipulaciones del presente contrato lo convierten en responsable del tratamiento respondiendo directamente de las infracciones en que hubiera incurrido, así como del pago del importe íntegro de cualquier sanción que, en materia de protección de datos de carácter personal, pudiera ser impuesta al Ayuntamiento de Madrid, así como de la totalidad de los gastos, daños y perjuicios que sufra el Ayuntamiento de Madrid como consecuencia de dicho incumplimiento (art. 12.4 LOPD). 10º) Aportará una memoria descriptiva de las medidas que adoptará para garantizar la seguridad, confidencialidad e integridad de los datos manejados y de la documentación facilitada. Dicha memoria deberá contener el nivel de seguridad que permite alcanzar así como información sobre la posibilidad de definir distintos perfiles de acceso, existencia de un mecanismo de identificación y autenticación y, en su caso, descripción de la gestión de contraseñas. También y cuando proceda, el tratamiento que se aplicará a los soportes y documentos, el procedimiento de gestión de copias de respaldo y el contenido del registro de accesos. Asimismo, el adjudicatario deberá informar al organismo contratante, antes de transcurridos siete días de la fecha de comunicación de la adjudicación, la persona que será directamente responsable de la puesta en práctica y de la inspección de dichas medidas de seguridad, adjuntando su perfil profesional. Aportará una memoria descriptiva de las medidas que adoptará para asegurar la confidencialidad e integridad de los datos manejados y de la documentación facilitada. Asimismo, el adjudicatario deberá comunicar al organismo contratante antes de transcurridos siete días de la fecha de la adjudicación la persona que serán directamente responsables de la puesta en práctica y de la inspección de dichas medidas de seguridad, adjuntando su perfil profesional. Segunda.- En los lotes 2 y 3 se atribuye al adjudicatario la condición de responsable de los datos que hubiere de tratar, por lo que: La empresa adjudicataria y el personal a su servicio en la prestación del contrato, tal y como se define en la letra d) del artículo 3 de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, en el supuesto de que procedan al tratamiento de datos de los usuarios, están obligados en su calidad de responsables directos del tratamiento de datos personales al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y el Real Decreto 1720/2007 de 21 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de

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Datos de Carácter Personal, así como de las disposiciones que en materia de protección de datos se encuentren en vigor a la adjudicación del contrato que puedan estarlo durante su vigencia, en especial no aplicarán o utilizarán los datos personales indicados con fin distinto al previsto en el contrato.

9. CLÁUSULAS SOCIALES.

1.- Los bienes o servicios objeto del contrato sean producidos o se desarrollen respetando las normas sociolaborales vigentes en España y en la Unión Europea o de la organización Internacional del Trabajo. Deberá tenerse en cuenta la Convención de Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con diversidad funcional, así como los criterios de accesibilidad universal y de diseño universal o diseño para todas las personas, tal y como son definidos estos términos en el TRLGDPD. 2.- La oferta económica deberá ser adecuada para que el adjudicatario haga frente a todos los costes derivados de la aplicación del Convenio Colectivo, sin que en ningún caso los precios hora de los salarios contemplados puedan ser inferior a los precios hora del Convenio más los costes de la Seguridad Social. 3.- En toda la documentación, publicidad, imagen o materiales que deban aportar los licitadores o que sean necesarios para la ejecución del contrato, deberá hacerse un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas, y fomentar con valores de igualdad la presencia equilibrada, la diversidad y la corresponsabilidad. Corresponderá a la persona responsable del contrato la comprobación del cumplimiento de esta obligación, a cuyo fin llevará a cabo la revisión de la cartelería y documentación, así como de cualquier otro soporte que garantice el cumplimiento de esta obligación. 4.- La empresa adjudicataria deberá adscribir a la ejecución del contrato un número suficiente de equipos informáticos con tecnología adecuada para que sean usables por cualquier persona, con independencia de sus circunstancias personales. 5.- La empresa adjudicataria tiene la obligación de adoptar las medidas de seguridad y salud en el trabajo que sean obligatorias para prevenir de manera rigurosa los riesgos que pueden afectar a la vida, integridad y salud de las personas trabajadoras o usuarios. Asimismo, deberá acreditar el cumplimiento de las obligaciones siguientes: - La evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva correspondiente a la actividad contratada. - La formación e información en materia preventiva a las personas adscritas a la ejecución del contrato. - El justificante de la entrega de equipos de protección individual que, en su caso, sean necesarios.

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La empresa adjudicataria deberá acreditar mediante declaración responsable la afiliación y el alta en la Seguridad Social de las personas trabajadoras destinadas a la ejecución del contrato. Esta obligación se extenderá a todo el personal subcontratado por la empresa adjudicataria principal destinada a la ejecución del contrato. Para la acreditación del cumplimiento de esta obligación, se exigirá a la empresa adjudicataria al inicio de la ejecución del contrato la presentación de una declaración responsable en la que se señale que las personas trabajadoras destinadas a la ejecución del contrato se encuentran afiliadas y dadas de alta en la Seguridad Social. 6.- El cumplimiento de las obligaciones 1, 2, 4 y 5 se acreditará por el adjudicatario con una declaración responsable relativa al cumplimiento de estas obligaciones. Esta declaración deberá presentarse además al inicio del curso siguiente y a la finalización del contrato. El cumplimiento de la obligación 3, se realizará a través de la supervisión de todos los elementos de difusión y publicidad de la empresa, que en todos casos, deberá remitir al Distrito para esta verificación. 7.- Es condición especial de ejecución que la empresa adjudicataria elabore un Informe de Impacto de Género en relación con la ejecución del contrato, con indicadores y datos desagregados por sexo de las personas beneficiarias o usuarias del contrato, así como de la plantilla que ejecutará el mismo, detallando el contenido de las medidas de igualdad aplicadas. El informe deberá aportarse por la empresa adjudicataria antes de la finalización del contrato y deberá ser aprobado por las personas responsables del contrato. 8.- Con carácter previo a la finalización del contrato, la empresa adjudicataria deberá presentar un informe relativo al cumplimiento de las obligaciones sociales exigidas.

Madrid, 12 de junio de 2017

SECCIÓN DE EDUCACIÓN

Fdo.: Alejandro Rivera Cerro

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Fuente Carrantona, 8

28030 Madrid

ANEXO

PERSONAL A SUBROGAR

LOTE 1

Ludoteca, Estudio Dirigido y Apoyo Escolar. CC Eduardo Chillida

Actividad Categoría Profesional Grupo de

Cotización Jornada

Plus

sobre

Convenio

Ludoteca y Apoyo Escolar

Monitor de actividad 4 10h/sem

Monitor de actividad 4 10h/sem

Monitor de actividad 4 10h/sem

Estudio Dirigido y Apoyo Escolar Monitor de actividad 4 8h/sem

Monitor de actividad 4 8h/sem

II Convenio Colectivo Marco Estatal de Ocio Educativo y Animación Sociocultural

LOTE 2

Actividades Complementarias en los CEIP Pasamonte, Francisco de Luis, Pío Baroja y Martínez Montañés

Actividad Categoría Profesional Grupo de

Cotización Jornada

Plus

sobre

Convenio

Apoyo Escolar. FDL Monitor de actividad 4 5h/sem

Ludoteca. FDL Monitor de actividad 4 5h/sem

Apoyo Escolar. PAS Monitor de actividad 4 5h/sem

Ajedrez. PAS Monitor de actividad 4 5h/sem

Ludoteca. PAS Monitor de actividad 4 5h/sem

Apoyo Escolar. MM Monitor de actividad 4 5h/sem

Animación a la Lectura. PIB Monitor de actividad 4 5h/sem

Talleres Creativos. PIB Monitor de actividad 4 5h/sem

II Convenio Colectivo Marco Estatal de Ocio Educativo y Animación Sociocultural

LOTE 3

Servicio de Estimulación Cognitiva Integral en CEIP del Distrito de Moratalaz

Actividad Categoría Profesional Grupo de

Cotización Jornada

Plus

sobre

Convenio

Servicio de Estimulación

Cognitiva Integral en CEIP del

Distrito de Moratalaz

Psicóloga 2 10h/sem

Trabajadora Social 2 2h/sem

Coordinador del Proyecto 2 1h/sem

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30

Fuente Carrantona, 8

28030 Madrid

Convenio Colectivo Estatal de Acción e Intervención Social

LOTE 4

Servicio de Mediación Educativa y Apoyo Escolar

Actividad Categoría Profesional Grupo de

Cotización Jornada

Plus

sobre

Convenio

Servicio de Mediación Educativa

y Apoyo Escolar

2 Psicólogos 2 17,5h/sem

2 Educadores/as 2 17,5h/sem

Coordinador del Proyecto 2 2h/sem

Convenio Colectivo Estatal de Acción e Intervención Social