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Servicios de Salud de Chihuahua Subdirección de Programación y Presupuesto Página 1 POLÍTICAS Y LINEAMIENTOS DEL EJERCICIO DEL GASTO 2016

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Servicios de Salud de Chihuahua

Subdirección de Programación y Presupuesto Página 1

POLÍTICAS Y LINEAMIENTOS DEL

EJERCICIO DEL GASTO 2016

Servicios de Salud de Chihuahua

Subdirección de Programación y Presupuesto Página 2

CONTENIDO

OBJETIVO GENERAL ...................................................................................................................... 5

OBJETIVOS ESPECÍFICOS ........................................................................................................... 5 COMPROMISO PRINCIPAL ........................................................................................................... 5

MARCO LEGAL ................................................................................................................................. 5

CAPÍTULO 1.- FUENTE DE FINANCIAMIENTO ......................................................................... 7 Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud, Ramo 33 .......................................................... 7

Ramo 12 Recursos Federales .................................................................................................................. 7

Seguro Popular ........................................................................................................................................... 7

Cuotas de Recuperación ........................................................................................................................... 8

Aportación Estatal ....................................................................................................................................... 8

CAPÍTULO 2.- ESTRUCTURA PROGRAMÁTICA HOMOLOGADA ........................................ 9

CAPÍTULO 3.- FONDO REVOLVENTE POR FUENTE DE FINANCIAMIENTO ................. 15 3.1 REQUISITOS GENERALES PARA FONDO REVOLVENTE ..................................................... 15

3.2. REQUISITOS GENERALES PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS ............. 17

3.3. REQUISITOS GENERALES POR CONCEPTOS DIVERSOS ................................................. 17

3.4 FONDO REVOLVENTE DE RAMO 33 ........................................................................................... 18

3.5 FONDO REVOLVENTE DE RAMO 12 RECURSOS FEDERALES .......................................... 19

3.6 FONDO REVOLVENTE DE SEGURO POPULAR ....................................................................... 20

3.7 FONDO DE CUOTAS DE RECUPERACIÓN ................................................................................ 21

3.8 REQUISITOS GENERALES PARA CIERRE MENSUAL Y ANUAL.......................................... 23

CAPÍTULO 4.- FONDO DE CAJA ................................................................................................ 24 4.1 Políticas Generales Fondo de Caja ................................................................................................. 24

4.2 Funcionamiento de Caja. .................................................................................................................. 24

CAPÍTULO 5.- FACTURACIÓN ELECTRÓNICA ...................................................................... 25 5.1 POLÍTICAS GENERALES. ............................................................................................................... 25

5.2 EMISIÓN DE FACTURA ELECTRÓNICA: .................................................................................... 26

5.3 Conservación y Almacenamiento De Facturas Electrónicas ...................................................... 26

5.4 Validación De Facturas ..................................................................................................................... 28

CAPÍTULO 6.- NORMATIVIDAD DE PASAJES Y VIÁTICOS ................................................. 31 6.1. Introducción........................................................................................................................................ 31

6.2. Objetivo ............................................................................................................................................... 31

6.3. Ámbito De Aplicación ....................................................................................................................... 31

Servicios de Salud de Chihuahua

Subdirección de Programación y Presupuesto Página 3

6.4. Sujetos ................................................................................................................................................ 31

6.5. Definiciones........................................................................................................................................ 31

6.6.- LINEAMIENTOS GENERALES. .................................................................................................... 32

6.7.- Autorización de Comisiones. ......................................................................................................... 33

6.8.- Otorgamiento De Pasajes Y Gasolina. ......................................................................................... 33

6.9. Comprobación De Pasajes Y Gasolina. ........................................................................................ 34

6.10. Otorgamiento De Viáticos.............................................................................................................. 34

6.11.- Comprobación De Viáticos. ......................................................................................................... 35

6.12. Sanciones. ....................................................................................................................................... 36

6.13. Vigilancia. ......................................................................................................................................... 36

CAPÍTULO 7.- PROCEDIMIENTO DE ADQUISICION DE BIENES, SERVICIOS Y OBRA. ............................................................................................................................................................ 37

Lineamientos de Requisiciones .............................................................................................................. 37

CAPÍTULO 8.- CLASIFICADOR POR OBJETO DEL GASTO ................................................ 42 CAPITULO “2000” MATERIALES Y SUMINISTROS.......................................................................... 42

CAPITULO “3000” SERVICIOS GENERALES .................................................................................... 43

CAPITULO “4000” AYUDAS SUBSIDIOS Y TRANSFERENCIAS ................................................... 46

CAPITULO “5000” BIENES MUEBLES E INMUEBLES ..................................................................... 46

CAPÍTULO 9.- SANCIONES ......................................................................................................... 46

CAPÍTULO 10. VIGENCIA ............................................................................................................. 50

CAPÍTULO 11. MANUAL DE INTERCAMBIO DE SERVICIOS DE LA SECRETARÍA DE SALUD .............................................................................................................................................. 51

1. Objetivo. ........................................................................................................................................... 52

2. Definiciones ...................................................................................................................................... 52

3. Alcance y Cobertura .................................................................................................................... 53

4. Políticas para la Subrogación de Servicios. ............................................................................ 53

5. Urgencia Médica. .......................................................................................................................... 56

7. Servicio Médico a Empleados de Contrato. .......................................................................... 59

8. Intercambio Interno de Servicios. ................................................................................................. 62

10. Etapas del Proceso de Intercambio de Servicios .................................................................. 66

11. DIAGRAMA DE PROCESOS PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS ...................................... 67

12. COMITÉ TÉCNICO MÉDICO-ADMINISTRATIVO .................................................................... 67

13. Formato de Solicitud de Servicios. ........................................................................................ 71

ANEXOS ........................................................................................................................................... 72

ANEXO 1 Solicitud para autorización de vuelo .......................................................................... 73 ANEXO 2 Solicitud de vehiculos ................................................................................................... 74

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Subdirección de Programación y Presupuesto Página 4

ANEXO 3 Tarifa de combustible para viáticos ........................................................................... 75

ANEXO 4 Pliego de comisión ...................................................................................................... 78 ANEXO 5 Informe de actividades del oficio: ............................................................................... 79

ANEXO 6 Comprobación de pliego de comisión ....................................................................... 80

ANEXO 7 Clasificación de Zonas ................................................................................................. 81

ANEXO 8 Solicitud de Suficiencia Presupuestal ........................................................................ 82 ANEXO 9 Carta compromiso ........................................................................................................ 83 ANEXO 10 Solicitud de trasferencia bancaria ............................................................................ 85

ANEXO 11 Formato de conciliación de atenciones medicas ................................................... 86 ANEXO 12 Proceso de cobro a ICHISAL .................................................................................... 87

ANEXO 13 Orden de servicio ........................................................................................................ 88 ANEXO 14 Requisición de Compra ............................................................................................. 89

Anexo 15 Formato de Pago a proveedores ................................................................................ 90 Anexo 16 Formato de reposición de fondo ................................................................................. 91 Anexo 17 Formato Volante de devolución .................................................................................. 92

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Subdirección de Programación y Presupuesto Página 5

OBJETIVO GENERAL

Dar a conocer al personal involucrado en el manejo de los recursos de las diferentes fuentes de

financiamiento, los lineamientos y las políticas del ejercicio del gasto, así como la normatividad

aplicable para dichos recursos.

Lo anterior con la finalidad de llevar un adecuado control del ejercicio de los recursos financieros,

en un contexto de austeridad.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

1. Registrar de manera veraz y en tiempo real la contabilidad.

2. Integrar la información financiera útil y confiable que permita y facilite la toma de

decisiones para una administración eficiente y eficaz.

3. Presentar los Estados financieros contables y presupuestales conforme a lo establecido por

la Ley General de Contabilidad Gubernamental y apegados a CONAC (Consejo

Nacional de Armonización Contable) y a las NIF (Normas de Información Financiera).

4. Ejercer el Presupuesto de las diversas Fuentes de Financiamiento de acuerdo a los techos

presupuestales autorizados promoviendo una distribución de los recursos que permitan

atender prioridades y metas estratégicas de los programas.

5. Eficientar el ejercicio del gasto mediante la aplicación de un esquema de racionalidad,

austeridad y disciplina presupuestaria, apegados a las reglas de operación de cada fuente

financiamiento.

COMPROMISO PRINCIPAL

El personal involucrado en el ejercicio de los recursos deberá implementar estrategias de

austeridad a través de una administración eficiente, aplicando el recurso en las áreas en donde

este sea prioridad para hacer fortalecer a las unidades y la calidad de los servicios.

MARCO LEGAL

1. Acuerdo de Coordinación que celebran las Secretarías de Salud, de Hacienda y Crédito

Público, de Contraloría y Desarrollo Administrativo, y el Estado de Chihuahua, así como la

Federación de Sindicatos de Trabajadores al Servicio del Estado y el Sindicato Nacional de

Trabajadores de la Secretaría de Salud, para la descentralización integral de los Servicios

de Salud en la Entidad, publicado el 13 de Octubre de 1998 en el Diario Oficial de la

Federación.

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Subdirección de Programación y Presupuesto Página 6

2. Ley Orgánica del Organismo Público Descentralizado Servicios de Salud de Chihuahua

publicada el 1 de Octubre de 1997.

3. Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Contratación de Servicios y Obra Pública del Estado

de Chihuahua.

4. Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

5. Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del estado de Chihuahua.

6. Ley de Coordinación Fiscal.

7. Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

8. Acuerdo por el que se expide el Clasificador por objeto del gasto para la Administración

Pública Federal.

9. Ley General de Salud

10. Lineamientos para la Integración Programática Presupuestal.

11. Ley de Adquisiciones, Arrendamiento, Contratación de Servicios y Obra Pública.

12. Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente.

13. Ley General para Prevención y Gestión Integral de los Residuos.

14. Disposiciones específicas para facilitar la planeación y ejercicio del Presupuesto de Egresos

de la Federación.

15. Código Fiscal de la Federación.

16. Lineamientos para la integración del Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio

fiscal en curso, elaboración y autorización de sus calendarios de presupuesto, carga de los

calendarios de los anexos transversales y modificaciones de sus metas.

17. Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

18. Ley General de Contabilidad Gubernamental.

19. Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

20. Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Desarrollo

Humano de OPORTUNIDADES (PROSPERA).

21. Reglas de Operación del Programa de Unidades Médicas Móviles.

22. Anexo IV, conceptos del gasto (vigencia según año en curso)

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Subdirección de Programación y Presupuesto Página 7

CAPÍTULO 1.- FUENTE DE FINANCIAMIENTO

El presupuesto asignado al Organismo Público Descentralizado de Servicios de Salud de

Chihuahua se compone de cinco Fuentes de Financiamiento como se detallan a continuación:

Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud de Chihuahua, FASSA/Ramo 33.

Seguro Popular.

Cuotas de Recuperación.

Ramo 12.

Aportación Estatal.

Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud, Ramo 33

Recursos que la Federación transfiere a las haciendas públicas de los Estados, Distrito Federal, y en

su caso, de los Municipios, condicionando su gasto a la consecución y cumplimiento de los

objetivos que para cada tipo de aportación establece esta Ley, para varios fondos entre los

cuales está el Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud.

Son aportaciones de la federación a las entidades federativas y al Distrito Federal, que tienen

como destino atender los gastos de los Servicios de Salud, de acuerdo al artículo 30 de la Ley de

Coordinación Fiscal, el monto se determina anualmente en el Presupuesto de Egresos de la

Federación.

El recurso que llega de la Federación correspondiente al Ramo 33 y que se integra del Fondo de

Aportaciones para los Servicios de Salud, es transferido vía Gobierno del Estado a través de la

Secretaría de Hacienda, quien a su vez entrega los recursos a Servicios de Salud de Chihuahua.

Una vez que ha sido autorizado el Presupuesto anual, este es distribuido en Servicios de Salud de

Chihuahua a cada Jurisdicción y Hospital por los encargados de los programas presupuestarios.

Ramo 12 Recursos Federales

Recursos federales etiquetados para desarrollar programas en los sistemas estatales en materia de

Salud y Asistencia Social. Este recurso es ministrado por la Secretaría de Hacienda Federal a través

de convenios de transferencia de recursos federales establecidos con la Secretaría de Salud para

programas específicos.

Seguro Popular

El Sistema de Protección Social en Salud cuenta con un esquema tripartita en donde se establece

una cuota financiada por el Gobierno Federal por cada beneficiario afiliado, por lo tanto se

establece como base los beneficiarios afiliados.

El financiamiento público de estos servicios se realiza de acuerdo con aquellas intervenciones

incluidas en el Catálogo Universal de Servicios de Salud (CAUSES) y el conjunto de enfermedades

denominadas como gastos catastróficos. Los recursos provienen de las siguientes fuentes:

Cuota Social (CS). Este rubro se financia en su totalidad con recursos adicionales, los cuales

se presupuestan dentro de la Secretaría de Salud. El Gobierno Federal cubrirá anualmente

una Cuota Social por cada familia beneficiaria del Sistema de Protección Social en Salud

equivalente al quince por ciento de un salario mínimo general vigente diario para el Distrito

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Subdirección de Programación y Presupuesto Página 8

Federal. La cantidad resultante se actualizará trimestralmente de acuerdo a la variación

del Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC).

Aportación Solidaria Federal (ASF). Esta aportación es asignada a las entidades mediante

el Fondo de Aportaciones a los Servicios de Salud a la Persona de acuerdo con lo

establecido en la Ley. Al inicio de cada ejercicio fiscal se realiza el cálculo anual de la

Cuota Social que estará vigente durante todo el ejercicio fiscal en curso, el monto de

dicha cuota estará determinado por la actualización que se haga de la misma con base

en el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC). La Aportación Solidaria Federal que

el Gobierno Federal transfiere a las entidades federativas equivale a 1.5 veces la Cuota

Social en promedio nacional.

Aportación Solidaria Estatal (ASE). Los Gobiernos de las entidades federativas realizan esta

aportación a partir de sus propios presupuestos estatales. De acuerdo a lo referido en los

Lineamientos para la Integración de la Aportación Solidaria Estatal del Sistema de Protección

Social en Salud, sólo se consideran los recursos que los estados y el Distrito Federal destinen a la

prestación de los servicios de salud a la persona presupuestados en el ejercicio vigente.

Por lo tanto se consideran Servicios de Salud a la persona lo siguiente:

Servicios médicos y de diagnósticos básicos.

Atención odontológica ambulatoria.

Los demás servicios médicos especializados.

Los demás servicios de atención ambulatoria.

El presupuesto se transfiere a las Secretarías de Hacienda Estatales, quienes a su vez envían el

recurso a los Regímenes Estatales de Protección Social en Salud (REPSS) y este los transfiere a

Servicios de Salud de Chihuahua.

Cuotas de Recuperación

Las cuotas de recuperación son las cantidades que cubren los usuarios de los Servicios Médico

Asistenciales o de apoyo a la salud como prestación a las unidades aplicativas y hospitalarias que

integran los Servicios Estatales de Salud.

El propósito del Sistema de Cuotas de Recuperación de los Servicios de Salud es alcanzar un

óptimo aprovechamiento de los recursos provenientes por este concepto, buscando que las

mismas se fundamenten en principios de solidaridad social y que signifiquen un sólido soporte

financiero para las unidades aplicativas y hospitalarias, atendiendo a las políticas de austeridad,

transparencia y racionalidad en el manejo de los fondos públicos.

Aportación Estatal

Recursos Estatales asignados por medio del Presupuesto de Egresos del Estado, los cuales son

autorizados en Servicios de Salud de Chihuahua para el pago exclusivo de nómina de contrato

del personal de nuevas unidades, programa antirrábico, equipamiento y demás acciones para

brindar servicios de calidad a los usuarios Chihuahuenses.

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Subdirección de Programación y Presupuesto Página 9

CAPÍTULO 2.- ESTRUCTURA PROGRAMÁTICA HOMOLOGADA

Categoría Programática Concertada entre la Secretaría de Salud y los Servicios de Salud de

Chihuahua.

Son las actividades Institucionales relativas a Programas, Proyectos y Acciones de Salud, de

acuerdo a los objetivos y estrategias del Programa Nacional de Salud.

Su utilidad básica es la de servir como un clasificador o traductor a nivel Nacional.

Los recursos autorizados a través del Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud, son

distribuidos de acuerdo a la Estructura Programática Homologada, la cual se detalla a

continuación.

ESTRUCTURA PROGRAMÁTICA HOMOLOGADA

AIE DESCRIPCIÓN OBJETIVO

E18

Realizar valoraciones escolares para la

detección gruesa de problemas de

salud

Realizar valoraciones clínicas en los escolares

para identificar alteraciones o problemas de

salud que limiten el aprendizaje y

aprovechamiento.

E22 Fortalecer la base social Formar comités locales de salud para

fortalecer la base social.

E23 Capacitación para el desarrollo de

competencias en salud

Otorgar conocimientos a la población que le

permitan la modificación y control de los

determinantes de la salud.

E24 Impulsar y fortalecer la red

chihuahuense de municipios por la salud

Llevar a cabo reuniones de trabajo regionales

y con la mesa directiva de la Red

Chihuahuense de Municipios por la Salud.

E19

Fortalecer el desarrollo de competencias

en salud en la población a través de

talleres comunitarios en salud

Desarrollar en la población conocimientos,

capacidades, prácticas, habilidades y

destrezas que le permitan la modificación y

control de los determinantes de la salud.

E19.1

Fortalecer el desarrollo de competencias

en salud en la población a través de

campañas de salud

Motivar actitudes y comportamientos tanto

individuales como sociales encaminados a

promover la salud del público.

NE19.1

Estrategia de prevención y promoción

de la salud durante la línea de vida y

cartillas nacionales

Asegurar que en todas las unidades de

atención primaria se otorguen servicios

integrales para la prevención de

enfermedades y promoción de la salud de

acuerdo con la edad y el sexo de cada

persona o estado de vida en particular.

E86 Prevención de los accidentes y violencia

en menores de 5 años

Evitar accidentes y violencia en menores de 5

años.

NE19.2

Atención integral en línea de vida

mediante el otorgamiento del paquete

garantizado de los jornaleros agrícolas

migrantes y sus familias

Otorgar atención integral a los jornaleros

agrícolas migrantes y sus familias para que

reciban las acciones del paquete garantizado.

E28

Garantizar a la población la dotación de

métodos de planificación familiar

incluida la orientación - consejería

Contribuir a la disminución de embarazos no

deseados y de riesgo.

Servicios de Salud de Chihuahua

Subdirección de Programación y Presupuesto Página 10

E123

Cáncer cervicouterino

Disminuir la tasa de morbilidad y mortalidad en

la población con mayor riesgo al cáncer

cervicouterino.

E123.1 Cáncer mamario

Brindar atención, orientación, consejería,

realizar la detección temprana de cáncer

mamario en diferentes grupos de edad.

E29 Salud mental Atender los trastornos de la sociedad de

manera oportuna.

E30

Desarrollar campañas y acciones

preventivas para la construcción de

estilos de vida sin abuso de sustancias

Concientizar a la sociedad en general para la

disminución de daños por el uso, abuso, y

consumo de las sustancias adictivas.

E25

Desarrollar campañas de donación de

sangre altruista para la promoción y

captación de tejido sanguíneo

Establecer una coordinación óptima con las

instituciones educativas públicas y privadas así

como del sector empresarial para la

implementación de campañas de donación

voluntaria de tejido sanguíneo.

E32.P

Realizar los procedimientos de

laboratorio correspondientes para

certificar la calidad de la sangre

Implementar los procedimientos de calidad en

el ingreso, estudio y egreso del tejido

sanguíneo garantizando con ello la máxima

seguridad.

E38

Atención a grupos vulnerables y

fortalecimiento de oferta de servicios a

la comunidad indígena

Apoyar con acciones de salud a la población

de difícil acceso.

E97

Priorización de las acciones para la salud

materno infantil en comunidades rurales

(EEC)

Proporcionar atención de mayor calidad a la

población, para así elevar el nivel de vida,

coadyuvando a disminuir la incidencia de

morbilidad y mortalidad en los principales

problemas de salud de la comunidad logrando

la cobertura de la población sin acceso.

E98

Otorgar a la población servicio de

atención médica. Promoción y

prevención de la salud en comunidades

rurales de municipios serranos (Brig.

Perm. )

Ampliar la cobertura de Servicios de Salud a la

población no derechohabiente y con difícil

acceso a una unidad de salud.

E79 Vigilancia del embarazo, parto y

puerperio

Brindar información y servicios de salud de

calidad para garantizar un embarazo

saludable un parto seguro y un puerperio sin

complicaciones a todas las mujeres mexicanas

así como igualdad de oportunidades de

crecimiento y desarrollo a todas las niñas y

niños.

E88 Participación de los adolescentes en el

cuidado de su salud

Evitar que los adolescentes asuman conductas

de riesgo mediante el desarrollo de habilidades

para la vida.

E63.1 Otorgar la atención integral a las

personas con VIH SIDA Lograr carga viral indetectable.

E63.2 Promover estrategias de prevención de

la transmisión sexual Promover educación sexual.

Servicios de Salud de Chihuahua

Subdirección de Programación y Presupuesto Página 11

E63.3

Proporcionar los recursos humanos,

materiales y financieros necesarios para

la operación de los CAPASITS.

Proporcionar consulta integral.

109.8

Capacitar a los grupos de ayuda mutua

activos y Jurisdicciones Sanitarias, así

como en los procesos de acreditación y

supervisión de los grupos de ayuda

mutua.

Capacitar y supervisar la gestión de grupos de

ayuda, como herramienta para mejorar la

calidad de vida del adulto mayor.

E121

Garantizar que la población usuaria de

los servicios institucionales de salud se

incorpore oportunamente a los

programas de detección y tratamiento

de las enfermedades crónico-

degenerativas

Reducir los daños a la salud de la población

adulta y adulto mayor.

E122

Asegurar institucionalmente que los

servicios de detección y tratamiento se

otorguen en el 100% de los usuarios de

los servicios institucionales de salud para

la atención de las enfermedades

crónico-degenerativas

Contribuir a elevar la calidad de vida de los

adultos mayores en el tratamiento de

enfermedades crónico-degenerativas.

E68 Programa de atención de

envejecimiento

Atender la creciente población de adultos

mayores y sus padecimientos específicos

E77 Salud bucal

Atender oportunamente los padecimientos

bucodentales por demanda de servicio a

través de actividades preventivas y curativas

con equipo, instrumental, insumos y recursos

humanos necesarios para una buena atención

dental.

E77P Salud bucal

Promover, prevenir y proteger la salud bucal

de la población para disminuir la carga de

morbilidad bucal, coadyuvando a mejorar la

calidad de vida.

E104 Controlar a los pacientes con

tuberculosis pulmonar

Cortar la cadena de transmisión, y lograr la

curación de al menos 85% de los pacientes.

E74 Controlar la lepra

Dar seguimiento y control de los casos de lepra

para lograr la curación del 100% al término del

año de tratamiento.

E60 Vectores Diagnosticar el padecimiento para evitar

transmisión de Paludismo

E72 Eliminar el riesgo de transmisión de la

rabia a la población

Lograr cobertura de vacunación para evitar el

padecimiento.

E75 Atender las urgencias epidemiológicas Establecer protocolos para la atención de

urgencias epidemiológicas.

E75.1 Atender los desastres naturales Atender oportunamente los desastres

naturales.

E76 Desarrollar el sistema de vigilancia

epidemiológica de cólera

Identificar oportunamente casos sospechosos

de cólera para evitar su transmisión.

E76.1 Desarrollar el sistema de vigilancia

epidemiológica para laboratorio Identificar oportunamente casos sospechosos.

Servicios de Salud de Chihuahua

Subdirección de Programación y Presupuesto Página 12

E40 Realizar verificaciones sanitarias

Proteger la salud de la población mediante la

vigilancia y el control sanitario, constatar el

cumplimiento de la normatividad sanitaria, así

como intervenir, corregir y prevenir los efectos

del medio ambiente en la salud.

E43 Tomar muestras para control sanitario

Mediante la toma de muestras de productos

constatar la inocuidad sanitaria de éstos, así

como proteger la salud de la población del

riesgo ocasionado por la exposición a

productos de consumo contaminados,

alterados o falsificados.

E44 Otorgar autorizaciones sanitarias

Garantizar a la población chihuahuense que

las actividades relacionadas con la salud

realizada por las personas físicas o morales,

importación y exportación de insumos y

alimentos y su publicidad, cumplan con las

disposiciones legales aplicables.

E45 Realizar dictámenes sanitarios

Proteger la salud de la población contra los

riesgos sanitarios mediante la evaluación,

emisión de opiniones técnicas jurídicas y la

aplicación oportuna y eficaz de las medidas

necesarias para prevenirlos, minimizarlos o

eliminarlos.

E48 Realizar acciones de fomento sanitario

Proteger la salud de la población a través de la

aplicación de acciones tendientes a promover

la mejora continua de las condiciones

sanitarias de los procesos, productos, métodos,

instalaciones, servicios o actividades que

puedan provocar un riesgo a la salud.

E41 Protección contra riesgos sanitarios con

participación interinstitucional

Proteger la salud de la población a través del

fortalecimiento de la capacidad de respuesta

interinstitucional para la atención de

emergencias, así como del cuidado del medio

ambiente, implementando estrategias de

prevención y control de calidad del aire.

E34 Laboratorio Estatal de Salud Pública

Brindar apoyo al primero y segundo nivel de

atención, en materia de procesamiento de

muestras.

E78 Garantizar la atención de los usuarios

que demandan el servicio

Atender las necesidades de servicio de la

población Chihuahuense.

E99

Otorgar atención médica de primer nivel

a localidades rurales clasificadas con

difícil y muy difícil acceso (PAC)

Garantizar la atención médica del primer nivel

de atención en las comunidades clasificadas

de difícil y muy difícil acceso, para disminuir los

índices de Morbilidad y Mortalidad.

E76-1 Vacunación

Prevenir las enfermedades que más

frecuentemente afectan a este grupo de

edad.

E73.P Recuperación de la mala nutrición de

niños menores de 5 años

Lograr la recuperación de niños con mala

nutrición.

E85.1 Atención de infecciones diarreicas

agudas en menores de 5 años Atender los padecimientos más frecuentes.

E85.2 Atención de infecciones respiratorias

agudas en menores de 5 años Atender los padecimientos más frecuentes.

Servicios de Salud de Chihuahua

Subdirección de Programación y Presupuesto Página 13

E06

Realizar actividades de supervisión

integral estatal a las unidades de primer

nivel de atención

Supervisar y acreditar las unidades médicas.

E81 Realizar el tamiz auditivo a los recién

nacidos en los hospitales que atienden

partos de la Secretaria de Salud para

prevenir la discapacidad auditiva en la

población infantil

Establecer el Tamiz Auditivo Neonatal como un

procedimiento rutinario y obligatorio en los

hospitales de la Secretaria de Salud, para la

detección oportuna de hipoacusia y sordera.

E80

Cubrir oportunamente las atenciones de

urgencias que sean requeridas por la

población usuaria en el estado

Atender a las personas en caso de urgencia.

E87

Realizar cirugías reconstructivas de labio

y paladar hendido y secuelas de

quemaduras, así como las de catarata

en adultos mayores (cirugías

extramuros).

Atender la necesidad de la población

marginada del Estado en el campo de la

cirugía especializada.

E82 Otorgar consulta externa del primer nivel

de atención a la población Atención médica de primer nivel de atención.

E84.P Atención especializada del parto y

puerperio inmediato

Proporcionar atención del parto y puerperio

inmediato a toda mujer que así lo solicite en las

unidades hospitalarias.

E85-P

Otorgar consulta especializada a la

población demandante en las unidades

hospitalarias de los Servicios de Salud

Brindar consulta especializada a la población

derechohabiente del Seguro Popular y

población abierta que sea referenciada por las

unidades de primer nivel o que así lo requiera.

E86-P

Implementar tratamientos médicos y/o

quirúrgicos que requieran los pacientes

hospitalizados para el restablecimiento

de su salud

Atención médica hospitalaria de segundo

nivel.

E14 Actualización y capacitación a personal

administrativo de apoyo y directivo

Incrementar la capacitación continua al

trabajador de base de los Servicios de Salud.

E14.P Capacitar a los prestadores de servicio

social

Coadyuvar a la formación de los Recursos

Humanos en Servicio Social.

E17

Efectuar la capacitación al personal en

salud adscrito a los Servicios de Salud de

Chihuahua

Difundir las acciones sustantivas del programa

y actualizar el conocimiento del personal

operativo para mejorar el diagnóstico

oportuno del cáncer en la infancia y

adolescencia.

E07

Utilizar los avances del internet para

mejorar y hacer más eficiente la

práctica médica

Actualizar las herramientas soporte a la

práctica clínica.

E08

Impulsar la conectividad en aquellas

unidades que aún operan de manera

aislada

Integración a las redes de comunicación.

E11

Instrumentación y seguimiento al FASSA,

planeación, seguimiento, evaluación y

control de avances en la aplicación de

los recursos en jurisdicciones y unidades

médicas

Identificar el origen por financiamiento de

rectoría, comunidad, persona y generación de

recursos, por función, actividad homologada y

actividad estatal de los recursos humanos,

gastos de operación y de inversión.

Servicios de Salud de Chihuahua

Subdirección de Programación y Presupuesto Página 14

E11.P

Desarrollar programas de actualización y

supervisión a unidades hospitalarias para

el seguimiento de metas normatividad y

recursos

Realizar supervisiones para actualizar conocer,

gestionar y solucionar las diferentes situaciones

presentadas en las unidades hospitalarias.

E13 Fortalecer las actividades de los Servicios

de Salud de Chihuahua para la

planeación y evaluación de actividades

institucionales

Capacitar al personal en los temas necesarios

para la oportuna planeación de actividades y

su posterior evaluación.

E13.3 Mejora de indicadores en salud

Mejorar el manejo de los principales

indicadores de salud para generar información

necesaria para la toma de decisiones.

E13.4

Fortalecimiento de la calidad en

infraestructura de las unidades médicas

de servicios de salud

Realizar obras y mantenimiento necesarias

para mejorar la calidad en los servicios de

salud en infraestructura

E18.1 Promover alimentación y actividad física Coadyuvar a disminuir la morbilidad por

obesidad y sedentarismo

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Subdirección de Programación y Presupuesto Página 15

CAPÍTULO 3.- FONDO REVOLVENTE POR FUENTE DE FINANCIAMIENTO

El presente documento tiene la finalidad de regular y establecer las normas para el manejo

adecuado del fondo revolvente 2016. Es importante señalar que este recurso se otorga para cubrir

gastos de operación, que por sus características o circunstancias, pueden ser ejercidos de

manera inmediata, proporcionando a los usuarios flujo de efectivo, capacidad de pago y

herramientas para mejorar negociaciones y precios con los distintos proveedores.

3.1 REQUISITOS GENERALES PARA FONDO REVOLVENTE

El resguardante será el Administrador de la Unidad, quien deberá firmar un pagaré por la

cantidad asignada a la operación, misma que será depositada a las Unidades

(Jurisdicción, Subsede, Hospital o Unidad correspondiente).

El monto del fondo y los ajustes al mismo serán determinados anualmente por la

Subdirección de Programación y Presupuesto, con base en un previo análisis de las

necesidades de dichos gastos, se otorgara un fondo revolvente por fuente de

financiamiento para Jurisdicciones y Hospitales.

El tope máximo para compras realizadas con el fondo revolvente es de $50,000.00,

quedando prohibido fraccionar dichas compras.

No se deberá exceder el gasto tanto en el importe asignado para el fondo revolvente, así

como en el presupuesto autorizado.

Cada unidad deberá hacer una proyección de gastos para el ejercicio fiscal en curso

calendarizada por mes.

Toda la documentación comprobatoria deberá cumplir con los lineamientos que expide el

Servicio de Administración Tributaria y Secretaria de Hacienda y Crédito Público.

Desarrollar e implementar estrategias administrativas cuantificables.

Implementar un control presupuestal que permita conocer el presupuesto disponible y

ejercido por fuente financiamiento.

Las facturas deberán contener los datos como a continuación se menciona:

Nombre del Organismo: Servicios de Salud de Chihuahua

Registro Federal Contribuyentes: SSC971029MU9

Domicilio fiscal: Calle Tercera No. 604

Colonia: Zona Centro

Código Postal: C.P.31000

Ciudad: Chihuahua, Chih.

Para la reposición del fondo deberá remitir de manera oportuna a la Subdirección de

Programación y Presupuesto, únicamente los documentos validados y pagados.

Procurando no afectar la liquidez de la unidad, y enviando la comprobación cuando haya

ejercido el 25% del total de su fondo. Si la documentación cumple con los requisitos

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Subdirección de Programación y Presupuesto Página 16

solicitados de acuerdo a los lineamientos el recurso será reintegrado, mediante el formato

de reposición de fondo (Anexo 16).

No se deberá generar pasivo, ya que el fondo revolvente es otorgado para pago directo

al proveedor.

Queda prohibido realizar préstamos y transferencias entre fuentes de financiamiento y

programas.

El pago de los contratos de renta de inmuebles, renta de copiadoras, mensajería y

mantenimiento serán depositados por Oficina Central a la Unidad directamente conforme

sean recibidas las facturas con sello, firma, con documentación soporte y validadas.

Los contratos de vigilancia y limpieza serán pagados al proveedor directamente en Oficina

Central. (Se deberá anexar a la factura la nota de crédito correspondiente a las faltas del

personal para efectuar el descuento al prestador de servicios).

Los fondos de caja estarán sujetos a verificaciones, conteos y arqueos periódicos por parte

de la Subdirección de Programación y Presupuesto, en apego a los lineamientos que

dispongan a objeto de determinar la razonabilidad y honestidad en su manejo.

Los servicios básicos, de las oficinas administrativas, serán pagados con Ramo 33 y los

gastos generados por estos conceptos en los centros de salud y hospitales serán pagados

con Seguro Popular.

Los comprobantes deberán cumplir con las disposiciones fiscales del Servicio de

Administración Tributaria (SAT) y la Secretaria de Hacienda y Crédito Público.

Contener impreso el nombre, denominación y/o razón social, domicilio fiscal y clave

del registro federal de contribuyentes de quien lo expide.

Número de folio impreso.

Lugar y fecha de expedición.

Cantidad o clase de mercancía que ampara el documento.

Valor unitario consignado en número y el importe total en número y letra, así como

el valor de los impuestos aplicables según corresponda.

Fecha de impresión y datos de identificación del impresor autorizado.

No se aceptaran para trámite de comprobación, los documentos con alteraciones,

tachaduras o enmendaduras con corrector.

Los comprobantes deberán contener lo siguiente:

En todos los conceptos del gasto, deberá especificar el concepto y/o motivo del

gasto, así mismo deberá plasmar en el frente del documento los siguientes datos:

a) Justificación del gasto.

b) Programa y segmento de negocio asignado por la Subdirección de

Programación y Presupuesto.

c) Sello de: “Recibí el bien o servicio”, nombre y rúbrica del responsable del

área que recibió el bien o servicio.

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Subdirección de Programación y Presupuesto Página 17

d) Firma del Responsable del área de Programación y Presupuesto, o área

financiera.

3.2. REQUISITOS GENERALES PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

Requisición con su debida justificación, firmada por el responsable del área solicitante.

Orden de compra debidamente autorizada.

A las adquisiciones mayores de $2,000.00 deberán anexarle la tabla comparativa de

cuando menos 3 proveedores.

En el caso de realizarse compras en Oficina Central, el pago correspondiente será con

cargo al presupuesto de la Unidad que solicitó el bien o servicio.

Las compras que se generen con carácter de urgencia se deberán efectuar de

preferencia con los proveedores ganadores de las licitaciones, por lo que se deberá

establecer estrecha comunicación para este fin, con la Subdirección de Programación y

Presupuesto de Oficinas Centrales para la obtención de los precios más favorables para el

organismo. (Urgencia se define como una situación en la se comprometa la prestación del

servicio o la vida de una persona). Así mismo se informa que la compra deberá ser

justificada por escrito por el área solicitante y con el visto bueno del área correspondiente

de Oficina Central.

3.3. REQUISITOS GENERALES POR CONCEPTOS DIVERSOS

En la factura correspondiente al pago del bien o servicio deberá incluir el sello presupuestal

con los datos de programa, actividad y partida del gasto, así como el sello “Recibí el bien

o servicio” con nombre y firma.

Las comisiones bancarias por manejo de cuenta de Banamex deberán registrarse a

deudores diversos, y posteriormente ser reportadas mediante oficio a la Subdirección de

Programación y Presupuesto, anexando copia del estado de cuenta bancario para su

bonificación.

Cabe señalar que las comisiones bancarias que se deriven por sobregiros en el saldo, serán

responsabilidad de los directivos de la unidad y deberán ser reintegradas a la cuenta

bancaria correspondiente.

Para poder efectuar los pagos correspondientes a los servicios prestados por terceros,

deberá contar previamente con copia del contrato establecido y debidamente

autorizado, por lo que deberá solicitarlo ante la Subdirección de Recursos Materiales, esto

con la finalidad de verificar y cumplir con las cláusulas e importes pactados en el mismo.

Los intereses bancarios serán registrados en acreedores diversos para posteriormente

cancelarlos con el oficio de la instrucción de retiro enviado a la Subdirección de

Programación y Presupuesto, el cual se realizara vía electrónica. En el caso de otros

Bancos, se deberá elaborar cheque y depositarlo al Departamento de caja de Oficina

Central especificando la Fuente de Financiamiento.

Toda compra será cargada directamente al presupuesto de la unidad que la realice.

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Subdirección de Programación y Presupuesto Página 18

3.4 FONDO REVOLVENTE DE RAMO 33

LINEAMIENTOS DE FONDO REVOLVENTE PARA JURISDICCIONES

Se asignará una cantidad al inicio de año como Fondo Revolvente para cada una de las

Jurisdicciones, Hospitales y Unidades.

El ejercicio del gasto para el año en curso deberá ser apegado estrictamente a su Presupuesto

Autorizado, ya que no serán pagados gastos adicionales al mismo.

Se especifica que No es Fondo de Caja, para el cual los lineamientos son diferentes.

El presupuesto autorizado se dará a conocer durante el mes de enero del año en curso, mismo

que estará distribuido por actividad, partida presupuestal y calendarizado por mes.

Se deberá llevar un ESTRICTO CONTROL PRESUPUESTAL durante el ejercicio y efectuar gastos

únicamente en las partidas presupuestales que cuenten con suficiencia.

Así mismo se deberá tomar en cuenta el gasto pagado en Oficina Central con cargo al

presupuesto autorizado de la unidad.

De ser necesaria una reclasificación entre partidas presupuestales, se deberá solicitar autorización

al encargado de programa de Oficina Central y a la Subdirección de Programación y

Presupuesto.

Con este Fondo revolvente la Unidad podrá pagar gastos como:

Viáticos para los diferentes programas y actividades (otorgar viáticos a los programas de

acuerdo a su Presupuesto autorizado y a la normatividad vigente).

Gastos de papelería.

Consumibles de impresoras.

Gasolina.

Otros conceptos varios que se pagan con Ramo 33

Restricciones para el pago de conceptos y montos con Fondo revolvente:

No se autoriza la adquisición de activos fijos con recursos de Ramo 33.

Las partidas presupuestales de 25401 materiales y accesorios médicos, 25501 materiales y

accesorios para laboratorio y 25101 sustancias químicas no serán pagadas con Ramo 33.

Para el medicamento con folio de autorización se realizará la transferencia independiente

al fondo revolvente.

Las facturas de gastos generados en centros de salud y hospitales deben ser pagados con

fondo revolvente de seguro popular (de acuerdo a las partidas presupuestales

autorizadas).

NOTA:

Los importes para gastos de brigadas se depositan mensualmente, independientes a este

fondo revolvente. Para el pago de la brigada se tendrá un mes de desfase únicamente

por lo que deberá entregar comprobación del mes anterior antes de depositar la brigada

del mes siguiente. (Ejemplo, para transferir el importe de la brigada del mes de marzo,

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Subdirección de Programación y Presupuesto Página 19

deberá estar comprobado el mes de enero, para trasferir el importe del mes de abril,

comprobado el mes de febrero, etc.)

Departamento de Control del Presupuesto extensiones 21580, 21712, 21713.

3.5 FONDO REVOLVENTE DE RAMO 12 RECURSOS FEDERALES

1. El fondo revolvente para el Programa Unidades Médicas Móviles es únicamente para el

gasto de operación por concepto de viáticos, mantenimiento de vehículos y combustibles,

de ser requerido algún otro insumo deberá solicitar autorización a la Subdirección de

Programación y Presupuesto.

2. El fondo revolvente para el Programa Oportunides (PROSPERA) es para el gasto de

operación por concepto de viáticos, mantenimiento de vehículos materiales y útiles de

oficina y combustibles, de ser requerido algún otro insumo deberá solicitar autorización a la

Subdirección de Programación y Presupuesto.

Encargados de programa

3. Es responsabilidad del encargado de cada programa dar seguimiento a las solicitudes de

suficiencia, solicitud de ministración de recurso a las jurisdicciones, hospitales y unidades

tanto en la ejecución como en la comprobación de los mismos, apegándose en todo

momento a las políticas y lineamientos vigentes de Servicios de Salud de Chihuahua,

cuidando el máximo aprovechamiento del recurso sin limitar las necesidades y acciones

que debe de realizar cada programa.

4. Deberán de ser estrictamente por los conceptos y partidas autorizadas de cada programa

de no ser así, será rechazada la comprobación.

5. Todas las facturas deberán de ser firmadas por el encargado de programa adjuntado

documentación soporte como sigue:

En el caso de insumos: orden de compra, requisición, tabla comparativa y 3

cotizaciones.

En el caso de capacitaciones: además del punto anterior, factura integral por el

concepto capacitación, listas de asistencia, evidencia fotográfica del evento y de

los insumos incluidos como lonas, material de apoyo, lugar del evento, mobiliario,

equipo, además incluir el programa del evento. Las cotizaciones deberán de ser de

tres empresas diferentes de organización de eventos y capacitaciones.

En el caso de combustible: las bitácoras de los vehículos.

En el caso de Auxiliares de salud: solicitar a las jurisdicciones envíen copia del alta

del auxiliar de salud (por única ocasión) con su identificación, póliza a nombre del

auxiliar, listado de nómina.

6. En el caso de vehículos autorizados: deberán de hacer llegar el resguardo del vehículo,

bitácoras de uso y fotografía del vehículo con logotipos.

7. Atender y apoyar en la comprobación de acuerdo a las indicaciones del nivel federal.

Para jurisdicciones, hospitales y unidades

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Subdirección de Programación y Presupuesto Página 20

8. Son responsabilidad del Administrador los recursos ministrados a la unidad, por lo anterior,

deberán de coordinarse con los encargados de cada programa tanto para la ejecución

como para la comprobación de los mismos, apegándose en todo momento a las políticas

y lineamientos vigentes de Servicios de Salud de Chihuahua, cuidando el máximo

aprovechamiento del recurso sin limitar las necesidades y acciones que debe de realizar

cada programa.

9. Las comprobaciones deberán de ser estrictamente por los conceptos y partidas

autorizadas de cada programa de no ser así, será rechazada la comprobación.

10. Los recursos ministrados deberán de comprobarse lo antes posible para que estén en

posibilidades de recibir más recurso, de no comprobarse después de 3 meses de radicado,

será retirado de la cuenta sin derecho a ser comprobado posteriormente, es preciso

recordar que es recurso etiquetado por conceptos específicos y que el recurso no

aprovechado, no comprobado, o que no se apegue a lo autorizado, es recurso no

aprovechado el cual debe ser reintegrado a la federación.

11. Todas las facturas deberán de ser revisadas, validadas en el portal de SHCP y autorizadas

por el administrador de la unidad y con visto bueno del encargado del programa,

adjuntando copia de la póliza de cheque con el cual fue pagada, y deberán de enviar

toda la documentación soporte necesaria como son:

En el caso de insumos: orden de compra, requisición, tabla comparativa y 3

cotizaciones.

En el caso de capacitaciones: además del punto anterior, factura integral por el

concepto capacitación, listas de asistencia, evidencia fotográfica del evento y de

los insumos incluidos como lonas, material de apoyo, lugar del evento, mobiliario,

equipo, además incluir el programa del evento. Las cotizaciones deberán de ser de

tres empresas diferentes de organización de eventos y capacitaciones.

En el caso de combustible: las bitácoras de los vehículos.

En el caso de Auxiliares de salud: copia del auxiliar de salud (por única ocasión) con

su identificación, póliza a nombre del auxiliar, listado de nómina.

12. De no cumplir en alguno de los puntos antes expuestos serán acreedores a observaciones

que se derivarán en medidas disciplinarias, o sanciones administrativas.

Departamento Ramo 12 extensión 21586 y 21583

3.6 FONDO REVOLVENTE DE SEGURO POPULAR

LINEAMIENTOS DE FONDO REVOLVENTE PARA HOSPITALES Y CENTROS DE SALUD: Se asignará una cantidad al inicio de año como Fondo Revolvente para cada una de las Jurisdicciones (centros de salud) y Hospitales Con este fondo revolvente, la unidad podrá pagar los gastos directamente relacionados con la atención a los derechohabientes del Seguro Popular, tales como:

Materiales y útiles de oficina (hojas, lápices, plumas, clips, grapas, grapadoras, etc).

Materiales y útiles para el procesamiento en equipos y bienes informáticos (tinta y tóner).

Materiales de limpieza.

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Subdirección de Programación y Presupuesto Página 21

Servicios básicos (agua, luz, gas).

Combustible para ambulancias (adjuntar a las facturas las bitácoras de las mismas).

Artículos y materiales menores para reparaciones urgentes (cal, yeso, material eléctrico,

vidrios).

Refacciones y accesorios menores para equipo de cómputo, para instrumental médico y

equipo de transporte (ambulancias).

Los gastos generados por alimentos solo están autorizados para pacientes internados en

hospitales.

Materiales, accesorios, suministros médicos y de laboratorio; sustancias químicas y

medicamento con folio de autorización: Estos insumos serán liquidados por la Tesorería de la Federación. Cabe mencionar que para el pago del medicamento por folio deberá solicitar al proveedor que describa en la factura, la clave, el nombre genérico y la presentación del insumo adquirido. Si estos no se encuentra dentro del Catálogo Universal de Servicios de Salud (CAUSES), las facturas serán regresadas y tendrá que buscar una fuente de financiamiento alterna, para su pago.

Servicios de vigilancia y limpieza: Se pagaran directamente en oficina central.

El proceso para el pago de estas actividades se hará a través del formato de pago a proveedor y la documentación soporte deberá incluir: facturas electrónicas revisadas, firmadas y validadas por el personal correspondiente, y si aplica, tabla comparativa y orden de compra.

Servicios subrogados: para la contratación de este rubro, deberá solicitar previa autorización a la Dirección Médica de los Servicios de Salud de Chihuahua, quién a su vez, solicitará la suficiencia presupuestal a la Dirección Administrativa para la elaboración del contrato correspondiente. La comprobación del gasto, deberá contener: el formato de pago a proveedor, el recibo o factura electrónica del prestador del servicio, formato impreso y digital con los datos del servicio otorgado, el nombre, la edad y el número de póliza de seguro del paciente atendido, el número de CAUSES y su costo autorizado.

Aquellas unidades que utilicen el presupuesto de Seguro Popular, para cubrir los gastos autorizados con esta fuente de financiamiento, deberán de presentar mensualmente el formato electrónico de sábana financiera. La fecha límite de entrega es el día 10 de cada mes siguiente. Por ningún motivo, deberá realizar pagos de los siguientes conceptos:

Viáticos para los diferentes programas y actividades

Gasolina para vehículos asignados al personal de salud.

Activos fijos.

Obras y/o remodelaciones.

Gastos generados en oficinas jurisdiccionales.

NOTA: Deberá presentar el total de los gastos, acompañado de los comprobantes de la reposición y la póliza del registro de los mismos.

Departamento de Seguro Popular a las extensiones 21579, 21578, 21789 y 21788.

3.7 FONDO DE CUOTAS DE RECUPERACIÓN

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Subdirección de Programación y Presupuesto Página 22

Para estar en posibilidades de contar con información veraz y oportuna para la toma de decisiones, cada Hospital, Jurisdicción y Unidad deberá registrar contablemente al momento, cada operación efectuada; cumpliendo con los siguientes requisitos: 3.7.1 Realizar su corte de ingresos y egresos el día 25 de cada mes y haber facturado en este mismo periodo el ingreso generado al corte.

3.7.2 Presentar en Oficina Central a más tardar el día 5 de cada mes la siguiente documentación original y debidamente firmada:

Estado de Resultados

Balance General

Balanza de comprobación (por ningún motivo deberá presentar saldos en negativo)

Conciliación Bancaria.

Estado de cuenta original.

Relación de seguros escolares.

Relación de deudores subrogados.

Reporte de Ingresos y retiros.

Conciliación de atenciones médicas.

Reporte de facturación mensual.

Inventario de Recibos Únicos de Ingresos (RUI) y comprobantes de exención

Relación de Estudios socioeconómicos.

Informe de convenios y estatus de cobro. 3.7.3 Deberá registrar contablemente los Ingresos exentos, los descuentos a pacientes dictaminados por el estudio económico, así como pagarés generados por incapacidad de pago en una sola exhibición. 3.7.4 El 100% de los ingresos recaudados, deberán enviarse mensualmente sin excepción a Oficina Central. Por lo que deberá enviar su solicitud de transferencia debidamente firmada a Oficina Central el día 26 de cada mes (Anexo 10). 3.7.5 Oficina Central enviará a fin de mes el 60% correspondiente de los Ingresos Recaudados a cada Hospital, Jurisdicción y Unidad, el cuál será denominado como Fondo de Cuotas de Recuperación, siendo este importe su techo presupuestal.

Este recurso será registrado en la Unidad como un acreedor y deberá enviar la comprobación del gasto a la brevedad a Oficina central cumpliendo con los requisitos fiscales antes mencionados.

En caso de la compra del activo deberá anexar factura original, copia de póliza, orden de compra, requisición, tabla comparativa, cotizaciones y suficiencia presupuestal.

3.7.6 El 60% autorizado para ejercer por los Hospitales, Jurisdicciones y Unidades, será exclusivamente en los siguientes conceptos:

Alimentos y utensilios (pacientes y/o personal de jornadas especiales)

Combustibles, lubricantes y aditivos. (Únicamente para traslado de pacientes).

Servicios de traslado e instalación (únicamente para traslado de pacientes).

Bienes muebles (previa autorización de la Subdirección de Programación y Presupuesto).

Subrogación de servicios con terceros. Únicamente para atención del personal de contrato, y según lo establecido en el manual de Intercambio de Servicios de la secretaría de Salud.

Ayudas Sociales. Únicamente para apoyo de médicos internos de pregrado, previa validación de la Dirección de Calidad y Enseñanza de Oficina Central y sujetándose a los importes establecidos por esta Dirección y autorización de la Subdirección de Programación y Presupuesto.

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Subdirección de Programación y Presupuesto Página 23

3.7.7 Mensualmente el departamento de Cuotas de Recuperación realizará una evaluación con la finalidad de medir el control y la administración que se ha llevado durante este periodo, de manera que la Unidad pueda identificar sus áreas de oportunidad e implementar medidas de acción que le ayuden a mejorar su desempeño y a aprovechar al máximo sus recursos. 3.7.8 Lineamientos y proceso para la compra del Capítulo 5000 La autorización de compra de bienes muebles, quedará sujeta al cumplimiento de los indicadores a evaluar por Oficina Central, basándose la decisión en el reflejo de una administración eficiente y libre de deuda en las diferentes fuentes de financiamiento. 3.7.9 Proceso de Conciliación de Saldos con el Instituto Chihuahuense de Salud ICHISAL El proceso de cobro de los servicios subrogados otorgados a ICHISAL se realizará de la siguiente manera: a). Las Unidades deberán enviar su facturación mensual incluyendo el soporte correspondiente en tiempo y forma al ICHISAL, la cual deberá estar a más tardar el día 4 de cada mes en ICHISAL. b). Anexar al paquete de facturación que se envía a ICHISAL la relación en Excel tanto de las facturas de los servicios prestados pendientes de cobro, así como la relación de facturas de los servicios recibidos, pendientes de pago, (Formato de Conciliación de Atenciones Médicas entre Servicios de Salud de Chihuahua – ICHISAL) indicando el saldo a favor o en contra. c). Enviar a oficina Central mediante oficio y vía electrónica, Formato de Conciliación de Atenciones Médicas entre Servicios de Salud de Chihuahua –al Departamento de Cuotas de Recuperación, así como acuses de facturación recibida por ICHISAL (Anexo 11). e). En oficina central se conciliarán mensualmente los saldos con la el área financiera central del ICHISAL y de esta manera determinar el importe real que le corresponda a cada unidad ya sea saldo a favor o en contra; lo que favorecerá a reducir el pasivo y captar el recurso. Será responsabilidad de la Unidad, dar el seguimiento oportuno para realizar un cobro eficaz. Adicional a esta información, se reitera que al ser organismos de apoyo pertenecientes a la Secretaria de Salud en ningún caso se deberá negar el servicio a derechohabientes o pacientes canalizados por el ICHISAL y viceversa, si existe alguna duda comunicarse a oficina central a la Subdirección de Programación y Presupuesto. Ver Capítulo 11. Manual de Intercambio de Servicios de la Secretaría de Salud.

3.8 REQUISITOS GENERALES PARA CIERRE MENSUAL Y ANUAL.

3.8.1 Deberá estar comprobado la totalidad del recurso transferido del Fondo Revolvente del

Ejercicio inmediato anterior.

3.8.2 Se deberá enviar una presentación con el análisis comparativo de las Estrategias de

Austeridad implementadas en el ejercicio inmediato anterior, el impacto presupuestal y el

beneficio que se obtuvo de la aplicación de las mismas.

3.8.3 Deberá enviar el pagaré firmado de cada fuente de financiamiento que tenga fondo

revolvente (de Oficinas Centrales se enviará el Pagaré)

3.8.4 Se deberán enviar 20 Estrategias de Austeridad mismas que serán trabajadas con el área

médica para ser aplicadas en cada unidad durante el comienzo de cada ejercicio.

3.8.5 Presentar en Oficina Central los informes financieros a más tardar el día 5 de cada mes,

anexando la siguiente documentación original y debidamente firmada por el Director,

Administrador y Personal financiero del hospital, jurisdicción o unidad médica:

• Balance General

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Subdirección de Programación y Presupuesto Página 24

• Balanza de comprobación

• Conciliación bancaria de c/u de sus cuentas con su auxiliar y estado de cuenta

Esta documentación deberá presentarse en un solo paquete que conjugue dicha información

financiera de todas las fuentes de financiamiento.

3.8.6 Será responsabilidad del administrador entregar Información Financiera veraz y oportuna.

CAPÍTULO 4.- FONDO DE CAJA

4.1 Políticas Generales Fondo de Caja

Servicios de Salud de Chihuahua es un Organismo que por su dimensión y sus operaciones

necesita crear fondos de caja, asignándole una cantidad específica a las áreas que por la

naturaleza de su operación así lo requieran, siendo autorizado por la Dirección Administrativa.

El fondo de caja, se refiere al importe de dinero en efectivo que se dispone para un uso

específico, como es el pago de gastos menores de urgencias; el cual se asignará a una persona,

misma que se responsabiliza del manejo, administración y custodia de este.

4.2 Funcionamiento de Caja.

4.2.1 Los fondos de caja se manejarán en efectivo. El responsable deberá firmar un pagaré por el

importe asignado. Cuando se suscite algún cambio temporal o definitivo del servidor público

responsable del fondo, se notificará por escrito a la Dirección Administrativa y a la Subdirección de

Programación y Presupuesto.

4.2.2 Las erogaciones por concepto de gasto, no deberán exceder de $700.00 (Setecientos pesos

00/100 M.N,), más I.V.A. por comprobante.

4.2.3 Queda prohibido fraccionar partidas o conceptos del gasto.

4.2.4 Los conceptos únicamente autorizados para ejercer con este Fondo serán los siguientes:

Gastos menores de oficina urgentes (mensajería, cerrajería, etc.)

Gastos urgentes de papelería

Gastos urgentes de mantenimiento y servicios generales

Comidas para el personal que labora fuera de su jornada laboral

4.2.5 Todos los gastos deberán hacerse previamente del conocimiento del área de caja o en su

caso al responsable del área financiera.

4.2.6 El importe autorizado para consumo de alimentos, del personal que trabaja fuera de su

jornada laboral, es de $80.00 (Ochenta pesos 00/100 M.N.) por persona más I.V.A.

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Subdirección de Programación y Presupuesto Página 25

4.2.7 En el caso de alimentos por labores fuera de su jornada, deberá anexar la relación de los

empleados con los siguientes datos: número de empleado, nombre, puesto, justificación (trabajo

realizado), firma y autorización de jefe de departamento.

4.2.8 En ningún caso se deberá otorgar efectivo sin generar el vale provisional.

4.2.9 No se deberá entregar efectivo de caja a nombre de un funcionario o personal de su área, si

se tiene pendiente la liquidación de un vale anterior.

4.2.10 El período máximo para comprobar los vales provisionales emitidos será de 5 días hábiles

contados a partir de su fecha de emisión; de no cumplir con esta disposición será descontado vía

nómina.

4.2.11 El dinero del fondo de caja, por ningún motivo debe utilizarse para préstamos personales.

4.2.12 Se efectuarán arqueos para revisión del fondo de caja.

4.2.13 Si es un comprobante pequeño, deberá estar adherido a una hoja blanca.

4.2.14 No se aceptaran facturas con concepto de varios, excepto que se anexe el ticket de

compra correspondiente.

4.2.15 Se deberán ajustar los gastos menores de operación al monto autorizado, por lo que por

ningún motivo se podrá presentar una reposición por un importe mayor al monto asignado.

4.2.16 La antigüedad de los comprobantes no deberá ser mayor a 30 días naturales al momento

de ser presentados para su reposición.

4.2.17 Al momento en que sean pagadas las facturas por el área de caja o área financiera

deberán ser selladas con la leyenda de pagado.

4.2.18 Cuando sea comprobado un vale con la factura correspondiente, se deberá sellar la

factura de pagado y en caso de que la factura no cubra el total del importe del vale, se deberá

reintegrar en efectivo la diferencia.

4.2.19 Será responsabilidad del administrador del fondo de caja, elaborar y presentar en tiempo

las reposiciones al área correspondiente para su reembolso.

CAPÍTULO 5.- FACTURACIÓN ELECTRÓNICA

5.1 POLÍTICAS GENERALES.

Servicios de Salud de Chihuahua, ha establecido el presente lineamiento, para dar cumplimiento

a las disposiciones fiscales vigentes y requerimientos del Servicio de Administración Tributaria (SAT),

en su Anexo 20 de la Resolución Miscelánea Fiscal; así como dar cumplimiento al Art.29 del

Código Fiscal de la Federación que establece que a partir del 1° de enero del 2014, es obligatorio

el uso de la factura electrónica para todos los contribuyentes. Adecuando los procedimientos del

Organismo a las disposiciones emitidas.

Servicios de Salud de Chihuahua

Subdirección de Programación y Presupuesto Página 26

La factura electrónica en México es la representación digital de un tipo de Comprobante Fiscal

Digital (CFD) con validez fiscal, que utiliza los estándares definidos por el SAT en cuanto a forma y

contenido.

5.2 EMISIÓN DE FACTURA ELECTRÓNICA:

Cada unidad, Hospital o Jurisdicción deberá adecuar a su sistema de cobro la

emisión de la Factura electrónica.

Cada unidad, Hospital o Jurisdicción contará con una Serie de facturación

específica para su identificación.

Cuando un cliente requiera factura electrónica, se dará de alta con sus datos

fiscales para generar su CFDI por el concepto de los servicios recibidos y le serán

enviados por correo electrónico los archivos PDF y XML.

El cliente deberá solicitar su factura dentro del mismo mes en que se haya realizado

el pago del servicio, si se solicita fuera del mes en mención no será posible realizar

dicha facturación. Es responsabilidad de la Unidad, hacer del conocimiento de los

Usuarios esta política al momento del cobro.

Si el cliente no requiere factura, se emitirá un CFDI con los datos globales y el

código aprobado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

La factura cuenta con un recuadro de observaciones que permite especificar

datos particulares que se lleguen a requerir, tales como nombre del paciente,

Unidad, etc.

Quienes cuenten con un sistema interno de recibos, por ejemplo el Sistema Integral

Hospitalario, podrán seguir utilizándolo únicamente como control interno, y al final

del día deberán generar una Factura digital global.

Las unidades que no cuentan con el sistema requerido para la facturación

electrónica seguirán utilizando los Recibos Únicos de Ingresos (RUI), sin embargo

éstos a partir del 1º de enero del 2014 deberán contener la leyenda “Sin validez

fiscal” y al final de mes, deberán enviar los RUI generados a la Jurisdicción

correspondiente y ésta será la encargada de emitir una factura global por Unidad

correspondiente a los ingresos reportados.

Para Servicios Subrogados, podrán hacer una factura global semanal.

5.3 Conservación y Almacenamiento De Facturas Electrónicas

Las facturas electrónicas, así como los archivos y registros electrónicos de las mismas

se consideran parte de la contabilidad del contribuyente, conforme a lo dispuesto

por el artículo 28 del Código Fiscal de la Federación, por lo cual deberán

conservarse por el mismo tiempo que indiquen las disposiciones fiscales vigentes

para la conservación de la contabilidad.

Las Facturas Electrónicas que se emitan y reciban deberán ser almacenadas en

medios magnéticos, ópticos o de cualquier otra tecnología, debiendo, además,

Servicios de Salud de Chihuahua

Subdirección de Programación y Presupuesto Página 27

cumplir con los requisitos y especificaciones a que se refieren los rubros I.B y I.C. del

Anexo 20 de la Reforma Miscelánea Fiscal.

NOTA: CONSULTAR GUIA DE FACTURACIÓN

EJEMPLO DE FACTURA

Servicios de Salud de Chihuahua

Subdirección de Programación y Presupuesto Página 28

5.4 Validación De Facturas

Servicios de Salud de Chihuahua

Subdirección de Programación y Presupuesto Página 29

Las facturas recibidas por las distintas áreas de Servicios de Salud de Chihuahua emitidas por los

proveedores deberán ser validadas ante el SAT, por el área requirente del servicio y/o artículo,

solicitando al proveedor los archivos PDF y XML.

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CAPÍTULO 6.- NORMATIVIDAD DE PASAJES Y VIÁTICOS

6.1. Introducción

Los Servicios de Salud de Chihuahua, en busca del permanente mejoramiento, emite la presente

Normatividad derivada de las normas expedidas por la Secretaria de Hacienda y Crédito Público

y por la Secretaria de Hacienda de Gobierno del Estado de Chihuahua en materia de Comisiones,

Viáticos Nacionales, Viáticos Internacionales y Pasajes, la cual contempla mecanismos

administrativos para el ejercicio y pago de los mismos así como los relativos a la actualización del

sistema de tarifas conforme a la situación económica imperante.

La emisión de estas tarifas de viáticos, implementada con importes razonables permitirá al

comisionado recibir los recursos necesarios para realizar su comisión de una forma apropiada.

6.2. Objetivo

Los Servicios de Salud de Chihuahua a través de la Dirección Administrativa emite esta

Normatividad interna con la finalidad de regular, homogeneizar y eficientar la asignación de

viáticos locales y nacionales, así como los pasajes otorgados a los servidores públicos en el

desempeño de funciones o tareas derivadas de comisiones oficiales.

Esta Normatividad contempla mecanismos administrativos que tienen como objetivo optimizar los

recursos presupuestales y cumplir con las políticas de racionalidad y austeridad.

6.3. Ámbito De Aplicación

Esta Normatividad es de observancia obligatoria para el Organismo Público Descentralizado de

Servicios de Salud de Chihuahua de conformidad con las disposiciones legales señaladas en el

apartado relativo al Marco Jurídico.

6.4. Sujetos

La presente Normatividad y tarifas son aplicables a los servidores públicos que se encuentran en

servicio activo dentro de Servicios de Salud de Chihuahua al momento de la comisión.

6.5. Definiciones

Adscripción: Lugar en que se encuentra ubicado el centro de trabajo, y cuyo ámbito geográfico

delimita el desempeño de la función del servidor público.

Comisión Oficial: Es la función o tarea conferida a los servidores públicos para que se realicen las

actividades inherentes a su cargo, en un lugar distinto al centro de trabajo de su adscripción.

Oficio de comisión/ Pliego de comisión: Es el documento oficial en el que se consigna el nombre

del servidor público comisionado, objetivo, funciones, temporalidad y lugar de la comisión.

Pasajes Internacionales: Son las asignaciones que se otorgan al personal en activo, por concepto

de transportación, cuando en el cumplimiento de sus funciones o comisiones oficiales se deban

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Subdirección de Programación y Presupuesto Página 32

trasladar de la República Mexicana al extranjero y viceversa, o bien de una ciudad a otra en el

extranjero.

Pasajes Nacionales: Son las asignaciones que se otorgan al personal en activo, por concepto de

transportación, cuando en el cumplimiento de sus funciones o comisiones oficiales se deban

trasladar a una población distinta a la de su adscripción, fuera del estado y dentro del territorio

nacional.

Pasajes Locales: Son las asignaciones que se otorgan al personal en activo, por concepto de

transportación, cuando en el cumplimiento de sus funciones o comisiones oficiales se deban

trasladar a una población distinta a la de su adscripción, dentro del territorio estatal.

Tarifa: Es la tabla que consigna los montos diarios que se otorgan por concepto de viáticos

clasificados por nivel y zona.

Viático más de 24 horas: Es la asignación destinada a cubrir los gastos por hospedaje y

alimentación, cuando el desempeño de una comisión temporal lo requiera siempre y cuando sea

en un lugar distinto al de su adscripción.

Viático menos de 24 horas: Es la asignación destinada a cubrir los gastos por alimentación,

cuando el desempeño de una comisión temporal lo requiera siempre y cuando sea en un lugar

distinto al de su adscripción.

6.6.- LINEAMIENTOS GENERALES.

6.6.1.- El ejercicio de las Subcuentas de Pasajes aéreos, Pasajes terrestres, Viáticos en el País, y

Viáticos en el extranjero se debe realizar estrictamente en función de las necesidades del servicio.

6.6.2.- En el formato del pliego se debe justificar de forma detallada el motivo de la comisión a

efectuar.

6.6.3.- El ejercicio de la Subcuenta de Pasajes debe ser correlativo con la Subcuenta de Viáticos,

por lo que no se pueden conceder pasajes sin el correspondiente oficio de comisión que consigne

el periodo efectivo de la tarea conferida.

6.6.4.- El área administrativa de cada Unidad instrumentará el procedimiento interno para el

ejercicio de las Subcuentas mencionadas en el punto 6.6.3 cuidando de no rebasar el techo

presupuestal autorizado y estableciendo los mecanismos de control que aseguren el uso óptimo y

racional de los recursos.

6.6.5.- Se deberá optimizar el tiempo de estancia del personal comisionado en el lugar de

comisión (Planear estratégicamente el objetivo de la comisión).

6.6.6.- A partir del presente ejercicio, se deberá contar con un expediente único de comisión

para cada uno del personal de la unidad, en el cual deberá incluir copia de los siguientes

documentos:

Copia de Pliego de comisión (Anexo 4).

Informe de actividades incluyendo la constancia de la asistencia al lugar de la comisión

(Anexo 5).

Comprobación de gastos de la comisión con copia de la documentación comprobatoria

(Anexo 6).

6.6.7.- La presente Normatividad no aplica para viáticos de brigadas.

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Subdirección de Programación y Presupuesto Página 33

6.7.- Autorización de Comisiones.

6.7.1.- Las comisiones que se pretendan realizar al extranjero, deberán ser autorizadas por el

Secretario de Salud.

6.7.2.- Las comisiones que se contemplen fuera del estado deberán ser previamente autorizadas

por el Director Administrativo de Servicios de Salud y únicamente con invitación oficial por parte

de los programas de la federación.

6.7.3.- Para que el personal de las diferentes unidades médicas foráneas, pueda presentarse en

Oficina Central o en cualquier otra Jurisdicción distinta a su lugar de adscripción, deberá

presentar el oficio por medio del cual fue requerido, autorizado por el Director Administrativo de

Oficina central, o del Director de la Unidad a la que corresponda debiendo mencionar en el

mismo las actividades a realizar y el tiempo de estancia.

6.7.4.- Únicamente se efectuarán comisiones en días hábiles salvo que se trate de comisiones

derivadas de situaciones urgentes, imprevistas y plenamente justificadas, se especificará el motivo

en el formato del oficio de la comisión, debiendo estar firmado por el Director de la Unidad.

6.7.5.- La comisión designada deberá ser apegada a criterios de austeridad y aplicación racional

de los recursos y solo se autorizaran si están plenamente justificadas por su jefe inmediato superior.

6.7.6.- El número de servidores públicos que sean enviados a una misma comisión debe reducirse

a lo estrictamente indispensable. Su autorización debe estar en función de los criterios anteriores y

a los resultados esperados de acuerdo a los objetivos y metas del programa.

Los traslados de tres o más comisionados a un mismo objeto, deberán contar con autorización

previa de la Subdirección de Programación y Presupuesto en Oficina Central, y en las Unidades

autorización de la Dirección; debiendo quedar antecedente documentado de la justificación.

6.7.7.- Los viáticos para comisiones que deban desempeñar dentro del estado o el país, se podrán

otorgar hasta por un término no mayor de 8 días naturales continuos, pudiendo prorrogarse

cuando así se justifique.

6.7.8.- Los viáticos para comisiones a efectuarse a un mismo lugar se deben otorgar por un término

no mayor de 8 días naturales continuos o discontinuos, los cuales podrán prorrogarse cuando así

se justifique, hasta por un periodo de 6 días naturales cada uno; ya que por ninguna circunstancia

se deben autorizar viáticos por más de 20 días naturales continuos o discontinuos en el lapso de un

año, salvo con autorización de la Dirección Administrativa considerando a cada servidor público

individualmente.

6.7.9.- Las comisiones a capacitaciones o eventos de instituciones privadas o ajenas a la

Secretaria de Salud no serán autorizadas.

6.8.- Otorgamiento De Pasajes Y Gasolina.

6.8.1.- El ejercicio de los recursos por concepto de pasajes derivados del cumplimiento de una

comisión se debe realizar de acuerdo a las necesidades del servicio y con estricto apego al

presupuesto autorizado en el ejercicio fiscal correspondiente.

6.8.2.- Para el otorgamiento de pasajes, de conformidad con la comisión asignada, se deben

tomar en cuenta los tiempos y medios de transporte idóneos al lugar de destino, con base en la

trascendencia y urgencia para el cumplimiento de la comisión, el menor costo de los pasajes, las

rutas más cortas para el desplazamiento, las líneas que ofrezcan un mejor y más rápido servicio.

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6.8.3.- Queda prohibido la adquisición de pasajes aéreos en primera clase.

6.8.4.- Únicamente se encuentran autorizadas para viajar las aerolíneas más económicas. (Para

casos excepcionales se deberá contar con autorización de la Dirección Administrativa) (Anexo 1).

6.8.5.- Para efectos de la reservación y compra de boletos de avión por parte de la Fuente de

financiamiento que corresponda, el comisionado deberá firmar una CARTA COMPROMISO para

garantizar que la comisión va a ser efectuada. En caso de que la comisión se cancele por causas

ajenas a la Institución, el comisionado asumirá el costo del vuelo por cuenta personal. (Anexo 9).

6.8.6.- En caso de que el personal comisionado dentro del País o del Estado utilice un vehículo

oficial para trasladarse al lugar de su comisión la Dependencia asignará el recurso para cubrir el

costo de peaje y gasolina, La bitácora del vehículo anexa en la comprobación deberá ser

revisada y autorizada por el Departamento de Servicios Generales.

6.8.7.- Para los gastos de viaje en vehículo oficial, se ajustará al tabulador de consumo promedio

de combustible por tipo de vehículo (Anexo 3). La comprobación deberá ser revisada y aprobada

por el Departamento de Servicios Generales.

6.8.8.- Para apoyo de chofer para traslado de comisionados se solicitará al Departamento de

Servicios Generales quien evaluará lo procedente, considerando lugar, objeto y personas

comisionadas (Anexo 2).

6.9. Comprobación De Pasajes Y Gasolina.

6.9.1.- Los pasajes de autobús, gastos de gasolina y casetas se deberán comprobar al 100%. El

comisionado que lleva el recurso para las casetas deberá presentar los recibos originales.

6.9.2.- Para la comprobación de transporte aéreo, se deberá anexar a los boletos, los pases de

abordar y copia del oficio de comisión.

6.9.3.- La comprobación de los gastos erogados con cargo a la Subcuenta de Pasajes terrestres se

debe realizar mediante el boleto de viaje que expidan las empresas de servicios de transporte. Se

verificará que la fecha del boleto de viaje coincida con la fecha o periodo de las funciones o

comisiones que motivan el traslado.

6.9.4.- En aquellas comisiones fuera del Estado donde en un mismo día se realizan varias gestiones

y/o diligencias ante diversas Autoridades y/o Dependencias, en ciudades de la República

Mexicana podrán ser cubiertos, los traslados en taxis o cualquier otro medio de transporte de las

terminales áreas, terrestres o marítimas al lugar de la comisión, comprobando con documentos

que cumplan con los requisitos fiscales.

6.10. Otorgamiento De Viáticos.

6.10.1.- El personal que sea comisionado tiene derecho al otorgamiento de viáticos de

conformidad con la tarifa vigente autorizada.

6.10.2.- En las tarifas autorizadas para viáticos de más de 24 horas, se contempla el pago de

hospedaje, la alimentación, y los traslados dentro del lugar de la comisión, en tarifas de menos de

24 horas se otorgará viáticos en recorridos de más de 50 kilómetros.

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6.10.3.- Se deben otorgar viáticos exclusivamente por los días estrictamente necesarios para que

el personal desempeñe la comisión conferida, apegándose a las tarifas por Zonas autorizadas.

(Anexo 3).

6.10.4.- Podrá ejercer únicamente hasta el monto de su presupuesto autorizado por área,

apegándose a criterios de austeridad y aplicación racional de los recursos.

6.10.5.- Con la finalidad de no acumular ministraciones pendientes de comprobar y afectar la

liquidez de la Dependencia, no se ministrarán viáticos o boletos de avión a los servidores públicos

que tengan alguna comisión pendiente de comprobar.

6.10.6.- Los viáticos para traslado de pacientes se otorgarán en una tarifa especial y los requisitos

para la comprobación se detallan en el punto 6.11.7

6.11.- Comprobación De Viáticos.

6.11.1.- Las Comprobaciones de los importes otorgados por concepto de viáticos de más de 24

horas, locales, nacionales e internacionales se deben efectuar a través del formato establecido

(Anexo 6), y serán comprobables al 50% del importe autorizado, por lo que no serán reintegrados

los gastos adicionales que genere el comisionado. Los viáticos de menos de 24 horas no son

comprobables y se efectuarán en recorridos de más de 50 kilómetros.

6.11.2.- Si no se comprueba el 50% requerido en viáticos de más de 24 horas, deberá reintegrar la

diferencia entre el importe correspondiente al 100% de los viáticos otorgados y lo que

efectivamente se comprobó.

6.11.3.- La comprobación de las ministraciones por concepto de comisiones oficiales (viáticos y

pasajes) y los reintegros en efectivo, deberán efectuarse dentro de los 5 días posteriores al término

de la comisión.

6.11.4.- El servidor público comisionado deberá rendir un informe de sus actividades que incluya la

leyenda “Declaro bajo protesta decir verdad, que fui enterado del objeto y alcance de la

comisión que desempeñe; que los datos contenidos en este formato son ciertos y que estoy

enterado de las sanciones a que me puedo hacer acreedor tanto por el incumplimiento de la

comisión como por la falsedad de los datos asentados” (Anexo 5). El informe de actividades debe

contener un breve resumen de los trabajos realizados, las conclusiones y/o resultados obtenidos.

6.11.5.- La comprobación ante el área administrativa de cada Unidad se deberá hacer mediante

los documentos siguientes:

Copia del pliego de comisión (El original se entrega al momento de solicitar los viáticos y es

anexado a la póliza cheque). (Anexo 4).

Formato de comprobación de gastos en original con los documentos comprobatorios de

viáticos firmados por el personal comisionado. (Anexo 6).

Informe de comisión con las actividades descritas y con el nombre, sello y confirmación de

asistencia al lugar de la comisión. (Anexo 5).

6.11.6.- Para la comprobación de viáticos exclusivamente por concepto de traslado de pacientes

se deben aplicar los siguientes criterios:

El administrador del Hospital, Jurisdicción o Unidad debe presentar en la Subdirección de

Programación y Presupuesto un listado previo del personal que realiza los traslados.

Se debe anexar al oficio de comisión la hoja de referencia del traslado de paciente con sello.

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Subdirección de Programación y Presupuesto Página 36

La tarifa autorizada de acuerdo al anexo 3, no será comprobable con facturas, sin embargo debe

presentar sello de permanencia en el informe de actividades.

La tarifa corresponde al viaje completo de traslado del paciente al hospital y el regreso a su

unidad de adscripción del personal que realiza el traslado.

6.12. Sanciones.

Los servidores públicos responsables de autorizar el desempeño de las comisiones y el

otorgamiento de viáticos, así como quienes tienen el carácter de comisionados, son responsables

de las irregularidades en que incurran por contravenir la presente Normatividad, haciéndose

acreedores a las sanciones previstas en la Ley de Responsabilidad de los Servidores Públicos del

Estado de Chihuahua, de no comprobar se descontará el monto otorgado vía nómina.

6.13. Vigilancia.

La vigilancia del cumplimiento de las disposiciones de la presente Normatividad, corresponde al

Órgano Interno de Control de Servicios de Salud de Chihuahua.

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CAPÍTULO 7.- PROCEDIMIENTO DE ADQUISICION DE BIENES, SERVICIOS Y OBRA.

Lineamientos de Requisiciones

7.1.1 El área requirente deberá elaborar una solicitud de acuerdo a sus necesidades de

compra, la cual deberá contener las especificaciones del artículo, incluyendo la debida

justificación de la compra y con un monto aproximado mismo que será proporcionado por la

Subdirección de Recursos Materiales. En el caso de capacitaciones presentar tabla

comparativa de dos propuestas emitidas por empresas de organización de eventos con el

monto exacto del evento.

7.1.2 La solicitud será enviada a la Dirección Administrativa, en atención a la Subdirección de

Programación y Presupuesto para su autorización presupuestal.

7.1.3 La solicitud será turnada al área técnica correspondiente para su Visto Bueno.

ARTICULO VISTO BUENO

Equipo médico, material de curación,

medicamentos, patentes, substancias

químicas y lo previsto en la cuenta 2500.

Dirección Médica

Obra, Ampliación, mantenimiento,

equipamiento.

Dirección de Planeación

Refacciones de vehículos, papelería

mantenimiento, consumibles, etc.

Subdirección de Recursos Materiales

Equipo de cómputo Tecnologías de Información

Publicaciones Comunicación Social

7.1.4 El Visto Bueno será enviado a la Subdirección de Programación y Presupuesto, área

que asignará la fuente de financiamiento para dar suficiencia presupuestal:

Ramo 33 (FASSA)

Cuotas de Recuperación

Aportación estatal

Ramo 12

Seguro popular

Los jefes de departamento llevarán el control presupuestal de acuerdo a lo establecido.

Cabe señalar que el Visto Bueno, no garantiza que la compra haya sido autorizada. Esta será

autorizada hasta que se haya emitido la Suficiencia Presupuestal correspondiente.

7.1.5 Una vez elaborada la suficiencia presupuestal se pasará a Coordinación de Insumos

para generar número de requisición (Anexo 14), en el caso de servicios deberá

dirigirse la solicitud a la Subdirección Jurídica para la elaboración del respectivo

contrato correspondiente.

Nota Importante. En caso de ser autorizada la suficiencia para compra directa de la

Unidad, esta será dirigida al director o administrador del Hospital o Jurisdicción. Es

decir, la compra queda bajo la responsabilidad de la persona a quien esté dirigida la

autorización de suficiencia presupuestal.

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7.1.6 Recursos Materiales de acuerdo a sus lineamientos llevará a cabo el procedimiento de

adjudicación directa o licitación según corresponda y en su caso será sometido al

Comité de Adquisiciones y Obra; una vez aprobado el trámite se procederá a la

elaboración del pedido y/o contrato, enviando a la Subdirección de Programación y

Presupuesto el pedido correspondiente.

7.1.7 La Subdirección de Programación y Presupuesto, concentrará en expediente: la

solicitud, Visto Bueno, Requisición, Pedido y Factura.

7.1.8 El proveedor entregará los artículos en Almacén, quienes serán los responsables de

verificar se cumpla con las especificaciones, sellando de recibido la factura al

proveedor.

7.1.9 El proveedor llevará su factura a Oficina Central en el área de Caja, donde le emitirán

su contra-recibo.

7.1.10 El área de Caja turnará a la fuente de financiamiento correspondiente la factura para

el trámite de pago.

7.1.11 Una vez elaborado el cheque, se entrega al área de Caja para pago del proveedor,

quién será informado vía telefónica para que acuda por su cheque o en su caso se

realizará transferencia correspondiente.

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PROCESO DE RECEPCIÓN DE FACTURAS OFICINA CENTRAL

NO

SI

ARTICULOS CON RECEPCIÓN EN

ALMACÉN

SERVICIOS

GENERALES

ACTIVO

VoBo

ALMACEN

ALMACEN ENVIA FACTURAS

CAJA

SERVICIOS VALIDADOS POR

SERVICIOS GENERALES,

DEPARTAMENTOS Y DIRECCION DE

PLANEACION

PROVEEDOR ACUDE A

VENTANILLA

REQUISITOS PARA

CONTRARECIBOS

1.- FACTURA ORIGINAL

CON SELLO DE

ALMACEN DE

RECIBIDO, C/FIRMA Y

NOMBRE.

2.- REMISION DEL

PEDIDO CON SELLO

P/REVISION.

3.- PEDIDO CON

FIRMAS

REQUISITOS PARA COBRO:

ORIGINAL DE CONTRARECIBO

CARTA DE AUTORIZACION DE COBRO DE LA EMPRESA (

MEMBRETADA )

COPIA DE CREDENCIAL DE ELECTOR ( AMBOS LADOS )

DIRECCION DE

PLANEACION

DESPACHO DEL SECRETARIO,

SUBSECRETARIO Y DIRECCION

ADMINISTRATIVA COMUNICACIÓN

SOCIAL

1.- FACTURA ORIGINAL

CON SELLO DE

SERVICIOS GENERALES

2.- ORIGINAL DE

ORDEN DE SERVICIO.

1.- FACTURA

ORIGINAL, CON SELLO,

FIRMA Y NOMBRE.

2.- ORDEN DE PAGO A

PROVEEDORES

ORIGINAL, C/FIRMA

DIRECTOR O

SUBDIRECTOR

3.-MEMORIA

FOTOGRAFICA

1.- FACTURA

ORIGINAL, CON SELLO,

FIRMA Y NOMBRE

2.- FORMATO DE

ORDEN DE PAGO A

PROVEEDORES

ORIGINAL.

1.- FACTURA

ORIGINAL, CON SELLO

Y FIRMA.

2.- FORMATO DE

ORDEN DE PAGO A

PROVEEDORES

ORIGINAL.

( si excede de los

10,000.00 deberá

contar con suficiencia

presupuestal )

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Subdirección de Programación y Presupuesto Página 40

7.1.12 En el caso de capacitaciones además de los puntos anteriores se deberá presentar

listas de asistencia, evidencia fotográfica del evento y de los insumos incluidos como

lonas, material de apoyo, lugar del evento, mobiliario, equipo además incluir el

programa del evento (orden del día).

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7.1.13 NOTAS.

7.1.13.1 Cuando se trate de equipo de cómputo, éste deberá contar con el DNTI

correspondiente.

7.1.13.2 Para cualquier otro tipo de adquisición deberá contar con la tabla

comparativa y tres cotizaciones de los diferentes proveedores.

7.1.13.2.3 Las facturas de servicios de capacitación deberán presentarse una por

evento y llevaran el concepto de “capacitación”.

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CAPÍTULO 8.- CLASIFICADOR POR OBJETO DEL GASTO

CAPITULO “2000” MATERIALES Y SUMINISTROS

Partida 21101 “Materiales Y Útiles De Oficina”

Servicio de fotocopiado contrato por licitación

Llenar Bitácora de servicio mensual, se deberá llenar cada día que sea utilizada la

copiadora, al inicio y al final de la jornada.

Vale de servicio de fotocopiado, deberá elaborarse al momento de solicitar las copias y

estará firmado por el responsable del área solicitante.

En caso de que la necesidad exceda de 100 copias, se solicitará autorización del Director,

Administrador o Jefe de Departamento de la Unidad.

La factura deberá ser validada y enviada a Oficina Central una vez que esté autorizado el

contrato correspondiente.

La factura deberá tener el sello de “Recibí el bien o servicio”

“2200” ALIMENTOS Y UTENSILIOS

Partida 22104 “Alimentación De Personas”

Para el consumo de alimentos del personal que requiera laborar por necesidades del

servicio fuera de su horario de trabajo, el importe autorizado será de $ 80.00 más IVA por

persona.

Las facturas para el pago de alimentación de pacientes, deben ser amparadas con la

orden de compra y la firma de recibido del encargado de la cocina.

Partida 22201 “Alimentación De Animales”

Para el caso de alimentación de animales, (semovientes) se deberá de apegar

estrictamente a la tarifa autorizada y anexándole la nómina del encargado de los

semovientes, debidamente firmada. (a partir de 2016 ya no se utiliza este concepto,

cambio por Traslado de ruta).

Partida 22301 “Utensilios Para El Servicio De Alimentación”

Las adquisiciones por este concepto, deberán de ampararse con la orden de compra

correspondiente y firmada de recibido por el responsable de la cocina.

Estas compras corresponden a utensilios menores.

No se deberán de efectuar cargos a esta partida por la compra de utensilios que

correspondan a capítulo 5000.

“2900” HERRAMIENTAS, REFACCIONES Y ACCESORIOS

Partida 29101 “Refacciones, Accesorios Y H. Menores”

Para la adquisición de llantas, se realizará licitación en Oficina Central y se le harán llegar

a cada unidad de servicios el resultado de la compra, por lo que se deberán de

establecer todas las medidas necesarias para llevar el control y pago de lo adjudicado

contra lo entregado por los proveedores.

En caso que por necesidades del servicio se requiera ampliar la compra deberá notificarlo

y obtener la aprobación por conducto de la Subdirección de Recursos Materiales.

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“2500” PRODUCTOS QUÍMICOS, FARMACÉUTICOS Y DE LABORATORIO

Oficinas Centrales llevara a cabo la licitación de sustancias químicas, medicamento,

material de curación y laboratorio y el pago correspondiente.

Las compras directas de estas partidas deberán ser respaldadas con el folio de

autorización emitido por el Departamento del Control del Abasto.

En el caso de las sustancias químicas con equipo en comodato Oficinas Centrales le harán

llegar a cada unidad de servicio que cuente con este esquema el resultado de la licitación

y el monto del contrato, por lo que se deberán de establecer todas las medidas necesarias

para llevar el control de lo adjudicado contra lo entregado por los proveedores.

En caso que por necesidades del servicio se requiera ampliar la compra, deberán

notificarlo y obtener la aprobación por conducto de la Subdirección de Recursos

Materiales.

El oxígeno será cargado invariablemente a la partida 25101 “Sustancias químicas”

Las partidas 25101, 25401 y 25501 sin excepción serán cubiertas por Seguro Popular por lo

que deberán enviar las facturas originales a ese Departamento.

La partida 25301, de acuerdo a la clave de medicamento y al precio de referencia, será

cubierta con Ramo 33 o Seguro Popular.

“2600” COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS

Partida 26102 “Combustibles”

Las facturas para pago de combustibles, deberán ser amparadas con los vales de gasolina, los

cuales deberán contener los siguientes datos:

Fecha

No. Económico del vehículo

Litros suministrados

Kilometraje

Nombre y firma de quien recibe la gasolina

Nombre y firma de quien autorice el vale

Cuando se trate de comprobantes de gasolina que se expidan fuera de la sede de la

unidad, a la factura se le deberá anotar los mismos datos señalados anteriormente.

“2700” VESTUARIO, BLANCOS, PRENDAS DE PROTECCIÓN Y ARTÍCULOS DEPORTIVOS

Partida 27101 “Vestuario, Uniformes Y Blancos”

Oficinas Centrales llevara a cabo la licitación de este concepto de gasto y el pago

correspondiente,

En el caso de este concepto del gasto, Oficinas Centrales les hará llegar a cada

unidad de servicio que cuente con este esquema el resultado de la compra, por lo que

se deberán de establecer todas las medidas necesarias para llevar el control de lo

adjudicado contra lo entregado por el proveedores.

Queda excluida la adquisición de uniformes administrativos, así como la de uniformes y

artículos deportivos.

CAPITULO “3000” SERVICIOS GENERALES

“3100” Servicios Básicos

Oficinas Centrales llevara a cabo la licitación y contratación del servicio de mensajería

con cargo a cada una de las unidades de servicio, por lo cual deberá solicitar copia del

contrato establecido, previo al pago del servicio, esto ante la Subdirección de Recursos

Materiales de esta Dirección Administrativa. Así mismo, deberá de establecer todas las

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Subdirección de Programación y Presupuesto Página 44

medidas necesarias para llevar el control y pago de lo adjudicado contra el servicio del

proveedor, la partida a afectar es la 31801.

Las facturas originales serán enviadas a Oficina Central para que a su vez, les sea enviado

el recurso para el pago de las mismas.

Partida 31401 “Servicio Telefónico”

Invariablemente, deberá anexar al recibo Telefónico la relación de llamadas de larga

distancia únicamente oficiales y celulares.

En caso de haber realizado llamadas a celular o no oficiales, estas deberán ser justificadas,

de lo contrario se deberán descontar del recibo.

No está permitido llamadas a celulares por lo que las que aparezcan en su recibo

telefónico, deberán ser reembolsadas por la persona que realizo la llamada.

A la póliza del gasto, deberá de anexarse el recibo de dicho pago según el lugar en

donde este se efectuó.

Definir montos autorizados y justificación de llamadas.

Partida 31101 “Servicio De Energía Eléctrica”

A la póliza del gasto, deberá de anexarse el recibo de dicho pago.

Partida 31301 “Servicio De Agua Potable”

A la póliza del gasto, deberá de anexarse el recibo de dicho pago.

“3200” Servicios De Arrendamiento

Previo a la contratación de cualquier tipo de arrendamiento, se deberá de contar con la

autorización de la Dirección Administrativa, y posteriormente se deberá solicitar la

elaboración del contrato de arrendamiento.

La factura será enviada a oficina Central, para transferencia de recurso.

“3300” Servicios De Asesoría, Informáticos, Estudios E Investigaciones

Previo a la contratación de cualquier servicio, se deberá de contar con la autorización de

la Dirección Administrativa.

Partida 33801 “Servicios De Vigilancia”

En el caso de los servicios de vigilancia, Oficina Central le harán llegar a cada unidad de

servicio que cuente con este esquema el resultado de la licitación, por lo que se deberán

de establecer las medidas necesarias para llevar el control y pago de lo adjudicado

contra los servicios de los proveedores.

Cabe señalar que para poder efectuar algún pago, estos deberán apegarse al importe

especificado en el contrato establecido previamente, por lo que deberá solicitar una

copia del mismo a la Subdirección de Recursos Materiales.

La factura será enviada a Oficina Central, para transferencia de recurso.

El pago será realizado en oficina central directamente al proveedor.

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Subdirección de Programación y Presupuesto Página 45

“3500” SERVICIOS DE MANTENIMIENTO, CONSERVACIÓN E INSTALACIÓN

Partida 35801 “Servicios De Lavandería, Limpieza, Higiene Y Fumigación”

En el caso de los servicios de lavandería, limpieza, higiene y fumigación, Oficinas Centrales

le harán llegar a cada unidad de servicio que cuente con este esquema el resultado de la

licitación, por lo que se deberán de establecer todas las medidas necesarias para llevar el

control de lo adjudicado contra los servicios de los proveedores.

Cabe señalar que para efectuar algún pago, estos deberán apegarse al importe

especificado en el contrato establecido y firmado previamente, por lo que deberá solicitar

una copia del mismo a la Subdirección de Recursos Materiales.

El pago de contrato de limpieza será realizado en oficina central directamente al

proveedor.

Servicio De Recolección De Residuos Peligrosos Biológico Infecciosos

Partiendo de la responsabilidad civil en el cumplimiento de la normatividad emanada de la Ley

General del Equilibrio Ecológico y Protección del ambiente, Ley General para la Prevención y

Gestión Integral de los Residuos, aunado al costo por el servicio de recolección, transporte,

tratamiento y destino final de los Residuos Peligrosos Biológico Infecciosos dentro del programa de

optimización y ahorro de los recursos. Se deberá establecer un programa uniforme en el manejo

integral de los Residuos a Nivel Estatal, considerando las siguientes acciones.

Designar de manera formal a las personas responsables ante PROFEPA, del seguimiento y

evaluación del programa, evitando la dispersión de acciones que ponen en riesgo la

Institución con multas económicas o cierre de las instalaciones, o dispersión de recursos

económicos de los Servicios de Salud de Chihuahua.

Realizar el diagnóstico situacional en procedimientos de manejos de los RPBI.

Formar instructores en coordinación con los organismos autorizados para este fin, para el

establecimiento de un programa de capacitación permanente dirigida Médicos,

Enfermeras, Auxiliares de Enfermería, personal de limpieza, de vigilancia y de Servicios

Generales.

Utilización de bitácoras de seguimiento de procedimiento.

En el caso de estos servicios Oficina Central le harán llegar a cada unidad de servicio que

cuente con este esquema el resultado de la licitación, por lo que se deberán de

establecer todas las medidas necesarias para llevar el control de lo adjudicado contra los

servicios de los proveedores.

Cabe señalar que para efectuar algún pago, estos deberán apegarse al importe

especificado en el contrato establecido y firmado previamente, por lo que deberá solicitar

una copia del mismo a la Subdirección de Recursos Materiales.

“3600” SERVICIOS DE DIFUSIÓN E INFORMACIÓN

Los gastos por concepto de difusión e información como son: prensa, radio, televisión.

Internet, etc., sólo se contrataran previa autorización de la Dirección Administrativa de los

Servicios de Salud.

Quedan prohibidos los gastos por concepto de esquelas funerarias.

“3800” SERVICIOS OFICIALES

Queda prohibido la adquisición de ofrendas florales.

Servicios de Salud de Chihuahua

Subdirección de Programación y Presupuesto Página 46

CAPITULO “4000” AYUDAS SUBSIDIOS Y TRANSFERENCIAS

Las nóminas correspondientes a este concepto del gasto deberán ser autorizadas con la

firma y nombre del beneficiario

CAPITULO “5000” BIENES MUEBLES E INMUEBLES

Las adquisiciones del capítulo 5000, deberán ser autorizadas previamente por la Dirección

Administrativa, siempre y cuando su monto exceda de $2,000.00

Las adquisiciones del capítulo 5000, deberán pagarse invariablemente con cuotas de

recuperación.

Los bienes adquiridos mayores de $ 1,000.00, deberán ser inventariados, enviando la

información correspondiente a la subdirección de Recursos Materiales.

NOTA. La adquisición de bienes inmuebles no está autorizada.

CAPÍTULO 9.- SANCIONES

Los servidores públicos que incurran en irregularidades por inobservar o contravenir los

presentes lineamientos, se harán acreedores a las sanciones previstas en la Ley Federal de

Responsabilidades de los Servidores Públicos y Ley de Responsabilidad de los Servidores Públicos

del Estado de Chihuahua, sin perjuicio de aplicar las disposiciones del Código Penal vigente en el

Estado de Chihuahua y demás disposiciones aplicables.

LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS

C1.- Principios que rigen la función pública, sujetos de responsabilidad administrativa y

Obligaciones en el servicio público.

ART 8.- Todo servidor público tendrá las siguientes obligaciones:

I.- Cumplir el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión que

cause la suspensión o deficiencia de dicho servicio.

II.- Formular y ejecutar los planes, programas y presupuestos correspondientes a su

competencia, y cumplir las leyes y la normatividad que determinen el manejo de recursos

económicos públicos;

III.- Utilizar los recursos que tenga asignados y las facultades que le hayan sido atribuidas para

el desempeño de su empleo, cargo o comisión, exclusivamente para los fines a que están

afectos;

IV.- Rendir cuentas sobre el ejercicio de las funciones que tenga conferidas y coadyuvar en la

rendición de cuentas de la gestión pública federal.

V.- Custodiar y cuidar la documentación e información que por razón de su empleo, cargo o

comisión, tenga bajo su responsabilidad.

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Subdirección de Programación y Presupuesto Página 47

XII.- Abstenerse, durante el ejercicio de sus funciones, de solicitar, aceptar o recibir, por sí o por

interpósita persona, dinero, bienes muebles o inmuebles mediante enajenación en precio

notoriamente inferior al que tenga en el mercado ordinario.

XIX.- Proporcionar en forma oportuna y veraz, toda información y datos solicitados por la

institución a la que legalmente le competa la vigilancia.

En el cumplimiento de esta obligación, además, el servidor público deberá permitir, sin

demora, el acceso a los recintos o instalaciones, expedientes o documentación que la

institución de referencia considere necesario revisar para el eficaz desempeño.

C II.- Quejas o Denuncias, Sanciones Administrativas y Procedimientos para aplicarlas

ART 13.- Las sanciones por falta administrativa consistirán en:

I.- Amonestación privada o pública;

II.- Suspensión del empleo, cargo o comisión por un período no menor de tres días ni mayor a

un año;

III.- Destitución del puesto;

IV.- Sanción económica, e

V.- Inhabilitación temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio

público.

ART 14.- Para la imposición de las sanciones administrativas se tomarán en cuenta los

elementos propios del empleo, cargo o comisión que desempeñaba el servidor público

cuando incurrió en la falta.

Ley de Contabilidad Gubernamental // 1 de enero de 2009 // principal objetivo establecer los

criterios generales que regirán la contabilidad gubernamental y la emisión de información

financiera de los entes públicos para lograr su adecuada armonización.

Art 84.- Los actos u omisiones que impliquen el incumplimiento a los preceptos establecidos en

la presente Ley y demás disposiciones aplicables en la materia, serán sancionados de

conformidad con lo previsto en la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los

Servidores Públicos.

Las responsabilidades administrativas se fincarán, a quienes directamente hayan ejecutado los

actos o incurran en las omisiones que las originaron y, subsidiariamente, a los que, por la

naturaleza de sus funciones, hayan omitido la revisión o autorizado tales actos por causas que

impliquen dolo, culpa, mala fe o negligencia por parte de los mismos.

Art 85.- Se sancionará administrativamente a los servidores públicos en los términos de la

legislación en materia de responsabilidades administrativas aplicables en cualquiera de los

siguientes supuestos:

Cuando omitan realizar los registros de la contabilidad de los entes públicos, así como la

difusión de la información financiera en los términos a que se refiere la presente Ley;

II. Cuando de manera dolosa:

a) Omitan o alteren los documentos o registros que integran la contabilidad con la finalidad

de desvirtuar la veracidad de la información financiera, o

Servicios de Salud de Chihuahua

Subdirección de Programación y Presupuesto Página 48

b) Incumplan con la obligación de difundir la información financiera en los términos a que se

refiere la presente Ley.

III. No realizar los registros presupuestarios y contables en la forma y términos que establece

esta Ley.

IV. Cuando por razón de la naturaleza de sus funciones tengan conocimiento de la alteración

o falsedad de la documentación o de la información que tenga como consecuencia daños a

la hacienda pública o al patrimonio de cualquier ente público y, estando dentro de sus

atribuciones, no lo eviten.

V. No tener o no conservar, en los términos de la normativa, la documentación comprobatoria

del patrimonio, así como de los ingresos y egresos de los entes públicos.

Artículo reformado y recorrido (antes artículo 57) DOF 12-11-2012.

Art 86.- Se impondrá una pena de dos a siete años de prisión, y multa de mil a quinientos mil

días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, a quien causando un daño a la

hacienda pública o al patrimonio del ente público, incurra en las conductas previstas.

LEY DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PUBLICOS DEL ESTADO DE CHIHUAHUA

C I.- Principios que rigen la función pública sujetos de responsabilidad administrativa y obligaciones

en el servicio público.

ARTICULO 2. Son sujetos de esta Ley, toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión

de cualquier naturaleza en la administración pública Estatal o Municipal y en los Poderes

Legislativo y Judicial del Estado, Así como todas aquellas personas que manejen o apliquen

recursos económicos Estatales, Municipales y concertados o convenidos por el Estado con la

Federación.

ARTICULO 22. Son sujetos de responsabilidad administrativa, los servidores públicos a que se refiere

el Artículo 2 de esta Ley.

ARTICULO 23. Todo servidor público, para salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad,

imparcialidad y eficiencia que debe observar en el desempeño de su empleo, cargo o comisión,

con independencia de sus deberes y derechos laborales, tendrá las siguientes obligaciones:

I. Cumplir con la máxima diligencia el servicio que le sea encomendado, y abstenerse de

Cualquier acto u omisión que cause la suspensión o deficiencia de dicho servicio o

Implique abuso o ejercicio indebido de su empleo, cargo o comisión;

II. Formular y ejecutar legalmente, en su caso, los planes, programas y presupuestos

Correspondientes a su competencia y cumplir las leyes y normas que determinen el

Servicios de Salud de Chihuahua

Subdirección de Programación y Presupuesto Página 49

Manejo de los recursos económicos públicos;

III. Utilizar los recursos que tenga asignados y las facultades que le sean atribuidas o la

Información reservada a que tenga acceso por su función, exclusivamente para los fines

A que estén afectos;

IV. Conservar y custodiar la documentación e información que tenga bajo su cuidado o a

la cual tuviere acceso, impidiendo o evitando el uso, la substracción, destrucción,

Ocultamiento o inutilización indebidos de aquella; Cuando con motivo de una revisión,

inspección o auditoria, por parte de la autoridad competente, sea solicitada la

información o documentación que tenga bajo su custodia, deberá ser proporcionada

inmediatamente, ya que de lo contrario se hará acreedor a una amonestación por escrito

y/o destitución del cargo, empleo o comisión.

Proporcionar copia certificada de la documentación necesaria que le soliciten el ex titular

o ex titulares de la dependencia, organismo o ente que preside y permitirle tener acceso

a los archivos que se encuentren bajo su custodia, donde se contengan los documentos

de que se pretenda obtener la certificación respectiva, con el propósito de que se dé

contestación a las observaciones derivadas de la revisión o auditoría practicada por la

autoridad competente, tomando siempre las medidas adecuadas para dar cumplimiento

con la obligación establecida en el primer párrafo de esta fracción.

XVI.- Presentar con oportunidad y veracidad la declaración de situación patrimonial ante

la Coordinación de Planeación y Evaluación, en los términos, condiciones y plazos que

Esta Ley señala;

XVII.- Abstenerse de cualquier acto u omisión que implique incumplimiento de las

disposiciones jurídicas relacionadas con el servicio público;

XVIII.- Abstenerse de causar por sus actos u omisiones daños o perjuicios a la Hacienda

Pública Estatal o Municipal u obtener un lucro personal o familiar en el desempeño de la

Función pública. Asimismo de hacer uso indebido de los recursos tanto estatal como

municipales;

Se incurre en irresponsabilidad administrativa por el incumplimiento de cualesquiera de las

obligaciones contenidas en este artículo, dando lugar a la instrucción del procedimiento

administrativo ante los órganos disciplinarios y a la aplicación de las sanciones que en esta Ley se

consignan, atendiendo a la naturaleza de la obligación que se transgreda.

ARTICULO 30. Las sanciones por responsabilidad administrativa consistirán en:

I. Amonestación por escrito;

II. Económica o pecuniaria;

III. Suspensión en el empleo, cargo, o comisión, por un período no menor de cinco días ni

mayor de sesenta días naturales;

IV. Destitución del puesto, e

V. Inhabilitación temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio

Público. Cuando la inhabilitación se imponga como consecuencia de un acto u omisión

que implique lucro o cause daños o perjuicios al Estado o Municipio, será de seis meses a

tres años, si el monto de aquellos no excede de cien veces el salario mínimo mensual y de

tres a diez años, si excede de dicho límite. En los demás casos, será de uno a diez años.

Servicios de Salud de Chihuahua

Subdirección de Programación y Presupuesto Página 50

Las sanciones de carácter pecuniario, se impondrá de acuerdo con los beneficios

económicos obtenidos por el responsable o por los daños y perjuicios causados al Estado o

Municipio de que se trate, y no podrán exceder de tres tantos de la cuantificación de

éstos.

Las sanciones pecuniarias constituyen créditos fiscales y se harán efectivos mediante el

Procedimiento administrativo de ejecución, tendrán la prelación prevista para dichos

créditos y se sujetarán en todo a las disposiciones fiscales aplicables.

Para los efectos de esta Ley, se entenderá por salario mínimo mensual, el equivalente a

Treinta veces el salario mínimo diario vigente en la capital del Estado y por salario mínimo

diario también el vigente en la capital.

Acciones correctivas:

1er vez. Oficio de observación.

2da vez. Acta de hechos.

3era vez. Acta administrativa. Y en el caso de Cuotas de Recuperación, Suspensión del

envío del 50% temporal o permanentente.

CAPÍTULO 10. VIGENCIA

La presente normatividad entrará en vigor a partir de la autorización por parte de la junta

directiva y continuará vigente en los años subsecuentes, siempre y cuando no sea derogada por

una posterior que de igual forma se daría a conocer en su momento.

Estas Políticas y Lineamientos del Gasto, podrán ser sujetas a las actualizaciones necesarias

mediante oficio de la Dirección Administrativa de Oficina Central.

Servicios de Salud de Chihuahua

Subdirección de Programación y Presupuesto Página 51

CAPÍTULO 11. MANUAL DE INTERCAMBIO DE SERVICIOS DE LA SECRETARÍA DE SALUD

POLÍTICAS PARA LA SUBROGACIÓN DE SERVICIOS.

Límites y criterios para aplicar una subrogación.

URGENCIA MÉDICA.

Atención Médica para casos que pongan en peligro la vida y/o la función de

un órgano vital.

POBLACIÓN AFILIADA A SEGURO POPULAR.

Aplica en caso de servicio o insumo dentro de causes o gastos catastróficos.

EMPLEADOS DE CONTRATO.

Lineamientos y proceso de atención médica a trabajadores y beneficiarios

afiliados a SSCH e ICHISAL.

INTERCAMBIO INTERNO DE SERVICIOS.

Optimización y aprovechamiento total de servicios y recursos de la Secretaría

de Salud.

SUBROGACIÓN A INSTITUCIÓN PRIVADA.

Falta de servicio o insumo en SSCH e ICHISAL.

COMITÉ TÉCNICO MÉDICO-ADMINISTRATIVO.

Organigrama.

DIAGRAMA DE PROCESOS PARA EL INTERCAMBIODE SERVICIOS.

Etapas para la otorgación de servicio en SSCH, ICHISAL y privado.

FORMATO DE SOLICITUD DE SERVICIOS.

Coordinación del intercambio de servicios entre SSCH E ICHISAL.

Servicios de Salud de Chihuahua

Subdirección de Programación y Presupuesto Página 52

1. Objetivo.

Establecer y definir el proceso de Intercambio de servicios de la Secretaría de Salud, aplicando

controles y criterios claros que permitan una efectiva toma de decisiones; con la finalidad de

racionalizar la subrogación de servicios médicos y optimizar los recursos de la Secretaría.

2. Definiciones

Instituciones. Jurisdicciones, Hospitales, Unidades y Centros de Salud tanto de Servicios de Salud de

Chihuahua como del Instituto Chihuahuense de Salud.

Urgencia médica. Se considera así cuando está en peligro la vida del paciente y/o la función de

un órgano vital.

Servicios de Salud de Chihuahua

Subdirección de Programación y Presupuesto Página 53

3. Alcance y Cobertura

Aplicando tanto para Servicios de Salud de Chihuahua como para el Instituto Chihuahuense de

Salud, cubriendo los siguientes casos:

1. Urgencia médica.

2. Afiliados a seguro popular.

3. Empleados de contrato.

4. Población abierta.

4. Políticas para la Subrogación de Servicios.

El presente documento fue creado para la estandarización de los procesos entre los Servicios de

Salud de Chihuahua y el Instituto Chihuahuense de Salud.

Servicios de Salud de Chihuahua

Subdirección de Programación y Presupuesto Página 54

Los criterios para el intercambio de servicios serán los siguientes:

1. Las Instituciones de la Secretaría de Salud deberán ajustarse a brindar al paciente la cobertura

a que tenga derecho según lo establecido en el presente documento.

2. Si las Instituciones no disponen de los recursos para satisfacer la demanda de atención, de

acuerdo a la cobertura establecida, ya sea por capacidad rebasada, equipo(s) fuera de servicio

o en mantenimiento y/o carencia de los mismos o por tratarse de procedimientos y tratamientos

que por su naturaleza y complejidad exceden la capacidad instalada de la Unidad Hospitalaria,

deberán seguir el proceso para el Intercambio de Servicios de la secretaría de Salud y otorgar el

servicio correspondiente.

3. Una urgencia médica será a criterio del Director del hospital.

4. Si alguna de las unidades careciera de un servicio de manera temporal o permanente y este

mismo servicio se encuentre en alguna otra unidad perteneciente a Servicios de Salud o al Instituto

Chihuahuense de Salud, se deberá canalizar al paciente a alguna de estas, siempre se dará

prioridad a dichas unidades.

5. Se deberá haber agotado la posibilidad de brindar el servicio con los recursos propios o de

intercambio entre los Servicios de Salud de Chihuahua y el Instituto Chihuahuense de Salud, antes

de considerar subrogar el servicio ante una Institución privada.

6. Los gastos generados por el intercambio de servicios tanto internos como a Hospitales privados,

será cubierto por el presupuesto de la Unidad que lo solicite, por lo que es importante asegurarse

de que cuente con el presupuesto requerido antes de solicitar el servicio.

7. Población Afiliada al Seguro Popular, solo se subroga lo incluido en cuadros básicos, insumos de

Seguro Popular, Catálogo Universal de Servicios de Salud (CAUSES), Seguro Médico Siglo XXI

(SMSXXI) y Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos (FPGC).

8. Población de Contrato, trabajadores de los Servicios de Salud de Chihuahua y el Instituto

Chihuahuense de Salud, será según lo establecido en los cuadros básicos nacionales así como

otros servicios no incluidos en dichos cuadros y que puedan ser brindados por los Servicios de

Salud.

9. Población Abierta solo se otorgarán los servicios disponibles en la Unidad a que acuda el

paciente para su atención.

10. En caso de un insumo que no esté incluido en el cuadro básico para Población Afiliada a

Seguro Popular y Población de Contrato para empleados del Instituto Chihuahuense de Salud y

los Servicios de Salud de Chihuahua, será el Comité Hospitalario de Bioética (CHB) de cada

unidad médica y/o el Comité Técnico Médico Administrativo quien decida.

11. Los servicios médicos a subrogar deberán registrarse mediante los contratos respectivos, previa

autorización del área médica; dichos contratos se elaborarán por la Dirección jurídica de Servicios

de Salud y el Instituto Chihuahuense de salud.

12. El intercambio interno de servicios de la Secretaría de Salud de Chihuahua (Servicios de Salud

de Chihuahua y el Instituto Chihuahuense de Salud y unidades que conforman ambas

instituciones), se cobrará a nivel 6 del tabulador médico asistencial 2016 de Servicios de Salud de

Chihuahua, con la finalidad de redistribuir el recurso correspondiente.

Servicios de Salud de Chihuahua

Subdirección de Programación y Presupuesto Página 55

Servicios de Salud de Chihuahua

Subdirección de Programación y Presupuesto Página 56

5. Urgencia Médica.

Cuando esté en peligro la vida del paciente y/o la función de un órgano vital, será

responsabilidad del director del hospital determinar si se requiere solicitar el Intercambio de

servicios ya sea internamente o a una institución privada con la que se tenga convenio

previamente autorizado por área médica.

a) Se deberá documentar la autorización del Director, detallando la causa por la que fue

aprobada la subrogación del servicio.

b) El área médica y administrativa del Hospital deberán:

i. Minimizar la estancia del paciente en el hospital privado, sin detrimento de

su estado de salud y sin poner en riesgo la vida o la función de algún

órgano vital.

ii. Vigilar la evolución del paciente. Una vez estabilizado, deberá canalizarse a

un hospital de la Secretaría de Salud.

iii. Vigilar el estado de cuenta.

iv. Llevar un registro de los servicios y costos a hospitales por concepto de

subrogación y entregar a la Dirección médica de oficina Central un reporte

mensual de los mismos.

Servicios de Salud de Chihuahua

Subdirección de Programación y Presupuesto Página 57

Se detecta una Urgencia Médica .

¿Se puede brindar el servicio por parte de las

unidades de Servicio de Salud?SI La unidad recibe al paciente.

NO

Por capacidad rebasada, equipo(s) fuera de

servicio o en mantenimiento y/o carencia de los

mismos.

El Director de la unidad verifica proveedores con

convenios vigentes.

Se elabora hoja de referencia con el servicio y

costo de los mismos, se traslada al paciente.

Se inicia seguimiento diario del paciente.

Recuperar paciente a la Unidad.

Llevar el registro de servicios y costos de los

servicios subrogados a Hospitales privados y

enviar mensualmente a Oficina Central.

PROCESO DE SUBROGACIÓN DE SERVICIOS URGENCIA MÉDICA.

Vigilar estado de

cuenta y la evolución del

paciente.

Minimizar la

estancia del paciente en

Hospital Privado.

Servicios de Salud de Chihuahua

Subdirección de Programación y Presupuesto Página 58

6. Población Afiliada a Seguro Popular.

El médico deberá solicitar el servicio o insumo, envía a Jefe de servicio y/o Director de la Unidad

para su revisión de acuerdo a lo establecido en causes, servicio médico siglo XXI, gastos

catastróficos.

Si no contamos con dicho servicio o insumo y este está dentro de causes, servicio médico siglo XXI,

gastos catastróficos, se procede a enviar a subrogación a otra Institución o a particular

previamente autorizado, de acuerdo a los convenios establecidos.

Responsable de Unidad revisa causes y gastos catastroficos.

¿Se encuentra dentro de causes o gastos catastroficos? SI

NO

Esta fuera de causes, siglo XXI, o gastos catastróficos y se

considera vital para el paciente.

SI NO

Se somete a Comité Hospitalario de Bioética (CHB)

de la unidad médica.

Comité Hospitalario de Bioética (CHB) determina si procede

de acuerdo a análisis médico y presupuesto de la Secretaría

de Salud.

PROCESO DE

INTERCAMBIO DE

SERVICIOS.

PROCESO DE

SUBROGACIÓN A

INSTITUCIONES.

PROCESO DE INTERCAMBIO DE SERVICIOS PARA POBLACIÓN AFILIADA A SEGURO POPULAR.

Se atiende al paciente.

Contamos con el servicio dentro de la

Secretaría de Salud. Siempre sera

primera opción ICHISAL.

Servicios de Salud de Chihuahua

Subdirección de Programación y Presupuesto Página 59

7. Servicio Médico a Empleados de Contrato.

7.1 Lineamientos para Subrogación de Empleados de Contrato entre los Servicios

de Salud de Chihuahua y el Instituto Chihuahuense de Salud.

Los servicios médicos, se otorgarán en las Unidades Médicas de la adscripción del trabajador a

excepción, cuando se requiera servicio de urgencias, el servicio será proporcionado en cualquiera

de las Unidades Médicas del Organismo.

El Director de cada Unidad Médica, será responsable de la transferencia de los pacientes, de

autorizar las hojas de referencia respectivas. Previa verificación de la enfermedad, así como tomar

las medidas pertinentes en caso de simulación de un padecimiento.

Las unidades Médicas, sólo expedirán hojas de referencia a trabajadores derechohabientes cuyo

domicilio particular quede comprendido dentro de su área de Adscripción.

Para que los trabajadores y sus beneficiarios tengan derecho al servicio médico, deberán afiliarse

previamente ante el organismo correspondiente, por conducto de la Unidad Administrativa del

lugar donde desempeñan sus labores, presentando para tal efecto, solicitud firmada en la que

contenga los siguientes datos:

1. Nombre Completo.

2. Sexo.

3. Lugar y fecha de nacimiento.

4. La información general de las personas que deberán considerarse como familiares

directos del derechohabiente.

Serán considerados familiares directos del trabajador:

a. El cónyuge, o a falta de este, la mujer con quien el trabajador, ha vivido como si fuera su

cónyuge, durante los últimos cinco años o con quién tuviese uno o más hijos, siempre y

cuando que ambos permanezcan libres de matrimonio. Si el trabajador tiene varias

concubinas, ninguna de estas tendrá derecho al servicio médico.

b. Los hijos del trabajador menores de dieciocho años.

c. Los hijos del trabajador, mayores de dieciocho años, cuando no puedan mantenerse con

su propio trabajo, debido a una enfermedad crónica, defecto físico o psíquico, hasta en

tanto no desaparezca la incapacidad que padezca, lo que se comprobara mediante

certificado médico expedido por el organismo y por medios legales procedentes; o hasta

la edad de veinticinco años, previa comprobación de que están realizando estudios de

nivel medio superior o superior, de cualquier rama del conocimiento en planteles oficiales o

reconocidos, y que no tengan un trabajo y;

d. Los hijos adoptivos, tendrán el mismo tratamiento a que se refieren los incisos anteriores;

cuando se acredite que la adopción se efectúo cumpliendo las formalidades que

establecen las leyes de la materia.

Se les otorgará a los trabajadores de contrato de los Servicios de Salud de Chihuahua y el Instituto

Chihuahuense de Salud, lo establecido en los cuadros básicos nacionales así como otros servicios

no incluidos en dichos cuadros y que puedan ser brindados por los Servicios de Salud.

Servicios de Salud de Chihuahua

Subdirección de Programación y Presupuesto Página 60

En caso de traslado, solo se cubrirá el transporte del paciente, todo viático que surja durante este

proceso deberá ser cubierto por la persona interesada.

Las unidades médicas que cuenten con laboratorio de análisis clínicos, apoyará a las unidades de

la región que carezcan de estos servicios.

En casos especiales de subrogación de servicios, éstos deberán ser autorizados por el Comité

Hospitalario de Bioética a que se encuentre adscrito el trabajador o Unidad Médica que le

otorgue el servicio, si el comité en mención no puede llegar a una determinación, deberá solicitar

la evaluación del caso ante el Comité Técnico Médico administrativo en Oficina Central.

Los gastos generados serán cubiertos con recursos propios de la unidad, a través de la fuente de

financiamiento de cuotas de recuperación.

7.2 Atención médica a Empleados de Contrato.

7.2.1 Atención medica primaria del paciente.

El empleado de contrato debe ser atendido en su centro médico (presentarse con identificación y

último talón de pago), el centro de salud por medio del Médico General debe indicar que

requiere de la validación de un Especialista y mandar por medio de hoja de referencia a

Jurisdicción u Hospital.

7.2.2 Atención con Especialista en Jurisdicción u Hospital.

El empleado de contrato se presenta con el especialista perteneciente a alguno de los dos

Institutos, el cual valida la necesidad del servicio, si procede dicha solicitud el Encargado de

Servicio o Director de la unidad envía al empleado a realizarlo en la unidad.

7.2.3 Revisión de servicio en Unidades de la Secretaría de Salud.

El Director de la Unidad o encargado de personal de contrato debe verificar si en alguna de

nuestras unidades se cuenta con el servicio que se está solicitando, de ser positivo se aplica;

PROCEDIMIENTO DE INTERCAMBIO INTERNO DE SERVICIOS.

El servicio médico se debe brindar solo hasta la capacidad instalada con la que se cuenta en las

unidades de los Servicios de Salud.

Servicios de Salud de Chihuahua

Subdirección de Programación y Presupuesto Página 61

Servicios de Salud de Chihuahua

Subdirección de Programación y Presupuesto Página 62

8. Intercambio Interno de Servicios.

8.1 Beneficios: Este proceso optimiza el aprovechamiento de los recursos internos, brindando una atención

integral abarcando todos los servicios y recursos provenientes de la Federación.

Disminuyendo subrogaciones particulares aplicando los recursos destinados en equipamiento y

mejoras a la Unidad.

Esto con el fin de brindar servicios de calidad y calidez, para beneficio social, mejorando la

imagen Institucional.

8.2 Proceso: La persona interesada asiste a la unidad para ser atendido.

La Unidad (1) de atención al no contar con el servicio que requiere el paciente, revisa mapeo de

Servicios de Salud de Chihuahua e Instituto Chihuahuense de Salud y solicita servicio interno.

Si contamos con el servicio, la unidad genera la Orden de Servicio y se entrega al paciente para

que acuda a la unidad (2) donde se cuenta con el servicio que requiere.

La unidad 2 recibe y brinda el servicio al paciente, dicha unidad deberá generar mensualmente

el reporte de los servicios prestados y enviarlos a Oficina Central.

Oficina central será la encargada de monitorear el intercambio de servicios y de evaluarlos;

considerando capacidad, frecuencia, recursos financieros, viabilidad del apoyo y en su caso

requerimiento para inversión en equipo, previo análisis costo-beneficio. Así como costo de

recuperación o reasignación de presupuesto de ser necesario.

Se emite el resultado de evaluación mensual por parte de Oficina Central, y este se envía a

ambas unidades para su conocimiento.

Cuando no se cuenta con el servicio internamente (Servicios de Salud de Chihuahua e Instituto

Chihuahuense de Salud) se somete y evalúa por el Comité Hospitalario de Bioética de la unidad

médica (ver PROCESO DE SUBROGACIÓN A INSTITUCIÓN PRIVADA).

Servicios de Salud de Chihuahua

Subdirección de Programación y Presupuesto Página 63

Unidad de atención requiere un servicio con el que no

cuenta.

Se verifica en mapeo.

¿Se cuenta con el servicio en unidades de la Secretaria de

Salud.?

NOSe somete a Comité

Hospitalario de Bioética (CHB)

SI

Encargado de turno autoriza y solicita servicio interno.Valida y Autoriza Comité

Hospitalario de Bioética (CHB).

Se elabora Orden de Servicio para que el paciente sea

atendido en Unidad de atención (2).

PROCESO DE SUBROGACIÓN A

INSTITUCIÓN PRIVADA.

El paciente es atendido.

Unidad de atención que brindo el servicio envía

mensualmente reporte a Oficina Central, este será

realizado por responsable o jefe de servicios Subrogados.

Oficina Central monitorea intercambio de servicios y

evalúa; considerando capacidad, frecuencia, recursos

financieros, viabilidad del apoyo y en su caso

requerimiento para inversión en equipo, previo análisis

costo-beneficio, y de ser necesario costo de recuperación

o reasignación de presupuesto.

PROCESO DE INTERCAMBIO INTERNO DE SERVICIOS.

9.

Servicios de Salud de Chihuahua

Subdirección de Programación y Presupuesto Página 64

Subrogación a Institución Privada.

9.1 Validación de la imperiosa necesidad de subrogar servicio.

Cuando no se cuenta con el servicio en nuestras unidades el encargado de servicios subrogados

o Director de la unidad hace un resumen informativo en el cual especifica los detalles del servicio

del paciente y debe:

Validar que el servicio requerido no se pueda proporcionar temporal o definitivamente por

Servicios de Salud Chihuahua (MAPEO DE UNIDADES).

Verificar que es de imperiosa necesidad o pone el riesgo la salud, la integridad o la vida

del paciente.

El documento firmado por el encargado se entrega al Área Administrativa.

9.2 Autorización para subrogar servicio.

El Comité Hospitalario de Bioética, acorde al presupuesto de la Secretaría de Salud, identificando

la fuente de financiamiento correspondiente y validación de la falta del servicio dentro de las

unidades, es el encargado de autorizar la subrogación.

9.3 Elaboración de Orden para Subrogación del Servicio

Después de autorizada la Subrogación se realiza la solicitud de servicio, la cual se entrega al

paciente para que se presente y sea atendido por la Institución privada que se definió.

9.4 Facturación y pago del Servicio Subrogado.

Una vez atendido el paciente por la Institución Privada, el proveedor entrega factura a Dirección

Administrativa de la Unidad que subroga el servicio para su pago, la unidad realiza el pago y

mensualmente envía reporte de servicios subrogados al Departamento de Cuotas de

Recuperación para su control.

Servicios de Salud de Chihuahua

Subdirección de Programación y Presupuesto Página 65

Servicios de Salud de Chihuahua

Subdirección de Programación y Presupuesto Página 66

10. Etapas del Proceso de Intercambio de Servicios

El proceso de Intercambio de Servicios de la Secretaría de Salud, se va determinando de acuerdo

a la cobertura establecida de cada caso que se presente, respetando las siguientes etapas:

Urgencia Médica. Atención Inmediata. Responsable, Director del hospital. Ver Inciso 5 del presente

manual.

Etapa 1. Si la unidad a la que acude el paciente cuenta con el servicio y está dentro de la

cobertura según su caso se le brinda la atención médica correspondiente.

Etapa 2. Si la Unidad no cuenta con el servicio requerido por el paciente, y está dentro de la

cobertura, se deberá revisar si alguna otra Unidad de la Secretaría de Salud cuenta con el servicio

y canalizar al paciente para su atención.

Etapa 3.

a) Si la Secretaría de Salud no cuenta con el servicio y está dentro de la cobertura del

paciente, se envía al paciente a la institución privada con la que se tenga convenio previa

autorización del área médica.

b) Si la Secretaría de Salud no cuenta con el servicio, no está dentro de la cobertura del

paciente y se considera primordial su atención, se hace la solicitud ante el Comité de

bioética del hospital considerando si para el área médica y presupuestal es factible.

Etapa 4. Si el Comité de bioética no logra llegar a un acuerdo, deberá enviar la solicitud de la

atención ante el Comité Técnico Médico administrativo para su evaluación y resolución.

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POBLACIÓN

DISPONIBILIDAD

SON LOS QUE PONEN EN RIESGO

LA VIDA Y/O LA FUNCIÓN DE UN

ÓRGANO VITAL.

CAUSES, SM SXXI y FPGC.

CUADROS BÁSICOS NACIONALES

Y OTROS SERVICIOS FUERA DE

DICHOS CUADROS QUE SON

BRINDADOS POR LA

SECRETARÍA DE SALUD.

11. DIAGRAMA DE PROCESOS PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS

12. COMITÉ TÉCNICO MÉDICO-ADMINISTRATIVO

Equipo de trabajo integrado por 13 miembros el cual se conforma por la dirección administrativa y

Médica de los Servicios de Salud de Chihuahua y el Instituto Chihuahuense de Salud, en el cual

aportan conocimientos y experiencia en casos extraordinarios de subrogación de servicios,

evaluando y emitiendo una resolución.

El Comité Técnico Medico-Administrativo, se crea con el fin de tomar decisiones en situaciones

especiales de subrogación, solicitados por el Comité de bioética hospitalario, considerando

distintos criterio financieros y médicos, tales como: viabilidad del tratamiento, calidad de vida del

paciente, probabilidades de sobrevida, situación económica del paciente, importe a subrogar,

situación financiera de la Secretaría de Salud (Servicios de Salud de Chihuahua e Instituto

Chihuahuense de Salud), entre otros aspectos.

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Subdirección de Programación y Presupuesto Página 68

BENEFICIOS.

o Cuida y salvaguarda la integridad del paciente.

o Maximiza el control de Subrogaciones de servicios.

o Refuerza la comunicación y coordinación entre Área Médica y Financiera.

o Elimina subrogaciones de servicios innecesarias, evitando así gastos en exceso.

o Evita conflictos entre paciente-unidad (Dirección y/o Comité Hospitalario de Bioética).

o Las decisiones finales son otorgadas por especialistas en el tema.

o Eficacia y rapidez en resolución de casos extraordinarios.

LINEAMIENTOS.

o El Comité Hospitalario de Bioética será el encargado de solicitar y enviar información de la

petición por escrito.

o Los acuerdos y/o decisiones finales siempre deben ser otorgadas por la mayoría de los

miembros del comité, y debe de estar conformado por ambas áreas (Médica y Financiera).

o El comité debe reunirse por lo menos una vez al mes, con el fin de analizar detalles de los

casos recibidos durante el mes trascurrido.

o Después de cada reunión, debe redactará una acta, con los temas tratados, un resumen de

la discusión de los temas y los acuerdos.

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Subdirección de Programación y Presupuesto Página 69

o Cada miembro del Comité se comprometerá a mantener la confidencialidad de la

información.

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Subdirección de Programación y Presupuesto Página 70

Responsable de

área médica

Responsable de área

administrativa

Se evalúa el caso, se somete a votación y se

informa a administrador la resolución para que él

de aviso al paciente.

PROCESO DE EVALUACIÓN COMITÉ TÉCNICO

MÉDICO ADMINISTRATIVO

Administrador del Hospital expone el caso ante:

Responsables de área exponen caso ante Comité

Técnico Médico Administrativo

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13. Formato de Solicitud de Servicios.

Coordinación de intercambio de servicios entre los Servicios de Salud de

Chihuahua y el Instituto Chihuahuense de Salud a través del Área Médica y

Administrativa.

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ANEXOS

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ANEXO 1 Solicitud para autorización de vuelo

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ANEXO 2 Solicitud de vehiculos

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ANEXO 3 Tarifa de combustible para viáticos

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SERVICIOS DE SALUD DE CHIHUAHUA

DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA

SUBDIRECCIÓN DE PROGRAMACIÓN Y PRESUPUESTO

TARIFAS EN EL ESTADO DE CHIHUAHUA

NIVEL ZONA TARIFA 24 HORAS COMPROBABLES

AL 50%

TARIFA MENOS DE 24 HORAS

SIN COMPROBAR

TODOS LOS NIVELES EN EL ESTADO 750.00 200.00

TODOS LOS NIVELES JUÁREZ Y CHIHUAHUA 1,050.00 250.00

TARIFAS NACIONALES

CIUDADES MAS ECONOMICAS

NIVEL ZONA TARIFA 24 HORAS COMPROBABLES

AL 50%

TARIFA MENOS DE 24 HORAS

SIN COMPROBAR

OPERATIVO Y MANDO MEDIO 1,150.00 500.00

SUBDIRECTORES Y DIRECTORES 1,825.00 600.00

TARIFAS NACIONALES

CIUDADES MENOS ECONOMICAS

NIVEL ZONA TARIFA 24 HORAS COMPROBABLES

AL 50%

TARIFA MENOS DE 24 HORAS

SIN COMPROBAR

OPERATIVO Y MANDO MEDIO 1,550.00 600.00

SUBDIRECTORES Y DIRECTORES 2,750.00 700.00

Servicios de Salud de Chihuahua

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TARIFAS PARA TRASLADO DE PACIENTES

NIVEL KILOMETRAJE TARIFA DE TRASLADO DE

PACIENTES

TODOS LOS NIVELES DE 100 A 199 KM 250.00

TODOS LOS NIVELES DE 200 A 299 KM 450.00

TODOS LOS NIVELES MAS DE 300 KM 650.00

Nota: La tarifa corresponde al viaje completo del traslado del paciente al hospital, y el regreso a su unidad

de adscripción del personal que realiza el traslado.

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ANEXO 4 Pliego de comisión

Secretaría de Salud

Servicios de Salud de Chihuahua

Pliego de Comisión

AUTORIZACIÓN DE COMISIÓN

Nombre del Comisionado: No. Oficio:

Centro de costo:

Cargo:

Adscripción:

Motivo de la comisión:

Lugar de la comisión:

Período:

Funcionario solicitante: Funcionario que autoriza

SUBDIRECTOR /DIRECTOR DIRECTOR

Nombre y firma autógrafa Nombre y firma autógrafa

SE AUTORIZAN

Concepto del gasto Cuota diaria Días Importe

37504 Viáticos -

Litros Precio por litro Importe

26102 Combustible

39202 Casetas

AEROLÍNEA

37201 Pasajes terrestres -

37104 Pasajes aéreos

Total -

DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL

FUENTE DE FINANCIAMIENTO:

Departamento: Subdirección/Dirección

Centro de costo: Programa:

Autorización Presupuestal EJERCIDO SALDO

Subdirector de Programación y Presupuesto

M. F. y C. P. Mario Gerardo Salcido Padilla

VALE A FAVOR DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE CHIHUAHUA

Recibí la cantidad de:

Correspondiente al pago de viáticos, peaje y anticipo de gasolina, para el desempeño de esta comisión

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Firma del Empleado Comisionado

Nota: No se admitirán tachaduras ni enmendaduras, la comprobación se deberá de efectuar en un

plazo no mayor a 5 días hábiles al término de su comisión, caso contrario se descontará vía nómina

c.c.p. Control de asistencia

ANEXO 5 Informe de

actividades del oficio:

INFORME DE COMISION:

ACTIVIDADES REALIZADAS

PERSONAS CON LAS QUE DESARROLLO SU COMISIÓN:

PERSONAL DEL DEPARTAMENTO AL QUE ASISTIO

COMPROMISOS:

COMPROMISOS DERIVADOS DE LA COMISION EFECTUADA

CERTIFICACIÓN DE PERMANENCIA:

Fecha:

Hora de llegada:

Hora de salida:

Nombre:

Firma:

Sello:

Elaboro:

Comisionado

Nombre y firma

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ANEXO 6 Comprobación de pliego de comisión

Secretaría de Salud

Servicios de Salud de Chihuahua

Comprobación del pliego de comisión:

FECHA CONCEPTO

NO.

FACTURA IMPORTE TOTAL

TOTAL DOCUMENTOS $ -

TOTAL VIÁTICOS $ -

TOTAL REINTEGRO $ -

COMPROBACIÓN

Elaboro:

Nombre y firma del comisionado

Reviso: Autorizo:

Nombre y firma autógrafa Nombre y firma autógrafa

RECIBO A LOS SERVICIOS DE SALUD

Recibí la cantidad de:

Por concepto de saldo a mi favor, como resultado de la liquidación por comprobación de la comisión efectuada.

Firma del Empleado Comisionado

RECIBO AL COMISIONADO

Recibí la cantidad de:

-

Por concepto de gastos no efectuados.

Firma de la Cajera:

Reviso:

Departamento de Control del Presupuesto

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Nombre y firma

ANEXO 7 Clasificación de Zonas

SERVICIOS DE SALUD DE CHIHUAHUA

DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA

SUBDIRECCIÓN DE PROGRAMACIÓN Y PRESUPUESTO

CLASIFICACIÓN DE ZONAS

ESTADOS DE LA REPUBLICA CLASIFICADOS COMO MÁS ECONOMICOS AGUASCALIENTES GUERRERO QUINTANA ROO

BAJA CALIFORNIA HIDALGO SAN LUIS POTOSÍ

BAJA CALIFORNIA SUR JALISCO SINALOA

CAMPECHE MICHOACÁN SONORA

CHIAPAS MORELOS TABASCO

COAHUILA NAYARIT TAMAULIPAS

COLIMA NUEVO LEÓN TLAXCALA

DURANGO OAXACA VERACRUZ

ESTADO DE MÉXICO PUEBLA YUCATÁN

GUANAJUATO QUERÉTARO ZACATECAS

ESTADOS DE LA REPUBLICA CLASIFICADOS COMO MENOS ECONOMICOS ACAPULCO E IXTAPA ZIHUATANEJO (GUERRERO)

CANCÚN, EN TEMORADA ALTA (QUINTANA ROO)

CIUDAD VICTORIA (TAMAULIPAS)

LOS CABOS (BAJA CALIFORNIA SUR)

SALTILLO (COAHUILA)

CIUDAD DE MÉXICO (DISTRITO FEDERAL)

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ANEXO 8 Solicitud de Suficiencia Presupuestal

Servicios de Salud de Chihuahua

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ÁREA SOLICITANTE:

CONTACTO:

ADSCRIPCIÓN:

PROGRAMA:

FUENTE DE FINANCIAMIENTO:

PARTIDA:

Nombre de la Partida y Número

en el Clasificado y Objeto del

Gasto.

INDICE:

MONTO APROXIMADO:

JUSTIFICACIÓN:

ANEXOS:

Sello y Fecha de Recibido

Definir claramente el insumo solicitado así como las cantidades solicitadas.

Especificar el monto con I.V.A. incluido.

Definir detalladamente el uso o aplicación del insumo o recurso solicitado.

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Dia/ Mes/ Año

Soportes necesarios para su solicitud.

Nota:

• El área requirente siempre deberá de darle seguimiento a sus solicitudes hasta que se efectue el pago.

• No se admitirán solicitudes de material de difusión si no se anexa el CD con el diseño.

• En caso de solicitar equipo de cómputo deberá de coordinarse con Tecnologías de Información para trámite

de GOGUTI / DNTI.

Nombre del Departamento, Dirección o Subdireccion de donde se solicita la

suficiencia.

Teléfono, extensión y correo electrónico de la persona responsable de dicho

trámite.

Nombre de la Jurisdicción Sanitaria, Hospital o Unidad que recibirá el bien o

servicio.

Nombre del Programa que hace la solicitud o al que se le va a hacer el cargo.

Nombre y Firma de Solicitante

DESCRIPCION DETALLADA:

CONCEPTO

Nombre de la Fuente de Financiamiento al cual se le hará el cargo en el

presupuesto.

Número Adjudicado en la Plataforma, si aplica.

En caso de que dicha solicitud requiera más de una firma

favor de organizar por recuadros.

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SOLICITUD DE SUFICIENCIA PRESUPUESTAL

NO. OFICIO:FECHA:

Dirección Administrativa

ANEXO 9 Carta compromiso

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Subdirección de Programación y Presupuesto Página 85

ANEXO 10 Solicitud de trasferencia bancaria

Favor de disponer de la cuenta: Sucursal

40% Ingresos.

Intereses del mes.

Determinada de la siguiente manera:

Ingresos S.M.A. del mes. -$

Serv icios subrogados recuperados en el mes. (desglosar) -$

Año Mes Institución Importe

-$

-$

-$

-$

-$

TOTAL INGRESOS -$

40% a retirar -$

Intereses correspondientes al mes. -$

Otros retiros varios (especificar). -$

OTR

SERVICIOS DE SALUD DE CHIHUAUHUA

NOMBRE DE LA UNIDAD

La cantidad de :

Firma del Director Firma del administrador Firma Rec. Financieros

PERIODO (MES)

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ANEXO 11 Formato de conciliación de atenciones medicas

SERIE FOLIO

CONCILIACIÓN DE ATENCIONES MÉDICAS

# FACTURA FECHA DE LA

FACTURA

IMPORTE POR

COBRAR A ICHISAL

MES A CONCILIAR

NOMBRE DEL HOSPITAL, JURISDICCIÓN O UNIDAD

IMPORTE POR

PAGAR A

ICHISAL

SALDO

TOTALES

SERVICIOS DE SALUD DE CHIHUAHUA - ICHISAL

NUMERO DE

OFICIO

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ANEXO 12 Proceso de cobro a ICHISAL

Unidad Unidad

Unidad ICHISAL

ICHISAL Unidad

Oficina

CentralUnidad

Oficina

Central

Oficina

Central

Oficina

Central

Se determina

saldo a favor de la

unidad.

Se determina saldo en

contra de la unidad.

Oficina

Central

Se solicita el pago

a ICHISAL del 23 al

26 de cada mes.

Se lleva a cabo el pago

a ICHISAL del 23 al 26 de

cada mes.

Unidad

PROCESO DE COBRO A ICHISAL

PRESTAMOS SERVICIO A ICHISAL

La unidad atiende a los pacientes conforme a la orden de

servicio del ICHISAL y elabora las facturas correspondientes,

anexa sus respectivos soportes, relaciona en el formato de

excel "Conciliación de Atenciones Médicas Servicios de Salud

de Chihuahua - ICHISAL (formato 11) y registra contablemente

cada mes.

ICHISAL NOS PRESTA EL SERVICIO

Envía mediante oficio a ICHISAL paquete de facturas con su

respectivo soporte durante el mes, documentación que deberá

estar en ICHISAL a más tardar el día 4 del mes siguiente.

Se envía copia del acuse y la relación de excel (formato1) de

las facturas via oficio a oficina central de Servicios de Salud al

departamento de Cuotas de Recuperación (la relación de

excel también debe ser enviada por mail en la misma fecha).

Unidad genera orden de servicio (formato 13)para que

ICHISAL atienda a nuestro empleado.

ICHISAL recibe las facturas y en caso de alguna anomalía,

devuelve la factura a la unidad mediante oficio con copia a

oficina central de Servicios de Salud al departamento de

Cuotas de Recuperación indicando la causa del rechazo.

ICHISAL otroga el servicio y envía factura original con su

respectiva orden de servicio, así como sus soportes, a la

Unidad a la que pertenece el empleado que recibe el

servicio.

Oficina central de Servicios de Salud concentra la información

de cada una de las unidades y ratifica que la información se

encuentre reflejada en la contabilidad de la unidad.

Unidad registra contablemente y envia a Oficina Central

al departamento de cuotas de recuperación por medio

de oficio la relación en excel de las facturas (formato 1),

a mas tardar el dia 4 del siguiente mes , Nota: el archivo

en excel tambien deberá ser enviado por correo

electrónico.

Unidad revisa las facturas y en caso de alguna anomalia,

envíará su devolución a ICHISAL mediante oficio

indicando el motivo del rechazo. Si es correcta la

facturación y soporte, continua proceso.

Se realiza reunión con ICHISAL para conciliar las facturas por

unidad el dia 15 de cada mes.

Se lleva a cabo compensación por unidad y en su defecto se

determina si hay saldo a favor o en contra de la unidad el día

20 de cada mes.

Se solicita a las unidades que registren las operaciones

correspondientes, ya sean compensaciones o pagos del día 23

al 26 de cada mes.

Re

spo

nsab

leR

esp

on

sab

le

Servicios de Salud de Chihuahua

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ANEXO 13 Orden de servicio

UNIDAD FECHA dia/mes/año

NOMBRE DEL EMPLEADO Nombre completo del empleado

No. DE EMPLEADO O RFC No. De empleado, o rfc según sea el caso

ADSCRIPCIÓN DEL EMPLEADO Hospital, Jurisdicción y/o Unidad donde el empleado labora.

SERVICIO QUE SE SOLICITA

ORDEN DE SERVICIO PARA ICHISAL

Nombre del Hospital que refiere al paciente.

JUSTIFICACIÓN

ENCARGADO DE SUBROGADOS

NOMBRE Y FIRMA NOMBRE Y FIRMA

ADMINISTRADOR

Enlistar los servicios que el paciente (empleado) requiere para su servicio medico subrogado.

Descripción por la cual no se brindo el servicio al empleado y esta siendo subrogado a ICHISAL.

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ANEXO 14 Requisición de Compra

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Anexo 15 Formato de Pago a proveedores

Proveedor o Prestador de Servicio:_____________________________________________________________________________________________________________________________________________________

Concepto:____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

Elaboró:_______________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

FECHA: PARTIDA:

IVA

TOTAL PROVEEDOR:

ELABORÓ

(administrador unidad)

PAGO PROVEEDORES

AUTORIZÓ

REVISÓ

(encargado de rec. Financiero)

TOTALUNIDAD DIRECCIÓN SUBTOTAL

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CUENTA CONTABLE # DE COMPRA O SERVICIO LUGAR DE PAGO: FUENTE DE FINANCIAMIENTO:

Servicios de Salud Chihuahua

Dirección Administrativa

FOLIO:

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Anexo 16 Formato de reposición de fondo

FOLIO: _____________________________________________________________________________________________________________________________________

FECHA :_____________________________________________________________________________________________________________________________________

DEPARTAMENTO:_____________________________________________________________________________________________________________________________

LUGAR DE PAGO:____________________________________________________________________________________________________________________________

No. CHEQUE IMPORTE

TOTAL:

REVISÓ

CONCEPTOPROVEEDOR

Servicios de Salud de ChihuahuaDirección Administrativa

Subdirección de Programación y Presupuesto

REPOSICIÓN DE FONDO REVOLVENTE

ELABORÓ

AUTORIZÓ

(administrador unidad)

(encargado rec. Financieros)

No. FACTURA

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Anexo 17 Formato Volante de devolución

Administrador: L.C. MAGDALENA GARCIA RODRIGUEZ

Puesto:

Unidad:JURISDICCION SANITARIA I I I

BENEFICIARIO No. COMPROBANTE IMPORTE OBSERVACIONES

GASOLINERA VALLES, S.A. 17 1,500.00 NO SE CUENTA CON PARTIDA PARA PAGO DE COMBUSTIBLE

9,997.58

ELABORÓ REVISÓ

Envío Volante de Devolución en relación al detalle de rev isión de facturas según oficio de comprobación 10513, con fecha del 16 de abril del 2014 recibido por la

Subdirección de Programación y Presupuesto el día 04/06/2014.

Los Movimientos detallados a continuación, estarán pendientes de trámite según las observaciones requeridas. Le agradecemos atender los debidos movimientos para

continuar con su trámite de pago.

No. De Volante: ______007____________________

JUNIO /16/2014

Dirección Administrativa

IMPORTE TOTAL DE DEVOLUCIÓN:

AUTORIZÓ

SERVICIOS DE SALUD CHIHUAHUA

Subdirección de Programación y Presupuesto

VOLANTE DE DEVOLUCIÓN