politica fiscal y tributaria final

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UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLO ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA INDICE PRESENTACION 2 INTRODUCCION 3 I) Política fiscal 1. Orígenes y Propósito 4 2. Encuadramiento 5 3. Objetivo 5 4. Contenido 6 5. Proceso de actuación dela política fiscal 6 6. Mecanismos 7 7. Tipos de política fiscal 11 8. Política fiscal y empleo 12 9. Historia (teorías) 13 10. críticas a la política fiscal 14 II) POLITICA TRIBUTARIA 1) Definición 16 2) Lineamientos 16 3) Cuatro problemas de la política tributaria 17 4) Los tributos 19 a) Concepto b) Características 19 c) Fines 19 5) Importancia de la tributación 19 6) Principio de tributación 19 7) Evasión tributaria 22 8) Administración tributaria 23 9) Tipos de tributos 24 10) Clases de tributos 27 a) En base a la vinculación 27 b) En base a la justificación por el estado 29 c) Según su administración 31 POLÍTICA FISCAL Y TRIBUTARIA | 1

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POLITICA FISCAL Y TRIBUTARIA FINAL

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Page 1: Politica Fiscal y Tributaria Final

UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLO

ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

INDICEPRESENTACION 2

INTRODUCCION 3

I) Política fiscal

1. Orígenes y Propósito 42. Encuadramiento 53. Objetivo 54. Contenido 65. Proceso de actuación dela política fiscal 66. Mecanismos 77. Tipos de política fiscal 118. Política fiscal y empleo 129. Historia (teorías) 1310. críticas a la política fiscal 14

II) POLITICA TRIBUTARIA

1) Definición 162) Lineamientos 163) Cuatro problemas de la política tributaria 174) Los tributos 19

a) Concepto b) Características 19c) Fines 19

5) Importancia de la tributación 196) Principio de tributación 197) Evasión tributaria 228) Administración tributaria 239) Tipos de tributos 24

10) Clases de tributos 27a) En base a la vinculación 27b) En base a la justificación por el estado 29c) Según su administración 31

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ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

PRESENTACIÓNEl presente trabajo se centra en el estudio de uno de los temas más

importantes en cualquier ente público, pues se trata en primer lugar de la

política fiscal y tributaria. En este sentido, es relevante destacar algunas

cuestiones transcendentes, como es el concepto detallado de cada uno de

estos puntos así como la clasificación y objetivo dentro de nuestro país.

Juntos en grupo hemos visto a este trabajo no como algo convencional, sino

que ahora es la culminación de un esfuerzo de largo aliento en el campo de la

investigación, por considerarlo relevante en nuestro aprendizaje. Por

consiguiente, esperamos que los datos incluidos sean los que se necesite para

sus posteriores estudios.

En las siguientes líneas, hemos tratado de incluir exquisita información,

coherente con lo que ahora es nuestro objeto de estudio: Política fiscal y

tributaria, lo cual se ve reflejado en el análisis y síntesis de los datos que

estamos presentando.

Por la pulcridad de su elaboración, y el esmero que cada autor puesto en este,

queremos la valoración y el respeto que creemos se merece. En este sentido,

también esperamos que el presente cumpla con las expectativas que cualquier

lector requiere, para que este califique como un digno trabajo.

Las Alumnas

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ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA INTRODUCCIÓN

No cabe duda que la política económica es el argumento fundamental del Estado para justificar la función reguladora y estabilizadora que este cumple en las naciones que poseen economías modernas; fijando las políticas impositivas, monetarias y cambiarias, así como diseñando las reglas del juego; permitiendo que el mercado actúe libremente pero respetando estas reglas.

   Es la intención de este material representar de la forma más sencilla posible lo que representa la política fiscal, la cual comprende la función impositiva y reguladora del Estado en las economías modernas; y especialmente nos referiremos a la Política fiscal y tributaria de nuestro país.

  Comenzaremos con un breve análisis de la política económica y sus objetivos e instrumentos, para de esta manera comprender lo que significa la política fiscal como parte de la política económica de una nación. Luego analizaremos con detalle el significado de la Política Fiscal y Tributaria, destacando sus componentes como los son el gasto público y la gestión tributaria o función impositiva

I) POLÍTICA FISCAL 1) ORÍGENES:

Un término este, política, que tiene su origen etimológico en el griego y concretamente en el vocablo polis que puede traducirse como “ciudad”. Pero no sólo de este emana aquel sino también de lo que se conocía en aquel tiempo como “La Politeia” que era el nombre que los griegos utilizaban para referirse a la llamada “Teoría de la Polis”.

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ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIAFiscal, procedente del latín fiscālis, es aquello que pertenece o

guarda relación con el fisco (tal como se denomina al conjunto de organismos públicos destinados a la recaudación de impuestos o el tesoro público en general).

Lo que se conoce como política fiscal, por lo tanto, es una división enmarcada en la política económica que se encarga de establecer el presupuesto de un Estado, con los impuestos y la variable del gasto público como puntos a considerar para conservar la estabilidad financiera.

La política fiscal es una rama de la política económica que configura el presupuesto del Estado, y sus componentes, el gasto público y los impuestos, como variables de control para asegurar y mantener la estabilidad económica, amortiguando las variaciones de los ciclos económicos, y contribuyendo a mantener una economía creciente, de pleno empleo y sin inflación alta. El nacimiento de la teoría macroeconómica keynesiana puso de manifiesto que las medidas de la política fiscal influyen en gran medida en las variaciones a corto plazo de la producción, el empleo, y los precios.

PROPÓSITO:

El propósito de la política fiscal es posibilitar el crecimiento de la economía, amortiguar los vaivenes de los periodos económicos y garantizar la administración adecuada de los recursos del Estado. Las medidas de la política fiscal tienen incidencia en el corto plazo en el nivel de empleo, la producción y los precios de mercado.

Como toda actividad política, la política fiscal está determinada por la ideología de su diseñador y ejecutor. El gobierno puede implantar una política fiscal expansionista (con un aumento del gasto público o el recorte de los impuestos) o una política fiscal contractiva (que busca recortar el gasto público y/o aumentar los impuestos).

En última instancia, la política fiscal debe servir para distribuir la riqueza de un país y corregir los fallos del mercado. Por cuestiones éticas, se considera que la política fiscal debe favorecer a los que menos tienen para lograr la inclusión social y evitar los estallidos.Por último hay que subrayar el hecho de que en España existe lo que se conoce como Consejo de Política Fiscal y Financiera. Un organismo este, creado en el año 1980 y que forma parte del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, que tiene como objetivo el conseguir coordinar lo que es la actividad financiera del Estado en general con la que tiene lugar entre las distintas comunidades autónomas que conforman el país.

2) Encuadramiento

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ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA La actividad económica que el

Estado desempeña en las sociedades comprende tres funciones básicas: una función de asignación de recursos, una función redistributiva, y una función estabilizadora. Mediante la función de asignación, el Estado suministra bienes que, en determinadas circunstancias, el mercado no proporciona adecuadamente debido a la existencia de los denominados fallos del mercado.

Con la función redistributiva, trata de conciliar las diferencias de criterio que se producen entre la distribución de la riqueza que realiza el sistema de mercado y la que la sociedad considera justa. En la tarea de redistribución, intervienen fundamentos éticos, políticos, y económicos. La función estabilizadora, donde se encuadra la política fiscal, trata de conseguir la estabilidad del sistema económico, evitar sus desequilibrios, y provocar los ajustes necesarios en la demanda agregada para superar en cada caso las situaciones de inflación o desempleo.

3) Objetivos finales de la política fiscalComo se ha expuesto anteriormente, los objetivos principales de toda política fiscal son:

Acelerar el crecimiento económico. Plena ocupación de todos los recursos productivos de la sociedad,

tanto humanos, como materiales y capitales. Plena estabilidad de los precios, entendida como los índices generales

de precios para que no sufran elevaciones o disminuciones importantes.

Política fiscal expansiva: Se presenta cuando se toman medidas que generen aumento en el gasto público o reducción de los impuestos

Política fiscal contractiva: Se presenta cuando se toman decisiones que buscan un gasto público reducido, aumento de impuestos, o una combinación de ambos.

4) ContenidoLa manifestación principal de la política fiscal se materializa en los presupuestos del Estado y consiste en el conjunto de medidas que toma un gobierno referente al gasto público y a los ingresos públicos. En lo referente al gasto, se ha de determinar su cuantía total,

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ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIAconcretando la composición del mismo, y su destinatario, es

decir, si son compras directas de bienes y servicios por el Estado o transferencias de fondos realizadas a las empresas y a los ciudadanos. En cuanto a los ingresos se debe consignar la previsión de cuanto se espera recaudar, a través de qué impuestos, y como síntesis la relación entre ingresos y gastos del Estado.

5) Proceso de actuación de la política fiscal

El proceso se resume en este gráfico, que marca una inversión fija y unos impuestos proporcionales a la producción:

Leyenda:

T: tributos (impuestos, tasas, contribuciones especiales, etc), dinero que se recauda los ciudadanos.

G: gasto público, dinero que gasta el Estado para obras, etc. Eje de ordenadas (vertical): mide dinero (recibido o gastado)

Eje de abscisas (horizontal): producto nacional (PNB); producción

P1: equilibrio fiscal; T=G Zona en rojo, P2: zona de déficit, porque el gasto es mayor que

los ingresos Zona en verde, P3: zona de superávit, porque se ingresan más

de lo que se gasta, mediante los impuestos

Hay que aclarar que el déficit (déficit fiscal, ya que se trata de un gobierno) no es necesariamente algo malo que hay que evitar. Los partidarios de la política fiscal creen que, en vez de intentar estar en el punto de equilibrio (P1 en la gráfica), va bien aumentar el gasto público para incentivar la economía; por tanto G>T y hay déficit.

6) Mecanismos

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ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIALos dos mecanismos de control sugeridos por

los keynesianos (los seguidores de la política fiscal) son:

Variación del gasto público Variación de los impuestos

De los dos, es más importante el control de la inversión pública. Pero si hay que elegir entre hacer que el Estado gaste más o bajar los impuestos, los políticos suelen preferir lo segundo, porque es inmediato, reversible, y les da buena fama.A continuación se explica cada uno de estos métodos.

a) Variación del gasto público

Gasto público (inversión pública) es cuánto dinero gasta el Estado en pagar los proyectos públicos, como carreteras, vías y otras construcciones. Conjunto de gastos realizados por el gobierno en bienes y servicios para el Estado.Cuando un gobierno altera las compras de bienes y servicios del Estado, logra desplazar la curva de demanda agregada. Supongamos, por ejemplo, que el Ministerio de Fomento de un

país contrata la construcción de una nueva

autopista a una empresa constructora por valor de 3.000 millones de euros. Esta contratación eleva la demanda de producción de las constructoras implicadas, lo que induce a las empresas del sector a contratar más trabajadores y a aumentar la producción. Como las constructoras forman parte de la economía, el aumento de la demanda de la autopista se traduce en un aumento de la demanda agregada de bienes y servicios del país. La curva de demanda agregada se desplaza hacia la derecha, incrementándose el PIB, en la medida que uno de los componentes de éste es el gasto público.

1. En un primer momento podría pensarse que la curva de demanda agregada se desplaza hacia la derecha exactamente en 3.000 millones de euros, que es el dinero gastado en la construcción. Sin embargo, no es así. Se producen dos efectos macroeconómicos que hacen que la magnitud del desplazamiento de la demanda agregada sea diferente de la variación de las compras del Estado. El primero -el efecto multiplicador- sugiere que el desplazamiento de la demanda agregada podría ser superior a 3.000 millones de

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ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIAeuros que era el gasto realizado. El segundo efecto a tener en

cuenta es el efecto expulsión.

i. El efecto multiplicador

Según el mecanismo keynesiano del multiplicador, un aumento de la inversión eleva la renta de los consumidores, provocando una cadena de aumentos del gasto en cascada pero cada vez menores. Las variaciones de la inversión se multiplican, pues, traduciéndose en aumentos mayores de la producción. El mecanismo del multiplicador no se aplica sólo a la inversión sino que tiene un carácter mucho más amplio. En realidad, cualquier variación del gasto público también se traduce en una variación mayor de la producción. Esta cuestión, analizada por primera vez por Keynes, llevó a muchos economistas a recomendar la utilización de la política fiscal como instrumento para estabilizar el ciclo económico.

ii. Efecto expulsión

El segundo efecto influyente para determinar la cuantía del efecto total de la política fiscal de gasto sobre la demanda agregada es el denominado efecto-expulsión, que

sugiere que el efecto que tendría el gasto de 3.000 millones de euros sobre el PIB, en el ejemplo anteriormente expuesto, podría ser inferior a 3.000 millones.Aunque el efecto multiplicador sugiere que la variación de la demanda provocada por la política fiscal puede ser mayor que la variación de las compras del Estado, existe otro efecto que actúa en sentido contrario. Aunque un aumento de las compras del Estado estimula la demanda de bienes y servicios, también provoca una subida del tipo de interés, la cual tiende a atemperar la demanda de bienes y servicios. La reducción que experimenta la demanda cuando una expansión fiscal eleva el tipo de interés se denomina efecto expulsión.Para ver por qué se produce este efecto-expulsión, comprobemos una vez más qué ocurre cuando el Estado construye la autopista por valor de 3.000 millones de euros. Como ya hemos señalado, este aumento de la demanda eleva las rentas de los trabajadores y de los propietarios de estas empresas (y como consecuencia del efecto multiplicador, también de otras empresas). Al aumentar la renta, los hogares planean comprar más bienes y servicios y, como consecuencia, deciden tener una parte mayor de su riqueza en un activo líquido. Es decir, el aumento de la renta provocado por la expansión fiscal eleva la demanda de dinero, que debemos recordar es una función dependiente, entre otros factores, de la Renta

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ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIAmonetaria de los sujetos. Como el banco central no ha alterado

la oferta monetaria, la curva de oferta vertical no varía. Cuando el aumento del nivel de renta desplaza la curva de demanda de dinero hacia la derecha, el tipo de interés debe subir con el fin de mantener equilibradas la oferta y la demanda de dinero.La subida del tipo de interés reduce, a su vez, la cantidad demandada de bienes y servicios. En particular, como será más caro pedir préstamos la demanda de inversión tanto en viviendas y como en las empresas disminuye. En definitiva el aumento de las compras del Estado que eleva la demanda de bienes y servicios, también puede expulsar inversión. Este efecto-expulsión contrarresta en parte la influencia de las compras del Estado en la demanda agregada.Recapitulando, cuando un Estado incrementa sus compras en 3.000 millones de euros, la demanda agregada de bienes y servicios puede aumentar en una cuantía superior o inferior a 3.000 millones, dependiendo de que sea mayor el efecto multiplicador o el efecto-expulsión.

b) Variación de los impuestos

La otra gran herramienta de la política fiscal es el nivel de tributación. Cuando el gobierno de un país baja los impuestos, aumentan los ingresos netos de los hogares. Éstos ahorran parte de esta renta adicional, pero también gastan alguna en bienes de consumo. Como la reducción de los impuestos eleva el gasto de consumo, desplaza la curva de demanda agregada hacia la derecha. Asimismo, una subida de los impuestos reduce el gasto de consumo y desplaza la curva de demanda agregada hacia la izquierda. En la magnitud del desplazamiento de la demanda agregada provocado por una modificación de los impuestos también influyen el efecto multiplicador y el efecto-expulsión. Cuando el gobierno baja los impuestos y estimula el gasto de consumo, los ingresos y los beneficios aumentan, lo que estimula aún más el gasto de consumo. Éste es el efecto multiplicador. Al mismo tiempo, un aumento de la renta eleva la demanda de dinero, lo que tiende a elevar los tipos de interés. La subida de los tipos de interés encarece la petición de préstamos, lo cual reduce el gasto de inversión. Éste es el efecto-expulsión. Dependiendo de la magnitud del efecto multiplicador y del efecto-expulsión, el desplazamiento de

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ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIAla demanda agregada puede ser mayor o menor que la variación

de los impuestos que lo ha provocado.Si aumenta la renta de los consumidores (el dinero que la gente tiene disponible para gastar), entonces pueden gastar más, y es probable que lo hagan. Hay medidas para saber qué porcentaje de la renta se gasta; son la propensión marginal al consumo y la propensión marginal al ahorro.El estímulo del consumo permite mejorar la economía gracias al efecto multiplicador, un punto importante de la teoría de Keynes. Dice que el dinero, al pasar de mano en mano, va generando incrementos en la producción (producto nacional).

7) Tipos de política fiscal

Política fiscal expansiva: cuando el objetivo es estimular la demanda agregada, especialmente cuando la economía está atravesando un período de recesión y necesita un impulso para expandirse. Como resultado se tiende al déficit o incluso puede provocar inflación.

Política fiscal restrictiva: cuando el objetivo es frenar la demanda agregada, por ejemplo cuando la economía está en un período de excesiva expansión y tiene necesidad de frenarse por la excesiva inflación que está creando. Como resultado se tiende al superávit.

-Política fiscal expansiva

Los mecanismos a usar son:

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ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

Aumentar el gasto público, para aumentar la producción y reducir el desempleo.

Bajar los impuestos, para aumentar la renta disponible de las personas físicas, lo que provocará un mayor consumo y una mayor inversión de las empresas, en conclusión, un desplazamiento de la demanda agregada en sentido expansivo. De esta forma, al haber mayor gasto público, y menores impuestos, el presupuesto del Estado, genera el déficit. Después se puede decir que favorece el gasto fiscal en el impuesto presupuestario.

-Política fiscal contractiva o restrictiva 

Es la que hace disminuir la demanda agregada, a fin de generar un exceso de oferta agregada de bienes, lo que finalmente hará reducir el nivel de ingreso.Los mecanismos son los contrarios que en la expansiva:

Reducir el gasto público, para bajar la demanda agregada y por tanto la producción.

Subir los impuestos, para que los ciudadanos tengan una renta menor y en consecuencia disminuyan su consumo y así la demanda agregada se desplaza hacia la izquierda.

De esta forma, al disminuir el gasto público, y aumentar los impuestos, el presupuesto del Estado, tiende a generar un superávit o disminuir el déficit. La idea de utilizar la política fiscal para luchar contra la recesión fue presentada por John Maynard Keynes en la década de 1930, en parte como respuesta a la Gran Depresión.

8) Política fiscal y empleo

La forma en que la política fiscal afecta al empleo es un tema complejo, por lo que es necesario sopesar cuidadosamente los efectos de incentivo y desincentivo que conlleva la intervención del sector público. Por ejemplo, un sistema de prestaciones por desempleo bien diseñado no

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ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIAsolo brinda una importante red de protección a la población, sino

que, además, permite a los trabajadores dedicar más tiempo a la búsqueda del empleo más productivo. Sin embargo puede al mismo tiempo, prolongar la duración del desempleo, lo que tendría efectos secundarios sobre el potencial de producción de la economía, porque los trabajadores que se encuentran en una situación de desempleo de larga duración experimentan una depreciación de su capital humano.

Las posibles desventajas de las prestaciones sociales se observan con más claridad en sus efectos sobre la oferta de factor trabajo. Con frecuencia se menciona el pago incondicional o ilimitado de prestaciones por desempleo como uno de los principales factores que desincentivan la búsqueda de empleo. Este tipo de prestaciones puede, asimismo, reducir las presiones para reformar un mercado de trabajo ineficiente con altas tasas de paro porque los desempleados disfrutan de esos beneficios. También los sistemas públicos de pensiones tienen efectos significativos sobre la oferta de trabajadores. La escasa penalización de la jubilación anticipada, o incluso su promoción activa, han reducido dicha oferta. Por otra parte, la perspectiva de jubilación anticipada constituye un desincentivo para que los trabajadores mantengan sus conocimientos profesionales y participen en un proceso de aprendizaje continuo. Además, los incentivos a la jubilación anticipada facilitan la eliminación de mano de obra incluso en circunstancias en que el despido es muy difícil. Como resultado, las empresas que necesiten reducir su plantilla la recortarían en los segmentos de mayor edad, dándose el caso de que estos trabajadores pueden ser precisamente los que más experiencia tengan y no los menos productivos.

Las políticas orientadas al mercado de trabajo, si se diseñan y ponen en práctica adecuadamente, pueden estimular la oferta y la demanda de factor trabajo y, por consiguiente, la tasa de ocupación. Los programas de formación pueden ayudar a mantener y mejorar los conocimientos profesionales, reduciendo los desajustes entre oferta y demanda y el deterioro del capital humano entre los desempleados de larga duración. Otro desafío que se plantea es la reintegración de los grupos difíciles de emplear, como los trabajadores poco cualificados, los parados de larga duración o los trabajadores de más edad.

9) Historia

La política fiscal es la propuesta por John Maynard Keynes

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ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

Dice que la ley de Say ("la oferta genera su propia demanda") Cuantos más bienes (para los que hay demanda) se produzcan, más bienes existirán (oferta) que constituirán una demanda para otros bienes.

Expresado en palabras del mismo Say:Un producto terminado ofrece, desde ese preciso instante, un mercado a otros productos por todo el monto de su valor. En efecto, cuando un productor termina un producto, su mayor deseo es venderlo, para que el valor de dicho producto no permanezca improductivo en sus manos. Pero no está menos apresurado por deshacerse del dinero que le provee su venta, para que el valor del dinero tampoco quede improductivo. Ahora bien, no podemos deshacernos del dinero más que motivados por el deseo de comprar un producto cualquiera. Vemos entonces que el simple hecho de la formación de un producto abre, desde ese preciso instante, un mercado a otros productos.La ley de Say también es conocida como la «ley de los mercados». Ésta propone que la producción total de bienes en una sociedad o sistema económico determinado implica una demanda agregadaque es suficiente para comprar todos los bienes que se ofrecen.

a. Teorías

Algunos conceptos que intervienen en la teoría de Keynes son:

Propensión marginal al consumo Oferta agregada, con un tramo horizontal (tramo keynesiano).

10) Críticas a la política fiscal

La política fiscal dejó de ser efectiva en los años 70, porque no pudo resolver la situación conocida ahora como estanflación, que consiste en la coexistencia simultánea de una fuerte inflación y a la vez una alta tasa de desempleo, motivada por la crisis del petróleo de 1973.

Otras críticas que recibe la política fiscal son:

a. Efecto expulsión

En caso de recesión se aplica una política expansiva: se aumenta el gasto público o se bajan los impuestos. Para poder

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ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIAfinanciarse, el Estado necesita dinero, y lo encuentra en el

mercado privado: vendiendo títulos de deuda pública. Al vender tantos, el precio de los títulos baja, y la gente compra más ya que parecen rentables. Al final, la gente está invirtiendo mucho en el Estado, pero no en el mercado privado, que era lo que se pretendía.

En resumen, puede bajar la demanda de inversión cuando lo que se esperaba era que aumentara.

b. Provoca déficit comercialEn el caso anterior (se emite Deuda pública para financiarse), si los títulos los compran los extranjeros, la moneda propia subirá de valor. Eso hará que bajen las exportaciones (porque a los de

fuera les sale más caro comprar), y no es bueno que pase eso en una fase de recesión.

c. RetrasosPara que funcione bien la política fiscal, hay que tener muy en cuenta el ciclo económico, ya que si se aplica una política restrictiva durante un período de recesión, será un fracaso. Este tipo de recomendaciones son de carácter heterodoxo, y se basan en la idea de que aplicar políticas restrictivas en la parte descendente del ciclo económico, no hará más que acentuarlo.

d. Propensión al consumo, no constanteLos clásicos opinan que no siempre vamos a gastar el mismo porcentaje de nuestra renta; por tanto, la propensión marginal al consumo (o al ahorro) no es constante. Además, depende mucho de cada tipo de persona.

II) POLÍTICA TRIBUTARIA

1) ¿QUE ES POLITICA TRIBUTARIA?

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ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIALa política tributaria es una rama de la política fiscal, por ende

comprende la utilización de diversos instrumentos fiscales, entre ellos los impuestos, para conseguir los objetivos económicos y sociales que una comunidad políticamente organizada desea promover.

Son los lineamientos que orientan, dirigen y fundamentan el sistema tributario.

Decisiones de política económica y fiscal que se refieren a los impuestos, tasas, contribuciones, etc. para captar recursos públicos, Abarcan acciones de gravamen, desgravamen, exoneración, selectividad, etc.

La Política Tributaria es parte de la política fiscal, es decir, parte de la política pública. Una política pública se presenta bajo la forma de un programa de acción gubernamental en un sector de la sociedad o en un espacio geográfico, en el que se articulan el Estado y la sociedad civil. El Estado participa de manera activa en la denominada Política Tributaria, a diferencia de lo que sucede con otras como, por ejemplo, la política monetaria.

En consecuencia a lo anteriormente leído podríamos definir a la Política Tributaria como la forma en que los ciudadanos nos organizamos para lograr el BIEN COMÚN.

2) LINEAMIENTOS DE LA POLÍTICA TRIBUTARIA EN NUESTRO PAÍS

Estructura del Sistema Tributario basado en pocos impuestos

Mantener los principios de suficiencia, eficiencia, equidad y simplicidad

Garantizar los ingresos fiscales necesarios para cumplir gradualmente objetivos deL gobierno

Ampliar la base tributaria

Racionalización de beneficios y exoneraciones tributarias

Seguridad jurídica del Sistema Tributario

3) CUATRO PROBLEMAS DE LA POLÍTICA TRIBUTARIA.

a) Baja presión tributaria.

A través de la recaudación se financian las actividades del Estado. Cuánto más riqueza se genera en el país, más recauda el Estado. La presión

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Page 16: Politica Fiscal y Tributaria Final

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ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIAtributaria mide el porcentaje de riqueza que se destina para solventar

los gastos del Estado.

b) Gran cantidad de beneficios tributarios.

Los beneficios tributarios están constituidos por aquellas exoneraciones, deducciones y tratamientos tributarios especiales que implican una reducción en las obligaciones tributarias para ciertos contribuyentes. Estas herramientas significan una reducción en los recaudos del Estado. Sin embargo, su aplicación está vinculada a ciertos objetivos como el desarrollo de algunas regiones, la promoción de algunos sectores económicos, la generación de empleo y el fomento de la inversión extranjera y nacional. En teoría, los beneficios tributarios constituyen incentivos, otorgados por el Estado con la finalidad de ayudar a conseguir objetivos económicos y sociales que incrementen el crecimiento y el desarrollo del país. No obstante, cabe mencionar que la aplicación de estos beneficios disminuye la eficiencia recaudatoria, aumenta los costos de recaudación y, de no ser aplicadas correctamente, pueden reducir la equidad y transparencia del sistema tributario.

En el Perú tenemos: inafectacion (Las rentas vitalicias y las pensiones que tengan su origen en el trabajo personal, tales como jubilación, montepío e invalidez) , exoneración(Es la liberación o dispensa usualmente temporal del pago de un tributo por disposición legal.) , tratamientos tributarios especiales, declaración de donatarios(Los donatarios (aquellos que reciben la donación), distintos a las entidades y dependencias del Sector Público Nacional, están obligados a informar a la SUNAT)

c) Alta informalidad.

El sector informal está constituido por el conjunto de empresas, trabajadores y actividades que operan fuera de los marcos legales y normativos que rigen la actividad económica. Por lo tanto, pertenecer al sector informal supone estar al margen de las cargas tributarias y normas legales, pero también implica no contar con la protección y los servicios que el estado puede ofrecer.

d) La complejidad del sistema tributario.

Las obligaciones tributarias imponen altas cargas a los negocios en términos de costos y tiempo, desincentivan potencialmente a la inversión y promueven la informalidad. En el ranking global de facilidad para el pago de impuestos, el Perú ocupa el puesto 86 de un total de 183 países. Sin embargo, en el indicador específico que mide el número de horas al año que los contribuyentes destinan a cumplir con las obligaciones tributarias, el

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ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIAPerú ocupa el puesto 153 de 183 países y el puesto 20 entre los 28

países de América Latina.

En resumen, podemos concluir que los principales problemas del sistema tributario en el Perú son:

El bajo nivel de la recaudación, insuficiente para financiar servicios públicos adecuados.

La concentración de la recaudación en el gobierno central y la poca participación de los gobiernos regionales y locales.

La estructura de la recaudación con mayor preponderancia de los impuestos indirectos y la baja recaudación de los impuestos directos (renta y propiedad), lo que causa que el impacto de la tributación en la equidad sea mínimo.

Los altos niveles de evasión tributaria del impuesto a la renta y del impuesto general a las ventas.

Las altas tasas impositivas.

La reducida base tributaria, causada por deducciones generosas, exoneraciones que no contribuyen a la equidad y regímenes especiales que promueven la atomización de las empresas y la evasión. La complejidad del sistema tributario en su conjunto.

4) LOS TRIBUTOS

a) CONCEPTO Según la Ley General Tributaria art. 2.1 Los tributos son ingresos públicos que consisten en prestaciones pecuniarias exigidas por una Administración pública. Se exigen como consecuencia de la realización del presupuesto de hecho al que la ley vincula la obligación de contribuir, con el fin primordial de obtener ingresos para el sostenimiento de los gastos públicos. Podemos definir un tributo como prestaciones (algo que damos) patrimoniales (porque disminuyen nuestro patrimonio) obligatorias que debemos hacer a las entidades públicas. Los tributos surgen de la necesidad de financiar a las administraciones públicas, aunque en ocasiones también

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ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIAse persiguen otros fines. Con excepciones los tributos se pagan

mediante prestaciones monetarias.

Su fin primordial es el de obtener los ingresos necesarios para el sostenimiento del gasto público, sin perjuicio de su posible vinculación a otros fines.Así, el tributo es: - Una obligación pecuniaria, es decir, que se ha de satisfacer en dinero y no mediante otro tipo de bienes o servicios. - Una obligación establecida a favor de un ente público. - Una obligación que nace por la realización de un presupuesto definido por una norma con rango de ley. - El tributo genera un ingreso público y de Derecho público, es decir, no sólo se establece a favor de un ente público sino que, además, está regulado por normas de carácter público. Dicho ingreso ha de aplicarse necesariamente a la satisfacción de necesidades públicas. De conformidad con la Constitución Política de la República del Perú, los peruanos están obligados a contribuir de manera proporcional y equitativa para sufragar los gastos públicos del Gobierno Central, Gobiernos Regionales y Locales.

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ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

b) CARACTERISTICAS

Un tributo es una modalidad de ingreso público o prestación patrimonial de carácter público, exigida a los particulares, que presenta los siguientes rasgos identificatorios:

Carácter Coactivo

El carácter coactivo de los tributos está presente en su naturaleza desde los orígenes de esta figura. Supone que el tributo se impone unilateralmente por los entes públicos, de acuerdo con los principios constitucionales y reglas jurídicas aplicables, sin que concurra la voluntad del obligado tributario, al que cabe impeler coactivamente al pago.

Debido a este carácter coactivo, y para garantizar la autoimposición, principio que se remonta a las reivindicaciones frente a los monarcas medievales y que está en el origen de los Estados constitucionales, en Derecho tributario rige el principio de

legalidad. En virtud del mismo, se reserva a la ley la determinación de los componentes de la obligación tributaria o al menos de sus elementos esenciales.

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Carácter Pecuniario

Si bien en sistemas premodernos existían tributos consistentes en pagos en especie o prestaciones personales, en los sistemas tributarios capitalistas la obligación tributaria tiene carácter dinerario. Pueden, no obstante, mantenerse algunas prestaciones personales obligatorias para colaborar a la realización de las funciones del Estado, de las que la más destacada es el servicio militar obligatorio.

En ocasiones se permite el pago en especie: ello no implica la pérdida del carácter pecuniario de la obligación, que se habría fijado en dinero, sino que se produce una dación en pago para su cumplimiento; las mismas consideraciones son aplicables a aquellos casos en los que la Administración, en caso de impago, proceda al embargo de bienes del deudor.

Carácter Contributivo

El carácter contributivo del tributo significa que es un ingreso destinado a la financiación del gasto público y por tanto a la cobertura de las necesidades sociales. A través de la figura del tributo se hace efectivo el deber de los ciudadanos de contribuir a las cargas del Estado, dado que éste precisa de recursos financieros para la realización de sus fines. El Federalista justificaba la atribución de la potestad impositiva a los poderes públicos afirmando que:

El dinero ha sido considerado, con razón, como el principio vital del cuerpo político, como aquello que sostiene su vida y movimiento y le permite ejecutar sus funciones más vitales.

El carácter contributivo permite diferenciar a los tributos de otras prestaciones patrimoniales exigidas por el Estado y cuya finalidad es sancionadora, como las multas. Pese a que el principal objetivo de los tributos sea la financiación de las cargas del Estado, pueden concurrir objetivos de política económica o cualesquiera otros fines, que en casos concretos pueden prevalecer sobre los contributivos.

c) FINES Los tributos, además de ser medios para obtener los recursos necesarios para el sostenimiento de los gastos públicos, podrán servir como instrumentos de la política económica general y atender a la realización de los principios y fines establecidos en la Constitución. Sostemiento de los gastos públicos.

d) IMPORTANCIA DE LA TRIBUTACIÓN

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ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIALa tributación en el Perú está reglamentada por el Decreto Ley

N° 816, el cual indica el conjunto de pagos obligatorios que deben hacer las personas naturales o jurídicas, las sociedades conyugales, sucesiones indivisas u otros entes colectivos, nacionales y extranjeros domiciliarios en el Perú (los no domiciliarios también tienen obligaciones en relación a patrimonios, rentas y contratos) a favor del Estado Peruano y de los gobiernos locales.

e) PRINCIPIOS DE LOS TRIBUTOS

a) Legalidad: los tributos sólo se crean por ley. b) Igualdad: los tributos son iguales para todos los contribuyentes comprendidos en al ley. c) Justicia: los tributos no pueden tener efectos confiscatorios, es decir, que no pueden privarse de todos sus bienes al que adeuda impuestos. d) Publicidad: debe proporcionarse bastante y clara información sobre los tributos.

5) EVASIÓN TRIBUTARIA

Evasión tributaria es la sustracción fraudulenta e intencional al pago de un tributo, destinada a reducir total o parcialmente la carga tributaria; como por ejemplo, en los casos de doble facturación. La evasión debe distinguirse del mero incumplimiento o del retraso en el pago de las obligaciones tributarias, supuestos en los que no existe voluntad de engaño o fraude al Estado

Son los actos de los contribuyentes que buscan eludir el pago de impuestos. Se pueden presentar de tres formas: a) No declarando el verdadero monto de las rentas percibidas (se las disminuye). b) Incrementando las reducciones permitidas por ley. c) Simplemente no pagando.

. Entre las principales causas de la evasión en el Perú, tenemos:

a) Alto porcentaje de informalidad. b) Alto costo de formalización.c) Sistema tributario muy complicado: Las micro y pequeñas empresas (MYPES) deben optar entre tributar de acuerdo con los regímenes simplificados existentes, o de acuerdo con las normas del régimen general, el cual incluye llevar contabilidad completa. El régimen simplificado del IGV integrado con el del impuesto a la renta, denominado Régimen Único Simplificado (RUS) solo permite acceder a las MYPES que operan como personas naturales, no así a las empresas individuales y a las sociedades. d) Poca probabilidad de ser fiscalizado y sancionado: Poca capacidad de la Administración Tributaria. La SUNAT no difunde de manera sistemática el número de fiscalizaciones que realiza y los sectores económicos que están siendo fiscalizados. Tampoco se conoce los criterios que orientan la selección de los contribuyentes a fiscalizar y

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ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIAlos aspectos que un auditor revisa durante la fiscalización. Entre

los contribuyentes fiscalizados existe la percepción de que el auditor llega “a ciegas” a visitar a una empresa y solicita toda la información posible para detectar incumplimientos, en lugar de llegar con información previa proveniente de los cruces de información de la base de datos de la SUNAT, reconocida como una de las bases de datos más completas del país.

6) ADMINISTRACION DE LOS TRIBUTOS La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT (*) : administra los tributos internos y tributos aduaneros tales como el Impuesto a la Renta, Impuesto General a las Ventas, Impuesto Selectivo al Consumo, Impuesto Especial a la Minería, Régimen Único Simplificado y los derechos arancelarios derivados de la importación de bienes. Mediante la Ley N° 27334 se amplió las funciones de la SUNAT a efectos de que administre las aportaciones a ESSALUD y a la ONP. La SUNAT también administra otros conceptos no tributarios como las Regalías Mineras y el Gravamen Especial a la Minería.(*) En aplicación del Decreto Supremo 061-2002-PCM, se dispuso la fusión por absorción de la Superintendencia Nacional de Aduanas (SUNAD) por la Superintendencia Nacional de Tributos Internos (SUNAT), pasando la SUNAT a ser el ente administrador de tributos internos y derechos arancelarios del Gobierno Central. El 22 de diciembre de 2011 se publicó la Ley Nº 29816 de Fortalecimiento de la SUNAT, estableciéndose la sustitución de la denominación de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria-SUNAT por Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria – SUNAT. La SUNAT: es una institución pública descentralizada, del Sector de Economía y Finanzas, encargada de la administración y recaudación de los tributos internos, es decir los tributos que van a financiar los gastos o volúmenes que tiene que afrontar el Gobierno.

Funciones de la SUNAT: a) Administrar los procesos de recaudación y fiscalización de los tributos internos, así como resolver las reclamaciones que se presenten. b) Recaudar los tributos, para lo cual cuenta con todo un sistema de recaudación bancaria. c) Prevenir y detener la evasión tributaria. d) Formar conciencia tributaria. e) Proceder a cobrar coactivamente a quienes no han cancelado su deuda tributaria. d) Sancionar a los infractores tributarios.

Los Gobiernos Locales (Municipalidades) : Administran exclusivamente los impuestos que la ley les asigna tales como el Impuesto Predial, Impuesto al patrimonio automotriz, alcabala, Impuestos a los juegos, etc.; así como los derechos y tasas municipales tales como licencias, arbitrios y derechos.

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ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA7) TIPOS DE TRIBUTOS

El   impuesto  Es una clase de tributo (obligaciones generalmente pecuniarias en favor del acreedor tributario) regido por derecho público. Se caracteriza por no requerir una contraprestación directa o determinada por parte de la administración hacendaria (acreedor tributario).

Los impuestos en la mayoría de legislaciones surgen exclusivamente por la “potestad tributaria del Estado”, principalmente con el objetivo de financiar sus gastos. Su principio rector, denominado “Capacidad Contributiva”, sugiere que quienes más tienen deben aportar en mayor medida al financiamiento estatal, para consagrar el principio constitucional de equidad y el principio social de la libertad.Los impuestos son cargas obligatorias que las personas y empresas tienen que pagar para financiar al estado. En pocas

palabras: sin los impuestos el estado no podría funcionar, ya que no dispondría de fondos para financiar la construcción de infraestructuras (carreteras, puertos, aeropuertos, eléctricas), prestar los servicios públicos de sanidad, educación, defensa, sistemas de protección social (desempleo, prestaciones por invalidez o accidentes laborales), etc.

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ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

Son prestaciones generalmente monetarias. Son verdaderas prestaciones que nacen de una obligación tributaria; es una obligación de pago que existe por un vínculo jurídico. El sujeto activo de las relaciones tributarias es el Estado o cualquier otro ente que tenga facultades tributarias, que exige tributos por el ejercicio de poderes soberanos, los cuales han sido cedidos a través de un pacto social.El sujeto pasivo es el contribuyente tanto sea persona física como jurídica.Sujeto de jure: el que fue considerado en la norma al establecer el impuesto. Sujeto de facto: es quien soporta la carga económica del impuesto, a quien el sujeto de jure traslada el impacto económico. En el moderno estado de derecho los tributos son creados por ley. El Estado es una forma moderna de convivencia social.

Tasas

Generalmente se denominan tasas a los tributos que gravan la realización de alguno de los siguientes hechos imponibles:

La utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público.

La prestación de servicios públicos. La realización de actividades en régimen de

Derecho público.

Contribuciones especialesLas contribuciones especiales o contribuciones de mejora son tributos cuyo hecho imponible consiste en la obtención por el obligado tributario de un beneficio o de un aumento de valor de sus bienes como consecuencia de la realización de obras públicas o del establecimiento o ampliación de servicios públicos. El producto de la contribución no debe tener un destino ajeno al de la financiación de las obras públicas sobre las que

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ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIAse ve beneficiado el contribuyente.

CotizacionesSe denomina cotización a las cuantías donde los trabajadores deben ingresar al estado en concepto de aportación a la seguridad social.La cotización es:

Aquel documento o información que el departamento de compras usa en una negociación. Es un documento informativo que no genera registro contable. Cotización son la acción y efecto de cotizar (poner precio a algo, estimar a alguien o algo en relación con un fin, pagar una cuota). El término suele utilizarse para nombrar al documento que informa y establece el valor de productos o servicios. Por ejemplo: “Por favor envíame la cotización de diez litros de pintura y tres kilos de cal”, “Ayer hablé con Lautaro para que me pase la cotización pero aún no recibí nada”, “La cotización del servicio me dejó sin palabras”.

Más específicamente, cotización de un valor mobiliario o título valor es su admisión a negociación en un mercado bursátil o de una divisa. Más exactamente, la cotización es la tasación oficial que se hace de su valor (normalmente a diario), en función de criterios pre-establecidos que dependen de las órdenes de compra y de venta de ese título y también puede estar regulada por el Estado: “El gobierno no dejará que la cotización del dólar supere los cinco pesos”, “El contador está preocupado por la pobre cotización de los títulos de la empresa”, “Si la cotización de las acciones sigue subiendo, nos haremos millonarios o si bajan, nos arruinaremos”.

En seguridad social

En seguridad social, se denomina cotización a las cuantías (cuotas) que los trabajadores y empleadores deben ingresar al Estado en concepto de aportación. Este tipo de aportación en algunos países recibe el nombre de cotización previsional, y es la fracción, usualmente mensual, de un sueldo o salario depositado por el empleado o empleador (mediante es: retención) en un sistema de Seguridad Social. Han de quedar reflejados en la nómina. En el caso de Chile sólo está previsto a efectos de jubilación, y los aportes se hacen a la cuenta individual de retiro del trabajador en una AFP.

8) CLASES DE TRIBUTOSa) CLASIFICACIÓN EN BASE A LA VINCULACIÓN O LA

CONTRAPRESTACIÓN O BIPARTITA

• esta clasificación establece que los tributos pueden ser vinculados o no vinculados. de ahí su denominación como clasificación bipartita.

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ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

TRIBUTOS VINCULADOS tributos vinculados son aquellos en los

cuales existe una relación de reciprocidad entre el acreedor tributario y el contribuyente.

por la relación establecida por la ley, el contribuyente o el responsable realiza la prestación contenida en el tributo y el acreedor está obligado a realizar a favor de este una contraprestación que puede consistir en un servicio, una actividad estatal o la realización de una obra pública. en este grupo tenemos a la contribución y a la tasa.

TRIBUTOS NO VINCULADOS Tributos no vinculados son aquellos en los cuales no existe una relación de reciprocidad sino una relación con prestación unilateral o una relación sin contraprestación. En esta clase de tributos el contribuyente o responsable cumple con la prestación contenida en el tributo pero el estado de manera directa o individualizada no realiza ninguna contraprestación a favor del contribuyente. En este grupo tenemos al impuesto.EJEMPLOS DE TRIBUTOS VINCULADOS

• como lo señalamos la contribución y la tasa son tributos vinculados. • el estado sea mediante el gobierno central, los gobiernos regionales,

los gobiernos locales y los entes de derecho público con personería jurídica propia; pueden ser acreedores de tributos vinculados acorde a lo señalado por el legislador.

• tratándose del senati, está facultada está a exigir el cumplimiento de una contribución a su favor de las empresas industriales, brindando como contraprestación el servicio de capacitación a los trabajadores de la empresa aportante (actividad estatal).

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ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA• tratándose de la SBS, está facultada a exigir una contribución a

la caja Trujillo por la actividad estatal realizada en esta entidad del sistema financiero.

EJEMPLOS DE TRIBUTOS NO VINCULADOS

• como lo señalamos el impuesto es un tributo no vinculado. • el estado en sus niveles del gobierno central y los gobiernos locales

son acreedores de impuestos o tributos no vinculados.• la SUNAT administra los impuestos del gobierno central y tributos de

otras entidades del estado como Es salud o la OPN.• ejemplos de impuestos a favor del gobierno central son: el impuesto

general a las ventas (igv), el impuesto a la renta (ir), el impuesto selectivo al consumo (isc), el impuesto a las transacciones financieras (itf).

• ejemplos de impuestos a favor del gobierno local son: el impuesto predial, el impuesto de alcabala, el impuesto a las apuestas.

CLASIFICACIÓN EN BASE A LA JUSTIFICACION DEL TRIBUTO POR EL ESTADO, UNIVERSO DE BENEFICIADOS, ECONOMICA O TRIPARTITA

• esta clasificación se estructura sobre 3 clases de tributos diferentes: - el impuesto; - la contribución y - la tasa.

• es la adoptada por la mayoría de las legislaciones latinoamericanas incluidas la del Perú.

• el impuesto es justificado por la existencia de la capacidad contributiva del gravado con el impuesto basada en sus rentas, patrimonios, consumo e importaciones. el impuesto financia actividades del estado que benefician al conjunto de la población como la defensa nacional, la construcción de carreteras.

• es acorde a la norma citada: un tributo cuyo cumplimiento no origina una contraprestación directa en favor del contribuyente por parte del estado.

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ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

• la contribución es justificada por existir un beneficio por parte de ciertos agentes económicos al realizarse una obra pública o una actividad estatal, como se aprecia se financian así estas, produciendo el beneficio de un sector de la población o de un determinado sujeto o ente de la población.

• es acorde a la norma citada: un tributo cuya obligación tiene como hecho generador beneficios derivados de la realización de obras públicas o de actividades estatales.

     

• la tasa es justificada porque existe la prestación de un servicio a favor del obligado a realizarla, permiten financiar la prestación de servicios públicos que benefician a un sector de la población o a un sujeto o ente individualizado.

• es acorde a la norma citada: un tributo cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva por el estado de un servicio público individualizado en el contribuyente.

CLASIFICACIÓN DE LOS TRIBUTOS SEGÚN SU

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ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA1. Gobierno Central

Los tributos se crean, modifican o derogan, o se establece una exoneración, exclusivamente por ley o decreto legislativo en caso de delegación de facultades, salvo los aranceles y tasas, los cuales se regulan mediante decreto supremo. El Estado, al ejercer la potestad tributaria, debe respetar los principios de reserva de la ley, y los de igualdad y respeto de los derechos fundamentales de la persona. Ningún tributo puede tener efecto confiscatorio. 

Impuestos Impuesto a la Renta

El Impuesto a la Renta grava las rentas que provengan del capital, del trabajo y de la aplicación conjunta de ambos factores, entendiéndose como tales a aquéllas que provengan de una fuente durable y susceptible de generar ingresos periódicos.Las rentas de fuente peruana afectas al impuesto están divididas en cinco categorías, además existe un tratamiento especial para las rentas percibidas de fuente extranjera.

1. Primera categoría, las rentas reales (en efectivo o en especie) del arrendamiento o sub – arrendamiento, el valor de las mejoras, provenientes de los predios rústicos y urbanos o de bienes muebles.

2. Segunda categoría, intereses por colocación de capitales, regalías, patentes, rentas vitalicias, derechos de llave y otros.

3. Tercera categoría, en general, las derivadas de actividades comerciales, industriales, servicios o negocios.

4. Cuarta categoría, las obtenidas por el ejercicio individual de cualquier profesión, ciencia, arte u oficio.

5. Quinta categoría, las obtenidas por el trabajo personal prestado en relación de dependencia.

Impuesto General a las VentasEste impuesto es conocido en el mundo como IVA (Impuesto al Valor Agregado). En la actualidad se aplica la tasa de 18% sobre el valor de las ventas de bienes en el país y sobre la prestación de servicios de carácter no personal en el país.El Impuesto General a las Ventas “IGV” (impuesto al valor agregado), grava la venta en el país de bienes muebles, la importación de bienes, la prestación o utilización de servicios en el país, los contratos de construcción y la primera venta de inmuebles que realicen los constructores de los mismos.

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ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIAEste Impuesto grava únicamente el valor agregado en cada etapa

de la producción y circulación de bienes y servicios, permitiendo la deducción del impuesto pagado en la etapa anterior, a lo que se denomina crédito fiscal.

El Impuesto se liquida mensualmente, siendo su tasa de 18%.Entre las diversas operaciones no gravadas con dicho impuesto, podemos mencionar la exportación de bienes y servicios y la transferencia de bienes con motivo de la reorganización de empresas.

Impuesto Selectivo al ConsumoEl Impuesto Selectivo al Consumo más conocido por ISC, es un tributo de Perú que trata de gravar el uso o consumo específico, es decir, es un impuesto sobre la primera venta de determinados bienes o servicios cuya producción se haya realizado en Perú, así como la importación de los mismos de productos que no son considerados de primera necesidad.El Impuesto Selectivo al Consumo es un tributo al consumo específico, y grava la venta en el país a nivel de productos de determinados bienes, la importación de los mismos, la venta en el país de los mismos bienes cuando es efectuada por el importador y los juegos de azar y apuestas. De manera similar a lo que acontece con el Impuesto General a las Ventas este tributo es de realización inmediata, pero se determina mensualmente. Las tasas de este Impuesto oscilan entre 0 y 118%, dependiendo del bien gravado, según las tablas respectivas.

Derechos ArancelariosUn arancel es un impuesto o gravamen que se aplica solo a los bienes que son importados o exportados. El más usual  es el que se cobra sobre las importaciones; en el caso del Perú y muchos otros países, no se aplican aranceles a las exportaciones. En el Perú los aranceles son aplicados a las importaciones registradas en las subpartidas nacionales del Arancel de Aduanas. La nomenclatura vigente es la del Arancel de Aduanas 2012, aprobado mediante Decreto Supremo N° 238-2011-EF publicado el 24 de diciembre de 2011 y puesto en vigencia a partir del 01 de enero de 2012, norma que derogó el Arancel de Aduanas 2007. El Arancel de Aduanas 2012 ha sido elaborado en base a la Quinta Recomendación de Enmienda del Consejo de Cooperación Aduanera de la Organización Mundial de Aduanas (OMA) y a la nueva Nomenclatura ANDINA (NANDINA) aprobada mediante Decisión 766 de la Comunidad Andina de Naciones (CAN), las cuales también entraron en vigencia el 01 de enero de 2012.

Régimen Único SimplificadoEs un régimen tributario promocional dirigido a: Las personas naturales y sucesiones indivisas domiciliadas en el país, que exclusivamente

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ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIAobtengan rentas por la realización de actividades empresariales. Las

personas naturales no profesionales, domiciliadas en el país, que perciban rentas de cuarta categoría únicamente por actividades de oficios.

Impuesto de Solidaridad a favor de la Niñez Desamparada.

 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 169- 2004/SUNAT (Publicado el 13 de julio de 2004)

Impuesto a los Juegos de Casinos y Máquinas Tragamonedas  Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico

Nacional

El Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional fue creado por la Ley 27889 (publicado en El Peruano el 19.12.2002). Su recaudación constituye recurso del "Fondo para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional" el cual financiará exclusivamente las actividades y proyectos destinados a :

Promocionar el turismo en el exterior, difundir y fomentar la comercialización del producto turístico peruano, para posicionar al Perú como destino turístico en los diversos mercados internacionales, con el objeto de generar flujos turísticos hacia el territorio nacional, y ;

Desarrollar el turismo nacional, comprendiendo todas aquellas actividades destinadas a identificar, mejorar, fortalecer y ampliar el producto turístico peruano, con el objeto de consolidar la oferta turística a nivel competitivo en los diversos mercados turísticos.

La SUNAT es el órgano administrador del impuesto, mientras el fondo está bajo la administración y gestión del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR.

Impuesto a las Transacciones Financiera Impuesto Temporal a los Activos Netos

El Impuesto Temporal a los Activos Netos - ITAN, es un impuesto al patrimonio, que grava los activos netos como manifestación de capacidad contributiva. Puede utilizarse como crédito contra los pagos a cuenta y de regularización del Impuesto a la Renta.

 CONTRIBUCIONES Contribución de Seguridad Social. 

Suelen tener la consideración de impuestos directos, especialmente la contribución territorial, impuesto territorial o impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica o urbana.Este impuesto lo determina el Estado a través de una ley, y corresponde a un porcentaje del avalúo fiscal de la propiedad o bien raíz.

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ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

Contribución al Servicio Nacional de Adiestramiento Técnico Industrial – SENATI. La Contribución al SENATI es una aportación creada por la Ley No. 26272, que genera en favor de las empresas industriales aportantes el beneficio del dictado de carreras técnicas a su personal para un mejor desempeño de sus funciones y la formación de profesionales competentes en el desempeño de actividades productivas de tipo industrial.La Contribución grava el total de las remuneraciones que pagan a sus trabajadores las empresas que desarrollan actividades industriales manufactureras en la Categoría D de la Clasificación Industrial Internacional Uniforme – CIIU de todas las actividades económicas de las Naciones Unidas (Revisión 3). Debe entenderse por remuneración todo pago que perciba el trabajador por la prestación de servicios personales, sujeto a contrato de trabajo, sea cual fuere su origen, naturaleza o denominación.

La tasa de la Contribución al SENATI es de 0.75% del total de las remuneraciones que se paguen a los trabajadores.

Contribución al Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO.El Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción SENCICO es un organismo público descentralizado adscrito al sector Vivienda, Construcción y Saneamiento, creado por Ley Nº 21673.

Su organización está definida en la Ley de Organización y Funciones del SENCICO, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 147; así como a través de la fusión con el ex ININVI, según el Decreto Legislativo Nº 145 Ley del Instituto Nacional de Investigación, Normalización de la Vivienda.El Estatuto que rige al SENCICO fue aprobado mediante Decreto Supremo Nº 032-2001-MTC del 17 de julio del 2001.Aportan al Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, las personas naturales y jurídicas que construyan para sí o para terceros dentro de las actividades comprendidas en la Gran División 45 de la CIIU de las Naciones Unidas.

La tasa de esta contribución es de 0.2% y se aplica sobre el total de los ingresos que perciban los sujetos pasivos, por concepto de materiales, mano de obra, gastos generales, dirección técnica, utilidad y cualquier otro elemento facturado al cliente, cualquiera sea el sistema de contratación de obras. 

TASAS Tasas por la prestación de servicios públicos, tales como los derechos por

tramitación de procedimientos administrativos

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ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA2. Gobiernos Locales

Los gobiernos locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley. Constituyen rentas de las municipalidades, entre otros, los tributos creados por ley a su favor, las contribuciones, tasa, arbitrios, licencias y derechos creados por Ordenanza Municipal, conforme a ley y los recursos asignados del Fondo de Compensación Municipal. 

IMPUESTOS MUNICIPALES 

Administración Distrital o Impuesto Predial 

El Impuesto Predial es aquel tributo que se aplica al valor de los predios urbanos y rústicos. Se consideran predios a los terrenos, las edificaciones (casas, edificios, etc.) e instalaciones fijas y permanentes (piscina, losa, etc.) que constituyen partes integrantes del mismo, que no puedan ser separados sin alterar, deteriorar o destruir la edificación.La recaudación, administración y fiscalización del impuesto corresponde a la Municipalidad Distrital donde se ubique el predio.El autovalúo se obtiene aplicando los aranceles y precios unitarios de construcción que formula y aprueba el Ministerio de Vivienda y Urbanismo todos los años.La Tasa del Impuesto es acumulativa y progresiva variando entre 0.2% y 1%, dependiendo del valor del predio.

Se encuentran inafectos del Impuesto Predial, entre otros, los de propiedad de las Universidades, centros educativos y los comprendidos en concesiones mineras.

o Impuesto a los Juegos (pimball, bingo, rifas y similares) La base imponible se encuentra definido por el valor nominal de los cartones de juego, siendo su tasa del 10%; es decir, si el valor de un cartón es de S/. 2.00, el impuesto a pagar por dicho cartón es de S/. 0.20, cantidad que deberá pagarse a la Municipalidad del Distrito en cuya jurisdicción se encuentre ubicado el establecimiento que realice la actividad.

o Impuesto de Alcabala El Impuesto de Alcabala es un impuesto que grava las transferencias de propiedad de bienes inmuebles urbanos o rústicos a título oneroso o gratuito, cualquiera sea su forma o modalidad, inclusive las ventas con reserva de dominio.El impuesto de Alcabala grava las transferencias de inmuebles, urbanos y rústicos, a título oneroso o gratuito, cualquiera sea su forma o modalidad, incluyendo las ventas con reserva de dominio. Los notarios y registradores

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ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIApúblicos le solicitarán la constancia de haber cancelado el impuesto de

Alcabala. Es requisito indispensable para formalizar mediante escritura pública la transferencia, así como para su inscripción en los registros públicos.El Impuesto de Alcabala grava las transferencia de inmuebles a título oneroso o gratuito, cualquiera sea su forma o modalidad, inclusive las ventas con reserva de dominio.

La base imponible será el valor del inmueble determinado para efectos del Impuesto Predial. La tasa aplicable es del 3%, de cargo del comprador.Se encuentran exonerados de este Impuesto, la transferencia al Estado de los bienes materia de la concesión que realicen los concesionarios de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos al término de la concesión; así como las transferencias patrimoniales derivadas de las fusiones, divisiones o cualquier otro tipo de reorganización de empresas del Estado, en los casos de inversión privada en empresas del Estado.

Debe mencionarse que la venta de inmuebles que se encuentre gravada con el Impuesto General a las Ventas, no se encuentra afecta al Impuesto de Alcabala, salvo la parte correspondiente al valor del terreno.

Cabe precisar, que se encuentra gravada con el Impuesto General a las Ventas la primera venta de inmuebles realizada por el constructor de los mismos.

o Impuesto a los Espectáculos Públicos no deportivos Este impuesto grava el monto que se abona por concepto de ingreso a espectáculos públicos no deportivos en locales y parques cerrados con excepción de los espectáculos culturales debidamente calificados por el Instituto Nacional de Cultura. La obligación tributaria se origina al momento del pago del derecho a presenciar el espectáculo. Los que están obligados al pago son los sujetos pasivos del impuesto que son las personas que adquieren entradas para asistir a los espectáculos. 

Administración Provincial o Impuesto al Patrimonio Vehicular 

Es un impuesto que se crea con el objeto de gravar la riqueza patrimonial personal (natural y/o jurídica), expresada en la propiedad de vehículos nuevos: automóvil, camioneta, station wagon, camiones, buses, y omnibuses; y cuyo destino y administración de los ingresos obtenidos a través de éste impuesto serán destinados como fondos para las Municipalidades Provinciales del país.

o Impuesto a las Apuestas El Impuesto a las Apuestas grava los ingresos de las entidades organizadoras de eventos hípicos y similares, en las que se realice apuestas.

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ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIALa administración y recaudación del impuesto corresponde a la

Municipalidad Provincial en donde se encuentre ubicada la sede de la entidad organizadora.

o Impuesto a los Juegos (loterías) Es un tributo que grava la realización de actividades relacionadas con los juegos, tales como loterias, bingos y rifas, asi como la obtencion de premios en juegos de azar. Para el caso de loterias y otros juegos de azar, la administracion del tributo recae en la municipalidad provincial donde tiene la sede social la empresa organizadora.

Para los demás casos, la administración del tributo recae en la municipalidad distrital donde se realice la actividad.

CONTRIBUCIONES Y TASAS MUNICIPALES 

  Contribuciones Municipales o Contribución Especial de Obras Públicas 

Grava los beneficios derivados de la ejecución de obras públicas por la Municipalidad. La Municipalidad, previamente a la contratación y ejecución de la obra, deberá comunicar a los beneficiarios el monto aproximado al que ascenderá la contribución.

Tasas Municipales o Tasas por servicios públicos o arbitrios. 

Son las tasas que se paga por la prestación o mantenimiento de un servicio público individualizado en el contribuyente.(Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributación Municipal, Artículo 68º, publicada el 31 de diciembre de 1993)

o Tasas por servicios administrativos o derechos. Son las tasas que debe pagar el contribuyente a la Municipalidad por concepto de tramitación de procedimientos administrativos o por el aprovechamiento particular de bienes de propiedad de la Municipalidad.(Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributación Municipal, Artículo 68º, publicada el 31 de diciembre de 1993) 

o Tasa por las licencias de apertura de establecimientos.El hecho generador de esta tasa será el servicio administrativo brindado por la Municipalidad a quien desee obtener una licencia de apertura de establecimiento comercial, industrial o de servicio.La norma establece que el contribuyente solo está obligado a pagar esta tasa por única vez: cuando se solicita la licencia de apertura de establecimiento.

o Tasas por estacionamiento de vehículos. Son las tasas que debe pagar todo aquel que estacione su vehículo en zonas comerciales de alta circulación, conforme lo determine la Municipalidad del Distrito correspondiente, con los límites que determine la Municipalidad Provincial respectiva y en el marco de las regulaciones sobre tránsito que dicte la autoridad competente del Gobierno Central.

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UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLO

ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA(Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributación Municipal, Artículo 68º,

publicada el 31 de diciembre de 1993)

o Tasa de Transporte Público.  cada usuario paga cada vez que se sube a un colectivo, tren, en

tanto, si no utiliza ningún medio de transporte público no se le exige que cumpla con una obligación mensual al respecto. En tanto, el estado a través de esta tasa hace una recuperación total o parcial de los costos que genera la prestación del servicio público.

Las tasas que se le asignan a estos servicios públicos deberán estar reguladas previamente por ley y contar con la pertinente aprobación del parlamento que corresponda.

o Otras tasas por la realización de actividades sujetas a fiscalización o control municipal extraordinario. 

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