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1 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE LOS ASCENSORES, ESCALERAS Y RAMPAS MECANICAS EXTERIORES DEL AYUNTAMIENTO DE SANTURTZI.

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE LOS ASCENSORES, ESCALERAS Y RAMPAS MECANICAS EXTERIORES DEL AYUNTAMIENTO DE SANTURTZI.

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1.- OBJETO. El objeto del presente Pliego es la definición de los requerimientos que se aplicarán en la realización del Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de los ascensores, rampas y escaleras mecánicas del Ayuntamiento de Santurtzi. 2.- NORMATIVA DE APLICACIÓN. El adjudicatario se comprometerá a cumplir, en lo que a mantenimiento se refiere, los reglamentos y normas que regulan el mantenimiento de las instalaciones que se recogen en el presente Pliego, así como todos aquellos reglamentos aplicables en cada caso, normas UNE, disposiciones autonómicas, ordenanzas municipales y cualquier otra normativa específica vigente a lo largo del contrato, siendo la siguiente una relación no exhaustiva:

- RD 2291/1985, de 8 de noviembre, Reglamento de aparatos de elevación y manutención, y sus Instrucciones Técnicas Complementarias.

- RD 1314/1997, de 1 de agosto por el que se dictan las disposiciones de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo 95/16/CE sobre ascensores.

- RD 57/2005, de 21 de enero, por el que se establecen las prescripciones para el incremento de seguridad del parque de ascensores existentes.

- UNE-EN 13015:2002: Mantenimiento de ascensores y escaleras mecánicas. Reglas para las instrucciones de mantenimiento.

- Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, y el Reglamentos de desarrollo de la misma.

3.- ALCANCE 3.1 Instalaciones Las instalaciones que serán objeto del Mantenimiento Preventivo y Correctivo se relacionan en el anexo I del presente Pliego. Al inicio del contrato, la empresa adjudicataria acepta las instalaciones tal y como están, en ese momento. La empresa adjudicataria estará obligada a la prestación del servicio de mantenimiento de aquellas nuevas instalaciones que, durante el periodo de vigencia del contrato, sean construidas, con los limites establecidos para la modificación del contrato. Para fijar el precio del coste de mantenimiento se aplicará el precio indicado en la propuesta de la empresa adjudicataria relativos

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a los elementos existentes teniendo en cuenta las características del nuevo elemento. En el mismo día de formalización del contrato, se procederá, conjuntamente por el adjudicatario y la persona designada para este fin por el Ayuntamiento, a una revisión detallada de cada una de las instalaciones, elaborándose un informe del estado actual, detallando los elementos a reparar o sustituir siendo por cuenta del adjudicatario independientemente de que no se hayan incluido en la oferta. Por otro lado, en el mismo día en el que se produzca el cambio del mantenedor de los elementos mecánicos, se deberá realizar a instancia de la nueva empresa adjudicataria, y a su costa, inspección de las instalaciones por un Organismo de Control Autorizado. En el mes previo a la finalización del contrato se procederá a una inspección conjunta de la instalación, en presencia del responsable técnico de la empresa adjudicataria, personal del Ayuntamiento y, en su caso, por una entidad de control acreditada. Esta inspección se realizará con cargo al presupuesto del contrato. En caso de existencia de defectos asociados a un deficiente mantenimiento se podrá exigir de la empresa adjudicataria las oportunas actuaciones correctoras. 3.2 Servicio de Mantenimiento Este concepto incorpora un servicio de Mantenimiento Correctivo y Preventivo continuo, integral y planificado, que será realizado íntegramente por la empresa adjudicataria. La coexistencia de los dos tipos de mantenimiento tiene como objetivo que los equipos instalados tengan un funcionamiento operativo sin interrupción todos los días del año. A efectos prácticos, se considerará alcanzado el objetivo para aquellos elementos cuyo Índice de Disponibilidad Mensual sea mayor o igual al 93%. Con el fin de cuantificar dicha efectividad de una forma objetiva y constante, se establece el concepto de Disponibilidad, que se define como el cociente del número de horas útiles de funcionamiento de un ascensor/escalera mecánica/rampa, entre el número de horas teóricas necesarias de funcionamiento. La Disponibilidad se dará en %. Disponibilidad elemento = (nº horas reales/nº horas teóricas programadas)* 100

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El nº horas de teóricas programadas será las horas de funcionamiento de cada elemento (el tiempo estimado de funcionamiento programado es de 6:30-23:00 horas, durante todos los días del año). El número de horas reales de funcionamiento son los resultantes de restar los tiempos de paros al número de horas teóricas programadas. El cálculo se establecerá a partir de los datos registrados en el registro de incidencias establecido por el Ayuntamiento. El valor resultante de la Disponibilidad elemento se entiende para unas condiciones de trabajo normales, no computándose a efectos de penalizaciones, para situaciones extraordinarias como vandalismo, daños múltiples a las instalaciones por efecto de trabajos de terceros o por cualquier otra causa no imputable al contratista, y que el Ayuntamiento de Santurtzi valore como tal. Las horas de indisponibilidad no incluyen los tiempos de paro de la instalación cuando se esté realizando tareas de mantenimiento preventivo que ocupen parte de las horas de servicio. Valga como ejemplo: engrases y cambios de aceite, el cambio de cables de tracción por desgaste, limpiezas especiales parte interna escaleras-rampas, sustitución de piezas que hayan cubierto su ciclo de vida media de funcionamiento, o elementos de seguridad así como las inspecciones oficiales reglamentarias de la Delegación de Industria. También se incluyen dentro del mantenimiento los sistemas de comunicación bidireccional. El mantenimiento y coste de las líneas telefónicas para la telecomunicación de las instalaciones será por cuenta del Ayuntamiento de Santurtzi. 3.3 Repuestos y Fungibles Los repuestos de las piezas, cuya sustitución sea imprescindible para mantener un adecuado funcionamiento de las instalaciones serán suministrados por la empresa adjudicataria en el plazo de 24 horas. Los repuestos serán originales, y de no poder ser así aquellos recomendados y avalados por el fabricante a tal efecto. En el caso de que sea imposible disponer de piezas de repuesto originales, la empresa adjudicataria previamente a la instalación de repuestos no originales deberá contar con la aprobación previa del Ayuntamiento de Santurtzi, y deberá presentar una lista de repuestos no originales a instalar junto con un certificado del fabricante del aparato elevador.

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Las empresas licitadoras deberán entregar una lista valorada con los repuestos y material fungible que estime necesarios acopiar para permitir la continuidad del servicio con la disponibilidad indicada. Esta lista de Repuestos y Fungibles se incluirá dentro del alcance de la oferta en el sobre B debiendo ser entregada como parte constituyente de la misma. El/los Adjudicatario/s iniciará/n el contrato con el stock de los repuestos y fungibles indicados en la mencionada lista, siendo de su responsabilidad la gestión, mantenimiento y actualización de los repuestos y fungibles consumidos para asegurar que en todo momento se cumplen las disponibilidades exigidas. El/los Adjudicatario/s deberá/n procurarse un lugar de almacenamiento que presente las condiciones adecuadas para la debida conservación de los mismos. El/los Adjudicatario/s será/n responsable/s de las averías que no se pueden resolver dentro de los plazos estipulados en el apartado 7.1.1 debido a la falta de repuestos. Los materiales, repuestos o piezas necesarias para atender las necesidades de estas instalaciones serán suministrados por la Empresa adjudicataria sin coste alguno para el Ayuntamiento de Santurtzi. En caso de que los equipos sufran daños por vandalismo, el Ayuntamiento asumirá el coste de reparación previa aceptación del presupuesto presentado dentro de las 48 horas siguientes al siniestro. En los casos en los que el daño producido obligue a la parada del equipo, el plazo de presentación del presupuesto se reducirá a 24 h. Mientras se lleve a cabo la reparación, y de forma provisional, se colocarán en la medida de lo posible elementos provisionales para continuar con la marcha del equipo. Serán por cuenta del adjudicatario, asimismo, las herramientas, instrumentos de medida, medios auxiliares, etc., necesarios para el correcto desarrollo de los trabajos de mantenimiento objeto del contrato. Se incluirán como material fungible los focos, fluorescentes y balastos correspondientes a la iluminación de las cabinas de los ascensores y balaustradas de las rampas y escaleras. 3.4 Trabajos incluidos y excluidos del precio del contrato 1. Quedan excluidos del precio del contrato los siguientes trabajos:

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- Las reparaciones o sustituciones de elementos deteriorados motivadas por causas ajenas al funcionamiento normal del aparato (Negligencia, vandalismo, inclemencias meteorológicas, mal uso de los aparatos).

- Los trabajos y suministros motivados por las modernizaciones o reformas solicitadas por la propiedad, o que en un futuro pudieran exigirse por organismos oficiales de rango local, provincial, autonómico, nacional o internacional, compañías de seguros, compañías suministradoras de electricidad, etc., así como los trabajos que se deriven de manipulaciones probadas en la instalación por personal ajeno al/los Adjudicatario/s.

- En general, está excluido cualquier trabajo de estructura, de albañilería, ebanistería, marmolería, etc.

2. Están incluidos dentro del precio del contrato:

- El mantenimiento de la iluminación de las cabinas de los ascensores y de leds de pasamanos y catadiópticos, así como los trabajos de cristalería y pintura.

- Los trabajos de bombeo necesarios para retirar el agua en fosos de los elementos a mantener y el mantenimiento de los equipos de bombeo en las instalaciones.

- Los trabajos de arranque de las instalaciones en caso de fallo de suministro eléctrico o por activación de seguridades, se cual fuere el motivo.

- La limpieza del interior de fosos de rampas y escaleras, fosos de ascensores, interior de cuadros eléctricos y cuartos de máquinas, exterior e interior de cristales de cerramiento de hueco y marquesinas.

- El vaciado periódico de los decantadores de aceite y gestión del residuo con gestor autorizado. Al comienzo del contrato se realizará un vaciado inicial, repitiéndose cada año.

- Cambios del horario de funcionamiento. 4. RELACIONES ENTRE LA EMPRESA ADJUDICATARIA Y AYUNTAMIENTO. Las actividades desarrolladas por el/los Adjudicatario/s serán controladas en cualquier momento por personal técnico del Ayuntamiento. La empresa adjudicataria nombrará un Jefe del Servicio de Mantenimiento.

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Cualquier anomalía detectada en la calidad del servicio prestado será transmitida al jefe del servicio, así como los resultados de las inspecciones de calidad del servicio, penalidades,... Cada tres meses se realizará una reunión en dependencias del Ayuntamiento de seguimiento y coordinación del contrato. La comunicación entre la empresa y el Ayuntamiento se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el art. 7.1.1. del presente pliego. 5. ORGANIZACIÓN. 5.1 Personal A continuación se describen las funciones principales de cada una de las unidades funcionales del Servicio de Mantenimiento a prestar por la empresa adjudicataria. - Jefe del Servicio de Mantenimiento El Jefe del Servicio, será responsable de forma directa del correcto funcionamiento del Servicio prestado. Para ello deberá supervisar y coordinar principalmente las siguientes tareas:

• Supervisión, gestión y control del trabajo de los equipos de técnicos que realizarán el Mantenimiento Correctivo para minimizar los tiempos de desplazamiento y optimizar los tiempos de reparación, en función del número y de las características de las averías que se produzcan.

• Supervisión, gestión y control del trabajo de los equipos de técnicos que

realizarán el Mantenimiento Preventivo, prestando especial atención a la realización de las gamas de revisión previstas, planificando y resolviendo con la suficiente antelación la merma de recursos asignados a estas tareas.

• Introducción en la Aplicación Informática de Mantenimiento de los datos

sobre incidencias detectadas y/o reparadas durante la ejecución del Mantenimiento Correctivo.

• Supervisión, gestión y control de las actividades de administración del

Servicio: revisión de precios, prórrogas.

• Asistencia a las reuniones de coordinación del servicio en dependencias municipales con los técnicos municipales.

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• Comunicación de incidencias y particularidades de importancia del

Servicio a los técnicos municipales.

• Supervisión, gestión y control de los repuestos y fungibles, asegurando las existencias necesarias que aseguren los tiempos de respuesta especificados en el apartado 7.1.

Asumirá la representación técnica del Adjudicatario frente al Ayuntamiento durante el período de duración del contrato. - Técnicos de Mantenimiento: El trabajo a realizar para el mantenimiento de las instalaciones se llevará a cabo, habitualmente, mediante un equipo formado por los técnicos de mantenimiento que la empresa Adjudicataria estime oportuno para cumplir los alcances y objetivos descritos en el presente Pliego. 5.2 Medios materiales Se entenderán por medios técnicos puestos a disposición del contrato, al conjunto de equipos de ayuda a la actividad del mantenimiento:

• Vehículos Al objeto de permitir a los equipos humanos, herramientas y repuestos de mantenimiento desplazarse con efectividad y rapidez a las distintas máquinas a mantener.

• Herramientas e instrumentación. Se pondrá a disposición del servicio los equipos de instrumentación y las herramientas que se consideren suficientes para llevar a cabo el mantenimiento de las instalaciones bajo su responsabilidad. 6. INSPECCIÓN DE LAS INSTALACIONES POR ORGANISMO DE CONTROL AUTORIZADO En el mismo día en el que se produzca el cambio del mantenedor de los elementos mecánicos, se deberá realizar a instancia de la nueva empresa adjudicataria, y a su costa, inspección de las instalaciones por un Organismo de Control Autorizado.

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Serán de cuenta de la empresa adjudicataria, todos los gastos en que se incurra para adaptar las instalaciones a los requerimientos, excepto los trabajos excluidos del presente contrato que se detallan en el art. 3.4. que se formulen en dicha inspección por parte del Organismo de Control Autorizado. Realizada esta primera inspección, las sucesivas se realizarán en los plazos que determine la normativa de aplicación, a costa de la empresa adjudicataria. Toda la documentación que se genere deberá presentarse ante el Ayuntamiento según el sistema de comunicación establecido en el presente pliego. En el mes previo a la finalización del contrato se procederá a una inspección conjunta de la instalación, en presencia del responsable técnico de la empresa adjudicataria, personal del Ayuntamiento y, en su caso, por una entidad de control acreditada. Esta inspección se realizará con cargo al presupuesto del contrato. En caso de existencia de defectos asociados a un deficiente mantenimiento se podrá exigir de la empresa adjudicataria las oportunas actuaciones correctoras. 7. TRABAJOS A REALIZAR Los cometidos concretos del contrato de servicio proyectado incluirán, en todo caso, los siguientes, sin perjuicio de las instrucciones concretas, que en interpretación del presente pliego pudieran impartirse a la contratista por el Ayuntamiento de Santurtzi. Si por motivo de avería o por razones de mantenimiento el elemento mecánico se encontrase fuera de servicio, la empresa adjudicataria deberá colocar carteles, en el elemento en cuestión, en los que se indique el motivo y el tiempo aproximado de reparación. Los licitadores elaborarán, en su oferta, un plan de mantenimiento. 7.1. Actividad del Mantenimiento Correctivo. La empresa adjudicataria asumirá y solventará, durante el horario de funcionamiento y durante todos los días del año, las averías y reparaciones que pudieran producirse en estas instalaciones. La empresa adjudicataria asumirá el coste de los equipos necesarios de comunicaciones para dotación del personal encargado del servicio. Cuando se produzca una avería se realizará el pertinente aviso al Adjudicatario, por las vías establecidas en este pliego, contabilizándose a partir de ese momento el tiempo de respuesta, entendiéndose como tal el tiempo

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transcurrido entre el aviso y la presencia del técnico en el lugar donde se encuentra el elemento averiado. El tiempo de respuesta máximo requerido será:

- Avisos urgentes con rescates: inferior a 45 minutos. - Avisos no urgentes: inferior a 2 horas.

Las averías que no ocasionen parada del elemento mecánico deberán estar resueltas en el plazo máximo de 1 semana, a contar desde el momento en que se realizó el aviso a la empresa adjudicataria. Las demoras que se produzcan serán objeto de penalización tal y como se indica en el artículo 10 (Penalizaciones y faltas). Las averías que ocasionen paradas se encuentran sujetas a las penalizaciones establecidas por pérdida de Disponibilidad, según se indica en el mencionado artículo 10. Estas penalizaciones podrán no aplicarse siempre y cuando, a juicio de los técnicos municipales, se encuentren suficientes motivos que justifiquen la imposibilidad de efectuar las reparaciones dentro de los plazos estipulados. La actividad del mantenimiento correctivo consistirá, a título orientativo y sin menoscabo de otras tareas no relacionadas, en las siguientes actuaciones:

• Asistencia de las averías ocurridas a los equipos. • Localización de la avería y reposición inmediata del servicio afectado. • Reparación o sustitución “in situ” del componente, módulo o equipo

averiado. Siempre que sea posible, el servicio se repondrá mediante algún sistema provisional en caso de que el definitivo tuviese algún plazo largo de puesta en funcionamiento.

• Inspección, con reparación de todos los defectos que se detecten, aunque no produzcan avería.

• Ejecución de pruebas y medidas para, después de una reparación o sustitución, comprobar el correcto funcionamiento del Sistema.

• Cumplimentación de la información requerida referente a las averías detectadas o reparadas, resúmenes e informes adicionales.

Cualquier defecto o rotura que se advierta con posterioridad a la fecha del inicio de la prestación del servicio, será reparada por el adjudicatario, sin cargo adicional alguno para el Ayuntamiento, reparación en la que se incluirán, en todo caso, el importe de las piezas o elementos que sea necesario reponer, así como de la mano de obra e impuestos y tasas aplicables.

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7.1.1 Procedimiento para la ejecución de los trabajos e información a proporcionar La comunicación de avería se realizará telefónicamente, por fax, mediante correo electrónico y mediante el sistema informático establecido por el Ayuntamiento de Santurtzi, o bien a través del área de Obras y Servicios o la Policía Local, contabilizándose a partir de este momento el tiempo de respuesta, entendiéndose como tal al tiempo transcurrido entre el aviso y la presencia del técnico en la instalación averiada. La adjudicataria deberá seguir el proceso de tramitación de cada incidencia o aviso con la urgencia y demás indicaciones señaladas por la responsable del servicio hasta su completa terminación. En todo caso se respetará lo señalado al respecto por el artículo 12 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de los Datos de Carácter Personal relativo al acceso a los datos por cuenta de terceros, así como por la disposición adicional vigésima sexta relativa a la Protección de datos de carácter personal incluida en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público RD 3/2011 de 14 de noviembre. En este sentido, una vez formalizado el contrato, el adjudicatario deberá presentar firmado el documento incluido en el anexo III del presente pliego. El adjudicatario recibirá los avisos relativos y los tramitará a través de la plataforma digital de gestión de incidencias del Ayuntamiento. La empresa asumirá el coste dentro del canon que suponga las altas, modificaciones, bajas y mantenimiento de la plataforma en lo referente al servicio que preste. Deberá de poner a disposición del contrato la tecnología necesaria para el correcto funcionamiento del contrato. El adjudicatario dispondrá de un centro de control de averías que gestionará la resolución de la avería y asignará el técnico de mantenimiento más apropiado, en función de sus conocimientos técnicos, proximidad al punto de avería, carga de trabajo, etc. En todo caso el técnico de mantenimiento que resuelva la avería deberá establecer comunicación telefónica vía sms o mediante otra vía establecida por el Ayuntamiento, con el técnico municipal para informarle sobre la misma. Deberán comunicar la hora de llegada al aviso y una vez reparada deberán comunicar la hora y en que ha consistido la avería. Posteriormente deberá comunicar toda la información a través de la plataforma de incidencias del Ayuntamiento de Santurtzi, en un plazo máximo de 24 horas desde que ocurre la avería y en el caso de ser día festivo en el siguiente día hábil.

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El adjudicatario deberá actualizar la plataforma digital de incidencias incluyendo los siguientes datos de todas las reparaciones realizadas:

• Fecha y hora de comunicación de incidencia • Fecha y hora de comienzo reparación • Avería • Causa de la Avería • Descripción de la reparación • Mano de obra empleada • Materiales utilizados • Tiempo de resolución de la avería • Observaciones

La certeza de los datos proporcionados serán comprobados periódicamente. 7.2 Actividad del Mantenimiento Preventivo. El Mantenimiento Preventivo se aplicará de acuerdo al plan que deberá elaborar el/los Adjudicatario/s, con el propósito de conseguir de forma permanente un índice de Disponibilidad Mensual por elemento (ascensor, rampa o escalera mecánica) mayor o igual al 93%, según se indica en el artículo 3.2. Una vez adjudicado el contrato el plan propuesto por el adjudicatario deberá contar con el visto bueno de los técnicos del Ayuntamiento de Santurtzi, pudiéndose ser revisable durante el contrato si se comprueba que es incompleto o defectuoso, siendo responsabilidad del/los Adjudicatario/s el mantenerlo permanentemente actualizado. En este plan se especificarán las operaciones a realizar: revisiones, verificaciones, ajustes, sustituciones, limpiezas, y en general todas aquellas operaciones que eviten paradas intempestivas por fallo o mala conservación de los equipos, así como los procedimientos relativos a Salud Laboral. Estos trabajos preferentemente se realizarán a las horas en que los elementos mecánicos tengan menor uso (horas valle), con el fin de que los trabajos tengan el menor impacto sobre su funcionamiento. También se indicarán las frecuencias en el tiempo de los trabajos mencionados. En cualquier caso, el Ayuntamiento de Santurtzi, podrá modificar los horarios propuestos en el programa de trabajo por los licitadores, sin que ello suponga ninguna contraprestación económica.

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Ante averías o incidentes graves y/o repetitivos, el/los Adjudicatario/s propondrá/n una reorganización de los planes elaborados para evitar en lo sucesivo la repetición de dichas incidencias. Dicho Plan de Mantenimiento se entregará, dentro de los dos meses siguientes a la firma del contrato, y estará basado en el plan de mantenimiento indicativo presentado en la oferta y en los aspectos a mejorar que señale el Ayuntamiento de Santurtzi de acuerdo con la oferta y los pliegos. A título orientativo, y sin menoscabo de otras tareas no especificadas, los alcances de Mantenimiento Preventivo abarcarán las siguientes actuaciones:

• Limpiezas y engrases de los componentes de los ascensores/escaleras mecánicas. Se incluye la limpieza de los elementos no accesibles sin la requerida parada de funcionamiento.

• Ajustes y verificaciones. • Comprobación de desgastes. • Sustitución de fungibles, incluyendo los tubos fluorescentes y balastos

de arranque. • Pruebas y comprobaciones. • Comprobación de parámetros funcionales. • Mantenimiento y limpieza de los cuadros eléctricos. • Cualquier otro trabajo que considere necesario para alcanzar el índice

de Disponibilidad objetivo. • Revisión del nivel de aguas en los fosos y su evacuación, en su caso.

Las operaciones mínimas de mantenimiento preventivo serán las establecidas en la normativa aplicable, estas operaciones mínimas podrán ser mejoradas por los licitadores en sus propuestas. Los resultados obtenidos del mantenimiento preventivo deberán comunicarse en la plataforma de incidencias en un plazo máximo de 24 horas desde que se realiza la inspección, salvo que sea festivo, en este último caso se comunicará en el siguiente día hábil. 7.3 Iluminación general y ornamental Toda iluminación que forme parte de la instalación del ascensor incluidas las ornamentales y que no estén conectados al alumbrado público, quedan cubiertas en el presente pliego. El Ayuntamiento de Santurtzi cederá al adjudicatario, en los casos que sea posible, un recinto que forme parte de la instalación del ascensor para el almacenaje de los fungibles.

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8. EJECUCIÓN DE TRABAJOS Y DOCUMENTACIÓN GENERADA. 8.1 Ejecución de los trabajos Durante la realización de los trabajos de mantenimiento el/los Adjudicatario/s procurará causar la mínima perturbación a los/as usuarios/as. La empresa se responsabiliza de la producción de ruidos excesivos durante la prestación de los servicios. 8.2 Documentación generada La empresa adjudicataria del servicio recibirá los avisos e incidencias relativos a la ejecución del contrato a través de la plataforma digital de gestión de incidencias del Ayuntamiento o mediante llamada telefónica de la persona responsable de la ejecución del contrato, llamada que deberá ser recogida en el sistema mencionado. La adjudicataria deberá seguir el proceso de tramitación de cada incidencia o aviso con la urgencia y demás indicaciones señaladas por el/ la responsable del servicio hasta su completa terminación. En todo caso se respetará lo señalado al respecto por el artículo 12 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de los Datos de Carácter Personal relativo al acceso a los datos por cuenta de terceros, así como por la disposición adicional vigésima sexta relativa a la Protección de datos de carácter personal incluida en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público RD 3/2011 de 14 de noviembre, debiendo firmar el correspondiente contrato DE ACCESO A DATOS POR CUENTA DE TERCEROS que se incluye como ANEXO nº 2 del presente pliego de condiciones. Así mismo, la empresa asumirá el coste que supongan las altas, modificaciones, bajas y mantenimiento de la plataforma en lo referente al servicio que preste. De todas las incidencias que se originen la empresa adjudicataria deberá enviar un mensaje vía sms u otro sistema indicado por el Ayuntamiento, en el momento de llegada al elemento y en el momento de su abandono. Posteriormente, la empresa adjudicataria deberá incluir en el sistema informático de incidencias establecido por el Ayuntamiento todas las actuaciones realizadas como máximo en las siguientes 24 horas desde que ocurre la incidencia, y en el caso de ser día festivo en el siguiente día hábil. También deberán comunicar mediante este sistema todas las actuaciones de mantenimiento preventivo, inspecciones, etc. Independientemente de las informaciones referidas en el párrafo anterior, puede ser necesario, con carácter ocasional, comunicaciones o informes más extensos. Esta necesidad puede provenir de hechos o incidentes graves o extraordinarios, expedientes de responsabilidad patrimonial, planteamiento de mejoras o modificaciones en los equipos, etc. Estos informes podrán ser, o bien

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solicitados por el Ayuntamiento de Santurtzi, o bien emitidos por la propia empresa adjudicataria si lo estimara oportuno. Con el propósito de poder llevar a cabo el control de los trabajos de Mantenimiento Preventivo, el/los Adjudicatario/s entregarán la planificación anual de los trabajos a realizar en la plataforma digital de gestión de incidencias del Ayuntamiento, indicando los horarios de los trabajos diarios así como cada uno de las semanas del año en que se ha previsto realizar la revisión, así como los trabajos de mantenimiento que conlleve cada revisión. El/los Adjudicatario/os entregarán la planificación de trabajos mensuales del mes siguiente, indicando el elemento a revisar así como el día del mes previsto. En caso de que a lo largo del mes sea necesario modificar la planificación, se deberá comunicar a los técnicos municipales. Para que el Ayuntamiento de Santurtzi conozca los trabajos de mantenimiento que se han realizado, el/los Adjudicatario/os deberá/n incluir en la plataforma digital de gestión de incidencias del Ayuntamiento los trabajos realizados. En caso de que se haya detectado alguna anomalía importante, se deberá hacer mención de la misma. 9. INSPECCIONES El Ayuntamiento de Santurtzi podrá establecer las medidas de control que estime necesarias para asegurar el correcto cumplimiento de los términos del contrato, así como comprobar el nivel técnico de los trabajos efectuados. Para ello podrá realizar inspecciones aleatorias encaminadas a comprobar la veracidad de los datos presentados por la empresa adjudicataria. Para la supervisión de la evolución del servicio de mantenimiento, se establecerán en principio con carácter trimensual reuniones de personal de la empresa con el Ayuntamiento de Santurtzi. La frecuencia de las reuniones se podrá variar a criterio del Ayuntamiento. 10. PENALIZACIONES Y FALTAS 10.1 Disponibilidad El Ayuntamiento de Santurtzi, de acuerdo con las valoraciones obtenidas mediante la Disponibilidad elemento mensual, aplicará las penalizaciones que se detallan a continuación: Disponibilidad elemento MENSUAL % % DE DESCUENTO SOBRE LA

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FACTURACIÓN MENSUAL

De 93 a 92 2,5 De 91,9 a 90 5 De 89,9 a 87 10 De 86,9 a 84 15 De 83,9 a 81 20 Hasta 83,9 30

Cuando el resultado de la Disponibilidad elemento mensual de cualquier elemento mecánico sea inferior al 80%, el Ayuntamiento de Santurtzi podrá resolver el contrato. Las penalizaciones impuestas no podrán superar el 10 % del presupuesto del contrato. 10.2 Otras penalizaciones A efectos de establecer un baremo de penalizaciones por incumplimiento del resto de las obligaciones descritas en este Pliego, se definen las siguientes faltas: 1) Incumplimientos leves: A) No realización de la prestación de las tareas señaladas en el programa de trabajo, siempre que de su incumplimiento no se deriven, o no puedan derivarse perjuicios en el dispositivo mecánico (se contabiliza 1 falta por cada suceso). B) Incumplimiento de las órdenes y avisos de incidencias, o cumplimiento parcial de las mismas en el tiempo fijado y/o que no impliquen situaciones de deterioro del dispositivo mecánico (se contabiliza 1 falta por suceso). C) El no avisar por el sistema establecido por el Ayuntamiento cada vez que se acuda y abandone la instalación (se contabiliza 1 falta por cada suceso). D) Atrapamientos (se contabiliza 1 falta por el segundo suceso y 2 faltas a partir del tercero dentro del mismo mes). E) No cumplir con los plazos mensuales de envío de documentación técnica al Ayuntamiento (se contabiliza 1 falta por cada suceso). F) La no asistencia sin causa justificada a la reuniones de supervisión y seguimiento (se contabiliza 1 falta por cada suceso). G) No cumplir con los plazos de reparación de la iluminación (se contabiliza 1 falta por cada suceso).

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H) Cualquier otro incumplimiento de lo estipulado en el pliego que no se considere incumplimiento grave o muy grave. 2) Incumplimientos graves: A) No realización de las prestaciones objeto del programa de trabajo del que deriven perjuicios a las instalaciones, que no tengan carácter de muy graves (se contabilizan dos faltas por cada suceso). B) No atender una llamada o aviso dentro de los tiempos estipulados (se contabilizan dos faltas por cada suceso). C) Realizar labores que puedan obstaculizar o impedir el normal uso del ascensor, sin autorización previa (se contabilizan dos faltas por cada suceso). D) La consecución de más de tres averías repetitivas en el mismo mes (se contabilizan dos faltas por cada avería repetitiva a partir de la tercera). E) No iniciar los trabajos de reparación en los tiempos estipulados salvo en casos de no disponer de repuestos que no estén dentro del listado adjuntado para el presente pliego que garanticen la continuidad del servicio (se contabilizan dos faltas por cada suceso). F) La no presencia con carácter inmediato del Jefe de Servicio cuando sea requerido (se contabilizan dos faltas por cada suceso). G) La no presencia del técnico especialista dentro de los plazos establecidos cuando sea requerido (se contabilizan dos faltas por cada suceso). H) El incumplimiento de las normas de Seguridad Laboral (se contabilizan dos faltas por cada suceso). I) El incumplimiento de los programas de mantenimiento preventivo y correctivo establecido ( se contabilizan dos faltas por cada suceso). 3) Incumplimientos muy graves: A) No realización de las prestaciones objeto del programa de trabajo del que deriven perjuicios a las instalaciones, que tengan carácter de muy graves (se contabilizan 4 faltas por cada suceso). B) Incumplimiento reiterado, más de dos veces en seis meses, del plazo de atención de avisos (se contabilizan 4 faltas por cada suceso). C) La reiteración de 2 faltas graves en el plazo de un mes. Las penalizaciones a aplicar en función del número de faltas al mes serán como a continuación se relaciona:

DESCUENTO SOBRE LA FACTURACIÓN MENSUAL (%)

NUMERO FALTAS/MES

5 1 a 3 10 4 a 5

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15 6 20 7 ó más

Cuando la suma de las penalizaciones durante un trimestre alcance un descuento del 20% o más, el Ayuntamiento de Santurtzi, podrá proceder a la resolución del contrato. También podrá proceder a la resolución del contrato por la reiteración de dos incumplimientos muy graves. 11. SALUD LABORAL En lo relativo a Salud Laboral, el Contratista cumplirá con lo especificado en la normativa sobre coordinación de actividades empresariales, que consiste básicamente en:

- Evaluación de los riesgos. - Acreditación de Información y formación a los trabajadores.

Los trabajadores estarán obligados a cumplir las normas y procedimientos de actuación, y especialmente los que se refieren al uso y utilización adecuada de máquinas, herramientas, instalaciones, productos peligrosos y equipos de protección individual. Serán objeto de normas y procedimientos específicos, aquellas actuaciones o hábitos de trabajo, instrucciones de manejo de herramientas, maquinaria o instalaciones, que sean necesarios para la reducción de accidentes laborales, enfermedades profesionales y daños materiales. También será objeto de norma la utilización de las diferentes prendas y elementos de protección individual, en función de los riesgos específicos de cada área, operación o puesto de trabajo. 12. CONOCIMIENTO DE LOS EQUIPOS Las empresas licitadoras deberán conocer los equipos para los que prestarán sus servicios en caso de adjudicación. Para lo cual se considera conveniente que, salvo conocimiento previo de las instalaciones, durante el período de preparación de ofertas se realice una visita a las instalaciones. 13. OTRAS CONDICIONES Debido a que el objeto del presente contrato es el servicio de Mantenimiento, el precio indicado por las empresas licitantes en la oferta económica para este concepto será único y cerrado, incluso, en el supuesto de que sea necesario aumentar el número de operarios previstos para conseguir los índices objetivo

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(disponibilidad y tiempo de respuesta) y/o el cumplimiento del Plan de Mantenimiento Preventivo. 14. FORMA DE PAGO El abono del importe del contrato se realizará mediante pagos parciales, a través de liquidaciones mensuales. El importe mensual a percibir por la prestación del servicio, será equivalente al precio anual, dividido entre doce mensualidades, cuando la prestación del servicio incluya un mes completo. De este importe se descontará, en su caso, el porcentaje correspondiente por incurrir en alguna de las penalizaciones indicadas en el art. 10. Los abonos mensuales previstos no se realizarán en tanto no se presente factura, y en tanto no este actualizada la plataforma digital en cuanto a incidencias ocurridas durante el período al que se refieran y en cuanto a las actuaciones realizadas dentro del mantenimiento correctivo y preventivo. La no presentación de la documentación o información requerida en el pliego, será motivo suficiente para rechazar las facturas, en orden a que se completen los documentos.

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ANEXO I - Lote 1: Conjunto de elementos mecánicos en José Maria Larrea compuesto por: 3 ascensores verticales, 1 ascensor inclinado, 2 escaleras mecánicas y una rampa mecánica. - Lote 2: Ascensores de:

- Fundación Hogar. - Antonio Alzaga. - Grupo Lapurdi.

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ANEXO 2 Cuadro de Características de los elementos a mantener ACCESOS MECÁNICOS DE LARREA MODELO TIPO DESNIVEL VELOCID. INCLINA. LUMINAC. UBICAC. RAMPA ORINOCOX RA 0,7 0,5 10 BAL. EXT. ESCALERA

1 VELINOXT ES 3,1 0,5 35 BAL. EXT.

ESCALERA 2

VELINOXT ES 3,9 0,5 35 BAL. EXT. REFERENC CARGA PARADAS VELOCID. PUERTAS NOMBREASCENSOR

1 ASC1 630 KG 2 1 LA2/LA2 SS

ASCENSOR 2

ASC2 630 KG 2 1 LA2/LA2 SS

ASCENSOR INCLINADO

ASC. INCLI.

1875 KG

3 1 CA2/CA2 SS

ASCENSOR VERTICAL

ASC3 1000 KG

3 1 CA2/CA2 SB

ASCENSOR FUNDACIÓN HOGAR REFERENC CARGA PARADAS VELOCID. PUERTAS NOMBREASCENSOR ASC 630 KG 2 1 AUTO GE 088

20L ASCENSOR ANTONIO ALZAGA REFERENC CARGA PARADAS VELOCID. PUERTAS NOMBREASCENSOR ASC 630 KG 3 1 M/S AUTO SITENS-

PRO

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ASCENSOR GRUPO LAPURDI REFERENC CARGA PARADAS VELOCID. PUERTAS ASCENSOR ASC 630 KG 4 1 M/S AUTO

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ANEXO 3

CONTRATO DE ACCESO A DATOS POR CUENTA DE TERCEROS

De acuerdo con la Disposición Adicional vigésima sexta del Real Decreto 3/2011, de 14

de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y la Ley 2/2004, de 25 de febrero, de Ficheros de Datos de Carácter Personal de Titularidad Pública y de Creación de la Agencia Vasca de Protección de Datos, se deberán respetar las siguientes cláusulas durante la ejecución del contrato que tiene por objeto..............:

La persona encargada del tratamiento, sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones legales, profesionales o deontológicas que le sean de aplicación, se obliga a guardar secreto profesional respecto de los datos de carácter personal cuyo acceso se regula por el presente contrato, obligación que subsistirá después de finalizar sus relaciones con la entidad local.

En cumplimiento del artículo 12.2 de la LO 15/1999, la persona encargada del tratamiento está obligada a implantar las medidas técnicas y organizativas necesarias que garanticen la seguridad e integridad de los datos de carácter personal y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado. Entre ellas, en primer lugar deberán comunicar al Ayuntamiento las medidas de seguridad física adoptadas, indicando la descripción de los locales, con determinación de las características, constructivas, condiciones ambientales del aislamiento y de la ubicación y protección física de los ficheros objeto del tratamiento. Y, en segundo lugar, deberán adoptar medidas de seguridad administrativa, comunicando al Ayuntamiento la identificación de los usuarios con acceso al tratamiento (nombre, apellidos, núms. D.N.I. y relación laboral con la empresa) y delimitación de las responsabilidades asignadas. Sin perjuicio de otras medidas técnicas u organizativas que proponga la empresa adjudicataria.

La empresa adjudicataria deberá tratar los datos únicamente conforme a las

instrucciones del Ayuntamiento, y deberá aplicarlos exclusivamente para los fines que figuren en el contrato.

El personal de la empresa adjudicataria deberá observar en todo momento el secreto profesional y deber de confidencialidad sobre todos los datos a los que pudiera tener acceso incidentalmente en el cumplimiento de las tareas encomendadas.

El personal de la empresa adjudicataria queda obligado a no revelar, transferir, ceder o comunicar de cualquier forma los datos a terceras personas, obligación que se mantendrá aún finalizada su relación con ésta.

La empresa adjudicataria se compromete a comunicar y hacer cumplir a su personal las obligaciones establecidas en el presente contrato y, en concreto, las relativas al deber de secreto.

La entidad local queda exonerada de cualquier responsabilidad que se pudiera generar por el incumplimiento por parte de la persona encargada de tratamiento de las estipulaciones del presente contrato y en concreto:

a) En el supuesto de que la persona encargada del tratamiento utilice o destine los

datos de carácter personal para cualquier otro fin distinto del aquí pactado y aceptado por ambas partes.

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b) Por la vulneración por parte de dicha persona encargada del deber que le incumbe de guardar secreto sobre los mismos, y de no comunicarlos a terceras personas.

c) Por utilizar los datos incumpliendo, en cualquier modo, las estipulaciones del

presente contrato. En todos estos supuestos, y en general por incumplimiento de cualquiera de los pactos

del presente acuerdo, la persona encargada del tratamiento será considerado responsable del tratamiento, respondiendo de las infracciones en que hubiera incurrido, así como de cualquier reclamación que por las personas interesadas se interponga ante la Agencia Vasca de Protección de Datos y de la indemnización que, en su caso, se reconozca a la persona afectada que ejercite la acción de responsabilidad por el daño o lesión que sufra en sus bienes o derechos. Una vez finalizada legalmente la relación contractual, los datos de carácter personal utilizados por la persona encargada del tratamiento deberán ser destruidos o devueltos a la persona responsable el mismo, junto con cualquier soporte o documento en que conste algún dato de carácter personal objeto de tratamiento.

Una vez finalizada legalmente la relación contractual, los datos de carácter personal

utilizados por la persona encargada del tratamiento deberán ser destruidos o devueltos a la persona responsable el mismo, junto con cualquier soporte o documento en que conste algún dato de carácter personal objeto del tratamiento.

Y en prueba de conformidad.

Lugar Fecha POR EL AYUNTAMIENTO POR PARTE DE LA EMPRESA Izpta. Izpta. Fdo.: Fdo.: