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-Página 1 de 193- PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA VIARIA, RECOGIDA- TRANSPORTE DE RESIDUOS URBANOS, Y MANTENIMIENTO- CONSERVACIÓN-DE ZONAS VERDES, PARQUES, JARDINES, Y ARBOLADO DEL MUNICIPIO DE NAVALCARNERO (MADRID) Febrero de 2.016 AYUNTAMIENTO DE NAVALCARNERO Concejalía de Medio Ambiente

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PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA

LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA VIARIA,

RECOGIDA- TRANSPORTE DE RESIDUOS URBANOS, Y

MANTENIMIENTO-CONSERVACIÓN-DE ZONAS

VERDES, PARQUES, JARDINES, Y ARBOLADO DEL MUNICIPIO DE

NAVALCARNERO (MADRID)

Febrero de 2.016

AYUNTAMIENTO DE NAVALCARNERO Concejalía de Medio Ambiente

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CAPITULO O.- INTRODUCCION, OBJETIVOS Y PRINCIPIOS DE ACTUACIÓN. Art. 1.- Introducción. Art. 2.- Objetivos y principios de actuación CAPITULO I.- OBJETIVO DEL CONTRATO. Art. 3.- Objetivo del contrato. Art. 4.- Descripción de los servicios a prestar. Art. 5.- Ajustes de detalle. Art. 6.- Términos de detalle. Art. 7.- Sujeción al pliego de condiciones. CAPITULO II.- DURACIÓN DEL CONTRATO Art. 8. Duración. CAPITULO III.- SERVICIOS OBJETO DE CONTRATO. Art.9.- Limpieza viaria. Art.10.- Contenerizacion, recogida y transporte de los residuos urbanos a lugar

designando por la Mancomunidad. Art. 11.- Mantenimiento y conservación de zonas verdes, parques, jardines y

arbolado urbano. CAPITULO IV.- AMBITO TERRITORIAL Y FUNCIONAL Art. 12.- Ámbito territorial. Art. 13.- Limpieza urbana. Art. 14.- Contenerizacion, recogida y transporte de residuos. Art. 15.- Mantenimiento y conservación de zonas verdes, parques, jardines y

arbolado. CAPITULO V.- SERVICIO DE LIMPIEZA VIARIA Art. 16.- Definición general de los procedimientos y sistemas de limpieza. Art. 17.- Resultado final de los trabajos. Art. 18.- Barrido manual de aceras y calzadas Art. 19.- Barrido mecánico de calzadas Art. 20.- Barrido mecánico de aceras y zonas peatonales Art. 21.- Barrido mixto de aceras y calzadas Art. 22.- Baldeo mecánico de calzadas Art. 23.- Baldeo mecánico de aceras y zonas peatonales Art. 24.- Baldeo mixto Art. 25.- Barrido de mantenimiento Art. 26.- Barrido de repaso de tarde Art. 27.- Reparaciones y acondicionamientos puntuales Art. 28.- Vaciado de papeleras Art. 29.- Limpieza, instalación, conservación y reposición de papeleras. Art. 30.- Limpieza de manchas de aceite, manchas en vía pública, retirada de

pancartas, banderolas, … Art. 31.- Limpieza y retirada de excrementos de animales.

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Art. 32.- Limpiezas especiales con motivo de fiestas, ferias y actos públicos o deportivos en general.

Art. 33.- Servicio de limpieza en domingos y festivos. Art. 34.- Época de caída de hojas Art. 35.- Limpieza de hierbas Art .36.- Actuaciones a realizar por causas climatológicas. Art. 37.-Actuaciones en casos de emergencia y cualquier otra situación

excepcional: fuertes nevadas, inundaciones, accidentes,… Art 38.- Limpiezas de zonas con verdín mediante empleo de funguicidas,

antiliquenes, y chorro con agua a presión. Art. 39.- Fregado mecánico de zonas peatonales. Art 40.- Limpieza de solares y terrenos municipales. Art. 41.- Limpieza de patios de colegios. Art 42.- Otros trabajos de limpieza. Art. 43.- Suministro de agua para trabajos de limpieza Art 44.- Niveles de limpieza. Art 45.- Puesta en marcha de los trabajos de limpieza. CAPITULO VI.- SERVICIO DE CONTENERIZACIÓN, RECOGIDA Y TRANSPORTE DE RESIDUOS A PLANTA DE TRATAMIENTO FINAL O PLANTA DE TRANSFERENCIA. Art 46.- Definición general de los servicios Art 47.- Resultado final de los trabajos. Art 48.- Servicio de implantación, reposición, mantenimiento, reparación y ornato

de contenedores. Art 49.- Recogida y transporte hasta planta de transferencia o planta de

tratamiento final de la fracción resto-orgánica. Art 50.- Recogida selectiva y transporte a planta de transferencia o planta de

tratamiento final de la fracción de envases ligeros. Art 51.- Recogida selectiva y transporte a planta de fracción papel-cartón. Art 52.- Recogida selectiva y transporte a planta de fracción vidrio. Art 53.- Recogida selectiva y transporte a planta de tratamiento de pilas. Art 54.- Recogida selectiva y transporte a planta de tratamiento o destino final de

aceites de origen doméstico. Art 55.- Recogida selectiva y transporte a planta de tratamiento o destino final a

residuos textiles. Art 56.- Recogida selectiva puerta a puerta y transporte a planta de transferencia o

a destino final de residuos de papel-cartón y embalajes de comercios, mercados y fruterías.

Art 57.- Recogida selectiva puerta a puerta y transporte a planta de transferencia o destino final de residuos orgánicos y de vidrio de bares, restaurantes, cafeterías y mercados.

Art 58.- Retirada de basuras, animales muertos, y demás residuos que aparezcan vertidos o abandonados en la vía pública.

Art 59.- Recogida y transporte de muebles y enseres domésticos puerta a puerta y de la vía pública.

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Art 60.- Recogida de podas y restos de jardinería puerta a puerta o de la vía pública.

Art 61.- Gestión del Punto Limpio. Art 62.- Suministro de agua para los trabajos de recogida de residuos. Art. 63.- Frecuencias mínimas de prestación de servicios relativos a la recogida de

residuos. Art 64.- Puesta en marcha de los trabajos vinculados a la recogida de residuos. CAPITULO V.- SERVICIO DE MANTENIMEINTO Y CONSERVACIÓN DE ZONAS VERDES, PARQUES, JARDINES, PARQUES Y ARBOLADO. Art. 65.- Definición general de los procedimientos y sistemas de conservación y mantenimiento de zonas verdes para cada uno de los servicios. Art. 66.- Resultado final de los trabajos. Art 67.- Labores de conservación.

Art 67.1.- Riegos de zonas verdes. Art 67.2.- Abonados, enmiendas y aportes de sustratos. Art 67.3.- Entrecavados y escardas. Art 67.4.- Mantenimiento y reparación de céspedes y praderas. Art 67.5.- Mantenimiento de arbolado, arbustos y podas. Art 67.6.- Plantaciones y reposiciones de arbolado y plantaciones y

reparaciones de arbolado, arbustos y herbáceas, y transplantes. Art 67.7.- Labores en zonas verdes forestales. Art 67.8.- Sanidad vegetal. Art 67.9.- Desbroces, cortafuegos y arados. Art 67.10.- Conservación de zonas terrizas y pavimentos. Art 67.11.- Conservación de las redes de riego. Art 67.12.- Conservación de redes de drenaje. Art 67.13.- Limpieza. Art 67.14.- Conservación de áreas caninas. Art 67.15.- Limpieza y mantenimiento lagos y sistemas de bombeo para riegos. Art 67.16.- Limpiezas especiales con motivo de fiestas, ferias y actos públicos

o deportivos eventuales. Art 67.17.- Servicio de limpieza en domingos y festivos. Art 67.18.- Actuaciones en casos de emergencia y otras situaciones

excepcionales. Artículo 67.19.- Mantenimiento y conservación de patios de colegios.

Art 68.- Zonas verdes a conservar inicialmente. Art 69.- Obra nueva. Art 70.- Puesta en marcha de los trabajos vinculados al mantenimiento y

conservación de zonas verdes. Art 71.- Suministro de agua para los trabajos de mantenimiento y conservación de

zonas verdes. CAPITULO VI.- MEDIOS HUMANOS. Art 72.- Consideraciones generales.

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Art 73.- Plantilla mínima para prestar el servicio. Art 74.- Control de personal. CAPITULO VII.- MEDIOS MATERIALES Y AUXILIARES Art 75.- Consideraciones generales. Art 76.- Periodos, formas de amortizaciones o arrendamientos. Art 77.- Requisitos de los medios materiales. Art 78.- Características de los materiales. Art 79.- Medios mecánicos de posible cesión. CAPITULO VIII.- COMUNICACIONES Y PARTES DE SERVICIO Art 80.- Interconexiones internas del adjudicatario. Art 81.- Interconexiones entre el adjudicatario y el Ayuntamiento. Art 82.- Partes semanales. CAPITULO IX.- INSTALACIONES FIJAS Art 83.- Consideraciones generales. Art 84.- Responsabilidades de la empresa adjudicataria en relación con las

instalaciones. CAPITULO X.- CAMPAÑA DE COMUNICACIÓN Art 85.- Descripción general. CAPITULO XI.- RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIOS, RESPONSABILIDAD TÉCNICA Y CONTRL DE SERVICIOS. Art 86.- Descripción general. Art 87.- Póliza de seguro. CAPITULO XII.- MODIFICACÓN DEL CONTRATO Art 88.- Descripción general. CAPITULO XIII.- RÉGIMEN DISCIPLINARIO Art 89.- Calificación de las infracciones. Art 90.- Sanciones. CAPITULO XIV.- Presentación de las ofertas. Art 91.- Memoria técnica. Art 92.- Memoria económica. Art 93.- Formato de presentación de la oferta.

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CAPITULO XV.- CLAÚSULAS ECONÓMICAS Art 94.- Presupuesto del contrato Art 95.- Otras remuneraciones. Art 96.- Forma de pago. CAPITULO XVI.- VALORACIÓN DE OFERTAS. CAPITULO XVII.- REVISIÓN DE PRECIOS ANEXO I.- Kilogramos de residuos de recogidos en el municipio. ANEXO II.- Plan de renovación e instalación de papeleras. ANEXO III.- Limpieza especiales con motivo de fiestas, ferias y actos públicos o deportivos en general. ANEXO IV.- Niveles de limpieza. Anexo V.- Niveles de recogida de residuos. Anexo VI.- Listado de ubicaciones actuales de contenedores. Anexo VII.- Listado de centros oficiales a instalar contenedores de pilas. Anexo VIII.- Listado de ubicaciones de contenedores de residuos textiles. Anexo IX.- Listado de comercios, bares, restaurantes,… donde se realizará la recogida puerta a puerta. Anexo X.- Listado de Flor de Temporada. Anexo XI.- Listado de solares y parcelas municipales. Anexo XII.- Listado de áreas caninas. Anexo XIII.- Zonas verdes a mantener. Anexo XIV.- Listado de plantilla a subrogar. Anexo XV.- Listado de posible maquinaria a ceder. Anexo XVI.- Cuadros para presentar ofertas económicas.

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CAPITULO 0.- INTRODUCCIÓN, OBJETIVO Y PRINCIPIOS DE ACTUACIÓN: Artículo 1. Introducción

Los servicios de limpieza viaria, recogida-transporte de residuos y mantenimiento-conservación de zonas verdes, jardines, parques, jardines y arbolado, tiene una influencia decisiva en la calidad de vida de la ciudadanía y en las condiciones del entorno en el que se envuelve. El Ayuntamiento de Navalcarnero, quiere prestar estos servicios con un alto índice de calidad, por lo que ha realizado las actuaciones administrativas oportunas con el fin de planificar una nueva contratación, que permita revisar los criterios que inspiran la prestación de estos servicios, incorporando a esta licitación aspectos que permitan adaptar el próximo contrato a los nuevos comportamientos ciudadanos, tendencias medioambientales, de sostenibilidad, de condiciones adecuadas de ornato público y sanitarios, de eficiencia y optimización de recursos humanos y mecánicos.

Partiendo de unos servicios que actualmente no son de alta calidad, se incorporan al nuevo contrato criterios que permitirán una prestación adecuada del servicio para una población actualmente demandante de una alta calidad en materia de reciclaje, disfrute de espacios verdes, limpieza optima de las vía públicas, accesibilidad de contenedores, ….

Dada la creciente y continua concienciación ambiental de la población de

Navalcarnero, el Ayuntamiento de Navalcarnero se ha comprometido a hacer todos los esfuerzos posibles con el fin de mejorar la prestación de los servicios públicos objeto de este pliego para asegurar una calidad de vida alta de los vecinos y fomentar la participación de los mismos en su consecución.

Así, este Ayuntamiento se ha propuesto dentro de sus objetivos

prioritarios, la maximización del reciclaje, la maximización en el mantenimiento de los espacios verdes para su mayor uso social y la maximización en el ornato e higiene de los espacios público.

Artículo 2.- Objetivos y principios de actuación: La gestión de residuos se plantea con el fin de cumplir con los objetivos planteados desde la estrategia comunitaria y nacional de minimizar la producción de residuos, la limpieza viaria con objetivos de mantener un Navalcarnero limpio, y el mantenimiento de los espacios verdes, con los objetivos de presentar espacios cuidados, limpios y agradables para el uso y disfrute de los ciudadanos. El Servicio de Limpieza viaria deberá responder a las necesidades del municipio asegurando un entorno limpio. En materia de residuos se perseguirá la jerarquía de prevenir, posibilitar la reutilización y el reciclado. Para ello, se deberá facilitar al ciudadano la recogida

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selectiva de residuos mediante un cambio del sistema de contenedores y una mejor ubicación de los distintos tipos de contenedores. En materia de espacios verdes, se deberá asegurar los tratamientos adecuados de poda del arbolado para evitar los perjuicios y molestias a vecinos, asegurando en todo momento la ausencia de riesgos por caídas parciales o totales de ejemplares. Contar con espacios limpios y en un estado óptimo de jardinería, todo ello facilitando la optimización en el consumo de agua, mobiliario en condiciones adecuadas de uso, y fuentes ornamentales y de suministro de agua en condiciones de estética y funcionamiento adecuadas. Así, se considera prioritario la información y comunicación a la ciudadanía como uno de los principios fundamentales. Por todo ello, los licitadores deberán proponer todas las posibilidades técnicas y organizativas que económicamente sean factibles en cada momento para conseguir los objetivos pretendidos, respetando en todo caso, lo fijado en el presente Pliego. Significar, que las empresas licitadoras deberán tener en cuenta a la hora de presentar en sus ofertas los tres servicios diferenciados:

- Limpieza viaria completa de viales, aceras y espacios públicos. - Contenerizacion, recolección de los residuos urbanos generados en el

municipio de Navalcarnero, transporte a plantas fijadas por la mancomunidad y explotación del Punto Limpio.

- Mantenimiento y conservación de zonas verdes, parques, jardines, y

arbolado. CAPITULO I.- OBJETIVO DEL CONTRATO: Artículo 3.- Objetivo del contrato

El Ayuntamiento de Navalcarnero convoca, a través del presente Pliego de Condiciones, la contratación DE LOS SERVICIOS GENERALES DE LIMPIEZA URBANA, CONTENERIZACIÓN, RECOGIDA Y TRANSPORTE DE RESIDUOS URBANOS, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE ZONAS VERDES, JARDINES, PARQUES Y ARBOLADO, DEL MUNICIPIO DE NAVALCARNERO, que se incluirán en las ofertas técnico-económicas. Artículo 4.- Descripción de los servicios a prestar:

Los servicios a prestar por los licitadores se ajustaran en su ejecución a los términos que se detallan a continuación:

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- Limpieza viaria completa de viales, aceras y espacios públicos. - Contenerización, recolección de los residuos urbanos generados en el

municipio de Navalcarnero, transporte a plantas fijadas por la mancomunidad y explotación del Punto Limpio.

- Mantenimiento y conservación de zonas verdes, parques, jardines, y

arbolado. Artículo 5.- Ajustes de detalle

El Ayuntamiento podrá introducir sobre la oferta de adjudicación, de mutuo acuerdo con la empresa adjudicataria, los ajustes que considere oportunas al objeto de optimizar la calidad del servicio prestado, siempre que no suponga modificación de la cuantía económica. Artículo 6.- Términos de los servicios

Cada uno de los servicios se realizará en los términos que se indican en los artículos sucesivos, definiéndose asimismo el ámbito territorial y funcional. Artículo 7.- Sujeción al pliego de condiciones

Todos los servicios se efectuarán con sujeción estricta a lo especificado en el presente PLIEGO DE CONDICIONES y a lo que se determine a través del Contrato de Adjudicación de los Servicios objeto de la licitación. La prestación de éstos se regirá por el siguiente orden:

- Pliego de Prescripciones Técnicas. - El documento contractual que se establezca entre el Ayuntamiento de

Navalcarnero y la empresa adjudicataria. - Oferta presentada por el adjudicatario. - Normativa relativa a contratos con el sector público. - Demás normativa vigente en materia de contratación de aplicación al

presente contrato. - En caso de dudas en la interpretación, prevalecerá lo fijado por los

Servicios Técnicos Municipales.

CAPITULO II.- DURACIÓN DEL CONTRATO Artículo 8.- Duración

La duración del contrato será de seis (6) años a contar desde el día de la firma del mismo, pudiéndose prorrogar dos (2) años más, de año en año, por acuerdo de ambas partes antes de la finalización del mismo.

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CAPITULO III.-SERVICIOS OBJETO DE CONTRATO Artículo 9.- Limpieza viaria

- BARRIDO MANUAL DE ACERAS Y/O CALZADAS. - BARRIDO MECANICO DE CALZADAS. - BARRIDO MECANICO DE ACERAS Y ZONAS PEATONALES. - BARRIDO MIXTO DE ACERAS Y CALZADAS. - BALDEO MECANICO DE CALZADAS. - BALDEO MECÁNICO DE ACERA Y ZONAS PEATONALES. - BALDEO MIXTO. - BARRIDO DE MANTENIMIENTO. - BARRIDO DE REPASO DE TARDE. - REPARACIONES Y ACONDICIONAMIENTOS PUNTUALES. - VACIADO DE PAPELERAS. - LIMPIEZA, INSTALACIÓN, CONSERVACIÓN Y REPOSICIÓN DE

PAPELERAS. - LIMPIEZA DE MANCHAS, ACEITE, MANCHAS EN VÍAS PÚBLICAS,

RETIRADA DE PANCARTAS, BANDEROLAS,… - LIMPIEZA Y RETIRADA DE EXCREMENTOS CANINOS. - LIMPIEZAS ESPECIALES CON MOTIVO DE FIESTAS, FERIAS Y ACTOS

PÚBLICOS O DEPORTIVOS EN GENERAL. - SERVICIO DE DOMINGOSS Y FESTIVOS. - ÉPOCA DE CAÍDA DE HOJAS. - LIMPIEZA DE HIERBAS. - ACTUACIONES A REALIZAR POR CAUSAS CLIMATOLÓGICAS. - ACTUACIONES EN CASO DE EMERGENCIA Y CUALQUIER OTRA

SITUACIÓN ESPECIAL. - LIMPIEZA DE ZONA DE VERDIN MEDIANTE EMPLEO DE

FUNGINCIDAS, ANTILÍQUENES, Y CHORRO CON AGUA A PRESIÓN. - FREGADO MECÁNICO DE ZONAS PEATONALES. - LIMPIEZA DE SOLARES Y ESCOMBRERAS. - LIMPIEZA DE PATIOS DE COLEGIO. - OTROS TRABAJOS DE LIMPIEZA. - SUMINISTRO DE AGUA PARA TRABAJOS DE LIMPIEZA. - NIVELES DE LIMPIEZA. - PUESTA EN MARCHA DE LOS TRABAJOS VINCULADOS A LA

LIMPIEZA. Artículo 10.- Contenerizacion, recogida y transporte de residuos y explotación del punto limpio.

- IMPLANTACIÓN, REPOSICIÓN, MANTENIMIENTO, REPARACIÓN Y ORNATO DE CONTENEDORES.

- RECOGIDA Y TRANSPORTE HASTA PLANTA DE TRANSFERENCIA O PLANTA DE TRATAMIENTO DE LA FRACCIÓN RESTO.

- RECOGIDA SELECTIVA Y TRANSPORTE HASTA PLANTA DE TRANSFERENCIA O PLANTA DE TRATAMIENTO DE LA FRACCIÓN EMBASES LIGEROS.

- RECOGIDA SELECTIVA Y TRANSPORTE HASTA PLANTA DE FRACCIÓN PAPEL-CARTÓN.

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- RECOGIDA Y TRANSPORTE HASTA PLANTA DE FRACCIÓN VIDRIO. - RECOGIDA SELECTIVA Y TRANSPORTE A PLANTA DE

TRATAMIENTO DE PILAS. - RECOGIDA SELECTIVA Y TRANSPORTE A PLANTA DE

TRATAMIENTO O DESTINO FINAL DE ACEITE DE ORIGEN DOMESTICO.

- RECOGIDA SELECTIVA Y TRANSPORTE A PLANTA DE TRATAMIENTO O DESTINO FINAL DE RESIDUOS TEXTILES.

- RECOGIDA SELECTIVA PUERTA A PUERTA Y TRANSPORTE A PLANTA DE TRANSFERENCIA O A DESTINO FINAL DE RESIDUSO DE PAPEL-CARTÓN Y EMBALAJES DE COMERCIAS, MERCADOS Y FRUTERÍA.

- RECOGIDA SELECTIVA PUERTA A PUERTA Y TRANSPORTE A PLANTA DE TRANSFERENCIA O A DESTINO FINAL DE RESIDUOS ORGÁNICOS Y DE VIDRIO EN BARES, RESTAURANTES, CAFETERÍAS Y MERCADOS.

- RETIRADA DE BASURAS, ANIMALES MUERTOS, Y DEMÁS RESIDUOS QUE APAREZCAN VERTIDOS O ABANDONADOS EN LA VÍA PÚBLICA.

- RECOGIDA Y TRANSPORTE DE MUEBLES Y ENSERES DOMESTICOS PUERTA A PUERTA Y DE LA VÍA PÚBLICA.

- RECOGIDA DE PODAS Y RESTOS DE JARDINERÍA PUERTA A PUERTA O DE LA VÍA PÚBLICA.

- GESTIÓN DEL PUNTO LIMPIO. - FRECUENCIAS MÍNIMAS DE PRESENTACIÓN DE SERVICIOS

REALTIVOS A LA RECOGIDA DE RESIDUOS.

Artículo 11.- Mantenimiento y conservación de zonas verdes, parques, jardines y arbolado.

-RIEGOS DE LAS ZONAS VERDES. -ABONADOS, ENMIENDAS Y APORTES DE SUSTRATOS. -ENTRECAVADOS Y ESCARDAS. -MANTENIMIENTO Y REPOSICIONES DE CESPEDES, PRADERAS Y

CUBIERTAS VEGETALES. -MANTENIMIENTO DEL ARBOLADO, ARBUSTOS Y PODAS. -PLANTACIONES: REPOSICIONES DE ÁRBOLES ARBUSTOS Y

HERBACEAS. TRANSPLANTES. -LABORES EN ZONAS VERDES FORESTALES. -SANIDAD VEGETAL. -DESBROCES, CORTAFUEGOS Y ARADOS. -CONSERVACIÓN DE ZONAS TERRIZAS Y PAVIMENTOS. -CONSERVARCIÓN DE REDES DE RIEGO. -CONSERVACIÓN DE MOBILIARIO URBANO. -LIMPIEZA. -CONSERVACIÓN DE ÁREAS CANINAS. -LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO FERIAL DE FUENTES

ORNAMENTALES Y SUMINISTRO DE AGUA POTABLE. -LIMPIEZAS ESPECIALES CON MOTIVO DE FIESTAS, FERIAS Y ACTOS

PÚBLICOS O DEPORTIVOS. -SERVICIO DE LIMPIEZA DOMINGOS Y FESTIVOS.

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-ACTUACIONES EN CASO DE EMERGENCIAS. CAPITULO IV.- AMBITO TERRITORIAL Y FUNCIONAL. Artículo 12.- Ámbito territorial

El ámbito territorial para la prestación de los servicios objeto de contratación comprenderá la totalidad del término Municipal de Navalcarnero. Artículo 13.- Limpieza viaria

Se considera la limpieza de la totalidad de la red viaria referida a las aceras, calzadas, pasos, plazas, etc., a través de las operaciones de barrido y baldeo, definidas más adelante. Asimismo se incluirán las escaleras públicas, pasajes, callejones, etc., que sean de uso público.

Este servicio se aplicará en:

- Vías de acceso, calles, paseos, aceras, plazas, cunetas y, en general,

zonas de uso público, cuyo mantenimiento sea o pueda ser por cuenta del Ayuntamiento.

- La limpieza de zonas públicas exteriores de recintos dependientes del Ayuntamiento.

- Papeleras y/o sistemas de depósito de residuos o basura en la vía pública.

- Manchas de aceite, orines de canes-personas, zonas en el entorno de contenedores, zonas de gran acumulación de excrementos de canes y aves, manchas procedentes en la calzada de la recogida de residuos,…

- Pancartas, banderolas, pegatinas, carteles, octavillas,… - Alcorques abiertos y cerrados. - Excrementos de los animales y otra índole. - En fiestas, ferias y actos públicos en general. - Los domingos y festivos. - En época de caída de la hoja. - Hierbas en aceras, calzadas y borduras. - Heladas, nevadas, fuertes vientos, inundaciones,… - En casos de emergencia y cualquier otra situación excepcional: causas de

fuerza mayor, accidentes de tráfico,… - Zonas colindantes con el servicio de jardinería. - Zonas con verdín mediante empleo de funguicidas, antilíquenes, y chorro

con agua a presión. - Pintadas, graffiti, … en fachadas, mobiliario y vías públicas. - Tierras, barro y arena de la vía pública procedente de obras y desarrollo de

obras. Todos los productos procedentes de los diferentes tipos de limpieza podrán

ser trasladados a Planta fijada o de transferencia que fije la Mancomunidad, punto limpio o contenedores ubicados en las instalaciones, todo ello para una gestión final adecuada. Significando que los costes derivados de su gestión y la tasa de

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vertido serán sufragados por el Ayuntamiento mediante emisión de factura de la planta de tratamiento directamente al Ayuntamiento. Las empresas licitadoras propondrán en sus ofertas el sistema más adecuado para la concentración y recogida de los residuos generados en la limpieza urbana. En cualquier caso indicaran la ubicación, capacidades, métodos y horarios de recogida. La frecuencia para la retirada de estos residuos será al menos semanal.

Significar, que durante el periodo de vigencia del contrato, el adjudicatario

tendrá que hacerse cago de las tasas de gestión de este tipo de residuos, previa modificación administrativa del contrato, y siempre que este Ayuntamiento lo considere oportuno.

Queda excluido del servicio de limpieza viaria las siguientes zonas:

- Limpieza de edificios municipales. - Limpieza del cementerio municipal. - Limpieza de zonas verdes que sean objeto del mantenimiento y

conservación de zonas verdes, parques, jardines y arbolado.

Queda también excluido las prestaciones relativas a la desratización y desinsectación, en su totalidad.

Artículo 14.- Contenerizacion, recogida y transporte de residuos y explotación del punto limpio.

El ámbito de este grupo de servicios se extiende a la totalidad del término municipal de Navalcarnero, sin limitación territorial alguna. Con carácter general, los vecinos depositarán las basuras y residuos en los lugares que determine el Ayuntamiento.

El servicio general de recogida y transporte de los residuos urbanos a lugar

designado por la mancomunidad comprende las siguientes prestaciones:

- Contenerizacion del municipio. - Recogida y transporte de basuras y residuos domiciliarios procedentes de la normal actividad doméstica e industrial.

- Recogida específica y transporte de basuras y residuos de establecimientos comerciales, hoteleros, etc.,

- Recogida específica y transporte de residuos procedentes de mercados y mercadillos.

- Recogida y transporte de los residuos procedentes de la limpieza urbana.

- Recogida y transporte de las basuras, incluso animales muertos, que aparezcan vertidos o abandonados en la vía pública.

- Recogida y transporte de las diferentes fracciones de la recogida selectiva (vidrio, envases, papel, ropa, etc.…).

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- Recogida y retirada de residuos domicilios dictados por orden judicial o intervenciones municipales en domicilios.

- Explotación del Punto Limpio. - Recogida y retirada de residuos de zonas no urbanas vertidos

ilegalmente.

El ámbito funcional de los servicios afines quedará definido más adelante. Quedan excluidos del mismo las prestaciones referidas a la recogida y

traslado de las basuras y residuos que no tengan carácter sólido ni urbano y que no sean asimilables a domiciliarios (sanitarios, tóxicos, industriales, líquidos de todo tipo, etc.). Además, quedan expresamente excluidas, las siguientes prestaciones:

- La recogida de residuos que, por su carácter industrial ó por su

volumen o cantidad, no puedan recogerse a través del servicio de recogida establecido a juicio del Ayuntamiento.

- La retirada de vehículos abandonados en la vía pública. - La recogida de escombros procedentes de obras, de carácter privado,

o los originados en reparaciones domiciliarias, salvo que el Ayuntamiento decida su recogida o sea presentado como mejora en la oferta del adjudicatario.

- La recogida de sacas depositadas en la vía pública sin autorización para el deposito de residuos, salvo que sea presentado como mejora en la oferta por el adjudicatario.

Con carácter general, los residuos procedentes de la recogida de los

residuos sólidos se trasladarán plantas de transferencia o tratamiento final que la Mancomunidad o la Comunidad de Madrid asigne. El Ayuntamiento podrá establecer convenios o acuerdos para su tratamiento con entes públicos o privados, legalmente autorizados para el tratamiento de los residuos objeto de este contrato, para lo cual se definirán los sistemas de gestión de los mismos.

Los convenios, acuerdos y mancomunidades a los cuales esta adscrito este

Ayuntamiento son los siguientes: Convenio marco entre la Comunidad de Madrid, Navalcarnero y el Sistema Integrado de Gestión promovido por ECOEMBALAJES DE ESPAÑA, S.A., y a la Mancomunidad de Residuos de Municipios del Sur.

Los gastos y tasas derivados de la gestión de residuos del punto limpio,

serán sufragados por el adjudicatario. Los relativos a la limpieza viaria, voluminosos, muebles, enseres, podas y fracción resto, serán sufragados por el Ayuntamiento, cuyo pago se hará directamente a la Mancomunidad de Residuos del Sur o cualquier otro planta a designar de tratamiento final dentro de la Comunidad de Madrid, por emisión de la factura a esta Entidad por el Organismo mencionado.

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Las empresas licitadoras propondrán en sus ofertas el sistema más adecuado para la concentración y recogida de los residuos generados en la limpieza urbana, voluminosos, muebles, enseres y poda. En cualquier caso indicaran la ubicación, capacidades, métodos y horarios de recogida. La frecuencia para la retirada de estos residuos será de carácter semanal.

Artículo 15.- Mantenimiento y conservación de zonas verdes, parques, jardines y arbolado. El ámbito de la prestación del servicio de mantenimiento y conservación de zonas verdes se extiende todas las zonas verdes, jardines, parques, espacios verdes que se encuentren en zona urbana del término municipal, patios de colegios y áreas de jardinería de edificios municipales, incluyendo zonas forestales y parques periurbanos, que estén incluidos en zona urbana o urbanizable.

El servicio general de mantenimiento y conservación de zonas verdes comprende las siguientes prestaciones:

-Riego de las zonas verdes. -Abonados, enmiendas y aportes de sustratos. -Entrecavado y escardas. -Mantenimiento y reposición de céspedes, praderas y cubiertas

vegetales. -Mantenimiento del arbolado, arbustos, y podas. -Plantaciones, reposiciones de arbolado, arbustos y herbáceas. -Transplantes. -Labores en zonas verdes forestales. -Sanidad vegetal. -Mantenimiento, conservación y reposición de sistemas y elementos de

riego. -Mantenimiento, conservación y reposición de aljibes, lamina de agua,

sistemas de bombeo de las zonas verdes. -Actuación en caso de emergencia y cualquier otra situación

excepcional: avisos de la policía local por problemas con riegos, caída de ramas o árboles en la vía pública, riesgo de caída de árboles o ramas,…

-Conservación y mantenimiento de áreas caninas. -Desbroce y siega de pastos. -Limpieza y mantenimiento de fuentes ornamentales.

El ámbito funcional de los servicios afines quedará definido más adelante. Quedan excluidos del mismo las prestaciones referidas al mantenimiento y

conservación de espacios verdes que no tengan carácter municipal y sean de titularizad municipal. Quedan expresamente excluidas, además, las siguientes prestaciones:

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- Zonas verdes cuya titularidad no sea municipal. - Zonas verdes que se sean de titularidad municipal y se encuentre

dentro de una concesión o adjudicación.

Con carácter general, los residuos procedentes del mantenimiento y conservación de zonas verdes podrán ser tratados en la planta de Villanueva de la cañada, plantas de tratamiento final que la Mancomunidad o la Comunidad de Madrid asigne, y mediante quema controlada siempre que se cuente con las autorizaciones correspondientes. El Ayuntamiento podrá establecer convenios o acuerdos para su tratamiento con entes públicos o privados, legalmente autorizados para el tratamiento de los residuos objeto de este contrato, para lo cual se definirán los sistemas de gestión de los mismos.

Los gastos y tasas derivados de la gestión de residuos de poda y jardinería,

serán sufragados por el Ayuntamiento, cuyo pago ser hará directamente a la Mancomunidad de Residuos del Sur o cualquier otra planta de tratamiento final que se designe por emisión de la factura a Entidad por el organismo mencionado.

Las empresas licitadoras propondrán en sus ofertas el sistema más

adecuado para la concentración y recogida de los residuos generados en la en la poda y gestión de las zonas verdes. En cualquier caso indicaran la ubicación, capacidades, métodos y horarios de recogida. La frecuencia para la retirada de estos residuos será al menos de quince días.

CAPITULO V.- SERVICIOS DE LIMPIEZA VIARIA. Artículo 16.- Definición general de los procedimientos y sistemas de limpieza para cada uno de los servicios.

Se pretende en los siguientes artículos definir de una forma general, los procedimientos y sistemas de limpieza viaria para cada uno de los servicios objeto del concurso que en unos casos son de obligado cumplimiento, en otros en caso de ser propuesto en la oferta del adjudicatario y en otros a ser propuesto como mejoras por el adjudicatario. Estos servirán de base para la elaboración por parte de las empresas licitadoras, del PLAN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA VIARIA.

El nivel de limpieza será el más idóneo en cada zona, eliminando todos los

productos y residuos de las aceras y calzadas, paseos, plazas, etc., que tengan el carácter de uso público. Artículo 17.- Resultado final de los trabajos

Tras la realización de los trabajos de limpieza viaria en el municipio, el aspecto final deberá ser tal que no existan restos de ningún tipo de residuos, basura, desperdicios,… en el suelo, y demás espacios públicos, se hayan vaciado

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las papeleras, y se hayan retirado todos los demás elementos que suponen una afección a la salud y ornato público.

Los licitadores podrán prever, además de los servicios mínimos de

limpieza establecidos en el presente Pliego, todos aquellos que estimen necesarios para que el aspecto general de la ciudad, en cuanto a la limpieza pública, sea correcto las 24 horas del día y los 365 días del año.

Los servicios propuestos por el Adjudicatario en su oferta serán aplicados,

en todo caso, previa autorización del Ayuntamiento de Navalcarnero, y podrán ser modificados en caso de ser requerido por los Servicios Técnicos Municipales.

Artículo 18.- Barrido manual de aceras y calzadas

Este trabajo consiste en la limpieza detallada de las aceras, paseos, áreas peatonales, pasos y calzadas, así como el vaciado de papeleras. Esta limpieza se efectuará con el máximo detalle y especificidad, en las proximidades de los bordillos y rígolas.

Deberán aplicarse estos trabajos sobre todo en:

- Zonas que presenten dificultades en su mecanización en razón de sus accesos, pendientes, pavimentación, etc.

- Vías con estacionamiento fijo permanente.

Las empresas licitadoras explicarán en sus ofertas:

-Calles donde se prevé realizar este tipo de operaciones de acuerdo con el plano que se facilita anexo al pliego.

- Constitución de los equipos indicando personal y criterios que aplican en su elección.

- Horarios de los trabajos a realizar. - Rendimiento de los equipos utilizados por hora efectiva de

trabajo. - Cálculo del número de equipos que realizan esta operación

definido según la cantidad de trabajo total a realizar en metros lineales de bordillo y en función del ancho de aceras donde se aplique la operación.

- Planos detallando los sectores de barrido, con indicación del ámbito geográfico de cada uno de los barrios.

- Para cada equipo de barrido manual se presentarán los planos de los itinerarios, indicando el recorrido propuesto para cada día de la semana.

Todos los residuos procedentes del barrido manual serán recogidos y

transportados, de forma inmediata, a los recipientes normalizados que se

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encuentran instalados o se instalen en los lugares públicos adecuados, sin poder ser acumulados en la vía pública o en su defecto.

Este servicio se considera muy importante de cara a garantizar la limpieza

de zona denominada Casco Urbano. Así, la empresa licitadora especificará acorde a la importancia de este servicio cómo va a realizar el mismo sin perjuicio de la calidad de vida de los vecinos para poder usar y disfrutar en esas horas del espacio público, ausencia constante de residuos en la vía pública, residuos fuera de los contenedores y papeleras llenas.

Artículo 19.- Barrido mecánico de calzadas

Se trata de una operación a realizar únicamente con el objetivo de eliminar

los desperdicios y residuos acumulados en las zonas de las calzadas próximas a los bordillos en un ancho mínimo de 1,5 m. Se utilizarán para ello máquinas barredoras recogedoras de aspiración y/o de arrastre provistas de los correspondientes sistemas automáticos de humectación para evitar la formación de polvo y filtros del aire expulsado.

Se aplicará preferentemente en:

- Vías de acceso al Municipio y que soporten un importante tráfico rodado.

- Calzadas libres de estacionamiento o con estacionamiento unilateral.

- Zonas peatonales que permitan el tratamiento mecánico.

Las empresas licitadoras explicarán en sus ofertas:

- Calles donde se prevé realizar este tipo de operaciones de acuerdo con el plano que se facilita anexo al pliego.

- Constitución de los equipos indicando personal y tipos de máquinas a utilizar en función de las características de las calzadas a limpiar.

- Horarios. - Metros lineales de bordillos totales a tratar. - Cantidad de trabajo por jornada de cada uno de los equipos y

rendimientos por hora efectiva de trabajo. - Cálculo del número de equipos en función la cantidad de trabajo a

realizar, rendimiento propuesto y según los datos anteriores y para cada uno de los niveles de limpieza.

- Para cada equipo de barrido mecánico se presentarán los planos de los itinerarios, indicando el recorrido propuesto para cada día de la semana.

Los equipos y maquinaria a emplear para estas labores deberán de ser

especialmente sensibles con la contaminación acústica que pudieran generan

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minimizando el ruido generado en el entorno urbano del municipio, dentro de lo posible y siempre sin pérdida significativa de la capacidad mecánica operativa de los equipos a emplear. De igual manera se prestará especial atención a la tipología, pesos y capacidades de la maquinaria seleccionada y de sus elementos (neumáticos, púas de cepillos,...) para la ejecución de estas tareas en las zonas peatonales, de cara a no dañar ni ensuciar con marcas de neumáticos estas zonas.

Artículo 20.- Barrido mecánico de aceras y zonas peatonales

Esta operación consiste en el barrido de las aceras existentes en la vía pública, mediante la utilización de máquinas especiales, recogiendo y eliminando todos los residuos, desperdicios, polvo, etc., que aparezcan. Las máquinas a utilizar deberán ir provistas de sistemas de humectación para eliminar la formación de polvo, y serán de una gran maniobrabilidad en razón de sus condiciones especiales de trabajo.

Tenderá a aplicarse en:

- Aceras y paseos, cuyo ancho permita el paso de las máquinas. - Zonas peatonales. - En sustitución del barrido manual con objeto de mejorar el nivel

de limpieza.

Las empresas licitadoras expresarán con todo detalle en sus ofertas:

-Aceras y zonas peatonales donde se prevé realizar esta operación de acuerdo con el plano que se facilita anexo al pliego.

-Tipos de equipos a utilizar indicando constitución de los mismos y tipos de máquinas a emplear, indicando personal, sistema de recogida: aspiración o arrastre e indicación del sistema y lugar de descarga.

-Mediciones en metros lineales para las aceras y metros cuadrados para las zonas peatonales y plazas a limpiar.

-Cantidad de trabajo por jornada y unidad de equipo utilizado. - Horarios de los trabajos. -Cálculo del número de equipos necesarios, debidamente justificado y rendimientos aplicados, según los datos anteriores y para cada uno de los niveles de limpieza.

-Para cada equipo de barrido mecánico se presentarán los planos de los itinerarios, indicando el recorrido propuesto para cada día de la semana.

Los equipos y maquinaria a emplear para estas labores deberán de ser

especialmente sensibles con la contaminación acústica que pudieran generan minimizando el ruido generado en el entorno urbano del municipio, dentro de lo posible y siempre sin pérdida significativa de la capacidad mecánica operativa de los equipos a emplear. De igual manera se prestará especial atención a la

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tipología, pesos y capacidades de la maquinaria seleccionada y de sus elementos (neumáticos, púas de cepillos,...) para la ejecución de estas tareas de cara a no dañar ni ensuciar con marcas de neumáticos las zonas pavimentadas.

Artículo 21.- Barrido mixto de aceras y calzadas

Este servicio consiste en la realización del barrido de aceras y calzadas, mediante la utilización combinada en el soplado de aire desde la acera a la calzada de tal manera que la suciedad que se saque sea retirada en el mismo momento por una barredora que acompañe al peón y la sopladora, y que no podrá estar a un distancia superior de 10 metros respecto al peón, para mayor eficiencia de la tarea.

Tenderá a aplicarse en:

- Aceras y paseos, de barrios fuera del denominado casco urbano, cuyo ancho permita el paso de las máquinas.

- Zonas peatonales. - En todas aquellas zonas donde se aumente el rendimiento y

eficacia respecto a otros servicios con el fin de mejorar los niveles de limpieza.

Las empresas licitadoras expresarán con todo detalle:

-Aceras y zonas peatonales donde se prevé realizar esta operación de acuerdo con el plano que se facilita anexo al pliego.

-Tipos de equipos a utilizar indicando constitución de los mismos y tipos de máquinas a emplear, indicando personal, sistema de recogida: aspiración o arrastre e indicación del sistema y lugar de descarga.

-Mediciones en metros lineales para las aceras y metros cuadrados para las zonas peatonales y plazas a limpiar.

-Cantidad de trabajo por jornada y unidad de equipo utilizado. - Horarios de los trabajos. -Cálculo del número de equipos necesarios, debidamente justificado y rendimientos aplicados, según los datos anteriores y para cada uno de los niveles de limpieza.

-Para cada equipo de barrido mecánico se presentarán los planos de los itinerarios, indicando el recorrido propuesto para cada día de la semana.

Los equipos y maquinaria a emplear para estas labores deberán de ser

especialmente sensibles con la contaminación acústica que pudieran generan minimizando el ruido generado en el entorno urbano del municipio, dentro de lo posible y siempre sin pérdida significativa de la capacidad mecánica operativa de los equipos a emplear. De igual manera se prestará especial atención a la tipología, pesos y capacidades de la maquinaria seleccionada y de sus elementos

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(neumáticos, púas de cepillos,...) para la ejecución de estas tareas de cara a no dañar ni ensuciar con marcas de neumáticos las zonas pavimentadas.

Este servicio se considera muy importante, y de carácter fundamental de cara a garantizar la limpieza en todos los barrios situados fuera del Casco Urbano. Así, la empresa licitadora especificará acorde a la importancia de este servicio cómo va a realizar el mismo sin perjuicio de la calidad de vida de los vecinos para poder usar y disfrutar del espacio público, y ausencia constante de residuos en la vía pública. Artículo 22.- Baldeo mecánico de calzadas

Consiste esta operación en el lanzamiento de agua a presión sobre las calzadas y muy especialmente en las proximidades de los bordillos. Para ello, se utilizarán máquinas especiales provistas de boquillas orientables y rampa que dirigirán el chorro de agua hacia los bordillos a una presión mínima de 15 kg/cm2 y caudal superior a 15 m3/hora.

Este servicio será realizado sin deteriorar mobiliario urbano, alcorques, y

el propio pavimento. Los residuos serán desplazados mediante esta operación hacia las

proximidades de los bordillos donde serán recogidos en las operaciones de barrido.

Las empresas licitadoras en sus ofertas definirán en forma detallada:

- Calles donde se prevé realizar este tipo operaciones, que en principio debe comprender todas las del municipio cuyas características lo permitan.

- Horarios de los trabajos a realizar. - Rendimiento de los equipos utilizados por hora efectiva de

trabajo. - Constitución de los equipos a emplear, indicando personal,

indicando presiones, caudales, capacidades, etc. - Metros lineales de bordillo (o calzada para las calles estrechas). - Cantidad de trabajo por jornada de los equipos. - Cálculo del número de equipos necesarios, debidamente justificado y rendimientos aplicados, según los datos anteriores y para cada uno de los niveles de limpieza.

- Para cada equipo de baldeo mecánico se presentarán los planos de los itinerarios, indicando el recorrido propuesto para cada día de la semana.

Los equipos y maquinaria a emplear para estas labores deberán de ser

especialmente sensibles con la contaminación acústica que pudieran generan minimizando el ruido generado en el entorno urbano del municipio, dentro de lo

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posible y siempre sin pérdida significativa de la capacidad mecánica operativa de los equipos a emplear, incluso insonorizadas en las partes de los equipos de bombeo.

Artículo 23.- Baldeo mecánico de aceras y zonas peatonales

Consiste esta operación en el baldeo de las aceras y zonas peatonales de forma que los residuos se desplacen hacia los bordillos para su posterior recogida, mediante operaciones de barrido.

Esta operación deberá efectuarse en combinación con los barridos

mediante la utilización de vehículos especiales que actuarán sobre la superficie de las aceras, a presiones y caudales elevados, a fin conseguir un óptimo estado de la limpieza del pavimento.

Este servicio será realizado sin deteriorar mobiliario urbano, alcorques, y el propio pavimento.

Las empresas licitadoras en sus ofertas definirán en forma detallada y en cada uno de los niveles:

- Calles donde se prevé realizar este tipo de operaciones de acuerdo

con el plano que se facilita anexo al pliego. - Constitución de los equipos a emplear, indicando personal, tipo

de máquinas y características de trabajo relativas a presiones, caudales, capacidad de carga, etc.

- Metros lineales de bordillo o metros cuadrados de superficie a limpiar en zonas peatonales, plazas, etc.

- Cantidad de trabajo por jornada de cada uno de los equipos. - Horarios de los trabajos a realizar. - Cálculo del número de equipos necesarios, debidamente justificado y rendimientos aplicados, según los datos anteriores y para cada uno de los niveles de limpieza.

- Para cada equipo de baldeo mecánico se presentarán los planos de los itinerarios, indicando el recorrido propuesto para cada día de la semana.

Los equipos y maquinaria a emplear para estas labores deberán de ser

especialmente sensibles con la contaminación acústica que pudieran generan minimizando el ruido generado en el entorno urbano del municipio, dentro de lo posible y siempre sin pérdida significativa de la capacidad mecánica operativa de los equipos a emplear, incluso insonorizadas en las partes de los equipos de bombeo.

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Artículo 24.- Baldeo mixto

Consiste en una combinación de baldeo mecánico mediante rampa y/o baldeo manual mediante manguera conectada al vehículo y dirigido hacia zonas no accesibles a las máquinas, terminando el tratamiento con unos operarios que cepillan y recogen los residuos.

Se aplicará preferentemente en:

- Calles con estacionamiento y ancho de aceras que no permitan su

mecanización, principalmente en calles céntricas e importantes. - Aceras con gran densidad de mobiliario urbano.

Las empresas licitadoras en sus ofertas definirán en forma detallada y en cada uno de los sectores:

- Calles o tramos de calle donde se prevea realizar este tipo de

operaciones de acuerdo con el plano que se facilita anexo al pliego.

- Constitución de los equipos que piensen utilizar, indicando personal, maquinaria, herramientas, útiles etc.

- Cantidad total de trabajo a realizar en metros cuadrados de acera a limpiar y metros lineales bordillo.

- Cantidad de trabajo por jornada de cada uno de equipos empleados.

- Horarios de los trabajos a realizar. - Cálculo del número de equipos necesarios, debidamente justificado y rendimientos aplicados, según los datos anteriores y para cada uno de los niveles de limpieza.

- Para cada equipo de baldeo mixto se presentarán los planos de los itinerarios, indicando el recorrido propuesto para cada día de la semana.

Las empresas licitadoras deberán argumentar como van a realizar el

cuidado de zonas sensibles como las zonas junto y bajo papeleras así como las zonas junto a la zona de recogida de residuos y recogida selectiva, bajo las mismas.

Los equipos y maquinaria a emplear para estas labores deberán de ser

especialmente sensibles con la contaminación acústica que pudieran generan minimizando el ruido generado en el entorno urbano del municipio, dentro de lo posible y siempre sin pérdida significativa de la capacidad operativa de los equipos a emplear, incluso insonorizadas en las partes de los equipos de bombeo.

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Artículo 25.- Barrido de mantenimiento

El barrido de mantenimiento tiene por objeto la recogida de los residuos más significativos de entre los que son objeto de los otros barridos, sin que sea necesario un barrido exhaustivo de la totalidad de las superficies Urbanas, salvo en las zonas próximas de contenedores y vaciado de papeleras.

Estos barridos se aplicarán:

- En las limpiezas permanentes de domingos y festivos, cuando no

se utilice el barrido mecánico. - Como complemento de los barridos diarios, en las zonas más

conflictivas por su elevada tendencia a la generación de desperdicios, este tratamiento se efectuará como segundo barrido diario del propio itinerario.

- Como barrido complementario en las zonas con barrido mecánico diario con el fin de abarcar el 100% de las superficies.

- Como barrido alternativo en las zonas con barrido mecánico no diario.

- Entiéndase que este servicio “barrido de mantenimiento” no es identificable con un servicio de repaso de tarde, sino como complemento de los barridos primarios manuales y mecánicos de zonas conflictivas.

- Vaciado de papeleras en zonas con asignación de barridos mecánicos y/o barridos manuales.

- Limpieza y recogida de residuos situados fuera de los contenedores de basura y/o zonas periféricas a los mismos.

Las empresas licitadoras en sus ofertas definirán en forma detallada

y en cada uno de los niveles: - Calles o tramos de calle donde se prevé realizar este tipo de

operaciones de acuerdo con el plano que se facilita anexo al pliego con los niveles de limpieza.

- Constitución de los equipos que piensen utilizar, indicando personal, maquinaria, herramientas, útiles etc.

- Mediciones en metros lineales de bordillo donde se pretende realizar.

- Cantidad de trabajo por jornada de cada uno de equipos empleados.

- Horarios de los trabajos a realizar. - Cálculo del número de equipos necesarios, debidamente justificados y rendimientos aplicados, según los datos anteriores y para cada uno de los niveles de limpieza.

- Para cada equipo de barrido de mantenimiento se presentarán los planos de los itinerarios, indicando el recorrido propuesto para cada día de la semana

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Este servicio se considera muy importante de cara a garantizar la limpieza

de las zonas, papeleras llenas y residuos depositados fuera de los contenedores. Por lo tanto la empresa licitadora especificará acorde a la importancia de este servicio cómo va a realizar el mismo sin perjuicio de la calidad de vida de los vecinos para poder usar y disfrutar en esas horas de ocio de la tarde del espacio público, ausencia constante de residuos fuera de los contenedores y papeleras llenas. Artículo 26.- Barrido de repaso de tarde

El barrido de repaso de tarde tiene por objeto la limpieza de zonas de mayor afluencia de peatones, retirada de residuos próximos a los contenedores de recogida de residuos y vaciado de papeleras, siendo estos dos últimos aspectos de especial importancia a lo largo de todo el año.

Estos barridos se aplicarán en horario de 16:00 a 21:30 horas de lunes a sábado.

Las empresas licitadoras en sus ofertas definirán en forma detallada:

- Constitución de los equipos que piensen utilizar, indicando personal, maquinaria, herramientas, útiles etc.

- Mediciones de las zonas tanto en metros lineales de bordillos como en metros cuadrados para las zonas peatonales.

- Cantidad de trabajo por jornada de cada uno de equipos empleados.

- Cálculo del número de equipos necesarios, debidamente justificado y rendimientos aplicados, según los datos anteriores.

- Para cada equipo de barrido de tarde se presentarán los planos de los itinerarios, indicando el recorrido propuesto para cada día de la semana.

Este servicio se considera muy importante de cara a garantizar la limpieza

de las zonas más transitadas del municipio y más susceptibles de acumular suciedad fuera del horario de limpieza manual/mecánico ordinarios de aceras y calzadas, papeleras llenas y residuos depositados fuera de los contenedores. Por lo tanto la empresa licitadora especificará acorde a la importancia de este servicio cómo va a realizar el mismo sin perjuicio de la calidad de vida de los vecinos para poder usar y disfrutar en esas horas de ocio de la tarde del espacio público, ausencia constante de residuos fuera de los contenedores y papeleras llenas. Artículo 27.- Reparaciones y acondicionamientos puntuales

Se trata de un servicio polivalente que tendrá encomendada las siguientes funciones:

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- Realización de pequeñas obras civiles necesarias para la colocación y retirada de papeleras y contenedores situados en la vía pública, adecuación a condiciones optimas de seguridad, estética y ornato las plataformas y contenedores soterrados durante funcionamiento y tras su funcionamiento, retirada de agua y residuos de los fosos de contenedores soterrados durante y tras su funcionamiento, actuaciones en los contenedores de carga lateral para asegurar el buen estado, limpieza y ornato de las bocas de vertido, pedales de apertura y demás elementos de las estructuras, y todas aquellas actuaciones precisas para la mejora y optimización de los servicios objeto de licitación. Así como la reparación de los desperfectos generados por los servicios de mecanización sobre las aceras, y demás mobiliario que pueda ser afectado o dañado durante las actuaciones (señales de tráfico, bolardos, farolas,…).

- Suplir cualquier anomalía, imprevistos, en caso de accidentes de

tráfico, etc., que requieran su atención sobre los elementos dentro del objeto del contrato del viario urbano.

Quede claro que el presente servicio no se refiere a un servicio de

reparación o mantenimiento de viales, ni de mobiliario urbano. Las empresas licitadoras definirán los medios técnicos y humanos,

horarios y frecuencias que dedicarán a estos servicios, así como el estudio pormenorizado de los medios, sin indicación alguna en la oferta técnica de costes o presupuestos asignados a estas tareas, al considerarse objeto del contrato.

Se deberá contar con los medios materiales y humanos adecuados para la

correcta ejecución de este servicio. Estos servicios no podrán ser facturados al Ayuntamiento, al considerarse

incluidos en el objeto del contrato.

Artículo 28.- Vaciado de papeleras

Es objeto de este concurso el vaciado periódico de todas las papeleras existentes y futuras instaladas en término municipal de Navalcarnero, sin que lleguen a estar en ningún momento desbordadas.

Esta operación ha de ser realizada por los equipos de barrido manual, barrido de mantenimiento y barrido de tarde, que procederán al vaciado de todos los desperdicios con una frecuencia igual a la que presenten estos equipos en las zonas donde actúan.

Para el vaciado de las papeleras en donde no se realicen operaciones, las empresas licitadoras propondrán el sistema de vaciado que les parezca oportuno

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no admitiéndose el vaciado de las papeleras a la calzada para su admisión por las máquinas barredoras.

El Adjudicatario deberá proceder al vaciado permanente de la totalidad de

las papeleras de la ciudad al final de cada jornada.

Artículo 29.- Limpieza, instalación, conservación y reposición de papeleras Este servicio comprende la limpieza exterior, interior, reparación e incluso

la retirada de pegatinas, pintadas o similares que se fijen en las mismas y que no estén autorizadas, de todas las papeleras existentes en el municipio, así como todas las de nueva implantación durante la vida del contrato y su retirada. .

Las empresas licitadoras deberán presentar documentación donde se indique:

- Plano donde se refleje la ubicación de las papeleras. - Número total de papeleras. - Número total de papeleras por calle.

Las empresas licitadoras podrán presentar como mejora un plan de

renovación y ampliación de papeleras anual a aplicar durante los 6 años primeros de duración del contrato, tal y como se muestra en los anexos, en este caso, los gastos de adquisición e instalación serán a cargo del adjudicatario. Los modelos papelera se describen en los anexos, siendo en ultimo caso tener que ser presentado modelo en la oferta y previa a la instalación ser aprobado por los Servicios Técnicos Municipales.

El Ayuntamiento de Navalcarnero se reserva la opción de incrementar el

número anual de reposiciones cada año, sufragado en este caso, el importe de la adquisición de las mismas, pero no el de instalación.

Anualmente se deberá justificar fehacientemente el número y ubicación de

nuevas papeleras instaladas. Aspecto que quedará reflejado mediante remisión por parte del adjudicatario de plano con ubicaciones, número total de papeleras y número de papeleras por calle.

Así, las empresas licitadoras en sus ofertas detallaran:

- Equipos de mantenimiento indicando el personal y los medios

destinados. - Metodología y tipo de mantenimiento a realizar. - Frecuencia y horario de los trabajos. - Presupuesto anual y precio unitario por cada tipo de papelera. - Los planos de ubicación de papeleras en los que queden perfectamente definidas la implantación y distribución de las mismas en el municipio, reservándose el Ayuntamiento de

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Navalcarnero la potestad de modificar la ubicación de las mismas y teniendo el contratista que modificar el emplazamiento de las mismas. La empresa licitadora deberá de analizar el emplazamiento de las mismas, su idoneidad en el emplazamiento o no, así como evaluar su estado, realizar un plan de reposición y mantenimiento de las mismas, etc.…Número de papeleras por calles.

El Adjudicatario deberá proceder al mantenimiento y limpieza permanente

de la totalidad de las papeleras de la ciudad. Además el Adjudicatario vendrá obligado a instalar todas aquellas que le ordene el Ayuntamiento de Navalcarnero (según oferta o mejoras del adjudicatario), así como a la retirada de aquellas o parte de ellas que no puedan ser reparadas, a sustituir las que no puedan ser reparadas en su emplazamiento, o aquellas cuyos daños impidan su reutilización. Dentro de las labores de mantenimiento, se incluyen las referidas a los sistemas y mecanismos de cierre y apertura y al pintado y acabado final de las mismas, las cuales deberán realizarse, con carácter general, en el mismo emplazamiento de la papelera. La reparación de golpes, abolladuras y pintado total de la papelera se realizarán en las instalaciones o talleres fijos de que disponga el Adjudicatario, vinculadas a este contrato.

Las actuaciones de mantenimiento serán siempre "integrales", esto es, tras

su realización la papelera objeto de estos trabajos habrá quedado en perfectas condiciones.

Significar, que actualmente existe en el municipio gran cantidad de papeleras en mal estado en la vía pública, por lo que en el plazo de cuarenta días naturales desde la firma del contrato, el adjudicatario deberá proceder a retirar de la vía pública aquellas o parte de las mismas que no admitan reparación, y a dejar el retos en condiciones adecuadas según marcan los artículos anteriores.

Estos servicios no podrán ser facturados al Ayuntamiento, al considerarse

incluidos en el objeto del contrato. Artículo 30.- Limpieza de manchas de aceite, manchas en vía pública, retirada de pancartas, banderolas, …

Con una periodicidad semanal, y cuando lo ordene la persona Responsable Municipal del Contrato, se procederá a una limpieza de las manchas de aceite, grasa, etc., que normalmente no desaparecen en las operaciones de barrido.

Estos trabajos abarcarán las zonas de puntos de recogida, derrames de

combustible, lubricantes, aparcamientos de vehículos y principalmente las paradas de taxis, autobuses y, en general, de los servicios públicos motorizados.

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Para su realización, se utilizarán los productos de limpieza adecuados, procediéndose a una limpieza posterior que las empresas licitadoras deberán detallar con meridiana claridad.

Por otra parte se procederá con la máxima urgencia a limpiar las manchas

de aceite o combustible que puedan causar accidentes en la vía pública. Para ello las empresas licitadoras deberán de proponer un protocolo de actuación para cada una de estas acciones, con los tiempos de respuesta ante el aviso generado por policía local o responsables municipales, tiempos de respuesta en función de la importancia de la actuación, de la gravedad o urgencia de la misma, etc.…, sobre todo para las manchas de aceites en viales y aceras.

La limpieza y retirada de carteles, pancartas y banderolas se realizará en todos los elementos de mobiliario urbano, infraestructuras y cualquier otro que sean de titularidad municipal. En cualquiera de los casos, el adjudicatario actuará de forma inmediata en cuanto tenga conocimiento, bien por sus propios medios bien por comunicación externa (policía municipal, área de urbanismo y obras, comunicación telefónica vecinal, etc.) de la existencia del cartel, pancarta o banderola.

La limpieza y retirada de carteles, pancartas y banderolas se realizará en

función del sistema de sujeción de los mismos. En aquellos casos en que la sujeción se haya realizado mediante cintas adhesivas, cuerdas, tirantes, etc. el Adjudicatario procederá a su retirada mediante la anulación y retirada de los elementos de soporte ya citados (cintas adhesivas, cuerdas, tirantes, etc.), todo ello mediante la utilización de maquinaria apropiada a tal fin, que permita el acceso, en las adecuadas condiciones de seguridad, de los trabajadores a los puntos de soporte o sujeción independientemente de la altura.

Cuando los carteles y pancartas se encuentren adheridos, en su totalidad, a

un soporte o paramento, el trabajo se realizará mediante la utilización de maquinaria a tal fin, de forma básica proyectando agua a presión, fría o caliente, que produzca un efecto de reblandecimiento, tanto del cartel o pancarta como del elemento adhesivo, y su posterior separación del citado paramento. Cuando el soporte lo permita o la fuerza de la adherencia del cartel al paramento lo requiera, la separación entre estos dos últimos se realizará con rasquetas o espátulas, de forma manual, evitando, en todo caso, el uso de cepillos de alambre u otros elementos abrasivos o dañinos para el paramento.

En cualquiera de los casos, se retirarán los restos de los carteles y

pancartas, cintas adhesivas, cuerdas, elementos de sujeción, y las propias banderolas y pancartas, realizándose siempre, una limpieza del suelo donde se hayan acumulado los restos a retirar.

Estos servicios no podrán ser facturados al Ayuntamiento, al considerarse

incluidos en el objeto del contrato.

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Artículo 31.- Limpieza y retirada de excrementos de animales

Se procederá a realizar esta operación en aquellos lugares en los que se produzcan estos residuos indicando por parte de las empresas licitadoras los sistemas de limpieza más eficaces, proponiendo los medios, equipos, frecuencias y horarios que estimen oportunos para esta prestación.

En general, se realizará este servicio junto con las operaciones de barrido,

de todas las calzadas, aceras, paseos, parques, alcorques, etc.… del término municipal de Navalcarnero.

En aquellas zonas en las que se produzca una acumulación de excrementos

de animales que los equipos habituales de limpieza pública no sean capaces de eliminar de forma adecuada, se realizarán limpiezas intensivas en la forma y frecuentes en su programación, de manera que se garantice la salubridad y ornato públicos, en igualdad de condiciones a las del resto de la ciudad.

Para ello, se utilizarán equipos, vehículos y maquinaria que, mediante la

utilización de distintas técnicas (retirada de elementos sólidos, limpieza con agua a presión, barrido, etc.), consigan el fin señalado en el párrafo anterior en una única operación.

Estos trabajos de limpieza de excrementos de animales se refieren a la

totalidad del ámbito del presente contrato, en lo referido al servicio de limpieza. Estos servicios no podrán ser facturados al Ayuntamiento, al considerarse

incluidos en el objeto del contrato.

Artículo 32.- Limpiezas especiales con motivo de fiestas, ferias y actos públicos o deportivos en general.

Contempla este servicio limpieza de aquellas zonas que presentan índices elevados de suciedad por encima del que corresponde por la lógica actividad ciudadana con motivo de las fiestas de la ciudad en general y de distintos barrios en particular.

Se adjunta en anexo una relación detallada de todas las fiestas y festejos más importantes que actualmente se celebran en el Municipio, junto con los servicios mínimos que se ejecutarán.

Se significa, que en este apartado se considera el servicio de limpieza y

recogida del mercadillo, actualmente fijado todos los martes (52 jornadas) en la zona denominada Recinto Ferial. Para la prestación de este servicio, se deberán situar a las 08:00 h dentro del recinto ferial un total de 5 contenedores de 3.200 litros, y estar limpia la superficie. Y en turno de tarde emplear un mínimo de dos operarios (no pueden emplearse los asignados al turno de tarde del servicio ordinario), para la limpieza, recogida de residuos y retirada de los contenedores.

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Se destaca, que está previsto la realización de otro mercadillo en los barrios nuevos, en los cuales se aplicará la misma dinámica reseñada con anterioridad.

Con independencia de la fecha final en la que se den los eventos festivos

promovidos por el Ayuntamiento, los días se fijarán definitivamente en la planificación de trabajos establecidos en el presente pliego acorde a las fechas definitivas en las que se establezcan sin que ello suponga modificación alguna en los costes ni derecho de reclamación por parte de la empresa adjudicataria.

Teniendo en cuenta el volumen importante de trabajo que requiere este servicio, especialmente durante las fiestas patronales, deberán relacionarse los medios tanto humanos como materiales a emplear en cada una de las fiestas del municipio.

Asimismo las empresas licitadoras propondrán en sus ofertas el plan de trabajos a realizar para cada una de las fiestas detalladas con anterioridad, horarios incluidos. Además las empresas licitadoras deberán de contemplar actuaciones puntuales que con motivo de iniciativas privadas se den en emplazamientos acordados con el Ayuntamiento de Navalcarnero.

La persona Responsable Municipal del Contrato ordenará la limpieza exhaustiva de estas zonas singulares.

Mediante la realización de estos trabajos de limpieza se garantizará la

obtención del resultado final de máxima limpieza fijado en artículos anteriores, con el carácter más inmediato posible, durante y tras la finalización del acto, en aquellos cuya duración sea igual o inferior a 24 horas. Asimismo, estos trabajos permitirán el mantenimiento de un grado de limpieza aceptable para los participantes en el acto y público en general, durante el tiempo de duración del acto de que se trate.

Igual criterio se seguirá en las celebraciones cuya duración exceda de las

24 horas. En este caso, además, dado que los actos se distribuyen espacialmente en un recinto amplio, los trabajos a realizar obtendrán un resultado final óptimo, en cada uno de los puntos en que se vaya a celebrar un acto, con carácter previo, durante e inmediato a la celebración del mismo.

Las operaciones básicas a realizar consisten en el barrido, manual o

mecánico, el baldeo mixto, el fregado de determinadas zonas y el barrido de repaso, este último de forma reiterada dentro, incluso, del mismo día.

Cuando, por la intensidad del uso o la importancia del acto, se originen

problemas ambientales (malos olores, acumulación puntual de orines, etc.) se rociarán los puntos más críticos con líquidos desinfectantes, desinsectantes y con efecto ambientador (olorosos), cuantas veces sea necesario, y, al menos, una vez al día.

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El Adjudicatario coordinará, en cada momento, los trabajos de limpieza,

tanto en lo referente al método de realización, como a su programación y frecuencia, con el organismo o departamento municipal encargado de la organización de la feria, mercadillo ó acto público, que en todo caso, deberá ser aceptado por los Servicios Técnicos Municipales de Medio Ambiente, de manera que no existan interferencias entre ambos, y el resultado final la máxima limpieza.

Significar, que estos servicios solo podrán ser facturados al Ayuntamiento,

en caso de ser solicitados los mismos. Así, en caso de no ser requeridos, el adjudicatario deberá proceder a descontar el importe de los mismos, de la factura a presentar una vez finalizado el mes en el que se tenia previsto efectuar el mismo evento.

Estos servicios, podrán ser requeridos por los Servicios Técnicos

Municipales en turno de mañana, tarde o noche.

Artículo 33.- Servicio de limpieza en domingos y festivos

Se deberá proponer un plan de limpieza para todos los domingos y festivos del año indicando planes de organización previstos, operaciones a realizar, así como los equipos de trabajo y cuantos datos sean necesarios para un exacto conocimiento de la oferta.

Los servicios a realizar serán de especial importancia en el casco urbano, y

la presencia de residuos fuera de los contenedores y papeleras llenas. El adjudicatario, podrá presentar como mejora, que en el caso de coincidir

dos o más festivos consecutivos, se respetará como festivo el domingo, realizándose el servicio normal los otros festivos. En caso de no presentarse como mejora, en todos los días festivos, se mantendrá el servicio de domingos y festivos.

Se pondrá especial énfasis en el estado de las papeleras de cara a vigilar su vaciado en estas fechas, así como en las zonas en las que se den aglomeraciones de cuadrillas de jóvenes, uso intensivo de zonas de merienda en parques, etc.…

Estos servicios no podrán ser facturados al Ayuntamiento, al considerarse

incluidos en el objeto del contrato.

Artículo 34.- Época de caída de hojas

Debido a la gran cantidad de árboles de alineación, zonas verdes y vegetación existente en el municipio de Navalcarnero, este servicio tiene una gran importancia dentro de los servicios de limpieza.

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La recogida de la hoja se realizará durante todo el año con especial atención en la época otoñal y cuando el servicio lo requiera por fuertes lluvias o vientos.

Las empresas licitadoras presentarán un plan de actuación claro y conciso en el que se indiquen y concreten los medios ofertados, tanto técnicos como humanos apropiados al gran volumen de hojas que se acumulan en el Municipio. Deberá de reflejarse de forma inequívoca como se realizarán los mencionados trabajos, así como los periodos de solape con los servicios generales de limpieza.

Las empresas licitadoras deberán de contemplar el presente servicio como

un adicional y no sustitutivo de los servicios generales de limpieza. Así, se considera un total de 67 jornadas extras efectivas de trabajo al año,

formadas por un barrido mixto (barredora mecánica con un peón con sopladora) en turno de tarde.

Además de los trabajos propios de recogida de la hoja, se intensificará la

limpieza de sumideros e imbornales, habida cuenta de la importancia que en la obstrucción de los mismos tienen estos residuos.

Las empresas licitadoras deberán de detallar claramente y como mínimo en

sus ofertas: - Equipos tanto humanos como materiales destinados. - Grado de dedicación de los mismos. - Periodos de implantación de refuerzos. - Metodología de trabajo. - Horario de los trabajos.

Significar, que estos servicios solo podrán ser facturados al Ayuntamiento,

en caso de ser solicitados los mismos. Así, en caso de no ser requeridos, el adjudicatario deberá proceder a descontar el importe de los mismos, de la factura a presentar una vez finalizado el mes en el que se tenia previsto efectuar el mismo servicio.

En todo caso, serán los Servicios Técnicos Municipales los encargados de

fijar el comienzo, final y número de jornadas a emplear.

Artículo 35.- Limpieza de hierbas

Habida cuenta de la gran proliferación de plantas y hierbas que debido a las condiciones de humedad, clima y vegetación, favorece considerablemente la aparición y desarrollo de las mismas en gran cantidad y en lugares no deseados como bordillo, aceras, plazas, alcorques, etc., se exige este servicio de limpieza de hierbas, debido al gran empeño que el Ayuntamiento tiene de mantener una imagen impecable de limpieza y decoro en el municipio.

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Consiste en la eliminación, manual y/o mecánica de las malas hierbas que

con gran frecuencia crecen en todas las aceras, plazas, alcorques, bordillos, etc. Del municipio. No se usarán herbicidas químicos ni venenos para la realización de estas tareas. Así, este servicio deberá ser realizado por los distintos servicios de limpieza por sus zonas de paso.

No se establece frecuencia para este servicio por considerarse continuo y necesario durante todo el año, las empresas licitadoras detallarán en sus estudios el número de ciclos (pasadas) que en cada zona y distrito se garanticen al cabo del año.

Las empresas licitadoras deberán detallar en sus ofertas claramente para este servicio:

- Equipos tanto humanos como materiales destinados. - Grado de dedicación de los mismos. - Metodología y tipo de mantenimiento a realizar. - Frecuencia por distritos y horario de los trabajos.

Estos servicios no podrán ser facturados al Ayuntamiento, al considerarse

incluidos en el objeto del contrato. Artículo 36.- Actuaciones a realizar por causas climatológicas

- En caso de heladas :

La prestación de este servicio se programará con la utilización de los medios generales ofertados, procurando que los restantes servicios no queden sensiblemente deteriorados.

La empresa licitadora deberá plantear un plan de actuaciones invernales para el caso de heladas. Presentará un protocolo para cada situación con niveles de actuación en función de la gravedad de la situación, tiempos de respuesta y recursos de retén y de actuación inmediata, etc.…

Planificará las actuaciones ordinarias del servicio en función de los partes meteorológicos y alertas y prealertas establecidas por el Servicio Municipal de Protección Civil o Policía Local: inexistencia de baldeo con heladas, reparto de sal para heladas, etc.….

Cuando, por causa de la climatología, aparezca hielo en la superficie de la vía pública, el adjudicatario repartirá los elementos fluidificantes necesarios (sal, urea .... ) para la eliminación inmediata del mismo, principalmente en las aceras, paseos y áreas peatonales, y en coordinación con el Cuerpo de Policía Local o el responsable del contrato en lo referente a las calzadas. El Adjudicatario tendrá almacenadas, en

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instalaciones vinculadas a este contrato, y de forma permanente, 10 toneladas de sal industrial, o la cantidad, con eficacia equivalente, del elemento que planee utilizar. Este servicio será requerido en turno de mañana, tarde o noche, en función de requerimiento de la Policía Local o servicio de emergencias, no pudiéndose demorar en más de 20 minutos en turno de mañana, y de 40 minutos en turno de tarde, y 1 hora en turno de noche. Estos servicios no podrán ser facturados al Ayuntamiento, al considerarse incluidos en el objeto del contrato, incluido la adquisición de sal.

-Otros factores:

Mediante la realización de estos trabajos se logrará la restitución de las vías y espacios públicos a las condiciones originales para el tránsito de personas y vehículos, mediante la eliminación de los obstáculos o elementos que las hayan perjudicado, y cuyo origen hayan sido condiciones climatológicas adversas o anormales. Utilizando los medios humanos y maquinaria que el Ayuntamiento determine, a propuesta del adjudicatario, se retirarán de la vía pública, con carácter inmediato, una vez se tenga conocimiento de su existencia, todos aquellos elementos u objetos (ramas, carteles, banderolas, etc.) que aparezcan en las zonas incluidas en el ámbito de este contrato depositadas o desplazadas a causa de las condiciones climatológicas adversas (ventiscas, rayos, nevadas ...). Si los elementos retirados forman parte del mobiliario urbano y son reutilizables (señales de tráfico, contenedores, paneles informativos, etc.), el adjudicatario los entregará, en las instalaciones municipales, al departamento municipal correspondiente.

Ante la aparición de nieve acumulada sobre la vía pública, el Adjudicatario dispondrá de los medios humanos y materiales necesarios para su eliminación o acumulación en los bordes de los mismos, a fin de permitir el correcto tránsito de personas y vehículos. En este caso, el Adjudicatario podrá utilizar la maquinaria asignada a los trabajos permanentes, añadiéndole los implementos que sean necesarios para efectuar esta labor, que deberá incidir especialmente en:

-Arterias rodadas principales de acceso a la Ciudad. -Vías principales de conexión con dichas arterias. -Accesos principales a los Centros Educativos, Centros médicos,

Edificios Municipales, centros de salud y paradas de autobús. -Calzadas y aceras de gran pendiente.

Este servicio será requerido en turno de mañana, tarde o noche, en función de requerimiento de la Policía Local o servicio de emergencias,

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no pudiéndose demorar en más de 20 minutos en turno de mañana, y de 40 minutos en turno de tarde, y 1 hora en turno de noche. Estos servicios no podrán ser facturados al Ayuntamiento, al considerarse incluidos en el objeto del contrato, incluido los medios auxiliares y productos.

Artículo 37.- Actuaciones en casos de emergencia y cualquier otra situación excepcional: fuertes nevadas, inundaciones, accidentes,…

Dadas las características especiales de estos servicios cuya programación obedece a problemas estacionales, accidentales y locales, que hacen difícil su programación anual dentro del plan de limpieza, su ejecución se debe contemplar en función de las necesidades reales del servicio en cada momento.

La prestación de estos servicios se programará con la utilización de los

medios generales ofertados, procurando que los restantes servicios no queden sensiblemente deteriorados.

Si para llevarlos a cabo las empresas licitadoras considerasen necesaria la

utilización de medios especiales lo indicarán expresamente en sus ofertas. Para los casos en los cuales, a causa de una situación de emergencia, se ha

originado una problemática grave e importante que afecta a la limpieza de las zonas dentro del ámbito del presente contrato, el Adjudicatario, actuando de forma inmediata, con los medios materiales y humanos necesarios en función de la magnitud, situación, y consecuencias de la situación de emergencia, y con independencia de la jornada (laboral o festiva) u horario (diurno o nocturno) restituirá, con la mayor brevedad posible, el área afectada a la situación original, mediante la realización de los trabajos necesarios descritos en los diferentes artículos de este capítulo del Pliego. Estos trabajos se ejecutarán en coordinación con los equipos humanos y materiales del servicio de recogida, a fin de garantizar una rápida y completa subsanación de la problemática originada.

Este servicio será requerido en turno de mañana, tarde o noche, en función

de requerimiento de la Policía Local o servicio de emergencias, no pudiéndose demorar en más de 20 minutos en turno de mañana, y de 40 minutos en turno de tarde, y 1 hora en turno de noche.

Estos servicios no podrán ser facturados al Ayuntamiento, al considerarse

incluidos en el objeto del contrato.

Artículo 38.- Limpiezas de zonas con verdín mediante empleo de funguicidas, antiliquenes, y chorro con agua a presión.

La empresa licitadora deberá de expresar el modo de abordar los trabajos en las zonas sensibles a que se produzcan verdines.

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La empresa licitadora deberá de especificar un protocolo de actuación para

estas zonas con indicación de medios humanos y técnicos destinados a tal efecto, productos a emplear, etc., todo ello teniendo en consideración que estas zonas se tratarán con una frecuencia mínima de 1 vez al año.

La prestación de estos servicios se programará con la utilización de los

medios generales ofertados, procurando que los restantes servicios no queden sensiblemente deteriorado.

Estos servicios no podrán ser facturados al Ayuntamiento, al considerarse

incluidos en el objeto del contrato.

Artículo 39.- Fregado mecánico de zonas peatonales

La empresa licitadora deberá de expresar el modo de abordar los trabajos en las zonas peatonales en las que a juicio de la persona Responsable Municipal del Contrato se deba realizar esta operación, con indicación de medios técnicos y humanos, procedimiento de actuación, etc….

Este servicio podrá ser presentado como mejora por las empresas

licitadoras, y deberá ser realizado tras las fiestas patronales en turno de tarde en la zona denominada casco urbano.

Estas zonas se tratarán con una frecuencia mínima de 1 veces al año. Se deberá de prestar especial atención a la maquinaria a emplear en

estas operaciones, minimizando el ruido que se genere en la operación, etc.… La empresa licitadora deberá describir como se desarrollará este apartado

del servicio, teniendo que contar como mínimo con un conductor, un peón y una baldeadora.

Artículo 40.- Limpieza de solares y terrenos municipales.

El adjudicatario prestará los trabajos de limpieza, y adecentamiento de todos aquellos solares y terrenos en zona urbana de propiedad municipal. Que se hayan convertido en escombreras zona de acopio de vertidos de residuos, y otros, cuya ejecución sea ordenada por el Ayuntamiento de Navalcarnero, a fin de dejarlos en las debidas condiciones higiénico-sanitarias y de ornato público.

En este servicio se realizará:

- La limpieza y amontonamiento, para su retirada, de los escombros

y materiales de todo tipo, de medio y gran volumen, que puedan existir en el lugar.

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- La limpieza y retirada de papeles, plásticos, bolsas, botellas, y elementos análogos de pequeño volumen.

- La retirada y transporte, a su destino final, de los escombros y restos de todo tipo procedentes de la limpieza.

Este servicio se programará con la utilización de los medios generales

ofertados, procurando que los restantes servicios no queden sensiblemente deteriorado.

Artículo 41.- Limpieza de patios de colegios

Las empresas licitadoras presentarán un estudio pormenorizado de la limpieza de los patios de los Colegios Públicos que se detallan a continuación:

- Colegio Felipe IV. - Colegio José Jalón. - Colegio Carlos Ruiz. - Colegio Ángel Yser.

Las empresas licitadoras deberán definir los servicios que en ellos se tienen que contemplar y las frecuencias mínimas de los servicios para cada colegio. Se deberá tener en cuenta que algunos de los citados colegios pueden ser utilizados los fines de semana y días fuera del horario escolar.

La frecuencia de limpieza de sumideros se incrementará caso de precisarse

en la época de caída de hoja así como en circunstancias de lluvias extremas que pudieran arrastrar grandes cantidades de materia a los areneros, etc.… todo ello acorde con las indicaciones de la persona Responsable Municipal del Contrato.

Se muestra la frecuencia mínima de a prestar en los patios de los colegios:

- Barrido manual y/o mecánico mixto: Una vez al mes. - Sumideros: 1 vez al año.

Las empresas licitadoras definirán, tanto los medios humanos como materiales que dedicarán a este servicio, desglosando todas las unidades sin precio.

Estos servicios no podrán ser facturados al Ayuntamiento, al considerarse

incluidos en el objeto del contrato. Artículo 42.-Otros trabajos de limpieza

Además de todos los trabajos de limpieza pública descritos y definidos en

los artículos precedentes, pertenecientes a este capítulo del Pliego, el Ayuntamiento podrá ordenar, por iniciativa propia, la realización de otros trabajos de limpieza, por motivos de modificación de la legislación aplicable, renovación

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tecnológica, ampliación de ámbito, mejora de la calidad, servicio, siempre que estos trabajos, así como otros que se reflejan en el pliego no superen el 10% del presupuesto base de licitación.

El Adjudicatario estará obligado a su realización, fijándose su costo de

forma contradictoria en el caso de que no estén previstos en el pliego, en base a los precios de mercado.

Artículo 43.- Suministro de agua para trabajos de limpieza

El suministro de agua necesario para la realización de los trabajos de

limpieza pública descritos en el presente capítulo, podrá realizarse en la base de operaciones del adjudicatario, en cuyo caso el coste será sufragado por el adjudicatario. Ó en las bocas de riego situadas en la vía pública, en cuyo caso el coste será sufragado por el Ayuntamiento.

Las columnas o elementos de unión entre las bocas y las mangueras,

equipos o vehículos adscritos a este contrato, serán específicos y diseñadas en función de dichas bocas de riego y elementos citados, de manera que no se produzcan pérdidas o fugas de agua, cualquier tipo de avería que se produzca en las bocas de carga deberá ser subsanada de forma inmediata procediendo al corte de suministro de agua y reparado por cuenta del adjudicatario y sin coste alguno para el Ayuntamiento.

Artículo 44.- Niveles de limpieza

A efectos de la limpieza urbana, se dividirá el Municipio de Navalcarnero

en diferentes niveles, a cada uno de los cuales le corresponderá unos tratamientos tal como a continuación se definen.

La división en niveles, queda reflejada en plano anexo, agrupando en un

mismo nivel las zonas que por sus características sean similares, atendiendo principalmente a los aspectos siguientes:

- Importancia del tráfico rodado y peatonal. - Actividad dominante. - Tipos de desperdicios y sus causas. - Principales dificultades en cuanto a posibles operaciones de limpieza. - Factores físico geométricos de la red viaria. - Densidad de población. - Cualquier otra causa a considerar.

Con arreglo a los siguientes criterios, se establecen a continuación los NIVELES DE LIMPIEZA, con indicación de las frecuencias y operaciones a realizar en cada uno de ellos.

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Se entiende que en aquellas operaciones en que la frecuencia sea de seis veces por semana, es cuando no existan festivos intersemanales. De existir estos festivos, la frecuencia será de cinco por semana, con aplicación a los festivos de su plan de limpieza especifico. De coincidir dos festivos consecutivos, se respetará como festivo el domingo, realizándose el servicio normal el otro festivo (si ha sido presentado como mejora en la oferta). NIVEL I DE LIMPIEZA.

Constituido por el conjunto de calles incluidas en la zona denominada casco urbano o aquellas con características similares con un importante tráfico rodado y peatonal. El ámbito del este nivel de limpieza será como mínimo el indicado en el anexo y continuación.

Sus características principales son:

- Importante actividad del sector servicios. - Fuerte densidad peatonal en horas diurnas. - Las operaciones a realizar y frecuencias son, como mínimo:

Los servicios mínimos y de obligado cumplimiento de lunes a sábado, son:

- Barrido manual de aceras y calzadas, seis días por semana. - Barrido mixto, seis días por semana. - Barrido de mantenimiento, seis días por semana. - Barrido de tarde, seis días por semana.

A su vez, deben realizarse los siguientes servicios según se fija en el pliego:

- Reparaciones y acondicionamientos puntuales, según necesidades. - Vaciado de papeleras, seis días por semana. - Limpieza, instalación, conservación y reposición de papeleras, según necesidades. - Limpieza de manchas de aceite, manchas en vía públicas, retirada de pancartas y banderolas,… según necesidades. - Limpieza y retirada de excrementos canino, según necesidades. - Limpiezas especiales con motivo de fiestas, ferias y actos Públicos o deportivos en general, según petición municipal. - Época de caída de hojas, según petición municipal. - Limpieza de hierbas, según necesidades. - Actuaciones a realizar por causas climatológicas, según necesidades o petición municipal. - Actuaciones en caso de emergencia y cualquier otra situación excepcional, según necesidades o petición municipal. - Limpieza de zona de verdín mediante empleo de funguicidas,… según necesidades.

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- Limpieza de patios de colegios, según lo fijado en el artículo 41. . NIVEL II DE LIMPIEZA.

Se aplicará y comprenderá el resto de las zonas urbanizadas y zonas residenciales. El ámbito del este nivel de limpieza será como mínimo el indicado en el anexo y continuación.

Los servicios mínimos y de obligado cumplimiento de lunes a sábado, son:

- Barrido mixto, tres días por semana. - Barrido de mantenimiento, seis días por semana. - Barrido de tarde, tres días por semana.

A su vez, deben realizarse los siguientes servicios según se fija en el pliego:

- Reparaciones y acondicionamientos puntuales, según necesidades. - Vaciado de papeleras, seis días por semana. - Limpieza, instalación, conservación y reposición de papeleras, según necesidades. - Limpieza de manchas de aceite, manchas en vía públicas, retirada de pancartas y banderolas,… según necesidades. - Limpieza y retirada de excrementos caninos, según necesidades. - Limpiezas especiales con motivo de fiestas, ferias y actos Públicos o deportivos en general, según petición municipal. - Época de caída de hojas, según petición municipal. - Limpieza de hierbas, según necesidades. - Actuaciones a realizar por causas climatológicas, según necesidades o pericón municipal. - Actuaciones en caso de emergencia y cualquier otra situación excepcional, según necesidades o petición municipal. - Limpieza de zona de verdín mediante empleo de funguicidas,… según necesidades. - Limpieza de patios de colegios, según lo fijado en el artículo 41.

. NIVEL III DE LIMPIEZA.

Correspondería a la urbanización Calypo. El ámbito del este nivel de limpieza será como mínimo el indicado en el anexo y a continuación.

Los servicios mínimos y de obligado cumplimiento de lunes a sábado, son:

- Barrido mixto, un día por semana. - Barrido de mantenimiento, tres días por semana.

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NIVEL IV DE LIMPIEZA.

Corresponde a los Polígonos Industriales. El ámbito de este nivel de limpieza será como mínimo el indicado en el anexo y a continuación.

Se realizarán las operaciones y frecuencias siguientes, como mínimo:

- Barrido mecánico, una días cada 15 días. - Barrido de mantenimiento, tres días por semana.

NIVEL DE DOMINGOS Y FESTIVOS. Corresponderá de carácter principal a las zonas denominadas con anterioridad en el Nivel I y II. Se realizarán las operaciones, como mínimo:

- Barrido mixto (prioridad en zona de nivel I) - Barrido manual (prioridad en zona de nivel I). - Barrido de mantenimiento.

Artículo 45.- Puesta en marcha de los trabajos vinculados a la limpieza.

Previamente al inicio de los trabajos, y de acuerdo con la empresa adjudicataria, el Ayuntamiento de Navalcarnero realizará los ajustes de los aspectos relativos a la organización y prestación de los servicios propuestos que se estimen necesarios de cara a su optimización y adecuación a las necesidades del municipio. Estos ajustes en ningún caso tendrán la consideración de modificaciones contractuales.

El adjudicatario se hará cargo del servicio al día siguiente de la firma del

contrato. Teniendo que prestar el servicio según se fija en el pliego en un plazo no superior a 40 días naturales desde la firma del contrato. CAPITULO VI.- SERVICIO DE CONTENERIZACIÓN, RECOGIDA Y TRANSPORTE DE RESIDUOS A PLANTA DE TRATAMIENTO FINAL O PLANTA DE TRANSFERENCIA. Artículo 46.- Definición general de los servicios

Se refiere a los trabajos relativos a la implantación de contenedores, recogida de los residuos desde el punto de depósito o entrega de los vecinos, comercios y/o industrias, además del traslado hasta planta de transferencia o planta de tratamiento final. Además de fomentar la promoción de la reutilización y reciclado de los residuos, posibilitando, al máximo, el pre-tratamiento o separación, en origen y en función de su destino final, por parte de los usuarios del servicio. Para ello, se optimizarán las infraestructuras, equipos y sistemas

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vinculados al servicio de recogida para favorecer que los vecinos de Navalcarnero puedan efectuar, de forma cómoda y eficaz, la separación de los distintos componentes de la basura que generan.

El ámbito territorial de prestación de este servicio comprende todo el

término municipal.

Para la realización del presente servicio de recogida, las empresas licitadoras presentaran todas sus ofertas basándose en un sistema de recogida mediante carga lateral de contenedores de gran capacidad, preferentemente de 3.200 litros con excepciones contadas a analizar según las zonas.

Corresponde a las empresas licitadoras proponer el “Plan de

Contenerización” que consideren más adecuado al municipio, diseñado de tal forma que mediante un correcto dimensionamiento del número y capacidad de los contenedores y una adecuada frecuencia de recogida se garantice:

- Reducir la producción de residuos y maximizar el reciclaje. - Minimizar la distancia entre los usuarios y los puntos de deposición. - Minimizar el número de contenedores en la vía pública. - Reducir el impacto visual. - Reducir el impacto y nivel sonoros, consumos, etc.…

Los horarios de prestación de los servicios deberán adaptarse en cada uno de los sectores a las características urbanas de la zona, intensidad de tráfico rodado, etc. al objeto de maximizar la recogida selectiva, minimizar las molestias al vecindario y optimizar los servicios ofertados.

La empresa licitadora propondrán en sus ofertas los horarios que mejor se

adapten a las condiciones anteriores y a los sistemas de recogida propuestos. La empresa adjudicataria deberá tener el máximo cuidado en la ejecución

de los servicios al objeto de no ensuciar las aceras y calzadas, debiendo proceder simultáneamente a la recogida de los productos que se encuentren fuera de los contenedores, sin que esto implique a los servicios generales de limpieza. Para ello se dispondrán los medios materiales y humanos necesarios.

A tal efecto las empresas licitadoras explicitarán en sus ofertas medios y

sistemas a emplear para la consecución de los objetivos mencionados. Los objetos de valor que el contratista encuentre en la basura o productos

de los diferentes servicios que se contraten, deberán ser puestos en conocimiento del Ayuntamiento.

Las basuras serán transportadas inmediatamente después de su recogida al

centro de clasificación, transferencia o planta de tratamiento final.

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Queda prohibida la descarga de basuras en cualquier otro punto que no sea el centro de transferencia o planta de tratamiento final.

Para la ejecución de este servicio se utilizarán vehículos compactadores de

carga lateral para la fracción resto-orgánica, fracción envases ligeros, fracción papel-cartón y fracción vidrio. Las empresas licitadoras presentarán un proyecto detallado en el que se recojan los siguientes aspectos:

- Relación de recorridos debidamente justificados. - Horarios de comienzo y terminación de los recorridos. - Composición de los equipos a utilizar, números, características, etc. que

más adecuadamente se ajusten a las características de cada zona. - Tiempos medios de carga y descarga. - Tiempos medios invertidos en los desplazamientos. - Número de kilómetros realizados de media por cada equipo de recogida. - Número de contenedores por ruta. - Peso medio previsto para cada contenedor. - Frecuencia de recogida. - Cantidades de residuos a recoger. - Plan de revisión anual de los recorridos para su optimización.

La empresa licitadora tendrá además en cuenta el sistema de recogida

existente actualmente en el municipio, el cual esta formado por islas contenedores soterrados de carga trasera, contenedores de 800 y 1.000 de polietileno de alta densidad en superficie y contenedores tipo iglú de papel-cartón. Para los cuales deberá proponer un plan de actuación para su retirada, anulación, y mantenimiento en condiciones de seguridad, ausencia de agua y residuos.

Artículo 47.- Resultado final de los trabajos

Tras la realización de los trabajos de recogida en un punto o zona de la ciudad, el aspecto final de la misma deberá ser tal que no exista ningún resto ni residuo urbano en el suelo, se hayan vaciado los contenedores y se hayan retirado todos los demás elementos que suponen una afección a la salud y ornato públicos. Los licitadores podrán prever los servicios mínimos de recogida que estimen necesarios para que el aspecto general de la ciudad en cuanto a la recogida de residuos sólidos urbanos, sea correcta. Los servicios propuestos por el Adjudicatario en su oferta serán aplicados, en todo caso, previa autorización del Ayuntamiento de Navalcarnero.

Artículo 48.- Servicio de implantación, reposición, mantenimiento, reparación y ornato de contenedores

El servicio de implantación, reposición, mantenimiento, reparación y ornato de contenedores, consiste en el desarrollo de todas las labores necesarias para el correcto aspecto, ornato exterior, y perfecto estado de funcionamiento y conservación de todo el parque de contenedores que se encuentren en servicio en

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la vía pública durante toda la vida del contrato. Se entiende incluido en este servicio, la recuperación, el repintado, la limpieza de pintadas, graffitis, etc.… realizadas sobre los contenedores.

Las empresas licitadoras propondrán dos modelos de contenedor de 3200

L de carga lateral como modelo de nueva implantación en el municipio. Reseñando, que en el casco urbano, deberán ser de menor capacidad para mejorar su integración en la red viaria. La implantación se realizará en 40 días naturales como máximo desde la firma del contrato, de la totalidad de los contenedores. El modelo será seleccionado por los Servicios Técnicos Municipales.

La empresa adjudicataria es la encargada de la retirada de todos los contenedores existentes en el municipio, salvo en los polígonos industriales y gasolineras que son de propiedad privada, en un plazo no superior a 40 días naturales desde la firma del contrato. En el caso particular de los contenedores soterrados, debe proceder a retirarse buzones y dejar la plataforma en condiciones de seguridad y ornato óptimas, no permitiendo en ningún caso la existencia de huecos que permitan la caída de personas o animales, y/o introducir nada en su interior. Además, si durante la explotación del contrato en los contendores soterrados se produjera llenado de agua, acumulación de basuras o malos olores, el adjudicatario, estará obligado a su retirada y tratamiento en un plazo no superior a 48 horas desde su comunicación, además de la solución de la problemática.

Por otro lado, y con el fin de dar traslación del riesgo por la prestación del

servicio al nuevo adjudicatario. Este puede efectuar la venta de contenedores o partes de los mismos, siendo el mismo el beneficiario.

Las características de los contenedores ofertados se orientarán a facilitar la

recogida, maximizar la recogida selectiva, minimizar el ruido en las operaciones de depósito y recogida de residuo en el mismo, la estética e integración en la trama urbana, la facilidad de conservación y mantenimiento y la estandarización de la base para las distintas fracciones de cara a la optimización de estocaje y reposiciones.

Siguiendo el criterio municipal de no discriminación y orientación a la

accesibilidad universal el Ayuntamiento de Navalcarnero establece como requisito a cumplir por parte de la empresa adjudicataria que al menos el 20 % del número de contenedores a disponer en el municipio estén adaptados.

La empresa licitadora, a petición de la persona Responsable Municipal del

Contrato dispondrá contenedores accesibles según demanda vecinal en cada punto concreto.

Se establecerá un margen mínimo de repuesto de contenedores nuevos de

5 unidades en stock de las distintas fracciones para cada año.

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La empresa adjudicataria deberá responsabilizarse de la colocación de pegatinas de orientación a la ciudadanía en lo concerniente a horarios, frecuencias, tipos de materiales en cada contenedor, etc.… La empresa adjudicataria correrá con los costes del material y del correcto mantenimiento y ornato de las mismas. Estas deberán estar en todo momento en perfecto estado.

Para todo lo reseñado, las empresas licitadoras, propondrán un plan

detallado y claramente razonado del compromiso de implantación, reposición, mantenimiento, reparación y conservación de los contenedores de acuerdo a sus características, indicando con absoluta claridad y congruencia los procesos de realización y los parámetros adoptados que se detallan más adelante.

Las empresas licitadoras detallaran con meridiana claridad en sus planes

de gestión de contenedores los siguientes parámetros, así como sus procesos de cálculo:

- Número total de contenedores para cada fracción a disponer en el

municipio, así como el número de contenedores de reserva previstos. - Justificación de los mismos así como de sus ubicaciones. - Cantidad total de contenedores nuevos implantados y las inversiones previstas.

- Las empresas licitadoras deben incluir en sus ofertas un servicio de mantenimiento diario exhaustivo en la vía pública mediante los equipos que se consideren necesarios de brigada con furgón taller a dedicación exclusiva, parcial o por horas.

- Las empresas licitadoras deben incluir en sus ofertas un servicio de reparación y/o recuperación y pintado de los contenedores en las instalaciones centrales que como mínimo deberá de contemplar 5 unidades de stock de las distintas fracciones.

- Número y porcentaje de reposición (a nuevos) en los cuarenta días naturales previsto, de los contenedores en servicio (para cada una de las fracciones). Estas reposiciones se considera gasto de primer establecimiento, pero su gasto se considerará como una amortización y financiación a 6 años. Por lo que al final del contrato, los contenedores instalados en la vía pública y existentes en la base como stock, serán propiedad municipal.

- Conjunto de medios, tanto humanos y materiales destinados específicamente para este servicio, con los rendimientos y cargas de trabajo previstos.

Dada la importancia que este “Servicio de reposición, mantenimiento,

reparación y ornato de contenedores tiene en la imagen del municipio y de la calidad de la prestación de los servicios, las empresas licitadoras deberán reflejar en sus ofertas el máximo interés en desarrollar con absoluta claridad y profundidad la correcta justificación de los parámetros y el plan de ejecución del servicio solicitado con anterioridad.

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La empresa adjudicataria deberá tener en consideración la existencia de una base con oficinas que se cederá durante la explotación del servicio al adjudicatario para la realización de las actuaciones oportunas de mantenimiento de contenedores.

El número de contenedores actuales y su ubicación se refleja en los

anexos, reseñando que no se reflejan los que son de propiedad privada, tales como naves industriales, gasolineras,… Pero si se las tiene que prestar servicio mediante ubicación de contenedores de carga lateral en sus proximidades.

A juicio de la persona Responsable Municipal del Contrato quedará la

decisión de reparar un contenedor dañado o sustituir el citado contenedor por uno nuevo.

Significar, que el adjudicatario será responsable en todo momento de

mantener en la vía pública y la base, el número de contenedores ofertados. Por lo que es el adjudicatario y no el Ayuntamiento, el que se hará cargo de los costes de adquisición e instalación en caso necesario a lo largo del contrato, independientemente que se tengan que reemplazar por daños derivados de actos vandálicos, accidentes, quemas,…

Todos los contenedores y recipientes normalizados se limpiarán, con

carácter general, de forma mecánica, y en su emplazamiento, al menos una vez al mes, salvo los de recogida fracción resto-orgánica que será cada quince días. Significar que se ampliará a cada quince días en caso de problemática sanitaria o ambiental en el resto de contenedores. Esta limpieza se realizará mediante la utilización de maquinaria diseñada a tal efecto, con la aplicación de agua a presión, caliente, con los aditivos detergentes, desinfectantes y desinsectantes necesarios, y la utilización de cepillos, en su caso, que, mediante frotamiento, desprendan elementos adheridos a los mismos. La limpieza incidirá, especialmente, en el interior de los contenedores y recipientes normalizados.

Dentro de las labores del mantenimiento, se incluyen las referidas a los

sistemas y mecanismos de cierre, apertura, carga y descarga, la reparación de golpes y abolladuras, y al pintado total y acabado final de los contenedores y recipientes, labores que deberán realizarse, con carácter general, en las instalaciones o talleres fijos de que disponga el Adjudicatario, vinculados a este contrato.

Las pequeñas reparaciones referidas a algún elemento puntual de los

mecanismos o al pintado, también puntual y del recipiente, podrán ejecutarse en el mismo emplazamiento del contenedor o recipiente.

Los contenedores tendrán que estar ubicados de forma conjunta para

facilitar el reciclaje de los usuarios.

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Artículo 49.- Recogida y transporte hasta planta de transferencia o de tratamiento final de la fracción denominada resto-orgánica de los residuos de usuarios domésticos, pequeños comercios y residuos asimilables a urbanos.

Se refiere este servicio a la recogida y transporte hasta la planta de

transferencia o planta de tratamiento final de los residuos sólidos producidos normalmente en las viviendas y comercios. Comprende, por tanto, los residuos de comidas, limpieza, etc.…

Están excluidos los residuos clasificables como residuos industriales, hospitalarios, tóxicos y peligrosos, de obras de reforma, etc., como los no depositables directamente en vertederos de residuos sólidos urbanos.

El ámbito territorial de prestación de este servicio comprende todo el término municipal.

Para la realización del presente servicio de recogida, las empresas licitadoras presentaran todas sus ofertas basándose en un sistema de recogida mediante carga lateral de contenedores de gran capacidad, preferentemente de 3.200 litros con excepciones contadas a analizar según las zonas.

Corresponde a las empresas licitadoras proponer el “Plan de Contenerización” que consideren más adecuado al municipio, diseñado de tal forma que mediante un correcto dimensionamiento del número y capacidad de los contenedores y una adecuada frecuencia de recogida se garantice:

- Reducir la producción de residuos y maximizar el reciclaje. - Minimizar la distancia entre los usuarios y los puntos de deposición. - Minimizar el número de contenedores en la vía pública. - Cumplir con un ratio mínimo de 150 habitantes por contenedor. - En la zona de polígono industrial se situará 1 contenedor cada 75

metros. - Reducir el impacto visual. - Reducir el impacto y nivel sonoros, consumos, etc.… - Evitar desbordamientos por colmatación de los contenedores.

Los horarios de prestación de los servicios deberán adaptarse en cada uno de los barrios a las características urbanas de la zona, intensidad de tráfico rodado, etc. al objeto de maximizar la recogida selectiva, minimizar las molestias al vecindario y optimizar los servicios ofertados.

La empresa licitadora propondrán en sus ofertas los horarios que mejor se

adapten a las condiciones anteriores y a los sistemas de recogida propuestos.

La empresa adjudicataria deberá tener el máximo cuidado en la ejecución de los servicios al objeto de no ensuciar las aceras y calzadas, debiendo proceder simultáneamente a la recogida de los productos que se encuentren fuera de los

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contenedores, sin que esto implique a los servicios generales de limpieza. Para ello se dispondrán los medios materiales y humanos necesarios.

A tal efecto las empresas licitadoras explicitarán en sus ofertas medios y

sistemas a emplear para la consecución de los objetivos mencionados. Los objetos de valor que el contratista encuentre en la basura o productos

de los diferentes servicios que se contraten, deberán ser puestos en conocimiento del Ayuntamiento.

Las basuras serán transportadas inmediatamente después de su recogida al

centro de clasificación, transferencia o planta de tratamiento final.

Queda prohibida la descarga de basuras en cualquier otro punto que no sea el centro de transferencia o planta de tratamiento final.

Para la ejecución de este servicio se utilizarán vehículos compactadores de

carga lateral. Las empresas licitadoras presentarán un proyecto detallado en el que se recojan los siguientes aspectos:

- Relación de recorridos debidamente justificados. - Horarios de comienzo y terminación de los recorridos. - Composición de los equipos a utilizar, números, características, etc.

que más adecuadamente se ajusten a las características de cada zona. - Tiempos medios de carga y descarga. - Tiempos medios invertidos en los desplazamientos. - Número de kilómetros realizados de media por cada equipo de

recogida. - Número de contenedores por ruta. - Peso medio previsto para cada contenedor. - Frecuencia de recogida. - Cantidades de residuos a recoger. - Plan de revisión anual de los recorridos para su optimización.

Artículo 50.- Recogida selectiva y transporte a planta de transferencia o planta de tratamiento final de la fracción envases ligeros.

Se refiere este servicio a la recogida selectiva y transporte hasta la planta transferencia o planta de tratamiento final de la fracción de envases depositados en los contenedores ubicados para tal fin.

El ámbito territorial de prestación de este servicio comprende todo el

término municipal.

Para la realización del presente servicio de recogida, las empresas licitadoras presentaran sus ofertas basándose en un sistema de recogida mediante carga lateral de contenedores de gran capacidad, preferentemente de 3.200 litros,

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con un diseño tal que el ciudadano lo identifique claramente. Estos contenedores, cumplirán en todo momento con los criterios fijados en el Convenio Marco firmado entre el Ayuntamiento de Navalcarnero, ECOEMBES y la Comunidad de Madrid. Este diseño deberá ser aceptado por el Ayuntamiento.

Los contenedores de carga lateral destinados a este servicio, dispondrán de

una boca de acceso limitado, sin posibilidad por parte del usuario de la apertura de las tapas superiores.

Corresponde a las empresas licitadoras proponer el “Plan de

Contenerizacion” que consideren más adecuado al municipio, diseñando de tal forma que el número y capacidad de los contenedores y la frecuencia de recogida propuesta garantice:

- Maximizar la cantidad de envases reciclados. - Cumplir con un ratio mínimo de 200 habitantes por contenedor. - Minimizar la distancia entre los usuarios y los puntos de deposición. - Reducir el impacto visual. - Los horarios de prestación de los servicios deberán adaptarse en

cada uno de los sectores a las características urbanas de la zona, intensidad de tráfico rodado, etc. al objeto de maximizar su reciclaje, minimizar las molestias al vecindario.

- Evitar desbordamientos por colmatación de contenedores.

A tal efecto las empresas licitadoras explicitarán en sus ofertas medios y sistemas a emplear para la consecución de los objetivos mencionados.

Para la ejecución de este servicio las empresas licitadoras presentarán un

proyecto detallado en el que se recojan los siguientes aspectos:

- Frecuencia de recogida propuesta. - Número de contenedores y su ubicación.

Plan de evolución y adaptación a los incrementos previsibles de esta fracción para el periodo de duración del contrato.

- Relación de recorridos debidamente justificados. - Horarios de comienzo y terminación de los recorridos en jornada

diurna. - Composición de los equipos a utilizar, número, características, etc.

que más adecuadamente se ajusten a las características de cada zona. - Tiempos medios de carga y descarga. - Tiempos medios invertidos en los desplazamientos. - Número de kilómetros realizados de media por cada equipo de

recogida. - Peso medio previsto para cada contenedor. - Cantidades estimadas de residuos a recoger. - Plan de revisión anual de los recorridos para su optimización

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Artículo 51.- Recogida selectiva y transporte a planta de fracción de papel-cartón

Se refiere este servicio a la recogida selectiva y transporte hasta la planta de transferencia o planta de tratamiento final de la fracción de papel y cartón depositados en los contenedores ubicados para tal fin.

El ámbito territorial de prestación de este servicio comprende todo el

término municipal.

Para la realización del presente servicio de recogida, Las empresas licitadoras presentaran sus ofertas basándose en un sistema de recogida mediante carga lateral de contenedores de gran capacidad, preferentemente de 3.200 litros, con un diseño tal que el ciudadano lo identifique claramente. Este diseño deberá ser aceptado por el Ayuntamiento.

Los contenedores de carga lateral destinados a este servicio, dispondrán de

una boca de acceso limitado, sin posibilidad por parte del usuario de la apertura de las tapas superiores.

Corresponde a las empresas licitadoras proponer el “Plan de

Contenerizacion” que consideren más adecuado al municipio, diseñando de tal forma que el número y capacidad de los contenedores y la frecuencia de recogida propuesta garantice:

- Maximizar la cantidad de papel y cartón reciclado. - Cumplir con un ratio mínimo de 300 habitantes por contenedor. - Minimizar la distancia entre los usuarios y los puntos de deposición. - Reducir el impacto visual. - Evitar desbordamientos por colmatación de contenedores.

Los horarios de prestación de los servicios deberán adaptarse en cada uno de los sectores a las características urbanas de la zona, intensidad de tráfico rodado, etc. al objeto de maximizar la recogida y minimizar las molestias al vecindario.

A tal efecto las empresas licitadoras explicitarán en sus ofertas medios y sistemas a emplear para la consecución de los objetivos mencionados.

Para la ejecución de este servicio las empresas licitadoras presentarán un

proyecto detallado en el que se recojan los siguientes aspectos: - Frecuencia de recogida propuesta. - Número de contenedores y su ubicación. - Plan de evolución y adaptación a los incrementos previsibles de esta

fracción para el periodo de duración del contrato. - Relación de recorridos debidamente justificados.

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- Horarios de comienzo y terminación de los recorridos preferentemente en jornada diurna.

- Composición de los equipos a utilizar, número, características, etc. que más adecuadamente se ajusten a las características de cada zona.

- Tiempos medios de carga y descarga. - Tiempos medios invertidos en los desplazamientos. - Número de kilómetros realizados de media por cada equipo de

recogida. - Peso medio previsto para cada contenedor. - Cantidades estimadas de residuos a recoger. - Plan de revisión anual de los recorridos para su optimización

Se tiene que considerar incluido es este servicio la recogida de papel-

cartón en las oficinas situadas en los centros oficiales que se adjuntan en el anexo. La recogida se realizará de los contenedores específicos situados en cada planta. Se destaca que estos puntos de recogida podrán suponer una variación por aumento y disminución sin que suponga coste alguno para el Ayuntamiento.

La frecuencia de recogida mínima será de una vez al mes.

Artículo 53.- Recogida selectiva y transporte a planta de fracción de vidrio

Se refiere este servicio a la recogida selectiva y transporte hasta la planta de transferencia o planta de tratamiento final de la fracción de vidrio depositados en los contenedores ubicados para tal fin.

El ámbito territorial de prestación de este servicio comprende todo el

término municipal.

Para la realización del presente servicio de recogida, Las empresas licitadoras presentaran sus ofertas basándose en un sistema de recogida mediante carga lateral de contenedores de gran capacidad, preferentemente de 3.200 litros, con un diseño tal que el ciudadano lo identifique claramente. Este diseño deberá ser aceptado por el Ayuntamiento.

Los contenedores de carga lateral destinados a este servicio, dispondrán de

una boca de acceso limitado, sin posibilidad por parte del usuario de la apertura de las tapas superiores.

Corresponde a las empresas licitadoras proponer el “Plan de

Contenerizacion” que consideren más adecuado al municipio, diseñando de tal forma que el número y capacidad de los contenedores y la frecuencia de recogida propuesta garantice:

- Maximizar la cantidad de vidrio reciclado. - Cumplir con un ratio mínimo de 300 habitantes por contenedor. - Minimizar la distancia entre los usuarios y los puntos de deposición.

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- Reducir el impacto visual. - Evitar desbordamientos por colmatación del contenedor.

Los horarios de prestación de los servicios deberán adaptarse en cada uno

de los sectores a las características urbanas de la zona, intensidad de tráfico rodado, etc. al objeto de maximizar la recogida y minimizar las molestias al vecindario.

A tal efecto las empresas licitadoras explicitarán en sus ofertas medios y sistemas a emplear para la consecución de los objetivos mencionados.

Para la ejecución de este servicio las empresas licitadoras presentarán un

proyecto detallado en el que se recojan los siguientes aspectos: - Frecuencia de recogida propuesta. - Número de contenedores y su ubicación. - Plan de evolución y adaptación a los incrementos previsibles de esta

fracción para el periodo de duración del contrato. - Relación de recorridos debidamente justificados. - Horarios de comienzo y terminación de los recorridos preferentemente en jornada diurna.

- Composición de los equipos a utilizar, número, características, etc. que más adecuadamente se ajusten a las características de cada zona.

- Tiempos medios de carga y descarga. - Tiempos medios invertidos en los desplazamientos. - Número de kilómetros realizados de media por cada equipo de

recogida. - Peso medio previsto para cada contenedor. - Cantidades estimadas de residuos a recoger. - Plan de revisión anual de los recorridos para su optimización

Artículo 53.- Recogida selectiva y transporte a planta de tratamiento de pilas.

Este servicio se prestará en caso de ser ofertado como mejora por el adjudicatario. Se refiere este servicio a la recogida selectiva y transporte hasta la planta de tratamiento de la fracción pilas depositados en los contenedores que a tal fin distribuya el adjudicatario en colegios, centros oficiales y comercios, e instale en la vía pública, según criterio municipal.

Para el desarrollo de este servicio se dotará de 30 contenedores para dependencias según anexo, y propuesta de instalación de otros 30 puntos mediante modelos de contenedor en la vía pública.

Para la realización del presente servicio de recogida, las empresas licitadoras presentaran todas sus ofertas basándose en pequeños contenedores normalizados a aprobar por el Ayuntamiento.

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A tal efecto las empresas licitadoras explicitarán en sus ofertas medios y sistemas a emplear para la consecución de los objetivos mencionados.

Para la ejecución de este servicio las empresas licitadoras presentarán un

proyecto detallado en el que se recojan los siguientes aspectos:

- Frecuencia de recogida propuesta. - Número de contenedores y su ubicación. - Horarios de comienzo y terminación de los recorridos. - Cantidades estimadas de Pilas a recoger. - Nº de contenedores a reponer cada año. - Plan de revisión anual de los recorridos para su optimización - Modelo de contenedores.

Anualmente la empresa adjudicataria presentará un informe con las

ubicaciones reales de contenedores de pilas así como sus bajas y altas, cantidades, etc.…

La empresa adjudicataria deberá responsabilizarse de la limpieza, mantenimiento, reposiciones, recogida de las pilas y ornato de los contenedores ubicados en las vías públicas y centros oficiales.

La empresa adjudicataria tendrá un teléfono disponible para que los

comercios y demás usuarios de los contenedores den aviso para su recogida. En ningún caso, los contenedores superarán el 90% de su capacidad.

Artículo 54.- Recogida selectiva y transporte a planta de tratamiento o destino final de aceites de origen doméstico.

Este servicio podrá ser ofertado como mejora. Se refiere este servicio a la recogida selectiva y transporte hasta la planta de tratamiento o punto destino final de la fracción de aceite de origen domiciliario.

La empresa adjudicataria deberá presentar un estudio completo de los

posibles puntos de recogida de forma que cada barrio esté suficientemente atendido y con especial atención a posibles puntos estratégicos de implantación en las cercanías de hoteles, bares y restaurantes, etc.…Las propuestas recogerán como mínimo los siguientes aspectos:

- Número de contenedores y su ubicación. - Horarios. - Cantidades estimadas de aceite a recoger. - Nº de contenedores a instalar (mínimo 20 ud). - Metodología para la limpieza los contenedores y de su entorno. - Plan de revisión anual de los recorridos para su optimización

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- La empresa adjudicataria deberá responsabilizarse de la instalación, limpieza, mantenimiento y ornato de los contenedores ubicados en las vías públicas. Además de la recogida de los residuos.

- Modelos de contenedores.

En ningún caso, los contenedores superarán el 90% de su capacidad. Artículo 55.- Recogida selectiva y transporte a planta de tratamiento o destino final de residuos textiles.

Actualmente esté servicio están en fase de licitación, reseñando que el número de contenedores a instalar en la vía pública será de 20 ud, con un precio de licitación por unidad al año de 366,5 euros. Por este motivo, no se prestará este servicio por el adjudicatario hasta que finalice el contrato actualmente vigente (1 año aproximadamente). En cuyo caso, se procederá a prestar el mismo de forma obligatoria por el adjudicatario de este contrato.

Significar, que para la prestación del servicio de recogida de residuos

textiles, se procederá a realizar modificación del contrato según marque la normativa de aplicación, utilizando de base el precio de adjudicación. Aspecto que producirá la reducción del contrato.

Se refiere este servicio a la recogida selectiva y transporte hasta la planta

de tratamiento o punto destino final de la fracción de residuos textiles (ropa, calzado,…).

La empresa adjudicataria deberá presentar un estudio completo de los

posibles puntos de recogida de forma que cada barrio esté suficientemente atendido y con especial atención a posibles puntos estratégicos de implantación en las cercanías de puntos de afluencia de gente…Las propuestas recogerán como mínimo los siguiente aspectos:

- Se considerarán un total de 20 ud según ubicación del anexo. - Horarios. - Cantidades estimadas de ropa a recoger. - Metodología para la limpieza los contenedores y de su entorno. - Plan de revisión anual de los recorridos para su optimización - La empresa adjudicataria deberá responsabilizarse de la instalación,

limpieza, mantenimiento y ornato de los contenedores ubicados en las vías públicas.

En ningún caso, los contenedores superarán el 90% de su capacidad.

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Artículo 56.- Recogida selectiva puerta a puerta y transporte a planta de transferencia o a destino final de residuos de papel-cartón y embalajes de comercios, mercados y fruterías.

Se refiere este servicio a la recogida selectiva puerta a puerta y transporte hasta la planta de tratamiento o destino final de la fracción papel y cartón procedente de comercios (estancos, farmacias, alimentación, fruterías, …) que generen este residuos, y evitar así el vertido de sus residuos y colmatación de los contenedores situados en la vía pública y acumulación de suciedad en la vía.

En el anexo, se adjunta relación de comercios donde se debe realizar la

recogida. La cual podrá ser ampliada o reducida según los Servicios Técnicos Municipales, con relación a las nuevas aperturas y cierres.

Se deberá presentar un estudio detallado de la metodología a aplicar definiendo tareas, frecuencias, horarios, equipos asignados, etc…, las empresas licitadoras presentaran sus ofertas basándose en los comercios ubicados en el municipio, los cuales se reflejan en los anexos.

Se tendrá especial interés en zonas con presencia de actividad comercial notable, …

A tal efecto las empresas licitadoras explicitarán en sus ofertas medios y sistemas a emplear para la consecución de los objetivos mencionados.

Presentando un proyecto detallado en el que se recojan los siguientes

aspectos:

- Sistema operativo propuesto contemplando las posibles afecciones al tráfico rodado.

- Sistema de pre-recogida y deposición de los residuos. - Comercios afectados por este servicio. - Frecuencia de recogida. - Horarios de comienzo y terminación de los recorridos (la recogida

se tendrá que hacer al final de turno o en el periodo de apertura del local).

- Cantidades estimadas de papel y cartón a recoger. - Plan de revisión anual y mejora del servicio.

En todo caso, para la realización de la puesta en marcha de este servicio.

Se deberá efectuar en primer lugar un Plan de Concienciación y Colaboración, por el adjudicatario deberá efectuar contacto con todos los centros:

- Recabará toda la información relativa a cantidades de residuos,

tipos y horarios en los que tiene prioridad el local para que se efectúa su recogida.

- Análisis de la información.

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- Elaboración de propuesta de recogida indicando lo fijado con anterioridad.

Los Servicios Técnicos Municipales serán los encargados de dar el visto

bueno a la propuesta de puesta en servicio.

Artículo 57.- Recogida selectiva puerta a puerta y transporte a planta de transferencia o a destino final de residuos orgánicos y de vidrio en bares, restaurantes, cafeterías y mercados.

Se refiere este servicio a la recogida selectiva puerta a puerta y transporte hasta la planta de tratamiento o destino final de la fracción orgánica-resto y vidrio procedente de bares, restaurantes, cafeterías y mercados que generen este residuo, y evitar así la colmatación de los contenedores situados en la vía pública y acumulación de suciedad en la vía.

En el anexo, se adjunta relación de comercios donde se debe realizar la

recogida. La cual podrá ser ampliada o reducida según los Servicios Técnicos Municipales, según nuevas aperturas o cierres.

Se deberá presentar un estudio detallado de la metodología a aplicar definiendo tareas, frecuencias, horarios, equipos asignados, etc.…, las empresas licitadoras presentaran sus ofertas basándose en los comercios ubicados en el municipio, los cuales se reflejan en los anexos.

Se tendrá especial interés en zonas con presencia de actividad comercial notable, …

A tal efecto las empresas licitadoras explicitarán en sus ofertas medios y sistemas a emplear para la consecución de los objetivos mencionados.

Presentando un proyecto detallado en el que se recojan los siguientes

aspectos:

- Sistema operativo propuesto contemplando las posibles afecciones al tráfico rodado.

- Sistema de pre-recogida y deposición de los residuos. - Bares, restaurante, mercados,… afectados por este servicio. - Frecuencia de recogida. - Horarios de comienzo y terminación de los recorridos. - Cantidades estimadas de vidrio y fracción orgánica a recoger. - Plan de revisión anual y mejora del servicio.

En todo caso, para la realización de la puesta en marcha de este servicio.

Se deberá efectuar en primer lugar un Plan de Concienciación y Colaboración. El adjudicatario deberá efectuar contacto con todos los centros:

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- Recabará toda la información relativa a cantidades de residuos, tipos y horarios en los que tiene prioridad el local para que se efectúa su recogida.

- Análisis de la información. - Elaboración de propuesta de recogida indicando lo fijado con

anterioridad. Los Servicios Técnicos Municipales serán los encargado de dar el visto

bueno a la propuesta de puesta en servicio.

Artículo 58.- Retirada de basuras, animales muertos, y demás residuos que aparezcan vertidos o abandonados en la vía pública

Se refiere este servicio a la recogida y transporte hasta la planta de transferencia, punto limpio o planta de tratamiento final de las basuras, incluso animales muertos, que aparezcan en la vía pública, incluido sacas de residuos de construcción y demolición, muebles, enseres, poda,… abandonadas en la vía pública. La empresa adjudicataria tendrá la obligación de realizar dicho servicio con inmediatez (tiempo máximo de respuesta 30 minutos desde su aviso).

A tal efecto las empresas licitadoras explicitarán en sus ofertas medios y

sistemas a emplear para la consecución de los objetivos mencionados. Detallando los siguientes aspectos:

- Sistema operativo propuesto. - Medios a emplear en la realización de los trabajos. - La empresa licitadora deberá proponer un protocolo de actuación con

tiempos de repuesta inmediata tras la recepción del aviso con un tratamiento acorde a la normativa vigente (transporte en vehículo apropiado, incineración, enterramiento, etc.…).

Artículo 59. Recogida y transporte de muebles y enseres domésticos puerta a puerta y de la vía pública.

Se refiere este servicio a la recogida y transporte hasta la planta de trasferencia o punto de tratamiento final o lugar de depósito que establezca el adjudicatario, de los muebles y enseres domésticos procedentes de los vecinos del municipio de Navalcarnero.

A efectos de este servicio se considerarán: mobiliario, embalaje y otros

útiles similares de desecho y electrodomésticos y otros enseres voluminosos,… Quedan excluidos los escombros y cualquier tipo de electrodomésticos de

carácter industrial o comercial.

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No será objeto de la presente recogida aquellos productos que contengan líquidos y que no fueran envasados o aquellos que siéndolo resulten de manipulación peligrosa.

Este servicio se prestará a solicitud de los interesados mediante aviso

telefónico a la empresa responsable de su ejecución y con una frecuencia de seis días de servicio por semana.

El adjudicatario deberá remitir a la Policía Local email diario donde se

indique las ubicaciones donde se va a prestar este servicio. Las empresas licitadoras deberán clasificar y depositar

correspondientemente los muebles y enseres recogidos en el punto limpio municipal.

A tal efecto las empresas licitadoras explicitarán en sus ofertas medios y

sistemas a emplear para la consecución de los objetivos mencionados, presentando un proyecto detallado en el que se recojan los siguientes aspectos:

- Sistema operativo propuesto. - Sistema de pre-recogida y deposición de los residuos. - Frecuencia de recogida. - Horarios de comienzo y terminación de los recorridos.

En este servicio, también se incluyen los muebles y enseres depositados o

vertidos de forma incívica por los vecinos en la vía pública junto a contenedores o demás lugares de la vía pública. Significando, que al final de jornada no podrá existir ningún muebles o enseres en la vía pública.

El Adjudicatario no estará obligado, en ningún caso, a penetrar en propiedades de titularidad privada para la retirada de estos residuos

Artículo 60.- Recogida de podas y restos de jardinería puerta a puerta o de la vía pública.

Se refiere este servicio a la recogida, incluso en la modalidad de puerta a puerta, de los restos de podas de vecinos y transporte hasta punto limpio o planta de transferencia y/o a planta de tratamiento final, según propuesta del adjudicatario.

A efectos de este servicio se considerarán restos vegetales: los residuos y

restos de carácter vegetal, definidos como, aquellos que no superen los 50 Kg de peso y compuestos de restos procedentes de la siega y pequeñas ramas, así como procedentes de la poda o recorte de setos, ramas o asimilables a los anteriores.

Quedan excluidos los residuos procedentes de talas de arbolado o retirada

de alineaciones de arizónicas o especies similares.

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Este servicio se prestará a solicitud de los interesados mediante aviso

telefónico a la empresa responsable de su ejecución y con una frecuencia de seis días de servicio por semana.

El adjudicatario deberá remitir a la Policía Local email diario donde se

indique las ubicaciones donde se va a prestar este servicio. Las empresas licitadoras deberán depositar correspondientemente los

restos vegetales recogidos en el punto limpio municipal. A tal efecto las empresas licitadoras explicitarán en sus ofertas medios y

sistemas a emplear para la consecución de los objetivos mencionados, presentando un proyecto detallado en el que se recojan los siguientes aspectos:

- Sistema operativo propuesto. - Sistema de pre-recogida y deposición de los residuos. - Frecuencia de recogida. - Horarios de comienzo y terminación de los recorridos.

En este servicio, también se incluyen los restos vegetales depositados o

vertidos de forma incívica por los vecinos en la vía pública junto a contenedores o demás lugares de la vía pública. Significando, que al final de jornada no podrá existir ningún muebles o enseres en la vía pública.

El Adjudicatario no estará obligado, en ningún caso, a penetrar en propiedades de titularidad privada para la retirada de estos residuos.

Artículo 61.- Gestión del Punto Limpio

Este servicio consiste en a realización del servicio para la recogida selectiva, el almacenamiento temporal y posterior transporte a centros autorizados para su valoración y eliminación, de residuos sólidos urbanos de origen doméstico, depositados en el Punto Limpio de Navalcarnero situado en la calle Dehesa de Mari-Martín c/v a la Calle Ferrocarril, así como la conservación y mantenimiento de las instalaciones allí existentes.

Las operaciones que se lleven a cabo en la prestación del servicio se

realizarán sin poner en peligro la salud humana y sin utilizar procedimientos ni métodos que puedan perjudicar al medio ambiente y, en particular, sin crear riesgos para el agua, el aire, el suelo, ni para la fauna y flora.

Los residuos que se podrán depositar por parte de los ciudadanos en el

Punto Limpio, serán aquellos que, siendo de origen domiciliario, sean generados en el término municipal de Navalcarnero, siendo los materiales admisibles los siguientes:

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� Envases de vidrio. � Vidrio plano, hasta un máximo de 50 kg por entrega y día. � Papel y cartón. � Ropa usada. � Escombros o cualquier otro material inerte procedente de pequeñas

obras domésticas, hasta un máximo de 50 kg por entrega y día. � Metales, hasta un máximo de 50 kg por entrega y día. � Envases de plástico. � Otros plásticos (PVC, EPS, PET, etc.). � Bricks. � Madera y restos de poda, hasta un máximo de 50 kg por entrega y día. � Aceites vegetales usados, hasta un máximo de 10 litros por entrega y

día. � Residuos voluminosos tales como colchones, somieres, marcos, puertas

y muebles en general. Como norma general se admitirá por usuario y día, los residuos voluminosos correspondientes a un domicilio (hasta 100 kg día).

� Residuos de aparatos eléctricos (RAEES).

Además, se recogerán los siguientes tipos de residuos peligrosos:

� Aceite usado mineral o sintético, recipientes y filtros, hasta un máximo de 10 litros por entrega y día.

� Baterías de automóviles, máximo de 2 unidades por entrega y día. � Pilas botón, hasta un máximo de 20 unidades por entrega y día. � Pilas no botón, hasta un máximo de 20 unidades por entrega y día. � Medicamentos, hasta un máximo de 5 kgs por entrega y día. � Sprays, hasta un máximo de 10 unidades � Aerosoles � Radiografías, hasta un máximo de 5 unidades por entrega y día. � Tubos fluorescentes, máximo tres unidades por entrega y día. � CD´s y DVD´s � Pinturas, máximo 5 kgs por entrega y día. � Termómetros � Cubiertas de ruedas de coche, motos, bicicletas, etc., hasta un máximo

de 4 unidades por entrega y día.

Además de los residuos señalados en este apartado, previa la correspondiente tramitación, el Ayuntamiento de Navalcarnero podrá ordenar a la Empresa Adjudicataria que puedan admitirse en el Punto Limpio otros residuos o en diferentes cantidades.

Asimismo, cuando se compruebe que un usuario viene depositando con una elevada frecuencia cierto tipo de residuos, en cantidades destacables, que pueden presuponer que proceden de un origen industrial, se podrán limitar las cantidades aportada por este usuario. Esta situación de residuo industrial la deberá comunicar

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el adjudicatario al Ayuntamiento de Navalcarnero, quien resolverá sobre el particular. Los residuos no admisibles en el punto Limpio, bajo ninguna circunstancia:

� Basuras urbanas orgánicas. � Materiales radiactivos. � Materiales explosivos o inflamables. � Residuos infecciosos. � Recipientes voluminosos que hayan contenido materias tóxicas o

peligrosas. � Residuos sin segregar. � Residuos sin identificar. � Residuos tóxicos y peligrosos que no sean los específicamente señalados

anteriormente. � Y cualquier otro de características similares a juicio de la

Administración.

La empresa adjudicataria deberá llevar a cabo todas las actividades necesarias para la prestación del servicio propio del Punto Limpio.

Para ello deberá aportar los medios humanos, logísticos y técnicos

necesarios para la prestación del servicio, en el que se realizarán las siguientes operaciones:

� Recepción de residuos � Identificación, clasificación y depósito. � Transporte hasta las instalaciones de reciclaje, transferencia,

tratamiento o eliminación. � Conservación y mantenimiento de los equipos e instalaciones. � Información al público de los servicios o temas medio ambientales

que desarrolla el Ayuntamiento de Majadahonda.

Ello incluirá, aunque no exclusivamente, el personal adecuado, los contenedores de un solo uso, el material absorbente, los equipos de transporte, los equipos de seguridad y otros materiales fungibles necesarios.

El Punto Limpio deberá permanecer abierto al público un total de 6 días a la semana (12 meses al año), de acuerdo con la siguiente distribución diaria:

De lunes a viernes (excepto festivos): desde las 10 horas a 13:00 horas y de 17:00 h a 20:00 horas. Sábados (excepto festivos): desde las 10 horas a 13:00 h. y de 17:00 h a 20:00 h.

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Los horarios podrán ser cambiados en función de la experiencia que se vaya obteniendo durante la gestión, si bien no podrá disminuir el número de horas de servicio.

Cuando los residuos se lleven al Punto Limpio mediante vehículos, éstos

tendrán las características siguientes:

- Vehículos tipo turismo. Se admite la entrada de todas las variantes de este tipo de vehículos.

- Vehículos distintos al tipo turismo: El Peso Máximo Autorizado no será superior a 3.500 Kg., no admitiéndose el acceso al Punto Limpio, a vehículos con un Peso Máximo Autorizado que supere los 3.500 Kg..

La empresa adjudicataria deberá llevar un registro de todos los datos que

se consideren de interés, en concreto: � Número de visitas diarias. � Tipos de residuos aportados por visita. � Origen de las aportaciones: particulares, pequeños comercios,

oficinas..... � Opiniones de los usuarios. � Cantidades y destino de los residuos. � Incidencias destacables. � Otros datos que se consideren de interés. Con periodicidad cuatrimestral, la empresa adjudicataria elaborará un

informe en el que se haga un balance de los datos de gestión más significativos. Asimismo, al finalizar cada periodo anual de prestación del servicio, se

presentará un informe que contenga, además de un resumen de los datos incluidos en los informes cuatrimestrales, las conclusiones, más importantes que se deriven de la experiencia obtenida, así como, en su caso, una propuesta de las actuaciones que podrían llevarse a cabo para mejorar el funcionamiento del Punto Limpio.

La empresa adjudicataria se encargará de todas las operaciones que se realicen en el Punto Limpio.

El adjudicatario se responsabilizará de las operaciones de carga de los

vehículos que efectúen el transporte de los residuos peligrosos depositados en el Punto Limpio a las instalaciones de reciclaje, tratamiento o eliminación, y de la preparación de la documentación requerida por las regulaciones existentes.

El traslado de los residuos peligrosos será realizado por un transportista

autorizado para estas operaciones. El adjudicatario permitirá el acceso de la unidad móvil de la Consejería de Medio Ambiente, en caso necesario, para realizar las operaciones de extracción de los gases tóxicos de los aparatos

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refrigeradores Para ello, estos aparatos deberán almacenarse en una zona especialmente indicada, hasta «que se realice la extracción, momento en el que se deberán depositar en el contenedor de materiales metálico.

La empresa adjudicataria deberá concertar póliza de seguros que cubra

cuantos bienes se encuentran afectos a la prestación del servicio así como, suscribir un seguro de responsabilidad civil que cubra los riesgos de las personas que de manera permanente, temporal o accidental, se encuentren en la instalación.

Al vencimiento del período de adjudicación, la empresa adjudicataria

deberá hacer entrega de la instalación al Ayuntamiento de Majadahonda en perfectas condiciones de conservación y funcionamiento.

El adjudicatario se encargará de todas las gestiones para conseguir las licencias y permisos necesarios para la gestión del Punto Limpio, así como de los costes de los mismos.

La empresa adjudicataria facilitará el acceso y la información a aquéllas

personas que visiten el Punto Limpio. Estas visitas deberán ser autorizadas previamente por la Concejalía de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Navalcarnero.

El licitador presentará una propuesta de prestación del servicio donde se describirá con suficiente detalle, la organización de las actividades que se realizarán en el mismo y el destino que se dará a los residuos En esta propuesta se aportará, como mínimo, la información que se cita a continuación.

- Se describirán, con suficiente detalle, la organización de actividades en

el Punto Limpio y el destino que se otorgará a los residuos, debiéndose de aplicar todo ello dentro de un sistema informático del cual tendrá información mensualmente el Ayuntamiento.

- El destino concreto a que se compromete el ofertante, se indicará para

cada uno de los residuos admisibles, siendo el orden de prioridad: la reutilización, el reciclado, la valoración y, en última instancia, cuando no sea posible la gestión anterior, se propondrá la forma de tratamiento y eliminación que se pretende aplicar.

- En aquellos casos en los que, a pesar de existir la posibilidad técnica para ello, el destino previsto no sea la reutilización, reciclado o valoración, se justificarán las causas por lo que es imposible aprovechar los residuos como método de gestión.

El licitador deberá indicar, para cada tipo de residuos, los criterios de

aceptación que, con carácter especial, piensa aplicar.

Los criterios de aceptación que se propongan deberán tener en cuenta:

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- Facilitar al máximo el reciclaje de cada tipo de residuos, pero de forma

compatible con las posibilidades reales del usuario. - En el caso de los residuos peligrosos, no poner en peligro en ningún

momento la seguridad de los operarios y de los visitantes. La empresa adjudicataria puede reservarse el derecho de aceptar residuos peligrosos que se entreguen en envases en mal estado o que no puedan ser identificados.

Se describirá el funcionamiento interno del Punto Limpio que la empresa

licitadora prevea lleva a cabo, indicando aquellos equipos complementarios que pretenda utilizar, en especial en lo referente a:

- Método de envasado y almacenamiento, en su caso, para los residuos peligrosos.

- Equipos de triturado, compactación o cualquier otro que, en su caso, el

adjudicatario, piense emplear a fin de aumentar las posibilidades de reciclaje, racionalizar el almacenamiento, abaratar el transporte, etc.

Será por cuenta y cargo asimismo del adjudicatario:

- Los gastos de funcionamiento y servicio tales como agua, electricidad, teléfono, etc.

- La limpieza de las dependencias e instalaciones del PUNTO LIMPIO.

- Los gastos derivados de la conservación, reposición y mantenimiento

de las instalaciones objeto de contrato.

- Todas las reparaciones e instalaciones que pretenda realizar el adjudicatario deberán obtener la preceptiva autorización y seguirán las directrices del Ayuntamiento de Navalcarnero.

Art. 62.- Suministro de agua para trabajos de recogida de residuos.

El suministro de agua necesario para la realización de los trabajos de limpieza pública descritos en el presente capítulo, podrá realizarse en la base de operaciones del adjudicatario, en cuyo caso el coste será sufragado por el adjudicatario. Ó en las bocas de riego situadas en la vía pública, en cuyo caso el coste será sufragado por el Ayuntamiento.

Las columnas o elementos de unión entre las bocas y las mangueras,

equipos o vehículos adscritos a este contrato, serán específicos y diseñadas en función de dichas bocas de riego y elementos citados, de manera que no se produzcan pérdidas o fugas de agua, cualquier tipo de avería que se produzca en

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las bocas de carga deberá ser subsanada de forma inmediata procediendo al corte de suministro de agua y reparado por cuenta del adjudicatario y sin coste alguno para el Ayuntamiento.

Artículo 63.- Frecuencias mínimas de prestación de servicios relativos a la recogida de residuos

A efectos de la recogida de residuos, se prestará como mínimo las siguientes frecuencias y servicios en el municipio de Navalcarnero.

Las frecuencias, quedan reflejadas a continuación, atendiendo

principalmente a los aspectos siguientes: - Importancia de zonas de residencias y comercial. - Actividad dominante. - Posible generación de residuos. - Principales dificultades en cuanto a posibles operaciones de recogida - Factores físico geométricos de la red viaria. - Densidad de población. - Cualquier otra causa a considerar.

Con arreglo a los siguientes criterios, se establecen a continuación las

FRECUENCIAS DE RECOGIDA DE RESIDUOS. NIVEL DE RECOGIDA I.

Constituido por el conjunto de calles incluidas en la zona denominada

casco urbano y resto de barrios del municipio exceptuando calypo. El ámbito del este nivel de frecuencia será como mínimo lo indicado en el anexo y como se muestra a continuación:

- Recogida de fracción resto-orgánica: 7 días a la semana incluido

domingos y festivos. - Recogida de fracción envases ligeros: 3 días a la semana. - Recogida de fracción papel-cartón: 2 días a la semana (martes y

viernes). - Recogida de fracción vidrio: 1 día cada quince días. - Recogida de fracción residuos textiles: 1 día a la semana. - Recogida selectiva puerta a puerta de residuos orgánicos y vidrio en bares, restaurantes, cafeterías y mercados.: 7 días a la semana incluido domingos y festivos.

- Recogida selectiva puerta a puerta de residuos de papel-cartón y embalajes en comercios, mercados, fruterías,…: 7 días a la semana incluido domingos y festivos.

- Retirada de basura, animales muertos, y demás residuos que aparezcan vertidos o abandonados en la vía pública.

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- Recogida y transporte de muebles y enseres domésticos puerta a puerta y de la vía pública: 6 días a la semana.

- Recogida y transporte de restos de jardinería puerta a puerta o de la vía pública: 6 días a la semana.

NIVEL DE RECOGIDA II. Se aplicará y comprenderá a la urbanización Calypo II. El ámbito del este nivel de frecuencia será como mínimo lo indicado en el anexo y como se muestra a continuación:

- Recogida de fracción resto-orgánica: 6 días a la semana. - Recogida de fracción envases ligeros: 3 días a la semana. - Recogida de fracción papel-cartón: 2 días a la semana (martes y

viernes). - Recogida de fracción vidrio: 1 días cada quince días. - Recogida de fracción residuos textiles: 1 día a la semana. - Recogida selectiva puerta a puerta de residuos orgánicos y vidrio en bares, restaurantes, cafeterías y mercados.: 7 días a la semana incluido domingos y festivos.

- Recogida selectiva puerta a puerta de residuos de papel-cartón y embalajes en comercios, mercados, fruterías,…: 7 días a la semana incluido domingos y festivos.

- Retirada de basura, animales muertos, y demás residuos que aparezcan vertidos o abandonados en la vía pública.

- Recogida y transporte de muebles y enseres domésticos puerta a puerta y de la vía pública: 3 días a la semana.

- Recogida y transporte de restos de jardinería puerta a puerta o de la vía pública: 3 días a la semana.

. NIVEL DE RECOGIDA III.

Correspondería a Polígonos industriales y diseminado urbanos, Fuente Pila, gasolineras, centros hosteleros en carreteras,...

El ámbito del este nivel de frecuencia será como mínimo lo indicado en el

anexo y como se muestra a continuación:

- Recogida de fracción resto-orgánica: 3 días a la semana (lunes, jueves y sábado).

- Recogida de fracción envases ligeros: 2 días a la semana, todos los puntos excepto polígonos.

- Recogida de fracción papel-cartón: 2 días a la semana (martes y viernes). Todos los puntos excepto polígonos.

- Recogida de fracción vidrio: 1 día cada quince días. Todos los puntos excepto polígonos.

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- Retirada de basura, animales muertos, y demás residuos que aparezcan vertidos o abandonados en la vía pública.

- Recogida y transporte de muebles y enseres domésticos y de la vía pública: 2 días a la semana.

- Recogida y transporte de restos de jardinería de la vía pública: 2 días a la semana.

NIVEL DE RECOGIDA IV Corresponde a la instalación del Punto Limpio situado en la calle Ferrocarril c/v a la Calle Dehesa de Mari-Martín. La frecuencia mínima de apertura será:

- De lunes a sábado de 10 horas a 13:00 horas y de 17:00 horas a 20:00 horas.

Artículo 64.- Puesta en marcha de los trabajos vinculados a la recogida de residuos.

Previamente al inicio de los trabajos, y de acuerdo con la empresa adjudicataria, el Ayuntamiento de Navalcarnero realizará los ajustes de los aspectos relativos a la organización y prestación de los servicios propuestos que se estimen necesarios de cara a su optimización y adecuación a las necesidades del municipio. Estos ajustes en ningún caso tendrán la consideración de modificaciones contractuales.

El adjudicatario se hará cargo del servicio al día siguiente de la firma del

contrato. Teniendo que prestar el servicio según se fija en el pliego en un plazo no superior a 40 días naturales desde la firma del contrato.

CAPITULO V.- MANTENIMIENO Y CONSERVACIÓN DE ZONAS VERDES, JARDINES, PARQUES Y ARBOLADO Artículo 65.- Definición general de los procedimientos y sistemas de conservación y mantenimiento de zonas verdes para cada uno de los servicios.

Se pretende en los siguientes artículos definir de una forma general, los procedimientos y sistemas para el mantenimiento y conservación de zonas verdes, parques, jardines y arbolado cuya relación se adjunta en el anexo, para cada uno de los servicios objeto del concurso que en unos casos son de obligado cumplimiento, en otros en caso de ser propuesto en la oferta del adjudicatario o ser propuesto como mejoras. Estos servirán de base para la elaboración por parte de las empresas licitadoras, del SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE ZONAS VERDES, PARQUES, JARDINES Y ARBOLADO.

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El nivel de mantenimiento y conservación será el más idóneo en cada

zona, eliminando todos los residuos, evitando la aparición de malas hierbas, y tratamiento adecuado en praderas, arbusto y arbolado para permitir su estado fitosanitario y estético optimo.

Artículo 66.- Resultado final de los trabajos

Tras la realización de los trabajos de mantenimiento y conservación de zonas verdes en el municipio, el aspecto final deberá ser tal que no existan restos de ningún tipo de residuos, basura, ausencia de hierbas en macizos y viales, estado optimo de recorte y poda de arbustos y arbolado, estado optimo fitosanitario de praderas, arbustos y árboles, vaciado las papeleras, estado correcto de áreas de esparcimiento canino, buena limpieza y funcionamiento de fuentes ornamentales y de suministro de agua potable. Los licitadores podrán prever, además de los servicios mínimos para el mantenimiento y conservación de zonas verde establecidos en el presente Pliego, todos aquellos que estimen necesarios para que el aspecto general de la ciudad, en cuanto a la limpieza pública, y de jardinería sea correcto las 24 horas del día y los 365 días del año. Los servicios propuestos por el Adjudicatario en su oferta serán aplicados, en todo caso, previa autorización del Ayuntamiento de Navalcarnero, y podrán ser modificados en caso de ser requerido por los Servicios Técnicos Municipales. Artículo 67.- Labores de conservación de zonas de elementos vegetales Artículo 67.1.- Riegos de las zonas verdes

Los elementos vegetales se regarán diariamente o con la frecuencia aconsejable según la época del año, dependiendo de las condiciones edafoclimatológicas y de las especies vegetales existentes, de forma que todos los elementos encuentren en el suelo el porcentaje de agua útil necesario para su normal crecimiento y desarrollo. Los riegos se realizarán mediante el uso de bocas de riego, redes automáticas o semiautomáticas y cubas o cisternas según las instalaciones y/o necesidades propias de cada zona. A tal efecto, la Empresa adjudicataria deberá contar con una cisterna de riego, con una capacidad a definir por el adjudicatario, dotada de bomba de impulsión que pueda estar, en todo momento, en disposición de ser utilizada para el servicio de la zona.

El agua consumida en esta atención será por cuenta del Ayuntamiento, debiendo el adjudicatario no utilizar más agua que la estrictamente necesaria para el riego.

Optimización del uso del agua: La Empresa adjudicataria recogerá los

datos de consumo registrados mensualmente en los contadores del Canal de Isabel II de cada zona verde, optimizando el uso del agua de manera que sea posible no sólo el control del gasto sino la economía de ésta. Se pondrá especial cuidado en el uso y funcionamiento de la red manual y automática, de forma que no se

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produzcan pérdidas de agua en bocas de riego, descarga de aspersores o cualquier otro motivo.

Horarios de riego: El horario habitual de riego manual será el normal de

trabajo, estableciéndose, si es necesario y en casos extraordinarios, por causas climatológicas o cualquier otra de fuerza mayor, un horario de riego distinto al habitual y a determinar por los Técnicos municipales a petición del adjudicatario. En casos extremos de sequía, se podrá obligar a efectuar riegos nocturnos en el horario comprendido entre las 21:00 horas y las 9:00 horas.

El horario de riego automático será propuesto por el adjudicatario y deberá

ser aprobado por los Técnicos municipales, y deberá ser controlado en todo momento por la Empresa adjudicataria.

En el caso en que los riegos automáticos en zonas verdes establecidas

tengan áreas en las que el riego no es completo, la Empresa adjudicataria deberá realizar los riegos de apoyo para corregir esta problemática con los medios y los sistemas de riego tradicionales o con cubas si fuera necesario.

Cualquier tipo de avería, que se produzca en todos los sistemas de riego,

deberá ser comunicada por la Empresa adjudicataria, a los efectos de tramitar su reparación procediendo inmediatamente al corte del suministro de agua y reparando, por cuenta del adjudicatario y sin coste alguno para el Ayuntamiento, la avería en un plazo no superior a las 72 horas, en época sin riegos y en un plazo de 48 horas, en época de riego. La Empresa adjudicataria confeccionará un registro donde quede constancia de las mismas, sus características, las fechas en que se produjeron, de aviso, de reparación y las posibles causas, remitiendo informes periódicos al Técnico municipal, con una periodicidad mensual, con el fin de detectar las problemáticas más frecuentes y subsanarlas en la medida de lo posible. Significar, que se considera incluido la mano de obra, materiales de riego y materiales de obra civil.

Si por el incorrecto cumplimiento de este extremo o de una mala

realización de la labor de riego se produjeran derrames de agua, erosiones del terreno u otros perjuicios, el adjudicatario restablecerá por su cuenta la zona dañada a su estado original, asumiendo las responsabilidades de los daños producidos a terceros, si los hubiera.

El adjudicatario podrá proponer y realizar a su cargo, previa autorización

del Ayuntamiento, y sin derecho alguno a indemnización, las mejoras en la red de riego que crea más oportunas, quedando éstas de propiedad municipal. En todos los casos, cualquier reforma o nueva instalación se ajustará a la normativa municipal existente, aportando a los servicios municipales competentes la documentación oportuna que defina la obra realizada en su totalidad. En caso de no existir tal normativa, se someterá la actuación a los criterios de los Técnicos municipales competentes.

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Finalmente, reseñar, que en caso de desarrollarse el Plan Depura por el Canal de Isabel II, gestión en el municipio, para el riego con agua regenerada. El adjudicatario deberá hacerse cargo de los sistemas cedidos al Ayuntamiento sin coste alguno para este último.

Artículo 67.2.- Abonados, enmiendas y aportes de sustratos

Se refiere este punto a las enmiendas, abonados minerales y orgánicos y aporte de sustratos a realizar de forma periódica, ya sean de fondo o de superficie, que restituyan al suelo la fertilidad perdida y/o aporten a la planta aquellos elementos necesarios para su correcta nutrición o corrección de cualquier carencia.

Las labores de enmiendas, abonados y aportación de sustratos se realizarán

en:

- Praderas y cubiertas vegetales. - Macizos de flor y herbáceas. - Arbustos y setos. - Árboles. - Plantaciones

La Empresa adjudicataria presentará en su oferta un programa básico de

abonados, enmiendas y análisis anual, de las zonas verdes a que se refiere este contrato. El programa básico se completará y/o ajustará a partir de los resultados obtenidos de los análisis edafológicos y, si fuese necesario, de los vegetales.

El programa de abonados y enmiendas establecerá: las frecuencias y

calendarios, tipos, características, dosis y la forma de incorporación de cada material, para cada una de las labores que se enumeran:

- Enmiendas orgánicas. - Enmiendas inorgánicas - Abonados químicos.

Este programa anual deberá ser aprobado por los Técnicos municipales,

pudiendo alterarlo éstos, si así lo estimasen oportuno.

Todos los abonos y los materiales de las enmiendas y sustratos que se utilicen deberán ser previamente aprobados por los Técnicos municipales, para lo que será necesario presentar muestras y análisis. En el caso de productos a granel, los análisis correspondientes garantizarán la idoneidad del producto realizándose en un laboratorio acreditado oficialmente. Todos los costes derivados de la realización de esta labor (materiales, análisis, etc.) serán por cuenta del adjudicatario.

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El aporte de sustratos: Comprenderá la incorporación de los mismos en las superficies donde sea

necesario recuperar o establecer la cota precisa o que marquen los Técnicos municipales y estará incluido en todos sus aspectos: labores, maquinaria, materiales, etc., dentro de la anualidad de conservación.

La labor de sustitución del suelo primitivo:

Comprende la retirada a vertedero de éste y el aporte de la tierra vegetal

específica y con las características definidas por los Técnicos municipales, en la profundidad que a criterio de éstos se estime conveniente, en función del objetivo que se persiga. Se detallan en cada uno de los apartados correspondientes, de plantación y mantenimiento de céspedes las especificaciones a tener en cuenta a la hora de realizar esta labor de incorporación y/o sustitución de suelos, en cuanto a cantidades mínimas se refiere.

Estas labores de aporte o sustitución de sustratos, abonados y enmiendas

estarán incluidas, en todos los casos, dentro de la anualidad de conservación, tanto en lo que supone la mano de obra, transportes, maquinaria, etc. así como en los materiales y análisis que sean necesarios y que indiquen los Técnicos municipales

Artículo 67.3.- Entrecavados y escardas.

La limpieza de malas hierbas se hará cuando éstas resulten apreciables y su presencia suponga un deterioro en el nivel del mantenimiento.

La escarda se realizará con una labor manual o mecánica y/o escarda

química, en todas las superficies que así lo requieran, de manera que desaparezcan las malas hierbas y se mantenga la buena estructura del suelo:

-La escarda de paseos, plazas, zonas estanciales terrizas, pavimentadas, alcorques y de todos los elementos de obra civil de los jardines se realizarán todas las veces que sea necesario para el objetivo que se marca en el primer párrafo de este apartado. Para que sirva simplemente de orientación:

- Al menos de 4 a 6 veces de mayo a octubre según la zona verde. - 2 a 3 veces el resto del año.

- Se pondrá especial cuidado en torno y bajo el mobiliario urbano. En estos casos las escardas químicas serán necesarias, de manera que con una programación adecuada se consiga hacer desaparecer las malas hierbas de estos elementos del jardín.

- En macizos de flor y zonas se efectuará la escarda de manera manual,

eliminando no sólo la parte aérea sino también su sistema radicular en

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cuanto sean perceptibles en el macizo, realizando tratamientos herbicidas si así lo indicaran los Técnicos municipales en los periodos libres de plantación.

- En céspedes de más de un año de implantación se seguirán las

instrucciones que, dependiendo de las condiciones de cada superficie, impartan los Técnicos municipales. En los céspedes implantados de menos de un año la escarda se realizará manualmente eliminando todo el sistema radicular de la mala hierba.

- En macizos de arbustos y zonas ajardinadas sin cubierta vegetal en

donde la densidad de la plantación no recomiende entrecavados frecuentes, se eliminarán las malas hierbas de la misma forma que en los macizos de flor. Si es posible y con las precauciones debidas se podrán realizar escardas químicas.

- Se utilizarán acolchados para aprovechar sus características alopáticas,

en los casos y con las características y procedencia que indiquen los Técnicos municipales.

- Las escardas químicas deben ser aprobadas específicamente por los

Técnicos municipales, quienes tendrán que aprobar el tipo de herbicida, lugar de aplicación y dosis. En cualquier caso, se deberán utilizar productos no residuales.

El entrecavado consistirá en una labor de la tierra de cultivo con la

profundidad que marquen los Técnicos municipales. Como punto de partida, la periodicidad de los entrecavados será la siguiente:

- Árboles, arbustos, setos, herbáceas, alcorques y cubre-suelos que estén en terrizos o en praderas al menos 4 entrecavados al año, si así lo indican los Técnicos municipales, sin afectar en ningún caso al sistema radicular de los elementos vegetales.

- Macizos de flor: se realizará esta labor volteando la tierra, cada vez

que se repongan los macizos de flor.

La Empresa adjudicataria presentará en su oferta un programa teórico de control de malas hierbas y entrecavados, para las zonas verdes a que se refiere este contrato, donde se definan calendarios, medios, materiales y/o productos, formas de aplicación y dosis y teniendo en cuenta todas las técnicas y sistemas posibles (escardas manuales, químicas, utilización de acolchados, etc.).

Estas labores, los materiales y todos los medios necesarios, maquinaria, transportes, etc., para su ejecución estarán en todos los casos incluidos en la anualidad de conservación

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Artículo 67.4.- Mantenimiento y reposición de céspedes y praderas.

En este artículo, referiremos todos los trabajos a realizar en céspedes y praderas; deberá de diferenciarse, para cada tipo de superficie el tratamiento a emplear, en función del nivel de mantenimiento.

La Empresa adjudicataria presentará en su oferta un programa teórico de

labores de mantenimiento de céspedes y praderas de las zonas verdes a que se refiere este contrato. El programa teórico se completará y/o ajustará a partir de los resultados del inventario general y del estado actual de las superficies a que se refiere este capítulo.

El programa definirá el calendario teórico de cada una de las labores

descritas a continuación, la planificación de las zonas donde, a lo largo del contrato, se realizarán cada una de las labores y tipos y dosis de materiales a utilizar.

Las labores básicas a realizar serán: Riegos: Referidos en los capítulos correspondientes. Siegas: Se realizarán con la frecuencia precisa para que las plantas no alcancen una altura tal que estética o fisiológicamente supongan un perjuicio. Los Técnicos municipales podrán fijar las alturas máximas admisibles para cada tipo de césped o pradera, siendo en cualquier caso, el intervalo de alturas de 3 a 8 cm.

- La siega ha de ser realizada con un corte limpio, sin desgarros ni

tirones. Para esto será necesario un perfecto estado de mantenimiento de la maquinaria, sobre todo en cuanto al afilado de cuchillas se refiere.

- La siega y recogida de restos se harán con los sistemas de

mecanización adecuados. - En cualquier caso, los restos de siega se retirarán de forma

inmediata al corte no pudiendo quedar depositados en las praderas ni aún de forma eventual.

- La frecuencia de la siega estará en consonancia con la altura

máxima admisible y con el programa establecido. - Se evitarán los riegos en un periodo prudencial y anterior a las

siegas, procediendo a los mismos con posterioridad a aquéllas. - Se pondrá especial cuidado en no dañar, con la maquinaria, los

cuellos de árboles y arbustos en praderas.

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- Se utilizarán desbrozadoras de hilo para las zonas donde el acceso

de las segadoras no sea posible, así como en el entorno de elementos donde la maquinaria no pueda acercarse.

- No se autorizará el uso de sistemas de triturado de los restos de

corte.

Cuando se trate de cubiertas vegetales que no admiten la siega, se reducirá la altura mediante corte manual y/o mecánico, cuando lo indiquen los Técnicos municipales.

Perfilado de praderas: El perfilado de las praderas se realizará con los medios mecánicos y/o manuales que sean necesarios, en todo el perímetro de su superficie, cortando y perfilando los bordes, procurando eliminar los sistemas radiculares y retirando inmediatamente los restos. Esta labor se realizará con una periodicidad mínima de dos veces al mes, en los meses de abril a octubre (ambos inclusive) y una vez en el resto del año. Aireado y escarificado: Con el fin de permitir la aireación de la zona radicular y estimular el nuevo proceso de rizogénesis y emisión de brotes, de forma que se rejuvenezcan las matas, se realizará anualmente el aireado y/o escarificado en el 15% de la superficie del tapiz vegetal establecido con más de 3 años y de la capa de sustrato portadora, desde una profundidad mínima de 5 cm. y hasta 30 cm. como máximo, de acuerdo con los criterios de los Técnicos municipales. Para ello deben ser utilizados los medios mecánicos específicos destinados para tales propósitos, como máquinas de perforación con cilindros, extractores de sustratos y/o rulo de púas. Los restos producidos por esta labor serán retirados de inmediato. Esta operación se realizará inmediatamente después de una siega y anterior a una enmienda. En todos los casos de aireado y/o escarificado y si así lo indican los Técnicos municipales, se hará una resiembra con la mezcla que marque la dirección técnica y su cubresiembra correspondiente. Se acotarán y señalizarán las zonas sembradas con todos los medios que sean necesarios para su protección. Recuperación de praderas: La siembra de calvas y zonas deterioradas se realizará anualmente en aquellas praderas que no exijan una renovación completa. Esta labor comprenderá el levantamiento parcial o total de la zona dañada, la recuperación de la cota con aporte de sustrato, la preparación del terreno, la siembra, el tratamiento fitosanitario si fuese necesario y todos los trabajos que marque la dirección técnica. Si así se indica, se acotarán y señalizarán las zonas sembradas con todos los medios que sean necesarios para su protección. La densidad de siembra estará en

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función de la especie o mezcla propuesta por los Técnicos municipales. Estas siembras no estarán incluidas en el 15% de renovación de praderas. Abonados y enmiendas: Como mínimo se deberán realizar, con las dosis y formulación especificadas en el programa de abonados y enmiendas, las siguientes:

- Aporte de materia orgánica anual para mejorar las condiciones

físicas y químicas del suelo. - Abonado químico específico anual para la restitución del material

extraído.

- Enmiendas inorgánicas para mejorar la aireación, evitar la compactación y mejorar las condiciones físicas del suelo.

Renovación de praderas: El adjudicatario podrá presentar como mejora la renovación anual de un 15% de la superficie de césped y praderas de las zonas verdes objeto del contrato, de acuerdo con el criterio de la dirección técnica. Esta renovación se realizará anualmente, a principios de primavera y/o al principio del otoño. Los Servicios Técnicos municipales establecerán las prioridades y las zonas de actuación donde se realizará esta actuación. La realización de estos trabajos consistirá en:

- Levantado de la pradera actual, utilizando para ello la maquinaria y

los medios adecuados de acuerdo con la dirección técnica. - Laboreo del terreno en una profundidad de 10-15 cm donde sea posible y no lo impidan los sistemas radiculares de los árboles.

- Recebado con sustrato específico (humus de lombriz), según

indicaciones de los Técnicos municipales, realizando la aportación de sustratos y tierras vegetales que sea necesaria.

- Siembra con la semilla indicada, abonos y cubresiembras

necesarios, que indique la dirección técnica. - Se realizará un riego inmediato a la siembra y todas las labores y

controles que indiquen los Técnicos municipales hasta su establecimiento completo.

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- Si así lo indicaran los Técnicos municipales, se acotarán y señalizarán las zonas sembradas con todos los medios que sean necesarios para su protección.

En caso de ser presentado como mejora, será por cuenta del adjudicatario

todos los suministros necesarios para realizar estas labores (abono, semilla, sustrato específico, cubresiembras, etc.), si bien los mismos deberán ser aprobados previamente por el Técnico municipal competente.

Si por cualquier causa la siembra de las praderas se retrasase, la Empresa

adjudicataria seguirá realizando los riegos que marquen los Técnicos municipales, así como las labores que sean necesarias a los árboles y arbustos que estén situados en la zona donde se retrase la siembra.

Si los Técnicos municipales así lo estimaran oportuno, se podrá sustituir la

renovación de superficie de praderas por otro tipo de plantación, ya sea de tapizantes, subarbustos, arbustos o cualquier otro tipo de planta en la zona del jardín que lo precise, a definir por los mismos, utilizando la base de precios PARJAP en vigor, como base de la conversión del valor de dicho cambio. En el caso de existir la necesidad de suministro de algún elemento vegetal no contemplado en la base de precios PARJAP en vigor, se procederá a confeccionar el correspondiente precio contradictorio, de conformidad con el adjudicatario.

Artículo 67.5.- Mantenimiento de arbolado, arbustos y podas.

En este artículo se incluyen todas las labores específicas que deben realizarse en el arbolado y los arbustos, tanto de los existentes en las zonas verdes como los existentes en las calles, alineación, plazas, etc. La gestión de esta parte del mantenimiento será básica.

La Empresa adjudicataria deberá presentar, en el plazo de tres meses a

partir de la adjudicación, un inventario de estos elementos. Todos los trabajos que se realicen deberán ir encaminados a mejorar sus condiciones y su belleza y a la renovación de los árboles y arbustos que por trabajos culturales mal realizados o por su propia decrepitud deban ser sustituidos.

Esta sustitución deberá ser programada y continua y con unas

características, tanto en las especies como en la calidad de la planta, que estén en consonancia con la zona verde en la que se ubican. Las podas serán uno de los capítulos más importante del programa de gestión.

Las labores de poda quedarán supeditadas a lo que marquen, en cada caso,

y para cada especie, lugar y circunstancia, los Técnicos municipales competentes, estableciéndose incluso terciados para reducir las copas por generar molestias y/o suciedad en propiedades privadas.

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La Empresa adjudicataria deberá disponer de la maquinaria necesaria para realizar podas en altura: plataformas, grúas, camiones... Asimismo dispondrá de equipos especialistas en técnicas de "poda de trepa" para aquellos árboles donde el acceso de las plataformas no sea posible y se utilizarán técnicas mixtas para posibilitar el acceso del podador a todos los puntos del árbol.

Las podas de limpieza y mantenimiento se realizarán siempre que sea

necesario durante todo el año, por lo que la Empresa adjudicataria mantendrá un equipo de poda con todos los medios que sean necesarios para esta actuación.

Todos los restos procedentes de cualquier tipo de poda serán retirados por

cuenta del adjudicatario al lugar y de la manera que indiquen los Técnicos municipales, ya sea mediante su vertido en la Planta de Tratamiento de Residuos Vegetales o quema se cuentan con las autorizaciones oportunas.

Todos los medios técnicos, maquinaria, transportes o materiales necesarios

para la realización de estas labores estarán incluidos dentro de la anualidad de conservación.

1. Arbolado: Las labores de conservación del arbolado se llevarán a cabo, como en los demás casos, de acuerdo con un programa de gestión específica realizado por la Empresa adjudicataria. Este programa se confeccionará con los datos y conclusiones (análisis de su estado) obtenidos de los inventarios iniciales que se realicen, que, a su vez, deberá ser aprobado por los Técnicos municipales. El programa de gestión de árboles, deberá contener las siguientes labores:

- Riego: además de lo referido en el capítulo general de riego será necesario el riego a pie de los árboles situados en terrizos, al menos 2 veces al mes en los meses de junio, julio y agosto. La formación de alcorques en los árboles situados en terrizos se realizará tantas veces como sea necesario, para el buen funcionamiento de los riegos a pie. Se controlarán de forma especial los derrames de agua para que no se produzcan escorrentías o gastos innecesarios.

- Entrecavados y escardas: Como se ha referido en el capítulo

correspondiente este tipo de labores deberá realizarse con la frecuencia y características reseñadas, aunque deberán indicarse también en el programa específico de este capítulo. En estos trabajos nunca se deberá afectar a los sistemas radiculares.

- Abonados y enmiendas: Para este tipo de labor se seguirá el programa de abonados y enmiendas solicitado en el artículo correspondiente. Como mínimo se deberán realizar, con las dosis

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que sean necesarias según la analítica realizada y la formulación más adecuada, los siguientes:

- Aporte de enmienda orgánica anual para mejorar las

condiciones físicas y químicas del suelo en árboles situados en tierra y terrizos, que se realizará a la vez que una de las entrecavas.

- Si es necesario y si así lo indica la dirección técnica y en

casos de necesidad se realizarán trabajos de descompactación de suelo acompañados de inyecciones de material inerte en zonas terrizas donde esta compactación esté provocando la muerte de los árboles.

-Poda: Los trabajos de poda serán el capítulo más importante en el

programa de gestión de arbolado. Basándose en el inventario, en la recogida de datos dendrometritos y en el estado de los árboles, el adjudicatario deberá realizar un programa de podas. Este programa irá encaminado a cubrir los siguientes objetivos:

- Conseguir un desarrollo adecuado de los elementos a podar,

manteniendo y mejorando su salud y estructura. - Adecuar cada especie vegetal a las necesidades de uso del

espacio donde se desarrolla. - Realizar todos los trabajos de poda que sean necesarios para

controlar la seguridad de los ciudadanos. - Formar correctamente los árboles, reformar aquellos que estén

mal formados y/o reequilibrar las copas descompensadas. - Eliminar las ramas secas. -Eliminar las ramas y follaje afectado por plagas y

enfermedades.

Deberá asimismo eliminarse el peligro de caída mediante las actuaciones preventivas correspondientes, basadas en la supresión de elementos muertos, podas, tratamientos fitosanitarios y/o cualquier otro sistema de sujeción o apoyo (cableados, pies derechos, tutores, anclajes, etc.). Los materiales y todas las labores y medios mecánicos necesarios para estos trabajos serán por cuenta del adjudicatario, excepto en los materiales que por sus características sean excepcionales, que se abonarán a través de valoración de obra, suministro o servicio.

Los daños producidos por el arbolado, por causas naturales o por la incorrecta realización de las labores, serán por cuenta del adjudicatario.

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-Características generales de las podas:

La Empresa adjudicataria, para mantener la salud y buen aspecto del árbol podará:

- En primer lugar las ramas enfermas, estropeadas o secas. - La eliminación de ramas vivas y sanas sólo se justificará para

aclarar la copa, permitiendo la entrada de luz y aire cuando sea muy densa y para dar buena forma al árbol, eliminando las ramas cruzadas o mal dirigidas.

- Se evitarán las podas drásticas ya que reducen seriamente la superficie foliar potencial, pudiendo debilitar el árbol y hacerlo más susceptible a las infecciones.

- La Empresa adjudicataria efectuará correctamente los cortes. Se procurarán cortes oblicuos en la realización de la poda para favorecer así la cicatrización, usando herramientas bien afiladas.

- La Empresa adjudicataria efectuará la poda de los árboles para evitar interferencias con los cables eléctricos y telefónicos, semáforos y señales viarias, con el tráfico rodado, viviendas, así como para impedir la caída espontánea de ramas. La realización de estos trabajos se llevará a cabo en coordinación con las Empresas competentes en los servicios afectados, de manera que se garantice, en todo momento, la seguridad de dichos trabajos.

- En el caso de que la Empresa adjudicataria deba eliminar ramas grandes, extremarán las precauciones para evitar que el peso de la rama desgaje una larga tira de corteza por debajo de ella.

- Se eliminarán los muñones. - Quedará a criterio del Técnico municipal la aplicación de un producto cicatrizante en el perímetro de la herida.

Todas las podas que se realicen irán encaminadas al respeto de la forma natural de los árboles y a corregir los problemas de podas mal realizadas, excepto en los ejemplares que por su situación o sus características especificas necesiten otro tipo de poda que definirán los Técnicos municipales.

-Apeos: El apeo de arbolado puede estar ocasionado por tres

circunstancias diferentes:

- Árboles secos: La Empresa adjudicataria deberá detectar el arbolado seco de las zonas verdes, procediendo a su apeo inmediato tras realizar fotografía e incluyendo la baja producida en el inventario del arbolado.

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- Árboles peligrosos: Se prestará especial atención al estado estructural que presenten los árboles, remitiendo al Técnico municipal competente informe de su situación, en caso de peligro, y procediendo al apeo con carácter urgente cuando se reciba la autorización o bien de forma inmediata si el caso lo requiere y así lo indican los Técnicos municipales. Así mismo, la empresa tendrá la obligación de fotografiar cada uno de los árboles que se apeen, dándolos de baja en el inventario.

- Árboles próximos a viviendas, que generen daños a servicios y bienes privados: En caso de peticiones de usuarios en los que se soliciten actuaciones por incumplir el código civil o la ordenanza respecto a heredades, o en el caso de generar daños a redes de servicios.

Los apeos de árboles que se realicen, estarán incluidos en la anualidad de conservación, tanto la mano de obra como los medios auxiliares y maquinaria, incluso la extracción de los tocones. En todos los casos se tomarán las medidas oportunas para que al actuar no se afecte al resto de los árboles, arbustos o elementos del entorno. La gestión de los residuos de apeos y destoconado, serán por cuenta el adjudicatario, tratándose en la Planta de Tratamiento de Residuos Vegetales de Villanueva de la Cañada o la quema siempre que se cuente con las autorizaciones administrativas oportunas.

Los árboles que por cualquier razón se caigan, deberán tratarse a todos los efectos como árboles apeados, debiéndose incluir la baja en el inventario y su foto correspondiente, así como los daños que puedan haber producido en otros elementos. La empresa deberá avisar de manera inmediata a los Técnicos municipales cuando se produzcan estas incidencias, incluirlas en los datos de gestión del árbol y realizar un informe de las posibles causas.

Los trabajos de apeo comprenderán:

- Apeo del árbol. - Retirada de todo el material vegetal. -Extracción del tocón si así lo indicaran los Técnicos municipales. - Rebaje del tocón si no fuera posible su extracción. -Reparación de la zona dañada incluso de las infraestructuras y

servicios.

Si en el momento de iniciarse el contrato existieran tocones que puedan ser extraídos, sin daño para otras especies, y se procederá por el adjudicatario a realizar todos los trabajos de extracción, maquinaria, retirada de las troncas y trabajos de reparación de la zona, correrán a cargo de la

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anualidad de conservación. Si la retirada del tocón no pudiera realizarse correrá a cargo del adjudicatario rebajar éste. 2. Arbustos Las labores de conservación de los arbustos se llevarán a cabo, como en los demás casos, de acuerdo con el programa de gestión específica realizado por la Empresa adjudicataria y que aprobarán los Técnicos municipales. Este programa se confeccionará con los datos y conclusiones obtenidas de los inventarios iniciales que se realicen, que a su vez, deberá ser aprobado por los Técnicos municipales. El programa de gestión de arbustos deberá contener las siguientes labores:

- Riego: Además de lo referido en el artículo general de riego será necesaria la formación de alcorques para el buen funcionamiento de los riegos a pie, controlando los derrames de agua que puedan producir escorrentías o gastos innecesarios. Los riegos a pie de arbustos y formaciones vegetales cumplirán las normas establecidas en las generalidades del capítulo de riegos.

- Entrecavados y escardas: Deberán realizarse con la frecuencia y

características reseñadas en el artículo correspondiente.

- Abonados y enmiendas: Para este tipo de labor se seguirá el programa de abonados y enmiendas solicitado en el artículo correspondiente.

- Aporte de enmienda orgánica anual para mejorar las condiciones

físicas y químicas del suelo en los alcorques de arbustos y setos que determinen los Técnicos municipales y que se realizará a la vez que una de las labores de entrecava.

- Abonado químico específico en los arbustos y macizos que los

Técnicos municipales estimen necesario.

- Poda: Basándose en el inventario y en el estado de los arbustos y de las formaciones vegetales, el adjudicatario deberá realizar un programa anual de podas.

Para la realización de este programa la Empresa adjudicataria tendrá en cuenta que un buen número de arbustos se desarrollan de forma natural, sin ninguna dificultad y no hay que podarlos regularmente. En cambio otras especies deben ser podadas a intervalos más o menos regulares.

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Se efectuarán las podas de la forma y en la época adecuada para la mejor formación y vegetación de las plantas, teniendo en cuenta que no siempre será necesaria la realización de algún tipo de poda, sobre todo en especies perennifolias. Con carácter general:

- Se eliminaran los tallos secos, mal dirigidos o conformados, los

que sean portadores de plagas y/o enfermedades graves, los que presenten precario estado y los que nazcan por debajo del injerto.

- Se aclararán los arbustos, ante una vegetación enmarañada que

impida la penetración del aire y de la luz en su interior. - Con la realización de la poda se deberá conseguir el máximo

nivel estético posible y en el caso de arbustos de crecimiento libre, mantener la estructura habitual de la especie.

- Se mantendrá la forma, porte, volumen y uso elegido. - Se harán cortes limpios, usando herramientas bien afiladas. - Se formarán los arbustos en sus primeros estadios desde el

momento de su plantación. - Dentro de los arbustos caducos interesantes por su flor se tendrá

en cuenta el comportamiento de las yemas que dan flor y la época de su apertura para evitar cortar las ramas floríferas al realizar la poda, reflejando esta característica en el programa de gestión. Para cada tipo de arbusto la poda se realizará de manera diferente y en distintas épocas.

- La poda irá encaminada a favorecer la floración. - Las flores marchitas deben ser eliminadas por razones estéticas

y fisiológicas, salvo en el caso de arbustos ornamentales por su fruto.

- En las podas de trasplante se equilibrará la parte aérea y radicular en la época de reposo vegetativo.

En las podas de formaciones vegetales, masas, setos y trepadoras, el adjudicatario mantendrá el actual trazado de los setos o de cualquier otra estructura de los elementos vegetales que exista. Cualquier modificación que se plantee deberá ser previamente aprobada por los Servicios Técnicos municipales.

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La poda de estos elementos seguirá las normas generales para la poda de los arbustos. En el caso de arbustos aislados y formaciones vegetales de arbustos de crecimiento dirigido, se llevarán a cabo podas de recorte que se basan en la realización sistemática y periódica de despuntes y/o pinzados durante el periodo de actividad vegetativa, aplicándolos en:

- Ejemplares aislados en los que se pueden obtener formas

geométricas artificiales o formas escultóricas (topiaria). - Composiciones como setos, cerramientos o borduras. - Masas de arbustos.

Los despuntes y/o pinzados se realizarán las veces y de la forma que se establezca en los programas de gestión de los arbustos y dependerá, principalmente, de la especie y sus características de desarrollo. La periodicidad, número y época en que se realicen estos despuntes y/o pinzados tendrá en cuenta:

- La adaptación de la especie a estos trabajos de poda y su

respuesta. - La época de floración, si ésta es su característica. - La estética del elemento, evitando los crecimientos que

desvirtúen su forma. - La periodicidad y el número de estas podas dependerán del

desarrollo que la planta tenga cada año y sus características fenológicas.

- La climatología. - El mantenimiento de sus medidas geométricas.

Las labores de poda se realizarán con los medios mecánicos o manuales (tijeras, cuerdas, etc.) más adecuados a cada situación o en su caso, lo que marquen los Técnicos municipales. Todos los restos procedentes de cualquier tipo de poda serán retirados por cuenta del adjudicatario al lugar y de la manera que indiquen los Técnicos municipales. Corriendo con los gastos de gestión el adjudicatario.

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3. Plantas herbáceas: Esta actuación será realizada en caso de presentarse como mejora, así as plantas herbáceas de flor, no ornamentales por su fruto, se les suprimirá la flor seca y se realizarán todas las labores indicadas para los arbustos. En los anexos, se adjunta listado de zonas donde se plantarán las plantas herbáceas.

Artículo 67.6.- Plantaciones y reposiciones de arbolado y plantaciones y reposición de árboles, arbustos y herbáceas. Y transplantes.

Estas labores consistirán en la plantación de las especies vegetales, árboles, arbustos, herbáceas anuales y perennes y la sustitución de las que hubieran perdido o mermado considerablemente sus características ornamentales o bien que su precario estado haga prever tal situación para un futuro próximo. Siempre que se haya presentado como mejora por el adjudicatario.

Las labores de plantación se realizarán siguiendo las siguientes normas: Planta: Se utilizarán plantas de calidad certificada, de la especie, variedad y tamaño que indiquen los Técnicos municipales. Las plantas no podrán mostrar defectos causados por enfermedades, plagas o fisiopatías que reduzcan el valor o la calificación para su uso. Serán plantas sanas y bien formadas, según el hábito de crecimiento de la especie o variedad. El sustrato de las plantas, tanto si se trata de contenedor o cepellón, estará libre de malas hierbas y constará en su composición de los materiales y niveles edáficos (materia orgánica, pH, salinidad, humedad, etc...) óptimos para su desarrollo. En el caso de suministro a raíz desnuda, se podrá realizar dentro de la época adecuada y previa autorización de los Servicios Técnicos municipales. Las raíces deberán presentar unas dimensiones adecuadas al tamaño de la planta, sin presencia de roturas o heridas de importancia y deberán protegerse de daños mecánicos y de deshidratación desde su arranque hasta el momento de su plantación. Las plantas trepadoras estarán provistas del tutor adecuado, las fijaciones no provocaran heridas ni estrangulaciones. En caso necesario, deberán suministrarse previa comprobación del pasaporte fitosanitario correspondiente.

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Época de plantación: El periodo de plantación más favorable es aquel en que el material vegetal está en parada vegetativa. En cualquier caso, no se actuará nunca en periodo de heladas, fuertes vientos, lluvia, nieve y/o temperaturas excesivamente altas. Si por indicación de los Técnicos municipales fuese necesario plantar en épocas no favorables, se realizarán los tratamientos complementarios necesarios (riegos, protecciones, reguladores de la evaporación, etc.), para evitar, en la medida de lo posible, que peligre la nueva plantación. Plantación: Se llevará a cabo teniendo en cuenta las premisas que se detallan a continuación:

- Replanteo de los elementos vegetales. - Apertura de hoyos con las dimensiones necesarias, según la especie y

tamaño del vegetal. - Se suministrarán y realizarán los aportes que indiquen los Técnicos

municipales en el área de plantación. Asimismo, en cuanto a la renovación y sustitución del sustrato primitivo se refiere, partiremos de los siguientes mínimos:

- En arbolado supondrá un volumen mínimo de 1 m3/ud.

- En macizos de flor y herbáceas, una profundidad sobre la "línea

de drenaje" de 30 cm. - En arbustos será de 60 cm de profundidad. - Se prestará especial atención a la posición de la planta en el

hoyo de plantación, con respecto al cuello y a su verticalidad. -Se realizarán los riegos que sean necesarios, inmediatamente

después de la plantación. - Los riegos se mantendrán con la frecuencia que indiquen los

Técnicos municipales y/o hasta que se compruebe la viabilidad de la planta con el riego habitual.

- Se colocarán los tutores o las protecciones que indique el

Técnico municipal para el buen desarrollo de la plantación.

Se evitará la acumulación del material vegetal en los parques y jardines transportando al lugar de plantación, únicamente, el que pueda plantarse en el día. En el caso que esto no fuera posible, se habilitará una zona de

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acopio, preparada con textura arenosa para su depósito y con los medios y elementos necesarios para proteger la planta de la insolación. Abonados y enmiendas: Se realizarán los abonados que se especifiquen en le programa de abonados y enmiendas. Podremos distinguir tres tipos diferentes de actuaciones en cuanto a esta labor de plantación se refiere:

- Las reposiciones

- Las nuevas plantaciones

- Trasplantes.

Labores de reposición y nuevas plantaciones: Para la realización de estos trabajos partiremos del inventario de especies vegetales: árboles, arbustos y plantas herbáceas. En este inventario inicial se incluirán todos los elementos que deban ser repuestos, ya sea por:

- Estado precario y/o por que hayan perdido o mermado considerablemente sus características ornamentales.

- Su estado haga prever esta situación. - Elementos muertos y desaparecidos: tocones y marras.

La Empresa adjudicataria, junto con los Técnicos municipales, confeccionará, teniendo como base los inventarios, los análisis realizados para el mantenimiento de las especies vegetales y los datos de los que se disponga relativos a las zonas verdes, un programa de reposiciones y nuevas plantaciones a ejecutar en cada uno de los años de vigencia del contrato. En septiembre de cada año se añadirán al programa de reposiciones y plantaciones todos los elementos vegetales que sea necesario reponer en ese año y que no estén incluidos en el programa inicial, así como las nuevas plantaciones que los Técnicos municipales requieran. Los Técnicos municipales señalarán, en cualquier caso, la época, calidad de la planta y tiempo en que deban realizarse estas labores. De cualquier forma se evitarán los días de heladas y los de temperaturas altas y en cualquier caso, las reposiciones serán realizadas bajo la supervisión de los Técnicos municipales.

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Desde el comienzo de la licitación deberán realizarse las reposiciones necesarias, sin que el estado de la zona verde o la falta de recogida de todos los datos del programa de gestión, al inicio del contrato, justifique la no realización de estas plantaciones y/o reposiciones. Las labores de plantación, en cualquier tipo de reposición o nueva plantación, serán a cargo del adjudicatario en su totalidad, tanto en la mano de obra como en la maquinaria, medios y transporte que sean necesarios, quedando incluidas en la anualidad de conservación. Cuando las reposiciones se deban realizar por la muerte o el precario estado de las plantas, a causa de defectos en el mantenimiento, el suministro de las plantas será por cuenta del adjudicatario en su totalidad, en la calidad y modo que indiquen los Técnicos municipales. Dentro de los defectos de mantenimiento que pueden producir anomalías en las especies vegetales podemos destacar:

- Anomalías en los riegos por carencia, deficiencias, retrasos,

dotación inadecuada, aplicación incorrecta o cuando por roturas en la instalación, no se pongan a disposición del servicio otras instalaciones o sistemas de riego.

- Anomalías en los tratamientos sanitarios por carencia, deficiencia,

retrasos o aplicaciones inadecuadas e incorrectas. - Por marras producidas en las reposiciones, en plantaciones

efectuadas por el adjudicatario o por defecto de plantación y por incumplimiento de las labores establecidas en este pliego.

De no darse tales circunstancias, el Ayuntamiento suministrará o abonará los elementos vegetales necesarios, de acuerdo con la valoración de la base de precios PARJAP en vigor. En el caso de existir la necesidad de suministro de algún elemento vegetal no contemplado en esta base de precios, se procederá a confeccionar el correspondiente precio contradictorio, de conformidad con el adjudicatario. La certificación de estos gastos de suministro se realizará dentro de la conservación por valoración de obra, suministro o prestación de servicio. Árboles: Se respetarán las especies existentes, excepto en aquellos casos justificados y que marque la Dirección Técnica, en que se considere necesario un cambio. Las operaciones de reposición y plantación de arbolado implicarán un replanteo previo de las especies elegidas por los Técnicos municipales. Se realizarán las labores de plantación según se indica al comienzo de este apartado, destacando que:

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- Las dimensiones mínimas para los hoyos de plantación para árboles

serán 2 veces el diámetro de las raíces o pan de tierra en sentido horizontal y 1,5 veces su profundidad en sentido vertical, no obstante

lo anterior al menos supondrán un volumen de 1 m3.En los casos que

los Técnicos municipales así lo indiquen, se dispondrá en el arbolado el acolchado y los sistemas de protección o entutorado individual que sean necesarios. El suministro de los materiales se abonarán con cargo a la conservación por valoración de obra, suministro o prestación de servicio.

- Se realizarán todos los riegos que sean necesarios para el

mantenimiento de la nueva plantación; si fuera necesario y así lo indicaran los Técnicos municipales, hasta uno diario.

- En caso de que los alcorques presenten problemas de

encharcamiento, se procederá a efectuar, previamente a la plantación, el correcto drenaje de los mismos con la instalación de una capa drenante de, al menos, 25 cm. de espesor.

Arbustos: Comprende la reposición y plantación de arbustos de la misma especie u otra con las características y calidad adecuadas, a criterio de los Técnicos municipales. Se incluye en esta operación la eliminación de arbustos en malas condiciones o muertos, suprimiendo toda la parte aérea y radicular y la reposición de las marras existentes de arbustos aislados y en masas. En los setos consolidados se repondrá el número de pies suficiente para que la reposición de la marra prospere. La preparación del terreno y labores de plantación se realizarán según lo especificado en este apartado, señalando que:

- Las dimensiones mínimas del hoyo de plantación, para arbustos,

serán de 30 cm de profundidad y, en cualquier caso, más ancho y más profundo que el diámetro de las raíces o pan de tierra. Será necesario remover toda el área de plantación que indiquen los Técnicos municipales en una profundidad mínima de 60 cm.

- Tras la plantación se dejará el terreno dispuesto para el riego de

asiento y/o plantación. - Se realizarán todos los riegos con la frecuencia que marquen los

Técnicos municipales y, si así se indica, un riego diario hasta que la planta soporte el riego habitual.

- En los casos que los Técnicos municipales así lo indiquen, se

dispondrán los acolchados y sistemas de protección que sean

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necesarios. El suministro de los materiales y su colocación serán por cuenta del adjudicatario.

Plantas herbáceas de flor: Comprende la plantación de plantas de flor de la especie y calidad determinadas por los Técnicos municipales, con el marco y sistema de plantación que se determine para cada especie, con un mínimo que se relaciona en el siguiente cuadro:

PRESENTACIÓN Nº DE PLANTAS POR

m2

Contenedor del 12/13 16-20

Maceta del 11 20-25 Bandeja de 28 25-30 Bandeja de 40 30

El suministro y plantación de las herbáceas de flor anuales y bianuales será por cuenta del adjudicatario, siempre que sea presentado como mejora, previa presentación de una muestra al técnico responsable, quién aceptará o rechazará la misma. Las zonas de plantación de herbáceas de flor anuales y bianuales podrán ser variadas y/o aumentadas en su superficie y en su número, si así lo indican los Técnicos municipales. Significando, que en los anexos, se adjunta listado de zonas a suministrar flor de temporada y unidades. Las zonas de plantación de herbáceas de flor podrán ser variadas y/o aumentadas en su superficie y en su número, si así lo indican los Técnicos municipales. En estos casos de plantas perennes, las labores y reposiciones que estas variaciones produzcan estarán dentro de la anualidad de mantenimiento. Se realizarán todas las labores que se indican en este pliego en cuanto a la plantación se refiere, siguiendo las siguientes particularidades:

- Eliminación y retirada de las plantas existentes. - Preparación del terreno con un volteo de, como mínimo, 40 cm. - Aporte anual de la enmienda orgánica y/o inorgánica - Abonado químico por cada plantación.

En el caso de presentarse como mejora, la plantación se efectuará como mínimo dos veces al año.

Trasplantes: Será necesario para cualquier trabajo de transplante un estudio previo de su viabilidad que debe realizar y presentar el

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adjudicatario, en cuanto a la especie, situación y hábitat, suelo y espacio que ocupa, servicios afectados, así como las condiciones de su lugar de destino, según las normas que indiquen los Técnicos municipales. Con los datos recogidos y analizados se resolverá la posibilidad del transplante, su viabilidad y la época más adecuada, procediendo a su realización, que estará tanto en medios materiales, maquinaria y mano de obra dentro de los trabajos de mantenimiento del adjudicatario. Las labores de transplante comprenderán:

- Trabajos previos a la operación:

- Replanteo de destino, preparación de accesos y del lugar de plantación.

- Preparación del ejemplar a trasplantar: riegos, podas, tratamientos

antitraspirantes, ...

- Trabajos de formación del cepellón:

- Preparación de cepellones manuales. Se trazará una corona circular a una distancia aproximada de la proyección de la copa, realizando ésta en dos o tres fases a lo largo de 2 años, si fuera posible, rellenando las zanjas con un sustrato adecuado. Si esta labor debe realizarse de una sola vez, se procurará que sea en la época de reposo; se tomarán todas las precauciones que sean posibles para evitar el desmoronamiento del pan de raíces permaneciendo éste hidratado en todo momento, los cortes de las raíces principales serán limpios protegiendo el cepellón con una tela de material biodegradable.

- Maquinas encepellonadoras. Si fuera posible se utilizará este tipo de

maquinaria que realizará el cepellón de una sola vez.

- Trabajos de poda:

- Los trabajos de poda irán encaminados a la reducción del número de yemas y del volumen de las ramas que forman la copa evitando en todo lo posible la eliminación de las yemas terminales de la estructura principal de la planta que controlan no solo las brotaciones posteriores, sino también la formación de raíces.

- Trabajos de trasplante:

- Si el cepellón se ha realizado manualmente, se procederá a la protección del pan de raíces con el material que indiquen los Técnicos municipales.

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- Para la carga y el transporte al lugar definitivo se tomarán todas las precauciones que sean necesarias para evitar daños al ejemplar en la copa, tronco y cepellón.

- Se realizará la apertura del hoyo de plantación antes de realizar el

trasplante de manera que la plantación sea inmediata, tomando todas las medidas establecidas para una nueva plantación.

- Trabajos de plantación:

- Se tomarán todas las medidas establecidas en el apartado de nuevas

plantaciones.

- Se tendrá especial cuidad de plantar los ejemplares con la orientación que tenían en origen para evitar soleados de los troncos y si se procederá al vendado de estos si así lo indicaran los Técnicos municipales.

- Para la descarga y plantación se tomarán todas las medidas y

precauciones que sean necesarias para evitar daños en el cepellón, tronco y copa.

- Se realizarán los entutorados y se situarán las protecciones que sean

necesarias para mantener la estabilidad del ejemplar trasplantado y su protección.

- Se realizarán un riego inmediato al trasplante con las precauciones

que sean necesarias para mantener la estabilidad y verticalidad del ejemplar trasplantado.

- Mantenimiento post-trasplante:

- Se realizarán los riegos que sean necesarios con la periodicidad que

se establezca y si es necesario uno diario, hasta el momento en que se verifique por parte de los Técnicos municipales el establecimiento de la planta.

- Se repasarán todas las veces que sea necesario la verticalidad de la

planta así como se realizarán las podas de limpieza de ramas muertas o de crecimiento deficiente (chupones, rebrotes de raíz, etc.) que se produzcan como resultado del trasplante.

- Si es necesario y en la siguiente brotación se realizarán las podas de

formación que sea necesario para la recuperación de la copa.

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Todos los trasplantes se realizarán bajo las indicaciones de los Técnicos municipales y en cada caso se preparará un protocolo particular para su realización que será asumido por la anualidad de conservación excepto en lo que se refiere a maquinaria específica, encepellonadoras y/o medios extraordinarios que se abonarán por valoración de obra, suministro o servicio.

Artículo 67.7. Labores en zonas verdes forestales.

En cuanto a las zonas verdes de carácter forestal (repoblación de 48 hectáreas en la Dehesa de Marí-Martín y el Parque Natural), ya sean consolidadas o no, se realizarán las siguientes labores:

- Tratamientos silvícolas de vuelo que comprende podas

(conformación, revitalización, terapéutica, etc.), limpieza de ramas secas, resubidos, cortas de policía (pies secos), aclareos y claras con selección de pies dominados y regulación de la densidad de vegetación.

- Tratamiento de las heridas de corte y extracción de tocones de

árboles talados y tratamiento químico del suelo en caso de enfermedades en sistema radicular, con productos y dosis que marcarán los Técnicos municipales.

- Apertura de cortafuegos con anchuras variables entre 3 y 15 m.,

colocación de zanjas drenantes para evacuación de aguas subterráneas y otros para delimitación de zonas afectadas por enfermedades localizadas en el sistema radicular de las plantas.

- Siega de pastos, un mínimo de dos veces al año, pudiéndose realizar

en mayor número en función de las condiciones climatológicas del año y siempre a juicio de los Técnicos municipales, siendo una de ellas antes de que se agosten a la llegada del verano.

- Las masas arbustivas y matorrales recibirán el tratamiento más

oportuno, según lo demanden las circunstancias: eliminación de ramas secas o enfermas, entresaca, regulación de la masa en porte y anchura, etc.

- Limpieza como se contempla en el apartado correspondiente a zonas

ajardinadas. - Tratamientos fitosanitarios contra plagas y enfermedades así como el

abonado foliar cuando los Técnicos municipales lo estimen oportuno, siguiéndose en general las mismas normas que para las zonas ajardinadas. En este apartado, es de gran relevancia el

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tratamiento contra la procesionaria, teniendo que hacer tratamiento en octubre sobre el mismo.

67.8. Sanidad vegetal.

El programa de gestión de la sanidad vegetal no sólo tendrá en cuenta los tratamientos fitosanitarios sino todos los trabajos, controles y análisis que nos acerquen al equilibrio de la sanidad de los elementos vegetales, teniendo en cuenta todos los instrumentos que estén a nuestro alcance para ese fin. Todos los trabajos de mantenimiento antes referidos son fundamentales para conseguir dicho equilibrio. Su buena ejecución será fundamental para evitar la debilidad de las especies vegetales y, por tanto, la progresión de enfermedades y plagas.

El adjudicatario quedará obligado a realizar con sus propios medios los

estudios y análisis necesarios y, en las fechas oportunas, la vigilancia, el control y los tratamientos preventivos y/o curativos necesarios, para impedir la iniciación o propagación de cualquier enfermedad y/o plaga que pudiera aparecer en las zonas verdes, así como los tratamientos y controles encaminados a combatir en su totalidad la enfermedad y/o plaga, una vez desarrollada.

Junto con los inventarios iniciales, la Empresa adjudicataria deberá presentar

un programa específico de sanidad vegetal, que constará de:

- Confección de una ficha para cada especie vegetal o grupo, con todas las incidencias, plagas y enfermedades más comunes que las afecten, indicando los tratamientos preventivos y curativos más adecuados y las épocas de aplicación.

- Controles y análisis periódicos que sean necesarios de acuerdo con la

información recogida. - Confección de un programa de tratamientos preventivos y curativos de las plagas y enfermedades endémicas y de las que, aunque no se consideren endémicas, son habituales, de las especies existentes en las zonas verdes, con las épocas y condiciones climatológicas que deben vigilarse.

Durante la realización de este programa, la empresa no queda eximida de

efectuar los tratamientos fitosanitarios necesarios. La Empresa adjudicataria deberá disponer de los sistemas de información

técnica adecuada y acreditada y realizar el control de la sanidad vegetal y todos los tratamientos que sean necesarios, preventivos o curativos, así como las labores complementarias que sean necesarias para mejorar la sanidad vegetal de las especies. Para ello la Empresa adjudicataria pondrá a disposición los medios que sean necesarios para cumplir los siguientes objetivos.

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- Detección y control de los momentos óptimos de los tratamientos preventivos y de su reiteración.

- Detección de los factores climáticos que puedan afectar al desarrollo de

las enfermedades y plagas. - Detección de cualquier anomalía en el suelo y en el estado sanitario de las

especies vegetales que pueda producir debilidad y, por tanto, enfermedades y plagas.

- Corrección de estas circunstancias con las labores que sean necesarias. - Realización de los análisis necesarios para poder diagnosticar las posibles

enfermedades, plagas o carencias. - Estudio y propuesta de los tratamientos y labores adecuadas, detallando:

- Momento óptimo de las aplicaciones, de acuerdo con los ciclos y los

estados fenológicos. - Periodicidad del tratamiento. - Método. - Fórmula. - Dosificación del producto a emplear. - Realización del tratamiento utilizando los medios, los productos y

los procedimientos más eficaces, así como la maquinaria más adecuada y moderna.

- Control y seguimiento de la evolución de los tratamientos mediante

muestreos y análisis. - En los casos que sea posible se utilizará lucha integrada y biológica.

La Empresa adjudicataria deberá informar por escrito de todo el proceso,

aprobando los Técnicos municipales los tratamientos propuestos y su metodología.

En la aplicación de los tratamientos se utilizarán medios, productos y

procedimientos no tóxicos para las personas y animales. Cuando se deba efectuar un tratamiento especial que no esté contemplado

en el programa inicial y que se considere extraordinario por los Técnicos municipales, ya sea por sus características en el método de tratamiento, en el

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producto a emplear, o en los medios necesarios, los Técnicos municipales evaluarán la posibilidad de su abono por valoración de obra, suministro o servicio de la parte extraordinaria del tratamiento.

El horario de tratamiento deberá ser tal que no causen perjuicio a los

usuarios de las zonas verdes. El adjudicatario deberá señalizar las zonas de tratamiento acotándolas, con el fin de avisar a los usuarios del tratamiento que se está efectuando.

Todos los productos fitosanitarios, labores, maquinaria, análisis, controles

y apoyo técnico necesario para el control de la sanidad vegetal serán por cuenta del adjudicatario.

La Empresa adjudicataria, o, en su caso, quien realice los tratamientos,

deberá estar dada de alta en los registros necesarios que marque la ley y cumplir y hacer cumplir todas las normas y leyes que para este tipo de tratamientos estén en vigor o que pudieran aprobarse por los organismos competentes a lo largo del contrato. Artículo 67.9. -Desbrozados, cortafuegos y arados.

Se realizarán labores de desbrozado, de cortafuegos y arados: mediante apero adecuado enganchado a tractor de fuerza suficiente a los trabajos a realizar, o mediante manual mediante desbrozadotas, en los lugares que determinen los servicios técnicos municipales, y se reflejan en el anexo.

Estos lugares y la forma de realizar el desbrozado será definido por los

Servicios Técnicos Municipales del Ayuntamiento. Así mismo, el técnico municipal dictaminará el momento adecuado para ejecutar esta operación.

Estos trabajos serán realizados como mínimo tres veces al año.

Artículo 67.10.- Conservación de zonas terrizas y pavimentos.

Los elementos de infraestructura a considerar en este apartado son todos

aquellos que presentan un tratamiento superficial de acabado a base de áridos naturales compactados.

Quedan excluidos en este apartado aquellos elementos superficiales para

cuya ejecución sean necesarios trabajos de fábrica, tales como pavimentos continuos, enlosados, etc.

Las labores de conservación de estos elementos deben ir encaminadas a:

- Una rápida evacuación de las aguas superficiales procedentes de precipitaciones, áreas vecinas situadas en cotas superiores y riegos.

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- Evitar la ascensión de aguas subterráneas por capilaridad. - Realizar labores encaminadas a eliminar la acumulación de aguas,

charcos, blandones, etc. - Reponer y sustituir los elementos de acabado en las distintas

superficies.

La circulación y transporte de los vehículos del servicio de mantenimiento se restringirán al máximo, evitando la posible degradación, cuando así se requiera por causa de las condiciones meteorológicas, estableciendo la empresa de mantenimiento, para estos casos, un recorrido alternativo para evitar daños. En caso de producirse reparación, ésta será a cargo del adjudicatario.

Sistema operativo: A principios de cada año la empresa propondrá las áreas de actuación,

dentro del programa general de conservación que será necesario aprobar por los Técnicos municipales y que podrá ser variado según las necesidades, determinando los Técnicos municipales la prioridad en las zonas en que se deberá actuar.

Reparación de escorrentías, cárcavas, arrastres, hoyos, blandones y

baches: Este trabajo consistirá en la reparación de la superficie del firme socavada por el efecto del agua o por cualquier tipo de actividad que se realice. Entran en este capítulo la sustitución puntual de firmes deteriorados por la acumulación de agua o déficit de drenaje.

La reparación de escorrentías, cárcavas, arrastres y hoyos se realizará de

forma inmediata después de su detección, en la forma y momento que las condiciones físicas de los terrenos lo permitan y siempre que los Técnicos municipales lo consideren oportuno.

Las labores comprenderán:

- Retirada de los materiales acumulados.

- Saneado de la zona a reparar.

- Aporte del árido o materiales de acabado. - Humectación, compactación y nivelación de los diferentes perfiles de

la zona reparada hasta conseguir la rasante original.

Los Técnicos municipales indicarán los materiales de arrastre que puedan ser reutilizados y las características de los nuevos materiales.

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Estas labores, los materiales y maquinaría necesaria para realizarlas estarán incluidas en la anualidad de conservación.

Escardas: estos trabajos se definen en el apartado de entrecavados y

escardas.

Artículo 67.11.- Conservación de las redes de riego.

Se deberá mantener en perfecto estado de funcionamiento la red de riego,

tanto el sistema general de bocas de riego, como los sistemas semiautomáticos o automáticos.

La conservación de la red de riego será total incluyendo tanto las tuberías

principales y secundarias como las bocas de riego, aspersores, difusores, goteo, programadores, válvulas, arquetas, etc. Se entiende que el ámbito de actuación es a partir de la llave de corte situada en la acometida a la red de la vía pública.

Correrá a cargo del adjudicatario, la sustitución de todos aquellos

elementos de la red de riego que se encuentren averiados o defectuosos. Incluso los relativos a actos vandálicos y robos.

La reparación de las averías (incluyendo todas sus fases; excavación,

movimientos de tierras, etc.…) que se produzcan, deberán realizarse de forma inmediata, en un plazo no superior a las 48 horas de haberse producido. En caso de ser necesaria la realización de excavaciones para la reparación de las averías, deberá protegerse y señalizarse convenientemente el lugar.

Cuando la avería o su reparación produzcan desperfectos en el entorno

superficial, la empresa adjudicataria deberá proceder a la restitución de la superficie a su anterior estado, ya sea superficie ajardinada, enarenada o pavimentada. Se incluye el mantenimiento y reparación de las redes.

Toda la maquinaria que se emplee en este proceso correrá por cuenta de la

empresa adjudicataria. Para estas labores de conservación se deberá contar con personal especializado para ello.

Artículo 67.12.- Conservación de redes de drenaje

Se recogen en este apartado todos los condicionantes necesarios para llevar a cabo la conservación de los elementos componentes de la red de drenaje de las zonas verdes.

La conservación y mantenimiento de las redes de drenaje deberá iniciarse

con el inventario de las mismas y la comprobación de su estado. El inventario inicial nos dará la situación y el estado de los drenajes.

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Los Técnicos municipales evaluarán, con los datos aportados por la empresa, el estado estructural de éstos y las obras necesarias a realizar para su correcto funcionamiento, que se efectuarán a cargo del capítulo de valoración por obra, suministro o servicio.

Cuando estos elementos estén reparados y en perfectas condiciones de uso,

todas las labores de conservación y mantenimiento se incluirán en la conservación anual y se consideraran como elementos de obra civil.

Su conservación y mantenimiento requerirá las siguientes labores:

- Limpieza de las redes, imbornales y areneros, todas las veces que sea necesario para su buen funcionamiento, y que indiquen los Técnicos municipales, prestando especial atención en época de lluvias.

- Limpieza de pozos y arquetas al menos tres veces al año. - Todos los daños que se produzcan por el defectuoso mantenimiento

de estas instalaciones correrán a cargo de la empresa.

Artículo 67.13- Limpieza

Comprende la eliminación diaria de residuos y elementos orgánicos o

inorgánicos que aparezcan en la zona verde y zonas terrizas y pavimentadas, incluso los excrementos caninos, con los medios más apropiados para cada caso. Asimismo comprende el vaciado de las papeleras y contenedores existentes con traslado diario al vertedero de los restos obtenidos o lugar de depósito en zona de acopio designado por el adjudicatario.

Esta labor consistirá en la eliminación, tanto de la vegetación de

crecimiento espontáneo (malas hierbas, malezas, etc.), hojas caídas, restos de labores de siega, recortes y podas, como de los desperdicios y basuras que por cualquier procedimiento lleguen a las zonas que son objeto de este contrato.

La obligación del adjudicatario no se limita al barrido, recogida o

amontonamiento de las indicadas materias dentro de las superficies a su cuidado, sino que ha de completarse con la retirada inmediata de todas ellas, con medios propios o a su cargo, fuera del recinto de las zonas verdes, salvo que por los Técnicos municipales se decida darle alguna otra aplicación o destino dentro del citado recinto, en cuyo caso la situará en el lugar destinado al efecto.

Cuando se produzcan actos culturales, sociales, deportivos o con cualquier

otro carácter extraordinario en las zonas verdes objeto de conservación, será obligatoria la limpieza total de la zona afectada, de forma inmediata a la realización del acto debiendo abonar con cargo a valoración de obra, suministro o servicio la actuación realizada.

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Si la extensión de la zona verde requiere, a juicio de los Técnicos

municipales, el uso de contenedores fijos para la gestión de los residuos generados en la conservación de la zona verde, se fijará y/o acondicionará, en su caso, un punto para su ubicación. En el resto de los casos, no se podrá utilizar este tipo de contenedores salvo en actuaciones puntuales, y siempre con la previa autorización de los Técnicos municipales competentes.

Artículo 68.14.- Conservación de áreas caninas

Se procederá a limpiar de restos orgánicos o residuos sólidos, la arena de

los recintos caninos ubicados en las zonas objeto de mantenimiento, con una frecuencia de dos veces a la semana (martes y sábado) de noviembre a marzo, y de tres veces a la semana (lunes, jueves y sábado) de abril a octubre.

Como mínimo se realizarán un cambio de arena en el mes de mayo. Cada

mes se procederá a una desinsectación de estas áreas, con lacas que hagan perdurable el tratamiento y que sean inocuas para animales y el medio ambiente.

Trimestralmente, se aplicará un tratamiento añadido de desinfección de

estas áreas. Los productos que se empleen deben ser inocuos para personas, animales y en general, para el medio natural.

Dentro de este servicio, está incluido todo el mobiliario y áreas de juegos

caninas. Para tener el mobiliario urbano en óptima conservación y uso se deben realizar las siguientes operaciones:

• Inspección ocular semanal, repasando tortillería, elementos de unión y anclaje, partes móviles y sistemas de sujeción al suelo con cimentación o soleras.

• Inspección mensual de la funcionabilidad del mobiliario, para

comprobar estabilidad y funciones de estos elementos. • Reparaciones de urgencia en un plazo inferior a 48 horas, después del

aviso de cualquier anomalía en el mobiliario. • En el caso de que la avería sea considerable y no se pueda reparar en

48 horas, se deberán zonificar las áreas indicando con cintas y carteles a los usuarios con la siguiente literatura: “NO USAR ESTE ELEMENTO EN PROCESO DE REPARACIÓN”. Este hecho se notificará a los Técnicos municipales. El adjudicatario, dentro de los 20 días posteriores a la adjudicación, deberá contar al menos con 5 carteles en los que aparezca este texto, o con cualquier otra leyenda que pueda ser determinado por los servicios técnicos municipales. Estos carteles estarán confeccionados con material resistente a

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intemperie. Y deberán ser supervisados y aprobados por los servicios técnicos municipales.

• Los trabajos de acondicionamiento y reparación, serán efectuados en

el tiempo y forma apropiados para cada situación, con el personal adecuado en competencia y dotación de maquinaria y herramientas.

• Se llevará a cabo con una periodicidad diaria la retirada de carteles

colocados en el mobiliario urbano y se limpiarán las pintadas en un plazo de 48 horas desde la aparición de las mismas.

• Como mínimo una vez al año se debe higienizar el mobiliario que lo

requiera con una pintura adecuada previa limpieza de las mismas, pequeñas grabaciones o raspones con un pequeño lijado. En el caso de que los servicios técnicos municipales estimen necesaria la realización de alguna actuación especial de limpieza y pintado de algún elemento se solicitará a la empresa adjudicataria y ésta estará obligada a llevarla a cabo sin coste alguno para el Ayuntamiento.

• Todas las reparaciones o sustituciones que se lleven a cabo se

realizarán utilizando las piezas de la casa suministradora del elemento. No se admitirán piezas usadas o procedentes de otras suministradoras.

Inventario: El adjudicatario, antes de un plazo de 60 días para elaborar un

inventario de todas las unidades existentes en las zonas públicas. El inventario se actualizará mensualmente mediante la introducción de las

labores de mantenimiento realizadas. Este inventario se presentará, como mínimo, con los siguientes apartados;

Denominación del elemento. Descripción. Plano de situación. Estado del elemento. Actuaciones realizadas para el mantenimiento del mismo: fecha de actuación, descripción, elemento empleado, materiales, etc…

Responsabilidad de la empresa adjudicataria: la empresa tiene la

obligación de detectar desperfectos, averías y los daños que sus empleados cometan en la propiedad, por culpa, negligencia o incumplimiento de obligaciones. Además, la empresa dotará del equipamiento adecuado a su personal y cumplirá con todas las obligaciones legales contractuales.

Significar, que en este apartado se incluyen los sanecan instalados en el

municipio. Cuya reposición de bolsas será realizada los martes y los viernes de todas las semanas.

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Artículo 67.15.- Limpieza y mantenimiento funcional de lagos ornamentales, sistemas de bombeo y sus elementos de riego. Este servicio será de aplicación en el Parque de Feliciano, Parque de los Charcones y Pozo del Concejo. Lagos ornamentales:

En esta apartado se contemplan, en principio, los lagos ornamentales reseñados con anterioridad. Las actuaciones a desarrollar para el mantenimiento ordinario de estas instalaciones resultan a menudo indisociables de las actuaciones de limpieza de sus componentes, por lo que se plantean de forma conjunta. En cualquier caso la empresa adjudicataria deberá abordar la reparación de vasos y fuentes cuando se produzcan incidentes de cualquier tipo, así como la de todas las averías que puedan originarse en los elementos asociados a las fuentes ornamentales y sus láminas de agua.

Responsabilidad de la empresa adjudicataria: la empresa tiene la

obligación de detectar desperfectos, averías y los daños que sus empleados cometan en la propiedad, por culpa, negligencia o incumplimiento de obligaciones. Además, la empresa dotará del equipamiento adecuado a su personal y cumplirá con todas las obligaciones legales contractuales.

A título indicativo, dichas actividades son las siguientes:

- Limpieza y conservación de los cuadros de protección y maniobra, filtros de impulsión, cristales, soportes, fosos de bombas, e instalaciones anejas que sirvan para el funcionamiento de las fuentes o estanques ornamentales, maquinaria de los mismos (bombas, incluyendo desmontaje y limpieza de rodetes de las bombas y comprobación de la estanquidad de las juntas, depuradoras, sopladores, extractores, etc.) y otros elementos relacionados.

- Limpieza, desobturación y mantenimiento de toberas, válvulas y

circuitos de llenado (en el tramo comprendido desde su enganche con la red municipal hasta el vaso de la fuente o estanque), vaciado, rebose (desde la fuente o estanque hasta su punto de vertido en la red de saneamiento), aspiración e impulsión, en el menor plazo posible desde la detección de la anomalía.

- Limpieza de las redes, imbornales y arenero asociados, tantas veces

como sea necesario para su buen funcionamiento, prestando especial atención en época de lluvias.

- Limpieza de pozos y arquetas, para garantizar la funcionalidad de las

mismas.

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- Limpieza y conservación de filtros, rejas de aspiración de bombas, rejas de rebosaderos, arquetas de aspiración, etc.

- Desatasco de toberas, rejillas, desagües y sumideros, así como

limpieza de las salas eléctricas y del entorno más próximo de la fuente.

- Limpieza y desatascado de toda clase de tuberías en este tipo de

instalaciones. - Sustitución de los grifos no operativos y de aquellos elementos que provoquen pérdida de agua.

- Aplicación de capas de pintura de protección (con o sin rascado de

los preexistentes) en los cuadros de protección y maniobra y en general en todos aquellos elementos que la precisen.

- Aportación, evacuación o sustitución de aquellos elementos cuya

renovación periódica está prevista en el funcionamiento normal del sistema y no suponga la interrupción del servicio. Dentro de este tipo de trabajos se incluyen también las pequeñas reparaciones que tengan como finalidad la puesta a punto del elemento a mantener. - Inspección periódica frecuente de la forma de pulverización, así como de la altura y alcance de los chorros de agua en las fuentes ornamentales, al objeto de determinar si el sistema funciona correctamente y existen obstrucciones en las boquillas o en los filtros. En caso afirmativo, limpieza o sustitución de los mismos.

- Revisión general periódica de funcionamiento de las instalaciones,

incluyendo todos los elementos que las componen, conservando su estado de conservación general y al menos los siguientes elementos: fuente, boquillas, bombas de impulsión, filtros de agua, y equipos de desinfección de agua, verificando su efectividad.

- Verificación del vaciado y llenado de vasos y fuentes. Mantenimiento

y prueba de los circuitos de llenado, vaciado y rebose.

- Impermeabilización de fondo, realizando, en su caso, todas aquellas operaciones necesarias para garantizar la estanquidad de los vasos.

- Operaciones de pintura y tratamiento anticorrosivo de los elementos

metálicos.

- Mantenimiento, reparación y reposición de las instalaciones eléctricas y de alumbrado específico, cuando éstas existan. En caso de deterioro de alguno de los elementos será reparado o sustituido por otro igual o de las mismas características.

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- Revisión y limpieza de los armarios de maniobra y protección tanto

de alumbrado como de fuerza, incluyendo interruptores, horarios, contadores, fusibles, diferenciales, transformadores, etc.

- Revisión y puesta a punto de la instalación aguas abajo de los cuadros

de maniobra y protección, tanto de alumbrado como de fuerza, incluyendo cajas de derivación y reparto, líneas de distribución, pasamuros, etc.

- Revisión y puesta a punto de los grupo motobomba y motores.

- Reposición sistemática de lámparas, cualquiera que sea la causa que

motive la avería.

- Vaciado y limpieza los vasos con una frecuencia mínima de una vez al año, incluida la retirada de raíces del vaso y de las redes de saneamiento.

Las empresas licitadoras presentarán un plan de actuación en el que se

indiquen y concreten los medios ofertados, tanto técnicos como humanos, que se consideren adecuados para la realización de este tipo de trabajos. Se deberá indicar: frecuencias de limpieza y mantenimiento, posibles horarios, tiempos de respuesta en caso de averías, etc.

Sistemas de bombeo, recirculación, aljibes. ACTUACIONES Las actuaciones principales de mantenimiento que deben quedar reflejadas

en el programa de control y mantenimiento deberán ser:

- Mantenimiento de las bombas y pozos de captación.

Se realizará el control periódico del funcionamiento de las bombas, pozos de captación, elementos de filtrado y cuadros de control y protección.

- Vigilancia de consumos y sistema electrónico

Diariamente se comprobarán los consumos de las bombas instaladas por medio de los amperímetros del panel de control. Cualquier variación deberá comunicarse de forma inmediata al técnico responsable y simultáneamente a los servicios técnicos encargados de las reparaciones. Revisión del panel de control y conexiones eléctricas Una vez al año se revisarán y medirán las concesiones

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eléctricas de todo tipo y se revisarán todos los elementos que forman el panel de control.

- Revisión de depósitos y membranas

Una vez cada dos años se cambiarán las membranas de los depósitos y se comprobará el estado de los mismos y sus válvulas. Comunicación de averías e incidencias Cualquier avería o incidencia deberá comunicarse al responsable del mantenimiento, el cual filtrará la información recibida y procederá en consecuencia.

- Mantenimiento de los sistemas eléctricos

Se revisarán mensualmente todos los sistemas eléctricos y electrónicos comprobando buen funcionamiento y que no existe ningún problema apreciable.

- Reparaciones

La reparación de averías será siempre inmediata, no debiendo transcurrir más de 4 horas entre la detección y la respuesta del servicio técnico. Este extremo será de obligado cumplimiento, siendo la empresa mantenedora responsable de cualquier marra o merma en la vegetación que se pudiese producir por esta causa, quedando obligado a reponer a su cargo las citadas marras o a restituir a su estado original las posibles zonas deterioradas por el mal uso de las instalaciones.

Se destaca que el mantenimiento, reparaciones, reposición de piezas,… esta incluido en la anualidad.

Artículo 68.16.- Limpiezas especiales con motivo de fiestas, ferias y actos públicos o deportivos en general.

Contempla este servicio limpieza de aquellas zonas que presentan índices elevados de suciedad por encima del que corresponde por la lógica actividad ciudadana con motivo de las fiestas de la ciudad en general y de distintos barrios en particular.

Aquí solo se considera el periodo relativo a las fiestas patronales, de tal forma que se considera un total de 14 jornadas a distribuir según criterio de los Servicios Técnicos Municipales de Auxiliar Administrativo.

Con independencia de la fecha final en la que se den los eventos festivos

promovidos por el Ayuntamiento, los días se fijarán definitivamente en la planificación de trabajos establecidos en el presente pliego acorde a las fechas

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definitivas en las que se establezcan sin que ello suponga modificación alguna en los costes ni derecho de reclamación por parte de la empresa adjudicataria.

Asimismo las empresas licitadoras propondrán en sus ofertas el plan de trabajos a realizar para cada una de las fiestas detalladas con anterioridad, horarios incluidos. Además las empresas licitadoras deberán de contemplar actuaciones puntuales que con motivo de iniciativas privadas se den en emplazamientos acordados con el Ayuntamiento de Navalcarnero.

La persona Responsable Municipal del Contrato ordenará la limpieza exhaustiva de estas zonas singulares.

Mediante la realización de estos trabajos de limpieza se garantizará la

obtención del resultado final de máxima limpieza fijado en artículos anteriores, con el carácter más inmediato posible, durante y tras la finalización del acto, en aquellos cuya duración sea igual o inferior a 24 horas. Asimismo, estos trabajos permitirán el mantenimiento de un grado de limpieza aceptable para los participantes en el acto y público en general, durante el tiempo de duración del acto de que se trate.

Igual criterio se seguirá en las celebraciones cuya duración exceda de las

24 horas. En este caso, además, dado que los actos se distribuyen espacialmente en un recinto amplio, los trabajos a realizar obtendrán un resultado final óptimo, en cada uno de los puntos en que se vaya a celebrar un acto, con carácter previo, durante e inmediato a la celebración del mismo.

Las operaciones básicas a realizar son las fijadas en el artículo 67.14 del

presente Pliego. El Adjudicatario coordinará, en cada momento, los trabajos de limpieza,

tanto en lo referente al método de realización, como a su programación y frecuencia, con el organismo o departamento municipal encargado de la organización de la feria, mercadillo ó acto público, que en todo caso, deberá ser aceptado por los Servicios Técnicos Municipales de Medio Ambiente, de manera que no existan interferencias entre ambos, y el resultado final la máxima limpieza.

Significar, que estos servicios solo podrán ser facturados al Ayuntamiento,

en caso de ser solicitados los mismos. Así, en caso de no ser requeridos, el adjudicatario deberá proceder a descontar el importe de los mismos, de la factura a presentar una vez finalizado el mes en el que se tenia previsto efectuar el mismo evento.

Artículo 68.17.- Servicio de limpieza en domingos y festivos

Se deberá proponer un plan de limpieza para todos los domingos y festivos del año indicando planes de organización previstos, operaciones a realizar, así

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como los equipos de trabajo y cuantos datos sean necesarios para un exacto conocimiento de la oferta.

Los servicios a realizar serán de especial importancia en el las grandes

zonas verdes y zonas donde se produzca acumulación de personas y gente joven los sábados, y la presencia de residuos fuera de los contenedores y papeleras llenas.

Se pondrá especial énfasis en el estado de las papeleras de cara a vigilar su

vaciado en estas fechas, así como en las zonas en las que se den aglomeraciones de cuadrillas de jóvenes, uso intensivo de zonas de merienda en parques, etc.…

Estos servicios no podrán ser facturados al Ayuntamiento, al considerarse

incluidos en el objeto del contrato.

Artículo 67.18.- Actuaciones en casos de emergencia y cualquier otra situación excepcional: averías por agua, riegos mal orientados,….

La prestación de estos servicios se programará con la utilización de los

medios generales ofertados. Si para llevarlos a cabo las empresas licitadoras considerasen necesaria la

utilización de medios especiales lo indicarán expresamente en sus ofertas. Para los casos en los cuales, a causa de una situación de emergencia, se ha

originado una problemática grave e importante que afecta a la limpieza de las zonas, humedades, encharcamientos, cortes de calles, daños sobre bienes,… dentro del ámbito del presente contrato, el Adjudicatario, actuando de forma inmediata, con los medios materiales y humanos necesarios en función de la magnitud, situación, y consecuencias de la situación de emergencia, y con independencia de la jornada (laboral o festiva) u horario (diurno o nocturno) restituirá, con la mayor brevedad posible, el área afectada a la situación original, mediante la realización de los trabajos necesarios descritos en los diferentes artículos de este capítulo del Pliego. Estos trabajos se ejecutarán en coordinación con los equipos humanos y materiales del servicio de recogida, a fin de garantizar una rápida y completa subsanación de la problemática originada.

Este servicio será requerido en turno de mañana, tarde o noche, en función

de requerimiento de la Policía Local o servicio de emergencias, no pudiéndose demorar en más de 20 minutos en turno de mañana, y de 40 minutos en turno de tarde, y una hora en turno de noche.

A modo orientativo, se incluyen en estos servicios: Tala total o parcial de

árboles con riesgo de caída, retirada de ramas de la vía pública por fuertes vientos, corte de riegos que no cortan por problemas con solenoides o demás elementos, rotura de turbinas, difusores o goteo.

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Estos servicios no podrán ser facturados al Ayuntamiento, al considerarse

incluidos en el objeto del contrato.

Artículo 67.18.- Mantenimiento y conservación de patios de colegios

Las empresas licitadoras presentarán un estudio pormenorizado para el mantenimiento y conservación de los patios de los Colegios Públicos que se detallan a continuación:

- Colegio Felipe IV. - Colegio José Jalón. - Colegio Carlos Ruiz. - Colegio Ángel Yser.

Las empresas licitadoras deberán definir los servicios que en ellos se tienen que contemplar y las frecuencias mínimas de los servicios para cada colegio. Se deberá tener en cuenta que algunos de los citados colegios pueden ser utilizados los fines de semana y días fuera del horario escolar.

Se muestra la frecuencia mínima de a prestar en los patios de los colegios:

- Desbroces: tres veces por semana. - Recortes de arbustiva: una vez al año año. - Podas: una vez al año. - Rozas y escardas: 1 vez cada dos meses.

Las empresas licitadoras definirán, tanto los medios humanos como materiales que dedicarán a este servicio, desglosando todas las unidades sin precio.

Estos servicios no podrán ser facturados al Ayuntamiento, al considerarse

incluidos en el objeto del contrato.

Artículo 68. – Obra nueva

Dentro de las zonas, el Ayuntamiento tendrá absoluta libertad para realizar

tanto obras nuevas como mejoras en las zonas verdes entregadas a conservación. A tal efecto podrán crearse nuevos macizos de plantas de flor, nuevos céspedes, plantar árboles, trasplantarlos y cuantas actuaciones se juzguen oportunas, sin que haya lugar a un incremento alguno de anualidad.

En caso de que las actuaciones realizadas supongan modificación del carácter de la zona verde, a criterio de los Técnicos municipales, se realizará el correspondiente expediente para la modificación del la que conlleve dicho carácter, según criterio fijado con anterioridad.

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El adjudicatario no podrá realizar obras nuevas ni mejoras que alteren o

modifiquen el trazado o características de los elementos a conservar, salvo autorización expresa del Ayuntamiento, a través del órgano correspondiente.

Artículo 69.- Puesta en marcha de los trabajos vinculados al mantenimiento y conservación de zonas verdes.

Previamente al inicio de los trabajos, y de acuerdo con la empresa

adjudicataria, el Ayuntamiento de Navalcarnero realizará los ajustes de los aspectos relativos a la organización y prestación de los servicios propuestos que se estimen necesarios de cara a su optimización y adecuación a las necesidades del municipio. Estos ajustes en ningún caso tendrán la consideración de modificaciones contractuales.

El adjudicatario se hará cargo del servicio al día siguiente de la firma del

contrato. Teniendo que prestar el servicio según se fija en el pliego en un plazo no superior a 40 días naturales desde la firma del contrato.

El adjudicatario deberá hacerse cargo desde el primer día de vigencia del contrato, de la conservación y arreglos que se propongan por parte de los Técnicos municipales correspondientes.

La Empresa deberá presentar en su oferta los programas básicos de partida

para una serie de labores que, tras la licitación y después de las analíticas y estudios específicos que se oferten, así como los inventarios, se ajustarán y darán como resultado final, el programa que se aplicará.

El periodo de elaboración de estos programas variará dependiendo de la

realización de los trabajos de documentación, pero en ningún caso eximirá a la Empresa de su realización desde el primer día de la entrada en vigor del contrato.

Los programas básicos que la empresa debe presentar con la oferta y que

serán desarrollados con posterioridad como máximo en los primeros 40 días desde la firma del contrato, teniendo que ser presentado por registro de entrada del Ayuntamiento:

1. Enmiendas orgánicas, enmiendas inorgánicas y abonados químicos de praderas y cubiertas vegetales, macizos de flor y herbáceas, arbustos y setos, árboles y plantaciones, cumpliendo las normas establecidas en los apartados del pliego y con los siguientes datos:

− Frecuencias y calendarios. − Tipos y características. − Dosis básicas. − Forma de incorporación de cada material.

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Acompañará a estos datos la analítica periódica y los estudios a realizar para corregir y adecuar el programa a las particularidades de cada zona verde y de cada año que dure el contrato.

2. Entrecavados y escardas de todas las zonas a las que se refiere el pliego, partiendo de los mínimos establecidos y definiendo:

− Calendarios. − Escardas químicas: Tipos, formas de aplicación y dosis. − Zonas de acolchados: materiales y profundidad.

3. Mantenimiento de céspedes. Partiendo de los mínimos definidos en

cada apartado del pliego las labores a definir serán riegos, siegas, perfilado de praderas, aireado y escarificado, recuperación de praderas, abonados y enmiendas y renovación de praderas aportando los siguientes datos de cada una de ellas:

− Calendario y tiempo de cada una de ellas con los rendimientos

medios tanto de las labores manuales como de las mecánicas. − Maquinaria, tipo y rendimiento. − Dosis y materiales en las labores que lo precisen.

4. Agua y riego el programa de riego debe ir encaminado a un fin claro, el

control y la optimización de un recurso escaso y se dividirá en tres áreas:

− Control del Consumo: la Empresa adjudicataria presentará en su oferta el operativo de la recopilación de datos mensual de los contadores. Estos datos se incluirán en tablas de consumo que podrán compararse y consultarse en cualquier momento.

− Control de las averías de las redes: La Empresa adjudicataria presentará las averías e incidencias en las redes con los siguientes datos:

− Tipo de avería. − Fechas en que se produjo. − Reparación. − Daños producidos por averías. − Fecha de reparación.

Todos estos programas de control deberán poderse consultar en cualquier

momento y se resumirán en informes mensuales que se elaborarán para tratar de mejorar el funcionamiento de las redes.

Los programas a elaborar junto con el proceso de documentación serán:

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- PROGRAMA DE GESTIÓN DE ARBOLADO Y ARBUSTOS EJEMPLARES:

El programa de gestión del arbolado partirá de los datos de inventario recogidos. Estos datos, complementados con:

− Análisis de su estado general y propuestas de actuación: tipo de poda, época, calendario, actuaciones especiales, abonados, tratamientos, revisiones y controles, etc.

− Ficha de trabajo para el podador. − Historial del árbol o masa arbórea: podas, abonados

tratamientos...

La metodología de la recogida de estos datos y la puesta a punto del programa se realizará por parte de la empresa con personal especialista en arboricultura y los Técnicos municipales. Se unirán a estos datos específicos de cada árbol o masa arbórea, los datos de las labores generales a realizar.

− Riego. − Abonados y enmiendas.

Como resultado de este trabajo tendremos todas las labores a realizar sobre los árboles. Este programa es continuo y abierto. La Empresa adjudicataria deberá tenerlo al día introduciendo todas las incidencias y trabajos de manera que pueda consultarse en cualquier momento y generar los informes que se soliciten así como las estadísticas que sean necesarias. Los primeros datos, dendrometrías y situación, estarán recopilados en los primeros 40 días naturales del contrato así como los datos sobre las labores comunes y la valoración general del estado del arbolado; en el siguiente mes y con dichos datos, los Técnicos municipales, junto con la Empresa, elaborarán el programa definitivo de podas marcando las prioridades en cada caso.

-PROGRAMA DE GESTIÓN DE ARBUSTOS Y FORMACIONES VEGETALES:

Este programa se confeccionará con los datos y conclusiones obtenidos de los inventarios iniciales. Estos datos darán como resultado una ficha para cada especie de arbusto aislado, masa de arbusto y formación vegetal y/o seto. Esta ficha, contendrá todos los datos sobre la especie:

− Situación en la zona verde. − Número de elementos que lo componen. − Medidas, si son formaciones vegetales.

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− Análisis de su estado general y propuestas de actuación: tipo de poda, época, calendario, actuaciones especiales, abonados, tratamientos, revisiones y controles, etc.

− Ficha de trabajo para el podador y/o jardineros.

Se unirán a estos datos específicos de cada especie de arbusto y/o formación vegetal los datos de las labores generales a realizar:

− Riego. − Abonados y enmiendas.

Como resultado de este trabajo tendremos todas las labores a realizar sobre estos elementos. Este programa es continuo y abierto. La Empresa adjudicataria deberá tenerlo al día, introduciendo todas las incidencias y trabajos de manera que pueda consultarse en cualquier momento y generar los informes que se soliciten así como las estadísticas que sean necesarias. Los primeros datos estarán recopilados en los 40 días naturales desde la firma del contrato, así como los datos sobre las labores comunes y la valoración general del estado de los elementos; en el siguiente mes y con dichos datos, los Técnicos municipales, junto con la Empresa, elaborarán el programa definitivo de podas marcando las prioridades en cada caso.

-PROGRAMA DE REPOSICIONES Y NUEVAS PLANTACIONES:

Para la realización de estos trabajos partiremos del inventario de especies vegetales: árboles, arbustos y plantas herbáceas. En este inventario inicial se incluirán todos los elementos que deban ser repuestos, ya sea por su precario estado o, porque haya perdido o mermado considerablemente sus características ornamentales o porque su estado haga prever esta situación, así como los elementos muertos y los desaparecidos (tocones y marras). La Empresa adjudicataria, junto con los Técnicos municipales, confeccionará, en los primeros 40 días desde la firma del contrato, teniendo como base los inventarios, los análisis realizados para el mantenimiento de las especies vegetales y los datos de que se disponga sobre las zonas verdes, el programa de reposiciones y nuevas plantaciones a ejecutar en cada uno de los años de vigencia del contrato. En este programa se incluirán:

− Elementos a plantar cada año por marras y nuevas plantaciones.

Calidad y características. Épocas de plantación.

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− Elementos a reponer cada año por su precario estado. Calidad y características. Épocas de plantación.

En septiembre de cada año se añadirán al programa de reposiciones y plantaciones todos los elementos vegetales que sea necesario reponer ese año y que no estén incluidos en el programa inicial, así como las nuevas plantaciones que los Técnicos municipales requieran.

- SANIDAD VEGETAL: Al comienzo del contrato, y junto con los inventarios iniciales, la Empresa adjudicataria deberá presentar un programa específico de sanidad vegetal, en los primeros 40 días naturales del contrato, estableciendo por cada zona verde una ficha para cada especie vegetal con todas las incidencias, plagas y enfermedades más comunes que les afecten, indicando:

− Tratamientos preventivos y curativos más adecuados. − Momentos fenológicos más adecuados para la aplicación y/o

labor.

Esta recopilación de datos generales deberán servirnos como base documental para el programa de sanidad que deberá incluir:

− Controles y análisis periódicos que sean necesarios de acuerdo

con la información recogida. Análisis necesarios para poder diagnosticar las posibles enfermedades, plagas o carencias.

− Confección de un programa de tratamientos preventivos y curativos de las plagas y enfermedades endémicas y de las que, aunque no se consideren endémicas, sean habituales de las especies existentes en las zonas verdes. Estudio y propuesta de los tratamientos y labores adecuadas, detallando:

− Momento óptimo de las aplicaciones, de acuerdo con los

ciclos y los estados fenológicos. − Medios, productos y procedimientos más eficaces, así

como maquinaria más adecuada y moderna. − Periodicidad del tratamiento. − Método. − Fórmula. − Dosificación del producto a emplear.

− Épocas y condiciones climatológicas que deben vigilarse.

Detección de los factores climáticos que puedan afectar al desarrollo de las enfermedades y plagas. Momentos óptimos de los tratamientos preventivos y de su reiteración.

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− Controles de cualquier anomalía en el suelo y de las labores que puedan producir debilidad y por tanto enfermedades y plagas y corregir estas circunstancias con las actuaciones que sean necesarias.

− Control y seguimiento de la evolución de los tratamientos mediante muestreos y análisis.

− Lucha integrada y biológica.

REDES DE DRENAJE:

En los primeros 40 días naturales del contrato se recopilarán todos los datos sobre los elementos componentes de la red de drenaje de las zonas verdes, que sean de su competencia se comprobará su estado. Los Técnicos municipales evaluarán, con los datos aportados por la empresa, el estado estructural de éstos y las obras necesarias a realizar para su correcto funcionamiento. Cuando estos elementos estén reparados y en perfectas condiciones de uso, todas las labores de conservación y mantenimiento se presentarán en su correspondiente programa que presentará un doble formato:

− Plano de situación de cada elemento. − Calendario de mantenimiento.

- TERRIZOS, ZONAS PAVIMENTADA, Y MOBILIARIO URBANO:

En los primeros 40 días naturales del contrato se recopilarán todos los datos sobre el estado de estas superficies y se confeccionará el programa de mantenimiento de acuerdo con las prioridades que marquen los Técnicos municipales y lo especificado en los epígrafes correspondientes del presente pliego.

- OBRA CIVIL

En los primeros 40 días naturales del contrato el adjudicatario realizará un inventario de todos los elementos de obra civil y que no estén inventariados en otros servicios del Ayuntamiento, elaborando una ficha de cada uno de ellos con la documentación fotográfica que sea necesaria que serán parte del programa de gestión. Estas fichas aportarán las características de cada elemento y su estado de conservación. Junto con los Técnicos municipales, la Empresa adjudicataria, redactará el programa de conservación, mantenimiento y trabajos que constará de:

− Trabajos de mantenimiento y revisiones a efectuar a lo largo de

los años del contrato en cada uno de los elementos. − Trabajos a ejecutar anualmente distribuidos en todos los años. − Calendario

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− Relaciones valoradas de los que deben realizarse por valoración de obra y/o suministro al principio de cada año.

− Plazos de realización de cada trabajo.

Todas las nuevas incidencias que se produzcan se añadirán al programa anual de una manera inmediata.

A su vez, el adjudicatario presentará como máximo en los primeros 40 días

desde la firma del contrato, teniendo que ser presentado por registro de entrada del Ayuntamiento:

- Inventario detallado de zonas verdes, jardines, parques, arbolado y jardineras en el municipio, donde resaltarán: tipo de especies, superficie de cada especie, arbolado, número de arbolado, sistemas de riego, superficies de pradera, superficies de zonas terrizas, superficie de pavimentos duros, mobiliario,…

- Inventario de arbolado según lo fijado en la Ley de Protección del

Arbolado Urbana, y reseñando por cada ejemplar riesgos y actuaciones a realizar.

Artículo 71.- Suministro de agua para los trabajos de mantenimiento y conservación de zonas verdes.

El suministro de agua necesario para la realización de los trabajos de mantenimiento y conservación de zonas verdes descritos en el presente capítulo, correrá a cargo del Ayuntamiento.

CAPITULO VI.- MEDIOS HUMANOS. Art 72.- Consideraciones generales:

Como resultado de los servicios ofertados relativos a los servicios objeto del concurso, se presentará por las empresas licitadoras una propuesta detallada de las previsiones de trabajo y de la plantilla que considere necesaria en cada una de las operaciones a realizar con el desglose que se indica en los siguientes apartados. La oferta deberá especificar claramente el número de personas destinado a cada puesto y perfil, con indicación expresa por puesto y perfil del contenido y tareas a realizar por cada uno de ellos:

Puestos de trabajo de personal necesarios para la ejecución de los

servicios:

-Operarios. -Operarios Conductores. - Conductores y Conductoras.

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- Jardineros, auxiliares de jardinería, peones,…

Necesidades de personal para asegurar la ejecución de los trabajos cuando se produzcan bajas debidas a absentismo laboral (enfermedad, accidentes) y otras causas debidamente justificadas.

Puestos de trabajo necesarios para ejercer las labores de vigilancia y

control que aseguren la correcta ejecución de los servicios:

-Personal de vigilancia. -Capataces y Capatazas. -Encargados y Encargadas.

Asimismo las empresas licitadoras deberán presentar relación detallada de

todo el personal indirecto asignado a los servicios con el fin de garantizar el buen funcionamiento de los mismos.

La empresa adjudicataria vendrá obligada a subrogarse en el personal que

se relaciona en el anexo correspondiente según la normativa vigente de aplicación a dicho personal.

La empresa adjudicataria contarán con una base de operaciones que será cedida por el Ayuntamiento de Navalcarnero.

El adjudicatario contar con el personal técnico y administrativo necesario.

Al frente de la misma, como Delegado de la Empresa y responsable directo del conjunto de los Servicios Contratados, destacando que figurará una persona con la cualificación suficiente para desarrollar esta función, el cual mantendrá el contacto directo con la persona Responsable Municipal del Contrato.

Durante la vigencia del contrato, siempre que se produzca una variación en

la plantilla con la que se inicia dicho contrato, bien sea por jubilación, defunción, baja voluntaria, despido, invalidez permanente, etc., o porque se produzca una variación por necesidades del servicio, la empresa adjudicataria estará obligado a solicitar y obtener la autorización escrita previa del Ayuntamiento para cubrir las variaciones de los puestos de trabajo que se puedan producir.

La revisión del personal del servicio que sea susceptible de subrogación se

entregará trimestralmente. Las empresas licitadoras deberán indicar en sus ofertas los criterios de

actuación para la contratación del personal que suponga una ampliación sobre el conjunto de trabajadores a absorber, personal que deberá proceder preferentemente de personal empadronados en Navalcarnero en situación de desempleo.

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El Ayuntamiento en aras a cumplir con su responsabilidad social y económica exige a la Empresa adjudicataria del servicio el compromiso de llevar a cabo una política de gestión de personas y revisión salarial acorde a criterios de productividad y eficiencia, de tal forma que la parte referida a la evolución salarial y del poder adquisitivo de los trabajadores/as quede siempre vinculada a la consecución de determinados objetivos, grados o ratios que libremente se pueda negociar y acordar con la Representación Legal de los Trabajadores. Y, al finalizar el contrato, el coste del personal que sea objeto de subrogación no podrá ser en términos homogéneos de masa salarial superior al coste del personal objeto de subrogación en la presente licitación, más los incrementos de I.P.C. que se hayan sucedido a lo largo de la vida del contrato, salvo que vengan justificadas por las causa de ampliación de servicios recogida en el párrafo siguiente de este artículo. Se entiende por masa salarial el coste total de empresa de la totalidad del personal objeto de subrogación.

Si por causa de ampliación de los servicios, fuera preciso aumentar la

plantilla de personal para la correcta prestación de los servicios, el Ayuntamiento a petición de las nuevas necesidades por parte de la Empresa adjudicataria, podrá aprobar dichas ampliaciones que implicarían, en su caso, una compensación económica en favor de la empresa adjudicataria basándose en los precios unitarios vigentes en el momento de la ampliación, o contradictorios si procediese. Teniendo en cuenta, que esta no se producirán si no se aumenta la superficie de actuación.

Las empresas licitadoras propondrán asimismo la política de personal a seguir y en particular todos los aspectos relacionados con la formación del personal, seguridad y salud e higiene en el trabajo y servicios médicos necesarios.

La empresa adjudicataria deberá de cumplir con sus obligaciones respecto

de la Seguridad Social debiendo tener a su personal dado de alta, afiliado y al corriente en el pago de las cotizaciones sociales.

Todo el personal deberá estar perfectamente identificado en orden a la

seguridad de los servicios, proponiendo las empresas licitadoras el sistema de identificación más eficaz.

Todo el personal de los servicios deberá ir uniformado. El tipo de

uniforme será distinto en verano que en invierno y habrá de ser aprobado por el Ayuntamiento. Se corresponderá con la imagen corporativa que establezca el Ayuntamiento y prevalecerá la indicación relativa al servicio municipal y al Ayuntamiento sobre la de la propia empresa adjudicataria.

Tanto la vestimenta como los vehículos estarán únicamente distinguidos

por los anagramas o imágenes corporativas del ayuntamiento, con una pequeña indicación relativa al nombre de la empresa adjudicataria y debidamente numerados. Tanto el personal como los medios técnicos no se podrán ausentar del

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municipio en ningún momento durante su servicio ni se emplearán en cualquier otra actividad ajena al Ayuntamiento o al propio servicio al que pertenecen.

La cantidad y calidad de vestuario para el personal se regirá en todo

momento por lo acordado en los convenios colectivos. Cada empresa licitadora deberá presentar una relación detallada de las

prendas de vestuario, así como del material auxiliar que va a emplear cada operario con expresión del costo anual de los mismos.

La empresa adjudicataria se responsabilizará de la falta de aseo, decoro,

uniformidad en el vestuario o de la descortesía o mal trato que el personal observe con respecto al vecindario, así como de producir ruidos excesivos durante la prestación de los servicios.

Todas las relaciones de los trabajadores vinculados al contrato objeto de

este Pliego lo serán con el Adjudicatario, no teniendo el Ayuntamiento relación alguna con los mismos. El Adjudicatario no podrá repercutir, en ningún caso, al Ayuntamiento de Navalcarnero, ni económica ni laboralmente ni bajo ningún otro concepto, cualquier conflicto que pueda tener con los trabajadores, en el caso de de huelga legal, el adjudicatario del servicio deberá adoptar cuantas medidas sean necesarias para aminorar los perjuicios que pudieran provocarse y cumplir cuantas instrucciones se dicten por la Autoridad Municipal, con carácter extraordinario. Una vez finalizada la huelga, la empresa obligatoriamente, deberá presentar un informe de los servicios mínimos prestados, el número de horas que, en su caso, se hayan dejado de prestar y las zonas en que se haya producido el incumplimiento. Una vez comprobada la defectuosa prestación del servicio de limpieza a causa de la huelga, se procederá a valorar por el Ayuntamiento la correspondiente deducción en la factura del mes en que se haya producido, teniendo en cuenta a estos efectos el coeficiente de participación de la zona de limpieza y recogida que corresponda, así como el numero de horas y días en que aquel no se realizase. Dicha valoración se comunicará por escrito al Adjudicatario a fin de que proceda a efectuar tal deducción en la factura del mes que corresponda, o en su caso, en la del siguiente, para que una vez conformadas por el responsable municipal de los servicios Técnicos se remitan al Ayuntamiento para continuar su tramitación ordinaria.

Significar, que el adjudicatario deberá remitir las nominas de los

empleados al Ayuntamiento, en un plazo no superior a 48 horas desde su requerimiento, una vez requeridas.

Art 73.- Plantilla mínima para la prestación del servicio.

La Empresa adjudicataria deberá disponer de unos medios técnicos y una

organización adaptada a la naturaleza del trabajo contratado, a fin de conseguir una óptima ejecución de las labores objeto de contrato, para lo que habrá de

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contar, como mínimo, con los siguientes medios humanos, a jornada completa, adecuados a tal fin. a) Personal Técnico y Operativo

En la plantilla de la Empresa Adjudicataria deberá figurar como mínimo y expresamente con dedicación a estos trabajos un responsable máximo que será el interlocutor oficial con el Ayuntamiento de Navalcarnero y que formará formar parte al mismo tiempo del personal técnico titulado adscrito al servicio. El responsable será titulado superior o medio.

La dedicación del responsable será total, con dedicación plena y operativo 24 horas al día.

Cualquier cambio que se produjera en este personal por los motivos que fuesen, durante el período de adjudicación, deberá ponerse en conocimiento de los Servicios Técnicos Municipales. b) Encargados.

Éstos deberán conocer perfectamente la parte de aplicación práctica de este Pliego de Condiciones Técnicas, reservándose el Ayuntamiento el derecho de recusar a toda persona por incumplir este precepto. Así mismo, deberán tener suficiente experiencia demostrada, en este tipo de cargo.

Al menos, deberá haber dos (2) encargados adscritos al servicio, durante todo el año, con dedicación exclusiva y jornada completa. Uno (1) para el servicio de mantenimiento y conservación de zonas verdes, y otro (1) para el servicio de limpieza viaria y recogida de residuos. c) Administrativos:

Estos deberán conocer perfectamente el sistema de recogida de llamadas de los usuarios para los distintos servicios objeto de contrato, gestión de nominas, y gestión documental con el Ayuntamiento.

Al menos, deberá haber un (1) administrativo durante todo el año, con dedicación exclusiva y jornada completa. d) Operarios:

El personal se distribuirá según las necesidades de los servicios objeto de contrato.

No obstante, el adjudicatario vendrá obligado a mantener el siguiente personal mínimo:

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- Servicio de mantenimiento y conservación de zonas verdes: catorce (14) operarios (entre jardineros, auxiliares y oficios) durante todo el año, con dedicación exclusiva y jornada completa. Y tres (3) operarios más (entre jardineros, auxiliares y oficios) desde el mes de abril a septiembre (ambos incluidos).

- Servicio de limpieza viaria y recogida de residuos: veintiuno (21) operarios

(entre conductores, peones, peones-conductores,…), durante todo el año, con dedicación exclusiva y jornada completa.

Este personal mínimo deberá ser explicitado en la oferta correspondiente.

e) Personal de guardia

Existirá como mínimo un operario de guardia que tendrá como misión fundamental hacer frente sin demora a las situaciones de emergencia que se indican en los apartados correspondientes. Artículo 74.- Control de personal:

El adjudicatario deberá contar en las instalaciones donde se encuentre el personal con sistemas de control de acceso autónomo mediante huella digital, con interacción online con el Ayuntamiento, software,… Con el fin que el Ayuntamiento pueda supervisar diariamente la asistencia por turno, indicando hora de entrada y de salida de los operarios adscritos a los servicios.

Este sistema será propuesto por los adjudicatarios, y su implantación y mantenimiento será por cuenta del adjudicatario.

El objetivo de este sistema, el control de asistencia del personal adscrito al contrato, ya que el adjudicatario solo podrá facturar por los operarios que hayan ejercicio su servicio, al estar incluido en el precio la abstención, vacaciones y demás conceptos.

Significar, que el Ayuntamiento deberá contar con acceso directo a los sistemas de fichaje, pudiendo obtener informes sobre asistencia diaria, semanal y mensual. A la vez, que de ausencia total y parcial de forma diaria, semanal o mensual. Este sistema deberá estar implantado en un plazo no superior a 40 días naturales desde a firma del contrato. La manipulación del sistema o falsificación de los datos, supondrá el inicio del oportuno expediente sancionador.

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CAPITULO VII.- MEDIOS MATERIALES Y AUXILIARES Artículo 75.- Consideraciones generales

La Empresa adjudicataria entregará, junto con la oferta, un estudio económico detallado con presupuesto desglosado de los medios materiales y vehículos, incluyendo amortización, financiación o arrendamientos de los mismos.

El adjudicatario dispondrá de la maquinaria y medios auxiliares necesarios

para el desarrollo del contrato. La adquisición o alquiler de todo tipo de material y maquinaria necesarios

para la prestación del servicio, será de cuenta y cargo del adjudicatario, así como los gastos de conservación y mantenimiento para un perfecto funcionamiento durante el período de vigencia del contrato. Todo el material que se utilice al inicio de la prestación del servicio y/o el que se alquile estará en perfecto estado, significando que deberá contar con una antigüedad mayor de dos años.

El Ayuntamiento entenderá que el material ofertado en la propuesta ha

sido considerado por el licitador como suficiente para la realización del servicio y de no resultar así, el adjudicatario deberá adquirir, a su riesgo y ventura, el preciso para su correcta prestación.

Estará igualmente obligado a la reposición del material y maquinaria. Los licitadores deberán indicar en la oferta, de forma inexcusable, la

maquinaria que adscribirían al servicio, indicando unidades, marcas y modelos de cada una.

Se podrán desestimar aquellas ofertas que no indiquen, de la forma

mencionada, la maquinaria destinada, exclusivamente, a este servicio. Las máquinas que sufran averías, roturas o accidentes, que impidan su

funcionamiento, deberán ser sustituidas antes de 24 horas, desde su baja en el servicio en el caso de limpieza viaria y recogida de residuos, y de 72 horas en el caso de mantenimiento y conservación de zonas verdes.

El adjudicatario, deberá tener un sistema de comunicación, mediante

teléfonos móviles, de tal forma que, durante la jornada laboral, el personal técnico y capataces y/ o encargados, puedan ser localizados cuando sean requeridos por el servicio técnico municipal de medio ambiente.

La adquisición o alquiler de todo tipo de material y maquinaria necesarios

para la prestación del servicio será de cuenta y cargo del adjudicatario, así como los gastos de mantenimiento, combustible, lubricantes, neumáticos, conservación, seguros e inspecciones obligatorias, además del mantenimiento para un perfecto

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funcionamiento durante el período de vigencia del contrato. Se incluye mantenerlo en condiciones adecuadas de ornato público.

El Ayuntamiento entenderá que el material ofertado en la propuesta ha

sido considerado por el licitador como suficiente para la realización del servicio y de no resultar así el adjudicatario deberá adquirir, a su riesgo y ventura, el preciso para su correcta prestación. Estará igualmente obligado a la reposición del material y maquinaria y únicamente cuando la Corporación ordene la modificación de las prestaciones inicialmente pactadas que aconsejare el interés público, habrá lugar a que el aumento de los materiales sea compensado económicamente.

Los medios mecánicos mínimos para la prestación de los servicio, que

debe aportar el adjudicatario, son los siguientes:

- Recogida-transporte de residuos:

- Dos camiones recolectores-compactadores de carga lateral. - Un camión de caja abierta dotada con grúa de carga. - Un vehículo específico para la recogida puerta a puerta en bares,

comercios, restaurantes, mercados,…

- Limpieza viaria:

- Una barredora mecánica con sistemas de humectación. - Un furgón hidrolimpiador. - Vehículos auxiliares para peones de barrido de mantenimiento.

- Mantenimiento y conservación de zonas verdes:

- Camión de caja abierta con cesta para la realización de podas. - Furgones de transporte.

Artículo 76.- Periodos, formas de amortización o arrendamientos

Dentro de la justificación de la proposición económica se deberá incluir un listado de la totalidad de las inversiones a realizar, detallando su coste, desglosadas para cada uno de los grupos.

Todas las inversiones previstas para la adquisición de los medios

materiales necesarios en el desarrollo de los servicios ofertados se amortizarán en un plazo de 6 años por mensualidades o anualidades, no quedando ningún pendiente tras este periodo.

Se deberá tener en cuenta que este Ayuntamiento solo considera como

costes de primer establecimiento (a amortizar en 6 años) la adquisición de contenedores de carga lateral, los cuales revertirán sin capital pendiente a la

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finalización del contrato a este Ayuntamiento. Reseñando, que el resto de medios mecánicos, auxiliares y/o vehículos a la finalización del contrato no revertirán al Ayuntamiento, por lo que no se admitirán ningún capital pendiente de amortizar.

Además se remarca, que la maquinaria y medios mecánicos adquirida por

el adjudicatario para la prestación del servicio, será en todo momento propiedad del mismo. Artículo 77.- Requisitos de los medios materiales.

Las empresas licitadoras en sus ofertas indicarán el diverso material móvil a utilizar en los diferentes servicios, expresando con claridad lo que se entiende por material necesario para la correcta prestación de los servicios y material de reserva, es decir, aquél que no estando ordinariamente en servicio, se incluirá con el fin de suplir a los del servicio por causa de avería o refuerzo ocasional.

Las empresas licitadoras harán sus ofertas sobre premisa de que todo el

material móvil o maquinaria o medios auxiliares que se adquiera para la prestación del servicio no podrán tener más de dos años de antigüedad al comienzo de la prestación del servicio. Se incluirán como equipos de reserva aquéllos que estime la empresa licitadora en su oferta permitiéndose equipos que no tengan más de dos años de antigüedad o aquellos cedidos por este Ayuntamiento. Igualmente incluirán un plan de mantenimiento a realizar para la rehabilitación, caso de precisarse, o durante la vigencia de dichos equipos, que garantice su duración y perfecto funcionamiento. También se podrán incluir como vehículos de reserva vehículos que sean propiedad de la empresa y los ceda al Ayuntamiento para su uso como reserva. Igualmente incluirán un plan de mantenimiento a realizar para la rehabilitación, caso de precisarse, o durante la vigencia de dichos equipos, que garantice su duración y perfecto funcionamiento. La maquinaria restante que no se emplee como reserva o para la prestación del servicio. Se devolverá al Ayuntamiento.

En el anexo, se relaciona la maquinaria a ceder por el Ayuntamiento

susceptible de ser empleada por el adjudicatario como estime oportuno.

Las empresas licitadoras propondrán dos modelos de contenedor de 3200 L de carga lateral como modelo de nueva implantación en el municipio. La implantación se realizará en 40 días desde la firma del contrato. Artículo 78.- Características de los materiales

Para su elección, se tendrá en cuenta lo siguiente:

- Los equipos a utilizar en la recogida de basuras serán los más adecuados a las características del barrio que se les asigne, teniendo en cuenta la existencia de pendientes, anchura de las calles, gálibos,

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radios de giro,….de forma que se consiga el máximo rendimiento con el menor coste. Teniendo que contar con sistemas de carga lateral.

- La totalidad de maquinaria a emplear deberá tener siempre en cuenta el

objetivo de minimizar el impacto sonoro, la contaminación ambiental, etc.… sin reducir significativamente las características técnicas y capacidades de las máquinas ni su comportamiento.

- El diseño del material será tal que permita su fácil limpieza, tanto

interior como exteriormente. Esta operación de limpieza deberá realizarse diariamente en el interior y exterior del vehículo, incluida la caja de carga de basuras y semanalmente en el interior de la cabina y demás partes del mismo.

- Teniendo en cuenta que una parte de los trabajos de recogida de basuras podría realizarse en horario nocturno, será preferente la utilización de material que produzca menos ruido, sin pérdida significativa de rendimiento, debiendo en todo caso cumplir la reglamentación vigente en este tema.

- Para el transporte del personal en las diferentes operaciones, se

observarán estrictamente las normas laborales y de circulación.

- Los recolectores para el nuevo servicio de carga lateral que se prevean incluir en el servicio, estarán dotados obligatoriamente de cajas de cambios automáticas.

- Las características de los contenedores ofertados se orientarán a la

minimización del ruido en las operaciones de depósito y recogida de residuo en el mismo, la estética e integración en la trama urbana, la facilidad de conservación y mantenimiento y la estandarización de la base para las distintas fracciones de cara a la optimización de estocaje y reposiciones.

- El vehículo que se dedique a la recogida, de animales muertos,

muebles enseres, podas, movimiento de contenedores,… estará dotado de una grúa con capacidad mínima para manejar 2.000 Kgs., a la cual puedan acoplarse otros elementos supletorios, para poder realizar otros trabajos, tales como limpieza de carga de materiales pesados, etc.

- Los vehículos a utilizar en el barrido y baldeo mecánico de aceras y

calzadas, deberán ser de gran maniobrabilidad, con pequeños radios de giro, y con sistemas o características que hagan fácil la subida y bajada de bordillos. Su peso sobre el pavimento y las características de sus elementos, no serán perjudiciales para el mismo.

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- Aquellos que se destinen al barrido, dispondrán de cepillos de eje vertical y sistema de irrigación para evitar el levantamiento de polvo.

- Los equipos de baldeo y riego de calzadas estarán provistos de equipo

motor auxiliar, carenados e insonorizados totalmente, doble juego de boquillas orientables y doble juego de alcachofas multihoradadas para el riego, pértiga orientable, devanaderas automáticas con un mínimo de 50 metros de manguera, con doble sistema de carga, desde red de riego, pozo o río, boca de vaciado por gravedad, así como los mecanismos de bombeo necesarios para conseguir presiones de agua eficaces. La capacidad y caudal serán las adecuadas para cada operación y lugar.

- El baldeo mecánico de aceras, zonas peatonales, etc., se realizará con

equipos que dispongan de los mecanismos necesarios para obtener la presión de agua adecuada, siendo los bastidores de expulsión de agua orientables y reducibles en su frente o anchura.

- Para la vigilancia de los trabajos, la empresa adjudicataria deberá

disponer de vehículos ligeros, adecuados a las características de las operaciones a realizar.

- Los carritos y pequeños equipos destinados al barrido manual serán

similares como mínimo a los actualmente en servicio. No obstante, podrán utilizarse otro tipo de equipos que proponga la empresa adjudicataria y apruebe el Ayuntamiento.

- Todos los medios mecánicos para el mantenimiento y conservación de

zonas verdes, tales como desbrozadotas, motoazadas, escrificadores, cortasetos, motosierras, tractores de siega, maquinas de siega, … serán aquellos que permitan los mayores rendimientos y máxima eficacia del servicio. Teniendo en cuenta la reducción de perturbaciones por ruido.

- Se deberá contar con un vehículo con grúa y cesta de hasta 12 metros para la realización de podas y demás actuaciones en el arbolado, está no deberá tener una antigüedad superior a 2 años.

Todos los vehículos que trabajen en la vía pública serán perfectamente

visibles y dispondrán de los sistemas de seguridad obligatorios para los operarios que trabajen en conexión con el conductor todo ello acorde con la normativa vigente tanto para los operarios en su vestimenta y procesos de trabajo como para la maquinaria.

Aquéllos que realicen trabajos en la vía pública estarán equipados con los

equipos de señalización precisa para su mejor detección y evitación de riesgos para los peatones y el tráfico rodado.

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La pintura de los vehículos y su rotulación serán únicamente aquéllas que apruebe el Ayuntamiento, en concordancia con las directrices de su imagen corporativa, de entre las que proponga la empresa licitadora y ésta asumirá lo establecido por el Ayuntamiento.

Todo el material ofertado deberá ser minuciosamente descrito por las

empresas licitadoras, con aportación de planos, croquis, esquemas, fotografías y cuantos datos sean necesarios a fin de obtener el mejor conocimiento posible de los mismos.

Las empresas licitadoras en este apartado, serán: claros, concisos, y

ordenarán la documentación presentada en función del grado de importancia de los equipos materiales descritos. Asimismo, incluirán cuantas explicaciones consideren interesantes para la correcta comprensión del funcionamiento de los equipos.

La empresa adjudicataria estará obligada a presentar un plan de

mantenimiento preventivo de todo el material destinado a estos servicios, indicando las operaciones relativas a engrases, revisiones periódicas etc., dimensionando adecuadamente la estructura y organigrama del personal del taller. El plan de mantenimiento de los vehículos y materiales deberá ser adecuado para que todos los medios materiales ofertados se encuentren en perfectas condiciones para realizar los servicios objeto del presente contrato.

En caso contrario, la empresa adjudicataria estará obligada a sustituirlos

sin ninguna repercusión económica para el Ayuntamiento. Dado que el Ayuntamiento de Navalcarnero considera los servicios objeto de la presente licitación fundamentales para la buena imagen que el municipio posee.

Todos los vehículos automóviles, tanto ligeros como medios o pesados, que deban someterse a inspección periódica por la Dirección de Industria, lo harán según establece la normativa en vigor.

Todo el material incluido en el contrato del que es objeto la presente

licitación será de uso exclusivo para los servicios que se contratan, no pudiendo utilizarse en servicios ajenos al Ayuntamiento de Navalcarnero, salvo orden o aprobación expresa de la persona Responsable Municipal del Contrato.

Artículo 79.- Medios mecánicos de posible cesión.

Las empresas licitadoras deberán contemplar en sus ofertas los vehículos que se enumeran en anexo adjunto como vehículos a ceder durante la duración del contrato, y su forma de empleo o prestación en los servicios.

El anexo contempla la totalidad de la maquinaria propiedad del

Ayuntamiento de Navalcarnero y que estará a disposición de las empresas licitadoras como para la confección de su oferta.

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No existen amortizaciones pendientes en lo relativo a la maquinaria

relacionada en el anexo.

Las empresas licitadoras deberán contemplar, a la hora de considerar la integración de los vehículos propiedad del Ayuntamiento de Navalcarnero en su oferta el coste de puesta a punto y el plan de mantenimiento y conservación que suponga el empleo de éstos, seguros, inspecciones técnicas, mantenimientos, etc…, quedando este hecho a riesgo y ventura de la empresa adjudicataria, que deberá garantizar el correcto estado de los vehículos 24 hr/día durante la vigencia del contrato.

La custodia y guarda de estos vehículos se hará en común con el resto de maquinaria que aporte el adjudicatario.

CAPITULO VIII.- Comunicaciones y partes de servicio Artículo 80.- Interconexiones internas del adjudicatario

Los licitadores incluirán, en sus ofertas, los sistemas, métodos y equipos de interconexión y comunicación entre los distintos equipos que realizan su labor en la vía pública, así como entre éstos y los que las efectúan en las instalaciones fijas, que deberá ser permanente y de calidad, a fin de lograr una correcta y ágil gestión de los mismos, su óptimo rendimiento y la fluida transmisión de órdenes y comunicaciones. Estos equipos de interconexión serán obligatorios en todos los vehículos.

Artículo 81.- Interconexiones entre el adjudicatario y el Ayuntamiento.

Los licitadores incluirán, en sus ofertas, los sistemas, métodos y equipos de interconexión y comunicación entre el adjudicatario y el Ayuntamiento de Navalcarnero, quien determinará, una vez resulta la adjudicación, aquellos que considera correctos y suficientes.

Deberá reflejar la disponibilidad de una línea durante 24 horas los 365 días

del año para avisos realizados por la Policía Local u responsables municipales.

Artículo 82.- Partes semanales

De forma semanal (los lunes), el adjudicatario remitirá parte que confeccionarán de trabajo, en los que se reflejarán las labores a realizar, el personal que las llevará a cabo, zonas donde se prestarán los servicios y cualquier otro aspecto relevante.

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CAPITULO IX.- Instalaciones fijas. Artículo 83.- Consideraciones generales Se considerarán instalaciones fijas, la base de operaciones situada en la calle los Bastos, 4, del término municipal de Navalcarnero, la cual será cedida por el Ayuntamiento al adjudicatario para su utilización como oficina, estancia, mantenimiento del material, así como para la concentración y distribución del mismo, incluyendo las instalaciones auxiliares (aseos, vestuarios. etc.). Estas serán de uso para los servicios de limpieza viaria y recogida de residuos. Para el servicio de mantenimiento y conservación de zonas verdes, se deberá ofertar nave o base de operaciones de alquiler a sufragar por el adjudicatarios, pero siempre dentro del término municipal.

Las instalaciones fijas necesarias para la realización de los servicios se clasifican en:

- Base de Operaciones o Parque Central y Oficinas del servicio de

limpieza viaria y recogida-transporte de residuos. - Base de Operaciones o Parque Central y Oficias del Servicio de

mantenimiento y conservación de zonas verdes.

Se denomina Base de Operaciones o Parque Central y Oficinas a las instalaciones y edificios destinados a la guardería de vehículos, oficinas, almacenes y talleres, con sus correspondientes servicios de reparación, mantenimiento y conservación de los vehículos a utilizar en los diferentes servicios así como, las necesarias para asistir al personal que desde estas instalaciones inicie su trabajo habitual.

Dada la importancia que representa la ubicación de esta Base de Operaciones para la optimización de la gestión y realización de los servicios, se considera fundamental que dicho Parque Central y oficinas esté ubicado dentro del propio municipio de Navalcarnero, para asegurar que los tiempos de servicio dentro del horario establecido en el contrato con independencia de la ubicación en la que se encuentre.

Para la fecha de la firma del contrato la empresa adjudicataria deberá de tener el parque central en arrendamiento en el servicio relativo al servicio de mantenimiento y conservación de zonas verdes.

Independientemente de la propiedad de la misma, justificarán las inversiones a realizar para la adecuación de las instalaciones a las necesidades del servicio para el primer año.

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Artículo 84.- Responsabilidades de la empresa adjudicataria en relación a las instalaciones

Respecto de todas las instalaciones cedidas y propuestas, será responsabilidad de la empresa adjudicataria lo siguiente:

- La realización de las obras de acondicionamiento por primera

ocupación según los proyectos básicos que las empresas licitadoras incluirán en sus ofertas. En dichos proyectos básicos se presentará un programa de trabajo para la realización de las obras, con indicación de fechas de terminación y de las medidas a adoptar para que las mismas no afecten el normal desarrollo de los servicios ofertados, así como los permisos necesarios y la documentación precisa, debidamente cumplimentada y acreditada.

- El mantenimiento en perfecto estado de conservación y limpieza de

todas las instalaciones propuestas, para lo cual deberán cumplirse anualmente los programas de conservación preventiva que las empresas licitadoras incluirán dentro del manual de explotación de instalaciones fijas.

- El cumplimiento en todo momento de:

- Cualquier norma y/u ordenanza aplicable a este tipo de

instalaciones y especialmente las relacionadas con la seguridad e higiene y con el medioambiente.

- Las directrices de los Servicios Técnicos Municipales sobre

imagen y comunicación.

- La gestión y obtención de los permisos necesarios para el desarrollo de la actividad a la que se van a destinar las instalaciones. Los Servicios Técnicos Municipales se reservan el derecho a solicitar, una vez adjudicado el servicio, los documento pertinentes.

- Todas las instalaciones serán para uso exclusivo del personal y

medios que aporte la empresa adjudicataria para el servicio, salvo autorización expresa de los Servicios Técnicos Municipales.

- La empresa adjudicataria correrá con todos los gastos de agua,

luz, teléfono, conservación y mantenimiento de las instalaciones, incluso, los correspondientes a posibles obras de ampliación.

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- Solicitar autorización escrita a los Servicios Técnicos Municipales para la realización de cualquier obra de reforma o ampliación no contemplada en el proyecto de licitación.

- Cualquier mejora o ampliación en obra definitiva o

desmontable que se realice en las instalaciones de propiedad municipal, al finalizar la concesión pasará a ser propiedad del Ayuntamiento de Navalcarnero.

- Entregar al final del contrato las instalaciones cedidas por el

Ayuntamiento en su estado primitivo, y en su caso, con las mejoras aportadas por la empresa adjudicataria.

CAPITULO X.- CAMPAÑAS DE COMUNICACIÓN: Artículo 85.- Descripción general

Al objeto de fomentar y favorecer el cumplimiento de los objetivos y principios de actuación recogidos en el presente Pliego, las empresas licitadoras deberán proponer un Plan de Comunicación y Concienciación Ciudadana que abarque toda la duración del contrato, debiendo contemplar cuando menos los siguientes aspectos:

- Año 1 y dentro de los primeros 40 días desde la firma del contrato: Dar

a conocer los distintos aspectos del nuevo servicio de recogida de residuos, servicio de limpieza viaria, mantenimiento de zonas verdes y sistema de contenedores, basado en los criterios de eficiencia y sostenibilidad, frecuencias de recogida, frecuencia de limpieza por barrios, servicio de recogida puerta a puerta de muebles, enseres y poda, servicio de recogida puerta a puerta en bares, comercios ,…..

La campañas de concienciación e información, se considera prioritaria para este Ayuntamiento, por lo que se utilizarán medios de gran difusión como marquesinas de autobuses, autobuses, sistemas publicitarios en vía pública,… En los casos específicos de recogida puerta a puerta de bares, restaurantes, comercios,… se propondrá una campaña personalizada mediante comunicación e información directa.

-Resto de años: Se efectuarán con carácter anual campaña de divulgación de los diferentes aspectos del servicio, con alcance domiciliario y extendida a todo el término municipal, al objeto de buscar una mayor concienciación, conocimiento del servicio y participación ciudadana, fomentando siempre, y entre otros aspectos, el aumento del reciclaje, la minimización de la generación de residuos, la reutilización y revalorización, etc.… En estas campañas se podrán incluir también

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cuestiones relacionadas con las actividades incluidas en otros Grupos de Servicios objeto del contrato, como por ejemplo, el fomento de hábitos que contribuyan al mantenimiento de la limpieza de los espacios públicos.

Estas campañas serán realizadas sin coste alguno para el Ayuntamiento, al estar incluidas en la anualidad. Los adjudicatarios adjuntarán propuestas en la oferta según lo reseñado, y deberá ser aprobada por los Servicios Técnicos Municipales.

CAPITULO XI.- Responsabilidad del adjudicatario, responsabilidad técnica y control del servicio

Artículo 87.- Descripción general

POR PARTE DEL AYUNTAMIENTO

Los servicios técnicos de la Concejalía de Medio Ambiente, vigilarán y

controlarán en todo momento la forma de prestación de los diferentes servicios adjudicados en relación con las especificaciones del presente.

Las funciones de los técnicos designados para desempeñar el Servicio de

Inspección, serán las siguientes:

- Controlar que los servicios y labores se efectúen oportunamente y en la forma estipulada.

- Controlar que se cumple tanto lo estipulado en el Pliego como en la

oferta, como en los posibles compromisos posteriores del adjudicatario en cuanto al número y cualificación del personal adscrito al servicio, así como la maquinaria, vehículos y mejoras presentadas en la oferta.

- Determinar si los equipos, personal, maquinaria y herramientas

satisfacen las condiciones exigidas al rango del lugar en que actúan y la importancia de la misión que tengan encomendada.

POR PARTE DEL ADJUDICATARIO

La Empresa intervendrá directamente, sin necesidad de los Técnicos

municipales, en aquellas operaciones de inspección y de reparación que requieran actuación que encuentre dentro del objeto del contrato, pues es su obligación la detección de cualquier circunstancia que se origine y pueda suponer perjuicio, riesgo o desmerecimiento de su buen estado siguiendo los programas de gestión elaborados o el cumplimiento del Pliego Técnico.

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Intervendrá, asimismo, en actuaciones que por su urgencia sean necesarias, fuera del horario normal.

La no detección ni notificación de estas circunstancias a los Técnicos

municipales será motivo de sanción. Si existieran dudas de interpretación sobre si la operación a realizar está

íntegramente incluida en la modalidad de anualidad, el adjudicatario consultará al Técnico municipal, el cual resolverá considerándose tal resolución de obligado cumplimiento, sin perjuicio de las posteriores reclamaciones a que hubiera lugar por parte del adjudicatario.

Cuando los trabajos a ejecutar rebasen total o parcialmente el alcance de

las operaciones definidas para la modalidad incluida en el contrato, el adjudicatario presentará al Técnico municipal una propuesta de actuación, especificando las operaciones que en su caso han de ser acometidas por la anualidad y una relación valorada de las que hayan de certificarse por valoración de obra, suministro o servicio según se indica en los artículos anteriores. Aceptada por el Técnico municipal, deberá ser ejecutada en el plazo que éste indique.

Cuando el Técnico municipal considere que el estado de deterioro de un

elemento no admite más intervenciones puntuales por la anualidad, podrá ordenar la ejecución de los trabajos de reposición con cargo a la modalidad de valoración por obra, suministro o servicio.

Si el adjudicatario, por propia iniciativa, efectuara trabajos de mejora o

que rebasen el alcance puntual que este Pliego establece para las actuaciones incluidas en la anualidad, al objeto de ahorrarse reiteradas intervenciones sobre un elemento determinado, aquellos trabajos serán también considerados íntegramente incluidos en la modalidad de anualidad.

El adjudicatario es responsable de los daños, perjuicios o molestias

ocasionadas a bienes o terceras personas con motivo tanto de los trabajos en la vía pública, como de la no realización de los mismos en el tiempo debido.

De igual modo deberán disponer, a su cargo, de todas las medidas de

protección y señalización que garanticen la seguridad tanto del personal que trabaja en la vía pública como del público en general.

La Corporación declina formalmente cualquier responsabilidad que pueda

derivarse del incumplimiento de dichas normas y medidas por parte de los contratistas al margen de poder imponer las sanciones que más adelante se especifican.

Salvo supuestos de fuerza mayor, en caso de que se produjeran alteraciones que supongan la paralización total o parcial del servicio, la empresa adjudicataria deberá acordar con el Departamento correspondiente la materialidad

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de los trabajos para los servicios mínimos que determine la Ley, siendo responsable la adjudicataria de los daños que se puedan producir en los bienes públicos objeto del contrato.

Los Servicios Técnicos del Ayuntamiento podrán recabar de la empresa

adjudicataria, asistidas por sus colaboradores cualificados los informes, datos, apoyo en operaciones de inventario, planificación, mediciones, trabajos de índole experimental, medios materiales y humanos, etc., que sean necesarios para mejorar o racionalizar los trabajos objeto del contrato, sin cargo alguno. Se incluyen nominas, TC,…

El adjudicatario deberá presentar dentro de los diez primeros días de cada

mes vencido, la siguiente documentación:

- Certificado de los kilogramos de residuos recogidos en el municipio por mes, de la fracción resto-orgánica, envases ligeros, papel-cartón, vidrio, y demás residuos generados en el municipio. Se tienen que indicar las matriculas de los vehículos utilizados.

- Certificado de los kilogramos de residuos voluminosos, de enseres,

podas,… recogidos en el municipio, y punto de vertido. Se tienen que indicar las matriculas de los vehículos utilizados.

- Respecto a documentación con ECOEMBES: Facturas emitidas a

ECOEMBES en relación con el convenio.

- Caracterizaciones realizadas por ECOEMBES, en material de recogida selectiva de envases ligeros.

- Certificado por servicio, de las ausencias de personal a descontar en

la factura. Las ofertas contendrán una organización de los medios de las contratas

para los trabajos objeto de las mismas, justificando la vinculación de cada equipo de trabajo, así como la previsión de programas de ejecución específicos según lo indicado en los artículos anteriores.

El control por parte de los Técnicos municipales de la organización de los

medios materiales y humanos, trabajos y operaciones previstos conforme la proposición contenida en los planes y programas de trabajo solicitados al principio del contrato y las mejoras que se consideren adecuadas, sin variar el importe económico, será continuo e inmediato a través del programa de gestión.

La empresa adjudicataria someterá a los Servicios Técnicos programas de

trabajo de cada una de las labores a realizar alternativamente al programa ordinario para cuando, por motivo de fuerza mayor o condiciones climatológicas, no sea posible la realización de este último.

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En las operaciones de frecuencia diaria la empresa adjudicataria

garantizará que en ningún caso se produzca una cesación del servicio superior a cuarenta y ocho horas, sea cual fuere la norma que las establezca. En las operaciones de otras frecuencias en que se produzca tal circunstancia, se mantendrá este mismo criterio.

A tal efecto, los Servicios Técnicos conformarán la programación de los

trabajos que se vean afectados por esta circunstancia. La empresa adjudicataria deberá atender los trabajos de tipo urgente,

imprevisibles, de responsabilidad o riesgo especial, fijando en su oferta con claridad el sistema, persona y modo de contacto con los Técnicos municipales.

La empresa adjudicataria entregará los siguientes documentos de trabajo:

− Planificación semanal de trabajos a ejecutar según la programación establecida.

− Resumen semanal de los trabajos ejecutados.

− Listados mensuales correspondientes al personal por servicio. − Informes de incidencias.

Los formatos y modelos de partes, así como el sistema de comunicación, serán facultad de los Servicios Técnicos municipales, modificándose, si hubiera lugar, de acuerdo con el interés del Ayuntamiento, incorporando las informaciones de los contratistas que tengan consecuencias operativas.

Artículo 87.- Póliza de seguro

Para garantizar los posibles daños o perjuicios que puedan producirse, la empresa adjudicataria dispondrá de un seguro de responsabilidad civil y daños a terceros en cuantía suficiente y no menor de 1.500.000 euros, debiendo entregar copia compulsada de la póliza de seguro al hacerse cargo de la contrata.

Esta póliza de seguro no podrá tener franquicia de ningún tipo.

CAPITULO XII.- Modificación del contrato Artículo 88.- Descripción general

Sin perjuicio de lo dispuesto en relación con las modificaciones contractuales en el TRLCSP, el presente contrato prevé el siguiente supuesto: Ampliación de operaciones y servicios de limpieza viaria, recogida y transporte de

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residuos y mantenimiento de zonas verdes no incluidas en el ámbito inicial, y definidos en el momento de inicio del contrato.

En los objeto de contrato, se entenderá que se da el supuesto de modificación cuando se proceda a recepcionar nuevas urbanizaciones. Siempre que las zonas objeto de limpieza se incremente en un 2,5% o más respecto del total de superficie existente al momento del inicio del contrato. Las variaciones inferiores al 2,5% serán asumidas por la adjudicataria sin que supongan alteración del importe de adjudicación.

En el caso que se amplíen zonas verdes en el interior de la zona de objeto de contrato, se considerará el mismo porcentaje.

La ampliación se efectuará indicando los medios humanos y mecánicos a ampliar, según criterio de los Servicios Técnicos Municipales.

A estos efectos reseñados, en el supuesto de que, una vez iniciada la

prestación del servicio, se considere procedente o necesario realizar una redistribución de las prestaciones, para ajustarlas a las necesidades reales del municipio, tanto por ampliación como por disminución de esas necesidades, y esta circunstancia pueda verificarse de manera objetiva, a través de los informes técnicos y/o económicos que se sean procedentes, el contrato podrá modificarse en una cuantía no superior a un 10% del precio primitivo del contrato.

CAPITULO XIII.- Régimen disciplinario Artículo 89.-. Calificación de las infracciones

Las Infracciones se clasificaran en leves, graves y muy graves. Tendrán la consideración de Infracciones leves:

- La imperfección, no reiterada, en la prestación de los servicios objeto de

contrato. - La interrupción en cualquiera de los servicios adjudicados por periodo

inferior a 12 horas, por cualquier causa y siempre que no - se produzcan mas de dos veces en cada año, salvo causa de fuerza mayor.

- El retraso en los horarios o frecuencias. - La falta o deficiencia de uniformidad en el personal encargado de la prestación del servicio, o la mala prestación y estado del material para realizarlo.

- Omisión del deber de comunicar situaciones contrarias al buen estado de

la recogida o limpieza.

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- Estado general de los vehículos valorado en las inspecciones técnicas

como “insuficiente” o “defectuoso”. - Vehiculo en mal estado de pintura, de limpieza o con adhesivos no

autorizados. - Falta de respeto al público, servicios técnicos municipales y agentes de la

autoridad. - El incumplimiento de las directrices del Ayuntamiento para la debida prestación del servicio.

- La falta de seguro y recibo en vigor del mismo sobre los bienes muebles e

inmuebles. - La no presentación al Ayuntamiento por parte del adjudicatario de

documentación según se refleja en el Pliego. - Cualquier otra infracción no contemplada en esta relación y que pueda

deteriora la prestación del servicio requerido en este Pliego. Tendrán la consideración de Infracciones graves:

- Impedir a los servicios municipales el ejercicio de sus funciones de

fiscalización y control de los servicios. - La percepción de cualquier remuneración, canon a merced de los particulares, industriales, comerciantes y demás usuarios de los servicios, cuyas prestaciones sean gratuitas.

- La interrupción en cualquiera de los servicios adjudicados por cualquier

causa, por periodo superior a 12 horas, salvo causa de fuerza mayor. - Impulsar los productos de la recogida debajo de los vehículos

estacionados, alcorques o verterlos en solares, espacios sin urbanizar o imbornales.

- Utilización de los uniformes o del material como soporte de los elementos publicitarios o propagandísticos de índole comercial, política o sindical.

- Modificación de un servicio sin causa justificada y sin notificación previa. - Estado general de los vehículos, valorado en las inspecciones técnicas

como “muy defectuoso”.

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- La reincidencia en la comisión de tres infracciones leves en el plazo de un año.

- El incumplimiento de las obligaciones asumidas por el concesionario, en cuanto a la forma y medios de prestar el servicio, principalmente en las condiciones ofertadas que sirvieron como base para la adjudicación.

- El incumplimiento de las obligaciones de presentación de memorias del

servicio y de los balances periódicos de control de la gestión económica. - La falta de mantenimiento de las instalaciones adscritas a la prestación del

servicio. - El incumplimiento de las obligaciones en materia laboral y de seguridad

social. - Manipulación de los sistemas informáticos o falsificación de los datos. - El incumplimiento de las condiciones del contrato que, a juicio del

Ayuntamiento tengan la consideración de grave.

Tendrán la consideración de Infracciones muy graves:

- La falta de puesta en marcha de todos los servicios (contenerizacion, vehículos,…) en los 40 días naturales posteriores a la firma del contrato o fecha fijada por el adjudicatario.

- El incumplimiento de la normativa vigente en materia de prevención de

riesgos laborales. - El incumplimiento de la normativa vigente en materia medioambiental. - La falta de prestación de la debida colaboración en caso de que ser

requerido por la Policía Local o personal municipal en caso de averías por riegos, accedentes, condiciones metereológicas adversas,…

- La utilización de los medios materiales y humanos adscritos a los servicios

objeto del contrato fuera del ámbito de actuación de los mismos, sin autorización expresa de los servicios técnicos municipales.

- La falta de disponibilidad de medios ofertados por el adjudicatario, sean

estos valorados o no para la adjudicación. - El Abandono el servicio o interrupción del servicio, por razones que no

sean justificadas sobradamente a juicio de los servicios técnicos y jurídicos del ayuntamiento.

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- No contar con todo el personal reflejado en el Pliego de Prescripciones Técnicas ni en la oferta.

- Manipulación de sistemas informáticos de control.

- Falsificación de documentos a presentar en el Ayuntamiento. - La reincidencia en la comisión de tres infracciones graves en el plazo de

un año.

Artículo 90.- Sanciones

Cada día de demora en la puesta en marcha de la totalidad de los servicios ofertados, según este pliego o mejora de los adjudicatarios, podrán ser penalizados de la siguiente forma:

- De uno a cinco días de demora, sanción de hasta 500 €/día. - De seis a diez días de demora, sanción de hasta 1.000 €/día. - A partir de diez días de demora, sanción de hasta 2.000 €/día.

Las infracciones de sancionarán con las penalidades por los importes

siguientes:

a) Infracciones leves: De 300 a 1.000 € b) Infracciones graves: Desde 1.001 hasta 3.000 € c) Infracciones muy graves: Desde 3.001 hasta 6.000 €

Si el concesionario incurriese en infracción de carácter grave o muy grave, que pusiera en peligro la buena prestación del servicio, incluida la desobediencia a ordenes de modificación, la corporación podrá declarar en secuestro la concesión, con el fin de asegurar el servicio provisionalmente.

Cuando las infracciones consistan en no contar con todo el personal

ofertado de forma diaria, o la no prestación de los servicios contratados, los servicios técnicos municipales, quedaran facultados para valorar el beneficio que la empresa adjudicataria ha obtenido cometiendo la infracción. En estos casos el valor de la sanción resultará de multiplicar dicho beneficio económico por 1.5 si la infracción no un trastorno significativo ha supuesto para el servicio o por 2 si se ha producido dicho trastorno. El importe de las sanciones se detraerá de las correspondientes certificaciones mensuales.

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CAPITULO XIV.- PRESENTACIÓN DE LA OFERTA

Artículo 91.- Memoria técnica

Las empresas licitadoras deberán de exponer detalladamente en la

Memoria Técnica que se incluirá en el sobre correspondiente a los criterios sujetos a juicio de valor los aspectos que se indican en los apartados correspondientes a cada servicio en el Pliego de Condiciones Técnicas.

Como mínimo y de forma general deberán incluir los siguientes:

a) Los distintos tipos de tratamiento que se prevén a nivel del municipio, para realizar los distintos planes de limpieza viaria, contenerizacion, recogida-transporte de residuos y mantenimiento y conservación de zonas verdes.

b) La naturaleza y constitución de los equipos correspondientes a estos

tratamientos, y en particular:

- Constitución en cuanto a medios humanos, medios mecánicos y materiales.

- Reparto de las tareas entre operarios de un mismo equipo y coordinación de las mismas.

- Todas las características funcionales de los equipos mecánicos.

- Las rutas de cada equipo correspondiente a prestaciones básicas, por barrios o por zonas.

- Medios auxiliares para el transporte final de los residuos.

c) Como consecuencia de lo anterior, la relación de medios directos, que han de estar actuando en todo momento. d) La relación de medios totales, directos e indirectos con inclusión de los necesarios por averías, imprevistos, etc...

- En lo que se refiere a la plantilla, dicha relación se expresará siguiendo las diferentes categorías funcionales y precisará con toda claridad las necesidades de cada plan.

- En lo que se refiere a material móvil, explicitará

detalladamente:

- Las marcas, tipos y equipamientos de las máquinas que se proponen (adjuntar descripción detallada).

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- El número de horas de funcionamiento que en cada caso se considera para la amortización de los equipos.

- En lo que se refiere a instalaciones fijas explicitará

detalladamente:

- La naturaleza, ubicación y características previstas para ellas en fase de servicio.

- El régimen de las mismas: propiedad actual de las

empresas licitadoras, alquiles o compraventa o cesiones.

- Sobre los actuales locales municipales se propondrán las características de las reformas en dichas dependencias, a realizar por la empresa adjudicataria.

e) Organización general de la contrata, organización funcional,

planteamiento relativo al mantenimiento de la maquinaria, a la planificación y control de la producción, etc...

f) Planning detallado de todas las tareas de preparación necesarias para

el inicio de las prestaciones dentro del plazo fijado en el pliego de condiciones.

g) Puestos de trabajo directos y plantilla laboral necesaria, para poder

garantizar en todo momento la cobertura de los puestos de trabajo ofertados, distinguiendo tiempo de contratación, funciones, categorías, absentismo laboral y servicio al que serán adscritos. Se tendrá en cuenta que se deberán cubrir bajas, vacaciones, etc., al objeto de que el servicio se realice con total normalidad.

Se indica a las empresas licitadoras podrán realizará una visita a las

instalaciones y vehículos a ceder con el fin de que se conozcan perfectamente el estado de las mismas para su análisis y evaluación de cara a confeccionar debidamente sus ofertas. La fecha y hora se deberá concretar con los Servicios Técnicos Municipales.

Por otro lado, se destaca que debido a la posible complejidad en la

redacción de las ofertas, para recoger y plasmar de forma optima lo indicado en el Pliego de Prescripciones Técnicas. Se considera que el plazo para la prestación de las ofertas debe ser de un mínimo de 30 días.

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Artículo 92.- Memoria económica

Los licitadores vendrán obligados a presentar una justificación económica de la oferta acorde al siguiente modelo, y que se adjunta en los anexos:

1.- Servicios a prestar: 1.1.- Todos los licitadores deberán presentar una oferta en que se incluya el presupuesto anual de prestación de los servicios incluidos en los siguientes bloques generales:

- Limpieza urbana. - Contenerizacion, Recogida y transporte de los residuos urbanos. - Mantenimiento y conservación de zonas verdes, parques, jardines

y arbolado.

1.2.- Las ofertas económicas indicarán el presupuesto anual de lo fijado anteriormente, incluyendo un desglose para cada grupo y servicio y se confeccionarán en base a las siguientes unidades:

- MEDIOS HUMANOS (Cuadro A): Con indicación del número, categoría, turno, tipo de contrato indicando en cada caso sus costes (por año y/o jornada). Se incluirán los conceptos de vacaciones y absentismo.

- MEDIOS MATERIALES Y AUXILIARES (Cuadro B): Con

indicación del número de unidades, características (marca y modelo), coste de mantenimiento (combustibles, lubricantes, neumáticos,…)

- MEDIOS MATERIALES Y EQUIPOS (Cuadros C): Con

indicación del número de unidades, características (marca y modelo) y coste de adquisición o alquiler. Así como, para cada uno de ellos: amortización, financiación, periodo de amortización y gastos de consumo, mantenimiento, reparación, etc.…

- INSTALACIONES FIJAS Y OTROS GASTOS (Cuadros D):

Con indicación del tipo de nave y cantón, número de unidades y, para cada una de ellas, los costes de alquiler/adquisición, así como los costes de mantenimiento y gastos asociados (luz, agua, seguros, vados…).

- VESTUARIOS, UTILES Y HERRAMIENTAS (Cuadros E): Se

deberán desglosar como en los apartados anteriores según sean los medios humanos.

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- GASTOS GENERALES, BENEFICIO INDUSTRIAL E IMPUESTOS: Con indicación en porcentaje de cada uno de ellos.

- IVA: Con indicación del correspondiente a cada servicio.

1.3.- La suma de todas las unidades indicadas para cada uno de los grupos, conformarán el PRESUPUESTO ANUAL de cada uno de los tres servicios objeto de contratación.

1.4.- Se establecerá un cuadro resumen donde se indique el coste durante los primeros 6 años de servicio (incluyendo amortizaciones), y el resto de años en caso de prorroga (sin amortizaciones). Significar que en los anexos, se incluyen modelos para la presentación de

la oferta económica.

Artículo 93.- Formato de presentación de las ofertas Las empresas licitadoras vendrán obligados a presentar la documentación

de la oferta técnica redactada en letra Arial con tamaño 12 e interlineado 1,5, en formato A-4 a una cara sobre papel.

Los planos se presentarán en formato A-2. Las empresas licitadoras presentarán en formato digital pdf copia de la

oferta técnica presentada, por una parte en un fichero corrido que recoja la totalidad de documentación escrita y gráfica correctamente ordenada de manera secuencial y por otra parte 1 pdf corrido por cada tomo de documentación que figure en el contenedor u oferta.

En la carpeta raíz del citado soporte informático (cd o DVD) figurará un

fichero pdf denominado índice de la oferta técnica. Las empresas licitadoras deberán de presentar obligatoriamente un tomo

A-4 denominado Resumen de la Oferta Técnica que no podrá contar con mas de 30 páginas. CAPITULO XV : CLAUSULAS ECONÓMICAS Artículo 94.- Presupuesto del contrato

El tipo de licitación del conjunto de los servicios objeto del presente pliego se fija en la cantidad anual (para el año 1 al año 6, ambos incluidos) en DOS MILLONES DOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES EUROS CON CINCUENTA Y DOS CÉNTIMOS (2.289.883,52 €), IVA INCLUIDO.

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Esta cantidad se desglosa en tres partes:

- PARTE CORRESPONDIENTE AL SERVICIO DE LIMPIEZA VIARIA: OCHO CIENTOS VEINTIOCHO MIL CUARENTA EUROS Y OCHENTA Y DOS CÉNTIMOS (828.040,82 €) IVA INCLUIDO; que desglosado corresponde a los siguientes conceptos: SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO EUROS CON TREINTA Y OCHO CÉNIMOS (752.764,38 €) de base imponible; SETENTA Y CINCO MIL DOCIENTOS SETENTA Y SEIS EUROS CON CUARENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (75.276,44 €) de 10 % de IVA.

- PARTE CORRESPONDIENTE AL SERVICIO DE

CONTENERIZACIÓN, RECOGIDA Y TRANSPORTE DE RESIDUOS: SETECIENTOS TREINTA Y DOS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO EUROS CON SESENTA Y CINCO CÉNTIMOS Euros (732.688,65 €) IVA INCLUIDO; que desglosado corresponde a los siguientes conceptos: SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL OCHENTA EUROS CON CINCUENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (666.080,59 €) de base imponible; SESENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS OCHO EUROS CON SEIS CÉNTIMOS (66.608,06 €) de 10 % de IVA.

- PARTE CORRESPONDIENTE AL SERVICIO DE

MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE ZONAS VERDES, PARQUES, JARDINES Y ARBOLADO: SETECIENTOS VEINTINUEVE MIL CIENTO CINCUENTA Y CUATRO EUROS CON CINCO CÉNTIMOS (729.154,05 €) IVA INCLUIDO; que desglosado corresponde a los siguientes conceptos: SEISCIENTOS DOS MIL SEISCIENTOS SEIS EUROS CON SESENTA Y CINTO CÉNTIMOS (602.606,65 €) de base imponible; CIENTO VEINTE SEIS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE EUROS CON CUARENTA CÉNTIMOS (126.547,40 €) de 21 % de IVA.

Las proposiciones a presentar por las distintas impresas concurrentes deberán

ir a la baja. A todos los efectos, se entenderá que las ofertas presentadas por los

licitadores comprenden, no solo el precio del contrato, sino también el IVA (que figurará como partida independiente) y todos y cada uno de los tributos que les sean de aplicación según las disposiciones legales vigentes.

El valor estimado del contrato es de DIECISEIS MILLONES TRES MIL DOSCIENTOS VEINTISEIS EUROS CON CUARENTA Y OCHO CÉNTIMOS. IVA no incluido (16.003.226,48 Euros, sin incluir IVA), teniendo en cuenta la duración total y las eventuales prórrogas del contrato.

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Significar que a continuación, se establece el precio máximo de los servicios a contratar. Reseñando, que el coste de los servicios durante el año 7 y 8, será el resultante de la resta de las amortizaciones.

Cuadro de costes anuales sin incluir IVA.:

Año1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 Año 6 Año 7 Año 8 2.021.451,63 2.021.451,63 2.021.451,63 2.021.451,63 2.021.451,63 2.021.451,63 1.937.258,36 1.937.258,36

Artículo 95.- Otras remuneraciones:

Con el fin de dar traslación del riesgo al adjudicatario, este obtendrá remuneración por los ingresos que en función de su gestión de la recogida selectiva se deriven, en virtud de los convenios de ECOEMBES y ECOVIDRIO u otros posibles y con las tarifas, formas de facturación y demás requisitos que en estos convenios se reflejen.

Se consideran también como ingresos por parte del adjudicatario, los

derivados de la venta de piezas o elementos de los contenedores soterrados, contenedores de polietileno de fracción resto y envases ligeros de 800 o 1.100 litros, contenedores tipo iglú de papel-cartón y vidrio, y venta de los residuos de papel-cartón.

Artículo 96.- Forma de pago

El pago por la prestación de los servicios contratados se efectuará mediante certificaciones mensuales como consecuencia de los trabajos realizados en el mes anterior, informadas por la persona Responsable Municipal del Contrato y aceptadas por el Ayuntamiento. Esta certificación constará de los siguientes conceptos: 1. Doceavas partes del Presupuesto del servicio de limpieza viaria de adjudicación. 2. Doceavas partes del Presupuesto del servicio de contenerizacion, recogida-transporte de residuos urbanos de adjudicación. 3. Doceavas partes del Presupuesto de mantenimiento y conservación de zonas verdes de adjudicación. 4. Descuento en cada servicio de los servicios no prestados derivados de la ausencia de mano de obra, maquinaria,… 5. Importe de los gastos generales y beneficio industrial. 6. Importe total de los servicios incluidos el IVA.

Junto con las facturas, se adjuntará: 1. Certificado de kg recogidos de

forma diferenciada de la fracción orgánica-resto, fracción envases ligeros, papel-cartón, vidrio, voluminosos, poda y enseres, donde se indiquen las matriculas de los vehículos utilizados para su recogida y transporte.

Durante los seis primeros años de contrato se incluirán los costes de primer

establecimiento y/o amortizaciones.

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CAPITULO XVI. – VALORACIÓN DE LAS OFERTAS

Las ofertas de los Licitadores que hayan sido seleccionadas, en base al estricto cumplimiento de los Pliegos de Condiciones, serán valoradas sobre un total de 100 puntos de acuerdo a los criterios de adjudicación que se exponen a continuación según los siguientes conceptos:

VALORACIONES OBJETIVAS

1.- Proposición económica: hasta 28 puntos.

Se otorgará la máxima puntuación a la mejor oferta económica presentada, atribuyendo la puntación al resto de ofertas en proporción inversa conforme a la siguiente formula:

P = PB X OM / ON

P: Puntos asignados a cada oferta.

PB: Puntos base a asignar.

OM: Importe de la menor oferta.

ON: Importe de de cada concurrente.

Las empresas licitadoras se entenderán que incurren en presunción de baja temeraria en los supuestos contemplados en el Art. 152.2 del TRLCSP. Se considerará, en principio, que la oferta contiene valores anormales o desproporcionados (baja desproporcionada y temeraria) aquella en la que, teniendo en cuenta más de un criterio de adjudicación, el precio ofertado sea inferior al 10 % a la media aritmética del total de las ofertas presentadas, siendo de aplicación lo dispuesto en el Art. 152.3 y 152.4 del TRLCSP.

No se valorarán las ofertas que presenten variación del importe anual en los años del 1 al 6, y del 7 al 8.

2.- Mejoras valoradas económicamente: Hasta 67 puntos.

Todas las mejoras irán valoradas económicamente, y en caso de no ser ejecutadas en los tiempos fijados en el pliego de prescripciones técnicas, se descontarán de las facturas a presentar por la prestación del servicio objeto de contrato. En el caso, de no estar valoradas económicamente, no serán consideradas.

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2.1. Personal adicional propuesto. Hasta 18 puntos

En este apartado se establece una valoración máxima de 18 puntos. Se puntuará el aumento de personal al año durante la duración del contrato, con la ponderación que se relaciona en el último párrafo de este punto. El total de la puntuación asignada a cada oferta presentada se obtendrá haciendo el sumatorio del producto entre el personal adicional que se oferte y la puntuación asignada a cada categoría.

No se incluirá al personal que con carácter obligatorio debe tener la

contrata y que se especifican en el artículo correspondiente. Únicamente se propondrá personal adicional y con jornada completa

durante siete meses al año (de abril a octubre, ambos incluidos), considerando vacaciones y absentismo, debiendo ser nuevas contrataciones. Se podrá excluir del concurso a la empresa que en esta relación incluya parte o la totalidad del personal que se ha estimado obligatorio. Significar que será de aplicación:

Personal acreditando su experiencia:

- Oficiales jardinería: 2 ptos./cada uno. - Jardinero y Auxiliares jardinería: 1,5 ptos./cada uno.

No se valorarán las ofertas que aporten un exceso de personal que

supere el máximo de puntos ó varíen en los distintos años de contrato el personal a mejorar en la oferta.

2.2. Mejoras relativas a actuaciones en zonas verdes: Hasta 10 puntos.

Estas mejoras consistirán exclusivamente en la cantidad que se señale

para cada uno de ellas, expresada en €/año, excepto en el punto c), que será relativo a si se oferta como mejora o no se oferta.

a) Actuaciones en redes de riego para reducción de consumos de agua:

hasta 4 PUNTOS.

Se otorgará la máxima puntuación al que oferte mayor importe al año, para la realización de actuaciones en la red de riego para la optimización y reducción de consumo de agua, según criterio de los Servicios Técnicos Municipales. Atribuyendo la puntuación al resto de ofertas en proporción inversa conforme a la siguiente formula:

P = PB X ON / OM

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P: Puntos asignados a cada oferta. PB: Puntos base a asignar. OM: Oferta con mayor importe económico al año. ON: Oferta económica al año de cada concurrente.

Solo se admitirán aquellas ofertas que presenten un importe fijo anual.

b) Suministro y plantación de árboles y arbustos: hasta 4 PUNTOS.

Se otorgará la máxima puntuación al que oferte mayor importe al año, para la realización de actuaciones de suministro y plantación de arbolado y arbusto en el municipio según criterio de los Servicios Técnicos Municipales. Atribuyendo la puntuación al resto de ofertas en proporción inversa conforme a la siguiente formula:

P = PB X ON / OM

P: Puntos asignados a cada oferta. PB: Puntos base a asignar. OM: Oferta con mayor importe económico al año. ON: Oferta económica al año de cada concurrente.

Solo se admitirán aquellas ofertas que presenten un importe fijo anual.

c) Suministro y plantación de flor de temporada según anexos y

artículos del pliego (2 veces al año: Abril y Noviembre): 2 PUNTOS.

El contenido concreto de estas mejoras será definido para la ejecución

del contrato por los Servicios Técnicos municipales valorándose según la base de precios de PAISAJISMO en vigor de la Asociación Española de Parques y Jardines.

2.3.- Mejora relativa a la renovación y ampliación de papeleras: Hasta 5

puntos.

Se otorgará la máxima puntuación al que oferte el mayor número de papeleras al año, según características fijadas en los anexos, y las condiciones fijadas en los artículos correspondientes del Pliego de Prescripciones Técnicas. Atribuyendo la puntuación al resto de ofertas en proporción inversa conforme a la siguiente formula:

P = PB X ON / OM

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P: Puntos asignados a cada oferta. PB: Puntos base a asignar. OM: Oferta con mayor número de papeleras/año. ON: Número de papeleras/año de cada concurrente.

Solo se admitirán aquellas ofertas que presenten un número fijo de papeleras al año a suministrar e instalar. Considerándose que ese número ofertado será el número anual de papeleras a suministrar e instalar por el adjudicatario cada años durante los 6 años de duración del contrato.

2.4.- Mejora relativa a la prestación de servicio de limpieza viaria en el

caso de coincidir dos o más festivos consecutivos: 5 puntos Se otorgará la puntuación de 5 puntos a las ofertas que en caso de coincidir dos o más festivos consecutivos, consideren que respetarán como festivo el domingo, realizándose el servicio normal (el prestado en días no festivos) los otros días festivos.

2.5.- Mejora relativa a la prestación del servicio de recogida selectiva y transporte a planta de tratamiento de pilas: 5 puntos

Se otorgará la puntuación de 5 puntos a las ofertas que presten el servicio fijado en el artículo correspondiente del Pliego de Prescripciones Técnicas.

2.6.- Mejora relativa a la prestación del servicio de recogida selectiva y transporte a planta de tratamiento o destino final de aceites de origen doméstico: 5 puntos

Se otorgará la puntuación de 5 puntos a las ofertas que presten el servicio fijado en el artículo correspondiente del Pliego de Prescripciones Técnicas.

2.7. Mejoras relativas a actuaciones en el Punto Limpio: 12 puntos.

Se otorgará la puntuación de 12 puntos a las empresas que oferten todas las actuaciones que se relación a continuación, las cuales deberá estar ejecutadas en el primer año de contrato.

a) Retirada y gestión en vertedero de los contenedores existentes en el

punto limpio fijados en el artículo correspondiente del Pliego de Prescripciones Técnicas. Salvo los relativos a contenedores metálicos de gran capacidad.

b) Adquisición e instalación de contenedores y sistema de depósito

para todos los residuos fijados en el artículo correspondiente del Pliego de Prescripciones Técnicas. Salvo los relativos a contenedores metálicos de gran capacidad.

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c) Pintado de todos los contenedores metálicos de gran capacidad. d) Arreglo de cerramiento metálico situado en el muelle de vertido. e) Instalación de nueva cartelería indicativa del residuo a verter en

cada contenedor. f) Instalación de cartel con una dimensión mínima de 4x4 m2 en la

entrada de la instalación indicando horarios y residuos a verter. g) Actuaciones de mejora en el edificio existente dentro de la

instalación. h) Nueva implantación de jardinería en las zonas perimetrales y

designada a ello. i) Actuaciones relativas al cumplimiento en normativa para el

almacenamiento de RAEES.

El contenido concreto de las mejoras será definido para la ejecución del contrato por los Servicios Técnicos municipales valorándose según precios de mercado.

2.7. Mejoras informáticas. Hasta 7 puntos.

Se otorgará la puntuación de cinco puntos a las ofertas que presten

un sistema avanzado de control y gestión y de los servicios objeto de contrato.

Se dotará al servicio con un Software de Gestión especifico, con la funcionalidad de Sistema de Localización Global (en adelante Centro de Control) que contenga entre otros un Sistema de Información Geográfica (GIS) con toda la cartografía detallada y sectorización de esta a nivel de tramos, que contará también con módulos de Gestión de Flotas por GPS, telecomunicaciones móviles y funcionalidades concretas de gestión de flotas y maquinaria del servicio así como explotación de sus datos. Así mismo es necesario el equipamiento de tecnología GPS en todos los medios materiales (maquinaria) para el correcto desarrollo de sus labores.

El objetivo fundamental del Control de los Servicios mediante GPS

es poder conocer, en tiempo real, y/o al final de la jornada, los equipos de trabajo que en cada momento se encuentran, o se han encontrado, en su zona de actividad (como Equipo de Trabajo debe entenderse cualquier conjunto de recursos humanos y materiales que desarrollen su labor conjuntamente). Así en todos los trabajos programados deberá poderse comprobar las diferencias entre la planificación proyectada y la que realmente se realiza cada día, lo que permitirá, no sólo constatar la existencia de rutas no completadas, sino que servirá también

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de apoyo al Control de la Calidad de la mayoría de las actividades, en la determinación de la diferencia entre la posición real del equipo en un momento determinado y considerada como óptima.

Los datos a obtener por los Sistemas de Localización son los

Siguientes: En tiempo real:

- Ubicación de cada uno de los Vehículos. - Ubicación de cada uno de los Contenedores y otro

mobiliario urbano o Eventos producidos en los mismo (Recogida, Lavado, etc)

- Hora Inicial y final de una ruta. - Kilometraje invertido en cada ruta. - Recorrido realizado en cada ruta. o Georreferenciación y

creación de las distintas áreas y zonas de trabajo, así como otros puntos de interés obteniendo por tanto entes cartográficas de trabajo.

Listados de Rutas por vehículos donde aparecerán los siguientes: - Datos: o Fecha de Ruta o Tipo de Residuo Recogido. o Número de Contenedores Recogidos por Ruta. - Tiempos de Parada en las Rutas. - Excesos de Velocidad. o Incidencias en las rutas y posición de la misma. - Hora Inicio ruta y hora de llegada control de descargas en Planta o Posibles desviaciones en Tiempo, Kilómetros y Contenedores sin Recoger por ruta. - Incidencias asociadas al servicio con posibilidad de realizar filtros por elementos, actividades, servicios, zonas de trabajo, etc..

Será responsabilidad del adjudicatario, la realización de todo el inventariado de elementos necesarios y relativos a la prestación del servicio adjudicado y que intervengan de manera activa en la planificación del servicio. Toda la configuración y puesta en marcha del sistema propuesto no podrá exceder los cuarenta días a partir de la fecha de adjudicación.

Se tiene que incluir la formación del personal municipal en el sistema objeto de mejora, y de los medios necesarios para su control y supervisión.

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VALORACIONES SUBJETIVAS

1.- Memoria de la prestación del servicio: Hasta 5 puntos.

Se otorgará mayor la máxima puntuación a la mejor memoria. Esta deberá incluir como mínimo lo fijado en los artículos correspondientes en el Pliego de Prescripciones Técnicas.

CAPITULO XVII.- Revisión de precios

Con el fin de asegurar el equilibrio económico financiero se procederá a la actualización del precio anual del servicio. La primera revisión de precios tendrá lugar cuando el hayan transcurrido 24 meses desde la firma del contrato.

Después de la primera revisión, las sucesivas tendrán lugar cada doce

meses. Para la efectuar las revisiones de precios, se aplicará sobre el total del

cuadro A, la variación anual del índice general de precios del consumo en el mes de formalización del contrato. Y sobre el total del cuadro B, la variación anual del índice de carburantes y lubricantes de precios del consumo en el mes de formalización del contrato.

Todas las revisiones de precios se aplicarán automáticamente una vez que se cumplan las circunstancias indicadas en el presente pliego, previa revisión de los servicios técnicos municipales, para verificar las nuevas cantidades propuestas por el adjudicatario.

Navalcarnero, 15 de febrero de 2.016

OSCAR JOSÉ RODRÍGUEZ SAN SEGUNDO Técnico Municipal de Medio Ambiente

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ANEXO I.: Kilos de residuos recogidos en el municipio de Navalcarnero.

AÑO 2.014 (kg)

Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Orgánica 677.740 597.740 625.400 648.760 774.640 668.840 Envases 39.740 37.360 35.540 36.920 36.140 36.560

Papel 35.860 28.571 29.285 31.935 30.335 24.040 Vidrio - - - - - -

Muebles, poda,…

104.740 92.120 126.760 97.080 108.240 135.960

Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre

Orgánica 698.980 612.780 710.240 699.700 611.680 688.720 Envases 37.960 35.820 39.180 43.100 36.840 40.020

Papel 26.520 8.480 23.732 28.920 25.100 33.960 Vidrio - - - - - -

Muebles, poda,…

146.120 177.660 151.700 138.860 73.760 96.980

AÑO 2.015 (kg)

Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Orgánica 640.500 581.080 643.320 667.740 706.480 749.660 Envases 35.020 35.660 39.103 33.720 33.460 38.440

Papel 23.880 23.020 12.840 23.860 21.200 22.520 Vidrio 16.352 17.049 9.680 16.100 519 24.510

Muebles, poda,…

149.280 142.700 150.060 179.460 97.720 117.240

Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre

Orgánica 716.020 634.900 713.580 717.580 662.280 662.500 Envases 37.760 32.660 40.080 37.120 36.7780 37160

Papel 26.719 20.796 26.968 25.720 24.540 - Vidrio 841 645 11.516 29.769 28.938 10.851

Muebles, poda,…

128.420 138.040 137.040 135.900 124.440 140.600

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RESUMEN DE LA RECOGIDA, EN PUNTO LIMPIO, POR TIPOLO GÍAS EN NAVALCARNERO, AÑO 2014

PUNTO LIMPIO ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEP OCT NOV DIC

TOTAL Kg

MADERA 16260 7260 16720 17540 6680 6380 12800 11900 9840 8260 6840 3020 123500

MUEBLES Y ENSERES 8620 6540 10160 7840 5660 9700 10180 14420 4940 4171 6240 2320 90791

ESCOMBROS 20760 33100 40360 30220 33300 54120 29240 23160 32440 70606 35589 39140 442035

PAPEL Y CARTÓN 5060 1840 5480 2100 2640 1120 2860 440 320 4680 0 2900 29440

METALES 0

PODA 10180 9620 9520 9500 10340 10700 11100 4300 13560 7620 3760 3300 103500

ENVASES CONTAMINADOS 1040 680 1720

BOTES DE PINTURA 0

ACEITES 1100 1040 1300 3440

BATERÍAS 0

COLCHONES 1440 1220 1460 1380 5500

PILAS 0

MEDICAMENTOS 313 313

LAMPARAS 300 300 600

TIERRA 2320 4900 6000 10500 3700 9900 8380 9860 6510 9540 71610

RADIOGRAFÍAS 0

EQUIPOS ELÉCTRICOS 1300 1500 2800

NEUMÁTICOS 5940 5940

VOLUMINOSOS 4520 5920 16720 6020 9560 14000 14260 14860 15160 12460 5260 19090 137830

RESUMEN DE LA RECOGIDA, EN PUNTO LIMPIO, POR TIPOLOGÍAS EN NAVA LCARNERO, AÑO 2015

PUNTO LIMPIO ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEP OCT NOV DIC

TOTAL Kg

MADERA 9320 2480 4200 3560 6160 7940 14320 16640 10500 3740 4860 2560 86280

MUEBLES Y ENSERES 6880 3720 12280 9020 2440 9080 3948 6520 4040 4060 5940 5960 73888

ESCOMBROS 26880 6400 14900 34900 15480 23180 6920 10960 11660 17660 15300 10500 194740

PAPEL Y CARTÓN 2860 4860 2880 2420 1520 1980 1160 2360 2380 2580 180 2680 27860

METALES 1120 1120

PODA 16640 10960 11880 9480 7520 6780 12180 6720 4860 5580 4080 2720 99400

ENVASES CONTAMINADOS 2000 640 560 1320 110 4630

BOTES DE PINTURA 0

ACEITES 1000 1700 2700

BATERÍAS 515 515

COLCHONES 1280 940 1020 1160 1120 840 1600 7960

PILAS 622 622

MEDICAMENTOS 192 192

LAMPARAS 300 300 600

TIERRA 7300 5560 1460 9200 2940 6900 10840 7020 6260 9840 67320

RADIOGRAFÍAS 328 328

EQUIPOS ELÉCTRICOS 1200 1000 1500 3700

NEUMÁTICOS 0

VOLUMINOSOS 45000 37260 48980 55440 49900 50640 40380 47410 64480 51840 51200 69740 612270

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ANEXO II.: Plan de renovación e instalación de papeleras

Las empresas licitadoras detallaran con meridiana claridad en su plan de renovación e instalación de papeleras los siguientes parámetros, en el caso de ser ofertado como mejora, lo siguiente:

- Número total de papeleras a instalar. - Número total anual a instalar por año, estableciendo en plano sus

ubicaciones, que tendrá que ser aceptado por los servicios técnicos municipales.

- Cronograma de actuación, renovación e instalación de las nuevas

papeleras anual desde la firma del contrato.

- Tendrán que reflejar los siguiente condicionantes:

- Zona de Nivel I de Limpieza: Las papeleras serán ubicadas a una distancia no superior a 50 metros en la misma acera, teniendo que estar situadas entre papeleras de aceras paralelas a una distancia no superior a 25 metros.

- Zona de Nivel II de Limpieza: Las papeleras serán ubicadas

a una distancia no superior a 100 metros en la misma acera, teniendo que estar situadas entre papeleras de aceras paralelas a una distancia no superior a 50 metros.

- Zona de Nivel III de Limpieza: Las papeleras serán

ubicadas a una distancia no superior a 200 metros en la misma acera, teniendo que estar situadas entre papeleras de aceras paralelas a una distancia no superior a 100 metros.

- Descripción de modelos de papeleras a considerar:

- Suministro y colocación de papelera de 40 l de capacidad,

fabricada con elementos de hierro fundido, con contenedor en acero preparado para bolsa de plástico, y envolvente realizado en entramado metálico de perfil en U. Sistema de vaciado giratorio previa liberación de anclaje del contenedor. Soporte fabricado con elementos de fundición de hierro anclado al suelo mediante pernos. Acabado galvanizado. Totalmente instalada, incluida limpieza, medida la unidad colocada en obra.

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- Suministro y colocación de papelera cilíndrica, fabricada en fundición de aluminio con cubeta interior y base metálica, acabado esmaltado azul, de 60 l de capacidad, con anillo de acero inoxidable extraíble para colocación de bolsa de plástico, escudo corporativo frontal y cenicero incorporado, de 42 cm de diámetro y 85 de altura, anclada al suelo mediante pernos de expansión ocultos, incluida limpieza, medida la unidad colocada en obra.

- Suministro y colocación de papelera de 40 l de capacidad,

de hierro forjado diseño tradicional en forma tronco-cónica invertida, formada a base de tiras de hierro forjado con terminación superior en volutas, pintada y fijada al suelo mediante cuatro pernos de expansión. Totalmente instalada, incluida limpieza, medida la unidad colocada en obra.

- Suministro y colocación de papelera de 40 l de capacidad,

de estilo histórico, con cubeta de fundición y dos pies metálicos inoxidables con remates de fundición de latón dorado. Sistema de vaciado giratorio previa liberación de anclaje. Dimensiones: 38 cm de diámetro x 50 cm de alto. Anclado al suelo mediante pernos de expansión. Totalmente instalada, incluida limpieza, medida la unidad colocada en obra.

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ANEXO III.: Limpiezas especiales con motivo de fiestas, ferias y actos públicos o deportivos en general. Los Servicio especiales mínimos a realizar por el adjudicatario, incluyendo medios humanos, mecánicos y auxiliares, son los siguientes:

Servicio especial Jornadas Año Nuevo Conductores Barredora 1,00 Peón-sopladora 1,00 Peón-vehículo auxiliar 3,00 Cabalgata Reyes Conductor Barredora 1,00 Peón sopladora 2,00 Semana Santa Conductor Barredora 3,00 Peón sopladora 3,00 Peón vehículo auxiliar 3,00 San Isidro Conductor Camión Voquete 3,00 Peones Vehículo auxiliar 3,00 Peones barrido manual 3,00 Conductor Baldeadora 3,00 Mercado Medieval Peones vehículo auxiliar 5,00 Fiestas Patronales Conductor Barredora 7,00 Peón sopladora 7,00 Peón vehículo auxiliar 7,00 Peón Barrido 7,00 Conductor camión volquete 7,00 25 de diciembre Conductor camón volquete 1,00 Peón volquete 1,00 Mercadillos Camión dos operarios 104,00

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ANEXO IV.: Niveles de limpieza

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ANEXO V.: Niveles de recogida de residuos

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ANEXO VI.: Listado de ubicaciones actuales de contenedores.

Listado de Contenedores 2.015

CALYPO

- C/ Barcelona: (V), (P), (4E) , (6 O) - C/ Ciudad Real nº 87: (2 O), (E) - C/ Ciudad Real nº 90: (V) - C/ Ciudad Real nº 77: (O), (E) - C/ Soria nº 60: (O), (E) - C/ Pontevedra nº 48: (3 O), (E) - C/ Pontevedra, junto depuradora: (O), (E) - C/ Pontevedra nº 91: (P), (O), (E) - C/ Valencia nº 26: (O), (E) - C/ Valencia nº 10: (O), (E) - C/ Valencia nº 6: (O), (E)

LOS MANZANOS

- C/ Navacerrada: 3 O, 2 E - C/ Peñalara nº 12: 3 O, 2E - C/ Peñafiel nº 46: V, P, 3E, 4 O - C/ Camino del Mingo nº 1: 5 O , 2E, P,V

EL CID - C/ Sta. Gadea: 2 O, E - C/ Sta. Gadea: 2 O, E , P, V - C/ Sta. Gadea: E, 2 O - C/ Sta. Gadea: 3 O, P, V - C/ Sta. Gadea: 2 O, E - C/ Cid Campeador: 2 O, E , P, V - C/ Cid Campeador: 2 O, E - C/ Cid Campeador: 2 O, E, P, V - C/ Cid Campeador: 2 O, E - C/ Cid Campeador: 2 O, E - C/ Cid Campeador: 2 O, E , P,V

EL SEÑORÍO

- C/ Juan Ramón Jiménez (entrada): 5 O, 3 E, P, V

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- C / Juan Ramón Jiménez (parque San Jorge): 4 O, 3 E - C/ Juan Ramón Jiménez (parque Señorío): 3 O, E , P - C/ Miguel Hernández nº 10: E , O - C/ Camilo José Cela nº 76: 3 O, E, P, V - C/ Camilo José Cela nº 80: 2 O, E

EL PIJORRO

- C/ Juan Antonio Zenón ( frente polideportivo): 4 O, 2 E , P, V - C/ Felipe Fuertes (junto trébol): 2 O, E - Camino del Pijorro: 2 O, 2 E, V , P - Camino del Pijorro: 2 O, 2 E, P, V - C/ Mateo Leceta con C/ Pedro Alejo: 2 O , 2 E, P,V - C/ Almenara: 3 O, E , P, V

CANTO REAL Y BUENAVISTA

- C/ Mirasierra con C/ Fuenfría: 3 O, E , P , V - C/ Mirasierra con C/ Monteclaro: 3 O, 2 E - Plz. Buenavista nº 6: 3 O, E, V, P - Plz. Buenavista nº 11: 5 O, E - Plz. Buenavista nº 17: 3 O, E - Plz. Buenavista nº 18: 4 O - C/ Cuesta del Tostonero: 3 O, E, P, V - Plz. Buenavista con C/ Monteclaro: P, V - Junto depósito de Agua (oasis): 2 O, E - C/ Mirasierra nº 8: 2 O, 2 E, P, V - C/ Canto Pelín nº 22: 3 O, 2 E , P, V - C/ Somosierra con C/ Miraflores: 3 O, E, V , P - C/ Paramera nº 35: 3 O, E, P, V - C/ Paramera nº 19: 3 O, E - C/ Sta. Isabel ( Cementerio Parroquial): 3 O, E , P ,V - C/ Sta. Isabel (Instituto Angel Ysern): ( O), ( E), ( P) - C/ Luis Granero: 4 O, 3 E, P,V - C/ Mariana de Austria nº 1: 2 O, E - C/ Mariana de Austria , junto piscina: 3 O, 2 E, P, V - C/ Mariana de Austria con Celedonio Llorente: 4 O, 3 E, P, V - C/ 5 Siglos nº 113: 2 O, E - C/ 5 Siglos nº 57: 2 O, E - C/ 5 Siglos nº 1: 2 O, E - C/ Ronda de San Juan nº 20: 2 O, 2 E - C/ Ronda de San Juan nº 9: 2 O, 2 E - C/ Libertad nº 93: 4 O, 4 E, P, V - C/ Río Tajo nº 11: 2 O, E, P, V - C/ Las Cañadas con C/ Río Tajo (residencia Navasol): 3 O, E - C/ Río Tajo nº 4: 2 O, E - Glorieta de la Estación: 4 O, 2 E, P, V

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- C/ Río Alberche nº 6: 3 O, 2 E, P, V - C/ Río Alberche nº 10: 3 O, 2 E - C/ Río Alberche: 4 O, 2 E, P,V - C/ Feliciano Hernández: 3 O, E - C/ Río Guadalquivir: 3 O, 2 E, P, V - C/ Palencia nº 68: 2 O, 2 E , P, V - C/ Paseo del Alparrache nº 12: 3 O, E, P, V - C/ Italia nº 17: 2 O, E - C/ Italia nº 41: 2 O , E - C/ Alemania nº 13: 5 O, 2 E, P, V - C/ Doctora nº 4: 2 O, 2 E, P, V - C/ Doctora nº 12: 3 O, E, P, V - C/ Travesía de la Doctora nº 22: 2 O, 2 E - Ayto.: 3 O, E - C/ Escorial nº 42: 3 O, E - C/ Escorial nº 25: 3 O , E - C/ Mieres nº 40: 2 O, E - C/ Pola de Siero: 2 O, E - C/ Plz. Covadonga nº 1: 2 O, E - Plz. Covadonga: P, V - C/ Río Nalón nº 34: 2 O, 2 E, P , V - C/ Rivadavia: ( O), (E) - C/ Cangas de Onís nº 23: (2 O ), ( E) - C/ Luarca nº 7: ( 2 O), ( 2 E) - C/ Asturias nº 2: 2 O, E - C/ Carlos IV nº 32: 3 O, E - C/ Asturias nº 35: O , E - C/ Felguera: 3 O, E, P, V - C/ Fernando el Alfarero nº 1: 2 O, 2 E, P, V - C/ Fernando el Alfarero nº 34: 2 O, 2 E, P, V - C/ Ciclista: 3 O, 2 E - C/ Felix Colomo nº 5: 2 O, E, P, V - C/ Ciclista con C/ Don Cecilio: 2 O, 2 E, P , V - C/ Camino del Molino nº 31: ( 2 O), (E ), (P), (V) - C/ Ronda del Concejo nº 8: 3 O, 2 E, P, V - C/ Ronda del Concejo nº 37: 2 O, 2 E, P, V - C/ La Estrella nº 21: 2 O, 2 E - C/ La Estrella nº 42: 4 O, 2 E, P, V - C/ Tolomeo: 2 O, E, V, P - C/ Tolomeo nº 2: 2 O, E - C/ Copérnico nº 85: 3 O, E - C/ Copérnico nº 57: 2 O, E - C/ Copérnico nº 37: 2 O, E - C/ Copérnico nº 1: 2 O, E - C/ Galileo nº 38: P, V - C/ Galileo nº 86: P, V - Plz. del Olivar: 2 O, E

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- Plz. del Aceite: 2 O, E - Plz. Castilla (UE 1.1): 2 O, E - C/ Contramina: V ,P (colegio Villa) - C/ San Millán de la Cogolla (UE1.1): 2 O, E - C/ Cuesta del Menor: P, V - C/ Contramina: 2 O, 2 E - C/ Acueducto: 2 O, 2 E, P, V - C/ San Roque nº 24: 4 O, 3 E - C/ San Roque nº 12: 3 O, 2 E - C/ Jacinto Glez. con C/ Escorial: (3O), (1E) - C/ Jacinto González nº 41: ( 3 O), ( 2 E) - C/ Jacinto González nº 69: 3 O, E, P,V - C/ Santiago García Vicuña: 3 O, E - C/ Cuesta del Águila nº 52: 2 O, 2 E - C/ Libertad nº 74: 2 O, E - C/ Libertad nº 90: 2 O, E - C/ Libertad nº 54: 2 O, E - C/ Luís Zapata nº 24: 2 O, E, P, V - C/ Tío Picho: 2 O, 2E - C/ Los Bastos: 2 O, E, P, V - C/ Cardeñas nº 7: 3 O, E, P, V - C/ Cruz Verde nº 73: 3 O, E, P - C/ Camino de Casarrubios nº 3: 2 O, E - C/ Camino de Casarrubios nº 21: 3 O, E - C/ Beatas nº 34: 2 O, E - C/ Charcones( Recínto ferial): 2 O, E , P, V - C/ Hilanderos: 3 O, E - C/ Trillo: 3 O, E - C/ San Damián: 2 O, E, P, V - C/ Félix Serrano del Real: 3 O, E, P, V - C/ San Cosme nº 2: 3 O, E, P, V - C/ Constitución nº 83: 2 O, E - C/ Constitución nº 60: O, E - C/ Constitución nº 33: 2 O, E - C/ Constitución nº 10: 3 O, E, V, P - C/ Libertad nº 1: 2 O, 2 E - C/ Fidel Borrajo: ( 2 O), ( 2 E) - Plz. del Mercado nº 12: 3 O, E, P, V - C/ Real nº 13: 2 E , 2 O - Colegio Mari martín y Residencia: ( O), ( E), (P) - C/ Victimas Terrorismo: 2O, 1 E - ITV: ( P) - Colegio Angel Ysern: ( P) - C/ Camino de Casarrubios: 2 O, 2 E - Gasolinera CEPSA: ( 3 O), ( P) - Gasolineras CEPSA (las 2 de la A-5)): ( 2 O), ( 2 P) - Hotel Ciudad de Navalcarnero: ( 2 O), (E)

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- Parque Natural: ( 2 O) - Colegio Real Villa: ( P), ( E), (O) - Colegio Martín Gaite: ( 2 O), (E), ( P) - Gasolinera de Ctra. De Sevilla- La Nueva: ( O), ( E), (P) - Pradera de San Isidro: ( 2 O) - Cementerio Municipal: ( 4 O) - Colegio Ntra. Sra. De la Concepción: ( 4 O), ( E), (P) - Colegio Felipe IV: ( 2 O), (E) - Colegio José Jalón: ( 2 O), ( E) - Piscina Covadonga: ( 2 O) - C/ Feliciano Hernández: 2 O, E, P, V - C/ Sta. Isabel: 2 O, E - C/ Sta. Isabel: 2 O, E - C/ Arcángel Gabriel: P, V - C/ Arcángel Gabriel: 4 O, 2 E - C/Arcángel Gabriel: 4 O, 2 E - C/Arcángel Gabriel: 4 O, 2 E - C/Arcángel Gabriel: 2 O, E - C/Arcángel Gabriel: 4 O, 2 E, V, P - C/Arcángel Gabriel: 2 O, E, P,V - Avd. Ermita de San Juan: 2 O, E - Avd. Ermita de San Juan: P, V - Avd. de la Dehesa nº 2: 2 O, 2 E, V, P - Avd. de la Dehesa , (junto óptica): 2 O, 2 E - Avd. de la Dehesa con C/ Ganadería: 2 E, 2 O - Avd. de la Dehesa con C/ Tomillos: 2 O, 2 E, P, V - Avd. de la Dehesa con C/ Jaras: 2 O, 2 E - Avd. de la Dehesa con C/ Jaras; P, V - Avd. de la Dehesa con C/ Tomillos: 2 O, 2 E - Avd. de la Dehesa con C/ Tomillos: 2 O, 2 E - Avd. de la Dehesa (junto Bazar): 2 O, 2 E, P, V - Avd. de la Dehesa nº 1: 2 O, 2 E - C/ Jaras: O, E - C/ Perdíz: 2 O, E, P, V - C/ Paloma Torcáz: O, E - C/ Tomillos con C/ Pastos de Primavera: 2 O, E, P,V - C/ Tomillos con C/ Agricultura: 2 O, E , P, V - C/ Pastos de Invierno con C/ Retamas: O, E - C/ Pastos de Invierno con C/ Pastoreo: O , E - C/ Suertes con C/ Trigo: 2 O, E - C/ Suertes con C/ Ganadería: O, E - Avd. Marimartín (los Robles): 2 O, 2 E, P, V - Avd. Marimartín: 2 O, 2 E - Avd. Labrador nº 1: 4 O, 2 E, P, V - Avd. Labrador con C/ Cafarnaum: 4 O, 2 E, P, V - Avd. Labrador con C/ Pedro: 4 O, 2 E, P, V - Avd. Labrador con Avd. Pinar: 2 O, E, P, V

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- Avd. Labrador con C/ Pino Canario: 3 O, E - Avd. Labrador con C/ Pino Resinero: 2 O, E, P, V - Avd. Labrador con C/ Pino Salgareño: 2 O, E - Avd. Labrador con C/ Pino Ponderosa: 2 O, E, P, V - C/ Pino Marítimo: 2 O, E - C/ Pino Marítimo: 2 O, E - C/ Arroyo Juncal con C/ Pino Canario: 3 O, E, P, V - C/ Cafarnaum: 4 O, 2 E, V, P - C/ Pedro: 4 O, 2 E, V ,P - C/ Betsaida: 4 O, 2 E, V, P - Avd. Pinar con C/ Arroyo Juncal: 3 O, E / 2 O, E - C/ Pino Negro: 3 O, E - C/ Pino Carrasco: 3 O, E, P, V - C/ Pino Silvestre: 3 O, E, P, V - C/ Pino Silvestre nº 25: 3 O, E, P, V - C/ Pino Piñonero: 2 O, E , P, V - C/ Coníferas con C/ Pino Resinero: 2 O, E, P, V - C/ Coníferas con C/ Pino Salgareño: 2 O, E - C/ Coníferas con C/ Pino Ponderosa: 2 O, E, P, V - C/ Coníferas con C/ Betsaida: 2 O, E - C/ Betsaida: 2 O, E, P,V - C/ Pedro: 2 O, E - C/ San Pedro: 2 O, E, P, V - C/ Galilea con C/ Coníferas: 2 O, E, P, V - C/ Cafarnaúm: 2 O, E - C/ Cruz Aspada: 3 O, E , P, V - C/ Arroyo Juncal (mediana): 2O, 1 E BARRIO DE SAN ISIDRO - C/ Labrador: 2 O,E (5 plataformas) P,V (3 plataformas) - Avd. Casa Roque: P,V 2O, E - C/ Juan de Vargas: 2 O, E, P, V - Avd. San Andrés: 2 O, E 2 O, E, P, V (2 plataformas) - Avd.Arroyo Juncal: P,V (3 plataformas) 2 O, E (3 plataformas) - C/ San Isidro: 2 O, E, P V 2 O, E (2 plataformas)

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P,V - C/ Sta. María de la Cabeza: 2 O, E (6 plataformas) P,V (3 plataformas) - C / Romería: P,V (4 plataformas)

( ) contenedores aéreos E envases O orgánica P papel V Vidrio

TOTAL AÉREOS (A) Orgánica: 63 Envases: 31 Papel: 13 Vidrio: 4

TOTAL SOTERRADOS (S) Orgánica: 527 Envases: 287 Papel: 116 Vidrio: 112

TOTAL (A+S) Orgánica: 590 Envases: 318 Papel: 129 Vidrio: 116

TOTAL PLATAFORMAS SOTERRADAS PLATAFORMAS ORGÁNICA-ENVASES: 214

PLATAFORMAS PAPEL-VIDRIO: 115 * Se han incluido tanto las plataformas operativas como las que actualmente no están en uso.

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ANEXO VII.: Listado de centros oficiales y otros centros a instalar la recogida de pilas. - Ayuntamiento de Navalcarnero: Plaza Francisco Sandoval, 1. - Oficina de turismo: Plaza de Segovia, s/n. - Centro de salud: C/ Doctora, 10. - Colegio Felipe IV: C/ Monteclaro, s/n. - Colegio Carlos Ruiz: C/ Luis Zapata, 3. - Colegio Mari-Martín: C/ Victimas del terrorismo, s/n. - Colegio José Jalón: C/ Felguera, s/n. - Colegio Carmen Martín Gaite: Carretera Cadalso de los Vidrio - Colegio Profesor Ángel Yser: Paseo de la Estación, s/n. - Colegio Villa: C/ de La Estrella, 37. - Colegio San Luis Gonzaga: Paseo de San Cosme, 5. - Residencia Virgen de la Concepción: Plaza de Buenavista, s/n. - Polideportivo de la Estación: C/ Río Ebro, s/n. - Polideportivo del Pijorro: C/ Juan Antonio Zenon, 90. El resto de puntos hasta 30, serán fijados según petición de distintos comercios.

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ANEXO VIII.: Listado de ubicación de contenedores de recogida de residuos textiles.

Barrio Número contenedores

Ubicación

Calypo 1 Avda. de Barcelona Manzanos 1 Calle Camino del Mingo

Señorío 1 Calle Juan Ramón Jiménez Covadonga 1 Avenida del Cid Campeador

1 Avenida de Mariana de Austria 1 Calle Alcazar de Segovia 1 Calle de la Felgera

Barrio de la Crispina 1 Calle Cangas de Onis 1 Camino del Molino

Barrio del Olivar 1 Calle Tolomeo Barrio del Silo 1 Calle Moreras

Barrio de Buenavista 1 Plaza de Buenavista Barrio de Canto Pelín 1 Calle Canto Pelín

Barrio de San Juan 1 Calle Arcángel Gabriel Barrio de la Dehesa 1 Calle Ganadería c/v calle

Pastos de Primavera Barrio de El Pinar 1 Calle Pino Silvestre

Barrio de El Pijorro 1 Polideportivo El Pijorro Barrio del Pozo del Concejo 1 Calle Pozo del Concejo

Barrio de la Estación 1 Glorieta de la Estación Barrio de San Andrés 1 Calle Del Labrador

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ANEXO XIX.: Listado de comercios, bares, restaurantes, cafeterías, mercados,… donde se realizará la recogida puerta a puerta.

DireccionComercial Categoria Actividad

C/ RIO ALBERCHE, 7 Alimentación Carnicería, Casquería PLAZUELA DEL MERCADO, 1. MERCADO MUNICIPAL DE LA CRUZ VERDE Alimentación

Pescaderías y Mariscos

C/ CALDERON DE LA BARCA, 11 - GALERIA NTRA SRA LA CONCEPCION - PUESTO Nº 10 Alimentación Carnicería, Casquería

C/ ESCORIAL, 38 Alimentación Frutos Secos y Variantes

PLAZUELA DEL MERCADO, 1. MERCADO MUNICIPAL DE LA CRUZ VERDE Alimentación Charcuteria

C/ BUENAVISTA, 84 Alimentación Comida Preparada

AVDA LA DEHESA, 3. LOCAL 9 Alimentación

Panaderías y Pastelerías

C/ CONSTITUCIÓN, 16 Alimentación Supermercados y Autoservicios

PZA BUENAVISTA, 9 Alimentación Panaderías y Pastelerías

C/ ERAS, 1 Alimentación Bodegas, Vinos y Licores

C/ CALDERON DE LA BARCA, 11 - GALERIA NTRA SRA LA CONCEPCION - PUESTO Nº27 Alimentación

Pollerías, Huevos, Aves y Caza

PLAZUELA DEL MERCADO, 1. MERCADO MUNICIPAL DE LA CRUZ VERDE Alimentación Frutas y Verduras

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PLAZUELA DEL MERCADO, 1. MERCADO MUNICIPAL DE LA CRUZ VERDE Alimentación Carnicería, Casquería PLAZUELA DEL MERCADO, 1. MERCADO MUNICIPAL DE LA CRUZ VERDE Alimentación

Pollerías, Huevos, Aves y Caza

C/ CONSTITUCIÓN, 37 Alimentación Dietética y Nutrición

C/ BEATAS, 7 Alimentación Supermercados y Autoservicios

C/ FIDEL BORRAJO, 7 Alimentación Panaderías y Pastelerías

C/ DE SAN ROQUE, 76 Alimentación Carnicería, Casquería PLAZUELA DEL MERCADO, 1. MERCADO MUNICIPAL DE LA CRUZ VERDE Alimentación Carnicería, Casquería

C/ CONSTITUCION, 7-A Alimentación Charcutería

C/ LIBERTAD, 68 Alimentación Supermercados y Autoservicios

PLAZUELA DEL MERCADO, 1. MERCADO MUNICIPAL DE LA CRUZ VERDE. Alimentación Charcutería

C/ LIBERTAD, 39 Alimentación Supermercados y Autoservicios

PLAZUELA DEL MERCADO, 2. Alimentación Frutas y Verduras

C/ DE LA RONDA DE SAN JUAN, S/N Alimentación

Supermercados y Autoservicios

C/ BLASCO IBAÑEZ, 3 Alimentación Ultramarinos PLAZUELA DEL MERCADO, 1. MERCADO MUNICIPAL DE LA CRUZ VERDE Alimentación Carnicería, Casquería

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Alimentación Charcutería

C/ DE SAN ROQUE, 16 Alimentación Pescaderías y Mariscos

C/ PALENCIA, 34 Alimentación Bodegas, Vinos y Licores

C/ DEL LABRADOR, 6 Alimentación Supermercados y Autoservicios

RONDA DEL CONCEJO, 16 Alimentación

Panaderías y Pastelerías

C/ CALDERON DE LA BARCA, 15 Alimentación Dietética y Nutrición

C/ ALEMANIA, 2 BIS Alimentación Comida Preparada

C/ TOMILLOS, 27 Alimentación / Hostelería

Panaderías y Pastelerías / Cafeterías, Bares y Tabernas.

C/ CALDERON DE LA BARCA, 11 - GALERIA NTRA SRA LA CONCEPCION - PUESTO Nº4 Alimentación Carnicería, Casquería

C/ REAL, 12 Alimentación Panaderías y Pastelerías

C/ CARDEÑAS, 55 Alimentación Supermercados y Autoservicios

C/ CONSTITUCIÓN, 37 Alimentación Frutas y Verduras

C/ DE SAN ROQUE, 76 Alimentación Charcuteria / Pollerias, Huevos, Aves y Caza

C/ PINO SILVESTRE, 31 Alimentación Supermercados y autoservicios

C/ IGLESIA, 4 Alimentación Bodegas, Vinos y Licores

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C/ CONSTITUCIÓN, 170 Alimentación Supermercados y Autoservicios

C/ IGLESIA, 4 Alimentación Bodegas, Vinos y Licores

C/ BERNARDINO BEOTAS, 8 Alimentación Frutas y Verduras

C/ RIO EBRO, 16 Alimentación Panaderías y Pastelerías

C/ ESCORIAL, 38 Alimentación Frutos Secos y Variantes

C/ LIBERTAD, 9 Alimentación Panaderías y Pastelerías

C/ RIO ALBERCHE, 5 Alimentación Carnicería, Casquería

AVDA DE LA DEHESA, 3 Hogar /Alimentación

Complementos, Regalos y Decoració / Supermercados y Autoservicios

C/ LIBERTAD, 77 Alimentación Frutas y Verduras

C/ SAN JOSÉ, 41 Alimentación Pollerias, Huevos, Aves y Caza

C/ CONSTITUCION, 84. LOCAL 1 Alimentación

Panaderías y Pastelerías

C/ BERNARDINO BEOTAS Alimentación

Supermercados y Autoservicios

C/ JACINTO GONZALEZ, 2 Alimentación

Panaderías y Pastelerías

C/ DE SAN ROQUE, 76 Alimentación Frutas y Verduras

C/ DE SAN ROQUE, 76 Alimentación Panaderías y Pastelerías

C/ DE SAN ROQUE, 76 Alimentación Pollerias, Huevos, Aves y Caza

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C/ SEBASTIAN MUÑOZ, 25 Alimentación

Pescaderías y Mariscos

C/ JACINTO GONZALEZ, 8. BAJO Alimentación

Panaderías y Pastelerías

C/ DE LA DOCTORA, 1 Alimentación Frutas y Verduras

PZA DE SEGOVIA, 33 Alimentación Frutos Secos y Variantes

AVDA. DE LA ERMITA DE SAN JUAN Alimentación

Supermercados y autoservicios

TRAVESÍA DE LA DOCTORA, 3 Alimentación Dietética y Nutrición

C/ JACINTO GONZÁLEZ, 21 Alimentación Comida preparada

C/ Pº. DE LA ESTACIÓN, 2 Alimentación Frutas y verduras

C/ CARDEÑAS, 8 Alimentación Bombones y Caramelos

C/ ZACARIAS C/V AVDA. DE LA ERMITA DE SAN JUAN Alimentación

Supermercados y Autoservicios

C/ ITALIA, 1. LOCAL 1 Alimentación Supermercados y Autoservicios

C/ LIBERTAD, 58 Alimentación Panaderías y Pastelerías

C/ CAMINO DE CASARRUBIOS, 21. LOCAL A

Telefonía y Comunicaciones / Salud y Belleza / Alimentación

Locutorios e Internet / Peluquerías /Supermercados y Autoservicios

C/ SAN ROQUE, 32. LOCAL Alimentación Frutas y Verduras AVDA. ARROYO JUNCAL. PARCELA 12. SECTOR 1-2 "BARRIO SAN ISIDRO" Alimentación

Supermercados y Autoservicios

C/CONSTITUCIÓN, 15. LOCAL Hogar / Alimentación

Bazares / Supermercados y Autoservicios

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C/ PASTOREO, 26. LOCAL 4 Alimentación Frutas y Verduras

C/ ALEMANIA, 8 Alimentación / Hostelería

Comida Preparada / Cafeterías, Bares y Tabernas

C/ LIBERTAD, 31. LOCAL 2 Alimentación Frutas y Verduras PLAZUELA DEL MERCADO, 1. LOCAL B9. MERCADO MUNICIPAL DE LA CRUZ VERDE Alimentación

Bombones y Caramelos

PLAZUELA DEL MERCADO, 1. LOCAL B8. MERCADO MUNICIPAL DE LA CRUZ VERDE. Alimentación

Panaderías y Pastelerías

C/ MARIANO GONZÁLEZ, 38 Alimentación Frutas y Verduras

PARCELA I-1.3.A. SECTOR I-2. BARRIO DE SAN ISIDRO Alimentación

Distribución de bebidas y alimentos al por mayor

AVDA DE LA DEHESA, 3 LOCALES 6 Y 7 Hogar / Alimentación Bazares / Ultamarinos

C/ LABRADOR, 6. LOCAL 7

Alimentación / Hostelería

Supermercados y Autoservicios / Cafeterías, Bares y Tabernas

C/ CONSTITUCIÓN, 11 Alimentación Panaderías y Pastelerías

C/ RÍO EBRO Nº 7 Alimentación Almacén Productos Alimentación

C/ RONDA DE SAN JUAN, 20 Alimentación

Panaderías y Pastelerías

C/ CONSTITUCIÓN, 11 Alimentación Productos artesanos

C/ CONSTITUCIÓN, 33 Alimentación / Hostelería

Panaderías y Pastelerías / Cafetería

C/ PINO NEGRO, 2. LOCAL 9

Alimentación / Hostelería

Panaderías y Pastelerías / Cafetería

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PLAZUELA DEL MERCADO, 21 Alimentación

Pollerías, Huevos, Aves y Caza

C/ LIBERTAD, 52. LOCAL Alimentación ???

Hostelería Cafeterías, Bares y Tabernas

Hostelería Discotecas y Bares de Copas

AUTOVÍA DE EXTREMADURA A - 5 KM 36,800. SALIDA 36 Hostelería

Restaurantes/ Alojamiento

AUTOVÍA DE EXTREMADURA A-5, KM. 28,200 Hostelería

Restaurantes / Alojamiento

AVD. DE LA DEHESA, 6. LOCAL 2 Y 3 Hostelería

Cafeterías, Bares y Tabernas

AVDA DE LA DEHESA, 3. Hostelería

Cafeterías, Bares y Tabernas

C/ DEL POZO DEL CONCEJO, 4 Hostelería

Cafeterías, Bares y Tabernas

C/ ALEMANIA, 57 Hostelería Churrería, Chocolatería

C/ ALEMANIA, 79. LOCAL Hostelería

Cafeterías, Bares y Tabernas

C/ ALEMANIA, 8 Alimentación / Hostelería

Comida Preparada / Cafeterías, Bares y Tabernas

C/ BLASCO IBAÑEZ, 1 Hostelería Restaurantes C/ BLASCO IBÁÑEZ, 3, SÓTANO Hostelería Café-Teatro

C/ BLASCO IBÁÑEZ, 4 Hostelería Bar de copas

C/ BUENAVISTA, 7 Hostelería Cafeterías, Bares y Tabernas

C/ CALDERON DE LA BARCA, 15 Hostelería

Cafeterías, Bares y Tabernas

C/ CAMINO DE CASARRUBIOS S/N. PLAZA DE TOROS FÉLIX COLOMO Hostelería

Cafeterías, Bares y Tabernas

C/ CONSTITUCIÓN, 10. LOCAL 2 Hostelería

Cafeterías, Bares y Tabernas

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C/ CONSTITUCIÓN, 124. LOCAL Hostelería Restaurantes

C/ CONSTITUCIÓN, 128 Hostelería

Restaurantes / Cafeterías, Bares y Tabernas.

C/ CONSTITUCIÓN, 33

Alimentación / Hostelería

Panaderías y Pastelerías / Cafetería

C/ CONSTITUCIÓN, 34 Hostelería

Cafeterías, Bares y Tabernas

C/ CONSTITUCION, 7 Hostelería

Cafeterías, Bares y Tabernas

C/ CRUZ VERDE, 3 Hostelería Restaurantes/Alojamiento

C/ DE CAMILO JOSE CELA, 23 Hostelería

Cafeterías, Bares y Tabernas

C/ DE CAMILO JOSE CELA, 23 Hostelería

Cafeterías, Bares y Tabernas

C/ DE CAMILO JOSE CELA, S/N Hostelería

Cafeterías, Bares y Tabernas

C/ DE JACINTO GONZALEZ, 20 Hostelería

Restaurantes / Alojamiento

C/ DE JACINTO GONZALEZ, 60 Hostelería

Cafeterías, Bares y Tabernas

C/ DE JACINTO GONZALEZ, 61. Hostelería

Cafeterías, Bares y Tabernas

C/ DE JACINTO GONZALEZ, 65 Hostelería Restaurantes

C/ DE JACINTO GONZALEZ, 67 Hostelería Restaurantes

C/ DE JACINTO GONZALEZ, 8 Hostelería Restaurantes

C/ DE LA DEHESA, 6 Hostelería Bar, Restaurante

C/ DE LA ESTRELLA, 31 Hostelería Restaurantes

C/ DE LA IGLESIA, 1 Hostelería Restaurantes

C/ DE LA RONDA DE SAN JUAN, 9 Hostelería Restaurantes

C/ DE SAN DAMIAN, 5 Hostelería Restaurantes

C/ DE SAN ROQUE, 12 Hostelería Restaurantes

C/ DE SAN ROQUE, 3 Hostelería Restaurantes

C/ DE SAN ROQUE, 92. LOCAL Hostelería

Cafeterías, Bares y Tabernas

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C/ DE SANTIAGO GARCIA VICUÑA, 56 C/V C/ DOCTORA Hostelería

Cafeterías, Bares y Tabernas

C/ DEL POZO DEL CONCEJO, 6 Hostelería

Cafeterías, Bares y Tabernas.

C/ DEL POZO DEL CONCEJO, 65 Hostelería

Cafeterías, Bares y Tabernas

C/ ESCORIAL, 25 Hostelería Cafeterías, Bares y Tabernas

C/ ESCORIAL, 27 Hostelería Restaurantes

C/ ESCORIAL, 36 Hostelería

Restaurantes / Cafeterías, Bares y Tabernas

C/ ESCORIAL, 44-46 Hostelería Bar / Restaurante

C/ ESCORIAL, 47. LOCAL Hostelería Restaurantes (Pizzería)

C/ ESCORIAL, 48 Hostelería Restaurantes

C/ FELIX SERRANO DEL REAL, 2 Hostelería

Cafeterías, Bares y Tabernas

C/ FIDEL BORRAJO, 16 Hostelería

Cafeterías, Bares y Tabernas

C/ IGLESIA, 1 Hostelería Cafeterías, bares y Tabernas

C/ IGLESIA, 6 Hostelería Restaurantes

C/ ITALIA, 44 Hostelería Cafeterías, Bares y Tabernas

C/ JACINTO GONZÁLEZ Nº 67 Hostelería Bar / Restaurante

C/ JACINTO GONZÁLEZ, 9 Hostelería

Cafeterías, Bares y Tabernas (Kebab)

C/ JOSE MARIA BAUSA, 1 LOCAL Hostelería Bar / Restaurante

C/ JUAN RAMÓN JIMÉNEZ, 1 Hostelería

Cafeterías, Bares y Tabernas.

C/ LABRADOR, 12. LOCAL 2. BARRIO EL PINAR Hostelería

Cafeterías, Bares y Tabernas

C/ LABRADOR, 6 Hostelería Restaurantes

C/ LABRADOR, 6. LOCAL 7

Alimentación / Hostelería

Supermercados y Autoservicios / Cafeterías, Bares y Tabernas

-Página 177 de 193-

C/ LASO, 3. LOCAL 2 Hostelería Café-Teatro

C/ LIBERTAD, 27 Hostelería Cafeterías, Bares y Tabernas

C/ LIBERTAD, 34 Hostelería Cafeterías, Bares y Tabernas

C/ LIBERTAD, 52 Hostelería Cafeterías, Bares y Tabernas

C/ LIBERTAD, 88. LOCAL 2 Hostelería

Cafeterías, Bares y Tabernas (Kebab)

C/ LIBERTAD, 91. LOCAL Hostelería

Cafeterías, Bares y Tabernas

C/ MARI MARTIN, 1. LOCAL 3 Hostelería

Cafeterías, Bares y Tabernas

C/ MARIANO GONZALEZ, 3 Hostelería

Discotecas y Bares de Copas

C/ MINA DEL COTORRO, 2 Hostelería

Restaurante comida rápida

C/ MIRASIERRA, 31-A Hostelería

Cafeterías, Bares y Tabernas

C/ NAVACERRADA, 2

VENTA Y REPARACION MAQ HOSTELERIA.

C/ PALENCIA, 2 Hostelería Bar, Restaurante

C/ PASTOREO, 26. LOCALES 9 Y 10 Hostelería

Cafeterías, Bares y Tabernas

C/ PINO NEGRO, 2. LOCAL 9

Alimentación / Hostelería

Panaderías y Pastelerías / Cafetería

C/ POZO CONCEJO, 6 Hostelería Bar / Restaurante

C/ RIO ALBERCHE, 11 Hostelería

Cafeterías, Bares y Tabernas.

C/ RIO ALBERCHE, 15 Hostelería

Cafeterías, Bares y Tabernas

C/ RÍO EBRO Nº 4 Hostelería Bar

C/ RIO EBRO, 1 Hostelería Cafeterías, Bares y Tabernas

C/ RIO EBRO, 5 POSTERIOR Hostelería

Cafeterías, Bares y Tabernas

C/ RÍO JORDÁN, 2. LOCAL 2 Hostelería Restaurante

C/ RIO NALON, 3 Hostelería Restaurantes

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C/ RIO NALON, 9 Hostelería Cafeterías, Bares y Tabernas

C/ RIO TAJO, 11 Hostelería Cafeterías, Bares y Tabernas.

C/ RONDA DEL CONCEJO, 37 Hostelería Bar

C/ SAN ROQUE Nº1 Hostelería Churrería / Chocolatería

C/ SAN ROQUE, 12 Hostelería Bar de copas

C/ TOMILLOS, 27 Alimentación / Hostelería

Panaderías y Pastelerías / Cafeterías, Bares y Tabernas.

C/ ZACARIAS, 1 Hostelería Cafeterías, Bares y Tabernas

CAMINO DE CASARRUBIOS, 3 Hostelería Bar / Restaurante

CARRIL TOLEDANO, S/N Hostelería

Cafeterías, Bares y Tabernas

CTRA. A-5 P.K. 25,300 Hostelería

Cafeterías, Bares y Tabernas / Restaurantes

CTRA. EXTREMADURA KM 28,200 Hostelería Restaurantes PARQUE HISTORICO SAN SEBASTIAN - C/ JACINTO GONZALEZ, S/N Hostelería Restaurantes PLAZUELA DEL MERCADO, 1. MERCADO MUNICIPAL DE LA CRUZ VERDE Hostelería

Cafeterías, Bares y Tabernas

PLAZUELA DEL MERCADO, 16 Hostelería

Cafeterías, Bares y Tabernas

PLAZUELA DEL MERCADO, 2 Hostelería Salón de celebraciones

PLAZUELA DEL MERCADO, 5 Hostelería

Cafeterías, Bares y Tabernas

PLAZUELA DEL MERCADO, 8 Hostelería

Cafeterías, Bares y Tabernas

Pº ALPARRACHE, S/N. PLAZA DE TOROS "FÉLIX COLOMO", LOCAL 2 Hostelería

Cafeterías, Bares y Tabernas

Pº DE LA ESTACION, S/N Hostelería

Cafeterías, Bares y Tabernas

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Pº DEL ALPARRACHE, 22 Hostelería

Cafeterías, Bares y Tabernas.

Pº SAN DAMIÁN, 5. LOCAL Hostelería Bar / Restaurante

PZA DE SEGOVIA, 11 Hostelería Restaurantes

PZA DE SEGOVIA, 21 Hostelería

Cafeterías, Bares y Tabernas

PZA DE SEGOVIA, 26 Hostelería

Cafeterías, Bares y Tabernas / Restaurante

PZA DE SEGOVIA, 31 Hostelería

Cafeterías, Bares y Tabernas

PZA DE SEGOVIA, 7 Hostelería Restaurantes

PZA DE SEGOVIA, 9 Hostelería

Cafeterías, Bares y Tabernas

PZA. DE SEGOVIA, 20, C/V C/ CONSTITUCIÓN Hostelería Restaurantes

RONDA DEL CONCEJO, 27 Hostelería

Restaurantes / Alojamiento

TRAVESIA DOCTORA, 8 Hostelería

Cafeterías, Bares y Tabernas

C/CONSTITUCIÓN, 15. LOCAL Hogar / Alimentación

Bazares / Supermercados y Autoservicios

AVDA DE LA DEHESA, 3 LOCALES 6 Y 7 Hogar / Alimentación Bazares / Ultamarinos

C/ REAL, 7 Hogar / Salud y Belleza

Droguerias / Perfumerias

PLAZUELA DEL MERCADO, 6

Hogar / Salud y Belleza / Estancos Loterías

Droguerias / Perfumerias / Loterías y Apuestas

C/ SANTIAGO GARCIA VICUÑA, 43 Hogar Droguerías.

Pº DE LA ESTACION, 1 Salud y Belleza Farmacias

C/ SAN ROQUE, 71 Salud y Belleza Farmacias

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C/ RONDA DE SAN JUAN, 20. LOCAL 2 Salud y Belleza Farmacias

RONDA DEL CONCEJO, 27. BARRIO POZO DEL CONCEJO Salud y Belleza Farmacias

C/ CONSTITUCIÓN, 12 Salud y Belleza Farmacias

C/ DE LA DOCTORA 4 Salud y Belleza Farmacias

C/ BARCELONA, 6 Salud y Belleza Farmacias.

PZA TEATRO, S/N. LOCAL 1 Hogar

Ferreterías y Cerrajerías

C/ LIBERTAD, 20 Moda / Hogar

Moda y Complementos / Bazares

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ANEXO X.- Listados de flor de temporada

Ubicación Uds.

Rotonda Barrio del Señorío 150 Mediana y rotonda del Jardín Histórico

de San Sebastián

800 Rotonda del Pijorro 300

Jardines y medianas en Puerta de la Cadena

900

Jardineras Ayuntamiento 500 Jardines Cementerio Parroquial 900

Rotonda Canto Pelin 200 Rotonda Félix Colomo 200 Jardines Beata Colomo 150

Parque San José 500 Jardines Plaza del Teatro 1.800

Atrio Iglesia 800 Jardines Alonso Arreo 600

Rotonda de la Seat 900 Rotonda Paseo Alparrache 1.000 Rotonda Barrio del Olivar 700

Plazuela de San Roque 300 Jardines Casa del Pobre 158

TOTAL 10.858

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ANEXO XI.- Listados de solares municipales DESBROCE DE SOLARES MUNICIPALES

• CUNETA DE LA CARRETERA DE VILLAMANTA. • CUNETA DE LA CARRETERA DE SEVILLA LA NUEVA

INCLUYENDO PERIMETRO DEL CEMENTERIO

• CUNETAS DE LA AVDA DE CASTILLA (AMBOS LADOS 1 Ó 2 METROS)

• ZONAS MUNICIPALES DE LA UNIDAD DE EJECUCION 11

• PERIMETRO EXTERIOR DE LA URBANIZACION DE LOS

MANZANOS

• ENTRADA AL BARRIO DEL CID POR LA ROTONDA DE LA AVENIDA DE CASTILLA

• CARRIL BICI DE LA AVDA DE LA JURA DE SANTA GADEA

• CUNETA DE LA CARRETERA DEL ALAMO HASTA EL PUENTE

• PERIMETRO EXTERIOR DE LA CALLE COPERNICO HASTA

CALLE TOLOMEO

• PARTE TRASERA DE LA CALLE MATEO DE LECETA Y DE LA CALLE DE LA PARAMERA

• TERRENO SITUADO ENTRE LAS CALLES CAMINO DEL

PIJORRO, CALLE ALMENA Y CALLE DE LA PARAMERA

• TERRENOS EN EL BARRIO DE SAN ANTÓN SECTOR II-5 (ALGODONERA)

• PARQUE FEVE

• ZONA FORESTAL JUNTO AL SILO.

• PERIMETRO EXTERIOR DE LAS CALLE DE LAS SUERTES,

CALLE DE LAS JARAS Y CALLE RASTROJERA.

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• PERIMETROS MARGEN DERECHA E IZQUIERDA DE LA CALLE DEL ARCANGEL GABRIEL, HASTA LA CALLE DE SANTA ISABEL.

• TERRENO SITUADO ENTRE LA CALLE DE LOS BUEYES Y

AVENIDA DE SAN ISIDRO

• CALYPO CALLES Y ZONAS VERDES MUNICIPALES Y PEPRIMETRO EXTERIOR

• ACERAS POLIGONO INDUSTRIAL ALPARRACHE I Y II

• FRANJA DE TERRENO EN LA CALLE FEDERICO GARCÍA

LORCA

• FRANJAS DE TERRENO SITUADAS EN LA AVENIDA DE LA CASA ROQUE.

• FRANJA DE TERRENO COMPRENDIDA ENTRE LA CALLE

PINO SILVESTRE, SILVESTRE, CALLE DEL PINO PIÑONERO Y CALLE DEL PINO ABETO

• PARQUE NATURAL POR DENTRO

• PRADERA DE SAN ISIDRO Y BAJADA (ESTO SE REALIZA EN

EL MES DE MAYO).

• AVDA INFANTA MARGARITA HASTA INCORPORACIÓN N-V

• SOLARES SITUADOS EN LA CALLE CAFARNAUM,.CALLE SIMÓN PEDRO Y CALLE BETSAIDA

• PARCELA ENTRE CALLE PINO SILVESTRE Y CALLE PINO

ABETO.

• PILÓN CARRETERA DE VILLAMANTE

• ACERAS Y ALCORQUES DEL BARRIO SAN ISIDRO CALLES DE LA ROMERIA, AVENIDA QUINCE DE MAYO, CALLE DE LA ERMITA, CALLE DE LA PRADERA.

• SOLAR DE LA CALLE FELIPE FUERTES, 88

• SOLAR DE LA CALLE LA MORCUERA, 16

• SOLAR DE LA CALLE MIERES, 31

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• SOLAR DE LA CALLE DOÑA JIMENA, 16

• SOLAR DE LA AVDA DEL CID CAMPEADOR, 113

• SOLAR EN EL SECTOR I-7, 4

• SOLAR EN EL SECTOR I-7, 14

• SOLAR EN EL SECTOR I-7, 16

• SOLAR EN EL SECTOR I-7, 17

• SOLAR EN EL SECTOR I-9, 31 (A)

TERRENOS MUNICIPÀLES ARADOS

• TERRENO COMPRENDIDO ENTRE LA CALLE MATEO DE LECETA, CALLE GABRIEL RUISECO Y CALLE DE JUAN ANTONIO ZENÓN (BARRIO SAN SEBASTIÁN).

• TERRENO COMPRENDIDO ENTRE LA CALLE JUAN ANTONIO

ZENÓN, CALLE GABRIEL RUISECO Y CARRETERA DE VILLAMANTA

• TERRENOS SITUADOS EN LA ENTRADA DE NAVALCARNERO

POR LOS MANZANOS (LAS OLLAS)

• PARTE TRASERA DE LA AVENIDA DE LOS CINCO SIGLOS

• TERRENO SITUADO EN LA CALLE LLANES.

• TERRENO SITUADO EN LA CALLE DE LA PARAMERA

• PERIMETRO DE LA ITV

• LATERAL DE LACALLE DE LA DEHESA DE MARI MARTIN DESDE LA ROTONDA DE LA AVENIDA INFANTA MARGARITA

• FRANJA DE TERRENO SITUADO ENTRE EL PARQUE

NATURAL Y LA CALLE DE LA DEHESA DE MARI MARTIN

• FRANJA DE TERRENO ENTRE EL PARQUE NATURAL Y CALLE DE LA PRADERA

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• TERRENO SITUADO EN LA PARTE TRASERA DEL PARQUE NATURAL Y LA AVENIDA DEL ARROYO JUNCAL

• SOLAR DE LA CALLE COTOS Y CALLE FUENFRIA

• SOLAR DE LA CALLE CERCEDILLA

• SOLARES DE LA CALLE MIRASIERRA

• OLLAS DE SALIDA NACIONAL V DESDE INFANTA

MARGARITA

• TERRENOS AMBOS LADOS DE LA AVDA VICTIMA DEL TERRORISMO

• TERRENOS MUNICIPALES SITUADOS ENTRE LA AVENIDA

DE CASTILLA Y LA CALLE FELIPE II Y CANGAS DE ONIS HASTA LA CALLE CAMINO DEL MOLINO.

• TERRENO (OLIVAR) SITUADO EN LA CALLE TOSTONERO,

CAMINO DEL PIJORRO Y CALLE BUENAVISTA.

• SOLAR CALLE CANTO PELIN

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ANEXO XII.- Listados de áreas caninas Actualmente, existen cuatro áreas caninas: - Barrio de la Dehesa: Calle las suertes. - Barrio de Buenavista: Plaza de Buenavista. - Parque de los Charcones: Paseo Alparrache s/n - Barrio de El Silo: Calle Los Bastos s/n Durante los años de ejecución del contrato se crearán cinco áreas nuevas que se considerarán incluidas en el objeto del contrato.

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ANEXO XIII.- ZONAS VERDES A MANTENER

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-Página 189 de 193-

ANEXO XIV- LISTADO DE PERSONAL A SUBRROGAR

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ANEXO XV- LISTADO DE POSIBLE MAQUINARIA A CEDER

Marca Denominación comercial

Matricula

NISSAN ATLEON 140 0016BPG NISSAN CABSTAR 0928GTX

CITROEN JUMPY 2326GDD CITROEN JUMPER 5092GCH CITROEN JUMPER 5317GCH

IVECO ML150E22K 5342GFN CITROEN JUMPER2.8 6881DPN RENAULT KANGOO 9586GKX KUBOTA ME5700DTN E-2472-BFJ

AUSA DUMPER E-4996-BBP LANDINI ATLASDT80 E6929-BBT RIGUAL CP-60 E9488BBT IVECO ML150E18K 0050BZX IVECO ML150E18K 0084BZX

PEUGEOT BOX FG350MH 0590BZR PIAGGIO PORTER 1375DSW NISSAN ATLEON 2237DVT NISSAN CASTAR.E 3476CCL PIAGGIO PORTER 4045BZP PIAGGIO PORTER 4441GMJ PIAGGIO PORTER 4447GMJ CITROEN FG35L2H2100 5490GDT

IVECO ML150E22K 6906GCS MERCEDES 2528L 8636BDM RENAULT KANGOO 8639CBM TOYOTA HILUXN2S 9711GFK

RAVO 5002CD E3196BCB DULEVO 5000EVOLUTION E6533BFN

ECOLOGICA ECO100SV1.0 E9180BDJ SCANIA PO94DB6X2NA220 M8235XT SCANIA 9L6X2/33 6183FBF SCANIA P270DB6X24MNA 9942GBB PIAGGIO PORTER 1520BTF PIAGGIO PORTER 0317GBC

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ANEXO XVI- CUADROS OFERTA ECONÓMICA

MEDIOS HUMANOS (CUADRO A)

CATEGORIA Salario %

Seguridad Importe Coste Jornadas

EUR/JORN Nº

JOR/VAC/ABS EUR/AÑO

LUNES-SABADO (Mañana)

LUNES-SABADO (Tarde)

DOMINGOS Y FESTIVOS

(Mañana)

DOMINGOS Y FESTIVOS

(Tarde)

SERVICIOS

EXTRAORDINARIOS

TOTAL

MEDIOS MATERIALES Y AUXILIARES (CUADRO B) Combustibles, lubricantes, neumáticos,…..

MAQUINARIA Eur/Jornada

ud. Nº

udes. nº

jornadas TOTAL SEGUROS (Eur/año)

SEGUROS Y MANTENIMIENTO

Euros/año

TOTAL

MEDIOS MATERIALES Y EQUIPOS (CUADRO C-1) Arrendamientos

Medios Materiales Nº

UDES. Euros./

UD. Arrendamientos/UD. TOT. INV. EUROS/AÑO

TOTAL

MEDIOS MATERIALES Y EQUIPOS AMORTIZABLES O DE PRIMER ESTABLECIMIENTO

(CUADRO C-2)

MAQUINARIA Nº UDES. Euros/ UD. AMORT./UD. TOT. INV. EUROS/AÑO

TOTAL

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MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES

(CUADRO D-1)

CONCEPTO EUR/MES EUR/AÑO

TOTAL

OTROS GASTOS

(CADRO D-2)

CONCEPTO UDS IMPORTE/UD. EUROS/AÑO

TOTAL

UTILES Y HERRAMIENTAS (CUADRO E-1)

MATERIAL Nº EQUIPOS

EUROS/JORNADAS UNIDAD EUROS/AÑO

TOTAL

VESTUARIO (CUADRO E-2)

CATEGORIA Nº EQUIPOS EUROS/JORNADA UNIDAD EUROS/AÑO

TOTAL

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SERVICIO DE ----------------

CONCEPTO IMPORTE

EUROS/AÑO

Medios Humanos

Coste medios humanos

TOTAL MEDIOS HUMANOS

MEDIOS MATERIALES

Combustibles, lubricantes, aceites, … Arrendamientos

Amortizaciones y financiación

TOTAL MEDIOS MATERIALES

INSTALACIONES

Mantenimiento de instalaciones Otros gastos

TOTAL INSTALACIONES Y OTROS GASTOS

HERRAMIENTAS Y VESTUARIO

Utiles y herramientas Vestuario

TOTAL HERRAMIENTAS Y VESTUARIO

TOTAL PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN

MATERIAL

G.G ( %) Y BI ( %)

Total

TOTAL PRESUPUESTO EJECUCIÓN POR CONTRATA

IVA ( %)

TOTAL PRESUPUESTO ANUAL