pliego contratación de los servicios de asesoría laboral

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1 PLIEGO DE CONDICIONES DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE ASESORÍA LABORAL PARA LA SOCIEDAD MUNICIPAL ECOCIUDAD ZARAGOZA S.A.U. 1.- Objeto, alcance de los trabajos y metodología. Será objeto del contrato a que se refiere este pliego la contratación de los servicios de asesoría laboral integral a la sociedad municipal Ecociudad Zaragoza S.A.U. Los trabajos se circunscriben a dos grandes ámbitos: 1. Trabajos de gestoría laboral. 2. Trabajos de asesoría legal en materia laboral mediante la emisión de los oportunos informes y dictámenes. 1.- TRABAJOS DE GESTORÍA LABORAL. Gestión de personal e impuestos: Confección de nóminas mensuales: Cálculo y entrega de las nóminas mensuales incluyendo, en su caso, el cálculo de la parte proporcional de las gratificaciones extraordinarias. Cálculo de atrasos y liquidaciones complementarias. Cálculo de horas extraordinarias. Cálculo y documentación en la baja de trabajadores (finiquitos, certificados y resumen de pagos). Resumen mensual de nóminas, detallado según instrucciones que dicte EZ. Confección de listado mensual, y por tanto acumulativo, que agrupe y resuma todos los conceptos salariales abonados en las nóminas de cada trabajador y el coste de la Seguridad Social. Dicha información deberá ser entregada en el formato que EZ dictamine. Cálculo e impresión de los modelos 111 y 190 o equivalentes y presentación de los mismos. Certificados anuales para la declaración de la renta incluyéndose en este apartado a los profesionales que hayan realizado labores para EZ. Cálculo de los porcentajes de IRPF que sean de aplicación a cada nómina y el cálculo de las regularizaciones en concepto de IRPF mensuales y trimestrales. Gestión con seguridad social:

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Page 1: pliego Contratación de los servicios de asesoría laboral

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PLIEGO DE CONDICIONES DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE ASESORÍA

LABORAL PARA LA SOCIEDAD MUNICIPAL ECOCIUDAD ZARAGOZA S.A.U.

1.- Objeto, alcance de los trabajos y metodología.

Será objeto del contrato a que se refiere este pliego la contratación de los servicios de asesoría

laboral integral a la sociedad municipal Ecociudad Zaragoza S.A.U.

Los trabajos se circunscriben a dos grandes ámbitos:

1. Trabajos de gestoría laboral.

2. Trabajos de asesoría legal en materia laboral mediante la emisión de los oportunos

informes y dictámenes.

1.- TRABAJOS DE GESTORÍA LABORAL.

Gestión de personal e impuestos:

Confección de nóminas mensuales: Cálculo y entrega de las nóminas mensuales

incluyendo, en su caso, el cálculo de la parte proporcional de las gratificaciones

extraordinarias.

Cálculo de atrasos y liquidaciones complementarias.

Cálculo de horas extraordinarias.

Cálculo y documentación en la baja de trabajadores (finiquitos, certificados y resumen

de pagos).

Resumen mensual de nóminas, detallado según instrucciones que dicte EZ.

Confección de listado mensual, y por tanto acumulativo, que agrupe y resuma todos

los conceptos salariales abonados en las nóminas de cada trabajador y el coste de la

Seguridad Social. Dicha información deberá ser entregada en el formato que EZ

dictamine.

Cálculo e impresión de los modelos 111 y 190 o equivalentes y presentación de los

mismos.

Certificados anuales para la declaración de la renta incluyéndose en este apartado a

los profesionales que hayan realizado labores para EZ.

Cálculo de los porcentajes de IRPF que sean de aplicación a cada nómina y el cálculo

de las regularizaciones en concepto de IRPF mensuales y trimestrales.

Gestión con seguridad social:

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Confección y presentación de los boletines de cotización a la seguridad social RNT y

RLC. Quedan incluidos en este apartado la aplicación en dichos boletines de

bonificaciones, reducciones, compensaciones que deban realizarse así como de los

complementarios.

Comunicación de partes de accidentes de trabajo y documentación complementaria

que pudiera suscitarse.

Gestión y tramitación de las bajas laborales por incapacidad temporal.

Confección, presentación y posterior tramitación ante la seguridad social de

expedientes en materia de maternidad, paternidad, jubilación, etc

Gestión de contratos:

Confección de contratos laborales y su clausulado.

Altas, bajas y variaciones en la seguridad social.

Otros servicios:

Consultas verbales y/o telefónicas.

Preparación de la documentación necesaria en las inspecciones tanto de la seguridad

social como de la de trabajo, y asistencia si así se solicita en las mismas.

Control de vencimientos de trienios, retenciones ya judiciales ya de cualquier otra

índole y control de las posibles reducciones de jornada.

En todo caso, en relación a estos trabajos y atendiendo a las múltiples vicisitudes que pueden

acontecer dentro de lo que es el objeto del presente apartado, se entiende que el contenido

de los trabajos reflejados es redactado sin ánimo de exhaustividad y quedaran englobados

todos aquellos trabajos que pese a no haber sido relacionados tengan una incidencia en el

objeto del contrato.

EZ tiene en la actualidad una plantilla fija de 13 empleados, sin perjuicio que este número

pueda verse afectado por futuras modificaciones en su plantilla según sean en cada momento

las necesidades de personal de la propia sociedad, por tanto, y sin perjuicio del abono de los

trabajos mediante precio unitario, el alcance del presente contrato engloba a todo el conjunto

de la plantilla presente y aquélla que se incorpore a lo largo del plazo de ejecución del contrato

con independencia de la modalidad contractual laboral que pueda estatuirse en cada

momento.

En relación al sistema de confección de nóminas y gestión con seguridad social objeto del

presente apartado, éste se efectuará, a grandes rasgos, de acuerdo con los siguientes criterios:

1. Realización de nóminas mensuales y demás documentación aneja. En fecha máxima de

cada día 25 del mes en curso, EZ entregará los datos relativos a cada trabajador que

permitan realizar las nóminas de dicho mes. En plazo no superior a 48 horas una vez

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entregados esos datos el adjudicatario remitirá por la vía que EZ determine una propuesta

de nómina en forma de listado desglosado por conceptos y el fichero de transferencias de

nómina, las cuales serán revisadas por EZ al efecto de detectar posibles errores en las

mismas dándose por tanto el visto bueno a la materialización de las nóminas del mes en

cuestión o en su defecto anotando las modificaciones que se hayan de realizar por los

errores detectados en la elaboración de dichos proyectos.

2. Una vez generado y confirmado el listado contable y costes del mes al igual que toda

cuanta otra documentación anexa que sea pertinente de acuerdo con lo expuesto en la

relación de trabajos a realizar, se entregarán las nóminas en papel que deberán obrar en

poder del EZ al menos el día penúltimo hábil de cada mes (quedan excluidos por tanto y a

los efectos del presente contrato sábados, domingos y festivos). EZ comunicará a primeros

del mes siguiente al adjudicatario las posibles incidencias habidas de los últimos días del

mes anterior para que éste confeccione, antes del 15 del mes siguiente, y haga entrega al

citado Organismo, el listado costes-contable definitivo con su correspondiente modelo

TC-1 de ingreso de cuotas de Seguridad Social en la modalidad de pago electrónico

correspondiente a las nóminas del mes anterior.

3. Los plazos reseñados son indicativos pudiendo EZ modificarlos de forma justificada según

convenga en el interés de evitar errores o retrasos que puedan significar el abono tardío

de las nóminas y otros pagos derivados. Queda incluida en este apartado la realización de

cualquier otra documentación que de acuerdo a cualquier disposición normativa resulte

de obligado cumplimiento.

2.- TRABAJOS DE ASESORÍA LEGAL EN MATERIA LABORAL.

Por acuerdo del Consejo de Administración de la sociedad de fecha 21 de diciembre de 2015,

resulta de aplicación al personal laboral de la sociedad el conjunto de normas y derechos

recogidos en el Convenio de aplicación al personal laboral del Excmo. Ayuntamiento de

Zaragoza.

Los trabajos que comprende este apartado son:

Realización de informes jurídicos y dictámenes relacionados con materias laborales y

de seguridad social que afecten o puedan afectar a EZ, incluyendo alegaciones y

recursos en vía administrativa ante los organismos que corresponda y respecto de las

materias que conforman el objeto del presente contrato.

Dentro de este apartado se incluye también el asesoramiento con carácter permanente verbal

en materia laboral y de seguridad social.

Page 4: pliego Contratación de los servicios de asesoría laboral

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En atención a la prioridad del asunto a tratar, EZ podrá establecer procedimientos de urgencia

a su criterio. En aquellas consultas en las que por la materia a tratar se considere debe existir

un estudio de la misma, la respuesta suficientemente fundada por parte del adjudicatario

deberá ser entregada en un plazo máximo de 72 horas. Todos los escritos, informes, y

dictámenes deberán ser firmados por el responsable del adjudicatario.

Todos los recursos, escritos de alegaciones u otros de análoga naturaleza deberán ser

revisados previamente por el Director Económico de EZ antes de su presentación.

Aunque el asesoramiento ante la Inspección de Trabajo, los Juzgados de lo Social, etc. estaría

comprendido dentro del contrato, se entiende que en caso de solicitarse la asistencia o

representación ante cualquiera de estos órganos en casos especiales o que se vayan a

prolongar en el tiempo, dicho servicio sería minutado aparte de conformidad por ambas

partes.

2.- Tipo de contrato y sistema de adjudicación.

El tipo de contrato será de servicios para el objeto expresado en el apartado primero.

La forma de adjudicación será por procedimiento general (art. 14 de las Instrucciones de

Contratación de la sociedad municipal Ecociudad Zaragoza S.A.U. a la Oferta Económicamente

más Ventajosa atendiendo a los criterios en el art. 11 del presente Pliego.

La forma de adjudicación y el procedimiento se han establecido sobre la base de las

Instrucciones Internas de Contratación de EZ y por la normativa vigente en materia de

contratación, Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el

texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP), en aquellos aspectos que

le son de aplicación.

3.- Referencia a la legislación aplicable.

El presente contrato se regirá por las cláusulas contenidas en el presente Pliego, en las

Instrucciones Internas de Contratación de Ecociudad Zaragoza SAU (EZ) y, para todo lo no

previsto en los citados documentos, por la normativa vigente en materia de contratación, Real

Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de

la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP).

Todas las cuestiones relativas a la interpretación y cumplimiento de este contrato se regirán

por el Ordenamiento Jurídico Privado. Las partes con renuncia expresa al fuero que pudiera

corresponderles se someten para todo lo relativo a la interpretación, aplicación y

cumplimiento del presente contrato a los Juzgados y Tribunales de Zaragoza.

Page 5: pliego Contratación de los servicios de asesoría laboral

5

4.- Órgano de contratación.

El Órgano de contratación es el Gerente de EZ, sin perjuicio de las delegaciones que éste

acuerde.

5.- Precio cierto o sistema para la determinación del mismo.

El presupuesto estimado del contrato, para un año de contrato y calculado en base a las horas

mínimas de dedicación de perfiles, se fija en la cantidad de 4740 € IVA no incluido, 18.960 €

IVA no incluido incluyendo las prórrogas previstas.

El cálculo se ha realizado en base a las siguientes hipótesis.

CONCEPTO

IMPORTE

ESTIMADO/AÑO

(IVA NO INCLUIDO)

ESTIMACIÓN UD

PRESUPUESTO

ESTIMADO

(IVA NO

INCLUIDO)

PRECIO UNITARIO DE

TRABAJOS DE GESTORÍA

LABORAL (GESTIÓN DE

PERSONAL E

IMPUESTOS; GESTIÓN

CON SEGURIDAD

SOCIAL; GESTIÓN DE

CONTRATOS; OTROS

SERVICIOS) POR

CONTRATO

FORMALIZADO:

180 €/CONTRATO 13 TRABAJADORES 2340 €

PRECIO UNITARIO POR

INFORME LEGAL EN

MATERIA LABORAL

200 €/INFORME 12 INFORMES 2400 €

TOTAL AÑO 4740 €

Page 6: pliego Contratación de los servicios de asesoría laboral

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El precio total de la oferta corresponderá al precio del licitador propuesto para el escenario

hipotético de valoración (en cuanto a las actuaciones concretas objeto de contratación) para

el periodo del contrato según el anterior cuadro de precios.

EZ tendrá la facultad de solicitar al adjudicatario el número de unidades de las prestaciones

objeto del contrato que considere necesario para la adecuada ejecución del Contrato, siempre

que no supere el presupuesto estimado del contrato que regirá como importe máximo de

adjudicación.

En todo caso, teniendo en cuenta que la realización de las prestaciones objeto del Contrato –nóminas e informes- no depende de EZ sino de diversas vicisitudes, no es posible conocer el número exacto de servicios que contratará EZ durante la vigencia del Contrato y con cargo al mismo. Por este motivo, EZ no puede obligarse a contratar los servicios por un importe mínimo con el adjudicatario del contrato durante el plazo de duración del mismo. EZ se reserva el derecho a solicitar al adjudicatario las prestaciones objeto del Contrato hasta el presupuesto estimado de licitación. La no solicitud de todo o parte de las prestaciones del Contrato no supondrá ninguna responsabilidad para EZ. Los precios unitarios propuestos por el adjudicatario serán vinculantes para éste. A todos los efectos se entenderá que en las ofertas están incluidos todos los gastos que el

adjudicatario deba realizar para ejecutar el cumplimiento de las prestaciones contratadas,

tales como los generales, financieros, benéficos, de seguros, de comprobación y ensayo, de

transporte y entrega de bienes, honorarios del personal a su cargo, desplazamientos, tasas y

toda clase de tributos, en especial el Impuesto sobre el Valor Añadido y cualesquiera otros

que puedan establecerse o modificarse durante su vigencia, sin que puedan ser repercutidos

como partida independiente.

6.- Revisión de precios.

No procede revisión de precios.

7.- Plazo de duración.

El contrato derivado de la adjudicación de este concurso tendrá una duración de un año (1).

La fecha de comienzo de la prestación de los servicios se establecerá en el contrato. En ningún

caso se podrá iniciar la ejecución del contrato sin su previa formalización.

Podrá ser prorrogado, por tres prórrogas de un año cada una, por mutuo acuerdo entre las

partes, mediante acuerdo expreso antes de la finalización del contrato o prórroga en curso.

Las partes pondrán en conocimiento, con una antelación de tres meses, su interés de

continuar con el contrato.

Page 7: pliego Contratación de los servicios de asesoría laboral

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No obstante lo anterior, al término del plazo de vigencia definido, en función de la naturaleza

del contrato y a criterio y decisión exclusiva de EZ, el adjudicatario vendrá obligado a continuar

prestando el servicio hasta un máximo de seis (6) meses más o hasta que el nuevo

adjudicatario se haga cargo del mismo, debiendo comunicar EZ al adjudicatario tal

circunstancia, con una antelación mínima de dos (2) meses a la fecha de finalización del

contrato.

8- Cuantías de la garantía provisional y de la definitiva.

8.1.- Garantía Provisional.

No se exige.

8.2.- Garantía Definitiva.

La garantía definitiva a favor de EZ lo será por un importe equivalente al 5 por 100 del

IMPORTE DE ADJUDICACIÓN, excluido el Importe sobre el valor Añadido.

9.- Acreditación de la aptitud para contratar.

La presentación de la documentación para su admisión como licitador supone la aceptación

de lo dispuesto en las Instrucciones de Contratación de la sociedad EZ incluida en su Perfil del

Contratante y publicada en la web, así como todas las disposiciones del presente Pliego.

De conformidad con lo estipulado en el art. 9 de las Instrucciones de Contratación de la

sociedad, sólo podrán contratar con EZ las personas naturales o jurídicas, españolas o

extranjeras que tengan plena capacidad de obrar; no estén incursas en las prohibiciones para

contratar del art. 60 del TRLCSP y acrediten la solvencia económica, financiera y técnica o

profesional necesaria según lo dispuesto en el presente Pliego.

La solvencia económica y financiera del empresario podrá acreditarse por uno o varios de los

medios siguientes:

a) Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la

existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.

b) Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial

que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en

Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los

libros de contabilidad debidamente legalizados.

c) Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen

de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato,

referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la

fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en

que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios.

Page 8: pliego Contratación de los servicios de asesoría laboral

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La solvencia técnica se acreditará mediante la entrega de los siguientes documentos:

1. Declaración de personal: Declaración firmada por el licitador de la relación de

personal que se compromete a adscribir al contrato, adjuntando “curriculum vitae”

en formato europass e historial profesional y el organigrama de los equipos de

trabajo, haciendo constar si su dedicación será completa o a tiempo parcial –e

indicando en ese caso el número de horas- y si su relación con el licitador es de

carácter laboral (indefinida o temporal) o mercantil (colaboradores externos).

En todo caso, el adjudicatario deberá adscribir para la realización del objeto del

contrato de un equipo formado, al menos, por los siguientes perfiles profesionales:

Título de Licenciado en Derecho o Graduado Social o similar que tenga relación

con la asesoría Laboral de empresas con una experiencia no inferior a 5 años. La

dedicación de este perfil respecto a las tareas de asesoramiento legal por escrito

deberá ser, como mínimo de 10 horas mensuales.

Sin perjuicio de lo anterior, el personal adscrito como equipo humano estará a

disposición del adjudicador durante el desenvolvimiento de todos los trabajos, para

las reuniones y consultas verbales que se estimen pertinentes.

2. Experiencia: Relación suscrita por un responsable legal de la empresa en la que se

recojan los principales trabajos similares realizados en los últimos cinco años, según

avalada por certificados de buena ejecución para los servicios más importantes. Estos

certificados, expedidos por los órganos de contratación o por los responsables de

empresas privadas, indicaran el importe, las fechas y el lugar donde se realizarán los

servicios y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión

y se llevaron normalmente a buen término.

Se exige como requisito mínimo de solvencia la acreditación de haber ejecutado un

contrato de similares características de cuantía equivalente al 75% del presupuesto

de licitación o dos cuya suma equivalga al 100% del presupuesto de licitación, en los

últimos cinco años.

La falta de presentación de cualquiera de los documentos que deben incluirse en el

sobre, o la falta de adecuación a lo que se pide, que no se consideren defectos

materiales subsanables, será, por sí sola, causa de exclusión del procedimiento.

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10.- Presentación de las proposiciones.

La documentación para participar en el procedimiento se presentará en la sede de la sociedad,

ubicada en la planta primera del pabellón este del edificio municipal "El Seminario" (Vía

Hispanidad 20, C.P. 50.009, Zaragoza) antes del plazo estipulado en el anuncio de licitación en

dos sobres cerrados denominados como A y B. conteniendo cada uno de ellos la

documentación que se especifica en esta Memoria, indicando en todos ellos, de forma legible:

Nombre y apellidos de quien firme la proposición y el carácter con el que lo hace, si lo efectúa

en nombre propio o en representación de otra persona o entidad, el objeto del contrato y los

datos suficientes para la comunicación con el proponente.

Dentro de cada bloque, se incluirán los siguientes documentos así como una relación

numerada de los mismos:

1. SOBRE «A» DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA Y TÉCNICA.

Documentos que acrediten la personalidad jurídica del empresario.

Documentos que acrediten la representación.

Declaración responsable de no estar incurso en una prohibición para contratar de las

recogidas en el artículo 60 y 61 del TRLCSP. Esta declaración incluirá la manifestación

de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la

Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la

justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación

definitiva, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.

Documentos que justifiquen el cumplimiento de los requisitos de solvencia

económica, financiera y técnica o profesional en los términos recogidos en la cláusula

anterior.

Medios materiales adscritos al contrato.

Memoria técnica donde se exponga la forma y modo de llevar a cabo los trabajos: El

licitador presentará una Memoria Técnica que de forma clara y concisa explique los

sistemas y procedimientos utilizados para llevar a cabo los trabajos y el alcance de los

mismos, así como un plan de garantía de calidad donde se indicarán las medidas que

se proponen para controlar la calidad y garantizar la entrega de los trabajos con la

eficacia y rapidez suficientes.

2. SOBRE «B» PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y DOCUMENTACIÓN CUANTIFICABLE DE FORMA

AUTOMÁTICA.

Proposición económica. Se presentará conforme al siguiente modelo:

«D.__________ con domicilio a efectos de notificaciones en_____________, con DNI

número___________ en representación de la Entidad__________ , con CIF

número___________, invitado a participar en el expediente para la CONTRATACIÓN DE

Page 10: pliego Contratación de los servicios de asesoría laboral

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SERVICIOS DE ASESORÍA LABORAL PARA LA SOCIEDAD MUNICIPAL ECOCIUDAD ZARAGOZA

S.A.U. .” hago constar que conozco el Pliego que sirve de base al contrato y lo acepto

íntegramente, tomando parte de la licitación y comprometiéndome a llevar a cabo el objeto

del contrato por los siguientes precios unitarios:

CONCEPTO IMPORTE (IVA NO

INCLUIDO)

BAJA

PRECIO UNITARIO DE

TRABAJOS DE GESTORÍA

LABORAL (GESTIÓN DE

PERSONAL E IMPUESTOS;

GESTIÓN CON SEGURIDAD

SOCIAL; GESTIÓN DE

CONTRATOS; OTROS

SERVICIOS) POR CONTRATO

FORMALIZADO:

XX,XX €

XX,XX %

PRECIO UNITARIO POR

INFORME DE

ASESORAMIENTO LEGAL EN

MATERIA LABORAL:

XXX,XX €

XX,XX %

En __________ , a ___ de ____ de 20

Firma del licitador,

Fdo.: ___________ ».

11.- Adjudicación y formalización.

La adjudicación del presente contrato se llevará a cabo por el procedimiento general recogido

en el art. 14 de las Instrucciones de contratación de la sociedad municipal Ecociudad Zaragoza

S.A.U. atendiendo a los siguientes criterios evaluables por fórmula matemática:

PRECIO UNITARIO DE TRABAJOS DE GESTORÍA LABORAL: Hasta 40 puntos.

Se asignarán cero puntos a la oferta a tipo de licitación y el máximo establecido para el criterio

a la oferta de menor precio, pero solo en el caso de que la baja de esa mejor oferta respecto

Page 11: pliego Contratación de los servicios de asesoría laboral

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al tipo de licitación supere un umbral predeterminado. Si la oferta de menor precio no supera

ese umbral se entenderá que no supone una mejora significativa del precio del contrato y se

le asignará la mayor puntuación, pero no la máxima posible para el criterio.

La expresión matemática de esta fórmula es la siguiente:

Vi = 𝐵𝑖

𝑀𝑎𝑥 (𝐵𝑠,𝐵𝑚𝑎𝑥)× 𝑉𝑚𝑎𝑥

Donde:

Vmax: Puntuación máxima (40 puntos)

Bs: Baja significativa, en el caso del presente contrato se establece en el 5%.

Vi: Puntuación o valoración otorgada a cada oferta.

Bmax: Baja máxima de entre las presentadas a la licitación.

Bi: Baja correspondiente a cada oferta (i).

Max (Bs, Bmax): Representa el valor máximo de entre los dos indicados.

PRECIO UNITARIO POR INFORME DE ASESORAMIENTO LEGAL EN MATERIA LABORAL: Hasta 60

puntos.

Se asignarán cero puntos a la oferta a tipo de licitación y el máximo establecido para el criterio

a la oferta de menor precio, pero solo en el caso de que la baja de esa mejor oferta respecto

al tipo de licitación supere un umbral predeterminado. Si la oferta de menor precio no supera

ese umbral se entenderá que no supone una mejora significativa del precio del contrato y se

le asignará la mayor puntuación, pero no la máxima posible para el criterio.

La expresión matemática de esta fórmula es la siguiente:

Vi = 𝐵𝑖

𝑀𝑎𝑥 (𝐵𝑠,𝐵𝑚𝑎𝑥)× 𝑉𝑚𝑎𝑥

Donde:

Vmax: Puntuación máxima (60 puntos)

Bs: Baja significativa, en el caso del presente contrato se establece en el 5%.

Vi: Puntuación o valoración otorgada a cada oferta.

Bmax: Baja máxima de entre las presentadas a la licitación.

Bi: Baja correspondiente a cada oferta (i).

Max (Bs, Bmax): Representa el valor máximo de entre los dos indicados.

A efectos de determinar las ofertas incursas en temeridad, se estará a lo dispuesto en el Real

Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley

de Contratos de las Administraciones Públicas.

Page 12: pliego Contratación de los servicios de asesoría laboral

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El órgano de contratación podrá adjudicar el contrato o declarar desierto el procedimiento,

motivando en todo caso su resolución con referencia a los criterios de adjudicación. La

adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y,

simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante.

El contrato deberá formalizarse por escrito dentro de los diez días hábiles a contar desde el

siguiente al de la notificación del acuerdo de adjudicación. En el mismo plazo se aportará el

justificante de constitución de la garantía definitiva y los documentos probatorios

correspondientes a su personalidad y capacidad para contratar, aunque hayan sido

presentados en el acto de licitación. Asimismo, deberán aportar justificación acreditativa de

hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social

de acuerdo con las disposiciones vigentes.

No podrá formalizarse el contrato sin la previa presentación de dicha documentación.

De no formalizarse el contrato en el plazo indicado por causas imputables al contratista, se

entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma

documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las

ofertas.

No podrá iniciarse la ejecución de los contratos sin su previa formalización.

12.- Pago del precio.

El contratista tiene derecho a la contraprestación económica prevista en el contrato,

facturándose por los trabajos efectivamente prestados. El contratista percibirá el importe del

servicio realmente efectuado, una vez dada la conformidad en la realización del mismo, y tras

la expedición de factura correspondiente, con certificación de los trabajos efectivamente

realizados y en base al cuadro de precios unitarios recogido en su oferta.

Salvo pacto en contrario en el contrato a suscribir, el abono del precio se realizará previa

presentación de la factura, por el importe aprobado en la certificación, dentro del plazo de 60

días.

13.- Confidencialidad y Protección de datos.

El adjudicatario queda expresamente obligado a mantener absoluta confidencialidad y reserva

sobre cualquier dato que pudiera conocer con ocasión del cumplimiento del contrato,

especialmente los de carácter personal, que no podrá copiar o utilizar con fin distinto al que

figura en este pliego, ni tampoco ceder a otros ni siquiera a efectos de conservación, sin el

previo consentimiento por escrito del contratista. Se considerará información confidencial

cualquier información a la que el adjudicatario acceda en virtud del presente contrato, en

especial la información y datos propios del contratista o de los usuarios y beneficiarios del

Page 13: pliego Contratación de los servicios de asesoría laboral

13

servicio, que con tal carácter se indique, a la que haya accedido durante la ejecución del

mismo, así como la documentación.

14.- Ejecución del contrato.

El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en este pliego de condiciones y de

acuerdo con las instrucciones que se darán al contratista para su interpretación por el órgano

de contratación.

15.- Modificación del contrato.

Una vez perfeccionado el contrato, el órgano de contratación sólo podrá introducir

modificaciones en el mismo por razones de interés público y para atender a causas

imprevistas, dentro de los límites y con sujeción a lo establecido en el TRLCSP.

16.- Penalidades y resolución del contrato.

El incumplimiento de las recíprocas obligaciones contenidas en el Contrato, en los términos

establecidos en el Art. 1.124 del Código Civil, y en particular:

a. Cuando a juicio del adjudicador, los procedimientos y medios utilizados no se

ajustasen a los previstos en el Contrato y el adjudicatario no aceptara

reemplazarlos.

b. La extinción de la personalidad jurídica del adjudicatario.

c. El mutuo acuerdo de las partes con los efectos que en el mismo se

establezcan.

d. El incumplimiento grave de la normativa de protección de datos.

e. El retraso culpable en la presentación de los documentos relativos a la

relación de la sociedad para con la seguridad social.

La resolución por la causa a) es potestativa del adjudicador. La resolución del contrato por

cualquiera de las causas antes dichas, a excepción del mutuo acuerdo, dará derecho, en todo

caso, al adjudicador, a una indemnización por daños y perjuicios, además de la penalidad, de

un 1% del precio del contrato.

El adjudicador podrá comunicar al adjudicatario, mediante carta certificada, su voluntad de

resolver unilateralmente el contrato en base a cualquiera de las causas previstas en esta

estipulación. Los motivos expuestos serán considerados como reconocidos por la otra parte,

salvo protesta por la misma de igual forma y en el plazo de diez días a contar desde la

recepción de la comunicación antes citada.

Cuando el contratista, por causa que le fueran imputables, hubiera incurrido en demora en

los plazos parciales recogidos en los presentes pliegos, se impondrán las siguientes

penalidades:

Page 14: pliego Contratación de los servicios de asesoría laboral

14

Una penalidad diaria en la proporción de 0,40 euros por cada mil euros del

precio del contrato

Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por

ciento del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado

para resolver el contrato

La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en este Pliego y en los

fijados en los artículos 223 y 308 del TRLCSP; y se acordará por el órgano de contratación, de

oficio o a instancia del contratista.

Cuando el contrato se resuelva por culpa del contratista, se incautará la garantía definitiva,

sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios originados a EZ, en lo que excedan

del importe de la garantía.

17.- Riesgo y ventura del contratista.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 215 del TRLCSP, el contrato se ejecutará a riesgo y

ventura del contratista adjudicatario.

I.C. de Zaragoza a 17 de noviembre de 2016.

El Jefe de Recursos Humanos y

Económicos.

El Técnico Jurídico.

Fdo. Ricardo Lladosa Redondo. Fdo. Luis Vela Blasco.

V.B. El Gerente.

Fdo. Miguel Portero Urdaneta.