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Pliego Condiciones Te cnicas 2012 Para la contratación de la prestación

del “Servicio de monitores deportivos,

socorristas y personal auxiliar en las

instalaciones deportivas de Orihuela”

Excmo. Ayuntamiento de Orihuela – Concejalía de Deportes

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Pliego Condiciones Técnicas Servicios Deportivos y Auxiliares

ÍNDICE

1.- Objeto del Contrato ..................................................................................................... 3

2.- Duración del Contrato ................................................................................................. 4

3.- Periodo prestacional del Servicio ................................................................................ 4

4.- Retribución del Adjudicatario ..................................................................................... 4

5.- Presupuesto ................................................................................................................. 5

6.- Características de los Programas Deportivos: Necesidades de personal, etc .............. 6

7.- Medios Personales ..................................................................................................... 18

8.- Medios Materiales ..................................................................................................... 19

9.- Vestuario ................................................................................................................... 19

10.- Sustituciones ........................................................................................................... 20

11.- Prevención Riesgos Laborales ................................................................................ 21

12.- Relación con la empresa contratada ........................................................................ 21

13.- Obligaciones del contratista .................................................................................... 22

14.- Obligaciones del Ayuntamiento .............................................................................. 26

15.- Requisitos de clasificación y solvencia ................................................................... 26

16.- Criterios de Adjudicación ....................................................................................... 27

17.- Aclaraciones a las ofertas ........................................................................................ 29

18.- Control e inspección del Servicio............................................................................ 30

19.- Régimen de infracciones y sanciones...................................................................... 31

20.- Obligaciones Esenciales del contrato……………………………………………...33

21.- Aumento de necesidades ......................................................................................... 33

22.- Disposiciones Finales .............................................................................................. 34

23.- Anexos……………………………………………………………………………..35

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Pliego Condiciones Técnicas Servicios Deportivos y Auxiliares

1.- Objeto del Contrato

1.1.- El objeto del presente contrato es la prestación de los servicios de

monitores deportivos, socorristas, recepción-atención al público, limpieza y tareas

auxiliares de mantenimiento en las instalaciones deportivas dependientes de la

Concejalía de Deportes, así como otras prestaciones complementarias de conformidad

con lo previsto en el presente Pliego de Condiciones Técnicas.

Se definirán las actividades mínimas y necesarias que posibiliten tanto mantener

las instalaciones deportivas municipales abiertas durante el horario de apertura al

público como permitir la prestación de una serie de actividades deportivas y servicios

que permitan, entre otros fines, garantizar que cada ciudadano pueda desarrollarse y

mantenerse físicamente de manera conveniente, de acuerdo a sus necesidades e

intereses.

1.2.- Los servicios se prestarán bajo la dirección y supervisión de la dirección

técnica de la Concejalía de Deportes del Excmo. Ayuntamiento de Orihuela con arreglo

a los detalles especificados en el presente pliego de prescripciones técnicas. Siendo el

modelo de gestión directa a través de un contrato de prestación de servicios públicos.

1.3.- Los servicios deportivos comprenden la gestión técnica, coordinación,

dirección, ejecución, control y evaluación de cada uno de los programas deportivos de

la oferta municipal, así como la valoración de la satisfacción del usuario y la percepción

de la calidad en las actividades dirigidas desarrolladas en las instalaciones deportivas

municipales, en las condiciones técnicas expuestas en este pliego.

El Pliego de prescripciones técnicas establece, entre otros extremos, la forma y

el procedimiento a seguir por el contratista en la ejecución de las prestaciones que el

contrato comprende.

1.4.- Los servicios objeto de contrato se prestarán en todas las instalaciones

deportivas de titularidad pública donde los precise la dirección técnica de la Concejalía

de Deportes, así como en las instalaciones deportivas, cualquiera sea su titularidad, que

mediante acuerdo o convenio con el Excmo. Ayuntamiento de Orihuela se dispongan

para el desarrollo de la oferta deportiva municipal.

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Pliego Condiciones Técnicas Servicios Deportivos y Auxiliares

2.- Duración del Contrato

2.1.- El presente contrato tendrá una vigencia de DOS años, a contar desde la

firma del mismo. Podrá ser prorrogado anualmente por mutuo acuerdo entre las partes,

sin que dicha prórroga pueda exceder de dos años. Por tanto, la duración del contrato

incluidas las prórrogas no podrá exceder de cuatro años. Las posibles prórrogas deberán

ser acordadas por resolución expresa del Órgano de Contratación.

3.- Periodo prestacional del servicio.

3.1.- El periodo prestacional del servicio objeto del contrato será de todo el año

en cada uno de los años del contrato.

3.2.- Los periodos se dividen en dos lotes, en función de los programas

deportivos y necesidades de personal: anual para el personal de servicios técnicos,

gestión y auxiliares de instalaciones deportivas. Y en dos fases en cuanto a los servicios

deportivos: temporada deportiva (curso escolar de Sept- Jun) y temporada verano (Jun-

Agosto)

3.3.- Una vez delimitados y establecidos los periodos prestacionales del servicio

concluimos que durante el mes de Junio se simultanean los programas deportivos de

uno y otro periodo. Por lo que la empresa adjudicataria deberá realizar la

correspondiente previsión de recursos humanos para ambos meses.

3.4.- En los apartados 6.2. se establece la distribución de personal en cada uno

de periodos establecidos en el presente punto.

4.- Retribución del Adjudicatario.

De acuerdo con lo establecido en el art. 87 del Real Decreto Legislativo 3/2011,

de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos

del Sector Público, el pago del adjudicatario por la prestación de los servicios objeto del

presente contrato será mediante una retribución con cargo a los Presupuestos

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Pliego Condiciones Técnicas Servicios Deportivos y Auxiliares

Municipales cuyo importe irá destinado a resarcir al adjudicatario de los costes de

prestación de los servicios contratados, incluidos los medios humanos que aporte para

tal fin, al margen de un beneficio industrial previsto en el 6% y a la compensación de

gastos generales previsto en el 13%. El importe de la retribución, definitivamente

aprobado en la adjudicación, será abonado por el Ayuntamiento al adjudicatario

prorrateado en doce pagos mensuales de idéntico importe cada uno, previa acreditación

por el adjudicatario del puntual cumplimiento de sus obligaciones tributarias y

laborales.

5.- Presupuesto.

El presupuesto máximo de licitación se fija en UN MILLON QUINIENTOS

SESENTA Y DOS MIL VEINTISIETE EUROS Y SETENTA Y NUEVE CENTIMOS

(1.562.027,79 €) Y TRESCIENTOS VEINTIOCHO MIL VEINTICINCO EUROS Y

OCHENTA Y CUATRO CENTIMOS DE 21% DE IVA (328.025,84 €).

Total IVA incluido, UN MILLON OCHOCIENTOS NOVENTA MIL

CINCUENTA Y TRES EUROS CON SESENTA Y DOS CENTIMOS

(1.890.053,62 €), para la primera anualidad de vigencia del contrato.

Para el segundo año de contrato, se establece una ampliación

presupuestaria del 10% sobre el precio económico de oferta del adjudicatario (no

de licitación). Dicho aumento presupuestario se verá reflejado, exclusivamente, en el

incremento de la jornada laboral del personal adscrito a servicios auxiliares en las

instalaciones deportivas municipales y a un incremento porcentual del salario del

personal adscrito a servicios deportivos.

El licitador incluirá en su proposición económica la oferta de presupuesto

tomando el importe anterior como máximo y ofertando el mismo a la baja. Será

rechazada toda propuesta, en este sentido, de carácter temerario que, objetivamente, no

pueda atender al fin para el que la retribución está prevista.

Dado que el cálculo del presupuesto máximo de licitación por anualidad ha sido

realizado con el mayor rigor y precisión partiendo de los precios de mercado actuales

para las distintas partidas de costes exigibles en este Pliego, en particular, los costes

laborales que, al estar determinados por el correspondiente Convenio Colectivo, no son

susceptibles de minoración e implican el porcentaje más significativo con mucha

diferencia de los costes del adjudicatario, e incluidos los correspondientes márgenes del

adjudicatario por beneficio industrial y gastos generales, se entenderá temeraria toda

propuesta que suponga una baja sobre el presupuesto por debajo del 17%, dado que se

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Pliego Condiciones Técnicas Servicios Deportivos y Auxiliares

incumplirían las obligaciones salariales y de SS exigibles por el volumen de la plantilla

mínima necesaria.

6.- Características de los Programas

Deportivos.

A.- Por las especiales características de los servicios deportivos y de la

especificidad de los mismos, este pliego debe ser un documento abierto y flexible, que

permita modificaciones, siempre y cuando no desvirtúen el fondo, la esencia y las

características de la prestación de los servicios y programas deportivos municipales, y

que no supongan un desequilibrio presupuestario justificado para el contratista.

B.- La Concejalía de Deportes será responsable del diseño, planificación y

desarrollo de la oferta deportiva municipal, de acuerdo a las directrices y a la política

deportiva vigente, renovada y/o actualizada cada cuatro años.

C.- El presente pliego de condiciones técnicas establece una oferta deportiva

marco actualizada en la temporada 2011-2012, susceptible de cambio en próximas

temporadas, en el número de plazas ofertadas por escuelas deportivas, modificación de

horarios en instalaciones deportivas, nuevos programas acuáticos y de sala, nuevos

eventos complementarios a los actuales o en detrimento de algunos de los existentes,

etc. Sin que ello suponga un desequilibrio económico fehaciente y justificado para el

adjudicatario.

D.- Cualquier modificación en la oferta inicial será comunicada por la

Concejalía de Deportes a la empresa contratista al menos con un mes de antelación, para

la coordinación de la misma.

E.- En el supuesto de que, una vez lanzada la oferta deportiva municipal, alguna

de las modalidades deportivas no se cubriera por una menor, escasa o nula demanda; la

Concejalía de Deportes se reserva el derecho de utilizar los recursos humanos y las

horas contratadas a otras escuelas de mayor demanda, nuevas ofertas deportivas,

organización de eventos o a aquellos otros servicios deportivos que por su naturaleza

sean constitutivas de prestación por el adjudicatario en compensación y resarcimiento al

ayuntamiento de la no prestación de programa, servicio o campaña determinada.

Todos los programas, servicios y campañas municipales estarán sometidos a esta

norma anteriormente expuesta.

F.- En la tabla que se adjunta a continuación se desglosan los diferentes

programas deportivos actualmente ofertados por la Concejalía de Deportes:

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Pliego Condiciones Técnicas Servicios Deportivos y Auxiliares

DEPORTE BASE Escuelas Deportivas Municipales, destinadas a la población escolar y adulta.

Juegos Deportivos Municipales (deporte escolar).

ACTIVIDADES ACUÁTICAS Desarrollados en la piscina cubierta del Palacio del Agua y dirigidos a todos los segmentos de

población, desde bebés a tercera edad.

PROGRAMAS PARA ADULTOS

.- Ligas locales de pádel y fútbol sala.

.- Aeróbic y Gimnasia de mantenimiento en pedanías y Orihuela Costa.

.- Cursos Monográficos.

EVENTOS DEPORTIVOS

la Concejalía de Deportes organiza cada

año los siguientes programas deportivos,

que necesitan de la cobertura de personal de

la empresa adjudicataria como servicios extraordinarios:

JUVE. Feria lúdico- deportiva que se celebra al aire libre durante los días 2, 3 y 4 de Enero.

MEDIA MARATÓN CIUDAD DE ORIHUELA. Organizada por la Concejalía de Deportes

y con la colaboración en la organización técnica del C.A. Tragamillas se celebra todos los

años el segundo domingo de febrero.

CARRERA POPULAR ORIHUELA COSTA. Con idéntica organización que la Media Maratón, esta carrera popular se desarrolla en el mes de mayo. En 2011 cumplirá su tercera

edición.

FESTIVAL Y TORNEO GIMNASIA RÍTMICA “CIUDAD DE ORIHUELA”.

TORNEO INTERESCUELAS DE NATACIÓN.

CIRCUITO DE TRIATLONES “MI PRIMER TRIATLON”

G.- La planificación deportiva para el periodo 2.012-2014 del Ayuntamiento de

Orihuela y en lo concerniente a la promoción y fomento de actividades deportivas,

objeto de gran parte de este pliego de condiciones técnicas, se fundamenta en los

principios y filosofía de Deporte para Todos y la promoción del deporte en edad

escolar.

H.-Los objetivos del Programa Municipal de Actividades Deportivas a

desarrollar en el presente pliego se basarán en los objetivos generales que toda actividad

deportiva debe tener para que se de una práctica deportiva de garantías y se consiga una

fidelización del usuario a esa práctica de manera continuada en el tiempo.

H.1 Los objetivos de la mencionada práctica deportiva deben desarrollarse como

factores que mejoren la salud, aumenten la calidad de vida y el bienestar social y que

contribuyan a la formación y desarrollo integral de la persona.

Todos estos objetivos tendrán su desarrollo práctico a través de:

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.- Los contenidos conceptuales necesarios para conocer las diferentes actividades

y sus diversas posibilidades.

.- Los contenidos procedimentales sobre la correcta ejecución de la práctica

deportiva para que den los beneficios deseados.

.- Los contenidos actitudinales que permitirán conseguir el fin de que la práctica

deportiva se desarrolle de manera autónoma, con libertad de decisión y de opción de

práctica, desde el marco de la integración de los valores y actitudes que propone el

Espíritu Olímpico, tales como la tolerancia, juego limpio, sacrificio, superación, repulsa

del dopaje como medio de superación, etc.

6.1. PROGRAMAS DEPORTIVOS: DEPORTE BASE (ESCUELAS

DEPORTIVAS Y DEPORTE ESCOLAR), ACTIVIDADES ACUÁTICAS,

PROGRAMAS ADULTOS Y EVENTOS Y ACTIVIDADES

EXTRAORDINARIAS.

6.1.1. ESCUELAS DEPORTIVAS MUNICIPALES.

Este programa es uno de los más significativos, relevante e importante que

gestiona la Concejalía de Deportes dado su carácter de actividad diaria. Está dirigido a

niños y niñas en edad escolar obligatoria y con edades comprendidas entre los 4 y 17

años. Las disciplinas deportivas que componen la oferta actual de escuelas deportivas

municipales son atletismo, multideporte, baloncesto, balonmano, voleibol, deportes de

raqueta, natación, gimnasia rítmica y fútbol.

Las escuelas deportivas municipales deben tener una ideología donde prime la

formación de deportistas y personas a través del deporte, por encima de los resultados

deportivos y la propia competición, favoreciendo un desarrollo integral de la persona.

Los principios de igualdad y atención a la diversidad serán desde donde parta esta

ideología con respecto al trato de los alumnos de las escuelas deportivas municipales

durante los entrenamientos y competiciones.

Este programa tiene un nivel de competición de iniciación al rendimiento, que

presenta un objetivo algo más competitivo que el de promoción (deporte escolar). La

adscripción al nivel de iniciación al rendimiento estará condicionada a criterios técnicos

establecidos por la propia Concejalía de Deportes conjuntamente con la dirección

técnica de la empresa contratista, dado que dentro de las escuelas deportivas también

hay grupos que se incluyen en un nivel de promoción.

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Pliego Condiciones Técnicas Servicios Deportivos y Auxiliares

La Concejalía de Deportes tiene entre sus objetivos dotar a los servicios

deportivos de la mayor calidad, con el propósito de dar una respuesta acorde a las

necesidades y demandas de los oriolanos, en un marco de servicios públicos de calidad.

La empresa adjudicataria debe promover entre todos sus empleados (monitores

deportivos, socorristas, personal de servicios en instalaciones, etc.) los criterios de

calidad necesarios para un correcto y adecuado funcionamiento de los servicios

deportivos desde los aspectos organizativos a los pedagógicos.

A continuación señalaremos el número de plazas convocadas para cada

modalidad deportiva, ratios monitor/alumnos o usuarios, categorías, etc. sin perjuicio de

que en función de la rehabilitación y mejora de las instalaciones deportivas existentes o

de la construcción de otras nuevas puedan ampliarse tanto las disciplinas deportivas

como el número de plazas de las modalidades ya ofertadas.

MODALIDAD PLAZAS CONVOCADAS RATIO MONITOR/GRUPO

FÚTBOL 11 140 1 director +1 Monitor /20 Alumnos

FÚTBOL 7 220 1 Coordinador + 1 Monitor / 12-15 Alumnos

BALONCESTO 115 1 director + 1 Monitor/ 15 Alumnos

ATLETISMO 115 1 director + 2 Monitor/ 00 Alumnos

GIMNASIA RÍTMICA 90 1 directora + 2 Monitoras/ 25 Alumnos

BALONMANO 95 1 director + 1 Monitor/ 16 Alumnos

VOLEIBOL 30 1 director + 1 Monitor/ 15 Alumnos

MULTIDEPORTE 140 1 director + 1 Monitor/ 15 Alumnos

TENIS 100 1 director + 1 Monitor/ 8 Alumnos

NATACIÓN 60 1 director- Monitor/10-12 Alumnos

DXT ADAPTADO: NATACIÓN 5 1 Monitor/ 1 Alumno

* FÚTBOL SALA 36

Convenio Clubes * ARTES MARCIALES 160

*TRIATLÓN

TOTAL ** 1.306

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6.1.2. PROGRAMAS FOMENTO DEPORTE ESCOLAR.

En el marco de los Juegos Deportivos de la Comunidad Valenciana, la

Concejalía de Deportes organiza a través de Programas de Fomento del Deporte

Escolar, la fase municipal de este programa autonómico.

El objetivo general que establece este programa deportivo es fomentar y atender

a la formación y participación por encima de la competición y los resultados. El carácter

de esta competición y de las actividades deportivas que se desarrollan en la misma son

de un nivel de promoción deportiva.

La finalidad de estos Juegos es garantizar la práctica deportiva de la población

en edad escolar, como factor que mejora la salud, aumenta la calidad de vida y el

bienestar social y contribuye a la formación y desarrollo integral de la persona.

La Concejalía de Deportes oferta en este programa una amplia gama de

modalidades deportivas, con un objetivo de dar la posibilidad a los escolares de nuestro

municipio de conocer y practicar diversas disciplinas que no se encuentren dentro de las

tradicionales, aunque también estas deberán ser incluidas dentro de la programación,

dado que son aquellas que habitualmente pueden practicarse en los propios centros de

enseñanza.

El objetivo prioritario de los responsables de la gestión de este programa de

Deporte Escolar es impulsar este programa deportivo para fomentar, potenciar y

aumentar la participación de escolares en las diferentes competiciones y actividades que

se oferten.

Las jornadas de promoción y competición de este programa se desarrollan los

sábados por la mañana en las instalaciones deportivas municipales y en centros

educativos convenidos.

A continuación detallamos los centros educativos participantes en la actual

edición de los Juegos Deportivos Municipales, que es la trigésima, equipos inscritos y

participantes de las últimas temporadas.

*****

XXX JJ.DD.MM. DE ORIHUELA – FASE MUNICIPAL

ALUMNOS INSCRITOS

CENTRO 2011 - 2012 2010 - 2011

CEIP ANDRES MANJÓN 9 72

CEIP FERNANDO DE LOACES 91 79

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CEIP VILLAR PALASÍ 113 152

CEIP MIGUEL HERNÁNDEZ 91 142

CEIP VIRGEN DE LA PUERTA 0 60

CEIP PLAYAS DE ORIHUELA 0 0

CEIP LOS DOLSES 32 42

CEIP FRANCISCO GIRONA - ARNEVA 0 22

CEIP VIRGEN DE DESAMPARADOS 74 92

CEIP HURCHILLO MANUEL RIQUELME 61 51

CEIP NTRA. SRA DE BELÉN - LA APARECIDA 72 96

CEIP NTRA. SRA DEL PILAR - LA CAMPANETA 0 0

C.R.A. AZAHAR - LA MATANZA 97 97

CEIP MAESTRO ISMAEL GARCÍA - LA MURADA 36 90

CEIP RINCÓN DE BONANZA 25 31

CEIP SAN BARTOLOMÉ 0 0

CEIP VIRGEN DE MONSERRATE - TORREMENDO 62 56

CEIP NTRA. SRA. MONSERRATE - MOLINS 0 15

C.D. SANTO DOMINGO 156 138

OLEZA 136 112

C.D. ORATORIO FESTIVO 100 121

O.S.D. SAN JOSÉ OBRERO 39 65

JESÚS MARIA SAN AGUSTÍN 216 201

JESÚS MARIA SAN ISIDRO 120 69

NTRA. SRA. DEL CARMEN 0 27

I.E.S. EL PALMERAL 0 0

I.E.S. GABRIEL MIRÓ 42 74

I.E.S. LAS ESPEÑETAS 0 32

I.E.S. THÁDER 59 No estaba

AYTO. ORIHUELA 41 91

AYTO. BIGASTRO 19 No estaba

AYTO. BENEJÚZAR 10 11

C.E.E. ANTONIO SEQUEROS 49 46

TOTAL 1.750 2.084

ACTUALIZADO A 13/03/2012

En el Anexo III se adjuntan los datos actualizados de esta edición en cuanto al

número de equipos participantes.

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6.1.3. PROGRAMAS Y ACTIVIDADES ACUÁTICAS

Los criterios que marcan la oferta acuática actual han ido encaminados a ofrecer

actividades dirigidas a todos los sectores de población, desde bebés a mayores, con una

programación atractiva, amplitud de horarios y las máximas plazas recomendadas por

los especialistas para realizar clases de calidad; aunque limitadas por las propias

dimensiones de ambos vasos.

La oferta acuática que la Concejalía de Deportes oferta en las instalaciones del

Palacio del Agua es completa y organizada a partir de la filosofía del Deporte para

Todos que impregna la planificación deportiva municipal en cuanto a la promoción y

fomento de las actividades deportivas.

Las empresas que optan a la licitación establecerán el Programa Docente de

Actividades Acuáticas, desarrollando un mínimo de los siguientes programas:

PROGRAMAS

Salud- Higiénico Preventivo. Bebés, embarazadas, actividades acuáticas

terapéuticas, tercera edad, acuafitness y programas

de acondicionamiento físico.

Utilitarios.

Programas de enseñanza en sus diferentes niveles

(Aproximación medio acuático (I), iniciación

estilos (II), perfeccionamiento (III) de la natación,

estableciendo las correspondientes diferencias entre

los programas infantiles y de adultos.

Actividades Acuáticas para Discapacitados

Dirigido al discapacitado. Se trabajarán los

diferentes estilos de natación adaptados a las

posibilidades de cada usuario intentando potenciar

al máximo sus cualidades. La natación es el modo

ideal para realizar actividad física y ejercicios

especiales ya que dentro del agua se facilita la

movilidad reduciendo el esfuerzo gracias al factor

de flotación. Además permite mejorar cualidades

como son la resistencia cardiovascular y la fuerza.

Actividades Acuáticas Educativas.

Programas elaborados por los propios centros de

enseñanza y asociaciones y ejecutados por sus

propios profesionales, y que no serán aportados por

las empresas licitadoras y no contemplándolo, por

tanto, en el mencionado proyecto de actividades

acuáticas (Salvo como mejora).

En el Anexo IV se adjuntan los programas actuales ofertados, plazas ofertadas,

ratios monitor-usuario, etc.

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Pliego Condiciones Técnicas Servicios Deportivos y Auxiliares

6.1.4. PROGRAMA PARA ADULTOS.

La Concejalía de Deportes viene ofertando durante las últimas temporadas

programas y actividades deportivas para adultos en el marco de la filosofía del Deporte

para Todos. En el programa de Escuelas Deportivas incluiremos oferta para adultos en

las disciplinas de tenis, atletismo, pádel, artes marciales, y otras actividades físicas de

sala.

Del mismo modo, se ofertan programas de natación para adultos en la

instalación deportiva del Palacio del Agua: aprendizaje y perfeccionamiento de estilos

de natación, natación terapéutica, acuafitness, etc.

Pero en este punto queremos destacar los programas que oferta la Concejalía de

Deportes dirigidos a este segmento de población mayor de 16 años. Esto son, Ligas

Locales de Pádel y Fútbol Sala; Gimnasio, Programa de Aeróbic, Gimnasia de

Mantenimiento y Gerontogimnasia en pedanías y Orihuela Costa y Cursos

Monográficos de Deportes No Convencionales.

En el Anexo V se adjunta cuadro con el programa de Aerobic, gimnasia de

mantenimiento y Gerontogimnasia en pedanías y Orihuela Costa.

En el Apartado 6.2. y Anexo I “Relación de Personal a Subrogar” se incluyen

los recursos humanos mínimos que se deben destinar a la ejecución de estos programas

de adultos a través de los distintos programas y servicios ofertados: escuelas deportivas,

actividades acuáticas, ligas locales, Aeróbic y gimnasia de mantenimiento en pedanías,

etc.

Los profesionales de los Cursos Monográficos se atenderán y contratarán desde

las horas que la empresa ofertará sin coste para la celebración de eventos y actividades

deportivas de carácter extraordinario por parte del Ayuntamiento de Orihuela.

6.1.5. EVENTOS DEPORTIVOS Y ACTIVIDADES EXTRAORDINARIAS

a.- La Concejalía de Deportes en su programación anual y en el marco de la

política deportiva vigente organiza una serie de eventos deportivos y actividades

deportivas de carácter extraordinario, que requieren de la participación de personal de la

empresa adjudicataria para su desarrollo, ya sea como organización técnica,

colaboradores, etc.

b.- A continuación citamos algunos de los eventos que deberán ser cubiertos por

personal de la empresa adjudicataria como hemos comentado en el apartado anterior,

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Pliego Condiciones Técnicas Servicios Deportivos y Auxiliares

bien en calidad de organización técnica o bien como colaboradores: Media Maratón

Ciudad de Orihuela, Carrera Popular Orihuela Costa, Carrera Nocturna, Juve,

Festival Interescuelas de Gimnasia Rítmica, Torneo Competición Gimnasia Rítmica,

Torneo Interescuelas de Natación, Torneos de Navidad y Semana Santa EDM, Circuito

de Triatlones, Carrera Popular de la Mujer, Gala de la Juventud y del Deporte,

Clausura Escuelas Deportivas y Deporte Escolar, etc.

* Estos eventos pueden ser susceptibles de cambio dentro de la programación y

sustituirse por otros, que igualmente deberán ser cubiertos por personal del contratista.

6.2. NECESIDADES PERSONAL TÉCNICO Y DEPORTIVO.

6.2.1.- PERSONAL TÉCNICO, DEPORTIVO Y DE GESTIÓN DEPORTIVA CON

CONTRATO ANUAL.

CATEGORÍA CLASIFICACIÓN

GRUPO HORAS/

SEMANA

1 DIRECTOR TÉCNICO Gr. 1

39 h.

P. TÉCNICO

1 COORD. DEPORTE ESCOLAR Gr. 2.2

1 RESP. ADMON. EDM Y AT. CIUD. Gr. 2.2

1 DIRECTORA EDM GIMNASIA RÍTMICA Subrogación Conv. Ayto.

1 DIRECTOR- MONITOR GIMNASIO MUN. Subrogación Conv. Ayto.

1 COORD. ESCUELAS DEP. MUN. Gr. 2.2 30 h.

1 DIRECTOR EDM FÚTBOL Gr. 2.1 30 h.

1 MONITORA LUDOTECA Gr. 4.1 24 h.

CATEGORÍA GRUPO HORAS/ SEMANA

1 COORDINADOR ACTIVIDADES ACUÁTICAS GR.2.1

39 h. P.

DEPORTIVO

4 SOCORRISTAS GR.3.1

2 MONITORES NATACIÓN GR.4.1

1 MONITORA ACTIVIDADES INDOOR GR.4.1

1 FISIOTERAPEUTA GR.2.1 30 h.

1 FISIOTERAPEUTA GR.2.1 16 h.

6 MONITORES DE NATACIÓN GR.4.1 20 h.

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Pliego Condiciones Técnicas Servicios Deportivos y Auxiliares

6.2.2.- PERSONAL DEPORTIVO CON CONTRATO TEMPORADA (CURSO

LECTIVO SEPT-JUN).

CATEGORÍA GRUPO

HORAS/

SEMANA

1 COORDINADOR FÚTBOL 7 GR.3.1 22,5 h.

21 MONITORES FÚTBOL GR.4.1 238 h.

1 DIRECTOR EDM BALONCESTO GR.3.1 30 h.

7 MONITORES EDM BALONCESTO GR.4.1 95 h.

1 DIRECTOR EDM MULTIDEPORTE GR.3.1 20 h.

4 MONITORES DEPORTIVOS GR.4.1 48 h.

2 MONITORAS GIMNASIA RÍTMICA GR.4.1 40 h.

1 DIRECTOR EDM BALONMANO GR.2.2 25 h.

5 MONITORES DEPORTIVOS GR.4.1 60 h.

2 MONITORAS ATLETISMO GR.4.1 35 h.

1 DIRECTOR EDM VOLEIBOL GR.3.1 15 h.

1 MONITOR DEPORTIVO GR.4.1 12 h.

1 DIRECTOR EDM TENIS GR.3.1 30 h.

1 MONITOR TENIS GR.4.1 25 h.

1 DIRECTOR ARTES MARCIALES GR.3.1 25 h.

1 COORDINADOR DEPORTIVO GR.3.1 15 h.

2 AUX. LIGAS LOCALES GR.4.1 15 h.

4 MONITORES DEPORTE ESCOLAR. GR.4.1 48 h.

3 MONITORAS AERÓBIC Subrogación Ayto. 117 h.

1 PSICÓLOGO ESPEC. DEPORTIVO GR.2.1 25 h.

61

6.2.3. PERSONAL DEPORTIVO CON CONTRATO TEMPORADA VERANO

(JUNIO, JULIO Y AGOSTO). NECESIDADES:

CATEGORÍA GRUPO HORAS/

SEMANA

10 SOCORRISTAS GR.3.1 350

10 ATENCIÓN CIUDADANO PISCINAS DESCUBIERTAS. GR.4.1 350

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Pliego Condiciones Técnicas Servicios Deportivos y Auxiliares

1 COORDINADOR CAMPAÑA NATACIÓN VERANO GR.2.1 25

4 MONITORES DE NATACIÓN GR.4.1 100

6.3.- NECESIDADES PERSONAL DE SERVICIOS AUXILIARES EN LAS

INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES. CONTRATO ANUAL.

ANEXO I

6.3.1 Las necesidades de personal de servicios auxiliares son diferentes al contrato

anterior licitado y adjudicado por el Excmo. Ayuntamiento de Orihuela. La realidad

económica actual en todos los ámbitos de la sociedad junto con el descenso en los

ingresos municipales y el plan de ajuste necesario y obligatorio aprobado por las

administraciones locales deriva en una minoración de los servicios objeto de este

contrato con respecto al anterior.

6.3.2 Esta reducción de servicios se contempla para el primer año de contrato, siendo

intención de la Concejalía de Deportes dotar de presupuesto, para incrementar dichos

servicios progresivamente, en el segundo año del mismo y las sucesivas prórrogas, si así

se determinara.

6.3.3 Los servicios objeto de disminución y reajuste vendrán determinados por la

apertura y cierre de las instalaciones deportivas por optimización de los costes derivados

de su mantenimiento; mejora en la coordinación con el personal municipal adscrito a la

Concejalía de Deportes, reorganización de servicios, etc.

CATEGORÍA HORAS/ SEMANA

1 ADMINISTRATIVO 39 h.

P. GESTIÓN,

CONTROL

ACCESOS, AT.

PÚBLICO,

MANTENIMIENTO,

LIMPIEZA, ETC.

7 AUX. ADMINISTRATIVOS

19.5 h.

10 CONSERJES

4 CONSERJES NOCTURNOS

5 OPERARIOS MANTENIMIENTO

4 LIMPIADORAS

1 ENCARGADO GENERAL

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6.4. REQUISITOS Y PERFIL PERSONAL TÉCNICO Y DEPORTIVO.

6.4.1. En cuanto a los requisitos y perfil profesional, este pliego establece la

clasificación del personal técnico y deportivo por grupos y niveles que dispone el

convenio del sector II Convenio Estatal de Instalaciones Deportivas (Capítulo VI,

Clasificación del Personal, Art. 40).

6.4.2. En el cuadro de necesidades de personal dispuesto en el apartado anterior

(6.2.), se especifican y clasifican los grupos y niveles de cada categoría profesional. Se

adjunta en el Anexo II, el Capítulo VI, Clasificación del Personal, Art. 40.por el que se

deberán regir, siendo de obligado cumplimiento por la empresa adjudicataria, los

requisitos, perfiles profesionales y las necesidades de titulación del personal técnico y

deportivo, socorristas, administrativos, control de accesos, mantenimiento de

instalaciones deportivas, etc. en función de sus categorías profesionales.

6.5. REQUISITOS Y PERFIL PERSONAL DE SERVICIOS AUXILIARES.

6.5.1. El personal de servicios auxiliares se regirá por el Convenio Provincial de

Limpieza y Mantenimiento de Edificios Públicos. No obstante, a efectos de sus

categorías profesionales, funciones a desarrollar, perfil profesional y titulación exigida

se clasificarán dentro de los Grupos 4 y 5 (II Convenio Estatal de Instalaciones

Deportivas) por recoger con más detalle la naturaleza de las tareas y funciones en las

instalaciones deportivas por conserjes, operarios mantenimiento y limpiadoras.

6.5.2. Los operarios de mantenimiento deberán disponer de cualificación

profesional o experiencia suficiente para el desarrollo de sus tareas y funciones propias

de la especificidad de los servicios y el mantenimiento de instalaciones deportivas.

Deberán tener al menos el Carné de Manipulador de Plaguicidas y el Certificado de

mantenimiento de piscinas. En caso, de que algunos de los recursos humanos

subrogados del anterior prestatario no cumpliera estos requisitos, la empresa dispondrá

de un plazo razonable para que los trabajadores acrediten dichos requisitos. Además de

esto deberán reunir los siguientes requisitos:

Poseer el carné de conducir B1.

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7.-MEDIOS PERSONALES

Como medio fundamental para el desarrollo de las diversas actuaciones

recogidas en el presente Pliego, se dispondrá de un equipo personal suficientemente

capacitado y experimentado como para atender cuantitativa y cualitativamente todas las

necesidades que se deriven de los planes para atender los servicios objeto de este

contrato. En la propuesta se explicitarán las previsiones de plantilla que se considera

necesaria para la ejecución de los servicios y tareas objeto del presente contrato.

El adjudicatario vendrá obligado a cubrir su plantilla con el personal que, en el

momento de hacerse cargo del servicio objeto de concurso, figure en la plantilla del

contratista anterior. A dichos efectos se acompaña como anexo relación nominal del

personal del contratista actual. Asimismo los licitadores deberán tener en cuenta en sus

propuestas de personal, la coincidencia de servicios de diferentes campañas en el mes de

junio como se indica en el punto 3.3. de este mismo Pliego de Condiciones.

Los equipos humanos estarán dotados de todos los medios técnicos que sean

necesarios para poder realizar los trabajos previstos.

Asimismo todo el personal cualificado deberá estar en posesión de la titulación

exigida correspondiente para poder impartir el curso deportivo específicamente

asignado, así como para llevar a cabo el resto de tareas que se describen en este Pliego.

En su oferta detallarán el perfil y titulaciones de cada uno de los puestos que ofrezcan.

En el anexo VI se recogen las tareas y funciones mínimas que deben realizar

tanto el personal de actividades y servicios deportivos como auxiliares y de

mantenimiento en las instalaciones deportivas.

La empresa adjudicataria se responsabilizará de la aplicación de las medidas y

de la formación de su personal en materia de prevención de riesgos laborales. Los

operarios irán vestidos con ropa de trabajo adecuada y elementos de seguridad a las

funciones a desarrollar y será propuesta por el licitador en su oferta.

Todo el personal que preste los servicios objeto del presente Pliego de

Condiciones, pertenecerá exclusivamente a la empresa adjudicataria del contrato, sin

que exista ninguna relación jurídica de tipo administrativo o laboral entre dichos

trabajadores y el Ayuntamiento de Orihuela, ni durante la vigencia del contrato ni en

ningún momento posterior.

El adjudicatario incorporará en el contrato un responsable de dirección o

supervisor general, que será quien organizará, coordinará y supervisará las tareas de la

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totalidad del personal adscrito al servicio. Será el interlocutor habitual, junto con el

Director Técnico, con los servicios técnicos del Ayuntamiento de Orihuela.

8.- MEDIOS MATERIALES.

Los recursos materiales necesarios para el normal desarrollo de las clases,

actividades y servicios deportivos en general serán dispuestos por la propia Concejalía

de Deportes, quedando la empresa contratada obligada a su custodia y control de su

buen estado de conservación por parte de los monitores deportivos.

La empresa adjudicataria provendrá al personal de servicios auxiliares en

instalaciones deportivas de los medios de seguridad laboral adecuados y establecidos

por la legislación vigente, tales como guantes, mascarillas recomendadas para los

productos químicos a tratar (limpieza y mantenimiento), botas, gafas protectoras,

prendas y/o monos de trabajo, etc.

Los productos de limpieza y mantenimiento preventivo y correctivo en las

instalaciones deportivas municipales necesarios para el correcto funcionamiento de las

mismas serán aportados por la Concejalía de Deportes, quedando la empresa contratada

obligada a su responsable control y utilización por parte del personal de servicios,

disponiendo en todo momento de una actitud favorable hacia la optimización de los

productos con el propósito de reducir el gasto en los mismos.

9.- VESTUARIO

La empresa contratada deberá entregar a todo el personal contratado el vestuario

adecuado para el desempeño de sus funciones, manteniendo en todo momento una

uniformidad que los distinga.

En este uniforme deberá exponerse los logotipos de la empresa y del

Ayuntamiento de Orihuela que será facilitado por la Concejalía de Deportes para cada

caso.

Del mismo modo, todos los empleados de servicios auxiliares deberán ir

adecuadamente uniformados para el desempeño de sus correspondientes funciones.

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Proporcionando el adjudicatario todos los medios de prevención necesarios, como ropa

adecuada, guantes, calzado, mascarillas, etc., que garanticen el desarrollo de los trabajos

con las condiciones de seguridad necesarias.

La empresa contratada deberá proporcionar uniformes tanto para la temporada

estival como para la de invierno.

Los modelos y colores de uniforme serán previamente aprobados por la

Dirección Técnica de la Concejalía de Deportes.

Los trabajadores de control de accesos, atención al público, control de accesos,

conserjes, operarios y limpiadoras deberán ir obligatoriamente con una tarjeta

identificativa, con su nombre y apellidos y el logotipo de la empresa.

10.- SUSTITUCIONES

10.1. En lo que corresponde al personal técnico, ya sean monitores deportivos o

socorristas, la empresa contratada deberá tener prevista la sustitución inmediata del

trabajador/a que por cualquier causa estuviera impedido para realizar su horario de

trabajo correspondiente. Esta norma será de obligado cumplimiento para garantizar la

prestación del servicio en todo momento con las mismas condiciones y estándares de

calidad. En este sentido, se debe prestar mayor atención y celeridad siempre y máxime

cuando sean socorristas y personal de atención al público destinados a las piscinas

públicas.

10.2. En caso de sustitución unilateral por parte de la empresa, ésta deberá

comunicarlo a la Concejalía de Deportes al menos con 15 días naturales de antelación,

garantizándose, en cualquier caso, la adecuada continuidad en la calidad y eficacia de

los servicios contratados.

10.3. En cuanto al personal de servicios (limpieza, atención al público,

operarios, conserjes, etc.) en caso de I.T., por baja médica y/o accidente laboral, la

empresa adjudicataria queda sujeta a la inmediata provisión del personal en un plazo

máximo de tres días.

10.4. En cuanto a las vacaciones del personal se distribuirán entre los meses de

julio y agosto y se cubrirá al menos el 60% del personal que tenga contrato anual de

servicios auxiliares en instalaciones deportivas municipales.

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11.- PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.

11.1. La empresa adjudicataria deberá realizar y actualizar, coordinada con la

Concejalía de Deportes, el Plan de Formación correspondiente, conforme a lo

establecido en la normativa vigente sobre Prevención de Riesgos Laborales.

11.2. El adjudicatario de la contratación, una vez formalizado y previamente al

inicio y ejecución de la actividad deberá presentar en el Servicio promotor y fiscalizador

de la ejecución, una declaración responsable del representante legal de la empresa

mediante la cual ponga de manifiesto que han realizado la evaluación de riesgos y la

planificación de su acción preventiva, así como que han cumplido sus obligaciones en

materia de formación e información respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus

servicios.

11.3. A continuación se detalla la documentación técnica a aportar en materia de

Prevención de Riesgos Laborales:

1. Evaluación de riesgos de los puestos de trabajo que aporta la

empresa, según siniestralidad.

2. Planificación de la acción preventiva.

3. Formación a trabajadores en Prevención de Riesgos Laborales.

4. Reconocimiento/ Aptitud médica de los trabajadores para el

desempeño del trabajo.

12.- RELACIÓN CON LA EMPRESA CONTRATADA.

12.1. La empresa contratada actuará como empresa organizada e independiente,

asumiendo sus funciones y adoptando las medidas necesarias para la realización, con su

propio personal, de las tareas precisas para cumplimentar los servicios contratados,

organizando adecuadamente el trabajo y estableciendo el personal de mando que sea

preciso para la mejor programación, coordinación y control de los trabajos a desarrollar.

12.2. Las instrucciones al personal del contratista se establecerán con carácter

general a través del Supervisor General y, en su caso, del Director Técnico. Dicho

responsable acudirá periódicamente a las instalaciones de la Concejalía de Deportes, así

como cuantas veces sea requerido por la dirección de la misma.

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12.3. Desde el momento en que se inicie el vínculo contractual, en su calidad de

patrono, viene obligada al pago de los salarios antes del día 7 del mes posterior a la

realización del trabajo, la Seguridad Social, el Seguro de los riesgos derivados de

posibles accidentes de trabajo, así como toda clase de seguros sociales que actualmente

sean obligatorios o que en lo sucesivo lo fueran.

12.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.

13.1. La empresa adjudicataria se situará en la posición del anterior

prestador del servicio quedando subrogada en los derechos y obligaciones

laborales de aquel, con respecto al personal que trabaje en los servicios deportivos,

técnicos, gestión y auxiliares en instalaciones deportivas en el momento de

producirse el cambio de adjudicatario. Quedando obligada a mantener la

antigüedad y categoría de todos y cada uno de los trabajadores. Se adjunta en el

Anexo I relación nominal de trabajadores.

13.2. La empresa adjudicataria podrá aplicar el mismo Convenio Colectivo

Provincial, por el que actualmente se rige la contratación de los recursos humanos

dispuestos en el anterior contrato, para el personal de servicios de mantenimiento.

No obstante, para los trabajadores de servicios deportivos se aplicará el convenio

estatal propio del sector.

13.3. Son obligaciones del contratista además de las recogidas en este apartado

específico todas aquellas definidas en el apartado 6 del presente pliego de condiciones.

13.4. La empresa adjudicataria debe acreditar de modo previo a la firma del

contrato, la suscripción de una póliza de Responsabilidad Civil por daños ocasionados a

terceros que puedan derivarse del desarrollo de los servicios objeto del presente pliego

de condiciones técnicas, que serán por cuenta de la empresa adjudicataria del Servicio.

El mencionado seguro debe tener una cobertura mínima establecida en el Pliego de

Condiciones Administrativas y que no será inferior a 1.000.000 €

13.5. El contratista queda obligado al mantenimiento del seguro durante la

vigencia del contrato, y a tal efecto acreditará ante la Dirección Técnica de la Concejalía

de Deportes anualmente el pago de la correspondiente prima.

13.6. Si por cualquier causa fuere impuesta al Ayuntamiento de Orihuela

responsabilidad principal o subsidiaria derivada de relación laboral por Autoridad,

Organismo o Tribunal, la Empresa vendrá obligada a resarcirle del importe económico

de dicha responsabilidad; en tal caso el Ayuntamiento de Orihuela, previa notificación,

procederá a deducir la cantidad a resarcir de la facturación pendiente de abono.

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13.7. Las anteriores obligaciones se consideran esenciales dentro de la

configuración del servicio y se sancionarán en caso de incumplimiento como infracción

muy grave, dando lugar a la imposición de las máximas penalidades previstas dentro del

Régimen Sancionador del Pliego de Cláusulas Administrativas o Técnicas.

13.8. El contratista vendrá obligado a facilitar al Ayuntamiento de Orihuela una

relación con los nombres del personal empleado en el servicio contratado, así como los

TC pagados correspondientes, cuando se le requiera.

13.9. El contratista deberá velar por el cumplimiento de la normativa vigente de

Seguridad y Salud Laboral, mediante la elaboración e implantación de un Plan de

Prevención y Salud adecuado y específico para el servicio objeto de contrato.

13.10. La empresa adjudicataria entregará al final de cada temporada, curso

lectivo y verano, una memoria donde desarrollarán, entre otros, los programas y las

actividades deportivas desarrolladas, participantes, comparativas con los datos de otras

temporadas, valoración de los servicios por parte de los usuarios: satisfacción y

percepción de la calidad, propuestas de mejora, objetivos alcanzados, dossier

fotográfico de cada evento, actividad o programa, etc.

13.11. La empresa adjudicataria entregará semestralmente un informe del

inventario del material deportivo y de primeros auxilios de la Concejalía de Deportes

por instalaciones y escuelas deportivas y el estado del mismo.

13.12. La empresa adjudicataria deberá disponer de una oficina en Orihuela para

la atención a los trabajadores y el normal desarrollo de la relación entre el

Ayuntamiento de Orihuela y el adjudicatario.

13.13.- El adjudicatario dispondrá de todo el personal necesario para la

prestación de la totalidad de los servicios definidos en el pliego de condiciones técnicas

en el apartado 6.2. y Anexo I

13.14.- Todo el personal que preste los servicios objeto del presente pliego de

condiciones pertenecerá exclusivamente a la empresa adjudicataria del contrato, sin que

exista ninguna relación jurídica de tipo administrativo o laboral entre dichos

trabajadores y el Ayuntamiento de Orihuela. El Régimen laboral del personal adscrito

por el Adjudicatario para el Contrato, será el establecido de acuerdo con la legislación

vigente.

13.15.- Todos los trabajadores deberán estar debidamente asegurados en la

Seguridad Social por cuenta exclusiva de la empresa adjudicataria, y el adjudicatario

deberá poner a disposición de la Concejalía de Deportes las documentaciones mensuales

que lo certifiquen. El adjudicatario estará obligado, si así se lo solicita el Ayuntamiento

de Orihuela, a acompañar, junto con la factura mensual, copias de los TC1 y TC2,

debidamente diligenciados -en especial, en lo que se refiere a la justificación del abono

correspondiente a la Tesorería General de la Seguridad Social-, de todos y cada uno de

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los trabajadores adscritos a la prestación del servicio, así como acreditación del pago de

las nominas correspondientes que constaten el abono de los salarios, a efectos de

comprobación del cumplimiento de obligaciones legales por parte del contratista.

Además los técnicos municipales realizarán el seguimiento y evaluación del

servicio ejecutado durante el plazo de vigencia del contrato, y en caso de apreciarse

anomalías e incumplimientos se dará cuenta a las autoridades y órganos competentes,

incoando expediente administrativo de carácter informativo que recoja los

incumplimientos detectados, disponiendo la empresa de 10 días hábiles para presentar

alegaciones a los mismos, paralizándose automáticamente las facturas y los

correspondientes abonos hasta la resolución del expediente.

13.16.- El adjudicatario se obliga al cumplimiento de las leyes protectoras del

trabajo, relativas a seguridad e higiene, incluso de Previsión y Seguridad Social, en

todos sus aspectos y regulaciones, quedando exento el Excmo. Ayuntamiento de

Orihuela en calidad de contratante de cualquier responsabilidad por incumplimiento de

dichas disposiciones y demás de carácter laboral que se produzcan por el adjudicatario.

13.17.- Se formará convenientemente a todo el personal en función de los

trabajos a desarrollar.

13.18.- El adjudicatario presentará en el plazo de dos semanas desde la firma del

contrato, y con anterioridad al acta de inicio de los trabajos, la relación de personal

vinculada al contrato, con el DNI, categoría, antigüedad y tipo de contratos de cada

trabajador.

13.19.- El adjudicatario comunicará a la Dirección de la Concejalía de Deportes,

por escrito, cualquier variación de la plantilla, tanto si es baja o alta, como si se trata de

una sustitución. Toda sustitución será realizada con personal de la misma cualificación

del trabajador sustituido.

13.20.- Cualquier incremento, disminución o modificación contractual de la

plantilla, en parte o en su totalidad, deberá tener autorización expresa por parte del

Concejal de Deportes, para lo cual el adjudicatario realizará la propuesta

correspondiente. Este apartado está especificado en las Disposiciones Finales.

13.21.- Del desaseo, falta de decoro profesional, uniformidad en el vestir, y de la

descortesía o mal trato que el personal de la empresa preste al usuario de las

dependencias y público en general, será responsable el adjudicatario. La Concejalía de

Deportes pondrá en conocimiento de la empresa las reclamaciones de los usuarios hacia

el personal que presta los servicios objeto del pliego, para la asunción de las medidas

disciplinarias correspondientes y establecidas. Si estas faltas son reiteradas por algunos

de los trabajadores de la empresa, desde la Concejalía de Deportes se podrá solicitar su

apartamiento del servicio.

13.22.- De las anomalías económicas, descubiertos de caja, y errores

administrativos justificados en los ingresos de tasas municipales por parte del personal

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de control de accesos y atención al público será responsable la empresa adjudicataria,

que deberá resarcir al Ayuntamiento en la cuantía perjudicada. Si esta falta, considerada

muy grave, fuera realizada por alguno de los trabajadores de la empresa encargados de

la recogida de dinero público, ésta deberá tomar las medidas disciplinarias

correspondientes y aplicables. Desde la Concejalía de Deportes se podrá solicitar su

apartamiento del servicio.

13.23.- Todo el personal de la empresa Adjudicataria tendrá conocimiento de los

Planes de Emergencia de cada instalación en las que desarrollen sus tareas.

13.24.- El contrato se realizará con estricta sujeción a los Pliegos de

Prescripciones Técnicas y de Cláusulas Administrativas aprobados.

13.25.- La dirección e inspección de los trabajos corresponderá al Técnico M. de

la Concejalía de Deportes del Ayuntamiento de Orihuela, pudiendo este organismo a

través del responsable designado al efecto, dirigir instrucciones al contratista y

trabajadores siempre que no supongan modificaciones de las prestaciones no

autorizadas, ni se opongan a las disposiciones en vigor, ni al presente pliego.

13.26.- Todos los trabajos realizados para el buen fin del presente contrato

tendrán carácter confidencial, no pudiendo el adjudicatario utilizar para sí ni

proporcionar a terceros dato o información alguna de la prestación o prestaciones

contratadas sin autorización escrita de la Administración, estando, por tanto, obligado a

poner todos los medios a su alcance para conservar el carácter confidencial y reservado

tanto de la información como de los resultados obtenidos del trabajo realizado. En todo

caso, el adjudicatario será responsable de los daños y perjuicios que se deriven del

incumplimiento de esta obligación.

13.27.- Los operarios, personal de limpieza, conserjes, etc. en definitiva, todo el

personal de servicios de la empresa que realicen trabajos de mantenimiento en las

instalaciones deportivas municipales dependientes del Ayuntamiento de Orihuela se

regirán en el desarrollo de sus tareas, periocidad y frecuencias por lo dispuesto en el

Plan de Mantenimiento de Instalaciones Deportivas de la Concejalía de Deportes y, en

su defecto, por el Manual de Buenas Prácticas en Instalaciones Deportivas editado por

el CSD y la FEMP o cualquier otra normativa que establezca la dirección técnica de la

Concejalía de Deportes, como herramienta y guía que utiliza la concejalía en materia de

mantenimiento de instalaciones deportivas. La Concejalía de Deportes, a través del

funcionario responsable de la supervisión de los trabajos, podrá establecer cualquier

tarea de mantenimiento adicional que por su naturaleza sea propia al servicio

contratado.

13.28.- Será obligación de la empresa adjudicataria y del personal adscrito a la

misma involucrarse en los principios que orientan la política deportiva del

Ayuntamiento de Orihuela, dirigiendo su actividad en el cumplimiento del contrato a la

obtención de los objetivos a tal fin marcados por el Ayuntamiento.

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Pliego Condiciones Técnicas Servicios Deportivos y Auxiliares

13.29.- Cumplir con las instrucciones, órdenes y recomendaciones impartidas

por los órganos municipales competentes encaminadas a la ordenación de la política

deportiva municipal, y al mantenimiento y conservación adecuada de sus instalaciones.

13.30.- Cumplir exacta y escrupulosamente con cuantas obligaciones concretas

vienen detalladas en este pliego, así como en el de administrativas, para la prestación

objeto del contrato.

14.- Obligaciones del Ayuntamiento.

14.1.- El Ayuntamiento estará sujeto al cumplimiento de las siguientes

obligaciones generales, sin perjuicio de las obligaciones específicas recogidas y

detalladas en este pliego:

a) Otorgar al adjudicatario la protección adecuada para que pueda prestar el

servicio contratado. En concreto, ejercerá las labores y poderes de policía que

le competen, así como tramitará con diligencia y rapidez cuantos trámites

administrativos sean necesarios para la prestación del servicio.

b) Abonar las retribuciones a la empresa concesionaria en los términos,

plazos y condiciones previstos en el apartado 4.

c) Fiscalizar la gestión del servicio, mediante los controles e inspecciones

oportunas por medio de técnicos y personal competente específicamente

habilitado para ello.

d) Colaborar con el adjudicatario en la difusión y organización de los

eventos y actividades deportivas programadas.

e) Proveer al adjudicatario de los medios materiales necesarios para el

normal desarrollo de las clases, actividades y servicios objetos de este contrato,

que serán puestos por el ayuntamiento a disposición de la empresa, siendo el

adjudicatario responsable de su custodia y del control de su buen estado de uso

y conservación.

15.- REQUISITOS DE CLASIFICACION.

15.1.- Atendiendo al servicio objeto del contrato y a las características y

especificidad del mismo, las empresas licitadoras deberán acreditar estar en posesión de

las siguientes clasificaciones como contratistas de servicios:

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Pliego Condiciones Técnicas Servicios Deportivos y Auxiliares

- Grupo U Subgrupo 01 Categoría A

- Grupo L Subgrupo 06 Categoría B

- Grupo O Subgrupo 01 Categoría A

16.- CRITERIOS DE ADJUDICACION.

Los criterios de adjudicación y la ponderación atribuida es la siguiente:

A) CRITERIOS NO VALORABLES EN CIFRAS O PORCENTAJES: 30 puntos

A1.-Valor Técnico de la oferta. 30 puntos

A.1.1.- Proyecto de prestación del servicio y control de calidad del servicio. 30

Puntos.

Se valorará la organización propuesta para la realización del servicio,

adecuación, contenidos y organización de los programas de deporte base: Escuelas

deportivas municipales y fomento del deporte escolar así como el proyecto de

actividades acuáticas. Se integrarán las programaciones técnicas y didácticas de cada

modalidad o sector poblacional.

Se valorará el número y cualificación del personal dedicado a esta tarea, el

tiempo invertido en el mismo, los mecanismos de control y las medidas correctoras de

las deficiencias observadas por el sistema propuesto por el licitante. En este apartado se

valorará positivamente la posesión de los certificados de Calidad ISO 9001 e ISO

14001, así como OSHAS 18000.

Además se aportará la siguiente documentación técnica:

.- Declaración sobre el volumen global de negocios, y en su caso, sobre el

volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato,

referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de

creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga

de las referencias de dicho volumen de negocios.

.- Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de

la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.

.- Relación de los principales servicios o trabajos de igual objeto que el contrato:

“servicios de monitores deportivos, socorristas y personal auxiliar (limpieza,

mantenimiento, recepción y control de accesos, etc…) en instalaciones deportivas”

realizados en los tres últimos años, que incluya importe, fechas y destinatario público o

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privado de los mismos. Los servicios efectuados se acreditarán mediante certificados

expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea un sujeto

privado, mediante un certificado expedido por éste o a falta de dicho certificado

mediante una declaración del empresario.

.- Descripción del equipo técnico y unidades técnicas participantes en el

contrato, especialmente de los responsables del control de calidad y dirección del

servicio.

Umbral mínimo de puntuación que debe obtenerse en los criterios no

evaluables mediante formulas. Conforme al Art. 150.4 del R.D. Legislativo 3/2011 de

14 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la LCSP, para ser

admitidos a la valoración global, se exigirá que en los criterios no cuantificables

mediante fórmula, los licitadores alcancen un umbral mínimo de puntuación, de forma

que no sean tenidas en cuenta por la mesa de contratación las ofertas cuya puntuación

no alcance 21 puntos en los criterios no cuantificables mediante fórmulas.

B) Criterios valorables en cifras o porcentajes 70 puntos.

B1.- Oferta Económica. 55 puntos

Se asignará la puntuación máxima prevista en este apartado a la oferta más

económica, puntuándose las demás ofertas de forma proporcional según la siguiente

fórmula:

(Mejor oferta/oferta a valorar)*55 puntos

B2.- Propuestas de Mejoras. 15 puntos

Se valorará la oferta de mejora para la ampliación de la jornada laboral semanal

del personal servicios auxiliares e incremento en salarios personal técnico y deportivo

sobre el II Convenio de Instalaciones Deportivas

Como base se utilizará el II Convenio Estatal de Instalaciones Deportivas,

tomando como referencia el salario bruto mensual de la categoría de monitor deportivo

Grupo 3 nivel 1 (Se aplicará el mismo porcentaje de incremento sobre todas las

categorías salariales), etc.. En los cálculos no se incluirán los pluses, ni ningún otro

concepto prorrateado (pagas extras, vacaciones, etc.) El bruto mensual propuesto por la

empresa cotizará íntegramente a la Seguridad Social.

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Pliego Condiciones Técnicas Servicios Deportivos y Auxiliares

El porcentaje de incremento ofertado será también aplicado por la empresa a las

demás categorías y a todos los trabajadores adscritos al presente contrato (socorristas,

coordinadores, directores, aux. administrativos, operarios, limpiadoras, etc.), que

obligatoriamente percibirán las cantidades resultantes del incremento propuesto por el

licitador sobre la base del II Convenio Estatal de Instalaciones Deportivas.

Se otorgará la puntuación más alta a la mejor oferta, asignando 0 puntos a los

licitadores que no ofrezcan subida salarial. A las demás proposiciones se les otorgará la

puntuación que proporcionalmente les corresponda según la fórmula siguiente:

P = PM x C / CMAX

Siendo P: la puntuación que recibe la oferta objeto de valoración

PM: puntuación máxima (7.5 puntos)

C: valor absoluto de mejora salarial/aumento jornada resultante de la oferta objeto de

valoración con respecto al salario base.

CMAX: valor absoluto de mejora resultante que corresponde a la oferta con mayor

incremento salarial base/ aumento jornada.

MEJORAS PUNTUACIÓN

Personal Servicios Auxiliares Aumento jornada laboral semanal 7.5 Puntos

Personal Servicios Deportivos Aumento salarial sobre salario

bruto II Convenio Estatal de

Instalaciones Deportivas (Gr3.1)

7.5 Puntos

La Administración tendrá la facultad de adjudicar el contrato al licitador que, en

su conjunto, haga la proposición más ventajosa, sin atender exclusivamente al precio de

la misma, y de conformidad con los criterios objetivos de adjudicación establecidos en

el presente apartado, o declarar desierto el concurso, motivando en todo caso su

resolución con referencia a los criterios de adjudicación aludidos.

17.- ACLARACIONES A LAS OFERTAS

El Ayuntamiento de Orihuela, a través de los Técnicos Municipales

competentes, podrá pedir aclaraciones a las ofertas presentadas para una mejor

comprensión y valoración de las mismas. La aclaración del licitador no podrá variar, en

ningún caso, el contenido sustancial de la oferta.

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Pliego Condiciones Técnicas Servicios Deportivos y Auxiliares

18.- INSPECCION MUNICIPAL.

18.1 El adjudicatario está obligado al cumplimiento del contrato derivado de la

adjudicación del presente concurso, con estricta sujeción a lo dispuesto en el presente

Pliego de Condiciones, oferta por el mismo presentada y a las órdenes que esta

Administración le dé para la mejor realización del servicio adjudicado, el cual será

fiscalizado en todo momento por el Jefe del Servicio Municipal de Deportes.

18.2 Por el Jefe del Servicio Municipal de Deportes se redactará informe de comienzo

de la prestación del servicio contratado, que deberá remitir al Servicio de Contratación.

18.3 El Servicio Municipal realizará la inspección facultativa del servicio. La dirección

técnica podrá hacer todas las indicaciones que estime conveniente para el buen

desarrollo del servicio objeto de este concurso, debiendo emitirlas por escrito o email,

en función de su importancia y, en todo caso, cuando el adjudicatario así lo demande.

18.4 El adjudicatario está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado.

18.5 El contrato derivado de la adjudicación de esta convocatoria no tendrá plazo de

garantía, de conformidad con lo dispuesto en el art. 110 del Texto Refundido de la Ley

de Contratos de las Administraciones Públicas, de 16 de junio de 2000, por lo que al

finalizar la prestación del servicio, el Jefe del Servicio Municipal formalizará Acta de

Recepción en el plazo de un mes, desde la finalización de la prestación del servicio, en

el que justifique la buena prestación de éste, que será remitido al Servicio de

Contratación, para la devolución de la garantía definitiva, en su caso, previa tramitación

del reglamentario expediente.

18.6 El adjudicatario deberá permitir el libre e ilimitado acceso a los técnicos y

personal municipal encargado de ello a las edificaciones, instalaciones, dependencias,

eventos, actividades y servicios para la inspección y control de las mismas, toma de

muestras y la verificación del cumplimiento de las obligaciones especificadas en el

presente documento.

18.7 Permitir el libre e ilimitado acceso a los técnicos y personal municipal encargado

de ello a toda la documentación que, en cualquier tipo de soporte, esté en posesión del

adjudicatario relativa a los servicios objeto de la concesión.

18.8 Presentar a los servicios municipales competentes, con la periocidad que se

determine, la información en la que se reflejen y constaten todos los movimientos

relativos al número de usuarios de las instalaciones deportivas municipales, clasificados

por actividades y/o programas deportivos, grupos, recaudación en taquilla por todos los

conceptos de alquileres y actividades desarrolladas y demás datos necesarios para el

seguimiento estadístico de la actividad. A estos fines, y con la debida antelación, los

servicios municipales indicarán al adjudicatario los datos y forma de presentación de los

mismos, que le vayan a ser requeridos.

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Pliego Condiciones Técnicas Servicios Deportivos y Auxiliares

18.9 Presentar a los servicios municipales competentes, con la periocidad que se

determine, copia de cuantas reclamaciones, quejas o sugerencias sean interpuestas por

usuarios, los expedientes abiertos por el adjudicatario al respecto y las soluciones dadas

en cada caso.

18.10 El Órgano de Contratación, en caso de incumplimiento, a propuesta del Jefe de

Servicio donde se realice la actividad objeto del contrato, previa tramitación del

reglamentario expediente y con audiencia del contratista, podrá imponer a éste multas

de hasta el 15% del importe total de una certificación mensual, en base a las

penalidades señaladas por la Jefatura del Servicio Municipal, las cuales a continuación

se especifican:

19.- Régimen de Infracciones y Sanciones

A. INFRACCIONES:

a. Faltas Leves:

.- El trato no respetuoso e indebido hacia los usuarios o personal de la instalación.

.- La falta de uniformidad e identificación del personal obligado a ello.

.- Descontrol y falta de conservación y cuidado con el material deportivo

proporcionado.

.- El impago en plazo de las sanciones económicas impuestas por comisión de

infracciones.

.- Cualquier otro incumplimiento de sus obligaciones que no tengan la consideración de

falta grave o muy grave.

b. Faltas Graves:

.- No acatar las normas, instrucciones o indicaciones emanadas del Servicio Municipal

de Deportes, para el correcto funcionamiento del servicio.

.- El incumplimiento de las obligaciones recogidas en el presente pliego y en la oferta de

la propia Empresa.

.- Sustituir el personal por otro de menor titulación que la recogida en la oferta de la

Empresa o que no cuente con la conformidad del Servicio de Deportes.

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Pliego Condiciones Técnicas Servicios Deportivos y Auxiliares

.- La no contratación o cancelación de las pólizas de seguro a las que está obligado a

contratar.

.- La deficiencia en el servicio de vigilancia de las instalaciones.

.- La obstrucción por el adjudicatario de la labor de control e inspección municipal

siempre que se trate de actos reiterados que no tengan la consideración de falta muy

grave.

.- La reiteración, concurrencia y acumulación de faltas leves, implicará una falta grave.

A estos efectos se entenderá por supuesto, cuando el adjudicatario resulte sancionado

por más de veinte faltas leves en un periodo de una anualidad de contrato.

C. Faltas Muy Graves:

.- La prestación del servicio por personal que no disponga de la titulación y/o

experiencia acreditada exigida en el presente Pliego o no esté contratado legalmente.

.- La responsabilidad directa, por negligencia grave e inexcusable del adjudicatario que

ocasionara daños físicos de manifiesta gravedad en usuarios.

.- El incumplimiento reiterado de los horarios, la disminución injustificada en el número

de personas concertado para la prestación del servicio, así como otras similares que

supongan un perjuicio grave al servicio.

.- El falseamiento de la información que debe proporcionar el adjudicatario al

ayuntamiento.

.- La reiteración, concurrencia y acumulación de faltas graves, implicará una falta muy

grave. A estos efectos se entenderá por supuesto, cuando el adjudicatario resulte

sancionado por más de diez faltas graves en un periodo de una anualidad de contrato.

Las faltas no contempladas en este Pliego se clasificarán por su analogía con las

anteriores desde el punto de vista de su incidencia en la prestación del servicio.

B. SANCIONES.

El importe de las sanciones será, para cada tipo de falta, el siguiente:

a. Faltas leves: hasta el 5% del importe de una mensualidad.

b. Faltas graves: hasta el 10% del importe de una mensualidad.

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Pliego Condiciones Técnicas Servicios Deportivos y Auxiliares

c. Faltas muy graves: hasta el 15% del importe de una mensualidad.

*Los importes de las sanciones se harán efectivos mediante deducción en las

certificaciones o facturas correspondientes.

20.- Obligaciones Esenciales del Contrato.

20.1.- La empresa adjudicataria se situará en la posición del anterior prestador del

servicio quedando subrogada en los derechos y obligaciones laborales de aquel, con

respecto al personal que trabaje en los servicios deportivos, técnicos, gestión y

auxiliares en instalaciones deportivas en el momento de producirse el cambio de

adjudicatario. Quedando obligada a mantener la antigüedad y categoría de todos y cada

uno de los trabajadores. Se adjunta en el Anexo I relación nominal de trabajadores.

20.2.- Desde el momento en que se inicie el vínculo contractual, en su calidad de

patrono, la empresa estará obligada al pago de los salarios antes del día 7 del mes

posterior a la realización del trabajo, la Seguridad Social, el Seguro de los riesgos

derivados de posibles accidentes de trabajo, así como toda clase de seguros sociales que

actualmente sean obligatorios o que en lo sucesivo lo fueran.

20.3.- Permitir el libre e ilimitado acceso a los técnicos municipales encargado de ello a

toda la documentación que, en cualquier tipo de soporte, esté en posesión del

adjudicatario relativa a los servicios objeto de la concesión, para una correcta

inspección y fiscalización del Servicio.

21.- Aumento de necesidades.

21.1.- En función del aumento de las necesidades, justificadas por la creación y puesta

en funcionamiento de nuevas instalaciones deportivas municipales, así como por el

incremento de la oferta de servicios deportivos municipales y programas de actividades,

se modificará y ampliará el contrato actual en los límites establecidos en el TRLCSP,

establecidos además en el Pliego de Cláusulas Administrativas.

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Pliego Condiciones Técnicas Servicios Deportivos y Auxiliares

22.- DISPOSICIONES FINALES.

22.1.-Las órdenes que para atender situaciones extraordinarias o imprevistas, respecto al

objeto del servicio dicte La Dirección de la Concejalía de Deportes.

22.2.- El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle

y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se

deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos

inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato, con arreglo a lo

establecido en el TRLCSP.

22.3.- Será por cuenta del adjudicatario indemnizar, conforme a lo dispuesto en el

TRLCSP, los daños que se originen a terceros. Si por cualquier causa fuere impuesta al

Ayuntamiento de Orihuela responsabilidad principal o subsidiaria derivada de relación

laboral por Autoridad, Organismo o Tribunal, la Empresa vendrá obligada a resarcirle

del importe económico de dicha responsabilidad; en tal caso el Ayuntamiento de

Orihuela, previa notificación, procederá a deducir la cantidad a resarcir de la

facturación pendiente de abono.

22.4.- El contratista responderá de la correcta realización de los trabajos contratados y

de los defectos que en ellos hubiere, sin que sea eximente ni le dé derecho alguno la

circunstancia de que los representantes de la Administración los hayan examinado o

reconocido o aceptado en comprobaciones, valoraciones o certificaciones parciales.

22.5.- El contratista quedará exento de responsabilidad cuando el trabajo defectuoso o

mal ejecutado sea consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración.

22.6.- Si se advierten vicios o defectos en los trabajos realizados, la Administración

podrá recusar los que estime no satisfactorios.

22.7.- La recusación se realizará siempre por escrito motivado, el contratista tendrá

derecho a reclamar ante la Administración en el plazo de diez días naturales contados a

partir de la notificación por parte de la Administración del referido escrito.

El Jefe Servicio M. de Deportes

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ANEXO I

NOMBRE Y

APELLIDOS

CATEGORIA ANTIGÜEDAD TIPO

CONTR.

HORAS

CONTR.

R.S.C DIRECTOR EDM FÚTBOL 01/09/2010 289 30H/SM

JL.D.CH. COORD. EDM FÚTBOL -7 01/09/2010 389 25H/SM

FJ.N.G MONITOR FÚTBOL 02/01/2012 501 11H/SM

P.O.G. MONITOR FÚTBOL 15/09/2009 200 18H/SM

VR.M.A. MONITOR FÚTBOL 15/09/2010 389 11H/SM

I.R.H. MONITOR FÚTBOL 01/09/2010 389 18H/SM

FJ.L.F. MONITOR FÚTBOL 01/09/2010 389 11H/SM

CE.P.F. MONITOR FÚTBOL 15/09/2011 501 11H/SM

I.G.S MONITOR FÚTBOL 22/11/2011 510 11H/SM

A.G.B. MONITOR FÚTBOL 05/09/2011 501 11H/SM

D.G.S. MONITOR FÚTBOL 15/09/2010 389 11H/SM

MS.M.M. MONITOR FÚTBOL 15/09/2010 389 11H/SM

MA.G.S. MONITOR FÚTBOL 01/09/2010 389 11H/SM

G.R.S. MONITOR FÚTBOL 15/09/2010 389 11H/SM

R.G.R. MONITOR FÚTBOL 01/09/2010 389 18H/SM

J.P.P. MONITOR FÚTBOL 15/09/2010 289 11H/SM

A.S.M. MONITOR FÚTBOL 04/10/2010 389 11H/SM

J.T.T. MONITOR FÚTBOL 21/09/2010 501 11H/SM

FM.A.C. MONITOR FÚTBOL 04/10/2010 200 11H/SM

P.P.N. MONITOR FÚTBOL 15/09/2010 300 18H/SM

JJ.G.A. MONITOR FÚTBOL 04/09/2009 389 11H/SM

J.G.S. MONITOR FÚTBOL 18/10/2011 501 11H/SM

M.M.D. MONITOR FÚTBOL 01/12/2011 501 11H/SM

A.R.R. DIRECTOR BALONCESTO 01/09/2010 389 30H/SM

J.R.E. MONITOR BALONCESTO 15/09/2010 389 18H/SM

M.R.T. MONITOR BALONCESTO 15/09/2010 389 18H/SM

A.G.C. MONITOR BALONCESTO 15/09/2010 389 11H/SM

P.A.T. MONITOR BALONCESTO 21/09/2010 501 11H/SM

N.G.R. MONITOR BALONCESTO 15/09/2010 389 11H/SM

A.G.M. DIRECTOR EDM

MULTIDEPORTE 04/10/2010 300 20H/SM

M.G.M. MONITOR MULTIDEPORTE 04/10/2010 200 11H/SM

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Pliego Condiciones Técnicas Servicios Deportivos y Auxiliares

R.A.B. MONITOR MULTIDEPORTE 03/10/2011 510 11H/SM

G.V.A. MONITOR MULTIDEPORTE 04/10/2010 200 11H/SM

P.H.L. MONITOR

MULTIDEPORT/BALONM 15/09/2009 389 18H/SM

L.S.V. MONITOR MULTIDEPORTE 03/10/2011 501 11H/SM

C.P.N. MONITORA GIMNASIA

RÍTMICA 01/09/2010 389 20H/SM

M.M.O. MONITORA GIMNASIA

RÍTMICA 15/09/2010 389 20H/SM

E.N.R. MONITORA GIMNASIA

RÍTMICA 15/02/2012 510 20H/SM

JA.S.S. DIRECTOR EDM

BALOMNAMO 01/09/2011 501 25H/SM

M.F.M. MONITOR BALONMANO 15/09/2010 389 11H/SM

CE.G.P. MONITOR BALONMANO 01/07/2011 200 18H/SM

L.R.A. MONITORA BALONMANO 08/02/2012 510 11H/SM

RA.R.G. MONITOR BALONMANO 26/09/2011 501 11H/SM

AM.P.S. MONITOR EDM

ATLETISMO 15/09/2010 389 17H/SM

E.C.H. MONITOR EDM

ATLETISMO 24/10/2011 501 17H/SM

J.S.C. DIRECTOR EDM VOLEIBOL 07/10/2011 501 15H/SM

E.C.M. DIRECTOR EDM TENIS-

PADEL 15/09/2010 389 30H/SM

D.M.G. MONITOR TENIS-PADEL 04/10/2010 300 25H/SM

A.C.S. MONITOR TENIS 22/02/2012 510 25H/SM

O.A.S. PSICOLOGO DEPORTIVO 15/09/2010 389 25H/SM

FE.M.R. COORDINADOR

DEPORTIVO 18/10/2011 501 15H/SM

VM.R.B. MONITOR DEPORT.

ESCOLAR 15/10/2010 300 11H/SM

JR.G.M. MONITOR DEPORT.

ESCOLAR 15/10/2011 501 11H/SM

A.S.D. 1º AUX. COORD. LIGAS

LOCALES 07/10/2011 189 7,5H/SM

S.L.M. 2º AUX. COORD. LIGAS

LOCALES 07/10/2011 410 7,5H/SM

S.S.H. MONITORA AJEDREZ 01/09/2010 289 19H/SM

A.D.L. MONITORA AEROBIC 27/09/2010 300 39H/SM

E.B.G. MONITORA AEROBIC 04/10/2010 389 39H/SM

L.M.M. MONITORA AEROBIC 04/10/2010 300 39H/SM

SE.A.C. MONITOR GIMNASIO

MUNICIPAL 01/03/2007 189 39H/SM

Página 37

Pliego Condiciones Técnicas Servicios Deportivos y Auxiliares

MP.P.P. DIRECTORA GIMNASIA

RÍTMICA 03/01/2001 150 39H/SM

M.G.M. DIRECT. CAMP. VERANO 04/10/2010 200 30H/SM

P.O.G. MONITOR ATT.

CIUDADANO 15/09/2009 200 25H/SM

S.S.H. MONITORA ATT.

CIUDADANO 01/09/2010 289 25H/SM

CE.G.P. MONITORA ATT.

CIUDADANO 01/07/2011 200 25H/SM

E.B.F. MONITORA ATT.

CIUDADANO 12/06/2010 300 25H/SM

AA.B.M. MONITORA ATT.

CIUDADANO 08/07/2011 300 25H/SM

J.P.P. MONITOR NATACION

CAMP.VER 15/09/2010 289 28H/SM

C.G.B. MONITOR NATACION

CAMP.VER 06/06/2011 300 28H/SM

JA.I.R. MONITOR ATT.

CIUDADANO 01/07/2011 300 25H/SM

A.I.G. MONITOR ATT.

CIUDADANO 01/07/2011 300 25H/SM

M.O.G. MONITOR ATT.

CIUDADANO 01/07/2011 300 25H/SM

MS.P.P. MONITOR NATACION

CAMP.VER 06/06/2011 300 28H/SM

G.V.A. MONITOR NATACIÓN

CAMP.VER 04/10/2010 200 28H/SM

P.P.N. MONITOR NATACION

CAMP.VER 15/09/2010 300 28H/SM

D.S.G. MONITOR ATT.

CIUDADANO 01/07/2011 300 25H/SM

C.T.G. SOCORRISTA CAMP. VER. 12/06/2011 300 35H/SM

FM.A.C. SOCORRISTA CAMP. VER. 04/10/2010 200 35H/SM

MN.V.H. SOCORRISTA CAMP. VER. 01/07/2011 300 35H/SM

MA.B.O. DIRECTOR ACTIV.

ACUATICAS 12/03/2007 189 39H/SM

J.G.S. SOCORRISTA 21/11/2007 189 39H/SM

A.S.D. SOCORRISTA 01/07/2008 189 39H/SM

A.R.G. SOCORRISTA 15/02/2007 189 39H/SM

JM.LL.H. SOCORRISTA 01/02/2008 189 39H/SM

RA.R.V. AUX. ADMINISTRATIVO 03/09/2009 401 39H/SM

MA.D.Q.. MONITOR NATACIÓN 12/03/2007 189 39H/SM

FJ.G.B. MONITOR NATACIÓN 12/03/2007 189 39H/SM

I.N.G. MONITOR NATACIÓN 17/09/2007 289 20H/SM

Página 38

Pliego Condiciones Técnicas Servicios Deportivos y Auxiliares

LM.S.S. MONITOR NATACIÓN 05/11/2007 289 20H/SM

JE.LL.M. MONITOR NATACIÓN 29/09/2008 289 20H/SM

JR.A.C. MONITOR NATACIÓN 14/01/2010 501 20H/SM

A.G.R. MONITOR NATACIÓN 22/02/2011 501 12H/SM

VJ.G.C. MONITOR NATACIÓN 26/09/2011 501 25H/SM

E.C.M. MONITORA ACTIV.

INDOOR 27/09/2010 389 39H/SM

N.H.R. FISIOTERAPEUTA

PL.AG/DXE 27/10/2007 289 30H/SM

AM.C.R. FISIOTERAPEUTA 01/03/2012 501 16H/SM

MI.G.A. MONITORA LUDOTECA 12/03/2007 289 24H/SM

JG.A.G. DIRECTOR TÉCNICO 04/09/2006 189 39H/SM

P.S.F. COORD. DEPORTE

ESCOLAR 09/09/2005 189 39H/SM

R.M.A. COORD. ESCUELAS DEP.

MUN. 03/09/2007 289 30H/SM

R.R.C. RESP. ADMON. EDM Y AT.

CIUD. 02/11/2005 189 39H/SM

F.G.A. ADMINISTRACIÓN

GENERAL 14/05/2001 189 39H/SM

MI.H.A. AUX. ADMINISTRATIVO 01/03/2007 189 39H/SM

CP.F.M. AUX. ADMINISTRATIVO 15/02/2007 189 39H/SM

I.L.F. AUX. ADMINISTRATIVO 19/02/2007 150 39H/SM

M.L.G. AUX. ADMINISTRATIVO 01/10/2008 189 39H/SM

C.S.M. AUX. ADMINISTRATIVO 21/07/2008 189 39H/SM

B.H.F. AUX. ADMINISTRATIVO 16/06/2009 401 39H/SM

M.V.C. CONSERJE 16/06/2008 189 39H/SM

JM.M.L. CONSERJE 16/06/2008 189 39H/SM

D.M.H. CONSERJE 01/01/2010 401 39H/SM

R.B.A. CONSERJE 01/07/2008 189 39H/SM

J.F.A. CONSERJE 01/07/2008 189 39H/SM

E.G.G. CONSERJE 15/05/2007 189 39H/SM

A.G.S. CONSERJE 25/05/2011 401 39H/SM

A.P.S. CONSERJE 13/05/2009 401 39H/SM

F.G.C. CONSERJE 13/05/2009 401 39H/SM

A.M.R. CONSERJE 24/07/2009 402 39H/SM

G.R.A. PEON MANTENIMIENTO 16/02/2007 150 39H/SM

MA.M.M. PEON MANTENIMIENTO 20/02/2007 150 39H/SM

MA.L.M. PEON MANTENIMIENTO 20/12/2005 189 39H/SM

Página 39

Pliego Condiciones Técnicas Servicios Deportivos y Auxiliares

M.G.G. PEON MANTENIMIENTO 16/06/2008 189 39H/SM

VR.R.S. PEÓN MANTENIMIENTO 10/10/2011 410 39H/SM

M.E.H. LIMPIADORA 16/02/2007 150 39H/SM

MS.B.H. LIMPIADORA 15/02/2007 189 39H/SM

A.M.S. LIMPIADORA 15/02/2007 189 39H/SM

M.H.O. LIMPIADORA 03/01/2011 100 39H/SM

C.E.V. CONSERJE NOCTURNO 01/02/2006 189 39H/SM

JA.I.H. CONSERJE NOCTURNO 08/02/2008 189 39H/SM

A.R.O. CONSERJE NOCTURNO 15/12/2009 401 39H/SM

F.E.B. CONSERJE NOCTURNO 13/05/2009 401 39H/SM

MA.P.L. ENCARGADO

MANTENIMIENTO 16/06/2008 189 39H/SM

Página 40

Pliego Condiciones Técnicas Servicios Deportivos y Auxiliares

ANEXO II

Página 41

Pliego Condiciones Técnicas Servicios Deportivos y Auxiliares

Página 42

Pliego Condiciones Técnicas Servicios Deportivos y Auxiliares

Página 43

Pliego Condiciones Técnicas Servicios Deportivos y Auxiliares

ANEXO III

TOTAL DE EQUIPOS PARTICIPANTES EN XXX JUEGOS DEPORTIVOS MUNICIPALES DE ORIHUELA

COLEGIO Ó ENTIDAD FÚTBOL SALA BALONCESTO BALONMANO VOLEIBOL

C I A B C IM IF AM AF BM BF A B C I A B

CEIP ANDRÉS MANJÓN 1

CEIP FERNANDO DE LOACES 1 3 1

CEIP VILLAR PALASÍ 3 2 1 1

CEIP MIGUEL HERNÁNDEZ 3 2 2 2 3

CEIP VIRGEN DE LA PUERTA

CEIP PLAYAS DE ORIHUELA

CEIP LOS DOLSES 1 1

CEIP FRANCISCO GIRONA - ARNEVA

CEIP VIRGEN DE DESAMPARADOS 1 2 1 1 1 1

CEIP HURCHILLO MANUEL RIQUELME 1 1

CEIP NTRA. SRA. DE BELÉN - LA APARECIDA 1 1 2 1 4

CEIP NTRA. SRA. DEL PILAR - LA CAMPANETA

C.R.A. AZAHAR - LA MATANZA 1 1 2 2

CEIP MAESTRO ISMAEL GARCÍA - LA MURADA 2 2

CEIP RINCÓN DE BONANZA 1 1 1

CEIP SAN BARTOLOMÉ

CEIP V. DE MONSERRATE - TORREMENDO

CEIP NTRA. SRA. MONSERRATE - MOLINS

C.D. SANTO DOMINGO 1 1 4 1 1 1 1 2

OLEZA 1 1 1 2 1 2 1 1 3

C.D. ORATORIO FESTIVO

O.S.D. SAN JOSÉ OBRERO 2 1

JESÚS MARÍA SAN AGUSTÍN 1 1 1 3 1 1 2 1 2 1

Página 44

Pliego Condiciones Técnicas Servicios Deportivos y Auxiliares

JESÚS MARÍA SAN ISIDRO 2 1 2 1

NTRA. SRA. DEL CARMEN

EDM ORIHUELA 2 2 1

EDM BENEJÚZAR 1

EDM BIGASTRO 1 1

IES GABRIEL MIRÓ 1 2 1

IES THÁDER 2 2 2

TOTAL 8 14 16 22 0 2 7 10 7 8 11 1 3 4 3 4 4

FÚTBOL SALA 60

BALONCESTO 45

BALONMANO 4

VOLEIBOL 15

TOTAL EQUIPOS 124

Página 45

Pliego Condiciones Técnicas Servicios Deportivos y Auxiliares

ANEXO IV

PISCINA CUBIERTA PALACIO DEL AGUA

Programa Días Horario Plazas Ofertadas Monitor/es

Adultos

Viernes

09:30:00 12-16 2

20:00:00 30-35 6

LX

09:30:00 12-16 2

20:00:00 30-35 6

20:50:00 30-35 6

MJ

09:30:00 12-16 2

20:00:00 30-35 6

20:50:00 30-35 6

21:40:00 12-16 2

Entrenamiento

Acuático

Viernes

09:30:00 5 1

20:00:00 5 1

LX 21:40:00 5 1

MJ 09:30:00 5 1

Aquafitness

Viernes

09:30:00 15-17 1

20:00:00 15-17 1

LX

09:30:00 15-17 1

15:30:00 15-17 1

20:50:00 15-17 1

MJ

09:30:00 15-17 1

20:50:00 15-17 1

Sábado 09:00:00 10-12 1 Fisioterapeuta

Viernes

08:30:00 10-12 1 Fisioterapeuta

20:00:00 10-12 1 Fisioterapeuta

LX

08:30:00 10-12 1 Fisioterapeuta

20:00:00 10-12 1 Fisioterapeuta

08:30:00 10-12 1 Fisioterapeuta

Página 46

Pliego Condiciones Técnicas Servicios Deportivos y Auxiliares

Terapia Adultos MJ

15:30:00 10-12 1 Fisioterapeuta

20:00:00 10-12 1 Fisioterapeuta

PISCINA CUBIERTA PALACIO DEL AGUA

Programa Días Horario Ratio Monitor/es

3ª Edad

LX

10:30:00 20-23 1

16:30:00 20-23 1

MJ 12:30:00 20-23 1

Embarazadas

LX 12:30:00 10 1

MJ 16:30:00 10 1

Bebés

Sábado

11:00:00 16-18 2

12:00:00 16-18 2

Viernes 17:30:00 16-18 2

LX

11:30:00 16-18 2

17:30:00 16-18 2

Infantil 1

Sábado 10:00:00 25-30 5

Viernes

18:20:00 25-30 5

19:10:00 25-30 5

LX

18:20:00 25-30 5

19:10:00 25-30 5

MJ

17:30:00 25-30 5

18:20:00 25-30 5

19:10:00 25-30 5

Infantil 2

Sábado

10:00:00 12-16 2

11:00:00 12-16 2

Viernes

18:20:00 12-16 2

19:10:00 12-16 2

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Pliego Condiciones Técnicas Servicios Deportivos y Auxiliares

PISCINA CUBIERTA PALACIO DEL AGUA

Programa Días Horario Ratio Monitor/es

Infantil 2

LX

18:20:00 12-16 2

19:10:00 12-16 2

MJ

17:30:00 12-16 2

18:20:00 12-16 2

19:10:00 12-16 2

Infantil 3

Sábado

10:00:00 12-16 1

11:00:00 12-16 1

MJ

17:30:00 12-16 1

18:20:00 12-16 1

19:10:00 12-16 1

Terapia Infantil

Viernes 19:10:00 5-8 1 Fisioterapeuta

LX 19:10:00 5-8 1 Fisioterapeuta

MJ 19:10:00 5-8 1 Fisioterapeuta

Infantil

Adaptada

Sábado 13:00:00 5 5

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Pliego Condiciones Técnicas Servicios Deportivos y Auxiliares

ANEXO V

HORARIO PEDANÍAS CURSO 2011/2012

HORAS LUNES MARTES MIÉRCOLES JUEVES

9:30 MURADA MURADA

10 ARENAL ORIHUELA COSTA ARENAL ORIHUELA COSTA

10:30 MURADA MURADA

11 DESAMPARADOS CAMINO DE EN MEDIO

(MOLINO CIUDAD) DESAMPARADOS

11:30 VG. DEL CAMINO VG. DEL CAMINO

16 BARTOLOMÉ

ARNEVA

APARECIDA BARTOLOMÉ

ARNEVA

APARECIDA

MOLÍNS

17 HURCHILLO BONANZA HURCHILLO BONANZA

18 MATANZA TORREMENDO MATANZA TORREMENDO

19:15 BONANZA BONANZA

20:30 ARNEVA ARNEVA

21 MURADA MOLINS MURADA/

MOLINS

TERCERA EDAD

MANTENIMIENTO

AEROBIC

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Pliego Condiciones Técnicas Servicios Deportivos y Auxiliares

ANEXO VI

PERSONAL TÉCNICO-DEPORTIVO Y DE SERVICIOS. TAREAS A REALIZAR. FUNCIONES.

Sin que ello signifique un catálogo exhaustivo, y condicionado por las

modificaciones que puedan establecerse en virtud de las atribuciones que en materia de

organización y distribución del trabajo tiene atribuidos los órganos competentes de la

Concejalía de Deportes de Orihuela, a continuación se especifican las principales

funciones inherentes al puesto.

DIRECTOR TÉCNICO

- Ser el nexo de unión entre la empresa y la Concejalía de Deportes, manteniendo

puntualmente informadas a ambas partes de todos aquellos cambios y acciones

que se realicen.

- Realizar la selección de personal, sustituciones y otras tareas referidas a la

gestión de los recursos humanos.

- Mantener contacto constante con la empresa, notificando cualquier incidencia

y/o problema que pueda surgir en el desarrollo de las actividades.

- Coordinar a los responsables técnicos de los distintos programas.

- Supervisar el trabajo del personal técnico y de servicios, en lo referido a todas

las cuestiones organizativas y técnicas, funciones, responsabilidades,

cumplimiento de horarios y programaciones, uso del material, indumentaria, etc.

- Controlar el buen funcionamiento organizativo de los programas deportivos en

las distintas instalaciones deportivas.

- Supervisar las tareas administrativas, de control de accesos e informativas del

personal auxiliar (auxiliares administrativos y personal de recepción).

- Proporcionar al personal administrativo y de recepción la formación específica

en programas de gestión y atención al público necesarias para el desempeño de

sus tareas.

- Comprobar el estado de las instalaciones en las que se desarrolla el programa y

velar por su buen uso, así como el del material utilizado.

- Redacción de los informes requeridos por la Concejalía de Deportes, para la

evaluación de los programas desarrollados.

- Colaborar en coordinación con Administración en la elaboración y solicitud de

ayudas y subvenciones.

- Cualquier otra función que le sea designada por la Dirección Técnica de la

Concejalía de Deportes en materia de gestión de actividades e instalaciones

deportivas, organización de eventos, formación, congresos, seminarios, etc. y

cualesquiera otras que, por su naturaleza, pudieran ser propias de su categoría

profesional.

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Pliego Condiciones Técnicas Servicios Deportivos y Auxiliares

TÉCNICO DEPORTIVO

- Elaborar programas deportivos relacionados con el medio ambiente, para dar un

impulso a todas las actividades en el medio natural que se pueden explotar en

nuestro municipio; elaborar planes de potenciación del turismo rural como

medio de repercusión socio-económica de nuestra ciudad.

- Elaborar y diseñar el plan y red de senderos, nacionales, provinciales y locales que

pasen por nuestro municipio como medio de promocionar esta actividad a nivel

turístico y deportivo.

- Elaborar planes de integración y cumplimiento de la Agenda 21 en materia

deportiva municipal.

- Elaborar programas deportivos para fomentar y promocionar el deporte con la

mujer y poblaciones especiales, etc.

- Elaborar programas de formación deportiva tanto de carácter interno, como

externo en colaboración con las federaciones deportivas y otros organismos

públicos y privados.

- Realizar el control, análisis y evaluación de funcionamiento de las distintas

instalaciones deportivas.

- Aplicar sistemas de control y calidad del servicio, realizando un análisis

estadístico de la satisfacción de los usuarios, así como ocupación de los

programas, etc.

- Supervisar las programaciones aportadas por los distintos coordinadores y

directores deportivos.

- Colaborar, junto con la coordinación del Deporte Escolar, Actividades Acuáticas y

Escuelas Deportivas en la programación de nuevas actividades.

- Dinamizar el tejido deportivo y coordinar programas de actividades y eventos en

Orihuela Costa a través del CDM.

- Organizar y colaborar en aquellos Eventos o Actividades en los que la Concejalía

de Deportes sea organizadora o colaboradora y se requiera su ayuda.

- Organizar eventos de carácter nacional e/o internacional que pueda albergar

nuestra ciudad.

- Organización de congresos, seminarios y conferencias.

- Colaborar en las labores de administración y otros programas de la Concejalía de

Deportes que le sean requeridas.

- Velar por su formación continua y reciclaje.

- Cualquier otra función que le sea designada por la Dirección de la Concejalía de

Deportes.

- Y todas aquellas otras no especificadas y referidas a su puesto de trabajo, que

puedan ser consideradas como funciones propias del mismo.

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Pliego Condiciones Técnicas Servicios Deportivos y Auxiliares

COORDINADOR DEPORTE ESCOLAR

- Realizar la programación, revisión y actualización anual del programa de

actividades del Deporte Escolar.

- Realizar la inscripción de los equipos de los centros escolares, tanto a nivel

municipal, como a nivel del Consell Valenciá de L´Esport.

- Realizar los calendarios de competición de las distintas modalidades deportivas.

- Coordinar semanalmente los horarios de competición, espacios de juego y

desplazamiento de los escolares, informando a los centros educativos.

- Coordinar las tareas de los monitores de Deporte Escolar (Supervisión de

competiciones, control de las instalaciones, toma de resultados, resolución de

conflictos, etc.).

- Con ayuda del monitor responsable de los arbitrajes, citar a los árbitros para la

competición del fin de semana.

- Velar por la formación continua y adecuada de los árbitros de deporte escolar.

- Supervisar la competición durante el fin de semana.

- Controlar el buen funcionamiento de la actividad en las instalaciones destinadas al

programa de Deporte Escolar.

- Comprobar el estado de las instalaciones en las que se desarrolla el programa y

velar por su buen uso, así como el del material utilizado.

- Programar actividades especiales enmarcadas en el Deporte Escolar: campañas de

esquí y multiaventura, jornadas de promoción deportiva y otros.

- Informar a los centros escolares al inicio del curso lectivo, para su inclusión en la

PGA, de aquellas actividades puntuales y especiales incluidas en el proyecto

(campañas de esquí y multiaventura, jornadas de promoción, etc.).

- Ser nexo de unión entre la Concejalía de Deportes y los distintos centros

escolares, aportándoles la información necesaria referida a actividades

deportivas organizadas por el Consell Valenciá de L´Esport.

- Colaborar en coordinación con Administración en la elaboración y solicitud de

ayudas y subvenciones.

- Controlar el procedimiento de ayuda a centros escolares por la participación en los

Juegos Escolares Municipales.

- Colaborar en aquellos Eventos o Actividades en los que la Concejalía de Deportes

sea organizadora o colaboradora y se requiera su ayuda.

- Colaborar en las labores de administración y otros programas de la Concejalía de

Deportes que le sean requeridas.

- Velar por su formación continua y reciclaje.

- Cualquier otra función que le sea designada por la Concejalía de Deportes.

- Y todas aquellas otras no especificadas y referidas a su puesto de trabajo, que

puedan ser consideradas como funciones propias del mismo.

COORDINADOR ESCUELAS DEPORTIVAS MUNICIPALES

- Todas las referidas en los distintos reglamentos para los Directores de las

distintas Escuelas Deportivas Municipales.

- Revisar y actualizar las programaciones de las EDM.

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Pliego Condiciones Técnicas Servicios Deportivos y Auxiliares

- Coordinar todas las actividades de las EDM, así como la relación entre los

directores de Escuela.

- Supervisar los entrenamientos y competiciones de las EDM.

- Velar por el buen uso del material y las instalaciones.

- Realizar periódicamente el inventario de material deportivo y botiquines y

controlar su uso adecuado.

- Contactar con las distintas federaciones deportivas para el concierto de cursos y

jornadas formativas.

- Coordinar el trabajo de la Unidad de Medicina Deportiva y del Psicólogo con los

directores y monitores de las EDM.

- Participar en las actividades realizadas por la Concejalía de Deportes o en las

que esta colabora.

- Colaborar con directores y monitores en materia de programación y preparación

física, técnica y táctica.

- Cualquier otra función que le sea requerida por la empresa y/o la Concejalía de

Deportes.

- No transmitir al usuario, ideas y conceptos contrarios a los objetivos del

Departamento Municipal de Deportes del Ayuntamiento de Orihuela.

- Atender y dar un trato respetuoso a toda persona a la que se dirija.

COORDINADOR ACTIVIDADES ACUÁTICAS

- Conocer el Reglamento de Utilización de las Instalaciones Deportivas Acuáticas

del municipio de Orihuela y colaborar en su aplicación.

- No transmitir al usuario, ideas y conceptos contrarios a los objetivos del

Departamento Municipal de Deportes del Ayuntamiento de Orihuela.

- Atender y dar un trato respetuoso a toda persona a la que se dirija.

- Velar por el cumplimiento de las normas de convivencia y utilización de la

piscina.

- Cuidar de manera estricta la imagen personal en cuanto a higiene, vocabulario,

etc.; teniendo presente que en todo momento es la imagen de la Concejalía de

Deportes a la que se representa.

- Velar por el uso adecuado y cuidado del material deportivo e instalación,

notificando a los responsables (administración, mantenimiento, etc.), anomalías,

roturas, necesidades o cualquier otro problema al respecto.

- Transmitir a la Concejalía toda aquella información que le sea solicitada

(Informes trimestrales, etc.), así como cualquier tipo de sugerencias.

- Obedecer y cumplir cualquier otro tipo de aspecto, órdenes, normas, etc., que la

empresa y, circunstancialmente, la Dirección de la Concejalía de Deportes

dictamine en cuanto al funcionamiento de la instalación.

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Pliego Condiciones Técnicas Servicios Deportivos y Auxiliares

- Tomar las medidas que se consideren oportunas para el buen funcionamiento de

la actividad.

- Comunicar y corregir a los usuarios en todo lo referente al incumplimiento de

sus responsabilidades, conociendo y aplicando las normas específicas de

piscinas, así como el Reglamento de Utilización de las Instalaciones Deportivas

de Orihuela.

- Avisar con al menos un día de antelación, el retraso o falta de asistencia a la

actividad por cualquier causa justificada al responsable técnico de la empresa.

- Notificar retrasos o faltas de asistencia de monitores y socorristas al responsable

técnico de la empresa.

- Colaborar en la colocación y recogida de corcheras, banderas, etc. y demás

material necesario para el desarrollo de competiciones, cursillos, etc., siempre

que sea posible y sin descuidar las obligaciones principales de su puesto de

trabajo.

- En caso de lesión de alguno de los usuarios, comprobar actuación y protocolo de

atención y revisar los partes de accidentes que obligatoriamente deben

cumplimentar los socorristas, para esclarecer posteriores reclamaciones al

respecto.

- Velar por el cumplimiento de las funciones de monitores y socorristas, así como

corregir el incumplimiento de sus responsabilidades para un buen

funcionamiento de la actividad.

- Atender las quejas o sugerencias de los usuarios dando un trato respetuoso a

toda la persona a la que se dirija.

- Aspectos técnicos:

Configuración y descripción de programas acuáticos.

Objetivos y Contenidos.

Temporalización.

Cursos de reciclaje.

- Aspectos organizativos:

Confección Mapa de Agua Anual (+ Campaña Municipal de

Verano).

Horarios monitores y socorristas.

Configuración programas (días de curso, nº de plazas, etc.).

Supervisión pre-inscripciones de cursos.

Gestión de listas de espera.

Ampliación de plazas.

Cambios de escuela.

Control de evaluación en los programas acuáticos.

Confección de boletines evaluación programas infantiles.

Confección consentimiento informado para programas especiales.

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Pliego Condiciones Técnicas Servicios Deportivos y Auxiliares

Inventario material.

- Atender solicitudes de uso de la instalación acuática por parte de centros

educativos, clubes, federaciones y asociaciones.

- Registrar datos de calidad del agua (Temperatura, PH, Br, etc.) en caso de existir

reclamación por parte del usuario.

- El director de actividades acuáticas también desempeñará funciones de monitor

en los diversos programas que se desarrollan en las instalaciones del Palacio del

Agua.

DIRECTORES-COORDINADORES DE ESCUELAS DEPORTIVAS

MUNICIPALES.

A) Organizativas

- Asistir puntualmente y cumplir con los horarios de entrenamientos y

competiciones.

- Decidir sobre la suspensión de los entrenamientos por cualquier motivo

(climatológico, condiciones de las instalaciones, etc.) informando de ello en todo

momento a sus superiores y a la Concejalía de Deportes.

- En caso de cualquier imprevisto que afecte a las instalaciones de forma

momentánea o prolongada y por tanto al desarrollo normal de los

entrenamientos, realizar una nueva reorganización para poder entrenar,

comunicándole a los monitores/as afectados el nuevo planning (horario,

instalación, material) de entrenamientos; gestionando que la información le

llegue a los alumnos y autobús.

- Solucionar la falta de asistencia o retraso considerable del entrenador al

entrenamiento o competición, sustituyéndolo en su caso, de forma que se evite

su suspensión.

- Llevar durante los entrenamientos y competición la indumentaria que la

Concejalía de Deportes proporcione para la temporada.

- Gestionar y realizar la puesta en marcha federativa de los equipos y alumnos/as

así como a lo largo de la temporada el contacto federativo necesario, en su caso,

y del mismo modo con la organización de las competiciones interescuelas.

- Realizar al principio de temporada una reunión general con los monitores para

dar toda la información referente a la escuela (reglamentos de régimen interno,

planificación, programaciones, planning organizativo de entrenamientos y

equipos, ideología, etc.).

- Realizar al final de temporada una reunión general con los monitores sobre el

balance y propuestas de mejora.

- Gestionar la convocatoria de los monitores/as a las reuniones técnicas de la

escuela, dirigiéndolas junto con el Coordinador EDM y el Director Técnico.

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Pliego Condiciones Técnicas Servicios Deportivos y Auxiliares

- Realizar el turno semanal de entrada y salida de los monitores al autobús para

cada una de las instalaciones así como del lavado de petos, informando de todo

ello a los monitores.

- Informar en la concejalía al principio de la temporada sobre el sistema de inicio

de los entrenamientos para cada una de las categorías y equipos.

- Notificar de forma inmediata al conserje de la instalación y al Coordinador EDM

sobre cualquier anomalía, rotura, necesidad o cualquier otro problema respecto a

las instalaciones.

- Velar por la disponibilidad del material necesario para el desarrollo de los

entrenamientos (cuando el monitor lo comunique) y competición (revisándolo

semanalmente), mediante su reposición en coordinación con el responsable del

material deportivo de la Concejalía.

- Confeccionar durante los periodos vacacionales de Navidad y Semana Santa el

planning de entrenamientos y el comienzo de la actividad de cada uno de los

equipos, entregando dicho programa previamente a la concejalía para su

aprobación a nivel de instalaciones y a los monitores una vez definitivo. Por otra

parte realizar una notificación con dicha información para el alumnado

haciéndola llegar a los monitores para que la repartan.

- A petición del coordinador de la concejalía, informar de aquello solicitado

referente a cualquier ámbito de la escuela así como mantenerlo informado de

todos los acontecimientos y aspectos que componen la escuela que dirige.

- Mantener contacto semanal con la dirección técnica de la Concejalía.

- Contactar semanalmente con todos los monitores/as para estar informado sobre

todo lo referente a su equipo y su alumnado, comunicarle cualquier cuestión y

solucionar cualquier problema.

- Asistir a las reuniones técnicas convocadas por la concejalía, informando sobre

todos los ámbitos de la escuela así como formulando propuestas, opiniones,

sugerencias y quejas referentes a su escuela.

- Contactar con la dirección de la concejalía para cualquier asunto cuya decisión

no esté reflejada en el reglamento como competencia del director.

- Realizar el horario de competiciones de fin de semana en casa de los equipos,

comunicándolo previamente al responsable de instalaciones deportivas de la

concejalía para su aprobación.

- Informarse sobre el horario de competiciones de fin de semana fuera de casa de

los equipos, comunicándolo a la concejalía para la gestión del desplazamiento.

- Comunicar lo antes posible a los monitores/as toda la información referente a las

competiciones de los equipos de fin de semana (fuera y dentro de casa) mediante

el procedimiento establecido en la escuela.

- Comunicar a los monitores/as cualquier información que la concejalía le

dictamine destinada a ellos, mediante los cauces jerárquicos adecuados.

- Ante cualquier problema imprevisto de organización que surja en

entrenamientos o competición (autobús, lugar de competición, etc.), poner

solución de forma inmediata.

- Ponerse en contacto con los padres para interesarse ante cualquier problema que

se considere importante y significativo en relación a los alumnos/as (lesión,

ausencias reiteradas, conductas inapropiadas, etc.) así como también para

comunicar las sanciones graves que se deriven del incumplimiento del

Página 56

Pliego Condiciones Técnicas Servicios Deportivos y Auxiliares

reglamento de régimen interno del alumnado (expulsión temporal de entrenar y

expulsión definitiva de la escuela).

- Resolver cualquier cuestión o quejas que surja referente a los monitores o

alumnos, cuya incumbencia no sea del monitor.

- Recoger en la concejalía cada semana el horario de autobuses de las

competiciones de fin de semana, comprobando si existe algún error, firmando la

relación.

- Establecer con los monitores el procedimiento de recogida de los resultados de

los diferentes equipos, informando a la concejalía si se requiriese.

- Realizar al principio de la temporada la estructuración de la escuela a nivel de

cantidad de grupos y alumnos por categoría, monitores, entregándolo

posteriormente a la concejalía para su aprobación.

- Realizar el planning organizativo de los equipos de la escuela (días y horarios de

entrenamientos, instalación), entregándolo posteriormente a la concejalía para su

aprobación.

- Realizar (en coordinación con los monitores/as) al principio de la temporada la

confección de los equipos a nivel de los alumnos/as que lo integran en base a los

criterios que la escuela tiene sobre dicho aspecto.

- Colaborar y participar en las actividades programadas por la Concejalía.

- Decidir conjuntamente con el monitor previa información, sobre la imposición

sobre un alumno/a de las sanciones muy graves.

- Mantenerse siempre localizado en horarios de entrenamiento y competición

mediante el teléfono móvil disponible.

- Tomar las medidas que se consideren oportunas ante cualquier asunto referente a

cualquier ámbito de la escuela para el buen funcionamiento de los

entrenamientos y competiciones.

- En caso de cualquier necesidad urgente referente a los monitores o alumnado,

contactar con ellos.

- Al finalizar la temporada recoger el material de las instalaciones para depositarlo

en el lugar indicado por la concejalía, realizando el inventario del material

informando a la concejalía.

- Realizar a principio de temporada a la concejalía la solicitud del material

necesitado.

- Realizar a principio de temporada la repartición del material de entrenamiento

por las distintas instalaciones, realizando el inventario inicial de material, así

como del material para las competiciones (fichas, comprobación de las

equipaciones, botiquín).

- Obedecer y cumplir cualquier otro tipo de aspecto, órdenes, normas, etc., que la

concejalía dictamine.

- Gestionar a petición del monitor el cambio de día u hora del entrenamiento por

cualquier circunstancia, previo estudio del plan de entrenamientos y aviso a la

concejalía confirmándoselo posteriormente.

- Realizar y entregar a los monitores el libro del monitor.

- Realizar y entregar la memoria final.

- Gestionar y organizar cualquier actividad complementaria referente a su escuela.

- Seguimiento y control de forma continua, velando por su cumplimiento, de

todos los aspectos organizativos de la escuela por parte de los monitores/as,

registrándose dicha información en una ficha de control.

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Pliego Condiciones Técnicas Servicios Deportivos y Auxiliares

- Comunicar y corregir de forma inmediata a los monitores/as en todo lo referente

a las responsabilidades y funciones del ámbito organizativo.

- Entregar a los monitores todo aquel material o documentación destinada a ellos.

- Recoger a principio de temporada la anamnesis de los alumnos pertenecientes a

su escuela, informando de ello a los monitores responsables de esos alumnos.

- Organizar la clausura de la escuela.

B) Pedagógicas

- Seguimiento y control, velando por su cumplimiento, de todos los aspectos

pedagógicos de la escuela por parte de los monitores/as, registrándose dicha

información en una ficha de control.

- Comunicar y corregir a los monitores/as en todo lo referente a las

responsabilidades y funciones del ámbito docente.

- Cuidar de manera estricta la imagen (comportamiento, higiene, vestimenta y

vocabulario) y actitud con el alumnado y padres, así como hacia todo aquel al

que se dirija (trato amable y respetuoso).

MONITORES DEPORTIVOS

- Impartición directa de clases docentes.

- Educación en valores deportivos del alumnado y seguimiento de la formación de

éste.

- Relaciones con los padres y otros grupos o entidades.

- Asistir puntualmente y cumplir con el horario de la actividad. Deberán

presentarse 15 -20 min. antes del inicio de la actividad.

- Atender y dar un trato respetuoso a toda persona a la que se dirija, alumnos/as,

padres, velando por el cumplimiento de las normas de convivencia, cuidando de

manera estricta la imagen personal en cuanto a higiene, vocabulario, etc.;

teniendo presente que en todo momento es la imagen de la Concejalía de

Deportes a la que representa. El monitor llevará durante la actividad la

indumentaria que la empresa le proporcione.

- Velar por el uso adecuado y cuidado del material deportivo e instalación,

notificando con puntualidad al director de actividades cualquier anomalía,

rotura, necesidades o cualquier otro problema al respecto.

- Transmitir al director de actividades toda aquella información que le sea

solicitada así como también cualquier tipo de sugerencias, quejas, información e

incidentes para que él lo resuelva.

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Pliego Condiciones Técnicas Servicios Deportivos y Auxiliares

- Asistir a las reuniones técnicas convocadas, formulando propuestas, opiniones,

sugerencias y quejas referentes a cualquier ámbito, que figuren entre sus

competencias como monitor.

- Controlar y velar por la seguridad del grupo de alumnos/as durante el desarrollo

de la actividad.

- Ponerse en contacto con los padres para cualquier situación que se considere

importante y significativa en relación a los alumnos, tales como lesiones,

ausencias reiteradas, enfermedades, conductas inapropiadas, etc.

- Responsabilizarse de la puesta y recogida del material utilizado durante la

actividad.

- Avisar con antelación al director de escuela, por cualquier causa justificada, del

retraso o falta de asistencia a la actividad.

- Obedecer y cumplir cualquier otro tipo de aspecto, órdenes, normas, etc., que el

director de escuela, coordinador de EDM o Director Técnico dictamine en

cuanto a aspectos técnicos y/o organizativos referentes a la Campaña.

- Llevar a cabo la ideología, programación de contenidos, metodología,

evaluación y aspectos organizativos internos de la actividad, consultando

cualquier problema o duda en cuanto a su aplicación y desarrollo con el director

de actividades.

- Tomar las medidas que se consideren oportunas dentro de su grupo para el buen

funcionamiento de la actividad.

SOCORRISTAS

Entre las funciones del contratista está la de velar por la seguridad de los

usuarios de las piscinas, incluyendo la aplicación de los primeros auxilios en caso de

accidente. Con el objeto de que la seguridad de los usuarios no se vea menoscabada en

ningún momento, el personal adscrito al servicio de socorrismo deberá observar como

mínimo y entre otras las siguientes pautas de trabajo:

Observación visual óptima de las zonas a vigilar. Vigilancia no estática excepto

silla torreta.

En el caso de detenerse a descansar o tener que atender verbalmente a un

usuario, hacerlo sin perder de vista la zona a vigilar.

Las respuestas a las consultas o preguntas de los usuarios, deberán ser breves y

educadas.

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Pliego Condiciones Técnicas Servicios Deportivos y Auxiliares

En caso de accidente actuar con diligencia, siguiendo las normas de primeros

auxilios y técnicas de RCP. Y rellenar los partes de accidentes.

Durante el tiempo de vigilancia, no está permitida la lectura, escritura y el uso de

auriculares, teléfono móvil o cualquier dispositivo que suponga su uso un

entretenimiento y descuido de las funciones de vigilancia.

Comunicar a los usuarios de palabra o mediante la megafonía, las normas y

avisos que se dicten al respecto.

El turno de socorristas de la mañana no abandonará la vigilancia de la piscina

hasta que se haya incorporado el turno de tarde.

Dada la naturaleza del trabajo también controlará el resto de la piscina en donde

se realizan los cursillos. En el supuesto de que no haya cursillos controlará la piscina

con la diligencia propia de su condición de socorrista.

Poner en conocimiento de sus superiores las anomalías en el servicio que se

puedan producir en el acontecer diario de los cursillos (quejas, reclamaciones, falta de

materiales, etc.), así como las anomalías que se produzcan en el desarrollo de la jornada

(limpieza, falta de material –higiénico, de curas-, quejas, reclamaciones de usuarios,

etc.), para poder ser subsanados a la mayor brevedad.

Emplear los materiales auxiliares para el correcto desarrollo docente de las

clases, volviendo a recogerlo al final de las mismas.

El servicio de socorrismo, se cubrirá obligatoriamente durante todo el tiempo

que permanezcan las piscinas abiertas al público.

Por ser este un puesto de mucha responsabilidad, está prohibido abandonarlo sin

causa justificada, en el caso de que esto ocurra, comunicar al otro socorrista o al

monitor, para que extreme la vigilancia mientras dure la ausencia, que deberá ser lo más

breve posible.

Los socorristas podrán realizar tareas de mantenimiento y limpieza de la piscina

y zona de playa, cuando se determine por el responsable de servicios, con el objeto de

optimizar los recursos y/o por operatividad del servicio.

Asistir puntualmente y cumplir con el horario de la actividad. Deberán

presentarse 15 -20 minutos antes del inicio de la actividad.

Atender y dar un trato respetuoso a toda persona a la que se dirija, alumnos/as,

padres, velando por el cumplimiento de las normas de convivencia, cuidando de manera

estricta la imagen personal en cuanto a higiene, vocabulario, etc.; teniendo presente que

en todo momento es la imagen de la Concejalía de Deportes a la que representa.

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Pliego Condiciones Técnicas Servicios Deportivos y Auxiliares

El SOCORRISTA llevará durante la actividad la indumentaria que la empresa le

proporcione, autorizada por la Concejalía de Deportes.

Velar por el uso adecuado y cuidado del material deportivo e instalación,

notificando con puntualidad al director de actividades cualquier anomalía, rotura,

necesidades o cualquier otro problema al respecto.

Transmitir al director de actividades toda aquella información que le sea

solicitada así como también cualquier tipo de sugerencias, quejas, información e

incidentes para que él lo resuelva.

Asistir a las reuniones técnicas convocadas, formulando propuestas, opiniones,

sugerencias y quejas referentes a cualquier ámbito, que figuren entre sus competencias

como socorrista.

Controlar y velar por la seguridad de los usuarios de la instalación.

Avisar con antelación al director de actividades, por cualquier causa justificada,

del retraso o falta de asistencia a la actividad.

Obedecer y cumplir cualquier otro tipo de aspecto, órdenes, normas, etc, que el

director de actividades dictamine.

ATENCIÓN AL PÚBLICO Y CONTROL DE ACCESOS

FUNCIONES GENERALES.

- Apertura y cierre de la Instalación según el horario establecido (puertas,

ventanas, luces, agua, calefacción, etc.).

- Limpieza de su espacio y puestos de trabajo si así se requiriera.

- Control de accesos y puertas, solicitando en su caso, la identificación y

organizando los distintos tipos de acceso y salidas de la totalidad de grupos y

asistentes individuales.

- Atención e información adecuada al público.

- Conocer los planes de evacuación de la instalación donde estén destinados.

- Conocer y manejar el Reglamento de Uso de Instalaciones Deportivas de

Orihuela.

- Manejo de megafonía.

- Atender y tramitar las sugerencias, reclamaciones y quejas de los usuarios de la

instalación.

- Atención telefónica de la instalación.

- Revisar periódicamente todos los elementos técnicos, vestuarios, espacios

comunes, equipamientos e instalaciones deportivas, debiendo anotar todas las

deficiencias en el parte diario de trabajo que será facilitado por el Área de

Deportes del Ayuntamiento de Orihuela.

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Pliego Condiciones Técnicas Servicios Deportivos y Auxiliares

- Cuidar que las dependencias e instalaciones a su cargo se encuentren siempre en

perfecto estado de funcionamiento y de uso. Detectar fallos y problemas en

equipamientos e instalaciones informando mediante parte diario de incidencias.

- Garantizar el cumplimiento de las normas específicas de funcionamiento y uso

de la instalación, por parte de los usuarios, clubes deportivos, deportistas y

espectadores, conociendo y aplicando el Reglamento de Utilización de las

Instalaciones Deportivas Municipales de Orihuela.

- Redactar informes y partes diarios de incidencias.

- Indicar por escrito la necesidad de realizar pedidos de material de uso habitual

requerido para poder llevar a cabo sus funciones.

- Solicitar la presencia de la ambulancia o policía cuando ello sea requerido.

- Realizar reserva de instalaciones y espacios deportivos de los diferentes

polideportivos municipales.

- Recaudar el importe del uso de las pistas deportivas, del pabellón y del

polideportivo, entradas piscinas, etc. Realizar arqueos y cuadre de caja.

- Recoger justificantes de pago, autoliquidaciones, o cualquier otra forma de

justificación de pago de reserva de instalaciones que dictamine la Concejalía de

Deportes.

- Aprovisionamiento de cambio. Efectuar los ingresos bancarios de la

recaudación.

- Presentación de informe de ingresos y justificantes de pagos.

- Velar por su formación continua y reciclaje.

- Y todas aquellas otras no especificadas y referidas a su puesto de trabajo, que

puedan ser consideradas como funciones propias del mismo.

- Realizar tareas administrativas, normalmente de trámite y colaboración,

actuando según instrucciones, normas o procedimientos establecidos.

- Mecanografía y manejo del equipamiento ofimático necesario para el

tratamiento de la documentación correspondiente a cualquier actividad que se

realice en su servicio (memorias, informes, impresos, etc.), así como

cumplimentar documentos estandarizados o reglados, bajo la indicación del

inmediato superior y responsabilizándose de la adecuada transcripción,

tratamiento o modificación del original y de la presentación y calidad del

trabajo.

- Realiza trabajo de cálculo sencillo utilizando los medios disponibles y facilitar

todo tipo de datos, escritos, recopilación de datos, estadísticas, etc. que le sean

requeridos por el responsable del servicio.

- Realiza la tramitación, clasificación y archivo de la documentación y

correspondencia que se le asigne, a partir de los indicadores y normativas que

establezcan los responsables de su servicio.

- Atiende, personal o telefónicamente al público, y facilitar información general y

relativa a su servicio, de acuerdo con las instrucciones recibidas del servicio en

este sentido.

- Elabora, mantiene y actualiza los ficheros y archivos de datos del servicio,

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utilizando los medios que sean necesarios para ello.

- Asume, en ausencia o por necesidades del servicio, las funciones propias de su

puesto y especialidad en el Área en que está inscrito.

- Realiza además todas aquellas tareas análogas y complementarias, incluidas las

propias de su clase, categoría profesional o equivalente, relacionadas con la

misión del puesto de trabajo.

Funciones Específicas Aux. Administrativos y Atención al Público y Control de Accesos.

- Realizar reserva de instalaciones y espacios deportivos municipales.

- Recaudar el importe del uso de las pistas deportivas, del pabellón y del

polideportivo, entradas piscinas, etc. Realizar arqueos y cuadre de caja.

- Recoger justificantes de pago, autoliquidaciones, o cualquier otra forma de

justificación de pago de reserva de instalaciones que dictamine la Concejalía de

Deportes.

- Aprovisionamiento de cambio. Efectuar los ingresos bancarios de la

recaudación. Presentación de informe de ingresos y justificantes de pagos.

- De modo complementario, realizar aquellas otras tareas que le sean

encomendadas por su superior inmediato, o resulten necesarias por razones del

servicio, particularmente aquellas que se deriven de los conocimientos o

experiencias exigidos en las pruebas de acceso al puesto, o los adquiridos en los

cursos de formación en los que haya participado en razón del puesto de trabajo.

Funciones Generales Conserjes y Operarios.

.-Apertura y cierre de la Instalación según el horario establecido (puertas, ventanas,

luces, agua, calefacción, etc.).

.- Control de accesos y puertas, solicitando en su caso, la identificación y organizando

los distintos tipos de acceso y salidas de la totalidad de grupos y asistentes individuales.

.- Atención e información adecuada al público.

.- Manejo de megafonía.

.- Atender y tramitar las sugerencias, reclamaciones y quejas de los usuarios de la

instalación.

.- Atención telefónica de la instalación.

.- Revisar periódicamente todos los elementos técnicos, vestuarios, espacios comunes,

equipamientos e instalaciones deportivas, debiendo anotar todas las deficiencias en el

parte diario de trabajo que será facilitado por el Área de Deportes del Ayuntamiento de

Orihuela.

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.- Colaborar cuando sea necesario, en tareas de limpieza y mantenimiento de la

instalación.

.- Cuidar que las dependencias e instalaciones a su cargo se encuentren siempre en

perfecto estado de funcionamiento y de uso. Detectar fallos y problemas en

equipamientos e instalaciones informando mediante parte diario de incidencias.

.- Garantizar el cumplimiento de las normas específicas de funcionamiento y uso de la

instalación, por parte de los usuarios, clubes deportivos, deportistas y espectadores,

conociendo y aplicando el Reglamento de Utilización de las Instalaciones Deportivas

Municipales de Orihuela.

.- Redactar informes y partes diarios de incidencias.

.- Indicar por escrito la necesidad de realizar pedidos de material de uso habitual

requerido para poder llevar a cabo sus funciones.

.- Solicitar la presencia de la ambulancia o policía cuando ello sea requerido.

.- Y todas aquellas otras no especificadas y referidas a su puesto de trabajo, que puedan

ser consideradas como funciones propias del mismo.

Funciones Específicas Conserjes diurnos y nocturnos

-Vigilancia y custodia de los edificios, maquinaria, equipamiento y mobiliario de

la instalación, garantizando la seguridad en las instalaciones.

- Revisar los sumideros, alcantarillas y receptores de aguas pluviales. Además de

las instalaciones eléctricas de agua sanitaria y gas (vestuarios, etc.), etc.

- Realizar reserva de instalaciones y espacios deportivos, salvo del Palacio del

Agua, de los diferentes polideportivos municipales.

- Recaudar el importe del uso de las pistas deportivas, del pabellón y del

polideportivo, entradas piscinas, etc. Realizar arqueos y cuadre de caja.

- Recoger justificantes de pago, autoliquidaciones, o cualquier otra forma de

justificación de pago de reserva de instalaciones que dictamine la Concejalía de

Deportes.

- Aprovisionamiento de cambio. Efectuar los ingresos bancarios de la

recaudación. Presentación de informe de ingresos y justificantes de pagos.

- Controlar el encendido, apagado y suministro de combustible de calefacción y

de agua corriente de las instalaciones.

- Controlar el funcionamiento de las instalaciones de agua: grifos, duchas,

descarga de urinarios e inodoros, etc.

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- Manejar y controlar los sistemas de aire acondicionado y alarmas, durante el

horario indicado.

- Custodiar, disponer y organizar el uso de las llaves de despachos, taquillas,

salas, espacios comunes, vestuarios, instalaciones técnicas, etc.

- Cumplimentar encargos y mensajería, recogida y envío de entregas y avisos

relacionados con la actividad de la instalación.

- Trasladar material, enseres, utensilios o documentos.

- Comprobar y controlar los calendarios de actividades y competiciones, y

adecuar la instalación y los equipamientos a las necesidades requeridas.

- Detectar averías y/o pequeños desperfectos del edificio y proceder a su

reparación cuando no se requieran conocimientos especializados (tales como: reposición

de lámparas, tapas wc, fusibles, arreglos de cisternas, pomos, jaboneras, cortar césped,

etc.). En caso de que se requiriese conocimientos especializados se dará cuenta de

averías y deficiencias detectadas, anotándolas además en el parte diario de trabajo.

- Realizar copias o fotocopias.

- Colocación de información local y oficial en los tablones de anuncios.

- Controlar y accionar motores de canastas, cortinas separadoras, luces de la

instalación y espacios anexos, etc.

- Tareas de preparación de los espacios y servicios deportivos. Poner y quitar las

porterías y redes de las pistas polideportivas. Montaje de elementos y redes de pistas

desmontables (voleibol, tenis, bádminton, etc.)

- Limpieza y acondicionamiento diario de pistas deportivas.

- Mantenimiento diario de pavimentos de las instalaciones deportiva, sala de

musculación, polivalente, tatami. Se deberá pasar la mopa al pavimento del pabellón y

sala de aeróbic todos los días, y al menos 1 vez a la semana se realizará un lavado con

máquina especial y siguiendo las indicaciones aportadas por el fabricante.

- Mantener en orden los almacenes y el material deportivo y de mantenimiento.

- Realizar inventariado de todo el material.

- Engrase de cerraduras, persianas y mecanismos de giro de las puertas y

ventanas.

- Realizar las tareas indicadas en el parte en cumplimiento al RD 865/2003 sobre

prevención de la legionella.

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ANEXO VII

MARCO LEGAL

El marco legal mediante el cual los ayuntamientos asumen la competencia de la

promoción deportiva viene determinado por el artículo 25 de la Ley Reguladora de

Bases de Régimen Local, que establece en su apartado primero que el municipio, para la

gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover toda clase

de actividades y prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las

necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal. En el apartado segundo del

referido artículo se detallan las competencias que le son propias a los ayuntamientos,

entre las que sobresalen, en el ámbito que nos ocupa, las de prestación de actividades o

instalaciones deportivas y de ocupación del tiempo libre, funciones que a su vez le

derivan al municipio de la propia Constitución Española de 1978 (arts. 43.3 y 148.1.19).

Del mismo modo, la reciente renovada Ley del Deporte 2/2011 de 22 de Marzo

de la Comunidad Valenciana, en su art. 7 establece las competencias de los municipios

con respecto a esta ley y que suponen el marco legal específico por el que debe regirse

las líneas de actuación y competenciales de los ayuntamientos.

Así el artículo 7.2b) dispone como competencia de los Ayuntamientos

“Fomentar el deporte, en especial el deporte para todos y el deporte en edad escolar, y

7.2k) La organización de campeonatos de ámbito local y de acontecimientos deportivos

de carácter extraordinario; 7.2l) La organización de conferencias, seminarios o

similares en su municipio con finalidad divulgativa.”

Y finalmente, el apartado 7.3. de la Ley 2/2011 de 22 de Marzo del Deporte de

la comunidad Valenciana indica que “Los municipios con más de 5.000 habitantes

garantizarán, por sí o mancomunadamente, la prestación del servicio público deportivo

municipal, que deberá incluir entre sus prestaciones, como mínimo, las siguientes:

c. Programas de promoción deportiva, principalmente dirigidos a la población en

edad escolar y a la población con mayores necesidades sociales.”