platica 2014 (1)
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LISR Personas Morales
Se abroga la LISR vigente desde 2002. La mayora de las disposiciones de la Ley vigente al 31 de diciembre de2013
Subsisten.
Los cheques al portador solo podrn ser elaborados hasta un monto de $5,000 La tasa impositiva para las personas morales es del 30%
Procedimiento para determinar la PTU:
Utilidad fiscal (-) Ingresos exentos no deducibles (=) Renta gravable (*) 10% (=) PTU
Tasa de recargos
* 0.75% s/saldos insolutos.
* 1.13% por mora.
* Por prrroga:
1.00% mensual 12 meses.
1.25% mensual De 12 a 24 meses.
1.50% mensual Ms de 24 meses y pagos diferidos.
Impuesto sobre dividendos Nuevo impuesto del 10 % de retencin sobre dividendos
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Residentes en Mexico y en el Extranjero Aplicable nicamente a utilidades generadas a partir del 2014.
Ingresos por enajenaciones a plazos Se elimina la opcin de considerar solamente la parte del precio cobrado como
ingreso acumulable en las enajenaciones a plazos, y se tomara al 100%
En el caso de las operaciones a plazos celebradas hasta el 31 de diciembre de 2013,se podr diferir el pago del ISR durante dos ejercicios en partes iguales.
Deducciones
Se elimina la deduccin de las cuotas de seguridad social a cargo del trabajadorpagadas por el patrn.
Los donativos a favor de la Federacin, Entidades Federativas, Municipios yOrganismos Descentralizados sern deducibles hasta el 4 % de la utilidad fiscal del
ejercicio inmediato anterior. Para el resto de casos ser del 7 % de dicha utilidad. Las deducciones que excedan de $ 2,000 debern ser pagadas mediante transferencia
electrnica, cheque nominativo, Tarjetas de Crdito, Debito o de Serviciosde cuentas
a nombre del contribuyente.
Los salarios que excedan de $ 2,000 se debern pagar con cheque nominativo o atravs de los servicios del sistema financiero.
Para hacer deducibles los sueldos y salarios, las remuneraciones, retenciones ydeducciones incluyendo el impuesto local sobre nminas, deber constar en
comprobantes fiscales CFDI a partir del 1 de Enero del 2014
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Tratndose de adquisicin de combustible para vehculos martimos, areos yterrestres, los pagos debern efectuarse en la misma forma sealadacon anterioridad
an cuando el importe sea inferior a $ 2,000.
La deduccin de vales de despensa proceder cuando los mismos se otorguen atravs de monederos electrnicos autorizados.
El arrendamiento de Casa habitacin y automviles ser deducible hasta por unimporte de $ 200.00 diarios o $6,000.00 mensuales por unidad.
Los consumos en restaurantes dentro de 50Km a la redonda del domicilio fiscal sernno deducibles en un 91.5%,
Los pagos que a su vez sean ingresos exentos (Aguinaldo, Fondo Ahorro, Caja deAhorro, Prima Vacacional, PTU, Prima dominical), incluyendo las aportaciones a planes
de pensiones y jubilaciones, para el trabajador, hasta por la cantidad que resulte de
aplicar el factor de 0.53 sern no deducibles. Cabe sealar que el factor podr
disminuirse de .53 a .47 cuando los ingresos exentos del ejercicio no disminuyan
respecto de los ingresos del ao inmediato anterior.
Inversiones
Las inversiones en automviles solo sern deducibles hasta un monto de $130,000.00. en lugar de $ 175,000.00
La industria minera ya no podr deducir en un solo ejercicio las inversiones realizadasen periodos pre-operativos, por lo que solo podrn deducir el 10 % de la inversin
realizada.
Costo de ventas
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Para efectos de determinar el costo de ventas deducible, se elimina el sistema decosteo directo con base en costos histricos. Asimismo, se elimina el mtodo de
valuacin de inventarios de Ultimas Entradas Primeras Salidas (UEPS).
Rgimen Simplificado
Se elimina el Rgimen Simplificado; el cual se sustituye por:
Rgimen de coordinados (autotransporte de carga o de pasajeros). Rgimen de actividades agrcolas, ganaderas, silvcolas, y pesqueras (sector primario).
Estmulos fiscales
Se elimina la deduccin inmediata de bienes nuevos Quienes lleven a cabo aportaciones para proyectos de inversin en la distribucin de
pelculas cinematogrficas nacionales, podrn aplicar un monto equivalente al
aportado contra el ISR que tengan a su cargo, siempre que no exceda del 10% de la
utilidad fiscal del ejercicio del ao inmediato anterior
Se otorga un estimulo fiscal a quien contrate adultos mayores de 65 aos equivalenteal 25% del salario efectivamente pagado.
Las sociedades cooperativas de produccin que nicamente se encuentrenconstituidas por socios y personas fsicas podrn diferir el pago del impuesto por las
utilidades no distribuidas, hasta por un mximo de dos aos.
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LEYES ABROGADAS
Ley del Impuesto Empresarial a Tasa nica (LIETU). Ley del Impuesto a los Depsitos en Efectivo (LIDE). El banco avisara al SAT de los depsitos en efectivo superiores a $15,000 del
monto mensual acumulado.
Pagos al extranjero
Cuando la retencin est referida a la tasa mxima aplicable a personas fsicas apartir de 2014 se considerar la del 35 %.
En la enajenacin de acciones a travs de la bolsa de valores, el impuesto se pagarmediante retencin que efectuar el intermediario del mercado de valores, aplicando
la tasa del 10 % sobre la ganancia.
Estarn exentas del pago del ISR las operaciones financieras derivadas siempre quelos beneficiarios efectivos sean residentes en el extranjero.
Retencin del 4.9 % a los intereses que se paguen a instituciones de crditoresidentes en un pas con el que se encuentre en vigor un tratado para evitar la
doble tributacin celebrado con Mxico.
Se precisa que los remanentes del ISR pagados en REFIPRES (Regimen FiscalesPreferentes) se podrn acreditar en los 10 ejercicios siguientes hasta agotarlo.
LISR PERSONAS FISICAS
se adicionan 3 renglones a la tarifa del impuesto de las personas fsicas
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32% a partir de $ 750,000.01
34% a partir de $ 1,000,000.01
35% a partir de $3,000,000.01.
Se crea seccin mis cuentas para que los contribuyentes puedan llevar sucontabilidad fcilmente
Los prstamos recibidos debern tener un soporte documental (de donde se obtuvoel ingreso, cheque, pagar, etc.).
Se establece que las PF empresarias y profesionistas cuyos ingresos no excedan de 2millones llevarn su contabilidad registrando en medios o sistemas electrnicos los
ingresos egresos, inversiones y deducciones del ejercicio, segn lo dispuesto en el
artculo 28 del CFF.
Deducciones Personales Las deducciones personales se limitan a 4 SMG elevados al ao o al 10% de los
ingresos, el que resulte menor. (No Incluye Donativos)
Adiciona como requisito para la deduccin de honorarios mdicos, dentales ygastos hospitalarios y los gastos destinados a la transportacin escolar,deben de
pagarse por medio de cheque, transferencia o tarjeta Credito, debito o de Servicios
Casa habitacin
Eliminacin exencin para casa habitacin con 5 aos de residencia. Disminucin de monto exento de a1,500.00 UDIS a 700,000 UDIS. Aprox $ 3,500.00
Venta de acciones
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Nuevo impuesto del 10% sobre ganancia en Venta de Acciones Se considera pago definitivo. Rgimen de transicin ---- costo alternativo opcional para adquisiciones anteriores al
1 de enero de 2014.
PF DEDICADAS A LA PRESTACION DE SERVICIOSPROFESIONALES
Se elimina la opcin de deducir las erogaciones efectivamente realizadas para laadquisicin de activos fijos, gastos o cargos diferidos para aquellos cuyos ingresos
en el ejercicio anterior no hubiesen excedido de $1210,689.
Se establece que cuando los contribuyentes presten servicios profesionales apersonas morales, stas tendrn la obligacin de proporcionarles comprobante
fiscal y constancia de retencin del ISR correspondiente.
INGRESOS POR LA OBTENCIN DE PREMIOS
Se establece como obligacin para las personas que entreguen premios, la deproporcionar a las personas a quienes les efecten estos pagos, comprobante fiscal
en el que conste el monto de la operacin, y el impuesto retenido, en su caso.
Se eliminala obligacin para las personas que entreguen los premios, de presentar ladeclaracin informativa del monto de los premios pagados en el ao anterior y
retenciones efectuadas (a partir del 2017).
Rgimen de incorporacin
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Rgimen de Incorporacin Fiscal sustituye a REPECOS y Regimen INTERMEDIO. PF que podrn tributar en este rgimen son:las que realicen nicamente
actividades empresariales, que enajenen bienes o presten servicios por los que no se
requiera para su realizacin ttulo profesional
Ingresos Menores a 2,000,000 Anuales Condonacin del 100% de ISR en primer ao, disminuyendo 10% menos cada ao
hasta llegar al 0% de Condonacion
En 10 aos se eliminan beneficios PF que no podrn tributar en este rgimen son: Socios, accionistas o integrantes de
PM o cuando sean partes relacionadas,que realicen actividades relacionadas conbienes races, capitales inmobiliarios, negocios inmobiliarios o actividades financieras,que obtengan ingresos por concepto de comisin, mediacin, agencia,
representacin, corredura, consignacin y distribucin (salvo que ingresos por
mediacin o comisin no excedan del 30% de ingresos totales),que obtenganingresos por concepto de espectculos pblicos y franquiciatarios, que realicen
actividades a travs defideicomisos o Asoc. en P.
El clculo de los pagos provisionales ser de manera bimestral, los cuales tendrn elcarcter de pago definitivo, y ser a ms tardar el da 17 de los meses de marzo,
mayo, julio, septiembre, noviembre y enerodel ao siguiente.
La utilidad fiscal del bimestre ser ladiferencia de los ingresos efectivamenteobtenidos en dicho bimestre menos las deducciones autorizadas, efectivamente
realizados y la PTU pagada en el ejercicio.
Arrendatarios
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Arrendatarios con ingresos > 10 SMG elevados al Mes. Pueden tomar la opcindepresentar los pagos provisionales trimestralmente, Anteriormente en este supuesto
no se realizaban pagos.
Se contina con la deduccin opcional del 35% de los ingresos o bien, lasdeducciones comprobables.
LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Se elimina la tasa preferencial en la regin fronteriza, homologando al 16% la tasa delIVA en todo el pas
Incremento del Impuesto al Goce Tmporade Bienes (ImportacinTemporal) Se gravarn al 16% : Chicles Mascotas y su alimento Servicios de hotelera para congresos (No aplica a Servicios Contratados
antes 08Sept13
Transporte forneo de pasajeros Tasa 0% a libros, revistas, colegiaturas,medicinas, Transporte Personal Urbano
SOFOMES Se homologa el mecanismo de acreditacin al resto del Sector Financiero
ARRENDATARIOS
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Los Arrendatarios que sus ingresos sean menores a 10 SMG Area geogrfica podrnoptar por pagar trimestralmente el IVA
Renta de Casa Habitacinno gravara el impuesto
CFFDomicilio fiscal
Usuarios de los servicios que presten las entidades financieras que no estn inscritosal RFC, SHCP registrara como domicilio fiscal el que hayan manifestado a la entidad
financiera y de tal manera tener el control de los depsitos de la cuentay poder
hacer requerimientos para el pago de impuestos de esos depsitos.
COMPROBANTES FISCALES
A partir del primero de enero de 2014, solamente las facturas electrnicas CFDIsern deducibles de impuestos
Se tendrn que elegir alguno de lo Proveedor Autorizado de Certificacin (PAC). Requisitos para Migrar a CFDI: Firma Electrnica (Fiel), certificado de sello digital y
Contar con un servicio de facturacin
Debera emitirse parecido a una Factura Electrnica, esto quiere decir que las nminasdebern estar amparadas por un CFDI o Comprobante Fiscal Digital por Internet.
Cancelacin de certificados de Sello Digital
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Detecten omisin de presentacin de 3 o ms declaraciones peridicas consecutivas
o 6 no consecutivas
Las autoridades fiscales tengan conocimiento de la probable existencia de un delito,encubrimiento, contrabando, presuncin de delito de contrabando, posesin de
mercanca extranjera, defraudacin fiscal,actos formales y de fondo de defraudacin
fiscal, entero omisin,delitos al RFC, otros delitos diversos, depositarios
interventores y infracciones aparatos, sellos, marcas, marbetes, maq. Registradoras
En facultades de comprobacin no pueda ser localizado, desaparezca, no presentecontabilidad tenga CFDI que amparen operaciones inexistentes, simuladas o ilcitas
El contribuyente es el nico responsable del uso y manejo de la firma electrnica.
Reposicin de certificado.-
Procedimiento gil de 3 das segn reglas de carcter general al subsanarirregularidades
Buzn fiscal de PM y PF
Concepto.-Sistema de comunicacin electrnico entre el SAT y los contribuyentes. Autoridad fiscal: Notificar cualquier resolucin administrativa en documentos
digitales, incluyendo los recurribles tales como liquidaciones y crditos fiscales en
general.
Contribuyentes:Presentarn promociones, solicitudes, avisos, Recurso administrativode Revocacin y atendern requerimientos.
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Podrn consultar sobre su situacin fiscal y cuando reciban un aviso electrnicodelSAT, debern abrirlo dentro de los 3 das siguientes. En caso de no hacerlo, al cuarto
da hbil se entender como realizada.
Los requerimientos en solicitudes de devolucin se notificarn por la autoridadfiscalen documento digital mediante buzn tributario y as deber utilizarse por los
contribuyentes.
Personas Morales a partir del 30 de junio de 2014. Personas Fsicas a partir del 1 de enero de 2015.
Pago de contribuciones
Se acepta como medio de pago tarjetas de crdito y dbito conforme a reglas decarcter general.
SAT, previa opinin de la Tesorera de la Federacin, podr autorizar otros medios depago.
Devolucin de contribuciones
Plazo general: 40 das Eliminan plazo especial de 25 das a contribuyentes dictaminados Eliminan plazo especial de 20 das a contribuyentes que expidan sus propios
comprobantes fiscales digitales.
Los requerimientos en materia de devoluciones se realizarn mediante documentodigital (buzn tributario).
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Obligaciones de entidades financieras
Proporcionar al SAT informacin de cuentas, crditos o prstamos otorgados a PF yPM o cualquier tipo de operacin que solicite.
Obtener nacionalidad; residencia; fecha y lugar de nacimiento; cdula fiscal, si esresidente en el extranjero y CURP, en adicin a la dems informacin vigente.
Verificar con SAT el RFC de cuentahabientes