nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

72
ÍNDICE ESCUDO…………………………………………………………………. HIMNO INSTITUCIONAL……………………………………………… ACUERDO CONSEJO DIRECTIVO……….…………………………… 3 4 5 MARCO REFERENCIAL……………………………………………… 8 Presentación del Manual para la Convivencia Institucional............................. 8 Presentación y Filosofía de la Institución............................................................ 9 Visión de la Institución………………………………………………………… 9 Misión de la Institución........................................................................................ 9 Perfil del Estudiante…………………………………………………………..... 10 Perfil del Educador y el administrativo docente.................................................. 10 Perfil del Acudiente……………………………………………………………. 11 TITULO I COMPONENTE ADMINISTRATIVO...................................... 11 CAPITULO I Admisiones y matrículas............................................................... 11 Criterios de admisión y matrícula.……………………………………………... 11 Ingreso por primera vez a la Institución............................................................... 11 Renovación de matrícula……………………………………………………….. 12 Matrícula por transferencia…………………………………………………….. 12 Matrícula de régimen especial…………………………………………………. 13 Comisión de admisión.………………………………………………………… 13 Causales de terminación del contrato de matrícula.............................................. 14 TITULO II CONVIVENCIA INSTITUCIONAL........................................ 15 CAPITULO I Derechos y Responsabilidades para la comunidad educativa....... 15 Derechos de los estudiantes……………………………………………………. 15 Responsabilidades de los estudiantes…………………………………………... 17 Derechos de los acudientes…………………………………………………….. 19 Responsabilidades de los acudientes…………………………………………… 20 Derechos de los educadores, directivos docentes y personal administrativo....... 21 Responsabilidades de los directivos, educadores, personal administrativo......... 22 CAPITULO II Clasificación de las faltas de convivencia, Debido proceso, Estrategias pedagógicas....................................................................................... 24 24 Faltas leves……………………………………………………………………... 24 Faltas graves……………………………………………………………………. 27 Faltas gravísimas.................................................................................................. 30 CAPITULO III Estudiantes infractores o contraventores de la ley penal........... 33 CAPITULO IV Otras disposiciones …………………………………………... 33 CAPITULO V Solución de conflictos para personal docente y administrativo.. 34 CAPITULO VI Solución de conflictos para acudientes..................................... 35 CAPITULOVII Comité de Conciliación………………..................................... 37 CAPITULO VIII Convenio Pedagógico……………………………………….. 38 TITULO III COMPONENTE ACADÉMICO................................................ 39

Upload: hector123suarez

Post on 28-Nov-2014

2.442 views

Category:

Education


0 download

DESCRIPTION

Manual de convivencia de la IE Asamblea Deptal

TRANSCRIPT

Page 1: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

ÍNDICE

ESCUDO………………………………………………………………….

HIMNO INSTITUCIONAL………………………………………………

ACUERDO CONSEJO DIRECTIVO……….……………………………

3

4

5

MARCO REFERENCIAL……………………………………………… 8

Presentación del Manual para la Convivencia Institucional............................. 8

Presentación y Filosofía de la Institución............................................................ 9

Visión de la Institución………………………………………………………… 9

Misión de la Institución........................................................................................ 9

Perfil del Estudiante…………………………………………………………..... 10

Perfil del Educador y el administrativo docente.................................................. 10

Perfil del Acudiente……………………………………………………………. 11

TITULO I COMPONENTE ADMINISTRATIVO...................................... 11

CAPITULO I Admisiones y matrículas............................................................... 11

Criterios de admisión y matrícula.……………………………………………... 11

Ingreso por primera vez a la Institución............................................................... 11

Renovación de matrícula……………………………………………………….. 12

Matrícula por transferencia…………………………………………………….. 12

Matrícula de régimen especial…………………………………………………. 13

Comisión de admisión.………………………………………………………… 13

Causales de terminación del contrato de matrícula.............................................. 14

TITULO II CONVIVENCIA INSTITUCIONAL........................................ 15

CAPITULO I Derechos y Responsabilidades para la comunidad educativa....... 15

Derechos de los estudiantes……………………………………………………. 15

Responsabilidades de los estudiantes…………………………………………... 17

Derechos de los acudientes…………………………………………………….. 19

Responsabilidades de los acudientes…………………………………………… 20

Derechos de los educadores, directivos docentes y personal administrativo....... 21

Responsabilidades de los directivos, educadores, personal administrativo......... 22

CAPITULO II Clasificación de las faltas de convivencia, Debido proceso,

Estrategias pedagógicas.......................................................................................

24

24

Faltas leves……………………………………………………………………... 24

Faltas graves……………………………………………………………………. 27

Faltas gravísimas.................................................................................................. 30

CAPITULO III Estudiantes infractores o contraventores de la ley penal........... 33

CAPITULO IV Otras disposiciones …………………………………………... 33

CAPITULO V Solución de conflictos para personal docente y administrativo.. 34

CAPITULO VI Solución de conflictos para acudientes..................................... 35

CAPITULOVII Comité de Conciliación………………..................................... 37

CAPITULO VIII Convenio Pedagógico……………………………………….. 38

TITULO III COMPONENTE ACADÉMICO................................................ 39

Page 2: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

2

CAPITULO I Lo académico............................................................................... 39

Evaluación............................................................................................................ 39

Planes de apoyo, superación y recuperación.................................................. 41

Comisión de evaluación y promoción…………………………………………. 41

Causales para la no promoción………………………………………………… 42

Faltas que afectan el desempeño académico....................................................... 43

Debido proceso para las faltas que afectan el desempeño académico................. 44

Servicio social estudiantil……………………………………………………… 45

CAPITULO II. Reglamentación de la Media Técnica y académica…………… 46

TITULO IV REGLAMENTOS ESPECÍFICOS............................................ 46

CAPITULO I Uniformes………………………………………………………. 46

Normas establecidas para utilizar el uniforme..................................................... 48

CAPITULO II Restaurante escolar…………………………………………….. 49

CAPITULO III Tienda escolar………………………………………………… 50

CAPITULO IV Biblioteca escolar……………………………………………... 51

CAPITULO V Salas de informática. .................................................................. 52

CAPITULO VI Laboratorio de ciencias naturales............................................... 54

CAPITULO VII Medios de comunicación internos. .......................................... 56

TITULO V ESTÍMULOS................................................................................. 56

CAPITULO I Reconocimientos para los estudiantes.......................................... 56

CAPITULO II Reconocimientos para los educadores........................................ 57

CAPITULO III Reconocimientos para los acudientes......................................... 57

TÍTULO VI ORGANISMOS DE PARTICIPACIÓN……………………… 58

CAPITULO I Consejo Directivo……………………………………………… 58

CAPITULO II Consejo Académico…………………………………………… 59

CAPITULO III Consejo Estudiantil…………………………………………... 60

CAPITULO IV Personería Estudiantil………………………………………… 60

CAPITULO V Consejo de Padres....................................................................... 61

TITULO VII CÓDIGO DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA

(Ley 1098 del 2006) …………………………………………………………...

TITULO VIII FUNCIONES ESPECÍFICAS……………………………

61

61

65

CAPITULO I Personal de vigilancia................................................................... 65

CAPITULOII Personal de Servicios Administrativos........................................ 65

CAPITULO III Coordinador del Restaurante escolar….................................... 66

CAPITULO IV Procesadora de alimentos…………………………………….. 66

CAPITULO V Bibliotecaria.………………………………………………….. 67

CAPITULO VI Secretaria…………….............................................................. 67

CAPITULO VII Orientador escolar..................................................................... 68

CAPITULOVIII Coordinador………………………………………………... 69

CAPITULO IX Rector ………………………………………………………... 70

TITULO VIII DISPOSICIONES PARA LA REFORMA DEL MANUAL

PARA LA CONVIVENCIA INSTITUCIONAL............................................

71

Page 3: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

3

INSTITUCIÓN EDUCATIVA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL

ESCUDO:

Page 4: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

4

HIMNO: ASAMBLEA DEPARTAMENTAL

CORO

AVANCEMOS CANTANDO Y ALEGRES

POR LA SENDA DEL BIEN, DEL SABER

PUES LA PATRIA SIEMPRE NOS RECLAMA

SER CUMPLIDOS CON NUESTRO DEBER

ESTROFA I

MI QUERIDO LICEO ASAMB LEA

IMPORTANTE Y GRAN INSTITUCION

DONDE SE CAPACITAN EN LA CIENCIA

COMO FUENTE DE LA INSPIRACION

ESTROFA II

EN EL CLAUSTRO RECIBO ENSEÑANZA

Y FOMENTO EN EL AREA COMERCIAL

DESARROLLO TODO EL PENSAMIENTO

VOY EN BUSCA DE UN GRAN IDEAL

( SE REPITE EL CORO )

ESTROFA III

ES MI SUEÑO CRECER EN LA VIDA

COMO BUEN BACHILLER COMERCIAL

PARA ESTAR EN EL NUEVO MILENIO

A LA PAR CON UN MUNDO VIRTUAL

ESTROFA IV

NUESTRO LEMA “ VERDAD Y ARMONIA “

BASES CLAVES EN LA EDUCACION

INTEGRAMOS LA TECNOLOGIA

A LA CIENCIA, AL ARTE, AL VALOR

( SE REPITE EL CORO)

ESTROFA V

AL LICEO ASAMBLEA YO DEBO

UN CAUDAL DE AMOR Y GRATITUD

EN LAS AULAS PASE MIL MOMENTOS

QUE RECUERDAN NIÑEZ, JUVENTUD.

( SE REPITE EL CORO )

LETRA: RODRIGO SERNA ZULUAGA

MUSICA: BERNARDO VALENCIA G.

Page 5: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

5

ACUERDO No 006

CONSEJO DIRECTIVO

INSTITUCIÓN EDUCATIVA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL

Municipio de Medellín

14 de septiembre de 2011

POR EL CUAL SE ADOPTA EL MANUAL PARA LA CONVIVENCIA DE LA

INSTITUCIÓN EDUCATIVA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL DEL MUNICIPIO DE

MEDELLÍN

El Consejo Directivo de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL

en uso de sus facultades legales y en especial las que le otorga la Ley 115 de 1994 y el Decreto

Reglamentario 1860 del mismo año y

CONSIDERANDO:

PRIMERO: Que los artículos 73 y 87 de la Ley General de Educación establecen el Manual de

Convivencia para todos las instituciones educativas.

SEGUNDO: Que en el literal c del artículo 144 de la Ley 115 de 1994 se señala como función del

Consejo Directivo la adopción del Manual de Convivencia Escolar de conformidad a las normas

vigentes, lo cual se encuentra reglamentado en el artículo 23 del Decreto 1860 de 1994.

TERCERO: Que el numeral 7 del artículo 14 del Decreto 1860 de 1994 incluye el Manual de

Convivencia Escolar en el Proyecto Educativo Institucional.

CUARTO: Que el artículo 17 del Decreto 1860 de 1994 reglamenta lo establecido en la Ley 115

sobre el Manual de Convivencia Escolar.

QUINTO: Que en concordancia con el artículo 15 del Decreto 1860 de 1994, al Manual de

Convivencia se le harán las revisiones periódicas necesarias con el fin de ajustarlo a las

necesidades de la comunidad educativa.

SEXTO: Que a partir de la reforma educativa establecida en la Ley 715 que indica la

reorganización del sector educativo, fusionando escuelas, colegios y liceos para convertirse en

Instituciones o Centros Educativos, la necesidad actual es establecer un Manual de Convivencia

que favorezca a las 2 secciones que hacen parte de la nueva Institución Educativa ASAMBLEA

DEPARTAMENTAL.

SÉPTIMO: Que se ha realizado un diagnostico de los contextos, escenarios, actores y

necesidades de cada una de las secciones de la institución con el fin de soportar teórica y

empíricamente la construcción del Manual para la Convivencia Institucional.

Page 6: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

6

OCTAVO: Que se hizo partícipe a los diferentes estamentos de la institución educativa abriendo

los espacios necesarios para escuchar propuestas, poner en consideración, deliberación y

consenso los aspectos requeridos para la construcción del Manual para la Convivencia

Institucional.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1. Aprobar la construcción participativa y democrática del Manual para la

Convivencia Institucional con este nombre y con la única finalidad de prevenir, mediar y

resolver los conflictos de carácter administrativo, académico y comportamental que pueda alterar

el normal desarrollo del Proyecto Educativo Institucional Ambiental de la institución.

ARTÍCULO 2. Publicar el texto completo del Manual para la Convivencia Institucional, de

modo tal que sea ampliamente conocido por todos los integrantes de la comunidad educativa.

ARTÍCULO 3. Estudiar y aprobar modificaciones al Manual para la Convivencia institucional

cuando se presenten serios motivos que justifiquen una reforma inmediata.

ARTÍCULO 4. Imprimir cada tres años el texto del Manual para la Convivencia Institucional, en

caso tal que lo amerite la cantidad de reformas.

ARTÍCULO 5. Este Manual para la Convivencia Institucional entra a regir a partir del día de su

publicación en el mes de septiembre del año 2011 y deroga los anteriores Manuales de

Convivencia de cada una de las secciones que conforman la Institución Educativa ASAMBLEA

DEPARTAMENTAL.

ARTÍCULO 6. Adoptar como Manual para la Convivencia Institucional el contenido de los

siguientes títulos, capítulos, artículos y parágrafos.

Dado en Medellín a los 23 días del mes de septiembre de 2011

JUAN CARLOS AGUDELO SOSA

Rector

___________________________

Representante de los educadores

_____________________________

Representante de los educadores

Page 7: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

7

________________________________ ________________________________

Representante de los padres de familia Representante de los estudiantes

_______________________________ _______________________________

Representante de los exalumnos Representante del sector productivo

Page 8: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

8

MARCO REFERENCIAL

Presentación del Manual para la Convivencia Institucional

El Manual para la Convivencia Institucional es un componente del Proyecto Educativo

Institucional y Ambiental de nuestra comunidad educativa. Contiene el conjunto de

procedimientos, normas y acuerdos que hacen posible el convivir en la institución. Además, se

convierte en el núcleo central que permite prevenir, mediar y resolver los conflictos de carácter

administrativo, académico y comportamental que pueden alterar el normal desarrollo del

Proyecto Educativo Institucional.

Nuestro Manual para la Convivencia Institucional fue construido teniendo como interrogantes

principales la norma y la manera de asumirla, lo que nos llevo a diseñarlo desde las siguientes

bases:

La ética

El valor de la norma

La autonomía

La ética no debe ser comprendida solamente desde el actuar de la persona en sus diferentes

escenarios. Ella debe permitir, además, la interrogación sobre la finalidad de las acciones y la

reflexión de cómo éstas inciden en los demás seres humanos, buscando trascender hacia la

comprensión de la vida en comunidad y la práctica de valores que favorezcan el sentido del

bienestar común.

Cuando se adquiere la habilidad para convivir en los diferentes escenarios sociales, cobra real

sentido la práctica de normas, las cuales no se reducen a la función de imponer un límite, sino

que ellas también, cumplen la función de orientar el comportamiento humano a través de un valor

que las respalda y las justifica; donde predomina la comprensión del porqué su existencia y se

brinda la educación necesaria para que las personas las efectúen no desde la imposición, sino

desde la convicción e interiorización.

Un Manual para la convivencia basado en la ética y en la norma como un valor social, es una

propuesta pedagógica que pretende posibilitar a las personas una manera de acercarse al

desarrollo de su autonomía, la cual hace referencia a la capacidad individual de saber tomar

decisiones, de saber cómo actuar y porqué hacerlo, de pensarse y asumir posiciones críticas ante

la manera de relacionarse con los demás y responder por las consecuencias de sus actos.

Este Manual para la Convivencia Institucional también reconoce que las interacciones humanas

están expuestas a conflictos internos y externos que pueden deteriorar la convivencia. Es por esto

que nuestra pedagogía privilegia la deconstrucción de conflictos, la cual consiste en hacer una

reflexión de las causas y las consecuencias de una situación específica, para que las personas

tengan la responsabilidad de comprenderla, mediarla y estar alerta para prevenir futuros

desencuentros.

Page 9: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

9

Presentación y Filosofía de la Institución.

EL LEMA:

“Técnica, disciplina y trabajo”

El lema institucional “TECNICA, DISCIPLINA Y TRABAJO”, fundamenta la convicción y el

compromiso que tiene la Institución con la formación personal de sus estudiantes. Se pretende

por tanto que en nuestra institución se forme un ser multidimensional con una conciencia crítico

social, que posibilite identificar y reflexionar sobre las problemáticas y posibilidades de su

contexto y aportar elementos para su transformación y desarrollo.

Visión de la Institución

Misión de la Institución

La Institución Educativa Asamblea Departamental de la ciudad de Medellín, conservará su carácter de Educación dedicada a la formación de

estudiantes como seres autónomos, creativos, respetuosos y democráticos que valoren el saber social y cultural, posicionando la institución para el 2010

entre las 5 mejores en la ciudad en el sector oficial.

La Institución Educativa Asamblea Departamental es una Institución de carácter oficial

perteneciente a la ciudad Medellín, dedicada a la prestación de servicios de educación

formal en los niveles de Preescolar, Básica Primaria, Básica Secundaria y Media

Técnica en las modalidades de comercio, Desarrollo de software y asistencia

administrativa.

El estudiante tiene la opción de elegir de acuerdo con sus necesidades, intereses y

destrezas para optar el título de Bachiller Técnico y académico, que le permita

desempeñarse laboralmente y/o continuar con la educación superior.

La Institución Educativa Asamblea Departamental propicia la formación integral de

sus estudiantes fundamentándola en el desarrollo de un carácter fuerte, de un cuerpo y

una mente sana, aprender un oficio, estimular la capacidad de servicios e incrementar

la espiritualidad.

Page 10: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

10

Perfil del estudiante asambleísta

El estudiante y futuro bachiller técnico debe poseer aptitudes y actitudes que lo lleven a ser:

Una persona responsable ante la sociedad.

Líder de su comunidad.

Constructor de conocimiento partiendo de la realidad.

Autónomo, crítico, creativo y reflexivo ante la realidad para contribuir a su formación.

Conocedor de su comunidad, como base para la construcción de una sociedad

Justa, solidaria y tolerante.

Eje de su propia formación y constructor de su proyecto de vida.

Capacitado para asumir la formación laboral como parte integral de su

Realización personal.

Enamorado de la vida, con gran calidad humana, que vivencie los valores

morales y sociales con espíritu de superación.

Innovador en el campo de la ciencia, la tecnología y la cultura.

Preparado para convivir armónicamente en sociedad, reconociendo y respetando

los derechos humanos.

Practicante del aseo, la pulcritud, puntualidad, cumplimiento y cortesía en sus

acciones diarias.

Una persona con sentido de pertenencia, que cuide y mejore los objetos, bienes

y servicios de uso personal y comunitario.

Portador de la alegría, la motivación, la cordialidad y el respeto a la diferencia,

como elemento de promoción humana.

Promotor de la democracia participativa, del avance de la ciencia, el arte y la

tecnología, puesta al servicio del hombre para mejorar la calidad de vida.

Perfil del Educador y el administrativo docente

Nuestra institución educativa requiere como educador y administrativo docente, profesionales de

la educación con:

Ética social y actitud propositiva en beneficio de la institución educativa.

Liderazgo y gestión en busca de calidad educativa.

Deseo de perfeccionamiento profesional y trascendencia personal.

Capacidad para innovar, crear, recrear y dinamizar.

Capacidad para formar sujetos autónomos y críticos.

Sentido de pertenencia por la institución, por su rol y por sus estudiantes.

Habilidad para la apertura, el diálogo, la concertación, el autocontrol y la prudencia.

Capacidad de respetar y manejar asertivamente los conflictos que se generan por la

diferencia.

Capacidad de dar y recibir afecto.

Un buen uso de la autoridad y de la norma.

Page 11: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

11

Perfil del Acudiente

Nuestra institución educativa necesita acudientes caracterizados por:

Su responsabilidad y compromiso frente al acompañamiento formativo de su acudido.

El manejo de valores sociales

La habilidad para proponer e implementar proyectos y actividades institucionales.

La actitud de conciliación, dialogo, autocontrol y prudencia.

La capacidad para dar y recibir afecto.

El buen uso de la autoridad y la norma.

El sentido de pertenencia por la institución.

TITULO I

COMPONENTE ADMINISTRATIVO

CAPITULO I

Admisiones y matrículas

Artículo 1. Criterios de admisión y matrícula

La matrícula es un acto que formaliza la vinculación del estudiante al servicio educativo que

ofrece la institución. Se realiza la primera vez que ingresa un estudiante, mediante un contrato

donde la institución establece los criterios normativos y administrativos. Los estudiantes y

acudientes deciden voluntariamente aceptarlos e igualmente tienen la posibilidad de proponer

modificaciones buscando el beneficio de toda la comunidad educativa. Esta matrícula podrá

renovarse para cada año académico.

Mediante este contrato las partes: institución educativa, acudiente y estudiante se comprometen a

conocer, aceptar, respetar y proponer modificaciones al Manual para la Convivencia

Institucional.

Artículo 2. Ingreso por primera vez a la Institución

Los criterios para la admisión son:

Tener 5 años de edad cumplidos al momento de la matrícula para el nivel de

preescolar o cumplirlos antes del 31 de marzo.

Tener 6 años de edad cumplidos al momento de la matrícula para el grado primero de

la básica primaria.

Tener entre 11 a 12 años de edad para el grado sexto de la básica secundaria.

Tener entre 15 a 17 años de edad para los grados de la media técnica.

Llenar la solicitud de admisión y devolverla en la fecha establecida.

El cupo establecido para el nivel de preescolar es de 35 estudiantes por grupo, en los

grados de la básica primaria, de 45 estudiantes por grupo, secundaria y media son de

45 por grupo. Al momento de completarse el cupo, se cerrará toda inscripción.

Los acudientes y los estudiantes deben asistir a una inducción sobre los fines del nivel

y el Proyecto Educativo Institucional con la comisión de admisión de la institución.

Los documentos que se requieren para la matrícula por primera vez, son:

Registro civil de nacimiento en original o fotocopia autenticada.

Page 12: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

12

4 fotos con el uniforme de la Institución.

Carné de vacunas.

El certificado de Paz y salvo expedido por la institución.

Fotocopia del documento de identidad del acudiente y de la EPS o SISBEN I, II, III.

Además:

Firmar la hoja de matrícula por el acudiente y el estudiante.

Artículo 3. Renovación de matrícula

La renovación hace referencia a los estudiantes que cursaron el año anterior en la institución. Los

criterios para la renovación son:

Estar a paz y salvo por concepto de derecho académico del año anterior y en los

demás servicios que presta la institución.

Que haya sido promovido al grado siguiente por el comité de promoción.

En el caso de estudiantes que han reprobado el grado cursado podrán ser renovadas

sus matrículas si manifiestan por escrito su voluntad de continuar en la institución.

No tener sanciones que impidan la renovación de la matrícula, según lo previsto en el

presente Manual para la Convivencia Institucional.

Tener la documentación requerida completa.

Los documentos que se requieren para la renovación de la matrícula son:

4 fotos con el uniforme de la Institución

Informe académico final del año anterior.

Fotocopia de la EPS o SISBEN I, II, III.

Además:

Firmar la hoja de renovación de la matrícula por el acudiente y el estudiante.

Parágrafo. En el mes de diciembre solo se podrán matricular los estudiantes que hayan perdido

hasta dos áreas. En el mes de enero los estudiantes que hayan perdido tres o más.

Artículo 4. Matrícula por transferencia

Esta matrícula hace referencia a los estudiantes que iniciaron el año escolar en una institución

educativa diferente a la nuestra y que por motivo de cambio de domicilio solicitan continuarlos

con nosotros

Los criterios de admisión son:

Cupo disponible en el grado para el cual se hace la solicitud.

Llenar el formulario de solicitud.

Tener las edades requeridas para cada uno de los grados.

No tener logros pendientes en las asignaturas o áreas cursadas en la anterior institución.

Presentarse con el acudiente a una entrevista con el orientador escolar la institución.

Presentarse con el acudiente a una inducción sobre los fines del nivel y el Proyecto

Educativo Institucional con la Comisión de admisión.

El desempeño en su comportamiento y a nivel académico estará sujeto al criterio de la

comisión de admisión.

Los documentos requeridos son:

Registro civil de nacimiento en original o fotocopia autenticada.

4 fotos para documento.

Page 13: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

13

Carné de vacunas.

Fotocopia del documento de identidad del acudiente y de la EPS o SISBEN I, II, III.

Hoja de vida debidamente diligenciada por la anterior institución.

Informe académico y de comportamiento obtenido en el periodo cursado en la anterior

institución.

Paz y salvo expedido por la anterior Institución.

Además:

Presentar la consignación original del valor cancelado en la anterior institución educativa

y si no había cancelado derechos académicos, hacerlo según indicaciones de la nuestra.

Firmar la hoja de matrícula por el acudiente y el estudiante.

Artículo 5. Matrícula de régimen especial.

Esta matrícula hace referencia solamente al personal que acude a la institución solicitando cupo

en los diferentes niveles por motivo de desplazamiento forzoso en cualquier periodo del año

escolar.

Los criterios de admisión son:

Cupo disponible en el grado para el cual se hace la solicitud.

Llenar el formulario de solicitud.

Presentarse con el acudiente a una entrevista con la asesora escolar de la institución.

Si no posee documentación escolar, presentar una prueba de valoración académica con el

comité de evaluación del grado para el cual está solicitando cupo. Si no cumple con los

logros mínimos para el nivel, se le recomendará al acudiente que lo matricule en un grado

inferior.

Los documentos requeridos son:

Certificado de persona en situación de desplazamiento forzoso, expedido por la autoridad

competente.

Si es posible registro civil de nacimiento original o en fotocopia o partida de bautismo del

estudiante, si no existen debe presentar denuncia de su perdida y constancia de su tramite.

4 fotos para documento con el uniforme de la Institución.

Carné de vacunas, sino existe debe dirigirse al Hospital más cercano para iniciar el

proceso de vacunación.

Si es posible fotocopia del documento de identidad del acudiente o de cualquier otro

documento público y si no existen debe presentar denuncia de su pérdida y constancia de

su trámite.

Además:

Firmar la hoja de matrícula por el acudiente y el estudiante.

Artículo 6. La Comisión de admisión es la encargada de estudiar y aprobar las solicitudes de los

estudiantes que van a ingresar por primera vez a la institución o que regresan después de un año

de suspensión.

Los integrantes son:

Rector

Coordinadores

Asesor escolar

Page 14: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

14

Artículo 7. Son Funciones de la Comisión de admisión:

Diseñar la ficha de solicitud de ingreso para los estudiantes nuevos.

Estudiar las solicitudes de ingreso y determinar su aceptación o no, teniendo en cuenta los

criterios de admisión.

Leer y tener en cuenta al momento de tomar la decisión, la ficha técnica de la entrevista

que los estudiantes por trasferencia y de régimen especial tuvieron con el asesor escolar

de la institución.

En caso de admitir un estudiante por trasferencia cuyo desempeño académico y/o

comportamental no sea satisfactorio o a un estudiante que tuvo una sanción de un año por

fuera de la institución, deberá diseñar una ficha de ingreso con el compromiso que

adquiere el estudiante, la cual será anexada a su hoja de vida.

Preparar, citar y ejecutar una inducción sobre los fines del nivel y el Proyecto Educativo

Institucional con los estudiantes nuevos y sus acudientes, antes de la matrícula.

Realizar un estudio socioeconómico que determine el cobro o no del derecho académico

para el caso de los estudiantes de régimen especial.

Publicar el listado de los estudiantes que fueron admitidos en la institución y

comunicarlo directamente a sus acudientes para que inicien el proceso de matrícula.

Parágrafo 1.Los estudiantes que estuvieron por fuera de la institución durante un año o aquellos

a quienes se les haya cancelado la matrícula por un motivo contemplado en este Manual, serán

matriculados como estudiantes nuevos y deberán presentar la documentación para tal fin.

Artículo 8. Causales de terminación del contrato de matrícula

La institución educativa podrá dar por terminado el contrato de la matrícula, aunque no haya

terminado el año académico, en el momento en que se presente cualquiera de las siguientes

causas:

Voluntad expresada de forma escrita por el acudiente.

Cuando por prescripción médica, psicológica u orden judicial se considere inconveniente

la permanencia del estudiante en la institución.

Cuando el Consejo Directivo determine la cancelación o no renovación de la matrícula

por causa de una sanción al desempeño académico o comportamental, establecida en el

presente Manual.

Cuando el Consejo Directivo determine la cancelación o no renovación de la matrícula

por causa de la infracción a una falta gravísima contemplada en este Manual.

Por doble repitencia del año escolar.

Parágrafo 1. Para hacer efectiva la terminación del contrato de matrícula, el acudiente debe

presentarse a la institución educativa a firmar la cancelación, de lo contrario no se le hará entrega

de la documentación referente al estudiante.

Parágrafo 2. La pérdida o reprobación del año escolar asociado a problemas de indisciplina será

causal para la no renovación del contrato de matricula

Page 15: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

15

TITULO II

CONVIVENCIA INSTITUCIONAL

CAPITULO I

Derechos y Responsabilidades para la comunidad educativa

La comunidad educativa está conformada por estudiantes, educadores, padres de familia o

acudientes de los estudiantes, egresados, directivos docentes y administrativos. Todos ellos,

según su competencia, participarán en el diseño, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo

Institucional y en la buena marcha del respectivo establecimiento educativo

Artículo 9. Derechos de los estudiantes

Se adquiere la calidad de estudiante al momento de firmar la matrícula o su renovación. La

institución educativa favorecerá en el estudiante el pleno desarrollo de su personalidad, el acceso

a la cultura, al logro de conocimiento científico y técnico y la formación de valores éticos,

estéticos, morales, ciudadanos y religiosos. Además, los estudiantes son el centro del proceso

educativo y deben participar activamente en su propia formación integral.

En calidad de estudiante de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA ASAMBLEA

DEPARTAMENTAL tengo derecho a:

1. VALOR DEL RESPETO:

1.1. Gozar de los derechos y privilegios que se derivan de la Constitución y la Ley, y en especial

del Código de la Infancia y la adolescencia, y de las demás normas y directrices del Ministerio de

Educación Nacional y de la institución educativa.

1.2. Que me traten y corrijan amablemente y sin ninguna discriminación de creencias, raza, sexo

u opinión.

1.3. Que me llamen la atención de manera privada y si las circunstancias ameritan que sea

pública, deberán evitar el ridiculizar y la agresión verbal o física.

2. VALOR DE LA CONVIVENCIA.

2.1. Conocer el Manual para la Convivencia Institucional antes de firmar la matrícula o su

renovación.

2.2. Disfrutar de un ambiente material y de relaciones humanas que hagan agradable la

convivencia institucional.

2.3. Contar con descansos pedagógicos y jornadas lúdicas que propicien un buen uso del tiempo

libre, la creatividad y la interacción.

3. VALOR DE LA COMUNICACIÓN:

3.1. Puedo presentar solicitudes respetuosas a los directivos y docentes por motivo de interés

general o particular, ya sea personalmente o a través de los representantes y recibir respuesta

oportuna.

Page 16: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

16

3.2. Puedo hacer uso de los teléfonos públicos de la Institución en los descansos y en clase se

hará con previa autorización escrita y firmada del educador.

4. VALOR DEL PERDÓN:

4.1. No censurar por acciones del pasado o me sigan recordando las cosas malas que hice, aún

demostrando que pude mejorar.

4.2. Corregir las equivocaciones, responsabilizándome de las consecuencias de mis actos.

5. VALOR DE LA EDUCACIÓN: 5.1. Recibir la educación necesaria para mi formación académica y personal, siguiendo lo

estipulado en el Proyecto Educativo Institucional.

5.2. Contar con educadores y directivos que reconozcan mi individualidad dentro del proceso

formativo y que demuestren voluntad para cumplir con el perfil que requiere la institución.

5.3. Conocer con anticipación las pautas y objetivos del trabajo académico y metodológico, así

como los criterios de evaluación y promoción.

5.4. Gozar de los planes de mejoramiento y si es el caso de los de recuperación y superación.

5.5. Tener alternativas para el cumplimiento de las responsabilidades académicas, cuando mis

condiciones físico-psíquicas impidiera que lo hiciera, previa certificación del médico, psicólogo u

otro profesional que atendió.

5.6. Conocer oportunamente los resultados de desempeño académico y comportamental, con

posibilidades de objetar respetuosamente y de ser escuchado en uno u otro caso antes de

consignar las observaciones definitivas para el periodo.

5.7. Recibir oportunamente la devolución de evaluaciones, tareas, talleres y proyectos,

debidamente revisados, con asignación de valor académico y cualitativo y con sugerencias para

mejorar si es el caso.

5.8. Contar con un orientador escolar que implemente acciones para la prevención, la promoción

social, el acompañamiento académico y comportamental.

5.9. Permanecer durante toda la clase con el educador correspondiente o con un orientador en

caso tal que la actividad que se realice requiera de otro personal.

5.10. Asignar actividades pedagógicas cuando un educador falte por una causa justificada, con el

debido acompañamiento de un orientador, siempre y cuando las condiciones administrativas lo

permitan.

5.11. Aplicar el debido proceso en todas las decisiones que tome la institución con respecto a mi

desempeño académico o comportamental.

5.12. Ser informado de manera oportuna e imparcial sobre los diferentes aspectos de la vida

institucional.

5.13. Hacer uso de las instalaciones de la institución de acuerdo con las normas establecidas en el

presente Manual.

5.14. En casos excepcionales como problemas de salud o calamidades domésticas intempestivas,

autorizar salir antes de la hora ordinaria con previa autorización del coordinador quien se

comunicará con la familia y solicitara que un adulto recoja al alumno.

5.15. Que el acudiente suministre el uniforme institucional para acrecentar el sentido de

pertenencia e identidad con la institución.

6. PARTICIPACIÓN:

6.1. Participar de manera directa o a través de los representantes elegidos democráticamente en

los distintos organismos institucionales.

Page 17: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

17

6.2. Participar en la evaluación de los educadores y administrativos.

6.3. Sugerir propuestas para la reforma del Proyecto Educativo Institucional y el Manual para la

Convivencia Institucional.

6.4. Presentar proyectos o realizar actividades que beneficien a la comunidad educativa.

6.5. Recibir reconocimientos cuando lo amerite por los desempeños académicos,

comportamentales, deportivos, culturales y lúdicos.

6.6. Participar en los espacios lúdicos propiciados por la institución.

6.7. Representar a la institución en actividades deportivas, recreativas, artísticas, culturales,

académicas, mediante selección previa de los orientadores de éstas, siempre y cuando no tenga

graves dificultades normativas o académicas.

Artículo 10. Responsabilidades de los estudiantes

Como estudiante de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL, tengo

las siguientes responsabilidades:

1. VALOR DEL RESPETO:

1.1 . Reconocer y respetar en todos los integrantes de la comunidad educativa sus derechos y

oportunidades.

1.2 Respetar y valorar el trabajo de todas las personas que hacen parte de la institución

educativa.

1.3 Respetar la intimidad personal y familiar, el buen nombre de cada uno de los integrantes de

la institución.

1.4 Abstenerse de propiciar escándalos públicos.

1.5. No hurtar ni dañar la propiedad privada y pública.

2. VALOR DE LA CONVIVENCIA:

2.1. Contribuir al embellecimiento, aseo, conservación y mejoramiento de la planta física, los

bienes materiales y el entorno ecológico de la institución.

2.2. Asumir un buen comportamiento en la institución y en las actividades que se realicen por

fuera de ella.

2.3. En todas las acciones contribuir a la preservación del ambiente y el uso racional de los

servicios públicos.

2.4. Comunicar a los coordinadores o educadores, toda falta que atente contra el bienestar

individual o colectivo en la institución.

2.5. Practicar las normas básicas de urbanidad y civismo dentro y fuera de la institución.

2.6. No amenazar, intimidar o sobornar a un integrante de la institución.

2.7. Portar siempre el Manual para la Convivencia Institucional.

2.8. Llevar conmigo el carnet estudiantil.

3. VALOR DE LA COMUNICACIÓN:

3.1. Escuchar con respeto las sugerencias que se hagan para modificar algún comportamiento o

actitud que afecte el bien común.

3.2. Solucionar los conflictos que se presenten en la institución siguiendo el conducto regular y a

través de la capacidad racional, la prudencia, el diálogo y si es necesario la búsqueda de

mediadores de conflictos.

Page 18: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

18

4. VALOR DEL PERDON:

4.1. No planear o ejecutar algún tipo de venganza contra ningún integrante de la comunidad

educativa.

5. VALOR DE LA EDUCACIÓN:

5.1. Reconocer y respetar la identidad de la institución, impulsarla y fortalecerla.

5.2. Asistir puntualmente a las clases, a las actividades programadas por la institución y a las citas

convocadas por directivos, educadores y personal de apoyo.

5.3. Dedicarse responsablemente a las actividades académicas: atender a la clase y participar de

ella, respetar a educadores y compañeros, cumplir con el material requerido, presentar los

trabajos y talleres en la fecha indicada.

5.4. Presentar excusas por escrito y con anticipación a la coordinación, cuando requiera

ausentarse de la institución o cuando llegue tarde por causa justificada, con la debida firma del

acudiente, su número de cédula y número telefónico. Debe comprometerse a desatrasarse y

presentarse ante los educadores respectivos con el fin de realizar las actividades pendientes.

5.5. Presentar excusas por escrito inmediatamente regrese de una ausencia impredecible y

justificada a los educadores. Debe estar firmada por el acudiente con su número de cédula y

número telefónico, comprometerse a desatrasarse y presentarse ante los educadores respectivos

con el fin de realizar las actividades pendientes.

5.6. Brindar de manera oportuna y veraz la información que sea solicitada para la labor

pedagógica.

5.7. Presentar los trabajos escritos, con base a las orientaciones estéticas y normativas que oriente

el educador

5.8. Permanecer en la institución y en los sitios programados durante toda la jornada académica.

5.9. Hacer un buen uso de las instalaciones y servicios de la institución educativa y responder por

todo daño que se cause.

5.10. Abstenerse de asistir a las actividades académicas y demás programadas por la institución

en estado de embriaguez, bajo el influjo de sustancias que producen dependencia, con cualquier

tipo de arma o posesión de fármacos y alucinógenos.

5.11. Hacer un buen uso de la información consagrada en calificaciones, cuaderno de

comportamiento, observador del estudiante y demás documentos institucionales, evitando el

fraude, el robo y falsificación.

5.12. Respetar el debido proceso al realizar reclamos, reposiciones, apelaciones o gestiones en la

institución.

5.13. Cumplir con los compromisos que adquiere cuando por las creencias no participa de una

celebración religiosa programada por la institución

5.14. Cumplir con los compromisos que adquiere cuando se me aplica una estrategia pedagógica

por cometer una falta leve, grave o gravísima.

5.15. Portar adecuadamente y con dignidad los uniformes de acuerdo con sus especificaciones.

5.16. Informar oportunamente a los acudientes sobre citaciones, reuniones, celebraciones y

cualquier otra actividad que requiera de su presencia.

5.17. Apropiarse del perfil del estudiante que la institución requiere.

5.18. Estar a paz y salvo con los documentos y requisitos exigidos por la institución.

6. PARTICIPACIÓN:

6.1. Cumplir con las responsabilidades que implica el ser elegido como integrante de un órgano

del gobierno escolar y acatar las decisiones que los compañeros elegidos tomen en ejercicio de

sus funciones.

Page 19: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

19

6.2. Acatar las pautas para participar en las diferentes actividades lúdicas, culturales, deportivas y

sociales, cumpliendo con lo que se compromete en ellas.

Artículo 11. Derechos de los acudientes

El acudiente es un adulto responsable de la formación integral del estudiante. Puede ser uno de

sus padres, un familiar o una persona que este al cuidado permanente del estudiante. Se adquiere

la calidad de acudiente al momento de firmar la matrícula o su renovación.

Como acudiente de un estudiante INSTITUCIÓN EDUCATIVA ASAMBLEA

DEPARTAMENTAL, tengo derecho a:

1. VALOR DEL RESPETO:

1.1. Que se respeten todos los derechos contemplados en la Constitución Nacional y la Ley.

1.2. Recibir atención respetuosa y amable por parte de los diferentes integrantes de la comunidad

educativa y sin ninguna discriminación de creencias, raza ni opinión.

2. VALOR DE LA CONVIVENCIA:

2.1. Conocer el Manual para la Convivencia Institucional y los demás aspectos contemplados en

el Proyecto Educativo Institucional.

3. VALOR DE LA COMUNICACIÓN:

3.1. Presentar peticiones respetuosas a los directivos y docentes por motivo de interés general o

particular, ya sea personalmente o a través de los representantes y recibir respuesta oportuna.

4. VALOR DEL PERDÓN:

4.1. Que no se censuren por acciones del pasado o sigan recordando las cosas malas que hizo, aún

demostrando que pude mejorar.

4.2. Corregir equivocaciones, responsabilizándose de las consecuencias de sus actos.

5. VALOR DE LA EDUCACIÓN:

5.1. Ser atendido por los educadores y/o administrativos docentes para conocer los procesos de

formación, según el horario establecido por la institución.

5.2. Recibir oportunamente los informes académicos y de comportamiento del acudido, al final

de cada periodo y al final.

5.3. Conocer el calendario escolar y a que se cite con debida anticipación a las actividades y

reuniones.

5.4. Ser informado oportunamente sobre las decisiones que tome la institución con respecto al

acudido.

5.5. Ser informado de manera oportuna e imparcial sobre los diferentes aspectos de la vida

institucional.

5.6. Tener acceso a la ficha observador del estudiante, cuaderno de comportamiento,

calificaciones y planilla de asistencia con la restricción de no retirarlas de la institución ni del

lugar en el que se encuentre, a no ser que haya cancelado la matrícula.

Page 20: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

20

5.7. Que se elaboren certificados y constancias de la escolaridad del acudido, de acuerdo con las

normas vigentes, horarios, días de atención y previa cancelación del valor económico de acuerdo

a la directriz dada por el Ministerio de Educación Nacional.

5.8. En casos excepcionales como problemas de salud o fuerza mayor, puedo delegar un familiar

del acudido las responsabilidades como acudiente, previo convenio escrito entre las partes.

6. VALOR DE LA PARTICIPACIÓN:

6.1. Elegir y ser elegido para los cargos del gobierno escolar que requieran de la participación,

siempre y cuando se tenga un grado de consanguinidad con el acudido.

6.2. Ser invitado a las escuelas de padres que programe la institución

6.3. Sugerir propuestas para la reforma del Proyecto Educativo Institucional y el Manual para la

Convivencia Institucional.

Artículo 12. Responsabilidades de los acudientes

Como acudiente de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL, tengo

las siguientes responsabilidades:

1. VALOR DEL RESPETO:

1.1. Respetar y valorar el trabajo de todos los empleados de la institución.

1.2. Ser respetuoso en el trato con los integrantes de la comunidad educativa.

1.3. Controlar que el acudido no lleve cosas ajenas a la casa, y si se presenta el caso, devolverlas.

1.4. No apoyar ni permitir comportamientos en los que el acudido atente contra la vida de los

demás, y la integridad física.

2. VALOR DE LA CONVIVENCIA:

2.1. Reconocer y respetar el Manual para la Convivencia Institucional y los demás componentes

del Proyecto Educativo Institucional.

2.2. Vigilar que el acudido no lleve a la institución educativa juguetes, radios, walkman, armas,

fármacos, alucinógenos, bebidas alcohólicas.

2.3. No interrumpir el proceso normal de las actividades académicas, llevando trabajos,

solicitando información, vigilando al acudido, en horarios y espacios no establecidos para ello.

2.4. No amenazar, intimidar o chantajear a un integrante de la institución.

3. VALOR DE LA COMUNICACIÓN:

3.1. Asumir responsablemente las sugerencias de tipo formativo, dadas por los educadores,

orientador escolar y/o directivos de la institución, cumpliendo oportunamente con ellas.

3.2. Solucionar los conflictos que se presenten en la institución a través del dialogo, y el debido

proceso contemplado en este Manual.

4. VALOR DEL PERDÓN:

4.1. No planear o ejecutar algún tipo de venganza contra un integrante de la comunidad

educativa.

5. VALOR DE LA EDUCACIÓN:

5.1. Velar por el cumplimiento de las responsabilidades académicas que mi acudido tiene en la

institución educativa.

Page 21: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

21

5.2. Servir de apoyo de la institución en los planes de mejoramiento, superación y refuerzo.

5.3. Asistir puntualmente a las diferentes reuniones y citaciones realizadas por el personal

docente y directivos de la institución.

5.4. Pedir las citas con anticipación para ser atendidos por el personal docente y administrativo de

la institución en los horarios y días establecidos para ello.

5.5. Contribuir para que el acudido respete y cumpla los compromisos, notas y observaciones

académicas o comportamentales que le son realizadas, además de las estrategias pedagógicas que

le sean asignadas por cometer faltas contempladas en este Manual. Debe firmarlas con número de

cédula.

5.6. Responder por los daños materiales que el acudido cause en la institución.

5.7. Enviar las excusas por la inasistencia o llegadas tardes del acudido y las solicitudes, bien

presentadas, con la debida firma y número de cédula.

5.8. Suministrar a el acudido los elementos necesarios para las actividades académicas y los

uniformes de la institución

5.9. Velar por la buena presentación personal y el porte digno de los uniformes de la institución.

5.10. Apropiarse del perfil del acudiente que la institución educativa requiere.

6. VALOR DE LA PARTICIPACIÓN:

6.1. Cumplir con las responsabilidades que implica el ser elegido como integrante de un órgano

del gobierno escolar y acatar las decisiones que los compañeros elegidos tomen en ejercicio de

sus funciones.

Artículo 13. Derechos de los educadores, directivos docentes y personal administrativo.

El educador es el orientador en la institución educativa, de un proceso de formación, enseñanza y

aprendizaje de los estudiantes, acorde con las expectativas sociales, culturales, éticas y morales

de la familia y la sociedad.

Los educadores que ejerzan funciones de dirección, coordinación, supervisión e inspección,

programación y asesoría son directivos docentes.

El personal administrativo y logístico hace referencia a quienes ejercen en la institución

funciones de secretaría, bibliotecología, orientación escolar, personal operativo y de servicios.

Como educadores, directivos docentes y personal administrativo, tenemos derecho a:

1. VALOR DEL RESPETO:

1.1. Todos los contemplados en la Constitución y la Ley, reglamento interno de trabajo, la Ley

General de Educación y Decreto Reglamentario.

1.2. Ser tratado de manera justa y equitativa, sin discriminación de género, raza, creencia o

agrupación, de acuerdo a las directrices nacionales, departamentales e institucionales.

1.3. Que se llame la atención de manera fraterna, en forma directa, privada y oportuna en los

momentos de dificultad.

1.4. Recibir un buen trato de palabra y de acción por parte de todos los integrantes de la

comunidad educativa.

1.5. A que se respeten en todos los casos y en todas las instancias del debido proceso.

1.6. Conocer oportunamente cualquier aspecto que tenga que ver con el desempeño laboral.

Page 22: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

22

2. VALOR DE LA CONVIVENCIA:

2.1. Disfrutar de un ambiente material y de relaciones humanas que hagan agradable la

convivencia institucional.

2.2. Disfrutar de jornadas pedagógicas, recreativas y de integración.

3. VALOR DE LA COMUNICACIÓN:

3.1. Presentar peticiones respetuosas a los directivos y compañeros por motivo de interés general

o particular, ya sea personalmente o a través de los representantes y recibir respuesta oportuna.

4. VALOR DE LA EDUCACIÓN:

4.1. Recibir una clara y oportuna inducción del Proyecto Educativo Institucional y conocer sus

cambios, si esto acontece.

4.2. Conocer previamente el calendario escolar, la jornada laboral, la asignación académica,

cargos y demás actividades que se me asignen en la institución.

4.3. Que se faciliten los recursos necesarios y adecuados para el desempeño de la labor.

4.4. Recibir el apoyo necesario para la capacitación profesional, de acuerdo a los criterios

establecidos, siempre y cuando no afecte el normal desarrollo de las actividades académicas.

4.5. Que la institución reconozca y estimule el desempeño profesional.

4.6. Que se se concedan permisos, debidamente justificados y por escrito, teniendo en cuenta lo

establecido por la Ley.

4.7. Hacer uso de las instalaciones de la institución de acuerdo con las normas establecidas.

5. VALOR DE LA PARTICIPACIÓN:

5.1. Sugerir propuestas para la reforma del Proyecto Educativo Institucional y el Manual para la

Convivencia Institucional.

5.2. Presentar proyectos o generar actividades para el servicio de la comunidad educativa.

5.3. Ser elegidos y elegir para todo tipo de organismo de participación institucional o sindical,

asumiendo las responsabilidades del cargo.

Artículo 14. Responsabilidades de los directivos, educadores, personal administrativo.

Como educadores, directivos docentes y personal administrativo, tenemos las responsabilidades

de:

1. VALOR DEL RESPETO:

1.1. Dirigirse con respeto y prudencia en las expresiones verbales y escritas que realice a los

demás integrantes de la comunidad educativa.

12. No fumar en las zonas frecuentadas por los estudiantes.

2. VALOR DE LA CONVIVENCIA:

2.1. Reconocer y velar por el cumplimiento de todas las normas del Manual para al Convivencia

Institucional.

2.2. Cuidar e informar siguiendo el debido proceso, sobre cualquier comportamiento que genere

daños a una persona o a la planta física e imagen de la institución.

2.3. No amenazar, intimidar o chantajear a un integrante de la institución.

Page 23: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

23

3. VALOR DE LA COMUNICACIÓN:

3.1. Escuchar con respeto las sugerencias que se hagan para modificar algún comportamiento o

actitud que afecte el bien común.

3.2. Solucionar los conflictos que se presenten en la Institución a través de diálogo, la prudencia y

el debido proceso contemplado en este Manual.

4. VALOR DEL PERDÓN:

4.1. No planear o ejecutar algún tipo de venganza contra un integrante de la comunidad

educativa.

5. VALOR DE LA EDUCACIÓN:

5.1. Conocer y cumplir las responsabilidades y funciones del cargo y cumplir con el desarrollo y

promoción de mi área.

5.2 Estar en permanente capacitación o actualización profesional.

5.3. Demostrar voluntad para apropiarse del perfil del educador que la Institución Educativa

requiere.

5.4. Hacer seguimiento y control al desarrollo de los contenidos planeado en el área y velar

porque ellos estén enfocados al Proyecto Educativo Institucional.

5.5. Diligenciar las fichas de seguimiento del estudiante teniendo en cuenta los aspectos y por

mejorar, tanto en lo académico como en comportamental, siguiendo los parámetros del Consejo

Académico.

5.6. Tener en cuenta el contexto, la historia de la vida, la individualidad de estudiante al momento

de planear, evaluar y consignar los informes del período.

5.7. Asignar compromisos de tipo académico o lúdico para los estudiantes que no asisten a

celebraciones religiosas.

5.8. Dejar talleres debidamente planeados y con el visto bueno del coordinador, cuando requiera

ausentarse de la Institución.

5.9. Presentar ante la coordinación dos talleres por período académico relacionados con los temas

del área que ha sido asignada, para ser consignados en el Banco de Talleres de la Institución.

5.10. Llegar puntual a clases y a las demás actividades programadas por la Institución.

5.11. Preparar clases, diligenciar el cuaderno de comportamiento del estudiante cuando sea

necesario y el control de asistencia.

5.12. Atender y solucionar las solicitudes y reclamos de los estudiantes, siguiendo el debido

proceso.

5.13. Darle la oportunidad de presentar exámenes, talleres y desatrasarse a los estudiantes que

presentaron excusa por ausencia en la clase o llegadas tardes.

5.14. Revisar y calificar las evaluaciones, tareas, talleres y proyectos solicitados a los estudiantes,

devolvérselos oportunamente y con recomendaciones escritas.

5.15. Atender a los acudientes en el día y horarios establecidos.

5.16. Cumplir con la planeación, ejecución y evaluación del proyecto pedagógico al que se

inscribió.

5.17. Preparar, ejecutar y asignar actividades de refuerzo y superación para los estudiantes que

tengan logros pendientes.

5.18. Planear y ejecutar el plan de mejoramiento institucional.

5.19. Velar por el buen estado y uso de los materiales de trabajo que sean asignados en la

Institución.

Page 24: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

24

5.20. En el caso de ser asignado como director de grupo, hacer el seguimiento académico y

comportamental de los estudiantes, diligenciar sus fichas de seguimiento, acompañarlos en el

proceso grupal. Además ser el canal de comunicación para dar y recibir información relacionada

con la Institución.

5.21. Cumplir la jornada laboral como lo estipula la Ley.

6. VALOR DE LA PARTICIPACIÓN:

6.1. Participar activamente de las jornadas pedagógicas, convivencias, talleres y actividades que

realice la Institución.

6.2. Cumplir con las responsabilidades que implica el ser elegido como integrante de un órgano

del gobierno escolar y acatar las decisiones que los compañeros tomen en ejercicio de sus

funciones.

CAPITULO II

Clasificación de las faltas de convivencia

Conducto Regular

Debido proceso

Estrategias pedagógicas

Artículo 15. Según la gravedad y consecuencia de las faltas que atentan contra la disciplina o la

conducta, se clasifican en: leves, graves y gravísimas.

Artículo 16. Faltas leves.

Las faltas leves son las que se infringen en contra de la disciplina y la formación de la

personalidad. Se realizan por descuidos, falta de diligencia, internalización de la norma o

deficientes hábitos saludables. Sus consecuencias ameritan un proceso desde la orientación, la

inducción, el acompañamiento y la implementación de estrategias pedagógicas que ayuden a

reflexionar y desarrollar la capacidad de autonomía.

1. VALOR DE LA RESPONSABILIDAD:

Las faltas leves que atentan contra este valor son:

1.1. Llegar a la portería después de la hora de inicio de la jornada académica en la institución.

1.2. Llegar impuntual a las clases y demás actividades programadas por la institución.

1.3. No traer los materiales requeridos para las actividades pedagógicas (cuadernos, lápiz,

borrador, sacapuntas, libros, otros materiales solicitados con anticipación por el educador).

1.4. Salirse del salón sin autorización de un educador.

1.5. Utilizar el teléfono público de la institución sin autorización de un educador o del

coordinador en horas de clase.

1.6. Estudiante que llegue a la segunda hora de clase debe presentar excusa médica o asistir con

el acudiente.

2. VALOR DE LA VERDAD Y LA PRUDENCIA:

Las faltas leves que atentan contra este valor son:

2.1. Decir mentiras.

Page 25: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

25

2.2. Hacer mal uso del debido proceso contemplado en este Manual.

2.3. Comprar cualquier tipo de alimento por fuera de la institución, mientras se está en jornada

académica.

3. VALOR DEL RESPETO Y LA CONVIVENCIA:

Las faltas leves que atentan contra este valor son:

3.1. No portar el Manual para la Convivencia Institucional.

3.2. No portar el Carnet Estudiantil.

3.3. No llamar por el nombre a compañeros o educadores.

3.4. Hacer comentarios acerca del nombre, vestuario, actitud o aptitud de un integrante de la

comunidad educativa que inciten a la burla.

3.5. Tratar de forma descortés a los integrantes y visitantes de la institución.

3.6. Bajarse o bajarle la sudadera a los compañeros, así sea para sentarse.

3.7. Interrumpir la explicación de un tema en la clase o de una actividad cívica, cultural o

religiosa con comentarios en tono de voz fuerte, chistes, silbidos y ruidos estridentes, intercambio

de mensajes escritos o verbales, gritos o desplazamientos del puesto sin causa justificada.

3.8. Jugar, caminar y pararse en los corredores y ventanas durante las clases de otros grupos.

3.9. Ingresar a las aulas de clase en horas de descanso.

3.10. Ingresar a la sala de educadores, sin previa autorización.

3.11. Consumir alimentos en clase, a no ser que sea una actividad orientada por un educador.

3.12. Masticar chicle en la institución.

3.13. Correr, cambiar de puesto, hablar, comer o jugar durante una formación.

3.14. Sentarse en las escaleras que se encuentren en la institución.

3.15. Besos y caricias que atenten contra el pudor, entre parejas de novios o amigos en la

institución.

3.16. La venta de cualquier comestible o artículo sin autorización del Consejo Directivo o del

Rector.

3.17. El uso de radios, audífonos y juegos electrónicos, en la institución. Siempre y cuando no

sean solicitados por un educador para una actividad pedagógica.

3.18. El uso de celulares en la Institución.

3.19. Ingresar o salir de la institución por una puerta diferente a la autorizada para tales fines.

3.20. Involucrar a estudiantes del preescolar y la básica primaria en actividades y conversaciones

propias de los adolescentes.

4. VALOR DE LA PROTECCIÓN DEL AMBIENTE:

Las faltas leves que atentan contra este valor son:

4.1. Interrumpir con juegos y/o gritos las actividades en las que se encuentren otros integrantes de

la comunidad educativa.

4.2. Apropiarse sin autorización de los espacios físicos y recreativos en los que se encuentren

otros estudiantes o demás integrantes, en desarrollo de actividades.

4.3. Jugar y correr en la zona de evacuación de la institución.

5. VALOR DE LA PROTECCIÓN A LA INTEGRIDAD FÍSICA:

Las faltas leves que atentan contra este valor son:

5.1 Falta de cuidado en la higiene y en la presentación personal y porte del uniforme.

Page 26: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

26

Artículo 17. El Conducto Regular para solucionar una falta leve será directamente entre el

estudiante y el educador.

Artículo 18. El Debido Proceso y las Estrategias Pedagógicas que se utilicen para modificar las

faltas leves serán las siguientes:

PRIMER PROCESO

El educador escuchará del estudiante que cometió la falta, el motivo que tuvo para

hacerlo.

Propiciar un diálogo reflexivo con el estudiante.

Solicitar al estudiante que redacte en una hoja la descripción de los hechos.

Anexar la hoja al cuaderno de comportamiento y permitir que el estudiante escriba un

compromiso voluntario con el cual evitará volver a cometer la falta.

Se hace un llamado de atención verbal (escrito), responsable profesor – coordinador.

SEGUNDO PROCESO

Si el estudiante reincide una segunda vez en la misma falta o acumula varias faltas leves,

el educador debe invitar nuevamente al diálogo reflexivo.

Enviar por escrito o llamar telefónicamente al acudiente para informarle sobre la

situación.

Debe permitir que el estudiante escriba personalmente en el cuaderno de comportamiento

su falta y los compromisos que adquiere para modificar su comportamiento. Esta debe

llevar la firma de su acudiente y las observaciones del educador.

Se hace llamado de atención escrito, responsable profesor – coordinador.

TERCER PROCESO

Si el estudiante no ha modificado su comportamiento, el educador debe elegir una o varias

de las siguientes estrategias pedagógicas:

Elaboración de carteleras, trabajos, campañas educativas, referentes al tema sobre el

cual ha cometido la falta.

Presentarse a la institución una hora antes de la jornada académica y en orientación

con el educador deberá realizar actividades de bienestar institucional: (ordenar

estantes, libros, embellecer la institución con mensajes positivos, decorar baños, entre

otros)

Asear lugares o reparar objetos que tengan que ver con sus faltas.

Retener los juegos u objetos que afecten el desempeño académico y comportamental

del estudiante y devolverlo sólo al acudiente.

Cuando un estudiante esté interrumpiendo la explicación del tema al interior de la

clase y es imposible que asuma una actitud de autocontrol, debe desplazarse hacia la

biblioteca escolar y asesorado por la bibliotecaria leer un texto que contenga el tema

que se estaba viendo en la clase, presentar en la próxima clase un informe de lectura y

sus cuadernos al orden del día.

Enviar una reflexión para hacer en familia sobre la falta cometida y dejar por escrito

las conclusiones.

Elaborar un escrito argumentativo sobre los valores contra los que atentó y las

consecuencias de sus actos.

Page 27: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

27

Consultar sobre el tema que cometió la falta y exponerlo ante sus compañeros.

Lectura y reflexión de cuentos, fábulas y otros textos que tengan relación con la falta

y presentar en forma oral o escrita sus conclusiones.

Leer y analizar en quince días cada una de las partes del Manual para la Convivencia

Institucional, presentando una evaluación por escrito sobre cualquier tema

contemplado en él.

Servir de conciliador en los descansos y ayudante en las clases.

Suspensión del acceso temporal a las instalaciones o servicios de los cuales no ha

hecho buen uso.

Remisión a la orientadora escolar.

Suspensión de actividades culturales y deportivas, responsable coordinador.

CUARTO PROCESO

Consejo de Conciliación, responsable coordinador.

El alumno deberá asistir a una reunión solicitada por el director de grupo con el

comité de conciliación para tomar los correctivos del caso que podrán ser:

- Solicitar excusas según sea el caso a la parte afectada

- Compensar la falta (dinero o cosa material)

- Aquella otra que resultare de dicha reunión, siempre respetando la dignidad y el

pudor del implicado

QUINTO PROCESO

Se separa temporalmente de actividades curriculares.

El estudiante hace sus descargos.

Se suspende por una jornada de clases, responsable rector.

Se pretende que el alumno reflexione en el seno de su hogar el error cometido, y una

vez reintegrado a sus labores habituales, sea el momento para no repetir la falta y

mantener una conducta acorde con sus valores inculcados en su formación integral.

SEXTO PROCESO

Suspensión de actividades por dos días, responsable rector.

SEPTIMO PROCESO

Suspensión de actividades por tres días, responsable rector.

Parágrafo 1.Las estrategias pedagógicas deberán decidirse de manera acordada entre el educador

y el estudiante implicado. Deberá ser escrita y anexarla en el cuaderno de comportamiento.

Parágrafo 2.En caso de pérdida del carnet estudiantil del Manual de Convivencia Institucional,

se deberá consignar en la cuenta de la institución el valor correspondiente, como si fuera un

certificado.

Artículo 19. Faltas graves.

Las faltas graves tienen consecuencias en contra del bienestar común y pone en alto riesgo la

integridad de las personas y el medio ambiente.

Page 28: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

28

1. VALOR DE LA RESPONSABILIDAD:

Las faltas que atentan contra este valor son:

1.1. Desacato a los reglamentos de práctica, restaurante escolar, biblioteca, tienda escolar,

laboratorios, sala de informática y actividades lúdicas.

1.2. Retirarme de la institución sin previa autorización por escrito del coordinador.

1.3. Utilizar el nombre de la institución para realizar actividades de lucro personal o grupal, sin

autorización previa del Consejo Directivo.

1.4. Dejar de asistir a clase u otra actividad programada sin tener causa justa.

2. VALOR DE LA VERDAD Y LA PRUDENCIA:

2.1. Actuar en complicidad con otras personas para ocultar hechos o mentir y evitar la sanción

personal o de un tercero.

2.2. Involucrar a cualquier persona en comentarios de mal gusto, chismes o enredar situaciones

para provocar disgustos y mal entendidos.

2.3. Incriminar o comprometer a otro en una falta de manera deliberada.

2.4. El fraude o copia en las tareas, evaluaciones, planillas de calificaciones y control de

asistencia.

2.5. Posesión y distribución de material pornográfico.

2.6. No informar oportunamente al acudiente sobre las citaciones o reuniones que se le requieran.

3. VALOR DEL RESPETO Y LA CONVIVENCIA:

3.1. Agresión verbal o gestual contra cualquier persona que se encuentre en la institución

educativa.

3.2. Motivar, aplaudir o hacer corrillo a compañeros que están siendo agresivos y violentos con

otras personas de la institución.

3.3. Participar directamente en escándalos públicos, si visten el uniforme de la institución.

3.4. Lanzar objetos o basura a cualquier persona que se encuentre en la institución o en sus

alrededores.

3.5. Escribir mensajes insultantes y vulgares a cualquier integrante de la institución.

3.6. Dañar, alterar y no proteger los símbolos patrios y de la institución.

3.7. Dañar avisos, carteles, carteleras, mensajes o informes fijados en la institución.

3.8. Utilizar huevos, harina o detergentes, para lanzarlos a sus compañeros en la celebración de

cumpleaños en la institución y en sus alrededores.

3.9. Respetar a todos los integrantes de la comunidad según sea su condición por cuestiones de

sexo, raza, religión, opinión política o filosófica o situación económica

3.10 Acoso, cualquiera que sea la causa que atente contra su integridad física o moral.

4. VALOR DE LA PROTECCIÓN AMBIENTAL:

Las faltas que atentan contra este valor son:

4.1. Utilizar los espacios físicos y los materiales de la institución sin la debida autorización de un

educador o del personal encargado.

4.2. Arrojar basura al piso.

4.3. No colaborar en el aseo del aula y de la institución.

4.4. Rayar las paredes, puertas, ventanas, bancas, pupitres.

4.5. Tirar puertas, jugar en las unidades de servicio sanitario y dejar los baños sucios y rayados.

4.6. Fumar en la institución.

Page 29: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

29

5. VALOR DE LA PROTECCIÓN A LA INTEGRIDAD FÍSICA:

Las faltas que atentan contra este valor son:

5.1. Dirigirme al restaurante escolar en desorden y sin la debida precaución.

5.2. Todo tipo de juego brusco que pongan en riesgo la integridad física o psicológica de un

integrantes de la institución.

5.3. Aprovechar la hora del restaurante escolar o de educación física para salir de la institución o

de la actividad a realizar compras, visitas, llamadas telefónicas o juegos.

5.4. Hacer bromas de mal gusto en cualquier espacio de la institución.

5.5. Montarse o colgarse de los techos, pilares, árboles, aros, puertas o muros de la institución.

5.6. No cuidar y proteger a los estudiantes del preescolar y la básica primaria.

5.7. Cualquier estrategia que se utilice para observar las partes íntimas de los compañeros y

exhibirlas públicamente.

Artículo 20. Las faltas graves se manejaran según el siguiente conducto regular:

Director de grupo

Coordinador

Consejo de Conciliación

Artículo 21. El Debido Proceso y las Estrategias pedagógicas que se utilicen para modificar las

faltas graves serán los siguientes:

PRIMER PROCESO

El caso llegará ante el coordinador de la institución, quien revisará el proceso del

estudiante.

El coordinador citará al estudiante implicado y a su acudiente para escuchar al implicado

e informar sobre el proceso y las posibles sanciones.

Deberá anexar en la carpeta del estudiante la información suministrada por las partes y

pruebas si existen.

Citará a la comisión de convivencia institucional para determinar el tipo de estrategia

pedagógica o sanción que amerita el estudiante.

Llamada de atención escrita con notificación al acudiente, responsable profesor –

coordinador.

SEGUNDO PROCESO

Suspensión de un día, responsable el rector.

TERCER PROCESO

Remisión al Comité de conciliación: Alumnos implicados – Acudientes –

Directores de Grupo - Coordinador.

CUARTO PROCESO

Suspensión de actividades por dos días, responsable el rector.

QUINTO PROCESO

Page 30: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

30

Suspensión de actividades por tres días, responsable el rector.

SEXTO PROCESO

Suspensión de actividades curriculares y deportivas hasta por quince días,

responsable el rector.

SEPTIMO PROCESO

Suspensión de actividades por cinco días, responsable el rector.

OCTAVO PROCESO

Remisión a consulta interdisciplinaria.

NOVENO PROCESO

Remisión del caso al Consejo Directivo.

Parágrafo 1.En todos los procesos el estudiante deberá hacer sus descargos en forma escrita, el

negarse no agrava la falta.

Parágrafo 2. En todo aquello que implique suspensión de actividades cualquiera que sea su

modalidad, se le deberá notificar al acudiente.

Parágrafo 3. En caso que el acudiente quiera interponer un recurso por suspensión o cancelación

de matrícula ante las directivas del plantel ya sea en forma verbal no podrá delegar esta

obligación en un tercero, a no ser que este ostente un poder debidamente legalizado.

Artículo 22. Faltas gravísimas.

Las faltas gravísimas son aquellos comportamientos de tal incidencia que atentan directamente

contra la vida, la salud individual y colectiva y los bienes públicos, estas faltas están

determinadas por la voluntad consciente de producir un daño.

1. VALOR DE LA RESPONSABILIDAD:

1.1. Reincidir en una falta grave o acumulación de tres faltas graves distintas.

1.2. El incumplimiento de las estrategias pedagógicas para modificar las faltas graves.

1.3. Difundir información privada tratada en los mecanismos de participación y en las comisiones

de la institución.

2. VALOR DE LA PROTECCIÓN DEL AMBIENTE Y LA INTEGRIDAD FÍSICA:

Las faltas que atentan contra este valor son:

2.1. Atentar contra la preservación del ambiente y el uso racional de los servicios públicos.

2.2. Destruir o deteriorar premeditadamente muebles, enseres y materiales didácticos de la

institución.

2.3. La posesión, tráfico o consumo de bebidas alcohólicas y drogas no medicadas, o sustancias

psicoactivas dentro de la institución.

2.4. Presentarme a la institución u a otras actividades programadas bajo el efecto del alcohol o de

sustancias psicoactivas.

Page 31: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

31

2.5. Amenazar, intimidar o chantajear a un integrante de la comunidad educativa directamente o a

través de terceros.

2.6. Hurtar bienes pertenecientes a cualquier persona que se encuentre en la institución.

2.7. Portar o usar armas de cualquier tipo.

2.8. Portar o usar en deterioro del bien común encendedores, juegos u objetos cortopunzantes.

2.9. Portar, Comercializar, detonar explosivos o utilizar sustancias químicas dentro de la

institución, sus alrededores o cualquier otro lugar donde se desarrollen actividades pedagógicas.

2.10. Agredir físicamente a cualquier persona que se encuentre en la institución

2.11. Atentar contra los animales y los árboles de la institución

2.12. Tener relaciones sexuales en la institución, atentar contra el pudor y la libertad sexual.

2.13. Practicar ritos de hechicería y satanismo en la institución.

2.14. Difundir falsas alarmas para crear pánico y afectar el normal desarrollo de las actividades

pedagógicas.

2.15. Atentar contra su propia vida o la de otra persona en la institución.

2.16. Hacer mal uso de las T.I.C. tanto dentro como fuera de la institución que difame de la

comunidad educativa.

Artículo 23. El conducto Regular para manejar las faltas gravísimas es:

Coordinador

Rector

Consejo Directivo

Artículo 24. Estudiantes sancionados. El estudiante que haya sido suspendido no podrá repetir

evaluaciones, entregar trabajos ni recuperaciones de actividades pendientes en los días que

aplique la sanción. La nota en esos casos será equivalente a uno (1).

Artículo 25. El Debido Proceso y las Sanciones para las faltas gravísimas serán:

PRIMER PROCESO

El coordinador deberá citar y escuchar al estudiante implicado en compañía de su

acudiente.

Estudiará todo el proceso y las sugerencias del orientador escolar.

Deberá escribir su apreciación en la carpeta asignada para el caso y determinar una de las

siguientes medidas:

Declarar improcedente el caso por falta de evidencias y de un debido proceso.

Realizar con el estudiante un compromiso de comportamiento especial desde

rectoría, el cual deberá especificar la causa, el compromiso del estudiante y la

sanción si se presenta su incumplimiento. Debe llevar las firmas del acudiente,

el estudiante y el rector.

Podrá solicitar al consejo de conciliación que realice un convenio pedagógico

por convivencia.

Recomendar a los acudientes la remisión del estudiante a instituciones

especializadas para atender el caso y solicitar pruebas de su asistencia.

Reparación o pago del daño causado.

Page 32: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

32

Ser suspendido de los grupos deportivos, recreativos o culturales a los que

pertenece en la institución hasta por seis meses.

Llamada de atención escrita, responsable profesor – coordinador.

SEGUNDO PROCESO

Se lleva el caso al comité de conciliación incluyendo el personero,

responsable coordinador.

TERCERO PROCESO

Remisión a Consulta Interdisciplinaria: Sicólogo, Neurólogo, Siquiatra,

etc.

CUARTO PROCESO

Remisión al Consejo Directivo (estudio del caso).

Artículo 26. En caso de que un alumno de Once Grado sea suspendido sea por faltas graves o

gravísimas, no podrá asistir a la ceremonia de graduación.

Artículo 27. Para la graduación de la falta se deberá tener en cuenta los siguientes factores para

dosificarla así:

a- Atenuantes:

Reconocer la falta

Compensar la parte afectada

Acompañamiento de los padres

Delatar los implicados

Haber sido inducido a cometer la falta

Asesoría y apoyo permanente de un profesional.

Ser menor de 12 años

b- Agravantes:

No reconocer la falta

No compensar la parte afectada

Haber procedido con plena conciencia de los posibles perjuicios causados.

La no asistencia de los padres de familia

Haber cometido la falta para ejecutar u ocultar otra.

Asumir la totalidad de la culpa

Haber cometido la falta abusando de la confianza depositada en él por sus

superiores o compañeros.

Haber sido advertido previamente sobre las consecuencias que acarrearía la

comisión de la falta.

Cometer delitos castigados por la Justicia Colombiana

Ofrecer dádivas

Actuar con conocimiento de causa.

Page 33: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

33

CAPITULO III

Estudiantes infractores o contraventores de la ley penal

Artículo 28. Los estudiantes que incurran en infracciones a la ley penal dentro o por fuera de la

institución serán remitidos directamente a la Comisaría de Familia o al Instituto de Bienestar

Familiar si es un menor de edad y a la autoridad competente en caso de ser mayor de edad, para

iniciar el procedimiento requerido. Si la autoridad competente determina pertinente la

permanencia del estudiante en la institución mientras la justicia ordinaria decide la situación

jurídica, este deberá cumplir con las siguientes disposiciones:

Llegar acompañado por su acudiente y salir de la institución igualmente con la persona

adulta que ésta a su cargo.

No representar a la institución en ningún tipo de evento.

Iniciar con su familia un proceso de orientación con la asesora escolar de la institución.

Aceptar la sanción contemplada en las faltas gravísimas que determine para su caso el

Consejo Directivo, sin eximir de la responsabilidad penal o civil.

Parágrafo 1.En todo momento, la institución educativa contribuirá a la formación integral del

estudiante y velará por su derecho a la educación.

Parágrafo 2.En caso de encontrarse responsable de la infracción o contravención que cometió el

estudiante, el Consejo Directivo, determinará, si lo permite la medida que haya determinado la

autoridad competente, la procedencia o no de la cancelación definitiva de la matrícula.

Parágrafo 3.: La institución educativa seguirá las instrucciones que por escrito envió la autoridad

competente que determina la situación jurídica del estudiante.

Parágrafo 4. Las sanciones determinadas por el Consejo Directivo, se aplicarán por acuerdo y

serán anexadas a la hoja de vida del estudiante.

CAPITULO IV

Otras disposiciones

Artículo 29. Los servicios lúdicos Hacen parte de la institución, y como tal cualquier falta que se

tenga en ellos serán informados por el coordinador de la actividad a un educador para que se

inicie el debido proceso según el tipo de falta.

Artículo 30. Los equipos deportivos que representen a la institución, deberán ajustarse a las

reglas establecidas por las entidades que los convoca, presentarse a los entrenamientos que sea

citado y en todo momento honrar a la institución. Si incurre en una falta perteneciendo a uno de

estos grupos, el educador encargado, deberá iniciar el proceso según lo estipulado en el Manual.

Artículo 31. Las aplicaciones de las estrategias pedagógicas para modificar comportamientos y/o

las sanciones deberán ajustarse al debido proceso, según el cual debe determinar de manera

precisa el tipo de acción ante el incumplimiento de las normas contempladas en el Manual para

la Convivencia Institucional. El estudiante debe conocer claramente y por escrito de que se le

Page 34: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

34

acusa, para ejercer el derecho de defensa, presentar pruebas y controvertir las que se aleguen en

su contra. Tiene derecho a pedir la revisión de la decisión de manera fundamentada en el

Manual, legal o constitucionalmente, y a que no se le siga el mismo proceso dos veces por el

mismo hecho.

Artículo 32. El estudiante y su acudiente pueden interponer recurso de reposición ante el rector,

dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la notificación de la decisión tomada. De

mantenerse la decisión podrá interponer el recurso de apelación ante el Consejo Directivo dentro

de los dos (2) días hábiles siguientes a la resolución del recurso de reposición.

Parágrafo 1.Las sanciones para el caso de las faltas graves y gravísimas se hacen efectivas

solamente cuando se resuelven los recursos interpuestos.

Parágrafo 2.Toda decisión que se tome con respecto a la situación del estudiante, debe ser

comunicada al acudiente y al estudiante mediante acta escrita y consignar en el observador y en

la carpeta del caso dicha decisión. Esta notificación por escrito debe contener la fecha, la

descripción de los hechos en los cuales se produjo la falta y el término que dispone para formular

sus descargos.

Parágrafo 3. Si un integrante de la institución no sigue el debido proceso, no deberá ser atendido

en las instancias superiores y si esto sucede, las medidas tomadas pierden efecto y deberá retomar

a las instancias anteriores que no hayan sido agotadas. Se dejará constancia escrita de haber

acudido a cada una de ellas.

Parágrafo 4. Nadie puede ser procesado por faltas que no estén consagradas como tales en el

Manual para la Convivencia Institucional

CAPITULO V

Solución de conflictos para personal docente y administrativo

Artículo 33. Procedimiento para solución de conflictos ocasionados por faltas cometidas por el

personal administrativo, educadores y directivos docentes.

Si el personal administrativo, un educador o directivo docente tienen un conflicto con cualquier

integrante de la comunidad educativa por no cumplimiento de sus responsabilidades y faltas

contempladas en este Manual, cualquier persona afectada deberá seguir el siguiente conducto

regular:

Persona que ocasiona el conflicto

Coordinador

Rector

Consejo Directivo

Page 35: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

35

Artículo 34. El proceso a seguir para la solución del conflicto será el siguiente:

PRIMER PROCESO

La persona afectada en el conflicto, deberá darse el tiempo necesario para calmar su

estado de emotividad y cuando esté más sereno, debe invitar cordialmente a la persona

que ocasionó el conflicto para escuchar el motivo que tuvo para hacerlo y darle a conocer

sus puntos de vista.

Propiciar un diálogo reflexivo y tratar de llegar a acuerdos entre las partes.

SEGUNDO PROCESO

Si no se logra conciliar y hacer reflexionar a la persona que ocasiona el conflicto; quien

haya iniciado el proceso se dirigirá al coordinador de la sección a la que pertenece el

implicado.

El coordinador servirá como instancia mediadora y con tal fin citará a la persona que

ocasionó el conflicto para escucharlo y tratar de hacerle sugerencias para modificar su

comportamiento. Deberá escribir sus observaciones y anexarlas en una carpeta que

habilite para el caso, permitir que el implicado las lea y escriba sus comentarios.

TERCER PROCESO

Si el conflicto persiste el coordinador deberá enviar el proceso al Comité de Convivencia

Institucional.

El Comité de Convivencia Institucional servirá como instancia mediadora y con tal fin

estudiará el caso y citará a los implicados en el conflicto para escucharlos y propiciar que

los implicados firmen pactos que garanticen la solución del conflicto.

Todo tipo de sugerencias o pacto, quedará por escrito en la carpeta del caso

CUARTO PROCESO

Si los pactos firmados para la solución del conflicto se ven afectados por una de las dos

partes, el caso llegará ante el rector

El rector estudiará el caso, citará a los implicados para escuchar la posición de cada uno y

enviará por escrito sugerencias para el cambio de actitud, el cual irá anexo a la carpeta

habilitada.

El caso pasará al Consejo Directivo quien después de estudiarlo, determinará si es

procedente o no aplicar sanciones contempladas en el reglamento interno del personal

administrativo.

Para el caso de educadores y directivos docentes, el rector determinará si inicia el proceso

disciplinario contemplado en el Código Disciplinario Único.

CAPITULO VI

Solución de conflictos con acudientes

Artículo 35. Procedimiento para solución de conflictos ocasionados por faltas cometidas por

acudientes.

Page 36: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

36

Si un acudiente tiene un conflicto con cualquier integrante de la comunidad educativa por no

cumplimiento de sus responsabilidades y faltas contempladas en este Manual, cualquier persona

afectada deberá seguir el siguiente conducto regular:

Persona que ocasiona el conflicto

Coordinador

Rector

Consejo Directivo

Artículo 36. El proceso a seguir para la solución del conflicto será el siguiente:

PRIMER PROCESO

La persona afectada en el conflicto, deberá darse el tiempo necesario para calmar su

estado de emotividad y cuando este calmado, debe invitar cordialmente al acudiente que

ocasionó el conflicto para escuchar el motivo que tuvo para hacerlo y darle a conocer sus

puntos de vista.

Propiciar un diálogo reflexivo y tratar de llegar a acuerdos entre las partes.

SEGUNDO PROCESO

Si no se logra conciliar y hacer reflexionar al acudiente que ocasiona el conflicto; quien

halla iniciado el proceso se dirigirá al coordinador de la sección a la que pertenece el

implicado.

El coordinador servirá como instancia mediadora y con tal fin citará al acudiente que

ocasionó el conflicto para escucharlo y tratar de hacerle sugerencias para modificar su

comportamiento. Deberá escribir sus observaciones y anexarlas en una carpeta que

habilite para el caso, permitir que el implicado las lea y escriba sus comentarios.

TERCER PROCESO

Si el conflicto persiste el coordinador deberá enviar el proceso al Comité de convivencia

institucional.

El Comité de Convivencia Institucional servirá como instancia mediadora y con tal fin

estudiará el caso y citará a los implicados en el conflicto para escucharlos y propiciar que

los implicados firmen pactos que garanticen la solución del conflicto.

Todo tipo de sugerencias o pacto, quedará por escrito en la carpeta del caso

CUARTO PROCESO

Si los pactos firmados para la solución del conflicto se ven afectados por una de las dos

partes, el caso llegará ante el rector

El rector estudiará el caso, citará a los implicados para escuchar la posición de cada uno y

enviará por escrito sugerencias para el cambio de actitud, el cual irá anexo a la carpeta

habilitada.

Si el conflicto persiste, el Consejo Directivo determinará si es procedente o no aplicar una

de las siguientes sanciones:

Solicitar el cambio inmediato y por escrito de la persona que sirve como

acudiente.

Page 37: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

37

No ser permitido como acudiente de ningún estudiante de la institución hasta por

tres años consecutivos.

Parágrafo 1.Los acudientes deben ser notificados por escrito cada vez que incumplan una de sus

responsabilidades.

Parágrafo 2.Los acudientes deberán saber con anticipación y por escrito cualquier sanción que el

Consejo Directivo determine en su caso y pueden recurrir al recurso de apelación en los

siguientes cinco días hábiles a la notificación personal. Igualmente debe tener en los tres días

siguientes la notificación definitiva que por acuerdo establezca el Consejo Directivo.

Si un conflicto violento quiero evitar, esto debo practicar

Controlaré el tono de voz

Si considero que pierdo el control, me alejaré

Discutiré una sola cosa a la vez

Pensaré muy bien lo que voy a decir, antes de hacerlo

Buscaré siempre el don de toda adversidad

Meditaré en soledad

Seré humilde

No haré críticas o juicios sin antes escuchar

No involucraré personas ajenas a la situación

Buscaré un mediador del conflicto

Tendré serenidad suficiente para aceptar las cosas que no puedo cambiar

No dejaré de expresar lo que pienso y siento, pero si lo haré en el lugar y el

momento indicado.

Daré testimonio de lo que pienso y digo

CAPITULO VII

Comité de Conciliación

Artículo 37. El comité de conciliación es el organismo que evalúa los casos donde el estudiante

ha incumplido de manera grave y gravísima alguna norma de este Manual. Igualmente sirve

como instancia mediadora en la solución de conflictos entre personal de la institución.

Artículo 38. Los integrantes del comité de conciliación son:

El coordinador de la sección a la cual pertenece la persona implicada

Director de grupo

Representante de grupo

El Personero

Los representantes de grupo de su jornada (del infractor)

Page 38: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

38

Artículo 39. Son funciones del comité de conciliación:

Asistir a la reunión programada por el coordinador de la sección el día y la hora

señalada.

Analizar la situación de convivencia de cada uno de los estudiantes que han cometido

faltas graves y gravísimas.

Citar al implicado cuando lo estime necesario, para escucharlo y aclarar dudas.

Definir cuales estudiantes deberán recurrir a la medida del convenio pedagógico por

convivencia durante el año o antes de renovar la matrícula.

Enviar por escrito al acudiente la decisión que se tome con respecto al estudiante.

Presentar propuestas, sugerencias e informes escritos sobre los casos que ha

estudiando al rector.

Consignar por escrito todo lo relacionado con las observaciones y decisiones en la

carpeta de casos del estudiante.

Servir de instancia para la mediación de conflictos entre educadores, administrativos y

acudientes.

Darse su propio reglamento dentro del marco de la filosofía institucional, teniendo en

cuenta al quórum y la previa convocatoria a todos y cada uno de ellos.

CAPITULO VIII

Convenio Pedagógico

Artículo 40: El convenio pedagógico es un precedente como alternativa que facilita o brinda la

oportunidad de cambio a los estudiantes que de forma reiterada o acumulativa, incurren en la

práctica de faltas y no responden favorablemente a las orientaciones y estrategias pedagógicas

establecidas.

En nuestra institución existen dos tipos de convenio pedagógico:

1. Convenio pedagógico por convivencia

2. Convenio pedagógico por desempeño académico

El convenio pedagógico por convivencia será establecido por el comité de conciliación a los

estudiantes que incurren faltas graves o gravísimas de convivencia contempladas en este Manual

y será de obligatorio cumplimiento para los que en él intervienen y por el tiempo fijado.

El convenio pedagógico por desempeño académico será propuesto por la comisión de evaluación

y promoción, después de analizar el caso de los estudiantes que cometan faltas que atentan contra

el desempeño académico contempladas en este Manual y será de obligatorio cumplimiento para

los que en él intervienen y por el tiempo fijado.

El convenio será administrado por el director de grupo en el que se encuentre el estudiante y

deberá pasar informes periódicos a la Comisión de Evaluación y Promoción, según el caso. Si la

situación lo amerita por el incumplimiento de lo pactado se pasará a resolver la situación a través

de las medidas de sanción que allí se hayan contemplado.

Page 39: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

39

El estudiante que se encuentre bajo esta medida pedagógica, deberá iniciar proceso con el

orientador escolar de la institución y llevar un diario donde escriba los logros que adquiere cada

día y las dificultades que se le presentan para no alcanzarlos. Este diario será revisado por el

director de grupo.

Para la elaboración del convenio se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:

1. Nombre completo del estudiante, número de registro civil o tarjeta de

identidad y grado de escolaridad

2. Situación por la cual se le aplica el convenio.

3. Compromisos que adquiere el estudiante.

4. Compromisos que adquiere la institución.

5. Compromisos que adquiere el acudiente.

6. Parámetros para el cumplimiento que establece la institución.

7. Parámetros de seguimiento que establece la institución.

8. Modalidad del convenio: Durante el año o al iniciar el año lectivo.

9. Tiempo establecido del convenio.

10. Sanciones por incumplimiento.

Cancelación definitiva de la matrícula.

No renovación de la matrícula hasta por un año lectivo.

11. Firmas de los implicados.

TITULO III

COMPONENTE ACADÉMICO

CAPITULO I

Lo académico

Artículo 41. El componente académico se entiende como el conjunto de acciones y procesos de

orden pedagógico y educativo que buscan contribuir a elevar el nivel de desempeño científico,

técnico, tecnológico, cultural, racional, lógico, discursivo y argumentativo a través de la

apropiación de los saberes específicos de cada área del conocimiento que se encuentran en el Plan

de Estudios contemplado en el Proyecto Educativo Institucional.

Artículo 42. La evaluación es un proceso permanente e integral, por el cual se valora el

desempeño en la obtención de logros que determinan la promoción o no de los estudiantes y

busca estimar y medir resultados sobre los procesos académicos desarrollados, con el fin de

elevar la calidad del servicio académico que se presta.

Uno de los mecanismos para evaluar es con base en el desempeño de los logros, competencias y

estándares que el educador estableció en el proyecto de área que desarrolla, por esto es tan

importante que el educador los dé a conocer a sus estudiantes.

Page 40: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

40

En la evaluación es primordial tener en cuenta la observación de aptitudes, actitudes y voluntades

que manifiestan los estudiantes. La motivación para aprender, participar e investigar se convierte

en otra herramienta al momento de emitir los juicios valorativos.

Las evaluaciones son de tipo oral, escrito, de investigación y talleres. Pueden pretender ejercitar

la memoria, la retentiva, la creatividad, la capacidad analítica y argumentativa, la observación, la

racionalidad, la lógica y el raciocinio.

Parágrafo 1. El proyecto de área contiene los contenidos, los desempeños y las actividades que

buscan ejercitar competencias en los estudiantes, en especial:

La capacidad para reconocer e interpretar.

La capacidad para saber dar cuenta de su conocimiento y argumentar.

La capacidad de saber hacer lo que aprendió y crear nuevas cosas a partir de ello.

Parágrafo 2. Las evaluaciones de periodo tendrán un valor del 25% computable con las

evaluaciones comprendidas en esta.

Artículo 43. Al finalizar cada uno de los cuatro periodos del año escolar, los acudientes recibirán

un informe escrito de evaluación en el que se dé cuenta de los avances de los estudiantes en cada

una de las asignaturas. Al finalizar el año escolar se les entregará además, un informe final, el

cual incluirá una evaluación integral del rendimiento del estudiante y la determinación de su

aprobación o no.

Artículo 44. En cada uno de los cuatro periodos, de igual duración en los que se divide el año

escolar, los educadores evalúan teniendo en cuenta la siguiente escala valorativa:

ESCALAN NACIONAL ESCALA INSTITUCIONAL

1. Desempeño Superior 4.6 - 5.0

2. Desempeño Alto 4.0 - 4.5

3. Desempeño Básico 3.0 - 3.9

4. Desempeño Bajo 1.0 - 2.9

Artículo 45. Los indicadores para la escala valorativa son:

Superior:

Alcanza todos los estándares, logros y competencias propuestas, sin actividades

complementarias.

No tiene faltas, y aún teniéndolas por excusas justificadas su desempeño académico no

se ve afectado.

Participa en las actividades curriculares y extracurriculares.

Valora y promueve su propia formación, aún sin la orientación del educador.

Alto:

Alcanza todos los estándares, logros y competencias propuestas, pero con algunas

actividades complementarias.

Tiene varias faltas de asistencia justificadas que afectaron su desempeño académico.

Page 41: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

41

Sigue las orientaciones del educador y lleva adecuadamente el texto guía, pero le falta

comprometerse más con su propia formación.

Básico:

Alcanza los estándares, logros y competencias mínimas con actividades

complementarias dentro del periodo académico.

Presenta varias faltas de asistencia y algunas están sin justificar.

Tiene algunas dificultades académicas que supera, pero no en su totalidad.

Solo sigue las orientaciones del educador y no se compromete con su propia

formación.

Bajo:

No alcanza los estándares, logros y competencias propuestas mínimos y requiere

actividades de refuerzo y superación.

Presenta varias faltas de asistencia sin justificar.

No desarrolla el mínimo de actividades curriculares requeridas.

Se le dificulta seguir las orientaciones del educador y no demuestra voluntad para

comprometerse con su propia formación.

Artículo 46. Planes de apoyo, superación y recuperación

Los planes de refuerzo y superación hacen referencia al derecho que tienen los estudiantes de

recibir actividades pedagógicas encaminadas a alcanzar logros de desempeños que durante un

periodo no obtuvieron.

Los educadores de cada área y/o asignatura tienen la responsabilidad de identificar las causas por

las cuales sus estudiantes no han alcanzado logros de desempeños y deberá realizar todas las

acciones necesarias para ayudarlo en el proceso de recuperación sin esperar hasta la finalización

del periodo.

Todo estudiante que haya obtenido valoración baja de una o dos áreas o asignaturas, presentarán

una nueva evaluación de éstas a más tardar la semana anterior al comienzo del siguiente año

escolar y será comprendido como un plan de recuperación. Esta evaluación será planeada,

ejecutada y calificada por cada profesor del área.

Artículo 47. Aplicación del artículo 7 del decreto 1290. En la primera Semana Institucional de

cada año, los estudiantes que hayan perdido asignaturas, podrán presentar una evaluación de

todas las áreas pendientes.

Parágrafo. Aquellos estudiantes que hayan perdido tres (3) o más áreas deberán ganarlas todas

para su promoción

Artículo 48. Comisión de evaluación y promoción

La Comisión de evaluación y promoción es la que analiza los casos de superación o insuficiencia

académica de los estudiantes y determina la promoción o no de los estudiantes de cada grado, de

acuerdo a los informes que entregue la comisión de evaluación y los resultados de los planes de

recuperación.

Los integrantes de la comisión de evaluación y promoción son:

Page 42: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

42

El coordinador de la sección.

El director del grupo que atiende a los estudiantes que serán evaluados.

Dos educadores que atienden a los estudiantes que serán evaluados.

Un acudiente de los grupos que serán evaluados.

Artículo 49. Las funciones de la comisión de evaluación y promoción son:

Proponer a los educadores planes de refuerzo y superación, para que ellos los

ejecuten con sus estudiantes.

Reunirse al finalizar el último periodo escolar para determinar cuáles estudiantes

requieren planes de recuperación y planearlos para ser ejecutados en la primera

semana anterior del ingreso de los estudiantes y calificarlos a más tardar en los tres

días siguientes.

Cumplir con las fechas que el Consejo Académico establece para la evaluación de los

estudiantes que al finalizar el cuarto periodo terminen con insuficiente o deficiente en

una o dos áreas o asignaturas.

Sugerir la promoción anticipada de estudiantes con desempeños excepcionales altos,

siempre y cuando se respete la fecha determinada por el Consejo Académico.

Determinar si un estudiante requiere un convenio pedagógico por desempeño

académico y si se aplica para el año lectivo o como requisito de renovación de

matrícula. Esta determinación será remitida al Consejo Académico quienes se

encargarán de hacer el debido proceso.

Solicitar valoración de profesionales especializados para el caso de estudiantes con

necesidades educativas especiales y con base a ello, establecer los parámetros de su

evaluación.

Autorizar la renovación de la matrícula para los estudiantes que lograron los

desempeños establecidos en el Proyecto de Área con valoración superior, alto y

básico.

Artículo 50. Causales para la no promoción

Para no aprobar en grado escolar, la institución se rige por el decreto 1290 de 2009 y los

siguientes términos:

Estudiantes que al finalizar el año no hayan alcanzado los desempeños de tres o más

áreas.

Estudiantes que hayan dejado de asistir injustificadamente a más del 25% de las

actividades académicas durante el año escolar.

En el caso del nivel de la educación básica, los estudiantes que durante dos años

consecutivos hayan obtenido valoración final de bajo en las áreas de matemática y

lenguaje.

En los estudiantes de undécimo de la Media Técnica y Media Académica promovido

con 1 o 2 áreas, no se graduarán en ceremonia y queda a discreción del alumno su

entrega del diploma sin la recuperación.

Parágrafo 1.En el caso que el estudiante obtenga una valoración baja en el desempeño de los

logros, competencias y estándares de una o dos asignaturas y una vez entregado el informe final,

recibirá un taller que deberá sustentar a mas tardar en las dos primeras semanas de iniciar labores

Page 43: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

43

el personal docente y administrativo; definiéndose en este caso aprobado o no aprobado como

historial de su record académico.

Parágrafo 2.La promoción anticipada se dará cuando un estudiante demuestre habilidades en su

desempeño académico superiores a las requeridas para el año lectivo en que fue matriculado y

debe ser autorizada por el consejo académico.

Parágrafo 3. Los estudiantes que deseen ser promovidos porque han mostrado capacidades

excepcionales deberán enviar una carta al consejo directivo para su promoción dentro de los 45

días de iniciado el año académico para lo cual el estudiante presentara una prueba de suficiencia

del grado que viene cursando.

Parágrafo 4. Los estudiantes del grado once, para el acto de ceremonia deberán estar a paz y

salvo por todo concepto con la institución.

Artículo 51. Faltas que afectan el desempeño académico.

Las faltas que afectan el desempeño académico atentan siempre contra el valor de la

responsabilidad y el deseo de superación.

Estas faltas son:

1. No argumentar de los conocimientos adquiridos.

2. No hacer propuestas para demostrar lo que aprendí.

3. No presentación de trabajos, talleres, tareas, consultas en las fechas y horarios

establecidos para tal fin.

4. No traer los materiales requeridos para la actividad escolar.

5. Impuntualidad en las actividades académicas.

6. No preguntar algo que no haya quedado claro.

7. No buscar ayuda del educador u otras personas cuando sienta que no he comprendido

bien un tema.

8. No participar en clase.

9. Falta de voluntad para escuchar y atender la explicación de un tema y las demás

actividades de la clase.

10. Copiar de muestra tareas, talleres, consultas, evaluaciones y demás compromisos

académicos.

11. Hacerle los trabajos y evaluaciones a los compañeros.

12. No estudiar y repasar los temas vistos en casa.

13. No prepararse para las evaluaciones.

14. No hacer trabajos en grupo.

15. No realizar las estrategias sugeridas por los educadores para afianzar los

conocimientos.

16. No llevar los cuadernos en orden.

17. No presentar los trabajos con las normas establecidas por el educador.

Artículo 52. Las faltas que afectan el desempeño académico serán tratadas según el siguiente

Conducto Regular:

Educador del área

Page 44: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

44

Director de grupo

Consejo Académico

Consejo Directivo

Artículo 53. El Debido Proceso para estas faltas será el siguiente:

PRIMER PROCESO

Escuchar del estudiante que cometió la falta, el motivo que tuvo para hacerlo.

Propiciar un diálogo reflexivo con el estudiante.

Realizar una observación por escrito en el cuaderno de comportamiento, permitiendo

que el estudiante escriba un compromiso voluntario con el cual evitará volver a

cometer la falta.

SEGUNDO PROCESO

Si el estudiante reincide o acumula varias faltas el educador debe invitar nuevamente

al dialogo reflexivo.

Enviar por escrito o llamar telefónicamente al acudiente para informarle sobre la

situación.

Debe informarle al director de grupo quien buscará al estudiante para hablar con él y

hacerle recomendaciones.

Debe permitir que el estudiante escriba personalmente en el cuaderno de

comportamiento su falta y los compromisos que adquiere para modificarla. Esta debe

llevar la firma de su acudiente.

TERCER PROCESO

Si el estudiante no ha cumplido con sus compromisos, el director de grupo debe:

Informar al acudiente y solicitar al orientador escolar una evaluación del estudiante

para descartar problemas de aprendizaje y diagnosticar la posible causa de su falta.

Realizará con el estudiante una ficha de compromiso académico la cual debe tener la

causa, lo que requiere modificar, el tiempo estipulado para cumplir con los

compromisos.

Si el estudiante reitera en la falta, el director de grupo solicita estudio del caso en el

Consejo Académico.

CUARTO PROCESO

El caso llegará ante el Consejo Académico quienes estudiarán todo el proceso y

habilitarán una carpeta para el estudiante en la cual se escribirá toda la información

suministrada y sus decisiones.

Citará al estudiante implicado y a su acudiente para comunicarle cuales serán las

estrategias pedagógicas o sanciones que se utilizará en su caso. Las cuales pueden

ser:

o Declarar improcedente el caso, por falta de evidencia o por no llevar el debido

proceso.

o Solicitarle a la Comisión de Evaluación de la institución que asigne al estudiante

un convenio pedagógico por desempeño académico y determinar si es durante el

año lectivo o para la renovación de la matrícula.

Page 45: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

45

o Prolongar el horario estipulado por la institución sin sobrepasar dos horas diarias,

ni tres días, para la elaboración de un proyecto, consulta o actividad acorde con la

falta.

o Suspensión hasta por dos días por fuera de la institución educativa. En éstos días

deberá presentarse al inicio de la jornada escolar ante el coordinador a reclamar los

talleres que debe realizar en su casa y al terminar la jornada escolar se debe

presentar nuevamente ante el coordinador para entregar lo que hizo. El educador

del área es quien determina el tipo de taller.

o Iniciar un proceso particular con la ayuda profesional que requiera (Psicólogo,

Pedagogo Reeducador, Trabajador Social) y presentar un certificado de asistencia.

o Ser suspendido de los grupos deportivos, recreativos, culturales a los que

pertenece en la institución hasta por seis meses.

Parágrafo 1. Se debe remitir a los artículos 34, 35, del Título II de Convivencia Institucional, en

el Capítulo IV, para seguir las mismas observaciones que allí se encuentran con relación al

derecho a la defensa, recurso de reposición y apelación.

Parágrafo 2. La función del convenio pedagógico por desempeño académico y los pasos para su

elaboración son los mismos que se utilizan para el convenio de convivencia.

Artículo 54. Desescolarización por problemas de comportamiento. Los estudiantes que tengan

problemas de comportamiento se podrán desescolarizar después de haber cumplido el 75% de la

intensidad horaria presentando talleres, trabajos o investigaciones; según condiciones convenidas

con la administración

Artículo 55. Servicio social estudiantil

Durante los grados décimo y undécimo de educación media técnica, los estudiantes presentan el

servicio social obligatorio contemplado en la ley. Su intensidad mínima es de ochenta horas de

trabajo y puede desarrollarse a través de un proyecto pedagógico, comunitario o ambiental, el

cual debe anexarse al Proyecto Educativo Institucional. Este servicio es requisito para obtener el

título de bachiller.

La intensidad del servicio social se cumplirá de manera adicional al tiempo establecido para las

actividades pedagógicas de la institución y deberán responder por las siguientes obligaciones:

Cumplir con el trabajo asignado.

Cumplir con el reglamento de la institución donde se encuentre prestando el servicio.

Asistir con el uniforme de nuestra institución.

Honrar en todo momento en buen nombre de nuestra institución.

No completar hasta tres faltas de asistencia sin causa justificada y comprobada.

Realizar un informe por escrito sobre el servicio prestado y entregarlo al coordinador

de prácticas.

Reiniciar el servicio social si es retirado o si por voluntad lo hace, ya que este no es

recuperable.

En caso tal de no serle renovada la matrícula o si no es promovido de grado, no

tienen la obligación de repetir el servicio que ha prestado.

Page 46: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

46

CAPITULO II

Reglamentación de la Media Técnica y académica

Artículo 56. La institución educativa ofrece las siguientes modalidades Programación de

software y Asistencia Administrativa avaladas por el Sena y una especialidad en el área de

comercio. Igualmente la modalidad académica

Parágrafo 1. Los estudiantes que cursen actualmente la modalidad convalidadas por el Sena

podrán al finalizar el grado once si no alcanzan las competencias en dicha modalidad se les

podrá otorgar el título de bachiller académico siempre y cuando no haya perdido dos áreas

del núcleo común.

Parágrafo 2. La institución educativa toma las áreas propias de la modalidad Sena como una

sola área y en caso de que este pierda la propia de la modalidad y dos áreas del núcleo común

se tomará como año perdido para el plantel.

Artículo 57. Cambio de modalidad. No se admiten cambio de modalidad una vez finalizado

el grado decimo a excepción del cambio a modalidad académica; previo concepto del

concepto del consejo académico.

Artículo 58. Prácticas empresariales. Los estudiantes de la media técnica preseleccionados

para realizar prácticas empresariales deberán cumplir las exigencias propias de dicha empresa

y las condiciones propuestas por la institución, entre ellas el uso adecuado del uniforme.

Artículo 59. Reglamento de la institución articuladora de la media técnica. Los estudiantes

de la media técnica se deberán someter al acta de compromiso celebrada entre la institución,

la institución articuladora de la media técnica y los padres de familia.

Artículo 60. Intensidad horaria. Los estudiantes de la media técnica deberán cumplir

obligatoriamente con la intensidad horaria, y el horario establecido por la institución.

TITULO IV

REGLAMENTOS ESPECÍFICOS

CAPITULO I

Uniformes

Artículo 61. Los uniformes son utilizados para dar identidad a la institución, favorecer una

adecuada presentación personal y contribuir a la economía familiar.

Artículo 62. Nuestra institución posee dos uniformes: uso diario y educación física, los cuales

atienden a las siguientes especificaciones:

1. Uniforme Mujeres

Page 47: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

47

1.1. Uniforme Diario:

Jomber verde claro a cuadros máximo dos centímetros arriba de las rodillas, medidos por

la cara anterior del muslo.

Blusa blanca manga corta.

Si se quiere llevar camisilla, debe ser blanca.

Medias blancas.

Zapatos rojos con suela de goma.

Correa roja.

Los accesorios que se utilicen, deben ser acorde a los colores del uniforme, así como

moderados en su tamaño.

1.2. Uniforme de Educación física

1. Camiseta blanca con el escudo del colegio.

2. Sudadera gris con la sigla de la institución ( I N E A D )

3. Tenis completamente blancos

Medias blancas

2. Uniforme Hombres

2.1. Uniforme Diario:

Jean clásico azul (no con resortes).

correa negra.

Zapatos o tenis negros con medias (negras o azul oscuras).

Camiseta verde esmeralda con escudo de la institución impreso.

Si se lleva camisilla por debajo deber ser blanca, no se permiten otros colores ni mangas

largas

La camiseta puede ir por dentro o por fuera del Jean en los días de clase y en ocasiones

especiales, como representaciones de la institución en otros espacios y en actos

comunitarios la llevarán por dentro del Jean.

La institución recomienda llevar ambas camisetas por dentro, pues indudablemente, tiene

mejor presentación personal y social.

2.2. Uniforme de Educación física

4. Camiseta blanca con el escudo del colegio.

5. Sudadera gris con la sigla de la institución ( I N E A D )

6. Tenis completamente blancos

7. Medias blancas.

Parágrafo 1. Tanto para el uniforme de diario como para el de educación física solo se

permitirá buso o chompa de color rojo para las mujeres y azul para los hombres.

Parágrafo 2.No podrá utilizarse otro tipo de buso, ni tonalidades diferentes a las establecidas

en el modelo acordado por el Consejo Directivo.

Page 48: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

48

Artículo 63. Las normas establecidas para utilizar el uniforme son:

1. El maquillaje debe ser suave y preferiblemente utilizar para los labios brillos o productos

que hidraten y protejan.

2. Las uñas pueden llevar colores claros.

3. Los adornos para el cabello deben ser de colores que armonicen con el uniforme y en

tamaños pequeños.

4. Los aretes, collares, anillos, relojes y pulseras deben ser de colores claros y pequeños.

5. El uso de piercing puede atentar contra la salud de un estudiante si no se ha realizado un

adecuado proceso para su aplicación, como la institución educativa no puede hacerse

responsable de este control de sanidad, no se permite en ésta la utilización de piercing en

cualquier parte del cuerpo.

6. El uniforme de educación física debe ser utilizado únicamente en los días y actividades

establecidas.

7. La falda debe estar debidamente abotonada.

8. La camisa del uniforme de diario de los hombres debe permanecer por dentro del

pantalón.

9. Las camisetas de educación física pueden estar por fuera de la sudadera, siempre y cuando

no se exceda hasta cinco dedos del resorte de la sudadera.

10. El largo del jean y la sudadera no debe rozar el piso y no puede tener doblez.

11. Preferiblemente se busca que los hombres tengan un corte clásico de cabello, llevarlo

bien peinado, limpio y de color natural.

12. Preferiblemente se busca que las mujeres no utilicen tinturas de colores fuertes y que

lleven su cabello limpio y bien peinado.

Parágrafo 1. Los estudiantes nuevos tendrán hasta dos meses después de iniciar las actividades

académicas para adquirir sus uniformes.

Parágrafo 2. En ningún caso el no porte del uniforme por un estudiante nuevo dentro de los dos

primeros meses de iniciar el año académico, será motivo de censura, discriminación o causa de

falta.

Parágrafo 3. Se podrá utilizar el uniforme cuando los estudiantes salgan de la institución a

representarla en eventos culturales, educativos, deportivos, artísticos, religiosos.

Parágrafo 4. Las estrategias pedagógicas utilizadas para modificar el incumplimiento de éstas

normas, serán ejecutadas, de acuerdo con los procesos a seguir de las faltas leves contempladas

en este Manual.

CAPITULO II

Restaurante escolar

Artículo 64. El Restaurante escolar es una de las dependencias de la institución educativa que se

encarga de brindar un complemento alimentario a los estudiantes.

Page 49: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

49

Artículo 65.Las disposiciones para el uso del espacio físico del restaurante escolar son las

siguientes:

1. La función primordial del espacio físico en el que se encuentra el restaurante escolar

será la de prestar el servicio de complemento alimentario para los estudiantes de la

institución.

2. Sin interrumpir el servicio del restaurante escolar, se podrá hacer uso de dicho espacio

físico, en horarios diferentes al refrigerio y almuerzo para prestar otros servicios

institucionales.

3. A juicio del Rector, el espacio físico del restaurante escolar se podrá prestar a

particulares o entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de actividades en beneficio

social, responsabilizándose las personas o la entidad que lo soliciten de asumir el pago

de bienes o inmuebles que se pierdan, dañen o se deterioren a causa de mal uso.

Artículo 66. Las normas que los usuarios del restaurante escolar deben cumplir son las

siguientes:

1. Pagar oportunamente la cuota mensual o semanal de participación, antes de recibir el

servicio.

2. Salir al restaurante escolar solamente en el horario indicado y acompañado de los

educadores responsables.

3. Entregar el ficho o el carné correspondiente antes de recibir el servicio de almuerzo.

4. Responder por el valor económico del ficho o del carné, en caso tal de perderse o

dañarse estando bajo su responsabilidad.

5. Demostrar buen comportamiento, responsabilidad y cuidado al desplazarse hacia el

restaurante y al devolverse.

6. Respetar la fila.

7. Solamente pueden salir del restaurante escolar cuando hayan terminado de consumir los

alimentos y retirado sus utensilios de la mesa para ubicarlos en el lugar correspondiente.

8. Las mesas deben ser utilizarlas solamente para comer.

9. Cuando no pueda consumir un alimento, debe abstenerse de recibirlo, para evitar

botarlo.

10. Cuidar todos los bienes y enseres.

11. Responder por los daños causados en el restaurante escolar.

12. No correr ni jugar en el restaurante escolar

13. No hablar mientras se este consumiendo el alimento

14. No jugar con los alimentos

15. En los días que por algún motivo no hubiese clase, los estudiantes deberán asistir a l

refrigerio y almuerzo en los horarios habituales.

16. Acatar de inmediato cualquier sugerencia u observación hecha por el educador

responsable del restaurante escolar o por alguna de las personas que allí laboran.

17. Utilizar reglas de urbanidad con las personas que se encuentren en el restaurante escolar.

Parágrafo 1. La dotación del mercado para el almuerzo y el refrigerio es responsabilidad del

municipio de Medellín, oficina de Solidaridad.

Page 50: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

50

Parágrafo 2. Con los dineros que se recogen por el servicio recibido en el restaurante se cancela

una bonificación significativa a las procesadoras de alimentos, se compran los utensilios

necesarios para el aseo y el transporte de los alimentos.

Parágrafo 3. Los muebles y enseres que se encuentran en el restaurante escolar pertenecen a la

institución educativa y será responsabilidad del coordinador del restaurante velar por su buena

utilización.

Parágrafo 4. Las normas para el desempeño de las procesadoras de alimentos y sus funciones

deberán fijarse en un lugar visible del restaurante escolar, al igual que las normas establecidas

para los usuarios.

CAPITULO III

Tienda escolar

Artículo 67: La tienda escolar ofrecerá un servicio de calidad a todos los integrantes de la

comunidad educativa. Brindará servicio de almuerzos, desayunos, refrigerios y comestibles que

preferiblemente sean saludables.

Artículo 68: Las normas que debe cumplir el personal al que le fue adjudicado el servicio de

tienda escolar son las siguientes:

1. No almacenar o expender artículos, sustancias o bebidas prohibidas en el Manual para

Convivencia Institucional.

2. Solo está permitida la venta en los períodos de descanso y en momentos autorizados por

un educador, coordinador o el rector.

3. No abrir el local en horas o días en que la institución educativa no esté laborando, salvo

previa autorización escrita de la rectoría.

4. No permitir el ingreso de estudiantes al interior de la tienda escolar.

5. No permitir personal ajeno a la institución, salvo contrato de trabajo previamente

conocido por el rector.

6. No podrá arrendar o subarrendar la tienda escolar.

7. No puede efectuar reformas o mejoras al local destinado para el funcionamiento de la

tienda escolar, salvo previa autorización por el acuerdo del Consejo Directivo.

8. No podrá utilizar las instalaciones de la tienda escolar para realizar actividades distintas

aquellas para las cuales fue creada.

9. Tanto el inmueble, como los bienes muebles recibidos por el adjudicatario para el

funcionamiento de la tienda escolar y que no le pertenecen serán devueltos a la

institución en la fecha establecida en el contrato de adjudicación.

10. Los daños ocasionados al espacio físico y a los muebles entregados para el

funcionamiento de la tienda escolar, correrán por cuenta y riesgo del adjudicatario.

11. Cancelar el valor económico del arriendo de la tienda escolar los cinco primeros días de

cada mes, consignados al Banco asignado por la institución.

12. No vender chicles.

13. Dar un trato cortés a todos los usuarios de la tienda escolar.

Artículo 69: Las normas que debe cumplir los usuarios de la tienda escolar son:

Page 51: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

51

1. Solo comprar en los horarios de descansos pedagógicos o a la salida de la jornada

académica.

2. Hacer las filas y respetar los turnos.

3. Tener un buen trato y vocabulario para con las personas que se encuentren en la tienda

escolar.

4. Todo reguero ocasionado durante el consumo de alimentos, deberá ser inmediatamente

limpiado por la persona responsable.

Parágrafo 1. El Consejo Directivo de la institución convocará abiertamente a la licitación de la

tienda escolar cada dos años.

CAPITULO IV

Bibliotecaria

Artículo 70: La biblioteca de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA ASAMBLEA

DEPARTAMENTAL es para el servicio de educadores, estudiantes y personal administrativo de

la institución.

Artículo 71: La normas para los usuarios de la biblioteca escolar son las siguientes:

1. Los libros de referencia: Enciclopedias y diccionarios, sólo se prestan para consultas

dentro de la biblioteca, así como la colección de reserva.

2. Los libros de texto guía se prestan tres días, los demás libros se prestan hasta quince

días, con posibilidad de renovación, salvo cuando son libros de gran demanda por parte

de los usuarios.

3. La sanción por tardanza en la devolución de los libros corresponde a no hacer un nuevo

préstamo hasta por el doble de tiempo que se demore el usuario en entregarlo y a una

multa económica de $500 pesos por día en que sobrepase la fecha de devolución.

4. Los daños ocasionados a los libros, deben ser pagados por el valor comercial del libro o

reponiéndolo por el mismo título de libro en buen estado.

5. En caso de pérdida durante el tiempo del préstamo del libro se debe reponer con el

mismo título de libro en buen estado. Si no se consigue, se debe donar a la biblioteca

otro libro que se requiera.

6. Ningún libro puede tomarse para ser sacado de la biblioteca, sin antes solicitar su

préstamo y realizar el registro para tal fin.

7. Se debe presentar el carné estudiantil para ingresar a la biblioteca y solicitar préstamos.

8. El préstamo y la renovación del material bibliográfico debe hacerse personalmente.

9. La cantidad de libros a prestar son máximo dos por cada solicitud.

10. No se permite el ingreso a usuarios que se presenten en pantaloneta y sin camisa.

11. No se permite ingresar objetos diferentes a un lápiz o lapicero, borrador, sacapuntas y

hojas.

12. Al ingresar a la biblioteca se debe dejar en el casillero el bolso, libros y demás

implementos que no estén autorizados para ingresar.

13. En caso de ingresar libros personales, presentarlos a la entrada y salida de la biblioteca

al personal de servicio.

Page 52: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

52

14. Está prohibido dañar, rayar, robar o darle un mal trato a los libros. Quien incurra en este

hecho, deberá responder por el valor económico del daño o realizar su reparación,

además será suspendido hasta por un mes del servicio de la biblioteca y pagará una

multa de $5.000.

15. Hablar y leer en voz baja para no perturbar a los usuarios.

16. Dejar los libros sobre la mesa.

17. No se permite consumir alimentos dentro de la biblioteca

18. No rayar las mesas.

19. Tratar de manera cortes a la bibliotecaria y demás usuarios de la biblioteca.

20. En caso que un educador quiera trabajar en la biblioteca con un grupo durante el tiempo

de clase, deberá solicitar el espacio con un día de anticipación, dar las instrucciones al

grupo del respectivo trabajo y acompañarlos durante el desarrollo de la actividad.

Parágrafo: La persona que falte en el cumplimiento de cualquiera de las normas anteriormente

descritas se hará acreedora a la suspensión parcial del servicio de la biblioteca. Dicha suspensión

se hará a juicio de la bibliotecaria, quien informará al coordinador de la institución para que este

inicie el debido proceso contemplado en este Manual, según la gravedad de la falta.

CAPITULO V

Salas de informática.

Artículo 72. Nuestra institución educativa cuenta con dos salas de informática que son para uso

de los estudiantes, educadores y personal administrativo de la institución.

Artículo 73. Las normas de los usuarios de las salas de informática son las siguientes:

1. A las salas se debe entrar con la autorización del educador encargado y en fila.

2. Dar un trato adecuado a lo enseres de la sala: mesas, sillas, forros, carteleras, equipos de

computador, puertas y paredes.

3. Mantener limpias las salas, los enseres y las manos, para evitar el daño de algunos

elementos.

4. Doblar los forros y colocarlos encima de la CPU, cuando termine, volverlos a poner en

su sitio.

5. Pulsar con suavidad el teclado, para evitar daños.

6. Evitar el ingreso de comidas, bebidas y masticar chicle.

7. Trabajar en completo orden: en silencio, en el computador asignado y no hacer visita a

otros compañeros. Evitando así perder el tiempo y hacerlo perder. Evite hacer ruido con

la silla.

8. Se debe desplazar desde su aula en completo silencio, evite perturbar las clases y

actividades de los demás grupos.

9. La ejecución de juegos computarizados se ejecutará con previa autorización del

educador.

10. Se debe mantener la disciplina en todos los sentidos, es indispensable para la

concentración.

11. Evitar la reproducción y/o alteración del Software y el Hardware de los equipos.

Page 53: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

53

12. Se prohíbe la modificación y/o instalación de Software en los equipos.

13. Al terminar su labor, deje los equipos en completo orden. Si se observa alguna anomalía

al inicio de la actividad, se debe informar al educador.

14. No se debe utilizar disco de 3½ sin previa autorización del educador ya que se puede

infectar de virus el computador y dañar algunos programas.

15. Se prohíbe la entrada de música y elementos reproductores de ésta.

16. Solicite ayuda en caso de necesitarla, así se evita desconfigurar los equipos

17. Cuando se este en Internet o en otro programa específico, no se debe cambiar sin ser

autorizado por el educador.

18. Es necesario que se hable en voz baja.

19. Sólo se puede grabar archivos de actividades de clase o consultas con fines educativos.

20. Si las actividades a realizar son con audio, se debe emplear audífonos.

21. No tomar los objetos que se encuentren en la sala o de los compañeros sin la previa

autorización.

22. Si eres de otra jornada o de grupo diferente al de la actividad en turno, debes firmar una

planilla de prácticas.

23. Debes solicitar con tiempo autorización para ingresar a una de las salas.

24. Se debe respetar el tiempo asignado para las actividades extraclase.

25. Los morrales deben permanecer en las aulas de clase y si es de jornada contraria, se

deben dejar fuera del aula de sistemas. Solo se permite el ingreso de un cuaderno o

documento para la consulta.

26. No se deben ingresar juegos o cualquier objeto que disperse la atención.

27. Se debe responder por los daños causados.

28. Se debe apagar los equipos correctamente, evitando daños en los programas o

computadora.

29. Para reportar daños o anomalías en los equipos o enseres del aula de sistemas, se contará

con los primeros cinco minutos, luego de ingresar a ella.

30. Educadores que requieran el aula para trabajar con su grupo debe solicitar el cupo con

dos días de anterioridad.

31. Cada educador recibirá la sala inventariada y en orden, de igual manera deberá

entregarla.

32. Quien solicite la sala, debe tener los conocimientos mínimos para orientar a sus

estudiantes y atender cualquier problema que se presente.

33. Las personas que deseen hacer uso de la sala en horarios diferentes a las de su jornada

académica o laboral, deberá llenar la planilla de práctica.

Parágrafo: La persona que falte en el cumplimiento de cualquiera de las normas anteriormente

descritas se hará acreedora a la suspensión parcial del servicio de la sala de informática. Dicha

suspensión se hará a juicio del educador que este orientando la actividad o del coordinador de la

sala y quienes además iniciarán el debido proceso contemplado en este Manual, según la

gravedad de la falta.

CAPITULO VI

Laboratorios de ciencias naturales

Page 54: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

54

Artículo 74. El laboratorio de ciencias naturales tiene como objeto fundamental en las

diferentes asignaturas del área, enseñar los métodos científicos utilizados en este campo y

familiarizar al estudiante con los materiales empleados.

El objeto de las prácticas no es únicamente la mecánica de los experimentos y la preparación o

análisis de algunos compuestos químicos, sino la adquisición de los conocimientos de los

principios básicos empleados en ciencias naturales, para adquirir entrenamiento científico. Los

experimentos deben efectuarse con un conocimiento previo de los principios implicados y una

visión general de experimento.

Artículo 75. Las precauciones y normas que se deben tener en el uso del laboratorio de ciencias

naturales son las siguientes:

1. Llegue puntualmente, las prácticas están programadas para hacer uso de todo el tiempo.

2. Lea cuidadosamente las instrucciones de cada práctica antes de ir al laboratorio. Nunca

llegue sin saber que es lo que se va a hacer.

3. El laboratorio es un lugar de trabajo serio. El estudiante debe presentar la máxima

concentración durante las horas de práctica.

4. No consuma alimentos, ni mastique chicle en el laboratorio.

5. No se frote los ojos con las manos mientras esta trabajando en el laboratorio; use un

pañuelo o cualquier otro material apropiado.

6. No toque ni pruebe ninguna sustancia a menos que así se le haya indicado expresamente.

7. Efectué solamente las experiencias señaladas y previamente consultadas. No realice

mezclas de reactivos al azar, es muy peligroso.

8. Compruebe cuidadosamente el rótulo de los frascos de reactivos antes de usar su

contenido

9. Mantenga los reactivos de uso general en el puesto indicado sin llevarlos a los puestos

individuales de trabajo

10. No lleve fuera del laboratorio equipos o reactivos

11. No use termómetros como agitadores. Utilice espátulas limpias para recoger los

reactivos sólidos. Limpie siempre los goteos y las pipetas antes de succionar los

reactivos líquidos para evitar contaminaciones.

12. Utilice probetas para medir líquidos cuando no se requiera mucha exactitud, pipetas

graduadas y buretas para medir más exactamente. Las pipetas no se deben llenar

succionando con la boca cuando se trabaje con venenos, líquidos corrosivos o volátiles y

en general con cualquier líquido peligroso. En estos casos es necesario utilizar como

succionador una pera de goma.

13. Para diluir un ácido, viértalo lentamente sobre agua y nunca al contrario. Una vez usado

debe lavar el frasco por fuera para evitar contactos y quemaduras. Los ácidos suelen

destruir rápidamente las etiquetas del papel por lo que resulta mejor proteger el rotulo

con la mano y vaciar el reactivo por el lado opuesto.

14. Para oler un reactivo, no coloque su nariz directamente sobre la boca del frasco sino que

mueva la mano lentamente sobre el mismo para arrastrar los vapores hacia su nariz.

15. Cuando le caiga una sustancia sobre la piel, lávese inmediatamente con agua. En caso de

quemaduras o cualquier otro accidente avise inmediatamente al educador.

Page 55: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

55

16. Al calentar una sustancia en un tubo de ensayo, hágalo primero suavemente, colocando

el tubo ligeramente inclinado y cuidado de no dirigir la boca del mismo hacia usted o sus

vecinos.

17. No devuelva reactivos sobrantes a los frascos de origen. Saque de los frascos solamente

la cantidad necesaria.

18. Al verter a los sumideros, ácidos, bases concentradas y otras sustancias potencialmente

peligrosas, hágalo con suficiente agua de la canilla para efectuar la dilución.

19. No arroje en lo sumideros parafina, grasa, fósforos, papeles, pedazos de vidrio o

materiales insolubles.

20. No use agua destilada sino en casos absolutamente necesarios.

21. No encienda innecesariamente las fuentes de calor, ahorre energía.

22. Sofoque cualquier principio de incendio con un trapo húmedo. Conozca la situación y el

funcionamiento del extintor que debe existir en el laboratorio.

23. Nunca deje abierta la llave del gas cuando el mechero este desconectado o apagado.

Ábrala únicamente cuando este listo a encender el mechero.

24. No se debe manipular líquidos orgánicos cerca de la llama y deben tomarse todas las

precauciones para que no se dispersen vapores de líquidos orgánicos en el laboratorio.

25. Anote los resultados de los experimentos inmediatamente los efectué. No confié

demasiado en su memoria. Haga su trabajo a conciencia e informe sus resultados. No

copie de sus compañeros.

26. Nunca deje el equipo ni el lugar de trabajo sucio. Dedique los últimos minutos a su

limpieza. Coloque el equipo utilizado en el lugar del cual lo tomo.

27. Mantener los recipientes con sustancias químicas bien tapados, apagar los mecheros

inmediatamente termine de usarlos, lo mismo debe hacer cuando este utilizando líquidos

orgánicos.

28. Se recomienda usar anteojos de seguridad o los ordinarios cuando se realice un

experimento que ofrezca peligro, las gotas de reactivos corrosivos los fragmentos de

vidrio son un peligro para los ojos y para la cara.

29. Las blusas o delantales para laboratorio, son convenientes porque protegen de manchas y

quemaduras causadas pro productos químicos.

30. En caso tal de ocasionar un daño, debe informarle al educador encargado y llenar el

formulario para su reposición.

31. Si se presenta el caso de no existir en el comercio el material para su reposición,

dialogue con el educador y él le indicará el nombre y cantidad de otro material que lo

sustituya.

Parágrafo: La persona que falte en el cumplimiento de cualquiera de las normas anteriormente

descritas se hará acreedora a la suspensión parcial del servicio del laboratorio de ciencias

naturales. Dicha suspensión se hará a juicio del educador que este orientando la actividad o del

coordinador del laboratorio y quienes además iniciarán el debido proceso contemplado en este

Manual, según la gravedad de la falta.

CAPITULO VII

Medios de comunicación internos.

Artículo 76. Los Medios de comunicación internos como: Las carteleras, el canal de sonido y

vídeo para los salones, el amplificador de sonido para los descansos y demás jornadas

pedagógicas, deberán ser utilizados exclusivamente por las personas de la institución

Page 56: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

56

responsables de su manejo. Su uso será netamente pedagógico y en ningún momento podrá

perturbar el bienestar personal o colectivo.

TITULO V

ESTÍMULOS

CAPITULO I

Reconocimientos para los estudiantes

Artículo 77. Con el fin de valorar y reconocer los méritos que tienen los estudiantes de la

institución educativa ASAMBLEA DEPARTAMENTAL, se tendrán en cuenta los siguientes

estímulos:

1. Menciones de honor, escudo y bandera institucional a:

1.1. El estudiante que haya obtenido el segundo lugar en cada uno de los grupos por su

excelencia académica y comportamiento en las diferentes secciones.

1.2. El personero estudiantil por el buen desempeño en el año lectivo.

1.3. Los representantes de grupo en los niveles de preescolar, básica primaria, secundaria y

media técnica, en cada una de las secciones.

1.4. El estudiante que sobresalga por su espíritu de solidaridad y compañerismo en cada

grupo.

1.5. El estudiante de mejor comportamiento disciplinario por grupo.

1.6. Los estudiantes que participaron durante todo el año en actividades de proyección

comunitaria.

1.7. Estudiantes que obtengan reconocimientos realizados por otras instituciones u

organizaciones a nivel municipal, departamental y nacional.

1.8. Los estudiantes que al finalizar cada semestre del año lectivo demostraron superación en

su desempeño académico y comportamental.

2. Mención de honor y entrega de medallas a:

2.1. Los estudiantes que se destacaron durante el año lectivo por su espíritu deportivo, en

cada grupo.

2.3. Al mejor bailarín en el grupo de danzas

2.4. Al mejor actor en el grupo de teatro

3. Imposición de la bandera institucional a:

3.1. Estudiantes que durante cada periodo escolar se destacan en valores sociales,

académicos, culturales, deportivos, y disciplinarios.

4. Mención honorífica, escudo y bandera institucional para:

4.1. El estudiante que obtenga el mayor puntaje en las pruebas de estado ICFES.

4.2. El mejor estudiante bachiller a nivel comportamental y académico en cada una de las

promociones.

Parágrafo 1.Todos los estímulos serán conocidos por la comunidad educativa a través de

publicaciones en los diferentes de medios de comunicación internos y en actos cívicos de la

institución. Además serán debidamente consignados en las hojas de vida de los estudiantes.

Page 57: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

57

Parágrafo 2.La elección de los estudiantes que merecen ser estimulados se hará por votación en

cada uno de los grupos y teniendo en cuenta las observaciones en el cuaderno de

comportamiento, calificaciones y opiniones de los educadores que conocen a los estudiantes

seleccionados.

Artículo 78. Se exonera del pago de derechos académicos a los hijos de educadores que tengan

su descendiente en el plantel

CAPITULO II

Reconocimientos para los educadores

Artículo 79. Buscando valorar y reconocer los méritos como educadores de la institución

educativa ASAMBLEA DEPARTAMENTAL, se tendrán en cuenta los siguientes estímulos:

1. Imposición del escudo y bandera institucional, placa y evento social por:

1.1. Cumplir con el perfil del educador que requiere la institución.

1.2. Perfeccionamiento docente.

1.3. Labor social y proyección comunitaria.

1.4. Mérito deportivo.

1.5. Creación literaria y espíritu investigativo.

Parágrafo 1.Todos los estímulos serán conocidos por la comunidad educativa a través del evento

que se realizar cada año en la institución como “La Noche de los Mejores”

Parágrafo 2.Los reconocimientos serán expedidos directamente por resolución rectoral que se

anexará a las hojas de vida de los educadores.

Parágrafo 3. La elección de los educadores que merecen ser estimulados se hará por votación

secreta entre el grupo de educadores, el Consejo Directivo y el Consejo de estudiantes.

CAPITULO III

Reconocimientos para los acudientes

Artículo 80. Buscando valorar y reconocer los méritos como acudientes de la institución

educativa ASAMBLEA DEPARTAMENTAL, se tendrán en cuenta los siguientes estímulos:

1. Imposición del escudo y una placa por:

1.1. Cumplir con el perfil del acudiente que requiere la institución.

1.2. Labor social y proyección comunitaria.

1.3. Participación en los diferentes organismos de la Institución.

Parágrafo 1.Todos los estímulos serán conocidos por la comunidad educativa a través de

publicaciones en los diferentes de medios de comunicación internos y en actos cívicos de la

institución.

Page 58: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

58

Parágrafo 2.Los reconocimientos serán expedidos directamente por resolución rectoral.

Parágrafo 3. La elección de los acudientes que merecen ser estimulados se hará por votación en

consejo de padres de familias.

TÍTULO VI

ORGANISMOS DE PARTICIPACIÓN

CAPITULO I

Consejo Directivo

Artículo 81. El Consejo Directivo es el máximo organismo de participación de la comunidad

educativa, que asesora y acompaña al Rector en la orientación pedagógica y administrativa de la

institución, para la adecuada implementación y desarrollo del Proyecto Educativo Institucional y

Ambiental. Se reúne de acuerdo con las necesidades que se presenten, según la conveniencia que

juzgue el Rector o a petición de algún miembro del consejo. Dicho organismo estará conformado

por personas todas con voz y voto, las cuales serán elegidas durante los 60 días siguientes a la

fecha de iniciación del año escolar.

Artículo 82. Los integrantes del Consejo Directivo son:

El Rector, quien lo convoca y preside.

Dos representantes de los educadores de la institución, elegidos por mayoría de los

votantes en una asamblea de docentes.

Dos representantes de los acudientes, elegidos por la junta directiva de la Asociación de

Padres de Familia.

Un representante de los estudiantes, que debe estar cursando el grado undécimo y será

elegido por el Consejo de Estudiantes.

Un representante de los exalumnos de la institución y un representante del sector

productivo, elegidos por los demás integrantes del Consejo Directivo con base en las

listas presentadas por las diferentes asociaciones.

Artículo 83. Son funciones del Consejo Directivo:

Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución y que no sean

competencia de otra autoridad.

Servir de instancia para conocer los conflictos que se presenten entre docentes y

administrativos con los estudiantes de la institución.

Adoptar el Manual para la Convivencia Institucional.

Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles, el costo de los derechos

académicos, y las fechas de matrículas.

Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa cuando

alguno de sus integrantes se sienta lesionado.

Estimular y controlar el buen funcionamiento de la comunidad educativa.

Page 59: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

59

Participar en la Evaluación Institucional de los educadores, directivos docentes y personal

administrativo de la institución.

Recomendar criterios de participación en actividades comunitarias, culturales, deportivas

y recreativas.

Establecer el procedimiento para el uso de las instalaciones en actividades educativas,

culturales, recreativas, deportivas y sociales de la comunidad educativa.

Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y la forma de

recolectarlos.

Servir de instancia decisoria frente a las sanciones a faltas contra este Manual, de acuerdo

al procedimiento contemplado en este.

Darse su propio reglamento.

CAPITULO II

Consejo Académico

Artículo 84. El Consejo Académico es el organismo que orienta y asesora el desarrollo

curricular de la institución

Los integrantes del Consejo Académico son:

El Rector, quien lo convoca y preside y quien podrá delegar en el coordinador de la

institución sus funciones.

El coordinador de la institución.

Un educador por cada área definida en el plan de estudios de la sección de básica

secundaria, dos educadores del nivel preescolar y cuatro de la básica primaria.

Artículo 85. Son funciones del Consejo Académico:

Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del

Proyecto Educativo Institucional.

Liderar y desarrollar la orientación pedagógica de la institución educativa.

Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las

modificaciones y ajustes de acuerdo con el procedimiento previsto en los decretos 1860

de 1994 y el 1290 de 2009.

Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución.

Participar en la evaluación institucional anual en asocio con el Consejo Directivo en

asuntos académicos.

Integrar las comisiones de promoción y evaluación periódica del rendimiento de los

estudiantes y para la promoción de los mismos, asignarle sus funciones y supervisar el

proceso general de evaluación.

Determinar las fechas, horarios y directrices generales para planear, desarrollar y evaluar

los proyectos de área, los planes de refuerzo, superación y recuperación y los planes de

mejoramiento.

Los estudiantes o cualquier miembro de la de la comunidad educativa.

Plantear las metas de calidad de las áreas y los mejoramientos institucionales junto con el

consejo directivo.

Page 60: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

60

Trazar directrices para los planes anuales integrales de áreas de preescolar a undécimo.

Analizar los resultados de las pruebas ICFES y SABER y plantear planes y estrategias de

mejoramiento.

Recomendar políticas para la dotación del material y medios auxiliares de enseñanza y su

uso pedagógico y didáctico en las asignaturas.

El estudio de casos y la aplicación de convenios pedagógicos o sanciones relacionados

con los estudiantes que presentan dificultades en su desempeño académico.

Las demás funciones afines o complementarias con los anteriores que le atribuye el

Proyecto Educativo Institucional.

CAPITULO III

Consejo Estudiantil

Artículo 86. El Consejo Estudiantil es el organismo constituido por los diferentes representantes

de los grados, que anima, promueve y coordina las distintas propuestas que garanticen el

bienestar de los estudiantes. Es elegido por votación de los estudiantes de cada grado por

mayoría simple.

Los integrantes del Consejo estudiantil son:

Representante escolar de cada grado

Personero escolar o su representante

Representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo

Artículo 87. Son funciones del Consejo Estudiantil:

Decidir su propia organización interna: Elegir presidente, vicepresidente y secretario

Colaborar en el desarrollo del plan de trabajo del personero de los estudiantes

Promover y sugerir actividades en bien de la formación integral de los estudiantes

Proponer reformas al Manual para la Convivencia Institucional y el Proyecto Educativo

Institucional.

CAPITULO IV

Equipo de Personería Estudiantil

Artículo 88. El Personero será un estudiante que curse el último grado y estará encargado de

promover el ejercicio de los deberes y derechos del estudiantado consagrados en la Constitución

Política, las Leyes y en el Manual de convivencia.

Artículo 89. Son funciones del personero estudiantil:

Promover el cumplimiento de los derechos y responsabilidades del estudiantado.

Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los estudiantes sobre lesiones a

sus derechos y las que formule cualquier persona de la institución sobre el

incumplimiento a las responsabilidades de los estudiantes.

Page 61: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

61

Informar a la comunidad educativa sobre sus actividades.

Participar en las reuniones del Consejo Directivo, cuando sea invitada. Tiene derecho

a voz y voto.

Participar en las reuniones del Consejo de Estudiantes con voz y voto

Formar un equipo de trabajo para desarrollar su programa.

CAPITULO V

Consejo de Padres

Artículo 90. El Consejo de Padres es una entidad sin ánimo de lucro, integrada por los padres y

madres de familia o acudientes del estudiantado de la institución.

Artículo 91. Son funciones del consejo de padres:

Darse su propio reglamento.

Apoyar el proceso formativo en los ámbitos familiar y escolar, promoviendo la

integración de la comunidad educativa de la Institución.

Establecer relaciones de cooperación con los educadores para lograr el mejor

rendimiento académico y disciplinario tanto en actividades curriculares y

extracurriculares programadas y realizadas por la institución.

Desarrollar actividades culturales, de promoción social y de información, que

permitan elevar el nivel cultural de los padres de familia y crear una actitud de cambio

que los comprometa con su participación en el destino de la comunidad educativa

Vigilar permanentemente todos los factores que puedan atentar contra la integridad

moral y la salud psíquica de la comunidad educativa.

Demostrar con su ejemplo el sentido de responsabilidad, cumplimiento de normas

establecidas en este Manual y la puntualidad en el pago oportuno de las obligaciones

pertinentes a la Institución.

Y las demás contempladas en decretos y/o disposiciones emanadas por el Ministerio

de Educación Nacional, Secretaría Departamental y Municipal.

Parágrafo: Las personas que sean elegidas para desempeñar cargos al interior de uno de los

organismos de participación de la institución e incurran en faltas graves o gravísimas

contempladas en este Manual, serán relevados de su cargo y serán reemplazadas por quienes

hayan logrado la segunda votación más alta en su respectiva elección. Igualmente, quienes no

cumplan con las funciones propias de su cargo y los programas o propuestas que presentaron al

ser elegidos, podrán ser revocados de su mandato cuando se logre reunir un número igual o

mayor de votos al que obtuvieron al momento de ser elegidos.

TITULO VII

CÓDIGO DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA (Ley 1098 de 2006)

Artículo 92. Nuestra Institución como un ente responsable y acatando las normas superiores que

de una u otra forma atente o beneficie a nuestros alumnos, serán incorporados en nuestro manual

de convivencia como elemento formador de nuestros alumnos y a la vez garante de sus

Page 62: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

62

compromisos, es por ello que relacionamos a continuación los apartes más importantes que tienen

que ver con educación.

Obligaciones especiales de las instituciones educativas.

Artículo 93. Copia del artículo 42 del C.I.A: Para cumplir con su misión las instituciones

educativas tendrán entre otras las siguientes obligaciones:

1- Facilitar el acceso de los niños, niñas y adolescentes al sistema educativo y garantizar

su permanencia.

2- Brindar una educación pertinente y de calidad.

3- Respetar en toda circunstancia la dignidad de los miembros de la comunidad educativa.

4- Facilitar la participación de los estudiantes en la gestión académica del centro

educativo.

5- Abrir espacios de comunicación con los padres de familia para el seguimiento del

proceso educativo y propiciar la democracia en las relaciones dentro de la comunidad

educativa.

6- Organizar programas de nivelación de los niños y niñas que presenten dificultades de

aprendizaje o estén retrasados en el ciclo escolar y establecer programas de orientación

psicopedagógica y psicológica.

7- Respetar, permitir y fomentar la expresión y el conocimiento de las diversas culturas

nacionales y extranjeras y organizar actividades culturales extracurriculares con la

comunidad educativa para tal fin.

8- Estimular las manifestaciones e inclinaciones culturales de los niños, niñas y

adolescentes, y promover su producción artística, científica y tecnológica.

9- Garantizar la utilización de los medios tecnológicos de acceso y difusión de la cultura y

dotar al establecimiento de una biblioteca adecuada.

10- Organizar actividades conducentes al conocimiento, respeto y conservación del

patrimonio ambiental, cultural, arquitectónico y arqueológico nacional.

11- Fomentar el estudio de idiomas y extranjeros y de lenguajes especiales.

12- Evitar cualquier conducta discriminatoria por razones de sexo, etnia, credo, condición

socioeconómica o cualquier otra que afecte el ejercicio de sus derechos.

Obligaciones ética fundamental de los establecimientos educativos:

Artículo 94. Copia del artículo 43 del C.I.A.: Las instituciones de educación primaria y

secundaria, públicas y privadas, tendrán la obligación fundamental de garantizar a los niños,

niñas y adolescentes el pleno respeto a su dignidad, vida, integral física y moral dentro de la

convivencia escolar. Para tal efecto, deberán:

1- Formar a los niños, niñas y adolescentes en el respeto por los valores fundamentales

de la dignidad humana, los Derechos Humanos, la aceptación, la tolerancia hacia las

diferencias entre personas. Para ello deberán inculcar un trato respetuoso y

considerado hacia los demás, especialmente hacia quienes presentan discapacidades,

especiales vulnerabilidad o capacidades sobresalientes.

2- Proteger eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de maltrato,

agresión física o sicológica, humillación, discriminación o burla de parte de los

demás compañeros y de los profesores.

Page 63: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

63

3- Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter disuasivo,

correctivo y reeducativo para impedir la agresión física o psicológica, los

comportamientos de burla, desprecio y humillación hacia niños y adolescentes con

dificultades en el aprendizaje, en el lenguaje o hacia niños y adolescentes con

capacidades sobresalientes o especiales.

Obligaciones complementarias de las instituciones educativas:

Artículo 95. Copia del artículo 44 del C.I.A: Los directivos y docentes de los establecimientos

académicos y la comunidad educativa en general pondrán en marcha mecanismos para:

1- Comprobar la inscripción del registro civil de nacimiento.

2- Establecer la detección oportuna y el apoyo y la orientación en casos de malnutrición,

maltrato, abandono, abuso sexual, violencia intrafamiliar, y explotación económica y

laboral, las formas contemporáneas de servidumbre y esclavitud, incluidas las peores

formas de trabajo infantil.

3- Comprobar la afiliación de los estudiantes a un régimen de salud.

4- Garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a su dignidad, vida,

integridad física y moral dentro de la convivencia escolar.

5- Proteger eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de maltrato,

agresión física o psicológica, humillación, discriminación o burla de parte de los

demás compañeros o profesores.

6- Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter disuasivo,

correctivo y reeducativo para impedir la agresión física o psicológica, los

comportamientos de burla, desprecio y humillación hacia los niños, niñas y

adolescentes con dificultades de aprendizaje, en el lenguaje o hacia niños o

adolescentes con capacidades sobresalientes o especiales.

7- Prevenir el tráfico y consumo de todo tipo de sustancias psicoactivas que producen

dependencia dentro de las instalaciones educativas y solicitar a las autoridades

competentes acciones efectivas contra el tráfico, venta y consumo alrededor de las

instalaciones educativas.

8- Coordinar los apoyos pedagógicos, terapéuticos y tecnológicos necesarios para el

acceso y la integración educativa del niño, niña o adolescente con discapacidad.

9- Reportar a las autoridades competentes, las situaciones de abuso, maltrato o peores

formas de trabajo infantil detectadas en niños, niñas y adolescentes.

10- Orientar a la comunidad educativa para la formación en la salud sexual y reproductiva

y la vida en pareja.

Prohibición de sanciones crueles, humillantes o degradantes:

Artículo 96. Copia del artículo 45 del C.I.A: Los directores y educadores de los centros públicos

o privados de educación formal, no formal, no podrán imponer sanciones que conlleven maltrato

físico o psicológico de los estudiantes a su cargo, o adoptar medidas que de alguna manera

afecten su dignidad. Así mismo, queda prohibida su inclusión bajo cualquier modalidad, en los

manuales de convivencia escolar.

Obligaciones especiales del Sistema del Sistema de Seguridad Social en Salud:

Page 64: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

64

Artículo 97. Copia del artículo 46 del C.I.A: Son obligaciones especiales del Sistema de

Seguridad Social en Salud para asegurar el derecho a la salud de los niños, las niñas y los

adolescentes, entre otras las siguientes:

1- Diseñar y desarrollar programas de prevención en salud, en especial de vacunación,

complementación alimentaria, suplementación nutricional, vigilancia del estado

nutricional y mejoramiento de hábitos alimentarios.

2- Diseñar y desarrollar programas de prevención de las infecciones respiratorias

agudas, la enfermedad diarreica aguda y otras enfermedades prevalentes de la

infancia.

3- Diseñar, desarrollar y promocionar programas que garanticen a las mujeres

embarazadas la consejería para la realización de la prueba voluntaria del VIH/SIDA y

en caso de ser positiva tanto la consejería como el tratamiento antirretroviral y el

cuidado y atención para evitar durante el embarazo, parto y posparto la transmisión

vertical madre-hijo.

4- Disponer lo necesario para garantizar tanto la prueba VIH/SIDA como el seguimiento

y tratamiento requeridos para el recién nacido.

5- Garantizar atención oportuna y de calidad a todos los niños, las niñas y los

adolescentes, en especial en los casos de urgencias.

6- Garantizar la actuación inmediata del personal médico y administrativo cuando un

niño, niña o adolescente se encuentre hospitalizado o requiera tratamiento o

intervención quirúrgica y exista peligro inminente para su vida; carezca de

representante legal o éste se encuentre en situación que le impida dar su

consentimiento de manera oportuna o no autorice por razones personales, culturales,

de credo o sea negligente; en atención al interés superior del niño, niña o adolescente

o a la prevalencia de sus derechos.

7- Garantizar el acceso gratuito de los adolescentes a los servicios especializados de

salud sexual y reproductiva.

8- Desarrollar programas para la prevención del embarazo no deseado y la protección

especializada y apoyo prioritario a las madres adolescentes.

9- Diseñar y desarrollar programas especializados para asegurar la detección temprana y

adecuada de las alteraciones físicas, mentales, emocionales y sensoriales en el

desarrollo de los niños, las niñas y los adolescentes; para lo cual capacitará al

personal de salud en el manejo y aplicación de técnicas específicas para su

prevención, detección y manejo, y establecerá mecanismos de seguimiento, control y

vigilancia de los casos.

10- Capacitar a su personal para detectar el maltrato físico y psicológico, el abuso, la

explotación y la violencia sexual en niños, niñas y adolescentes, y denunciar ante las

autoridades competentes las situaciones señaladas y todas aquellas que puedan

constituir una conducta punible en que el niño, niña o adolescente sea víctima.

11- Diseñar y ofrecer programas encaminados a educar a los niños, las niñas y los

adolescentes, a los miembros de la familia y a la comunidad en general en prácticas

de higiene y sanidad; en el manejo de residuos sólidos, el reciclaje de basuras y la

protección del ambiente.

12- Disponer lo necesario para que todo niño, niña o adolescente que presente anomalías

congénitas o algún tipo de discapacidad, tengan derecho a recibir por parte del

Estado, atención, diagnóstico, tratamiento especializado y rehabilitación, cuidados

Page 65: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

65

especiales de salud, orientación y apoyo a los miembros de la familia o las personas

responsables de su cuidado y atención.

TITULO VIII

FUNCIONES ESPECÍFICAS

CAPITULO I

Personal de vigilancia

Artículo 98. Son funciones del personal de Apoyo Logístico:

No permitir el ingreso de personas extrañas o padres de familia a la institución sin

autorización del docente o administrativo.

No atender visitas telefónicas o a familiares y amigos en horas de trabajo.

Brindar información veraz y cordial a la comunidad educativa, con la previa

autorización del superior inmediato.

Dejar salir a los estudiantes solamente con la autorización por escrito del coordinador.

Controlar la entrada y salida de los enseres de la institución.

Debe ser tolerante, respetuoso y practicar normas de urbanidad con toda la

comunidad educativa.

Cuidar el jardín y zonas verdes de la institución.

Contribuir al embellecimiento de la institución en caso de requerirse.

Cumplir con las funciones que le asigne el rector, de acuerdo con las necesidades de

la institución.

Debe permanecer en su sitio de trabajo.

Cumplir con el horario establecido por la institución.

Su presentación personal debe ser adecuada.

Debe manifestar responsabilidad en cada momento.

Portar el uniforme adecuadamente

CAPITULO II

Personal de Servicios Administrativos

Artículo 99. Son funciones del personal de servicios:

Atender las instrucciones que reciben por parte del administrativo.

Mantener los espacios físicos que le han sido asignados limpios y agradables.

Ser amable y cordial

Contribuir a las campañas de reciclaje.

Asistir a capacitaciones que tengan que ver con el ambiente.

Actuar con sentido de responsabilidad y ser respetuoso con los demás.

Ser honesto.

Page 66: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

66

Cumplir con el horario establecido por la Institución

Portar el uniforme adecuadamente

CAPITULO III

Coordinador del Restaurante

Artículo 100. Son funciones del Coordinador del Restaurante Escolar:

Velar por el buen manejo del servicio

Recibir el mercado y controlar que los alimentos estén en buen estado

Cancelar la bonificación a cada una de las procesadoras de alimentos.

Estar pendiente del orden y de la convivencia entre las personas que laboran en el

restaurante escolar.

Asistir a reuniones que programe el Municipio de Medellín, oficina de Solidaridad y

el Rector de la Institución para reforzar el buen manejo del servicio.

Estar en continua comunicación con el comité del restaurante escolar, conformado

por un grupo de padres de familia quienes ayudan con su presencia y veeduría en el

manejo del servicio.

Controlar el ingreso y salida de los alimentos que se preparan en el restaurante

escolar.

Portar adecuadamente su uniforme.

CAPITULO IV

Procesadora de Alimentos

Artículo 101. Son funciones de la Procesadora de Alimentos:

Haber realizado y aprobado el curso en procesos de alimentos.

Manejar iniciativa, cuidado, responsabilidad y creatividad para preparar los

alimentos.

Mantener ordenado y limpio su uniforme

Atender bien a los estudiantes en el comedor

Pertenecer al comité de alimentos sólo si tiene hijos estudiando en la institución

educativa.

No sacar alimentos del restaurante escolar.

CAPITULO V

Bibliotecaria

Artículo 102. Son funciones de la bibliotecaria:

Cumplir con responsabilidad su trabajo.

Page 67: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

67

Orientar continuamente a los estudiantes.

Actualizar permanentemente el inventario

Actualizarse continuamente y mantenerse informado de los avances y cambios

globales.

Informar sobre las ausencias con anticipación.

Estar bien capacitada para desempeñar el cargo.

Debe orientar a los estudiantes para un manejo adecuado del espacio.

Tener unas normas claras y precisas de la biblioteca y darlas a conocer.

Debe propiciar un ambiente acogedor y agradable.

Responder por la dotación de implementos de la biblioteca.

Ser puntual en el horario de trabajo.

Mantener el espacio aseado y organizado

Debe ser creativa para motivar el interés por la lectura, incrementando el uso de la

biblioteca.

CAPITULO VI

Secretaria

Artículo 103. Son funciones de la secretaria de la Institución:

Diligenciar los libros reglamentarios de la Institución como registro de logros,

matrículas, nivelaciones, admisiones, validaciones, hojas de educadores y empleados,

registro de título y actas de grado.

Llevar la correspondencia y el archivo de la institución y transcribir resoluciones,

circulares y demás comunicaciones de acuerdo con instrucciones impartidas.

Revisar la documentación de los estudiantes y verificar el lleno de los requisitos.

Refrendar con su firma las constancias, certificados actas de grado, diplomas y demás

documentos autorizados por el rector de la institución.

Atender las llamadas telefónicas, los estudiantes, educadores y público en general en

el horario establecido.

Elaborar, digitar e imprimir el listado de los estudiantes, educadores y demás

proyectos y procesos que requiera la institución.

Ingresar y generar en el sistema la información del servicio educativo.

Elaborar con el rector en los registros del sistema nacional en información y demás

informes estadísticos.

Expedir los certificados de estudio, tiempo de servicio, constancias y demás

documentos que le sean solicitados.

Participar como secretaria de actas en las sesiones del Consejo Directivo y Consejo

Académico.

Manejar los programas de sistemas requeridos en la institución.

Dar un trato cortés y atender las necesidades oportunas de padres de familia y/o

acudientes.

Mantener buenas relaciones con toda la comunidad educativa y en general.

Page 68: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

68

Ser prudente, leal, servicial y atender con delicadeza las recomendaciones realizadas

por el superior inmediato.

Cumplir con el horario establecido por la institución educativa.

Desempeñar las demás funciones inherentes al cargo que le sean asignadas en forma

regular u ocasional por su superior inmediato.

CAPITULO VII

Orientador escolar

Artículo 104. Son funciones del orientador escolar:

Coordinar en forma acertada todas las acciones que se implanten para el buen

funcionamiento del servicio de orientación escolar.

Mantener constante acercamiento y diálogo con la comunidad en general, en todo lo

concerniente a fomentar programas y políticas de conciliación, tolerancia y demás

que puedan ser facilitadoras de la convivencia institucional.

Responder ante el rector o su delegado por el buen funcionamiento y el logro de los

propósitos dentro del servicio.

Determinar y desarrollar claramente, las alternativas formativas y preventivas para

cada área atendida.

Coordinar y llevar a efecto programas que permitan fomentar, tanto en el estudiante

como en la familia, hábitos y valores, según la problemática.

Informar a los educadores y comunidad en general acerca del funcionamiento del

proyecto, así mismo, los objetivos alcanzados con los estudiantes y sus familias.

Realizar talleres específicos para grupos de estudiantes que por algún motivo se

encuentren sin educador.

Programar las convivencias, las escuelas de padres y asesorías individuales, teniendo

en cuenta el cronograma institucional.

Estar disponible a cualquier llamado que se haga solicitando su apoyo para la

programación y ejecución de actividades relacionadas con la convivencia y el

mejoramiento del ambiente, del desempeño académico y comportamental de los

estudiantes.

Hacer parte del comité de convivencia institucional.

Atender casos particulares de estudiantes que requieran un proceso especial debido a

su dificultad en el comportamiento y vínculo grupal.

Realizar talleres a docentes para orientar y acompañar los procesos de prevención,

promoción y socialización.

Implementar proyectos que mejoren los estilos de vida saludables en estudiantes.

Intervenir desde las áreas pedagógicas, lúdicas, recreativas, deportivas, espirituales,

sociales, culturales.

Presidir y capacitar al comité de conciliación de la institución.

Hacer seguimiento, control y evaluación del servicio que presta.

Page 69: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

69

CAPITULO VIII

Coordinador

Artículo 105. Los coordinadores administran la sección correspondiente de acuerdo con los

criterios establecidos en el Proyecto Educativo Institucional y las normas legales vigentes, se

encargan además de la parte académica, proyectos, planes, programas curriculares, extra

curriculares y procesos disciplinarios. Supervisa permanentemente la labor educativa y el

desempeño de los estudiantes. Es responsable ante la rectoría de la buena marcha de la sección

asignada.

Sus funciones son:

Reemplazar al rector en su ausencia.

Participar en el consejo académico y en los demás que sea requerido.

Colaborar con el rector en la planeación y evaluación institucional.

Dirigir la planeación y programación académicas, de acuerdo con los objetivos y

criterios curriculares.

Establecer canales y mecanismos de comunicación entre la comunidad educativa, de

forma oportuna.

Dirigir y supervisar la administración y evaluación de las actividades académicas.

Programar la asignación académica de los docentes y elaborar el horario general de

clases de la institución y presentarlo al rector para su aprobación.

Fomentar la investigación científica para el logro de los propósitos educativos.

Administrar el personal a su cargo de acuerdo con las normas vigentes.

Responder por el uso adecuado, mantenimiento y administración de los equipos y

materiales confiados a su manejo.

Controlar la llegada de los estudiantes a la Institución a la primera hora de clase y a la

hora de salida.

Hacer respetar el conducto regular.

Velar por el cumplimiento de las actividades asignadas a los directores de grupo.

Supervisar la ejecución de las actividades y el servicio de clases.

Controlar la asistencia de los alumnos semanalmente.

Autorizar a los estudiantes ausencias temporales o definitivas del plantel.

Citar acudientes para solucionar problemas disciplinarios o académicos presentados

por los estudiantes.

Administrar el Banco de Talleres que los educadores dejan en la institución en caso

de ausencia justificada.

Hacer amonestación verbal a los alumnos en privado y en público si la situación lo

amerita.

Programar las evaluaciones semestrales enfatizando en las pruebas SABER.

Asistir a las reuniones programadas por rectoría u otras instituciones.

Presentar oportunamente informes a la rectoría.

Implementar circulares, memorandos u otros informes internos que requieran de

especial divulgación y conocimiento entre la comunidad educativa.

Cumplir con el horario establecido por la rectoría.

Page 70: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

70

Informar oportunamente en caso de ausencia.

Dar a conocer a rectoría situaciones que requieran de especial atención.

Elaborar planes de mejoramiento en pro de la buena marcha de la institución.

Manejar buenas relaciones interpersonales con toda la comunidad educativa.

Cumplir con las funciones asignadas por la institución.

Controlar la asistencia de los educadores.

Organizar jornadas académicas especiales en caso de ausencia de un educador y

reportarlo oportunamente a rectoría.

Desarrollar los talleres que se encuentran en el banco de proyectos en los grupos que

ameriten su presencia por ausencia de un educador.

Atender inquietudes y necesidades de los estudiantes e informarlas al rector.

Cumplir con las funciones que le son encomendadas en los diferentes artículos y

procesos contemplados en este Manual.

CAPITULO IX

Rector

Artículo 106. El rector es el Gerente Educativo, de él depende todo el engranaje de la institución

y es considerado el representante legal. Tiene la misión de proyectar todo el trabajo de su equipo

de colaboradores para el logro de las metas propuestas en el Proyecto Educativo Institucional.

Sus funciones son:

Representar legalmente la Institución ante el Ministerio de Educación Nacional,

Secretaria de Educación Municipal y/o otros estamentos afines.

Convocar, coordinar y presidir las reuniones del Consejo Directivo y Académico,

velando en todo momento por el estricto cumplimiento de sus funciones.

Cumplir y hacer cumplir la jornada ordinaria de trabajo, la asignación académica y el

calendario escolar y todas las disposiciones del gobierno de acuerdo con las normas

vigentes.

Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación en la

Institución.

Establecer canales y mecanismos de comunicación entre la comunidad educativa.

Velar por el cumplimiento de los derechos y responsabilidades de los integrantes de

la comunidad educativa.

Presidir actos comunitarios y reuniones a las cuales haya citado.

Ejercer funciones disciplinarias que le atribuyan la ley, los reglamentos y el manual

de convivencia.

Dirigir el trabajo de la Secretaria y vigilar las publicaciones oficiales o de cualquier

índole que se elabore en la institución.

Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias para canalizarlas a favor

del mejoramiento de Proyecto Educativo Institucional.

Cumplir y hacer cumplir todas las disposiciones del Ministerio de Educación

Nacional y la Secretaria de Educación Municipal.

Dirigir y supervisar las diferentes dependencias de la institución educativa.

Page 71: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

71

Estimular el progreso intelectual, moral y formativo de los miembros de la

comunidad educativa.

Dictar por medio de resoluciones todas las medidas que estime necesarias para el

buen funcionamiento de la Institución.

Establecer las políticas con las cuales debe regirse la institución, de acuerdo a su

filosofía, misión y visión.

Proponer políticas encaminadas a desarrollar valores y actitudes en los miembros de

la comunidad educativa, que los acerque al perfil y a la filosofía propia de la

institución.

Solicitar informes a Coordinadores, Secretarias, Profesores y demás funcionarios de

la institución.

Promover actividades de beneficio social que vincule al establecimiento con la

comunidad local.

Elaboración del presupuesto anual del fondo y del acuerdo mensual de ejecuciones de

gasto, el cual será sometido a la aprobación del Consejo Directivo.

La ejecución de los recursos de los fondos de servicios docentes, en los términos y

montos autorizados, atendiendo lo dispuesto por el programa general de gastos y por

las normas vigentes.

La elaboración del balance de pérdidas y ganancias del fondo para ser aprobado por

el Consejo Directivo.

El manejo de la caja menor.

Las demás funciones propias de su carácter de ordenador de gastos.

Realizar actividades que garanticen la convivencia institucional.

Gestionar contactos con otras instituciones para el beneficio de la comunidad

educativa.

Asistir a capacitación y mantener un proceso continuo de perfeccionamiento

profesional y de actualización.

Propiciar buenas relaciones interpersonales.

Mantener una actitud de apertura, solidaridad, prudencia y de cambio.

Presentar informes continuos a la comunidad educativa de los procesos

institucionales.

Propiciar espacios de comunicación veraz, parcial, oportuna y efectiva en la

comunidad educativa.

Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el

Proyecto Educativo Institucional y/o el Ministerio de Educación Nacional, Secretaría

Municipal.

TITULO VIII

DISPOSICIONES PARA LA REFORMA DEL

MANUAL PARA LA CONVIVENCIA INSTITUCIONAL

Artículo 107. El Consejo Directivo de la institución realizará una vez cada año, el estudio de las

propuestas que durante el año han realizado por escrito cada uno de los órganos de gobierno de la

Page 72: Nuevo manual de convivencia institucion educativa asamblea departamental

72

institución referentes a las reformas que fueren necesarias al Manual para la Convivencia

Institucional.

Las propuestas serán estudiadas y aprobadas por el Consejo Directivo mediante acuerdo, serán

incorporadas al texto del Manual para la Convivencia Institucional y comunicadas a toda la

comunidad educativa.

Parágrafo: El integrante de la comunidad educativa que tenga propuestas para la reforma del

Manual para la Convivencia Institucional deberá pasarla por escrito a sus representantes ante un

órgano del gobierno escolar, éste a su vez la llevará a quien haga las veces de secretaria del

Consejo Directivo para que sea debidamente archivada y sirva como fuente el día y semestre en

que se convoque el análisis para las posibles reformas.

Artículo 108. Vigencia. Este manual de convivencia se entregara en medio magnetico y tendrá

una vigencia en lo que resta del 2011 hasta el último día académico de 2012, ya que en esta fecha

se entregarará impreso para una vigencia de 5 años.

Ama y déjate amar

Abraza y déjate abrazar

Crece y deja que los demás lo hagan

Enseña y déjate enseñar

Valora tu familia y deja que ellos te valoren a ti

Confía en los demás y deja que ellos confíen en ti

Sueña y haz a otros soñar

Convive y deja que ellos convivan contigo