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NOTICIAS DE SEGURIDAD PRIVADA
FEBRERO 2016
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ÍNDICE DE CONTENIDOS:
• Seguridad Privada en general.
• Empresas.
• Temas Legales.
• Aragón.
SEGURIDAD PRIVADA
EN GENERAL UN JUEZ DECLARA NULO EL
DESPIDO DE UNA
TRABAJADORA EMBARAZADA
CORDÓPOLIS | 18 de febrero de 2016 a las
19:06 |
Fachada de la Audiencia Provincial de
Córdoba | MADERO CUBERO
La sentencia considera que la empresa
Securitas Seguridad España ejerció
“una intolerable discriminación de
sexo” al prescindir de la empleada
cuando ésta estaba encinta.
El Juzgado de lo Social número 1 de
Córdoba ha declarado nulo el despido
de una vigilante de seguridad, que
desarrollaba su labor en el Centro de
Internamiento de Menores Sierra
Morena, por ser “discriminatorio” al
haberse producido mientras que la
trabajadora estaba embarazada.
Según ha informado el sindicato CSIF a
través de una nota de prensa, el juez
ha considerado que el despido de la
vigilante, que se produjo en abril de
2014, “es nulo porque tiene por causa
única su condición de mujer que
quiere ser madre, lo que entraña, sin
más, una intolerable discriminación
por razón de sexo”.
En consecuencia, el magistrado ha
señalado que “la nulidad del despido,
habida cuenta del mismo por razón
del sexo de la actora -pues entraña
directamente con la voluntad de la
misma de ser madre-, es harto
evidente”.
Por este motivo, el juez ha ordenado a
la empresa la “inexcusable readmisión
de la trabajadora en su mismo puesto
de trabajo, en las mismas condiciones
anteriores a su despido y con abono
de los salarios dejados de percibir
hasta su cautelar readmisión”.
En la resolución judicial se ha indicado
que la empresa “deberá pagar 3.000
euros” en concepto de “daño moral” a
la empleada, a fin de “resarcir
suficientemente a la víctima y
restablecerla, en la medida de lo
posible, en la integridad de su
situación anterior a la lesión, así como
para contribuir a la finalidad de
prevenir el daño”.
Asimismo, se da la circunstancia de
que “esta trabajadora fue despedida
dos días antes de que se presentara la
candidatura de CSIF para las
elecciones sindicales en la empresa”,
ha indicado el sindicato.
El responsable del Área de Seguridad
Privada de CSIF Córdoba, Rafael
Fernández, ha mostrado su “sorpresa”
y su “malestar” por la forma de actuar
de la empresa en este asunto y le ha
instado a dar cumplimiento al Plan de
Igualdad y al Protocolo de Acoso,
firmados recientemente con los
sindicatos mayoritarios.
http://cordopolis.es/2016/02/18/un-
juez-declara-nulo-el-despido-de-una-
trabajadora-embarazada/
UN JUEZ DECLARA QUE LA
FINANCIACIÓN DE UGT-
ANDALUCÍA ES COMPLEJA,
PARA AMPLIAR LOS PLAZOS
En la causa están imputados los ex
secretarios generales Manuel
Pastrana y Francisco Fernández Sevilla
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Sevilla / EFE, 23 de enero de 2016.
Actualizado a las 05:00 h.
El juez de Instrucción 9 de Sevilla ha
declarado de especial complejidad la
causa que instruye desde el 22 de
agosto del 2013 relativa a la
financiación de UGT-Andalucía, en la
que están imputados los ex
secretarios generales Manuel
Pastrana y Francisco Fernández
Sevilla. Con esta declaración de Juan
Jesús Vélez, aprobada el pasado día
18, la causa se puede extender 18
meses más frente a los seis a los que
obliga la Ley de Enjuiciamiento
Criminal.
Este caso, en el que la Fiscalía
Anticorrupción acusa de «financiación
ilegal del sindicato» a través de los
fondos de formación, reúne «todos los
requisitos» para que se declare de
especial complejidad, señala el juez en
un auto. El magistrado explica que el
caso reúne los requisitos para alargar
su instrucción porque se investigan
«hechos especialmente complejos» y
no puede concluirse en seis meses.
Además, el juez justifica el
alargamiento de la instrucción porque
existen numerosas personas
investigadas.
http://www.lavozdegalicia.es/noticia
/espana/2016/01/23/juez-declara-
financiacion-ugt-andalucia-compleja-
ampliar-
plazos/0003_201601G23P20994.htm
ROBOS A PARTICULARES Y
EMPRESAS REVELAN FALLOS EN
DISPOSITIVOS DE ALARMA
Investigaciones policiales por
allanamiento descubren que
sensores, cámaras y paneles de
control instalados por empresas de
seguridad privada están homologados
pero no cumplen la normativa
europea.
Las empresas de seguridad privada
tienen, desde 2011, la obligación de
adaptar sus equipos a las nuevas
normas europeas. La Unidad Central
de Seguridad Privada de la Policía, no
obstante, les ha permitido, con la
aprobación de periodos de carencia,
posponer esos cambios en los
sistemas, que han podido seguir
siendo homologados durante estos
años.
El 18 de febrero de 2011 se publicaron
en el BOE número 42 las
siguientes Órdenes Ministeriales, que
entraron en vigor en agosto, justo seis
meses después:
Equipos de vigilancia.
• Orden INT/314/2011, de 1 de
febrero, sobre empresas de
Seguridad Privada.
• Orden INT/316/2011, de 1 de
febrero, sobre funcionamiento de
los sistemas de alarma en el ámbito
de la seguridad privada.
• Orden INT/317/2011, de 1 de
febrero, sobre medidas de seguridad
privada.
A partir del 18 de agosto de 2011, y
según el artículo 3.1 de la Orden
INT/316/2011, de 1 de febrero, sobre
funcionamiento de los sistemas de
alarma en el ámbito de la Seguridad
Privada, “Cualquier elemento o
dispositivo que forme parte de un
sistema de alarma de los recogidos por
la normativa de seguridad privada,
deberá cumplir, como mínimo, el
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grado y características establecidas en
las Normas UNE-EN 50130, 50131,
50132, 50133, 50136 y en la Norma
UNE CLC/TS 50398, o en aquellas otras
llamadas a reemplazar a las citadas
Normas, aplicables en cada caso y que
estén en vigor”.
Esta aplicación era y es de obligado
cumplimiento, para aquellos sistemas
de seguridad (intrusión, control
accesos, CCTV, sistemas alarma social,
sistemas y equipos de transmisión de
alarmas, sistemas combinados o
integrados), que se pretendiesen
conectar a una central receptora de
alarmas, centro de control y/o de
video vigilancia a partir del 18 de
agosto de 2011 y sobre nuevas
instalaciones.
Pues bien. Según explican a El
Confidencial Digital fuentes del
Sindicato de Trabajadores de
Seguridad Privada (STSP), tan solo 12
días después de la publicación de esas
órdenes ministeriales, el comisario
jefe de la Unidad Central de Seguridad
Privada, Esteban Gándara, redactó
un escrito, remitido por la Dirección
General de la Policía Nacional, en el
que se establecía un periodo de
“carencia” de seis meses a las
empresas para adaptarse a las nuevas
normativas.
El comisario reconocía “problemas”
para adaptarse a las nuevas exigencias
europeas, por lo que informaba
también que, tanto en las nuevas
instalaciones “se dará conformidad
provisional a las mismas, sin la
necesidad de la presentación de los
certificados que son exigidos por la
nueva normativa”.
Equipos homologados... pero con
fallos.
Este “permiso” del comisario Gándara
provocó, según explican desde STSP,
que las principales empresas de
seguridad privada, como Securitas
Direct y Prosegur, obtuvieran
la homologación de los equipos que
estaban instalando, a pesar de no
aplicar todavía en ellos las nuevas
exigencias de las Normas europeas
UNE. De hecho, algunas compañías,
como Honeywell, informaban de
dicha circunstancia en su página web.
Esa práctica, aseguran las mismas
fuentes, se continuó aplicando cuando
la Unidad Central de Seguridad
Privada aprobó un segundo periodo
de carencia de enero de 2012 al 30 de
junio de 2013, y tras la aprobación de
la Orden INT/1504/2013, que otorga a
los fabricantes 30 meses para que sus
productos cumplan con esas nuevas
normas UNE.
De esta forma, se instalaron miles de
equipos con homologación pero sin
aplicar la normativa europea. Un
hecho que se ha empezado a conocer
cuándo se han producido robos, y se
han detectado errores en las
instalaciones.
Las compañías han sido denunciadas
ECD ha podido tener acceso a
una denuncia presentada ante la
Guardia Civil contra Securitas Direct,
en la que se recogen hasta cinco
ejemplos de robos ocasionados por
fallos en los equipos de seguridad. Son
los siguientes:
• En abril de 2013, una empresa de
orfebrería madrileña sufrió un robo
después de que el sistema VERISURE
FAST, instalado en abril de 2011 y
certificado por SD como
homologado, no emitiera ninguna
señal a la central receptora de
alarmas.
• En mayo de 2013, la misma empresa
sufrió un nuevo hurto por el mismo
fallo en la emisión de señales del
sistema. El importe del material
robado ascendió a cerca de 800.000
euros.
• En diciembre de 2013, una peletería
de Pontevedra sufrió un robo de
80.000 euros después de que el
VERISURE FAST, instalado en
septiembre de 2012, no emitiera
tampoco la señal de alarma.
Además, como consta en el informe,
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el panel de control, “que no estaba
homologado”, no detectó ninguna
señal a pesar de haber sido
destrozado.
• En una empresa de recuperaciones
de Arganda del Rey se robaron dos
camiones de cobre después de que
el sistema de alarma no transmitiera
señal alguna.
• También en Arganda del Rey, un
negocio de bicicletas sufrió un gran
robo - “vaciaron la tienda- porque la
Central Receptora de Alarmas no
recibió ningún tipo de aviso por
parte del sistema de vigilancia.
STSP, en el mismo escrito presentado
ante la Dirección General de la
Guardia Civil, adjunta más de 250
denuncias de sistemas de seguridad
no homologados registradas en la
Unidad Central de Seguridad Privada
en enero y febrero de 2012,
correspondiente a sistemas de
seguridad instalados entre agosto y
diciembre de 2011. En estas fechas, ya
habían entrado en vigor las Órdenes
Ministeriales INT/314/2011 e
INT/316/2011.
Además, recuerda que los periodos de
carencia concedidos a las empresas de
seguridad privada no podían ser
otorgados por Esteban Gándara: “La
disposición final segunda de ambas
Órdenes Ministeriales [INT/314/2011
e INT/316/2011] dispone que solo el
Director General de la Policía y la
Guardia Civil adoptará las
resoluciones y medidas necesarias
para la ejecución y cumplimiento de lo
dispuesto en esta Orden, así como
para la modificación, en su caso, de los
Anexos”.
Por tanto, “el Comisario Jefe de la
UCSP, no tiene competencia para
modificar la entrada en vigor de una
Orden Ministerial, ni tampoco para
alterar su contenido como hace con la
Orden INT/1504/2013”.
Respuesta de las empresas de
seguridad
Para ampliar esta información, ECD se
ha puesto en contacto con las dos
principales empresas de seguridad en
España: Securitas Direct y Prosegur.
Securitas Direct explica que siempre
han trabajado con equipos
homologados y han impulsado que las
normativas de seguridad avancen. Por
ese motivo, aseguran que “siempre
hemos cumplido la legislación y,
cuando hemos tenido dudas acerca de
cómo utilizar las nuevas tecnologías,
hemos elevado consulta al regulador
y siempre hemos actuado con el aval
de esa consulta”.
Sobre las homologaciones durante los
periodos de carencia, SD explica que
“la mejor muestra de transparencia es
que nuestros clientes tienen un acceso
privado en la web para comprobar las
homologaciones de todos los
dispositivos”.
Preguntado por ECD sobre los nuevos
equipos, Securitas Direct afirma que
todas las instalaciones nuevas, es
decir, las llevadas a cabo a partir de la
orden de 2011, “cumplen con todas
las homologaciones tanto en grado
dos como en grado tres”.
Esos equipos “están adaptados a las
nuevas normas europeas, porque la
instalación en sí ya es nueva, ya está
adaptada a las normativas europeas”.
Sobre los equipos previos a la orden
ministerial de 2011, aseguran que
“cuentan con un periodo de carencia
de 10 años. Por lo tanto, Securitas
Direct tiene hasta 2021 para cumplir
con la adaptación de sus dispositivos a
las nuevas normas europeas”.
Prosegur, por su parte, señala que
tanto antes del cambio normativo
como después, “ha comercializado e
instalado productos de fabricantes
líderes mundiales. Todos ellos cuentan
con un prestigio y reconocimiento
internacional y son de probada
solvencia. Como no puede ser de otra
manera, estos fabricantes cumplen
con los estándares de producto más
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exigentes para comercializar sus
productos internacionalmente”.
En cualquier caso, añaden, desde la
entrada en vigor de la nueva norma en
el año 2011, Prosegur ha instalado
exclusivamente productos conformes
con la normativa exigida”. Por último,
y más importante, Prosegur desea
indicar que en cualquiera de sus tres
líneas de actividad cumple de manera
escrupulosa con lo que marca la ley. Y
ocurre, de igual forma, en lo referido a
las certificaciones de producto en la
línea de Alarmas.
http://www.elconfidencialdigital.com
/seguridad/Robos-particulares-
empresas-revelan-
dispositivos_0_2641535841.html
ENTREVISTA A JOSÉ MANUEL
ALONSO DÍAZ, SOCIO EXPERTO
DE DE AECRA
"El legislador no ha ignorado que la
profesionalización del personal de
seguridad privada y su promoción en
el trabajo, debe provenir de la vigencia
de una carrera profesional en el
sector" Aecra 03/02/2016
José Manuel Alonso Díaz, además de
socio experto de Aecra, es el
presidente de Asefosp y el propietario
de Cets, Centro Decano de Formación
de la Seguridad Privada. En esta
entrevista ofrece su opinión
sobre la nueva Ley de Seguridad
Privada, la formación en dicha
cuestión y sobre los retos y objetivos
de Aecra de cara a 2016.
¿Después de haber transcurrido más
de un año tras la entrada en vigor de
la nueva Ley de Seguridad Privada,
cuál es su valoración respecto de la
misma?
Desde Asefosp con la colaboración
técnica de Aecra, hemos realizado una
vez producida la entrada en vigor de la
Ley 5/2014 de Seguridad Privada, en
junio de 2014, un análisis acerca del
impacto de la nueva Ley en el sector
de la Seguridad Privada y su incidencia
real en el cuadro normativo
reglamentario. Tras dicho análisis,
hemos podido extraer una conclusión
más que evidente, cuál es la
convivencia estable y armónica de la
nueva Ley de Seguridad Privada con el
marco reglamentario vigente, y
particularmente respecto de las
Ordenes del Ministerio de Interior de
1 de febrero 2011.
Por supuesto que con el Modelo de
Seguridad Privada del año 2014, se
mantiene el principio de
subordinación de la Seguridad Privada
frente a la Seguridad Pública. Diríamos
más, se incrementan sustancialmente
las medidas de supervisión y control
respecto de los Centros de Formación
acreditados, contemplándose como
sujetos infractores contra la
normativa de seguridad privada tanto
a los Centros de Formación como a los
profesores acreditados incluidos en
sus plantillas. El legislador no ha
ignorado que la profesionalización del
personal de seguridad privada y su
promoción en el trabajo, debe
provenir de la vigencia de una carrera
profesional en un sector económico
como el de la seguridad privada.
José Manuel Alonso Díaz.
¿Estima que el sector de la Seguridad
Privada tiene un conocimiento
correcto del alcance y contenido de
las vías de acceso abiertas con la
nueva ley de Seguridad privada en el
artículo 29 LSP? ¿Existen diferencias a
nivel práctico en la aplicación por los
Centros de Formación?
Tanto el Ministerio de Interior como
los Ministerios de Educación y Empleo
tienen obligación de unificar sus
criterios estableciendo un marco de
acceso a la formación previa en
condiciones de igualdad para los
candidatos de acuerdo con el
mandato legal reflejado en el artículo
29.1 de la Ley de Seguridad Privada.
Una vía no debe prevalecer sobre la
otra.
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El legislador ha reconocido al
Ministerio de Educación y al
Ministerio de Empleo un espacio de
intervención en el ámbito de la
formación profesional para este
personal habilitado en actividades de
seguridad privada exclusivas, y por
ello los deberes fundamentales de
dichos Entes Ministeriales deben
dirigirse a respetar los contenidos y
cargas formativas establecidas por el
Ministerio Competente en esta
materia: El Ministerio de Interior.
Ahora mismo, el Ministerio de
Educación está trabajando en la
modificación de dichas cualificaciones
profesionales para el vigilante y
guarda rural como paso previo a la
aprobación de nuevos certificados de
profesionalidad en dicha formación
previa, y por ello se ha trasladado a
Asefosp la oportunidad de realizar
alegaciones en fase de contraste.
Indicar que dichas alegaciones las
hemos formulado y presentado
contando con la colaboración de
Aecra el pasado día 25 de enero,
teniendo en cuenta que se revela
como fundamental antes de ser
aprobadas dichas cualificaciones
profesionales espera a la aprobación
el Consejo de Ministros de nuevo
Reglamento de Seguridad Privada.
Puedo resumir como fundamentos
principales de las conclusiones
incluidas en nuestras alegaciones los
siguientes:
• Primero: “El modelo de cualificación
planteada por el cual no se ajusta a
la vigente Ley de Seguridad Privada”.
• Segundo: “La competencia general
de las propuestas de cualificación
del cual tampoco se ajustan a lo que
pueda plantearse en el futuro
reglamento de seguridad privada”.
• Tercero: “No se pueden aprobar
unos programas o módulos
informativos en dichas
cualificaciones que no sean
consensuados respecto a los que
puedan aprobarse por el ministerio
de interior en el futuro reglamento
de seguridad para garantizar el
principio de igualdad ante la Ley”.
• Cuarto: “Las dos vías de acceso de
los certificados: la del Ministerio de
Interior y la de Ministerio de
Educación y Empleo; deben
impartirse y exigirse en condiciones
de igualdad para los candidatos y
estudiantes, sin que pueda primarse
o privilegiarse una sobre la otra”.
• Quinto: El formador acreditado
requerido en las cualificaciones
profesionales debe hallarse
identificado con el profesor
acreditado como profesional único.
¿Cree que la formación a distancia va
a ser la metodología principal en el
diseño de los programas específicos
para el personal de Seguridad
Privada en el futuro Reglamento?
En razón al avance producido con las
nuevas tecnologías en el ámbito
formativo y particularmente una vez
producida la publicación en la
formación profesional del RD 4/2015
de 23 de marzo para la reforma
urgente del sistema de formación
profesional para el empleo en el
ámbito laboral, es necesario acometer
una modificación a nivel
reglamentario respecto a la
metodología en la impartición de la
formación previa en el ámbito de la
seguridad privada tanto en la vía de
acceso tradicional del Ministerio de
Interior como en la de los certificados
de profesionalidad del Ministerio de
Empleo como en la formación
permanente.
Dicha formación a distancia mediante
la tele formación, garantiza la
formación de calidad, al permitir
obtener evidencias o pruebas de la
impartición real de dicha formación a
través de plataformas informáticas
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virtuales con claro uso de tecnologías
de la información y comunicación, con
cumplimiento de los requisitos de
accesibilidad y diseño para el alumno
las 24 horas, ser reconocidas por la
autoridad administrativa competente,
disponer de apoyo en tutorías
virtuales o presenciales en su caso de
acuerdo con el artículo 15 de dicho RD
4/2015 de 23 de marzo del Ministerio
de Empleo ya citado.
Ello no es óbice para que se mantenga
la formación presencial tradicional
especialmente en las pruebas de
aptitudes físicas y psicológicas o
relacionadas con el uso de armas
tanto en la formación previa como en
determinadas formaciones específicas
exigidas a dicho personal habilitado si
bien con clara preeminencia de la
formación a distancia en la modalidad
descrita.
¿Qué acciones, eventos e iniciativas
entiende que como socio experto de
Aecra puede emprender dicha
Asociación el próximo año 2016 para
mejora de la formación en el ámbito
sectorial de la Seguridad Privada?
Enumérelas.
Lo fundamental es iniciar los trabajos
para entregar aquellos requisitos y
condiciones que creemos necesaria
para elevar la profesionalización y
mejora en la formación del personal
habilitado. Entiendo que Aecra puede
contribuir a incorporar al marco
reglamentario de las actividades y
servicios de los Centros de Formación
de Personal que desempeña funciones
de seguridad privada, a los operadores
de Central de Alarmas y los técnicos de
seguridad. Ante el incremento de la
cuantía de los importes de las
sanciones, coincidimos con Aecra en
que se hace preciso modular o matizar
determinados tipos infractores para
que pueda ser aplicado el principio de
proporcionalidad, evitando una
aplicación estricta y literal de las
normas concluya en una arbitrariedad
de la Administración.
http://www.interempresas.net/Segur
idad/Articulos/150765-Entrevista-a-
Jose-Manuel-Alonso-Diaz-socio-
experto-de-de-Aecra.html
AYUNTAMIENTOS
INDEPENDENTISTAS
CONTRATAN A UNA EMPRESA
ILEGAL DE SEGURIDAD QUE
LLEVA PORRAS CON ESTELADAS
M.A. Ruiz Coll 10/02/2016
Fir Fuset i Roca Associats S.C.P.
presume de que ha logrado acabar
con la figura del vigilante de seguridad
"sin ningún tipo de educación y que
encima no sabe ni hablar catalán"
Los vigilantes de Fir SCP usan defensas con
la bandera independentista como
logotipo.
Cerca de una decena de
ayuntamientos catalanes gobernados
por Convergència (CDC) y sus socios
soberanistas han contratado a una
empresa ilegal de seguridad que hace
gala de sus vínculos con el movimiento
independentistas: sus guardias
jurados utilizan un chaleco reflectante
que les identifica como “vigilantes de
seguridad de los Països Catalans” y
portan porras coronadas por una
bandera estelada.
Se trata de la sociedad Fir Fuset i Roca
Associats S.C.P., que tiene su sede en
la Avenida Diagonal de Barcelona. La
empresa ha estado prestando
servicios para las Administraciones
públicas sin estar inscrita en el
Registro Especial de Empresas de
Seguridad de Cataluña gestionado por
la propia Generalitat.
De hecho, está dada de alta en el
Registro Mercantil como una empresa
del sector de “restaurantes y puestos
de comida”. Por tanto, no está
habitada para desarrollar labores de
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vigilancia y seguridad, y mucho menos
con cargo a las Administraciones
públicas.
Sin embargo, ha obtenido numerosos
contratos de ayuntamientos
independentistas, gracias a que
presume de sus vínculos con el
soberanismo y de contratar
únicamente a vigilantes jurados que
hablan catalán.
En su publicidad, la empresa asegura
que ha logrado prescindir de la figura
del vigilante de seguridad “sin ningún
tipo de educación y que encima no
sabe ni hablar catalán“.
En varias páginas de empleo todavía
se puede encontrar un reciente
anuncio en el que busca contratar a
“controladores de acceso” –es decir,
el equivalente a los porteros de
discoteca– con los siguientes
requisitos: “Buena presencia y buen
trato con la gente, titulación
acreditada por la Generalitat de
Cataluña, imprescindible hablar
catalán”.
Fir SCP se publicita como una
“pequeña empresa de servicios
dedicada a cubrir conciertos y eventos
de organizaciones, entidades y
particulares que aprecien el buen
trabajo”.
En su perfil de Facebook, la empresa
recalca que ofrece a los
ayuntamientos “la seguridad llevada
por gente de casa, de la tierra.
Llevamos porra porque nos obligan,
pero la llevamos a nuestra manera”: el
mensaje está acompañado de una
foto que muestra la defensa decorada
con la bandera estelada
independentista.
Este es el principal argumento al que
Fir Fuset i Roca Associats S.C.P. apela
para conseguir contratos de las
Administraciones públicas catalanas,
pese a no estar dada de alta en el
registro oficial de empresas de
seguridad.
El Ayuntamiento de Sant Cugat del
Vallés (Barcelona), gobernado por la
alcaldesa de CDC Mercè Conesa i
Pagés, ha contratado sus servicios
durante los dos últimos años para
garantizar la seguridad en festejos de
la población. Lo mismo ha hecho el
pequeño consistorio de Sant Cebrià de
Vallalta, de poco más de 3.300
habitantes, ensus fiestas patronales.
Según su propia página web, la
empresa también ha cubierto en los
últimos años la seguridad en otros
eventos como el carnaval de
Cardedeu (Barcelona); las Barracas de
Granollers (Barcelona); la fiesta mayor
de la Creu Alta de Sabadell, la fiesta
mayor de Vic, conciertos de verano el
organizados por el Ayuntamiento de
Alella y el concierto del grupo
Inadaptats, que el año pasado reunió
unas 5.000 personas en Vilafranca del
Penedès.
http://okdiario.com/espana/cataluna
/ayuntamientos-independentistas-
contratan-a-una-empresa-ilegal-de-
seguridad-que-lleva-porras-con-
esteladas-68546
SEXO EN HORAS DE TRABAJO:
ÚLTIMO LÍO LABORAL EN LA
VIGILANCIA CANARIA
Se queja también de otras
"actuaciones negligentes" por parte
de la empresa de seguridad en la
prestación del servicio en edificios
considerados “infraestructuras
críticas”
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Ciudad de La Justicia de Las Palmas de
Gran Canaria.
El responsable de Seguridad de la
Dirección General de Relaciones con
Justicia del Gobierno de Canarias, José
Romero Alfonso, denunció el pasado
30 de noviembre ante la Policía que
los vigilantes que controlan el turno
de noche de la Ciudad de la Justicia
permiten acceder a “personas ajenas
al servicio” de forma irregular y llevan
a cabo “actos sexuales” en el interior
de los edificios.
El alto cargo -incardinado
orgánicamente en la Consejería de
Presidencia, Justicia e Igualdad-
describe en su denuncia ante la
Unidad de Seguridad Privada de la
Policía en Las Palmas que ha
“detectado” el acceso de personas
“sin autorización” al edificio judicial, y
que en un momento dado una de
ellas, una mujer, “se mueve con toda
tranquilidad por la zona” y entra en el
“área restringida del CCTV e
información”, es decir, en la zona de
control de cámaras desde donde se
coordina todo el servicio de vigilantes.
Según el director de Seguridad, la
chica entra en la habitación junto a
uno de los vigilantes, que el
denunciante señala con nombre y
apellidos. Este último “se olvida de sus
funciones, se desnuda” y realiza
“actos sexuales en el centro de
control” con su invitada.
En la denuncia, el alto cargo califica
como “grave” la actuación
protagonizada por el vigilante y
asegura que el episodio narrado “no
es un hecho aislado”. Romero Alfonso
asegura que otros vigilantes faltan a
sus puestos de trabajo o acuden a
otros servicios dejando desocupados
aquellos que tienen asignados.
La denuncia critica también la actitud
del inspector de la empresa encargada
del servicio, Seguridad Integral
Canaria, que ha ordenado cacheos sin
su autorización. “Son medidas muy
excepcionales” y deben aplicarse “con
proporcionalidad adecuada y
preservando la intimidad de las
personas”, relata el demandante,
quien asegura no haber dado nunca
esa instrucción, ya que los vigilantes
tienen el detector manual para
localizar elementos extraños.
Explica que los cacheos los realiza la
empresa en los accesos al Estadio de
Gran Canaria cuando juega la Unión
Deportiva Las Palmas, a pesar de que
el departamento de Seguridad del
Gobierno insular no da esas
directrices. “Las inspecciones
manuales de las personas y sus
enseres serán en casos
excepcionales”, recuerda.
El denunciante amplió su denuncia el
pasado 12 de enero con un nuevo
escrito en el que solicitaba la apertura
de un expediente a la compañía.
También ponía de manifiesto que
Seguridad Integral Canaria quita
vigilantes formados en el uso de
herramientas de control, como arcos
detectores y otros aparatos, y los
traslada a otros destinos sin la
autorización del responsable de
Seguridad. “Usurpan mis funciones y
yo no acepto los cambios”, se queja el
alto cargo de la Consejería de Justicia,
al que la empresa ignora, según
denuncia.
“Esta situación no es aislada y se ha
comprobado que la empresa tiende a
sustituir unilateralmente los vigilantes
que llevan años en el servicio, que son
de confianza para este departamento
y que se han formado en el manejo de
sistemas electrónicos de seguridad del
edificio”, destaca Romero Alfonso.
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Aficionados de la UD Las Palmas, en el
Estadio de Gran Canaria.
“Desde mi punto de vista, es una
actuación negligente de Seguridad
Integral Canaria en la prestación del
servicio, máxime cuando estamos
hablando de edificios judiciales que
están afectados por las normas sobre
infraestructuras críticas”, recalca el
alto cargo, quien asegura que, cuando
él da instrucciones a la empresa, esta
responde que “las funciones del
director de Seguridad atentan contra
la libertad empresarial".
El trabajo de Seguridad Integral
Canaria en los edificios judiciales
insulares no ha sido cuestionado
únicamente por el director de
Seguridad de la Consejería de
Presidencia. La Unión Sindical Obrera
(USO) pidió el pasado 24 de marzo a la
Dirección General de Relaciones con la
Administración de Justicia que anulara
el contrato firmado con la empresa
propiedad de Miguel Ángel Ramírez
porque esta “incurre continua y
reiteradamente en infracciones
graves” tipificadas en la Ley de
Seguridad Privada.
En la misiva, USO asegura que la
Jefatura Superior de Policía de
Canarias ha investigado a la compañía
mediante una inspección 'in situ' y ha
propuesto una sanción por las
supuestas irregularidades en las que
ha incurrido la empresa en la
prestación de los servicios en las sedes
judiciales. En este caso, USO denuncia
que la empresa paga tarde a sus
trabajadores.
http://www.elconfidencial.com/espa
na/2016-01-29/sexo-en-horas-de-
trabajo-ultimo-lio-laboral-en-la-
vigilancia-canaria_1143112/
CONDENADA UNA DISCOTECA
POR NO GARANTIZAR LA
SEGURIDAD DE LOS CLIENTES
El 26 de diciembre del 2011, la joven
C. B. T. recibió un fuerte botellazo en
la frente durante la discusión con otra
mujer, Y. A.J., en el interior de la
discoteca Arenas Sala VIP de la Gran
Vía de Barcelona. La lesionada ha sido
indemnizada hace unas semanas. Pero
no por la agresora, sino por la empresa
que explotaba el local. Y es que la
Audiencia de Barcelona había
condenado a esta sociedad como
responsable civil subsidiario. El
motivo: no se adoptaron las medidas
para garantizar la seguridad de los
clientes, pues en la planta en la que se
produjo la pelea no había vigilantes.
Fuentes jurídicas tildaron de inusual
esta resolución.
El tribunal condenó a la agresora, Y. A.
J., como autora de un delito de
lesiones agravado por el uso de un
instrumento peligroso (una botella de
cerveza) a dos años de prisión. Los
jueces no le impusieron más pena al
considerar que se habían producido
dilaciones indebidas en la tramitación
del proceso.
La Sección Séptima de la Audiencia de
Barcelona también condenó a la
empresa que gestionaba en ese
momento el local y la aseguradora al
pago, con carácter subsidiario, de una
indemnización de 7.666 euros, más los
intereses legales. Como Y. A. J. se
declaró insolvente, ha sido la
compañía de seguros la que, hace
unas semanas, ha desembolsado el
dinero. En este sentido, la sentencia
recoge la tesis de la acusación
particular de la abogada Mireia
Balaguer Bataller.
RESPONSABILIDAD CIVIL
La resolución señala que la
responsabilidad civil subsidiaria de la
empresa deriva de un artículo del
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Código Penal que contempla esta
medida en los casos de delitos o faltas
cometidos en los establecimientos de
los que sean titulares, cuando por
parte de los que lo administran o de
sus empleados “se hayan infringidos
los reglamentos de policía o las
disposiciones de autoridad que estén
relacionados” con el hecho delictivo.
En este sentido, la sentencia recoge un
fallo del Tribunal Supremo que
sostiene que quien se beneficia de las
actividades de otra persona (en este
caso la discoteca) que puede provocar
un riesgo para terceros (la agresión)
“también debe soportar las
consecuencias negativas”.
Los magistrados inciden en que la
lesión se produjo en el interior del
local y que “los titulares de la
explotación no adoptaron las medidas
necesarias para asegurar la seguridad
de los clientes”, pues en la planta baja
donde sucedió la discusión no había
vigilantes de seguridad, ni persona
alguna encargada de la misma. Ni
antes, ni después de la agresión. La
herida tuvo que se auxiliada
“únicamente” por sus amigas. Una vez
controlada la situación, todas ellas
subieron a la planta superior, lugar
donde tuvo la primera intervención
los miembros de seguridad que se
limitaron a indicar una sala donde
poder esperar la ambulancia.
FALTA DE CONTROL
Los jueces detallan que, por lo tanto,
en la planta baja de la discoteca donde
sucedieron los hechos no “existía
control alguno por parte del personal
de seguridad”, dejando dicha parte
del local “desprovista de cualquier
medida de seguridad” y, por tanto, no
se adoptaron las medidas necesarias
para evitar una eventual agresión.
Prueba de ello es que se produjo.
En opinión del tribunal, esta conducta
“omisiva” supone una clara infracción
“del deber” de los titulares del
negocio de llevar a cabo la actividad
del local en “condiciones de
normalidad y seguridad de sus
clientes”, más teniendo en cuenta que
en fechas tan señaladas, fiestas
navideñas, era fácil suponer un
aumento de clientes y por ende de
mayores incidentes merecedores de
un incremento de las medidas
preventivas de vigilancia y control si
fuese necesario”. Si se hubieran
tomado medidas de prevención, al
entender de los jueces, no se hubiera
producido la agresión.
http://www.elperiodico.com/es/notic
ias/sociedad/audiencia-barcelona-
condena-discoteca-por-garantizar-
seguridad-clientes-4899536
LA ÚLTIMA ACEITUNA SE
PROTEGE EN EL TAJO CON
GUARDIAS DE SEGURIDAD ENRIQUE ALONSO 17/02/2016
EN LAS FINCAS. Tres de los vigilantes
de seguridad contratados por los
cooperativistas de Úbeda posan con el
vehículo todoterreno en un olivar
durante las labores de
vigilancia. (Jesús Delgado)
Las cifras
• 30% es el rendimiento que se
obtiene de algunas aceitunas que
llegan a la fábrica, lo que eleva su
cotización.
• 90 céntimos por kilo se pueden
obtener en los puntos de compra
por el fruto que se recoge ahora
mismo.
• 6 vigilantes de seguridad controlan
los olivares de Úbeda para evitar
los robos.
La Comandancia aún carece de datos
oficiales, pero la gente tiene la
sensación de que existen muchos
robos de aceituna. Oficialmente, la
Guardia Civil indica que, cuando acabe
la campaña, se hará balance en la
Subdelegación. Sin embargo, los
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guardias que patrullan los pueblos
afirman que este año hay más amigos
de lo ajeno en los tajos. Los olivareros
creen lo mismo. Algunos acuden a los
cuarteles para denunciar los robos.
Los hay, incluso, que en más de una
ocasión. Otros, ni siquiera eso. Se
cabrean cuando ven que la aceituna
que tenían en las ramas o en el suelo
ya no está.
Ignacio Diez es vigilante. Pertenece a
la empresa Sansegur Seguridad, que
ha recibido el encargo de vigilar una
amplia extensión de fincas de La Loma
—de los términos de Úbeda, Sabiote y
hasta Torreperogil—. Los socios de las
cooperativas La Unión, Santa Eulalia,
La Carrera y Virgen de Guadalupe no
quieren que le roben la aceituna. Por
eso, pagan a seis guardias de
seguridad, que se mueven en tres
vehículos, por sus olivares. No es el
primer año, pero ahora se han tenido
que incrementar los medios porque
tienen la sensación de que existen
muchos robos y que, también, la
Guardia Civil no tiene ojos en todos
lados.
“Nos movemos por los tajos. Si no
conocemos a las personas que
recogen, les pedimos la
documentación y verificamos que
están en una parcela de su propiedad
o, lo que es lo mismo, que no se
apropian de lo ajeno”, afirma Ignacio
Díez. Sabe que los robos se producen
por el día y por la noche, pero su
experiencia le hace establecer unos
patrones: “Las noches de luna llena
tenemos más cuidado. Hay que estar
atentos porque existe más luz y son
propicias para que se produzcan
hurtos. No obstante, hay otros que se
producen a pleno día”. Tanto Ignacio
Diez como sus otros cinco
compañeros conocen bien el terreno.
Se lo patean todos los días e, incluso,
tienen bastante claro de quiénes son
los olivos. Asimismo, los agricultores
tienen sus teléfonos. Si ven algo raro,
los llaman para que acudan. “No
podemos decir que no se haya
producido robo alguno. Resulta
imposible ser efectivos al 100%, pero
sí que se han realizado bastante
pocos. La gente sabe que estamos
rondando por el campo y, además,
que nos avisan. Creo que otros
olivareros deberían tomar este
ejemplo porque da buenos resultados.
De hecho, cada vez existe menos
Guardia Civil, por lo que los servicios
de guardería o de vigilancia son
efectivos”, concluye Ignacio Díez.
LOS AGRICULTORES. Los olivareros
tienen muy claro que la última
aceituna es la que más “se pierde”.
“Siempre que acabo más tarde, veo
que me tocan. Ese es uno de los
riesgos que tenemos que asumir”,
afirma Ángel Carrascosa, un agricultor
que tiene su explotación olivarera en
la capital jiennense y en el término
municipal de Jimena. Precisamente,
esta es una ley no escrita que los
agricultores tienen grabada “a fuego”
en la cabeza: “En las últimas semanas
de campaña es cuando se llevan la
mayoría de la aceituna”.
Sus representantes no se olvidaron de
esta premisa que rige en el campo de
Jaén. Por eso, en la reunión que
mantuvieron con el subdelegado, Juan
Lillo, y con los miembros de las fuerzas
de seguridad fueron rotundos:
“Todavía hay gente que no ha acabado
de recoger el fruto, por lo que la
rebusca se debe de mantener hasta el
1 de marzo”. En cambio, no hay mucha
gente que ya lleve aceituna a la
almazara. Se ve a alguno, pero casi
todos han terminado. Pero mezclar la
rebusca con el final de la campaña de
algunas fincas se interpreta como
facilitar los robos en las explotaciones.
“Dicen que están rebuscando, pero
vienen a robarte”, afirman los
agricultores.
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José Consuegra es el presidente de la
Cooperativa La Unión de Úbeda, una
de las más grandes de la provincia.
“Los socios hemos optado por, en
estos días, incrementar el sistema de
vigilancia. Son seis hombres que se
dan vueltas por el campo para
detectar robos. Si los encuentran,
llaman a la Guardia Civil. Muchos
dicen que van a rebuscar, pero, en
realidad, los ves con sus mantones
dispuestos a quitarte la aceituna. El
sistema de seguridad lo pagamos los
socios y estamos mucho más
tranquilos. Robos cero resulta
imposible. Alguna vez sí que nos
quitan, pero sí que se reducen
bastante”, manifiesta.
http://www.diariojaen.es/al-dia/la-
ultima-aceituna-se-protege-en-el-
tajo-con-guardias-de-seguridad-
EX1044475
EMPRESAS ADJUDICAN A EULEN EL
SERVICIO DE ATENCIÓN DE
LLAMADAS DE BOMBEROS Y LA
POLICÍA LOCAL
El contrato tiene una duración de un
año prorrogable por otro y su importe
es de 845.064 euros
José Antonio Sau 16.01.2016 | 05:00
La Junta de Gobierno Local del
Ayuntamiento de Málaga también
aprobó ayer la contratación del
servicio de atención de llamadas de
emergencia de los teléfonos del Real
Cuerpo de Bomberos (080) y de la
Policía Local (092), que se adjudicó a la
empresa Eulen por un importe anual
de 845.064 euros.
Bomberos malagueños durante un
simulacro. Gregorio Torres
A través de ambos teléfonos se
recibieron el año pasado 130.240
llamadas. El contrato previsto es para
el periodo de un año, con la
posibilidad de ser prorrogado otro
ejercicio más. La oferta de Eulen,
informó ayer el Consistorio, fue la más
ventajosa y supone una disminución
de 5.093 euros respecto al contrato
actual, que finaliza el 31 de enero.
Quedan excluidos de este nuevo
contrato los servicios de atención
ciudadana del 010, que se
desvincularon del Centro Municipal de
Emergencia, tanto desde el punto de
vista de la ubicación física como
tecnológicamente. El 010 se ubica
ahora en Tabacalera y la gestión de
llamadas se realiza a través de otra
plataforma. Canaliza únicamente el
23% del total de las llamadas
computadas el pasado año, mientras
que a través del 080 y el 092 se
reciben el 76,97%.
A lo largo de 2015, el mayor número
de llamadas se recibió en el 092, con
116.083 comunicaciones, mientras
que en el número 080 se recibieron
8.024. A estas cifras se suman las que
se desvían desde el 112, que fueron
1.834 al 080 y 4.299 al 092.
http://www.laopiniondemalaga.es/m
alaga/2016/01/16/adjudican-eulen-
servicio-atencion-
llamadas/821905.html
UN DIRECTIVO CON
EXPERIENCIA EN RECOBROS
LIDERARÁ OMBUDS, SEGUNDA
EMPRESA DE SEGURIDAD DE
ESPAÑA
Miguel Fernando Rueda Hernando es
un directivo ligado al fondo JZI que ha
tenido según Infoempresa.com 98
cargos en 48 empresas distintas.
Algunas de ellas, como Equifax, están
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especializadas en perseguir a morosos
para lograr que paguen. Ombuds-
Casesa se coloca como una de las
grandes de la seguridad en España.
Empleados de seguridad de Ombuds en
Metro de Madrid
Miguel Fernando Rueda Hernando es
un directivo desconocido pero con
una gran actividad en empresas
españolas.
Según Infoempresa.com ha
compaginado 98 cargos en 48
sociedades distintas, aunque en
muchos de ellos ya cesó, y desde
finales de diciembre es el presidente
de la segunda compañía de seguridad
más grande de España por
facturación, la sociedad que resultará
de la compra de Casesa por Ombuds,
tal y como adelantó Vozpópuli en
octubre. Ombuds pertenece en un
75% al fondo JZ International, que
adquiere en 2011 la compañía. El 30
de diciembre, Casesa publica en su
web un comunicado informando de la
compra, y Ombuds hacía lo propio a
través de un correo electrónico a sus
trabajadores.
Con esta adquisición, nace la segunda
empresa del sector en España después
de la sueca Securitas y por delante
de Prosegur (con gran parte de su
negocio en Iberoamérica). Su
presidente Miguel Rueda será el
hombre fuerte en España del fondo
con sede en Londres JZI, tal y como
muestra su currículo empresarial: ha
presidido muchas de las empresas de
este grupo, algunas de ellas
especializadas en sectores polémicos
como el recobro a morosos (Equifax) o
que fueron investigadas por Hacienda
porpresuntos delitos fiscales en
2014, como Oro Direct (venta de
metales preciosos para su fundición),
que entró en concurso en
noviembre de 2014 y que había
llegado a facturar más de 1.000
millones de euros. Otra de sus
empresas es Gedesco, de descuento
de pagarés).
Fondo multidisciplinar, JZI también es
el dueño de compañías que se han
hecho conocidas por su publicidad en
radio y televisión como Factor
Energía.
Rueda y JZI parecen haber tenido
predilección por las empresas de
recobro a morosos, asociadas con los
ficheros Asnef y Baxdecug, entre
otros, y que han sido acusados en
algunas ocasiones de usura por
consumidores, así como de usar malos
modos para intentar cobrar las
deudas.
Inquietud en la plantilla
Fuentes sindicales señalan que "casi
nadie conoce a Miguel Rueda dentro,
quien realmente se tiene como un
gestor más del día a día es Rodrigo
Cortina", hijo del fundador de la
empresa, Antonio Cortina. Miguel
Rueda aparece como presidente de
Ombuds desde marzo de 2014 pero no
es muy conocido en su propia
compañía. Mantendrá por tanto un
cargo más institucional que deberá
compaginar, según los datos
aportados por Infoempresa, con las
presidencias de Equifax, Gedesco, Oro
Direct, Toro Finance, Jump Flash SL,
Collecta Servicios de Gestión de
Cobro, Eurometal Investment Holding,
Docout SL, Factor Energía y alguna
compañía más. Es de suponer que no
podrá llevar el día a día de todas
ellas. Vozpópuli ha llamado a la sede
de Ombuds sin haber podido hablar
con ningún portavoz.
Los trabajadores de Casesa,
especialmente los de servicios
administrativos, son los que más
temen por su continuidad.
"Desde el departamento de
comunicación os informamos que esta
tarde se ha llegado al acuerdo de
compraventa de la totalidad de las
acciones de Castellana de Seguridad,
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S.A., de la que es accionista
mayoritario el grupo JZ Internacional.
Hasta que se realice la integración de
las estructuras y de la operativa de
ambas compañías, la gestión de
Casesa seguirá llevándose a cabo por
su actual equipo directivo, que a su
vez permanecerá en la futura sociedad
que resultará de la integración de
ambas", informaba el comunicado de
Casesa del 30 de diciembre, que ha
sido compartido en foros de los
trabajadores. Se daba así oficialidad a
rumores permanentemente negados
desde Ombuds pero que habían ido
creciendo en los últimos meses.
La inquietud entre muchos
trabajadores es creciente, sobre todo
entre los de la empresa adquirida,
Casesa, toda vez que la
compañía prometió a los empleados
de Ombuds -la sociedad que compra-
que allí no habría ajustes pero no se ha
hecho lo mismo en la compañía
comprada. "El principal riesgo lo
tenemos en la plantilla de estructura,
no tanto en los propios vigilantes que
en realidad dependen de los
contratos" -asegura a este diario una
fuente sindical de UGT- "en Ombuds
estamos hablando de entre 300 y 400
personas de estructura y en Casesa
son 138 trabajadores".
El fondo tiene preferencia por España
tal y como puede verse en su propia
web. Durante la crisis, asegura haber
invertido más de 500 millones de
euros en entradas de capital en
diversas empresas, cuyo último caso
es el de Ombuds. Se definen a sí
mismos como "inversores a largo
plazo" y forman un grupo con más de
80 compañías del sector financiero,
industrial y de servicios en 13 países y
con una facturación agregada superior
a 2.000 millones. Tiene más de 6.000
empleados en Europa y una cartera de
inversiones superior a los 1.000
millones de euros.
http://vozpopuli.com/economia-y-
finanzas/74435-un-directivo-con-
experiencia-en-recobros-liderara-
ombuds-segunda-empresa-de-
seguridad-de-espana
PROSEGUR GANA 183
MILLONES DE EUROS EN 2015,
UN 15,5% MÁS
8:42 - 29/02/2016
Prosegur registró un beneficio neto
consolidado de 183 millones de euros
en 2015, lo que supone un incremento
del 15,5% respecto a 2014, según ha
informado este lunes la compañía a la
Comisión Nacional del Mercado de
Valores (CNMV).
En 2015, Prosegur logró unas ventas
de 3.959 millones de euros, lo que
representa un incremento del 4,7% en
comparación con los 3.783 millones
de euros que registró en 2014.
Por su parte, el resultado neto de
explotación (Ebit) de la empresa
alcanzó los 324 millones de euros el
año pasado, con un avance del 5,5%
en comparación con 2014, mientras
que el resultado bruto de explotación
(Ebitda) progresó un 5,3%, hasta 448
millones de euros.
Prosegur ha destacado que ha cerrado
2015 manteniendo la tendencia
positiva y el crecimiento sostenido en
sus tres líneas de negocio: Alarmas,
Logística de Valores y Gestión de
Efectivo, y Sistemas Integrales de
Seguridad.
"Estos resultados se sustentan sobre
la base de un comportamiento muy
favorable en España y Argentina.
También sobre la capacidad de
Prosegur para mantener un
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crecimiento orgánico positivo en
Brasil, a pesar de las dificultades por
las que atraviesa la economía del
país", ha subrayado la compañía, que
mantiene una perspectiva optimista
para la evolución del conjunto de sus
negocios a lo largo de 2016.
En concreto, su negocio de 'Soluciones
Integrales de Seguridad' facturó un
2,5% más en 2015, hasta los 1.985
millones de euros, en tanto que la
unidad de 'Logística de Valores y
Gestión del Efectivo' logró
incrementar sus ventas un 6,1%, hasta
los 1.766 millones de euros. El negocio
de 'Alarmas', por su parte, fue el que
más creció en 2015, con un aumento
de su facturación del 15%, hasta los
209 millones de euros.
Por áreas geográficas, la facturación
de la compañía de seguridad privada
en las regiones de Europa y Asia-
Pacífico ascendió a 1.598 millones de
euros, un 1,1% más, en tanto que sus
ventas en Iberoamérica se
incrementaron un 7,3%, hasta los
2.361 millones de euros.
Dentro de Europa, destacó el
crecimiento de las ventas de Prosegur
en España, un 4,7%, hasta los 896
millones de euros, mientras que en
Latinoamérica las ventas aumentaron
en mayor medida en la región de
Argentina, Uruguay y Paraguay, con
un repunte del 42,5%, hasta los 990
millones de euros.
http://www.eleconomista.es/resulta
dos/noticias/7384799/02/16/Econom
ia-Empresas-Prosegur-gana-183-
millones-en-2015-un-155-mas.html
PROSEGUR, EN EL PUNTO DE
MIRA DE HACIENDA Y DE
COMPETENCIA
La presidenta del grupo compra el
edificio que la compañía emplea como
sede y recibirá un alquiler anual de 0,7
millones durante la próxima década.
Sede de Prosegur en Madrid, edificio
adquirido por Helena Revoredo. - Foto
Prosegur.
Prosegur afronta en España en el
presente ejercicio reclamaciones
fiscales por 20 millones de euros y una
investigación de la Comisión Nacional
del Mercado de Competencia por
presunta práctica irregular.
La compañía ha recurrido ante
el Tribunal Económico Administrativo
reclamación de la Agencia
Tributaria relacionada con
el Impuesto sobre Sociedades y
asegura que estima “una resolución
favorable”. En junio de 2013 se
iniciaron actuaciones de inspección de
los ejercicios 2008, 2009, y 2010 por
los conceptos de Impuesto sobre
Sociedades, Retenciones a Cuenta del
Impuesto de No Residentes y
Retenciones a cuenta del Capital
Mobiliario, así como inspecciones
parciales sobre Retenciones del
Impuesto sobre la Renta del Trabajo.
La empresa ha firmado en
conformidad actas relacionadas con
algunas de esas retenciones, entre
ellas con el Impuesto sobre
Sociedades por 3,5 millones. Y en
disconformidad sobre la reclamación
de los 20 millones y otra por
retenciones del Impuesto sobre la
Renta del Trabajo por 0,55 millones.
Prosegur sólo ha provisionado el acta
firmada en disconformidad referida a
las retenciones del Impuesto sobre la
Renta del Trabajo, ya que sobre la otra
cuestión estima una resolución
favorable. “Los asesores externos de
la sociedad estiman que no es
probable que se produzca un
quebranto”, apunta la compañía en
las cuentas de 2015 depositadas en la
Comisión Nacional del Mercado de
Valores.
La presidenta de Prosegur compró la
sede de la compañía en diciembre por
12,7 millones; recibirá 7 millones en
diez años por alquilarla al grupo.
Prosegur también advierte en sus
últimas cuentas sobre la existencia
de “riesgos fiscales” en Brasil y
Argentina por valor de 54,6 millones;
los riesgos de mayor cuantía están
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asociados al mercado brasileño por
reclamaciones de impuestos
municipales y estatales y provisiones
por combinación de negocios.
En el último trimestre de este año
previsiblemente la Comisión Nacional
del Mercado de la Competencia
(CNMV) comunicará las conclusiones
de una investigación sobre Prosegur
iniciada a principios de 2015. En
febrero del pasado año funcionarios
del organismo inspeccionaron la sede
en Madrid del grupo de seguridad por
“posibles acuerdos para el reparto de
mercado, la fijación de precios, la
fijación de condiciones comerciales,
así como cualquier otra conducta que
por su naturaleza pudiera contribuir a
la distorsión de la competencia en el
mercado de servicios de transporte y
manipulación de fondos en España”.
En abril, la CNMC incoó expediente
sancionador por posibles prácticas
restrictivas de la competencia contra
Prosegur y Loomis (la sede de esta
otra empresa de seguridad también
fue inspeccionada); desde entonces
Competencia dispone de un periodo
de hasta 18 meses para resolver. El
organismo considera que existen
indicios racionales de que ambas
compañías acordaron reparto de
clientes y actividades, fijación de
precios, intercambio de información
comercial sensible y otras condiciones
comerciales. Prosegur ha tratado de
evitar la entrega de documentación
reclamada por Competencia sobre
rutas de transporte y distribución de
fondos, pero el organismo denegó el
pasado mes de diciembre la
confidencialidad de esos datos.
La presidenta, casera de Prosegur
De acuerdo a las cuentas de 2015 de
Prosegur, el pasado mes de diciembre
la presidenta de la compañía, Helena
Revoredo, adquirió el edificio que el
grupo emplea como sede en Madrid,
en la calle Pajaritos, por 12,7 millones
de euros. La operación la realizó la
primera accionista de la empresa a
través de su sociedad Proactinmo, a
su vez controlada
por Gubel. Revoredo cuenta con 309
millones de acciones de Prosegur
mediante las sociedades Gubel y
Prorevosa, una participación valorada
en 1.421 millones de euros.
Según las mismas cuentas, ese mismo
mes de diciembre Prosegur firmó con
Proactinmo “un contrato de
arrendamiento del edificio ubicado en
la calle Pajaritos de Madrid”, por diez
años prorrogables durante un año. La
empresa explica que el gasto
anualizado será de 0,7 millones (siete
millones de euros en total por diez
años de alquiler).
https://vozpopuli.com/economia-y-
finanzas/76917-prosegur-en-el-
punto-de-mira-de-hacienda-y-de-
competencia
TEMAS LEGALES TSJ. PERMISO POR LACTANCIA.
IGUALDAD Y NO
DISCRIMINACIÓN. DERECHO DE
DISFRUTE DEL PADRE AUNQUE
LA MADRE NO TRABAJE
Reiterando doctrina del Tribunal
Constitucional y del Tribunal de
Justicia de la Unión Europea, se
entiende que el permiso por lactancia,
a diferencia del permiso de
maternidad, es un permiso
desvinculado del hecho biológico de la
lactancia natural, y por tanto debe
considerarse como una medida
conciliadora de la vida familiar y
laboral tras el disfrute de maternidad,
por lo que sí sería posible que el padre
disfrutara de dicho permiso. (STSJ de
Madrid, Sala de lo Social, de 5 de
octubre de 2015, rec. núm. 425/2015)
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http://www.laboral-
social.com/seleccion-jurisprudencia-
reciente-31-enero-2016.html#punto3
LA AUDIENCIA NIEGA LA
CONDICIÓN DE AUTORIDAD A
UN VIGILANTE DE TREN
AGREDIDO
La Audiencia de Barcelona ha absuelto
de una falta contra el orden público a
un hombre acusado de agredir a un
vigilante de Ferrocarriles de la
Generalitat, al descartar que un
guardia de seguridad tenga la
condición de agente de la autoridad
como un policía.
En su sentencia, a que ha tenido
acceso Efe, la sección décima de la
Audiencia de Barcelona estima
parcialmente el recurso que el
procesado presentó contra una
sentencia de primera instancia que le
condenó a 280 euros de multa por una
falta de respeto a agentes de la
autoridad -considerada una falta
contra el orden público- y otra de
lesiones.
El abogado del procesado, Teodoro
Moriche, presentó recurso de
apelación contra la Audiencia de
Barcelona, que lo ha absuelto de una
de esas dos faltas porque entiende
que la víctima no es un agente de la
autoridad, de forma que la agresión
no puede ser considerada un atentado
al orden público.
En su sentencia, la sala admite la
"dificultad" de definir el concepto de
autoridad, pero apunta que, de forma
genérica, pueden entenderse así "a
aquellas personas que, siendo en todo
caso funcionarios públicos, tienen
encargados actos ejecutivos de las
disposiciones de la autoridad
competente".
Para el tribunal, no existe duda de que
tienen esa consideración tanto los
miembros de las fuerzas y cuerpos de
seguridad del Estado como los
integrantes de las policías de las
distintas comunidades autónomas, así
como de las policías locales.
La sección décima de la Audiencia se
remite a una sentencia que la misma
sala dictó en 2015 y proclama que los
vigilantes "no son agentes de la
autoridad en el ámbito subjetivo
policial -función de policía-", por lo
que carecen de entidad "para recibir la
protección penal" que la ley otorga a
los mossos d’esquadra, por mandato
constitucional y del Estatuto de
Autonomía.
La sentencia reconoce que el Estatuto
de Autonomía de Cataluña establece
las competencias en materia de
seguridad privada, entre ellas la
coordinación de los servicios de
seguridad e investigación privadas con
los Mossos d’Esquadra y las policías
locales.
Sin embargo, el tribunal cree que esa
coordinación "no permite la
equiparación a la policía autonómica"
e insiste en que no se puede ampliar el
concepto de agentes de autoridad,
dado que la legislación penal es
competencia exclusiva del Estado. En
ese sentido, el tribunal distingue entre
el concepto de policía administrativa,
"caracterizada por la utilización de
técnicas de limitación de los derechos
e intereses de los particulares", y la de
policía gobernativa, en la que la única
competencia la tiene el Estado sin
perjuicio de la posibilidad de creación
de policías por las comunidades
autónomas.
http://www.radiointereconomia.com
/2016/02/06/la-audiencia-niega-la-
condicion-de-autoridad-a-un-
vigilante-de-tren-agredido/
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EL SUP QUIERE SANCIONAR A
LOS VIGILANTES DE SEGURIDAD
DEL REAL MADRID POR
IMPEDIR LA DETENCIÓN DE
JAMES El Sindicato Unificado de la Policía
(SUP) ha remitido al Consejo de la
Policía un escrito en el que pide
sancionar a los agentes de la
seguridad privada que "se colocó
delante del vehículo policial,
obstaculizando claramente la
persecución"
La seguridad privada del Real Madrid
detiene el vehículo policial.
El Sindicato Unificado de la Policía
(SUP) ha remitido al Consejo de la
Policía un escrito en el que pide
sancionar a los agentes de la
seguridad privada del Real Madrid
que, según denuncia, el mes pasado
impidieron el acceso a la ciudad
deportiva del club a un vehículo
policial cuando perseguía al jugador
James Rodríguez por conducir a 200
km/h con su coche.
"Se solicita que se realicen las
acciones necesarias para que por
parte de la Unidad de Seguridad
Privada que corresponda se proceda a
las sanciones administrativas a que
hubiera lugar; y que se dé traslado de
las mismas al Gabinete de Prensa para
su difusión, de manera que pueda
contrarrestarse la sensación de
impunidad por la negativa ante un
requerimiento policial que este
incidente puede haber generado",
dice el escrito del sindicato.
El SUP recuerda que los policías "se
encontraban de servicio en un
vehículo camuflado, pero
visiblemente identificable por llevar
puestos los dispositivos acústicos y
luminosos" y pese a ello fueron
parados por la seguridad del club
cuando estaban en "clara
persecución" del jugador que "venía
circulando durante varios kilómetros a
una velocidad aproximada de 200
km/h, haciendo caso omiso a
cualquier requerimiento policial para
que se detuviera".
La seguridad privada "se colocó
delante del vehículo policial,
obstaculizando claramente la
persecución y contraviniendo su
obligación de asistir a las Fuerzas de
Seguridad del Estado", denuncian en
su escrito remitido al Consejo, órgano
oficial de comunicación entre la
Administración y los sindicatos de
Policía.
http://www.estrelladigital.es/articulo
/futbol/sup-quiere-sancionar-
vigilantes-seguridad-madrid-impedir-
detencion-
james/20160201182217270285.html
ARAGÓN CONGRESO AUTONÓMICO DE
CSI-F "El pasado día 25 se dio por
finalizado el VII congreso autonómico
de Csif que como cada 4 años se
celebra en el Hotel Boston, en dicho
congreso y a la parte que nos
concierne se apostó por el Sector
Privado y la Seguridad Privada. Pablo
Asín fue reelegido como Presidente
durante los 4 próximos años, en los
que esperamos seguir teniendo la
misma colaboración que hasta ahora.
A este congreso asistimos una
representación de Seguridad privada."
Jesús Cuartero
Resp. Área Seguridad Privada
CSI-F
ELECCIONES
SINDICALES Resultados en Loomis (Almería):
SINDICATO VOTOS
CCOO 0
UGT 0
CSIF 1
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N O T A S