normatividad en finanzas publicas

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Page 1: Normatividad en Finanzas Publicas

PRINCIPALES NORMAS LEGALES Y CONSTITUCIONES

PARA LAS FINANZAS PÚBLICAS

Por: Jhonatan D. Arroyave Montoya

Instituto Tecnológico Metropolitano – ITM-

INTRODUCCIÓN

Nuestro país – Colombia- se ha

caracterizado a lo largo de la historia

por su amplia proliferación de normar

jurídicas y las constantes

modificaciones a la Carta Política; el

principal objetivo de este trabajo es

establecer cuáles han sido las normas

expedidas por el Congreso de la

Republica durante los últimos años en

materia de las Finanzas Públicas del

país.

El presente trabajo busca presentar en

forma cronológica cuales son las

principales normas que regulan las

Finanzas Publicas y cuál es el espíritu

legislativo de las mismas; es así, como

estudiaremos el Título XII de la

Constitución Nacional el cual consagra

e Régimen Económico y de la Hacienda

Pública, el Acto Legislativo 03 de 2010

y la ley 358 de 1997, Ley 550 de 1999,

Ley 617 de 2000, Ley 819 de 2003 y la

Ley 1473 de 2011.

DESARROLLO

Se hace necesario establecer el orden en

el cual abordaremos este trabajo, y para

eso presentamos la siguiente grafica que

nos sirve de marco cronológico afín de

poder entender la evolución y

proliferación de la normatividad

colombiano en la regulación de la

Finanzas Publicas.

Iniciando el análisis y estudio de la

normatividad propuesta para este

trabajo, y según la metodología

presentada:

Constitución

Nacional

Titulo XII

Ley 358 de 1997

Ley 550 de 1999

Ley 617 de 2000

Ley 819 de 2003

Ley 1473 de 2011

Acto Legislativo 03 de

2011

Page 2: Normatividad en Finanzas Publicas

Constitución Nacional: en el Titulo XII

de la Carta Política está regulada a nivel

Constitucional el Régimen Económico y

de Hacienda Pública; Titulo que a su

vez esta compuesto por seis capítulos

que regulan entre otros el Plan de

Desarrollo, el Presupuesto, la

Distribución de Recursos.

Exponemos la regulación constitucional

toda vez que cualquier norma jurídica

debe respetar los preceptos

Constitucionales, es pues, la norma

fundamental y por tanto la máxima

regulación al respecto.

LEY 358 DE 1997: Por la cual se

reglamenta el artículo 364 de la

Constitución y se dictan otras

disposiciones en materia de

endeudamiento.

Esta es una norma técnica en tanto que

pretende establecer los mecanismos

para determinar el cálculo de la

capacidad de pago de las Entidades

Territoriales, que a su vez se convierte

en el coeficiente de endeudamiento al

cual pueden acceder.

ARTÍCULO 2o. Se presume

que existe capacidad de

pago cuando los intereses de

la deuda al momento de

celebrar una nueva

operación de crédito, no

superan en el cuarenta por

ciento (40%) del ahorro

operacional.

La entidad territorial que

registre niveles de

endeudamiento inferiores o

iguales al límite señalado,

en este artículo, no requerirá

autorizaciones de

endeudamiento distintas a

las dispuestas en las leyes

vigentes.

ARTÍCULO 6o. <Ver Notas

del Editor> Ninguna entidad

territorial podrá, sin

autorización del Ministerio

de Hacienda y Crédito

Público, contratar nuevas

operaciones de crédito

público cuando su relación

intereses/ahorro operacional

supere el 60% o su relación

saldo de la deuda/ingresos

corrientes supere el 80%.

Para estos efectos, las

obligaciones contingentes

provenientes de las

operaciones de crédito

público se computarán por

un porcentaje de su valor, de

conformidad con los

procedimientos establecidos

en las leyes y en los

reglamentos vigentes.

Ley 550 de 1999: Por la cual se

establece un régimen que promueva y

facilite la reactivación empresarial y la

reestructuración de los entes

territoriales para asegurar la función

social de las empresas y lograr el

desarrollo armónico de las regiones y

se dictan disposiciones para armonizar

Page 3: Normatividad en Finanzas Publicas

el régimen legal vigente con las normas

de esta ley.

Al igual que al anterior, esta es una ley

técnica orientada a la reactivación

empresarial, sin embargo, al mismo

tiempo busca una reactivación de los

Entes Territoriales, como alternativa de

establecer una dinámica económica en

cada región posibilitando la realización

de las políticas estatales en materia de

presupuesto y gasto público social, que

contribuyan a la consecución de los

fines estatales.

Por otro lado, establece la necesidad de

la intervención del estado en la

economía y las reestructuraciones

financieras.

Para los efectos de la

presente ley, la actividad

empresarial deberá

corresponder a actos y

operaciones previstos en los

artículos 20 del Código de

Comercio, 5° de la Ley 256

de 1996, 11 del Estatuto

Orgánico del Sistema

Financiero, y en el artículo

segundo, literal b), de la Ley

527 de 1999; no tendrá que

realizarse mediante

establecimientos de

comercio, y la persona que

la organice se denominará

empresario, aunque no tenga

el carácter de comerciante.

Esta ley se aplicará

igualmente a las entidades

territoriales, de acuerdo con

lo dispuesto en el Título IV

de la misma, y a las

sucursales de sociedades

extranjeras que desarrollen

actividades permanentes en

Colombia.

LEY 617 DE 2000: "Por la cual se

reforma parcialmente la Ley 136 de

1994, el Decreto Extraordinario 1222

de 1986, se adiciona la ley orgánica de

presupuesto, el Decreto 1421 de 1993,

se dictan otras normas tendientes a

fortalecer la descentralización, y se

dictan normas para la racionalización

del gasto público nacional".

Norma técnica, que pretende establecer

un saneamiento fiscal adecuado para las

entidades territoriales. hace una

clasificación por categorización de las

Entidades Territoriales según su

población y establece unos porcentajes

específicos en la gestión de los recursos

fiscales en materia del gasto de

funcionamiento.

Igualmente establece unos topes a los

recursos de libre destinación por los

Entes Territoriales según su categoría

atendiendo a la población.

LEY 819 DE 2003: Por la cual se

dictan normas orgánicas en materia de

presupuesto, responsabilidad y

transparencia fiscal y se dictan otras

disposiciones.

Norma legal que pretende establecer

unos criterios en relación con los

Marcos Fiscales, los Superávit y al

sostenibilidad de los Entes Territoriales;

Page 4: Normatividad en Finanzas Publicas

igualmente establece normas que

buscan regular el endeudamiento de la

entidades al igual que la liquidación de

entidades públicas.

Uno de los aspectos más importantes de

esta Ley es la implementación de

normas en materia de disciplina fiscal.

Ley 1473 de 2011: Por medio de la cual

se establece una regla fiscal y se dictan

otras disposiciones.

ARTÍCULO

1o. OBJETO. La presente

ley tiene por objeto expedir

normas que garanticen la

sostenibilidad de largo plazo

de las finanzas públicas y

contribuyan a la estabilidad

macroeconómica del país.

ARTÍCULO 2o. ÁMBITO

DE APLICACIÓN. Las

disposiciones de la presente

ley se aplicarán a las

cuentas fiscales del

Gobierno Nacional Central,

de acuerdo con la

metodología que para tal

efecto defina el Consejo

Superior de Política Fiscal -

Confis.

Es de resaltar en la presente Ley los

siguientes aspectos específicos:

Promover la disciplina fiscal y

brindar el manejo de las finanzas

públicas en el mediano plazo.

Asegurar un nivel sostenible de

la deuda publica en el mediano

plazo.

Permitir un manejo contra-

cíclico de la política fiscal.

Aumentar la confianza y

credibilidad ene l manejo

sostenible de las finanzas

públicas, lo que permite anclar

las expectativas sobre la

situación fiscal de mediano

plazo.

Por otro lado, establece una meta para el

gobierno en materia deficitaria:

ARTÍCULO 5o. REGLA

FISCAL. El gasto estructural no

podrá superar al ingreso

estructural, en un monto que

exceda la meta anual de balance

estructural establecido.

El déficit estructural del

Gobierno Nacional Central no

será mayor a 1% del PIB a partir

del año 2022.

Acto Legislativo 03 de 2011: Por el

cual se establece el principio de la

sostenibilidad fiscal.

Acto legislativo que modifico los

artículos 334, 339 y 346 de la

Page 5: Normatividad en Finanzas Publicas

Constitución Nacional , que regulan la

regulación general de la economía, el

plan nacional de desarrollo y el

presupuesto de rentas y la ley de

apropiaciones respectivamente.

CONCLUSIÓN

A modo de conclusión se presenta que

la normatividad en materia de

regulación fiscal, gasto y finanzas

públicas es amplia en nuestra

legislación interna; todas estas normas

propenden por mejorar el manejo de los

recursos públicos a fin de poder

garantizar la consecución de los

cometidos estatales y restringir la

corrupción que tanto ha golpeado el

fisco nacional.

Page 6: Normatividad en Finanzas Publicas

CIBERGRAFIA

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