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ESCUELA BILINGÜE HAZIM NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y CONVIVENCIA Capitulo I: DE LOS PADRES Y TUTORES DE LOS PADRES/MADRES Y TUTORES: Artículo 1.- Los padres de alumnos matriculados en este Centro tendrán los derechos y deberes regulados en el Decreto n.º 16/2016, de 9 de marzo, por el que se establecen las normas de convivencia en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Artículo 2- Se concreta su aplicación en los siguientes DERECHOS: 1. A disponer de una copia del Proyecto Educativo si así lo solicita. A ser informado por el profesorado del centro de la Programación Docente, de forma global en las diferentes reuniones generales o de forma pormenorizada, si así se solicita. A recibir información trimestral por escrito de la marcha académica de sus hijos/as y oral siempre que la reclamen. A participar en los órganos colegiados de gobierno del Centro eligiendo y/o presentando candidatura en el Consejo Escolar del Centro. A ser recibidos por el profesor, el tutor y el equipo directivo en este orden, siempre y cuando lo soliciten con la debida antelación, en la hora semanal de atención a padres que se establece al inicio de curso en el día que corresponde, o a concretar previamente con el profesor interesado a otra hora en casos justificados. A solicitar información a sus representares en el Consejo Escolar sobre los acuerdos adoptados en las reuniones del mismo. A participar voluntariamente con el profesorados en las actividades programadas para las que solicite su colaboración. A elegir, siempre en función de sus creencias, la opción de recibir o no la asignatura de religión.

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Page 1: NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y ......normas de orden, funcionamiento y convivencia. De conocer y aceptar a grandes líneas la Programación Docente del Centro. De atender

ESCUELA BILINGÜE HAZIM

NORMAS DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y CONVIVENCIA

Capitulo I: DE LOS PADRES Y TUTORES

DE LOS PADRES/MADRES Y TUTORES:

Artículo 1.- Los padres de alumnos matriculados en este Centro tendrán los derechos y

deberes regulados en el Decreto n.º 16/2016, de 9 de marzo, por el que se establecen las

normas de convivencia en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos

públicos de la Comunidad Autónoma de la

Región de Murcia.

Artículo 2- Se concreta su aplicación en los siguientes DERECHOS:

1. A disponer de una copia del Proyecto Educativo si así lo solicita.

A ser informado por el profesorado del centro de la Programación Docente,

de forma global en las diferentes reuniones generales o de forma pormenorizada,

si así se solicita.

A recibir información trimestral por escrito de la marcha académica de sus hijos/as

y oral siempre que la reclamen.

A participar en los órganos colegiados de gobierno del Centro eligiendo y/o

presentando candidatura en el Consejo Escolar del Centro.

A ser recibidos por el profesor, el tutor y el equipo directivo en este orden,

siempre y cuando lo soliciten con la debida antelación, en la hora semanal de atención

a padres que se establece al inicio de curso en el día que corresponde, o a concretar

previamente con el profesor interesado a otra hora en casos justificados.

A solicitar información a sus representares en el Consejo Escolar sobre los

acuerdos adoptados en las reuniones del mismo.

A participar voluntariamente con el profesorados en las actividades programadas

para las que solicite su colaboración.

A elegir, siempre en función de sus creencias, la opción de recibir o no la

asignatura de religión.

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ESCUELA BILINGÜE HAZIM

En caso de ser padres separados o que compartan la custodia de sus hijos/as, si lo

solicitan, podrán ser informados ambos con boletines duplicados, notas informativas

a los dos si así lo solicitan.

Artículo 3- Se concreta su aplicación en el colegio en los siguientes DEBERES:

De conocer y respetar el Proyecto Educativo del Centro, con sus correpondientes

normas de orden, funcionamiento y convivencia.

De conocer y aceptar a grandes líneas la Programación Docente del Centro.

De atender a cuantas citaciones, circulares o comunicados sean remitidos por

el profesor, tutor, o el Equipo Directivo.

De acudir a las reuniones generales o entrevistas individuales a las que hayan

sido citados o avisar las imposibilidad de su asistencia.

De tratar las dificultades que puedan surgir durante el proceso educativo de sus

hijos siguiendo el orden que se expresa Profesor, Tutor, Equipo Directivo, siempre

dentro de las aulas y dentro de los horarios establecidos a tal efecto.

De aceptar las decisiones y acuerdos adoptados por el Consejo Escolar.

De no desautorizar la acción de los profesores en presencia de sus hijos y dirigirse

a unos y a otros conforme a las normas básicas de educación.

De facilitar la información acerca de sus hijos que precisen los profesores para el

correcto desarrollo del Proyecto Educativo del Centro.

De justificar por escrito las ausencias y retrasos de sus hijos especificando los

motivos.

De distribuir y coordinar el tiempo de trabajo de sus hijos así como el tiempo libre,

especialmente en lo relativo a la lectura de cuentos, juegos y televisión.

De estimular a sus hijos en el respeto a las normas de convivencia del Centro

como elemento que contribuye a su formación.

De facilitar el cumplimiento de las obligaciones de sus hijos con respecto al centro:

puntualidad, asistencia, orden, disciplina, higiene, salud, materiales….

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De abstenerse de visitar a sus hijos durante el horario del centro, interrumpiendo

la marcha escolar, dándoles juguetes, alimentos, golosinas en el patio, o

acompañarles hasta dentro de las clases a primera hora de la mañana.

En caso de separación judicial, de justificar mediante documento oficial a quien

corresponde la guarda y custodia de los hijos.

Aquellos padres que habitualmente recojan a sus hijos, de hacerlo puntualmente

a la hora de las salidas.

De respetar el horario del centro que es:

De 9:00-14:00h

De 9:00-13:00h en los meses de Septiembre y Junio.

De identificarse cuando se dirijan telefónicamente al centro.

De facilitar al centro tantos número de teléfono como sean posibles para

cualquier necesidad de contacto: enfermedad, accidente, …

De traer o recoger, siempre bajo causa justificada, a sus hijos en el horario de

recreo para no entorpecer la marcha general de la jornada escolar

Capitulo II- DE LOS PROFESORES

Artículo 4.- Los profesores y profesoras del la Escuela Bilingüe de Educación Infantil

Hazim, tendrán los derechos y deberes contemplados en el Decreto n.º 16/2016, de 9 de

marzo, por el que se establecen las normas de convivencia en los centros docentes no

universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de

Murcia.

Artículo 5.- Se concreta su aplicación para este centro en los siguientes

DERECHOS:

A que se respete su integridad física y moral y su dignidad personal, no pudiendo

ser objeto en ningún caso de tratos vejatorios o degradantes.

A su actividad académica se desarrolle en las debidas condiciones de seguridad

e higiene.

A disponer del Proyecto Educativo del centro y la Programación Docente.

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ESCUELA BILINGÜE HAZIM

A debatir en las reuniones de ciclo, con anterioridad a la celebración del Consejo

Escolar, los puntos a tratar en el mismo para que sus representantes lleven las

propuestas.

A ser informado por los representantes del Consejo Escolar de todas las

decisiones que afecten a la marcha pedagógica, administrativa y económica del

centro.

A conocer el Plan de Atención a la diversidad.

A proponer iniciativas para el buen funcionamiento del Centro (actividades, talleres,

planes, proyectos, seminarios…).

A solicitar a la Dirección y a disponer del Expediente de su grupo de alumnos y

de otros datos de interés que les afecten y puedan influir en su rendimiento

académico.

A participar en la elaboración de la Programación de aula, y Memoria de Fin de curso,

y en las reformas del PE Y Programación Docente.

A que se respeten sus decisiones establecidas tanto en la Programación Docente

como en la de aula.

A conocer el Parte Mensual de Faltas del Profesorado.

A la formación y renovación pedagógica en el horario de obligada permanencia

cuando así quede aprobado por el Claustro.

A proponer sus candidaturas a los diferentes cargos y/o responsabilidades que

se citan en el presente PE, cuando reúnan los requisitos adecuados y el horario así

lo posibilite.

A integrarse en los Ciclos establecidos en el centro.

A conocer los turnos de recreo expuestos en la sala de profesores.

A reunirse dentro del recinto escolar con profesores, sindicatos, … para asuntos

relacionados con su vida profesional, siempre que no se altere el desarrollo de una

actividad común y fuera del horario de clase.

A citar para entrevistas o reuniones a los padres de los alumnos.

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A recibir de las familias la información necesaria sobre los aspecto que inciden

en el desarrollo del proceso educativo de los alumnos.

A actualizarse y perfeccionarse en su profesión e investigar los recursos

didácticos más apropiados para el trabajo escolar de cada día.

Artículo 6.- Constituyen DEBERES BÁSICOS DE LOS PROFESORES\AS los

siguientes:

De respetar la integridad física y moral y la dignidad personal de todos los

miembros de la Comunidad Educativa.

De respetar lo dispuesto en el PE, Y la P.D.

De acatar y cumplir los acuerdos adoptados por el Consejo Escolar, el Claustro y

Equipo de ciclo.

De colaborar en la puesta en marca de acuerdos aprobados.

De colaborar en la elaboración y programación de talleres, actividades comunes

y proyectos que abarque el centro.

De respetar la confidencialidad ante personas ajenas a la institución escolar de los

datos del alumnado y entregar en la Dirección el Expediente una vez consultado.

De elaborar su Programación del aula, preparar sus clases y/o unidades y

proyectos previsto.

De devolver el material de uso común que haya utilizado a su lugar de origen al

acabar la actividad para la que haya precisado.

De elaborar modelos de información trimestral a los padres sobre los aprendizajes

de los niños/as en coordinación con su Ciclo.

De acudir con puntualidad a las clases y justificar las ausencias ante la jefatura

de estudios.

Asistir a las reuniones para que haya sido convocado por los diferentes órganos o

equipos del Centro.

De realizar las tareas que el Equipo de Ciclo haya aprobado.

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ESCUELA BILINGÜE HAZIM

De vigilar al alumnado en los periodos de recreo cuando le corresponda el turno.

De permanecer en clase con sus alumnos, o en algún sitio protegido, durante los

recreos cuando las condiciones climatológicas sean adversas.

De respetar y cumplir el horario establecido.

De atender peticiones de entrevistas con los padres, tutores o alumnos, los días

establecido por el centro y, excepcionalmente, en otro momento cuando el profesor/-

a lo considere conveniente.

En caso de ausencia prevista, deberá dejar las actividades a realizar en su ausencia

y la solicitud de la misma.

ADSCRIPCIÓN Y TUTORÍAS

Articulo 7.- Respetando la normativa vigente. Las tutorías de los diferentes niveles de

Educación Infantil se adjudicarán conforme a lo que se dispone a continuación:

Las tutoría, aun pudiéndose proponerse en junio de forma provisional, no serán

formalmente asignadas hasta septiembre de acuerdo a la plantilla existente y al

número de alumnos matriculados.

El criterio fundamental será el de continuidad con el mismo grupo.

En caso de necesaria división o agrupamiento de los grupos, el criterio de selección

será el de antigüedad en el centro.

Los grupos podrán dividirse o agruparse tomando como criterio predominante la

edad, de acuerdo al número de alumnos resultante.

En caso de la necesaria división de un grupo, también podrá tomarse como criterio el

sexo con la finalidad de homogeneizar los grupos resultantes.

Las Tutoras, bajo el visto bueno de la Dirección, serán las responsables de tomar está

decisión, oída la opinión de la Orientadora del Centro y siempre teniendo en cuenta el

beneficio general del alumnado.

En caso de la necesaria división de un grupo, ésta se realizará tomando como

criterio primordial la fecha de nacimiento del alumnado.

SUSTITUCIONES.

Artículo 8.- Para la adjudicación de sustituciones se tendrá en cuenta los siguientes

criterios citados por orden de prioridad:

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1º el profesor que en ese momento ejerza de apoyo en el aula.

2º el profesor que tiene especialistas en su aula (primero los de religión y después los

de inglés).

3º los profesores que tengan cargos de responsabilidad.

En cuarto lugar equipo directivo según el momento.

Capitulo III- DE LOS ALUMNOS

Articulo 9.- Los regulados por Decreto n.º 16/2016, de 9 de marzo, por el que se

establecen las normas de convivencia en los centros docentes no universitarios

sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de la

Región de Murcia.

Artículo 10.- Título II: Se concreta su aplicación para este centro en los siguientes

DERECHOS:

A que respete su integridad física y moral y su dignidad personal, no pudiendo ser

objeto en ningún caso de tratos vejatorios o degradantes.

A recibir la formación básica e integral según lo establecido en el PE Y la Programación

Docente.

A las mismas oportunidades de acceso a los distintos niveles de enseñanza, sin

discriminación por razón de raza, sexo, capacidad económica, nivel social,

convicciones políticas, morales o religiosas, discapacidades psíquicas, físicas o

sensoriales, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, a través del

establecimiento de medidas compensatorias que garanticen la igualdad real y efectiva

de oportunidades y a través de la realización de políticas educativas de integración.

A la valoración y evaluación objetiva, no sólo de los contenidos adquiridos, sino

también de las actitudes, el esfuerzo y el respeto a las normas de convivencia

establecidas en el centro.

A que su actividad académica se desarrolle en las debidas condiciones de seguridad

e higiene.

A que el Centro guarde discreción sobre la información de que disponga acerca de sus

circunstancias personales o familiares.

A participar en los talleres programados por la Comunidad Educativa, adecuados a su

nivel.

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A la libertada de expresión sin perjuicio de los derechos de todos los miembros de la

comunidad educativa y el respeto que merecen las instituciones de acuerdo con los

principios y derechos constitucionales.

A reunirse en sus Centros para realizar actividades de carácter escolar o extraescolar

que formen parte del PE.

A utilizar las instalaciones del Centro con las limitaciones derivadas de la programación

de actividades escolares y extraescolares,

Cuando no se presten los derechos de los alumnos o cuando cualquier miembro de la

Comunidad educativa impida el efectivo ejercicio de dichos derechos, el órgano

competente del Centro adoptará las medidas que procedan conforme a lo dispuesto

en la legislación vigente, previa audiencia de los interesados e información al Consejo

Escolar.

Artículo 11.-Titulo III: de los DEBERES de los alumnos.

Todos los alumnos/as tienen el deber de respetar la libertada de conciencia y las

convicciones religiosas y morales, así como la dignidad, integridad e intimidad de todos

los miembros de la Comunidad educativa.

Todos los alumnos/as tienen el deber de no discriminar a ningún miembro de la

Comunidad Educativa por razón de nacimientos, raza, sexo o por cualquier otra

circunstancia personal o social.

Todos los alumnos/as tienen el deber de respetar el PE, y la Programación docente.

Todos los alumnos/as tienen el deber de cumplir las normas de convivencia

establecidas en este Centro.

Todos los alumnos/as tiene el deber de cuidar y utilizar correctamente el mobiliario, el

material y las instalaciones del Centro y respetar las pertenencias de otros miembros

de la comunidad educativa.

Todos los alumnos tienen el deber del estudio, concretándose en las siguientes

obligaciones:

Seguir las orientaciones del profesorado respecto a su aprendizaje y mostrarle

el debido respeto y consideración.

Respetar el ejercicio del derecho al estudio de sus compañeros.

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Asistir a clase con puntualidad y participar en las actividades orientadas al

desarrollo de los planes de estudio.

Cumplir y respetar los horarios aprobados para el desarrollo de las actividades

del centro.

Todos los alumnos/as tienen el deber de aceptar las decisiones que se adopten

democráticamente por sus compañeros de clase en el ámbito del aula.

Capitulo IV- NORMAS GENERALES DE CONVIVENCIA DEL CENTRO

Artículo 12.- Sobre la disciplina escolar:

12.1 - ENTRADA Y PERMANENCIA EN EL CENTRO:

La hora de entrada al Centro será las 9:00h, quedando las puertas abiertas hasta

las 9:15h. Una vez cerradas, deberá esperar hasta la hora del patio para dejar al

niño/a.

A la hora de entrada, los alumnos accederán al Centro acompañados del tutor

o profesor especialista que le corresponda, en fila y procurando el mayor orden

hasta acceder a sus aulas.

Las salidas al recreo se harán como las entrada formados los cursos y en el mayor

orden y silencio, colaborando con los compañeros.

Para la salidas del centro al finalizar la jornada escolar, se hará fuera del aula

pero siempre dentro del recinto. Los niños se entregarán en orden y siempre y

cuando la persona responsable esté atenta a dicha entrega.

Al principio de curso se otorgará responsabilidad a las personas autorizadas para

recoger al alumno, cumplimentando la ficha informativa.

En el caso de que, inusualmente, una de estas persona responsables y

autorizadas por escrito no pudiera recoger al alumno\a, se deberá avisar

previamente al tutor para que tenga conocimiento expreso de dicho cambio.

En caso de tardía reiterada y/o prolongada a la hora de recoger al niño/a el

tutor/a o algún miembro del equipo directivo llamará a la familia y en caso de no ser

atendido, se dará parte a la policía municipal.

12.1- NORMAS DE RECREOS E INSTALACIONES DEPORTIVAS:

Las entradas y salidas a los recreos se han con el mismo orden y disciplina que

con respecto al centro.

Durante los recreos ningún alumno permanecerá en clase, salvo los días de

lluvia en los que permanecerán con su tutor.

Los alumnos que por motivo justificado salgan con el desayuno al patio, se

lo tomarán sentados en el espacio destinado a ello.

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Los alumnos mantendrán limpio el patio de recreo e instalaciones.

Los alumnos podrán jugar y utilizar todos los juguetes del patio siempre que lo

hagan de forma cuidadosa, respetando, y compartiendo con los demás.

12.2- NORMAS DE HIGIENE, SALUD Y ASEO PERSONAL:

La asistencia al Centro deberá hacerse en condiciones de aseo e higiene

personal.

Los padres tienen la obligación de comunicar al Centro, la aparición de

enfermedades infecto-contagiosas en sus hijos, pudiéndose exigir un certificado

médico, para su incorporación a clase.

En caso de observar abandono o falta de higiene en el niño/a se avisará a la

familia y, si no se solucionara, a los servicios sociales.

12.3- NORMAS DE ALIMENTACIÓN

El Centro en virtud de su papel como impulsor de hábitos saludables y de acuerdo a la

legislación vigente, alentará hábitos alimenticios saludables a través de las siguientes

actuaciones y/o normas::

Las tutoras establecerán los cauces necesarios para impulsar hábitos

alimenticios saludables dentro y fuera del aula, tanto en las familias como en los

propios alumnos, a través de rutinas, actividades, intercambios de información,

reuniones de padres, etc.

Las familias son responsables de comunicar a la tutora inmediatamente cualquier

caso o sospecha de intolerancia, alergia o patología alimentaria detectada a su

hijo/a. La tutora, por su parte, lo comunicará a la dirección y al resto de profesorado

para que se tomen, en todo momento, las medidas de precaución necesarias.

A principio de curso se establecerá un día de la fruta semanal, de carácter

recomendado, aunque no obligatorio.

Dentro del centro no se podrán distribuir a los alumnos dulces, bollería

industrial o alimentos cocinados fuera del contexto escolar en un

establecimiento o espacio no autorizado, ni siquiera en cumpleaños, fiestas u

otros eventos.

En las fiestas de cumpleaños, si lo desean, los niños podrán traer alimentos con

su debida justificante de compra en un establecimiento autorizado, siempre y

cuando no pertenezcan al grupo anteriormente descrito y el consumo esporádico

de éstos no sea perjudicial para una dieta equilibrada.

La tutora lo distribuirá al resto de la clase, exceptuando a los alumnos alérgicos o

intolerantes, si los hubiere.

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Sí podrán consumirse alimentos cocinados en el aula, siempre y cuando las

maestras dispongan y supervisen las condiciones higiénicas y sanitarias

necesarias y el consumo esporádico de éstos no sea perjudicial para una dieta

equilibrada.

12.4- ELABORACIÓN DE GRUPOS MIXTOS:

A la hora de elaborar los grupo y repartir los niños/as por grupo-aula se hará atendiendo

a los siguientes criterios:

Número equilibrado de niños y niñas por aula.

Número de niños y niñas que exijan un apoyo más individualizado en el aula,

ya sea por ser ACNEE, inmigrante con limitaciones en la comprensión y

expresión castellana, alumno con un desarrollo madurativo más lento, etc.

Maduración del grupo clase.

Si de acuerdo a estos criterios, el claustro considerará necesario asignar a los niños de

una misma edad a dos grupos-clase distintos, éstos serán dividos tomando como criterio

fundamental la fecha de nacimiento.

12.5- PERIODO DE ADAPTACIÓN:

Criterios para llevar a cabo el periodo de adaptación:

No podrá prolongarse más de dos semanas desde el inicio del periodo

lectivo previsto en el calendario escolar.

La adaptación de los alumnos debe realizarse de acuerdo a los criterio que

la tutora crea convenientes, esto es, de manera escalonada o por turnos.

La jornada escolar podrá flexibilizarse, previa información a las familias.

En caso de que un niño/a no controle esfínteres el protocolo de

actuación de los profesores/as será el siguiente:

- Llamar al padre/madre/tutor para que acudan a cambiar al niño/a, por lo cual será necesario dejar varios teléfonos en el Centro para localizarlo.

- Si se detecta una falta de control recurrente, sin causas fisiológicas, podrá interrumpirse el periodo de escolarización para que interiorice dicho hábito en el hogar.

12.6- ACCIDENTES:

En caso de producirse algún accidente dentro del horario escolar el protocolo de

actuación será el siguiente:

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En caso de ser un accidente grave: el protocolo de actuación será:

– Proteger.

– Avisar al profesor más cercano.

– Llamar al 112.

– Llamar al padre/madre/tutor.

En caso de acudir antes el 112 que el padre se autorizará a la tutora a ir con el niño/a

con carácter de acompañante.

En caso de ser un accidente leve: el protocolo a seguir será:

– Proteger.

– Aplicar 1º auxilios.

– Llamar a los padres.

12.7- TRATAMIENTO DEL ABSENTISMO:

Los tutores se encargará de controlar a diario la asistencia de sus alumnos/as.

Cuando un alumno falte a clase, se recabará la pertinente justificación de los

padres, y se anotará en el parte mensual de faltas.

Durante los primeros días de cada mes se pasará parte mensual de faltas de

los alumnos a la jefatura de estudios.

Si existieran faltas sin justificar o si se acumulase un número excesivo, la

jefatura de estudios se pondrá en contacto con los padres para que justifiquen

la situación.

Si los padres no justificaran claramente las anteriores circunstancias, la jefatura

de estudios lo justificará a los servicios sociales del ayuntamiento y a la

inspección de ecuación, acompañando información de las gestiones realizadas

previamente.

Capitulo V:

PERSONAL NO DOCENTE:

Artículo 13.- El personal no docente de nuestro centro está formado por el personal de

limpieza.

Artículo 14- El personal no docente del Centro, tendrá los siguientes derechos:

A ser tratados con el debido respeto por los profesores, alumnos y demás

componentes de la Comunidad Educativa.

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A ser informados por los medios adecuados de toda aquella información que pueda

afectarles.

A ser escuchados por la Dirección del Centro en toda clase de cuestiones que

planteen, resolviendo lo precedente.

Artículo 15.- El personal no docente tendrá los siguientes deberes:

Cualquiera que sea su situación económica-administrativa dependerán de la

autoridad de la Dirección del centro.

A realizar sus tareas, de forma que las dependencias a su cargo se encuentren, en

todo momento, en perfecto estado de limpieza.

Reposición del papel higiénico y jabón en los aseos, así como demandar al

Ayuntamiento su carencia con el fin de que siempre haya de repuesto.

A dar cuenta a la Dirección de los deterioros que se hayan originados en las

diferentes dependencias o utillaje y, en general, de cuanto conduzca al mejor

cumplimiento de su labor.

Capitulo VI:

INSTALACIONES Y SERVICIOS:

Artículo 16.- Son instalaciones y servicios del centro las aulas de los distintos niveles de

mismo y todas las dependencias contenidas dentro del edificio escolar.

Para el correcto uso y funcionamiento de los servicios e instalaciones de la Escuela de

educación infantil Hazim se dictan las siguientes normas y aclaraciones:

Artículo 17.- De las aulas: En ellas, cada grupo de alumnos recibirá las enseñanzas

correspondientes a su nivel según la Programación Docente y la Programación del Aula.

Artículo 19.- De la sala de psicomotricidad: Se establecen las siguientes disposiciones.

Al inicio de curso, y dentro de las posibilidades de su horario, los tutores elegirán una

hora semanal destinada a la sesión de psicomotricidad.

Independientemente, los maestros del Centro pueden utilizar esta aula de acuerdo a

sus necesidades siempre y cuando no interrumpan las sesiones previamente

designadas.

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El material deberá cuidarse y dejar colocado perfectamente en su lugar

correspondiente al terminar la sesión.

Cualquier deterioro, rotura, o accidente que se produzca en dicha sala deberá ser

comunicado en la dirección del centro para su solución.

Artículo 20.- De la biblioteca:

Al igual que con el aula de psicomotricidad. Al inicio de curso, cada tutor seleccionará una

hora para el uso de la biblioteca dentro de las posibilidades de su horario y no pudiendo

coincidir con la hora de psicomotricidad de otro grupo-clase.

Independientemente, los maestros del Centro pueden utilizar esta aula de

acuerdo a sus necesidades siempre y cuando no interrumpan las sesiones

previamente designadas.

El maestro que acompañe a los niños será el responsable de que el material se

trate con cuidado y a su salida quede organizado tal y como lo encontró, teniendo

en cuenta los temas y estantes a la hora de retornar los libros o cuentos utilizados.

Los maestros y maestras del Centro tendrán también la posibilidad de escoger los

libros y cuentos de la biblioteca que consideren necesarios , preferentemente

previa información al resto de tutores, para las siguiente funciones:

– Narración en el aula.

– Material de la biblioteca de aula o del rincón del proyecto trabajado.

– Préstamo de libros.

En todo caso, tendrá la responsabilidad de devolverlos de nuevo a la biblioteca en su

estado original. Comprometiéndose a realizar su retirada inmediata en caso de detectar

un mal uso de éstos.

Artículo 21.- Despacho de dirección-secretaría/sala de profesores/sala de material:

Aunque se trata de una única sala, pueden diferenciarse los siguientes espacios:

Espacio de dirección-secretaría: En él se encuentra la mesa y el ordenador de

dirección y las diferentes estanterías donde se lleva a cabo y se deposita el archivo

de toda la documentación actual del Centro (académica, económica y

administrativa).

Espacio de sala de profesores: destinada a Claustros, Consejos Escolares,

reuniones de ciclo, sala para elaborar materiales, realizar las tutorías y horas

complementarias….

Espacio de material: se utiliza como almacén para el material fungible que utiliza

el Centro y otro tipo de material administrativo, curricular, didáctico, juguetes, etc.

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ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS, EXTRACURRICULARES Y

EXTRAESCOLARES

Estas actividades quedarán planificadas al principio de curso y debidamente recogidas en

el PE del Centro.

Artículo 22.- Actividades complementarias y extracurriculares: Actividades de

diferente índole que dan o no respuesta al currículum, realizadas dentro o fuera del horario

lectivo bajo la responsabilidad de los miembros del Claustro implicados y de la dirección

del Centro.

Las actividades complementarias: talleres, fiestas, salidas, etc. serán programadas,

justificadas y organizadas para dar respuesta a los objetivos planteados en la

Programación Docente.

Las actividades extracurriculares tendrán como objetivo fundamental fortalecer los

lazos con la comunidad educativa y mejorar el clima de convivencia en el Centro.

En el caso de las salidas, la cantidad requerida de alumnos será como mínimo la

mitad más uno.

Para la realización de las salidas, si la distancia lo requiriese, se planteará como

primera opción el uso de autocares. Si el número de alumnos no lo posibilitara, los

padres de los alumnos que lo deseen podrán transportar y recoger a sus hijos en

su coche hasta el punto indicado. Si algún padre o madre no tuviera esa posibilidad

puede delegar dicha responsabilidad en otro padre o madre siempre bajo

consentimiento escrito.

Los padres o madres que lo deseen podrán acompañar a los alumnos en dichas

salidas, siempre y cuando los tutores y profesores implicados lo consideren

conveniente.

Tanto para las salidas como para el resto de actividades complementarias, los

tutores avisarán previamente a los familiares, seleccionándolos por orden de lista

y número de colaboraciones previas, tratando siempre de que todos participen de

manera equilibrada.

Artículo 23.- Actividades extraescolares: Realizadas fuera del horario escolar por

personal ajeno al claustro de profesores del Centro.

La AMPA del Centro será la encargada y responsable de organizarlas.

Las actividades darán respuesta a la demanda y necesidades de los alumnos y

familias del Centro.

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ESCUELA BILINGÜE HAZIM

La dirección del Centro, oído el Claustro, asesorará y se coordinara con el AMPA

para la correcta selección y organización de éstas.

Se utilizarán espacios comunes al centro para realizarlas, tales como la sala de

psicomotricidad, la biblioteca y el patio.

El profesor responsable de las actividades extraescolares serán el encargado de

cuidar y respetar el material que hay en esos espacios.

Si se produce algún desperfecto durante esas horas en las salas ocupadas, será el

profesor o la empresa a la que representa, los encargados de responder a las

incidencias.

Capitulo VII: RÉGIMEN ADMINISTRATIVO

CONSEJO ESCOLAR

Artículo 28.-Las reuniones ordinarias del Consejo Escolar serán convocadas con una

antelación mínima de 48 horas, enviándose junto con la convocatoria, la documentación

que vaya a ser objeto de debate y aprobación.

Se celebrarán a lo largo del curso las siguientes reuniones ordinarias:

– Principio de curso y aprobación de la Programación General Anual.

– Aprobación de la Cuenta de Gestión en Febrero.

– Aprobación del presupuesto.

– Información de la memoria de Junio.

– Así como cualquier reunión que salga de carácter extraordinario.

CLAUSTRO:

Artículo 29.- Las reuniones de Claustros se celebrarán en horario de Obligada

permanencia en el Centro, convocándose con una antelación mínima de 48 horas. Se

podrán realizar cuantos Claustros extraordinarios sean necesarios.

REUNIONES DE CICLO:

Artículo 30.- Las reuniones de los Equipos de Ciclo tendrán lugar los martes alternos,

recogiéndose los principales acuerdos en Actas, que servirán como base para la

elaboración de la Memoria del ciclo y en la Memoria Final de curso.

RÉGIMEN ECONÓMICO DEL CENTRO

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ESCUELA BILINGÜE HAZIM

Artículo 31.-El régimen económico del Centro se gestionará de forma centralizada en

cuanto a su ejecución: una vez satisfechos los gastos normales de funcionamiento del

Centro (teléfono, fotocopias, material fungible…) y cuando el presupuesto lo permita, se

procederá al reparto del importe disponible por aula y especialista.

Artículo 33.- De las comunicaciones dirigidas a los padres/madres de alumnos:

Se enviarán circulares de centro cuando surjan hechos que afecten a la totalidad o

mayoría de los alumnos. Modificación del calendario lectivo, huelga, problemas de

salud, horarios, fiestas, celebraciones…

Cuando el motivo de la comunicación no sea de interés general, será el equipo de

ciclo o tutor el encargado de enviar la comunicación oportuna a sus padres.

Otras informaciones de interés figurarán en los Tablones de anuncios del centro, Web

del Centro, blog educativo o email.

Artículo 34.- De las comunicaciones de interés para el profesorado:

Cualquier documentación procedente de la Consejería, Concejalía u otros órganos

oficiales o privados que sea o pueda ser de interés para el profesorado será remitida

por la Secretaría del Centro para que se firme el enterado..

Los documentos oficiales se encuentran en la dirección del centro a disposición de

los interesados.

La información referente a los materiales didácticos y libros de texto de los ciclos se

encuentra en armarios archivadores en la sala de profesores.

Capitulo VIII: COLABORACIÓN CON ENTIDADES Y SERVICIOS SOCIALES Y

MUNICIPALES.

Artículo 35.- Con el fin de colaborar en la consecución de los objetivos educativos

propuestos, el Claustro de Profesores incluirá en la propuesta de la Programación General

Anual, la participación en actividades del entorno, la concejalía de deportes, educación

vial, exposiciones, … que se proponen desde el ayuntamiento de Cartagena u otras

asociaciones sin ánimo de lucro.

Capitulo IX: DISPOSICIONES ADICIONALES, FINALES ENTRADA EN VIGOR Y

PROCEDIMIENTOS DE REFORMA DEL REGLAMENTO DE RÉGIMEN

Artículo 36.- Las normas de organización, funcionamiento y convivencia expuestas en el

presente documento será de aplicación para todo el Centro.

Artículo 37.- El equipo Directivo adoptará las medidas adecuadas para que el Proyecto

Educativo pueda ser conocido y consultado por todos los miembros de la comunidad

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ESCUELA BILINGÜE HAZIM

educativa. Así mismo, el referido proyecto podrá ser consultado por Profesores y/o padres

interesados por el centro.

Artículo 38.- El presente Proyecto Educativo perteneciente a la E.E.I. Hazim entrará en

vigor al día siguiente de su aprobación por el Consejo Escolar del centro.

Artículo 39.- Del procedimiento de reforma: cuando se considere necesario introducir

modificaciones en el Proyecto Educativo, las propuestas de modificación podrán hacerse

por el Equipo Directivo, por el Claustro, por cualquiera de los otros sectores representados

en el Consejo Escolar o por un tercio de los miembros de este órgano. La supuesta de

modificación podrá ser aprobada por dicho Consejo en el tercer trimestre del curso y

entrará en vigor al comienzo del curso siguiente.