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Normas de convivencia, organización y funcionamiento NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENT0 Colegio de Educación Infantil y Primaria Ribera del Alberche. Calalberche. Página 1

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Normas de convivencia, organización y funcionamiento

NORMAS DE CONVIVENCIA,

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENT0

1.- BASE LEGAL 2.- PRINCIPIOS Y VALORES DEL PEC EN LOS QUE SE INSPIRAN

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3.- PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN, APLICACIÓN Y REVISIÓN DE LAS NORMAS DE CONVIVENCIA. 3.1. CRITERIOS DE ELABORACIÓN 3.2. COMISIÓN DE CONVIVENCIA: 4.- NORMAS DE AULA: 5.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA. 5.1. DERECHOS Y DEBERES DE LOS ALUMNOS 5.2. DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES 5.3. DERECHOS Y DEBERES DE LOS PROFESORES5.4. PERSONAL LABORAL NO DOCENTE, PERSONAL DE LIMPIEZA6. NORMAS DE CONVIVENCIA 6.1. RELATIVAS A LOS ALUMNOS6.2. RELATIVAS A LOS PROFESORES 6.3. RELATIVAS A LOS PADRES Y MADRES7.- MEDIDAS PREVENTIVAS Y CORRECTORAS7.1. CRITERIOS DE APLICACIÓN DE LAS MEDIDAS EDUCATIVAS CORRECTORAS 7.2. GRADUACIÓN DE LAS MEDIDAS CORRECTORAS 7.3. MEDIDAS EDUCATIVAS Y PREVENTIVAS Y COMPROMISO DE CONVIVENCIA7.4. CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA Y CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA 7.5. MEDIDAS CORRECTORAS 7.6. RECLAMACIONES

7.7. RESPONSABILIDAD DE LOS DAÑOS

7.8. PRESCRIPCIÓN.

7.9. RESPONSABILIDAD PENAL.7.10. PROCEDIMIENTO DE MEDIACIÓN PARA LA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS 8.- CRITERIOS PARA ASIGNACIÓN DE TUTORÍAS, ELECCIÓN DE CURSO Y OTROS. 8.1. ASIGNACIÓN DE CURSOS Y TUTORÍAS 8.2. COORDINADORES DE CICLO8.3. RESPONSABLES DE BIBLIOTECA Y AULA ALTHIA 8.4. RESPONSABLE DE COMEDOR ESCOLAR. 8.5. RESPONSABLE DE EQUIPO DE ACTIVIDADES EXTRACURRICULARES. 8.6. TUTORES DE ALUMNOS/AS EN PRÁCTICAS Y FUNCIONARIOS/AS EN PRÁCTICAS. 8.7. DISTRIBUCIÓN DE ALUMNOS DÍAS 8º, 9º Y10º TODOS DESDE LAS 9:15 H. A 12.00 H8.5. REPETICIÓN DE ETAPA 9.- CRITERIOS PARA LA SUSTITUCIÓN DEL PROFESORADO 10.- ORGANIZACIÓN Y UTILIZACIÓN DE ESPACIOS Y TIEMPOS. 10.1. AULAS10.2. SERVICIOS 10.3. LIMPIEZA DEL CENTRO 10.4. MATERIAL 10.5. SELECCIÓN DE LIBROS DE TEXTO. 10.6. NORMAS GENERALES SOBRE UTILIZACIÓN DE ESPACIOS

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10.7. BIBLIOTECA 10.8. PATIOS Y PISTAS DEPORTIVAS 10.9. AULA ALTHIA 10.10. ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES 10.11. HORARIOS Y TIEMPOS ESCOLARES 11.- FALTAS DE ASISTENCIA11.1. DE LOS ALUMNOS 11.2. DE LOS PROFESORES12. ANEXOS:-ACOSO ESCOLAR-NORMAS DE COMEDOR-ACTUACIÓNNES ANTE PROBLEMAS MÉDICOS -DOCUMENTO DE SUSPENSIÓN DE PATIO -PARTE DE FALTA-SOLICITUD ENTREVISTA CON LA FAMILIA-PARTE SANCIONADOR-RECOGIDA DE INCIDENCIAS-PARTES DE INCIDENCIA-PROTOCOLO DE ABSENTISMO ESCOLAR

1. BASE LEGAL

Pretendemos que sea un claro referente para determinar las normas de convivencia que garantice el respeto y el ejercicio de los derechos y deberes de cada uno de los integrantes de la Comunidad Educativa.

La regulación de estas Normas se encuentra, entre otras, en el artículo 108 de la Ley 7/2010, de 20/07/2010, de Educación de Castilla-La Mancha. En su apartado primero señala que “Los centros docentes elaborarán las normas de convivencia, organización y funcionamiento del

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centro, con el objeto de asegurar el desarrollo del proyecto educativo, instando a la participación y a la convivencia basada en la confianza, la colaboración y el respeto a los derechos, y de garantizar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de todos los componentes de la comunidad educativa”.

En la redacción del presente documento han sido respetados especialmente los principios recogidos en las siguientes normas oficiales:

La Constitución Española (art. 27) LOMCE. Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la

calidad educativa. LOE. Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. LODE. Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la

Educación. Ley 7/2010, de 20 de julio, de Educación de Castilla La Mancha. Orden de 02/07/2012, de la Consejería de Educación, Cultura y

Deportes, por la que se dictan instrucciones que regulan la organización y funcionamiento de los colegios de Educación Infantil y Primaria en la Comunidad Autónoma de Castilla la Mancha.

Orden de 05/08/2014, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se regula la organización y evaluación en la Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Castilla La Mancha.

R.D. 732/1995, de 5 de mayo, por el que se establecen los derechos y deberes de los alumnos y las normas de convivencia en los Centros.

Decreto 3/2008, de 08-01-2008, de la Convivencia Escolar en Castilla la Mancha.

Ley 3/2012 de 10 de mayo, de autoridad del profesorado. Decreto 13/2013 de 21-03-2013, de autoridad del profesorado en

Castilla la Mancha Decreto 268/2004, de 26 de Octubre, de Asociaciones de Madres y

Padres de Alumnos y sus federaciones y confederaciones en los centros docentes que imparten enseñanzas no universitarias en la Comunidad Autónoma de Castilla la Mancha.

Decreto 66/2013, de 03/09/2013, por el que se regula la atención especializada y la orientación educativa y profesional del alumnado en la Comunidad Autónoma de Castilla- La Mancha.

Resolución de 20-01-2006, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se acuerda dar publicidad al protocolo de actuación ante situaciones de maltrato entre iguales en los centros docentes públicos no universitarios de Castilla la Mancha

Orden de 09-03-2007, de las Consejerías de Educación y Ciencia y de Bienestar Social, por la que se establece los criterios y procedimientos para la prevención, intervención y seguimiento sobre el absentismo escolar.

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2. PRINCIPIOS Y VALORES DEL PEC EN LOS QUE SE INSPIRAN : Las presentes Normas de convivencia, organización y funcionamiento de este Centro se inspiran en los principios y valores que se recogen en el Proyecto Curricular de Centro. Estamos convencidos que la Escuela Pública se caracteriza por su papel "compensador de desigualdades". Aquí TODOS/AS tenemos sitio para ser nosotros/as mismos/as, sea cual sea nuestro origen, cultura, ideología, situación familiar, necesidades educativas especiales,...: Creemos en una sociedad diversa capaz de vivir en armonía, entendiendo la Escuela como un tiempo y un espacio para la humanización, donde TODOS/AS encuentran su lugar. Los principios educativos en los que nos basamos son: Búsqueda personal y colectiva y comportamientos coherentes en sentido de comunidad educativa de acuerdo con los principios y normas que inspiran nuestro trabajo y nuestras relaciones.

Desarrollo de principios de calidad (desarrollo de capacidades y competencias como punto de mira, planificación, seguimiento continuo, evaluación de procesos y de resultados, integración de esfuerzos) de la educación para todo el alumnado, independientemente de sus condiciones y circunstancias.

La equidad que garantice la igualdad de oportunidades, la inclusión educativa y la no discriminación, y actúe como elemento compensador de las desigualdades personales, culturales, económicas y sociales, con especial atención a las que deriven de discapacidad.

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El desarrollo de la igualdad de derechos y oportunidades para todos los miembros de la comunidad educativa y el fomento de la igualdad efectiva entre hombres y mujeres.

La concepción de la educación como un aprendizaje permanente, que se desarrolla a lo largo de toda la vida.

La transmisión y puesta en práctica de los valores que nos inspiran: la libertad personal, la responsabilidad, la ciudadanía democrática, la solidaridad, la tolerancia, la igualdad, el respeto, colaboración, diálogo y la justicia, que ayuden a superar cualquier tipo de discriminación.

El esfuerzo compartido por alumnado, familias, profesores, el centro, administraciones, instituciones y el conjunto de la sociedad.

La participación de la comunidad educativa en la organización, gobierno y funcionamiento de los centros docentes.

La educación para la prevención de conflictos y para la resolución pacífica de los mismos, así como la no violencia en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social.

La cooperación y colaboración activa con instituciones orientadas al desarrollo de principios y valores compartidos.

La flexibilidad para adecuar nuestro proyecto educativo en su conjunto y los distintos planes que lo conforman a la diversidad de aptitudes, intereses, expectativas y necesidades del alumnado, así como a los cambios que experimentan el alumnado y la sociedad.

La orientación académica, personal, profesional vocacional de los alumnos, como medio necesario para el logro de una formación personalizada que propicie una educación integral en capacidades, competencias, conocimientos, habilidades, destrezas y valores.

El esfuerzo individual y la motivación del alumnado a través de su participación e implicación activa en el conjunto de actividades que se desarrollen en el centro.

La autonomía para establecer y adecuar nuestras actuaciones organizativas y curriculares en el marco normativo de acuerdo con el contexto y las señas de identidad de nuestro centro.

La consideración de la función docente como factor esencial de la calidad de la educación, el reconocimiento social del profesorado y el apoyo a su tarea.

La corresponsabilidad de la familia en el desarrollo de nuestra propuesta educativa considerando su repercusión en el modelado de principios, valores y actitudes en los alumnos.

El fomento y la promoción de la investigación, la experimentación y la innovación educativa a través de actuaciones precisas que integren la participación de la comunidad educativa.

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La evaluación del funcionamiento de nuestro centro desde una concepción sistemática, tanto en sus condicionantes, planes y propuestas de organización como en su desarrollo y materialización, en los resultados y en los procesos.

Educar en valores no es tarea fácil y a menudo es fuente de conflictos pero al ser la educación un proceso de socialización, de interiorización de hábitos, conocimientos y de ideas, conlleva paralelamente, un proceso de transmisión de valores. En primer lugar explicitamos los valores constitucionalmente reconocidos en materia de educación como son la aconfesionalidad, la coeducación, la igualdad de oportunidades y los valores democráticos. En nuestro intenso proceso de reflexión hemos considerado los siguientes valores, sabiendo que la división que establecemos es formal ya que no existen compartimentos estancos cuando de principios generales estamos hablando:

RESPETO Y TOLERANCIA.

Propiciar la consideración del otro, niño/a o adulto/a, admitiendo los diferentes enfoques y opiniones dentro de un clima de tolerancia, cordialidad y honestidad. Asimismo, promover la valoración de los otros seres vivos, los objetos, y nuestro entorno natural.

RESPETO A LA DIVERSIDAD.

Fomentar actitudes de respeto a "la diferencia" facilitando la aceptación de que las realidades individuales son diversas tanto desde el punto de vista cultural, social y económico como desde el propio individuo. El individuo es "único" por origen, sexo, condiciones sociales, características físicas, aptitudes, estilos cognitivos y afectivos. Nuestro objetivo es propiciar la igualdad de derechos y obligaciones, la no discriminación del individuo, la aceptación de las "diferencias", y el enriquecimiento personal que éstas conllevan.

AUTONOMÍA.

Propiciar el desarrollo integral de los niños/as en los aspectos físicos, afectivos e intelectuales, facilitando los recursos que favorezcan la toma de iniciativa personal dentro del grupo y que permitan los procesos de introspección y conocimiento del mundo interno, para crear una imagen de sí mismo. En este sentido, hay que favorecer el conocimiento y valoración de los propios límites y posibilidades, potenciando la autoestima y el establecimiento de relaciones sociales con los iguales y los adultos. Es, al fin y al cabo, crear los "espacios" que permitan el desarrollo individual armónico y la inclusión y participación en el grupo.

SOCIALIZACIÓN.

Apreciar la función social de la escuela como primer ámbito de relación ampliada del niño/a donde tendrá su primera experiencia social fuera de su

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núcleo familiar por lo que se debe facilitar los recursos que permitan al niño/a establecer las relaciones sociales y afectivas, desarrollando actitudes de colaboración y apoyo que propicien el respeto a las pautas y normas que determina tanto el grupo de referencia, como el grupo ampliado.

COLABORACIÓN.

Transmitir el interés por lo colectivo, por el grupo y la tarea común, promoviendo actitudes de cooperación y ayuda de forma que se facilite la participación, la comunicación y el compromiso de cada uno de los individuos con un objetivo común.

CREATIVIDAD.

Fomentar la utilización de los recursos personales para enfrentarse a las diferentes situaciones creando alternativas y buscando soluciones innovadoras. Propiciar que el niño/a se enfrente a la realización de tareas y actividades buscando "nuevas formas de hacer", facilitando la investigación, el descubrimiento y la creación de diferentes respuestas.

ESPÍRITU CRÍTICO.

Fomentar el análisis y reflexión sobre el entorno socio-cultural, promoviendo actitudes flexibles ante otros puntos de vista y de cambio de perspectiva ante la realidad. Facilitar la crítica constructiva que permita al niño/a modificar su actitud ante sucesos diferentes y conociendo sus propios límites, poder actuar activamente en el medio que lo rodea.

RESPONSABILIDAD.

Propiciar actuaciones en consecuencia con los propios principios y valores, respetando los aceptados por la comunidad escolar de forma que se facilite la iniciativa y la toma de decisiones personales. Si se promueve la evaluación y la reflexión sobre el propio trabajo y el trabajo del grupo, se favorecerá la adquisición de un compromiso individual y colectivo con la tarea y con los individuos.

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3. PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN, APLICACIÓN Y REVISIÓN DE LAS NORMAS DE CONVIVENCIA. La elaboración de las normas ha sido realizada por el equipo directivo debido a que las anteriores no cumplían la norma vigente.

3.1. CRITERIOS DE ELABORACIÓN. Antes de abordar los Criterios que hemos seguido en la confección de nuestras Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento queremos plasmar los Objetivos que nos hemos planteado como metas a conseguir para asegurarnos un Plan de viabilidad de las mismas, a la vez que orientarán el proceso. Estos son:

1. Asegurar el orden interno que permita conseguir en grado óptimo los objetivos educativos de nuestro Centro.

2. Divulgar el contenido de estas Normas entre todos los miembros de la comunidad educativa, especialmente aquellos referidos a las normas internas de convivencia, a la disciplina, a la descripción y calificación de las faltas y los procedimientos de corrección de las conductas que las incumplen.

3. Concienciar a todos los miembros de la Comunidad Educativa de la necesidad de conocer y respetar los Derechos y Deberes de los alumnos, los profesores, el personal de administración y servicios y los padres.

4. Potenciar, dentro del Plan de Acción Tutorial, todas aquellas actividades que favorezcan el orden, la disciplina y el respeto mutuo, entre los que cabe destacar la elaboración y el seguimiento de las normas específicas del grupo clase.

5. Desarrollar el interés por el trabajo cooperativo y solidario, fomentando el trabajo en equipo como factor de eficacia frente al excesivo individualismo.

6. Favorecer las situaciones en las que el alumno pueda participar en la organización, desarrollo y evaluación de los diferentes aspectos de la vida académica del Centro.

7. Mantener, por parte del profesorado, una línea de conducta coherente, uniforme y sistemática en el tratamiento del orden y la disciplina.

8. Propiciar la colaboración familia – escuela a través de un intercambio constructivo de informaciones que permita unir esfuerzos para lograr fines comunes y creación de cauces de comunicación. Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento.

Una vez aprobadas, las Normas de convivencia serán de obligado cumplimiento para toda la comunidad educativa a partir del curso 2015/2016, encargándose el director de su publicación y difusión.

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Para la revisión y/o modificación de estas Normas se seguirán los siguientes criterios:

1. Cualquier apartado deberá derogarse o modificarse siempre que esté en contradicción con alguna disposición dictada por la Consejería de Educación.

2. Cualquier apartado podrá modificarse o derogarse cuando lo apruebe la mayoría absoluta del Consejo Escolar.

3. Podrán incluirse artículos siempre que sea aprobado por mayoría absoluta del Consejo Escolar.

Podrán proponer la derogación, modificación o inclusión de apartados:

a) La mayoría absoluta de los miembros del Claustro.

b) El Equipo Directivo.

c) La mayoría absoluta del Consejo Escolar.

d) El AMPA, a través de su Junta Directiva.

Una vez aprobadas las modificaciones de las Normas de Convivencia serán de obligado cumplimiento para toda la Comunidad Educativa a partir del curso 2015/2016, encargándose la directora de su publicación y difusión.

3.2. COMISIÓN DE CONVIVENCIA:

Dentro del Consejo Escolar de nuestro Centro se creará una Comisión de Convivencia que estará formada por:

- La Directora del Centro.

- 1 representante del profesorado.

- 1 representante de las familias.

La elección de los miembros de la Comisión de Convivencia se realizará dentro del Consejo Escolar por mayoría simple de sus miembros.

Serán funciones de la Comisión de Convivencia:

- Velar por la aplicación, funcionamiento y difusión de las presentes Normas de Convivencia.

- Canalizar las iniciativas de todos los sectores de la comunidad educativa para prevenir y evitar el conflicto y mejorar la convivencia, el respeto mutuo y la tolerancia en los centros docentes.

- Elaborar un informe anual analizando los problemas detectados en la gestión de la convivencia que será trasladado a la dirección del Centro y al Consejo Escolar.

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- Prevenir actuaciones contrarias a las Normas de Convivencia, estableciendo las medidas educativas y formativas necesarias.

4. NORMAS DE AULA: El profesorado de cada aula junto con el alumnado de la misma, coordinados por el Tutor, elaborará con su grupo las Normas de Aula. Dichas Normas, que deberán contar con la participación e implicación del alumnado deberán elaborarse todos los años al inicio de cada curso escolar antes del 15 de Octubre para Educación Primaria. En Educación Infantil la Normas se elaborarán a partir de situaciones puntuales que surjan a lo largo del curso.

Estas Normas de Aula no podrán vulnerar en ningún caso las establecidas con carácter general y serán expuestas en el aula en lugar claramente visible por profesores y alumnos.

En estas Normas deberán tenerse en cuenta los siguientes criterios comunes y elementos básicos:

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- Respeto a los demás.

- Favorecer la integración y tolerancia del entre el alumnado y profesores.

- Respeto al material, mobiliario e instalaciones.

- Creación de un ambiente de estudio agradable y motivador.

- Mantenimiento del orden.

- Respeto de las normas de aula que cada tutor o especialista determine.

5. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA.

5.1. DERECHOS Y DEBERES DE LOS ALUMNOS La actual LEY DE EDUCACIÓN reconoce a l@s alumn@s los siguientes Derechos: 1. A la formación en el respeto a los derechos y libertades fundamentales y en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad dentro de los principios democráticos de convivencia. 2. A la adquisición de hábitos intelectuales y técnicas de trabajo, así como de conocimientos científicos, técnicos, humanísticos, históricos y estéticos. 3. A la formación para la paz, la cooperación y la solidaridad entre los pueblos. 4. Al desarrollo armónico de la afectividad, de la autonomía personal y de la capacidad de relación con los demás. 5. A la participación en la mejora de la calidad de la enseñanza. 6. Al fomento de su capacidad y actitud crítica. 7. Al respeto de su dignidad y de su condición social. 8. A la orientación escolar y profesional. 9. Derecho al estudio. 10. Derecho a la participación en la vida del centro. 11. Derecho a la utilización de las instalaciones.

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12. Derecho de reunión. 13. Derecho a la libertad de expresión. 14. Derecho a la libertad de asociación. Deberes de los alumnos: 1. Aceptar el CARÁCTER PROPIO del CENTRO y respetar las acciones concretas que el colegio determine en este sentido. 2. Asistir a clase con regularidad y puntualidad. 3. RESPETAR LOS HORARIOS aprobados por el desarrollo de las actividades del Centro. 4. Seguir las ORIENTACIONES DEL PROFESORADO respecto de su aprendizaje, tareas escolares, estudio, comportamiento, etc., y mostrarle el debido respeto. 6. RESPETAR el ejercicio del derecho al ESTUDIO Y APRENDIZAJE DE SUS COMPAÑER@S, manteniendo el silencio en las intervenciones de alumnos y profesores. 7. Respetar la LIBERTAD DE CONCIENCIA y las convicciones religiosas y morales, así como la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la Comunidad Educativa. 8. No DISCRIMINAR a nadie por razón de raza, sexo o por cualquier otra circunstancia personal o social. 9. RESPETAR Y UTILIZAR correctamente los bienes INMUEBLES y las INSTALACIONES DEL CENTRO y LAS PERTENENCIAS DE LOS OTROS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA. 10. PARTICIPAR EN LA VIDA Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO. 11. Deber de cumplir las NORMAS DE CONVIVENCIA. 12. Deber de RESPETAR AL PROFESORADO y a los demás miembros de la COMUNIDAD EDUCATIVA 5.2. DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES Los padres, madres o tutores de los alumnos del Colegio, tienen los siguientes derechos: a) Que sus hijos reciban una educación de acuerdo a los fines establecidos en la Constitución Española y la LOMCE.b) Elegir sus representantes en el Consejo Escolar. c) A ser miembro, si lo desea de asociaciones en el ámbito educativo También tienen derecho a: 1. Que sus hijos reciban una educación integral tal como está definida, en este Proyecto Educativo y, en concreto, a una enseñanza de acuerdo con los programas vigentes. 2. Conocer el funcionamiento del Centro y el modo como se aplica el Proyecto Educativo. 3. Recibir información periódica sobre el progreso de sus hijos en los aspectos académicos y en el proceso de maduración afectiva, social y religiosa. Mantener relación con los Tutores y Profesores, en orden a promover conjuntamente la formación integral de los alumnos de acuerdo con cuanto establece este Reglamento. 4. Formar parte de la Asociación de Padres y Madres de Alumnos y participar en las reuniones y actividades que ésta organice. 5. Participar en la gestión del Centro a través de sus representantes en el Consejo Escolar. 6. Celebrar reuniones en el Centro para tratar asuntos relacionados con la educación de sus hijos, previa autorización de la Directora. 7. Presentar propuestas o recursos al Órgano de Gobierno Unipersonal o Colegiado, que corresponda en cada caso. 8. Conocer la Programación General Anual de sus hijos.

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Tienen el deber de: 1. Procurar que sus hijos tengan una disposición favorable hacia el Centro. 2. Velar porque sus hijos/as acudan al Centro con puntualidad, higiene y descanso suficiente. 3. Procurarles el material necesario durante todo el curso. 4. Interesarse por su rendimiento y comportamiento. 5. Tener contacto con los profesores y asistir a las reuniones programadas. Respetar las horas de visita establecidas en el Centro. 6. Justificar las ausencias de sus hijos. No mandar al Centro a sus hijos/as cuando padezcan enfermedad contagiosa o estén en periodo de contagio o afectados de parásitos (piojos, pulgas...) 7. Responsabilizarse de los desperfectos que ocasionasen sus hijos/hijas en el Centro. 8. Acudir al Centro cuando sean convocados por el Consejo Escolar, Equipo Directivo o Profesores. 9. Cumplimentar las encuestas, solicitudes o cualquier tipo de documento que les solicite el Centro. 10.Facilitar e intercambiar información con el profesorado. 5.3. DERECHOS Y DEBERES DE LOS PROFESORES: Los profesores tienen derecho a: Todos los derechos reconocidos al conjunto de trabajadores. Participar activamente en la gestión del Centro, a través de sus representantes. Formar parte del Claustro. Solicitar reunión de claustro siempre que la petición sea realizada por 1/3 de los profesores. Ser respetados por todos los miembros de la Comunidad Educativa. Participar como electores y elegibles en los Órganos de Gobierno del Centro. Tener garantizada la libertad de cátedra. Exponer a los Órganos de Gobierno las sugerencias, ideas y problemas que consideren convenientes. Utilizar las instalaciones y material del Centro, respetando horarios y normas establecidas. Llamar a los padres de los alumnos cuando lo estimen oportuno, y a celebrar las reuniones programadas en el Plan General Anual. La renovación y perfeccionamiento profesional dentro del Centro, siempre que sea posible la organización de las actividades programadas para tal fin. Estar protegido y cubierto de cualquier responsabilidad civil por accidentes involuntarios. Ejercer el derecho a la huelga. Ser informado de las comunicaciones oficiales. La información se hará a través de correos electrónicos y claustro.De los acuerdos y decisiones del claustro.Tienen el deber de: Asistir puntualmente al Centro, dentro del horario escolar. Cuando por cualquier motivo justificado, se tenga prevista la no asistencia, deberá comunicarse a la Directora con antelación, sin esperar a ser requeridos por ésta. Tener reuniones en las clases para que los alumnos expongan sus problemas. Llamar a los padres de los alumnos cuando lo estimen oportuno, y a celebrar las reuniones programadas en el Plan General Anual. Cumplimentar los documentos académicos de los alumnos de su tutoría.

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Llevar control de las faltas de asistencia de sus alumnos y exigir justificación de ellas. Si se percibe una situación de absentismo, al no presentar justificación de la inasistencia por parte de los padres o tutores del niño/a, se comenzará el protocolo de absentismo que está recogido en el PE del Centro. Evaluar a los alumnos, respetando los criterios fijados por el Claustro de profesores y cumpliendo las fechas establecidas. Asistir a los Claustros, reuniones de ciclo, comisiones, etc. a los que esté adscrito, siempre y cuando se haga dentro del horario laboral. Respetar y cumplir los acuerdos tomados en el Claustro y Consejo Escolar. Programar su materia, preparar sus clases, coordinar con los demás compañeros de nivel y ciclo, siguiendo las directrices del Plan General Anual y programas oficiales. Impartir una enseñanza objetiva, sin dogmatismos ni adoctrinamientos, que contemple al niño como el centro del sistema educativo. Respetar la libertad de expresión del alumno, recogiendo sus opiniones, propuestas o reclamaciones para trasladarlas a quien corresponda. Aplicar con unanimidad por parte de todo el profesorado, las medidas correctoras ante una misma falta contra las NCOF. 5.4. PERSONAL LABORAL NO DOCENTE, PERSONAL DE LIMPIEZA:El personal no docente, en este Centro, está integrado por: personal de limpieza.Cualquiera que sea su adscripción económica-administrativa (Ayuntamiento, Consejería u otro organismo), en el aspecto funcional, dependerá de la autoridad de la Directora del Centro o en quien ella delegue. -Las encargadas de limpieza tendrán a su cargo las siguientes funciones: a) La limpieza del Centro de acuerdo con la jornada laboral para que haya sido contratada y de acuerdo con las instrucciones dadas por el Secretario del Centro. b) Mantener las puertas del Centro cerradas, durante su jornada laboral. c) Impedir la entrada de toda persona no autorizada por el Centro.

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6. NORMAS DE CONVIVENCIA: 6.1. RELATIVAS A LOS ALUMNOS:

1. Referentes a su comportamiento personal.

1.1. Asistir puntualmente a las actividades escolares. Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento.

1.2. Acudir a clase debidamente aseado.

1.3. Transitar por los pasillos y escaleras con orden y compostura.

1.4. Llevar a clase los libros y material escolar que sean precisos.

1.5. Responsabilizarse de los encargos que se le encomienden.

1.6. Acudir a los servicios sociales en los casos de verdadera necesidad.

1.7. Entregar los justificantes de las faltas de asistencia firmados por su padre, madre o tutor-a.

1.8. Devolver los boletines de evaluación debidamente firmados por su padre, madre o tutor-a.

2. Referentes a sus compañeros.

2.1. No agredir, insultar ni humillar a sus compañeros de colegio.

2.2. Respetar todas las pertenencias de los demás.

2.3. No perturbar la marcha de la clase.

2.4. Colaborar con sus compañeros en las actividades escolares.

2.5. Evitar juegos violentos.

2.6. No discriminar a ningún compañero por razón de sexo, raza, religión o convicciones.

3. Referentes al Centro.

3.1. Hacer buen uso del edificio, instalaciones, mobiliario y material escolar.

3.2. Cuidar de que las clases, comedor, pasillos, patios y servicios se mantengan limpios y ordenados.

3.3. Participar, de acuerdo con su edad, en la organización del Centro.

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Normas de convivencia, organización y funcionamiento

3.4. No ausentarse del Centro sin conocimiento del tutor o maestro responsable en ese momento. Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento.

3.5. No entrar ni permanecer en el recinto escolar fuera del horario escolar, salvo autorización de la Dirección.

3.6. Comunicar al tutor, Dirección o profesor más próximo cualquier incidente que ocurra en el Centro.

3.8. En horario de recreo no subir a las aulas sin autorización expresa.

3.9. Utilizar los servicios que le correspondan.

3.10. Ningún alumno hará uso de los ordenadores sin la presencia o autorización de un maestro/a.

6.2. RELATIVAS A LOS PROFESORES:

1. En relación consigo mismo.

1.1. Actualizarse y perfeccionarse en su profesión.

1.2. Asistir con puntualidad a las clases y reuniones para las que fuera convocado.

2. En relación con los alumnos.

2.1. Respetar la personalidad de cada niño.

2.2. Intentar comprenderle y ayudarle.

2.3. No hacer distinciones entre alumnos.

2.4. Vigilar a los alumnos en los recreos, subidas y bajadas de clase.

2.5. Informar al Jefe de Estudios del absentismo del alumnado.

3 En relación con el Centro.

3.1. Conocer las Normas de Convivencia y cumplir lo establecido en ellas. Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento.

3.2. Acatar las decisiones del Claustro de Profesores, del Consejo Escolar y de las autoridades educativas.

3.3. Cooperar en el mantenimiento y buen uso del material e instalaciones del Centro.

3.4. Colaborar en el mantenimiento del orden y la disciplina dentro del recinto escolar.

3.5. Devolver el material didáctico utilizado.

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Normas de convivencia, organización y funcionamiento

3.6. Comunicar a la Directora y Jefe de Estudios, con la suficiente antelación, si ya se conoce, la falta a clase.

3.7. En caso de accidente o enfermedad prolongada lo/as alumnos/as tendrán derecho a la ayuda precisa, ya sea a través de la orientación requerida, material didáctico y las ayudas necesarias, para que el accidente o enfermedad no suponga detrimento de su rendimiento escolar.

3.8. En casos de accidentes o emergencias, en horario escolar, se seguirán los protocolos y las medidas del Plan de autoprotección del Centro y los establecidos en la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL).

3.9. Llevar el control de las faltas de convivencia y faltas de disciplina de los alumnos de su tutoría, anotando las faltas cometidas, fecha en que se cometió y demás circunstancias.

3.10. Coordinar la comunicación de los profesores con los padres de los alumnos de su tutoría.

3.11. Los días de lluvia, en el que el alumnado no sale al patio del recreo, estos pueden usar los ordenadores para jugar a juegos educativos, siempre bajo vigilancia del profesorado.

4 En relación con los padres.

4.1. Mantener contactos periódicos y sistemáticos con los padres de los alumnos, dentro del horario previsto para tal fin.

4.2. Recibir la visita de los padres cuando lo soliciten, cumpliendo los horarios y normas establecidas para este caso.

4.3. Cumplimentar los boletines de evaluación en los periodos establecidos.

4.4 Solicitar la justificación de las ausencias y salidas del Centro por parte de los alumnos. Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento.

6.3. RELATIVAS A LOS PADRES Y MADRES:

1 En relación con el Centro.

1.1 Conocer las Normas de Convivencia y observar su cumplimiento.

1.2 Atender las citaciones del Centro.

1.3 Abstenerse de visitar a los alumnos o profesores fuera del horario planificado sin causa justificada.

1.4. Responsabilizarse del cuidado del material que se le presta a sus hijos (libros de texto, libros de lectura y ordenador portátil), haciéndose cargo de la reposición de algún libro perdido o deteriorado; así como del coste de reparación en las averías de los ordenadores por un mal uso de los mismos.

2 .En relación con los profesores.

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Normas de convivencia, organización y funcionamiento

2.1. No desautorizar la acción de los profesores en presencia de sus hijos.

2.2. Facilitar todo tipo de informaciones y datos valorativos de sus hijos a los profesores que lo precisen, en los distintos aspectos de su personalidad.

2.3. Facilitar a sus hijos cuantos medios sean precisos para llevar a cabo las tareas y actividades que le indique el profesorado.

2.4. Participar voluntariamente con los profesores en la programación de aquellas actividades para las que se le solicite su ayuda.

2.5 En caso de separación judicial de los padres, justificar a quién corresponde la guardia y custodia de los hijos.

3 En relación con sus hijos.

3.1. Colaborar en la labor educativa ejercida por los profesores.

3.2. Vigilar y controlar sus actividades.

3.3. Facilitar el cumplimiento de las obligaciones de sus hijos respecto del Centro: puntualidad, aseo, etc.

3.4. Distribuir y coordinar su tiempo libre y de ocio, especialmente en lo relativo a lecturas, juegos y televisión. Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento.

3.5. Justificar las ausencias y retrasos de sus hijos durante el horario escolar.

3.6. Justificar por escrito las salidas anticipadas de clase.

3.7. Notificar y autorizar ante el tutor a las personas que recogerán a los alumnos de Educación Infantil y Cursos de Educación Primaria.

3.8. Estimular a sus hijos en el respeto a las normas de convivencia del Centro como elemento que contribuye a su formación.

3.9. No enviar al Centro a sus hijos enfermos, respetando en el caso de enfermedades infectocontagiosas el período de contagio.

3.10. Comunicar al Centro si sus hijos padecen alergias, enfermedades contagiosas o minusvalía física, psíquica o sensorial, o cualquier tratamiento especial relativo a su salud que debiera seguir el alumno.

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Normas de convivencia, organización y funcionamiento

7. MEDIDAS PREVENTIVAS Y CORRECTORAS. De acuerdo con lo establecido en el Decreto 3/2008 de 08-01-2008, de la Convivencia Escolar en Castilla-La Mancha, son conductas susceptibles de ser corregidas aquellas que vulneran lo establecido en las Normas de Convivencia, organización y funcionamiento del centro y del aula o atentan contra la convivencia cuando son realizadas:

a. Dentro del recinto escolar.

b. Durante la realización de actividades complementarias y extracurriculares.

c. En el uso de los servicios complementarios del centro.

Asimismo, se tendrán en consideración aquellas que, aunque se realicen fuera del recinto, estén motivadas o directamente relacionadas con la actividad escolar.

Según recoge el Decreto 13-2013 de 21 de marzo de autoridad del profesorado, en su Artículo 4, apartado 1: “Serán objeto de medidas correctoras las conductas contrarias a las NCOF del centro y del aula que menoscaben la autoridad del profesorado en el ejercicio de su labor profesional docente y que los alumnos realicen dentro del recinto escolar o fuera de él, siempre que sucedan durante el desarrollo de actividades

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Normas de convivencia, organización y funcionamiento

comprendidas en el ámbito establecido en el artículo 1 de la Ley 3/2012, de 10 de mayo.

7.1. CRITERIOS DE APLICACIÓN DE LAS MEDIDAS EDUCATIVAS CORRECTORAS:

1. Para la aplicación de las medidas correctoras se tendrán en cuenta, junto al nivel y etapa escolar, las circunstancias personales, familiares y sociales.

2. Las medidas correctoras deben ser proporcionales a la gravedad de la conducta que se pretende modificar y deben contribuir al mantenimiento y la mejora del proceso educativo. En este sentido, deben tener prioridad las que conlleven comportamientos positivos de reparación y de compensación mediante acciones y trabajos individuales y colectivos que tengan repercusión favorable en la comunidad y en el centro

3. En ningún caso pueden imponerse medidas correctoras que atenten contra la integridad física y la dignidad personal del alumnado.

4. El alumnado no puede ser privado del ejercicio de su derecho a la educación y, en el caso de la educación obligatoria, de su derecho a la escolaridad. No obstante lo anterior, cuando se den las circunstancias y condiciones establecidas en los artículos 25 y 26, se podrá imponer como medida correctora la realización de tareas educativas fuera del aula o del centro docente durante el periodo lectivo correspondiente.

7.2. GRADUACIÓN DE LAS MEDIDAS CORRECTORAS:

1. A efectos de graduar las medidas correctoras se deben tener en consideración, las siguientes circunstancias que atenúan la gravedad:

a. El reconocimiento espontáneo de una conducta incorrecta.

b. La ausencia de medidas correctoras previas.

c. La petición de excusas en los casos de injurias, ofensas y alteración del desarrollo de las actividades del centro.

d. El ofrecimiento de actuaciones compensadoras del daño causado.

e. La falta de intencionalidad.

f. La voluntad del infractor de participar en procesos de mediación, si se dan las condiciones para que ésta sea posible, y de cumplir los acuerdos que se adopten durante los mismos.

2. Se pueden considerar como circunstancias que aumentan la gravedad:

a. Los daños, injurias u ofensas a compañeros o compañeras de menor edad o de nueva incorporación, o que presenten condiciones personales que

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Normas de convivencia, organización y funcionamiento

conlleven desigualdad o inferioridad manifiesta, o que estén asociadas a comportamientos discriminatorios, sea cual sea la causa.

b. Las conductas atentatorias contra los derechos de los profesionales del centro, su integridad física o moral, y su dignidad.

c. La premeditación y la reincidencia.

d. La publicidad.

e. La utilización de las conductas con fines de exhibición, comerciales o publicitarios.

f. Las realizadas colectivamente.

g. La utilización de los móviles y otros aparatos electrónicos que se usen para la grabación de compañeros o profesores.

7.3. MEDIDAS EDUCATIVAS Y PREVENTIVAS Y COMPROMISO DE CONVIVENCIA:

1. El Consejo Escolar, su Comisión de Convivencia, los demás órganos de gobierno de los centros, el profesorado y los restantes miembros de la comunidad educativa pondrán especial cuidado en la prevención de actuaciones contrarias a las normas de convivencia, estableciendo las medidas educativas y formativas necesarias.

2. El centro docente demandará a los padres, a las madres o a los representantes legales del alumnado y, en su caso, a las instituciones públicas competentes, la adopción de medidas dirigidas a modificar aquellas circunstancias que puedan ser determinantes de actuaciones contrarias a las normas de convivencia.

3. Las familias del alumnado que presente problemas de conducta y de aceptación de las normas escolares podrán suscribir con el centro docente un compromiso de convivencia, con el objeto de establecer mecanismos de coordinación con el profesorado y otros profesionales que atienden al alumno o alumna y de colaborar en la aplicación de las medidas que se propongan, tanto en el tiempo escolar como en el tiempo extraescolar, para superar esta situación.

4. El Consejo Escolar, a través de la Comisión de Convivencia, realizará el seguimiento de los compromisos de convivencia suscritos en el centro para garantizar su efectividad y proponer la adopción de medidas e iniciativas en caso de incumplimiento.

7.4. CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA Y CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA

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Normas de convivencia, organización y funcionamiento

7.4.1. Conductas contrarias a las Normas de convivencia, organización y funcionamiento del centro y del aula.

Son conductas contrarias a las Normas de convivencia, organización y funcionamiento del aula y el centro, las siguientes:

a. Las faltas injustificadas de asistencia a clase o de puntualidad.

b. La desconsideración con los otros miembros de la comunidad escolar.

c. La interrupción del normal desarrollo de las clases.

d. La alteración del desarrollo normal de las actividades del centro.

e. Los actos de indisciplina contra miembros de la comunidad escolar

f. El deterioro, causado intencionadamente, de las dependencias del centro o de su material, o del material de cualquier miembro de la comunidad escolar.

g. La utilización de los móviles y otros aparatos electrónicos que se usen para la grabación de compañeros o profesores.

h. La introducción de armas o cualquier elemento que pueda provocar daño a sus iguales

7.4.2. Conductas que atentan contra la autoridad del profesorado:

a) La realización de actos que, menoscabando la autoridad del profesorado, perturben, impidan o dificulten el desarrollo normal de las actividades de la clase o del centro. En todo caso, quedarán incluidas la faltas de asistencia a clase o de puntualidad del alumnado que no estén justificadas, y todas aquellas faltas que por su frecuencia y reiteración incidan negativamente en la actividad pedagógica del docente. Quedarán excluidas aquellas faltas no justificadas debidas a situaciones de extrema gravedad social no imputables al propio alumnado.

b) La desconsideración hacia el profesorado, como autoridad docente.

c) El incumplimiento reiterado de los alumnos de su deber de trasladar a sus padres o tutores la información relativa a su proceso de enseñanza y aprendizaje facilitada por el profesorado del centro, limitando así la autoridad de los mismos, en los niveles y etapas educativos en que ello fuese responsabilidad directa del alumnado, sin detrimento de la responsabilidad del profesorado en su comunicación con las familias o de las propias familias en su deber de estar informadas del proceso de enseñanza y aprendizaje del alumnado.

d) El deterioro de propiedades y del material personal del profesorado, así como cualquier otro material, que facilite o utilice el profesorado para desarrollar su actividad docente, causado intencionadamente por el alumnado.

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Normas de convivencia, organización y funcionamiento

7.4.3. Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro.

Son conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro las siguientes:

a. Los actos de indisciplina que alteren gravemente el desarrollo normal de las actividades del centro.

b. Las injurias u ofensas graves contra otros miembros de la comunidad escolar

c. El acoso o la violencia contra personas, y las actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa.

d. Las vejaciones o humillaciones, particularmente aquéllas que tengan una implicación de género, sexual, religiosa, racial o xenófoba, o se realicen contra aquellas personas más vulnerables de la comunidad escolar por sus características personales, económicas, sociales o educativas.

e. La suplantación de identidad, la falsificación o sustracción de documentos y material académico.

f. El deterioro grave, causado intencionadamente, de las dependencias del centro, de su material o de los objetos y las pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa.

g. Exhibir símbolos racistas, que inciten a la violencia, o de emblemas que atenten contra la dignidad de las personas y los derechos humanos; así como la manifestación de ideologías que preconicen el empleo de la violencia, la apología de los comportamientos xenófobos o del terrorismo.

h. La reiteración de conductas contrarias a las normas de convivencia en el centro.

i. El incumplimiento de las medidas correctoras impuestas con anterioridad.

7.4.4. Conductas gravemente atentatorias a la autoridad del profesorado.

a) Los actos de indisciplina de cualquier alumno que supongan un perjuicio al profesorado y alteren gravemente el normal funcionamiento de la clase y las actividades educativas programadas y desarrolladas por el Claustro.

b) La interrupción reiterada de las clases y actividades educativas.

c) El acoso o violencia contra el profesorado, así como los actos perjudiciales para su salud y su integridad personal, por parte de algún miembro de la comunidad educativa.

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Normas de convivencia, organización y funcionamiento

d) Las injurias u ofensas graves, así como las vejaciones o humillaciones hacia el profesorado, particularmente aquellas que ser realicen en su contra por sus circunstancias personales, económicas, sociales o educativas.

e) La suplantación de identidad, la falsificación o sustracción de documentos que estén en el marco de la responsabilidad del profesorado.

f) La introducción en el Centro educativo o en el aula de objetos o sustancias peligrosas para la salud y la integridad personal del profesorado.

g) Utilizar y exhibir símbolos o manifestar ideologías en el aula que supongan un menoscabo de la autoridad y dignidad del profesorado, a juicio del mismo.

h) El incumplimiento de las medidas correctoras impuestas con anterioridad. Tras la valoración y el análisis de los motivos de tal incumplimiento, podrá agravar o atenuar la consideración de la conducta infractora y, en consecuencia, matizar las medidas educativas correctoras.

i) El grave deterioro de propiedades y del material personal del profesorado, así como cualquier otro material que facilite o utilice el profesorado para desarrollar su actividad docente, causado intencionadamente por el alumnado.

7.5. MEDIDAS CORRECTORAS

PARTES

Los partes serán impuestos por los profesores, teniendo en cuenta las conductas que se detallan en las normas.

La acumulación de tres partes por parte de un alumno, se reuniría la comisión de convivencia y se estudiará la expulsión.

7.5.1. Medidas correctoras ante conductas contrarias a la convivencia.

1. Son medidas correctoras a incorporar en las Normas de convivencia, organización y funcionamiento del centro las siguientes:

a. La restricción de uso de determinados espacios y recursos del centro.

b. La sustitución del recreo por una actividad alternativa, como la mejora, cuidado y conservación de algún espacio del centro.

c. El desarrollo de las actividades escolares en un espacio distinto al aula de grupo habitual, bajo el control de profesorado del centro, en los términos dispuestos en el artículo 25 del Decreto.

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Normas de convivencia, organización y funcionamiento

d. La realización de tareas escolares en el centro en el horario no lectivo del alumnado, por un tiempo limitado y con el conocimiento y la aceptación de los padres, madres o tutores legales del alumno o alumna.

e. Amonestación por escrito de la que se conservará copia en el expediente.

2. Para la aplicación de estas medidas se tendrán en cuenta los criterios establecidos en el apartado 7.1 y las condiciones de graduación señaladas en el apartado 7.2

3. La decisión de las medidas correctoras, por delegación del director o directora, corresponde a:

a. Cualquier profesor o profesora del centro, oído el alumno o alumna, en los supuestos detallados en los apartados b), c) y e) del apartado 1 del presente artículo.

b. El tutor o tutora en los supuestos detallados en los apartados a) y d) del apartado 1 del presente artículo.

4. En todos los casos quedará constancia escrita de las medidas adoptadas, que se notificarán a la familia.

7.5.2. Realización de tareas educativas fuera de clase.

1. El profesor o profesora del grupo podrá imponer temporalmente, como medida correctora, la realización de tareas educativas fuera del aula durante el periodo de su clase al alumno o alumna que con su conducta impide al resto del alumnado ejercer el derecho a la enseñanza y el aprendizaje.. Esta medida se adoptará una vez agotadas otras posibilidades, y sólo afectará al período lectivo en que se produzca la conducta a corregir.

2. La dirección del centro organizará la atención al alumnado que sea objeto de esta medida correctora, de modo que desarrolle sus tareas educativas bajo la vigilancia del profesorado de guardia o del que determine el equipo directivo en función de la disponibilidad horaria del centro.

3. El profesor o profesora responsable de la clase informará a la Jefatura de estudios y al tutor o tutora del grupo de las circunstancias que han motivado la adopción de la medida correctora, y el profesorado a cargo de la vigilancia informará igualmente de la conducta mantenida por el alumno o alumna durante su custodia.

4. El equipo directivo llevará un control de estas situaciones excepcionales para adoptar, si fuera necesario, otras medidas, e informará periódicamente de esta circunstancia al Consejo escolar y a la Inspección de educación.

7.5.3. Medidas correctoras ante conductas que menoscaban la autoridad del profesorado

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Normas de convivencia, organización y funcionamiento

a) La realización de tareas escolares en el centro en el horario no lectivo del alumnado, por un tiempo mínimo de cinco días lectivos.

b) Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares o complementarias del centro, por un período mínimo de cinco días lectivos y un máximo de un mes.

c) Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases, por un plazo máximo de cinco días lectivos , a contar desde el día en cuya jornada escolar se haya cometido la conducta infractora.

d) La realización de tareas educativas fuera del centro, con suspensión del derecho de asistencia al mismo, por un plazo mínimo de cinco días lectivos y un máximo de diez días lectivos. El plazo empezará a contarse desde el día en cuya jornada escolar se haya cometido la conducta infractora.

7.5.4. Medidas correctoras ante conductas gravemente perjudiciales para la convivencia.

Son medidas correctoras que podrán adoptarse, entre otras, ante las conductas gravemente perjudiciales:

a. La realización en horario no lectivo de tareas educativas por un periodo superior a una semana e inferior a un mes.

b. La suspensión del derecho a participar en determinadas actividades extraescolares o complementarias durante un periodo que no podrá ser superior a un mes.

c. El cambio de grupo o clase.

d. La realización de tareas educativas fuera del centro, con suspensión temporal de la asistencia al propio centro docente por un periodo que no podrá ser superior a quince días lectivos, sin que ello comporte la pérdida del derecho a la evaluación continua, y sin perjuicio de la obligación de que el alumno o la alumna acuda periódicamente al centro para el control del cumplimiento de la medida correctora. En este supuesto, la tutora o el tutor establecerá un plan de trabajo con las actividades a realizar por el alumno o la alumna sancionado, con inclusión de las formas de seguimiento y control durante los días de no asistencia al centro, para garantizar así el derecho a la evaluación continua. En la adopción de esta medida tienen el deber de colaborar las madres, padres o representantes legales del alumno. Esta medida correctora se impondrá en el caso de agresión de un/a alumno/a a un/a profesor/a.

Las medidas correctoras previstas para las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia del centro serán adoptadas por el director o directora, de lo que dará traslado a la Comisión de Convivencia.

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Para la adopción de las correcciones previstas será preceptivo, en todo caso, el trámite de audiencia al alumno o alumna, las familias y el conocimiento del profesor o profesora responsable de la tutoría.

En todo caso, las correcciones así impuestas serán inmediatamente ejecutivas.

7.5.5. Medidas correctoras ante conductas gravemente atentatorias de la autoridad del profesorado.

a) La realización de tareas educativas en el centro, en horario no lectivo del alumnado, por un tiempo mínimo de diez días lectivos y un máximo de un mes.

b) La suspensión del derecho del alumnado a participar en determinadas actividades extraescolares o complementarias, que se realicen en el trimestre en el que se ha cometido la falta o en el siguiente trimestre.

c) El cambio de grupo o clase.

d) La suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases, por un periodo superior a cinco días lectivos e inferior a un mes, a contar desde el día en cuya jornada escolar se haya cometido la conducta infractora.

e) La realización de tareas educativas fuera del centro, con suspensión temporal de la asistencia al propio centro docente por un periodo mínimo de diez días lectivos y un máximo de quince días lectivos. El plazo empezará a contar desde el día en cuya jornada escolar se haya cometido la conducta infractora.

Para la aplicación de las medidas correctoras, el profesorado afectado contará con el apoyo y la colaboración del equipo directivo y, en su caso, del resto de profesores del centro.

Cuando, por la gravedad de los hechos cometidos, la presencia del autor en el centro suponga un perjuicio o menoscabo de los derechos y de la dignidad del profesorado o implique humillación o riesgo de sufrir determinadas patologías para la víctima, resultarán de aplicación, según los casos, las siguientes medidas:

a) El cambio de centro cuando se trate de alumnado que esté cursando la enseñanza obligatoria.

b) La pérdida del derecho a la evaluación continua.

Las medidas educativas correctoras se adoptarán, por delegación de la persona titular de la dirección, por cualquier profesor o profesora del centro, oído el alumno o alumna, en el supuesto del párrafo a) del punto 7.5.3 y por la persona titular de la dirección del centro en los demás supuestos.

ORGANO COMPETENTE PARA ADOPCIÓN DE SANCIONES

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FALTAS LEVES……………………………………………………………………………. EL PROFESOR- EL TUTOR FALTAS GRAVES…………………………………………………………………………. PROFESOR -TUTOR -JEFE DE ESTUDIOS -DIRECTOR

FALTAS MUY GRAVES……………………………………………………………………………………………… DIRECTOR

7.6. RECLAMACIONES

Las correcciones que se impongan por la realización de conductas contrarias a la convivencia no serán objeto de ulterior recurso, sin perjuicio de la facultad general que asiste a los interesados de acudir ante la dirección del centro o la Delegación Provincial correspondiente, para formular la reclamación que estimen oportuna.

Las correcciones que se impongan por parte del director o directora en relación a las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia del centro podrán ser revisadas por el Consejo Escolar a instancia de los padres, madres o representantes legales del alumnado, de acuerdo a lo establecido en el artículo 127.f de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. La reclamación se presentará por los interesados en el plazo de dos días a contar desde el siguiente a la imposición de la corrección, y para su resolución se convocará una sesión extraordinaria del Consejo escolar del centro en el plazo máximo de dos días lectivos a contar desde la presentación de aquélla, en la que este órgano colegiado de gobierno confirmará o revisará la decisión adoptada, proponiendo, en su caso, las medidas que considere oportunas.

7.7. RESPONSABILIDAD DE LOS DAÑOS

El alumnado que de forma imprudente o intencionada cause daños a las instalaciones del Centro o a su material, así como a los bienes y pertenencias de cualquier miembro de la comunidad educativa, queda obligado a reparar el daño causado o a hacerse cargo del coste económico de su reparación. Igualmente, quienes sustrajeren bienes del centro o de cualquier miembro de la comunidad escolar deberán restituir lo sustraído. Los alumnos y alumnas o, en su caso, las madres, los padres o tutores legales de los alumnos serán responsables del resarcimiento de tales daños en los términos previstos en las Leyes.

7.8. PRESCRIPCIÓN.

1. Las conductas contrarias a la convivencia prescriben trascurrido el plazo de un mes a contar desde la fecha de su comisión.

2. Las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el Centro prescriben por el transcurso de un plazo de tres meses contado a partir de su comisión.

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3. Las medidas correctoras establecidas en los artículos 24 y 26 de este Decreto prescriben transcurrido el plazo de un mes y tres meses respectivamente, a contar desde la fecha de su imposición o desde que el Consejo escolar se pronuncie sobre la reclamación prevista en el artículo 29 de este Decreto.

4. En el cómputo de los plazos fijados en los apartados anteriores se excluirán los periodos vacacionales establecidos en el calendario escolar de la provincia.

5. Las conductas contrarias a las normas de convivencia, organización y funcionamiento del centro y del aula que menoscaben la autoridad del profesorado prescriben transcurrido el plazo de dos meses a contar desde la fecha de su comisión.

6. Las conductas contrarias a las normas de convivencia, organización y funcionamiento del centro y del aula que atentan gravemente a la autoridad del profesorado prescriben transcurrido el plazo de cuatro meses a contar desde la fecha de su comisión.

7.9. RESPONSABILIDAD PENAL.

La dirección del Centro comunicará al Ministerio fiscal y a la Delegación provincial las conductas que pudieran ser constitutivas de delito o falta perseguible penalmente, sin que ello suponga la paralización de las medidas correctoras aplicables.

7.10. PROCEDIMIENTO DE MEDIACIÓN PARA LA RESOLUCIÓN POSITIVA DE LOS CONFLICTOS.

Como norma general, el mediador en un conflicto entre dos alumnos/as de la misma clase será el tutor/a del mismo. No obstante, si el conflicto surge en el transcurso de una clase impartida por un especialista distinto al tutor/a, será aquel quien actúe como mediador/a. Cuando la situación no se resuelva satisfactoriamente se requerirá la mediación del Equipo Directivo u otros miembros de la comunidad educativa.

Se actuará según el protocolo de actuación de maltrato entre iguales (Resolución 20 Enero de 2006). No se podrá ofrecer mediación cuando exista acoso o violencia contra personas, actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personas. Tampoco serán objeto de mediación las vejaciones o humillaciones a cualquier miembro de la comunidad escolar, particularmente aquellas que tengan una implicación de género, sexual, racial o xenófoba, o se realicen contra el alumnado más vulnerable por sus características personales, sociales o educativas, aplicando directamente las medidas correctoras.

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8. CRITERIOS PARA ASIGNACIÓN DE TUTORÍAS, ELECCIÓN DE CURSO Y OTROS.

8.1. ASIGNACIÓN DE CURSOS Y TUTORÍAS

La asignación del profesorado a los diferentes niveles y áreas lo realizará el Equipo Directivo en el primer Claustro del curso y oído el mismo, según la normativa que dicte la Consejería de Educación y teniendo en cuenta entre otros criterios la antigüedad en el Centro.

Se intentará siempre que los tutores permanezcan durante todo el ciclo con el mismo grupo de alumnos. Cuando un tutor empiece a mitad de ciclo, podrá optar por continuar en el Ciclo siguiente con los mismos alumnos siempre que no se lesionen los derechos de los demás profesores.

Los profesores Especialistas (E. Física, Idioma, Religión y Música) realizarán la elección de los cursos en los que impartirán clase siguiendo también criterios de antigüedad y de acuerdo con los perfiles establecidos por el Jefe de Estudios en el primer Claustro del curso.

En Educación Infantil la elección de los apoyos se hará de la siguiente manera:

Entre las maestras/os que ese año hayan terminado ciclo podrán elegir, si así lo desean por orden de antigüedad el apoyo. En el caso de que nadie estuviese interesado en él, la persona de menos antigüedad, que no haya estado anteriormente en ese puesto pasará a ocuparlo.

Para la asignación de cursos y tutorías, en los cambios de ciclo o etapa en el que en el siguiente curso haya más del 50% del alumnado, no deben permanecer con el mismo tutor/a.

Sobre los anteriores criterios, siempre primará la decisión del Equipo Directivo que deberá ser razonada basándose en criterios de organización y pedagógicos.

8.2. COORDINADORES DE CICLO

La Directora, oído el Claustro, nombrará los diferentes Coordinadores de Ciclo.

Dentro de cada ciclo, siempre que haya varias personas interesadas, se organizará por orden de antigüedad y de forma alternativa.

8.3. RESPONSABLES DE BIBLIOTECA Y AULA ALTHIA

Tanto los responsables de las 2 Bibliotecas del Centro como de las 2 Aulas Althia serán nombrados por el Equipo Directivo de entre el profesorado que voluntariamente lo solicite, atendiendo prioritariamente a sus conocimientos informáticos y manejo del programa ABYS.

8.4. RESPONSABLE DE COMEDOR ESCOLAR.

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Normas de convivencia, organización y funcionamiento

Será nombrado por el Equipo Directivo de entre el profesorado que voluntariamente lo solicite. Se organizará por orden de antigüedad y de forma alternativa.

8.5. RESPONSABLE DE EQUIPO DE ACTIVIDADES EXTRACURRICULARES.

Será nombrado por el Equipo Directivo de entre el profesorado que voluntariamente lo solicite. Se organizará por orden de antigüedad y de forma alternativa.

8.6. TUTORES DE ALUMNOS/AS EN PRÁCTICAS Y FUNCIONARIOS/AS EN PRÁCTICAS.

Serán nombrados por el Equipo Directivo de entre el profesorado que voluntariamente lo solicite. Se organizará por especialidades y orden de antigüedad, de forma alternativa.

El coordinador de alumnos/as en prácticas será el Equipo Directivo.

8.7. DISTRIBUCIÓN DE ALUMNOS

Criterios generales:

1. El proceso de admisión de alumnos se realizará de acuerdo con la Resolución que a tal efecto publique la Dirección General de Planificación de Recursos Educativos.

2. Las solicitudes de admisión se adecuarán al modelo oficial que se publique en dicha Resolución

3. Los miembros de la Unidad de Orientación asesorarán a la Jefatura de Estudios en la distribución de alumnos por grupos al iniciarse la escolarización o cuando se modifiquen los grupos por cualquier motivo (si llegaran nuevos alumnos con alguna problemática concreta como desconocimiento del idioma)

4. En Educación Infantil a la hora de distribuir a los alumnos por aulas atendemos a los siguientes criterios:

Alumnos con necesidades educativas especiales.

Alumnos que no hablan el idioma.

Criterios madurativos. Se van asignando a las diferentes clases por trimestres de nacimiento y alternando sexo.

Se tendrán en cuenta información de las Escuelas Infantiles, Servicios Sociales y otros servicios.

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Normas de convivencia, organización y funcionamiento

En el caso hermanos/as mellizos o gemelos que se escolaricen en el centro, como norma general irían en distinta aula. Salvo excepciones previamente justificadas.

Se realizará una primera distribución en Infantil 3 años en la que se procurará que los grupos sean lo más equitativos posible en cuanto al sexo de sus alumnos y estado madurativo de los mismos. Se respetará durante toda la Educación Infantil, salvo excepciones justificadas, la distribución que se originó en 3 años.

5. PERIODO DE ADAPTACIÓN.

La incorporación se realizará durante 7 días según queda recogido en la normativa vigente. Todos los alumnos asistirán a clase todos los días en distintos periodos.

6. REPETICIÓN DE NIVEL

No promocionarán al nivel siguiente aquellos alumnos que el Equipo Docente haya considerado que no supera los criterios de promoción del curso que quedarán expresados al comienzo de cada curso y recogidos en las Programaciones Didácticas, con los conocimientos mínimos exigidos.

9.- CRITERIOS PARA LA SUSTITUCIÓN DEL PROFESORADO.

Las ausencias del profesorado en periodos cortos se subsanarán por el profesorado que disponga horas de apoyo y teniendo en cuenta que la ausencia de los maestros especialistas será cubierta en primer lugar por el tutor de la clase afectada si éste estuviera libre. En caso de que la ausencia corresponda a un profesor tutor, la sustitución del mismo se realizará por los profesores que tengan hora de apoyo, encargándose el Jefe de Estudios de que estas sustituciones se distribuyan de manera proporcional y/o equitativa.

Cuando un profesor-a sepa que va a faltar, debe entregar al Jefe de Estudios la programación y las actividades que el grupo debe realizar en su ausencia.

10.- ORGANIZACIÓN Y UTILIZACIÓN DE ESPACIOS Y TIEMPOS.

HORARIO DEL CENTRO

El centro abre las puertas a sus alumnos a las 9:00 horas, y los alumnos están en clase y comenzando a las 9:05.

Los alumnos de infantil los recoge el tutor y los pasa a su aula. Los alumnos de primaria entran en fila con orden de 1º a 6º.

Las puertas se cerrarán a las 9:10 de la mañana.

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Normas de convivencia, organización y funcionamiento

Los alumnos qué previo aviso al tutor por agenda y dirección telefónicamente vayan al médico, podrán entrar al centro. Es necesario avisar con antelación para poder abrir la puerta.

Los alumnos que se duerman esperarán a entrar en la hora del patio 12:00 horas.

Fuera del horario lectivo, los alumnos no entrarán en las aulas. Ningún alumno/a será mandado fuera del aula. Si por cualquier motivo hubiera que poner una sanción, siempre se aplicará dentro del aula. Los cambios de aula se realizaran con orden. Una vez terminadas las clases, los maestros/as serán los últimos en abandonar las aulas con el fin de evitar actos de indisciplina y deterioros en las aulas y el mobiliario.. Los tutores esperarán en su aula la llegada de los maestros especialistas y viceversa

SERVICIOS

En E. Primaria, se procurará utilizar los servicios, salvo en casos excepcionales, solamente antes de entrar a las aulas y momentos antes de salir al recreo. En E. Infantil, los utilizarán cuando lo consideren conveniente las profesoras, ateniéndose a las diferencias que existen entre los tres niveles.

LIMPIEZA DEL CENTRO

A fin de mantener la higiene y la limpieza en todas las dependencias del Centro, los papeles, restos de bocadillos y demás objetos inservibles, se depositarán en las papeleras existentes en cada sitio y para tal fin. Los profesores del Centro velarán por que ningún alumno/a ensucie el mismo, obligándoles, si es preciso, a la limpieza de lo que hayan ensuciado.

MATERIAL

Es obligación de todos cuidar el material, mobiliario e instalaciones del Centro, manteniéndolo siempre en el mejor estado de conservación y utilización. Los alumnos deberán comunicar al tutor o al profesor correspondiente los deterioros que se produzcan en las aulas, lavabos, pasillos, etc., tanto si son intencionados como accidentales. Cualquier desperfecto de material, por uso indebido o acto de gamberrismo, será debidamente subsanado, asumiendo el coste del arreglo, los padres o tutores legales del alumno/a que lo haya ocasionado.

SELECCIÓN DE LIBROS DE TEXTO.

Los textos, transcurridos 4 años de su implantación, a propuesta del Equipo de Nivel y con el visto bueno del claustro y Orientación Educativa, se podrá cambiar por aprobación del Claustro con la ratificación del Consejo Escolar. En primero y segundo, al tratarse de materiales curriculares fungibles, se podrá cambiar de materiales curriculares cada año siempre que se ajusten a los supuestos contemplados en la normativa vigente. La propuesta de

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Normas de convivencia, organización y funcionamiento

cambiar de textos se realizará en el mes de Mayo. Los textos aprobados para el curso siguiente deberán exponerse durante el mes de Junio en el tablón de anuncio.

NORMAS GENERALES SOBRE UTILIZACIÓN DE ESPACIOS.

La utilización de los espacios comunes, bibliotecas, aulas Althia, aula de psicomotricidad y patio de recreo, será de acuerdo al horario que se establezca en el Claustro al principio del curso. El profesorado que utilice cualquiera de estas instalaciones comunes así como el material disponible en ellas, deberá dejarlo posteriormente en perfectas condiciones para su utilización posterior. Para cada una de estas instalaciones se elegirá un responsable de entre el profesorado del Centro que será el encargado a todos los efectos, de planificar horarios, obligaciones y utilización de instalaciones y material. Cualquier material que llegue al Centro será inventariado y se especificará su origen. Se informará y comunicará a todo el profesorado de la existencia de todo el material que llegue al Centro, así como de su uso posible y lugar de almacenamiento.

BIBLIOTECA

La biblioteca/centro de recursos se regirá según el Reglamento de Bibliotecas. Será competencia de un Maestro/a responsable con destino definitivo en el Centro, el cual se encargará de su adecuada utilización tanto por el alumno como por el profesorado.

Funciones:

a) Asegurar la organización, mantenimiento y adecuada utilización de los recursos documentales y de la Biblioteca del Centro.

b) Difundir materiales didácticos e información administrativa, pedagógica y cultural entre los maestros y alumnos.

c) Atender a los alumnos que utilicen la biblioteca, facilitándoles el acceso a diferentes fuentes de información y orientándoles sobre su utilización.

d) Colaborar en la planificación y el desarrollo del trabajo escolar, favoreciendo la utilización de diferentes recursos documentales.

e) Colaborar en la promoción de la lectura como medio de información, entretenimiento y ocio.

f) Asesorar en la compra de nuevos materiales y fondos para la biblioteca.

g) Cualquier otra que le encomiende el Jefe de Estudios de las recogidas en las P.G.A.

PATIOS Y PISTAS DEPORTIVAS

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El horario del patio durante el curso escolar de octubre a mayo es de 12:00 horas a 12:30.En septiembre y junio de 11:00 a 11:30 horas.

Por las características de estos espacios y los diferentes cursos que deben utilizados fundamentalmente en actividades físico-deportivas se hace imprescindible reglamentar su utilización. Tendrá prioridad el horario de Especialista en Educación Física que al comienzo del curso lo planificará y lo dará a conocer al Jefe de Estudios el cual a su vez lo comunicará al Claustro. El Jefe de Estudios planificará con el Claustro los tiempos y espacios de utilización de estas instalaciones para el mejor aprovechamiento de las mismas y la no interferencia entre cursos y niveles. El material propio de Educación Física será de estricta responsabilidad del especialista en Educación Física, quien se encargará de inventariarlo así como de su perfecta conservación. Cualquier profesor/a que deba utilizar este material se responsabilizará ante el especialista en Educación Física de la utilización y conservación.

AULA ALTHIA

El profesor responsable del Aula Althia elaborará a comienzos de curso un Horario de utilización de la misma que deberá garantizar, en todo caso, la posibilidad de usar dicha aula por cada uno de los profesores y grupos clases.

1. Actividades Complementarias y Extraescolares. Diferencias. Planificación. Organización. Participación y Financiación.

1.1.- Diferencias entre Actividades Complementarias y Extraescolares.

La Orden de 02/07/2012 de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, de CLM señala la existencia de una persona responsable de las actividades complementarias y extraescolares, entendiéndose por tales:

Las actividades escolares complementarias son las que se realizan para completar o complementar el currículo. Son organizadas durante el horario escolar por los centros, de acuerdo con su concreción curricular, y tienen un carácter diferenciado de las propiamente lectivas por el momento, espacio o recursos que utiliza. Son actividades lectivas desarrolladas por los centros coherentes con su Proyecto Educativo. Para su planificación y aprobación se establece el principio de conexión con los objetivos propuestos para cada nivel, y, además, cuentan con la premisa de inclusión

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Normas de convivencia, organización y funcionamiento

de las mismas dentro de las programaciones de aula, primando en la selección de estas actividades el criterio de rentabilidad pedagógica. Sus características principales pueden considerarse las siguientes:

a) Son obligatorias para el alumnado y forman parte del currículo; por tanto, son evaluables y están dentro del horario lectivo.

b) Carecen de carácter lucrativo. Muchas veces no son gratuitas y tienen intrínseca una responsabilidad civil porque se desarrollan fuera del recinto escolar; por consiguiente, aunque obligatorias, los padres o tutores legales pueden negarse a que las realice su hijo/a. En este caso, el alumno/a deberá ser atendido en el centro de manera que tenga las mismas posibilidades de adquisición del currículo que sus compañeros que las están realizando.

c) Son de obligado cumplimiento para el profesorado, según la LOE, art.91 Funciones del profesorado, apartado f) La promoción, organización y participación en las actividades complementarias, dentro o fuera del recinto educativo, programadas por los centros.

d) Previamente habrán tenido que ser aprobadas por el Director del Centro el Centro, reflejadas en las Programaciones y en la PGA.

Las actividades extraescolares son las que se realizan dentro o fuera de la escuela y forman parte del currículo, deben ser coherentes con el Proyecto Educativo del centro. Son las encaminadas a potenciar la apertura del centro a su entorno y a procurar parte de la formación integral del alumnado en aspectos referidos a la ampliación de su horizonte cultural, la preparación para su inserción en la sociedad o el uso del tiempo libre. Sus características podrían resumirse en:

a) La mayoría tienen un coste económico y están fuera del recinto escolar.

b) Se realizarán durante el horario lectivo, preferentemente, aunque en ocasiones dependiendo del tiempo de la actividad y de tiempo de viaje hasta llegar, hay que poner un horario más amplio, será informada la familia y firmará autorización

c) Deben contener enseñanzas incluidas en la programación docente de cada curso, y podrán ser evaluadas a efectos académicos,con trabajo porterior en el aula

d) No tendrán ánimo de lucro.

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Normas de convivencia, organización y funcionamiento

e) Son realizadas por el equipo docente del centro. f) Necesitan de la aprobación del Director del centro y están recogidas

en la PGA y, aunque no necesitan de la autorización de inspección correspondientes, sí que deben ser comunicadas.

g) Su coste no está determinado. h) Tienen finalidad educativa.i) Son voluntarias. j) No son de oferta obligada. Los centros gozan de total autonomía para

establecerlas.k) No han de suponer discriminación.

1.2.- Planificación de Actividades Complementarias

En las programaciones de aula se incluirán las actividades complementarias y extraescolares. En dichas programaciones se expresarán :

- La finalidad de las actividades a realizar- El curso o cursos participantes- El número de participantes (profesores y alumnos)

Las actividades podrán ser propuestas por cualquier miembro de la comunidad educativa, debiendo constar en la Programación del Departamento y por ende en la Programación General Anual (PGA) aprobada por el Director del Centro en el primer trimestre.

En caso de una actividad no incluida en la citada programación, ésta tendrá que ser aprobada por el Director previamente a su realización.

Las actividades se comunicarán a la persona Responsable de las Actividades Complementarias y Extracurriculares, que previamente informará a Jefatura de Estudios y posteriormente, cuando la actividad esté debidamente autorizada se comunicará al tutor y equipo docente del curso que las realiza con el tiempo suficiente para no alterar, en la medida de lo posible, el funcionamiento normal del centro. La comunicación se realizará, por correo electrónico.

1.3.- Organización de Actividades Complementarias y Extraescolares.

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La organización y el desarrollo de las actividades podrá ser llevado a cabo por personal docente del centro.

Toda actividad que se desarrolle fuera del centro requerirá la autorización del padre, madre o tutor legal, cuando su duración sea superior a un día. En dicha autorización debe de constar el nombre de la actividad, precio, día, lugar y duración de la misma, así como los nombres de los profesores acompañantes.

Los profesores acompañantes, preferiblemente pertenecerán al departamento que organiza la actividad o en su defecto el tutor o profesor del equipo docente del grupo.

La ratio de profesores acompañantes se establecerá en una proporción de un profesor por tutoría, estableciéndose un mínimo de dos profesores por actividad. La Dirección del Centro podrá establecer extraordinariamente una ratio inferior cuando se trate de grupos donde están matriculados alumnos con necesidades educativas especiales, o la actividad a desarrollar también conlleve un carácter formativo también para el profesorado.

Previo a la realización de la actividad, los responsables de la misma deberán cumplimentar en Jefatura de Estudios un informe donde conste el curso en cuestión, objetivos, contenidos y duración de la actividad, adjuntándose la lista de alumnos participantes y el nombre de los profesores acompañantes.

Posterior a la actividad deberá cumplimentarse una breve memoria – que igualmente deberá ser entregada en Jefatura de Estudios.

1.4.- Participación del Alumnado en actividades Complementarias y Extracurriculares.

Todos los alumnos y alumnas tienen el derecho de participar en las actividades que se programen para ellos /as. El Centro pondrá los medios adecuados para el desarrollo de las actividades curriculares que, en la medida que sean obligatorias para el alumnado, deberán ser gratuitas.

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Normas de convivencia, organización y funcionamiento

En aquellas actividades complementarias no gratuitas el alumno no tiene obligatoriedad alguna de participar.

El alumno pierde su derecho a participar en actividades cuando haya motivos disciplinarios: partes de disciplina, expulsiones reiteradas, faltas de asistencia sistemáticas o sea causante de desperfectos en las instalaciones del centro, actos que estarán reflejados en los documentos de Jefatura de Estudios.

Para la realización de actividades complementarias y extraescolares será necesaria la participación del 70% del alumnado del grupo, excepcionalmente, se estudiará la posibilidad de realizar la actividad con un número menor de alumnos.

Los alumnos que no realicen dicha actividad deberán asistir a clase y ser debidamente atendidos por sus profesores siguiendo el horario normal, no avanzando en el programa de la materia, si el profesor lo considera oportuno.

Para la realización de las actividades , será necesaria la participación del 50 % del alumnado del curso o cursos implicados, excepcionalmente, se estudiará la posibilidad de realizarse con un número menor de alumnos. 1.5.- Financiación de las Actividades Complementarias y Extracurriculares.

Las actividades que conlleven un coste para su realización, éste se repartirá entre el alumnado que participe en la misma.

2.- Viajes de Estudios. Viajes en atención a temas transversales.

Viajes Fin de Estudios.

2.1.- Viajes de Estudios

Generalmente son viajes de un día, pudiendo extraordinariamente ser de mayor duración (desde dos hasta cinco días lectivos, si la actividad lo requiere) todo bajo la aprobación de la Dirección del Centro. Con ellos se pretende conseguir una ampliación de conocimientos para los alumnos que asistan a diferentes tipos de actividades: exposiciones, museos, representaciones, instalaciones deportivas, etc...

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Normas de convivencia, organización y funcionamiento

Los viajes de estudios serán programados únicamente por los profesores, siempre y cuando sea en horario lectivo en colaboración con la persona Responsable de Actividades Complementarias y Extracurriculares.

Podrán participar en ellos todos los alumnos matriculados en el centro, perdiendo este derecho aquellos alumnos que tengan partes de disciplina reiterados, faltas de asistencia sistemáticas o sean causantes de desperfectos ocasionados por un uso incorrecto del material o instalaciones del centro.

Previo a la realización del viaje, los responsables del mismo deberán cumplimentar en Jefatura de Estudios un informe con la documentación del viaje donde conste el curso en cuestión, objetivos, contenidos y duración, adjuntándose la lista de alumnos participantes y el nombre de los profesores acompañantes.

En el plazo de una semana, los profesores participantes en los viajes de estudio, entregarán a la persona responsable de las actividades complementarias y extracurriculares una memoria de las actividades llevadas a cabo en el viaje. .

Para la realización del viaje , será necesaria la participación del 70 % del alumnado del curso o cursos implicados, excepcionalmente, se estudiará la posibilidad de realizarse con un número menor de alumnos. Caso de que el grupo en cuestión no cumpla por sí mismo la condición anterior, debido a que el número de sus integrantes no sea suficiente, el Director estudiará la posibilidad de integrar a alumnos de otros cursos, preferentemente del mismo nivel educativo.

Los alumnos que no realicen el viaje deberán asistir a clase y ser debidamente atendidos por sus profesores siguiendo el horario normal, no avanzando en el programa de la materia, si el profesor lo estima conveniente.

Los alumnos que realizan el viaje tendrán la obligación de asistir a clase la jornada siguiente al día de llegada. Si así no

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Normas de convivencia, organización y funcionamiento

sucediera, la Jefatura de Estudios podrá determinar la no realización de próximas excursiones.

El alumno deberá sufragar el viaje cuando éste no sea subvencionado, abonando el total o una parte del coste del mismo a la hora de inscribirse.

En el caso de que el viaje tenga más de un día de duración, los alumnos correrán con los gastos de alojamiento y desayuno de los profesores acompañantes, si la organización de dicho viaje no previera la gratuidad para el profesorado.

La cantidad entregada como depósito no estará sujeta a devolución.

No abonar el viaje según se determine supondrá la pérdida del derecho a participar.

Los profesores acompañantes, preferiblemente el tutor o profesor del equipo docente del grupo.

La ratio de profesores acompañantes se establecerá en una proporción de un profesor por veinte alumnos, estableciéndose un mínimo de dos profesores por viaje. La Dirección del Centro podrá establecer extraordinariamente una ratio inferior cuando se trate de grupos donde están matriculados alumnos con necesidades educativas especiales.

Los responsables del viaje llevarán toda la documentación y certificaciones del Centro para acceder gratuitamente a las actividades que así lo contemplen, así como el listado de nombres, direcciones y teléfonos fijos y móviles de los alumnos participantes. En caso de que haya alumnos que desobedezcan las normas, inmediatamente se contactaría con la familia.

El padre, madre o tutor legal de los alumnos que participen en el viaje deberá firmar una autorización donde, a su vez, se responsabilicen de los actos de sus hijos. En dicha autorización debe de constar el programa del viaje, precio, día, lugar y hora de salida y llegada, así como los nombres de los profesores acompañantes y teléfono de contacto.

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La persona Responsable de las Actividades Complementarias y Extracurriculares informará, a través del tablón de anuncios de la sala de profesores, de los cursos que asisten al viaje con el listado de alumnos participantes.

Los Viajes Fin de Estudios se regirán por las siguientes normas:

Podrán participar en estos viajes los alumnos que cursen 6º de primaria

No podrán participar en ellos aquellos alumnos que sean reincidentes en partes disciplinarios, faltas de asistencia, actitud negativa hacia el trabajo en el aula o sean causantes de desperfectos en las instalaciones del centro.

Para la realización del viaje , será necesaria la participación del 70% del alumnado del curso. Excepcionalmente, se estudiará la posibilidad de realizarse con un número menor de alumnos. Los alumnos que no realicen el viaje deberán asistir a clase y ser debidamente atendidos por sus profesores siguiendo el horario normal, no avanzando en el programa de la materia, si así el profesor lo estima conveniente.

Los alumnos que realizan el viaje tendrán la obligación de asistir a clase la jornada siguiente al día de llegada. Si así no sucediera, la Jefatura de Estudios podrá determinar la no realización de próximas excursiones.

Será obligatorio que cada grupo vaya acompañado de un responsable del centro ( profesores) con un mínimo de dos responsables .

El padre, madre o tutor legal de los alumnos que participen en el viaje deberá firmar una autorización donde ha de constar el programa detallado del viaje( hoteles, seguro que incluye ..) , precio, día, lugar y hora de salida y llegada, así como los nombres de los profesores acompañantes y teléfono de contacto. En este escrito los padres se deben hacer responsables de los actos de sus hijos. La autorización se entregará a la persona Responsable de las Actividades

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Complementarias y Extracurriculares al menos, una semana antes del inicio del viaje.

Firmarán expresamente en dicha autorización que el padre / madre/ tutor legal se hará cargo de cuantos gastos se originen (traslado de vuelta a casa o desperfectos ocasionados) ante un comportamiento contrario a las normas que dictaminen los responsables de la actividad. Si un alumno o alumnos se niegan a respetar el programa fijado o mantienen actitudes que impidan el desarrollo del viaje, éste podrá suspenderse para estos alumnos en cuestión antes del regreso previsto.

Los responsables del viaje llevarán toda la documentación y certificaciones del Centro para acceder gratuitamente a las actividades que así lo contemplen, así como el listado de nombres, direcciones y teléfonos fijos y móviles de los alumnos participantes.

Estos viajes no se podrán realizar nunca el día que finalicen las clases, ya que de otro modo podrían perjudicar al final de curso para los alumnos.

El alumno deberá costearse el precio total del viaje y correrá con los gastos de alojamiento y desayuno de los responsables acompañantes, en caso de que la agencia de viajes no estipule la gratuidad de plazas para los mismos.

Los alumnos deberán costearse el viaje mediante : - Depósito, a fijar por los responsables del viaje, en el momento

de la inscripción. Esta cantidad no se devolverá en ningún caso.

- Aportaciones personales. Éstas si podrán devolverse hasta una semana anterior al viaje a los alumnos que no pudieran asistir al viaje por causa mayor.

- Actividades: venta de lotería, camisetas, bolígrafos, etc. Este dinero recaudado no se devolverá bajo ningún concepto en el caso de que el alumno no pudiera ir al viaje.

No abonar el viaje según se determine supondrá la pérdida del derecho a participar.

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Tres días antes del viaje, los responsables citarán a los padres de los alumnos participantes para explicarles las dudas que puedan tener sobre el desarrollo del mismo.

Previo a la realización del viaje, los responsables del mismo deberán cumplimentar en Jefatura de Estudios un informe con la documentación completa del viaje, adjuntándose la lista de alumnos participantes y el nombre de los profesores acompañantes.

En el plazo de una semana, los profesores participantes en los viajes, entregarán a la persona responsable de las actividades complementarias y extracurriculares, una memoria de las actividades llevadas a cabo en el viaje. .

La persona Responsable de las Actividades complementarias y extracurriculares informará a través del tablón de anuncios de la sala de profesores de los cursos que asisten al viaje con el listado de alumnos participantes.

Las actividades extraescolares se realizarán de acuerdo a los criterios fijados anualmente por el Consejo Escolar a propuesta del Claustro sobre:

1. Directrices para la programación y desarrollo de las actividades complementarias.

2. Criterios sobre la participación del Centro en actividades culturales, deportivas, recreativas y asistenciales.

HORARIOS Y TIEMPOS ESCOLARES

1. El horario del Centro será el aprobado por el Consejo Escolar y ratificado por la Administración Educativa

2. El Consejo Escolar podrá solicitar cambio de horario.

3. Cuando un alumno tenga necesidad de abandonar el Centro antes de terminar las clases, deberá ser recogido por los padres directamente, justificando los padres al tutor estas salidas.

4. Los alumnos sólo podrán salir del centro durante el horario de recreo y no volverán con el fin de evitar interrupciones innecesarias. Si han de ir al médico antes del recreo, se podrán incorporar a clase al finalizar el recreo.

5. El horario de las actividades extraescolares se comunicará a los padres a través de nota. y el día y hora de visita al profesorado se comunicará a los padres al comienzo del curso.

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6. Las puertas del Colegio se cerrarán cinco minutos después de la hora de entrada y se abrirán cinco minutos antes de la salida. Una vez cerradas las puertas a las 9´10 horas, ya no se podrá entrar ni salir al centro. Las entradas y salidas se realizarán únicamente en el horario de recreo.

7. Los horarios para alumnos y profesores serán confeccionados por el Jefe de Estudios a partir de los siguientes criterios:

- Procurar que las áreas de Lengua y Matemáticas tengan lugar preferentemente en primeras sesiones de mañana.

- Procurar la alternancia de días en aquellas materias que tengan dos o tres horas semanales.

- Procurar que el Tutor imparta al menos 3 asignaturas en aquel curso en el que es tutor.

- En aquellas horas en las que el profesor no tenga docencia directa con alumnos, realizará la función de apoyo a otros alumnos, preferentemente dentro de su mismo Nivel, siempre y cuando no tenga que sustituir la ausencia de algún compañero.

- Ajustarse a la normativa vigente en cuanto a la distribución del tiempo para cada área.

- Evitar que el alumnado con NEE salga del aula en las áreas que pueda trabajar con autonomía.

RECREOS.

1. Todos los profesores atenderán al cuidado y vigilancia de los recreos, a excepción de los miembros del equipo directivo, orientador/a que quedarán liberados de esta tarea, salvo que sea absolutamente necesaria su colaboración.

2. Para el cuidado y vigilancia de los recreos se organizará un turno entre los maestros del Centro

3. El horario de recreo es el fijado por la normativa vigente. En nuestro Centro es de 30 minutos. Durante el recreo, no quedará ningún alumno/a en clase, sin causa justificada firmada por padres o tutores del alumno e informada a la jefatura de estudios del centro. Para actividades específicas del Centro, podrán quedarse, acompañados de algún profesor/a.

4. Los días de lluvia, nieve, etc. los alumnos de E. Primaria permanecerán en sus aulas acompañados de sus tutores. Si falta alguno de los tutores, en el cuadro de sustituciones del día quedará también cubierto por un/a sustituto/a.

5. El Jefe de Estudios confeccionará a principios de curso un cuadrante, de acuerdo al ratio de alumnos por profesor señalado por la Administración Educativa , en el que se especifique los turnos de vigilancia del recreo por parte del profesorado. Aquellos profesores que itineren entre los dos

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centros tendrán preferencia y facilidades para la elección de turno de vigilancia.

6. Al término del recreo, los profesores encargados de vigilancia se responsabilizarán de que los alumnos de su tutoría dejen limpio el patio.

11. FALTAS DE ASISTENCIA.11.1. DE LOS ALUMNOS El Tutor /a llevará un control de la asistencia diaria de los alumnos. Cada falta del alumno a una sesión de clase deberá ser justificada por los padres por escrito o verbalmente y dirigirse al profesor tutor. A partir de la 3ª falta de asistencia sin justificar el tutor se pondrá en contacto con los padres.Si la situación de absentismo no remite, después de 10 faltas en el mismo mes, el tutor, si es preciso con el concurso del equipo directivo, citará a una entrevista a la familia o tutores legales. En caso de no resolverse la situación con las actuaciones anteriores, se informará al Departamento de Orientación del Centro y se solicitará, en su caso, la valoración e intervención de los Servicios Sociales que acordarán las medidas adecuadas. De todo el proceso se informará a la Inspección de Educación para que garantice el cumplimiento de los derechos y deberes del alumnado y de las familias.11.2. DE LOS PROFESORES Cuando un profesor falte a clase deberá justificar dicha falta ante la Jefatura de Estudios de acuerdo con la legislación vigente. Siempre que el profesor tenga que solicitar permiso para una falta debidamente justificada lo hará ante la Jefatura de Estudios con un día de antelación, como mínimo. Dicho profesor deberá entregar al Jefe de Estudios la programación y las actividades que el grupo debe realizar en su ausencia. El parte de faltas del profesorado se remitirá al Servicio de Inspección Educativa dentro de los 5 primeros días del mes siguiente.

ANEXOS EL ACOSO ESCOLAR.

a) Definición.b) Características del acoso escolar.c) Tipos de acoso entre iguales.d) Consecuencias del maltrato entre iguales.e) Protocolo de actuación.1. Identificación, comunicación y denuncia de la situación.2. Actuaciones inmediatas.3. Medidas de urgencia.4. Traslado a la familia5. Traslado al resto de profesionales que atienden al/a la alumno/a acosado/a.6. Recogida de información de distintas fuentes.7. Aplicación de medidas disciplinarias.8. Comunicación a la comisión de convivencia.

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9. Comunicación a la Inspección Educativa.10. Elaboración de un Plan de Actuación por parte de la Dirección.11. Comunicación a las familias.12. Seguimiento del Plan de Actuación por parte de la Inspección Educativa.

SOBRE EL ACOSO ESCOLAR.

DEFINICIÓN.Un/a alumno/a se convierte en víctima cuando está expuesto, de forma repetida y durante un tiempo, a acciones negativas que se manifiestan mediante diferentes formas de persecución u hostigamiento cometidas en su ámbito escolar, llevadas a cabo por otro/a alumno/a o varios de ellos/as, quedando en una situación de inferioridad respecto al/a la agresor/a o agresores/as.Es importante no confundir este fenómeno con agresiones esporádicas entre el alumnado u otras manifestaciones violentas que no suponen inferioridad de uno de los participantes en el suceso.

CARACTERÍSTICAS DEL ACOSO ESCOLAR.El acoso escolar presenta las características que se incluyen a continuación:- Desequilibrio de poder: se produce una desigualdad de poder físico, psicológico y social que genera un desequilibrio de fuerzas en las relaciones interpersonales.- Intencionalidad/repetición: la intencionalidad se expresa en una acción agresiva que se repite en el tiempo y que genera en la víctima la expectativa de ser blanco de futuros ataques.- Indefensión/personalización: el objetivo del maltrato suele ser normalmente un/a solo/a alumno/a, que es colocado/a de esta manera en una situación de indefensión.El acoso suele tener, además, un componente colectivo o grupal, ya que normalmente no existe un/a solo/a agresor/a sino varios/as y porque la situación suele ser conocida por otros/as compañeros/as, observadores pasivos que no contribuyen suficientemente para que cese la agresión.

TIPOS DE ACOSO ENTRE IGUALES.La agresión puede adoptar distintas manifestaciones:- Exclusión y marginación social.- Agresión verbal.- Agresión física indirecta.- Agresión física directa.- Intimidación/amenaza/chantaje.- Acoso o abuso sexual.

CONSECUENCIAS DEL MALTRATO ENTRE IGUALES.Las consecuencias que puede acarrear el maltrato son:- Para la víctima. Puede traducirse en fracaso escolar, trauma psicológico, riesgo físico, insatisfacción, ansiedad, infelicidad, problemas de personalidad y riesgo para su desarrollo equilibrado.- Para el/la agresor/a. Puede ser la antesala de una futura conducta delictiva, una interpretación de la obtención de poder basada en la agresión, que puede perpetuarse en la vida adulta, e incluso una

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supra valoración del hecho violento como socialmente aceptable y recompensado.- Para los/as compañeros/as observadores/as. Puede conducir a una actitud pasiva y complaciente ante la injusticia y una modelación equivocada de valía personal

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN. El protocolo de actuación en estos casos comprende los siguientes pasos:1. Identificación, comunicación y denuncia de la situación.Cualquier miembro de la Comunidad Educativa (alumnado, profesorado, familias, personal no docente,…) que tenga conocimiento o sospechas de una situación de acoso sobre algún/a alumno/a tiene la obligación de ponerlo en conocimiento de un/a maestro/a, del/de la maestro/a tutor/a o del Equipo Directivo, según el caso y el miembro de la Comunidad Educativa que tenga conocimiento de la situación.En cualquier caso, el/la receptor/a de la información siempre informará al director/a o, en su ausencia, al resto del Equipo Directivo.2. Actuaciones inmediatas.Tras la comunicación indicando que algún/a alumno/a se encuentra en una posible situación que pueda reflejar alguna sospecha o evidencia de acoso escolar, se reunirá el EquipoDirectivo, el/la maestro/a-tutor/a y, si se considera conveniente, la psicóloga del E.O.E., para analizar y valorar la intervención necesaria.3. Medidas de urgencia.En caso de estimarse necesario, tendrán que adoptarse las medidas de urgencia que se requieran para proteger a la persona agredida y/o evitar las agresiones:- Medidas que garanticen la inmediata seguridad del/de la alumno/a acosado/a, así como medidas de apoyo y ayuda.- Medidas cautelares dirigidas al/a la alumno/a acosador4. Traslado a la familia.El/la maestro/a-tutor/a, previo conocimiento del Equipo Directivo, con la debida cautela y mediante entrevista, pondrá el caso en conocimiento de las familias del alumnado implicado, aportando información sobre la situación y sobre las medidas que se estén adoptando. 5. Traslado al resto de profesionales que atienden al acosado/a.El/la director/a informará de la situación al equipo de maestros/as del alumnado y a otros/as maestros/as que puedan estar relacionados/as.Si se estima oportuno se comunicará también al resto del personal del Centro y a otras instancias externas al centro (sociales, sanitarias, judiciales en función de la valoración inicial).6. Recogida de información de distintas fuentes.Una vez adoptadas las oportunas medidas de urgencia, el Equipo Directivo recabará la información necesaria relativa al hecho de las diversas fuentes que se relacionan a continuación:1. Recopilación de la documentación existente sobre el alumnado afectado.

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2. Observación sistemática de los indicadores señalados: en espacios comunes del Centro, en clase, en actividades complementarias y extraescolares.3. Asimismo, la Dirección del Centro solicitará a la Comisión de Convivencia que, con la colaboración del/de la maestro/a-tutor/a, complete la información.Esto se hará, según el caso, observando al alumnado afectado, contrastando opiniones con otros/as compañeros/as, hablando con el alumnado afectado o entrevistando a las familias. En este proceso se deben considerar los siguientes aspectos Garantizar la protección de los/as menores. Preservar su intimidad y la de sus familias. Actuar de manera inmediata. Generar un clima de confianza básica en los/as menores. Recoger todo tipo de pruebas e indicadores.No duplicar intervenciones y evitar dilaciones innecesarias.Si se estima conveniente, se completará la información con otras fuentes: personal de administración y servicios, servicios sociales locales,...Una vez recogida toda la información, el Equipo Directivo realizará un informe con los datos obtenidos, para lo que contrastará la información aportada por las diferentes fuentes.

1. APLICACIÓN DE MEDIDAS DISCIPLINARIAS.Una vez recogida y contrastada toda la información, se procederá por parte del director/a del Centro a la adopción de medidas disciplinarias al/a la alumno/a en función de lo establecido en el Plan de Convivencia del Centro.2. COMUNICACIÓN A LA COMISIÓN DE CONVIVENCIA.El/la director/a trasladará a la Comisión de Convivencia para su conocimiento el informe final, elaborado tras la recogida de toda la información, así como, en su caso, las medidas disciplinarias aplicadas.3. COMUNICACIÓN A LA INSPECCIÓN EDUCATIVA.El Equipo Directivo remitirá asimismo el informe al Servicio de Inspección de la Delegación Provincial correspondiente, sin perjuicio de la comunicación inmediata del caso, si la situación es grave.4. ELABORACIÓN DE UN PLAN DE ACTUACIÓN POR PARTE DE LA DIRECCIÓN.El Equipo Directivo elaborará un Plan de Actuación para cada caso concreto de acoso escolar, con el asesoramiento, si se considera necesario, de los miembros del Equipo de Orientación Escolar y de la Inspección Educativa.Este Plan tiene que definir conjuntamente las medidas a aplicar en el Centro, en el aula afectada y medidas con el alumnado en conflicto, que garanticen el tratamiento individualizado tanto de la víctima como de la persona agresora y el alumnado “espectador".Todo ello sin perjuicio de que se apliquen al alumnado acosador las medidas correctivas recogidas en el Plan de Convivencia.El último apartado de este Protocolo incluye Orientaciones sobre medidas a incluir en el Plan de Actuación.La Dirección del centro se responsabilizará de que se lleven a cabo las reuniones y las medidas previstas informando periódicamente a la Comisión de Convivencia, a las familias y al/a la inspector/a de

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referencia, del grado del cumplimiento de las mismas y de la situación escolar del alumnado implicado.5. COMUNICACIÓN A LAS FAMILIAS.Hay que informar a las familias del alumnado implicado de las medidas de carácter individual adoptadas con los/as alumnos/as afectados/as, así como las medidas de carácter organizativo y preventivo propuestas para el grupo o grupos, nivel y/o Centro educativo, haciendo hincapié, en todo momento, en la absoluta confidencialidad en el tratamiento del caso.6. SEGUIMIENTO DEL PLAN DE ACTUACIÓN POR PARTE DE LA INSPECCIÓN EDUCATIVA.El/la inspector/a de referencia realizará un seguimiento del Plan de Actuación y de la situación escolar del alumnado implicado.e) Orientaciones para la elaboración del Plan de Actuación.Como medidas a incluir en el Plan de Actuación se proponen:Actuaciones con la persona acosada:actuaciones de apoyo y protección expresa e indirecta,programas y estrategias de atención y apoyo social,personalización de la enseñanza, Derivación y seguimiento en Servicios Sociales de la Consejería competente en materia de protección de menores, si procede; etc.

Actuaciones con el alumno o alumna agresor:1. aplicación de las correcciones estipuladas en el Plan de

Convivencia,2. programas y estrategias específicas de modificación de

conducta y ayuda personal,3. derivación y seguimiento en Servicios Sociales de la Consejería

competente en materia de protección de menores, si procede;

Actuaciones con los compañeros y compañeras “observadores”

1. campañas de sensibilización2. programas de habilidades de comunicación y empatí,3. programas de apoyo y/o mediación entre compañeros

Actuaciones con las familias:1. orientaciones sobre cómo ayudar a sus hijos/as o

tutelados/as cuando sean víctimas o agresores2. coordinación para una mayor comunicación sobre el proceso

socioeducativo de sus hijos/as o tutelados/as.3. información sobre posibles apoyos externos y seguimiento

de los mismos

Actuaciones con el profesorado y PAS:1. orientaciones sobre cómo manejar las clases durante el

proceso y cómo hacer el seguimiento,2. orientaciones sobre indicadores de detección e intervención,

programas de mediación.

COMEDOR ESCOLAR Sistema de Gestión

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Normas de convivencia, organización y funcionamiento

El servicio de comedor se regirá, en tanto no se apruebe la normativa de igual o superior rango que anule la vigente, según lo dispuesto en:

Decreto 138/2012, de 11/10/2012, por el que se regula la organización y funcionamiento del servicio de comedor escolar de los centros docentes públicos de enseñanza no universitaria dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de Castilla-La Mancha.

La Orden de 2 de Marzo de 2004, de la Consejería de Educación, por la que se regula la organización y funcionamiento del servicio de comedor escolar de los Centros Públicos de enseñanza no universitaria dependientes de la Consejería de Educación de Castilla- La Mancha.

La Circular de la Dirección General de Programas y Servicios Educativos sobre instrucciones de desarrollo de la orden de 2 de marzo de 2004.

La Orden de 21 de Julio de 2005, de la Consejería de Educación y Ciencia por la que se modifica parcialmente la Orden de 2 de marzo de 2004, reguladora de la organización y funcionamiento del servicio de comedor escolar.

La gestión del Servicio de Comedor, en caso de que estuviese en activo, se llevará a cabo en la modalidad de contratación del citado servicio a una empresa de hostelería, que elaborará las comidas en sus propias instalaciones y las hace llegar al Centro diariamente. La contratación se realiza directamente por la Delegación Provincial de Educación.

Organización

La organización del Servicio de comedor escolar implica la distribución de diversas competencias y funciones entre el Equipo Directivo del Centro, el Consejo Escolar, el profesor encargado, el personal laboral y la empresa adjudicataria del Servicio.

Competencias del Consejo Escolar del Centro

Corresponde al Consejo Escolar las siguientes funciones:

a) Proponer a la Consejería competente en materia de educación a través del Servicio Periférico correspondiente, la solicitud de apertura y funcionamiento del servicio de comedor escolar.

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b) Aprobar, dentro de la normativa vigente, las directrices de organización y de funcionamiento del servicio de comedor, así como su seguimiento y evaluación a través del curso escolar.

c) Aprobar el proyecto de presupuesto de ingresos y gastos del servicio, como parte anual del presupuesto del Centro. Asimismo, aprobará su justificación de gastos.

d) Decidir sobre la admisión del alumnado usuario, de acuerdo con los criterios de prioridad establecidos en el presente Decreto.

e) Aprobar la organización y funcionamiento del Comedor Escolar dentro de las normas de Convivencia Organización y funcionamiento del Centro.

f) Aprobar el Plan Anual del Servicio de Comedor que incluya las actividades educativas y recreativas a desarrollar por el alumnado que utilice el servicio de comedor escolar.

g) Aprobación de programas de participación del alumnado: educación para la salud, adquisición de hábitos sociales y tiempo libre.

h) Aprobar la creación de la Comisión del Servicio de Comedor Escolar.

i) Proponer la relación de “alumnado beneficiario obligatorio” del servicio de comedor escolar en sus modalidades de comida del mediodía y Aula Matinal.

Para el desarrollo de las competencias que le son propias en este ámbito, se establece en el seno del consejo Escolar una Comisión de seguimiento de comedor Escolar, específicamente encargada de la supervisión del Servicio de comedor y de velar por su correcto funcionamiento, conforme a lo que establece el presente Reglamento.

Competencias del Equipo Directivo

Las competencias directas en todo lo referente a este servicio complementario se distribuyen entre el director y el Secretario del Centro, que asumen las funciones que a continuación se especifican:

Corresponde al Director:

a) Elaborar con el Equipo Directivo, el Plan Anual del Servicio de Comedor, como parte integrante de la Programación General Anual del Centro.

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b) Dirigir y coordinar el servicio de comedor escolar, y designar al personal docente que voluntariamente, participe en las tareas de atención al alumnado.

c) Supervisar la correcta actuación educativa, económica y administrativa del servicio de comedor, prestado por el Centro.

d) Autorizar los gastos, y ordenar los pagos necesarios para su buen funcionamiento.

e) Realizar las contrataciones de suministros, en su caso, de acuerdo a la legislación vigente.

f) Ejercer la jefatura de todo el personal dependiente de la Consejería competente en materia de educación y coordinar las relaciones laborales con el personal de la empresa concesionaria de los servicios.

g) Presidir, en su caso, la Comisión del Servicio de Comedor Escolar.

h) Velar por el cumplimiento de las normas sobre sanidad e higiene.

i) Cualquier otra función necesaria para el correcto funcionamiento del servicio.

Corresponde al Secretario:

a) Ejercer de conformidad con las directrices de la Dirección las funciones de interlocutor con la Administración Educativa, usuarios, empresas y otros proveedores.

b) Formular el inventario de bienes adscritos y utilizados en las instalaciones del servicio de comedor escolar.

c) Ejercer, por delegación del Director/a, la jefatura del personal en los Centros con servicio de comedor gestionado con personal propio.

d) Estudiar el anteproyecto de presupuesto del servicio de comedor escolar.

e) Registrar la actividad económica del servicio de comedor y justificación de ingresos y gastos.

f) Verificar el cobro de las cantidades del precio del servicio de comedor a los usuarios del mismo y colaborar en la gestión de los impagos de recibos.

Competencias de la Comisión del Servicio de Comedor Escolar

Aprobada por el Consejo Escolar, existirá una Comisión del Servicio de Comedor Escolar, que estará integrada por los siguientes miembros:

a) Director/a del Centro.

b) Secretario/a del Centro.

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c) Encargado del servicio de comedor escolar.

d) Un representante de las madres y los padres del alumnado del Centro, que acuerde el Consejo Escolar, preferentemente con algún hijo usuario del servicio de comedor escolar.

La Comisión del Servicio de Comedor desarrollará las siguientes funciones:

a) Elaborar el borrador de anteproyecto de presupuesto del servicio de comedor escolar.

b) Colaborar con el Equipo Directivo y el Encargado del servicio de comedor, en su caso, en la gestión económica administrativa de los fondos del servicio de comedor.

c) Supervisar el menú de las comidas de mediodía y/o de los desayunos, de acuerdo con un programa de alimentación sana y equilibrada, en su caso contrastado con la empresa adjudicataria, de conformidad con el menú ofertado en los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares, y conforme a las orientaciones establecidas a tal efecto en el Plan de Calidad de los Comedores Escolares.

d) Seguimiento del Plan Anual de Comedor escolar.

e) Seguimiento y evaluación del servicio de comedor, formulando propuestas de mejora, en su caso, ante el Consejo Escolar.

f) Velar por el cumplimiento de las normas vigentes sobre sanidad e higiene.

g) Cualquier otra función necesaria para el correcto desarrollo del servicio de comedor.

Competencias del Profesor encargado del Comedor

Un miembro del equipo directivo actuará en calidad de encargado de la gestión formativa y administrativa del servicio de comedor escolar, sin perjuicio de las funciones que corresponden a cada miembro del equipo según la normativa vigente. La Dirección podrá designar encargado/a a un profesor o profesora del centro, si el interesado lo acepta de manera voluntaria.

El Encargado o Encargada del servicio de comedor escolar tendrá las siguientes funciones:

a) De índole formativa o pedagógica: Coordinar la programación del plan de actividades que recoja los siguientes aspectos:

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1º Desarrollo de hábitos y del uso de instrumentos y normas relacionadas con el hábito de comer así como también conocimientos alimentarios, higiénicos, de salud y de relación social en el entorno del servicio de comedor.

2º Desarrollo de actividades de ocio y tiempo libre para dinamizar la atención y vigilancia del alumnado usuario.

b) De índole administrativa:

1º Ejecutar tareas propias de coordinación y supervisión de los medios personales, económicos y materiales adscritos al funcionamiento del servicio de comedor.

2º Velar por el cumplimiento de la normativa vigente, así como de los contratos suscritos con las empresas adjudicatarias, de las condiciones establecidas en los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y en los

Pliegos de Prescripciones Técnicas, de los compromisos adquiridos en sus ofertas técnicas y de lo dispuesto en los respectivos convenios de colaboración.

3º Organizar el funcionamiento del servicio de comida de mediodía y/o aula matinal.

4º Elaboración y actualización periódica del inventario del equipamiento del servicio de comedor y su reposición.

5º Elevar a la Dirección del Centro propuestas sobre control y mejora de menús así como de la distribución del presupuesto y control del gasto, a través de la Comisión del servicio de comedor escolar, a que se hace referencia en el apartado 5 del artículo 18 de este Decreto.

Competencias del personal laboral

El personal laboral adscrito al Servicio de comedor será contratado por la empresa adjudicataria del mismo, de quien depende orgánicamente a todos los efectos. Consta de una persona encargada de la cocina y una cuidadora (en este caso), cuyo horario de trabajo estará en función del número de comensales, conforme se estipule en la normativa aplicable. Las competencias de dicho personal son las siguientes:

Monitoras

1. Recepcionar diariamente los alimentos suministrados por la empresa concesionaria del servicio.

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Normas de convivencia, organización y funcionamiento

2. Velar por la calidad y conservación de los alimentos, cumpliendo las normas de seguridad e higiene y controlando las etiquetas de los productos envasados y enlatados, caducidad y consumo urgente, así como la calidad de los productos sin envasar.

3. Servicio y atención a las mesas de los comensales.

4. Limpieza, cuidado y conservación de las instalaciones del comedor, la cocina, la vajilla, los electrodomésticos y el menaje.

5. Informar al Profesor encargado de cuantas cuestiones afecten al servicio del comedor.

Monitoras

1. Realización de las actividades de formación programadas por el Centro.

2. Organización del orden de entradas y salidas del alumnado de comedor.

3. Atender y vigilar al alumnado durante las comidas, formándole en los hábitos alimentarios y sociales idóneos para una mejor educación para la salud y la convivencia.

4. Colaborar en la provisión de mesas y retirada del menaje.

5. Promover la formación personalizada en la utilización de utensilios personales en la mesa.

6. Vigilancia de los recreos previo y posterior a al comida.

7. Atención especial y urgente al alumnado en caso de accidente escolar, comunicando inmediatamente cualquier incidencia grave al profesor encargado y a los padres del alumno/a.

El personal laboral del Comedor escolar no administrará nunca un medicamento. Cuando sea necesario por prescripción médica y con autorización de los padres, el niño/a deberá autoadministrárselo.

El personal laboral asimismo deberá encargarse de hacer cumplir a los alumnos aquellas sanciones que por comportamiento les hayan sido impuestas dentro del horario de comedor escolar.

Comensales

Podrán hacer uso del Servicio de Comedor, en calidad de comensales habituales, todos los alumnos matriculados en el Centro que así lo soliciten, hasta completar el cupo previsto cada curso. Las solicitudes se presentarán durante el mes de junio, mediante la presentación de una instancia. Si

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hubiere plazas vacantes, se admitirán nuevas solicitudes a lo largo del curso, hasta completar el cupo previsto.

El Consejo Escolar adjudicará las plazas de comedor cuando el número de solicitudes sea superior al de plazas disponibles, priorizando en la adjudicación a los alumnos con derecho a Beca de Comedor, y, en su caso, las circunstancias familiares de los demás alumnos, en especial la situación laboral y económica de los padres.

Los alumnos que reúnan las condiciones que se establezcan al efecto podrán solicitar Beca de Comedor. La tramitación de dichas becas se realizará a través del Consejo Escolar o a través de la Consejería de Educación, siguiendo las instrucciones que se dictan al efecto.

Con carácter excepcional, se admitirán, en el Servicio de Comedor esporádicamente comensales, cuando las circunstancias familiares así lo requieran, por motivos justificados. En tal caso, las familias deberán solicitar, con la mayor antelación posible, dicho servicio al profesor encargado de comedor, abonando la cantidad correspondiente.

Podrán hacer uso del Servicio de Comedor los profesores que así lo deseen, de acuerdo con las condiciones que en cada caso se pacten con la Empresa Adjudicataria del Servicio.

Calendario y horarios

El Servicio de comedor funcionará de septiembre/octubre a junio, ambos meses incluidos, en las jornadas que el calendario escolar considera lectivas.

El horario del servicio es de 14,00 a 16,00 horas de octubre a mayo; y de 13:00 a 15:00 en junio y septiembre.

Los comensales han de cumplir este horario, salvo casos que estén realmente justificados.

Menús

Los menús se confeccionarán por la Empresa Adjudicataria del Servicio, con el visado de Servicios Periféricos de Educación, conforme conste en el contrato suscrito entre ambos.

A principio de cada mes, las familias de los alumnos comensales dispondrán de la relación de menús correspondientes al mes.

Pago de cuotas

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El precio del menú se fijará a comienzo de curso, conforme a las instrucciones de los Servicios Periféricos de Educación.

Los pagos de las cantidades que cada comensal debe abonar mensualmente se domiciliarán a través de banco. El profesor encargado hará ingreso del dinero cobrado a los comensales esporádicos ya sean alumnos o profesores en la cuenta corriente abierta por parte de la Empresa

Los comensales esporádicos deberán abonar la cuota del comedor los días que hagan uso del mismo.

En su caso, los costes derivados de la devolución de recibos serán asumidos por los causantes de los mismos. Para un control más exhaustivo del número de menús servidos diariamente, el profesor encargado anotará en un cuadrante el detalle del número de comensales diarios de cada mes.

Con la periodicidad que se establezca con la empresa adjudicataria, se realizará el abono a la misma de las cantidades mensuales correspondientes a los menús servidos en dicho periodo de tiempo. La mencionada empresa extenderá factura normalizada de los abonos recibidos, con distinción de las cantidades correspondientes a alumnos becados.

Los alumnos esporádicos deberán abonar el importe del comedor escolar durante la semana que hacen uso del mismo.

Si la empresa de catering informa al Centro de impago por parte de algunos de los comensales, éste será dado de baja del servicio de comedor.

Artículo 29.- Programa Educativo

El Servicio de comedor tiene un carácter asistencial, por cuanto contribuye a la integración social de la familia, en la medida en que facilita a los padres el ejercicio de sus funciones laborales y sociales, al tiempo que posibilita en determinados casos una mejora en la nutrición de ciertos alumnos cuyo entrono socio-familiar es deficitario. También resuelve, en parte, el problema de los alumnos cuyo domicilio está muy distante del Centro, evitando desplazamientos innecesarios.

Pero además, el servicio de comedor tiene un carácter educativo. En tal sentido, la actividad que en él se desarrolla responde a una planificación educativa, centrada básicamente en torno al plan de objetivos y actividades que a continuación se reseñan.

Objetivos

1. Desarrollar en los alumnos hábitos alimentarios y sociales idóneos para una mejor educación para la salud y la convivencia.

2. Formar a los alumnos en el desarrollo de actitudes positivas relacionadas con el hábito de comer, así como en el conocimiento de las bases de una dieta saludable.

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3. Promover la adaptación del niño a una diversidad de menús y a una disciplina en el acto de comer que incluya la cortesía, la tolerancia, la solidaridad y la educación para la convivencia.

4. Estimular a los alumnos la realización de prácticas de relación social positiva, tales como fomento de la comunicación, la buena convivencia y las relaciones con los compañeros de comedor.

5. Fomentar en el alumnado el espíritu de solidaridad y colaboración, dando en la medida de las posibilidades participación en pequeñas responsabilidades.

Actividades

Actividades formativas.

Los alumnos comensales llevarán a cabo durante el tiempo que abarca el Servicio de Comedor un programa de actividades de carácter formativo, que girará en torno a los siguientes ámbitos y objetivos:

1.- Educación para la salud.

Antes de comer, los alumnos se lavarán las manos con jabón.

Después de comer se cepillarán los dientes. A tal efecto, cada alumno aportará una bolsa personal con los útiles de higiene necesarios.

2.- Uso de instrumentos:

Se instruirá al alumno de forma personalizada en el uso y utilización de cubiertos, servilletas, etc.

3.- Adquisición de hábitos sociales:

Las entradas y salidas se realizarán ordenadamente y se evitará arrastrar la silla al sentarse o levantarse.

Durante la comida se evitarán ruidos y gritos.

Los alumnos no se levantarán de sus asientos. Cuando necesiten algo levantarán la mano para solicitar la atención del personal colaborador al que pedirán las cosas educada y cortésmente.

Los alumnos procurarán no hablar mientras tengan comida en la boca y se limpiarán antes de beber.

4.- Conocimientos alimentarios.

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Los alumnos recibirán información sobre el origen y proceso de los alimentos consumidos: producción, transformación, comercialización y consumo.

A lo largo del curso los alumnos confeccionarán murales informativos sobre hábitos y normas de nutrición saludable, higiene alimentaria, la dieta saludable, tipos de alimentos, etc.

Actividades de Ocio.

A criterio del profesor encargado, los alumnos comensales realizarán después de la comida actividades de ocio y tiempo libre, consistentes en:

Juegos de mesa: parchís, dominó, puzzles, etc.

Películas de vídeo.

Actividades de expresión plástica.

Juegos al aire libre.

Actividades deportivas.

Derechos y deberes de los alumnos comensales

Derechos de los alumnos comensales

Al margen de los derechos que asisten a los alumnos comensales en su calidad de alumnos del Centro, éstos poseen en calidad de usuarios del Servicio de Comedor los siguientes derechos específicos:

1. Derecho a beneficiarse de todas las prestaciones que comprende el servicio de comedor escolar, en las mejores condiciones posibles de seguridad, higiene y bienestar.

2. Derecho a recibir un trato correcto con respeto y sin discriminación de ningún tipo, tanto por parte de sus compañeros de comedor, como de todo el personal adscrito al servicio de comedor escolar.

3. Derecho a disfrutar de las instalaciones que el Centro posee a disposición del servicio de comedor escolar para el desarrollo de las actividades que le son propias.

Deberes de los alumnos comensales

Los usuarios del servicio de comedor tienen específicamente los siguientes deberes:

1. Deber de participar activa y correctamente en el desarrollo de todas las actividades del servicio de comedor, con espíritu de colaboración y solidaridad.

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Normas de convivencia, organización y funcionamiento

2. Deber de tratar con la corrección debida, respeto y cordialidad a sus compañeros de comedor, así como a todo el personal adscrito al Servicio de comedor escolar, obedeciendo sus indicaciones.

3. Deber de usar correctamente y cuidar las instalaciones que el centro pone a disposición del servicio de comedor escolar para el desarrollo de las actividades que le son propias.

4. Deber de respetar las normas generales de convivencia del centro, aplicables a las circunstancias en que se desarrollan las actividades propias del servicio de comedor escolar.

5. Deber de comer.

Artículo 31.- Aplicación de las medidas correctoras

Si las circunstancias así lo exigen, se adoptarán las medidas necesarias para favorecer el estricto cumplimiento de los derechos y deberes de los alumnos beneficiarios del servicio de comedor escolar.

La aplicación de las medidas que en cada caso convenga tendrá un marcado carácter educativo, procurando en todo caso garantizar el respeto a los derechos de todos los implicados en dicho servicio complementario y la convivencia solidaria entre todos ellos.

Cuando algún alumno comensal considere que se incumple alguno de los derechos antes expresados, lo comunicará con la debida corrección al cuidador del comedor y seguidamente al profesor encargado del comedor, para que haga que se adopten las medidas oportunas al respecto, informando éste al Equipo Directivo del Centro de dichas circunstancias y de las medidas correctoras adoptadas, cuando el caso revistiere gravedad.

El personal encargado del comedor escolar podrá imponer una sanción cuando uno de los comensales haya cometido una falta, informando en todo momento al profesor encargado del comedor, quien determinará qué medidas tomar.

En relación con el incumplimiento de los deberes antes indicados, serán de aplicación las medidas que a continuación se detallarán, en todo lo tocante a la corrección de las conductas contrarias a las normas de convivencia.

Además, serán de aplicación las que a continuación se detallan, en todo lo referente a:

La negación de los alumnos a participar correctamente, con espíritu de colaboración y solidaridad, en las actividades del servicio de comedor.

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Normas de convivencia, organización y funcionamiento

Las faltas de respeto para con sus compañeros y para con el personal adscrito al servicio de comedor.

A.- Medidas para la corrección de faltas leves: sanciones disciplinarias tendentes a hacer reflexionar sobre la falta cometida, o en su caso medidas tendentes a reparar los daños causados. El profesor encargado del comedor adoptará este tipo de medidas correctoras.

B.- Medidas para la corrección de faltas graves: notificación a los padres del alumno implicado, con apercibimiento de suspensión del derecho al servicio de comedor escolar, por espacio de una semana, si se produjese reiteración en las conductas motivo de corrección. Este tipo de medidas correctoras las adoptará la Comisión del comedor del consejo Escolar. Esta misma comisión podrá adoptar la mencionada decisión de suspensión del derecho al servicio de comedor escolar al alumno implicado, si se cumple la circunstancia prevista de reiteración de faltas graves.

C.- Medidas para la corrección de faltas muy graves: Suspensión del derecho al servicio de comedor por lo que reste del curso. Esta medida será también de aplicación caso de reiteración en las faltas graves que previamente hayan sido objeto de corrección mediante la suspensión temporal del derecho al servicio de comedor escolar. El consejo escolar, a propuesta de la comisión del comedor, será la encargada de adoptar esta medida excepcional, oídos los padres del alumno implicado.

Cada caso será estudiado con detenimiento por parte de la comisión, pudiendo así elevar la sanción (en lo que se refiere a quedar excluido del comedor) de una semana a un tiempo mayor en caso de considerarlo necesario.

ACTUACIÓNNES ANTE PROBLEMAS MÉDICOS

ACTUACIÓN ANTE UN PROBLEMA MÉDICO DEL MENOR OCURRIDO EN EL CENTRO EDUCATIVO

Introducción: Consideraciones Generales

Con bastante frecuencia se plantean en el ámbito escolar por parte de los padres, tutores o representantes legales diferentes cuestiones sobre la asistencia sanitaria a los menores ante incidencias o accidentes ocurridos dentro del recinto escolar.

Si bien es cierto que el menor tiene derecho a ser atendido, también lo es que el personal de los centros educativos no es personal sanitario, por ello no resulta exigible al personal de los centros docentes el suministro de medicamentos que por su complejidad superen el ámbito de los primeros auxilios.

Los docentes o cualquier otra persona que trabaje en el centro deben prestar los primeros auxilios básicos que no comprometan la salud del

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alumno y no requieran de una formación o preparación distinta de la conocida por cualquier otro ciudadano. No obstante, para que el docente tenga información suficiente sobre primeros auxilios, la Administración propondrá la oportuna formación voluntaria al respecto, y en la medida de lo posible, en horario laboral, debido a la relevancia cívica que conlleva la atención de primeros auxilios en la sociedad.

Todos los ciudadanos tienen los mismos deberes sobre la prestación de auxilio, pero al personal de los centros docentes no se le podrá exigir nunca más allá de lo que corresponde a su cualificación técnica o a los requisitos exigidos para cubrir el puesto profesional que ocupa.

La responsabilidad del personal de los centros docentes, en caso de accidente de un alumno, es la de estar a su lado en todo momento (deber de custodia) y avisar al 112 y al Centro de Salud más próximo.

Además, se debe avisar inmediatamente a los padres, tutores o representantes legales del alumno.

Definiciones

Dentro del centro educativo se pueden producir las siguientes situaciones:

• Situaciones de urgencia: la Organización Mundial de la Salud (OMS) define urgencia como la aparición fortuita en cualquier lugar o actividad de un problema de causa diversa y gravedad variable que genera la conciencia de una necesidad inminente de atención por parte del sujeto que lo sufre o de la persona responsable. Estas situaciones requieren la comunicación inmediata al 112 y al Centro de Salud de zona más próximo al centro educativo.

• Situaciones no urgentes: Son situaciones no urgentes las que, sin estar incluidas en el apartado anterior generan la conciencia de una necesidad de atención de primeros auxilios.

Intervención en casos de urgencia

En el caso de que en el centro docente se produzca alguna situación de urgencia, tal y como se describe en las definiciones anteriormente expuestas, los pasos a seguir son:

a) Solicitar ayuda inmediata al 112 y al Centro de Salud más cercano.

b) Avisar a los padres, tutores o representantes legales del menor.

c) Observar las reacciones del menor para informar adecuadamente al servicio

médico de urgencia y al 112, respectivamente.

d) Despejar el espacio perimetral en el que se encuentra el menor hasta la llegada del 112.

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Intervenciones en situaciones no urgentes

A) Situaciones que requieran primeros auxilios

En situaciones no urgentes que supongan la aplicación de primeros auxilios habituales, el personal del centro procederá a realizarlo por si mismo de acuerdo con las normas de organización y funcionamiento del centro.

B) Intervenciones en situaciones con diagnóstico previo en el centro educativo por personal especializado (personal del 112 y de los Centros de Salud).

En las situaciones no urgentes que suponga una intervención pautada en base a un diagnóstico previo, es preciso que:

• El menor posea diagnóstico médico y tratamiento previo establecido por dicho personal facultativo. Los padres, tutores o representantes legales del menor deberán facilitar al centro educativo copia del informe médico, en el que aparezca claramente el diagnóstico y tratamiento del mismo.

• Es obligatorio igualmente la cumplimentación y entrega por parte de los padres, tutores o representantes legales del menor del modelo de “consentimiento y autorización para administrar el tratamiento médico” (únicamente se les pedirá a aquellos padres, tutores o representantes legales que no lo hayan entregado en el sobre de matrícula).

Es recomendable para todos los menores:

• Incluir en el sobre de matrícula:

–Fotocopia de la tarjeta sanitaria.

–Cumplimentación del modelo “consentimiento y autorización para administrar el tratamiento médico”

Procedimiento y actuaciones del Equipo directivo.

La Dirección de los centros educativos, para conseguir una mejor eficacia, y economizar esfuerzos, dispone del siguiente protocolo de actuación:

a) Elaborar un listado con todos los teléfonos de urgencias médicas de la localidad y distribuirlo en la sala de profesores, en las diferentes dependencias de los ciclos o de los departamentos didácticos y en dependencias de administración, conserjería y cafetería del centro.

b) Mantener una entrevista, a principio de cada curso escolar con los padres, tutores o representantes legales que hayan solicitado la colaboración del centro educativo para una especial atención de sus hijos por problemas médicos.

c) Solicitar a los padres, tutores o representantes legales la documentación necesaria (documentos de información y consentimiento o autorización de

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los padres, tutores o representantes legales e informe del médico del especialista para cada caso).

d) Elaborar un listado con la relación de alumnado afectado por esta situación y datos más relevantes aportados por los padres, tutores o representantes legales y elevarlo al Servicio de Inspección, junto con los acuerdos adoptados.

e) Informar al Centro de Salud más próximo de la incorporación y presencia en el centro educativo de alumnado con diagnóstico previo, para que se produzca la mejor coordinación del personal sanitario con el centro educativo.

f) En el caso de que el centro educativo tenga asignado personal sanitario, informar a éste para las posteriores actuaciones que deban realizar.

g) Informar al profesorado del claustro relacionado con este alumnado con diagnóstico previo.

h) Dicha información la trasladará, en coordinación con el especialista de orientación, a los tutores y equipos docentes correspondientes del alumnado afectado.

i) Informar en privado al personal del centro docente y a los responsables del servicio de comedor y transporte escolar, en caso de existir, de las situaciones particulares de este alumnado y de los datos aportados por los padres, tutores y representantes legales sobre esta problemática.

j) Guardar el principio de protección de datos respecto a toda la información del alumnado con diagnóstico previo

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INCIDENCIA DE PATIO

EL TUTOR: ___________________________________________________________ DEL CURSO_____ DE PRIMARIA

DEL ALUMNO:______________________________________________

QUEDA SUSPENDIDO DE ASISITIR AL PATIO LOS DÍAS________________________________________________________ POR LOS SIGUIENTES MOTIVOS:

_________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

INCUMPLIENDO LO ESTABLECIDO EN LAS NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO, APROBADAS EN SEPTIEMBRE DEL 2015.

PADRE/MADRE: TUTOR: DIRECCIÓN:

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SOLICITUD DE ENTREVISTAS CON LA FAMILIA:

D/Dñª___________________________________________________tutor/a y/o profesor/a

Del curso_______ desea mantener una entrevista con ustedes para dialogar sobre la evolución del proceso de aprendizaje del alumno/a________________________________________________.

Dicha entrevista tendré lugar el día_____ de________________________ a las ________

Horas.

Si por cualquier causa no les fuere posible asistir, le agradecería me lo hiciera saber a través de la agenda de su hijo/a, o bien llamando al teléfono del colegio.

Atentamente.

Firmado D/D.ª (profesor/a tutor/a)___________________________________________

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Normas de convivencia, organización y funcionamiento

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Normas de convivencia, organización y funcionamiento

PROGRAMA DE ESCOLARIZACIÓN, SEGUIMIENTO Y CONTROL DEL ABSENTISMO ESCOLAR EN EL CEIP RIBERA DEL ALBERCHE

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1.- FUNDAMENTACIÓN:

La obligatoriedad de la enseñanza es uno de los pilares básicos de todo sistema educativo que busque asegurar el principio de igualdad de oportunidades. La Constitución española de 1978 establece en su artículo 27.4 que la enseñanza básica es obligatoria y gratuita.

Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa. La reforma promovida por la LOMCE se apoya en evidencias y recoge las mejores prácticas comparadas. Los principales objetivos que persigue la reforma son reducir la tasa de abandono temprano de la educación, que, establece en su artículo 6

Tal como establece el artículo 13.2 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de Enero, de Protección Jurídica del Menor, “cualquier persona o autoridad que tenga conocimiento de que un menor no está escolarizado o no asiste al centro escolar de forma habitual y sin justificación, durante el período obligatorio, deberá ponerlo en conocimiento de las autoridades públicas competentes, (ayuntamientos, organismos locales y servicios de protección del menos de las comunidades autónomas).Por otra parte, la Ley de 3/1990, de 31 de Marzo, del Menor de Castilla la Mancha, en su artículo 28, dedicado a las situaciones de riesgo del menor, en su apartado a), dispones que se considera situación de riesgo del menor “la negligencia en la atención física, psíquica o educativa del menor por parte de sus padres, tutores o guardadores” y en su artículo 5, referido a la colaboración ciudadana establece que “toda persona o autoridad, y especialmente aquellos que por su profesión o función, detecten una situación de riesgo o posible desamparo de un menor, sin perjuicio de prestarle el auxilio inmediato que precise, lo comunicarán a las autoridades competentes o a sus agentes más próximos para que se proceda a disponer de

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medidas más adecuadas. En esta Ley se configura la educación como un derecho del menor (artículo 17).

Garantizar el cumplimiento del derecho a la educación y el deber a la escolaridad obligatoria es competencia de la Comunidad Autónoma, en colaboración con las administraciones locales. Ambas administraciones deben arbitrar los medios para combatir el absentismo escolar y participar en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria.

Otra normativa que hace referencia a este tema es la siguiente: Artículo 25 de la Ley 7/1995, de 2 de Abril, reguladora de las

bases de Régimen Local, donde se regula que las entidades locales deber participar en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria.

Artículo 10 del Real Decreto 2274/1993, de 22 de Diciembre, de cooperación de las corporaciones locales con el M.E.C., que indica que los municipios deben cooperar con el M.E.C. en la vigilancia y el cumplimiento de la escolaridad obligatoria, para garantizar el derecho a la educación de todo el alumnado en su ámbito territorial. También se prevé hacer efectiva la asistencia del alumnado al centro escolar a través de los servicios municipales.

Artículo 6 del Real Decreto 299/1996, de 28 de Febrero, de ordenación de las acciones dirigidas a la compensación de desigualdades en educación, por el que se establece que el M.E.C. realizará programas de seguimiento escolar de lucha contra el absentismo para garantizar la continuidad del proceso educativo.

Respecto a otra normativa de ámbito regional encontramos la siguiente:

La Orden de 20 de mayo de 2003 de la Consejería de Educación y Cultura por la que se establecía el programa regional de

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prevención y control del absentismo escolar ha supuesto una herramienta para tratar de asegurar el derecho a la educación de aquel alumnado que, por diferentes causas, sean de origen personal y social o propiamente escolar, faltaba con una frecuencia relativa a clase. Dicha normativa estableció la composición y funciones de las comisiones de absentismo, clarificándose las mismas mediante la Resolución de 12-11-2003, de la Dirección General de Igualdad y Calidad en la Educación.El desarrollo de esta normativa ha venido mostrando que la identificación inmediata, la información a las familias y, en su caso, las actuaciones combinadas con las entidades locales a través de los servicios sociales y de otros servicios municipales son medidas necesarias. Pero también ha quedado de manifiesto que, para que las medidas emprendidas resulten verdaderamente eficaces, es preciso revisar los procedimientos de coordinación, modificar la composición y funciones de las comisiones de absentismo y potenciar las actuaciones preventivas y los programas individuales de intervención más que la mera notificación y control del alumnado absentista.

Para tratar de solventar dichas dificultades surge la Orden de 9 de marzo de 2007 de las Consejerías de Educación y Ciencia y de Bienestar Social, por la que se establece los criterios y procedimientos para la prevención, intervención y seguimiento sobre el absentismo escolar.

Se aborda en la presente Orden un continuo de actuaciones, desde las preventivas a las de intervención y seguimiento, con la participación no sólo de los centros educativos y los servicios sociales, sino también del conjunto de administraciones y entidades implicadas en la materia.

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En el Programa de Escolarización, Seguimiento y Control del Absentismo Escolar, aclararemos un poco más el concepto de absentismo, así como sus causas, estableceremos unos objetivos en las intervenciones, y un Manual de Protocolo de Actuación, ante casos de desescolarización y absentismo, apartados susceptibles de modificación y/o ampliación una vez evaluada su implementación en el centro. Dicho Manual de actuación, está en concordancia con lo dispuesto en la Orden de 9 de Marzo por la que se establece los criterios y procedimientos para la prevención, intervención y seguimiento sobre el absentismo escolar.2.- CONCEPTUALIZACIÓN:

ABSENTISMO: Lo podemos definir como la falta de asistencia del alumno a su puesto escolar, practicada habitualmente, considerado esto como llegar o superar el 15 % de la asistencia mensual, esta definición lo distingue de la asistencia irregular, en la que no se aprecia el carácter de habitual, sino que es esporádica y de menor frecuencia. El absentismo no debe confundirse con la desescolarización, ni con las “desapariciones” temporales no comunicadas al centro pero consentidas por la familia (vacaciones, viajes, en familia), si bien éstas, deben seguir el mismo proceso para garantizar los derechos del menor en cuanto a su escolarización.

TIPOS DE ABSENTISMO:Según las siguientes causas:

De origen familiar. De origen escolar. De origen social.

DE ORIGEN FAMILIAR:o Absentismo de origen familiar provocado

“activamente”, por la propia familia, los niños son

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utilizados para ingresar dinero en la economía familiar: practican la mendicidad, trabajan con la familia en venta ambulante, ayudan en labores agrícolas, se quedan en casa cuidando hermanos pequeños mientras los padres trabajan, etc…

o Absentismo de origen familiar “pasivo”, la preocupación y responsabilidad de la familia hacia la asistencia a la escuela es mínima o nula, se deriva de la familia en el cuidado del niño: no le dan importancia a la educación, tienen trabajos nocturnos e irregulares, problemas psicológicos o trastornos que no les permiten mantener un orden familiar.

o Absentismo originado en una familia “desestructurada”, es el resultado de relaciones muy deterioradas en el ámbito de la pareja o relaciones paterno-filiales, etc.

o Absentismo provocado porque la familia se dedica a actividades de temporada, temporeros, itinerantes, feriantes, etc, lo que produce el absentismo del menor en períodos determinados.

DE ORIGEN ESCOLAR:o Absentismo generado por la propia Institución escolar,

que se manifiesta por el rechazo del alumno a la escuela, motivado por diversas causas: falta de adaptación a la escuela (se aburre, no le interesa el trabajo escolar, no “encaja” con el profesor, otra causa puede ser la relación con los compañeros (acoso escolar), o bien por la falta de recursos de la propia Institución para atender las dificultades y características de algunos alumnos, para los que se requiere un tratamiento especializado y generalmente especializado y que la escuela no puede o no sabe ofrecerles.

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DE ORIGEN SOCIAL:o Es el originado y provocado porque el alumno se siente

“arrastrado” por la dinámica absentista de amigos, compañeros, vecinos; por las condiciones y el ambiente del barrio en el que vive, y/o por las condiciones culturales.

EFECTOS DEL ABSENTISMO: En cuanto a los efectos los podemos agrupar, según las influencias en el menor, en tres categorías no excluyentes y que en muchas ocasiones cursan asociadas:

Efectos físicos: como consecuencia de trabajos inadecuados para niños, exposición a inclemencias meteorológicas, accidentes urbanos, etc.

Efectos psicológicos: como consecuencia de falta de socialización, la convivencia permanente con adultos, el contacto con drogas y alcohol, la ausencia de normas y horarios, etc.

Efectos en el desarrollo: la ausencia de escolarización limita de forma prácticamente irreversible las posibilidades de desarrollo cultural, laboral y social de los niños, y por tanto su ajuste social.

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PROYECTO DE INTERVENCIÓN EN ABSENTISMO ESCOLAR

1.- DESCRIPCIÓN DEL CONTEXTO:AGREGAR CONTEXTO PROPIO DE CADA LOCALIDAD.

2.- JUSTIFICACIÓN DEL PROYECYO:Es un hecho objetivo que el fenómeno del absentismo escolar, aunque está presente en todos los sectores sociales, tiene su principal repercusión, en los sectores y grupos más marginados desde un punto de vista, social y económico.

3.- OBJETIVOS DEL PROYECTO:La finalidad de este proyecto, es que con su aplicación disminuyan aquellas situaciones que lleven a aumentar la marginalidad y la conflictividad social de los alumnos matriculados en el centro, ya que como se ha mencionado anteriormente el absentismo no es el problema en sí, sino la punta del iceberg de un problema más amplio.

3.1.- Garantizar que el derecho a la educación no se vea obstaculizado por factores relacionados con la desventaja social y cultural y que impidan la asistencia de forma regular a los centros educativos:

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Factores de residencia. Factores culturales y/o étnicos. Factores familiares. Factores económicos. Situaciones personales transitorias de salud. Situaciones de itinerancia laboral. Otros factores sociales.

3.2.- Favorecer la continuidad del proceso educativo, con especial atención a la transición entre las distintas etapas, ciclos y niveles educativos.

3.3.- Concienciar a las familias del alumnado destinatario, de la importancia de la educación para el desarrollo físico, psíquico y social de sus hijos/as.

3.4.- Detectar problemas graves asociados al absentismo: abandono del menor, trabajo del menor, problemas familiares, situaciones conflictivas,…

3.5.- Operar conjuntamente y de modo coordinado con otros servicios para valorar las situaciones y arbitrar las medidas oportunas.

3.6.- Promover campañas preventivas y de sensibilización hacia el problema del absentismo escolar.

4.- PROTOCOLO DE ACTUACIONES:

A) Actuaciones de control y registro de faltas de asistencia del alumnado

1) Control y recopilación diaria de faltas de asistencia del alumnado de cada grupo, a través de los Registros de Control

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de Ausencias establecidos por el Centro. A cumplimentar por el tutor/a. (Anexo 1)

2) Mensualmente las faltas de asistencia quedarán recogidas en Delphos

3) El tutor tiene la obligación al detectar absentismo, comunicarlo a dirección

4) Cumplimentación del resumen del Registro de Absentismo Escolar de todos los grupos del centro educativo por parte del equipo directivo, donde se explicitarán las medidas adoptadas por los tutores/as y el equipo directivo. (Anexo 2)

5) Recopilación y registro mensual de las faltas de asistencia del alumnado del centro por parte del Profesor Técnico de Servicios a la Comunidad, a través de reuniones de coordinación con el equipo directivo y el orientador/a.B) ACTUACIONES DE INFORMACIÓN A LAS FAMILIAS E INTERVENCIÓN ANTE LA DETECCIÓN DE CASOS DE ABSENTISMO ESCOLAR: TUTORES/AS Y EQUIPO DIRECTIVO.

6) Contacto telefónico con el padre, madre o tutor legal del alumno/a por parte del tutor/a, informando de las faltas de asistencia a clase del alumno/a y solicitando documentos justificativos de las ausencias.

7) Comunicación escrita, oficial y certificada, dirigida al padre, madre o tutor del alumno/a, de las faltas de asistencia al centro y citación a una entrevista con el tutor/a. Esta comunicación se emitirá por parte del tutor/a. (ANEXO 3)

8) Entrevista familiar por parte del tutor/a, donde se podrá volver a solicitar a la familia las justificaciones oportunas a la

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ausencia del alumno/a y la colaboración familiar en la resolución del problema, en caso de que las faltas no estén debidamente justificadas. También se deberá informar a la familia del Protocolo de Absentismo y de la siguiente medida a adoptar por el centro en el caso de que la situación de absentismo persista.

9) Comunicación escrita, oficial y certificada, dirigida al padre, madre o tutor del alumno/a de la situación de absentismo del alumno/a por parte del equipo directivo y citación a una entrevista con el equipo directivo y/o con el profesor de servicios a la comunidad, según se considere adecuado. En dicha comunicación se informará de la obligatoriedad de la educación obligatoria. (ANEXO 4)C) ACTUACIONES DE INFORMACIÓN A LAS FAMILIAS E INTERVENCIÓN ANTE LA DETECCIÓN DE CASOS DE ABSENTISMO ESCOLAR, EQUIPO DE ORIENTACIÓN.

10) Demanda de intervención del Profesor de Servicios a la Comunicad ante casos de desescolarización o absentismo, canalizada a través de la hoja de derivación. Esta hoja, se facilitará a los centros en las reuniones de coordinación con el equipo de directivo o con el servicio de orientación. El PTSC será informado de las actuaciones realizadas por el tutor/a y el equipo directivo.

11) Reunión de coordinación del PTSC con el tutor/a del el alumno/a para recoger información educativa sobre el alumno/a y su familia, analizar la situación y reorientar la toma de decisiones en cuanto a las siguientes intervenciones. (Asimismo y en la medida de lo posible, se realizarán reuniones de coordinación con el tutor/a del alumno a lo largo de todo el proceso para transmitir información en cuanto a las actuaciones que se siguen.)

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12) Citación familiar a una entrevista con el Profesor Técnico de Servicios a la Comunidad en el centro. Esta citación se realizará de forma escrita, oficial y certificada, se dirigirá al padre, madre o tutor del alumno/a y se emitirá por el equipo directivo.

NOTA: SI SE CONSIDERA UN CASO MUY URGENTE, LAS ACTUACIONES DÉCIMA Y UNDÉCIMA SE PODRÁN REALIZAR POSTERIORMENTE.

13) Entrevista familiar por parte del PTSC, donde se podrá solicitar a la familia las justificaciones oportunas ante las ausencias del alumno/a y la colaboración familiar en la resolución del problema, en caso de que las faltas no estén debidamente justificadas. También se deberá informar a la familia de la legislación vigente en cuanto a la escolarización obligatoria y de las siguientes medidas a adoptar por el centro en caso de que la situación persistiera.

Por otra parte, se iniciará un diagnóstico de la situación familiar y se valorarán alternativas de solución a las necesidades familiares, las cuales afectan al menor.

14) Visita domiciliaria por parte del PTSC: Esta visita se podrá producir en tres casos:

Si la familia no ha acudido a la citación enviada o alude dificultades para acudir.

Si se considera necesario analizar el contexto físico donde habita el/la menor y su familia u otras circunstancias.

Si se considera conveniente realizar una intervención conjunta con otros profesionales.

15) Si se deduce que el origen es por factores socio-familiares, se canalizará a servicios sociales para su estudio y valoración, a la mayor brevedad posible.- La

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canalización se realizará por escrito, remitiéndose un informe con la siguiente información:

Situación actualizada del menor y de la familia. Especificación de los Indicadores que pueden referir

que la situación de absentismo tiene un origen familiar.

Identificación del tipo de absentismo. Actuaciones realizadas por el centro educativo y

resultados obtenidos. Propuesta de actuación.

Después de estas actuaciones, el PTSC podrá volver a realizar entrevistas familiares y/o visitas domiciliarias si la situación de desescolarización o absentismo persiste.

16) Valorada la situación, el responsable de absentismo de servicios sociales remitirá por escrito al responsable de absentismo del Centro Educativo un informe de valoración de la situación de la unidad familiar.

17) Valoración conjunta de la situación del menor y de la familia, y diseño del Plan de Intervención Socio-educativo.- El responsable de absentismo del centro educativo en el plazo de una semana desde la recepción del informe de servicios sociales convocará una reunión, con el objeto de valorar conjuntamente la situación del menor y de la familia y definir el Plan de Intervención.El plan se elaborará entre ambos responsables, y aquellos profesionales que se determinen en cada caso.

D) ACTUACIONES DE INFORMACIÓN A OTRAS INSTITUCIONES.

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18) Comunicación escrita, oficial y certificada, dirigida a las autoridades educativas competentes (Servicio de Inspección Educativa), informando de los casos de desescolarización y absentismo significativo. Esta comunicación, se emitirá por el equipo directivo, con la colaboración del PTSC, solicitando que se tomen las medidas oportunas e informando de las actuaciones realizadas en el centro educativo, para posteriormente tratar dichos casos en las Comisiones Locales de Absentismo. (ANEXO 5).

ANEXOS

ANEXO 1Registro de parte de faltas mensual MODELO OBTENIDO EN DELPHOS DONDE INDICA EL NUMERO DE ALUMNOS, MES Y CURSO ESCOLAR

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ANEXO 2 Registro de Absentismo escolar del alumnado

MES:________________________________ CURSO:_____________________*Los/as tutores indicarán los/as alumnos/as que hayan faltado a clase y no esté justificada la ausencia, así como las medidas adoptadas.

GRUPO(cada centro refleja

aquí su distribución propia

de grupos)

ALUMNOS/AS…. DÍAS

MEDIDAS ADOPTADAS(Entrevistas

padres, equipo directivo,

comunicaciones,…)Infantil 3 añosInfantil 4 añosInfantil 5 años1º Primaria2º Primaria3º Primaria4º Primaria

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5º Primaria6º Primaria

ANEXO 3

Modelo de Comunicación dirigida a los Padres, Madres o Tutores legales por el Tutor/a del Alumno/a.

FECHA: _________________PERÍODO: Mes de ________GRUPO:________________

Estimado señor y señora:Como Tutor/a del curso en el que se encuentra matriculado su hijo/a _____________________________, les dirijo esta carta para comunicarles que su hijo/a ha faltado los días __________________________________________________________, del mes de _____________ de 200__, sin justificación.Me permito recordarles que la asistencia a clase es obligatoria en centros escolares hasta los dieciséis años, según la legislación vigente y aprovecho la ocasión para convocarles a ustedes a una reunión el día__________ de ___________. Si no pueden acudir a la reunión, por favor llamen al teléfono del centro (………..)

El tutor/a:

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Fdo:___________________________

ANEXO 4 Modelo de Comunicación dirigida a los Padres, Madres o Tutores legales por el Equipo Directivo.

Sr. D.__________________________Sra. Dª._________________________

Estimado Señor y Señora:Les dirigimos esta carta para comunicarles, como padre, madre o tutor legal, que su hijo/a______________________________, que actualmente tiene ___________ años de edad, falta al centro con asiduidad y sin justificación.Asimismo, les informamos que la Educación es un derecho de todas las personas menores de edad, añadiendo que la asistencia a un centro educativo es obligatoria hasta los dieciséis años de edad, según la normativa vigente.Por la presente, les convocamos a ustedes a una reunión con el Equipo Directivo del centro y/o con el Profesor de Servicios a la Comunidad del equipo de Orientación, con la finalidad de tratar la situación educativa de su hijo/a el día ___________ a las ______ horas. Si no pueden acudir a la cita, por favor llamen al teléfono del centro 91 8179507.

Fdo: El/La Director/a. D./Dª: ____________________

ANEXO 5Modelo de Comunicación dirigida al Servicio de Inspección Técnico Educativo.

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Por la presente, les comunicamos que ______________________________, alumno matriculado en este centro educativo, que actualmente tiene____ años de edad, falta al centro con asiduidad y sin justificación.Se han realizado las siguientes intervenciones por parte de los distintos profesionales del centro educativo:

Comunicación a los padres de los menores de la situación de absentismo.

Información a los padres y a los menores sobre el derecho a la educación, así como la obligatoriedad de su asistencia y las medidas a adoptar en caso de que se siga incumpliendo el derecho a la educación del menor.

Concienciación sobre la importancia de la educación y los beneficios de la permanencia del menor en el sistema educativo.

Comunicación de la situación a los Servicios Sociales de la zona, así como al Alcalde de la Localidad.

Coordinación y realización de actuaciones junto a otros servicios, con el objeto de conseguir la escolarización total de los menores.

Estas intervenciones no han producido cambios en la situación. Por ello, lo ponemos en conocimiento de este Servicio de Inspección, con el fin de que emprendan las medidas oportunas.

En _____________, a ____de________de_____

El Director: FDO______________________

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DILIGENCIA DEL INFORME DEL CLAUSTRO DE PROFESORES

El Claustro de Profesores del C.E.I.P. “Ribera del Alberche” de Calalberche, en sesión celebrada el día 28 de junio de 2015, ha sido informado de las presentes normas de convivencia, junto a la representante de las familias Raquel Onsurbe, después de elevar a la dirección las propuestas pertinentes

Por todo ello, y en virtud de las competencias que le confieren los Reglamentos legales correspondientes, este Órgano aprueba las normas de funcionamiento del centro.

Calalberche, a 24 de septiembre de 2015

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Vº BºEl Director,

Fdo.: Marta de la Mata Andosilla

DILIGENCIA DEL INFORME DEL CLAUSTRO DE PROFESORES

El Claustro de Profesores del C.E.I.P. “Ribera del Alberche” de Calalberche, en sesión celebrada el día 24 de junio de 2016, ha sido informado de haber adjuntado el protocolo de absentismo a las normas de convivencia, junto a la representante de las familias Raquel Onsurbe, después de elevar a la dirección las propuestas pertinentes

Por todo ello, y en virtud de las competencias que le confieren los Reglamentos legales correspondientes, este Órgano aprueba las normas de funcionamiento del centro.

Calalberche, a 24 dejunio de 2016

Colegio de Educación Infantil y Primaria Ribera del Alberche. Calalberche. Página 90

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Vº BºEl Director,

Fdo.: Marta de la Mata Andosilla

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