monica peña tarea 1
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Calculo de Cotización adicional diferenciada por estadísticas de accidentabilidad
Mónica Peña Yonhson
Legislación de la Prevención
Instituto IACC
20 abril 2014
Introducción
La Ley 16.744 sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, hace mención a la
cotización y financiamiento de este seguro, en sus artículos 15° y 16°. Este seguro es de cargo
del empleador y se financia a través de la Cotización básica, una adicional diferenciada que está
dada por el riesgo y la actividad que realiza la empresa y una Tasa de siniestralidad, todo esto a
través de un proceso de cálculo y de evaluación dando cumplimiento al Decreto Supremo 67.
Este seguro tiene entre otro, el propósito de cubrir las demandas médicas y económicas que
requieren los trabajadores que sufren un accidente en el trabajo o adquieren una enfermedad
profesional.
Desarrollo
El caso que se nos presenta dice:
La empresa fabricadora de muebles de madera “El Sillón Regalón”, se encuentra cotizando en la
ACHS durante varios años, por lo que desea acogerse a una rebaja de su cotización adicional.
Según usted, ¿esta empresa puede acogerse al beneficio de disminuir el pago del monto de
cotización a pagar mensualmente?, la cotización pagada actualmente corresponde al monto de de
2,72 %, según Decreto Supremo 110.
La información de accidentabilidad en los tres periodos estadísticos es la siguiente:
Paso 1: Calculo de Tasa de Siniestralidad por incapacidad Temporal
1.-TSIT= Nº de días perdidos x 100 125 x 100
Promedio de dotación 316
Por lo tanto
TSIT periodo 1 = 39.5
2.- TSIT= Nº de días perdidos x 100 70 x 100
Promedio de dotación 391,6
Por lo tanto
TSIT periodo 2 = 17.9
3.- TSIT= Nº de días perdidos x 100 90 x 100
Promedio de dotación 446,
Por lo tanto
TSIT periodo 3= 20.2
TSIT prom = (39.5+17.9+20.2) = 25.86
3
Calculo tasa de siniestralidad por invalidez o muerte:
Periodo 1
2 con: 0.5
1 con 1,0
1 con 2,50
[(4.5 x 100) / 316]= 1.42 TSIM
Periodo 2
2 con 0.25
1 con 1.00
[(1.5x 100) /391.6] = 0.38 TSIM
Periodo 3,
4 accidentes con: 0.50
[(1.50 x 100)/446] = 0.33 TSIM
Promedio de factores de invalideces y muertes [(1.42+0.38+0.33)/3]= 0.72
Corresponde una Tasa de :140
Paso 3: Tasa de siniestralidad total
Tasa de siniestralidad por incapacidades temporales: 25.86
Tasa de invalidez y muertes: 140:
165.86
Este valor se encuentra en el Rango de 161 a 192 , por lo que le corresponde una cotización
adicional diferenciada de 1,70% . De esta forma respondemos a la pregunta número 1.
2. Determine si aumenta o disminuye la cotización que debe pagar la empresa según lo
establecido en el decreto supremo 110: cotización por riesgo natural de la empresa.
De acuerdo a lo establecido en el Decreto 110 en la Escala para la determinación de la
Cotización adicional diferenciada a esta empresa le corresponde el 2.55% adicional.
Cotización básica establecida por Ley = 0,95%
Tasa de siniestralidad total = 1,70%
Total= 2.65%
Por lo tanto se observa que esta empresa tiene un aumento en la cotización del orden del 0.1%
.
Conclusión
Resulta interesante debatir respecto de la característica de SOLIDARIDAD que tiene este Fondo
en su financiamiento, dado que la tasa básica es de 0.95 % para todos los tipos de empre sas
micro, pequeña, mediana o grandes empresas.
Me parece que debiese existir una proporcionalidad directamente relacionada con el número
de trabajadores de las empresas, apuntando a un concepto más relacionado con la EQUIDAD,
esto pensando en las grandes empresas versus aquellos pequeños empresarios que a la luz de
ésta SOLIDARIDAD deben pagar lo mismo.
Bibliografía
IACC (2014). Legislación de la Prevención, Contenidos Semana 3. Instituto Profesional IACC.