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conceptos y aplicación de riesgos

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MDULO IIINSTITUTO PERUANO DE FORMACIN MICROFINANCIERA Diplomado en Gestin de Riesgos Financieros

BASILEA II Y III

Mdulo II Basilea IIy III

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BASILEA II Y III

Aspectos generalesIntroduccin

A lo largo de este mdulo vamos a ir analizando los Acuerdos de Basilea II.En esta unidad didctica se presenta una visin general de los acuerdos que ha habido hasta ahora y su desarrollo en el seno del BIS (Banco Internacional de Pagos de Basilea).A continuacin se analiza con detalle todos los aspectos que configuran actualmente los Acuerdos de Basilea II, algunos de los cuales no han sido modificados, o lo han sido muy poco, en relacin con lo establecido en los Acuerdos de Basilea I.

Objetivos

Al finalizar el estudio de esta unidad sers capaz de: Conocer los contenidos de los Acuerdos de Basilea I y II. Saber qu entidades deben aplicar el marco normativo de los Acuerdos de BasileaII.Conocer los tres pilares del Acuerdo de Basilea II.

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BASILEA II Y III

Los Acuerdos de Basilea I y II definen un marco general de exigencia de recursos propios de las entidades bancarias en funcin de los riesgos asumidos que, de acuerdo con las iniciativas legislativas nacionales, se debe trasponer, en mayor o en menor medida, a la normativa reguladora del sistema bancario de cada pas.

Quin promueve los acuerdos?

Los Acuerdos de Basilea han sido promovidos y elaborados por el BCBS (BaselCommittee on Banking Supervision o Comit de Supervisin Bancaria de Basilea).

El BCBS tiene dos objetivos concretos que son los que inspiran los Acuerdos de Basilea. Estos son: Promover la seguridad y solvencia del sistema financiero global. Articular un sistema que asegure un marco de actuacin para las institucionesfinancieras globales.

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BCBS (Basel Committee on Banking Supervision o Comit de Supervisin Bancaria de Basilea)

El BCBS se crea en 1975 en el seno del BIS (Bank for International Settlements), que tiene su sede en la ciudad suiza de Basilea.El BCBS est integrado por altos representantes de autoridades de supervisin bancaria y de bancos centrales de Alemania, Blgica, Canad, Espaa, Estados Unidos, Francia, Italia, Japn, Luxemburgo, Suecia, Suiza, los Pases Bajos y el Reino Unido.

Basilea I

Fecha del Acuerdo

Entrada en vigor

Contenido del acuerdo

Fecha del acuerdo

El Acuerdo se logra en 1988.

Entrada en vigor

El Acuerdo entra en vigor en 1992.

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Contenido del acuerdo

El contenido bsico del Acuerdo incluye los siguientes puntos: Se exigen unos recursos propios mnimos sobre el riesgo de crdito de los activos bancarios. El riesgo de crdito se mide aplicando un mtodo estndar, el cual se basa en aplicar una serie de coeficientes, comprendidos entre 0 y 1, a las distintas categoras de crditos con el objetivo de calcular el activo ajustado al riesgo de crdito.

Reforma de Basilea I

Fecha de la Reforma

Entrada en vigor

Aspectos de la reforma

Fecha de la reforma

La Reforma del Acuerdo se realiza en 1996.

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Entrada en vigor

La entrada en vigor de la reforma se produce en 1997.

Aspectos de la reforma

Los aspectos esenciales de la reforma son los siguientes:Adems del riesgo de crdito se considera el riesgo de mercado de los activos.El riesgo de mercado se puede calcular de dos maneras: mediante un mtodo estndar o mediante la aplicacin de modelos propios de las entidades.

Fecha del Acuerdo

Entrada en vigor

La necesidad de un nuevo Acuerdo

Elementos novedosos de Basilea II

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Fecha del Acuerdo

El Acuerdo se logra el 26 de junio de 2004, tras ms de cinco aos de trabajos y anlisis entre el sector financiero, los organismos reguladores y el mundo acadmico.

Entrada en vigor

El Acuerdo entra en vigor en 2007.

La necesidad de un nuevo Acuerdo

El balance general de Basilea I es muy positivo. No obstante, se aprecian, en el transcurso del tiempo, una serie de grietas en el marco general que aconsejan proceder a una reforma. Dichas grietas son las siguientes:Inadecuada diferenciacin entre los riesgos asociados a los crditos, ya que no se diferencia en funcin del prestatario, sino de acuerdo a la categora del crdito.Basilea I no reconoce las tcnicas para mitigar el riesgo de crdito.

Elementos novedosos de Basilea II

Los principales elementos novedosos de Basilea II en relacin con Basilea I son los siguientes:Se incorpora un nuevo riesgo: el riesgo operacional.Se introducen nuevas ponderaciones para el mtodo estndar de valoracin del riesgo de crdito en funcin de la calidad del prestatario.Se permite y se fomenta el uso de modelos internos para medir el riesgo de crdito.Se introduce ms flexibilidad y sensibilidad a la hora de evaluar el riesgo.

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Permetros de cumplimiento de los Acuerdos de Basilea II

El marco normativo de los Acuerdos de Basilea II ha de aplicarse, en base consolidada, a los bancos con actividad internacional. Dada la casustica que se presenta, Basilea II establece varios permetros de cumplimiento, tal y como se muestran en la siguiente figura:

Permetro 1

Permetro del grupo bancario dominante.El mbito de aplicacin incluir, en base totalmente consolidada, las sociedades de cartera o de inversin (holdings) que sean matrices de grupos bancarios. De esta manera, el regulador se asegura de que todos los riesgos del grupo bancario en su conjunto estn comprendidos dentro de ese marco.

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Permetro 2

Permetros con origen en un banco con actividad internacional.El marco regulatorio de Basilea II ser aplicado tambin, en base consolidada, a niveles inferiores al permetro del grupo bancario dominante, como los bancos con actividad internacional que controlan directamente otros bancos con la misma caractersticas.

Permetro 3

Permetros con origen en un banco con actividad internacional.El marco regulatorio de Basilea II ser aplicado tambin, en base consolidada, a niveles inferiores al permetro del grupo bancario dominante, como los bancos con actividad internacional que controlan bancos nacionales y/u otras entidades financieras.En este sentido, quedan excluidas las entidades aseguradoras.

Permetro 4

Adems, dado que uno de los objetivos principales de la supervisin es la proteccin de los depositantes, los Acuerdos de Basilea obligan a cada banco a cumplir individualmente la normativa (bancos internacionales en los permetros 1,2 y 3), por lo que, adems, encontramos el cuarto caso posible (permetro 4) que es el constituido por un banco internacional sin filiales financieras.

Los tres pilares de Basilea II

El nuevo Acuerdo (Basilea II) descansa en tres pilares:

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Pilar 1. Requerimientos mnimos de capita (minimum capital requirement)l

Los bancos han de mantener un capital (recursos propios computables) de al menos un8% de sus activos ajustados al riesgo para cubrir los riesgos de crdito, de mercado y operacional.

Ratio mnimo de capital > 8%

El ratio mnimo de capital es igual a:

Capital Total

Riesgo de crdito + Riesgo de mercado + Riesgo Operacional

Pilar 2. Proceso de revisin por el supervisor (supervisory review process)

Los supervisores han de asegurarse de que: Los bancos tienen implantado un proceso para estimar sus necesidades totales de capital en relacin con todos los riesgos. Los bancos se encuentran por encima del ratio mnimo exigido. Se desarrollen acciones correctivas lo ms pronto posible cuando aparezca algn tipo de problema.Asimismo los supervisores deben examinar las estrategias y evaluaciones de carcter interno a la banca, analizando si estas garantizan el cumplimiento de la normativa.

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Pilar 3. Disciplina de mercado (market discipline)

El Acuerdo de Basilea II enfatiza la importancia de la informacin sobre riesgos en los estados financieros de la entidad bancaria. Las entidades que no sean transparentes no podrn utilizar modelos propios para evaluar el riesgo.Asimismo, se establecen requerimientos de divulgacin de la informacin para que los agentes del mercado puedan evaluar el perfil de riesgo de la entidad bancaria.

Resumen

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Capital ReguladorIntroduccin

Como hemos visto en la unidad didctica anterior, el coeficiente de capital se obtiene dividiendo el capital regulador, o recursos propios computables, entre los activos ponderados por su nivel de riesgo, y en ningn caso podr ser inferior al 8% del capital total.En esta unidad didctica nos vamos a centrar en el numerador de dicho cociente: el capital regulador; en apartados posteriores se analizar cmo se obtienen los activos ponderados por el riesgo.

Los Acuerdos de Basilea II contemplan tres tipos de capital regulador.

Asimismo, la normativa establece una serie de deducciones sobre el capital regulador.

Sigue adelante si quieres conocer estos tipos de capital regulador!

Tres tipos de capital regulador

Capital esencial (Bsico o de Nivel 1). Capital complementario (Nivel 2). Deuda subordinada para riesgo de mercado (Nivel 3).

Objetivos

Al finalizar el estudio de esta unidad sers capaz de: Conocer qu es y qu partidas forman el capital esencial (bsico o nivel 1) Saber qu es y qu partidas forman el capital complementario (nivel 2) Saber qu es y qu caractersticas tiene la deuda subordinada para riesgo de mercado. Conocer las deducciones que se realizan sobre el capital regulador.

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Incluye dos partidas:

En el caso de cuentas consolidadas, se permite aadir a las partidas anteriores las participaciones minoritarias en el capital social de filiales en las que el banco no sea el nico propietario.De acuerdo con esta clasificacin, las reservas de revalorizacin y las acciones preferentes de carcter acumulativo quedan excluidas del capital del Nivel 1.

Capital social

Se trata del capital social permanente en manos de los accionistas.Incluye las acciones ordinarias desembolsadas en su totalidad, as como las acciones preferentes de naturaleza perpetua y no acumulativas.

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Reservas

Las reservas de esta categora pueden desglosarse en los siguientes apartados: Reservas provenientes de beneficios no distribuidos. Reservas provenientes de otros supervit, tales como primas de emisin de acciones, reservas generales o reservas legales. Fondos generales que cumplan los siguientes requisitos: La dotacin a esos fondos ha de realizarse a partir de los beneficios no distribuidos despus de satisfacer todas las obligaciones fiscales. Dichos fondos, as como sus incrementos y disminuciones, debendivulgarse por separado en las cuentas publicadas por el banco. Los fondos deben poder ser utilizados, sin restricciones y de una manera inmediata, por lo bancos para cubrir prdidas en cuanto ocurran. Las prdidas no podrn aplicarse directamente a los fondos, sino quedeben reflejarse a travs de la cuenta de prdidas y ganancias.

El capital complementario o nivel 2 incluye las siguientes partidas:

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Reservas no declaradas

Estas reservas estn constituidas por la parte del supervit acumulado de beneficios no distribuidos despus de impuestos que algunos pases permiten mantener a sus bancos como reservas no declaradas.Se exige que estas reservas no estn sujetas a ninguna provisin u otra obligacin conocida. Asimismo han de poder utilizarse libre e inmediatamente para hacer frente a prdidas futuras imprevistas. Esta definicin excluye las plusvalas latentes.

Reservas de revalorizacin

Estas reservas pueden ser de dos tipos: Reservas provenientes de revalorizacin de activos como consecuencia de la aplicacin de normativas sobre la materia que son establecidas por ley en algunos pases. Plusvalas latentes no expresas en el balance. En este caso se debe aplicar un descuento del 55% a la diferencia entre el valor contable a precio histrico y el valor de mercado, para reflejar as la volatilidad potencial de este tipo de capital no realizado y su correspondiente carga fiscal nocional.

Provisiones genricas para prstamos dudosos

Esta partida puede ser considerada para los bancos que utilicen el Mtodo Estndarpara valorar el riesgo de crdito.Al tratarse de provisiones genricas, dichos fondos han de estar destinados a cubrir prdidas futuras indeterminadas. Por lo tanto quedan excluidos aquellos fondos dotados para cubrir el deterioro de riesgos concretos, ya sea de un modo individual o colectivo.Las provisiones genricas admitidas no pueden superar los 1,25 puntos porcentualesde los activos ponderados por el riesgo de crdito.

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Instrumentos hbridos de deuda/capital

Esta categora incluye una gama de pasivos financieros que combinan caractersticas de capital social y deuda. El caso ms conocido es el de las acciones preferentes con carcter acumulativo.Para poder ser incluidos en esta categora, los instrumentos han de cumplir los siguientesrequisitos: No deben estar garantizados, han de ser subordinados (se deben situar en el ltimo lugar en el orden de prelacin) y ha de estar completamente desembolsados. No pueden amortizarse a iniciativa del tenedor o sin el consentimiento previo de la autoridad supervisora. Han de poder utilizarse para cubrir prdidas sin que el banco tenga quecesar su actividad (a diferencia de la deuda subordinada convencional). Aunque el instrumento de capital puede conllevar una obligacin de abonar intereses que no pueda reducirse ni exonerarse de forma permanente (a diferencia de los dividendos de una accin ordinaria), debe permitir posponer el cumplimiento de la obligacin (como ocurre con las acciones preferentes acumulativas) cuando la situacin financiera del banco no le permita abonar dicho pago.

Deuda subordinada a plazo

Este epgrafe incluye instrumentos convencionales de capital/deuda subordinados sin garantas cuyo vencimiento original sea de al menos cinco aos, as como acciones preferentes amortizables de vida limitada.En los ltimos cincos aos hasta el vencimiento, se aplicar un factor de descuento (o amortizacin) del 20% anual para reflejar la prdida de valor de dichos instrumentos como fuente continua de fortaleza.A diferencia de los instrumentos incluidos en el apartado anterior, stos otros no suelen estar disponibles para cubrir prdidas de un banco que siga operando. Por esta razn, estos instrumentos se limitarn a un mximo del 50% del capital de Nivel 1.

De acuerdo con la discrecionalidad de autoridad nacional correspondiente, los bancos tambin pueden utilizar un tercer nivel de capital (Nivel 3), que consiste en deuda subordinada a corto plazo que est destinada nicamente a cubrir una parte del capital exigido para riesgos de mercado.Se exige que la deuda subordinada del Nivel 3 pueda convertirse, si fuese preciso, en capital permanente del banco y absorber, as prdidas en caso de insolvencia. Por ello, esta deuda ha de cumplir con:

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Una serie de requisitos

Los requisitos que esta deuda ha de cumplir son los siguientes: No debe de estar garantizada, ha de ser subordinada y ha de encontrarsecompletamente desembolsada. Ha de contar con un vencimiento original de al menos dos aos. No puede amortizarse antes de la fecha de pago acordada a menos que lo acepte la autoridad supervisora. Ha de estar sujeta a una clusula de bloqueo por la que ni el capital ni los intereses puedan ser amortizados (incluso al vencimiento) si con ello el banco queda o permanece por debajo de su requerimiento mnimo de capital.

Una limitacin cuantitativa

El capital de Nivel 3 estar limitado al 250% del capital de Nivel 1 del banco exigido para cubrir el riesgo de mercado. Esto significa que, como mnimo, el 28,5% de los riesgos de mercado deber cubrirse con capital de Nivel 1.Pero, por otro lado, el capital de Nivel 3 podr sustituir al de Nivel 2 hasta ese mismo lmite del 250%, siempre y cuando no se infrinjan los lmites establecidos para el total del capital del Nivel II, ni el lmite del 50% de la deuda subordinada a largo plazo sobre el capital de Nivel 1.

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Se realizarn las siguientes deducciones:

Deducciones en el nivel 1

El fondo de comercio. Los aumentos del capital social por la exposicin a una titulizacin.

Deducciones en nivel 1 y 2 (50% en cada uno)

Inversiones en filiales bancarias y financieras no consolidadas. Inversiones en el capital de otros bancos e instituciones financieras. Inversiones minoritarias significativas en otras entidades financieras.

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Resumen

Glosario

Precio histrico

Es el precio de adquisicin o coste de produccin.

Valor de mercado

Es el importe por el que puede ser intercambiado un activo o liquidado un pasivo, entre partes interesadas y debidamente informadas, que realicen una transaccin en condiciones de independencia mutua.

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Mtodo estndar I Introduccin

El mtodo estndar contempla tres cuestiones: Considera una serie de categoras para la estimacin del riesgo de crdito y asigna a stas unas ponderaciones que, aplicadas al activo, convierten a ste un valor monetario que representa el crdito ajustado al riesgo. Tiene en cuenta las tcnicas de mitigacin del riesgo de crdito que haya podido aplicar el banco. Establece un marco para la titulizacin de activos.

Objetivos

Al finalizar el estudio de esta unidad sers capaz de: Conocer las ponderaciones para obtener los activos ajustados al riesgo de crdito. Distinguir cada tipo de crdito y su correspondiente ponderacin. Saber aplicar un factor de conversin del crdito (CCF) para las partidas fuera de balance.

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Categoras consideradas por Basilea II

Las categoras, junto con sus ponderaciones, que considera Basilea II para calcular los activos ajustados al riesgo son las siguientes:

A continuacin, analizaremos cada una de estas categoras.

Crditos soberanos

Las ponderaciones establecidas siguen las calificaciones que emite la agencia de ratingStandards & Poors.

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Como alternativa a la clasificacin del riesgo anterior, se permite que los bancos utilicen las puntuaciones de riesgo-pas asignadas por las Agencias de Crdito a la Exportacin (ECA), siempre y cuando el supervisor nacional lo admita y la ECA publique sus puntuaciones de riesgo y utilice la metodologa aprobada por la OCDE.

Ponderaciones de la agencia de rating Standards & Poors

En virtud de la discrecionalidad nacional, podr aplicarse una ponderacin por riesgo ms baja a los activos bancarios frente al Estado soberano o al banco central donde estn constituidos, denominados en moneda nacional y financiados en esa moneda.

Ponderaciones de las Agencias de Crdito a la Exportacin (ECA)

Las ponderaciones segn este criterio son:

Los crditos al Banco de Pagos Internacionales, el Fondo Monetario Internacional, el Banco Central Europeo y la Comunidad Europea podrn recibir una ponderacin por riesgo del 0%.

Crditos interbancarios

Existen dos opciones para el tratamiento de los crditos interbancarios.Los supervisores nacionales debern aplicar una de ellas a todos los bancos de su jurisdiccin. Se establece como restriccin que ningn crdito frente a un banco sin calificacin crediticia podr recibir una ponderacin inferior a la que le corresponda al emisor soberano del pas de dicho banco.

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Opcin 1

A los bancos del pas se le asigna una categora inferior a la correspondiente a lossoberanos.No obstante, se aplicar un tope mximo del 100% a la ponderacin por riesgo en el caso de crditos interbancarios concedidos en pases donde los soberanos cuenten con una calificacin entre BB+ y B-, as como en el caso de crditos interbancarios otorgados en pases no calificados.Las ponderaciones correspondientes a esta opcin son:

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Opcin 2

Se basa en la calificacin del banco.Si el banco no dispone de calificacin, se aplicar una ponderacin por riesgo del 50%. Con esta opcin, es posible aplicar una ponderacin por riesgo preferencial,equivalente a una categora ms favorable, a los crditos cuyo plazo de vencimiento original sea de tres meses o inferior. Dicha ponderacin preferencial estar sujeta a unlmite mnimo del 20%. Este tratamiento podr ser utilizado tanto para bancos calificados como sin calificacin, pero no para bancos con una ponderacin por riesgo del 150%.Las ponderaciones de esta Opcin son:

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Crditos a empresas del sector pblico (PSE) no pertenecientes a la Administracin central

Crditos a bancos multilaterales de desarrollo (BMD)

La regla general se basa en el tratamiento de la opcin 2 de los crditos interbancarios.No obstante, se aplicar el 0% de ponderacin a la deuda de instituciones que cumplan los siguientes requisitos: Alta calificacin de la entidad (AAA). La propiedad est repartida, en buena parte, entre accionistas cuya calificacin es de AA o mejor. Fuerte apoyo por parte de los accionistas. Adecuado nivel de solvencia y liquidez.

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Crditos a sociedades de valores

Se aplicar los mismos criterios que a los bancos, siempre que esas sociedades estn sometidas a un proceso de supervisin y regulacin con garantas.En caso contrario, se aplica el rgimen correspondiente a las empresas.

Crditos a empresas

La ponderacin por riesgo aplicable a los crditos frente a empresas con calificacin, incluidas las compaas de seguros es la siguiente:

La ponderacin estndar por riesgo para los crditos a empresas sin calificacin ser del 100%, aunque si las circunstancias lo aconseja el regulador puede imponer una ponderacin superior.Ningn crdito a una empresa no calificada podr obtener una ponderacin por riesgo superior a la ponderacin asignada al soberano de constitucin.

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Crditos incluidos en la cartera minorista reguladora

Los crditos que satisfagan una serie de criterios podrn ser considerados como crditos minoristas a efectos del capital regulador.

Por lo tanto se incluyen en una cartera minorista reguladora.

Crditos incluidos en la cartera minorista reguladora

Los criterios que han de cumplir los crditos para ser considerados como crditos minoristas a efectos del capital regulado son:

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Crditos incluidos en la cartera minorista reguladora

A los crditos de dicha cartera se les podr aplicar una ponderacin por riesgo del 75%(Excepto en el caso de saldos moroso)

No obstante

El supervisor nacional podra establecer, si las circunstancias lo aconsejan, una ponderacin superior.

Crditos garantizados con bienes races residenciales

Los prstamos garantizados en su totalidad mediante hipotecas sobre bienes races residenciales que: estn o estarn ocupados por el prestatario, o que estn arrendados

Como en casos anteriores, el supervisor nacional puede elevar la ponderacin.

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Crditos garantizados con bienes races comerciales

Para este tipo de crditos se establece una ponderacin del 100%.

Histricamente este tipo de crditos han mostrado una morosidad muy superior a otro tipo de crditos, como por ejemplo los crditos garantizados con bienes races residenciales, por este motivo la ponderacin es mayor.

Prstamos morosos

La parte no garantizada de cualquier prstamos, excluidos los crditos garantizados con bienes races residenciales, que se encuentre en situacin de mora durante ms de 90 das, neto de provisiones especficas (incluidas cancelaciones parciales), se ponderar de la siguiente manera:

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Ponderacin del 150%

Cuando las provisiones especficas dotadas sean inferiores al 20% de la cantidad pendiente del prstamo.

Ponderacin del 100%

Cuando las provisiones especficas dotadas NO sean inferiores al 20% de la cantidad pendiente del prstamo. Cuando las provisiones especficas dotadas no sean inferiores al 50% de la cantidad pendiente del prstamo, si bien la discrecionalidad del supervisor nacional podr reducirla al 50%

Otros activos

Las partidas de efectivo que estn en trmite de ser percibidas se podrn ponderar al20%.

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Partidas fuera de balance

Las partidas de balance son tratadas de la siguiente manera:

1- Se convierten en equivalentes de crdito aplicando al valor de la partida fuera de balance un factor de conversin del crdito (CCF).

2- A las partidas equivalentes de crdito se le aplicarn sus correspondientes ponderaciones.

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Los CCF en funcin del vencimiento del compromiso por parte del banco son los siguientes:

Los CCF para productos financieros concretos fuera de balance son:

Sustitutos crediticios directos. Operaciones con pacto de recompra y ventas de activos con recurso. Prstamos de valores o a la entrega de valores como colateral. Compras de activos a futuro, etc. Partidas contingentes relacionadas con operaciones concretas. Lneas de emisin de pagars y autorrenovables. Cartas de crdito comercial. Sustitutos crediticios directosCCF del 100%Ejemplo: garantas generales de endeudamiento, incluidas las cartas de crdito stand-by utilizadas como garantas financieras para prstamos y valores, y los documentos de aceptacin.

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Operaciones con pacto de recompra y ventas de activos con recurso

Las operaciones con pacto de recompra y las ventas de activos con recurso ( en las que el riesgo de crdito permanece en el banco): CCF del 100%.

Prstamos de valores o a la entrega de valores como colateral

Prstamos de valores concedidos por los bancos o a la entrega de valores como colateral realizada por los bancos: CCF del 100%.

Compras de activos a futuro, etc.

Compras de activos a futuro, contratos de depsito a plazo negociados para una fecha futura (forward, forward deposits), acciones y valores abonados parcialmente que representen compromisos de utilizacin cierta: CCF del 100%.

Partidas contingentes relacionadas con operaciones concretas

CCF del 50%Ejemplo: performance bonds, bid bonds, warranties y cartas de crdito stand-by para operaciones concretas.

Lneas de emisin de pagars y autorrenovables

Lneas de emisin de pagars (NIF) y las lneas autorrenovables de colocacin de emisiones (RUF): CCF del 50%.

Cartas de crdito comercial

Cartas de crdito comercial a corto plazo autoliquidables procedentes de operaciones con bienes: CCF del 20% tanto al banco emisor como al banco confirmanteEjemplo: Crditos documentarios colateralizados mediante el flete de bienes.

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Partidas fuera de balance

Cuando un banco asuma un compromiso de una partida fuera de balance con una empresa, aplicar el menor de los dos factores de conversin de crdito posibles.

Con respecto a las operaciones no liquidadas con valores, productos bsicos o divisas, se estima que los bancos estn expuestos al riesgo de crdito de contraparte desde la fecha de la operacin, con independencia de cundo se registre o contabilice.

Resumen

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Mtodo estndar II Introduccin

Los Acuerdos de Basilea tienen en cuenta las tcnicas que utilizan los bancos para mitigar el riesgo de crdito y, por lo tanto, contemplan una serie de reglas para reducir los requerimientos de capital para aquellos riesgos con cobertura.Las tcnicas de mitigacin del riesgo de crdito (CRM) incluyen las siguientes posibilidades:

A lo largo de esta unidad didctica vamos a analizar estas tcnicas de cobertura del riesgo de crdito.

Objetivos

Al finalizar el estudio de esta unidad sers capaz de: Conocer las principales tcnicas de cobertura del riesgo de crdito. Saber cules son las reglas que deben cumplir las entidades para reducir los requerimientos de capital de los riesgos con cobertura.

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Cuestiones generales

Aparicin de riesgos residuales

La utilizacin de tcnicas CRM reducen el riesgo de crdito pero pueden incrementar otros riesgos residuales, tales como el riesgo legal, operacional, de liquidez y de mercado.Por ello, se obliga a los bancos a que apliquen procedimientos y procesos adecuados para el control de estos riesgos. Cuando no exista un control adecuado de estos riesgos residuales, los supervisores podrn imponer requerimientos de capital adicionales o llevar a cabo otras actuaciones supervisoras, en lnea con el Pilar 2.

Certeza juridical

Toda la documentacin utilizada en operaciones con colateral, en la compensacin de partidas dentro del balance de situacin y en garantas y derivados del crdito ser vinculante para todas las partes y exigible legalmente en todas las jurisdicciones pertinentes.

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Tcnicas de cobertura del riesgo de crdito

Se contemplan las siguientes tcnicas de cobertura del riesgo de crdito:

Qu es una operacin colateral?

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Requisitos para conceder la reduccin de capital

Adems del requisito general relacionado con la certeza jurdica deben satisfacerse los siguientes requisitos para que pueda concederse una reduccin del capital ante la existencia de cualquier forma de colateral: Garanta de liquidacin. No correlacin positiva de la calidad crediticia. Procedimientos claros y slidos de liquidacin. Medidas de seguridad.

Garanta de liquidacin

El mecanismo jurdico de entrega o cesin de colateral debe garantizar que el banco mantiene el derecho a liquidarlo o a tomar posesin del mismo legalmente en todo momento en caso de producirse el incumplimiento, la insolvencia o la quiebra.En particular, los bancos estn obligados a adoptar todas las medidas necesarias para cumplir los requisitos recogidos en la legislacin aplicable a la participacin del banco en el colateral.

No correlacin positiva de la calidad crediticia

No debe de existir una correlacin positiva sustancial entre la calidad crediticia de la contraparte y el valor del colateral.Por ejemplo, los valores emitidos por la contraparte o por una entidad afn al grupo no son admisibles.

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Procedimientos claros y slidos de liquidacin

Los bancos estn obligados a disponer de procedimientos claros y slidos para laliquidacin oportuna y rpida del colateral.

Medidas de seguridad

En el caso de que el colateral sea mantenido por un custodio, los bancos debern adoptar las medidas oportunas para asegurar que ste segrega el colateral de sus activos propios.

Enfoques para aplicar el colateral a la reduccin de capital

Hay dos enfoques para aplicar el colateral en la reduccin del capital:

Los bancos pueden optar por uno de los dos enfoques.

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Enfoque simple

Consiste en que la ponderacin por riesgo de la contraparte se sustituye por la ponderacin por riesgo del instrumento de colateral a travs del cual se cubre parcial o totalmente la posicin.Ms adelante se describen las peculiaridades de este enfoque.

Enfoque integral

Permite una mayor cobertura de los riesgos con colateral, al reducir de forma efectiva el nivel de exposicin al riesgo hasta el valor adscrito al colateral.En un apartado posterior se analizar con ms detalle este enfoque.

Optar por uno de los dos enfoques

Los bancos podrn utilizar para su cartera de inversin cualquiera de los dos, pero nunca ambos a la vez. Sin embargo, para la cartera de negociacin slo se permite el enfoque integral.La colateralizacin parcial se reconoce en ambos enfoques; pero slo se permite la existencia de desfases entre el plazo de vencimiento del activo subyacente y el del colateral en el enfoque integral.

Instrumentos de colateral admisibles

Los instrumentos de colateral permitidos estn en funcin de los enfoques utilizados: Instrumentos admisibles mediante el enfoque simple. Instrumentos admisibles mediante el enfoque integral.

A continuacin, vamos a analizar cada uno de ellos.

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Instrumentos admisibles mediante el enfoque simple

Efectivo, certificados de depsito o instrumentos similares

Efectivo, certificados de depsito o instrumentos similares emitidos por el banco prestamista que estn depositados en el banco que est asumiendo el riesgo de contrapartida.

Ttulos de deuda con calificacin

Ttulos de deuda con calificacin de una institucin externa de evaluacin de crdito reconocida, sujetos a la restriccin de que ostenten alguna de las tres calificaciones siguientes:BB-, como mnimo, cuando los ttulos estn emitidos por soberanos o PSE que el supervisor nacional considere soberanos.BBB-, como mnimo, cuando los ttulos estn emitidos por otras entidades (incluidos los bancos y las sociedades de valores).A-3/P-3, como mnimo, en el caso de instrumentos de deuda a corto plazo.

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Ttulos de deuda sin calificacin

Ttulos de deuda sin calificacin de una institucin externa de evaluacin de crdito reconocida, siempre que cumplan los siguientes requisitos: Estn emitidos por un banco. Coticen en un mercado reconocido. Que gocen de prelacin preferente. Todas las emisiones con el mismo grado de prelacin realizadas por el banco emisor tengan una calificacin de al menos BBB- o A-3/P-3 otorgada por una institucin externa de evaluacin de crdito reconocida. El banco que mantiene los valores como colateral no posea informacin que indique que la emisin merece una calificacin inferior a BBB- o A-3/P-3. El supervisor est suficientemente seguro de la liquidez del valor en el mercado.

Acciones incluidas en un ndice principal Tambin los bonos convertibles de esa empresa. Empresas para la Inversin ColectivaEmpresas para la Inversin Colectiva en Valores Transferibles (UCITS) y fondos de inversin, cuando se cumplan los siguientes requisitos: El precio de las participaciones cotiza diariamente. La inversin de la UCITS o del fondo de inversin esta limitada a los instrumentos que se han mencionado en los puntos anteriores.

Instrumentos admisibles mediante el enfoque integral

Todos los instrumentos recogidos en la lista del enfoque simple. Acciones de empresas, as como bonos convertibles emitidos por las mismas, que no estn incluidas en un ndice principal pero que coticen en una bolsa de valores reconocida. UCITS y fondos de inversin que incluyan acciones del punto anterior.

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Clculo del valor de la posicin

El clculo del valor de la posicin tras la cobertura del riesgo con el colateral (E*) se realiza tomando el valor mximo entre dos valores:

La posicin resultante tras la cobertura del riesgo (E*) se multiplicar por la ponderacin por riesgo de la contraparte, para obtener as la cuanta de los activos ponderados por riesgo correspondiente a la operacin con colateral.

Descuentos correspondientes al colateral

En el caso de que el colateral sea una cesta de activos, el descuento aplicado a la cesta(H) ser:

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Estimaciones propias de los descuentos

Los supervisores pueden permitir a los bancos el clculo de descuentos utilizando sus propias estimaciones internas de la volatilidad de los precios de mercado y de los tipos de cambios siempre que cumplan una serie de requisitos cualitativos y cuantitativos:

Los bancos debern estimar individualmente la volatilidad del instrumento de colateral o de la discordancia de divisas. Asimismo, las volatilidades estimadas para cada operacin no pueden tener en cuenta las correlaciones entre posicin no garantizada, colateral y tipos de cambio.

Clasificacin igual o superior a BBB-/A-3

En este caso, los supervisores podrn permitir que los bancos estimen la volatilidad por categoras de ttulos.

Clasificacin inferior a BBB-/A-3

Si la deuda es inferior a BBB-/A-3 o de acciones admisibles como colateral, los descuentos debern calcularse para cada valor por separado.

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Ajuste por periodos de mantenimiento diferentes y por valoracin a precios de mercado o reposicin de mrgenes con periodicidad no diaria

Para algunas operaciones, dependiendo de la naturaleza y frecuencia de la valoracin de los activos a precio de mercado y de la reposicin de mrgenes, resulta adecuada la utilizacin de periodos de mantenimiento distintos. En este sentido se distinguen las siguientes operaciones:

La documentacin de las operaciones impulsadas por el mercado de capitales y de las operaciones de tipo pacto de recompra contienen clusulas sobre reposicin del margen. No ocurre lo mismo con las operaciones de prstamo garantizado.

Operaciones de tipo pacto de recompra

Entre las que cabe destacar las de recompra/recompra inversa y los prstamos/endeudamiento en valores.

Otras operaciones impulsadas por el mercado de capitales

Las cuales incluyen las operaciones con derivados extraburstiles y financiacin con margen.

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Periodo de mantenimiento mnimo para estos activos

Incremento de los descuentos

Cuando el periodo transcurrido entre las reposiciones de mrgenes o las valoraciones de activos a precios de mercado sea superior al mnimo permitido, los descuentos mnimos se incrementarn proporcionalmente en funcin del nmero de das hbiles existente entre dos reposiciones de mrgenes o entre dos reevaluaciones de activos consecutivas, utilizando para ello la siguiente frmula:

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HMCuando un banco calcule la volatilidad en funcin de un periodo de mantenimiento de TN das que difiera del periodo de mantenimiento mnimo especificado TM, HM se calcular aplicando la siguiente frmula:

Donde:TN = periodo utilizado por el banco para derivar HN.HN = descuento basado en el periodo de mantenimiento TN

Condiciones para un H cero

Se admite un descuento de cero (H cero) para las operaciones de pacto de recompra siempre que cumplan las condiciones siguientes:

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Condiciones relacionadas con la posicin y el colateral

La posicin y el colateral consisten en efectivo o en valores emitidos por un emisor soberano o una PSE con derecho a una ponderacin por riesgo del 0% en el mtodo estndar. La posicin y el colateral estn denominados en la misma moneda. La operacin es a un da, o bien la posicin y el colateral se valoran diariamente a precios de mercado y estn sujetos a reposicin diaria de mrgenes. Cuando una de las partes incumple la reposicin de mrgenes, se estima que el tiempo exigido entre la ltima valoracin a precio de mercado previa al incumplimiento y la liquidacin del colateral no es superior a cuatro das hbiles. La operacin se liquida a travs de un sistema de liquidacin previamente comprobado para este tipo de operaciones. La documentacin del acuerdo es la que suele utilizarse en las operaciones de tipo pacto de recompra con los valores en cuestin. La documentacin que rige la operacin dispone que, si una de las partes incumple la obligacin de entregar efectivo o valores, de reponer el margen o cualquier otra obligacin, la operacin podr anularse inmediatamente. Tras cualquier evento de incumplimiento, el banco tiene el derecho irrestricto y legalmente exigible de tomar inmediatamente posesin del colateral y liquidarlo para su propio beneficio.

La contraparte ha de ser un participante esencial del mercado

Soberanos, bancos centrales y PSE. Bancos y sociedades de valores. Otras sociedades financieras (incluidas compaas de seguros) con derecho a una ponderacin por riesgo del 20%. Fondos de inversin regulados, sujetos a requerimientos de capital o de apalancamiento. Fondos de pensiones regulados. Organismos de compensacin reconocidos.

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Excepciones

Los bancos que utilicen enfoques de modelizacin basados en modelos VaR para reflejar la volatilidad de los precios de la posicin y del colateral en el caso de operaciones de tipo pacto de recompra, no podrn aplicar este tratamiento diferenciado.Cuando un supervisor aplique un tratamiento diferente a las operaciones de tipo pacto de recompra con valores emitidos por su Estado, otros supervisores podrn permitir que los bancos constituidos en sus respectivas jurisdicciones adopten el mismo criterio en esas mismas operaciones.

Tratamiento de las operaciones de tipo pacto de recompra con acuerdos marco de compensacin

Los efectos de los acuerdos de compensacin bilaterales relativos a operaciones de tipo pacto de recompra sern reconocidos para cada contraparte por separado siempre que dichos acuerdos sean legalmente exigibles en toda jurisdiccin relevante tras un evento de incumplimiento y con independencia de si la contraparte es insolvente o se encuentra en quiebra. Otras condiciones que deben cumplir los acuerdos de compensacin.

La compensacin de posiciones en las carteras de inversin y de negociacin slo se reconocer cuando las operaciones compensadas satisfagan determinadas condiciones.

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Condiciones

Los acuerdos de compensacin debern: Proporcionar a la parte no incumplidora el derecho a cancelar y liquidar oportunamente cualquier operacin recogida en el acuerdo ante un evento de incumplimiento, incluida la insolvencia o la quiebra de la contraparte. Permitir la compensacin de las prdidas y ganancias resultantes de las operaciones canceladas y liquidadas en cumplimiento del acuerdo (incluido el valor de cualquier colateral), de modo que una parte adeude a la otra una nica cantidad neta. Permitir la rpida liquidacin o compensacin del colateral ante un evento de incumplimiento. Ser legalmente exigible, junto con los derechos derivados de las obligadas estipulaciones de los puntos anteriores, en toda jurisdiccin pertinente tras un evento de incumplimiento y con independencia de si la contraparte es insolvente o se encuentra en quiebra. Todas las operaciones se valoran diariamente a precios de mercado. Los instrumentos de colateral utilizados en las operaciones estn reconocidos como colateral financiero admisible en la cartera de inversin.

Clculo del valor de la posicin

Los bancos que utilicen los descuentos supervisores estndar o los de estimacin propia calcularn el valor de la posicin tras la cobertura del riesgo como el valor mximo entre dos valores:

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Conclusin

As pues:

De esta manera, se obtiene el valor neto de la posicin despus de compensar las posiciones y el colateral, para llegar a una cifra de aadido que refleje las posibles variaciones de los precios de los activos incluidos en las operaciones y del riesgo de tipo de cambio en su caso. La posicin neta larga o corta en cada activo incluido en el acuerdo de compensacin se multiplicar por el descuento que corresponda.El resto de reglas referentes al clculo de los descuentos que se han descrito aplicarn, de forma equivalente, a los bancos que utilicen acuerdos bilaterales de compensacin de saldos para operaciones de tipo pacto de recompra.

Para que el colateral sea reconocido en el enfoque simple, deber:

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Estar pignorado

Al menos durante la vida de la posicin.

Valorarse a precios de mercado

Realizndose esta valoracin con una frecuencia mnima semestral.La parte de los crditos que se encuentre respaldada mediante el valor de mercado de un colateral reconocido recibir la ponderacin por riesgo aplicable al instrumento de colateral. La ponderacin por riesgo de la parte colateralizada estar sujeta a un suelo del 20%, excepto en algunos casos que veremos en la siguiente pantalla.Al resto del crdito se le asignar la ponderacin por riesgo correspondiente a la contraparte.Se aplicar el requerimiento de capital a los bancos situados en cualquiera de los dos lados de la operacin colateralizada.

Excepciones al suelo del 20%

Son las siguientes:

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Ponderacin del 0%

Recibirn una ponderacin por riesgo del 0%: Las operaciones que cumplan las mismas condiciones que para un H cero del enfoque integral. Las operaciones con derivados extraburstiles sujetos a valoracin diaria a precios de mercado, colateralizadas mediante efectivo y sin discordancia de divisas. Cuando la posicin y el colateral estn denominados en la misma moneda y concurra alguna de las dos circunstancias siguientes: El colateral es efectivo en depsito, tal y como qued definido en la lista de colaterales admisibles. El colateral consiste en valores de soberanos o PSE a los que les corresponde una ponderacin por riesgo del 0% y a cuyo valor de mercado se le ha descontado un 20%.

Ponderacin del 10%

Recibirn una ponderacin por riesgo del 10%: Las operaciones que cumplan las mismas condiciones que para un H cero del enfoque integral, cuando la contraparte no sea un participante esencial en el mercado. Las operaciones colateralizadas mediante valores emitidos por soberanos oPSE con derecho a una ponderacin por riesgo del 0% en el mtodo estndar.

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Clculo de los requerimientos de capital sobre la base de los riesgos de crdito netos

Aquellos bancos que cuenten con acuerdos de compensacin jurdicamente exigibles entre prstamos y depsitos podrn calcular los requerimientos de capital sobre la base de los riesgos de crdito netos, siempre que cumplan los siguientes requisitos:

Procedimiento de clculo

El procedimiento consistir en la aplicacin de la frmula del clculo del valor de la posicin tras la cobertura del riesgo del enfoque integral.

Los activos (prstamos) se considerarn como exposiciones a riesgos y los pasivos (depsitos) como colateral. El descuento ser cero excepto en el caso de una discordancia o descalce de divisas.

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Ser de aplicacin un periodo de mantenimiento de 10 das hbiles, siempre que se satisfagan todos los requisitos bsicos descritos en el apartado del enfoque integral y la valoracin a precios de mercado se realice con frecuencia diaria.

Caractersticas del contrato de proteccin crediticia

Irrevocable

Salvo el impago por parte del comprador de la proteccin de una deuda derivada del contrato de proteccin crediticia, dicho contrato deber ser irrevocable, es decir, no podr contener ninguna otra clusula que permita al proveedor de proteccin cancelar unilateralmente la cobertura crediticia o que incremente el coste efectivo de la cobertura como resultado del deterioro de la calidad crediticia de la posicin cubierta.

Incondicional

Es decir, el contrato de proteccin no deber contener ninguna clusula que escape al control directo del banco y que permita que el proveedor de proteccin est exento de pagar de manera puntual en el caso de que la contraparte original incumpla el(los) pago(s) adeudado(s).

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Requisitos operativos especficos para las garantas

Adems del requisito de certeza jurdica, las garantas sern admitidas si satisfacen las siguientes condiciones:

Requisitos operativos especficos para los derivados del crdito

Slo se reconocern:

que brinden una proteccin crediticia equivalente a las garantas.

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Garantes admitidos

Slo podrn suministrar la proteccin mediante garantas o derivados de crdito las siguientes entidades: Entidades soberanas, PSE, bancos y sociedades de valores con una ponderacin por riesgo inferior a la de la contraparte. Otras entidades con calificacin A- o mejor. Se incluye en esta categora la proteccin crediticia proporcionada por sociedades matriz, filiales o empresas pertenecientes al mismo grupo, cuando les sea de aplicacin una ponderacin por riesgo inferior a la del deudor.

Ponderaciones por riesgo

Distinguimos entre:

Parte protegida

A la parte protegida se le asignar la ponderacin por riesgo del proveedor de proteccin.

Resto de la posicin

Al resto de la posicin se le asignar la ponderacin por riesgo de la contraparte subyacente.

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Discordancia o descalce de divisas

Cuando la proteccin crediticia y la posicin estn denominadas en monedas diferentes:

Donde G = importe nominal de la proteccin del crdito.

Aplicacin de un descuento

Se aplicar el descuento basado en un periodo de mantenimiento de 10 das hbiles, suponiendo una valoracin diaria a precios de mercado.Si un banco utiliza el descuento supervisor, ste ser del 8%.Los descuentos debern incrementarse proporcionalmente utilizando la frmula de la raz cuadrada del tiempo, dependiendo de la frecuencia de valoracin de la proteccin crediticia, tal y como se describe en el apartado Ajuste por periodos de mantenimiento diferentes y por valoracin a precios de mercado o reposicin de mrgenes con periodicidad no diaria.

Garantas soberanas y contragarantas

Se puede dar la circunstancia de que un crdito est cubierto por una garanta que a su vez est contragarantizada indirectamente por un emisor soberano.

Reflexiona sobre ello y contesta la siguiente pregunta

En este caso, podemos considerar que el crdito est cubierto por una garanta soberana?

S No

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S

Efectivamente, aunque para ello se deben cumplir las siguientes condiciones:

La contragaranta del soberano cubre todos los elementos de riesgo de crdito para dicho crdito. Tanto la garanta original como la contragaranta cumplen todos los requisitos operativos para garantas, solo que la contragaranta no tiene que ser directa ni explcita con respecto al crdito original. El supervisor debe de comprobar que la cobertura sea slida y que no haya pruebas histricas que indiquen que la cobertura de la contragaranta sea menos eficaz que una garanta soberana directa.

No

No es correcto, puesto que se puede considerar que el crdito est cubierto por una garanta soberana, siempre que se cumplan las siguientes condiciones: La contragaranta del soberano cubre todos los elementos de riesgo de crdito para dicho crdito. Tanto la garanta original como la contragaranta cumplen todos los requisitos operativos para garantas, solo que la contragaranta no tiene que ser directa ni explcita con respecto al crdito original. El supervisor debe de comprobar que la cobertura sea slida y que no haya pruebas histricas que indiquen que la cobertura de la contragaranta sea menos eficaz que una garanta soberana directa.

Cundo se presenta un desfase de plazos de vencimiento?

Cuando:

Qu coberturas ser reconocen?Slo se reconocern las coberturas con desfase de plazos de vencimiento cuando losvencimientos originales sean mayores o iguales a un ao.

Qu supone esto?Que slo se reconocern las coberturas para posiciones con vencimientos originales inferiores a un ao cuando tengan el mismo vencimiento que dichas posiciones

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En cualquier caso, las coberturas con desfase de vencimientos ya no podrn ser reconocidas cuando su vencimiento residual sea inferior o igual a tres meses.

Ajustes

Cuando exista un desfase de plazos de vencimiento con coberturas reconocidas para el riesgo de crdito, se aplicar el siguiente ajuste:

Resumen

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Glosario

Certeza jurdicaToda la documentacin utilizada en operaciones con colateral, en la compensacin de partidas dentro del balance de situacin y en garantas y derivados del crdito ser vinculante para todas las partes y exigible legalmente en todas las jurisdicciones pertinentes.

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Mdelos IRB Introduccin

Estos modelos internos son una alternativa a los modelos estndar analizados en la unidad anterior.

Vamos a analizarlos con ms detalle!

Objetivos

Al finalizar el estudio de esta unidad sers capaz de: Analizar los modelos internos sobre riesgo de crdito (IRB). Diferenciarlos frente a los modelos estndar.

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Modelos internos vs modelos estndar

La diferencia fundamental est en que en los modelos internos (IRB) son los propios bancos quienes suministran una valoracin de sus factores de riesgo para determinar posteriormente el capital mnimo.

Tipos de modelos IRB

Indicadores cuantitativos internos

La expresin analtica del riesgo de crdito ponderado (Rp) es:

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PDProbabilidad de fallido (default) calculada por el banco

LGDPrdida asociada al fallido (Loss Given Default) que tambin suministra el propio banco

Otros indicadores cuantitativos internos

No obstante, para la determinacin del capital mnimo la banca no slo utiliza sus propios indicadores cuantitativos internos, sino que adems puede emplear otros indicadores proporcionados por las especificaciones del Comit de Basilea.

Exposicin al incumplimientoDefinido como el importe adeudado a la entidad

Vencimiento efectivoDefinido como el plazo restante de una exposicin hasta su vencimiento

Vamos a conocer algunos de los principios que el Acuerdo exige a las entidades de crdito para su aplicacin:

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BASILEA II Y III

Si bien no es necesaria su aplicabilidad, pudiendo utilizarse criterios homogneos.

Lgicamente, con la excepcin de las posiciones en divisas.

Dichas calificaciones obedecern a la experiencia histrica de la entidad. Los IRB avanzados carecen de este requisito.

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BASILEA II Y III

Con este mtodo, los bancos tienen que clasificar las exposiciones de su cartera de inversin (EAD) en seis categoras generales de activos.

Las ponderaciones por su nivel de riesgo de cada activo est en funcin de las estimaciones de PD, LGD, EAD y, en ciertos casos, del Vencimiento Efectivo (M), para cada posicin.

Cules son?

Las clases de activos son posiciones frente a:

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Resumen

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Riesgo OperacionalIntroduccin

La valoracin de este tipo de riesgo an no ha alcanzado la sofisticacin y el desarrollo de los riesgos de crdito y de mercado.

Objetivos

Al finalizar el estudio de esta unidad sers capaz de: Analizar los mtodos existentes para la estimacin del riesgo operacional. Conocer las premisas que el acuerdo BIS II establece sobre estos mtodos.

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BASILEA II Y III

Los requerimientos de capital por riesgo operativo se pueden calcular a travs de tres mtodos alternativos:

Clculo del requerimiento de capital

GI

Ingresos brutos anuales medios, cuando sean positivos, de los tres ltimos aos.

n

Nmero de aos (entre los tres ltimos) en los que los ingresos brutos fueron positivos.

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BASILEA II Y III

Quieres conocer cules son las lneas de negocio en los bancos?

Las actividades de los bancos se dividen en ocho lneas de negocio:

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BASILEA II Y III

Clculo del requerimiento de capital

Cmo se calcula la exigencia total de capital?

GI

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BASILEA II Y III

Mtodo Estndar Alternativo (ASA)

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BASILEA II Y III

Requerimiento de capital en el ASA

Requerimiento de capital en el ASA: banca minorista y banca comercial

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BASILEA II Y III

RB

m

LARB

Requisitos para utilizacin del mtodo ASA

Para poder utilizar los mtodos ASA debern cumplirse determinados requisitos:

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BASILEA II Y III

Vigilancia del marco de gestin

El consejo de administracin del banco y su alta direccin, segn corresponda,participarn activamente en la vigilancia del marco de gestin del riesgo operativo.

Solidez del sistema de gestin

El banco debe poseer un sistema de gestin del riesgo operativo conceptualmente slido que aplica en su totalidad.

Recursos suficientes para el uso de esta metodologa

Deber contar con recursos suficientes para utilizar la metodologa en las principales lneas de negocio, as como en los mbitos de control y auditora.

Asignacin de responsabilidades claras

El banco deber contar con un sistema de gestin del riesgo operativo que asigneresponsabilidades claras a la unidad de gestin del riesgo operativo.Esta unidad ser la responsable de:

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BASILEA II Y III

Anlisis de informacin sobre el riesgo

Como parte integrante del sistema de evaluacin interna del riesgo operativo del banco, ste deber analizar de manera sistemtica y peridica la informacin disponible sobre dicho riesgo, incluidas prdidas operativas relevantes en cada lnea de negocio. Su sistema de evaluacin del riesgo operativo deber estar perfectamente integrado dentro de los procesos de gestin del riesgo del banco. Los resultados que arroje dicho sistema debern ser parte integral del proceso de seguimiento y control del perfil de riesgo operativo del banco.

Criterios cualitativos para implantar un AMA

Los bancos debern satisfacer determinados criterios referentes a:

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BASILEA II Y III

La unidad de gestin del riesgo operativo

Esta unidad ser la encargada de:

Compilar las polticas y procedimientos de la entidad en su conjunto relativos a la gestin y control del riesgo operativo. Disear y aplicar la metodologa de medicin del riesgo operativo en la institucin. Disear y aplicar un sistema de informacin sobre el riesgo operativo. Desarrollar estrategias encaminadas a identificar, estimar, observar y controlar /reducir el riesgo operativo.

Sistema de medicin interna del riesgo

Los resultados que arroje dicho sistema debern utilizarse activamente en el proceso de seguimiento y control del perfil de riesgo operativo del banco.El banco deber contar con tcnicas que distribuyan el capital por riesgo operativo entre las principales lneas de negocio y que generen incentivos para mejorar la gestin del riesgo operativo en toda la entidad.

Informacin acerca de exposiciones al riesgo

El banco deber contar con procedimientos que permitan adoptar las accionesnecesarias a tenor de la informacin contenida en estos informes de gestin.

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BASILEA II Y III

Documentacin del sistema de gestin del riesgo

El banco deber contar con un mecanismo que permita garantizar regularmente el cumplimiento de un conjunto documentado de polticas, controles y procedimientos internos relativos al sistema de gestin del riesgo operativo, que deber incluir polticas para el tratamiento de los aspectos que se incumplen.

Control de los procesos de gestin y sistemas de medicin del riesgo

Estos exmenes debern incluir:

Las operaciones de las unidades de negocio. Las actividades de la unidad independiente de gestin del riesgo operativo.

Validacin del sistema de medicin del riesgo

La validacin del sistema de medicin del riesgo operativo que lleven a cabo los auditores externos y/o las autoridades supervisoras deber incluir los siguientes aspectos: Comprobacin del buen funcionamiento de los procesos de validacin interna. Comprobacin de la transparencia y accesibilidad del flujo de datos asociados al sistema de medicin del riesgo, y de su procesamiento.En particular, es preciso que los auditores y las autoridades supervisoras puedan acceder fcilmente a las especificaciones y a los parmetros del sistema, siempre que lo estimen necesario yen el marco de los procedimientos oportunos.

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BASILEA II Y III

Criterios cuantitativos para implantar un AMA

El Comit de Basilea no especifica qu mtodo o qu supuestos sobre distribuciones de probabilidad se deben utilizar para estimar el riesgo operativo a efectos de capital regulador.

Identificacin de eventos generadores de prdidas graves

El banco deber ser capaz de demostrar que su mtodo identifica eventos situados en las colas de la distribucin de probabilidad, generadores de prdidas graves.

Solidez para la estimacin del riesgo

Con independencia del mtodo utilizado, el banco deber demostrar que su estimacin del riesgo operativo satisface un criterio de solidez comparable al exigido en el mtodo de tratamiento del riesgo de crdito basado en calificaciones internas.

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BASILEA II Y III

Aprobacin del supervisor para implantar un AMA

Al objeto de poder utilizar los AMA, el banco deber demostrar a su supervisor, como mnimo, los siguientes requisitos:(iguales que para el mtodo ASA)

Vigilancia del marco de gestin

El consejo de administracin del banco y su alta direccin, segn corresponda,participan activamente en la vigilancia del marco de gestin del riesgo operativo.

Solidez del sistema de gestin

El banco posee un sistema de gestin del riesgo operativo conceptualmente slidoque aplica en su totalidad.

Recursos suficientes para el uso de esta metodologa

Cuenta con recursos suficientes para utilizar la metodologa en las principales lneas de negocio, as como en los mbitos de control y auditora.

Seguimiento del mtodo

Al determinar si la metodologa de asignacin resulta adecuada, habr de tenerse en cuenta:

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BASILEA II Y III

Grado de desarrollo de tcnicas de distribucin sensibles al riesgo

Los supervisores entienden que los grupos bancarios que apliquen los AMA se esforzarn constantemente por desarrollar tcnicas de distribucin del riesgo operativo sensibles al riesgo, sin prejuicio de la aprobacin inicial de tcnicas basadas en los ingresos brutos o en otras aproximaciones al riesgo operativo.

Seguimiento del mtodo. Sistema de medicin

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BASILEA II Y III

En general, el acuerdo BIS II establece a los bancos determinadas premisas relacionadas con:

1

Insta a ir progresando a lo largo de la gama de mtodos disponibles a medida que desarrollen sistemas y prcticas de medicin ms sofisticados para el riesgo operativo.

2

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BASILEA II Y III

3

4

El acuerdo establece que, salvo que cuenta con la aprobacin de su supervisor nacional, no se permitir que un banco vuelva a utilizar un mtodo ms sencillo una vez que se le haya autorizado a utilizar un mtodo ms avanzado.

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BASILEA II Y III

Resumen

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Riesgo de mercado en BIS II Introduccin

Todas las entidades financieras estn expuestas a sufrir prdidas en posiciones dentro y fuera de balance a raz de oscilaciones en los precios de mercado.A esta posibilidad se le denomina Riesgo de Mercado.

En este tema nos centraremos en los dos modelos de medicin del riesgo y en sus requerimientos y aplicaciones segn el tipo de riesgo.

Objetivos

Con el estudio de esta unidad sers capaz de: Conocer e identificar los mtodos de medicin de los riesgos del mercado. Aplicar el mtodo ms adecuado segn el tipo de riesgo. Comprender los modelos internos de Clculo.

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Mtodos de medicin de los riesgos de mercado

Para la medicin de sus riesgos de mercado, los bancos podrn elegir entre dos amplias metodologas:

El tratamiento del riesgo de mercado fue objeto de estudio del primer acuerdo de Basilea ( BIS I )

Mtodo Estndar

Mtodo estndarEvala el riesgo de mercado en cuatro categoras

1- Riesgos de tipos de inters.2- Riesgos de acciones.3- Riesgos de divisas.4- Riesgos de productos bsicos.

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Mtodo alternativo

Permite a los bancos utilizar las medidas derivadas de sus propios modelos internos de gestin de riesgos.Est sujeto a siete categoras de condiciones1- Criterios generales sobre la adecuacin del sistema de gestin de riesgos.2- Estndares cualitativos para la supervisin interna del uso de los modelos.3- Pautas para especificar un conjunto adecuado de factores de riesgo de mercado (tasas y precios de mercado que afectan al valor de las posiciones de los bancos ).4- Estndares cuantitativos para determinar el uso de parmetros estadsticos mnimos comunes para la medicin del riesgo.5- Pautas para las pruebas de tensin ( Stress Testing ).6- Procedimientos de validacin para el seguimiento externo del uso de los modelos.7- Reglas para bancos que utilizan a la vez sus modelos y el mtodo estndar.

Mtodo estndar

A continuacin se efectuar una exposicin detallada de la aplicacin del mtodo estndar a cada tipo de riesgo.

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Aplicabilidad al Riesgo de tipo de inters

El requerimiento mnimo de capitalse expresa como dos cantidades calculadas por separado

Riesgo especfico de cada activo

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Riesgo general de mercado

Los requerimientos de capital para el riesgo general de mercado se aplican para recoger el riesgo de prdida por cambios en los tipos de inters del mercado.

Riesgo general de mercado

1- La posicin neta corta o larga en toda la cartera de negociacin.2- Una pequea proporcin de las posiciones emparejadas para cada horizonte temporal.3- Una proporcin mayor de las posiciones emparejadas a travs de diferentes horizontes temporales.4- Un requerimiento neto para posiciones con opciones, si las hubiere.

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Aplicabilidad al Riesgo de precio de acciones

La Enmiendaal Acuerdo de Capital de Basileaestablece que las exigencias mnimas de capital para acciones se expresen de forma dual

La posicin corta o larga debe calcularse por mercados, habr que calcular por separado la posicin del banco en cada mercado nacional del que posea acciones.

Tambin se contemplan los requerimientos para Derivados sobre acciones

Riesgo especfico

El riesgo especfico equivale a la posicin bruta del banco en acciones

La suma de todas las posiciones largas y de todas las posiciones cortas.

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BASILEA II Y III

Riesgo general de mercado

El riesgo general de mercado es la posicin neta total en un mercado burstil

La diferencia entre el total de posiciones largas y el total de posiciones cortas.

Aplicabilidad al Riesgo de divisas

Aplicabilidad al Riesgo de divisas

Las posiciones en divisas compuestas se declararn por separado aunque a efectos de calcular las posiciones abiertas de los bancos, hay dos opciones:

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BASILEA II Y III

Aplicabilidad al Riesgo de divisas

La posicin abierta neta del banco en cada moneda se calcular como la suma de:1- La posicin neta al contado2- La posicin neta a plazo3- Garantas (e instrumentos similares) cuya ejecucin es segura y cuya irrecuperabilidad es probable.4- Ingresos/gastos futuros netos no devengados pero totalmente cubiertos.5- Cualquier otra partida que represente una ganancia o prdida en moneda extranjera, dependiendo de las prcticas contables de cada pas.6- La cartera de opciones sobre divisas.

Posicin neta al contado

Todos los activos menos todos los pasivos, incluyendo intereses devengados, denominados en la moneda en cuestin.

Posicin neta a plazo

Todas las cantidades pendientes de pago menos todas aquellas pendientes de cobro en virtud de operaciones a plazo con divisas, incluidos futuros sobre divisasy el principal de los swaps de divisas no incluido en la posicin de contado.

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BASILEA II Y III

Aplicabilidad al Riesgo de productos bsicos

Existen diferentes alternativas para medir el riesgo en las posiciones con productos bsicos, en cualquier caso deben incluir:

Modelos Internos de Clculo

Los bancos que utilicen modelos internos han de contar con sistemas y procedimientos slidospara la gestin del riesgo de mercado que aplican en su integridad.

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Indicadores cualitativos

Los supervisores analizarn los siguientes indicadores cualitativos1- El banco deber contar con una unidad independiente de control de riesgos.2- El sistema de medicin de riesgos deber utilizarse junto con lmites internos de exposicin al riesgo y de negociacin.3- El banco deber aplicar un programa riguroso y peridico de pruebas de tensin(stress testing).

A continuacin se irn detallando cada uno de los indicadores cualitativos indicados.

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