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Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go. cr Resolución 395-201 4-SETEN A EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 15 HORAS 25 MINUTOS DEL 28 DE FEBRERO DEL 2014. PROYECTO NUEVA TERMINAL DE CONTENEDORES DE MOÍN EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO D1-7968-2012-SETENA Conoce la Comisión Plenaria de esta Secretaría del mecanismo a utilizar para concluir la fase de comentarios y réplica del desarrollado^ de la audiencia pública iniciada el 09 de noviembre del 2013, y 25 enero del 2014 del Proyecto Nueva Terminal de Contenedores Moín, expediente D1-7968-2012-SETENA. RESULTANDO PRIMERO: El 25 de mayo del 2012 se presenta el formulario D1 para el proyecto Nueva Terminal de Contenedores de Moín, a nombre de APM Termináis Moín S.A., al cual se le asignó el expediente D1-7968-2012-SETENA. SEGUNDO: Mediante Resolución 2246-2012-SETENA del 31 de agosto del 2012, se le solicita al desabollador la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental, fijándose para ello los términos de referencia. Dicho EslA se presentó en SETENA el 02 de abril de 2013. TERCERO: El 09 de noviembre del 2013 se realiza la Audiencia Pública del proyecto Nueva Terminal de Contenedores de Moín en el Gimnasio Eddy Bermúdez de Limón, misma que fue suspendida en horas de la tarde por haberse presentado disturbios entre los asistentes no imputables a la SETENA, según lo reconoció la propia Sala Constitucional en el Voto 2013-17305. CUARTO: El día 20 de diciembre del 2013 se recibe el Voto Constitucional número 2013- 17305, el cual manifiesta lo siguiente: Se ordena a Miguel Marín Cantarero en su condición de Secretario General de la SETENA concluir la Audiencia Pública del expediente D1-7968- 2012-SETENA, la cual deberá ser efectuada dentro de los primeros 15 días hábiles siguientes a la notificación de dicha sentencia, con el propósito de concluir solo las fases omitidas según las reglas de la audiencia expuestas al comienzo de la misma. QUINTO: Que en cumplimiento de la resolución 2013-17305 de la Sala Constitucional, esta Secretaría, señaló para continuar con la audiencia pública del proyecto Nueva Terminal de Contenedores de Moín, el día 25 de Enero del 2014, de 7:00 a.m. a 12:00 m.d., en el Gimnasio Eddy Bermúdez de Limón. CONSTRUIMOS UN PAÍS SEGURO ^ ¡ Gobierno de Costa Rka I

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Page 1: Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica ... · Ronaldo Blear Blear, Alian Astorga Gatgens, Marco Levy Virgo, Alvaro Sagot, Mauricio Álvarez, Rebeca Matamoros Seravalli,

Ministerio del Ambiente y EnergíaSecretaría Técnica Nacional Ambiental

SETENATel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862

www.setena.go. cr

Resolución N° 395-201 4-SETEN A

EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONALAMBIENTAL, A LAS 15 HORAS 25 MINUTOS DEL 28 DE FEBRERO DEL 2014.

PROYECTO NUEVA TERMINAL DE CONTENEDORES DE MOÍNEXPEDIENTE ADMINISTRATIVO D1-7968-2012-SETENA

Conoce la Comisión Plenaria de esta Secretaría del mecanismo a utilizar para concluirla fase de comentarios y réplica del desarrollado^ de la audiencia pública iniciada el 09 denoviembre del 2013, y 25 enero del 2014 del Proyecto Nueva Terminal de ContenedoresMoín, expediente D1-7968-2012-SETENA.

RESULTANDO

PRIMERO: El 25 de mayo del 2012 se presenta el formulario D1 para el proyecto NuevaTerminal de Contenedores de Moín, a nombre de APM Termináis Moín S.A., al cual se leasignó el expediente D1-7968-2012-SETENA.

SEGUNDO: Mediante Resolución N° 2246-2012-SETENA del 31 de agosto del 2012, se lesolicita al desabollador la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental, fijándose paraello los términos de referencia. Dicho EslA se presentó en SETENA el 02 de abril de 2013.

TERCERO: El 09 de noviembre del 2013 se realiza la Audiencia Pública del proyecto NuevaTerminal de Contenedores de Moín en el Gimnasio Eddy Bermúdez de Limón, misma quefue suspendida en horas de la tarde por haberse presentado disturbios entre los asistentesno imputables a la SETENA, según lo reconoció la propia Sala Constitucional en el Voto2013-17305.

CUARTO: El día 20 de diciembre del 2013 se recibe el Voto Constitucional número 2013-17305, el cual manifiesta lo siguiente: Se ordena a Miguel Marín Cantarero en su condiciónde Secretario General de la SETENA concluir la Audiencia Pública del expediente D1-7968-2012-SETENA, la cual deberá ser efectuada dentro de los primeros 15 días hábilessiguientes a la notificación de dicha sentencia, con el propósito de concluir solo las fasesomitidas según las reglas de la audiencia expuestas al comienzo de la misma.

QUINTO: Que en cumplimiento de la resolución 2013-17305 de la Sala Constitucional, estaSecretaría, señaló para continuar con la audiencia pública del proyecto Nueva Terminal deContenedores de Moín, el día 25 de Enero del 2014, de 7:00 a.m. a 12:00 m.d., en elGimnasio Eddy Bermúdez de Limón.

C O N S T R U I M O S UN P A Í S S E G U R O ̂ ¡ Gobierno de Costa Rka

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Resolución N ° 395-2014-SETENA

SEXTO: Que el día el día 25 de Enero del 2014, no fue posible llevar a cabo la conclusión dela Audiencia Pública señalada, por haberse presentado nuevamente serios disturbios yamenazas contra la integridad y seguridad de los presentes, no atribuibles a la SETENA.

CONSIDERANDO

I. Que dentro del presente expediente administrativo (D1-7968-2012-SETENA), se hanapersonado las siguientes personas: José Soler Aira, José Luis Castillo Solano,Ronaldo Blear Blear, Alian Astorga Gatgens, Marco Levy Virgo, Alvaro Sagot, MauricioÁlvarez, Rebeca Matamoros Seravalli, Eduardo Saavedra Chacón, Myrna FierreDixon.

II. Que en la audiencia iniciada el día 9 de noviembre de 2013, se estableció el siguienteprograma para la actividad: apertura de la audiencia y lectura de las reglas,descripción del proyecto, presentación del estudio de impacto ambiental por parte deldesarrollado^ recolección y clasificación de preguntas, lectura de preguntas yrespuestas, recolección y clasificación de boletas de cometarios, presentación decomentarios, réplica a comentarios por parte del desarrollados elaboración, lectura yfirma del acta, cierre de la actividad.

III. Que en la audiencia iniciada el 9 de noviembre de 2013 se había dispuesto para laetapa de comentarios una hora y quince minutos.

IV. Que en la audiencia pública iniciada el 9 de noviembre del 2013 se señaló, cuando sedio lectura a las reglas de la actividad, lo siguiente:"...El tiempo dispuesto para la etapa de comentarios de los participantes seráestablecido en proporción a la cantidad de intervenciones propuestas. Asimismo seránadmitidas las cesiones personales de tiempo para manifestarse. En ese supuesto, elbeneficiado por dicha ¡cesión contará con un máximo de 10 a 15 minutos, según eltiempo otorgado y la cantidad de participantes en los coméntanos, para intervenir en laaudiencia, según lo disponga la SETENA."

V. Que en la audiencia iniciada el 9 de noviembre de 2013 se había dispuesto para laetapa de réplica a comentarios diez minutos.

VI. Que en la audiencia iniciada el 9 de noviembre de 2013 se habían anotado paraexponer comentarios, las siguientes personas: Arrieta Salazar Gilbert; número deidentificación 7-066-186; Blanco Calderón Marco; número de identificación 7-197-263; Blear Blear Ronaldo; número de identificación 7-077-282; Bolaños Alfredo;número de identificación 7-080-100; Brenes Jorge; número de identificación 7-101-943; Castro Salgado Vladimir; número de identificación 7-090-759; Castro DuarteGuillermo; número de identificación 6-320-770; Cornejo Vega Heley; número deidentificación 3-313-547; Dracket P Keysha; número de identificación 7-184-723;Dracket Pomier Yalile; número de identificación 7-221-535; Dracket Pomier Kendra;número de identificación 7-199-515; Duran Vargas William; número de identificación7-068-851; Escobedo Marco; número de identificación 3-258-855; FernándezFernández Maricela; número de identificación 7-113-292; Franco Cabrera Gilberto;número de identificación 7-075-053; García Cordero Javier; número de identificación7-074-277; Gayle Taylor Elizabeth; número de identificación 7-064-043; GordonDawkings Enos; número de identificación 7-037-833; Henríquez Elizabeth; númerode identificación 7-156-415; Jiménez Morales Carlos; número de identificación 7-045-868; Jiménez Umaña Julio; número de identificación 1-329-086; Levy Marco; númerode identificación 7-069-314; López Morales Marino; número de identificación 7-079-129; Miranda Cortes María; número de identificación 7-086-864; Monestel Héctor;

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Resolución N ° 395-2014-SETENA

número de identificación 9-037-500; Montero Rafael; número de identificación 7-027-894; Muñoz Carlos; número de identificación 4-181-113; Norman Scott Winston;número de identificación 7-066-374; Fierre Dixon Myrna; número de identificación 7-072-310; Quirós Bustos Noemy; número de identificación 2-547-695; Richardlllingworth Thomas; número de identificación 182600040227; Rivel Acuña Florencio;número de identificación 5-158-718; Rojas Laura; número de identificación 1-652-628; Rojas Figueroa Raúl; número de identificación 1-547-060; Rojas Rojas Aída;número de identificación 1-636-185; Saavedra Chacón Eduardo; número deidentificación 7-068-810; Sagot Alvaro; número de identificación 2-365-227; SánchezMuñoz Roberto; número de identificación 1-579-067; Sánchez Masís Manuel; númerode identificación 3-189-834; Santos S Federico; número de identificación159100173921; Spencer Yomara; número de identificación 7-166-601; VillalobosCéspedes Jorge; número de identificación 6-251-572; Wright Michael; número deidentificación 1-1070-080; Williamson Joiner Hugh; número de identificación155802406329.

Vil. Que en la continuación de la audiencia señalada para el 25 de enero de 2014 (pese aque la Sala Constitucional había señalado que únicamente debían hacer uso de lapalabra en la etapa de comentarios quienes se hubieran anotado para ese efecto en laaudiencia iniciada el 9 de noviembre de 2013), se permitió a las siguientes seispersonas anotarse para exponer comentarios: Aburto Miranda Rene, número deidentificación 7-068-391; Castillo Solano José Luis, número de identificación 3-265-540; Hart Cornúlius Sñptimus, número de identificación 465271147; Sánchez MasisManuel, número de identificación 3-189-834; Simpson Simpson Alfonso, número deidentificación 7-057-869; Vega Masis Jhon (en representación de Héctor MonestelHerrera), número de identificación 7-164-369.

VIII. Que la audiencia pública se programó para que intervinieran en la misma, laspersonas interesadas en comentar lo que estimaren oportuno en relación al proyectosometido a evaluación. Únicamente quienes presentaran las boletas que para dichopropósito y que sin distinción alguna fueron entregadas a todos los participantes,podrían hacer uso de la palabra en la fase de comentarios, esto con la finalidad deseguir un orden en el uso de la palabra y de que los intervinientes se identificaran,todo lo cual se explicó en las reglas de la audiencia pública del 9 de noviembre del2013 y del 25 de enero del 2014, fecha en la cual se pretendió concluir la actividad.

IX. Que para la continuación de la audiencia señalada para el 25 de enero de 2014 sehabía dispuesto un período de dos horas para exponer comentarios.

X. Que el Ministerio de Salud, ha establecido en 600, el número máximo de personas quepueden ingresar al Gimnasio Eddy Bermúdez.

XI. Que el 9 de noviembre de 2013, asistieron a la Audiencia Pública 600 personas.XII. Que el 25 de enero de 2014, asistieron a la continuación de la Audiencia Pública 275

personas, de las cuales 134 no habían asistido al inicio de la Audiencia celebrado el 9de noviembre de 2013.

XJIJ. Que de las etapas de apertura de audiencia y lectura de las reglas, descripción delproyecto, presentación del estudio de impacto ambiental por parte del desarrollado^recolección y clasificación de preguntas, lectura de preguntas y respuestas, yrecolección y clasificación de boletas de cometarios, se levantó el actacorrespondiente, el día 09 de noviembre del 2013.

XIV. Que el 25 de enero del 2014 se registraron los participantes, se entregaron boletas alos nuevos participantes para otorgar el uso de la palabra para manifestar uncomentario, se dio la apertura de la continuación de la audiencia y la lectura de las

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reglas, se recibieron 6 boletas, se dio la clasificación de boletas de cometarios paraasignación del tiempo, y se levantó el acta correspondiente.

XV. Que cómo ha sido indicado en las actas respectivas levantadas en ambos casos, tantoen la audiencia realizada el pasado 09 de noviembre de 2013, como en sucontinuación en fecha 25 de enero de este año, se han presentado serios disturbios yconatos de violencia generados por algunos de los presentes en las Audiencias -enningún modo atribuibles o imputables a la SETENA- que en ambos casos hanimposibilitado el curso de la sesión en la forma prevista tanto por el ReglamentoGeneral sobre los Procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), N°31849-MINAE-S-MOPT-MAG-MEIC, como en las convocatorias realizadas, agendasprogramadas en cada caso, y reglas explicadas a los participantes en cada caso.

XVI. Que a partir de lo anterior, y con la finalidad de recibir los comentarios y que eldesabollador exponga la réplica correspondiente, sin reproducir el riesgo de disturbiosy oposición violenta, no se considera viable una nueva convocatoria de audienciapública con las mismas características de las dos anteriores, en la cual se podríanpresentar, reiterar y reproducir las circunstancias y reacciones de personas y gruposque podrían nuevamente acudir a las vías de hecho, amenaza y violencia con el fin deobstruir la actividad para que el proceso de evaluación no avance, no con el aporte deuna actitud de diálogo y contribución con argumentos dé fondo de tipo ambiental sinode confrontación violenta, en riesgo de la seguridad de los participantes y deldesenvolvimiento y finalización de la sesión.

XVII. Que la Sala Constitucional en el Voto No. 017305-2013 de las once horas con treinta ydos minutos del veinte de diciembre de dos mil trece, emitido en expediente No. 13-013068-0007-CO, y que declara con lugar el Recurso de Amparo interpuesto porMyrna Ivette Fierre Dixon, ordenó en el aparte dispositivo que se ordena a estaSETENA que de inmediato "proceda a concluir la audiencia pública del expedientenúmero DI-7968-2012-SETENA, la cual deberá ser efectuada dentro de los 15 díashábiles siguientes a la notificación de esta sentencia, con el propósito de concluir sololas fases omitidas según las reglas de la audiencia expuestas al comienzo de lamisma". Resaltado no es del original.

XVIII. En dicha Resolución la Sala señaló que: "...Sin demérito de lo señalado, la Sala esconsciente de que los disturbios acaecidos durante el desenlace final de laAudiencia no son imputables a la SETENA. Asimismo, este Tribunal reconoce quela autoridad recurrida tenía programada la intervención activa de las personaspresentes. Empero en atención al derecho constitucional al gobierno participativo,estipulado en el ordinal 9 de la Constitución Política, la Sala estima necesario ordenaren este amparo la finalización de la audiencia pública efectuada, ..." Resaltado noes del original.

XIX. Para acatar la sentencia 17305-2013, en ios términos en ella indicados, mediante laResolución N° 002-2014-SETENA de las catorce horas del nueve de enero del dos milcatorce se seleccionó el día 25 de enero del 2014 como la fecha para la realización dela fase de comentarios de la audiencia pública celebrada el 9 de noviembre del 2013,la cual no se pudo concluir por los disturbios causados por un importante grupo de lospresentes, que generó la imposibilidad material de escuchar los comentarios según loprogramado.

XX. Que a partir de lo anterior y con la finalidad de fomentar la participación ciudadanapara que se reciban los comentarios que no fue posible en la audiencia celebrada el 9de noviembre de 2013 y 25 de enero del 2014, se van a establecer los mecanismospara lograr dicho propósito y resguardar la integridad de los participantes, para lo cual

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se considera necesario acudir al uso de algunos medios tecnológicos al alcance. Endichos mecanismos se deben respetar las reglas señaladas para el día 9 denoviembre del 2013 y 25 de enero del 2014 con respecto al uso de la palabra, de talforma que se observe lo siguiente:I. El tiempo de participación en la fase de comentarios será de cinco minutos máximopara cada participante.II. Según se indicó antes, lo que se pretende es recibir los comentarios que no fueposible en los días 9 de noviembre del 2013 y 25 de enero del 2014, en razón de locual la actividad debe programarse para que se reciban los comentarios de laspersonas que presentaron boletas. Para ello deberá dirigirse un aviso a estaspersonas, mediante un medió de comunicación razonable y efectivo. Se consideranecesario publicar la invitación de la actividad en un diario de circulación nacional, enaplicación extensiva del artículo 58 del Decreto 31849-MINAE-S-MOPT-MAG-MEIC.Además, de conformidad con el artículo 241 de la Ley General de la AdministraciónPública se debe comunicar a los interesados de la actividad que se pretende realizarmediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta, para formalizar la comunicaciónque en este caso se considera debe dirigirse únicamente a quienes presentaron laboleta de comentarios que se entregó. Debe considerarse que la presentación de lasboletas de comentarios no implica el apersonamiento de quienes la presentaron, por loque no se está ante el supuesto de apersonados que no señalaron medio para recibirnotificaciones, sino de personas interesadas en realizar comentarios.Con respecto a este punto, se aclara que es para la actividad que en esta Resoluciónse programa, que se considerarán únicamente los comentarios de quienespresentaron las boletas que para ello se repartieron durante los días 9 de noviembredel 2013 y 25 de enero del 2014, para la audiencia pública.III. Las reglas de la lógica, conveniencia y oportunidad, y los principios elementales dejusticia son los criterios que deben ponderarse para adoptar las decisiones en relacióna la participación ciudadana en el presente procedimiento. Esto porque así loprescribe el artículo 16 de la Ley General de la Administración Pública, norma legal,que pese a ser de rango inferior a la Constitución, desarrolla una serie de criterios einstitutos jurídicos de rango constitucional, los que no siempre se encuentran demanera expresa en la Carta Magna, pero sí se extraen de la lectura sistemática de losdistintos componentes del Ordenamiento Jurídico. Además, deben adoptarsemecanismos de participación que la técnica y la ciencia justifiquen como idóneos paradicho propósito, los cuales no se consideran que puedan realizarse con una nuevaconvocatoria para concluir la audiencia pública (fase de comentarios y réplica deldesarrollado^ en una coyuntura como la actual, en la que la violencia y laobstaculización toman ilegítimamente el lugar de lo que debiera ser una respetuosa,entusiasta y democrática participación ciudadana.

XXI. En la sociedad de la información en la que nos encontramos, existen una variedad demedios de comunicación, eficaces y seguros, los cuales permiten acercamientos,relaciones, intercambios y divulgaciones de información accesibles y eficientes. LaProcuraduría General de la República señaló en relación al concepto de la sociedadde la información, en la Opinión Jurídica OJ-074-2012 del 8 de octubre del 2012 que"... Vivimos, en la que ha sido llamada "sociedad de la información", cuyo origenpodemos situar en el siglo XX, siendo transcendental la existencia del primerordenador electrónico que se creó en Estados Unidos de Norte América en el año1944...La sociedad de la información significa una revolución cultural, y los Estadosdeben evolucionar junto a ella, para evitar abusos y procurar la mejoría de sus

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habitantes..." Así, la telemática, la telefonía, las señales de radio y televisión y elacceso a la internet el cual reconoció como un derecho fundamental la SalaConstitucional en el Voto 9879-2013 de las catorce horas cuarenta y cinco minutos delveintitrés de julio del dos mil trece - siguiendo el antecedente del ConcejoConstitucional Francés-, entre otros medios de comunicación, son posiblesherramientas que bien pueden ser utilizadas por esta Secretaría para propiciar unaadecuada y más eficaz participación ciudadana. El mismo concepto de audienciapública y de participación no es el mismo hoy que el que pudo ser en otros estadiostemporales y culturales en los que la sociedad no tenía a su disposición losmecanismos de comunicación de hoy en día. Así, una adecuada participaciónciudadana puede considerarse en la actualidad como un proceso de interacciónamplio, el cual debe echar mano de las facilidades tecnológicas, para así garantizaruna gestión pública democrática y participativa.

En este mismo sentido, en la Sentencia 9879-2013 de la Sala Constitucional se indicóque:

"...el avance en los últimos veinte años en materia de tecnologías de la información ycomunicación (TIC's) ha revolucionado el entorno social del ser humano. Sin temor aequívocos, puede afirmarse que estas tecnologías han impactado el modo en que elser humano se comunica, facilitando la conexión entre personas e instituciones a nivelmundial y eliminando las barreras de espacio y tiempo. En este momento, el accesoa estes tecnologías se convierte en un instrumento básico para facilitar elejercicio de derechos fundamentales como la participación democrática(democracia electrónica) y el control ciudadano, la educación, la libertad deexpresión y pensamiento, el acceso a la información y los servicios públicos en línea,el derecho a relacionarse con los poderes públicos por medios electrónicos y latransparencia administrativa, entre otros. Incluso, se ha afirmado el carácter dederecho fundamental que reviste el acceso a estas tecnologías, concretamente, elderecho de acceso a la Internet o red de redes. En tal sentido, el ConsejoConstitucional de la República Francesa, en la sentencia No. 2009-580 DC de 10 dejunio de 2009, reputó como un derecho básico el acceso a internet, al desprenderlo,directamente, del artículo 11 de la Declaración de los Derechos del Hombre y delCiudadano de 1789..."(El resaltado es nuestro)

POR TANTOLA COMISIÓN PLENARIA RESUELVE

En Sesión Ordinaria N° 020-2014 de esta Secretaría, realizada el 28 de febrero del 2014, enel Artículo No. 02 acuerda:

PRIMERO: Elegir el día 21 de marzo del 2014 para la recepción de los comentarios de laaudiencia pública del proyecto Nueva Terminal de Contenedores de Moín iniciada el pasado09 de noviembre del 2013, que no se han podido recibir por la violencia que ha imposibilitadola conclusión de la audiencia en los términos inicialmente establecidos.

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Resolución N ° 395-2014-SETENA

SEGUNDO: A efectos de no reproducir las circunstancias que impidieron la finalización de laAudiencia Pública, tanto en fecha 9 de noviembre de 2013, como en fecha 25 de enero de2014, los comentarios se recibirán en los lugares que abajo se detallan y con el uso de losmecanismos tecnológicos que igualmente garanticen el derecho a la participación y elmantenimiento del orden y la seguridad de todos los interesados.

TERCERO: Las personas inscritas en las boletas de comentarios de la audiencia públicadeberán elegir uno solo de los medios que en esta Resolución se habilitan, dado que comose indicó en la parte Considerativa cada participante debe en la audiencia ajustarse al tiempoal que tiene derecho.

Asimismo, se exhorta a los interesados a que hagan uso del medio que en mejor manera lesfacilite la emisión del comentario de audiencia pública, para lo cual se han habilitado mediosaccesibles y diversos entre sí.

CUARTO: Las siguientes personas son las que presentaron boletas para solicitar laoportunidad de manifestar comentarios del proyecto y son las que podrán utilizar losmecanismos que en esta resolución se habilitan: Arrieta Salazar Gilbert; número deidentificación 7-066-186; Blanco Calderón Marco; número de identificación 7-197-263;Blear Blear Ronaldo; número de identificación 7-077-282; Bolaños Alfredo; número deidentificación 7-080-100; Brenes Jorge; número de identificación 7-101-943; CastroSalgado Vladimir; número de identificación 7-090-759; Castro Duarte Guillermo;número de identificación 6-320-770; Cornejo Vega Heley; número de identificación 3-313-547; Dracket P Keysha; número de identificación 7-184-723; Dracket Pomier Yalile;número de identificación 7-221-535; Dracket Pomier Kendra; número de identificación7-199-515; Duran Vargas William; número de identificación 7-068-851; EscobedoMarco; número de identificación 3-258-855; Fernández Fernández Maricela; número deidentificación 7-113-292; Franco Cabrera Gilberto; número de identificación 7-075-053; García Cordero Javier; número de identificación 7-074-277; Gayle TaylorElizabeth; número de identificación 7-064-043; Gordon Dawkings Enos; número deidentificación 7-037-833; Henríquez Elizabeth; número de identificación 7-156-415;Jiménez Morales Carlos; número de identificación 7-045-868; Jiménez Umaña Julio;número de identificación 1-329-086; Levy Marco; número de identificación 7-069-314;López Morales Marino; número de identificación 7-079-129; Miranda Cortes María;número de identificación 7-086-864; Monestel Héctor; número de identificación 9-037-500; Montero Rafael; número de identificación 7-027-894; Muñoz Carlos; número deidentificación 4-181-113; Norman Scott Winston; número de identificación 7-066-374;Pierre Dixon Myrna; número de identificación 7-072-310; Quirós Bustos Noemy;número de identificación 2-547-695; Richard lllingworth Thomas; número deidentificación 182600040227; Rivel Acuña Florencio; número de identificación 5-158-718; Rojas Laura; número de identificación 1-652-628; Rojas Figueroa Raúl; númerode identificación 1-547-060; Rojas Rojas Aída; número de identificación 1-636-185;Saavedra Chacón Eduardo; número de identificación 7-068-810; Sagot Alvaro;número de identificación 2-365-227; Sánchez Muñoz Roberto; número deidentificación 1-579-067; Sánchez Masís Manuel; número de identificación 3-189-834;Santos S Federico; número de identificación 159100173921; Spencer Yomara; númerode identificación 7-166-601; Villalobos Céspedes Jorge; número de identificación 6-251-572; Wright Michael; número de identificación 1-1070-080; Williamson JoinerHugh; número de identificación 155802406329, Aburto Miranda Rene, número de

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Resolución N ° 395-2014-SETEN A

identificación 7-068-391; Castillo Solano José Luis, número de identificación 3-265-540; Hart Cornúlius Septimus, número de identificación 465271147; Sánchez MasísManuel, número de identificación 3-189-834; Simpson Simpson Alfonso, número deidentificación 7-057-869; Vega Masís Jhon (en representación de Héctor MonestelHerrera), número de identificación 7-164-369.

QUINTO: Los interesados podrán presentar sus comentarios en los siguientes lugares:

I. Personalmente en el CECI (Centro Comunitario Inteligente), de 8:00 a.m. a 8:00p.m. ubicado en la Biblioteca Pública de Limón en Barrio San Juan, donde sedispondrá de cámaras con la finalidad de que se registre en formato audiovisual, loque manifiesten quienes se presenten a dicho centro.

II. Personalmente en la oficina de Contraloría de Servicios de JAPDEVA (Junta deAdministración Portuaria para el Desarrollo de la Vertiente Atlántica) ubicada en elEdificio María, Costado Norte de los Tribunales de Justicia en Limón, Planta Baja, de8:00 a.m. a 4:00 p.m., donde se recibirán los comentarios por escrito, según lasreglas que abajo se establecen.

III. Personalmente en la oficina de la Dirección Regional del Área de ConservaciónAmistad Caribe de Limón sita en Limón Centro, 50 metros sur de Registro Civil enBarrio Roosevelt de 8:00 a.m. a 4:00 p.m., en cuyo caso se recibirán los comentariospor escrito, según las reglas que abajo se establecen.

IV. Personalmente en las oficinas de la SETENA, ubicada en Barrio Escalante, de laIglesia Santa Teresitá 300 metros Norte y 175 metros Este, de 7:00 a.m. a 3:00 p.m.,donde los comentarios se recibirán por escrito, o en videos pregrabados, según lasreglas que abajo se indican.

V. Por Fax, de 7:00 a.m. a 3:00 p.m. al número 2225-8862, para recibir los comentariospor escrito con arreglo al procedimiento que abajo se indica.

VI. Por Correo electrónico de 7:00 a.m. a 3:00 p.m. a la siguiente direcció[email protected]. para recibir los comentarios únicamente por escritosegún las reglas que abajo se detalla.

Vil. Por medio de la plataforma DROPBOX, de 7:00 a.m. a 3:00 p.m., según las reglas queabajo se indican.

SEXTO: Procedimientos para recepción de comentarios en diferentes mecanismos decomunicación

1. Aplicaciones GeneralesPara todos los mecanismos de comunicación utilizados en la continuación de laAudiencia Pública^ deberán seguirse todos los puntos indicados en este ítem.

1.1. De los autorizados a realizar comentariosi. SETENA enviará a cada oficina una lista en orden alfabético de las

personas que inscribieron su boleta para realizar un comentario, en ella seindica el número de identificación de cada una.

ii. Otras personas diferentes de las indicadas en la lista no podrán realizareste procedimiento.

1.2. La atención de las personas que brindarán sus comentarios se dará en formaordenada según se vayan presentando cada uno de los interesados, para

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lo cual cada oficina determinará la utilización de fichas u otro mecanismoque defina el orden en que será atendido cada usuario.

1.3. El interesado previo a dejar su comentario, deberá completar un formularioindicando datos como: Nombre completo, número de identificación y tipo dedocumento, teléfonos, dirección y correo electrónico donde se le puedahacer alguna comunicación, los cuales serán verificados por el funcionarioresponsable con el original del documento de identidad. Estos datos noimplican el apersonamiento al expediente.

1.4. Al finalizar la participación por cualquiera de los medios físicos establecidos(audiovisual, pregrabado o escrito), al participante se le hará entrega de unaboleta de recibo con el sello de la oficina receptora.

1.5. Los interesados deberán velar por el correcto uso del lenguaje y gesticulacionesdurante la grabación de sus comentarios, ya que no podrán ser publicadasreproducciones que atenten contra la honra o moral de las personas, casocontrario las mismas serán descartadas.

1.6. Los comentarios escritos y videos facilitados por los interesados, seránenviados por el funcionario autorizado en cada lugar de recepción, a lasoficinas administrativas de la SETENA, de tal forma que los mismos puedanser incorporados al sitio Web Institucional de SETENA para que puedan serconsultados por la demás ciudadanía.

1.7. El periodo para la recepción en los medios de comunicación dispuestos, será elindicado en esta resolución, por lo que cualquier dato remitido antes odespués de! plazo previsto para la misma NO será considerado como partede los comentarios para la continuación de la audiencia pública.

2. Comentarios Escritos2.1. Los Jugares para recibir los comentarios escritos, están ubicados en

JAPDEVA, SINAC y SETENA, según las direcciones indicadas en elPor Tanto QUINTO de esta Resolución.

2.2. Los participantes podrán escribir a mano (con letra legible) opresentar sus comentarios impresos, hasta un máximo de 10páginas.

2.3. Cumplir con todas las Aplicaciones Generales indicadas en el punto1.

3. Comentarios pregrabados3.1. Este tipo de comentarios son aquellos que han sido grabados o

editados por el mismo interesado de forma previa.3.2. Los lugares para recibir los comentarios pregrabados están ubicados

en JAPDEVA, SINAC, CECI y SETENA3.3. Los comentarios pregrabados, deberán ser realizados utilizando

únicamente alguno de los siguientes formatos permitidos: AVI, MPG,WMV, Quick Time o MPEG-4 y ser entregados en un disco compacto.

3.4. Los discos compactos con el archivo pregrabado deberá presentarsedebidamente rotulado con el nombre y número de identificación delparticipante.

3.5. Los videos pregrabados no deberán exceder bajo ninguna excepción,un tiempo mayor a los cinco minutos.

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3.6. Cumplir con todas las Aplicaciones Generales indicadas en el punto1.

4. Comentarios audiovisuales4.1. Este tipo de comentarios son aquellos que serán grabados

directamente en las instalaciones del CECI en Limón.4.2. Los comentarios audiovisuales no deberán exceder bajo ninguna

excepción, un tiempo mayor a los cinco minutos.4.3. Cumplir con todas las Aplicaciones Generales indicadas en el punto

1.

5. Comentarios enviados por fax5.1. Para efecto de remitir comentarios por medio de Fax, la SETENA

pondrá a disposición el número 2225-8862, durante el períodoseñalado anteriormente de 7:00 a.m. a 3:00 p.m., por lo que cualquierdato remitido antes o después del plazo previsto NO seráconsiderado como parte de los comentarios oficialmente recibidospara la audiencia pública.

5.2. Para la admisibilidad del documento enviado vía fax como comentariode la audiencia pública, será necesario firmar el mismo y adjuntar unacopia legible por ambos lados del documento de identidad delparticipante correspondiente, a efectos de constatar la identidad delmismo.

5.3. Los participantes podrán enviar sus comentarios escritos a mano(con letra legible) o impresos, hasta un máximo de 10 páginas.

5.4. El fax desde el cual se reciba el comentario correspondiente, será elmismo al que SETENA comunicará cualquier situación que considerenecesario, caso contrario deberá señalar el participante el correo onúmero de fax que desee establecer para esos efectos.

6. Comentarios enviados por correo electrónico6.1. La SETENA colocará a disposición de las personas inscritas para los

comentarios, la cuenta de correo electrónico con la siguientedirección: [email protected]

6.2. En esta dirección solo serán recibidos escritos y no se aceptaránarchivos de audio o video, ya que se dispondrá de otro medio para talfin.

6.3. El periodo para la recepción por este medio electrónico será elseñalado anteriormente de 7:00 a.m. a 3:00 p.m., por loque cualquierdato remitido antes o después del plazo previsto NO seráconsiderado como parte de los comentarios oficialmente recibidospara la audiencia pública.

6.4. Se aclara que la Institución utilizará la plataforma de correoelectrónico de Google (Gmail), para garantizar al ciudadano laprestación del servicio con un mínimo de posibilidad de fallos en elsistema; ya que la misma ha sido una plataforma tecnológicaaltamente comprobada en el mercado y la población.

6.5. Para la admisibilidad del documento enviado vía correo electrónicocomo comentario de la audiencia pública, será necesario adjuntar

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una copia legible por ambos lados del documento de identidad delparticipante correspondiente escaneada y como adjunto del correoenviado, a efectos de constatar la identidad del mismo.

6.6. El correo desde el cual se reciba el comentario correspondiente, seráel mismo al que SETENA comunicará cualquier situación queconsidere necesario, caso contrario deberá señalar el participante elcorreo o número de fax que desee establecer para esos efectos.

7. Procedimiento para remisión de comentario realizado en video por parte delinteresado sin utilizar el servicio de la Institución:

7.1. Para efecto de remitir videos mediante la utilización de mecanismoselectrónicos a la Institución, la SETENA ha dispuesto de una cuentaen la plataforma DROPBOX (www.dropbox.com) en donde el usuariopodrá subir su video preparado previamente por el interesado.

7.2. Los videos pregrabados deberán ser realizados utilizando alguno delos siguientes formatos permitidos: AVI, MPG, WMV, Quick Time oMPEG-4.

7.3. Los videos pregrabados no deberán exceder un tiempo mayor a loscinco minutos.

7.4. Los interesados deberán velar por el correcto uso del lenguaje ygesticulaciones durante la grabación de sus videos, ya que no podránser publicadas reproducciones que atenten contra la honra o moralde las personas y las mismas serán descartadas.

7.5. Los interesados en utilizar este medio para remitir videos, deberánacceder al sitio web de esta plataforma tecnológica(www.dropbox.com) y registrarse mediante el correo electrónico queutilizarán para la comunicación con la SETENA.

7.6. Una vez que el interesado haya realizado su registro, deberá remitirun correo electrónico a la dirección [email protected] claramente en el asunto del mensaje la leyenda"SOLICITUD DE ACCESO SISTEMA DROPBOX", en el cuerpo odescripción del mensaje deberá indicar su información personal;como mínimo indicar su nombre completo tal y como aparece en sudocumento de identidad y el número de identificación, así mismoadjuntar copia legible del documento de identidad por ambos ladosescaneado. Una vez recibido el correo en el formato establecido, laSETENA procederá en tiempo a inscribir al interesado en el sistemaDROPBOX y le asignará una carpeta en donde podrá almacenar elvideo cumpliendo con las indicaciones de forma (video) yaestablecidas.

7.7. La información de la inscripción por parte de la SETENA le seráremitida al interesado por medio de correo electrónico y seráadjuntado un link en donde a partir de ese momento podrá subir lainformación deseada (video) al sistema DROPBOX.

7.8. Una vez que el interesado haya realizado el procedimiento de subir elvideo en la carpeta que le fue asignada, deberá remitir un nuevocorreo electrónico a la dirección [email protected] claramente en el asunto del mensaje la leyenda

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Resolución N ° 395-2014-SETENA

"SOLICITUD DE ACEPTACIÓN DE VIDEO DROPBOX", en el cuerpoo descripción del mensaje deberá indicar la siguiente leyenda:"Yo Nombre v apellidos Identificación No. númeroidentificación . por este medio solicito a la SETENA que incorporecomo comentario a la audiencia pública el video aportado por mipersona mediante la cuenta de mi correo cuenta correo enDROPBOX"

7.9. Se recomienda que los usuarios de esta plataforma tengan en cuentala calidad y tamaño de los archivos multimedia creados, para evitarinconvenientes en cuanto a su remisión o fidelidad para los finesdispuestos.

7.10. Los interesados en la utilización de esta plataforma tecnológica,podrán realizar consultas o aclarar dudas mediante el uso de correoselectrónicos remitidos a la misma cuenta de Gmail([email protected]). para lo cual deberán indicar en elasunto del mensaje la frase "SOPORTE DROPBOX" y en el cuerpo odescripción del mensaje indicar al menos los siguientes datos:nombre completo, copia de la cédula de identidad visible por amboslados, número de teléfono donde localizarle y descripción delproblema suscitado atinente al uso de esta plataforma.

7.11. El periodo para la recepción por este medio electrónico será elindicado en esta resolución, por lo que cualquier dato remitido anteso después del plazo previsto para la misma NO será consideradocomo parte de los comentarios para la audiencia pública remitidos.

SEXTO: Se ordena al desarrollador publicar una convocatoria con la totalidad del Por Tantode esta Resolución en un Diario de Circulación Nacional al menos diez días hábiles antes del21 de marzo del 2014 y en e! Diario Oficial La Gaceta en los términos del artículo 241 de laLey General de la Administración Pública, siendo que se debe publicar lo señalado tres díasseguidos y que el último aviso deberá haberse efectuado con al menos 8 días hábiles deantelación a la celebración de la actividad, dado que en la norma citada se establece que lanotificación se tendrá por hecha 5 días hábiles después de la última publicación y que seconsidera necesario que la actividad se tenga por notificada tres días hábiles antes de laactividad en aplicación extensiva del artículo 60 del Reglamento General de Procedimientosde Evaluación de Impacto Ambiental, a efectos de convocar a quienes solicitaron el uso de lapalabra para que presenten sus comentarios en las formas establecidas en esta Resolución.Además, el desarrollador deberá anunciar el modo en que se recibirán los comentarios,utilizando medios de comunicación como anuncios de radio y afiches en los que se señale lalista de personas que presentaron boleta de comentarios.SÉTIMO: Cada persona tiene el equivalente a cinco minutos de tiempo para comentar lo quedesee en relación a la realización y Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto Terminal deContenedores Moín.

OCTAVO: Una vez recibidos por esta Secretaría todos los comentarios en el formato que sehayan presentado -sea en formato audiovisual o escritos-, se reunirán todos y junto con laréplica, la cual contará con un tiempo no mayor de 10 minutos en un espacio pregrabado, sepodrán consultar por cualquier interesado a través de los enlaces que se establecerán alefecto en la página oficial de la SETENA (www.setena.qo.cr), a más tardar el día viernes 28de marzo del 2014.

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Resolución N ° 395-2014-SETENA

El canal de la plataforma YouTube (http://www.voutube.com/channel/UC1Muzsq-2lrFwpacNGOnVvw) se utilizará para la publicación de los comentarios emitidos en formatoaudiovisual, canal que puede ser consultado por cualquier interesado.

Todos los comentarios de audiencia pública serán debidamente incorporados al expediente yvalorados para la evaluación del Proyecto Terminal de Contenedores de Moín.

NOVENO: Para la implementación del mecanismo dispuesto en esta resolución, elDesarrollador deberá coordinar con esta Secretaría todas las actividades relacionadas con lamisma. Además, aportará todos los recursos necesarios que se requieran para suejecución.

Atentamente,

r

ING. URIEL JUÁREZ BALTODAISECRETARIO GENERAL

EN REPRESENTACIÓN DE LA COMISIÓN PLENARIA

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Resolución N ° 395-2014-SETEN A

En la oficina de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental se notificó copia de la Resolución N°0395-2014-SETEN A de las 15 horas 25 minutos del 28 de febrero 2014.

NOTIFÍQUESE:

Paul J. GallieApoderado Generalísimo de APM Termináis MOIN S.A

Apersonamientos (Nombres y números de fax):

Myrna Fierre Dixon

Ronaldo Blear Blear, SINTRAJAPJosé Luis Castillo Solano

Eduardo Saavedra Chacón

José Soler Aira

Marco Levy Virgo

Mauricio Alvarez Mora

Rebeca Matamoros Seravalli, CINDE

Alvaro Sagot Rodríguez

Alian Astorga Gatgens

Fax: 2520-6494

Fax: 2758-4355 X

Fax: 2758-1 635Fax: 2758-1635

Fax:2798-2163 ¿

Fax: 2283-3234

Fax:2798-2645

Fax: 2223-3925 1

Fax: 2201 -2867

Fax: 2453-1 41 5

Fax: 2273 5353

Firma: cédula

A las \a horas y minutos del de C*r del 2014.

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