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Santiago del Estero - Octubre de 2012
Ministerio de Economía
Gobierno de Santiago del Estero
Consejo Federal de Responsabilidad Fiscal
Expositora: Lic. Patricia Farah
QUÉ SON LAS REGLAS FISCALES Son normas de procedimiento para ejecutar el presupuesto
público con mayor transparencia y previsibilidad.
Es una forma de proveer un marco institucional a la política fiscal.
Buscan dotar de mayor credibilidad a la implementación de políticas públicas, al intentar reducir las decisiones discrecionales.
El objetivo es mejorar la confianza de la sociedad en que las cuentas fiscales serán predecibles, de manera tal de que la sustentabilidad fiscal sea un objetivo compartido por todos los gobiernos.
¿Por qué implementar RF en Argentina?
El Sector Público Argentino ha tenido una marcada tendencia al déficit. Aún bajo la vigencia de distintos planes económicos y en diferentes contextos macroeconómicos.
El sesgo a los déficits continuó incluso en épocas de crecimiento económico.
El hecho que la política fiscal haya sido procíclica aún ante la inexistencia de reglas fiscales.
CLASIFICACIÓN DE REGLAS FISCALES
CUANTITATIVAS Representan límites numéricos sobre los principales agregados fiscales, como serla expansión del gasto, el resultado financiero y el nivel de endeudamiento.
CUALITATIVAS Refiere a la clasificación, generación, formulación y comunicación de la información fiscal y presupuestaria: transparencia de la información, periodicidad y plazos de presentación, normas y procedimientos de contabilización, universo contabilizado, etc.
REGLAS FISCALES EN EL RÉGIMEN ARGENTINO
ALGUNOS CONCEPTOS SOBRE TRANSPARENCIA
Se hace referencia a la difusión de la información pública.
Su publicación permite la evaluación de la calidad de las políticas públicas. Principio que ha sido revalorizado en la ley de creación del régimen de responsabilidad fiscal argentino.
La transparencia en la gestión de los fondos públicos está relacionada a la calidad de la democracia y,
Una mayor publicación de información permite mejorar la confianza de la ciudadanía y fortalece la calidad de las instituciones.
TRANSPARENCIA: DEFINICIÓN
“La transparencia fiscal y presupuestaria se refiere a la disponibilidad pública de información completa, precisa, oportuna y útil sobre las actividades financieras de un gobierno. La transparencia es, en parte, un fin en sí mismo: los contribuyentes tienen el derecho de saber qué es lo que el gobierno hace con su dinero.” (Shapiro Isaac, 2002)
“Volumen de información” publicado no siempre es sinónimo de transparencia.
La información debe ser confiable, comparable y
fidedigna de acuerdo a las buenas prácticas fiscales.
Para determinar el “grado” de transparencia de un gobierno o institución debe ser pasado necesariamente por estos tres filtros.
TRANSPARENCIA FISCAL ALREDEDOR DEL MUNDO
Código de buenas prácticas adoptado por los Organismos Internacionales:
● Clara definición de funciones y responsabilidades;
● Acceso del público a la información;
● Transparencia en la preparación, ejecución y publicación del presupuesto;
● Integridad de la información.
TRANSPARENCIA: Punto de partida de un Régimen de Reglas Fiscales
Toda puesta en práctica de un régimen de reglas fiscales debe ser precedido por un minucioso proceso que asegure la transparencia y compatibilice la información fiscal a evaluar.
“Si los presupuestos no son transparentes y
hay posibilidades de hacer contabilidad creativa,
las reglas numéricas pierden efectividad.”
Sin información transparente no es posible realizar evaluaciones.
La primera etapa de régimen se concentró en:
‐ Mejorar la transparencia de la información
‐ Garantizar la compatibilidad de los datos
‐ Ampliar el universo de organismos alcanzados por el RFRF
‐ Obligatoriedad de su publicación en página web
EL RFRF Y LA TRANSPARENCIA FISCAL CALIDAD DE LA INFORMACIÓN
EL RFRF Y LA TRANSPARENCIA FISCAL CALIDAD DE LA INFORMACIÓN
• Mejora sustancial en la producción, compatibilización y homogenización de la información fiscal provincial.
• Ampliación del universo contabilizado.
• Indicadores Fiscales, Financieros, Impositivos y de Gestión: lectura rápida, homogénea y comparativa de la situación fiscal, financiera, impositiva y de gestión de las distintas jurisdicciones.
• Profundización y mayor homogeneidad en las técnicas de contabilización y estimación de la información fiscal: Gasto Tributario, Presupuestos Plurianuales, Fondos Fiduciarios, etc.
Artículo N°1: Créase el Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal con el objeto de establecer reglas generales de comportamiento fiscal y dotar de una mayor
transparencia a la gestión pública, el que estará sujeto a lo establecido en la presente ley …”
Régimen Federal de
Responsabilidad Fiscal
Gobierno Nacional y Adhesión de 21 Provincias
Aplica reglas fiscales, normas presupuestarias y reglas de procedimiento
Busca la consolidación del Régimen a nivel Municipal
LEGISLACIÓN PROVINCIAL
El Régimen está conformado por el
Gobierno Nacional y 21 provincias.
Las provincias de La Pampa y San
Luis no han adherido al Régimen
Federal de Responsabilidad Fiscal.
La Ciudad Autónoma de Buenos
Aires por su parte, si bien adhirió al
Régimen en julio de 2005, se
desvinculó del mismo en
noviembre de 2009.
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El mapa de la Responsabilidad Fiscal
OBJETIVOS DEL RÉGIMEN
• La administración ordenada en el uso de los recursos públicos.
• Dotar de una mayor transparencia que permita:
– Prever el comportamiento fiscal.
– Dar a la sociedad un continuo seguimiento del accionar estatal.
• Constituir una señal para los agentes económicos.
¿Cuál es el alcance del RFRF? La LRF es una legislación única para provincias, Gobierno Nacional y la C.A.B.A., para instituir una política fiscal coordinada y evitar que las externalidades creadas por el comportamiento fiscal inadecuado de una jurisdicción se transmitan a otras jurisdicciones.
Inclusión de los municipios en el Régimen de Responsabilidad Fiscal.
Voluntaria en el caso de Santiago del Estero
CONFORMACIÓN, INSTITUCIONES Y FUNCIONAMIENTO
Órgano de Aplicación
Consejo Federal de Responsabilidad
Fiscal
• Evalúa la observancia de lo establecido.
• Aplica sanciones por incumplimiento.
• Monitorea la publicación de la información.
• Difunde las evaluaciones efectuadas a los integrantes del Consejo (www.mecon.gov.ar/cfrf)
Órgano Ejecutor
Comité Ejecutivo de Responsabilidad
Fiscal
• Diseña metodologías de trabajo y procedimiento
• Organiza talleres de formación
• Cambia todos años
• Santiago del Estero participó del Comité Ejecutivo en los años 2006 y 2010
CONFORMACIÓN, INSTITUCIONES Y FUNCIONAMIENTO
CONSEJO FEDERAL DE RESPONSABILIDAD FISCAL
• ESTÁ INTEGRADO POR LOS MINISTROS DE ECONOMÍA DEL GOBIERNO NACIONAL, LOS GOBIERNOS PROVINCIALES (actualmente con la adhesión de 21 jurisdicciones).
• TIENE UN COMITÉ EJECUTIVO CONSTITUIDO POR: ‐ 1 REPRESENTANTE DEL GOBIERNO NACIONAL EN FORMA PERMANENTE ‐ 8 REPRESENTANTES DE LAS RESTANTES JURISDICCIONES EN FORMA
ROTATIVA Y POR ORDEN DE ADHESIÓN (durante 1 año fiscal).
Organización
(#) NO ADHERIDAS
GRUPO A FORMOSA ENTRE RÍOS CHACO CORRIENTES MISIONES SANTA FE
GRUPO B JUJUY TUCUMÁN LA RIOJA SANTIAGO DEL ESTERO CATAMARCA SALTA
GRUPO C RÍO NEGRO SANTA CRUZ CHUBUT TIERRA DEL FUEGO LA PAMPA(#) NEUQUÉN
GRUPO D SAN JUAN MENDOZA BUENOS AIRES CÓRDOBA SAN LUIS (#) C. A. B. A. (#)
• Realizar el seguimiento permanente del comportamiento fiscal de cada una de las jurisdicciones participantes.
• Solicitar a las reparticiones técnicas nacionales, provinciales e interjurisdiccionales informaciones y elementos que considere indispensables.
• Realizar estudios análisis, diagnósticos y propuestas. • Elaborar Proyectos de Resoluciones. • Formular el Proyecto de Presupuesto del Consejo Federal. • Elaborar la cuenta de inversión del Consejo Federal. • Poner en funcionamiento y mantener una página web. • Proveer todo lo relativo al funcionamiento del Consejo Federal.
ES EL ÓRGANO QUE REALIZA LAS TAREAS NECESARIAS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS FUNCIONES DEL CONSEJO FEDERAL
COMITÉ EJECUTIVO CONSEJO FEDERAL DE RESPONSABILIDAD FISCAL
LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDAD FISCAL
Reglas Fiscales Ley Nº 25.917
Contención del Gasto
Presupuesto Equilibrado
Endeudamiento Sostenible
El gasto primario
neto no debe
exceder el
crecimiento del
PIB nominal.
Las jurisdicciones
deberán cerrar los
ejercicios fiscales con
equilibrio financiero
ajustado, neto de las
pautas específicas del
Régimen.
PROVINCIAS: Servicios
de la deuda menores al
15% de los recursos
corrientes netos de
coparticipación a
municipios.
NACIÓN: El Gobierno
Nacional se compromete
a que el porcentaje de
deuda pública nacional
respecto del PBI se
reduzca en los ejercicios
fiscales subsiguientes.
El Gobierno
Nacional, los
Gobiernos
Provinciales y la
CABA constituirán
fondos anticíclicos
fiscales con el
objeto de
perfeccionar el
cumplimiento de
sus objetivos.
Fondos Anticíclicos
CONTENCIÓN DEL GASTO - ART. 10º LEY Nº 25.917
REGLAS CUANTITATIVAS
PRODUCTO BRUTO INTERNO - Proyecciones Macroeconómicas - Variación Interanual
VS
GASTO PRIMARIO NETO S/ Resolución
+ Gasto Primario (Planilla 1.4)
- Gastos financiados por OIC (Planilla 1.2.)
- Gasto infraestructura financiados con uso del credito (Planilla 1.2)
- Gastos Capital financiado con cualquier fuente financiamiento (Planilla 1.2)
- Gasto financiado con Transferencias del Estado Nacional
PRESUPUESTO EQUILIBRADO - ART. 19º LEY Nº 25.917
Resultado Financiero Ajustado
+ Resultado Financiero (Planilla 1.4)
- Gastos financiados por OIC (Planilla 1.2.)
- Gasto infraestructura financiados con uso del credito (Planilla 1.2)
- Gastos Capital financiado con cualquier fuente financiamiento (Planilla 1.2)
REGLAS CUANTITATIVAS
ENDEUDAMIENTO SOSTENIBLE - ART. 21º LEY Nº 25.917
+ Recursos Corrientes
- Coparticipación a municipios
(1) Recursos Corrientes Ajustados
VS
+ Amortización de Deuda
+ Intereses de Deuda
(2) Servicios de la Deuda
(3)=(2)/(1) Indicador de Endeudamiento
REGLAS CUANTITATIVAS
Artículo 2° Marco Macro - Fiscal: Información presupuestaria, fiscal, tributaria y macroeconómica que sirve de marco para realizar proyecciones presupuestarias.
Artículo 3° Cobertura Presupuestaria
Artículo 4° Conversores presupuestarios
Artículo 5° En Proyección plurianual detalle de estimación de recursos provinciales de origen nacional y perfil de vencimientos de deuda del Gobierno nacional
Artículo 6° Proyecciones presupuestarias plurianuales de las provincias y la CABA
Artículo 7° Publicación y difusión de información fiscal
Artículo 8° Indicadores homogéneos de gestión pública Artículo 9°
Sistema Integrado de Información Fiscal Compatible
Reglas de Transparencia para la Gestión Pública
LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDAD FISCAL
HERRAMIENTAS TÉCNICAS
• Consolidación del universo presupuestario (art. 3º).
• Utilización de conversores presupuestarios para homogeneizar la información (art.4º).
• Formulación de presupuestos plurianuales (arts. 5º y 6º)
• Definición de indicadores de gestión pública que midan
la eficiencia y eficacia en materia de recaudación y del
gasto (art. 8º).
• Difusión de la información (art. 7º).
• Implantación de Sistemas Integrados de Información Fiscal (artº 9).
• Límite al crecimiento del gasto público (art. 10º)
• Gastos incluidos en el presupuesto son las autorizaciones máximas sujetas a la percepción de los ingresos (art.11)
• Inclusión en los presupuestos de estimaciones de gastos tributarios (art. 18).
• Equilibrio financiero (art. 19).
• Tender a la reducción del nivel de endeudamiento de
todos los niveles de gobierno (art. 21).
• Control del nuevo endeudamiento provincial y
municipal (art. 25)
• Inclusión municipal en un Régimen de
Responsabilidad Fiscal (art. 33).
Evaluaciones: • Presupuesto • Cierre Anual
Informe de cumplimiento: • Municipios • Gastos Tributarios • Proyecciones
Presupuestarias Plurianuales
Informe de Seguimiento: • I, II y III Trimestre
Informe Ejecutivo: • Cargos Testigos • Transparencia Fiscal
Información a presentar: • Stock de Deuda • Planta de personal al 31 de
diciembre y al 30 de junio
Información y Evaluaciones
LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDAD FISCAL
Parcial: Artículos 10, 12 (destino de la venta de activo fijo y del endeudamiento), 15, 19, 21 (limitación destino endeudamiento) y 24.
Por Resolución Nº 68 se establece la metodología de cálculo a los efectos de las evaluaciones de los artículos 10º y 19 y. Se permite deducciones de los gastos relacionados con:
La promoción de la actividad productiva, El sostenimiento del nivel de empleo y La asistencia social.
Transitoria: únicamente para las evaluaciones que se efectúen en los ejercicios fiscales 2009 y 2010 (prorrogada a 2011 y 2012).
LEY Nº 26.530: SUSPENSIÓN PARCIAL Y TRANSITORIA
Adhesión por Ley Provincial Nº 6.697, promulgada el 28 de diciembre de 2004.
Aprobación de los conversores presupuestarios por la Resolución Nº 4 del CFRF.
Adhesión a la Ley Nº 26.530 (modificatoria régimen) por la Ley Provincial Nº 6.971 del 18 de diciembre de 2009.
RESPONSABILIDAD FISCAL EN
SANTIAGO DEL ESTERO
GOBIERNO DEL SANTIAGO DEL ESTERO:
Presupuestos
Ejecuciones Pres.
Seguimiento Trim. 1º, 2º y 3º Trim. 2006-2011
y 1º Trim. 2012
EVALUACIONES EFECTUADAS POR EL CFRF
2006 - 2012
2005 - 2011
… Y PROPONDRÁN LA APLICACIÓN EN EL ÁMBITO DE TALES GOBIERNOS DE PRINCIPIOS SIMILARES A LOS ESTABLECIDOS EN LA MISMA.
EN EL CASO DE LA PROVINCIA DE SANTIAGO DEL ESTERO LA ADHESIÓN SE PRODUJO POR LEY PROVINCIAL Nº 6.697, EL 28 DE DICIEMBRE DE 2004.
LA MODALIDAD DE ADHESIÓN ES VOLUNTARIA.
PREGONA EL PRINCIPIO DE EQUILIBRIO ECONÓMICO Y LA TRANSPARENCIA EN LA GESTIÓN PÚBLICA.
RESPONSABILIDAD FISCAL Y MUNICIPIOS
Se destaca el esfuerzo Provincial por mejorar la información fiscal y reducir prácticas extrapresupuestarias.
Queda pendiente para la provincia articular los avances alcanzados con los municipios generando las adaptaciones necesarias para transitar el camino de la disciplina fiscal.
A modo de síntesis…
Lic. Patricia Farah
Coordinadora Técnica - Administrativa
Consejo Federal de Responsabilidad Fiscal
www.mecon.gov.ar/cfrf