manual del trabajador

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Conozca sus derechos como Trabajador

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Manual del Trabajador - Semana Laboral Agosto 2011

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Page 1: Manual del Trabajador

Conozca sus derechos como

Trabajador

Page 2: Manual del Trabajador

Para atenderle de la mejor manera posible, lo invitamos a que nos visite en nuestras oficinas localizadas en el

segundo piso del Consulado General de México. El horario de atención de la oficina se encuentra comprendido entre

las 8:00 am a 2:00 pm de lunes a viernes.

Protección a Mexicanos en el

ExteriorAsuntos Familiares

Ext. 1202

Trabajadores, Permisos Humanitarios y Repatriación de Restos

Ext. 1207

Migración y LocalizacionesExt. 1204 y 1205

Área PenalExt. 1201 y 1206

Pena de Muerte y Menores InfractoresExt. 1209

JurídicoExt. 1410

EMERGENCIASTel. (713) 857-6504

4506 Caroline Street, Houston, Texas 77004Tel. (713) 271-6800

www.sre.gob.mx/houston

MANUAL PARA EL TRABAJADOR 2011

Page 3: Manual del Trabajador

P R E S E N T A C I Ó N

Debido a la alta afluencia de connacionales que acuden a éste Consulado General, en busca de una posible solución a problemas suscitados en su trabajo, se ha emprendido la iniciativa de promover la primera versión del “Manual para el Trabajador”.

Con el objetivo de dar a conocer a la comunidad hispana, sus derechos como clase trabajadora, los diferentes servicios ofrecidos por las instituciones dedicadas a los asuntos de índole laboral dentro de la circunscripción. Así como, informar sobre los principales p r o b l e m a s q u e s e p r e s e n t a n cotidianamente y la manera de prevenirlos, o darles una satisfactoria solución. Las responsabilidades de los empleadores y las de los mismos trabajadores son un tema altamente importante que también es abordado en el presente texto.

Le invitamos a hacer uso de éste material y a compartirlo con sus familiares y amigos.

Recuerde:

¡SU SITUACIÓN MIGRATORIA NO AFECTA SUS DERECHOS COMO

TRABAJADOR!

MANUAL PARA EL TRABAJADOR 2011 1

Page 4: Manual del Trabajador

Í N D I C E

I. Presentación.......................................................................... 1

Mensaje de Bienvenida por el Cónsul General de México.... 3

II. Derechos como Trabajador.................................................... 5

Fuerza Laboral....................................................................... 6

Derechos Básicos como Trabajador....................................... 7

Salario Mínimo....................................................................... 11

Horas Extra (”Overtime”)........................................................ 12

¿Se niegan a pagarle?........................................................... 13

Prevención de caídas en el sector de la Construcción.......... 14

Indemnización por lesiones en el Trabajo.............................. 15

Compensanción al Trabajador (Worker’s Comp)................... 16

No a la discriminación............................................................ 17

Despido Injustificado.............................................................. 18

III. Programas ofrecidos por el Consulado General de México.. 19

Asesoría Legal por Abogados Especialistas.......................... 20

Semana de Derechos Laborales........................................... 21

Programa de Justicia e Igualdad en el Empleo..................... 22

III. Directorio de organizaciones pro el Trabajador ..................... 23

División de Horarios y Salarios............................................... 24

Administración de Seguridad y Salud Ocupacional............... 25

Comisión de Igualdad de Oportunidades de Empleo............. 25

Otras Organizaciones............................................................. 26

III. Prevenga el Abuso, Proteja sus Derechos ........................... 28

MANUAL PARA EL TRABAJADOR 2011

Page 5: Manual del Trabajador

CÓNSUL GENERAL DE MÉXICO

Diariamente cientos de mexicanos atraviesan la frontera hacia Estados Unidos, con miras a lograr una mejor calidad de vida, asentándose en las principales urbes de ésta nación; evidentemente la ciudad de Houston, no es excepción.

En su búsqueda por el denominado “sueño americano”, nuestros connacionales enfrentan serios retos y problemas en sus áreas de trabajo cotidianamente, y es precisamente por ello que el gobierno de nuestro país ha emprendido una serie de medidas para orientar y proteger a nuestros connacionales, a través de campañas informativas, programas preventivos, así como asistencia consular que ayude a los trabajadores a conocer y defender sus derechos, independientemente de su situación migratoria.

Por tales motivos, hoy nos complace poner a disposición del público en general, éste primer “Manual para el Trabajador”, que esperamos sea una herramienta de apoyo en la vida diaria de nuestros compatriotas mexicanos.

Atentamente

Dr. Luis Malpica y de LamadridCónsul General de México en Houston

MANUAL PARA EL TRABAJADOR 2011 3

Page 6: Manual del Trabajador

CONSULADO DE MEXICO

Ante cualquier duda comuníquese a

nuestra oficina de asuntos laborales,

mediante la siguiente

O acuda a la oficina de Protección a

Mexicanos en el Exterior, en el segundo

piso del Consulado General de México,

localizado en la 4506 Caroline Street,

Houston, Texas, 77004.

LINEA DE ATENCION DIRECTA

Tel. (713) 980-9999

4 MANUAL PARA EL TRABAJADOR 2011

Page 7: Manual del Trabajador

Conozca sus derechos

como Trabajador

Page 8: Manual del Trabajador

FUERZA LABORAL

6 MANUAL PARA EL TRABAJADOR 2011

Page 9: Manual del Trabajador

DERECHOS BASICOS

1. Recibir un salario mínimo y el pago de horas extra, cuando aplique.

2. Tener condiciones seguras y salubres en el lugar de trabajo.

3. Tener el derecho a reportar violaciones de trabajo y ser protegido contra represalias.

4. Trabajar libre de acciones discriminatorias y acoso.

5. A i n f o r m a r s e y p e d i r asesoramiento.

¡SU SITUACIÓN MIGRATORIA NO AFECTA SUS DERECHOS

COMO TRABAJADOR!

MANUAL PARA EL TRABAJADOR 2011 7

Page 10: Manual del Trabajador

¿CONOCE SUS DERECHOS COMO TRABAJADOR?

¿Qué derechos tengo al trabajar en los Estados

Unidos?

¿Tengo derechos en el trabajo a pesar de ser

indocumentado en los Estados Unidos?

¿Tengo derechos siendo jornalero?

De acuerdo con las leyes aplicables en los Estados

Unidos, toda persona que realice un trabajo

remunerado en territorio estadouidense está

protegida por la legislación laboral federal y estatal.

En general, todos los trabajadores tienen derecho

a un salario justo, en condiciones de trabajo

salubres y seguras, y sin ser objeto de abusos o

discriminación en el lugar de trabajo.

Por supuesto. Las leyes laborales de los Estados

Unidos se aplican a cualquier trabajador,

independientemente de su condición o estatus

migratorio. Si se encuentra indocumentado en este

país y enfrenta un problema en el lugar del trabajo,

no dude en pedir asesoría para resolver su

problema.

los jornaleros también se encuentran protegidos

por las leyes laborales estadounidenses. No

importa que no exista un contrato por escrito; en

donde haya un empleador y un trabajador, es

posible aplicar la ley laboral. No obstante, es

necesario contar con la información básica sobre

su empleador: nombre completo, dirección,

número telefónico, entre otros; esta información es

indispensable para que las autoridades

estadounidenses puedan proceder.

8 MANUAL PARA EL TRABAJADOR 2011

Page 11: Manual del Trabajador

¿CONOCE SUS DERECHOS COMO TRABAJADOR?

Recurrentemente los patrones amenazan con dar aviso a las autoridades migratorias si efectua una queja por tener malas condiciones laborales.

Es ilegal efectuar este tipo de amenzas, es considerado con una represalía; es importante que usted sepa que es contra la ley que se tomen represalías en contra de un trabajador por realizar una queja ante las autoridades laborales, por lo que debe denunciar este abuso inmediatamente.

El tráfico o trata de personas, se presenta cuando el empleado es forzado a trabajar en

contra de su voluntad, a través de amenazas o engaños.

Es ilegal que una persona retenga sus documentos, amenace con violencia, utilice promesas falsas o chantaje para obligarlo a

trabajar en contra de su voluntad.

Las personas que presenten este tipo de comportamientos pueden ir a prisión federal.

¿queja?

¿En qué consiste el tráfico de personas?

Puedo ser deportado por presentar una

MANUAL PARA EL TRABAJADOR 2011 9

Page 12: Manual del Trabajador

¿CONOCE SUS DERECHOS COMO TRABAJADOR?

Como empleado tiene derecho a:

? Recibir la totalidad del salario acordado y a

tiempo. El salario mínimo, que es de $7.25

dólares por hora, o equivalente.

? Después de las primeras 40 horas de trabajo, por

semana laboral las siguientes se deben de pagar

a tiempo y medio (horas extra).

? A llegar a un acuerdo razonable para tener días

de descanso y períodos de comidas, de igual

manera cuando se encuentre incapacitado para

continuar con sus labores.

? Tener condiciones de trabajo seguras y salubres.

? Un empleador no puede despedir, acosar,

discriminar a un trabajador lesionado ni negarse a

volver a emplearlo por ejercer sus derechos.

Tome en cuenta la siguiente información importante:

? Acordar con el empleador, desde antes que

comience a trabajar, cuál va a ser su salario,

cuánto tiempo va a trabajar, etc.

? No se requiere estipular por escrito un contrato de

trabajo, pero si es importante. NO FIRME ALGO

QUE NO ENTIENDA.

? El patrón puede despedir a sus empleados en

cualquer momento, sin estar obligado a pagar

indemnización alguna, excepto cuando se

comprueba discriminación o represalía.

? Es importante que tenga en cuenta que se cuenta

con dos años, como plazo máximo para presentar

una queja.

? Es una violación a las leyes laborales, realizar

deducciones desueldos por: falta de fondos,

compra de equipo, compra de herramientas, etc.

10 MANUAL PARA EL TRABAJADOR 2011

Page 13: Manual del Trabajador

SALARIO MÍNIMO

Los engaños más comunes para no pagar el sueldo mínimo son:

? Salario semanal o quincenal. Aun si le pagan por semana o quincena, le deben de pagar por lo menos $7.25 por cada hora que trabaje. Para calcular cuánto le están pagando por hora debe dividir su pago semanal, quincenal o mensual, entre el número de horas que registro.

? Pago por trabajo a destajo. Si le pagan por el número de piezas que produce, le tienen que pagar por lo menos el sueldo mínimo. Hay que hacer el mismo cálculo dividiendo el pago semanal entre el número de horas que trabaja.

? Pago por propina. Se puede pagar el 60% del sueldo mínimo (es decir, $4.65 por hora) más las propinas, solo si el empleador reparte las propinas en forma equitativa y si el salario a recibir, incluyendo las propinas, es mayor o igual al salario mínimo.

Si su empleador viola sus derechos al sueldo mínimo o tiempo extra, Usted tiene el derecho de presentar una demanda en la Corte o una

queja ante el Departamento de Trabajo.

MANUAL PARA EL TRABAJADOR 2011 11

Page 14: Manual del Trabajador

HORAS EXTRA (“OVERTIME”)

Todas las personas tienen el derecho de recibir el pago de tiempo extra; se le debe pagar “tiempo y medio” por todas las horas que trabaje después de las 40 horas regulares de una semana laboral, a menos que exista una excepción en la ley por el tipo de trabajo que realiza.

? No importa si le pagan su sueldo por semana o por quincena usted tiene el derecho a recibir el pago de “tiempo y medio” por cada hora que trabaja después de 40 horas por semana.

? Cheques múltiples (en especial para t rabajadores temporales) . Hay empleadores que pagan el trabajo semanal con varios cheques para no pagar las horas extras como “tiempo y medio”. Si recibe su pago semanal con más de un cheque o en efectivo por parte de varias empresas cuando en realidad se trata de un solo empleador, tenga cuidado que no le dejen de pagar lo que le corresponda.

? Empresas de contratación temporal que lo mandan a varias empresas. Si trabaja más de 40 horas en una semana para una empresa que lo manda a laborar a distintos sitios, usted tiene derecho a que se le paguen las horas extras a “tiempo y medio” acumuladas en la semana. Por ejemplo en labores de limpieza.

12 MANUAL PARA EL TRABAJADOR 2011

Page 15: Manual del Trabajador

¿SE NIEGAN A PAGARLE?

Un small claim, o reclamo menor, es una demanda para la recuperación de dinero; tiene jurisdicción limitada a los casos civiles entre litigantes privados. La denominada Corte de Justicia de Paz (Justice of Peace Court), es la autorizada para tratar de reclamos menores aunque también pueden tener otras funciones.

La también conocida como “Corte Pequeña”, no es capaz de otorgarle la propiedad o exigir otra parte a realizar o abstenerse de realizar algún acto. Conozca el valor de su reclamo pero la cantidad total de su reclamo, sin incluir los costos de la Corte.

Las reglas de este procedimiento civil son típicamente simplificadas con el fin de que los individuos puedan a cabo sus propios casos y representarse a sí mismos sin recurrir a la un abogado, aunque pueden representados por un abogado si así lo deciden.

Ganar en este tipo de Corte no garantiza automáticamente el pago en compensación de l o s d a ñ o s d e l d e m a n d a n t e .

Los pasos para establecer un reclamo menor son los siguientes:

1. Localizar la Corte más cercana al lugar donde se realizó el trabajo.

2. Presentar la solicitud y el pago de derechos.

3. Acudir a la cita que la Corte otorgará para usted y el demandado, donde el Juez dictará una resolución.

Para más información visite:

www.jp.hctx.net/default.htm

MANUAL PARA EL TRABAJADOR 2011 13

Page 16: Manual del Trabajador

DESPIDO INJUSTIFICADO

Si su jefe lo despide por alguna razón que no sea mala conducta, puede presentar

una solicitud de indemnización por desempleo, ante el departamento o

comisión de trabajo del estado en que reside.

El principio básico en los Estados Unidos refiere que usted puede ser despedido

por una buena razón, por una mala razón o sin razón alguna. No importa cuanto tiempo lleve trabajando con su patrón.

Existen excepciones: si no te han tratado justamente, por motivos de discriminación o por intentar afiliarse a algún sindicato.

Desafortunadamente, si no se cuenta con un permiso de trabajo válido, expedido

por las autoridades estadounidenses, es improcedente el cobro de la

indemnización por desempleo.

¿despide?

Qué puedo hacer si mi patrón me

14 MANUAL PARA EL TRABAJADOR 2011

Page 17: Manual del Trabajador

PREVENCIÓN DE CAÍDAS

Aproximadamente una tercera parte de los fallecimientos de los trabajadores del sector de la construcción se deben a caídas en su lugar de trabajo, es por ello que a continuación se mencionan algunas sugerencias para prevenirlas:

1. Identificar los peligros potenciales antes de cada proyecto.

2. Asegurar que el equipo de protección sea el apropiado para realizar los trabajos, que esté en buenas condiciones y que su utilización sea la apropiada por el trabajador.

3. Realizar con regularidad entrenamientos generales de prevención de caídas.

4. Capacitar a los trabajadores en la identificación de peligros específicos de caídas y en requerimiento de equipo de protección personal.

5. Realizar inspecciones regulares del equipo de protección de caídas, de acuerdo con los fabricantes del equipo.

6. Señalar los sitios donde existe peligro de caídas, tales como aberturas en el piso, zanjas, barras o tubos de acero que sobresalen sin protección o tragaluces.

7. Intercambiar información con otros empleadores de la construcción a efecto de identificar mejores prácticas.

MANUAL PARA EL TRABAJADOR 2011 15

Page 18: Manual del Trabajador

INDEMNIZACIÓN POR LESIONES

En los casos de la indemnización por lesiones, puede presentar un reclamo por actos indebidos que lesionen sus derechos e intereses, de conformidad con la legislación local.

En los casos de la indemnización por lesiones, la Representación Consular apoya a sus connacionales, a través de la asesoría legal especializada de abogados consultores, para aquellas situaciones en las que se necesiten recurrir a juicios para obtener una indemnización y les da a conocer los elementos que debe presentar para obtener una sentencia favorable y así conseguir una indemnización en caso en los que exista una violación de un derecho civil.

Otra alternativa con la que Usted cuenta es hacer una queja con OSHA sobre una condición de trabajo peligrosa. Si la condición presenta claramente un riesgo, y no hay suficiente tiempo para que OSHA examine, y, en la medida de lo posible, usted le haya mostrado la condición a su empleador, usted puede tener un derecho legal a reusarse a trabajar en una situación donde usted estaría expuesto al peligro.

16 MANUAL PARA EL TRABAJADOR 2011

Page 19: Manual del Trabajador

WORKER’S COMPENSATION

Es un programa regulado por el estado de Texas, el cual proporciona beneficios médicos y de ingresos a los empleados que cuentan con una cobertura si tienen una lesión o enfermedad relacionada con el trabajo. Las leyes estadounidenses no contemplan que los patrones proporcionen un seguro médico, por lo que pueden elegir si proporcionan o no una cobertura de segu ros de compensac ión pa ra trabajadores a sus empleados, sin embargo, ello no los exime de brindar condiciones salubres y seguras en el lugar d e t r a b a j o .

Si su empleador cuenta con el llamado Worker’s Comp, usted tiene derecho a recibir una indemnización por: la parte proporcional de su sueldo, asistencia méd ica , i ndemn izac ión po r una incapacidad permanente o compensar a la familia si es que el trabajador murión a causa del trabajo, según aplique el caso.

De no contar con este seguro, usted puede recurrir a los servicios de un abogado, para dar seguimiento legal a su caso.

¿Qué es la compensación para trabajadores?

MANUAL PARA EL TRABAJADOR 2011 17

Page 20: Manual del Trabajador

NO A LA DISCRIMINACI NÓ

La discriminación laboral consiste en recibir un trato diferente, de manera negativa hacia su persona, con respecto a las demás personas que trabajan en el mismo lugar.

Si usted cree que esta siendo discriminado, tiene el derecho a presentar una queja ante la Comision de Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC, por sus siglás en inglés).

Para realizar dicha queja hay que tomar en cuenta lo siguiente:

1. Tiene un plazo máximo de 180 días, a partir del día en que se realizó la acción discriminatoria, para interponer la queja.2. Son candidatos a este tipo de quejas aquellas personas que laboren en una compañia que cuente con 15 empleados o más.

Antes de comenzar las investigaciones, la EEOC, intentará resolver el caso con la ayuda de un mediador. El mediador tratará de que usted y el empleador resuelvan su conflicto mediante la negociación. De no llegar a un acuerdo, se da paso a la investigación.

Luego de la investigación se le informará sobre el resultado, si este no le favorece usted tiene el derecho a apelar dicha respuesta en un plazo no mayor a 90 días.

18 MANUAL PARA EL TRABAJADOR 2011

Page 21: Manual del Trabajador

Programas que ofrece el Consulado de

México

Page 22: Manual del Trabajador

CONSULADO DE MEXICO

Diariamente el departamento de Protección a Mexicanos en el Exterior de éste Consulado, recibe un importante número de solicitudes de asistencia cnosular para personas que han sufrido de abusos en su lugar de trabajo.

Algunos de los temas en los que ésta oficina puede apoyarle son:

? Proporcionar información y asesoría sobre las leyes laborales y de seguridad en el trabajo.

? Auxiliar en la recuperación de salarios devengados, sin importar su estatus migratorio.

? Dar información en torno a las posibles alternativas legales para presentar una queja por violación de las leyes laborales, de seguridad y de discriminación en el lugar de trabajo.

Asesoría Legal Gratuita por parte de Abogados Especialistas

El Consulado General de México en Houston, inició un nuevo programa de

asesorías gratuitas otorgadas por abogados especialistas, para nacionales mexicanos

que radican en su jurisdicción. Los abogados especialistas en asuntos de índole laboral, asisten semanalmente

durante los días lunes, martes, miércoles y viernes, de 10:00am a 12:00pm.

20 MANUAL PARA EL TRABAJADOR 2011

Page 23: Manual del Trabajador

SEMANA DE DERECHOS LABORALES

En la tradicional Semana

de Derechos Laborales,

participan funcionarios

consulares mexicanos así

como diversas oficinas

estatales y federales de

t e m a s l a b o r a l e s e n

E s t a d o s U n i d o s , o r g a n i z a c i o n e s n o

gubernamentales, consulados generales y

sindicatos.

Su objetivo es concentrar y multiplicar la

visibilidad del trabajo de protección de los

derechos laborales que se realiza cotidianamente

en todos los consulados mexicanos en Estados

Unidos; cómo presentar una queja ante las

oficinas federales de salud ocupacional; el

derecho a un área de trabajo segura;

compensaciones por lesiones en el trabajo; el

derecho al salario mínimo y tiempo extra; el

derecho a no ser discriminado y el derecho a

acciones colectivas.

La Semana de Derechos Laborales,

representa una nueva iniciativa en el marco del

Acuerdo de Colaboración que la Secretaría de

Relaciones Exteriores y el Departamento del

Trabajo estadounidense, sostienen desde 2004.

MANUAL PARA EL TRABAJADOR 2011 21

Page 24: Manual del Trabajador

JUSTICIA E IGUALDAD EN EL EMPLEO

El Programa de Justicia e Igualdad en el Empleo

(Justice and Equality in the Workplace Program,

JEWP, por sus siglas en inglés), fue creado en el

año 2001 y es un esfuerzo de colaboración entre

los organismos gubernamentales, consulados, y

organizaciones sin fines de lucro, que trabajan

juntos para brindar ayuda a la comunidad hispana

en el área de Houston.

El éxito del programa ha dado lugar a iniciativas similares en Los Ángeles, Dallas, Las Vegas, Miami y Nueva York.

Así mismo, ha sido reconocido por la profesora

Janice Fine, en su libro “WORKER CENTERS,

Organizing Communities at the Edge of the

Dream”.

OBJETIVOS

? Campañas educativas dirigidas a los empleadores y los empleados que viven en el área de Houston para informarles sobre sus derechos y responsabilidades en el trabajo.

? Identificar las prácticas de empleo ilegal y la discriminación laboral contra los trabajadores hispanos.

? Proporcionar referencias, y caso por caso

la resolución de problemas que afectan a

los trabajadores inmigrantes hispanos,

sin importar su estatus migratorio.

Para mayor información:

Tel. (713) 980-9999

www.wecanhelphouston.org/justice_and_equality

22 MANUAL PARA EL TRABAJADOR 2011

Page 25: Manual del Trabajador

Directorio de Organizaciones

de apoyo al Trabajador

Page 26: Manual del Trabajador

DEPARTAMENTO DE TRABAJO

El Departamento de Trabajo de Estados Unidos, independientemente de su estatus migratorio, es responsable de las condiciones de trabajo, salarios y horarios, seguros de desempleo, los servicios de reinserción laboral, y algunas estadísticas económicas. Muchos estados estadounidenses cuentan con departamentos de trabajo (en el caso de Texas: la Comisión Laboral de Texas).

El departamento del trabajo se hace presente a través de diversas comisiones, divisiones y agencias como lo son:

La División de Horarios y Salarios, es la responsable de hacer cumplir las leyes protectoras del salario mínimo, pago de horas extras, el trabajo infantil y situaciones especiales en el empleo, los trabajadores migrantes, la protección de trabajadores temporales, y el salario prevaleciente para la administración pública y contratos de construcción.

8701 S. Gessner Dr. Suite 1164Houston, Texas, 77074Tels. (713) 339-5500 1 (866) 487-9243

www.dol.gov/whd/index_sp.htm

24 MANUAL PARA EL TRABAJADOR 2011

Page 27: Manual del Trabajador

DEPARTAMENTO DE TRABAJO

La Administración de Seguridad y Salud

Ocupacional ,se encarga de garant izar

condiciones de trabajo seguras y salubres para

trabajadores mediante el establecimiento y la

aplicación de normas y el suministro de

capacitación, inclusión, instrucción y asistencia.

Oficina del Área Norte

507 North Sam Houston Parkway East Suite 400

Houston, Texas 77060

Tel. (281) 591-2438

Oficina del Área Sur

17625 El Camino Real, Suite 400

Houston, Texas 77058

Tel. (281) 286-0583

www.osha.gov/workers-spanish.html

La Comisión de Igualdad de Oportunidades en el

Empleo, es responsable de hacer cumplir las leyes

federales que establecen que es ilegal discriminar

a un empleado debido a su raza, color, religión,

sexo, origen, edad, discapacidad o la información

genética.

Para mayor información:

1919 Smith Street 6th Floor

Houston, Texas 77002

Tel. 1-800-669-4000

www.eeoc.gov/spanish/

MANUAL PARA EL TRABAJADOR 2011 25

Page 28: Manual del Trabajador

DIRECTORIO

Harris County AFL-CIO2506 Sutherland St. Houston, Texas, 77023

Tel. (713) 923-9473www.hcaflcio.org

YMCA International6300 Westpark Dr. Suite 600

Houston, Texas, 77057Tel. (713) 339-9015

www.ymcahouston.org

Interfaith Worker Justice Center1805 W. Alabama Houston, Texas, 77098

Tel. (713) 862-8222www.hiwj.org

Diocésis Católica de Houston-Galveston1700 San Jacinto Houston, Texas, 77002

Tel (713) 659-5461www.diogh.org

The Conroe Hispanic Task ForceTel. (936) 718-2231 (936) 648-8998

Consulado General de Colombia2400 Augusta Dr. Suite 400

Houston, Texas, 77057Tel. (713) 527-8919www.colhouston.org

Consulado General de Ecuador4200 Westheimer Rd. Suite 218

Houston, Texas, 77027Tel. (713) 572-8731

(713) 572-8732

26 MANUAL PARA EL TRABAJADOR 2011

Page 29: Manual del Trabajador

DIRECTORIO

Consulado General de El Salvador

10301 Harwin Dr. Suite “B”

Houston, Texas, 77036

Tel. (713) 270-6239

(713) 270-9683

Consulado General de España

1800 Bering Dr. Suite 660

Houston, Texas, 77057

Tel. (713) 783 - 6200

www.maec.es/subwebs/consulados/houston

Consulado General de Guatemala

3013 Fountain View, Suite 210

Houston, Texas, 77057

Tel. (713) 953-9531

Consulado General de Honduras

7400 Harwin Dr. Suite 200

Houston, Texas, 77036

Tel. (713) 785-5625

www.consuladohondurashouston.org

Consulado General de Nicaragua

8989 Westheimer Rd. Suite 103

Houston, Texas, 77063

Tel. (713) 789-5447

(713) 789-3164

Consulado General de Panamá

24 Greenway Plaza, Suite 1307

Houston, Texas, 77046

Tel. (713) 622-4451

(713) 622- 4459

www.conpahouston.com

MANUAL PARA EL TRABAJADOR 2011 27

Page 30: Manual del Trabajador

Prenvenga el Abuso,

proteja sus Derechos

Page 31: Manual del Trabajador

TABLA DE REGISTRO

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MANUAL PARA EL TRABAJADOR 2011 29

Page 32: Manual del Trabajador

ANOTACIONES

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30 MANUAL PARA EL TRABAJADOR 2011

Page 33: Manual del Trabajador

NOTA IMPORTANTE

El objetivo de esta publicación es brindar información general sobre los derechos de los trabajadores en el área metropolitana de Houston, así como los programas y organizaciones existentes para el apoyo a los trabajadores.

La información contenida en este Manual es propiedad del gobierno federal de Estados Unidos, y fue tomada en su totalidad del sitio de internet de cada organización mencionada, y no necesariamente representa el punto de vista del Consulado General de México en Houston, ni de la Secretaría de Relaciones Exteriores en México.

Este Consulado General, la Secretaría de Relaciones Exteriores, sus servidores públicos y empleados, no se hacen responsables, ni adquieren ningún tipo de responsabilidad civil por ningún consejo, tratamiento, diagnóstico, información, servicio o producto que usted obtenga a través de este Manual. Nunca sustituya el consejo proporcionado por un experto.

-ooo0ooo-

The objective of this publication is to provide general information regarding labor rights in the Houston metropolitan area, as well as existing programs and organizations available to support workers.

The information contained in this Manual is property of the United States federal government, and was taken in its totality from the internet website of each organization mentioned, and does not necessarily represent the point of view of the Consulate General of Mexico in Houston, or of the Ministry of Foreign Affairs of Mexico.

This Consulate General, the Ministry of Foreign Affairs, its public servers and employees, are not responsible, or acquire any type of civil responsibility for any advice, treatment, diagnostic, information, service or product you may attain thru this Manual. Never substitute any a d v i c e g i v e n b y a n e x p e r t .

MANUAL PARA EL TRABAJADOR 2011

Page 34: Manual del Trabajador

Consulado General de México4507 San Jacinto StreetHouston, Texas 77004Tel. (713) 271-6800

www.sre.gob.mx/houston