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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS 2015 - 2018

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA COORDINACIÓN GENERAL

DE RECURSOS HUMANOS

2015 - 2018

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H. Ayuntamiento de Lagos de Moreno, Jal. MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

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CUADRO DE CONTROL

Elaboró:

Coordinación General de

Recursos Humanos

Fecha de

elaboración:

22 de abril de 2015

Actualización: 31 de marzo de 2018

Versión 02

Código DGA-CRH-MP-02 Página 2 de 55

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BITACORA DE REVISIONES

No.

Fecha del

cambio

Referencia del punto

modificado

Descripción del cambio

1

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ÍNDICE ANTECEDENTES .................................................................. ¡Error! Marcador no definido.

INTRODUCCIÓN .................................................................... ¡Error! Marcador no definido.

COORDINACIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS. .. ¡Error! Marcador no definido.

ORGANIGRAMA COORDINACIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS ...... ¡Error! Marcador no definido.

DIAGRAMA DE FLUJO Organigrama de Recursos Humanos ...... ¡Error! Marcador no definido.

PROMOCIÓN Y ESCALAFÓN .......................................................................................... 7

DIAGRAMA DE FLUJO de Promoción y Escalafón .................................................. 11

VACACIONES ................................................................................................................. 13

SOLICITUD DE SERVICIO SOCIAL (S.S.) O PRÁCTICAS PROFESIONALES (P.P.) ... 16

DIAGRAMA DE FLUJO de Servicio Social (S.S.) o Prácticas Profesionales (P.P) . 19

IMSS ................................................................................................................................ 20

2

3

4

5

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DIAGRAMA DE FLUJO de IMSS ................................................................................ 21

TIEMPO EXTRA .............................................................................................................. 27

TARJETA DE VALES DE DESPENSA ........................................................................... 29

TRÁMITE INFONACOT ................................................................................................... 30

DIAGRAMA DE FLUJO de Vales de Despensa ......................................................... 30

DIAGRAMA DE FLUJO INFONACOT ......................................................................... 33

PUNTUALIDAD ............................................................................................................... 33

RETARDOS .................................................................................................................... 34

FALTAS .......................................................................................................................... 35

SISTEMA DE CHECADO (SAHD) ................................................................................... 36

CREDENCIALIZACIÓN ................................................................................................... 36

ARCHIVO ........................................................................................................................ 37

DIAGRAMA DE FLUJO de Archivo ............................................................................ 38

ESTUDIOS ADMINISTRATIVOS ..................................................................................... 39

ASESORÍA JURÍDICA DE RECURSOS HUMANOS ...................................................... 40

ANEXO 1 ......................................................................................................................... 45

ANEXO 2 ......................................................................................................................... 52

ANEXO 3 ................................................................................ ¡Error! Marcador no definido.

GLOSARIO ............................................................................ ¡Error! Marcador no definido.

BITÁCORA DE REVISIÓN ..................................................... ¡Error! Marcador no definido.

A U T O R I Z A ...................................................................... ¡Error! Marcador no definido.

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H. Ayuntamiento de Lagos de Moreno, Jal. MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

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H. Ayuntamiento de Lagos de Moreno, Jal. MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

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PROMOCIÓN Y ESCALAFÓN

El propósito de la promoción es la de ocupar una vacante disponible en donde los

servidores públicos tendrán el derecho a ser promovidos, tomando en cuenta los

conocimientos, aptitudes, antigüedad, motivándolos para el logro de la superación

personal, profesional y un crecimiento económico.

1.- Solicitud de la vacante para promoción.

El Director o jefe del departamento solicitará mediante un oficio a la Coordinación de Recursos Humanos la vacante de un puesto para promoción o ascenso.

2.- Notificación del acenso.

El Director o Jefe del Departamento mediante un oficio, le informara a RR HH del puesto a ascender y los posibles candidatos.

La Coordinación de Recursos Humanos y el Director o Jefe del Departamento revisaran los expedientes de los candidatos tomando en cuenta experiencia, conocimientos, antigüedad y el puntaje obtenido de la evaluación de desempeño.

El DA en coordinación con RR HH definirán los lineamientos del ascenso.

3.- Selección del cambio para el ascenso.

Se seleccionara al candidato adecuado para el ascenso.

El DA mandara un oficio de cambio al Director General de Administración

Después de haber obtenido la autorización del Director General de Administración, se dará el cambio al área de nómina para modificar el puesto y el sueldo.

4.- Archivo del cambio.

El área de archivo archivará en el expediente los nuevos cambios y movimientos efectuados.

ELABORÓ: DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

FECHA

ELABORACIÓN:

15/03/2013

FECHA DE

ACTUALIZACIÓN: 15/01/2013 VERSIÓN: 02

CÓDIGO: MP – RH – DGA – 02

PÁGINA

10 – 60

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RECEPCIÓN

Atención al público: se canaliza dependiendo del asunto al que se va a tratar: se tiene una bitácora para enlistar a las personas que se consignan al área de dirección general, ya sea para altas, bajas o asuntos generales en ese rubro. De igual forma a las diferentes áreas con las que cuenta esta Dependencia como son: IMMS, vacaciones, archivo general, servicios generales, nómina y puntualidad. Así como información de manera general en todas las Dependencias que se encuentran en esta Unidad Administrativa.

Pendientes de los directivos: atención a las diferentes actividades que el área requiere como: elaboración de oficios, enlace de llamadas, agenda de citas, captura,

Recepción y captura de oficios: los oficios se hacen llegar por medio de mensajeros los cuales traen la correspondencia de diversas dependencias, el procedimiento para el mismo es colocar el sello, firma o nombre justo con la hora de recepción. Se cuenta con un programa estructurado de manera especial para el mismo fin, en él se puede captura la información de manera sintetizada para consultar la misma en caso de ser necesario, a su vez, se canaliza a las diferentes áreas a las cual corresponde el oficio.

Atención telefónica: se cuenta con dos líneas las cuales tienen acceso a enlazar llamadas a las diferentes extensiones con las que cuenta esta área.

Captura de solicitud de empleo: se capturan todas las solicitudes que se remiten a esta dependencia para hacer más fácil el acceso a los datos que estas contienen, en caso de ser requerido.

Elaboración de constancias laborales: se realizan a petición del trabajador que las requiere, las cuales se extraen los datos más importantes del mismo para su elaboración como son: nombre completo, antigüedad, puesto, departamento y sueldo que percibe en el área de trabajo.

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H. Ayuntamiento de Lagos de Moreno, Jal. MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

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Formato de Constancia Laboral

Pases al Balneario las Higueras: se elabora en un formato especial para el

público en general que requieran el acceso al mismo.

Formato de Pase al Balneario las Higueras

Dependencia: Dirección Mayor Administrativa

Fecha: 07 de Marzo del 2013

A QUIEN CORRESPONDA

El que suscribe Lic. , Director de Administración Municipal de Lagos de Moreno, Hace:

CONSTAR

Que el C. XXXXX XXXXX XXXXX, es empleado Municipal desde el XX DE OCTUBRE DEL 2012, presta sus servicios en

esta Administración Municipal, desempeñando el puesto de XXXXXXXXXX, en el Departamento de XXXXXXXXXX, percibiendo un

sueldo mensual de $ XX, XXX. 00 (PESOS 00/100 M.N) y mensual

Se extiende la presente a petición del interesado para los fines legales que a él le convengan.

A T E N T A M E N T E

H. Ayuntamiento 2012-2015

Director General de Administración

c.c.p. Archivo.

Dependencia: Dirección Mayor

Administrativa

Fecha: ______/_____/ 2013

C.

ENC. DEL BALNEARIO MUNICIPAL

P R E S E N T E.

Mediante este escrito me dirijo a usted para informarle la autorización del acceso al balneario Municipal “La Higuera”, a.____________________________________________________, mismo(a) que podrá a asistir a dichas instalaciones acompañado(a) de _____ (________________________________) personas el próximo __________________________ del presente año, en un horario de las 10:00 a.m. a las 18:00 hrs.

Así mismo se les informa que en caso de cualquier accidente que pudiera ocurrir en dichas instalaciones, será responsabilidad para quienes solicitaron el permiso.

A t e n t a m e n t e

H. Ayuntamiento 2012 – 2015

SERVICIOS GENERALES

“Se recomienda mantener limpia el área, recogiendo la basura y colocándola en los tambos para conservar una buena imagen y disfrutar de una agradable estancia”.

C.c.p. Archivo

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Elaboración de historial laboral: se realiza para el personal que está próximo

a jubilación.

Formato de Historial Laboral

Archivo de documentos: se recopila y archiva todos los documentos que ya se

les haya sustraído la información requerida o importante, los que se les ha dado seguimiento y/o contestación.

NOMBRE:

DEPTO ACTUAL:

CARGO:

SUELDO DIARIO:

SUELDO MENSUAL:

FECHA DE INGRESO:

Con fundamento en lo establecido en las Condiciones Generales de Trabajo, en su Artículo 54 Fracción IX, Se Gestionara al

Honorable Cabildo la pensión por Jubilación del Servidor Público arriba Citado quien ha prestado sus servicios en los siguientes

departamentos:

Desde su fecha de Ingreso hasta el día de hoy ha permanecido únicamente en departamento de Recursos Hidráulicos.

Así mismo hago mención que cuando cumplan 30 años de Servicio Ininterrumpidos, y cuando se requieran Jubilar antes de tiempo

por edad avanzada (65 años), se aplicara la parte proporcional que le corresponda de acuerdo a la siguiente tabla:

25 años de Servicio 75%

26 años de Servicio 80%

27 años de Servicio 85%

28 años de Servicio 90%

29 años de Servicio 95%

30 años de Servicio 100%

Sin más por el momento me despido y en espera que el presente sirva para los fines solicitados me despido, quedando a sus

Órdenes.

A T E N T A M E N T E

H. AYUNTAMIENTO 2012 – 2015

LAGOS DE MORENO, JAL A 13 DE DICIEMBRE DEL 2012

LIC. EDGAR OSCAIN RIVAS AGUIÑAGA

DIRECTOR GENERAL ADMINISTRATIVO

C.c.p. Archivo

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DIAGRAMA DE FLUJO

ELABORÓ: DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

FECHA

ELABORACIÓN:

15/03/2013

FECHA DE

ACTUALIZACIÓN: 15/01/2013 VERSIÓN: 02

CÓDIGO: MP – RH – DGA - 02

PÁGINA

13 – 60

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H. Ayuntamiento de Lagos de Moreno, Jal. MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

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NOMINA

Registro en Base de datos (Plantilla del personal) de altas, bajas, modificaciones de sueldo, cambios de departamento, etc.

Trámites de correspondencia al área de Nomina:

Elaboración de acuerdos de Renuncias a los empleados que lo soliciten.

Cálculo y Solicitud para pagos de: finiquitos por bajas, etc.

Circulares: Avisos para descansos en días no laborables y avisos diversos.

Informe semanal de Actividades

Amonestaciones y Actas Administrativas al personal que comete faltas administrativas.

Archivo de Nóminas, Catálogos de empleados, finiquitos e incidencias de movimientos que se aplican en las nóminas.

Reporte de incidencias de los movimientos que se hacen, para el pago de nómina (quincenal y semanal) a Hacienda Pública Municipal.

Captura de finiquitos

Captura de Incidencias de cada semana en archivos de control de Altas, Bajas, Cambios de Depto. Promociones de cargos, Descuentos, etc.

Informe mensual del personal.

Trámite para cancelación de Seguros de Vida:

Solicitud para la cancelación por parte del trabajador y recabar su firma Solicitud de Cancelación Vía Internet a la Aseguradora Solicitud para la suspensión de los descuentos a la Secretaría de

Hacienda.

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VACACIONES

- LEY PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL ESTADO DE JALISCO Y SUS MUNICIPIOS

CAPÍTULO III.- DE LAS VACACIONES Y LICENCIAS Artículo 40.- Los servidores públicos que tengan más de seis meses consecutivos de servicio disfrutarán, cuando menos, de dos períodos anuales de vacaciones de 10 días laborales cada uno, en las fechas que se señalen con anterioridad, según el calendario que para ese efecto establezca la Entidad Pública, de acuerdo con las necesidades del servicio. En todo caso, se dejarán guardias para la tramitación de los asuntos pendientes, para las que se utilizarán, de preferencia, los servidores que no tuvieren derecho a vacaciones. Cuando un servidor no pudiere hacer uso de las vacaciones en los períodos señalados por necesidades del servicio, disfrutará de ellas durante los 10 días siguientes a la fecha en que haya desaparecido la causa que impidiere el disfrute de ese descanso, pero en ningún caso los servidores que laboren en períodos vacacionales tendrán derecho a doble pago de sueldo.

Artículo 41.- Los días de vacaciones se cobrarán de sueldo íntegro, y la base para el cálculo del pago de los días a que tengan derecho será en proporción al número de días efectivamente trabajados, en el lapso de los seis meses anteriores al nacimiento del derecho. Se cubrirá la cantidad equivalente a un 25% sobre el total de los días correspondientes a vacaciones, por concepto de prima vacacional anual. Dicha prima vacacional, se deberá cubrir en forma proporcional al personal que tenga menos de un año de antigüedad. Trámite de Vacaciones.

Para la realización de trámite de periodo vacacional, días a cuenta o permisos económicos Dirección General de Administración proporcionará a cada departamento, secretaria o jefatura un bloc de incidencias para el Personal Sindicalizado y un bloc para Personal No Sindicalizado los cuales deberán ser llenados por cada Dependencia con los siguientes datos.

Nota: Al terminarse el Bloc cada departamento se hará responsable de gestionar la compra de dichos blocs en el departamento de Adquisiciones y Proveeduría.

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H. Ayuntamiento de Lagos de Moreno, Jal. MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

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INCIDENCIAS DE VACACIONES (Personal Sindicalizado)

Formato de Incidencia de Vacaciones a Personal Sindicalizado

El llenado de esta parte corresponde al departamento.

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H. Ayuntamiento de Lagos de Moreno, Jal. MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

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INCIDENCIAS DE VACACIONES (Personal no Sindicalizado)

Formato de Incidencia de Vacaciones a Personal No Sindicalizado

El llenado de esta parte corresponde al departamento.

PRIMA VACACIONAL.- Condiciones Generales de Trabajo, artículo 32 primer párrafo, al existir la conjunción disyuntiva “o” cuando se indica que el cumplimiento de tal prestación podrá “ser en efectivo” o “disfrute de la misma”, permite al Municipio incluir en el concepto vacaciones el disfrute de la misma.

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SOLICITUD DE SERVICIO SOCIAL (S.S.) O PRÁCTICAS PROFESIONALES (P.P.)

El Propósito de este formato, es para tratar de eficiente y proporcionar como herramienta de apoyo la necesidad de capital humano, por parte de las áreas que lo requieran, mediante los Prestadores de Servicios Social. Es importante llenar todos los campos, para que a su vez, esta dependencia solicite a las respectivas instituciones educativas, alumnos con las características apegadas al formato. En caso que el formato no cuente con algún concepto o indicaciones que considere necesario mencionar, favor de manifestarlo en las observaciones de lo contrario hacer caso omiso. Si algún alumno de cualquier institución educativa, se dirige a una dependencia por iniciativa propia con el propósito de dar su Servicio Social en su departamento favor de hacer saber a ésta Dirección General de Administración por medio de éste formato debiendo llenar de igual manera todos los campos, especificando en las observaciones que ha sido aceptado en dicha dependencia. Para tal efecto, deberá anexar la carta de presentación expedida por la educación educativa. (En estos casos serian alumnos de CBTIS, U de G, UNIVER Y UNIVA). En caso contrario las instituciones que nos requieran carta de solicitud del alumno son (CONALEP Y TECNOLÓGICO) y esta carta de solicitud solo es aceptada en las instituciones, con la firma del Director General de Administración. Por lo que para este caso, se especificara en las observaciones el nombre del alumno, institución que representa, la carrera y número de la matrícula. Los alumnos deberán elaborar informes o reportes de actividades bimestrales o trimestrales y final, dependiendo de la institución educativa. Cabe hacer mención que los reportes de igual manera dependiendo de la institución educativa algunos reportes los firman los Directores del departamento donde se encuentran asignados y otros solo lo aceptan firmados por el Director General de Administración. Al término del S.S. o P.P. deberán enviar el formato correspondiente. S.S. o P.P. (B)

Terminación de Servicio Social (S.S.) o Practica Profesionales (P.P.) El propósito del presente formato, es poder expedir la carta de liberación del (S.S. o P.P.) de manera oficial a la institución educativa que el alumno represente, y sobretodo tener el antecedente que el trámite cuente con el registro administrativo de inicio.

Cabe hacer mención, que en caso de no detectar dicho procedimiento de inicio, de

cualquier dependencia, ésta Dirección General de Administración no se responsable de

las anomalías u observaciones que se generen.

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Formato de Solicitud de Servicio Social (S.S.) o Prácticas Profesionales (P.P.)

FORMARO S.S. o P.P. (a)

DEPARTAMENTO SOLICITANTE FECHA DE SOLICITUD

CANTIDAD DE PRESTADORES DE SERVICIOS REQUERIDOS

ESCUELA O UNIVERSIDAD DE PREFERENCIA

CBTIS ( ) U DE G ( )

UNIVER ( ) UNIVA ( )

DISPONIBLE ( ) TECNOLOGICO ( )

CONALEP (SOLO PARA PRESTAR S.S. O P.P. EN HORARIO DE 16 A 20:00 HRS.) ( ) OTRA ( ) _____________________________

OTRA ( ) _________________________________________________________

CARRERA DE PREFERENCIA :

específicar :________________________________________ Disponible:_____________________________________

HORARIO PARA LA PRESTACION DEL S.S. O P.P.

NOMBRE DEL PROGRAMA O PROYECTO EN EL CUAL PARTICIPARA:

ACTIVIDADES QUE REALIZARA:

NOMBRE Y FIRMA DEL SECRETARIO, DIRECTOR, O JEFE DEL DEPARTA - SELLO DE LA DEPENDENCIA

MENTO QUE SOLICITA:

OBSERVACIONES:

Original para la Dirección General de Administración (DGA)

c.c.p. Acuse del depto. Solicitante.

9:00 A 13:00 HRS ( ) 16:00 A 20:00 HRS ( ) OTRO _________________

DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION

SOLICITUD DE PRESTADORES DE SERVICIOS SOCIALS (S.S.)

O PRACTICAS PROFESIONALES (P.P)

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H. Ayuntamiento de Lagos de Moreno, Jal. MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

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Formato de Termino de Servicio Social (S.S.) o Prácticas Profesionales (P.P.)

FORMARO S.S. o P.P. (b)

DEPARTAMENTO ASIGNADO FECHA DE SOLICITUD

NOMBRE DEL ALUMNO

INSTITUCION EDUCATIVA QUE REPRESENTA

DE LA CARRERA NUMERO DE MATRICULA

HORARIO EN QUE PRESTO EL S.S. O P.P:

ESPECIFICAR HORAS REALIZADAS:

COMPLETAS ( ) ___________________________________

SOLO HRS. PRESTADAS ( ) ___________________________________

CANCELACION (MOTIVO) ( ) ___________________________________

NOMBRE Y FIRMA DEL SECRETARIO, DIRECTOR, O JEFE DEL DEPARTA - SELLO DE LA DEPENDENCIA

MENTO QUE SOLICITA:

OBSERVACIONES:

Original para la Dirección General de Administración (DGA)

c.c.p. Acuse del depto. Solicitante.

TERMINO DE SERVICIO SOCIAL (S.S.)

O PRACTICAS PROFESIONALES (P.P)

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DIAGRAMA DE FLUJO

Diagrama de Flujo de Solicitud de Servicio Social (S.S.) o Prácticas Profesionales (P.P.)

Diagrama de Flujo de Termino de Servicio Social (S.S.) o Prácticas Profesionales (P.P.)

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IMSS

Salud en el trabajo. Condiciones Generales de Trabajo Art. 27.- El Ayuntamiento inscribirá a los Servidores Públicos en el IMSS y/o Pensiones del Estado en la modalidad que ofrezca una mayor seguridad social para el trabajador y su familia, quedando en consecuencia bajo la protección de esta institución, la que responderá por las prestaciones en dinero y en especie que se deriven de conformidad a lo establecido por la Ley del Seguro Social y sus Reglamentos. Incorporación en el seguro social.

Tener su alta o nombramiento

Contar con su número de Seguro Social, si no lo tuviera hacer su trámite en las oficinas del Seguro Social.

Proporcionar su CURP.

Llenado del Cuestionario Complementario para la inscripción voluntaria del Registro Obligatorio, del trabajador como de sus beneficiarios.

Proporcionar copias simples de actas de nacimiento de sus hijos y de acta matrimonio para acreditar la relación de sus beneficiarios ante el Seguro Social.

Artículo 29.- En virtud de Convenio que el Ayuntamiento tiene celebrado con el IMSS y/o Pensiones del Estado, la cotización de salarios será el que perciban los Servidores Públicos. En todo caso el Ayuntamiento pagara el complemento del salario que le corresponda al trabajador incapacitado mientras dura la incapacidad. Cobertura de la modalidad.

Riesgo de trabajo

Prestación en Dinero

Prestación en Especie

Enfermedades Generales

Prestaciones en Especie

Cubre completo Invalidez, retiro, cesantía y vejes.

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H. Ayuntamiento de Lagos de Moreno, Jal. MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

Página 21 de 55

DIAGRAMA DE FLUJO

Diagrama de Flujo de Alta en IMSS

ELABORÓ: DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

FECHA

ELABORACIÓN:

15/03/2013

FECHA DE

ACTUALIZACIÓN: 15/01/2013 VERSIÓN: 02

CÓDIGO: MP – RH – DGA - 02

PÁGINA

23 – 60

FORMATO 1.-

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H. Ayuntamiento de Lagos de Moreno, Jal. MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

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Formato de Expediente de Riesgo de Trabajo

EXPEDIENTE DE LA DEPENDENCIA.-

A TODO EL PERSONAL QUE LABORA EN LA DEPENDENCIA

________________________________________________________

Por éste conducto se les notifica que toda ocurrencia de riesgo de trabajo deberá ser notifica de forma inmediata al

suscrito mediante mensaje por escrito que deberá remitirse al teléfono celular ______________________,

apercibiéndolos de desconocer cualquier responsabilidad al respecto, en el caso de omitir ésta advertencia, sin

perjuicio de la facultad de la Dependencia de iniciarle proceso administrativo-laboral por desobediencia a ésta

instrucción. Debiendo, así mismo, dar conocer lo anterior a sus parientes más cercanos a efecto de que,

igualmente, notifiquen tal ocurrencia, cuando el Servidor Público esté impedido para ello.

_____________________________

LA DEPENDENCIA

ENTERADOS, EN LA CIUDAD DE LAGOS DE MORENO, JALISCO, EL DÍA ___DEL MES DE ENERO DE

2013.

NOMBRE FIRMA HUELLA

TESTIGO________________________________________ TESTIGO_________________________________________ DOMICILIO_______________________________________ DOMICILIO ______________________________________ FIRMA___________________________________________ FIRMA___________________________________________

FORMATO 2.-

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Formato de Accidente o Enfermedad por Riesgo de Trabajo

Clasificación de riesgos de trabajo.

Accidente de trabajo (Ac. Trabajo – Ac. Trayecto)

Enfermedades del trabajo Excluyente para considerar riesgo de trabajo. Artículo 46 Ley del Seguro Social:

Trabajadores con aliento Alcohólico y bajo el efecto de Psicotrópicos y Enervantes.

Muerte súbita en el trabajo.

Riña

No existencia de Documentos Oficiales.

H. DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN MUNICIPIO DE LAGOS DE MORENO, JALISCO

P R E S E N T E. El que la presente suscribe con el carácter de hago de su conocimiento que el día del mes de de la anualidad que corre, siendo aproximadamente las horas y en compañía de y se dejó constancia de que al C. Empleado Público Municipal de nombre quien ocupa el puesto de en la dependencia a mi cargo, le ocurrió el siguiente riesgo de trabajo . Lo que hago de su conocimiento para los efectos legales procedentes.

ATENTAMENTE, EN LAGOS DE MORENO, JALISCO A DE DE 20__.

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Salud en el trabajo.

Clasificación de Riesgo de Trabajo (ST7)

Valuación de secuelas (ST3)

Estado de Invalidez (ST4)

Casos de Incapacidad Prolongada Procedimiento en caso de riesgo.

Informar alguno de sus superiores.

Acudir si no es de gravedad a Salud Municipal, para valoración y si requiere de atención especializada el Medico se lo Indicara y lo enviara al IMSS.

Acudir a la Dirección General de Administración lo más pronto posible al área del IMSS para el llenado del formato (ST7) que expide el Seguro Social, así como presentar las incapacidades tanto la copia del asegurado como la del patrón firmadas ambas por el trabajador.

Acudir a medicina del trabajo para clasificación del Riesgo, así como su Médico Familiar para valoración y dar seguimiento a las incapacidades si es que se requieren o en su caso el Alta Médica, para dar por concluido en Riesgo de Trabajo

En caso de enfermedad general.

Acudir al Seguro Social para sí valoración

En caso de ameritar incapacidad, enviar la copia al asegurado lo más pronto posible a Dirección General de Administración y copia simple para su departamento.

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FORMATO DE RIESGO ST7 (LLENADO POR EL IMSS)

Formato de Riesgo ST7 (Llenado por el IMSS)

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FORMATO DE RIESGO ST7 (LLENADO POR EL AYUNTAMIENTO)

FORMATO DE RIESGO ST7 (LLENADO POR EL AYUNTAMIENTO)

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FORMATO ST2

Formato de Alta de Riesgo de Trabajo

TIEMPO EXTRA Condiciones Generales de Trabajo Art. 45.- Cuando por circunstancias especiales deban aumentarse las horas de jornada máxima podrá hacerse considerando este trabajo como extraordinario, y las horas extraordinarias que excedan de la jornada semanal de 40 horas se pagaran con un 100% más sueldo asignado a las horas de jornada ordinaria. La jornada ordinaria de trabajo que regirá para los Servidores Públicos de base no podrá ser

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mayor a las jornadas que actualmente desempeñan salvo Acuerdo mutuo entre el Sindicato y el Ayuntamiento.

LEY PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL EDO. DE JALISCO Y SUS MPIOS. Art. 29. La duración máxima de la jornada será: ocho horas la diurna; siete horas la nocturna, y siete horas y media la mixta. Art. 30. La jornada de trabajo podrá ser repartida entre los días laborales del mes, siempre y cuando no exceda los máximos legales. Tramite de tiempo extra.

Llenado del Formato, el cual deberá tener el nombre del trabajador, número económico y número del departamento así como las horas que laboro extras.

Firmado por el Director o Jefe del Departamento.

Enviar el Formato con oficio dirigido al Director General de Administración, quien revisara y autorizara el pago de las horas extras.

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FORMATO TIEMPO EXTRA

Formato de Tiempo Extra

TARJETA DE VALES DE DESPENSA

SOLICITUD.- Cuando se realiza la solicitud de una nueva tarjeta, es cuando existe un ingreso en el H. Ayuntamiento. Aparece en el listado de movimientos realizados en la nómina, y a su vez se solicita esta nueva tarjeta a la empresa OPAM vía internet especificando datos personales del empleado como son; Nombre, CURP, Numero de Empleado.

Esto una vez que se verifico que dicho empleado no es de Confianza ni pertenece al cuerpo de Seguridad Pública, dicha tarjeta tarda diez días hábiles en ser entregada por paquetería a esta Dirección General de Administración, teniendo un costo para el empleado de ($8.00 + IVA) , descuento que se realizara vía nómina .

DIRECCIÓ N: DIRECION MAYOR ADMINISTRATIVA Hoja __1___ de __1___

DEPARTAMENTO :

REPO RTE: TIEMPO EXTRAORDINARIO

SEMANA DEL:

AL:

AÑO : 2013

LUN MAR MIÉ JUE VIE SÁB DO M

001 0

002 0

003 0

004 0

005 0

006 0

007 0

008 0

009 0

010 0

011 0

012 0

013 0

014 0

015 0

016 0

017 0

018 0

019 0

020 0

021 0

022 0

023 0

024 0

025 0

026 0

027 0

028 0

029 0

030 0

Horas: 0 0 0 0 0 0 0 0

Elaboró: Revisó: Autorizó:

LCC Paulina Martinez Cruz Lic. Edgar Oscain Rivas Aguiñaga

(Nombre y Firma) (Nombre y Firma) (Nombre y Firma)

NOVIEMBRE DE 2012 29 de Diciembre de 2013 29 de Diciembre de 2013

No. Nombre del DepartamentoNo.

Depto.Nombre del Empleado

H. AYUNTAMIENTO CO NSTITUCIO NAL DEL MUNICIPIO DE LAGO S DE MO RENO , JALISCO

TIEMPO EXTRAO RDINARIO

DEVENGADO (EN HORAS)

Suma

Total

Horas

Extras

Lugar donde se presto el servicioMotivo ó JustificaciónNo.

Empl.

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Robo o extravió de tarjeta. Cuando se ha extraviado o dañado dicha tarjeta, se realiza la cancelación por parte de la persona interesada vía telefónica al 01 800 111 67 26, seleccionando la opción deseada, proporcionando los 16 dígitos de su tarjeta. Los cuales se encuentran plasmados en la hoja que se le proporciono al momento de la entrega de dicha tarjeta. Adicional Al solicitar una tarjeta adicional, se notificara al área del IMSS para realizar el trámite correspondiente proporcionando el Nombre de una persona titular de dicha tarjeta la cual tiene un costo de ($8.00 + IVA) con un tiempo de entrega de diez días.

TRÁMITE INFONACOT

Para solicitar el Tramite de Infonacot, la persona interesa deberá acudir al área IMSS el cual le proporcionara un formato llamado Certificación del Centro de Trabajo, el cual deberá ser llenado con los datos personales del trabajador como (Nombre completo, Numero de Seguro Social, Puesto que Desempeña, Sueldo mensual haciendo mención si tiene algún otro descuento. Posteriormente INFONACOT envía una Cedula con el personal que tiene créditos notificando los montos que habrán que retenerle mensualmente hasta cubrir el monto del crédito. Descuento INFONACOT

El descuento se realizara vía nomina, ya sea por semana o por quincena según sea el caso del trabajador.

Una vez realizado el descuento se entregara al IFONACOT los primeros días del cada mes.

En caso de que el trabajador se de baja el área de IMSS notificara a INFONACOT

DIAGRAMA DE FLUJO

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Diagrama de Flujo de Vales de Despensa

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Formato de Solicitud de Crédito de INFONACOT

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DIAGRAMA DE FLUJO

Diagrama de Flujo de INFONACOT

PUNTUALIDAD Es un día de salario por quincena como estímulo por puntualidad, a todos los Servidores Públicos que chequen puntualmente (a la hora de entrada o antes). Para ser merecedor del estímulo de puntualidad es necesario:

Checar puntualmente hora de entrada.

Estar a su hora en su lugar de trabajo.

Checar salida a su hora. Motivos por lo que se suspende el premio de puntualidad:

Checar después de su hora de entrada (retardos)

Haber checado y no estar en su lugar de trabajo.

No haber checado, ya sea entrada o salida.

Cuando se sorprenda al servidor fuera de su área de trabajo sin justificación.

Permisos por: Vacaciones, a cuenta de vacaciones.

Asistir a las consultas del IMSS que sean dentro de la jornada de trabajo.

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Incapacidad.

Las aclaraciones o justificantes con motivo de faltas o retardos se recibirán a más tardar en un lapso de tres días después del hecho. Las faltas por enfermedad o riesgo de trabajo, únicamente serán justificadas si se acredita incapacidad mediante documento expedido por el IMSS o la Institución asignada por la Administración Municipal, la cual deberá ser turnada al Jefe de Personal, durante los tres días hábiles siguientes a la fecha de su expedición; en caso de no llevar la incapacidad personalmente, se hace llegar por medio de algún familiar o a través de su departamento.

RETARDOS

La entrada a las labores deberá realizar con estricta puntualidad. La hora de entrada es a las 9:00 horas con una tolerancia máxima de 12 minutos y sin que se pueda hacer uso de ella más de tres veces en un periodo de 30 días. Cuando el Servidor Público haya acumulado tres retardos consecutivos o alternados de más de 12 minutos en una quincena, se le descontara lo equivalente a un día de salario y se le suspenderá por un día sin goce de sueldo. Cuando continuamente se incurra en retardo y estos lleguen a diez en un término de 30 días, se pudiera rescindir la relación laboral por faltas de probidad u honradez.

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FALTAS Los Servidores Públicos deberán registrar su asistencia de manera personal, mediante los mecanismos que el propio Ayuntamiento determine, y será sancionados quienes registren la asistencia de otro Servidor Público. Es obligación personal de los servidores públicos checar diariamente al inicio y termino de su jornada la tarjeta de asistencia proporcionada para tal efecto o firmar el control de asistencia correspondiente. El incumplimiento de esta disposición originará que se tenga por no laborado el día e iniciar el correspondiente proceso ya sea por abandono de trabajo y/o falta de probidad u honradez.

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SISTEMA DE CHECADO (SAHD) El programa SAHD es el encargado de procesar y actualizar la información en cuanto a la

entrada y salida del personal de su jornada laboral, el sistema permite consultar y elaborar

recortes diarios o periódicos de las asistencias de dichas asistencias.

Registro en el sistema SAHD.

El personal deberá registrarse en el sistema registrando los 10 dedos de las manos así

mismo los datos personales del empleado (en caso de dificultad para checar se otorgara

un numero para su checado

CREDENCIALIZACIÓN

Todo el personal de este H. Ayuntamiento deberá contar con su credencial de

identificación laboral.

Para la realización de las credenciales se deberá tomar una fotografía y la información

básica del empleado.

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ARCHIVO El área de Archivo tiene como función resguarda los expedientes personales de todos los

empleados del H. Ayuntamiento la cual realiza las siguientes funciones

Recibir documentos para expedientes personales como para archivo general

Archivo de documentación en general

Registro de documentación en general

Revisión de documentos del personal de nuevo ingreso

Creación de expedientes para el personal de nuevo ingre

Actualización de la presentación de los expediente personales

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DIAGRAMA DE FLUJO

Diagrama de Flujo de Archivo

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ESTUDIOS ADMINISTRATIVOS El área de estudios administrativos se creó como apoyo al área de recursos humanos

para establecer las herramientas básicas y necesarias para administrar y organizar a la

Dirección General de Administración. Dichas herramientas son:

Manual de Organización: Creación y actualización de organigramas fundamentado

en el Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Constitución Política

del estado de Jalisco, Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del

Estado de Jalisco, ley para los Servidores Públicos del estado de Jalisco y sus

Municipios y en el Reglamento Interior de la Administración Pública Municipal de

Lagos de Moreno, Jalisco.

Manual de Bienvenida: Creación de folletos y actualización de información.

Manual de Capacitación. Creación y actualización.

Manual de Procedimientos. Creación, actualización y restructuración de Manual en

cuanto a procesos, formatos y trámites.

Organigramas: Creación, actualización y restructuración.

Perfiles de puestos: Actualización y captura.

Estadística: Creación de base de datos, actualización mensual de movimientos y

captura de totales de personal activo.

Inventarios: Control de los bienes muebles con los que cuenta la Dirección

mediantes respaldos personales.

Agenda Desde lo Local: Recopilación y actualización de información.

Requisiciones / Facturas: Elaboración de Requisiciones y mediante oficio recabar

la firma del Director General de Administración.

Enlaces Administrativos: Elaboración de directorio telefónico de enlaces

administrativos y envío de información.

Apoyo en la coordinación de Festejos al Personal (día del albañil, día de las

madres, día del intendente y el día de la secretaria)

Apoyo en la coordinación de base de datos y entrega de uniformes.

Elaboración y aplicación de cuestionarios: Evaluaciones de Desempeño,

Diagnostico de Necesidad de Capacitación y Clima Labora.

Elaboración de base de datos conforme a los resultados obtenidos de los

cuestionarios.

Coordinación de Capacitaciones para el personal.

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ASESORÍA JURÍDICA DE RECURSOS HUMANOS

DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Área

Laboral

Procedimiento de baja de servidores Públicos por causa de terminación con

responsabilidad para el Servidor Público.

No. Secuencial

1

Objetivo: Establecer los mecanismos adecuados que requiere el proceso de baja de personal en la Dirección de Administración; las normas y políticas que permitan lograr de manera legal, oportuna y eficiente la administración de los recursos humanos. Normas de Operación.

No se dará trámite a propuesta alguna que deje de cumplir cualquiera de los requisitos y procedimientos establecidos en el presente.

Si existieren errores en el llenado de los formatos correspondientes o la información y/o la documentación estuviera incompleta, se regresará a la dependencia o entidad que solicita el trámite para su corrección e integración de la documentación que corresponda.

Tanto las dilaciones como el vencimiento de términos en el proceso imputables a las Direcciones serán causa de responsabilidad administrativa. IMPORTANTE REVISAR CRONOGRAMA INCLUIDO EN ANEXO 3.

Cualquier error, retardo u omisión en el levantamiento o su abstención, revisión y entrega de la documentación soporte anexa a los Formatos que se adjuntan, constituye responsabilidad administrativa para el servidor público responsable de requisitarla.

Las Direcciones Administrativas, deberán informar inmediatamente a la Dirección de Administración, de las causales de terminación que se describen en el anexo 1, con la finalidad de generar un procedimiento legal, pulcro y completamente apegado a la legislación aplicable.

Para el trámite de cualquier causal de terminación con responsabilidad para el empleado no incluida en anexo que se describe, se deberá dar aviso inmediato a la Dirección de Administración a efecto de realizar las gestiones y asesoría legalmente pertinentes.

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DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO Área responsable: SECRETARIA GRAL./SINDICATURA/ COMISIÓN EDILICIA DE REGLAMENTOS-REDACCIÓN Y ESTILO DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES: 1.- Incluir, a partir de la fecha, en el nombramiento del Director Jurídico o quien haga sus veces, la autorización expresa por parte del C. Presidente Municipal para iniciar el procedimiento administrativo por terminación de la relación administrativa-laboral con responsabilidad para el trabajador prevista en el reformado penúltimo párrafo del artículo 25 de la Ley para los Servidores Públicos del Estado de Jalisco y sus Municipios (en adelante LPSPEJM), en atención al contenido del transitorio séptimo de la reforma a la anterior ley, publicada en el Periódico Oficial del Estado el 26 de septiembre del año en curso. 2.- Definir, en términos del reformado artículo 25 de la LPSPEJM, la unidad administrativa que fungirá como órgano de control disciplinario, de conformidad al contenido de la reforma a la anterior ley, publicada en la fecha precedentemente indicada. Área responsable: Dirección Administrativa. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES: 1.- Identificar en tiempo y forma cualquiera de los actos u omisiones generadas por el Servidor Público a su cargo, descritas en el ANEXO 1 de este manual de procedimiento. 2.- Informar a la Dirección de Administración sobre la ocurrencia de lo anterior, llenando, para sus efectos el FORMATO 2. 3.- Recabar autorización por escrito de la Dirección de Administración para iniciar el procedimiento. 4.- Recaba todas las pruebas e indicios que permiten acreditar la ocurrencia de la infracción administrativa-laboral 5.- En caso de proceder y ser necesario para acreditar la presunta ocurrencia de la infracción laboral-administrativa, levantar el acta administrativa en la forma establecida en el FORMATO 1, procurando en todo momento estar acompañado de los testigos correspondientes, debiendo asentar con toda precisión los hechos, la declaración de los testigos, de ser necesario, procurando en todo momento que los intervinientes firmen el acta o dejando fe de las razones por las que alguno dejó de firmar. Al terminar la diligencia se le deberá entregar copia de las actuaciones a quien lo solicitare, dejando constancia de su recepción en la misma acta.

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6.- Inmediatamente finalizado el llenado del acta en los anteriores términos, se deberá adjuntar al pliego de pruebas y remitir, sin demora alguna, las actuaciones a la Dirección de Administración, la demora será sancionada en términos de ley. Área responsable: Dirección de Administración DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES: 1.- Revisar y autorizar, en su caso, el inicio del procedimiento. 2.- Cuidar la pulcritud y legalidad el procedimiento administrativo, desde su principio hasta su fin. 3.- Recibir y revisar el trámite anteriormente indicado, cuidando que tanto sus etapas como documentos se encuentra en el expediente. 4.- Remitir el procedimiento a la Dirección Jurídica, quien haga sus veces o al órgano de control disciplinario a efecto de que inicie el proceso correspondiente. Área responsable: Dirección Jurídica, quien haga sus veces y/o el órgano de control disciplinario. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES: Recibe las actuaciones del procedimiento, revisa y resuelve en forma definitiva sobre la

imposición o no de alguna sanción, notificándolo en términos de ley, en caso de detectar

deficiencias en él.

Diagrama de Flujo de Actividades de la Dirección de Administración

FORMATO 1.-

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Formato de Acta de Investigación Administrativa

EXPEDIENTE DE LA DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA.-

ACTA DE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA En la ciudad de Lagos de Moreno, Jalisco, siendo las horas del día del mes de de 2012 dos mil doce, ante el C. Director, Encargado o Responsable del área de del municipio de Lagos de Moreno, Jalisco, en adelante “LA DEPENDENCIA” y los testigos que suscriben al margen y al calce y cuyos nombres y generales se asientan al final de la presente, nos constituimos en el domicilio de la dependencia de nombre ubicada en , lugar en el que se deja debida constancia de que constando a los intervinientes los hechos en razón de que No habiendo otro asunto por tratar y siendo las horas del día, “LA DEPENDENCIA” proceder a concluir la presente acta, remitiendo la misma a la Dirección de Administración par a los efectos legales procedentes. Leída la presente se ratifica en todo su contenido por las partes comparecientes firmándose al calce y al margen para constancia.

_____________________________ LA DEPENDENCIA

TESTIGO___________________________________TESTIGO_______________________________ DOMICILIO_______________________________ DOMICILIO ___________________________ FIRMA____________________________________ FIRMA_________________________________

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Formato de causales

FORMATO 2.-

H. DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN

MUNICIPIO DE LAGOS DE MORENO, JALISCO

P R E S E N T E.

El que la presente suscribe con el carácter de hago

de su conocimiento que el día del mes de de la anualidad que corre, siendo

aproximadamente las horas y en compañía de y

se dejó constancia de que el C. Empleado Público Municipal de nombre

quien ocupa el puesto de

en la dependencia a mi cargo, causó las siguientes causales

de terminación bajo su responsabilidad

ya que sin medir las consecuencias de sus actos

.

Lo que hago de su conocimiento para los efectos legales procedentes, solicitando se autorice el inicio del

procedimiento administrativo indicado en el artículo 26 de la reformada Ley para los Servidores Públicos del

Estado de Jalisco y sus Municipios.

ATENTAMENTE,

EN LAGOS DE MORENO, JALISCO A DE DE 20__.

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ANEXO 1

Causales de terminación con responsabilidad para el Servidor Público, se asientan en forma enunciativa más no limitativa. Ley para los Servidores Públicos del Estado de Jalisco y sus Municipios (en adelante LPSPEJM). Artículo.- 22. Ningún servidor público podrá ser cesado, sino por causa justificada conforme a los siguientes casos: I. Por renuncia o abandono del empleo; II. Por muerte o jubilación del servidor público; III. Por conclusión de la obra o vencimiento del término para que fue contratado o nombrado el servidor; IV. Por la incapacidad permanente del servidor, física o mental, que le impida la prestación del servicio, dejando a salvo los derechos laborales que salvaguarden las instituciones de seguridad social; V. Por el cese dictado por el titular de la entidad pública en donde preste sus servicios a través del procedimiento administrativo de responsabilidad laboral establecido en el artículo 26 de esta ley, en cualquiera de los siguientes casos:

a) Incurrir el servidor durante sus labores en faltas de probidad y honradez, en actos de violencia, amagos, injurias, malos tratos en contra de sus jefes, compañeros, o contra los valores de uno u otro, dentro de las horas de servicio y en los lugares del desempeño de labores, salvo que medie provocación o que obre en legítima defensa.

b) Cometer el servidor contra alguno de sus compañeros cualesquiera de los actos enumerados en la fracción anterior, si como consecuencia de ello se altera la disciplina del lugar en que se desempeña el trabajo.

c) Cometer el servidor, contra el Titular de la Entidad Pública, sus jefes o contra los valores de uno u otro, fuera del servicio y del lugar de desempeño de labores, alguno de los actos a que se refiere el inciso a), si son de tal manera graves que hagan imposible el cumplimiento de la relación de trabajo.

d) Por faltar más de 3 días consecutivos a sus labores sin permiso y sin causa justificada, o cuando dichas faltas de asistencia las tuviere por cuatro ocasiones en un lapso de 30 días, aunque estas no fueren consecutivas.

e) Ocasionar el servidor intencionalmente daños materiales graves en los edificios, obras, maquinaria, instrumentos, materias primas y demás objetos relacionados con el trabajo; o causar dichos daños con negligencia tal, que ella sea la causa del perjuicio.

f) Por cometer actos inmorales durante el trabajo.

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g) Comprometer con su imprudencia, descuido o negligencia la seguridad de la oficina, del taller o del lugar donde preste sus servicios o de las personas que ahí se encuentren.

h) Por revelar los asuntos secretos o reservados de que tuviese conocimiento con motivo de su trabajo.

i) Desobedecer el servidor sin justificación las órdenes que reciba de sus superiores. j) Concurrir el servidor a sus labores en estado de embriaguez, o bajo la influencia

de algún narcótico o droga enervante salvo que en este último caso, exista prescripción médica. Antes de iniciar su trabajo el servidor deberá poner el hecho en conocimiento de su jefe inmediato y presentar la prescripción suscrita por el médico.

k) Por falta comprobada al cumplimiento de las condiciones generales de trabajo vigentes en la entidad pública, siempre que ésta sea grave.

l) Por prisión que sea el resultado de una sentencia ejecutoriada siempre que le impida el cumplimiento de la relación de trabajo. Cuando esta sentencia sea absolutoria al servidor deberá reintegrársele a sus labores; debiéndosele liquidar sus sueldos cuando haya obrado en defensa de los intereses de la Entidad Pública.

ll) Las análogas a las establecidas en los incisos anteriores. (sic) m) Por el incumplimiento de las obligaciones establecidas en los artículos 55 y 56, o

por la violación de las prohibiciones del artículo 56-Bis de esta ley, de acuerdo con la valoración de la gravedad de la falta;

n) Las análogas a las establecidas en los incisos anteriores, y VI. Por prisión que sea el resultado de una sentencia ejecutoriada siempre que le impida el cumplimiento de la relación de trabajo. Cuando esta sentencia sea absolutoria al servidor público deberá reintegrársele a sus labores; debiéndosele liquidar sus sueldos cuando haya obrado en defensa de los intereses de la entidad pública. Artículo 55. Son obligaciones de los servidores públicos:

I. Desempeñar sus labores dentro de los horarios establecidos, con la intensidad, cuidado y esmero apropiados, sujetándose a la dirección de sus jefes y a las leyes y reglamentos respectivos;

II. Observar buena conducta y ser atentos para con el público; III. Cumplir con las obligaciones que se deriven de las condiciones generales de

trabajo; IV. Evitar la ejecución de actos que pongan en peligro su seguridad y la de sus

compañeros; V. Asistir puntualmente a sus labores; VI. Guardar reserva de los asuntos que lleguen a su conocimiento con motivo de

su trabajo; VII. Abstenerse de hacer propaganda de cualquier clase, dentro de los edificios o

lugares de trabajo; VIII. Asistir a los cursos de capacitación y adiestramiento que la Entidad Pública

implante para mejorar su preparación y eficiencia;

IX. Comunicar a su superior jerárquico las faltas en que incurran otros compañeros;

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I. Comunicar fallas del servicio que ameriten su atención inmediata; II. Sugerir medidas técnicas y sistemas que redunden en la mayor eficacia del

servicio; III. Realizar durante las horas de trabajo las labores que se les encomiendan,

quedando terminantemente prohibido abandonar el local o lugar donde presten sus servicios, sin la autorización previa del superior inmediato;

IV. Guardar para los superiores jerárquicos la consideración, respeto y disciplina debidos;

V. Custodiar y cuidar la documentación e información que por razón de su empleo, cargo o comisión, conserve bajo su cuidado o a la cual tenga acceso, impidiendo o evitando el uso, la sustracción, destrucción, ocultamiento o de utilización indebida de aquella;

VI. Observar respeto a sus superiores jerárquicos inmediatos, cumpliendo las disposiciones que éstos dicten en el ejercicio de sus atribuciones;

VII. Comunicar por escrito al titular de la Dependencia o Entidad de la que presten sus servicios el incumplimiento de las obligaciones establecidas en este artículo o las dudas fundadas que le suscite la procedencia de las órdenes que reciban;

VIII. Abstenerse de ejercer las funciones de un empleo, cargo o comisión, después de concluido el período para el cual se le designó o de haber cesado, por cualquier otra causa, en el ejercicio de sus funciones;

IX. Abstenerse el superior jerárquico de disponer o autorizar a un servidor público a no asistir, sin causa justificada, a sus labores por más de quince días continuos o treinta discontinuos en un año, así como de otorgar indebidamente licencias, permisos o comisiones con goce parcial o total de sueldo y otras percepciones, cuando las necesidades del servicio público no lo exijan;

X. Abstenerse de desempeñar algún otro empleo, cargo o comisión oficial o particular que la ley le prohíba;

XI. Abstenerse de autorizar la selección, contratación, nombramiento o designación de quien se encuentre inhabilitado, por resolución firme de la autoridad competente, para ocupar un empleo, cargo o comisión en el servicio público;

XII. Excusarse de intervenir en cualquier forma en la atención, tramitación o resolución de asuntos en los que tenga interés personal, familiar o de negocios incluyendo aquellos de los que pueda resultar algún beneficio para él, su cónyuge o pariente consanguíneo hasta el cuarto grado, por afinidad o civiles, o para terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios, o para socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen o hayan formado parte;

XIII. Abstenerse, durante el ejercicio de sus funciones de solicitar, aceptar o recibir por interpósita persona, dinero, objetos o servicios;

XIV. Presentar con oportunidad la declaración patrimonial ante el órgano del poder público que le corresponda de conformidad con la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Jalisco;

XV. Atender con diligencia las instrucciones, requerimientos y resoluciones que reciba de la Contraloría, conforme a la competencia de ésta;

XVI. Percibir la remuneración establecida en el presupuesto de egresos correspondiente y que se apegue a lo dispuesto por el artículo 127 de la

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Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la presente ley y demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables, quedando estrictamente prohibido percibir por sus servicios ingresos extraordinarios o por el fin del encargo, adicionales a la remuneración;

XVII. No desviar los recursos económicos y en especie que reciba como apoyo para el desempeño de sus funciones a un fin diverso a este, y

XVIII. Ajustarse a los criterios implementados por la entidad pública para la certeza de asistencia día a día.

Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Jalisco, en adelante (LRSPEJ).-

Artículo 61. Todo servidor público, para salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que debe observar en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, y sin perjuicio de sus derechos y obligaciones laborales, tendrá las siguientes obligaciones:

I. Cumplir con la máxima diligencia el servicio que le sea encomendado, y abstenerse de cualquier acto u omisión que cause la suspensión o deficiencia de dicho servicio o implique abuso o ejercicio indebido de su empleo, cargo o comisión;

II. Llevar a cabo con responsabilidad, diligencia y prontitud, la investigación, atención, cuidado y protección de personas que se encuentren en una situación de peligro real e inminente de sufrir daño físico o psicológico, en su entorno social o familiar, así como denunciar de inmediato los hechos a la autoridad competente;

III. Formular y ejecutar legalmente, en su caso, los planes, programas y presupuestos correspondientes a su competencia, y cumplir las leyes y normas que determinen el manejo de los recursos económicos públicos;

IV. Utilizar los recursos que tenga asignados y las facultades que le sean atribuidas, o la información reservada a que tenga acceso por su función, exclusivamente para los fines a que estén afectos;

V. Conservar y custodiar los bienes, valores, documentos e información que tenga bajo su cuidado, o a la que tuviere acceso impidiendo o evitando el uso, la sustracción, ocultamiento o utilización indebida de aquella;

VI. Observar buena conducta, tratando con respeto, diligencia, imparcialidad y rectitud a las personas con que tenga relación, con motivo de sus funciones;

VII. Observar en la dirección de sus inferiores jerárquicos las debidas reglas del trato, y abstenerse de incurrir en agravio, desviación o abuso de autoridad;

VIII. Observar respeto y subordinación con sus superiores jerárquicos, cumpliendo las disposiciones que éstos dicten, en el ejercicio de sus atribuciones;

IX. Excusarse de intervenir de cualquier forma en la atención, tramitación o resolución de asuntos en los que tenga interés personal, familiar o de

negocios, incluyendo aquellos en los que pueda resultar algún beneficio para él, su cónyuge o parientes consanguíneos hasta el cuarto grado, por afinidad o civiles, o para terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios, o para socios o sociedades de las que el servidor o las personas antes referidas formen o hayan formado parte;

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I. consanguíneos hasta el cuarto grado, por afinidad o civiles, o para terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios, o para socios o sociedades de las que el servidor o las personas antes referidas formen o hayan formado parte;

II. Informar por escrito a su superior jerárquico inmediato sobre la atención, trámite o resolución de los asuntos a que hace referencia la fracción anterior y que sean de su conocimiento, debiendo observar las instrucciones que por escrito le sean giradas por su superior sobre su atención, tramitación o resolución;

III. Abstenerse de ejercer sus funciones, después de concluido el periodo para el cual se le designó, o de haber cesado, por cualquier otra causa, en sus funciones;

IV. Abstenerse el superior jerárquico de disponer o autorizar a un servidor público a no asistir, sin causa justificada, a sus labores más de quince días continuos o treinta discontinuos, en un año, así como otorgar licencias, permisos o comisiones con goce parcial o total de sueldos y otras percepciones, cuando las necesidades del servicio público no lo exijan;

V. Abstenerse de desempeñar otro empleo, cargo o comisión oficial, o particular, que la ley le prohíba;

VI. Abstenerse de autorizar la selección, contratación, nombramiento a designación, de quien se encuentre inhabilitado por resolución firme de autoridad competente, para ocupar empleo, cargo o comisión en el servicio público;

VII. Abstenerse de intervenir en el nombramiento, contratación, o promoción, por sí o por conducto de otro servidor público, a personas que tengan parentesco consanguíneo o por afinidad hasta el cuarto grado, para ocupar algún cargo público de los señalados en la Ley para los Servidores Públicos del Estado de Jalisco. Cuando al momento en que el servidor público asumió el cargo o comisión de que se trate ya se encontrare en ejercicio de una función o responsabilidad pública, el familiar comprendido dentro de esta restricción, no existirá responsabilidad;

VIII. Abstenerse de solicitar, aceptar, recibir u obtener por sí o por interpósita persona, dinero o cualquier otra dádiva o servicio, para sí o para un tercero u ofrecer una promesa para hacer, dejar de hacer o promover algo legal o ilegal relacionado con sus funciones. Esta prevención es aplicable hasta por un año después de que haya cumplido el ejercicio de sus funciones;

IX. Atender las instrucciones, requerimientos y resoluciones que reciba de los órganos de control con base en la presente ley y en las normas que los rijan;

X. Abstenerse de cualquier acto u omisión que implique incumplimiento de las disposiciones jurídicas relacionadas con el servicio público;

XI. Abstenerse de realizar violaciones a los planes, programas, y presupuesto de la administración pública estatal o municipal o a las leyes que determinan el manejo de los recursos económicos de dichas entidades;

XII. Respetar y hacer respetar el derecho a la formulación de quejas y denuncias a que se refiere esta ley y evitar que, con motivo de éstas se causen molestias indebidas al quejoso;

Supervisar que los servidores públicos sujetos a su dirección, cumplan con las

disposiciones del presente artículo y denunciar por escrito, ante el superior jerárquico.

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I. o autoridad administrativa interna, los actos y comisiones que en ejercicio de sus funciones llegue a advertir respecto de cualquier servidor público, que pueda ser causa de responsabilidad administrativa en los términos de esta ley.

Cuando el planteamiento que por escrito formule el servidor público a su superior jerárquico deba ser comunicado al órgano de control competente, el superior procederá a hacerlo sin demora bajo su estricta responsabilidad y debe hacer del conocimiento del trámite al subalterno interesado;

II. Entregar formalmente a quien le sustituya en el cargo, o a la persona que para tal efecto designe el superior jerárquico, los recursos patrimoniales que haya tenido a su disposición, así como los documentos y una relación de los asuntos relacionados con sus funciones. Esta entrega deberá realizarse a más tardar a los cinco días hábiles contados a partir de la fecha en que renuncie o se le notifique su separación del cargo, debiendo elaborar un acta circunstanciada.

Cuando se trate del cambio de la administración pública municipal, el ayuntamiento saliente hará entrega al nuevo gobierno municipal de los conceptos relacionados en el párrafo anterior, al día siguiente de la instalación del nuevo Ayuntamiento; además, en el mismo plazo, cada uno de los responsables de las dependencias municipales deberá entregar al nuevo titular los efectos patrimoniales de referencia y sólo en el caso de que la conclusión de la entrega ameritare más tiempo, se tomará el estrictamente necesario;

III. Recibir, al entrar en posesión del cargo, los recursos y documentos a que se refiere la fracción anterior, verificar que correspondan al contenido del acta circunstanciada, verificar los inventarios, informes y demás documentación anexa. Debe de solicitar las aclaraciones pertinentes dentro del término de cinco días hábiles contados a partir del acto de entrega y recepción;

IV. Abstenerse en el ejercicio de su cargo o funciones o con motivo de ellas, de celebrar o autorizar la celebración de pedidos o contratos relacionados con adquisiciones, arrendamientos y enajenaciones de todo tipo de bienes, prestación de servicio de cualquier naturaleza y la contratación de obra pública con quien desempeñe un empleo, cargo o comisión en el servicio público o bien con las sociedades de las que dichas personas formen parte sin la autorización previa y específica de quien de acuerdo a la ley deba hacerlo;

V. Respetar el derecho de petición de los particulares en los términos del artículo 8° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Recibir las promociones de carácter administrativo, que les sean presentadas a los

servidores públicos de la administración pública estatal y municipal, en forma escrita por los administrados;

VI. Abstenerse de imponer condiciones, prestaciones u obligaciones que no estén previstas en las leyes o reglamentos;

VII. Presentar con oportunidad y veracidad la declaración de situación patrimonial ante los organismos competentes, quienes estén obligados a ello en los términos que señala esta ley;

X. Los funcionarios encargados de la Hacienda Pública Estatal y Municipal, que no realicen la presentación y entrega de las cuentas públicas dentro de los plazos establecidos, se harán acreedores a las sanciones previstas por la ley;

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XI. Abstenerse de utilizar los vehículos propiedad de las autoridades a las que se refiere el artículo 3°. de esta ley o que tengan en posesión bajo cualquier título, fuera del horario de trabajo del servidor público o en actividades distintas a las que requiere la naturaleza del empleo, cargo o comisión respectivo;

XII. Atender la colaboración, requerimientos y apercibimientos fundados y motivados que les hagan las dependencias estatales, federales, municipales y organismo públicos descentralizados;

XIII. Consultar el Registro Policial previo al ingreso de toda persona a cualquier institución, y

XIV. Las demás que le impongan las leyes y reglamentos. NOTA.- Cualquier falta de observación de lo anterior sería una falta de probidad u honradez.

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ANEXO 2

FASES DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE RESPONSABILIDAD LABORAL

I. Levantamiento del acta administrativa: el superior jerárquico o el servidor público que éste designe, mediante oficio facultativo, procederá a levantar el acta administrativa donde se asentarán las circunstancias de modo, tiempo y lugar de los hechos presuntamente irregulares y deberá firmarse por quien la levantó y dos testigos de asistencia; II. Remisión del acta administrativa: quien levantó el acta administrativa deberá remitir al órgano de control disciplinario:

a) El acta administrativa; b) Los medios de prueba y demás elementos para acreditar la presunta

responsabilidad, y c) El oficio facultativo, en su caso;

III. Revisión de documentación: el órgano de control disciplinario revisará que la documentación cubra las siguientes formalidades:

a) Que el acta administrativa esté firmada por quien la levantó y por dos testigos de asistencia;

b) Que la fecha de levantamiento y remisión del acta junto con los demás anexos, estén dentro del tiempo establecido en la fracción I del artículo 106-Bis de esta ley;

c) Que el oficio facultativo haya sido elaborado antes del levantamiento del acta administrativa, y

d) Que las documentales públicas que sean remitidas como probanza sean remitidas en original o copia fotostática certificada por quien tenga fe pública conforme a la ley o reglamento.

El no cumplimiento de alguna de las formalidades descritas será causa de la conclusión anticipada del procedimiento sin responsabilidad para el servidor público señalado. IV. Acuerdo de avocamiento y señalamiento de audiencia: recibida y analizada la documentación, el órgano de control disciplinario elaborará el acuerdo de avocamiento, que contendrá lo siguiente:

a) Los datos de recepción y la descripción detallada del contenido de la documentación recibida; La mención del nombre del servidor público presunto responsable, el nombramiento que ostenta, los supuestos hechos irregulares cometidos, el nombre y cargo de quien levantó el acta y de quienes fungieron en

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ella como testigos de asistencia, y una relación entre la conducta irregular y las disposiciones legales vulneradas;

b) El análisis o estudio realizado, del que se desprendan los razonamientos jurídicos respecto de la procedibilidad de la instrucción disciplinaria;

c) El día, hora y lugar en que tendrá verificativo la audiencia de ratificación de acta y defensa del servidor público, y

d) La orden de notificación al servidor público presunto responsable y a su sindicato, en su caso; a quien levantó el acta y a quienes fungieron como testigos de asistencia de la misma; al área de recursos humanos para que remita los antecedentes disciplinarios del servidor público señalado y archive la constancia en el expediente personal del presunto responsable.

V. Notificación del acuerdo de avocamiento: el órgano de control disciplinario, con apoyo del personal que tenga asignado, deberá notificar a los siguientes:

a) Al servidor público presunto responsable y a su representación sindical, en su caso: será de forma personal, corriéndoles traslado de copias fotostáticas simples del acta administrativa, de la totalidad de los documentos que la integran para su conocimiento y de las pruebas que hay en su contra.

En caso de que el acuerdo no pueda ser notificado al servidor público, el notificador o quien haga sus veces levantará constancia donde se asienten la causa o motivos por los cuales no se pudo llevar a cabo la notificación, situación que hará que el órgano de control disciplinario difiera la audiencia de defensa, señalándose nuevo día y hora para esos efectos;

b) Al superior jerárquico o el servidor público que firmó el acta administrativa; c) A los que fungieron como testigos de asistencia en el acta administrativa, y d) Al área de recursos humanos de la entidad pública. e) Para el caso de la notificación a los señalados en los incisos b), c) y d) basta con

el oficio recibido en el que obre el sello de recepción de la dependencia respectiva; VI. Desahogo de audiencia: se emitirá constancia del desahogo de la audiencia por parte del órgano de control disciplinario. En la audiencia podrán intervenir el servidor público señalado, su representante sindical o legal y los firmantes del acta administrativa, conforme a lo siguiente:

a) Primeramente se les dará el uso de la voz a los firmantes del acta administrativa para su ratificación. La no ratificación por parte de alguno de los firmantes, ya sea por ausencia o voluntad, será causa de conclusión anticipada del procedimiento administrativo sin responsabilidad para el servidor público señalado;

b) Posteriormente el servidor público señalado rendirá su declaración de manera verbal o por escrito, por sí o por conducto del representante sindical o legal que haya intervenido;

c) Rendirán su declaración, de igual forma, los testigos de cargo y de descargo idóneos;

d) Se le otorgará el derecho al servidor público incoado en el procedimiento para por sí o por conducto de su representante sindical o legal, repreguntar a los firmantes del acta administrativa y desvirtuar el acta administrativa con relación a la declaración que rindan;

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e) El servidor público presunto responsable, por sí o a través de su representante sindical o legal podrá ofrecer las pruebas que estime convenientes, para su defensa;

f) Previo estudio, se admitirán y desahogarán las pruebas ofrecidas por las partes, y g) La audiencia podrá suspenderse para el desahogo de las pruebas que por su

propia naturaleza lo requieran o por la ausencia del servidor público denunciado o de los firmantes del acta administrativa, siempre y cuando esté motivada por alguna causa justificada. En caso de enfermedad que les impida comparecer, sólo podrá justificarse la causa a través del certificado médico que emita el Instituto Mexicano del Seguro Social en caso de estar inscrito a sus servicios, salvo que se trate de un accidente o urgencia que amerite inmediata intervención o atención.

VII. Resolución: instruido el procedimiento administrativo, el órgano de control disciplinario remitirá el expediente de responsabilidad laboral al titular de la entidad pública, para que resuelva sobre la imposición o no de sanción, en la que se tomará, en cuenta:

a) La gravedad de la falta cometida; b) Las condiciones socioeconómicas del servidor público; c) El nivel jerárquico, los antecedentes y la antigüedad en el servicio del infractor; d) Los medios de ejecución del hecho; e) La reincidencia en el incumplimiento de sus obligaciones, y f) El monto del beneficio, daño o perjuicio derivado de la falta cometida.

La notificación de la resolución deberá realizarse dentro de los siguientes diez días

hábiles al de la elaboración de la misma al servidor público sancionado y al área de

recursos humanos, o quien haga sus veces, de la entidad pública. La resolución surtirá

efectos jurídicos al día siguiente de su notificación. El área de recursos humanos

adjuntará la resolución al expediente del servidor

La notificación de la resolución deberá realizarse dentro de los siguientes diez días

hábiles al de la elaboración de la misma al servidor público sancionado y al área de

recursos humanos, o quien haga sus veces, de la entidad pública. La resolución surtirá

efectos jurídicos al día siguiente de su notificación. El área de recursos humanos

adjuntará la resolución al expediente del servidor público sancionado y realizará a la

brevedad, los movimientos, trámites o procesos administrativos internos para el

cumplimiento de la misma.

El órgano de control disciplinario anualmente deberá elaborar y actualizar el registro de responsabilidades laborales de la entidad pública, en el que se dispondrá el número de expediente, fecha en que se recibió el acta administrativa y sus anexos, nombre y lugar de adscripción del servidor público sancionado, causa por la cual se le sancionó y el tipo de sanción que se le impuso. Es causa de responsabilidad administrativa la no elaboración y actualización del registro.

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AUTORIZACIÓN DEL DOCUMENTO

Elaboró: Revisó: Aprobó:

Coordinador General de Recursos Humanos

Lic. Tania De la Vega Espinal

Directora General de

Administración

Lic. Luis Jaime Ruiz Mojica

Presidente Municipal

Interino Constitucional del H. Ayuntamiento de

Lagos de Moreno, Jalisco.