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MANUAL DE OPERACIÓN DEL MODELO TIPO DE LOS CENTROS DE ASISTENCIA SOCIAL PARA NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

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MANUAL DE OPERACIÓN DEL

MODELO TIPO DE LOS

CENTROS DE ASISTENCIA

SOCIAL PARA NIÑAS, NIÑOS

Y ADOLESCENTES

SERVICIO DE CONSULTORÍA, ASESORÍA, ESTUDIO Y REALIZACIÓN DE UN MODELO TIPO DE ATENCIÓN EN CENTROS DE ASISTENCIA SOCIAL, ASÍ COMO UN MODELO DE ATENCIÓN PARA NIÑAS Y NIÑOS MIGRANTES NO ACOMPAÑADOS Y UN MODELO DE ATENCIÓN PARA ADOLESCENTES MIGRANTES NO ACOMPAÑADOS.

Lic. Laura Vargas Carrillo

Titular del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia

Mtra. Nelly Montealegre Díaz

Procuradora Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes

Ing. Luis Alberto García Fernández

Director de Coordinación Estratégica

Lic. José Galileo De López Juárez

Director General de Regulación de Centros de Asistencia Social de la

Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes

Mtra. Edith Hernández Segura

Subdirección de Normas

Mtro. Ignacio Villaseñor Domínguez

Subdirección de Certificación de Centros de Asistencia Social

ITA. INNOVACIÓN Y TRANSFORMACIÓN, COMUNICACIÓN POTENCIAL Y DESARROLLO S.C.

RELACIÓN DE AUTORÍAS

Modelo tipo atención en centros de asistencia social María Margarita Guillé Tamayo Modelo tipo Juana Araceli Vázquez Alarcón Investigación documental Victoria Chávez Vázquez Investigación documental y gráfico del

modelo tipo Ismene Corral Guillé Investigación documental Martha Guillé Tamayo Investigación campo Nayeli Reyes Vivanco Investigación campo Donovan Adrián Hernández Castellanos Marco referencial Abigail Díaz de León Benard Marco jurídico internacional Nallely Marlene Bucio Vázquez Marco jurídico nacional

Manual de operación María Margarita Guillé Tamayo Juana Araceli Vázquez Alarcón Victoria Chávez Vázquez Nayeli Reyes Vivanco

Medidas de contención, autocuidado y buen trato para el personal Ricardo Omar Granados Robles Leany Chávez Cuahutencos

Documento de estándares de calidad en el proceso de protección de derechos María Margarita Guillé Tamayo Nallely Marlene Bucio Vázquez

Medidas de referencia y contrarreferencia Victoria Chávez Vázquez

Técnicas de capacitación Gabriela María Igartúa Méndez

Formatos generales de registro, medición, atención, valoración por etapas Nayeli Reyes Vivanco

Victoria Chávez Vázquez Gustavo Corral Guillé

Modelo adaptado a niñas y niños María Margarita Guillé Tamayo El Pájaro Toj Maribel Fonseca

Ilustración de portada Kipargeter – Freepik.com

Diseño de portada Stephen L. Vázquez García Gabriela Fernández Martínez

Corrección de estilo Lila Nieto Kampfner Martha Miranda Pereira

Agosto 2016.

ÍNDICE

I. INTRODUCCIÓN ........................................................................................................................... 7

1. PANORAMA DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES Y LOS CENTROS DE ASISTENCIA SOCIAL ... 9

1.1. Situación de los centros de asistencia social ................................................................... 9

I. LINEAMIENTOS DEL MANUAL ................................................................................................... 15

2. CENTROS DE ASISTENCIA SOCIAL .......................................................................................... 15

2.2. OBJETIVOS .............................................................................................................................. 15

1.2.1. Objetivo general ........................................................................................................ 15

2.2.2. Población atendida .......................................................................................................... 16

2.2.3. Atención en el centro de asistencia social ...................................................................... 16

2.2.4. Servicios y garantía de derechos ..................................................................................... 18

2.2.5. Áreas especializadas de servicios .................................................................................... 19

2.2.6. Requisitos de operación .................................................................................................. 22

2.2.7. Infraestructura e insumos ............................................................................................... 24

2.2.8. Medidas de seguridad ..................................................................................................... 26

II. PERFIL DEL EQUIPO OPERATIVO ............................................................................................... 27

3. LINEAMIENTOS ÉTICOS DEL EQUIPO OPERATIVO ................................................................. 27

3.1. Habilidades del equipo operativo ................................................................................. 28

3.2. Responsabilidades del personal directivo o representante legal ............................... 29

3.3. Perfil y funciones del equipo operativo ........................................................................ 30

3.4. Competencias del equipo operativo ............................................................................. 33

3.5. Contención, autocuidado y buen trato ......................................................................... 33

III. PROCEDIMIENTOS DE LAS ETAPAS DE INTERVENCIÓN ......................................................... 35

4.1. Etapas de la atención integral en el centro ........................................................................ 36

IV. INSTRUMENTOS A UTILIZAR EN LAS ETAPAS DE ATENCIÓN ................................................. 56

4. 2.1 ETAPA 1. INGRESO ........................................................................................................... 56

2.1.1 Área de Trabajo Social ...................................................................................................... 56

2.1.2 Área de Psicología ............................................................................................................ 60

2.1.3 Área de Puericultura ........................................................................................................ 60

2.1.4 Área Médica .............................................................................................................. 61

2.1.5 Área Legal .................................................................................................................. 62

2.1.6 Área de Nutrición ...................................................................................................... 63

5. 2.2 ETAPA 2. ATENCIÓN Y RESTITUCIÓN. .............................................................................. 63

2.2.1 Área de Trabajo Social ............................................................................................... 63

2.2.2 Área de Psicología ..................................................................................................... 64

2.2.3 Área de Psicopedagogía ............................................................................................ 64

2.2.4 Área de Puericultura ........................................................................................................ 65

6. 2.3 ETAPA 3. ESTANCIA/RESIDENCIA: ACCESO Y DESARROLLO. ........................................... 65

2.3.1 Área de Trabajo Social ...................................................................................................... 65

2.3.2 Área de Psicología ............................................................................................................ 67

7. 2.4 ETAPA 4. EGRESO. ........................................................................................................... 68

2.4.1 Área de Trabajo Social ...................................................................................................... 68

2.4.2 Área de Psicología ............................................................................................................ 69

2.4.3 Área de Psicopedagogía ................................................................................................... 70

2.4.4 Área de Puericultura ........................................................................................................ 70

2.4.5 Área Medica ..................................................................................................................... 70

2.4.6 Área Legal ......................................................................................................................... 71

2.4.7 Área de Nutrición ............................................................................................................. 71

8. 2.5 ETAPA 5. SEGUIMIENTO. ................................................................................................. 72

2.5.1 Área de Trabajo Social ...................................................................................................... 72

V. REGULACIÓN DE LOS CENTROS DE ASISTENCIA SOCIAL ........................................................... 74

VI. CARRERA INSTITUCIONAL DE PROTECCIÓN .......................................................................... 75

VII. GLOSARIO .............................................................................................................................. 77

VIII. REFERENCIAS ......................................................................................................................... 85

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I. INTRODUCCIÓN

El presente manual tiene como propósito ser una guía para la implementación del Modelo Tipo de Atención en Centros de Asistencia Social de manera operativa y procedimental; y a la vez, aplicar las disposiciones establecidas en los instrumentos internacionales ratificados por el Estado mexicano y el marco jurídico nacional relativo al reconocimiento y protección de los derechos humanos y el bienestar de las niñas, niños y adolescentes, particularmente quienes carecen de cuidado parental o familiar temporal o permanente.

México ha ratificado importantes instrumentos internacionales en materia de protección de los derechos de los niñas, niños y adolescentes, en particular la Convención sobre los Derechos del Niño, en el año 1990, y sus Protocolos Facultativos relativos a la venta de niños, la prostitución infantil y su utilización en la pornografía, así como sobre su participación en los conflictos armados en el año 2002. En materia familiar, cabe destacar que México es un Estado parte del Convenio de La Haya del 29 de mayo de 1993, relativo a la Protección del Niño; de Cooperación en materia de Adopción Internacional desde 1994; y de la Convención Interamericana sobre Conflictos de Leyes en Materia de Adopción de Menores desde 1987.

Es esencial hacer mención de dos instrumentos en materia de protección especial para niñas, niños y adolescentes sin cuidado parental o familiar temporal o permanente: la Observación General Nº 14 (ONU, 2013) emitida por el Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, porque ésta establece que el interés superior de la niñez debe ser una consideración primordial, principio que rige la protección especial; y las Directrices sobre las Modalidades Alternativas de Cuidado de los Niños, porque establecen pautas adecuadas de orientación política y práctica con el propósito de promover la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño y de las disposiciones pertinentes de otros instrumentos internacionales relativas a la protección y al bienestar de los niños privados del cuidado parental o en peligro de encontrarse en esa situación (ONU, 2010). No obstante que las Directrices fueron aprobadas por la Asamblea General de las Naciones Unidas, no tienen un carácter vinculante, pero son un instrumento clave para fortalecer y garantizar la implementación de la Convención sobre los Derechos del Niño, en particular el artículo 20 relativo al derecho a la protección y asistencia especial de esta población por parte del Estado, que promueve su permanencia en el ambiente familiar biológico, o en la familia ampliada cuando el caso lo demande.

Ahora bien, el Estado mexicano establece importantes directrices para promover y fomentar las condiciones que posibiliten la protección de la niñez y adolescencia. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 4, estipula el cumplimiento del interés superior de la niñez y la

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adolescencia, así como la garantía plena de sus derechos. Precisa que este principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez y adolescencia. De igual manera, se registra un avance en la armonización legislativa nacional y estatal con los estándares internacionales en la materia. Las entidades federativas cuentan con legislación que regula aspectos relativos a la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes (Cámara de Diputados, 2016).

El análisis de la situación de la niñez y adolescencia sin cuidado familiar o parental, desde el enfoque de derechos humanos, parte de la premisa de que el orden sociocultural les impone una condición de subordinación, dependencia y discriminación que daña su integridad, por ello propone como parte de la solución, cambios culturales estructurales, relacionados directamente con la igualdad sustantiva; el respeto a su dignidad y ejercicio de sus derechos sin distinción alguna; y la atención de especificidades como edad, desarrollo, identidad indígena, discapacidad o de cualquier otra índole.

Esta forma de concebir el cuidado y protección de niñez y adolescencia sin cuidado parental o familiar, temporal o permanente, es la que se asienta en la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, promulgada en 2015 (en adelante Ley General). A la luz de su promulgación, el Estado mexicano formula una política pública que busca garantizar su atención, cuidado y protección integral, respondiendo con ello a la exigencia de las demandas de organismos internacionales y de la sociedad civil contemporánea.

Como parte de la acción e intervención gubernamental para garantizar la restitución de derechos de niñas, niños y adolescentes, se crearon diversos mecanismos e instrumentos para regular el funcionamiento de los centros de asistencia social para niñas, niños y adolescentes (en adelante centro), concebidos como una alternativa de acogimiento residencial temporal que promueve el desarrollo integral y armonioso de quienes permanecen a distancia de su propia familia por encontrarse en una situación familiar contraria al interés superior de la niñez o la adolescencia, y se encuentran en estado de desprotección o abandono.

En este contexto surge el Modelo de atención y protección integral de centros de asistencia social para niñas, niños y adolescentes, así como el presente Manual de Operación, el cual está dirigido principalmente al personal directivo y operativo de todos los centros de asistencia social para niñas, niños y adolescentes sin cuidado parental o familiar, sean públicos, privados o asociaciones; también, considera su distribución entre los sectores que se ocupan directa o indirectamente de cuestiones relacionadas con el acogimiento residencial temporal para esta población.

El contenido del Manual se distribuye en siete capítulos. En el capítulo I se desarrolla el panorama de niñas, niños y adolescentes y los centros de asistencia social en México. En el capítulo II, Lineamientos del Manual, se hace una descripción de qué son los centros de asistencia social, cómo deben funcionar,

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cuáles son sus objetivos, servicios y áreas que los conforman, y otros aspectos de operación. El capítulo III desarrolla el perfil, funciones, competencias del equipo operativo, lineamientos éticos y responsabilidades. El capítulo IV, es de importancia sustancial porque desarrolla las cinco etapas propuestas en el Modelo de Atención y Protección para lograr la restitución y ejercicio pleno de los derechos de las niñas, niños y adolescentes separados de su ambiente familiar de manera temporal o definitiva, o que se encuentran sin cuidado familiar o parental, que han sido objeto de negligencia, abandono, migración, trata, desnutrición crónica aguda, maltrato en cualquiera de sus formas o cualquier situación especial que afecte su desarrollo. En el capítulo V, se presenta una descripción general de los instrumentos que se utilizan en las áreas especializadas de servicios de los centros. El capítulo VI indica los elementos básicos de la regulación de los centros. Finalmente, el capítulo VII propone la creación de la carrera institucional de protección.

1. PANORAMA DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES Y LOS

CENTROS DE ASISTENCIA SOCIAL

1.1. Situación de los centros de asistencia social

De acuerdo con la Encuesta Intercensal 2015, realizada por INEGI, México tiene 119,530,753 habitantes; de los cuales 58,056,133 son hombres y 61,474,620 mujeres. Por edad, refiere que 43,523,857 son personas de entre 0 a 19 años. Este grupo representa el 36% de la población total, según se muestra en la Gráfica 1.

En términos de grupos etarios relevantes para el presente estudio, se observa que el 8.8% (10,526,139) tienen entre 0 y 4 años de edad, el 9.2 % (10,997,189) entre 5 y 9; el 9.4 % (11,228,232) entre 10 y 14 años y el 9% (10,772,297) entre 15 y 19 años de edad. Entre otras características, la encuesta especifica que el 21.88% de la población total de un rango entre 0 y 17 años se considera indígena.

El Diagnóstico de la Adopción en México, elaborado por el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, reportó que en el año 2005 había 28,107 niñas, niños y adolescentes “ocupantes de casas hogar, orfanatorios y casas cuna” (DIF, 2007:7). Posteriormente, en 2011, el Sistema Nacional DIF en colaboración con Sistemas Estatales DIF, a través de sus Procuradurías de la Defensa del Menor y la Familia realizaron un censo de albergues públicos y privados en 30 entidades federativas. Los resultados señalan que en 2011 se albergó a 18 mil 533 menores de edad en 633 centros asistenciales y que del total de albergues, 93 eran públicos y 540 eran instituciones privadas (DIF, 2012).

Gráfico 1. Población menor de 19 años de edad en México

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Elaboración propia con base en los Tabuladores de la Encuesta Intercensal 2015.

En 2015, por primera vez en México, se realiza el Censo de Alojamientos de Asistencia Social (CAAS), cuya finalidad es generar información estadística respecto de las condiciones de vida de la población que reside en alojamientos de asistencia social, en particular sobre los servicios que recibe la población beneficiaria y sobre las características sociodemográficas de ésta y de las y los trabajadores (INEGI, 2016a). A continuación, se presentan los datos relativos a los servicios que ofrecen las casas hogar para menores de edad.1

Los resultados indican que en México existen 879 casas hogar para niñas, niños y adolescentes ofreciendo servicios al momento de levantar la encuesta, con un total de 25,667 residentes. Por sexo se observa una distribución equitativa, 53.1% son mujeres y 46.9% son hombres. Por otra parte, es importante señalar que poco más del 3% de las y los usuarios tiene una edad cronológica mayor de 18 de años. El aplazamiento de la estancia es porque su desarrollo físico y/o mental corresponde a personas menores de edad, debido a problemas de salud (INEGI, 2016c:34).

La figura jurídica es variada, 636 tienen la de asociación civil, 118 de institución de asistencia o beneficencia privada, 2 de sociedad civil, 13 de asociación religiosa, 98 de institución pública y 12 de sociedad o asociación mercantil.

1 El concepto de “casa hogar para menores” utilizada en el Censo no es igual al establecido en la

Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes para los Centros de Asistencia Social, pero sí hay correspondencia en los aspectos medidos, por ello se utilizan los datos para tener un panorama de su situación en México.

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5.8

14.8

18.2

6.9

0.8

0.4

5.7

16.1

19.9

9.6

1.2

0.6

0-4

5-9

10-14

15-19

20-24

25 y más

Grupos de edad

46.9% 53.1%

Gráfico 2. Composición por edad y sexo de la población usuaria en casas hogar para

menores de edad

Adaptado de” Censo de Alojamientos de Asistencia Social 2015. Presentación de Resultados”, México (p. 34), por INEGI, 2016, México: autor.

El 56.9% (501) recibe recursos para su sostenimiento por parte del gobierno, de éstas 68 se sostienen exclusivamente con recursos públicos, las restantes reciben además recursos de organismos internacionales, empresas nacionales y donaciones, entre otros. La distribución por entidad federativa es como se muestra en la Tabla 1.

Tabla 1. Casas hogar con y sin población usuaria residente y capacidad instalada por

entidad federativa

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Entidad No. Casas Hogar

Con población residente

No. usuarias/os Sin población residente

Capacidad instalada2

Aguascalientes 9 9 439 0 695

Baja California 116 113 3446 3 5718

Baja California Sur 7 7 156 0 225

Campeche 7 7 117 0 281

Coahuila 38 37 824 1 1419

Colima 18 18 431 0 642

Chiapas 24 24 611 0 924

Chihuahua 78 72 1730 6 3680

Distrito Federal 67 64 2421 3 4166

Durango 5 5 269 0 338

Guanajuato 47 45 1314 2 2347

Guerrero 9 9 280 0 523

Hidalgo 9 9 359 0 635

Jalisco 80 79 2419 1 4062

México 43 42 1183 1 1877

Michoacán 21 20 520 1 1246

Morelos 19 19 1063 0 1640

Nayarit 8 8 141 0 236

Nuevo León 33 33 1139 0 1634

Oaxaca 19 19 510 0 987

Puebla 16 16 452 0 907

Querétaro 29 29 888 0 1182

Quintana Roo 4 4 155 0 276

San Luis Potosí 29 29 577 0 933

Sinaloa 16 16 305 0 599

Sonora 43 43 1102 0 1926

Tabasco 2 2 40 0 90

Tamaulipas 45 45 1324 0 2431

Tlaxcala 4 4 117 0 205

Veracruz 40 40 785 0 1783

Yucatán 8 8 402 0 475

Zacatecas 6 4 148 2 256

Nota: Elaboración propia con base en tabulados básicos del Censo de Alojamientos de Asistencia Social 2015, INEGI, México.

En promedio, los centros tienen arriba de 40 niñas, niños y adolescentes residentes. La ausencia de procedimientos claros y adecuados, así como de infraestructura necesaria y personal capacitado, puede convertirse en un factor de riesgo para su integridad, de ahí la importancia de contar con el modelo de

2 La capacidad instalada se refiere al número de personas a las que es posible proporcionar el servicio de alojamiento, considerando los recursos humanos y materiales disponibles, así como los espacios, las instalaciones y el mobiliario.

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atención y el presente Manual de Operación para guiar la atención y protección de derechos de una manera segura e integral.

Dentro de las casas hogar con población usuaria residente, se identifica que el total proporciona el servicio de alimentación de dos o más veces al día para la población residente, 851 proporcionan prendas de vestir y calzado, 854 otorgan atención médica dentro o fuera del inmueble, 828 suministran medicamentos ante alguna enfermedad o por ser parte de sus prescripciones o tratamientos médicos, 778 cuentan con servicio para continuar con la educación ya sea dentro o fuera del inmueble. La oportunidad de estudiar fuera del centro es ideal para la reintegración social, uno de los derechos que se observan dentro de la Ley General, y evitar el confinamiento o aislamiento.

Según este estudio del INEGI, existen otros tipos de servicios que se ofrecen en las casas hogares, siendo complementarios a los servicios básicos previamente descritos. Por ejemplo: actividades recreativas o de entretenimiento, tratamientos de rehabilitación y/o rutinas de ejercicios aeróbicos, práctica de algún deporte, apoyo jurídico o en derechos humanos, apoyo psicológico, servicio de transporte o traslado.

En términos de infraestructura física, existen 604 casas hogar con inmueble propio, 91 rentados, 123 en comodato, 50 prestados y 11 en otra situación.

Sobre el tipo de construcción, señala que 839 tienen paredes de materiales tales como tabique, ladrillo, block, piedra, cantera, cemento o concreto; únicamente 5 tienen paredes de lámina de cartón, asbesto o metálica y 35 de madera. La totalidad de las casas cuentan con piso firme de cemento, madera u otros recubrimientos. La distribución de cuartos dormitorios disponibles en el alojamiento para la población es muy variada, aunque el 53% es decir 466 cuentan con dos y hasta cuatro dormitorios.

En relación al equipamiento y servicios de protección civil, 312 cuentan con rampa, 764 con salida de emergencia, 714 con señalizaciones de emergencia, 543 con alarma de emergencia, 864 con botiquín, 804 con extinguidor y 358 con servicio de vigilancia.

Las instalaciones con las que cuentan son variadas; el dato a nivel nacional se muestra en la Tabla 2.

Tabla 2. Instalaciones con las que cuentan las casas hogar del país

Cocina Comedor Oficina Salones Sala de convivencia

877 99.7% 870 98.9% 795 90.4% 664 75.5% 756 86.0%

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Consultorio médico o enfermería

Instalaciones para rehabilitación física

Bodega Jardines Cancha para jugar

Instalaciones para lavar ropa

421 47 .8% 99 11 .2% 814 92 .6% 697 79 .2% 612 69 .6% 873 99 .3%

Nota: Elaboración propia con base en tabulados básicos del Censo de Alojamientos de Asistencia Social 2015. INEGI.

Con respecto de las instalaciones sanitarias, se identificó que todas cuentan con tazas de baño, mingitorios, letrinas y regaderas. Cabe señalar que 781 no tienen regaderas adaptadas para la población con discapacidad y 769 no cuentan con tazas de baño adaptadas para esta misma población.3

3 Estas cifras no son sumables, ya que pueden pertenecer a la misma casa, por lo tanto, no son excluyentes. El conteo es por el tipo de servicio, no por casa. Es decir, una misma casa puede no tener regaderas adaptadas y tampoco tener tazas de baño adaptadas.

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I. LINEAMIENTOS DEL MANUAL

2. CENTROS DE ASISTENCIA SOCIAL

Para efectos del presente Manual, el centro de asistencia social es la institución, lugar o espacio de cuidado alternativo o acogimiento residencial para niñas, niños y adolescentes sin cuidado parental o familiar que brindan entidades públicas, privadas o asociaciones, cuyo funcionamiento y operación cumple con los requisitos y obligaciones establecidos en la fracción V del artículo 4 de la Ley general (Cámara de Diputados, 2014b:3).

De acuerdo con las Directrices sobre las Modalidades Alternativas de Cuidado de los Niños, se les denomina Centros Residenciales de Acogimiento cuando el grupo acogido es menor de 40, e Institución cuando residen 40 o más niñas, niños y adolescentes.

Sobre el acogimiento residencial la Ley General dispone en la fracción II del artículo 4 que es “aquél brindado por centros de asistencia social como una medida especial de protección temporal de carácter subsidiario, que será de último recurso y por el menor tiempo posible, priorizando las opciones de cuidado en un entorno familiar” (Cámara de Diputados, 2014b:3).

2.2. OBJETIVOS

Los objetivos del presente Manual buscan la consecución de los principios rectores del Modelo Tipo de Atención y Protección Integral de Centros de Asistencia Social para con Niñas, Niños y Adolescentes: garantizar el reconocimiento, respeto y restitución de derechos de niñas, niños y adolescentes, mediante la observación permanente para cualquier decisión, de la aplicación del principio de interés superior de la niñez residente, de manera temporal o definitiva, brindándole atención con enfoque de derechos.

1.2.1. Objetivo general

Proporcionar herramientas procedimentales que fortalezcan el desempeño del personal directivo y operativo del centro para niñas, niños y adolescentes sin cuidado parental o familiar temporal o permanente, así como los aspectos básicos de la atención integral, de estructura organizacional e infraestructura que deben cubrir para funcionar conforme a las disposiciones establecidas en la Ley General.

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Objetivos específicos que el personal del centro deberá asumir:

a) Tener conocimientos técnicos especializados para proporcionar atención integral con enfoque de derechos humanos.

b) Contar con herramientas y técnicas que permitan evaluar el estado físico y mental, así como las necesidades especiales de las niñas, niños y adolescentes, y evitar su revictimización.

c) Adaptar los servicios de atención integral que proporciona el centro a la protección y acceso a derecho y acorde con el interés superior de la niñez y la adolescencia, mientras se busca favorecer y resolver sus necesidades e intereses.

d) Asegurar que el centro cumpla con los lineamientos y estándares mínimos de atención, organización e infraestructura para operar.

2.2.2. Población atendida

La población atendida en el centro la conforman niñas, niños y adolescentes separados de su ambiente familiar de manera temporal o definitiva, o que se encuentran sin cuidado familiar o parental, que han sido objeto de negligencia, abandono, migración, trata, desnutrición crónica aguda, maltrato en cualquiera de sus formas o cualquier situación especial que afecte su desarrollo.

De acuerdo a la normativa internacional y nacional, particularmente el artículo 5 de la Ley General, se consideran niñas y niños a las personas menores de doce años, y adolescentes a quienes se encuentren entre doce años cumplidos y menos de dieciocho años de edad (Cámara de Diputados, 2014b:5).

2.2.3. Atención en el centro de asistencia social

La atención es la acción de satisfacer una necesidad y/o deseo teniendo en cuenta o en consideración las particularidades, en este caso, de las niñas, niños y adolescentes.

La atención que se brinda en el centro parte de los principios rectores especificados en el artículo 6 de la Ley General (Cámara de Diputados, 2014b:5).

Gráfico 3. Principios rectores para garantizar la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes

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El enfoque es inminente de derechos al procurar que la calidad y calidez de la atención que se brinda en el centro involucre respuestas eficaces, pertinentes y actualizadas a las necesidades de las niñas, niños y adolescentes residentes.

La visión de la atención del presente Manual pasa de un enfoque tutelar-asistencial a un sistema de protección integral de derechos, por lo tanto:

a) Considera la institucionalización como una medida excepcional y temporal cuando no existan otras alternativas de cuidado familiar biológico, ampliado o comunitario.

b) Incorpora en el enfoque de atención las etapas y necesidades evolutivas de las niñas, niños y adolescentes, así como su desarrollo integral, valorando sexo, etnia, profesión de credo religioso, cultural, condición socioeconómica, entre otras.

c) Promueve en todo momento el derecho de opinión y participación de las niñas, niños y adolescentes.

d) Entiende que la infraestructura, las relaciones con el personal y las rutinas cotidianas deben acercarse en la medida de lo posible al entorno familiar y social, toda vez que estos son aspectos importantes en los procesos de atención.

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e) Asegura y cuida la seguridad física y emocional de las niñas, niños y adolescentes residentes.

2.2.4. Servicios y garantía de derechos

El centro tiene la responsabilidad de garantizar la integridad y un adecuado desarrollo físico y psicológico de las niñas, niños y adolescentes que tengan bajo su tutela. Deberán llevar a cabo todas las acciones para salvaguardar su seguridad y restituir sus derechos.

De acuerdo con lo señalado en el artículo 109 de la Ley General, los servicios que preste el centro deberán garantizar que quienes residan ahí (Cámara de Diputados, 2014b:5)

a) Vivan en condiciones que garanticen su cuidado y protección, que resguarden su identidad y la privacidad de sus actuaciones, así como de todo lo relacionado a sus datos personales y familiares, aplicando la garantía de reserva que regula la legislación aplicable.

b) Se desarrollen en un ambiente seguro, afectivo y libre de violencia.

c) Estén a salvo de actos u omisiones que puedan afectar su integridad.

d) Se incluyan las necesidades e intereses de las personas con discapacidad en todas las actividades y servicios del centro.

e) Reciban alimentación nutritiva, supervisada periódicamente por la autoridad sanitaria.

f) Tengan un expediente administrativo individualizado completo para que su situación sea revisada y valorada de manera particular, así como para determinar procedimientos de ingreso y egreso que faciliten su reincorporación familiar o social.

g) Se les informe de su situación jurídica en todo momento, con un lenguaje sencillo, sobre los procesos aplicables cuando se encuentren en un asunto de conflicto con la Ley.

h) Reciban vestido, calzado, productos de higiene personal y blancos.

i) Se atiendan de manera integral y multidisciplinaria: área médica, primeros auxilios, seguimiento psicológico, social, jurídico, plan de vida, reintegración y preservación familiar, entre otros.

j) Reciban educación apropiada a su edad, encaminada a lograr su óptimo desarrollo, la comprensión y el ejercicio de sus derechos.

k) Disfruten cotidianamente del descanso, recreación, juego, esparcimiento y otras actividades que favorezcan su desarrollo.

l) Reciban atención con calidad y calidez por personal calificado con formación en derechos humanos y con habilidades de fomentar la

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vinculación y desvinculación afectiva, así como cualidades parentales de cuidado.

m) Eviten actividades y contacto con personas que vulneren su integridad y desarrollo.

n) Se respete su derecho de opinión, a través de expresar libremente sus ideas y opiniones sobre los asuntos cotidianos, y de fortalecimiento de capacidades para la reintegración a la vida independiente, valorando la conveniencia de acuerdo al interés superior de la niñez.

o) Se restituya su derecho de vivir en un ambiente social seguro, realizar actividades externas al Centro que les permita tener contacto con su comunidad y fortalecer sus capacidades de reintegración.

Asimismo, el personal deberá revisar periódicamente su situación jurídica, la de su familia, así como la medida especial de protección por la cual ingresó; gestionando el contacto con su familia y personas significativas, siempre y cuando no le coloque en riesgo o vulnere su integridad.

2.2.5. Áreas especializadas de servicios

El centro deberá contar cuando menos con las siguientes áreas especializadas de servicios y estar acordes a los principios a que hace referencia el artículo 6 de la Ley General y el artículo 55 de su Reglamento.

a) Atención médica

El acceso a la atención médica es un derecho fundamental del ser humano y se define como el “conjunto de servicios de salud que se proporcionan con el fin de promover, proteger y procurar restaurar al grado máximo posible la salud física y mental de las y los usuarios, incluye la promoción de relaciones no violentas, la prevención, la detección y el diagnóstico de las personas que viven esa situación, la evaluación del riesgo en que se encuentra, la promoción, protección y procurar al grado máximo posible restaurar su salud física y mental a través de tratamiento o referencia a instancias especializadas y vigilancia epidemiológica” (SSA3. 2005:12).

La preservación y cuidado de la salud son fundamentales en cualquier país, por lo cual es indispensable la instauración de los mecanismos institucionales necesarios para garantizar atención especializada como: odontología, oftalmología, pediatría, otorrinolaringología, ginecología, urología, psiquiatría, psicología y demás especialidades que se requieran.

b) Atención psicológica

La psicología es la disciplina que estudia el comportamiento humano que implica los procesos mentales, afectivos y conductuales en conjunto.

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La atención psicológica es parte de la psicología clínica, su objetivo es restablecer el equilibrio psico-emocional de las personas a través de la orientación psicológica o atención terapéutica, la cual se puede abordar a través de diferentes enfoques. Debe brindarse por especialistas con formación para atender las necesidades específicas de la población y de acuerdo al tipo de problemática y perfil que presenten, es decir, con conocimientos en psicología infantil y adolescente; problemáticas referidas a vulneración de derechos, consecuencias negativas de la institucionalización, violencia de género, violencia sexual, consumo de drogas, psicopatologías, depresión, TDAH y otras.

El Manual de Supervisión de Centros sugiere usar el enfoque cognitivo conductual en la atención psicológica porque facilita el reconocimiento de sentimientos, baja autoestima, inseguridad, conflictos con la autoridad, y a partir de ello se fortalece la modificación de la conducta. Es un tipo de tratamiento psicoterapéutico que ayuda a comprender los pensamientos y sentimientos que influyen en las conductas.

c) Nutrición

La nutrición entendida como la ingesta de alimentos para mantener un adecuado funcionamiento del organismo, es indispensable en la prevención de enfermedades e incluso para el restablecimiento de la salud. Es por eso que una adecuada alimentación debe contemplar los nutrientes necesarios (vitaminas, proteínas, minerales y otros elementos) para que las personas puedan tener un adecuado desarrollo físico y mental.

d) Psicopedagogía

Es la rama de la psicología que se encarga de brindar orientación psicológica y escolar a las personas durante sus diversas etapas de aprendizaje. Puede detectar trastornos o alteraciones en el desarrollo cognoscitivo y motriz de la infancia temprana.

Las áreas que abarca son cognoscitivas, emocionales y sociales, con el objetivo de prevenir conductas de riesgo, como adicciones, violencia, bullying, embarazos no deseados y otros. Además de problemas de orden individual como depresión, baja autoestima, TDA, anorexia, bulimia, sin dejar de lado la parte escolar que consiste en orientar y propiciar el desarrollo de habilidades a las personas que presentan dificultades de aprendizaje. Esta atención debe darse de manera integral, tomando en cuenta los factores psicológicos y escolares.

e) Puericultura

La puericultura es la disciplina que se encarga del desarrollo saludable y de la crianza. Se trata de un concepto cercano a la noción de pediatría.

Su objetivo es que niñas y niños crezcan sanos y adquieran las herramientas necesarias para integrarse con éxito a la sociedad, por ello promueve conductas

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que favorezcan su desarrollo biopsicosocial y estudia las relaciones de quienes les rodean.

Uno de los aspectos más importantes para la puericultura es la lactancia. Por el vínculo afectivo que se desarrolla y los innumerables beneficios que aporta a las y los pequeños.

La persona especializada en puericultura brinda asesoramiento a las madres y familia de reintegración o de acogida y les ofrece recomendaciones y acompañamiento en la etapa de seguimiento en los primeros años de la crianza para formar hábitos saludables y estimular el desarrollo de niñas y niños (Pérez y Merino, 2013).

f) Trabajo social

Esta disciplina contribuye al conocimiento y la transformación de los procesos sociales para incidir en la participación de las personas en el desarrollo social, y mejorar las condiciones de vida de las colectividades y de los individuos a partir de la identificación de sus necesidades, carencias, demandas e interacción social.

Mediante trabajo multidisciplinario e interdisciplinario, y en un marco de respeto a los derechos humanos, la trabajadora o el trabajador social realiza programas de intervención de carácter social, organiza y enseña a las personas a buscar opciones para resolver los problemas detectados y mejorar su nivel y condiciones de vida (ENTS, s.f.).

g) Legal

El derecho es entendido como el conjunto de las normas que rigen la vida en sociedad, sancionadas por el poder público. El área legal se conforma por personas profesionales en derecho, legalmente autorizadas para asesorar y defender los derechos e intereses la niña, niño o adolescente en materia jurídica.

Proporciona orientación, y seguimiento a la niña, niño y adolescente y familia, cuando ésta exista, sobre su situación jurídica y acompañamiento ante la autoridad competente.

Cuando se trate de casos ajenos a la competencia del centro, brindará orientación jurídica conducente, realizando la derivación a las instituciones competentes para la atención especializada.

h) Otros para el cuidado integral de niñas, niños y adolescentes

Además del personal señalado en artículo 110, el centro podrá solicitar la colaboración de instituciones, organizaciones o dependencias que brinden apoyo en psicología, trabajo social, derecho, pedagogía y otros para el cuidado integral de las niñas, niños y adolescentes. Así como, acceso a los bienes, servicios, ayudas técnicas y rehabilitación a quienes tengan alguna necesidad o condicional especial que limite su desarrollo.

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2.2.6. Requisitos de operación

Las instalaciones del centro deberán observar los requisitos que se enuncian, en los artículos artículo 108 y 112 de la Ley General (Cámara de Diputados, 2014b:36 y 39):

a) Ser administrados por una institución pública o privada, o por una asociación, y estar incorporados al Registro Nacional de Centros de Asistencia Social a cargo de la Procuraduría Federal y las Procuradurías de Protección locales donde se deberá contar por lo menos con los siguientes datos del Centro

1. Nombre o razón social del centro de asistencia social; 2. Domicilio del centro de asistencia social; 3. Censo de la población residente, desagregada por sexo, edad, y

situación jurídica, el seguimiento al proceso de reunificación familiar o social.

4. Relación del personal que labora en el centro, incluyendo al personal directivo y representante legal, así como la figura jurídica bajo la cual opera.

b) Su infraestructura inmobiliaria deberá observar el enfoque de derechos y cumplir con las dimensiones físicas acordes a los servicios que proporcionan, con medidas de seguridad y protección civil.

c) Ser acordes con el diseño universal y la accesibilidad en términos de la legislación aplicable.

d) Contar con medidas de seguridad, protección y vigilancia necesarias para garantizar la comodidad, higiene, espacio libre de violencia, idóneo de acuerdo a la edad, sexo o condición física o mental de niñas, niños y adolescentes alojados.

e) Alojar y agrupar a niñas, niños y adolescentes, con respeto a su perfil de ingreso, edad y sexo en las áreas de dormitorios, y evitar que por algún motivo éstos puedan ser compartidos por personas adultas, salvo que, de acuerdo a las necesidades y perfil, necesiten asistencia de una persona adulta.

f) Contar con espacios destinados especialmente para cada una de las actividades.

g) Atender los requerimientos establecidos por las autoridades de protección civil, salubridad y asistencia social.

h) Procurar apoyos y condiciones necesarias para incluir sin discriminación a niñas, niños y adolescentes con discapacidad (sin importar temporalidad motivo o grado) en los servicios, programa y la comunidad del centro.

i) Contar con programas integrales enfocados a la restitución de derechos de niñas, niños y adolescentes residentes.

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Además de lo anterior, y de conformidad con lo establecido en el apartado 4.4 de la NOM-032-SSA3-2010, el centro deberá tener manuales de organización y procedimientos, reglamento interno, programas de atención integral que comprendan, salud, educación, psicología, social y nutrición, entre otros. A cada niña, niño y adolescente se le deberá tratar individualizadamente a través de expedientes administrativos que incluyan evolución y seguimiento. También, deberán contar con la documentación respectiva al aviso de funcionamiento, así como aviso de responsable y constancia de registro de incorporación al Directorio Nacional de Instituciones de Asistencia Social del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.

Supervisión

El centro, como parte de las instituciones de asistencia social, deberá ajustar su funcionamiento y normar sus actividades, y servicios de salud y asistenciales de acuerdo con lo dispuesto en las Normas Oficiales Mexicanas mediante el establecimiento de terminología, directrices, atributos, especificaciones y características aplicables a personas, procesos y servicios (Cámara de Diputados, 2004:17).

Les corresponde a las Procuradurías de Protección la supervisión del centro y, en su caso, ejercitar acciones legales por el incumplimiento de los requisitos que establece la Ley General y demás disposiciones aplicables (Cámara de Diputados, 2014b:39).

La Procuraduría de Protección emitirá los protocolos y procedimientos de actuación para su participación en las visitas de supervisión cuando así lo considere necesario, acompañada de personas expertas en materia de protección civil y en salud, sin perjuicio de la participación de la Procuraduría de Protección Local que corresponda (Cámara de Diputados, 2014b:22 y 23).

Asimismo, implementarán mecanismos de revisión para corroborar que el Centro cumpla con la normatividad aplicable, y garantice el respeto de los derechos humanos de la niñez y la adolescencia de conformidad con los principios rectores de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Convención Sobre los Derechos del Niño, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y los tratados internacionales de los que México forme parte.

Las visitas de supervisión buscan obtener elementos, información y documentación de soporte que acredite que no se contravienen los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes, y se aplicará la cédula de supervisión para el personal. Los resultados serán reflejados en el Acta de Visita de Supervisión.

Dicho procedimiento será realizado por la Dirección de Supervisión y Certificación adscrita a la Dirección General de Regulación de Centros de Asistencia Social de la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes o en su caso por la Procuraduría de Protección de la entidad federativa que corresponda.

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2.2.7. Infraestructura e insumos

Infraestructura

El conjunto de instalaciones y requisitos materiales y funcionales específicos del inmueble son necesarios para el óptimo funcionamiento del centro y se garantice el bienestar de las niñas, niños y adolescentes durante su estancia.

Para complementar este punto, se retoman las características y los requisitos mínimos desarrollados en el apartado 6.1 de la NOM-032-SSA3-2010, Asistencia social. Prestación de servicios de asistencia social para niños, niñas y adolescentes en situación de riesgo y vulnerabilidad (SSA3, 2011).

a) El inmueble debe tener dimensiones suficientes, acorde a los servicios que se proporcionan y al tamaño del establecimiento, contar con agua potable, gas, electricidad, aire acondicionado (si se requiere), línea telefónica, servicio de Internet, drenaje, cisterna, equipo de audio, televisión y otros.

b) El área de alimentación (cocina y comedor) deberá estar equipada y organizada funcionalmente para la preparación o distribución de alimentos y contar con una adecuada disposición de basura.

c) Área común para descanso y desarrollo de actividades físicas, de recreación o lúdicas.

d) Área de atención para infantes con cunas o colchonetas, lactario, cambiadores de pañales, inodoros, lavabo, mesas y sillas ad hoc, muebles de guarda y material didáctico o lúdico.

e) Las áreas de dormitorios deben estar separadas por perfiles de ingreso, sexo y edad; iluminadas y ventiladas con camas individuales, muebles de guarda con cajones o casillas para que guarden sus artículos personales (buros, armarios o lockers).

f) Los baños deben tener inodoros, mingitorios, lavabos, micas tipo espejo, área de regaderas separadas de los inodoros, que brinden privacidad y área con tinas para bebés.

g) Área para lavado y secado de ropa. Espacios independientes para blancos, artículos de papelería, limpieza, alimentos, ropería o guardarropa.

h) Espacio para las actividades de recepción y administrativas, el cual deberá contar con una oficina para la dirección y para cada área de atención, con mobiliario y equipo de cómputo para cada una, inodoro, lavabos y regaderas en su caso.

Todas las áreas deben estar higiénicas, contar con rampas, suelo antiderrapante, especificaciones técnicas y antropométricas en materia de discapacidad y contar con: a) ventilación adecuada que permita la circulación del aire y evite temperaturas extremas; b) iluminación natural y artificial; c) acabados lisos, de preferencia con materiales existentes en la región; d) para los pisos interiores

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deben emplearse materiales resistentes, seguros y de fácil limpieza y desinfección; en pisos exteriores se deben emplear materiales resistentes naturales o artificiales.

Insumos

Se refiere al equipamiento de oficinas, dormitorios, cocina, área de atención especializada, área de juego, así como los materiales de trabajo técnico de todas las áreas, por ejemplo:

Insumos para el trabajo técnico:

• Formatos

• Pruebas psicológicas

• Mobiliario, equipo e instrumental para el consultorio de medicina general4

• Medicamentos del cuadro básico

• Artículos para personas con problemas de locomoción o movilidad reducida

Insumos para la vida cotidiana:

• Alimentos nutritivos

• Ropa (pijamas, interior)

• Calzado

• Uniformes escolares

• Artículos de higiene personal

• Instrumentos musicales

• Pañales desechables y de tela

• Biberones

• Vasos entrenadores

• Útiles escolares

• Juguetes didácticos

• Artículos deportivos

• Libros

• Películas educativas

• Equipo de computo

• Impresora

• Proyector

• Televisor

• Reproductor de películas

• Papelería

4 De acuerdo con lo establecido en la NOM-005-SSA3-2010.

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• Enseres domésticos

• Electrodomésticos

• Blancos

• Estanterías, armarios o lockers

• Mesas, sillas, libreros o algún tipo de organizadores.

2.2.8. Medidas de seguridad

Como parte de las medidas de seguridad, el centro deberá cumplir con lo dispuesto por la Ley General de Protección Civil y otras disposiciones aplicables en la materia. Asimismo, deberá observar las disposiciones de seguridad y protección civil contenidas en el Apéndice Normativo A de la NOM-032-SSA3-2010: Asistencia social. Prestación de servicios de asistencia social para niños, niñas y adolescentes en situación de riesgo y vulnerabilidad, que le corresponda y en función de su capacidad instalada (SSA3, 2010). A continuación, se enlistan los aspectos mínimos que debe cumplir el centro:

a) Tener el dictamen de protección civil vigente y programa interno de protección civil;

b) Tener un botiquín de primeros auxilios con medicamentos vigentes;

c) Rutas de evacuación, salidas de emergencia, listado de brigadistas;

d) Tener equipos electrónicos con dispositivos para evitar cualquier peligro de incendio por sobrecalentamiento o corto circuito;

e) Hacer un registro escrito del estado de las instalaciones eléctricas, gas, calefacción, extracción de humos en cocina (campanas, conductos y filtros), entre otras; y

f) Tener un directorio con los servicios de emergencia debidamente actualizados y visibles: cruz roja, bomberos, protección civil, Escuadrón de Rescate y Urgencias Médicas (ERUM) y policía.

Otras disposiciones de seguridad que debe considerar son:

g) Caseta o espacio de seguridad;

h) Circuito cerrado;

i) Espejos y ventanas de micas (no vidrio);

j) Sistema de alarma contra incendios e intromisión;

k) Puertas al interior con seguro de emergencia;

l) Puerta de entrada con ojo mágico:

m) Protecciones de herrería, únicamente en ventanas y puertas externas; y

n) Bardas de dos metros de altura como mínimo y los dispositivos que protejan de la intrusión.

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II. PERFIL DEL EQUIPO OPERATIVO

El personal del centro debe ser acorde con el número de residentes, deberá estar capacitado y calificado; con formación en los derechos de la niñez y la adolescencia. De acuerdo con la Ley General, el centro debe contar, con por lo menos, el siguiente personal (Cámara de Diputados, 2014b: 37 y 38)

1. Responsable de la coordinación o dirección, y

2. Personal especializado en promoción y autocuidado de la salud, atención médica, actividades de orientación social y promoción de la cultura de protección civil.

Asimismo, señala que el número del personal será determinado en función de la cantidad de niñas, niños o adolescentes residentes, y en el caso de los centros privados, sino cuentan con los recursos económicos suficientes para contratar personal, deberán gestionar el apoyo voluntario de personal, pero por ningún motivo puede ser excusa para no contar con el personal acorde al número de la población que atiendan de manera directa e indirecta, debiendo contar por lo menos con una persona de atención por cada cuatro niñas o niños menores de un año de edad y una por cada ocho mayores de esa edad.

En el reglamento de la Ley General, artículo 55, se establece que las profesiones del personal que atienda en el centro deben ser las siguientes (Cámara de Diputados, 2015):

1. Medicina

2. Psicológica

3. Nutrición

4. Psicopedagogía

5. Puericultura

6. Trabajo social

Además del personal señalado, el centro podrá solicitar la colaboración de instituciones, organizaciones o dependencias que brinden apoyo en psicología, trabajo social, derecho, pedagogía y otros para el cuidado integral de las niñas, niños y adolescentes. La capacitación y formación especializada del personal deberá ser permanente.

3. LINEAMIENTOS ÉTICOS DEL EQUIPO OPERATIVO

El personal que opere en los centros deberá observar los siguientes lineamientos:

a) Proporcionar la atención sin distinción de origen étnico o nacional, color de piel, cultura, sexo, edad, discapacidad, condición socio-económica, de salud o jurídica, religión, apariencia física, características genéticas,

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situación migratoria, preferencias sexuales, situación familiar, idioma, antecedentes penales o cualquier otro motivo;

b) Informar y solicitar el consentimiento de las niñas, niños y adolescentes sobre las decisiones que habrán de tomarse en cada etapa de la atención y de las características de los procedimientos;

c) Respetar su opinión o rechazo a cualquiera de las intervenciones contempladas, mientras se considera su edad y entendimiento;

d) Referir oportunamente a la niña, niño o adolescente con problemas de adicción, psiquiátricos y/o con discapacidad extrema a la dependencia competente;

e) Respetar en todo momento y espacio la intimidad de la niña, niño o adolescente;

f) Atender de manera cálida e integral a la niña, niño o adolescente y centrarse en satisfacer sus necesidades, con absoluto respeto a sus decisiones;

g) Proporcionar la atención y los servicios sin costo alguno y sin solicitar favores a cambio;

h) Mostrar una actitud amable y respetuosa hacia la labor del centro, y evitar comentarios ofensivos;

i) Tener una actitud propositiva y respetuosa de la autoridad, estable, cooperadora y empática con las problemáticas referidas por las niñas, niños y adolescentes residentes;

j) Informar a la dirección cuando alguna niña, niño o adolescente establezca un vínculo de mayor acercamiento o confianza; y

k) El dormitorio será el último lugar en el que podrá acompañar o convivir con la niña, niño o adolescente, a menos que requiera atención especial, con previa autorización de la dirección.

3.1. Habilidades del equipo operativo

El equipo operativo deberá contar con las siguientes habilidades:

a) Observar en qué circunstancias llega emocionalmente la niña, niño o adolescente, su situación emocional, física y de desarrollo;

b) Registrar en formatos o bitácoras las observaciones pertinentes;

c) Describir según documentos de registro situación de llegada;

d) Preguntar cómo se siente la niña, niño o adolescente, si tiene dudas sobre el lugar, las razones de llegada, etcétera;

e) Intuir el mejor abordaje, palabras, actitudes para darle tranquilidad y confianza;

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f) Confirmar alguna observación relevante con la niña, niño o adolescente, por ejemplo, si conoce la razón de su llegada;

g) Indicar los primeros procesos a ocurrir;

h) Aclarar las dudas que tenga o las comprensiones erróneas sobre lo que está pasando, como creer que es un castigo llegar a ese lugar por haber hecho algo mal;

i) Señalar qué puede hacer, qué va a seguir a continuación, mostrar las instalaciones, presentarle con otras personas del equipo, etcétera;

j) Referir a diversas áreas al interior del centro o bien a alguna institución que pueda satisfacer las necesidades que presenta a su llegada; y

k) Atender las inquietudes emocionales y físicas al momento de llegada, con énfasis en la ansiedad, estrés, crisis que pueda presentar la niña, niño o adolescente.

3.2. Responsabilidades del personal directivo o representante legal

De acuerdo a lo establecido en la Ley General, la directora, director o representante legal del centro tiene las siguientes responsabilidades (Cámara de Diputados, 2014b:38)

a) Garantizar el cumplimiento de los requisitos establecidos por Ley General y demás disposiciones aplicables;

b) Llevar un registro de niñas, niños y adolescentes bajo su custodia con la información de la situación jurídica en la que se encuentren, y remitirlo semestralmente a la Procuraduría de Protección de la entidad federativa;

c) Asegurar que las instalaciones tengan en lugar visible la constancia de incorporación al Registro Nacional;

d) Garantizar que cuente con un reglamento interno, aprobado por el Sistema Nacional DIF, así como un programa interno de protección civil;

e) Brindar las facilidades a las Procuradurías de Protección para que realicen la verificación periódica5 de su funcionamiento;

f) Informar oportunamente a la autoridad competente, cuando el ingreso de una niña, niño o adolescente corresponda a una situación distinta de la derivación por parte de una autoridad o tenga conocimiento de que peligra su integridad estando bajo su custodia;

g) Proporcionar atención médica a niñas, niños y adolescentes bajo su custodia, a través del personal capacitado;

5 La verificación deberá observar el seguimiento de la situación jurídica y social, así como la atención médica y psicológica de la niña, niño o adolescente y el proceso de reincorporación familiar o social.

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h) Dar puntual seguimiento a las recomendaciones emitidas por las autoridades competentes; y

i) Realizar acciones específicas para fortalecer la profesionalización del personal.

3.3. Perfil y funciones del equipo operativo

El personal de las áreas de atención especializada, debe cubrir el siguiente perfil:

a) Estudios de licenciatura para las disciplinas de psicología, medicina, trabajo social y derecho.

Las personas que ejerzan las profesiones de psicología, medicina, trabajo social y derecho, que realicen estudios socioeconómicos, psicológicos e informes psicosociales en materia de adopción, deberán (Cámara de Diputados, 2014b:13)

Contar con título y cédula profesional de licenciatura;

Acreditar experiencia laboral mínima de dos años;

No haber sido condenado por delitos dolosos; y

En el caso de instituciones privadas deberá presentar constancia como persona asalariada con remuneración mensual fija.

b) Estudios técnicos para las disciplinas de nutrición, puericultura y trabajo social;

c) Estudios complementarios sobre desarrollo de niñez y adolescencia, derechos humanos, marco normativo relativo a su protección y mecanismos de cooperación nacionales en la materia;

d) Gozar de un estado de salud física y emocional que le permita realizar diversas actividades acordes a la edad y desarrollo de las niñas, niños y adolescentes;

e) El personal encargado de las personas con discapacidad debe estar capacitado en su ámbito de acción;

f) No haber tenido condena o proceso por delitos dolosos;

g) No tener adicciones ni estar en rehabilitación; y

h) No padecer trastornos mentales y/o de la personalidad que pongan en riesgo la integridad de las niñas, niños y adolescentes ni el servicio del centro.

Tabla 3. Funciones del equipo operativo

ÁREA FUNCIONES

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Trabajo Social Entrevista de primera vez Apertura de expedientes Aplicación de instrumentos y evaluaciones Referencia y canalizaciones Elaboración de informes del área Gestiones interinstitucionales Contacto directo con red de protección, familia de origen, extensa, o de

acogida y con personas de la comunidad Fomentar la confianza y comunicación con niñas, niños y adolescentes Seguimiento Pláticas informativas Participar en el diseño del plan de intervención Acompañar y auxiliar en las actividades y gestiones requeridas Participar en el llenado del formato de primera vez Elaborar los informes que se requieran Intervención en crisis

ÁREA FUNCIONES

Psicología Atender a niñas, niños, adolescentes, mediante terapia individual o de

grupo Orientación y asesoría respecto a factores de riesgo y de protección Trabajo de fortalecimiento interno, autonomía, agencia, autoconcepto,

autoestima, afecto Brindar contención emocional Preparar para afrontar procedimientos judiciales Participar en el diseño del plan de intervención Acompañar y auxiliar en las actividades y gestiones requeridas Participar en el llenado del formato de primera vez Elaborar los diagnósticos e informes psicológicos que se requieran Intervención en crisis

ÁREA FUNCIONES

Legal Explicar de forma comprensible la situación jurídica a NNA Brindar asesoría legal a NNA sobre su situación jurídica y el proceso a

seguir Dar información sobre sus derechos y obligaciones Talleres de protección y acceso a derechos Trabajo legal con la familia de origen, ampliada, de acogida u otra En casos específicos representación legal, diligencias y trámites según

corresponda Brindar orientación jurídica conducente y realizar la derivación a las

instituciones competentes para la atención integral Participar en el diseño del plan de intervención Acompañar y auxiliar en las actividades y gestiones requeridas Participar en el llenado del formato de primera vez Elaborar los informes que se requieran Intervención en crisis

ÁREA FUNCIONES

Medicina Atención Integral la salud de niñas, niños y adolescentes Control de paso y talla y carnets de vacunación Consejería Diseño e implementación de capacitaciones de salud preventiva e higiene

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Expediente e informes de seguimiento Pláticas informativas de prevención Canalizaciones y referencias Atención a cercos sanitarios y epidemias Elaboración de rol de medicamentos y en su caso suministrarlos Participar en el diseño del plan de intervención Acompañar y auxiliar en las actividades y gestiones requeridas Participar en el llenado del formato de primera vez Elaborar los informes que se requieran Intervención en crisis

ÁREA FUNCIONES

Psicopedagogía Apoyar a las niñas, niños o adolescentes con orientación, escolar y

psicológica para un adecuado desarrollo académico y personal durante su trayectoria educativa, mediante tres líneas de intervención:

Psicosocial. – Prevención y atención de conductas de riesgo (Adicción, bullying, embarazos, enfermedades, violencia)

Orientación escolar. – Prevención y atención de la reprobación, diseñando y enseñando estrategias de aprendizaje, desarrollando habilidades, conocimientos para su recuperación académica

Orientación vocacional. – Apoyar y orientar con elementos que les permitan la toma de decisiones adecuada para su vida académica y el desarrollo de su vida futura

Participar en el diseño del plan de intervención Acompañar y auxiliar en las actividades y gestiones requeridas Participar en el llenado del formato de primera vez Elaborar los informes que se requieran Intervención en crisis

ÁREA FUNCIONES

Puericultura Generar un plan de trabajo por etapa de desarrollo y actividades con

instrumentos, materiales y juguetes que permitan fortalecer el desarrollo de la primera infancia

Desarrollar actividades específicas para niñas y niños que lo requieran en forma individual

Brindar talleres y formación a integrantes de la familia de origen, extensa, de acogida que recibe a la niña, niño al egreso

Generar informes que permitan dar seguimiento a los procesos de cada niña, niño o adolescente, o de un grupo

Participar en el diseño del plan de intervención Acompañar y auxiliar en las actividades y gestiones requeridas Participar en el llenado del formato de primera vez Elaborar los informes que se requieran Intervención en crisis

ÁREA FUNCIONES

Nutrición Elaboración de menús variados acordes a las distintas etapas de

desarrollo de niñas niños y adolescentes Elaboración de dietas específicas por condición física particular Elaboración de plan mensual y semanal de alimentos y refrigerios Reportes de alimentación Participar en el diseño del plan de intervención

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Participar en el llenado del formato de primera vez Elaborar los informes que se requieran

3.4. Competencias del equipo operativo

El personal de los centros de asistencia social debe contar con las siguientes competencias:

a) Capacidad de toma de decisiones con conocimiento, de manera adecuada y transparente;

b) Comunicación abierta y disposición para compartir información;

c) Capacidad para mantener la calma y actitud positiva aún en momentos difíciles y situaciones tensas;

d) Aptitud para manejar de conflictos, abordarlos proactivamente y buscar soluciones aceptables de mutuo acuerdo;

e) Capacidad de análisis, organización, planificación y creatividad;

f) Adecuada comunicación oral y escrita;

g) Mostrar sensibilidad e interés hacia los problemas sociales;

h) Tener capacidad de relacionarse de manera respetuosa y armónica;

i) Tener disposición para trabajar en un ambiente cultural heterogéneo; y

j) Disponibilidad de tiempo.

Todo el personal del centro deberá firmar una carta compromiso de decir verdad de que no han cometido ningún delito contra niñas, niños o adolescentes, ni colaboran con redes de trata, explotación o corrupción de menores de edad.

3.5. Contención, autocuidado y buen trato

Cualquier institución que proporciona servicios de atención a personas en situación de vulnerabilidad, debe tener un equipo de trabajo responsable del entorno y de regular sus interacciones con las personas que atiende; modelando una actitud que favorezca el interés, la comunicación, el respeto, la empatía y la comprensión. En estos procesos de atención es importante contar con algún apoyo terapéutico a través del cual se puedan canalizar las emociones y aprendizajes que se van generando con la experiencia y que repercuten de manera negativa en su salud integral y desempeño laboral. Estudios demuestran que el estar en continuo contacto con situaciones traumáticas, hace que sean introyectadas las narrativas de las personas que atienden, cambien su sistema de creencias y de interacción, pierdan el control de su ansiedad y reacciones corporales e incluso experimenten niveles de ansiedad extrema y el consumo de sustancias tóxicas que ponen en riesgo su integridad.

Por ello, el centro debe establecer mecanismos de autocuidado, contención y supervisión obligatorios para todo el personal, con énfasis en quienes atienden de

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manera directa a las niñas, niños y adolescentes residentes, a fin de garantizar su salud psico-emocional, específicamente en el desarrollo del burnout, estrés laboral crónico, síndrome de fatiga por compasión o trauma vicario.

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III. PROCEDIMIENTOS DE LAS ETAPAS DE INTERVENCIÓN

De acuerdo con la base conceptual del Modelo de atención y protección integral de los centros de asistencia social, la intervención se organiza en cinco etapas:

I Ingreso

II Atención y Restitución

III Acceso y Desarrollo

IV Egreso

V Seguimiento

Estas etapas involucran las distintas áreas de especialidad. La puesta en operación y consolidación de las etapas requiere de la existencia de condiciones que garanticen la calidad e integralidad de la atención que requieren niñas, niños y adolescentes para sentar las bases de su óptimo desarrollo.

Cada una de las etapas tiene un plan de trabajo específico, pero no limitativo o estático, se adecua según necesidades y evolución de desarrollo de la niña, niño o adolescente en el centro.

Gráfico 4. Modelo de atención y protección integral de los centros de asistencia social

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A continuación, se describen las funciones y procedimientos de cada etapa de intervención y los servicios de cada una de las áreas del centro de acuerdo a lo previsto en el modelo.

Gráfico 5. Etapas de la atención integral en el centro

4.1. Etapas de la atención integral en el centro

ETAPA I. INGRESO

Esta etapa comprende el momento de llegada de un menor de edad o adolescente al centro, es en este periodo que se establece el primer contacto, se determina qué tipo de asistencia requiere para restablecer sus derechos y brindarle las condiciones necesarias para que su estancia en el centro sea digna. Se integra por 10 fases.

Motivos de ingreso

Es importante tener presente que la niña, niño o adolescente ingresa al centro porque carece de cuidado familiar, se ha agotado la posibilidad del acogimiento por parte de la familia extensa o ampliada, su vida e integridad se encuentran en peligro inminente por acciones u omisiones cometidas por personas de su círculo primario de protección y cuidado.

Referencia al centro

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Ante cualquiera de estas situaciones, corresponde a la Procuraduría de Protección solicitarle al Ministerio Público, como medida urgente de protección especial, el ingreso de la niña, niño o adolescente al centro. Este acto siempre deberá ser el último recurso para la restitución de sus derechos.

Previa valoración del caso y con el Expediente Único Integrado, la Procuraduría de Protección, refiere a la niña, niño o adolescente al centro según lo establecido en la Ley General y su Reglamento. El expediente invariablemente deberá contener (SNDIF, 2016: 51)

Nombre

Nacionalidad

Origen étnico

Datos de identificación

Media filiación

Estado de salud

Fotografía al momento de su ingreso fecha

Hora y circunstancias específicas de su ingreso

Nombre y domicilio de la persona que hace entrega de la niña, niño o adolescente (en su caso)

Fecha y circunstancia de egreso (en su caso), y

Datos de identificación de la persona a la que se le entregó la niña, niño o adolescente.

La actualización del Expediente Único Integrado deberá realizarse cada seis meses e incluir fotografía, servicios proporcionados en el centro o a través de terceros con la documentación soporte correspondiente, historial clínico y situación jurídica, mediante mecanismos implementados y ejecutados para salvaguardar la información personal.

De acuerdo con el Art. 109 de la Ley General, se deberá garantizar la protección de sus datos personales.

Recepción

La dirección o representación legal del centro recibe al personal de la Procuraduría de Protección y revisa que el Expediente Único Integrado cumpla con todo lo establecido, y lo remite para archivo.

Refiere al área de trabajo social a la niña, niño o adolescente para darle la bienvenida y realizar la presentación del centro.

Con el propósito de disminuir el estrés y generarle confianza, el personal siempre deberá dirigirse hacia la niña, niño o adolescente de manera cordial, usando voz pausada, lenguaje sencillo, acorde a su edad y desarrollo.

Buscar un acercamiento relajado, de trato igualitario.

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Sin importar el motivo de ingreso, la niña, niño o adolescente debe ser recibido por personal profesional, amable y respetuoso, por lo que es necesario que exista un espacio físico exclusivo (sala de acogimiento) donde el personal profesional pueda brindarle información y orientación sobre su llegada, el por qué estará mejor ahí, el periodo de su estancia y le hará saber que puede preguntar hasta tener clara su situación.

La intervención de las áreas del centro y aplicación de formatos e instrumentos de evaluación, en la etapa de Ingreso, se realiza en 10 fases de acuerdo con lo siguiente:

1. Información y orientación sobre los servicios del centro

Área responsable: Trabajo Social.

El personal recibe a la niña, niño o adolescente en la sala de acogimiento, realizando lo siguiente:

Da la bienvenida;

Se presenta;

De ser posible al ingresar se le obsequiará algún objeto acorde a su edad que le permita desarrollar vinculación afectiva, dicho objeto se lo podrá llevar al momento de su egreso;

Ofrecer agua y algún alimento;

Presenta el centro, las reglas internas y límites;

Explica en lenguaje sencillo y acorde a su situación y desarrollo, el por qué y para qué de su llegada, y qué puede esperar del centro; y

Le precisa que su estancia será temporal.

IMPORTANTE: En caso de que la niña, niño o adolescente presente crisis, es preferible que permanezca en la sala de acogimiento hasta que la haya superado o esté en control.

El personal deberá llamarle

siempre por su nombre,

brindar en todo momento un

trato respetuoso, amable,

cordial. Respetar los espacios

de silencio, no forzar

respuestas. Toda intervención

deberá ser asertiva.

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2. Detección y atención de emergencias

Área responsable: Trabajo Social.

El personal realiza la entrevista para la detección de necesidades y situaciones críticas de salud que requieran atención emergente o acciones legales. Por ejemplo:

a) Violación sexual reciente b) Fiebre c) Heridas o lesiones d) Ataque de pánico o ansiedad e) Padecimientos

En caso de que se identifique alguna situación crítica o de emergencia se le canalizará al área interna o externa correspondiente, según protocolo a seguir del centro.

3. Registro de vínculos de confianza y empatía

Área responsable: Trabajo Social.

El personal le informa a la niña, niño o adolescente que indagará si cuenta con una red familiar extensa. Es decir, algún familiar que no frecuente o conozca.

En caso de encontrarla, se registran estos vínculos de confianza que posteriormente se irán trabajando y contactando para sanear o fortalecer el vínculo.

Es importante hacer ver a la niña, niño o adolescente que se buscará y notificará a este familiar para que sepa que ha llegado temporalmente al centro.

4. Entrevista preliminar

Área responsable: Trabajo Social.

Se trata de una charla previa a la llegada al centro, en ésta se conversa sobre lo que puede esperar de éste y cuál es el objetivo de su llegada.

Se le da a conocer que se le harán preguntas para obtener información que apoye en su proceso y toda la información se integrará en formatos.

Se entrevista a la persona que realizó el traslado para la obtención de información valiosa de primera instancia.

Concluye entrevista y envía a quien ingresa a las áreas del centro para aplicación de formatos de primera vez.

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5. Aplicación del formato de primera vez

Áreas responsables: Trabajo social, psicología, psicopedagogía, legal, medicina, nutrición y puericultura.

Cada área del centro aplicará sus instrumentos pruebas o formatos específicos de primera vez para hacer registros iniciales de información única.

6. Apertura de expediente

Área responsable: Trabajo Social.

Con la apertura del expediente inicia formalmente el proceso de atención e intervención del centro, el cual contiene: el formato de primera vez, el resumen de la atención dada al ingreso, las impresiones de la entrevista inicial, detección de emergencias, el reconocimiento de las necesidades y referencias a otras instituciones, si aplica.

7. Valoración de la situación individual

Área responsable: Trabajo Social.

En este momento se hace la medición de las áreas críticas de interés del centro para iniciar la planeación en la atención, así como para definir la intervención de otras áreas.

La valoración está estrechamente vinculada al objetivo del centro y a su especialización. Dicha evaluación es de carácter general y no sustituye a la que inicialmente realizó cada área de atención.

8. Articulación interinstitucional

Área responsable: Dirección o representante legal y/o trabajo social.

La vinculación con otras instituciones es necesaria en la primera etapa y durante todo el proceso de intervención. Esta articulación tiene como objetivo la restauración de derechos a la brevedad, el acceso a derechos antes negados, la atención a factores de riesgo y de factores de protección. Para ello se requiere del trabajo multidisciplinario de todas las áreas, con el fin de:

a) Definir los límites de la atención y esclarecer los servicios que sí se prestan y los que no. Si en la institución no se prestan los servicios que requiere una niña, niño o adolescente, se hace una lista de dichas necesidades y su importancia.

b) Identificar y detectar las instituciones que pueden contribuir a la restitución de derechos y satisfacción de necesidades que no puede solventar el centro.

c) Establecer comunicación con las instancias para generar la cooperación o colaboración y los convenios verbales o escritos para que ésta opere cuando se requiere.

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d) Elaborar mecanismos para que la referencia funcione y se dé la atención requerida en tiempo y forma.

e) Elaborar una lista de instituciones y servicios a los que se puede referir.

f) Indicar la necesidad de referencia una vez que se detectan en la valoración inicial las necesidades o emergencias.

g) Canalizar internamente y dar seguimiento.

9. Intervención en crisis

Áreas responsables: Trabajo social, psicología, psicopedagogía, legal, medicina, nutrición y puericultura.

Todo el personal del centro debe saber enfrentar una situación de crisis de la infancia o adolescencia en cualquier momento.

Es muy probable que pueda detonarse al ingreso. Por esta razón, se considera fundamental que quien recibe a la niña, niño o adolescente en su llegada tenga estas habilidades.

Recomendación: Capacitar al personal para dar intervención en crisis, brindar contención y supervisión de manera periódica.

10. Plan de intervención del centro

Áreas responsables: Trabajo social, psicología, psicopedagogía, legal, medicina, nutrición y puericultura.

El plan de intervención se elabora en colaboración con la niña, niño o adolescente, es transversal para las áreas del centro, todas deben nutrir de actividades, metas y objetivos el plan.

Cada área planteará las líneas de acción para el abordaje de la problemática en el centro, siendo trabajo social quien unificará las recomendaciones para diseñar el plan de intervención de acuerdo al perfil, edad, etapa de desarrollo, estado físico y emocional de la niña, niño o adolescente.

En las siguientes etapas, ese plan se transforma iniciando con la restitución de derechos hasta que la niña, niño o adolescente conozca y exija sus derechos.

Gráfico 6. Etapa I. Ingreso

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ETAPA II. ATENCIÓN Y RESTITUCIÓN

El centro es un lugar que reconoce, respeta y garantiza el ejercicio de los derechos humanos de las personas que ingresan. Por ello, en esta etapa se consideran todas las acciones para satisfacer las necesidades y/o deseos de las niñas, niños y adolescentes, teniendo en cuenta sus particularidades. El enfoque es inminente de derechos, procurando que la calidad y calidez de la atención proporcionada involucre respuestas eficaces y pertinentes.

Asimismo, en esta etapa se inicia la restitución progresiva de derechos, de los cuales fue privada la niña, niño o adolescente y que de una manera u otra termina con su llegada al centro. La restitución puede implicar el trabajo exclusivo de un área o de todas las áreas del centro, incluso puede llevar consigo la intervención de otras instituciones para devolver los derechos.

En la restitución se trabajan las condiciones extraordinarias para que los derechos vuelvan al estado que tenían con anterioridad a su vulneración, e inclusive para que puedan garantizarse ciertos derechos que en la circunstancia anterior no estaban, como: derecho a la identidad, salud, educación, descanso y esparcimiento, a la libre expresión y acceso a la información, vivir libre de

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violencia, a tener protección contra la explotación económica y sexual, y a una vida libre de guerra, a tener cuidados de madre, padre o tutores y, en su caso, a la Inclusión por discapacidad.

Corresponde a la Procuraduría de Protección y, en su caso, al Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF Estatal) garantizar la protección y restitución de los derechos de niñas, niños y adolescentes. En el ejercicio de sus funciones, podrán solicitar el auxilio de autoridades de los tres órdenes de gobierno para la debida determinación, coordinación de la ejecución y seguimiento de las medidas de protección integral y restitución de los derechos. Asimismo, deberán establecer contacto y trabajar conjuntamente con las autoridades administrativas de asistencia social, de servicios de salud, de educación, de protección social, de cultura, deporte y con todas aquellas con las que sea necesario para garantizar los derechos de niñas, niños y adolescentes.

La Procuraduría de Protección realizará acciones para evitar que quien ejerce la patria potestad, tutela, guarda o custodia, o cualquier otra persona que, por razón de sus funciones o actividades, tenga bajo su cuidado niñas, niños y adolescentes atente contra su integridad física o psicológica, o cometa cualquier acto que menoscabe su integridad. Tratándose del incumplimiento de las obligaciones por parte de instituciones privadas, la Procuraduría, en el ámbito de su competencia, revocará conforme al procedimiento previsto en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, la autorización correspondiente, sin perjuicio de las sanciones previstas en otras disposiciones jurídicas aplicables.

IMPORTANTE: La dirección, representante legal y/o trabajo social, hace el recorrido inicial del centro con la niña, niño o adolescente recién llegado y le presenta a todo el personal del centro. Solicita a una niña, niño o adolescente residente que de manera voluntaria le acompañe y ayude cuando así lo requiera.

Cada integrante que llega recibe un juego completo de ropa y de aseo personal. El centro debe tener en cuenta que la ropa tiene un valor asociado con la dignidad y autoestima de la persona. En este sentido, debe preguntar su gusto y proporcionarle ropa limpia, en buen estado y acorde a su talla.

El centro debe garantizar la recepción

conjunta de las y los hermanos y no

disponer su separación.

La separación sólo será aceptable cuando

haya una orden judicial de por medio o el

resultado de la evaluación realizada por

áreas especializadas indique que es

conveniente para el desarrollo integral de

la niña, niño o adolescente, o cuando

requieran atención fuera del centro por

una necesidad especial. En este caso, el

centro debe promover que se mantengan

vínculos de convivencia, contacto y

comunicación permanente.

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Asimismo, el centro debe disponer de un espacio de alojamiento para quien ingresa, es decir, un dormitorio con cama propia y un mueble para guardar sus cosas. Este lugar debe darle seguridad y sentido de pertenencia, por ello, se le debe permitir que lo decore a su gusto.

Una vez hecha la admisión en el centro, se deberá cumplir con el reglamento interno y protocolo de seguridad, previamente explicado. Las áreas especializadas de servicios participan coordinadamente con trabajo social en la elaboración del plan de restitución de derechos de la niña, niño o adolescente conforme a sus necesidades psicológicas, médicas, jurídicas, sociales, educativas, recreativas y culturales.

Para realizar el plan, las áreas:

a) Identifican factores de riesgo factores protectores en el contexto en el que se desarrollan las niñas, niños y adolescentes;

b) Recaban información a profundidad sobre aspectos específicos como dinámica familiar, situación que ocasionó su ingreso al centro y sobre su integración e inclusión social;

c) Obtienen información sobre su neurodesarrollo, área social, comunicación, cognición y preferencias personales;

d) Identifican su situación jurídica y si está involucrado en un proceso de impartición de justicia;

e) Reconocen condiciones especiales de cognición y aprendizaje, comunicación y lenguaje, desempeño de actividades escolares, motricidad gruesa y actividad deportiva;

f) Conocen conductas y hábitos de estudio y participación en actividades de limpieza y cuidado familiar; e

g) Identifican preferencias recreativas y de esparcimiento, así como habilidades artísticas y deportivas.

45

Gráfico 7. Etapa II. Atención y restitución

ETAPA III. ESTANCIA Y RESIDENCIA: ACCESO Y DESARROLLO

En este momento del modelo, el trabajo e intervención van orientados a impulsar las capacidades y potencial físico y emocional de cada residente conforme su momento de vida, desarrollo y situaciones de desprotección.

En esta etapa el equipo operativo del centro trabaja para fortalecer los factores de protección y disminuir los de riesgo, dado que, en algunos casos, la niña, niño o adolescente regresa a cuidados parentales o con familiares en contextos similares a aquellos de los que se les rescató. Entonces, se hace fundamental pensar su estancia en el centro como una posibilidad real de generar agencia, transformación y empoderamiento centrado en su persona y acorde a su desarrollo físico y emocional.

El propósito es avanzar en el acceso a los derechos que antes no había ejercido o le habían sido negados. En este sentido, se propone dar un paso más allá de la restitución para llevar a esos seres humanos a un estadio de acceso a nuevos derechos. La materialización de dicho acceso, pasa por el equipo de profesionales

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que conoce los derechos, comprende la diferencia entre restitución y acceso para posteriormente avanzar hacia una filosofía de vida con perspectiva de derechos. Esto es más un proceso que un acto de autoridad, y comienza con capacitación y re-significación del propósito del trabajo con cada niña, niño o adolescente, e incluso de las relaciones laborales.

En esta etapa, la población atendida tiene acceso a actividades, acciones y circunstancias que por sí mismas les llevan a incorporar nuevos derechos a sus vidas como educación, agua potable, alimentación balanceada, salud, recreación, arte, cultura, relaciones de respeto, etc. Por eso, en esta etapa se prevén esquemas para que conozcan sus derechos y aprendan a exigirlos.

En esta etapa, la dirección o representante legal y las áreas especializadas de servicios observan la evolución del proceso de restitución, acceso y ejercicio de los derechos de quienes son residentes del centro.

Las áreas especializadas de servicios, diseñan e implementan el Plan de Acceso para que la población conozca y tenga acceso a sus derechos humanos. De manera coordinada las áreas:

a) Averiguan la existencia de redes familiares o parentales recónditas, invisibles o nuevas para fortalecer la protección y cuidado de la niña, niño o adolescente;

b) Verifican la solidez de las redes formales e informales con las que cuenta la niña, niño o adolescente;

c) Promueven la vinculación con instituciones para que las niñas, niños o adolescentes reciban atención de alta especialización para su buen desarrollo, cuando se requiera;

d) Gestionan servicios de la comunidad para favorecer el desarrollo de la niña, niño o adolescente, como centros de salud, educación, deportivos, capacitación para el empleo y otros;

e) Identifican lugares culturales y de recreación, parques, bibliotecas, grupos juveniles (scouts) y otros;

f) Promueven que cada individuo diseñe su plan de vida a futuro o proyecto de vida. El plan debe enumerar los objetivos y metas personales, educativas, profesionales, familiares, sociales, económicas y otras de su interés acorde a su edad y sus necesidades especiales –si las hubiere-. El centro debe revisar periódicamente el plan para observar si la niña, niño o adolescente alcanza o no sus objetivos, o bien, si se requiere rectificarlos. Es parte del Expediente Único Integral.

g) Obtienen información (cuando sea el caso) sobre la posible familia de acogida o de adopción e identifican áreas de oportunidad para asegurar una adecuada reunificación familiar;

h) Identifican situaciones o aspectos de la vida cotidiana de la niña, niño o adolescente que favorecen su asertividad y autoconcepto; y

47

i) Evalúan a la madre, padre o persona tutora de la familia de origen, de acogida o de adopción y la preparan para la reintegración o reunificación familiar.

Gráfico 8. Etapa III. Acceso y desarrollo

48

ETAPA IV. EGRESO

La salida de la niña, niño o adolescente del centro debe considerarse como uno de los objetivos principales del cuidado temporal y no responder a situaciones emergentes ni de conflictos.

Es decir, la preparación de salida debe iniciar desde su ingreso y ser parte del plan de intervención, fundamentarse en los resultados de las evaluaciones realizadas durante su residencia en el centro. Asimismo, se debe prever el seguimiento de quienes han finalizado su residencia, con el objeto de proteger sus derechos (CNA, 2010: 183).

La dirección y todas las áreas del centro deben planificar con antelación todas las tareas, actuaciones o trámites que supone la salida de la niña, niño o adolescente, con el fin de que la separación se produzca en las mejores condiciones. Este momento implica trabajar la integración de quienes salen al contexto comunitario, de ahí la importancia de formular su plan de visión al futuro y plan de vida. La salida del centro puede darse por los siguientes motivos:

1. Conclusión del proceso de la atención. El personal operativo del centro agotó los planes de atención y la niña, niño o adolescente ha alcanzado un buen desarrollo.

2. Alcance de la edad máxima de atención. La edad de egreso del centro es al cumplir 18 años. Para entonces, el personal operativo preparó a través de los diversos planes de atención, que al llegar este momento, quienes salen tengan una vida independiente y en lo posible autónoma. La preparación implica el desarrollo de habilidades para la vida (cognitivas, emocionales y sociales) como autoestima, auto-concepto, autocuidado y autonomía.

Algunos centros tienen una edad límite en la cual prestan sus servicios, mayormente niñas y niños de entre 1 y hasta 3 años 11 meses de edad (un día antes de cumplir los 4 años), o entre 1 y hasta 5 años 11 meses de edad (un día antes de cumplir los 6 años).

Eventualmente, la estancia límite está relacionada con el sexo. En algunos casos, cuando se trata de niños, los envían a casas específicas para población masculina al cumplir los 12 años, inicio de la pubertad.

Reunificación, acogimiento, acogimiento preadoptivo o adopción familiar

Son distintos momentos y modelos de cuidado y protección familiar. Según la condición y momento de la niña, niño o adolescente, cuenta con una familia que le proporciona cuidado, protección, crianza positiva y bienestar social por un tiempo limitado hasta que se pueda asegurar la reunificación o la opción.

De acuerdo con lo establecido en la Ley General, “tratándose de adopción internacional, la legislación aplicable deberá disponer lo necesario para asegurar

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que los derechos de niñas, niños y adolescentes que sean adoptados sean garantizados en todo momento y se ajusten el interés superior de la niñez, así como garantizar que esta adopción no sea realizada para fines de venta, sustracción, retención u ocultación ilícita, tráfico, trata de personas, explotación, las peores formas de trabajo infantil o cualquier ilícito en contra de los mismos.

En los procedimientos judiciales de adopción internacional deberá requerirse el informe de adaptabilidad por parte del Sistema Nacional DIF o de los Sistemas de las Entidades y, una vez que el órgano jurisdiccional competente otorgue la adopción, previa solicitud de los adoptantes, la Secretaría de Relaciones Exteriores expedirá la certificación correspondiente, de conformidad con los tratados internacionales.

El Estado dará seguimiento a la convivencia y proceso de adaptación conforme a su nueva situación, con el fin de prevenir o superar las dificultades que se puedan presentar.

Las personas que ejerzan profesiones en el trabajo social y psicología de las instituciones públicas y privadas, que intervengan en procedimientos de adopción internacional, en términos de lo dispuesto en los tratados internacionales, deberán contar con la autorización y registro del Sistema Nacional DIF y los Sistemas de las entidades en el ámbito de su competencia.

La adopción internacional de una niña, niño o adolescente de nacionalidad mexicana procederá cuando se haya constatado por las autoridades correspondientes que ésta responde al interés superior de la persona, después de haber examinado adecuadamente las posibilidades de asignación para adopción nacional” (Cámara de Diputados, 2014b:13).

Otras situaciones de egreso

a) Salida y no retorno. En el caso de que la niña, niño o adolescente abandone el centro y no regrese, la dirección o representante legal deberá notificar a las autoridades judiciales competentes del suceso.

b) Transferencia a otra institución. Cuando la niña, niño o adolescente requiere uno o varios servicios para satisfacer sus necesidades y que, por alguna razón, el centro no puede brindárselos, el área de trabajo social realiza las gestiones necesarias para referirle a otra institución.

c) Defunción. En el caso de muerte, la dirección o representante legal del centro deberá notificar a las autoridades judiciales competentes del suceso, adjuntando el certificado de defunción y demás documentos que respalden dicha situación.

En la etapa de egreso se realiza el Plan de Consolidación, el cual se compone de los siguientes aspectos:

1. Trabajo con la niña, niño o adolescente para su egreso

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Todas las áreas trabajan para fortalecer a niñas, niños y adolescentes en su salida, desarrollando las siguientes áreas:

a) Educativa. Formación de habilidades para la vida y desarrollo económico

en adolescentes;

b) Psicológica. Autonomía, auto concepto y autoestima;

c) Salud. Fortalecimiento de hábitos de higiene, de estilos de vida

saludables, prevención de enfermedades; y

d) Trabajo social. Gestión social requerida para facilitarle la reintegración

social y desarrollo.

2. Estrategias para acceso y exigibilidad de derechos

Para elaborar los planes de acción para el egreso y seguimiento, se revisan y valoran las estrategias realizadas durante su residencia para dar seguimiento y continuidad a las que favorecen su desarrollo. En conjunto con la niña, niño y adolescente se identifican factores de riesgo y protección y condiciones:

a) Personal

b) Familiar

c) Contexto

3. Cartilla de los derechos de niñas, niños y adolescentes

Este es un documento a manera de carnet en el que se establecen los derechos de la niñez y adolescencia de acuerdo con la Ley General y se revisa antes de salir para constatar cuáles son sus derechos y cómo pueden acceder a éstos. La revisión se hace en dos momentos, primero con la niña, niño o adolescente y posteriormente con la familia de origen, acogida o de adopción, cuando sea el caso.

4. Verificación de condiciones de egreso

La verificación se realiza con la finalidad de salvaguardar el Interés Superior de la Niñez, visibilizar el trabajo y los resultados obtenidos durante su estancia en el centro, la restitución de derechos y que la familia de origen, acogida o de adopción cumpla con las condiciones para que la niña, niño o adolescente viva en un ambiente sano. Para ello, se establece la consolidación en materia de factores de protección y de cuidados especiales cuando tiene necesidades especiales.

5. Vinculación directa con guardia y custodia o patria potestad

Este momento se refiere a la firma de acuerdos y de documentos de egreso por parte de la persona que tiene la tutela de la niña, niño o adolescente; guardia y custodia y/o la patria potestad.

6. Evidencia administrativa del egreso

51

Es fundamental que haya un documento de cierre de expediente en cada área de atención del centro, el cual refiera el estado de la atención, tratamiento y situación en la que se encuentra la niña, niño, adolescente al salir. Cada área debe extender recomendaciones de actividades, tratamiento, acciones vinculadas al seguimiento. Es recomendable que cada área haga una valoración del alcance de objetivos y protección de derechos al momento de su egreso en comparación con el momento de ingreso.

En particular, es el área de trabajo social la encargada de generar el Acta de Egreso, que incluye un resumen de las recomendaciones de las demás áreas, así como del diagnóstico o descripción de su situación de salida. Cuando la salida es por reunificación, acogimiento o adopción, esta área deberá también tomar una fotografía a la persona que queda como responsable de la niña, niño, adolescente egresado.

7. Evaluación de calidad de los servicios y del proceso de atención y cuidado

Trabajo social implementará evaluaciones de satisfacción del servicio con la niña, niño o adolescente que egresa. La finalidad es obtener retroalimentación para mejorar los servicios y encontrar mejoras a incorporar en los planes de trabajo por área y dimensionar el impacto del compromiso y de la labor realizada, involucra las siguientes mediciones:

a) Evaluación de los servicios por parte de niñas, niños y adolescentes que los recibieron;

b) Evaluación de los servicios por parte de red de protección, familiares y amistades, las y los tutores que estuvieron presentes, cercanas o haciendo visitas;

c) Evaluación del proceso de transformación y protección de derechos de niñas, niños y adolescentes según su propia mirada;

d) Evaluación del proceso de transformación y protección de acuerdo con profesionales de cada área que les brindó servicios;

e) Evaluación de la red de protección, familia, amistades, tutores y tutoras por parte de la niña, niño o adolescente receptor de su protección o tutela;

f) Evaluación de la red de protección, familia, amistades, tutores y tutoras por parte del personal del centro según los objetivos y retos establecidos de inicio; y

g) Evaluación de la red de protección, familia, amistades, tutores y tutoras según su propia mirada.

52

Todas las áreas especializadas de servicios realizan su informe final sobre la estancia de la niña, niño o adolescente en el centro.

De manera conjunta con Trabajo Social elaboran el Acta de Egreso, indicando el motivo de la salida, plan de intervención, logros obtenidos y recomendaciones para la familia cuando el motivo de egreso es por reunificación, acogimiento o adopción.

Trabajo Social y el Área Legal realizan el documento Evidencia administrativa de egreso, éste indica las razones de ingreso y del egreso, además de asentar el nombre completo, firma y huella de la madre, padre, tutora o tutor de la niña, niño o adolescente.

Trabajo social, psicología, psicopedagogía, legal, medicina, nutrición y puericultura, realizan la Carta de Conformidad en relación a la propuesta de reintegración.

Este tipo de evaluación es conocida como 360 y permite obtención de información

de todas las partes involucradas en el proceso de egreso y de las siguientes

etapas de vida de las niñas, niños y adolescentes que están por salir. Facilita de

manera rápida información confiable sobre la atención, los servicios, su impacto y

sobre las necesidades de mejora y lo que se hace bien. Retroalimenta de manera

directa y objetiva a la red de protección y a quien egresa del centro, poniendo a la

vista áreas de oportunidad y logros alcanzados. La evaluación es básica para

considerar trasparente la atención y para la rendición de cuentas. Es estratégica

para lograr una atención de calidad centrada en la persona y en su visión y

necesidades en lugar de en las necesidades de la institución. Estos elementos se

desarrollan con mayor amplitud en el apartado correspondiente al tema de

estándares de calidad del modelo.

53

Gráfico 9. Modelo de atención y protección integral de los centros de asistencia social

ETAPA V. SEGUIMIENTO

Como su nombre lo indica, una vez que la niña, niño o adolescente ha egresado del centro debe hacerse un acompañamiento constante, según las condiciones de factores de riesgo y protección de derechos identificados en la etapa de Egreso. En el seguimiento se llevan a cabo las siguientes acciones:

1. Monitoreo de la niña, niño o adolescente egresado del centro. Consiste

en la visita continua o intermitente a su lugar de residencia o si es posible

incluso a su lugar de estudio. Se trata de dar seguimiento a su plan de vida

y objetivos previstos antes de salir, por supuesto a la protección de sus

derechos y a garantizar el acceso a otros conforme crece y se desarrolla.

Además de las visitas y registros, comprende sugerencias, orientación y

acompañamiento en el avance de objetivos de la familia.

2. Documentación. Las impresiones, resultados de las visitas al domicilio de

residencia y hasta valoraciones que se hagan según el Plan de Seguimiento

54

diseñado para cada niña, niño o adolescente, deben registrarse y

documentarse haciendo anotaciones y comentarios concernientes al interés

superior de la niñez.

3. Evaluación de visitas domiciliarias. Una vez concluidas el número de

visitas en el periodo establecido, se hace una revisión del cumplimiento de

objetivos previstos en función de lo observado, registrado y conversado

durante las visitas. En función de ello se considera cerrado este expediente

y sólo se fija fecha de una nueva visita bianual.

Si durante el seguimiento se identifica violación de derechos de la niña, niño

o adolescente, se hace un reporte escrito y documentado. Se habla con la

familia para restituir el derecho violado. En caso de que la situación ponga

en riesgo la vida e integridad de la niña, niño o adolescente, se brinda

protección institucional de manera inmediata.

4. Sistematización de buenas prácticas. Documentar las actividades y

procedimientos que se hacen bien, que retroalimentan positivamente al

personal del propio centro y que inspiran a otras instituciones para emular

los pasos. Buenas prácticas, entonces, incluye registrar los procedimientos,

resultados, valoraciones, estrategias que potenciaron a la niña, niño o

adolescente a la restitución de derechos y el acceso a nuevos.

El seguimiento de los casos que hayan concluido su residencia en el centro por reunificación, acogida o adopción familiar, no es una “prueba” o “inspección” de la familia, es una oportunidad de apoyo para facilitar la convivencia y proceso de adaptación conforme a su nueva situación, con el fin de prevenir o superar las dificultades que se puedan presentar.

En los casos de adopción, una vez que la niña, niño o adolescente inicie las convivencias, el personal de psicología y trabajo social o carreras afines de los centros, en un plazo no mayor de treinta días hábiles, emitirá un informe del acogimiento pre-adoptivo, el cual deberá entregar a la Procuraduría Federal acompañado del expediente que se haya integrado de la familia solicitante de adopción (Cámara de Diputados, 2015).

El seguimiento de los casos que se transfieren a otros centros, debe contar con el protocolo que establezca el proceso de referencia y permita conocer la atención y protección que se está llevando a cabo, las condiciones y calidad de los servicios que está recibiendo.

Gráfico 10. Modelo de atención y protección integral de los centros de asistencia social

55

56

IV. INSTRUMENTOS A UTILIZAR EN LAS ETAPAS DE ATENCIÓN

Este apartado está centrado en los formatos e instrumentos que pueden ser

usados dentro de los servicios de atención de los centros de asistencia social para

niñas, niños y adolescentes, en distintos momentos, según la situación en la que

se encuentren y el despliegue de recursos de los centros. Pueden ser capturados

directamente en el software o bien registrados en expediente físico de papel.

Estos formatos tienen la finalidad de obtener datos cuantitativos y cualitativos más

significativos en el proceso de intervención de los centros de asistencia social para

niñas, niños y adolescentes que permitirán dimensionar su contribución en materia

de atención y restitución de sus derechos.

Para obtener los datos cuantitativos y cualitativos a reportarse, se realizó la

descripción del proceso de atención de los centros de atención social para niñas,

niños y adolescentes, acompañada de la definición de los instrumentos que

permitirán dimensionar y medir los aspectos relevantes para la investigación en

cada una de las etapas de la intervención.

La siguiente es la relación de herramientas e instrumentos que se pusieron a

consideración y, una vez validando los instrumentos a implementar para ser

cuantificables en la sistematización, se concluye lo siguiente.

Tabla 4. Instrumentos aplicados a las niñas, niños y adolescentes de los centros en las

diferentes etapas y por las distintas áreas de atención.

NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

HERRAMIENTA OBJETIVO CLAVE DEL

FORMATO

4. 2.1 ETAPA 1. INGRESO

2.1.1 Área de Trabajo Social

Hoja de Ingreso. Conocer datos

generales de la niña,

niño o adolescente que

ingresa por primera vez

al Centro que permitirán

realizar la apertura de

expediente.

TS 1 HI E1

57

Detección de emergencias.

Contar con información

referente a emergencias

que la niña, niño o

adolescente identifique

en el momento para así

poder atenderlas

oportunamente.

TS2 DE E1

Datos generales Recabar información

general sobre identidad,

situación familiar, legal

educativa, de salud y de

violación de algunos

derechos de la niña,

niño y adolescente,

datos de identidad y de

ubicación de sus padres

o tutores y nombre de la

instancia que refiere.

TS3 DG E1

Formato de primera vez.

Tener un primer

acercamiento desde el

área de trabajo social

con la niña, niño o

adolescente para

conocer datos generales

del contexto familiar y

escolar en el cual se

desenvolvía previo a su

ingreso en el Centro.

TS 4 FPV E1

Formato de entrevista para la detección de necesidades de niñas, niños

y/o adolescentes de entre 8 -17

años 11 meses de edad (básicas y

afectivas, incluye las tres áreas de atención: trabajo social, psicología

y educación).

Identificar y detectar las

principales necesidades

relacionadas con

vivienda, comunidad,

familia, escuela,

recreación, estabilidad

emocional, alimentación

y salud.

TS5 DN E1

Detección de los factores de riesgo

y de protección antes y después

de permanecer en el centro de

asistencia social.

Mostrar el avance del

proceso de atención en

la disminución de

factores de riesgo que

dificultan o limitan la

reintegración de la niña,

niño o adolescente a

TS6 DFRPADCAS E

1-5

58

una familia.

Valoración de la situación

individual de la niña, niño y adolescente.

Conocer el contexto de

la situación familiar,

económica, escolar y de

integración e inclusión

social de la niña, niño y

adolescente previo a su

ingreso al Centro, así

mismo contar con datos

referentes a sus

habilidades y su grado

de socialización.

TS7 VSI E1

Intervención en crisis.

Identificar en qué etapa

del proceso de crisis se

encuentra la niña, niño y

adolescente para

realizar alguna

intervención desde el

área de trabajo social.

TS8 IC E1-4

Plan de intervención.

Recabar información

sobre la situación vivida

previamente por parte

de la niña, niño o

adolescente, identificar

los factores de riesgo

que presenta y plantear

un plan de intervención

para brindar atención de

forma interdisciplinaria.

TS9 PI E1

Minuta de sesión del equipo técnico

interdisciplinario.

Recopilar información

de las sesiones de

trabajo donde se reúne

el equipo técnico

interdisciplinario para

tratar casos en

específico de niñas,

niños o adolescentes

residentes del Centro,

así como de asuntos

concernientes a todo el

equipo.

TS10 MSETI E1-5

Referencia. Recabar los datos

generales de la niña,

niño y adolescente para

enviarla o enviarlo a

alguna instancia de

REF11

59

atención pública,

privada o de

organización de la

sociedad civil, que

atienda una necesidad

especifica que el Centro

no pueda cubrir por la

falta del servicio en sus

instalaciones.

Visita institucional en caso de referencia

de la niña, niño y/o adolescente.

Dar seguimiento de la

referencia de la niña,

niño y/o adolecente a

una institución pública,

privado o de la sociedad

civil dada la detección

de alguna necesidad

especifica que requiera

atención especializada.

TS12 VIR E1-5

Reporte de accidente o incidente.

Establecer un

precedente de algún

accidente o incidente

relacionado con la niña,

niño o adolescente

durante su estancia en

el Centro.

TS13 RAI E1-4

Nota Social. Documentar la

intervención, atención u

orientación

proporcionada por el

área de trabajo social,

solicitada por la niña,

niño o adolescente

durante su estancia en

el Centro.

TS14 NS E1-5

2.1.15 Carnet de visitas familiares.

Llevar un registro y

control de las personas

que visitan a la niña,

niño y/o adolescente al

Centro de Asistencia

Social y la frecuencia,

así mismo si se

presenta alguna

incidencia.

TS0 CVF E1

Lista mensual de población

Establecer un

seguimiento de la

población total atendida

TS15 LMPAAC E1-4

60

atendida en el Centro.

dentro del centro,

especificando el número

de ingresos, egresos,

reingresos y

deserciones por edades

cada 30 o 31 días según

sea el caso.

Lista semanal de niñas, niños y

adolescentes del Centro.

Establecer un registro

semanal actualizado del

número de niñas, niños

y adolescentes

residentes en el Centro.

TS16 LSNNACAS

E1-4

2.1.2 Área de Psicología

a) Valoración inicial del área de

psicología para la niña, niño y/o adolescente.

Recabar información

referente a

antecedentes de la

situación familiar y de

vida que desencadeno

el motivo de ingreso de

la niña, niño y/o

adolescente al ingresar

al Centro de Asistencia

Social, así mismo, datos

sobre las condiciones

emocionales y

conductuales en que

ingresa.

PSIC1 VINNA E1

b) Guía de atención en caso de abuso

sexual.

Detectar evidencias y

conductas que refieran

que la niña, niño o

adolescente haya

sufrido abuso sexual

previo a su ingreso al

Centro.

PSIC2 GAAS E1

2.1.3 Área de Puericultura

a) Valoración diagnóstica inicial

del área de Puericultura.

Forjar valores y hábitos

de higiene y

comportamiento en las

niñas y niños menores

PUE1 VDI E1

61

de 6 años de edad.

b) Valoración lúdica-infantil.

Identificar los gustos en

cuanto a actividades

lúdico-recreativas y

habilidades sociales de

las niñas, niños y

adolescentes para poder

realizar una planeación

de actividades que se

integre a su vida diría.

PUE2 VLI E1

c) Plan mensual de trabajo para la

niña y niño en la ludoteca.

Establecer de forma

esquemática las

actividades que la niña y

niño desarrollará en el

área de Ludoteca.

PUE 3 PMTL E1

2.1.4 Área Médica

a) Historia clínica pediátrica.

Recopilar información

de datos generales,

antecedentes médicos

familiares y personales,

hábitos y datos de la

exploración física de la

niña o niño, para

documentar su estado

de salud actual y poder

abrir su expediente

dentro del área médica.

MED1 HCP E1

b) Historia Clínica para adolescentes.

Recopilar información

de datos generales,

antecedentes médicos

familiares y personales,

hábitos y datos de la

exploración física de la o

el adolescente, para

documentar su estado

de salud actual y poder

abrir su expediente

dentro del área médica.

MED2 HCA E1

c) Valoración médica inicial.

Recabar información

referente a

antecedentes clínicos

sobre alguna

enfermedad y/o

MED3 VMI E1

62

padecimiento y estado

de salud de la niña, niño

y/o adolescente al

ingresar al Centro de

Asistencia Social, así

mismo, datos sobre el

diagnóstico y plan de

tratamiento a seguir.

d) Hoja de seguimiento del

área médica.

Recabar información

periódicamente sobre el

estado de salud de las

niñas, niños y

adolescentes del

Centro.

MED4 HSAM E1

2.1.5 Área Legal

a) Valoración de la situación legal de la niña o niño.

Recabar información

referente al motivo de

separación de la niña o

niño de su familia, así

como conocer el

proceso legal que

ayudará a identificar si

existe una averiguación

previa, el tipo de

representación legal y el

nombre de quien funge

como su representante

legal.

JUR1 VSLNN E1

b) Valoración de la situación legal de la o el adolescente.

Recabar información

referente al motivo de

separación de la niña o

niño de su familia, así

como conocer el

proceso legal que

ayudará a identificar si

existe una averiguación

previa, el tipo de

representación legal, el

nombre de quien funge

como su representante

legal y su situación legal

con la ley.

JUR2 VSLA E1

c) Nota de seguimiento del caso legal de la

niña, niño o adolescente.

Reportar las acciones

realizadas en cuanto al

o a los procesos legales

referentes a la situación

de cada niña, niño o

JUR3 NSCL E1-4

63

adolescente, con el fin

de compartir dicha

información con el

equipo técnico

multidisciplinario.

2.1.6 Área de Nutrición

a) Historia Clínico – nutriológica para niñas, niños y adolescentes de 3 - 18 años de edad.

Contar con información

referente a emergencias

que la niña, niño o

adolescente de entre 3 y

18 años de edad

identifique en el

momento para así poder

atenderlas

oportunamente.

NUT 1 HCN E1

b) Historia Clínico – nutriológica para niñas y niños de 0 – 12 meses de edad.

Contar con información

referente a emergencias

que la niña y niño de

entre 0 y 12 meses de

edad identifique en el

momento para así poder

atenderlas

oportunamente.

NUT 2 HCN E1

5. 2.2 ETAPA 2. ATENCIÓN Y RESTITUCIÓN.

2.2.1 Área de Trabajo Social

a) Detección de factores de riesgo.

Identificar factores de

riesgo en el contexto en

el que se desarrollan las

niñas, niños y

adolescentes.

TS1 DFR E2

b) Diagnóstico social. Recabar información a

profundidad sobre

aspectos específicos

como dinámica familiar,

situación que ocasiono

su ingreso al Centro y

sobre su integración e

inclusión social, así

mismo ante ello la o el

profesional propondrán

un plan de acción.

TS2 DXTS E2

c) Plan de acción para Identificar los derechos TS3 PARD E2

64

la restitución de derechos de la niña, niño y/o adolescente.

vulnerados en el

contexto en el que se

desarrollaba la niña,

niño y adolescente

previo a su ingreso al

Centro, planteara

estrategias para su

restitución y acceso

dentro del Centro.

d) Restitución de derechos de las niñas, niños y adolescentes.

Identificar los derechos

restituidos y a los que

habían tenido acceso

las niñas, niños y

adolescentes dentro del

Centro.

TS4 RAD E2

2.2.2 Área de Psicología

a) Diagnostico psicológico.

Establecer un plan de

intervención ante una

crisis emocional de la

niña, niño y adolescente

por medio de los 7

pasos de Roberts,

identificar factores de

riesgo y factores

protectores con los que

cuenta la niña, niño y

adolescente.

PSIC1 DXPSIC E2

2.2.3 Área de Psicopedagogía

a) Diagnóstico del área educativa.

Recabar información

específica sobre

exploración física

(neuro-desarrollo), área

social, comunicación,

cognición y preferencias

personales para que él o

profesional del área

pueda construir un plan

de atención

personalizado a que

responda a las

necesidades de la niña,

niño y adolescente.

PSICPED 1 DX E2

b) Regularización escolar.

Identificar las

habilidades y las áreas

PSICPED 2 RE E2

65

de oportunidad en las

áreas de cognición y

aprendizaje,

comunicación y

lenguaje, desempeño de

actividades escolares,

motricidad gruesa y

actividad deportiva de la

niña, niño y

adolescente, así mismo

detectar si requiere

adecuaciones o que

utiliza referente a la

estructura física de la

escuela, aula,

materiales y contenidos

educativos para que la o

el profesional en

pedagogía pueda

plantear estrategias de

regularización.

2.2.4 Área de Puericultura

a) Diagnóstico formativo – educativo.

Identificar las

habilidades y áreas de

oportunidad en relación

a conductas y hábitos

en temas como

educación y hogar.

PUE1 DFE E2

b) Seguimiento del desarrollo de la niña y niño en la

ludoteca

Dar seguimiento al

desarrollo de las

actividades lúdico-

recreativas de la niña,

niño o adolescente

durante su estancia en

el Centro.

PUE2 SDL E2

6. 2.3 ETAPA 3. ESTANCIA/RESIDENCIA: ACCESO Y DESARROLLO.

2.3.1 Área de Trabajo Social

a) Plan de acceso y Mostrar la evolución del

proceso de restitución,

TS1 PAEDNNA E3

66

ejercicio de derechos de la niña, niño y/o adolescente.

acceso y ejercicio de los

derechos de niñas,

niños y adolescentes

residentes en el centro.

b) Redes de protección.

Identificar las redes de

protección afectadas,

las invisibles, nuevas,

redes de cuidado

alternativas y las

inexistentes para tener

conocimiento de qué

estrategias emplear

para fortalecer y/o crear

redes de protección en

torno al proceso de la

niña, niño o

adolescente.

TS2 RP E3

c) Estrategias para reconstruir los

vínculos familiares de

niñas, niños y/o adolescentes.

Identificar el estado de

las redes formales e

informales con las que

cuentan las niñas, niños

y/o adolescentes y los

padres o tutores en

inicio del proceso de

pre-egreso y al final del

mismo.

TS3 ERCF E3

d) Redes de protección

institucional.

Contar con opciones

institucionales que

brinden protección a las

niñas, niños o

adolescentes, tanto en

cuestión de salud,

educación, asistencia

social y recreación.

TS4 RPI E3

e) Habilidades para el desarrollo

económico de Adolescentes.

Identificar las

habilidades

organizacionales,

artísticas, matemáticas,

de comprensión y

análisis de las y los

adolescentes para

realizar un plan de

actividades para que

continúen desarrollando

y/o fortalezcan dichas

habilidades.

TS5 HDE E3

67

2.3.2 Área de Psicología

a) Habilidades para la vida (Proyecto de

vida).

Proporcionar los

elementos necesarios y

la orientación para que

la niña, niño y

adolescente diseñe y

lleve a cabo su proyecto

de vida, reconociendo

sus habilidades para

lograr sus objetivos y

metas.

PSIC1 HVPV E3

b) Valoración psicológica para

los padres y/o tutores.

Recabar información

referente a datos

generales de los padres

y/o tutores, datos de

ubicación, estructura y

dinámica familiar, así

mismo, datos sobre la

autoconcepción

personal y como padres

y/o tutores.

PSIC2 VPPT E3

c) Autoconcepto - inteligencia

emocional (test para niñas y niños de 6 a 12 años de

edad).

Detectar el estado de la

visión y percepción de sí

misma o sí mismo en las

áreas: académico,

social, familiar,

emocional y físico de

cada una de las niñas y

niños del Centro.

PSIC3 AIENN E3

d) Autoconcepto (test para

adolescentes).

Detectar el estado de la

visión y percepción de sí

misma o sí mismo en las

áreas: académico,

social, familiar,

emocional y físico de

cada una de las o los

adolescentes del

Centro.

PSIC4 AA E3

e) Valoración para el egreso.

Valorar la condición de

los padres o tutores

para identificar los

factores riesgo y los

PSIC5 VE E3

68

factores protectores, así

la o el profesional del

área podrá implementar

estrategias de

fortalecimiento de las

áreas de oportunidad

previo al egreso de la

niña, niño y/o

adolescente.

7. 2.4 ETAPA 4. EGRESO.

2.4.1 Área de Trabajo Social

a) Vinculación directa con quien tendrá

la guarda y custodia.

Recabar datos

generales y de

ubicación de las

personas que tendrán la

guarda y custodia de la

niña, niño y/o

adolescente.

TS1 VGC E4

b) Carnet de los derechos de

niñas, niños y adolescentes.

Identificar los derechos

que en su estancia en el

Centro se les explicaron

y ejemplificaron a las

niñas, niños y

adolescentes, cuáles de

los fueron restituidos, a

cuáles tuvieron acceso y

cuáles están ejerciendo.

TS2 CDNNA E4

c) Referencia institucional

previo al egreso de la niña, niño y/o adolescente.

Enviar a la niña, niño y/o

adolescente a alguna

institución pública,

privada o de asistencia

social que brinde

atención especializada a

alguna necesidad

especifica detectada

previo a su egreso.

TS3 RIPE E4

d) Informe final de trabajo social.

Sistematizar información

del caso de la niña, niño

o adolescente, así como

la situación actual y

sugerencias previo al

TS4 IFTS E4

69

egreso del Centro.

e) Evidencia administrativa del egreso de la niña,

niño y/o adolescente.

Recabar información

sobre las razones de

ingreso, egreso y

modalidad del egreso,

además de asentar el

nombre completo, firma

y huella de la tutora o

tutor de la niña, niño y/o

adolescente

dependiendo el tipo de

egreso.

TS5 EAE E4

f) Acta de egreso área de trabajo social.

Recabar información

sobre con quién se

reintegrará la niña, niño

o adolescente, el plan

que se trabajó en el

Centro, los logros

obtenidos y las

recomendaciones para

toda la familia.

TS6 AE E4

2.4.2 Área de Psicología

a) Informe psicológico final confidencial.

Presentar la información

obtenida mediante el

proceso psicológico con

la niña, niño o

adolescente, el cual se

desarrolló por medio de

terapia individual, grupal

y/o familiar, apoyándose

con la aplicación de

escala, test y pruebas

psicológicas.

PSIC1 IPFC E4

b) Acta de egreso área de psicología.

Recabar información

sobre con quién se

reintegrará la niña, niño

o adolescente, el plan

que se trabajó en el

Centro, los logros

obtenidos y las

recomendaciones para

toda la familia.

PSIC2 AE E4

70

2.4.3 Área de Psicopedagogía

a) Acta de egreso área de

psicopedagogía.

Recabar información

sobre con quién se

reintegrará la niña, niño

o adolescente, el plan

que se trabajó en el

Centro, los logros

obtenidos y las

recomendaciones para

toda la familia.

PSICPED 1 AE E3

2.4.4 Área de Puericultura

a) Acta de egreso área de puericultura.

Recabar información

sobre con quién se

reintegrará la niña, niño

o adolescente, el plan

que se trabajó en el

Centro, los logros

obtenidos y las

recomendaciones para

toda la familia.

PUE1 AE E4

2.4.5 Área Medica

a) Informe Médico Final.

Recabar información de

forma resumida sobre el

estado de salud en el

cual egresa la niña, niño

o adolescente, así

mismo se informa sobre

los estudios y exámenes

médicos realizados en

su estancia en el Centro

y algunas

recomendaciones a

seguir posterior al

egreso.

MED1 IMF E4

b) Acta de egreso área médica.

Recabar información

sobre con quién se

reintegrará la niña, niño

o adolescente, el plan

que se trabajó en el

Centro, los logros

MED2 AE E4

71

obtenidos y las

recomendaciones para

toda la familia.

2.4.6 Área Legal

a) Carta de conformidad con la propuesta del equipo técnico

interdisciplinario referente a la

reintegración de la niña, niño o adolescente.

Presentar la

conformidad o

inconformidad del área

legal, en relación a la

propuesta de

reintegración

consensada en sesión

de equipo técnico

multidisciplinario.

JUR1 CCPR E4

b) Acta de egreso área jurídica.

Recabar información

sobre con quién se

reintegrará la niña, niño

o adolescente, el plan

que se trabajó en el

Centro, los logros

obtenidos y las

recomendaciones para

toda la familia.

JUR2 AE E4

2.4.7 Área de Nutrición

a) Acta de egreso área de nutrición.

Recabar información

sobre con quién se

reintegrará la niña, niño

o adolescente, el plan

que se trabajó en el

Centro, los logros

obtenidos y las

recomendaciones para

toda la familia.

NUT1 AE E4

72

8. 2.5 ETAPA 5. SEGUIMIENTO.

2.5.1 Área de Trabajo Social

a) Seguimiento de reintegración de la niña, niño y/o adolescente a su familia de origen.

Recabar información

referente a la estabilidad

de la niña, niño y/o

adolescente en su

familia de origen

posterior al egreso del

Centro de Asistencia

Social.

TS1 SRFO E5

b) Seguimiento de la integración de la

niña, niño y/o adolecente a su

familia adoptiva o de acogida.

Recabar información

referente a la estabilidad

de la niña, niño y/o

adolescente en su

familia adoptiva o de

acogida posterior al

egreso del Centro de

Asistencia Social.

TS2 SIAFA E5

Recabar información referente a las visitas

domiciliarias realizadas en el periodo de

seguimiento posterior al egreso de la niña, niño

o adolescente, para valorar y evaluar el cierre

de caso.

TS7 EVS E5

TS3 SIVI E5

c) Evaluación de visitas de

seguimiento (para cerrar expediente o programar visita

cada 2 años).

Durante el proceso de atención e intervención con niñas, niños y adolescentes de

los centros de asistencia social se pueden aplicar distintos instrumentos,

cuestionarios y herramientas para identificar la condición de secuelas, afecciones

y necesidades a raíz de sus experiencias vividas previamente, así como registrar

los objetivos de las niñas, niños y adolescentes al estar en los centros y el avance

en distintas áreas de su vida como resultado de la atención brindada; asimismo,

73

identificar las afecciones y necesidades de los padres, las madres, familia extensa

y tutores o tutoras para fortalecerlos y prepararlos para una posible reintegración

de la niña, niño y adolescente a un seno familiar que les pueda brindar seguridad,

protección y buen trato.

74

V. REGULACIÓN DE LOS CENTROS DE ASISTENCIA SOCIAL

Los centros de asistencia social cuentan con diversas normativas que atender,

mismas que se encuentran desglosadas con mayor detenimiento en el marco

normativo nacional de este documento. Sin embargo, en este apartado se pone

énfasis en el Modelo de Estándares de Certificación que paralelamente desarrolla

la Procuraduría de Protección en el que desatacan los aspectos del Registro

Nacional de los Centros que establece la Ley General en sus artículos del 110 al

112. Entonces, en materia de regulación, el centro debe atender los 4 aspectos

clave observados por la Procuraduría Nacional de Protección:

Autorización. Se refiere al proceso mediante el cual el Centro obtiene la aprobación para operar, una vez reunidos los requisitos establecidos por la Procuraduría Nacional de Protección y presentados ante la Procuraduría de Protección de la entidad correspondiente.

Registro. En siguiente paso es obtener el acceso al Registro Nacional de Centros de Asistencia Social, que lleva la Procuraduría Nacional de Protección, en coordinación con las Procuradurías de la entidad correspondientes.

Certificación. Es un proceso que implica el acceso a una constancia que evidencia el alcance de ciertos estándares mínimos para la atención de calidad en los centros. Esta certificación se otorga después de reunir una serie de requisitos vinculados a la infraestructura, al enfoque en los servicios de atención, a los procedimientos y a la especialización o capacitación del personal.

Re-certificación. Se trata de un proceso más avanzado en el que el centro de asistencia social muestra consolidación en sus procedimientos y alcance de estándares más altos para la calidad de la atención.

Para mayor información sobre estos temas favor de remitirse al Modelo de Certificación de la Procuraduría Nacional de Protección.

75

VI. CARRERA INSTITUCIONAL DE PROTECCIÓN

El Modelo propone la creación de la Carrera Institucional de Protección, conforme se adquiere la especialización y certificaciones en el tema tanto a nivel individual como a nivel institucional. Para ello se consideran los siguientes aspectos:

1. Especialización en el sistema de protección de niñas, niños y adolescentes. Es decir, que el centro debido al trabajo de su personal pueda verdaderamente probar que tiene el enfoque de derechos y de protección al momento de brindar la atención y que conoce los diversos procedimientos y normas para atender el interés superior de la niñez en casos específicos.

2. Capacitación continua al personal. Para avanzar en la comprensión de la normatividad, regulación, conceptos clave, actualización de procedimientos y estándares de calidad.

3. Actualización en procesos de intervención por áreas. Implica el compartir experiencias, acudir a seminarios y cursos de actualización y la realización de procesos y procedimientos en las diversas áreas, así como la actualización de formatos e instrumentos, pruebas y evaluaciones.

4. Enfoques teóricos. Estos se refieren al conocimiento y dominio del tema de derechos humanos, perspectiva de género, inclusión, no discriminación, derechos de la infancia, condiciones de la niñez en México, teoría de la adolescencia, de educación a niñas, niños y adolescentes sin cuidados parentales, autonomía, auto concepto, agencia, entre otros temas teóricos abordados en el modelo.

5. Asesoramiento en diligencias. Que el personal conozca los distintos procedimientos legales, materiales probatorios, evidencias, y que estas diligencias sean realizadas con apego a los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes, así como de acuerdo al interés superior de la niñez. Se requiere un trabajo de proceder en la protección de derechos sin vulnerar los que ya disfrutan.

6. Socialización de buenas prácticas del centro. Implica la detección, registro, construcción de la exposición y argumento de la buena práctica, para su compartición futura a la Procuraduría de Protección.

7. Desarrollo de modelos de intervención y atención. Ya que cada institución tiene características de atención, infraestructura y población que puede distinguirle, se plantea que deba tener cada una un modelo de intervención o atención acorde a sus necesidades. El presente documento de Modelo Tipo puede considerarse como un insumo para su construcción.

8. Equipo interdisciplinario. Se trata de un equipo sensibilizado y profesional, especializado en el manejo del centro y en la atención a niñas, niños y adolescentes privados de cuidados parentales, que comparten entre sí la atención de los casos y no los ven de manera aislada e individualizada.

9. Capacitaciones de nivelación. Se otorgan al personal que tiene al menos tres años trabajando en el centro y que no cuenta con estudios

76

especializados o título, para el desempeño de sus labores y que la institución considera que cuenta con habilidades probadas y posibilidades de aprender y acceder a una certificación por nivelación.

10. Capacitación de especialización. Éstas se diseñan para personal que colabora en una institución como esta y que requieren avanzar en la profundización de conocimientos y procedimientos sobre el área a la cual dedican sus esfuerzos.

Gráfico 11. Carrera institucional de protección

VII.

77

VII. GLOSARIO

Acciones afirmativas: acciones de carácter temporal, de políticas y prácticas de índole legislativa, administrativa y jurisdiccional que son correctivas, compensatorias y de promoción, encaminadas a acelerar la igualdad sustantiva entre niñas, niños y adolescentes.

Acogimiento residencial: se trata de la recepción de niñas, niños y adolescentes en los Centros de Asistencia Social y se considera el último recurso por el menor tiempo posible dándole prioridad al cuidado en el entorno familiar. Albergue permanente: establecimiento que otorga servicios asistenciales a niñas, niños y adolescentes en situaciones de riesgo continuas.

Adolescentes: se consideran adolescentes a las personas de 12 a 18 años de edad. Cuando exista la duda de si se trata de una persona mayor de 18 años de edad, se presumirá que es adolescente.

Adultocentrismo: se dice de las prácticas y relaciones entre niñas, niños y adolescentes en las que predominan los intereses de los adultos sin atención al interés superior de la infancia.

Albergue permanente: otorga servicios asistenciales a niñas, niños y adolescentes en situación de riesgo y vulnerabilidad de manera continua e ininterrumpida, dependiendo del modelo de atención de cada establecimiento.

Albergue temporal: otorga servicios asistenciales a niños, niñas y adolescentes en desventaja social por tiempo limitado, en tanto se resuelve su situación jurídica, social o familiar.

Agencia: La capacidad que tiene una persona (un agente) de actuar en un mundo.

Atención institucional: servicios asistenciales que, de acuerdo al modelo de atención, se proveen a niñas, niños y adolescentes en establecimientos públicos, sociales o privados.

Atención social comunitaria: servicios asistenciales que, de acuerdo al modelo de atención, provee la comunidad a niños, niñas y adolescentes en espacios que se adecuan para tal efecto.

Asistencialismo: las malas prácticas que en general mantienen una relación clientelar con las poblaciones objeto de servicios públicos y privados disminuyendo su capacidad de incidencia y titularidad de sus derechos.

Asistencia social: el conjunto de acciones tendientes a modificar y mejorar las

circunstancias de carácter social que impidan a la persona su desarrollo integral,

así como la protección física, mental y social de personas en estado de necesidad,

desprotección o desventaja física y mental, hasta lograr su incorporación a una

vida plena y productiva.

78

Asistencia social alimentaria: las acciones temporales de asistencia social,

consistentes principalmente en ayuda alimentaria, orientación alimentaria y

fomento a la producción de alimentos, dirigidas a contribuir a aminorar las

circunstancias que incrementan la vulnerabilidad de un grupo de personas.

Ayuda alimentaria: la acción de proporcionar alimentación complementaria a

grupos de población que no satisfacen sus necesidades alimentarias en cantidad y

calidad, acorde a las características de una alimentación correcta.

Capacidad instalada: es la cantidad de personas residentes que un centro de asistencia social puede albergar durante un período de tiempo determinado, teniendo en cuenta todos los recursos disponibles, sea los equipos de producción, instalaciones, recursos humanos, tecnología, experiencia y conocimientos, etc.

Casa cuna: servicios asistenciales a niños y niñas de cero meses y hasta seis años de edad cumplidos, con la posibilidad de ampliar el rango de edad en casos especiales, de acuerdo con su modelo de atención.

Casa hogar: servicios asistenciales a niñas, niños y adolescentes de ambos sexos de 6 años y hasta cumplir 18 años de edad, en casas mixtas o por sexo, con la posibilidad de modificar el rango de edad, de acuerdo a su modelo de atención.

Casa hogar para menores de edad: establecimiento de asistencia social que proporciona alojamiento, alimentación y otros servicios a menores de edad en situación de orfandad (de padres conocidos o desconocidos), desamparo o abandono. También se conoce como orfanatorio, orfanato, orfelinato, hospicio y casa cuna, entre otros. Incluye a los alojamientos que atienden a menores de edad que, aun cuando cuentan con padres o tutores, requieren de estos lugares para recibir cuidados o atención, ya sea la mayor parte de la semana o de manera continua.

Centro: centro de asistencia social.

Centro de asistencia social: consiste en los establecimientos de instituciones públicas, privadas y asociaciones que brindan cuidado alternativo o acogimiento residencial a niñas, niños y adolescentes.

Comité: Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas.

Derechos humanos: son la traducción jurídica de los valores básicos de las personas. Son el conjunto de reglas escritas por el Congreso de la Unión que mandan, prohíben o permiten ciertas conductas para asegurar que haya una buena convivencia humana.

Son una forma de poner un alto a los abusos del poder porque evitan que las autoridades y el resto de las personas impidan injustamente que las personas lleven a cabo su plan de vida.

79

Derechos humanos de niñas, niños y adolescentes: son un conjunto de normas de derecho internacional que protegen a las personas desde su nacimiento hasta los 18 años de edad.

Son las acciones que hacen y disfrutan todos los días y que son necesarias para su desarrollo como alimentarse, ir a la escuela, jugar, hacer deporte, decir lo que piensa, ir al médico, vivir en familia, recibir cuidado y protección para asegurar que tenga un desarrollo saludable.

Desarrollo de niñas, niños y adolescentes: concepto holístico que abarca el desarrollo físico, mental, espiritual, moral, psicológico y social del niño.

Diagnóstico diferencial: es el procedimiento por el cual se identifica una determinada enfermedad, entidad nosológica, síndrome, lesión o cualquier estado de salud o enfermedad mediante la exclusión de otras posibles causas que presenten un cuadro clínico semejante al que el paciente padece.

Directriz: pluralidad de instrucciones o normas generales para la ejecución de programas, convenciones, protocolos, acuerdos o tratados internacionales.

Enfoque basado en los derechos humanos: se trata del enfoque centrado en los grupos de la población que son objeto de una mayor marginación, exclusión y discriminación.

Enfoque de género: se trata de la perspectiva que reconoce las necesidades específicas de las mujeres y evidencia la exclusión sistémica de la que han sido objeto, con la intención de resarcir, proteger y promover los derechos de las mujeres frente a relaciones de poder que las marginan y vulneran sus derechos.

Enfoque de protección de la infancia: forma parte de los compromisos de la UNICEF estipulados en los Objetivos de Desarrollo del Milenio y versa sobre la necesidad de incorporar los sistemas de protección de la infancia en situaciones de vulnerabilidad multifactorial. El enfoque busca prevenir y dar respuesta a la explotación y abuso a lo largo de todo el ciclo de la vida de niñas, niños y adolescentes.

Estancia infantil: espacio en el que se brindan servicios asistenciales de atención social comunitaria a niños y niñas desde los cero hasta los cinco años 11 meses, de acuerdo con el modelo de atención.

Expediente administrativo: Conjunto ordenado de documentos que integran la información personal de los niños, niñas y adolescentes, de acuerdo al modelo de atención

Familia de acogida: aquélla que cuente con la certificación de la autoridad competente y que brinde cuidado, protección, crianza positiva y la promoción del bienestar social de niñas, niños y adolescentes por un tiempo limitado hasta que se pueda asegurar una opción permanente con la familia de origen, extensa o adoptiva.

Familia de acogimiento preadoptivo: aquella distinta de la familia de origen y de la familia extensa que acoge provisionalmente en su seno niñas, niños y

80

adolescentes con fines de adopción, y que asume todas las obligaciones en cuanto a su cuidado y protección, de conformidad con el principio de interés superior de la niñez.

Familia extensa o ampliada: aquélla compuesta por los ascendientes de niñas, niños y adolescentes en línea recta sin limitación de grado, y los colaterales hasta el cuarto grado.

Familia de origen: aquélla compuesta por titulares de la patria potestad, tutela, guarda o custodia, respecto de quienes niñas, niños y adolescentes tienen parentesco ascendente hasta segundo grado.

Grupo de riesgo: conjunto de personas en situación de vulnerabilidad derivada de causas socioeconómicas, fisiológicas, patológicas, culturales, condiciones de emergencia o desastre natural. Se consideran como grupos de riesgo a las personas que se encuentran en situación de calle, la población indígena, las niñas, niños y adolescentes, las mujeres embarazadas o en período de lactancia, las personas migrantes y las personas con alguna discapacidad, así como las y los adultos mayores

Guardería: Brinda servicios asistenciales de atención institucional a niños y niñas desde los cero hasta los cinco años 11 meses, de acuerdo con su modelo de atención.

Igualdad sustantiva: el acceso al mismo trato y oportunidades para el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y las libertades fundamentales.

Informe sombra: elaborados por organizaciones civiles para los comités de supervisión de tratados internacionales en derechos humanos, permiten a dichos comités revisar información, estadísticas, metodologías y formas de incumplimiento o consecución por parte de los Estados. Estos informes a veces difieren de lo que los Estados han presentado ante los comités, y ayudan a tener información no manipulada o censurada sobre violaciones a los derechos humanos por parte de los Estados.

Interés superior de la niñez: Es garantizar a niñas, niños y adolescentes, sin distinción alguna, el disfrute pleno y efectivo de todos los derechos reconocidos por la Convención de los Derechos del Niño.

Son todas las medidas concernientes a niñas, niños y adolescentes que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, en las que una consideración primordial será el interés superior de niñas, niños y adolescentes (Artículo 3.1 del Código de la Niñez y la Adolescencia, citado en Payssé 2012: 54).

Conjunto de acciones y procesos dirigidos a garantizar un desarrollo integral y una vida digna a niñas y niños, el cual abarca el desarrollo psicofísico, cognitivo y afectivo, y contempla también las condiciones materiales para lograr su máximo beneficio.

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Internado: servicios asistenciales a niñas, niños y adolescentes de acuerdo con las características y necesidades de su ámbito familiar, conforme al modelo de atención en sus diferentes horarios.

Manual de organización: documento que describe el procedimiento y las funciones de cada una de las unidades administrativas que integran la estructura de la Dirección General de Regularización de los Centros de Asistencia Social, y que señala los puestos, atribuciones y funciones, así como la relación que existe entre ellos.

Manual de procedimientos: documento que señala en forma metódica las operaciones que cronológicamente se siguen en la realización de cada una de las tareas asistenciales para las cuales fue creado un Centro de Asistencia Social.

Modelo de atención y protección integral de los Centros de asistencia social para niñas, niños y adolescentes: propuesta metodológica para regular el funcionamiento y organización de los centros, a fin de garantizar el pleno ejercicio, respeto, protección y promoción de los derechos de niñas, niños y adolescentes privados del cuidado familiar o parental que residen ahí.

Niñas y niños: se consideran niñas y niños a las personas menores de doce años. En caso de que exista duda acerca de su edad, se les tratará como niñas y niños.

Niñas, niños y adolescentes con necesidades especiales: son quienes padecen de alguna enfermedad crónica o enfrentan una situación determinada que afecta o limita su capacidad para desarrollar actividades propias de su edad, y por lo cual requieren de cuidado y atención más frecuente y especializada. Entre las necesidades especiales se encuentran tipificadas el autismo, la depresión infantil, la dislexia, la esquizofrenia infantil, la hiperactividad infantil, el labio leporino, las fobias, las alergias, el asma, el cáncer, el VIH/sida, la diabetes, la ceguera, la sordera, la sordomudez y tartamudez, la obesidad infantil, el paladar hendido, el síndrome de Down, el abuso y violación sexual, la deficiencia cognitiva, la paraplejia y cuadriplejia, la parálisis cerebral y las amputaciones, entre otras.

También, deben considerarse como factores de riesgo el nacimiento prematuro o con bajo peso, problemas de vista y oído, exposición prenatal a drogas, alcohol o tabaco, mala nutrición o dificultad al comer, exposición a sustancias tóxicas y factores ambientales, así como el maltrato y el abandono.

Objeción de conciencia: es la negativa a acatar órdenes o leyes o a realizar actos o servicios invocando motivos éticos o religiosos. Desde una ética racional que considera que el individuo debe responder en primer lugar al tribunal de la

propia conciencia, la objeción de conciencia se define como un derecho subjetivo a

resistir los mandatos de la autoridad cuando contradicen los propios principios morales.

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Observación participante: es una técnica de observación y de recolección de

información utilizada en las ciencias sociales, sobre todo en la antropología, en donde la persona que investiga comparte con las personas investigadas (objetos

de estudio según el cánon positivista) su contexto, experiencia y vida cotidiana,

para conocer directamente toda la información que poseen sobre su propia realidad, o sea, pretender conocer la vida cotidiana de un grupo desde el interior del mismo.

Durante el proceso de investigación, para recolectar la información, la persona que investiga debe seleccionar el conjunto de informantes, a quienes, además de observar e interactuar con ellos, puede conocer utilizando técnicas como la entrevista, la encuesta, la revisión de documentos y el diario de campo o cuaderno de notas en el cual escribe las impresiones de lo vivido y observado, para poder organizarlas posteriormente.

Procuradurías de protección: la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes y las procuradurías de protección de niñas, niños y adolescentes de cada entidad federativa.

Pro-persona: la aplicación del principio pro-persona consiste en que la interpretación y aplicación de normas lleve a la protección eficaz de las personas, atendiendo a la naturaleza de los derechos humanos.

Residente: persona que recibe alojamiento y otros servicios por parte del establecimiento de asistencia social en el momento del levantamiento, independientemente de la nacionalidad, la fecha de ingreso, el tiempo de permanencia o de que tenga otro lugar de residencia.

Restitución de derechos: se entiende el acto en virtud del cual la persona impartidora de justicia ordena la realización de las acciones necesarias para que los derechos de una niña, niño o adolescente vuelvan al estado que tenían con anterioridad a su vulneración e inclusive para que puedan garantizarse ciertos derechos que en la circunstancia anterior no lo estaban.

Revictimización: Se refiere a un patrón en el que la víctima tiene una tendencia significativamente mayor de ser víctima nuevamente. Se entiende como la experiencia que victimiza a una persona en dos o más momentos de su vida, es decir, la suma de acciones u omisiones que generan en la persona un recuerdo victimizante.

Como acciones de prevención a la revictimización se encuentran el acompañamiento terapéutico, la reconstrucción de redes sociales, la elaboración de diagnósticos y las acciones de orientación, así como actividades a largo plazo que impliquen el restablecimiento de los derechos de las víctimas.

Sistema APPCC (o HACCP por sus siglas en inglés): Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control, es un proceso sistemático preventivo para garantizar la inocuidad alimentaria en la industria de los alimentos, de forma lógica y objetiva. Consiste en identificar, evaluar y prevenir todos los riesgos de contaminación de los productos a nivel físico, químico y biológico a lo largo de todos los procesos de

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la cadena de suministro, estableciendo medidas preventivas y correctivas para su control tendiente a la inocuidad.

Sistemas de protección de la infancia: se trata de las medidas organizadas desde instancias públicas, privadas y de asociaciones que tratan de abordar todos los factores de riesgo que amenazan la vida de niñas, niños y adolescentes, y de sus familias.

Tratados internacionales: los tratados internacionales vigentes en materia de derechos de niñas, niños y adolescentes de los que el Estado mexicano sea parte.

Victimización secundaria: las características y condiciones particulares de la víctima no podrán ser motivo para negarle su calidad. El Estado tampoco podrá exigir mecanismos o procedimientos que agraven su condición ni establecer requisitos que obstaculicen e impidan el ejercicio de sus derechos ni la expongan a sufrir un nuevo daño por la conducta de los servidores públicos.

Violación de derechos humanos: todo acto u omisión que afecte los derechos humanos reconocidos en la Constitución o en los Tratados Internacionales, cuando el agente sea servidor público en el ejercicio de sus funciones o atribuciones o un particular que ejerza funciones públicas. También, se considera violación de derechos humanos cuando la acción u omisión referida sea realizada por un particular instigado o autorizado, explícita o implícitamente, por un servidor público, o cuando actúe con aquiescencia o colaboración de un servidor público.

Visita de supervisión: el acto jurídico administrativo por medio del cual la Procuraduría Federal supervisa el desempeño de los Centros de Asistencia Social. Vulnerabilidad: condición multifactorial que se refiere a situaciones de riesgo o discriminación que atentan contra el interés principal de niñas, niños y adolescentes.

Siglas y acrónimos

ACNUR: Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados.

CDN: Convención de los Derechos del Niño.

CNA: Código de la Niñez y la Adolescencia.

CNPSACDII: Consejo Nacional de Prestación de Servicios para la Atención,

Cuidado y Desarrollo Integral Infantil.

CPEUM: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

DIF: Desarrollo Integral de la Familia.

DDHH: Derechos Humanos.

DHNNA: Derechos Humanos de Niñas, Niños y Adolescentes.

DOF: Diario Oficial de la Federación.

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INEA: Instituto Nacional para la Educación de los Adultos.

INEGI: Instituto Nacional de Estadísticas y Geografía.

LAS: Ley de Asistencia Social.

LFPED: Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.

Ley General: Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.

LGPSACDII: Ley General de Prestación de Servicios, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil.

LGS: Ley General de Salud.

LGV: Ley General de Víctimas.

LRPCAP: Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político

NNA: Niñas, Niños y Adolescentes.

NOM: Norma Oficial Mexicana.

NOM-032: Norma Oficial Mexicana NOM-032-SSA3-2010, Asistencia Social. Prestación de servicios de asistencia social para niñas, niños y adolescentes en situación de riesgo y vulnerabilidad.

ONU: Organización de las Naciones Unidas.

PFPNNA: Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes.

PGJ: Procuraduría General de Justicia.

PND: Plan Nacional de Desarrollo.

PONAS: Programa Nacional de Asistencia Social.

R Ley General: Reglamento de la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.

SIVEPAL: Sistema de Vigilancia Epidemiológica para Accidentes y Lesiones.

SNDIF: Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.

TDA: Trastorno de Déficit de Atención.

TDAH: Trastorno de Déficit de Atención con Hiperactividad.

UNICEF: Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura.

85

VIII. REFERENCIAS

• Libros Cantwell N, Davidson J, Elsley S, Milligan I, Quinn N (2012). Avanzando en la

implementación de las “Directrices sobre las modalidades alternativas de cuidado de los niños” Reino Unido: Centre for Excellence for Looked After Children in Scotland.Escocia Recuperado el 12 de julio de 2016 en: http://www.directricescuidadoalternativo.org

CNA Consejo Nacional de Adopciones (2010). Estándares de Calidad para la

atención de niños, niñas y adolescentes en entidades de abrigo temporal. (1ra ed.) Guatemala: s/ed.

CEAV Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas. (2015). Modelo Integral de

Atención a Víctimas. Diario Oficial de la Federación. Recuperado el 17 de agosto de 2016 en: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5395286&fecha=04/06/2015.

Contreras M. (2012). Infanto-Adolescente. Acogimiento Familiar: procedimientos y

estándares de operación del Programa Acogimiento Familiar para niñas y adolescentes. (1ra ed.) Chile. Recuperado el 12 de julio de 2016 en: https://es.scribd.com/document/114653745/Familia-de-Acogida-Protocolos-y-Flujorama

ENTS Escuela Nacional de Trabajo Social de la Universidad Nacional Autónoma

de México [Página de internet] Recuperado el 15 de julio de 2016 en: http://www.trabajosocial.unam.mx/queestsocial.html

Guillé Tamayo M, (2016). Modelo de atención y protección integral de los centros

de asistencia social. [Manuscrito presentado para su publicación]. México: s/ed.

Guillé Tamayo M, Vallejo Flandes P, Sandoval Alcántar F (2010 a). Manual para la

sistematización de indicadores de impacto en línea para la gestión del CAER y del CAT. México: Red Nacional de Refugios.

Guillé Tamayo M, Vallejo Flandes P, Sandoval Alcántar F (2010 b).

Sistematización de Indicadores de Impacto Cualitativos y Cuantitativos: Estándares de Calidad de la Red Nacional de Refugios. México: Red Nacional de Refugios.

86

INEGI Instituto Nacional de Estadística y Geografía (2016 a). Censo de Alojamientos de Asistencia Social 2015, México. Recuperado el 15 de julio de 2016 de: http://www.inegi.org.mx/est/contenidos/Proyectos/encuestas/otras/alojamiento/2015/default.aspx

INEGI Instituto Nacional de Estadística y Geografía (2016 b). Glosario del Censo

de Alojamientos de Asistencia Social 2015, México. Recuperado el 20 de julio de 2016 en: http://www.beta.inegi.org.mx/app/glosario/default.html?p=caas2015

INEGI Instituto Nacional de Estadística y Geografía (2016 c). Encuesta Intercensal

2015. México. Recuperado el 15 de julio de 2016 en: http://www3.inegi.org.mx/sistemas/tabuladosbasicos/default.aspx?c=33725

INMUJERES Instituto Nacional de las Mujeres (2003). Manual de procedimiento

para centros de atención y refugio para mujeres y sus hijos e hijas víctimas de violencia familiar y sexual. México: Autor.

INMUJERES Instituto Nacional de las Mujeres (2012). Modelo de Atención para

Mujeres Víctimas de Violencia, sus Hijas e Hijos [CD]. México: Autor. ONU Organización de las Naciones Unidas (2010). Directrices sobre las

modalidades alternativas de cuidado de los niños 64/142. Asamblea General Sexagésimo cuarto período de sesiones. Tema 64 del programa 09-47038. Recuperado el 25 de julio de 2016 en: http://www.unicef.org/spanish/videoaudio/PDFs/100407-UNGA-Res-64-142.es.pdf

ONU Organización de las Naciones Unidas (2013). Comité de los Derechos del

Niño. Observación general Nº 14 sobre el derecho del niño a que su interés superior sea una consideración primordial (artículo 3, párrafo 1). Aprobada por el Comité en su 62º período de sesiones (14 de enero a 1 de febrero de 2013).

Payssé Cuñarro, Guillermo (2012). Principio de Legalidad. En Manual para la

defensa jurídica de los derechos humanos de la infancia. Uruguay: Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, UNICEF.

Pérez Porto, Julián y Merino María (2013) [Mensaje de Blog] Recuperado el 20 de

julio de 2016 en: http://definicion.de/puericultura/#ixzz4FkussyZm1 SNDIF Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia. Manual de

Supervisión de Centros de Asistencia Social. Extracto. (2016). México: Diario

87

Oficial de la Federación. Recuperado el 22 de julio de 2016 en: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5439222&fecha=30/05/2016

SNDIF Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (2007).

Diagnóstico de la Adopción en México. México: Autor. SNDIF Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (2012). Censo de

niñas, niños y adolescentes residentes en el país. Recuperado 22 de julio de 2016 en: http://web.dif.gob.mx/?titular=realiza-dif-nacional-censo-de-ninas-ninos-y-adolescentes-residentes-en-el-pais.

SCJN Suprema Corte de Justicia de la Nación (2012). Protocolo de Actuación para

quienes imparten justicia en casos que afecten a Niñas, Niños y Adolescentes, México: Autor.

SENAME Servicio Nacional de Menores. Departamento de protección de derechos

de área de gestión programática (2011). Estándares mínimos de calidad para la atención residencial. Chile: Autor.

UNICEF United Nations International Children's Emergency Fund (2006).

Convención sobre los derechos del niño. Recuperado el 15 de julio de 2016 en: http://www.un.org/es/events/childrenday/pdf/derechos.pdf

• Tesis Vázquez Alarcón JA (2015). Evaluación del diseño de la política pública de los

refugios para mujeres víctimas de violencia, sus hijas e hijos. (tesis de maestría) Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales. Sede Académica de México.

• Documentos oficiales

Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos 1917. México, (texto vigente, última reforma 15-08-2016). Diario Oficial de la Federación. Recuperado el 05 de julio de 2016 en: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/270_191214.pdf

Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. Ley de Asistencia Social (2014

a). México, (texto vigente). Diario Oficial de la Federación. Recuperado el 23 de julio de 2016 en: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/270_191214.pdf

Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. Ley General de los derechos

de niñas, niños y adolescentes (2014 b). México, (texto vigente, publicada el 25-12- 2014). Diario Oficial de la Federación. Recuperado el 10 de julio

88

de 2016 en: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/ley general_041214.pdf

Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. Ley General de Atención a

Víctimas (2013). México, (texto vigente, última reforma 03-05-2013). Diario Oficial de la Federación. Recuperado el 23 de julio de 2016 en: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGV.pdf

Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. Ley General de Salud (2014

c). México, (texto vigente). Diario Oficial de la Federación. Recuperado el 23 de julio de 2016 en: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/142_010616.pdf

Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. Ley General de Acceso de las

Mujeres a una Vida Libre de Violencia (2007). México, (texto vigente, última reforma 15-01-2013). Diario Oficial de la Federación. Recuperado el 23 de julio de 2016 en: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGAMVLV_171215.pdf

Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. Reglamento de la Ley General

de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (2015). México, (texto vigente, publicado el 02-12-2015). Diario Oficial de la Federación. Recuperado el 10 de julio de 2016 en: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5418303&fecha=02/12/2015

Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. Ley General de Salud (1984).

México, (texto vigente, última reforma 1 de junio de 2016). Diario Oficial de la Federación, Recuperado el 20 de julio de 2016 en: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/142_010616.pdf

Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. Ley de Asistencia Social

(2004). México, (texto vigente, última reforma 19 de diciembre de 2014). Diario Oficial de la Federación. Recuperado el 12 de julio de 2016 en: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/270_191214.pdf

Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. Ley del Sistema Nacional de

Información Estadística y Geográfica (2008). Diario Oficial de la Federación. México, (texto vigente. Última reforma 18 de diciembre de 2015). Consultada en: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LSNIEG_181215.pdf (consultado el 07-09-2016).

Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. Ley Federal de Transparencia

y Acceso a la Información Pública (2016). Diario Oficial de la Federación. México, (texto vigente) Consultada en:

89

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LSNIEG_181215.pdf (consultado el 07-09-2016).

Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. Ley Federal de Protección de

Datos Personales en Posesión de los Particulares. (2010). Diario Oficial de la Federación. México, (texto vigente) Consultada en: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LSNIEG_181215.pdf (consultado el 07-09-2016).

SSA2. Comité Consultivo Nacional de Normalización de Innovación, Desarrollo,

Tecnologías e Información en Salud. Secretaría de Salud. Norma Oficial

Mexicana NOM-046 SSA2-2005. Violencia familiar, sexual y contra las

mujeres. Criterios para la prevención y atención (2009). México, (texto

vigente). Diario Oficial de la Federación. Recuperado el 25 de julio de 2016

en http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5087256&fecha=16/04/2009

SSA3. Comité Consultivo Nacional de Normalización de Innovación, Desarrollo, Tecnologías e Información en Salud. Secretaría de Salud. Norma Oficial Mexicana NOM-032-SSA3-2010, Asistencia Social. Prestación de Servicios de Asistencia Social para Niños, Niñas y Adolescentes en Situación de Riesgo y Vulnerabilidad (2011). México, (texto vigente). Diario Oficial de la Federación. Recuperado el 25 de julio de 2016 en: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5144339&fecha=27/05/2010

SSA3. Comité Consultivo Nacional de Normalización de Innovación, Desarrollo,

Tecnologías e Información en Salud. Secretaría de Salud. Norma Oficial Mexicana NOM-005-SSA3-2010 Que establece los requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento de establecimientos para la atención médica de pacientes ambulatorios (2010). México. Diario Oficial de la Federación. (texto vigente). Recuperado el 25 de julio de 2016 en: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5155477&fecha=16/08/2010