ma v mo ?', o s - - the narcosphere ·  · 2012-06-18... mm r q2g= ñ d -o41-nd1 hh9áñ...

34
?'", O T:.1 U f,¿ o ¡,"¡ Q., a), z:§ ;J ,F ñ,ú f,i, r- )J iii)e P ,-, Éí *{ -l r', o ü,, P¿ P;; n \,) _o ,tLt m"l !o =., 6 i.r út rTi i l'! 3 m 0 o { !o >-¡ BHH 6z .) o z .| m ! { o a c t:l .) ,) v m s o -{ att m!rloo (/)o¡>o ;P=== EBHii z aé\ Eo F9 ám<ñ o Tim mr^> aE5#= 1i8gñ m ¿< >-^¡m <Á\)>z !!v3t Vi=mó ;zz r{r oOoo <nnam >->|]oo ñei8=9 ñiE=*4 '/ -o!o ñsñEe @o !-u:fm 8gñ+= (,idr+ Cz\> r z=(]mm Q2g= ñ d -o41 d -nd1 HH9áñ z-3>!J o;Do- 4Fé,o tI,>1zm mtt<otDoa) (4OñÁ=>o rrfl;HF= !2 !-i o' n z,> E98eo"i ztll Hs9;uÉe H-=o8o' zDlmJJ= !rí;Efr HüITfiEP il=HE="á 'PéóZ t- =@= ooin->o O)m..,m'r-¡n @ § (o !, (, (, ! ! ol l.) (o § § :.J LN § P ! N m a ! m o -.t o c r' a m Y Case 5:12-cv-00920-VAP-DTB Document 1-1 Filed 06/07/12 Page 1 of 34 Page ID #:48

Upload: nguyennhi

Post on 09-May-2018

212 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

?'", OT:.1 Uf,¿ o¡,"¡Q.,a),z:§;J ,Fñ,úf,i,r- )Jiii)eP ,-,Éí *{-l r',o ü,,P¿P;;n \,)_o ,tLtm"l!o=.,6 i.rút rTi

i l'!

3m0o

{!o>-¡BHH6z

.)oz.|m!{o

act:l.),)

vmso-{att

m!rloo(/)o¡>o;P===EBHiiz aé\Eo F9ám<ño Timmr^>aE5#=1i8gñm ¿<>-^¡m<Á\)>z!!v3tVi=mó;zzr{roOoo<nnam

>->|]ooñei8=9ñiE=*4

'/ -o!o

ñsñEe:Á @o!-u:fm8gñ+=(,idr+Cz\> rz=(]mmQ2g= ñd -o41d -nd1HH9áñz-3>!Jo;Do-4Fé,otI,>1zm

mtt<otDoa)(4OñÁ=>orrfl;HF=!2 !-i o' n z,>E98eo"iztllHs9;uÉeH-=o8o'zDlmJJ=!rí;EfrHüITfiEPil=HE="á

'PéóZt- =@=ooin->oO)m..,m'r-¡n

@§(o!,(,(,

(¡!(¡!oll.)(o§

§(¡:.JLN§P!N

ma!mo-.tocr'am

Y

Case 5:12-cv-00920-VAP-DTB Document 1-1 Filed 06/07/12 Page 1 of 34 Page ID #:48

z

FÉ.F2oolauJooFzLtl

)zÉ.c]-xU.J

U.Jaaoóti-l

ooJuJoozloC)uJooo=m2oLU)ñ

a(L

=ull-at)o)uJotu.JozTUfItuoooo

=oLL

É.o-

ouJozuloúJ

U)ulFzIUozoLo)t.uú.ú.oOo)FlfIo)J

5z

-,))J'z<L,.2I

.(.)D

,I.t-J

JJl)l,I

:_()

-zC

lJ'):Ji,l

It.l-i-

,/)lt,'.i

;:in.i,.)O

uzo u]zz ía,

:z o)

Iür>iU.I FuJzJ t.Uo-->:s-cttll :71.r-) (ü

F<< ,7-É<F- O-z>o<.OU.

tr)orñ\oo$

@a'ldorqoLN

<ÍL .-r-l.2>tl

l!

o!l

-.í1:!C-¡

2),,t

na)aILU

uJ>ú)uJ[!o uJoof<-a

OiüeE()l',]'lz()- --SiEl-:2=tQ¡f,,Zru vñ<=¿ALÁLE',g-3fiL< Oa<> &z>u =-fu*oo- ?3.t=Y?=4dR5óXdo-SdE"88tE4,2 Or<.ú4a4.<u

=gHP;EO<ur!!<Oo()ú>az

uJuJ<(/)tu""998¿88x9a)ztL<<l<z2n={-HzüQoñr.l<l- l! -z< o*:so* tz4É.o2a<,ÉplEü=dÍl=3or=Á o9':é eü,sSÍsiEÍs§á#z = i r i {.r.rO<ütu¿r>OO>Or.rJ<

U)a ano

r',*UJoutlo2

=Eo-

Case 5:12-cv-00920-VAP-DTB Document 1-1 Filed 06/07/12 Page 2 of 34 Page ID #:49

r

otoooin20-lmIz

omóo3!vD!v

2m

3m0Pf,otñclk

(nmFc)oaz-{m

ñ(nl-(nmr)dFoP_aff|a)lcl>IElolr

-floroOoIU

Vk"

m¡mo-.,1

ocl-vm

am-at,

-tat

@ma

ooz--tn-{az.

tfl

m!OtACOIHP=(¿ O r

EiBt- >:4¿ü»#

(fEóoEi,fir

(D^ob)

'OY.o't-ié*

[email protected]@=9>a<UYy'r1 Lc.om-6=,áo-m>ahP<>mc)¡^.o=>

-r>,(!t'

=U''1lzf'oam<I)--looU)Czoa

zoa+m=m.4o

1lt-mmz--l

ao

>-E-oOo-¡ncooEZP==tr!.1 ó#ai

:üEEám- a-ñgt!nOc) m(!D¡

áHñ*=z ^i J!(, hHz,,.,E*E-i¿

-<n-flzroam(,-túaC=ooU)om

m!!1lO¡aoucoiEZP=óiohP83I;sc.ztftu.])z a=aU'ñ",#o Ázm f ,,1

=^áá!lr-X¡#"UTH¡1^Q=óxLm.-u Ylv >' Í\ ^19= == Zl>-rlI r{r}

:-(oorio(¡INJ@

!P(rlorIOr\|

üO-o\NJ(,!óc¡

Case 5:12-cv-00920-VAP-DTB Document 1-1 Filed 06/07/12 Page 3 of 34 Page ID #:50

a.lN«i+qa¡Nr;

LNeF.af)

LñN..,:

oO'o

o)d<2<)<úa- .LU@>-<

I.IJ

<,,vd0<2.- u.Jo,', a"o

2z)9o(Jo<odfo'afL r1l

z>L!

zzO.OOa)atr.l a\

EK,OÉ.zu

I,IJ >4u)ú lt)a<(J;:É==ÉfL o_

o-

=O

trJo

É.Fzt¡lt!)o-

oO

z.oOFzl1l

uJJo-

=t.U

zIOFÍFzO

(LoAz=Í,úoILU(/)+ooñzl,zoz<;il(L

=ucO¡n{R8Ed<óiÜfEÉZ .^ -rl)8 si=

@u)ul aroóur<fro

'g.aIqz.<(r frtu;aza-ÉfIúg

J<zÉ- tulatru=<drolOo-a

fI=

[Uo

É.FzLrJ

=LllJfI

zoFzuJ

=t!J(I=uJ

zoFÉ.Fzoo

JotzfIaut

t-.tr

tllo

u-)

o=l

aooFatu

< r.!oozrx<-zJ<LL CL<a

Iz,úaI6xo-zo9LrJ oÉ.<<Jarl co5o-J O-

Fz[!t¡JoU)

Fzl(Iz.UJ

É.Fó=ófL

(I=

UJo

É.FzLu

UJJ(I

OFzultuJ(I

=tu

zoóFÉ.Fzo(J

OÉu-J

z.oLt¡JJUJF

l¡JooSo2

=Eo-

r*x

t¡Joo.<LÉ4,u=96r.rJ >o-r

§rocoo=JXOUJTL LU<u)ü-+;O\J()r]E>,'74ñoóJfr t!oo<o)z<fa<IIJ OF<z<)!urooVoL/irx=ECOÉ.,oáz<_¡ lQao<)<ñ<FFl>-<<aÉ.(IÓF

Íñ8;F:fiaa(J ñ t.llzao

Case 5:12-cv-00920-VAP-DTB Document 1-1 Filed 06/07/12 Page 4 of 34 Page ID #:51

QOg¿oñE eHo Cl!mÉol-.r o9=I¡z7t;>Q¡;>r-Vü»¡;',^ zÉi {.)lir1BAmioi>?oI;6ot¡lnhó

k

.IoroooC)(,

_it!

l :.:.::l:ll;i

mmÍf,ó<¡,2¡Y'

3ftlIl-{o

i-hiTInilo

amvC)

(,'

1lIzm

{,o>-¡EHHEzomH!ñ

Er

-{o{r

r-T,<=2l' <.s98TEirc(,Ut!ópE"z+c-um<o>z,oTIa>=o-!rsE8ñ'L2 o @.qc=

Tr()Aooxr¡, OiZCZa,

-{nE8=mxar../ <ñc)mO'-zzmn>Y?»a¡Q>oCZ-l>o

m

(,)oz.,m!{o

.u'ogJ¡/¡o§oIoo

o)a>o)(:)(l:.)

§(,INNJ

o:-c)

=!ov{m

Case 5:12-cv-00920-VAP-DTB Document 1-1 Filed 06/07/12 Page 5 of 34 Page ID #:52

ogo

-l¡71

rn5,n

(tITI¡s()

ml-ms.Aó.z.<nmn

O=;or- !J .\-LÚó<c*mo-a-I^rtl' m Y'Z()¡¡n9ñj"ofan9-{>(J)>-¡¡'¡i>:f, -- <*_b>>mo=¡I=rr>{<4=a6z>

o{ovmv,-¡,oUm

-.1ñlrmaóz

llvoocoooz

orn

¡To

1lon--{

oozl-ooózma

tr'éEBin=<aái E;z^o-r<ó7 i_mh mc,)ó>rJ->a)czo-rioóQó=6fr

==ófnm -iao_=c)EaEñá3i<oT+.f-m tt )'2

1lc)<irdzni_i=eHa;.;- -o --.1ñmrt)acOozzz=o>í-o'C]m-mryñ,ú-<oio¡O<<Pñ>.ó (,=a)-ug.u)-1-<-<<

|: U(:f-Nr=ó8886z -¿ ñ1 ooí@z_Jmrf|l) =, U), r'I: -*t! t¡ fnÉ!<oñ rJ r' (:ifnSito<!rmO,1.¿.\- ..--o:. c, -¿tó.l rri r>¡l

=.2 --1'

n, !'/ r--¡oroo§

ro{\J(,oPoo

3'\a)c:&:

F,c)L_)

{*,

Case 5:12-cv-00920-VAP-DTB Document 1-1 Filed 06/07/12 Page 6 of 34 Page ID #:53

-{mt-m(A6.z

¡oFgH6z

1l1ooCooozom-Il7oon

a

o

zm(ni

ooz

oz+mzooU)

llv(,C

-lnza=aozmzNom7c)o@

om

Cz2

mvoz

maomz(J,a-nt'9)

-c=zoo7moc

o-o<t-l'Tt--n

-zov7oao-tnm<n

'flo7oom

--lma-m

aoz

t-

lózm<n

moC-Eoor-

d1'v--t+FCz

r-m

om-t

^+m4.z;m7<nozr

>O-u--o¡omooTr(]>>ci1 oo=ooz:'Ofi -z(r=

I'<oa\ _o

óu.={>ñáñotr1kO6oozz

§NJ(¡\o9oo

QOEaOñE s*o (.)FfnÉs¡EzV;>6)¡;D-Fu>!x'a1omJF-¡x ?¡tiot>m\2aI;6r¡(J1moP

-t!orooC)C)(n

{*-

Case 5:12-cv-00920-VAP-DTB Document 1-1 Filed 06/07/12 Page 7 of 34 Page ID #:54

-lmt-ms9.o.zo)mvo

TvooCc)oozom

mmz-1oamamotr-m(,

-ono7

a

C<t)orma

m=mmo^zz(-r-Nlf3=:tt,' m m) xzEHEñ=flt\)¿-.u6gd

!¿m-uí$ri-n(^za- ó.c--ZtóL>Az?<z3=X?¡ :.j > (/)

^ozÁo,a-a'z

+onmp)

_n

a

om

-{mrmooz

=H5émOa2m

< -(/)Om<orCm=(,do<mO-{ r-.<<

oO-o¿oni 4aJ >.z-4OF

r.Il(-mN¡(,OZa'r >>t-

Um

€=m:>!¿EXo!l¡!l

zE.o--! t-c)>o1a;

n-.'i,maó>a,-aOYa)i(f>mOoomznmo-o>omCT-rooc)a>

ózma

§\o(¡N.)00

bo

Case 5:12-cv-00920-VAP-DTB Document 1-1 Filed 06/07/12 Page 8 of 34 Page ID #:55

fi./U .,'.v'7V,/

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS QUE CELEBRAN PORUNA PARTE INTELIMEDIA, S.A DE C.V., REPRESENTADA POR SUSAPODERADOS LEGALES SEÑORES JOSE LUIS PONCE DE AQUINO,QUIEN TAMBIÉN ACOSTUMBRA USAR EL NOMBRE DE JOSÉ AQUINO, YFRANCISCO JAVIER TORRES GONZÁLEZ; A QUIEN EN LO SUCESIVO SELE DENOMINARÁ "LA PRESTADORA DE SERVICIOS": Y POR LA OTRAPARTE LA EMPRESA DENOMINADA SERVICIOS INTEGRALES AL SECTORAGROPECUARIO S,C., REPRESENTADA POR SU SOCIO ADMINISTRADOREL SEÑOR ALEJANDRO RAMíREZ GONZÁLEZ; A LA QUE EN LO SUCESIVOSE LES DENOMINARÁ "EL CLIENTE"; A QUIENES CONJUNTAMENTE SE LESDENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LAS DECLARACIONESY CLÁUSULAS SIGUiENTES:

DECLARACIONES

¡. Declara 'LA PRESTADORA DE SERVICIOS' por conducto de suRepresentante legal y apoderado legal:

a) Que su representada es una Sociedad Mercantil deb¡damente constituidade conformidad con las leyes de los Estados Unidos Mexicanos, segúnconsta en la Escritura Pública número 52427, olorgada el día 22 de julio del2010, ante la fe del Licenciado Rodolfo Go¡zález Quiroz, Notario Públiconúmero 13 del Distr¡to Federal, cuyo Primer Test¡monio quedó debidamenteinscrito en el Registro Público de la Propiedad, Sección de Comercio delDistrito Federal, bajo el Folio Mercantil número 37461*1 de fecha '16 denoviembre de 2010.

b) Que cuentan con las más amplias facultades para otorgar el presentecontrato, mismas que acredita en términos de la Escritura Pública No.52978 otorgada el día 1 de diciembre de 2011, ante la fe del licenciadoRamiro E. Duarte Quijada, Notario Público No. '10 de la Ciudad de Mexicali,Baja California, México; manifestando bajo protesta de decir verdad quedichas facultades no le han srdo revocadas o limitadas de forma alguna.

c) Que su Representada se encuentra debidamente inscrita ante el Serviciode Administración Tributaria, adscrito a la Secretaría de Hacienda y Crédito \Público, con Registro Federal de Contribuyent". n,iÁ"ro-iÑiioézázz+ó, §y con domicilio en: Avenida Madereros Sur '14'13, Col. lndustrial Baja r.§California, C.P.21010, Baja California Norte. §

d) Que el representante legal Señor José Aquino, declara que t¡ene su \domicilio en la calle Bosque de Alamos número 47-b, oficina 45, Col.Bosques de las Lomas. Delegación Cuajimalpa de Morelos, C.P. O512O, r /Mexico. Distrito Federal. contar con legal estancia y dentro de su9 \pactiv¡dades estar facultado para suscribir el presente contrato. V I

Case 5:12-cv-00920-VAP-DTB Document 1-1 Filed 06/07/12 Page 9 of 34 Page ID #:56

t.

Que derivado de su objeto social, es deseo de su representada celebrar elpresente Contrato de Prestación de Servicios con "EL CLIENTE" ya quecuenta con la infraestructura, los conocimientos, y la capacidad económica,técnica y financiera, así como la experiencia para prestar adecuadamentelos servicios objeto de este contrato.

Declara'EL CLIENTE" por conducto de sus apoderados y bajo protesta dedecir verdad:

Que su representada es una Sociedad Civil debidamente constituida deconformidad con las leyes de los Estados Unidos Mexicanos, según constaen la Escritura Pública número 130542, otorgada el día 6 de marzo del2007, ante la fe del Licenciado Joaquín Humberto Cáceres y Ferraez,Notario Público número 2l del Distrito Federal, cuyo Primer Testimonioquedó debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad, Secciónde Personas Morales, bajo el Folio número 77247 de techa 22 de marzo de2007.

b) Que cuenta con las más amplias facultades en carácter de SocioAdministrador, mismas que acredita en términos de la misma EscrituraPública a la que se ha hecho referencia en el inciso inmediato anterior.Que su representada se encuentra debidamente inscrita ante el Servicio deAdministración Tributaria, adscrito a la Secretaria de Hacienda y CréditoPúblico, con Registro Federal de Contribuyentes número S1A070307R74, ycon domicilio en: Calle Peyote No. 71 101 Unidad Habitacional lztacalcoINFONAVIT, Delegación lztacalco, C.P. 08900, en la Ciudad de MéxicoDistrito Federal.

Que basado en las declaraciones de "LA PRESTADORA DE SERVICIOS",tiene especial ¡nterés en celebrar el presente Contrato de Prestación deServicios sujetándose en consecuencia a los términos y condiciones en élconsignados.

..LAS PARTES" DECLARAN:

a) Que se reconocenuna de ellas.

t) / b) Que cuentan con laU ,, contratar y obligarselY / especftcan.t-/ /

e)

a)

c)

d)

ilt.

mutuamente la personalidad que ostenta cada

capacidad jurídica y económica suficiente paraen los términos que en el presente contrato se

y' Vistas las anteriores declaraciones, las partes convienen en otorgar las siguient

Case 5:12-cv-00920-VAP-DTB Document 1-1 Filed 06/07/12 Page 10 of 34 Page ID #:57

PRIMERA.

SEGUNDA.

CLÁUSULAS:

OBJETO DEL CONTRATO. Por virtud de la celebración del presentecontrato, 'EL CLIENTE" contrata con "LA PRESTADORA DESERVICIOS', durante la vigencia de este Contrato, los Servicios deDesarrollo de Promoción Y Difusión en Medios Masivos deComunicación. tales como de manera enunciativa más no limitativapod¡án ser. tiempo aire de televisión: espectaculares: impresos:medlos e/ecfrónlcos; rnúernef; v de más existentes o relacionados:servicios a los cuales en lo sucesivo se les denominaráindistintamente como "LOS SERVICIOS", cuyas especificaciones ydescripciones serán establecidos de común acuerdo con "ELCLIENTE", y se precisarán en las órdenes de compra que "ELCLIENTE' le presentará a "LA PRESTADORA DE SERVICIOS" yque serán agregadas, de tiempo en tiempo, al presente ¡nstrumentoformando parte integral del mismo.

Para efectos de lo anterior, las partes convienen en que "LOSSERVICIOS", estarán sujetos a un presupuesto de $15'000,000.00(QU|NCE MTLLONES DE DÓLARES OO/100, MONEDA DE CURSOcoRRtENTE EN LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉR|CA tU.S. Cyl).

ÓRognes DE coMPRA. Todas las órdenes de compra que "ELCLIENTE" presente a "LA PRESTADORA DE SERVICIOS" paraefectos de la contratación de "LOS SERVICIOS", estarán sujetas alos términos y condiciones del presente contrato, aún en el caso deque en ellas no se mencione que forman parte del mismo. De talmanera que estas son enunciativas mas no limitativas, debiendo "LAPRESTADORA DE SERVICIOS" cumplir con todas las obligacionesaquí pactadas como si el Contrato se hubiese celebradoexclusivamente para cada ORDEN DE COMPRA, con el objeto de atoda costa cumplir con los fines trazados por "EL CLIENTE'.

Queda entendido y convenido que "LA PRESTADORA DESERVICIOS" no está autorizada para realizar servicios diferentes ofuera de los específicamente conven¡dos, salvo que éstos seanconsecuencia de alguna orden de compra complementaria a laprestación de los originalmente encomendados, orden que deberáformular por escrito 'EL CLIENTE', la que en su caso se sujetará a loestipulado en este instrumento. §

TERCERA.tl /thl,/ /

PRECIO Y DEPÓSITO. El precio de "LOS SERVICIOS" que se vayan fcontratando por virtud de la celebración del presente contrato, deberfifrde ser precisamente identificado en concepto e importe en todas /] 'lcada una de las ORDENES DE COMPRA que señala la cláusula -inmediata anterior, y deberá de ser pactado conforme al presupuesto

3

Case 5:12-cv-00920-VAP-DTB Document 1-1 Filed 06/07/12 Page 11 of 34 Page ID #:58

señalado en la cláusula pr¡mera del presente contrato, por lo que entodo caso el precio que hubiere sido señalado no podrá sermodificado ya que éste se basará en la cotización que para cadacaso deberá presentar "LA PRESTADORA DE SERVICIOS" a "ELCLIENTE" para efectos de la formulación de las mencionadasORDENES DE COMPRA.

En virtud de lo anterior, "EL CLIENTE'se compromete a proporcionara "LA PRESTADORA DE SERVICIOS', a más tardar dentro de loscinco días hábiles siguientes a la firma del presente contrato, y contrala entrega de la o las facturas correspond ientes, mediantetransferencia electrónica a la cuenta que para tales efectos seaseñalada por "LA PRESTADORA DE SERVICIOS", la cantidad de$15',000,000.00 (ourNcE MTLLoNES DE DOLARES 00/100,MONEDA EN CURSO CORRIENTE EN LOS ESTADOS UNIDOSDE AMERICA tU.S. CV]), que ha sido fijada como presupuesto entérminos de la cláusula primera del presente contrato, a efecto deque con dichos recursos se vayan liquidando por su parte, de vez envez, las ORDENES DE COMPRA que sean autorizadas en términosde la cláusula segunda que antecede.

Cuando por instrucción de "EL CLIENTE" se presten serviciosdiferentes o adicionales a los ordenados, y esto provoquemodificación en el precio o en el presupuesto antes mencionado, "ELCLIENTE' deberá emitir una orden de compra complementaria queestará sujeta al pago, incluso adicional del presupuesto, por parte de"EL CLIENTE" en los términos y condic¡ones de éste Contrato.

CONDICIONES DE PAGO. En cada una de las órdenes de compraque "EL CLIENTE' realice a "LA PRESTADORA DE SERVICIOS" seespecificarán las condiciones de pago que le serán aplicables.

Para efectos de lo anterior, "EL CLIENTE" instruye aPRESTADORA DE SERVICIOS", para que una vez que autorice

,LAlas

CUARTA.

vORDENES DE COMPRA, disponga de los recursos que reciba entérminos de la cláusula que antecede, y que resulten necesarios para \realizar los pagos correspond ientes a todas y cada una de las o. )ORDENES DE COMPRA que sean debidamente autorizadas por \parte de "EL CLIENTE'. \\§Para cada uno de "LOS SERVICIOS', "LA PRESTADORA DE \SERVICIOS' entregará a "EL CLIENTE" una factura que cubra el )total de los mismos, la cual deberá reunir todos los requisitos fiscale§-- 1que conforme a derecho procedan. q

Case 5:12-cv-00920-VAP-DTB Document 1-1 Filed 06/07/12 Page 12 of 34 Page ID #:59

OUINTA.

SEXTA.

SÉPTIMA.

OCTAVA.

EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS. "LOS SERVICIOS'' CONtTAtAdOSdeberán ser realizados por "LA PRESATDORA DE SERVICIOS" deconformidad con lo establecido en la ORDEN DE COMPMcorrespondiente y en la fecha(s) u horario(s) que en ella aparezcan: obien, a través de un programa que elaborarán y suscribirán "LASPARTES" en caso de ser necesario, el cual en todo caso habrá deagregarse al presente contrato como parte integrante del mismo.

DOMTCTLTO PARA LA PRESTACTÓN DE LOS SERV|C|OS. Er(ros)domicilio(s) en el(los) cual(es) deberá llevarse a cabo la prestaciónde "LOS SERVICIOS" que se contratan será el que se señale en laorden de compra respectiva; o bien, en el programa correspond iente.

REPOSICIONES. Cuando'LOS SERVICIOS" objeto de este contratono se hayan ejecutado de acuerdo con las especificacionesconvenidas en las ORDENES DE COMPRA, "EL CLIENTE'ordenará, a su costa, la reposición o reparación de los mismos, sinque por esto cause ampliación alguna en el presupuesto pactado, enel precio total, o en el tiempo para la ejecución.

La reposición de "LOS SERVICIOS' podrá hacerlo, a criterio de "ELCLIENTE" otra persona o empresa diferente a "LA PRESTADORADE SERVICIOS", cuando en un plazo de 10 días hábiles no lo hayahecho "LA PRESTADORA DE SERVICIOS". El costo de estos serácon cargo a éste último y, en su caso, le serán descontados de lospagos que estén pendientes o de los que debieran corresponderlepor tal concepto. Lo anterior sin perjuicio de que sea causa derecisión del contrato obligándose LA PRESTADORA DE SERVICIOSa cubrir a EL CLIENTE los daños y perjuicios ocasionados inclusiveconsecuenciales que por tal concepto pueda haber causado, asícomo el daño moral.

GARANTíA DE LOS SERVICIOS. Para el caso especifico deproducción de materiales para punto de venta "LA PRESTADORADE SERV|C|OS" otorga a "EL CLIENTE" una garantía de 2 meses enla mano de obra empleada, a partir de la fecha del acta de recepciónde servicios, por lo que éste se responsabiliza ante "EL CLIENTE" dela reparación de cualquier daño o descompostura que presenten'LOS SERVICIOS", dentro de ese término, como consecuencia dedeficiencias en la calidad de la mano de obra utilizada.

En el caso de que "LA PRESTADORA DE SERVICIOS" no realice las Ireparaciones de los daños o descomposturas presentadas, "EL'. /CLIENTE" podrá contratar con un tercero la realización de lapihmismas, en cuyo caso "LA PRESTADORA DE SERVICIOS" deberV 'Jreembolsar a "EL CLIENTE" las cantidades que haya erogado portales conceptos.

/./l./w

Case 5:12-cv-00920-VAP-DTB Document 1-1 Filed 06/07/12 Page 13 of 34 Page ID #:60

NOVENA. FIANZA. Para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones asu cargo, 'LA PRESTADORA DE SERVICIOS" deberá contratar, conuna institución legalmente autorizada para ello, una fianza a favor de'EL CLIENTE" por . la cantidad de $15'000,000.00 (QUINCEMILLONES DE DOLARES OO/100, MONEDA DE CURSOCORRIENTE EN LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA [U,S. CY]),fianza que deberá estar vigente en todo momento.

Denho del texto de la póliza de Íianza, se deberá establecerlosiguiente:

a) Que se otorga en los términos del presente contrato;

b) Que se otorga para garantizar, hasta por $15'000,000.00(QU|NCE MTLLONES DE DOLARES 00/100, MONEDA DECURSO CORRIENTE EN LOS ESTADOS UNIDOS DEAMÉRICA tU.S. Cyl) la correcta inversión del anticipo y/o ladevolución del mismo, rescisión del presente contrato ocancelación de dicha orden de compra, así como el cumplimientode todas las obligaciones acargo de'EL PRESTADOR DE SERVICIOS".

c) Que estará vigente hasta treinta (30) días hábiles después de quetermine el último período de garantía de los servicios prestados,el cual es de tres meses a partir de la fecha del acta de recepciónde servicios; y

d) Que sólo podrá ser cancelada previa autorización otorgada porescrito por la empresa

Dicha fianza será otorgada a "EL CLIENTE", preferentemente,dentro de los 30 días hábiles siguientes a la celebración delpresente contrato, sin embargo "LA PRESTADORA DESERVICIOS" podrá exhibir a "EL CLIENTE" la fianza que refiere lapresente cláusula en cualquier momento que el presente contratose encuentre vigente.

DÉctMA. ACTA DE REcEPclÓN DE sERvlclos. cuando hayan\

concluido totalmente "LOS SERVICIOS" objeto de este contrato, 'EL \CLIENTE' levantará el acta de recepción correspondiente. Si "EL \L, ciieÑre" encuenha defectos o que "LoS SERülcloS' no hayan §

V sido ejecutados conforme a las especificaciones convenidas, dará un \L / plazo de 10 días hábiles a "LA PRESTADORA DE SERVICIOS" para // que corrija dichos defectos, y se suspenderá la recepción final t'asts\l

/ que haYan sido subsanados. y\

Case 5:12-cv-00920-VAP-DTB Document 1-1 Filed 06/07/12 Page 14 of 34 Page ID #:61

DÉCIMA PRIMERA. INTERESES. Exclusivamente por el retraso en laprestac¡ón de 'LOS SERVICIOS" que se contratan, 'LAPRESTADORA DE SERVIVCIOS" se obliga a pagar a "EL CLIENTE"del .5% diario del precio total de la orden de compra a la quecorresponda la prestación retrasada, durante los primeros tres d íasde retraso; a partir del cuarto día pagará el 2.5o/o diario; y a partir delsexto día pagará el 7.5o4 diario hasta llegar a un máximo del 25% delvalor total.

En el caso de que hayan sido prestados en el término y horariosestablecidos ya sea en el programa o en la orden correspondiente el50% (CINCUENTA POR CIENTO) o más de'LOS SERVICIOS", ysólo sea el resto el que este afectado por el retraso, las penalidadesestablecidas en el párrafo anterior se aplicarán sobre el número,porcentaje, días u horas faltantes, según corresponda.

Para el cálculo de estas penalidades, se utilizarán los precios totalesestablecidos en la orden de compra a la que le corresponda laprestación de "LOS SERVICIOS" atrasada, o en su defecto, losestablecidos en la cotización emitida por "LA PRESTADORA DESERVICIOS'.

DÉCIMA SEGUNDA. RESCISIÓN. Será causa de rescisión del presentecontrato el que cualesquiera de la partes haya declarado en falsedady/o incumpla de manera precisa y exacta a las cláusulas que integranel presente contrato sin mediar declaración judicial.

DÉCIMA TERCERA. CONFIDENCIALIDAD. 'LA PRESTADORA DESERVICIOS' reconoce que todo tipo de información, consulta odocumentación proporcionada por parte de "EL CLIENTE", o creadapor "LA PRESTADOM DE SERVICIOS", con base en la informacióno documentac¡ón proporcionada por "EL CLIENTE' para elcumplimiento de este contrato, durante o después de 5 (cinco) añosde haber terminado el presente contrato, será considerada comoconfidencial, por lo que "LA PRESTADORA DE SERVICIOS" larecibe y/o crea en ésos términos y únicamente podrá ser utilizada por"LA PRESTADORA DE SERVICIOS", para efectos de este contrato,siendo esta de la exclusiva propiedad de la empresa.

vN\-

Ningún tipo de información o documentación proporcionada a "LA §PRESTADORA DE SERVICIOS" incluida pero no limitada a los -r\términos del presente contrato, podrá ser revelada total q Iparcialmente por "LA PRESTADORA DE SERVICIOS' fiYtrabajadores del mismo, ya sean empleados o cualquier olr{) I

persona.

Case 5:12-cv-00920-VAP-DTB Document 1-1 Filed 06/07/12 Page 15 of 34 Page ID #:62

Ambas partes reconocen y acuerdan que el revelar o utilizar sinautorización previa este tipo de información o documentación puedeocasionar daños irreparables o perjuicios, por lo tanto, "LAPRESTADORA DE SERVICIOS" acepta y se obliga en no divulgarbajo ninguna forma, verbal o escrita, ni circunstancia, ningunainformación o documentación proporcionada para la prestación de"LOS SERVICIOS" señalados en la cláusula PRIMERA del presentecontrato, de lo contrario, indemnizará a "EL CLIENTE" por los dañosy perjuicios, pudiendo esta última hacer efectiva la fianza establecidaen la cláusula octava de este Contrato.

lndependientemente del cumplimiento o no de este contrato,inclusive, cuando se dé por rescindido o terminado en formaanticipada, esta cláusula estará vigente por 5 (cinco) años a partir dela fecha de terminación de este instrumento.

DÉCIMA CUARTA. DEVOLUCIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN. "LAPRESTADORA DE SERVICIOS" acepta y se obliga devolver a "ELCLIENTE" todos y cada uno de los documentos que esta última lehaya entregado, incluyendo toda la documentac¡ón que haya creado"LA PRESTADORA DE SERVICIOS" para ejecutar 'LOSSERVICIOS', quedando debidamente establecido que toda ladocumentación que entregue 'EL CLIENTE" o realice 'LAPRESTADORA DE SERVICIOS" generadaque se contratan será ProPiedad

porde

,LOS SERVICIOS'"EL CLIENTE".

// u

V)/

DÉCIMA QUINTA. RESPONSABILIDAD LABORAL. POT SET "LA PRESTADOMDE SERVICIOS" una persona moral que cuenta con la capacidad,preparación, e infraestructura suficientes para el cumplimiento delobjeto de este instrumento y dedicada habitualmente a la prestaciónde servicios de toda clase de promoción de ventas, espectáculos,eventos, creatividad en campañas publicitarias y promociónales.'LAS PARTES" aceptan que la única relación jurídica existente entreellas, derivada del presente contrato, será meramente mercantil, porlo que no se establecerá ninguna relación laboral entre él y "ELCLIENTE', por lo que en caso de que ¡nterponga cualquierreclamación en contra de ésta por supuestos incumplimientospatronales, se obliga a indemnizarla por todos aquellos gastos en losque incurra en su defensa, incluyendo, de manera enunciativa másno limitativa, honorarios de abogados y peritos e indemnizacioneslaborales.

Asimismo, "LA PRESTADORA DE SERVICIOS" serácomo único empleador del personal que le asista en la ejecución delos Servicios y que no sean empleados de "EL CLIENTE', por lo queserá responsable del cumplimiento de cualquier.obligación patronal, y

Case 5:12-cv-00920-VAP-DTB Document 1-1 Filed 06/07/12 Page 16 of 34 Page ID #:63

deberá sacar en paz y a salvo a "EL CLIENTE" de cualquierdemanda o reclamación instaurada en su contra por cualquiera dedicho personal como consecuencia de su incumplimiento. Laresponsabilidad que "LA PRESTADORA DE SERVICIOS" asume enla presente cláusula incluye la de rembolsar a "EL CLIENTE" losgastos en que hayan incurrido como consecuencia de las demandaso reclamaciones antes mencionadas, incluyendo lo honorariosprofesionales de abogados y peritos.

DÉCIMA SEXTA. CESIÓN Y/O SUBCONTRATACIÓN. Queda entendtdo por'LAS PARTES" que "LA PRESTADORA DE SERVICIOS"' podrásubcontratar o ceder 'LOS SERVICIOS" aquí estipulados, m¡smosque se está obligado a prestar.

DÉCIMA SEPTIMA. CAUSAS DE RESCISIÓN. La viotación por "LAPRESTADORA DE SERVICIOS" de cualquier cláusula consignadaen este contrato dará derecho a "EL CLIENTE" de reclamar sucumplimiento o de rescindirlo, bastando para ello que "EL CLIENTE'de av¡so a "LA PRESTADORA DE SERVICIOS" por escrito con 5(cinco) días de anticipación. En caso de rescisión del presentecontrato, 'EL CLIENTE'tendrá derecho a contratar con un tercero laprestación de "LOS SERVICIOS' pendientes a ejecutar, o bien aejecutarlos directamente, reteniéndole a "LA PRESTADORA DESERVICIOS" los pagos que se encuentren pendientes, por conceptode daños y perjuicios.Lo anterior, sin perjuicio del derecho que tiene "EL CLIENTE" dehacer efectiva la fianza que se menciona en la cláusula novena deeste contrato.

DÉCIMA OCTAVA. MODIFICACIÓN AL CONTRATO. "LAS PARTES" convienenque cualquier modif¡cación a los términos de este contrato se deberáhacer por escrito, anexándose a éste para formar parte integrante delmismo, previa firma de las partes.

DÉCIMA NOVENA. NO COMPROMISO. La celebración del presente Contrato noimplica que 'EL CLIENTE" tenga el compromiso de adquirir con "LAPRESTADOM DE SERVICIOS" un cierto número de "LOSSERVICIOS", ni que las ORDENES DE COMPRA tengan que sercolocadas con cierta periodicidad. Por el contrario, las partesconvienen que "EL CLIENTE' tendrá la libertad de adquirir la ¡\prestación de dichos servicios con "LA PRESTADORA DE \a\Eat\ rt¡.at/'ron ^. .^-.t^ ^. .^ -^^^^:,J^¡^^ ^^t t^ -^-. .:^-^ ^^.^^ J.SERVICIOS" cuando sus necesidades así lo requieran, y que esto§ 1lserán contratados con la periodicidad que "EL CLIENTE" juzguflTconveniente, no estando facultado 'LA PRESTADORA qE y\SERVICIOS' para exigir a "EL CLIENTE" que incremente el númefo/ \

Case 5:12-cv-00920-VAP-DTB Document 1-1 Filed 06/07/12 Page 17 of 34 Page ID #:64

de "LOS SERVICIOS' o la periodicidad de las órdenes de compra.

VIGÉSIMA EXCLUSIVIDAD. Las partes convienen que la celebración delpresente Contrato implica un compromiso de exclusividad paraLA PRESTADORA DE SERVICIOS, por lo que no podrá celebrarcualquier contrato o instrumento similar con terceras personas,incluso para la prestación de servicios del mismo tipo de los que sonobjeto de este instrumento, siendo de absoluta exclusividad para ElCLIENTE.

VIGÉSIMA PRIMERA VIGENCIA. El presente Contrato tendrá una vigencia dedoce meses contados a partir de la fecha de firma, pudiendo darsepor terminado anticipadamente por la empresa, previa notificaciónpor escrito a la contraparte con treinta días hábiles de anticipación ala fecha de terminación.

En caso de que en la fecha de terminación del Contrato ya sea porvencimiento del plazo acordado o por terminación anticipada, aúnestén pendientes de ser concluidos 'LOS SERVICIOS" de cualquierade las ORDENES DE COMPRA, sus términos y condiciones,incluidos los establecidos en las cláusulas CUARTA, QUINTA,SEXTA, SÉprMA, OCTAVA, NOVENA, DÉC|MA y DÉC|MAPRIMERA, subsistirán para "LOS SERVICIOS" pendientes porconcluir.

VIGÉSIMA SEGUNDA.- DOMICILIOS. Las partes señalan como sus domiciliosconvencionales para todo lo relacionado con el presente contrato, losseñalados en el capítulo de declaraciones del mismo;comprometiéndose a notificarse por escrito con acuse de recibocualquier cambio de domicilio, so pena de que las notificaciones quese realicen en los originalmente señalados surtan plenos efectoslegales.

VIGÉSIMA TERCERA.- JURISDICCIÓN. Las partes aceptan someterse para lainterpretación y controversia del presente Contrato, a la jurisdicciónde los Tribunales y Vigencia de las Leyes de la Ciudad de México,Distrito Federal, renunciando a cualquier otro fuero que pudieracorresponderles con motivo de sus domicilios presentes y futuros, opor cualquier otro concepto.

\§\\r.;\\%.r-/m

10

Case 5:12-cv-00920-VAP-DTB Document 1-1 Filed 06/07/12 Page 18 of 34 Page ID #:65

Enteradas las partes del contenido y fuerza legalconteniendo clausulas contrarias a la moral yquintuplicado de conformidad en México D. E. a los2012.

del presente Contrato, y noal derecho lo firman por6 días del mes de enero de

JOSÉ AOUINO también llamadoJOSÉ LU|S PONCE DE AQUINO y

FRANCISCO JAVIER TORRES

SERVICIOS INTEGRALES ALSECTOR AGROPECUARIO, S.C.

Representada por:ALEJANDRO RAMIREZ GONZALEZ

)/.,/H]JA É TIáunS DE CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOSCELEBRADO CON FECHA 6 DE ENERO DE 2012, ENTRE INTELIMEDIA, S.A.DE C.V., "LA PRESTADORA DE SERVICIOS", REPRESENTADACONJUNTAMENTE POR SU REPRESENTANTE LEGAL, EL SEÑOR JOSE LUISPONCE DE AQUINO, QUIEN MANFIESTA QUE TAMBIÉN ACOSTUMBRA USAREL NOMBRE DE JOSÉ AQUINO; Y SU APODERADO LEGAL SEÑORFRANCISCO JAVIER TORRES GONZALEZ; Y POR LA EMPRESADENOMINADA SERVICIOS INTEGRALES AL SECTOR AGROPECUARIO S.C.,REPRESENTADA POR SU SOCIO ADMINISTRADOR EL SEÑOR ALEJANDRORAMíREZ GONáLEZ, COMO "EL CLIENTE".

RA DE SERVICIOS"

11

Case 5:12-cv-00920-VAP-DTB Document 1-1 Filed 06/07/12 Page 19 of 34 Page ID #:66

CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTEFRONTERA TELEVISION NETWORK LLP, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LEDENOMINARÁ "EL PRESTADOR" REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR LOSSEÑORES JOSE AQUINO, JOSE LUIS GUTIERREZ MIRANDA Y FRANCISCOJAVIER TORRES GONZALEZ EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL,Y APODERADOS RESPECTIVAMENTE, POR LA OTRA GM GLOBAL MEDIA SADE CV., Y JIRAMOS SA DE CV., A LAS QUE EN LO SUCESIVO SE LESDENOMINARÁ CONJUNTAMENTE COMO ..LA EMPRESA", REPRESENTADAEN ESTE ACTO POR LOS SEÑORES MARIO IGNACIO MORAN JIMENEZ, YALEJANDRO CARRILLO GARZA, AMBOS EN SU CARÁCTER DEAPODERADOS, A QUIENES CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ COMO"LAS PARTES", AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULASSIGUIENTES:

DECLARACIONES

Declara "EL PRESTADOR'por conducto de su Representante legalapoderados bajo protesta de decir verdad:

Que es una Sociedad const¡tuida conforme a las Leyes del Estado deNevada de los Estados Unidos de Norte América, mediante certificadode registro N'20110767429-69 de fecha 1012412011, otorgada ante lasecretaria de Estado de Nevada.

Que su objeto social le permite la celebración del presente contrato y quecuenta con la capacidad, preparación, e infraestructura, recursosmateriales, humanos así como la experiencia y conocim¡ento sufic¡entey necesarios para el cumplimiento del objeto de este instrumento.

Que su Representante Legal y apoderados cuentan con las facultadeslegales para obligarlos en los términos del presente Contrato, en virtud dela escritura a que se ha hecho menciÓn en el inciso que antecede yescritura No. 52866 de fecha 23 de Noviembre de 2011 ante el Lic.Ramiro E. Duarte Quijada titular de la notaria publica No. 10 delmunic¡pio de la Ciudad de Mexicali Edo de Baja California México,respectivamente, ¡nstrumentos que no les han s¡do revocados nilimitados en forma alguna.

Que el representante legal Señor Jose Aquino, declara estar en tráns¡topor esta ciudad y contar con legal estancia y dentro de sus actividadesestar facultado para suscribir el presente contrato.

Declara "LA EMPRESA' por conducto de sus apoderados y bajoprotesta de decir verdad:

A)

(

B)i'

D),/l

c)

[.

L-___e2-(.z'2r

Case 5:12-cv-00920-VAP-DTB Document 1-1 Filed 06/07/12 Page 20 of 34 Page ID #:67

PRIMERA.

SEGUNDA.

TERCERA.

CLAUSULAS

OBJETO DEL CONTRATO. "LA EMPRESA' contratará con "ELPRESTADOR', durante la vigencia de este Contrato, los servicios dedesarrollo de promociones, en lo sucesivo "LOS SERVICIOS", cuyasespecificaciones y descripciones se precisarán en las órdenes decompra que'LA EMPRESA" le fincará a "EL PRESTADOR" para cadauno de ellos, y que serán agregadas al presente ¡nstrumento comoAnexo No 1, formando parte ¡ntegrante del mismo.

ÓRoerufs DE coMPRA. Todas las órdenes de compra que "LAEMPRESA'le coloque a "EL PRESTADOR" durante la vigencia de esteContrato, y que conjunta o individualmente integran al Anexo N' l,estarán sujetas a los términos y condiciones en él establecidas, aún enel caso de que en ellas no se mencione que forman parte del mismoDe tal manera que estas son enunciat¡vas mas no l¡mitativas,

debiendo 'EL PRESTADOR" cumplir con todas las obligaciones aquípactadas como si el Contrato se hubiese celebrado exclusivamente paracada orden de servicio, con el objeto de a toda costa cumpl¡r con losf¡nes trazados por la emPresa

Queda entendido y convenido que "EL PRESTADOR" no está autor¡zadopara rcaliz servicios diferentes o fuera de los específicamenteconvenidos, salvo que éstos sean consecuencia de alguna orden decompra complementaria a la prestación de los originalmenteencomendados, orden que deberá formular por escrito "LA EMPRESA", laque en su caso se sujetará a lo estipulado en este ¡nstrumento.

PRECIO. El precio de cada uno de "LOS SERVICIOS" que seencomienden a "EL PRESTADOR" durante la vigencia del presentecontrato será el que aparezca en la orden de compra correspondiente yno podrá ser mod¡ficado ya que éste se basará en la cotización que paracada caso deberá presentar a "EL PRESTADOR", misma que se adjuntaa este instrumento como Anexo N'2, formando parte integrante de estedocumento.

Cuando por instrucción de "LA EMPRESA" se presten serv¡cios diferenteso adicionales a los ordenados, y esto provoque modificac¡ón en el precio,"LA EMPRESA" deberá emit¡r una orden de compra complementaria queestará sujeta a los términos y condiciones de éste Contrato.

CONDICIONES DE PAGO. En cada una de las Órdenes de compra que'LA EMPRESA" le coloque a "EL PRESTADOR" se especif¡carán lascondic¡ones de pago que le serán aplicables.

Para cada uno de "LOS SERVICIOS", "EL PRESTADOR" entregará a "LAEMPRESA" una factura que cubra el total de los mismos, la cual deberáreunir todos los requisitos fiscales que conforme a derecho procedan.

(

,flCUARTA.

Case 5:12-cv-00920-VAP-DTB Document 1-1 Filed 06/07/12 Page 21 of 34 Page ID #:68

QUINTA.

SEXTA.

SÉPTIMA.

OCTAVA.

EJECUCIÓN DE LOS SERVIGIOS. "LOS SERVICIOS" CONITAIAdOS

deberán ser realizados por "EL PRESTADOR" de conform¡dad con loestablecido en la orden de compra correspondiente y en la fecha(s) uhorario(s) que en ella aparezcan; o bien, a través de un programa queelaborarán "LAS PARTES" en caso de ser necesario, mismo que seadjunta al presente Contrato como Anexo 2. Dicho programa, deberá irfirmado por "LAS PARTES", siendo parte integrante de este instrumento.

DOMTC|L|O PARA LA PRESTACTÓN DE LOS SERVICIOS. El(los)dom¡cilio(s) en el(los) cual(es) deberá llevarse a cabo la prestación de'LOS SERVICIOS" que se contratan será el que se señale en la orden decompra respectiva, o bien, en el programa correspond¡ente.

REPOSICIONES. Cuando "LOS SERVICIOS" objeto de este contrato nose hayan ejecutado de acuerdo con las especificac¡ones convenidas, "LAEMPRESA" ordenará la reposición o reparación de los mismos por cuentade "EL PRESTADOR". sin que por esto cause ampliación alguna en elprecio total o en el tiempo para la ejecución. La reposic¡ón de "LOSSERVICIOS" podrá hacerlo otra persona o empresa diferente a "ELPRESTADOR", cuando en un plazo de l0 días hábiles y a ju¡c¡o de "LAEMPRESA" no lo haya hecho "EL PRESTADOR". El costo de estos serácon cargo a éste último y, en su caso, le serán descontados de los pagosque estén pendientes o de los que debieran corresponderle por talconcepto. Lo anterior sin perjuicio de que sea causa de recisión delcontrato obligándose el prestador a cubrir a la empresa los daños yperjuicios ocasionados inclusive consecuenciales que por tal conceptopueda haber causado a la empresa, así como el daño moral.

GARANTíA DE Los SERVICIOS. Para el caso especifico deproducción de matcriales para punto de venta "EL PRESTADOR'otorga a "LA EI\4PRESA" una garantía de 2 meses en la mano de obraempleada, a partir de la fecha del acta de recepc¡ón de servicios, por loque éste se responsabiliza ante "LA EMPRESA" de la reparación decualquier daño o descompostura que presenten "LOS SERVICIOS",dentro de ese térm¡no. como consecuencia de deficiencias en la calidadde la mano de obra Lriillzada.

En el caso de que 'Ei PRESTADOR" no realice las reparaciones de losdaños o descompos:uras presentadas, "LA EMPRESA" podrá contratarcon un tercero la realización de |as mismas, en cuyo caso "ELPRESTADOR" deberá reembolsar a "LA EMPRESA' las cantidades quehaya erogado por tales conceptos.

FIANZA. Paru garunlizat el cumplimiento de todas las obligaciones a sucargo, "EL PRESTADOR" deberá contratar, con una instituciónlegalmente autorizac: para ello, una fianza a favor de la empresa por lacantidad de $15,000.000 millones de Dólares Americanos (Quincem¡llones de dólares ¿rmericanos 00/100 Cy) que deberá estar vigente

hNOVENA.

Case 5:12-cv-00920-VAP-DTB Document 1-1 Filed 06/07/12 Page 22 of 34 Page ID #:69

hasta treinta (30) días hábiles después de que termine el Último períodode garantía de los servicios prestados, como se menciona en la cláusulaséptima de este Contrato.

Dentro del texto de la póliza de flanza, se deberá establecer lo slguiente:

a) Que se otorga en los términos del presente contrato;

b) Que se otorga para garantizar, hasta por $15,000.000 m¡llones dedólares americanos (quince millones de dólares americanos00/100 Cy.) del valor total de la orden de compra correspondiente,la correcta inversión del ant¡cipo y/o la devolución del mismo,rescisión del presente contrato o cancelac¡ón de dicha orden decompra, asi ccmo el cumplimiento de todas las obligac¡ones acargo de "EL PRESTADOR";

c) Que estará vigente hasta treinta (30) días háb¡les después de quetermine el último período de garantía de los servicios prestados, elcual es de -3_ meses a partir de la fecha del acta de recepción deservic¡os; y

d) Que sólo poo,á ser cancelada previa autorización otorgada porescrito por la empresa

Dicha fianza será otorgada a "LA EMPRESA" dentro de los 5 días hábilessiguientes a la recepción de la orden de compra y previamente a laentrega del anticipo se menciona en la cláusula cuarta. a la fecha de firmadel presente contrato.

ACTA DE RECEPCIÓN DE SERVICIOS. Cuando hayan concluidototalmente "LOS SERVICIOS" objeto de este contrato, "LA EMPRESA"levantará el acta de recepción correspondiente. Si "LA EMPRESA'encuentra defectos o que "LOS SERVICIOS" no hayan sido ejecutadosconforme a las especificac¡ones conven¡das, dará un plazo de 10 díashábiles a "EL PRESTADOR" para que corrija dichos defectos, y sesuspenderá la recepcrón final hasta que hayan sido subsanados.

INTERESES. Excluslvamente por el retraso en la prestación de "LOSSERVICIOS" que se contratan, "EL PRESTADOR" se obl¡ga a pagar a"LA EMPRESA" del .5% diario del precio total de la orden de compra ala que corresponda la prestación retrasada, durante los primeros tresdÍas de retraso; a partir del cuarto día pagará el 2.50/0 diaúo', y a part¡rdel sexto día pagará el 7.50/o diario hasta llegar a un máximo del 25o/o

del valor total.

En el caso de que hayan sido prestados en el término y horariosestablecidos ya sea en el programa o en la orden correspondiente el50% (CINCUENTA POR CIENTO) o más de "LOS SERVICIOS", y sólo

(

DECIMA.

DÉCIMAPRIMERA.

Case 5:12-cv-00920-VAP-DTB Document 1-1 Filed 06/07/12 Page 23 of 34 Page ID #:70

DECIMASEGUNDA.

MATERCERA.

Seaelrestoelqueesteafectadoporelretraso,laspenalidades;:ü#J;;; en et p¿rrato anterior se aplicarán sobre el número'

iái"é.üt* oi". u hoias faltantes' según corresponda'

Para el cálculo de estas penalidades' se utilizarán.los preclos totales

;;1"",d;; en la orden J" tornp|"" a la que le corresponda. la

ñ:,;;ñ;J llos srRvtctos" atrasada' o en su defecto' los

lsiaolecidos en la cotización emitida por "EL PRESTADOR''

REClSloN.Seracausaderecisióndelpresentecontratoelque;;;;;;i;r, d" la partes hava declarado en falsedad v/o incumpla de

iir"n"ir'- lr".i.a y exacta á las clausulas que integran el presente

contrato sin mediar declaración judicial

CONFIDENCIALIDAD. "EL PRESTADOR" reconoce que todo tipo de

iJ"*uJ.. consulta o documentación proporcionada por parte de "LA

;úPáEaÁ' o creada pár'EL PRESTADOR"' con base en laintor*r"ion'o documentaciÓn proporcionada por "LA EMPRESA" para el

.r.pi*iá"t" de este contáto. durante o después de 5 (cinco) años de

ñá¡Jt t"tr¡nrdo el presente confato' será considerada como

ffi;;";i;i, p;; lo que'"EL PRESTADoR" la recibe-v/o crea en ésos

ierriná. y únicarnente podrá ser utilizada por "EL PRESTADOR"' para

efectos de este contrato, ii"náo "tt" de lá exclusiva propiedad de la

empresa.

Ningún tipo de informaciÓn o documentación proporcionada a "EL

PRESTADOR" incluida peio no limitada a los términos del presente

contrato, podrá ser r"uet'i' totál o parcialmente por. "EL PRESTADOR"

;ii;;;;j;¡"*. clel mismo, ya sean empleados o cualquier otra persona'

Ambas partes reconocen y acuerdan que el revelar o utilizar sin

;;i;.r;il frevia este iipt á" inrot"ciÓn o documentación puede

ocasionardañosirreparablesoperiuicios'porlotanto"'ELPRESTADOR" acepta y t" oOrig" en ño áivulgar bajo ninguna forma n¡

t¡'r.ri.ir..ir, nrjrn, ¡nforr".én o documentación proporcionada-para

ü ii"Jiá"iá" o" 'los seÁüñros" señalados en la cláusula PRIMERA

^^r ^róc6ñié .ñntrato Oe to contrario, indemnizará a "LA EMPRESA" poT

["J "üil"'; *¡',"]"iái-proi"ndo esta úttima hacer efectiva la fianza

e1-taotécioa'en Ia cláusula octava de este contrato'

lndependientemente del. cumplimiento o no de este contrato' inclusive'

cuando se ce por rescrnJiJá o terminado en forma ant¡cipada' esta

cláusula estará vigente pot-S ("¡n"o) años a partir de la fecha de

terminaciÓn de este instrumento'

Case 5:12-cv-00920-VAP-DTB Document 1-1 Filed 06/07/12 Page 24 of 34 Page ID #:71

DECIMACUARTA.

DÉCIMAQUINTA.

DÉCIMASEXTA.

DEVOLUCTÓN DE LA DOCUMENTACION. "EL PRESTADOR" aceptay se obliga devolver a "LA EMPRESA" todos y cada uno de losdocumentos que esta última le haya entregado, incluyendo toda ladocumentac¡ón que haya creado "EL PRESTADOR" para ejecutar "LOSSERVICIOS", quedando debidamente establecido que toda ladocumentación que entregue 'LA EMPRESA" o real¡ce 'ELPRESTADOR" generada por "LOS SERVICIOS' que se contratan serápropiedad de "LA EMPRESA".

RESPONSABILIDAD LABORAL. POT SET ,EL PRESTADOR,, UNApersona moral que cuenta con la capacidad, preparación, einfraestructura suf¡cientes para el cumplimiento del objeto de este¡nstrumento y dedicada hab¡tualmente a la prestación de servicios detoda clase de promoción de ventas, espectáculos, eventos, creatividaden campañas publicitarias y promocionales. "LAS PARTES' aceptanque la única relación juridica existente entre ellas, derivada del presentecontrato, será meramente mercantil, por lo que no se estableceráninguna relación laboral entre él y "LA EMPRESA', por lo que en casode que interponga cualquier reclamación en contra de ésta porsupuestos incumplimientos patronales, se obliga a indemnizarla portodos aquellos gastos en los que incurra en su defensa, incluyendo, demanera enunc¡ativa más no lim¡tativa, honorarios de abogados y peritose indemnizaciones laborales.

Asimismo,'EL PRESTADOR" seTá considerado como ún¡co empleadordel personal que le asista en la ejecución de los Serv¡cios y que no seanempleados de "LA EMPRESA", por Io que será responsable delcumplimiento de cualquier obl¡gación patronal, y deberá sacar en paz ya salvo a "LA EMPRESA" de cualquier demanda o reclamac¡ón¡nstaurada enconsecuencaa

contra por cualquiera de dicho personal comosu incumplimiento. La responsabilidad que "EL

PRESTADOR'asume en la presente cláusula incluye la de rembolsar a'LA EMPRESA" los gastos en que hayan incurrido como consecuenc¡ade las demandas o reclamaciones antes mencionadas, incluyendo lo

SUde

. honorarios profesionales de abogados y peritos.,á .t2

óTil,oSt DtqDF t)//t/t 'v- "' '-l'\- )

cESlÓN Y/o SUBCONTRAIA1IÓN// Queda entendido* por '.LASPARTES' que "EL PRESTADOR"(@ podrá subcontratar,¿dceder "LOSSERVICIOS" aqui estipulados, mi§los que se está obligando..a.pre;t;:o

DÉCIMASEPTIMA. CAUSAS DE RESCISIÓN. La violac¡Ón por "EL PRESTADOR'

cualquier cláusula consignada en este contrato dará derecho aEMPRESA" de reclamar su cumplimiento o de resc¡nd¡rlo, bastando paraello que "LA EMPRESA" de aviso a "EL PRESTADOR" poT escr¡to con 5(cinco) días de anticipación. En caso de rescisión del presente contrato,

de"LA

Case 5:12-cv-00920-VAP-DTB Document 1-1 Filed 06/07/12 Page 25 of 34 Page ID #:72

DECIMAOCTAVA.

DECIMANOVENA.

VIGESIMA.

UGÉSIMAPRIMERA.

"LA EMPRESA" tendrá derecho a contratar con un tercero la prestaciónde "LOS SERVICIOS' pendientes a ejecutar, o bien a e.¡ecutarlosdirectamente, reteniéndole a "EL PRESTADOR" los pagos que seencuentren pendientes, por concepto de daños y perju¡cios.

Lo anter¡or, sin perjuicio del derecho que tiene "LA EMPRESA" de hacerefect¡va la fianza que se menciona en la cláusula novena de este contrato'

MOD|FICACIÓN AL CONTRATO. -LAS PARTES', convienen quecualquier modificación a los términos de este contrato se deberá hacerpor escrito, anexándose a éste para formar parte integrante del mismo,previa firma de las Partes

NO COMPROMISO. La celebración del presente Contrato no implicaque "LA EMPRESA" tenga el compromiso de adquirir con "ELPRESTADOR" un cierto número de "LOS SERVICIOS", ni que lasórdenes de compra que integren el Anexo No 1 tengan que sercolocadas con cierta periodicidad. Por el contrar¡o, las partes convienenque "LA EMPRESA" tendrá la libertad de adquirir la prestación de dichosservicios con "EL PRESTADOR" cuando sus necesidades así lorequieran, y que estos serán contratados con la periodicidad que "LArnipRrsR; juzgue conveniente, no estando facultado 'ELPRESTADOR'; para exigir a "LA EMPRESA" que incremente el númerode "LOS SERVICIOS" o la periodicidad de las órdenes de compra.

NO EXCLUSIVIDAD. Las partes convienen que la celebración delpresente Confato no ¡mplica un compromiso de exclusividad, para laémpr"rr, por lo que podrá celebrar cualquier contrato o instrumentosimilar con terceras personas, incluso para la prestación de servicios delmismo tipo de los que son objeto de este instrumento, siendo deabsoluta exclusividad para el prestador

VIGENCIA. El presente Contrato tendrá una vigencia de 12 mesescontados a partir de la fecha de firma, pudiendo darse por terminadoanticipadamente por la empresa, previa notificación por escrito a lacontráparte con treinta días hábiles de antic¡pación a la fecha determinación.

En caso de que en la fecha de terminación del Contrato ya sea porvencimiento del plazo acordado o por terminación anticipada, atlln esténpendientes de ser concluidos "LOs SERVICIOS" de cualquiera de lasbrdenes de compra que integran el Anexo No 1, sus términos ycondiciones, incluidos los establecidos en las cláusulas CUARTA'óúlñiÁ, sixrA, sEprtMA, ocrAVA, NovENA, DÉclMA v DÉclMAPRIMERA, subs¡stirán para "LOS SERVICIOS" pendientes por conclu¡r'

Case 5:12-cv-00920-VAP-DTB Document 1-1 Filed 06/07/12 Page 26 of 34 Page ID #:73

VGÉSIMASEGUNDA, DOMICILIOS. Las partes señalan domicilio para todos

para recibir todo tipoefectos del presente asrnotif¡caciones los siguientes:

LA EMPRESA

GM GLOBAL MEDIA€.Juan Salvador Agraz No. 1

Col Sta. Fe. Cp.05109 México D.F.

JIRAMOS S.A. de C.V.

EL PRESTADOR

FRONTERA TELVISION NETWORK LLP

s¡guientes:

comocomo

losde

¡ ''/j^YIl-S?]99'.of ._!r_1q3rt1. r:"ptan someterse para ta interpretación y 2. ^ r ,controversia del presente Contrato, a la jur¡sdicción de los Tribunales y ófqVigencia de las Leyes de la Ciudad de México, Distrito Federal,_5 vf

r ¿ro uü'renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles coñqr,re puurtrrct uur tEspoltoet tes con L v_motivo de sus domicilios presentes y futuros, o por cualquier otro Y Wl nt::j;:.l,,X."n.rrnoo-á"rd6 ahora cómo sus oomiciriJs"ffib, t;; ; d4;t

íi^r"o

Case 5:12-cv-00920-VAP-DTB Document 1-1 Filed 06/07/12 Page 27 of 34 Page ID #:74

MARIO IG CIO MORAN JIMENEZ

Jiramos S. A. de CV.ALEJANDRO CARRILLO GARZA

"EL PRESTADOR"

\_ \E \,\-,.J YFrontera Televisión Network LLP.JOSE LUIS GUTIERREZ MIRANDA

Enteradas las partes del contenido y fuerza legal del presente Contrato, y noconten¡endo clausulas contrarias a la moral y al derecho lo f¡rman por quintuplicadode conformidad en México D. F. a los 28 dÍas del mes de Nov¡embre de 201'1.

Frontera Tel

JOSE AQUI

Case 5:12-cv-00920-VAP-DTB Document 1-1 Filed 06/07/12 Page 28 of 34 Page ID #:75

1.-A) GM. GLOBAL MEDTA !A, DE CV. eue es una Sociedad Mercantitconstituida conforme a tas Leyes ,"r¡ünr", .áJ¡Jte escritura pB) púbrica No 632e7, oe re¡¡.a..0'er Já;il; FJ;;;ie 2010, otorsada

::::l¿J""H:Jotario púbrico N"4 deió;sñi;,Éei"l."r, Lic F;ripe

") 3::-^.,:"lll.-"^?l ]i. facuttades para obtigarta en tos términos det::"::i:"^:^"i:Io en-virtud oe ra estr¡tura á;;-."-;;;#; ;ilñ,:;en el ,inciso.que antecede, misma que no Ie ha sido revocada n¡limitada en forma alguna.

D) Que su objeto sociar re permite ra cerebración der presente contrato.2-A) JTRAMOS S.A DE CV.

ff::,:j"::. ::j:*i y"l-,ry constituida_c-on forme a ras reyesMexicanas mediante r, escrituá -ñJ'ló"'#' fr#r,= r,.,"riiAgosto det año 2o1o otoroada anre ta f; deiñoiário'[iorico so oeta municipatidad de Griadatajara J"t¡.;;' 'iii ''n""I#n c.."onHernandez.

L 2,9::"::n!^-::l^1.. facurtades para obtisarta en tos términosr t - a ét pÁ"' t; ; #;il":, ;;lio'::" j " :x""..?,'J?:'il, : i:T i"..#ff;I I p91ci9n en el inciso que antecede ,i.ri olü^" te he cirl¡rantecede m¡sma que no le ha s¡doL l¡mitada ni revocada en iorma atguna.

C) Que su objeto social le permite la celebración del presentecontrato.

iltLas Partes que en este contrato intervienen se reconocensu personatidad para obtigartas en terminás ;; ñ;'"-"contrato siendo su deseoiontratar

"o" ,iEi pÁeiiioon"

durante la vigencia del presente contrato I"; ,;il.;;'desarrollo de promoc¡ones cuyas especif¡caciones y:I1.1?: d".gii?crones aparecerán en ta(s) or¿enfeJl aecompra que "LA EMPRESA'le cclocará a',,E1 '--, --PRE.STADOR' para cada serv¡cio, y l;s ;"t"s se señalanen el anexo marcado con el numero r qre nrrroo oáiiJ.'partes se agrega at apéndice oel presente i;.ñ;;ü;"que deberá formar parte integral áel ,irro. -' - '-"'-,

{l

ir

fi

t,!,l:1;l*

ri

Case 5:12-cv-00920-VAP-DTB Document 1-1 Filed 06/07/12 Page 29 of 34 Page ID #:76

VIGESIMAéL-eÑon. DoMlclllos Las partes señalan''

efectos del presente confato asínotifi cac¡ones los siguientes:

LA EMPRESA

GM GLOBAL MEDIA S. A de C V'Juan Salvador Agraz No 40-401Col Sta. Fe CP O5l09 México D F'

comocomo

domicilio Para todospara recibir todo tipo

losde

EL PRESTADOR

FRONTERA TELVISION NETWORK LLP.

J U Rls Dlc c I Ó N. I-asiáés aceptan :oTeler.:e P9 1", lt"itf :::P: I*flil"ff ;!"J;',J."":i¿'¿iíüi;:;l;ü;Éió;oetos-r-riuunatZiJ_>orv,l.v;;;;; -ó'tas

Leves de la ciudad de México' Dil

;ffiffi.i; .-.r"lqii", ot'o'i'ero que pudiera corresponderles con 3 t ?'"1"ffi;U:; domicilios.piesentes v futuros' " p"l ,?i:UL"[: q* *';;;;;, senatanoo desde ahora como sus domicilic

siguientes: arrur¿r uer¡rv

L+4u, »<-l

o.z

Case 5:12-cv-00920-VAP-DTB Document 1-1 Filed 06/07/12 Page 30 of 34 Page ID #:77

CONVENIO DE TERMINACION DE SERVICIOS PROFESIONALES QUECELEBRAN POR UNA PARTE FRONTERA TELEVISION NETWORK LLP, AQUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL PRESTADOR"REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR LOS SEÑORES JOSE AQUINO, JOSELUIS GUTIERREZ MIRANDA Y FRANCISCO JAVIER TORRES GONZALEZ EN

SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL, Y APODERADOSRESPECTIVAMENTE, POR LA OTRA GM GLOBAL MEDIA SA DE CV., YJIRAMOS SA DE CV., A LAS QUE EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁCONJUNTAMENTE COMO "LA EMPRESA", REPRESENTADA EN ESTE

ACTO POR LOS SEÑORES MARIO IGNACIO MORAN JIMENEZ, YALEJANDRO CARRILLO GARZA, AMBOS EN SU CARÁCTER DE

APODERADOS, A QUIENES CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁCOMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LAS CLÁUSULAS SIGUIENTES:

CLAUSULAS

l.- A través del presente convenio en este acto las partes acuerdan el

dar por teminado el contrato de prestación de servic¡os profesionales

celebrado con fecha 28 de noviembre de 2011 por así convenir a sus

intereses.

2.- Dicha terminación del menc¡onado contrato no generará

responsabilidad n¡ obl¡gación alguna entre las partes, liberándose en

este acto de la reclamac¡ón presente y futura de carácter económico y

legal.

3.- Para efectos de lo anterior se adjunta como anexo A, el citado

contrato de fecha 28 de noviembre del 2011, a efecto de evitar

confusión.

Leído por los presentes y conparec¡entes y aperc¡bidos de su contenido

y iuetza legal, lo fiman en la ciudad de méx¡co a los 6 días del mes de

diciembre de 20'lí .

Case 5:12-cv-00920-VAP-DTB Document 1-1 Filed 06/07/12 Page 31 of 34 Page ID #:78

Para efectos del cumpl¡miento y ejecución del presente convenio, las

partes se someten a la jur¡sdicc¡ón y competencia de los tribunales de la

c¡udad de méx¡co, distrito federal y las leyes del estado de california.

Los abajo

MARIO IGNACIO MORAN ]IMENEZ

ALEJANDRO CARRILLO GARZA SADA

JOSE LUIS GUTÍ ERREZ MI

Frontera T LLP.GONZALEZ

GM Global S.A. de CV.

famos S. A. de CV.

Frontera Televisión Network LLP.

Fráítera TJOSE AQUINO.

Case 5:12-cv-00920-VAP-DTB Document 1-1 Filed 06/07/12 Page 32 of 34 Page ID #:79

CONVENIO DE TERMINACION DE SERVICIOS PROFESIONALES QUE

CELEBRAN POR UNA PARTE FRONTERA TELEVISION NETWORK LLP, A

QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOII'TINARÁ "EL PRESTADOR"

REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR LOS SEÑORES JOSE AQUINO, JOSE

LUIS GUTIERREZ MIRANDA Y FRANCISCO JAVIER TORRES GONZALEZ EN

SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL, Y APODERADOS

RESPECTIVAMENTE, POR LA OTRA GM GLOBAL MEDIA SA DE CV., Y

JIRAMOS SA DE CV., A LAS QUE EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ

CONJUNTAMENTE COMO "LA EMPRESA", REPRESENTADA EN ESTE

ACTO POR LOS SEÑORES MARIO IGNACIO MORAN JIMENEZ, Y

ALEJANDRO CARRILLO GARZA, AMBOS EN SU CARÁCTER DE

APODERADOS, A QUIENES CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ

COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LAS CLÁUSULAS SIGUIENTES:

CLAUSULAS

1.- A través del presente convenio en este acto

dar por teminado el contrato de prestac¡ón de

celebrado con fecha 28 de nov¡embre de 2011

intereses.

las partes acuerdan el

servicios profes¡onales

por así convenir a sus

2.- Dicha terminación del mencionado contrato no generará

responsabil¡dad ni obligación alguna entre las partes, liberándose en

este acto de la reclamac¡ón presente y futura de carácter económico y

legal.

3.- Para efectos de lo anter¡or se adrunta como anexo A, el citado

contrato de fecha 28 de noviembre del 2011, a efecto de evitar

confusión.

Leído por los presentes y conparecientes y apercibidos de su contenido

y luerza legal, lo firman en la ciudad de méxico a los 6 días del mes de

diciembre de 2011.

(

Case 5:12-cv-00920-VAP-DTB Document 1-1 Filed 06/07/12 Page 33 of 34 Page ID #:80

Para efectos del cumplimiento y ejecución del presente convenio' las

partes se someten a la jurisdicción y competencia de los tribunales de la

ciudad de méxico, distrito federal y las leyes del estado de california'

Los aba¡o

obal S.A. de CV.IGNACIO MORAN JIMENEZ

ós S. A. de CV.ANDRO CARRILLO GARZA SADA

(.- " -::.-rlq '

Frontera Televisión Network LLP'

JOSE LUIS GUTIERREZ MIRANDA

Frontera T LLP.

FRANCISCO IA GONZALEZ

Frontera Network LLP.

JOSE AQUINO.

Case 5:12-cv-00920-VAP-DTB Document 1-1 Filed 06/07/12 Page 34 of 34 Page ID #:81