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1 LICITACIÓN ABREVIADA No. 2012LA-000084-UADQ "Solución llave en mano para la implementación del sistema de almacenamiento Institucional (Etapa 1)" En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos Nº 7, 8 y 9 de la Ley de la Contratación Administrativa y en los artículos Nº 9, 10 y 11 del Reglamento General de la Contratación Administrativa. RESULTANDO QUE, 1. Que la Unidad de Adquisiciones de la Oficina de Suministros recibe la solicitud No. Geco: 2012- 3859 del Centro de Informática. 2. De conformidad con lo que establecen los artículos 7 de la Ley de Contratación Administrativa y 8 del Reglamento de Contratación Administrativa, la unidad solicitante emite la solicitud indicada con su respectiva decisión inicial. CONSIDERANDO QUE, 1. Se estima esta contratación en la suma de ¢208.904.063,30 (doscientos ocho millones novecientos cuatro mil sesenta y tres colones con treinta céntimos. 2. Se dispone de contenido presupuestario aprobado por un monto de ¢208.904.063,30 (doscientos ocho millones novecientos cuatro mil sesenta y tres colones con treinta céntimos. 3. Que el requerimiento de la Unidad solicitante, resulta congruente con el Programa de Adquisiciones de la Institución, publicado por la Universidad de Costa Rica en la Gaceta No. 17 el día 24 de enero del año 2012. 4. Se cuenta con el recurso humano y la infraestructura administrativa suficiente para verificar el fiel cumplimiento del objeto de la contratación. POR TANTO Esta oficina dispone iniciar los trámites utilizando la modalidad de Licitación Abreviada, de conformidad con lo que establece el artículo 44 de la ley de Contratación Administrativa y el artículo 97 del Reglamento de la ley de Contratación Administrativa y a los límites de contratación establecidos por la Contraloría General de la República, publicados en el Diario Oficial La Gaceta No. 41 del 27 de febrero el 2012. Sabanilla de Montes de Oca, a los 08 días del mes de noviembre del 2012. MBA. Vanessa Jaubert Pazanni Jefe, Departamento de Adquisiciones

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LICITACIÓN ABREVIADA No. 2012LA-000084-UADQ "Solución llave en mano para la implementación

del sistema de almacenamiento Institucional (Etapa 1)"

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos Nº 7, 8 y 9 de la Ley de la Contratación Administrativa y en los artículos Nº 9, 10 y 11 del Reglamento General de la Contratación Administrativa.

RESULTANDO QUE,

1. Que la Unidad de Adquisiciones de la Oficina de Suministros recibe la solicitud No. Geco: 2012-

3859 del Centro de Informática. 2. De conformidad con lo que establecen los artículos 7 de la Ley de Contratación Administrativa y

8 del Reglamento de Contratación Administrativa, la unidad solicitante emite la solicitud indicada con su respectiva decisión inicial.

CONSIDERANDO QUE,

1. Se estima esta contratación en la suma de ¢208.904.063,30 (doscientos ocho millones

novecientos cuatro mil sesenta y tres colones con treinta céntimos. 2. Se dispone de contenido presupuestario aprobado por un monto de ¢208.904.063,30

(doscientos ocho millones novecientos cuatro mil sesenta y tres colones con treinta céntimos. 3. Que el requerimiento de la Unidad solicitante, resulta congruente con el Programa de

Adquisiciones de la Institución, publicado por la Universidad de Costa Rica en la Gaceta No. 17 el día 24 de enero del año 2012.

4. Se cuenta con el recurso humano y la infraestructura administrativa suficiente para verificar el fiel cumplimiento del objeto de la contratación.

POR TANTO

Esta oficina dispone iniciar los trámites utilizando la modalidad de Licitación Abreviada, de conformidad con lo que establece el artículo 44 de la ley de Contratación Administrativa y el artículo 97 del Reglamento de la ley de Contratación Administrativa y a los límites de contratación establecidos por la Contraloría General de la República, publicados en el Diario Oficial La Gaceta No. 41 del 27 de febrero el 2012.

Sabanilla de Montes de Oca, a los 08 días del mes de noviembre del 2012.

MBA. Vanessa Jaubert Pazanni Jefe, Departamento de Adquisiciones

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LICITACIÓN ABREVIADA No. 2012LA-000084-UADQ "Solución llave en mano para la implementación

del sistema de almacenamiento Institucional (Etapa 1)" LA OFICINA DE SUMINISTROS, RECIBIRÁ OFERTAS POR ESCRITO hasta las 10:00 horas del día martes 20 de noviembre del 2012, PARA LA CONTRATACIÓN INDICADA. Los interesados podrán obtener el cartel mediante las siguientes páginas de internet http://osum.ucr.ac.cr Modulo de Licitaciones. O bien podrán retirarlo en la Oficina de Suministros de la Universidad de Costa Rica, ubicada en Sabanilla de Montes de Oca , de las Instalaciones Deportivas 250 metros al este y 400 metros al norte. Los interesados en participar que adquieran el cartel por este medio, deberán enviar al fax: 2511-2981 los datos de la empresa, número telefónico, fax y el nombre de la persona a quien contactar en caso necesario, el incumplimiento de este requisito exonera a la Unidad de Adquisiciones la no comunicación de prórrogas, modificaciones o aclaraciones al concurso. Sabanilla de Montes de Oca, 08 de noviembre del 2012.

MBA. Vanessa Jaubert Pazanni

Jefe, Departamento de Adquisiciones.

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LICITACIÓN ABREVIADA No. 2012LA-000084-UADQ "Solución llave en mano para la implementación

del sistema de almacenamiento Institucional (Etapa 1)" La Oficina de Suministros, recibirá ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del día martes 20 de noviembre del 2012, para la contratación indicada. 1. Objetivo de la Contratación. Sustituir y optimizar el Sistema de Almacenamiento Institucional.

1.1. Objetivos específicos:

• Reemplazar el sistema de almacenamiento actual, para los servicios críticos.

• Instalar un sistema de almacenamiento de avanzada en los Centros de Datos Universitarios que permita crecimiento y redundancia.

• Implementar tecnología amigable con el ambiente, reduciendo el consumo eléctrico y disipación de calor de los equipos, con respecto los equipos actuales.

• Optimizar el consumo de espacio implementando tecnologías como “Thin Provisioning”.

• Mejorar el rendimiento del sistema de almacenamiento con que cuenta actualmente la Universidad, implementando nuevas tecnologías de discos como: manejo de “Storage Pool”, “Tier dinámicos” y expansión de cache.

2. Fiscalizador Técnico de la contratación:

Para la ejecución del objeto de contratación, la Universidad de Costa Rica designa al Centro de Informática como Fiscalizador Técnico. Una vez adjudicado el proceso se dará a conocer el nombre del Profesional responsable por parte del Centro de Informática.

3. Obligaciones de los oferentes:

3.1. Deberán presentar las ofertas en forma ordenada, separando la información legal, técnica y de precios en forma clara, además deberán presentarse en formato digital tipo PDF.

3.2. La empresa contratada no podrá ceder o transferir los derechos u obligaciones derivados del contrato, ni los términos y condiciones aplicables.

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4. Derechos y prerrogativas de la Universidad de Costa Rica:

Queda a criterio de la Universidad de Costa Rica durante el plazo de estudio de las ofertas, solicitar a los participantes las aclaraciones que se consideren necesarias.

5. Especificaciones Técnicas

Renglón Único: Solución llave en mano para la implementación del sistema de almacenamiento Institucional. El oferente debe entregar una solución llave en mano que cumpla con los diseños detallados en el documento “CI-ADR-P-004-2012 Diseño de recursos para el sistema de almacenamiento Institucional – Etapa 1-2012” y el mismo se debe alinear con el proyecto Institucional “988 Servicios de virtualización, hospedaje, procesamiento y almacenamiento Institucional” según documento “CI-ADR-P-002-2012 Diseño de recursos Proyecto 988 Servicios de hosting, virtualización y almacenamiento Institucional”, ambos documentos se adjuntan como anexos al cartel para una mayor claridad del objeto a contratar.

La solución diseñada en el Anexo 2 del presente cartel es para desarrollarse en un proyecto a cuatro años plazo, por lo tanto la solución ofertada deberá contar con la capacidad de cumplir con todos los requerimientos indicados en dicho documento, aunque no se entreguen en el momento todas las características técnicas solicitadas, debe ser posible integrarlas a la solución ofrecida.

Todos los requerimientos mínimos listados a continuación deben considerarse como implementados en esta primera etapa, deben ser funcionales e incluirse su licenciamiento en caso de ser necesario. Debe entregarse la ultima versión del hardware liberado y disponible para la venta por el fabricante a la fecha de realización de la oferta. Para cada uno de los requerimientos listados a continuación se debe especificar su versión, numero de parte y precio, la sumatoria de estos debe conformar el precio total de la oferta.

A continuación se listan los requerimientos técnicos mínimos que deben cumplir las soluciones ofertadas, se debe tener en cuenta que los anexos 1 y 2 son parte del cartel y por lo tanto las ofertas deben alinearse con dichos diseños, estos requerimientos técnicos listados a continuación deben considerarse como mínimos:

A. Arreglo de Discos Modular: La infraestructura del proyecto debe contar con un sistema de almacenamiento principal (Arreglo de Discos Duros Modular), que permita integrar el manejo de datos tipo bloque (SAN) y archivo (NAS), en una misma solución.

1. Debe soportar los siguientes protocolos a nivel SAN: 1. FC: Fibre Channel (8 Gbps).

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2. Debe soportar los siguientes protocolos a nivel NAS: 1. NFS: Network File System. 2. CISF: Common Internet File System. 3. FTP: File Transfer Protocol.

3. Debe poseer dos módulos de administración redundantes (tarjetas controladoras) con la capacidad de funcionar en una configuración Activo-Activo, en caso de falla de una de estas la otra debe poder asumir la carga (aunque esto signifique una caída en el rendimiento del equipo), se deben entregar las dos controladoras. Si el sistema no maneja de forma integrada las opciones de bloque (SAN) y archivo (NAS) en las mismas controladoras, se deben entregar las controladoras y equipos adicionales necesarios para manejar dicho servicio, las mismas deben ser redundantes (dos (2) controladoras para SAN y dos (2) controladoras para NAS).

4. Cada una de las unidades controladoras de discos debe contar con un (1) puerto Ethernet a 10 Gbps y cuatro (4) puertos Fibre Channel (8 Gbps). Para un total de dos (2) puertos ethernet y ocho (8) Fibre Channel. Si el servicio de NAS es provisto por controladoras independientes a las que brindan el servicio SAN, estas deben contar con al menos un (1) puerto ethernet a 10 Gbps cada una, para un total de 20 Gbps. Si las controladoras SAN y NAS son independientes, no se requiere los puertos Ethernet para la controladora SAN . Las configuraciones deben permitir la utilización de todos los puertos de forma activa.

5. Debe soportar las siguientes configuraciones de discos, y poder realizar combinaciones de las mismas:

1. Disco de alta densidad (SATA ó NL-SAS): 2 TB y 3TB a 7200 rpm. 2. Discos rápidos (SAS ó FC): 300 GB ó 600 GB a 15000 rpm y 900 GB a 10000 rpm. 3. Discos ultra-rápidos (SSD): 100 GB ó 200 GB.

5. Se deben entregar 24 discos rápidos (SAS o FC) de 600 GB y 15000 rpm, para una capacidad cruda de 14.4 TB, de no contar con esta configuración de discos, se podrán entregar 48 discos rápidos (SAS o FC) de 300 GB y 15000 rpm.

6. Se deben entregar 48 discos de alta densidad (SATA o NL-SAS) de 3 TB y 7200 rpm, para una capacidad cruda de 144 TB.

7. Los discos que conforman la solución de almacenamiento se deben poder utilizar a nivel SAN y NAS, sin ningún tipo de restricción. En caso de requerir licenciamiento, se debe incluir el licenciamiento para todo el espacio de almacenamiento ofertado.

8. Debe contar con dieciséis (16) GB de memoria cache por controladora, para un total de treinta y

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dos (32) GB. Si el servicio de NAS es provisto por controladoras independientes a las que brindan el servicio SAN, la sumatoria de memoria cache entre todas las controladoras debe ser igual a 32 GB.

9. Capacidad de crecimiento de hasta 500 discos duros y un espacio crudo de 1440 TB, en su configuración máxima.

10. Debe permitir crear hasta 4096 unidades lógicas (LUN's) y la capacidad de cada uno de estos LUN's debe ser de hasta 16 TB.

11. Debe permitir crear sistemas de archivo (File System) de hasta 16 TB y poder compartir los mismos a través de CIFS (para sistemas tipo Windows) y NFS (para sistemas tipo Unix). El mismo sistema de archivos (File System) debe poder compartirse en ambos protocolos.

12. Debe soportar configuraciones de RAID nivel 6.

13. La solución de almacenamiento debe permitir crear 1024 “SnapShots” o copias locales de los LUN's, esta cantidad de copias aplica para todo el sistema.

14. Debe contar con la características de aprovisionar almacenamiento de forma dinámica bajo demanda (Thin provisioning).

15. Debe permitir el manejo de múltiples “tiers” de forma dinámica (al menos tres niveles: discos de alta densidad, discos rápidos y discos ultra-rápidos), permitiendo migrar los datos de forma automática y programada entre los diferentes niveles. El sistema debe poseer la inteligencia necesaria para poder migrar los datos “calientes” (más utilizados) a los niveles más rápidos y los datos no utilizados a los niveles más lentos y de mayor capacidad. Esta característica se debe implementar mediante “pool's” de almacenamiento que agrupen discos de diferentes niveles y los LUN's se crean en estos “pool's”. El movimiento de los datos debe ser realizado de forma automática por el sistema, sin embargo también debe existir la posibilidad de mover los datos de forma manual y programada.

16. Debe soportar la opción de configurar hasta 2 TB de espacio adicional para la memoria cache del sistema, se debe entregar 1 TB configurado en RAID-1 (512 GB utilizables), esta memoria debe comportarse como la memoria cache del sistema y optimizar la velocidad de lectura de los datos. Esta característica debe ser independiente de los niveles de “tiers” solicitados en el punto anterior y proporcionar una mejora en la solución global (no para LUN's específicos).

 

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B. Sistema de Administración/Gestión del Almacenamiento: Se debe proveer un sistema para la administración de los arreglos de discos modulares (SAN/NAS) que permita realizar las siguientes operaciones:

1. El sistema de administración debe permitir la gestión centralizada de los sistemas de almacenamiento primario y alterno de la Universidad de Costa Rica, tanto para las opciones de archivo (NAS) como de bloque (SAN). El proyecto planteado a cuatro años plazo, incluye la adquisición de un sistema de almacenamiento alterno ubicado en una de las Sedes de la Universidad, el sistema de administración ofertado debe permitir administrar este segundo arreglo de discos modular por adquirir (se debe incluir cualquier licenciamiento necesario para la administración del arreglo de discos modular descrito en el punto A. Arreglo de discos modular).

2. Interfaz de acceso vía web con autenticación de usuarios y con la posibilidad de manejar al menos tres (3) perfiles de usuario. El acceso al sistema (autenticación de los usuarios) debe realizarse mediante un LDAP versión 3, y también debe permitir la creación de usuarios locales.

3. El sistema de administración deberá permitir implementar todas las opciones de configuración del equipo tanto a nivel de bloque (SAN) como de archivo (NAS), validando las configuraciones.

4. Proveer estadísticas de rendimiento en tiempo real e históricas de los equipos, incluyendo uso del espacio (para los LUN's con Thin Provisioning) estadísticas de entrada/salida por LUN's, errores, tráfico, consumo de memoria y CPU. El sistema deberá realizar un monitoreo de estas característica y contar con notificación de alarmas/alertas a través del correo electrónico para las mismas.

5. Debe permitir realizar reportes mediante plantillas predefinidas y programar la ejecución de los mismos de forma automática, con envío por correo electrónico.

6. Si la implementación del sistema de administración requiere la instalación en un servidor, el oferente deberá proveer el mismo, dicho servidor debe ser tipo “Rack” y contar con componentes redundantes (fuentes de poder, discos duros, abanicos, entre otros).

7. El sistema de administración debe ser parte de la solución de almacenamiento (elaborado por el mismo fabricante del arreglo de discos modular) y no una implementación elaborada por un tercero he integrada al sistema de almacenamiento.

C. Implementación de la solución: la implementación final comprende la instalación y configuración del arreglo de discos modular, la conexión del mismo a las redes LAN y SAN de la Universidad y la instalación y configuración del sistema de administración del almacenamiento,

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las tareas mínimas a ejecutar son la siguientes:

1. Esta solución se debe instalar en el Centro de Datos primario de la Universidad de Costa Rica, el mismo se ubica en la Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, en el Centro de Informática, todo bajo la supervisión del grupo encargado del proyecto.

2. Se deben incluir todos los aditamentos necesarios para el funcionamiento óptimo de la solución, todo debe quedar funcional.

3. Instalación y configuración del sistema de administración/gestión del almacenamiento:

1. Incorporar el arreglo de discos modular al sistema de administración. Permitiendo visualizar este equipo con todas sus opciones a nivel SAN y NAS.

2. Configurar el acceso al sistema de administración mediante el servicio LDAP Institucional. Se deben definir los usuarios con permiso de ingreso y sus privilegios (perfiles).

4. Configuración de bloque (SAN):

1. El oferente deberá realizar las conexiones SAN a nivel físico y entregar todos los componentes (Hardware, Software y Accesorios) necesarios para la instalación y configuración de la solución. La conexión SAN se realizara mediante el protocolo Fibre Channel a dos Brocade 6510 (equipo existente en la UCR).

2. Se deben proveer dos (2) enlaces fibre channel de 8 Gbps por cada controladora (cuatro enlaces en total), todos estos enlaces deben quedar activos y funcionales, los mismos se realizaran a los Brocade definidos en el punto anterior.

3. La Universidad proveerá un servidor para realizar pruebas a nivel SAN, el mismo deberá quedar conectado a la SAN y se le configurara un LUN del arreglo de discos modular instalado.

5. Configuración de archivo (NAS):

1. El oferente deberá realizar las conexiones LAN a nivel físico y entregar todos los componentes (Hardware, Software y Accesorios) necesarios para la instalación y configuración de la solución. La conexión NAS se realizara mediante el protocolo Ethernet a 10 Gbps hacia dos conmutadores Nexus 3048 (equipo existente en la UCR).

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2. Se debe proveer un (1) enlace Ethernet a 10 Gbps por cada controladora (dos enlaces en total), todos estos enlaces deben quedar activos y funcionales, los mismos se realizaran a los conmutadores definidos en el punto anterior.

3. La Universidad proveerá un servidor para realizar pruebas a nivel NAS, el mismo deberá quedar conectado y se le configurara un sistema de archivos definido en el arreglo de discos modular instalado.

6. Se debe entregar todo el software y licenciamiento necesario para esta implementación, ya sea en un medio físico (en papel, CD, DVD, USB u otros) o el acceso para ingresar en un link que lo contenga.

7. Los servicios de instalación y puesta en marcha de la solución deberán ser avalados por el fabricante y ejecutados por técnicos acreditados por el fabricante para la instalación de los equipos ofertados, todas las tareas de implementación deben realizarse según guías de entrega de servicio (“service delivery guides”) del fabricante.

8. Para la aceptación de la instalación se ejecutaran las tareas realizadas en la prueba de concepto (las misma se describe en secciones posteriores), y se probaran adicionalmente todas las funciones solicitadas en el cartel.

CONDICIONES INVARIABLES a) Aspectos Generales 1. Vigencia de las ofertas

Las ofertas deberán tener una vigencia no menor de 45 días hábiles después del día siguiente hábil a la fecha de la apertura de ofertas.

2. Monto y plazo de la garantía de cumplimiento

La garantía de cumplimiento para el caso del adjudicatario, será de un 5% del monto total adjudicado. La vigencia de la misma deberá extenderse por un periodo de 2 meses y deberá rendirse dentro de los cinco días hábiles siguientes a la comunicación en firme de la adjudicación.

3. Plazo para adjudicar

La Universidad tomará hasta 12 días hábiles para adjudicar.

4. Plazo de entrega El plazo de entrega será de 45 días naturales para la entrega del equipo y posterior a la entrega del equipo 30 días naturales para la implementación de la solución completa.

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5. Lugar de entrega

Instalado en el Centro de Informática de la Universidad de Costa Rica, Ciudad Universitaria Rodrigo Facio.

6. Visita Técnica La visita al sitio donde se va a realizar el trabajo y el reconocimiento de los materiales que proporcionará el oferente será el lunes 12 de noviembre del 2012, a las 10 a.m., dando un tiempo de espera máximo de 5 minutos, luego de esto no se recibirá ningún proveedor, la misma se realizará en el Centro de Informática, con Jeans Espinoza Torres, del Área de Desarrollo de Recursos (ADR), al correo [email protected], o al teléfono 2511-1824.

En caso que los oferentes manifiesten interés en realizar alguna aclaración, las mismas se deben realizar en los periodos establecidos en la ley a través del trámite respectivo y no durante la visita técnica.

6.1 Boleta de Visita

En la visita debe completarse la boleta como acta de asistencia de los oferentes en el Centro de Informática a la hora indicada, en la fecha de la visita. La visita tomará el tiempo requerido por los oferentes y los técnicos para concretar los requerimientos establecidos a ejecutar, dudas y aclaraciones, hasta un máximo de dos horas.

b) Documentación imprescindible

1. Documentación imprescindible en Declaraciones Juradas El oferente debe aportar la siguiente declaración jurada indicando que:

1.1. El fabricante respaldará el tiempo de garantía que el oferente proporciona en los equipos ofertados.

1.2. Garantiza la existencia oportuna en el país, de partes y repuestos durante el período de garantía del equipo ofertado.

1.3. Existe compatibilidad total de los equipos y sus componentes (hardware y software) con los sistemas operativos que se indiquen.

1.4. Cuenta con un sistema informatizado debidamente constituido, en el cual debe registrar toda llamada de recepción de solicitud de servicios, donde la Universidad pueda hacer sus reportes y

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se le asigne un consecutivo de control.

1.4.1.El sistema de cómputo debe almacenar el número de serie, la garantía vigente del equipo, ubicación física en la Universidad de Costa Rica, la persona encargada en la Universidad de Costa Rica que debe contactar el técnico de la empresa en el momento de atender la falla.

1.4.2. Además, en el momento de atención de la falla, el técnico debe entregar una fórmula con: fecha y hora de la recepción de la llamada, fecha y hora de atención, nombre de la persona que reporta la falla, número de consecutivo de control asignado en el momento en que se realiza el reporte inicial, nombre del técnico que realizó la reparación y un detalle de las reparaciones efectuadas a los equipos. En caso de cambio de dispositivos deberá especificar claramente, cuál o cuáles fueron cambiados.

1.5 El equipo ofertado es nuevo, no contiene partes reconstruidas, reparadas, modificadas, transformadas o alteradas de cualquier forma después de producido.

1.6 Los accesorios (convertidores, adaptadores) deben ser nuevos y de la misma marca del equipo ofertado.

2. Documentación imprescindible en Certificaciones

Los oferentes deben aportar obligatoriamente las siguientes certificaciones y documentación.

Para cada equipo ofertado se debe indicar el Número de Modelo Regulatorio (Regulatory Model Number).

Estas certificaciones deberán ser adjuntadas en un apéndice dedicado exclusivamente para este efecto y numeradas según se solicitan a continuación:

La prueba de que el equipo ofertado cuenta con las certificaciones solicitadas puede presentarse con el documento de certificación o bien aportar una dirección web en la cual se garantice la integridad de la información, vigencia de la misma y que pertenece al emisor del documento; en caso de que la Administración no pueda accesar a la información es responsabilidad del oferente subsanar la documentación, de lo contrario la oferta sera susceptible de ser excluida del concurso por esta situación.

Deben presentar los documentos probatorios de las certificaciones en español, si aparecen en otro idioma deben acompañarse de al menos una traducción libre en español junto con la oferta.

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2.1. Cumplimiento de normas eléctricas

El oferente debe aportar copia del Certificado de Cumplimiento o Carta de Conformidad del fabricante vigente de cumplimiento de los requerimientos de la Parte 15 clase A “JBC-Computing Device/Personal Computer” y “JBP Computing Device Peripherical” de la norma FCC (Federal Communications Comission), en dispositivos eléctricos y electrónicos, para garantizar que tengan una radio frecuencia suficientemente baja, previendo radiaciones que podrían afectar la salud humana.

2.2. Certificación de distribuidor autorizado directo del fabricante

El oferente debe aportar copia del certificado vigente como Distribuidor Autorizado directo del fabricante, que asegure la efectiva “Garantía de Fábrica” del equipo ofrecido.

El fabricante debe indicar el conocimiento y experiencia en productos y servicios de la empresa, adquiridos a través de certificaciones técnicas y comerciales, así como el grado de compromiso que existe con la empresa como distribuidor autorizado directo.

Esta certificación debe ser dirigida a la Universidad de Costa Rica e incluir la marca y el modelo del equipo que es ofrecido, con una antigüedad no mayor de 3 meses de emitida.

2.3. Certificación de Normas Seguridad y Funcionamiento: Norma 60950-1

El oferente debe aportar copia del Certificado o Carta de Conformidad del fabricante vigente, del cumplimiento de pruebas del producto eléctrico en seguridad y funcionamiento, según el estándar Norma 60950-1, de acuerdo a las Organizaciones de Seguridad Estadounidense Ocupacional: Administración de Salud (OSHA) y el Consejo de Normas de Canadá (SCC).

El certificado es emitido por “Underwriters Laboratories Inc. (UL)” ó “Canadian Standard Association (CSA).

2.4. Lista de Clientes

Una lista de al menos tres clientes, que hayan adquirido equipo igual o similar al solicitado durante los últimos treinta y seis meses, de la marca ofrecida y dándole mantenimiento correctivo, de los cuales al menos uno debe ser del sector público. Puede hacer mención de proyectos con estos clientes si los hubiere. Esta información debe completarse según el siguiente cuadro:

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Institución o Empresa

Contacto * Equipo Marca y Modelo

Cantidad Fecha de la venta

• En el espacio para el contacto debe incluirse la persona para constatar la información, este debe incluir teléfono, fax y correo electrónico.

2.5. Certificación del personal técnico a cargo de la implementación.

El personal técnico debe contar con la(s) certificación(es) vigente(s) de parte del fabricante del equipo que demuestre que el personal local a cargo de la implementación y de la garantía esta capacitado para el desarrollo de estas actividades. En la oferta se deben indicar los ingenieros(as) y/o técnico(s) asignado(s) al proyecto y entregar los atestados que lo califican para dirigir, implementar y aprobar la implementación por parte del fabricante. La información de certificaciones debe ser emitida y/o aprobada por el fabricante de los equipos ofertados.

3. Garantía de los equipos

3.1 La garantía de fábrica del equipo, accesorios y sistemas (software) deberá ser de 36 meses mínimo, contados a partir del recibido conforme y por escrito por parte de la Universidad de Costa Rica. El adjudicatario debe entregar el certificado de garantía original o copia autenticada por la autoridad competente del fabricante, esta certificación deberá ser firmada por el representante legal autorizado para tal acción. No se aceptan firmas de vendedores o encargados de cuenta. La Universidad de Costa Rica se reserva el derecho de verificar los certificados de garantía con el fabricante. Durante el período de garantía los costos (mano de obra, repuestos, transporte, entre otros) correrán por cuenta de la empresa.

3.2. El oferente deberá especificar los beneficios de la garantía del equipo y deberá especificar también las exclusiones. Las exclusiones que no queden explícitas en la oferta no serán válidas.

3.3. Durante el periodo de garantía del equipo, si el equipo presenta una falla en las calidades o desperfectos, en cualquier componente (fuentes, controladoras, servidores, entre otros) no será reparado, sino que debe ser reemplazado por un componente nuevo sin costo adicional para la

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Universidad, en un plazo máximo de cuatro (4) días naturales. En caso de no contar con el repuesto en el país, el oferente debe instalar un equipo temporal con características iguales o superiores al equipo dañado. La entrega del equipo original no deberá ser mayor a un plazo de quince (15) días naturales.

3.4. Durante el periodo de garantía del equipo, si los dispositivos de almacenamiento (discos rápidos, ultra-rápidos y de alta densidad) presentan una falla, estos deben ser reemplazados por un componente nuevo sin costo adicional para la Universidad en un plazo máximo de cuatro (4) horas.

3.4. La Universidad de Costa Rica se reserva el derecho para que sus técnicos comprueben durante el plazo de la garantía de los equipos, la presencia y la calidad de los componentes internos de los equipos que se adquieran, la mejora tecnológica ofrecida o instalen componentes dentro de los equipos tales como discos duros, tarjetas de red y otros. Esta verificación durante la garantía impide que los técnicos de la Universidad realicen cualquier tipo de reparaciones.

4. Garantía de repuestos y soporte técnico.

4.1. Para brindar la garantía de fábrica el oferente debe tener un Centro de Servicio o Taller Autorizado en Costa Rica o estar adscrito a un esquema de soporte y servicio en Costa Rica, directamente con el fabricante del equipo ofertado. Se deben incluir los documentos de comprobación.

4.2. Este Centro de Servicio o Taller Autorizado o la adscripción al esquema de soporte y servicio directo con el fabricante debe estar a cargo de al menos un técnico profesional, con experiencia mínima de un año, entrenado por el fabricante en instalación, configuración y mantenimiento del equipo ofertado y disponer de todas las herramientas especializadas necesarias para dar su servicio. Se deben incluir los atestados del personal técnico profesional.

5. Presentación de Oferta Base y Oferta Alternativa

En caso de que el oferente presente varias ofertas, debe indicar claramente cual es su oferta base, cual es su oferta alternativa y se deben garantizar los siguientes puntos:

5.1. La(s) Oferta(s) Base serán aquellas que cumplen con todas las especificaciones técnicas incluidas en los requerimientos mínimos solicitados en el cartel.

5.2. La(s) Oferta(s) Alternativa(s) existe siempre en función y dependencia de la oferta base, y, si bien puede mejorar en todos los aspectos esta última; la posibilidad de adjudicar una oferta

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alternativa se dará solamente cuando la misma empresa haya entregado una oferta base (cumple con todos los requerimientos). Se considerará como una oferta base si la misma no ofrece mejora o ventajas mayores a las requeridas en el cartel. Se restringe la revisión de ofertas alternativas a un máximo de dos ofertas alternativas por oferente.

6. Prueba de concepto

Para iniciar con este proceso de verificación de la oferta, se debe haber cumplido con todos los requerimientos técnicos planteados en el cartel y en los documentos adjuntos al cartel. El incumplimiento de alguno de los requerimientos técnicos excluye la oferta.

De los oferentes que cumplan con todos los requisitos se les solicitará una prueba de concepto para garantizar que efectivamente la solución propuesta cumple con todas las funcionalidades solicitadas. Esta prueba se realizara al sexto día hábil de la apertura de las ofertas, las citas se programaran al mismo momento de la apertura mediante rifa, una vez realizada la verificación de cumplimiento de los requerimientos técnicos y legales de las ofertas, se les confirmara la realización de la prueba con al menos dos días de anticipación.

Esta prueba tiene como objetivo garantizar que los equipos y sistemas ofertados efectivamente cumplen con todas las funcionalidades solicitadas, dicha prueba no valida ningún aspecto ligado directamente al proveedor. Es por esta razón que únicamente se realizara una prueba de concepto para todos los proveedores que oferten una solución idéntica (los mismos componentes de hardware y software), en el caso de dos o mas oferentes con la misma solución se atenderán con la misma prioridad que se estableció en la rifa, si la prueba es dada a satisfacción de la Universidad este resultado aplicara a los demás oferentes de esta solución, salvo que soliciten por escrito y de forma anticipada la evaluación individual.

El ambiente para realizar la prueba de concepto se podrá proveer de forma local, en cuyo caso se contara con el equipo en la localidad donde se realiza la prueba, o bien de forma remota, en cuyo caso el equipo no estará físicamente en la localidad donde se realiza la prueba. En ambos casos la prueba se realizara hasta que el personal técnico de la Universidad este conforme con los equipos, el software, la conectividad y las instalaciones destinadas para la prueba. El oferente debe proveer el sitio donde se realizaran las pruebas ya sean remotas o locales.

Las pruebas de concepto se realizaran sobre las ofertas base que cumplen con todos los requerimientos y que no sean idénticas (los mismos componentes de hardware y software) y sobre las ofertas alternativas que sean susceptibles de satisfacer las necesidades de la Universidad y que no sean idénticas (los mismos componentes de hardware y software) a ninguna otra oferta base o alternativa evaluada previamente.

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6.1. Requerimientos mínimos para la prueba de concepto.

Para la realización de la prueba de concepto, se deben proveer al menos los siguientes insumos:

6.1.1 Un arreglo de discos modular (mismo modelo ofertado), este debe integrar las soluciones de bloque (SAN) y archivo (NAS). En caso de no contar con el mismo modelo ofertado, se podrá utilizar un modelo de la misma familia al ofertado pero de menor capacidad, siempre y cuando se garantice que utilizan el mismo sistema operativo. No se podrá utilizar un equipo de otra familia o de la misma familia pero con mayor capacidad al ofertado.

6.1.2 El arreglo de discos modular debe contar con al menos cinco (5) discos de alta densidad (SATA o NL-SAS) y al menos cinco (5) discos rápidos (SAS o FC) no importa el tamaño o velocidad de rotación de los mismos.

6.1.3 Un equipo (PC o Servidor) para realizar las conexiones NAS (NFS, CIFS y FTP), el mismo debe permitir el montaje de sistemas de archivo tipo NFS y CIFS.

6.1.4 Un servidor para realizar las conexiones SAN (Fibre Channel).

6.1.5 Un servidor con LDAP versión 3, puede ser el mismo servidor utilizado para las conexiones SAN y NAS, debe contener dos usuarios.

6.1.6 El sistema de administración (NAS y SAN) para la gestión del arreglo de discos debe estar instalado y debe ser la misma versión del software ofertado.

6.1.7 Varios archivos que utilicen al menos 1.5 GB de espacio de almacenamiento en un DVD, o cualquier otro medio de almacenamiento portable.

6.1.8 Todos los equipos deberán contar con conexión a Internet.

6.2. Operaciones y tareas a ejecutar durante la prueba de concepto.

A continuación se listas las tareas a ejecutar durante la prueba de concepto, todas las tareas deben ejecutarse de forma exitosa para aprobar la prueba de concepto.

1. Crear un usuario local en el sistema de administración y asignar privilegios de administrador.

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2. Configurar el sistema de administración para permitir el acceso mediante LDAP.

3. Crear un perfil de administración y asignarlo a uno de los usuarios del LDAP, verificar el acceso de dicho usuario mediante el servidor LDAP.

4. Verificar que el segundo usuario del LDAP no tiene acceso al sistema de administración.

5. Agregar el arreglo de discos al sistema de administración, se debe realizar el proceso para incorporar el arreglo de discos dentro del sistema de administración. Finalizado este proceso, el sistema debe visualizar el arreglo de discos con todas sus opciones (SAN y NAS).

6. Se debe aclarar el funcionamiento del sistema para la asignación de discos (espacio) a nivel de bloque (SAN) y archivo (NAS), permite crear un LUN y posteriormente asignarlo a SAN o NAS, o desde su definición, el LUN se crea para NAS o para SAN únicamente.

7. Configurar un RAID-6 con los discos de alta densidad.

8. Configurar un RAID-6 con los discos rápidos.

9. Crear un POOL de almacenamiento con los dos RAID Groups definidos anteriormente. Este POOL debe manejar dos Tier's: 1. Discos rápidos y 2. Discos de alta densidad.

10. Crear dos LUN's de 150 GB c/u dentro del POOL definido en el punto anterior, estos LUN's deben utilizar la característica de “tier's multiples” con movimiento de datos dinámico entre “tier's”, según su uso y la característica de “Thin Provisioning”.

11. Configurar uno de los LUN's creados anteriormente para ser utilizado a nivel NAS.

12. Crear un sistema de archivos de 50 GB y definirlo para que pueda ser utilizado mediante el protocolo NFS.

13. Verificar el acceso al sistema de archivos definido anteriormente. Se debe “montar” el sistema de archivos mediante NFS y copiar archivos en él.

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14. Re-dimensionar el sistema de archivos para que tenga un tamaño de 75 GB.

15. Verificar el acceso al sistema de archivos definido anteriormente. Se debe “montar” el sistema de archivos mediante NFS y copiar archivos en el.

16. Crear otro sistema de archivos de 50 GB y definirlo para que pueda ser utilizado mediante el protocolo CIFS.

17. Repetir todas las pruebas realizadas con el sistema de archivos anterior.

18. Configurar uno de los LUN's creados anteriormente para ser utilizado a nivel SAN.

19. Configurar el servidor para que utilice el LUN mediante Fibre Channel y copiar todos los archivos en dicho LUN (verificar la duración de la copia).

20. Mover de forma manual los bloques de los datos copiados al “tier” mas “rápido” o “lento” dependiendo de donde estaban ubicados previamente.

21. Conectarse nuevamente al servidor y realizar la copia de los datos nuevamente, no debe reescribir los datos (crear una nueva carpeta y volver a copiar los datos). Verificar la duración de la de copia.

22. Mostrar estadísticas de uso de los LUN's, espacio utilizado (Thin Provisioning) y datos de entrada/salida.

23. Mostrar estadísticas de uso de memoria y CPU.

24. Configurar una alerta (CPU), para que la misma sea enviada por correo electrónico.

6.3. Para la prueba de concepto cada uno de los oferentes pueden designar a un representante para que esté presente en las pruebas de concepto, en calidad de observador; los observadores no cuentan con autorización para acceder a los equipos de los otros oferentes en ningún momento.

6.4. Los observadores siempre estarán acompañados por un mínimo de dos funcionarios del Centro de Informática.

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6.5. Sólo se admitirá como observador un representante técnico por cada empresa, el que deberá traer la autorización escrita, en original y firmada por el representante legal de la empresa a la cual representa.

6.6. El técnico autorizado por la empresa deberá presentarse 15 minutos antes del inicio de la prueba. Una vez iniciadas las pruebas no se permitirá el ingreso a más personas.

6.7. Todas las tareas ejecutadas durante la prueba de concepto deben ser aprobadas a satisfacción del personal técnico de la Universidad, en caso contrario, se considerara como reprobada dicha prueba.

7. Elementos de adjudicación y metodología de comparación de ofertas

La evaluación se hará en dos fases de acuerdo a lo estipulado en el Art. 55 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.

Para iniciar en este proceso de evaluación la oferta debe haber cumplido con todos los requisitos de la prueba de concepto. La no presentación de la prueba de concepto elimina la oferta de manera definitiva.

Los criterios de calificación por considerar para las propuestas que presenten los oferentes son los siguientes:

I FASE DE CALIFICACIÓN

Se entiende en este punto que las ofertas que obtengan una calificación igual o superior al setenta y cinco por ciento (75%), serán sujetas a consideración en la segunda fase de calificación.

Para la evaluación se aplicaran los siguientes factores:

TABLA 1 FACTORES A EVALUAR

CRITERIO PUNTAJE

A Certificación de eficiencia energética 20

B Certificación de normas ambientales 15

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20

C Menor espacio físico utilizado 35

D Incluir el protocolo FCoE: Fibre Channel over Ethernet (10 Gbps)

10

E Incluir el protocolo iSCSI: Internet Small Computer System Interface (10 Gbps)

10

F Licenciamiento completo del Arreglo de Discos Modular Ofertado

10

Total 100

A. Certificación de eficiencia energética (20 puntos)

Se calificará la eficiencia en el consumo eléctrico de las fuentes de poder de los equipos ofertados, en base a la certificación “80 PLUS® Certified Power Supplies and Manufacturers”.

TABLA 2 Evaluación 80 PLUS

Categoría Ítem 1

CSCI Titanium 20

CSCI Platinum 18

CSCI Gold 15

CSCI Silver 10

CSCI Bronze 5

Máximo porcentaje obtenido 20

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El oferente debe aportar copia del documento “80 PLUS Verification and Testing Report”, para el modelo de fuente ofertado, esta información debe ser verificable en el sitio web de 80Plus http://www.80plus.org.

B. Certificación de normas ambientales (15 puntos)

El oferente debe aportar copia del Certificado del sistema de gestión medioambiental, vigente a la apertura de las ofertas, según las normas ISO 14001. Esta certificación debe ser referente a la planta de procedencia del producto ofrecido y aportar declaración jurada, expresando claramente que el equipo de marca y modelo ofrecido procede de la planta certificada.

C. Menor espacio físico utilizado (35 puntos)

Para esta calificación se usa como referencia el espacio físico ofertado y se definen los siguientes términos:

Se define una unidad de rack de acuerdo a la norma EIA 310-D.

Una unidad de rack "U" ó “RU” es la DISTANCIA que existe del centro de los barrenos separados por 12.7 mm. hasta el centro de los siguientes barrenos separados por 12.7 mm. y es igual a 44.45 mm. (1.3/4").

Un Terabyte para efectos de evaluación de esta contratación, será utilizado de la siguiente manera: es una unidad de medida de memoria (10 elevado a la 12). Un Terabyte es igual a 1.000.000.000.000 de bytes.

Se calificará el Menor espacio físico utilizado según la siguiente fórmula:

donde:

PEF Puntaje máximo por espacio físico utilizable en Terabyte en una “U”. Brindados en la oferta

EFoferta Espacio en Terabyte utilizable en una “U” de la oferta presentada.

EFmax Oferta con el mayor cantidad de Terabyte ofrecido en una “U”.

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PT Máximo puntaje por “Menor espacio físico utilizado” (Ver Tabla 1, Fila C)

D. Incluir el protocolo FCoE: Fibre Channel over Ethernet (10 Gbps). (10 puntos)

El oferente que en su equipo incluya funcionalmente el protocolos FCoE: Fibre Channel over Ethernet (10 Gbps) se le otorgaran 5 puntos. En la oferta económica debe incluir el numero de parte del componente de hardware y la licencia en caso que sea necesario.

E. Incluir el protocolo iSCSI: Internet Small Computer System Interface (10 Gbps) (10 puntos)

El oferente que en su equipo incluya funcionalmente el protocolos iSCSI: Internet Small Computer System Interface (10 Gbps) se le otorgaran 5 puntos. En la oferta económica debe incluir el numero de parte del componente de hardware y la licencia en caso que sea necesario.

F. Licenciamiento completo del Arreglo de Discos Modular Ofertado (10 puntos)

El oferente que en su equipo incluya el licenciamiento de todas las características solicitadas en el presente cartel, para la capacidad de almacenamiento completa del arreglo de discos (los 500 discos y los 1440 TB). Este licenciamiento no incluye el sistema de almacenamiento secundario planteado, ni la replica asíncrona. En la oferta económica se deben incluir los números de parte correspondientes a dicho licenciamiento.

II FASE DE EVALUACIÓN

Precio

Solo pasarán a esta fase aquellas ofertas que obtuvieron un setenta y cinco por ciento (75%) o más en la primera fase.

Si las hubiere, se hará un análisis de precio para cada una de las alternativas que sean solicitadas por la Institución bajo el mismo concepto del análisis anterior.

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El precio estará compuesto por el monto total de la propuesta.

Se calificará el precio según la siguiente fórmula:

Porcentaje = 100 x (PM/P1)

donde:

PM = precio más bajo de las ofertas

P1 = precio de la oferta a evaluar

8. Aspectos generales de la evaluación

8.1. Base de calificación

La máxima cantidad que pueda obtener un oferente es de 100 puntos. La oferta elegible que obtenga el mayor puntaje será la adjudicada.

8.2. Criterios para el redondeo

Para los cálculos de puntaje se utilizarán dos decimales.

8.3. Porcentaje mínimo de adjudicación

La oferta válida para ser adjudicada debe obtener como mínimo un porcentaje de 75% en la primera fase, en caso contrario la oferta será descartada.

8.4. Criterio de desempate

En caso de presentarse empate en la calificación de una oferta se utilizará, como criterio para el desempate, la oferta que tenga mayor puntaje en los “FACTORES A EVALUAR”, de acuerdo a la siguiente prioridad:

PRIORIDAD FACTORES A EVALUAR

1 Total obtenido en la I fase de calificación

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En caso de persistir empate, la Administración convocará por escrito con tres días de antelación a la fecha en que se resolverá el desempate, a los representantes legales de los oferentes que se encuentren en situación de empate, para efectuar una rifa y así seleccionar el adjudicatario, la cual será efectuada en la Oficina de Suministros por el Proveedor Institucional. Cada oferente tomará al azar un papel donde en uno de ellos se detallará la palabra “adjudicatario”, el resto estarán en blanco; el oferente que tenga el papel con la palabra antes indicada, será el adjudicatario.

La no asistencia de las partes no impedirá la realización de la rifa.

De lo actuado se levantará un acta que se incorporará al expediente.

9. Procedimiento para Audiencias de Descuentos:

En aplicación del Art. 28 bis del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, la Universidad de Costa Rica podrá realizar una audiencia posterior al acto de apertura a fin de que aquellas ofertas elegibles, tengan oportunidad de otorgar un descuento a su propuesta. Este último descuento presentado por el oferente, será considerado en la evaluación de las ofertas.

9.1. La audiencia será únicamente entre los oferentes elegibles, a fin de otorgar un descuento a su propuesta (deberán indicar el descuento por precio unitario). Este será considerado en la evaluación de las ofertas y debe estar dentro de los parámetros de precio razonable que no constituya un precio ruinoso o no remunerativo.

9.2.Invitación a la audiencia para descuento se notificará por aviso, utilizando el medio indicado en las ofertas para este fin, ya sea mediante fax o correo electrónico. La invitación incluirá el número de procedimiento, objeto de contratación, lugar, fecha y hora límite en que se recibirán los descuentos.

9.3. El oferente deberá presentar en la oferta original el presupuesto detallado de la solución que indique cantidades y precios unitarios, con el fin de identificar claramente los rubros o componentes afectados por el descuento.

9.4. El oferente deberá justificar con toda claridad las razones de la disminución de su precio, el cual no puede desmejorar la calidad de los bienes o disminuir su cantidad.

9.5. La audiencia será presidida por el responsable del trámite y demás funcionarios que la Administración designé.

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9.6. Los descuentos deberán ser presentados por escrito hasta la hora y fecha indicada en el aviso, en forma personal en sobre cerrado, en la Oficina de Suministros.

9.7. El responsable del trámite o el funcionario que la Administración designé, levantará un acta, con el detalle de los oferentes que presentaron descuentos a su propuesta la cual deberá ser firmada por todos los asistentes. Los descuentos recibidos, así como el acta se agregarán al expediente de la contratación.

Es obligación del adjudicatario apegarse estrictamente al cartel, la oferta y demás normas supletorias de la contratación administrativa.

10. Diagnóstico técnico de resultados

Luego de finalizada la evaluación de acuerdo a los requerimientos solicitados, calidades de los equipos y lo especificado en el apartado de evaluación, el Centro de Informática, confeccionará y enviará los resultados de su respectivo diagnóstico técnico a la Oficina de Suministros para ser incluidos en el correspondiente Expediente Administrativo.

11. De la aceptación de los equipos adjudicados

11.1 Una vez implementada la solución completa por parte de la empresa adjudicataria en el Centro de Informática.

La empresa adjudicataria debe entregar todos los controladores necesarios con su respectivos programas y licencias, CD´s, y otros para ser reinstalado en caso necesario.

Debe incluir los manuales de configuración de todos los dispositivos ofrecidos.

Debe entregarse una “memoria técnica” que describa todos los procedimientos de instalación y configuración, incidentes, resolución de los incidentes, diseño físico y lógico de la solución final.

11.2. Evaluación del equipo

La evaluación de éste equipo se realizará de la siguiente manera:

A. Se comprobará el cumplimiento de los requerimientos solicitados y adjudicados en el cartel.

B. Comprobación de las buenas calidades de los equipos.

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Se comprobarán las buenas calidades del equipo adjudicado de acuerdo a sus características absolutas y universalmente reconocidas, así como el buen funcionamiento físico del mismo.

C. Comprobación de todos los puntos evaluados en la prueba de concepto.

D. La verificación de la implementación total de los requerimientos solicitados y adjudicados en el cartel.

E. La verificación del cumplimiento de lo solicitado en los Anexos 2 y 3 del cartel.

11.3. Aceptación o Rechazo del Equipo Adjudicado

Luego de finalizada la evaluación del equipo se realizará lo siguiente:

11.3.1. Si el equipo cumple con los requerimientos solicitados y adjudicados, las buenas calidades de los equipos, se confeccionará y enviará los resultados de su respectivo diagnóstico técnico a la Oficina de Suministros para ser incluidos en el correspondiente Expediente Administrativo, como un recibido conforme de parte del Centro de Informática como la Oficina de apoyo Técnico.

11.3.2. Si el equipo falla no cumpliendo con los requerimientos solicitados y/o las buenas calidades de los equipos se solicitará a la empresa su cumplimiento en un plazo máximo de 3 días hábiles.

11.3.3. Si el equipo presenta fallas será rechazado y deberá ser reemplazado por un equipo nuevo, no reparado y sin costo adicional para la Universidad, en un máximo de 3 días hábiles.

12. Mantenimiento correctivo

Las condiciones para brindar el mantenimiento correctivo serán las siguientes:

12.1. El tiempo transcurrido entre el reporte de la falla del equipo y la atención de la misma no deberá ser mayor de 4 horas.

12.2. El tiempo transcurrido entre la atención de la falla y su respectiva solución no deberá ser mayor a cuatro (4) días naturales, en caso contrario el oferente debe instalar un equipo temporal con características iguales o superiores al equipo dañado. La entrega del equipo original no

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deberá ser mayor a un plazo de quince (15) días naturales.

12.3. Para el caso especifico de los dispositivos de almacenamiento (discos rápidos, ultra-rápidos y de alta densidad) si estos presentan una falla, deben ser reemplazados por un componente nuevo sin costo adicional para la Universidad en un plazo máximo de cuatro horas.

13. Literatura

Las ofertas deben acompañarse de catálogos y panfletos técnicos originales, que indiquen claramente las características de los equipos en idioma español preferiblemente o en inglés.

14. Manuales de servicio

El adjudicatario deberá entregar, conjuntamente con los equipos, los manuales de servicio, mantenimiento y reparación en idioma español prioritariamente o en inglés.

15. Multas por Mora (cláusula penal)

Se aplicará una multa del 0.1% sobre el monto de adjudicación del servicio por cada día de atraso, (con respecto al plazo ofrecido), hasta un máximo del 25% (veinticinco por ciento) del importe total del contrato. En caso de que el adjudicatario no deposite el monto de la multa, la Universidad queda autorizada para que esta suma sea deducida de las facturas presentadas para su pago o retenciones efectuadas, lo anterior, se hará conforme a las disposiciones que para tal efecto se tienen en la Ley y Reglamento de Contratación Administrativa.

16. Incumplimientos

En caso de incumplimiento de cualquiera de las cláusulas del cartel, la oferta o del contrato, la Universidad de Costa Rica se arroga el derecho de rescindir y/o resolver unilateralmente el contrato, sin responsabilidad alguna para la Institución y sin perjuicio de la aplicación de la normativa correspondiente.

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Condiciones Generales 1. Presentación de la oferta: La recepción de ofertas será en la Oficina de Suministros, ubicada en Sabanilla de Montes de Oca, de

las Instalaciones Deportivas, 250 metros este y 400 metros norte, en la fecha y hora que indique la invitación.

La oferta deberá presentarse por escrito, en sobre cerrado rotulado con el número y el objeto de la

Licitación. Toda oferta deberá presentarse en papel corriente, en original y una copia idéntica en CD, con la firma del oferente o de su representante legal, sin tachaduras ni borrones. Cualquier corrección debe ser hecha mediante nota.

Igualmente se acompañaran fotocopias de los documentos complementarios de la oferta. 2. Debe adherir a la oferta un timbre de la Ciudad de las Niñas de ¢20,00 y un timbre de ¢200,00 del

Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas. 3. Documentos que deben entregarse:

3.1 Certificación sobre la personería jurídica de la sociedad mercantil o copia de la cédula de identidad en caso de persona física.

3.2 Cuando el oferente fuere una sociedad mercantil costarricense, deberá acompañar con su

propuesta una certificación pública con la naturaleza y propiedad de sus cuotas y acciones. Si las cuotas o acciones fueran nominativas y estas pertenecieran a otra sociedad deberá igualmente aportarse certificación pública respecto a esta última en cuanto a la naturaleza de sus acciones. Las certificaciones serán emitidas: a) En cuanto a la naturaleza de las cuotas y acciones, por el Registro Público o por un Notario Público con vista en los libros de Registro, y b) En cuanto a la propiedad de las cuotas y acciones, con vista de los libros de la sociedad por un Notario Público o Contador Público autorizado. No obstante, si se tratare de una sociedad inscrita dentro del año anterior al requerimiento de la certificación, o modificada a acciones nominativas dentro del período indicado, la certificación sobre ambos extremos, podría ser extendida por el Registro Público o por un Notario Público.

3.2.1. En tanto se declare en la oferta que la propiedad de las cuotas o acciones se mantiene

invariable, la certificación original o una copia certificada de la misma, serán admitidas a los indicados efectos hasta un año después de su emisión. Si la certificación o copia certificada hubiere sido presentada en una diligencia anterior y el oferente lo manifieste así en su oferta, deberá indicar claramente el número de Licitación en que fue presentada o una copia del recibido por parte de la Oficina de Suministros, así

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como la declaración de que permanece invariable.

3.3. El oferente debe presentar una certificación indicando que se encuentra al día con las obligaciones obrero-patronales de la C.C.S.S., o bien, que tiene un arreglo de pago aprobado por ésta, vigente al momento de la apertura de las ofertas. (Art. 65.c) Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.

3.4. Declaración jurada que el oferente no está afectado por ninguna causal de prohibición. 3.5. Declaración jurada que no le alcanzan, al oferente, las prohibiciones para contratar con la

Universidad de Costa Rica, a que se refiere el numeral 22 de la Ley de Contratación Administrativa y en los Artículos 19 y 20 del Reglamento.

3.6 Declaración jurada que el oferente se encuentra al día en el pago de todo tipo de impuestos

nacionales de conformidad con lo dispuesto en el art No. 65 a del Reglamento. 3.7 Cualesquiera otros documentos que se considere oportuno acompañar, según la naturaleza

del objeto licitado y el tipo de licitación que se haya promovido.

Cuando los documentos originales vigentes, se encuentren en el Registro de Proveedores, deberá manifestarse expresamente, indicar el número de proveedor y se aportará copia simple de los documentos que se indican.

4. Contenido de la oferta: Debe contener por lo menos:

4.1 Nombre y dirección de la casa oferente y según sea el caso, del exportador, del apoderado, del representante o distribuidor en Costa Rica, con indicación del nombre, cédula, dirección y posición del firmante dentro de la empresa.

4.2 Número de cédula jurídica. 4.3 El oferente debe indicar en su oferta un número de fax, para recibir notificaciones, caso

contrario, se tendrá por notificado en el transcurso de 24 horas. 4.4 Descripción completa del bien indicando marca, modelo, garantía. 4.5 El precio total cotizado deberá presentarse en números y en letras coincidentes. En caso de

divergencia entre ambas formas prevalecerá la consignada en letras. (Art. 25 del Reglamento) 5. Participación en Consorcio:

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En concordancia con los artículos 38 y 39 de la Ley de la Contratación Administrativa, así como los artículos del 71 al 77, inclusive, del Reglamento a la Ley de la Contratación Administrativa, la Universidad de Costa Rica permitirá la presentación de ofertas en consorcio, bajo los siguientes términos: Las empresas o personas físicas que participen formando un consorcio o agrupación, deberán presentar sus documentos o atestados en forma individual con la presentación de la plica, para su respectivo análisis: Toda documentación que presenten los miembros del consorcio, sean estos empresas o personas jurídicas nacionales o extranjeras, deberá venir en original o copia certificada del documento original. La Universidad de Costa Rica podrá solicitar, a su discreción, la ampliación de la información, así como las aclaraciones que considere razonables, en aras de lograr una adecuada comparación entre los oferentes. El acuerdo consorcial debe contener:

• Calidades, incluido domicilio y lugar para recibir notificaciones y capacidad de cada una de las partes que conforman el consorcio.

• Designación de los representantes, con poder generalísimo para actuar durante la fase de estudio de

ofertas, de formalización, de ejecución contractual ypara trámites de pago.

• Detalle de los aportes de cada uno de los miembros, sea en recursos económicos o bienes intangibles, como experiencia y de los compromisos y obligaciones que asumiría en fase de ejecución contractual.

• El porcentaje de la participación de cada uno de ellos, cuando resulte posible.

• Plazo del acuerdo que deberá cubrir la totalidad del plazo contractual.

• Original del acuerdo.

• La formalización contractual será suscrita por los representantes legales de todos los consorciados.

• Los integrantes del consorcio responderán frente a la Administración de manera solidaria, como

si fuesen una única contraparte. Regulaciones que deben observarse:

Los participantes deberán cumplir con lo que establece la Ley de la Contratación Administrativa, el Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa y otras leyes pertinentes.

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6. Precios 6.1 Oferentes extranjeros:

6.1.1 Deberán indicar el precio FOB Miami y desglosar fletes y otros gastos hasta integrar el

precio C&F San José. Asimismo, el oferente o su representante deberán indicar las instrucciones necesarias (factor, porcentaje u otro) para que, en caso de adjudicación parcial y para efectos de comparación entre las ofertas, los precios puedan convertirse en C&F San José, Costa Rica, por cada línea cotizada.

6.1.2 La institución no se hará cargo del pago de bodegaje atribuible al adjudicatario por

incumplimiento en la entrega de documentos. 6.1.3 Los bienes ofertados por oferentes extranjeros deben cotizarse sin seguro pues todos los

pedidos de la Universidad de Costa Rica están cubiertos por la póliza abierta #12239 del Instituto Nacional de Seguros.

6.2 Oferentes Nacionales:

6.2.1 Los bienes ofertados por proveedores nacionales se entenderán puesto en Almacenes

de la Universidad de Costa Rica. Deben incluir el desalmacenaje. 6.2.2 La Universidad de Costa Rica dará solo la exoneración de impuestos.

7. Deben cotizarse separadamente, además, los costos de instalación de los equipos, si los hubiera, y el costo del contrato de mantenimiento, cuando expresamente se solicite.

8. Impuestos:

Los oferentes nacionales deberán señalar por aparte los impuestos que los afectan. La Universidad está exenta de impuestos según Ley #7293, artículo #6, publicada en La Gaceta #63 del 31 de marzo de 1992; por lo que, se tramitará la exoneración correspondiente. No se exonerarán materiales o servicios adquiridos por subcontratistas.

9. Los oferentes extranjeros deben indicar claramente lo siguiente:

9.1 La descripción de la mercadería debe venir en idioma español o con la respectiva traducción. 9.2 El nombre de la persona a contactar encargada de brindar información sobre el estado de

despacho de la mercadería, con quien podamos comunicarnos directamente para cualquier

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consulta, así como sus números de teléfono y fax. 9.3 Si el equipo o material cotizado requiere de accesorios adicionales para su funcionamiento,

favor indicarlo y cotizarlo por separado. Caso contrario, se considerará que el precio incluye todo lo necesario para la puesta en marcha el mismo.

9.4 El adjudicatario está obligado a entregar los manuales de operación y a brindar el entrenamiento necesario, para la adecuada operación del equipo u otro bien.

9.5 Favor consignar claramente en su oferta forma si corresponde, los costos adicionales por

transporte internacional de mercadería peligrosa. La Universidad de Costa Rica no asumirá costos adicionales una vez que la Orden de Compra quede en firme.

10. Forma de Pago:

10.1 Oferentes Extranjeros

10.1.1 Pago contra entrega de Mercadería en nuestros Almacenes, mediante Giro Bancario Internacional a nombre de la Casa Proveedora.

10.1.2 Cobranza Bancaria Documentaria. 10.1.3 Carta de Crédito

Notas:

• En los casos en los cuales se realizará el pago mediante transferencia bancaria, el adjudicatario, deberá remitir toda la información bancaria necesaria.

• Todas las comisiones y gastos bancarios de cualquier índole dentro y fuera de Costa Rica serán

asumidas por el adjudicatario o su representante. 10.2 Oferentes Nacionales:

(30) días naturales siguientes al recibido conforme por parte el Centro de Informática. El pago se realizará en colonres costarricenes y de acuerdo a lo establecido en el Artìculo 25 del Reglamento a Ley de Contrataciòn Administrativa.

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10.3 Cuando la oferta se presente en dólares, la factura se cancelará en colones costarricenses, al Tipo de Cambio promedio o valor comercial efectivo a la fecha en que se emita el cheque. La Universidad de Costa Rica no asumirá el diferencial cambiario por entrega tardía imputable al adjudicatario o por entrega de facturas para pago después de 5 días de entregado el bien.

10.4 La Orden de Pago (autorización de pago) la emitirá la Unidad de Desalmacenajes y

Almacenamiento, dentro de los 5 días posteriores, previo recibido conforme por escrito de los usuarios o técnicos correspondientes.

11. Plazo de Entrega:

11.1 El plazo de entrega que indique el oferente en su propuesta se contará a partir del momento en que reciba la Orden de Compra, sea en forma personal o vía fax.

11.2 Si la entrega estuviere sujeta al trámite de exoneración, el oferente deberá indicar en su propuesta el plazo en que presentará los documentos necesarios para realizar la exoneración y el plazo que tardará en desalmacenar y entregar la mercadería. Los oferentes deberán entregar en la solicitud de exoneración la siguiente información.

11.2.1 Monto C.I.F. 11.2.2 Número de Guía. 11.2.3 Consignatario 11.2.4 Aduana de Desalmacenaje. 11.2.5 Lugar de Procedencia. 11.2.6 Peso de la Mercadería en kilogramos. 11.2.7 Factura Comercial. 11.2.8 Cantidad y Clase de mercadería. 11.2.9 Lista de Empaque.

11.3 El oferente indicará el plazo de entrega de los bienes. Si el oferente no indica el plazo de entrega se considerará entrega inmediata. Cuando el oferente no indique la naturaleza de los días, se entenderán días naturales.

11.4 La entrega inmediata se considerará 1 día hábil después de recibida la Orden de Compra. 11.5 Los Oferentes Extranjeros deben indicar en forma desglosada el plazo de despacho y el plazo

de entrega en aduana.

12. Lugar de Entrega: El oferente deberá indicar el lugar de entrega de los bienes, en caso de omisión se entenderá que los bienes son puestos en la Universidad de Costa Rica.

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13. Aspectos Generales de la Evaluación:

13.1 En los casos en que se evalúa el plazo de entrega y el oferente indica en su oferta que el plazo de entrega se cuenta a partir de la fecha en que reciban la nota de exoneración aprobada, se incluirán en la ponderación los siguientes plazos:

Ø El plazo en que entregará el oferente los documentos para exonerar. Ø 10 días hábiles (confección y trámite ante el Ministerio de Hacienda) Ø Plazo en que entregarán los bienes después de recibida la

exoneración.

13.2 Tipo Cambio Para efecto de verificación presupuestaria y comparación de precios en igualdad de condiciones, se considerará el tipo de cambio proyectado considerando el plazo para emitir la adjudicación, el plazo de entrega y plazo de pago.

14. Obligaciones del adjudicatario:

14.1 Documentación de Importación.

El representante del adjudicatario extranjero se compromete a suministrar a la Unidad de Licitaciones, dentro de los 2 días posteriores al arribo a puerto de la mercadería, tres juegos de facturas, listas de empaque y conocimiento de embarque, con todos los requisitos legales que exigen las aduanas del país, para cumplir con los trámites de exoneración y permisos varios que posteriormente permitan un expedito desalmacenaje de los equipos. Si el adjudicatario incumple esta disposición, la Administración cobrará los días de bodegaje equivalentes al mismo número de días en que se retrase la llegada de los citados documentos. Si el adjudicatario no deposita el monto correspondiente al bodegaje, se deducirá del monto de la factura, previo debido proceso.

14.2 Pesos y volumen.

Los adjudicatarios de materiales y/o equipos para importación deberán indicar el peso bruto y volumen por cada línea ofrecida, y se requiere la utilización de las unidades y medidas del sistema internacional de unidades, basado en el Sistema Métrico Decimal, conforme lo requerido en el Numeral 52 inciso “g” del Reglamento de la Contratación Administrativa.

14.3 Partidas Arancelarias.

El adjudicatario deberá indicar las Partidas Arancelarias por línea adjudicada.

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15. Comisiones y gastos bancarios: Todas las comisiones y gastos bancarios tanto internas como externas, serán pagados por el vendedor o por su representante.

16. Muestras del material ofrecido cuando así se solicite expresamente en las Condiciones Especiales.,

estas muestras se utilizarán para corroborar las características de los bienes ofrecidos. Los oferentes no adjudicatarios quedan obligados al retiro de las mismas que no se hubiesen inutilizado en pruebas efectuadas dentro de los treinta (30) días naturales siguientes al acto de adjudicación en firme. Las muestras dejadas en custodia para comprobar la correcta ejecución del contrato se devolverán en un plazo máximo de 30 días hábiles a partir del recibido conforme. Las muestras que no fuesen retiradas dentro del indicado plazo, pasarán a propiedad de la Universidad de Costa Rica.

17. Garantías:

17.1 Garantía de cumplimiento Todo adjudicatario deberá rendir una garantía de cumplimiento con el objeto de garantizar la calidad, confección, funcionamiento adecuado de los equipos, así como el tiempo de entrega convenido y cláusulas de la presente licitación y de las ofertas adjudicadas, todo esto a plena satisfacción de la Universidad. La misma deberá rendirse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la adjudicación en firme. Su inobservancia dentro de dicho plazo dejará sin efecto el acto de adjudicación y autorizará a la administración para readjudicar el concurso a la segunda mejor oferta calificada, sin perjuicio de la ejecución de la garantía de participación rendida y toda otra acción tendiente a resarcir los daños y perjuicios ocasionados a la Administración por el adjudicatario renuente.

17.2 Forma de rendir las garantías.

Las garantías deberán rendirse independientemente para cada negocio (Por concurso) mediante depósito de bono de garantía de instituciones aseguradoras reconocidas en el país, o de uno de los bancos del Sistema Bancario Nacional o el Banco Popular y de Desarrollo Comunal, certificados de depósitos a plazo, bonos del Estado o de sus instituciones, cheques certificados de un banco del Sistema Bancario Nacional en forma irrevocable y a la orden de la Universidad de Costa Rica, en general, conforme se estipula en el artículo No.42 del Reglamento a la Ley Contratación Administrativa.

Para el depósito de garantías en efectivo, tanto en colones como en dólares, podrán realizarse directamente en las cajas de la Oficina de Administración Financiera o mediante transferencia bancaria. Para realizar la transferencia bancaria la Universidad de Costa Rica dispone de las siguientes cuentas:

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Banco Nacional de Costa Rica, cuenta maestra en colones: 100-01-80-00980-6 Banco Nacional de Costa Rica, cuenta cliente colones: 15108010010009801 Banco Nacional de Costa Rica, cuenta maestra en dólares: 100-02-000-061357-0 Banco Nacional de Costa Rica, cuenta cliente en dólares: 15100010020613577 El comprobante de la transferencia bancaria deberá ser presentado mediante nota dirigida a la Unidad de Ejecución Contractual de la Oficina de Suministros, incluyendo la siguiente información:

a. Nombre de la persona física o jurídica que rinde la garantía b. Nombre de la persona física o jurídica que realiza la transferencia c. Tipo de garantía d. Número y nombre de la contratación e. Monto de la garantía f. Fecha de la transferencia g. Vigencia de la garantía (60 días naturales, a partir de la fecha probable de aceptación a satisfacción de la Universidad de Costa Rica) h. Número de comprobante de la transferencia.

Las garantías deberán rendirse independientemente para cada negocio (Por concurso) mediante depósito de bono de garantía de instituciones aseguradoras reconocidas en el país, o de uno de los bancos del Sistema Bancario Nacional o el Banco Popular y de Desarrollo Comunal, certificados de depósitos a plazo, bonos del Estado o de sus instituciones, cheques certificados de un banco del Sistema Bancario Nacional, dinero en efectivo y en general, conforme se estipula en el artículo No. 37 del Reglamento General de la Contratación Administrativa.

17.3 Sitio donde se depositan las garantías.

Deberán ser depositadas directamente en la Oficina de Administración Financiera (O.A.F.); sita en el Edificio Administrativo “A”, Ciudad Universitaria Rodrigo Facio. El respectivo recibo deberá entregarse junto con la oferta y copia del documento depositado en la Oficina de Administración Financiera.

17.4 Devolución de la garantía Los interesados deberán solicitar la autorización de la devolución de la garantía mediante nota dirigida a la Unidad de Ejecución Contractual, en la cual indicarán el número de concurso, número de recibo, monto y tipo de garantía. Dicha solicitud debe venir firmada por la persona que suscribió la oferta, caso contrario deberá aportar certificación de personería de quien está

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firmando. Para efectos de devolución de garantías depositadas en efectivo, únicamente se devolverá con la presentación del recibo original del comprobante de ingreso de la Oficina de Administración Financiera. Será devuelta dentro de los 30 días hábiles siguientes a la fecha en que la Universidad tenga por definitivamente ejecutado el contrato a satisfacción y se haya rendido el informe correspondiente.

17.5 Garantías Vencidas:

Las garantías (cartas de garantías, depósito a plazo, efectivo, cheque, etc.) que se encuentren vencidas y que no hayan sido retiradas, pasarán a poder de la administración 30 días después de su vencimiento, por lo que no se autorizará su devolución.