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 Reconocimiento Del Ministerio De Cultura-Piura Al Curandero Pancho Guarnizo. Derechos Municipalidad Provincial de Huancabamba CONTENIDO Prólogo 1 Consideraciones Jurídicas 4 CAPITULO I Evidencias Arqueológicas e Históricas de las Culturas Pre Incas 20 CAPITULO II Cronistas Españoles sobre la medicina incaica 43 CAPITULO III Cultura Mochica y Chavín de Huantar 57 CAPITULO IV 1.-MAESTROS CURANDEROS HUARINGUEROS 63 -Rituales en Hbba  -El Animismo  -Mesa ritual andina  -Artes principales de una mesa ritual  -plantas rituales 2.-ETAPAS DEL RITUAL  A- de la toma de la huachuma  B-etapa adivinatoria y rastreo  C-fase final o florecimiento. 3.-COINCIDENCIAS MAT ERIALES Y RITUALES 4.- TERMINOS Y ENFERMEDADES REGIONALISTAS.  HUANCABAMBA - Curanderismo Huaringuero  1

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  • Reconocimiento Del Ministerio De Cultura-Piura Al Curandero Pancho Guarnizo.

    Derechos Municipalidad Provincial de Huancabamba

    CONTENIDO

    Prlogo 1

    Consideraciones Jurdicas 4

    CAPITULO I

    Evidencias Arqueolgicas e Histricas de las Culturas Pre Incas 20

    CAPITULO II

    Cronistas Espaoles sobre la medicina incaica 43

    CAPITULO III

    Cultura Mochica y Chavn de Huantar 57

    CAPITULO IV

    1.-MAESTROS CURANDEROS HUARINGUEROS 63

    -Rituales en Hbba

    -El Animismo

    -Mesa ritual andina

    -Artes principales de una mesa ritual

    -plantas rituales

    2.-ETAPAS DEL RITUAL

    A- de la toma de la huachuma

    B-etapa adivinatoria y rastreo

    C-fase final o florecimiento.

    3.-COINCIDENCIAS MATERIALES Y RITUALES

    4.- TERMINOS Y ENFERMEDADES REGIONALISTAS.

    HUANCABAMBA - Curanderismo Huaringuero 1

  • 2PRLOGO.

    La Municipalidad Provincial de Huancabamba de acuerdo a su ley Orgnica 27972

    tiene la obligacin de difundir el patrimonio cultural de la nacin como es el curanderismo

    Huaringuero practicado en nuestras comunidades campesinas , defenderlo por ser un

    monumento arqueolgico e histrico inmaterial que a travs de los siglos se viene

    practicando en nuestras serranas como legado de nuestros antepasados acciones que

    hacemos en concordancia con los postulados ecolgicos que siempre nos han identificado

    como es la defensa del medio ambiente y sus instituciones campesinas que moran en ellas.

    Soy un alcalde democrtico por la voluntad popular del pueblo de Huancabamba

    que mayoritariamente es rural (87 %) que me eligieron para defenderlos de la intromisin

    de sistemas ajenos a sus costumbres y as ser ellos los hacederos de sus propios destinos.

    El 11 de Diciembre 2013 el Presidente Don Hilario Rojas de la gloriosa y ancestral

    Comunidad Campesina de Segunda y Cajas me solicit se hagan trabajos de investigacin

    histrica a fin de buscar el origen ancestral de su comunidad y sus luchas por defender sus

    tierras en el perodo colonial, el trabajo de investigacin plasmado en un libro sera

    alcanzado al Vice Ministerio de la Interculturalidad para su registro en la base de pueblos

    ancestral para tener derechos estampados en la ley de la Consulta Previa.

    Considero que es necesario conocer la historia de la comunidad desde su creacin

    como Parcialidad de Segunda por los conquistadores espaoles con el fin de ser los

    tributarios de la corona espaola que incluso con sus impuestos constituy el 80 % de los

    ingresos del estado hasta los primeros aos de la creacin de la repblica peruana

    La Municipalidad no solo contrat a historiadores palegrafos socilogos para

    llevar a cabo esta solicitud; sino tambin consider que se debera estudiar su identidad

    cultural como es el curanderismo que por siglos se ha mantenido como resistencia a la

    conquista espaola; para que esta comunidad est en sintona con la ley en mencin y as

    el estado peruano les reconozca el derecho a ser consultados para todo tipo de proyectos

    que podran afectar sus derechos colectivos

    El presente trabajo de investigacin sostiene como tesis principal que los

    actuales maestros curanderos de las huaringas son los herederos de los curanderos

    Moches y Chavn de Huntar y con cosmovisin andina siendo el primer trabajo histrico y

    antropolgico que lanza esta teora asimismo analiza el ritual de nuestros curanderos

    buscando explicaciones lgicas dentro del mundo andino a fin de llevar al lector a su mejor

    comprensin y respeto a estas prcticas que se pierden en las sombras de los siglos.

    Los conocimientos ancestrales de la medicina herbolaria y psicolgica se vienen

    aplicando en la actualidad constituyndose en un patrimonio cultural inmaterial no solo de

    la comunidad de Segunda y Cajas; sino de de la Nacin Peruana.

    HUANCABAMBA - Curanderismo Huaringuero

  • 3 El trabajo de esta investigacin es del Socilogo huancababino Vctor Ubillus

    Camizan que con acuciosidad cientfica basa sus estudios en las representaciones

    arqueolgicas de los antiguos sacerdotes curanderos pre Incas que an quedan en los

    museos como son los huacos, templos mantos y trabajos en piedra como la famosa

    Lpida en Plaza Circular, "El Chaman", Centro Ceremonial Chavn de Huntar, siglo X AC

    donde porta la planta sagrada de la huachuma usada en los rituales del medio comunal

    huaringuero.

    El autor recurre como fuente valedera tambin la historia escrita por los primeros

    Cronistas de la conquista espaola referida a la prctica de los mdicos incas que ellos

    llegaron a observar. Tenemos al padre Bernab Cobos, Cristbal de Molina, padre Anello

    Oliva, Inca Garcilaso de la Vega.

    Un punto muy importante es la comparacin que se hace de estas prcticas

    ancestrales como la que hoy da hacen los curanderos huaringueros llegando a la

    conclusin que a pesar de cientos y miles de aos aun se mantienen vigentes, tenemos la

    prctica de las chupas y el diagnstico y cura con el cuy practicado `por los incas, el indio

    Guaman Poma en sus dibujos muy bien describe la extraccin de los males con las

    plantas.

    Estas prcticas de curacin se constituyen en la principal identidad cultural de los

    Huancabambinos y sus comunidades campesinas especialmente la de Segunda y Cajas.

    Una de las conclusiones es que somos pueblos originarios que se nos debe

    respetar porque los convenios internacionales as como la Constitucin poltica citados en

    este libro obligan al estado peruano su fiel acatamiento.

    Como Alcalde de la provincia de Huancabamba he auspiciado este trabajo de

    investigacin porque tengo el deber de promover, difundir este patrimonio cultural del

    curanderismo huaringuero as como cumplir con el compromiso que asum con la

    Comunidad de Segunda y Cajas de protegerla, ante la ley de la consulta previa para

    proyectos de inversin, que exiga que para que esta comunidad sea consultada debera

    primero ser un pueblo ancestral; y este ensayo de investigacin va en este sentido.

    No solo estamos defendiendo a la comunidad, sino que vamos a fomentar el

    turismo vivencial del curanderismo donde el turista tienen la oportunidad de un viaje a

    nuestro pasado glorioso pre inca constituyndose el turismo una actividad sostenible de

    los transportistas, hoteles, restoranes, panaderas y la agricultura y ganadera en general

    porque va a venir ms gente a consumir lo que aqu producimos.

    WILSON RAMIRO IBAEZ IBAEZ

    Alcalde de la Provincia de Huancabamba.

    HUANCABAMBA - Curanderismo Huaringuero

  • 4EL CURANDERISMO HUARINGUERO COMO PATRIMONIO CULTURAL DE LA

    NACION.

    A MI PADRE NSTOR UBILLS

    VELASQUEZ TAMBIN UN GRAN HIJO QUE

    MARC LA SENDA, PARA ANDAR FIRME Y

    DERECHO POR LOS CAMINOS SINUOSOS

    Y PROFUNDOS DE LA VIDA.

    CONSIDERACIONES JURIDICAS

    Los conocimientos ancestrales aplicados por nuestros curanderos Huaringueros

    deben protegerse por ser una prctica viva curanderil por cuanto los pueblos acuden a

    ella como la alternativa de sanacin ms eficaz frente a la casi inalcanzable medicina

    occidental moderna.

    Esta medicina tradicional se le debe reconocer como un legado de nuestros

    primeros mdicos incas y pre incas, protegerla es nuestro deber para que no se extinga

    para el bien de la salud del pueblo, as como preservarla en su esencia por cuanto se est

    constituyendo en un negocio de oferta y demanda aprovechada por estafadores que ven

    una puerta abierta al engao aprovechando de la desidia de las autoridades que permiten

    que se practique esta medicina tradicional sin los conocimientos pertinentes como con las

    condiciones espirituales requeridas.

    Debe haber una poltica pblica que salvaguarde esta medicina tradicional que

    tiene conocimientos de miles de aos y ser hasta la actualidad la principal resistencia

    indgena al colonialismo espaol.

    La proteccin al curanderismo debe partir desde las municipalidades y

    comunidades campesinas y sus ronderos y el Ministerio de Cultura, no permitiendo que

    falsos curanderos engaen a la poblacin, por lo que es necesario investigar estos

    conocimientos ancestrales.

    Se deben recuperar los valores ancestrales con bases espirituales muy

    profundas que posiciona hoy a estos pueblos en un lugar diferente dentro del mundo

    desarrollado

    Estudiar el curanderismo nos permitir el regreso a las fuentes de la cosmovisin

    andina que se da en dos direcciones: hacia el interior y exterior de los propios campesinos,

    es tiempo de empezar a mostrar este tesoro que durante tantos aos permaneci oculto

    bajo la cosmovisin andina en su constante bsqueda de la armona con el mundo

    circundante , viendo a la naturaleza y a la personas y dems seres vivos en una

    interrelacin constante; los espritus conviven con los humanos; la naturaleza es mgica y

    HUANCABAMBA - Curanderismo Huaringuero

  • 5llena de encantos y se puede dialogar con ella porque somos parte de ella. Por el contrario

    la medicina occidental es antropocntrica y considera al hombre como el nico ser que

    ocupa un lugar privilegiado en la naturaleza y que no est sujeto a la obediencia a las leyes

    naturales.

    El estado debe reconocer que esta medicina tradicional tiene vigencia y legitimidad

    en la gran poblacin rural; as como reconoci el derecho consuetudinario de las

    comunidades campesinas artculo 149 de la Constitucin Poltica del Per al igual que el

    Plenario de la Corte Suprema; tambin debera respetar y reconocer estas prcticas

    ancestrales Que por miles de aos se viene ejerciendo en la serrana piurana.

    En una interpretacin extensiva de esta ley del derecho consuetudinario y

    jurisdiccional, resultara tambin aplicable como fundamento al ejercicio -an no normado o

    reglamentado- del oficio de la salud para fines comunitarios utilizando los conocimientos

    colectivos indgenas que solo ellos conocen, porque somos un estado multicultural.

    En el ao 2009 la Comisin de Salud del congreso aprob un proyecto de ley para

    incluir que la medicina tradicional est dentro del Sistema Nacional de Salud como un

    complemento; este proyecto no prosper por cuanto se quera situar al curandero en el

    mismo nivel del mdico salido de una universidad contraviniendo el ordenamiento legal

    vigente como indica el artculo 290 del cdigo penal que prohbe el ejercicio ilegal de la

    medicina. No se comprendi que tanto el curandero como el mdico practican su medicina

    en sus propios regmenes jurdicos y en sus propios mundos, como siempre los

    legisladores sufren de Alzheimer.

    Considero que el ensayo presentado trata de conocer el verdadero valor que tiene

    esta medicina tradicional en las comunidades campesinas por ser parte de su identidad

    cultural. Los valores y conocimientos ancestrales trasmitidos oralmente como es el caso de

    los conocimientos de la medicina herbolaria y religiosos que conforman nuestra diversidad

    cultural, Este derecho colectivo que est amparada por las leyes peruanas como de

    organismos internacionales deben ser protegidos por ser un legado de nuestros ancestros.

    Los conocimientos tradicionales tienen un reconocimiento segn EL CONVENIO DE LA

    UNESCO 2003;sin embargo la ciencia occidental o desarrollada en el Per ignora

    esta medicina tradicional que desafa la lgica racional y la teora cientfica.

    La propiedad intelectual herbolaria corresponde a las comunidades

    ancestrales por ser las generadoras de los conocimientos en torno a las propiedades

    medicinales de los recursos naturales.

    No pedimos un derecho porque ya lo tenemos y solo exigimos que no se nos

    quite .

    HUANCABAMBA - Curanderismo Huaringuero

  • 6 El 25 de MAYO 2004 EL Congresista de la repblica de Per Vctor Velarde

    Arruntegui present un proyecto de ley n* 10677 que declara a las lagunas de las

    Huaringas como Patrimonio Cultural y Ecolgico de la Regin Piura. Como la zona estaba

    con denuncios mineros el congreso no aprob esta iniciativa perjudicando el ecoturismo y

    turismo esotrico de la zona.

    La Constitucin poltica del Per:

    Artculo 2. Toda persona tiene derecho:

    A la vida, a su identidad, a su integridad moral, psquica y fsica y a su libre desarrollo y

    bienestar. El concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece.

    A la igualdad ante la ley. Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza,

    sexo, idioma, religin, opinin, condicin econmica o de cualquiera otra ndole.

    A la libertad de conciencia y de religin, en forma individual o asociada. No hay

    persecucin por razn de ideas o creencias. No hay delito de opinin. El ejercicio pblico de

    todas las confesiones es libre, siempre que no ofenda la moral ni altere el orden pblico.

    Artculo 149. Las autoridades de las Comunidades Campesinas y Nativas, con el

    apoyo de las Rondas Campesinas, pueden ejercer las funciones jurisdiccionales dentro de

    su mbito territorial de conformidad con el derecho consuetudinario, siempre que no violen

    los derechos fundamentales de la persona. La ley establece las formas de coordinacin de

    dicha jurisdiccin especial con los Juzgados de Paz y con las dems instancias del Poder

    Judicial.

    Este artculo constitucional debera ser extensivo tambin al ministerio de salud por

    cuanto son millones de peruanos que se manejan por sus costumbres como es el caso

    para buscar su salud recurren a sus chamanes

    CONVENIO 169 SOBRE LOS PUEBLOS ORIGINARIOS

    Artculo 1

    1. El presente Convenio se aplica:

    a) a los pueblos tribales en pases independientes, cuyas condiciones sociales culturales y

    econmicas les distingan de otros sectores de la colectividad nacional, y que estn

    regidos total o parcialmente por sus propias costumbres o tradiciones o por una

    legislacin especial.

    b) a los pueblos en pases independientes, considerados indgenas por el hecho de

    descender de poblaciones que habitaban en el pas o en una regin geogrfica a la que

    pertenece el pas en la poca de la conquista o la colonizacin o del establecimiento de

    las actuales fronteras estatales y que, cualquiera que sea su situacin jurdica,

    HUANCABAMBA - Curanderismo Huaringuero

  • 7conserven todas sus propias instituciones sociales, econmicas, culturales y polticas, o

    parte de ellas.

    Artculo 5

    Al aplicar las disposiciones del presente Convenio:

    a) debern reconocerse y protegerse los valores y prcticas sociales, culturales, religiosos

    y espirituales propios de dichos pueblos y deber tomarse debidamente en consideracin

    la ndole de los problemas que se les plantean tanto colectiva como individualmente.

    b) deber respetarse la integridad de los valores, prcticas e instituciones de esos pueblos;

    c) debern adoptarse, con la participacin y cooperacin de los pueblos interesados,

    medidas encaminadas a allanar las dificultades que experimenten dichos pueblos al

    afrontar nuevas condiciones de vida y de trabajo.

    Los pueblos indgenas tienen el control sobre sus propias instituciones, dentro de

    las cuales estn los curanderos, maestros o especialistas en medicina herbolaria.

    Nuestros maestros huaringueros vienen aplicando sus conocimientos de la medicina

    legado de sus ancestros dentro de la cosmovisin andina donde los APUS son los que

    determinan las enfermedades y sus respectivas curaciones. Este mundo andino debe ser

    comprendido por nuestro sistema occidental

    Ley N 27811, del 2002, rgimen de proteccin de los conocimientos colectivos de

    los pueblos indgenas vinculados a los recursos biolgicos.

    Artculo 2.- Definiciones Para los efectos del presente dispositivo se entender

    por: a) Pueblos indgenas.- Son pueblos originarios que tienen derechos anteriores a la

    formacin del Estado peruano, mantienen una cultura propia, un espacio territorial y se

    autor reconocen como tales. En stos se incluye a los pueblos en aislamiento voluntario o

    no contactado, as como a las comunidades campesinas y nativas. La denominacin

    "indgenas" comprende y puede emplearse como sinnimo de "originarios", "tradicionales",

    "tnicos", "ancestrales", "nativos" u otros vocablos. b) Conocimiento colectivo.-

    Conocimiento acumulado y transgeneracional desarrollado por los pueblos y comunidades

    indgenas respecto a las propiedades, usos y caractersticas de la diversidad biolgica. El

    componente intangible contemplado en la Decisin 391 de la Comisin del Acuerdo de

    Cartagena incluye este tipo de conocimiento colectivo.

    Esta ley reconoce que nuestras comunidades campesinas tienen todo el derecho

    de hacer uso de sus plantas medicinales que se conocen se producen y se usan en la

    medicina tradicional.

    La Municipalidad de HBBA est llevando a cabo un estudio de las plantas

    medicinales bajo la responsabilidad del bilogo Fidel Torres que usan nuestros curanderos

    para proteger este conocimiento como derecho colectivo de las comunidades campesinas,

    esperando su registro en INDECOPI mediante su inscripcin en el registro nacional

    HUANCABAMBA - Curanderismo Huaringuero

  • 8confidencial de conocimientos colectivos indgenas en concordancia con la

    LEY 27811RGIMEN DE PROTECCIN DE LOS CONOCIMIENTOS COLECTIVOS

    DE LOS PUEBLOS INDGENAS VINCULADOS A LOS RECURSOS BIOLGICOS

    Sociedad Peruana, ley que permite que los pueblos indgenas estn representados por sus

    organizaciones comunales las cuales adoptarn decisiones respecto al acceso al uso de

    los conocimientos colectivos de conformidad con sus prcticas tradicionales

    Reglamento de la Ley N 29785, Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos

    Indgenas u Originarios

    Artculo 3.- Definiciones

    El contenido de la presente norma se aplica dentro del marco establecido por la Ley

    y el Convenio 169 de la OIT.

    h) Enfoque Intercultural.- Reconocimiento de la diversidad cultural y la existencia de

    diferentes perspectivas culturales, expresadas en distintas formas de organizacin,

    sistemas de relacin y visiones del mundo.

    f) Derechos Colectivos.- Derechos que tienen por sujeto a los pueblos indgenas,

    reconocidos en la Constitucin, en el Convenio 169 de la OIT, as como por los tratados

    internacionales ratificados por el Per y la legislacin nacional. Incluye, entre otros, los

    derechos a la identidad cultural; a la participacin de los pueblos indgenas; a la

    consulta; a elegir sus prioridades de desarrollo; a conservar sus costumbres, siempre

    que stas no sean incompatibles con los derechos fundamentales definidos por el

    sistema jurdico nacional ni con los derechos humanos internacionalmente reconocidos;

    a la jurisdiccin especial; a la tierra y el territorio, es decir al uso de los recursos naturales

    que se encuentran en su mbito geogrfico y que utilizan tradicionalmente en el marco

    de la legislacin vigente-; a la salud con enfoque intercultural; y a la Educacin

    intercultural.

    k) Pueblo Indgena u Originario.- Pueblo que desciende de poblaciones que habitaban en

    el pas en la poca de la colonizacin y que, cualquiera que sea su situacin jurdica,

    conserven todas sus propias instituciones sociales, econmicas, culturales y polticas, o

    parte de ellas; y que, al mismo tiempo, se auto reconozca como tal. Los criterios

    establecidos en el artculo 7 de la Ley deben ser interpretados en el marco de lo

    sealado en artculo 1 del Convenio 169 de la OIT. La poblacin que vive organizada en

    comunidades campesinas y comunidades nativas podr ser identificada como pueblos

    indgenas, o parte de ellos, conforme a dichos criterios. Las denominaciones empleadas

    para designar a los pueblos indgenas no alteran su naturaleza, ni sus derechos

    colectivos. En adelante se utilizar la expresin "pueblo indgena" para referirse a

    "pueblo indgena u originario".

    HUANCABAMBA - Curanderismo Huaringuero

  • 9 Artculo 29.- Base de Datos Oficial

    29.1 La Base de Datos Oficial de los pueblos indgenas y sus organizaciones a que hace

    referencia la Ley, constituye un instrumento de acceso pblico y gratuito, que sirve

    para el proceso de identificacin de los pueblos indgenas. No tiene carcter

    constitutivo de derechos.

    29.2 El Vice ministerio de Interculturalidad es la entidad responsable de elaborar, consolidar

    y actualizar la Base de Datos Oficial. Mediante Resolucin Ministerial del Ministerio de

    Cultura se aprueba la directiva que la regula, incluyendo los procedimientos para la

    incorporacin de informacin en la misma, en particular la disponible en las distintas

    entidades pblicas, as como para la coordinacin con las organizaciones

    representativas de los pueblos indgenas. La Resolucin Ministerial se aprobar

    dentro de los treinta (30) das calendario de la entrada en vigencia del Reglamento.

    DECLARACIN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE LOS DERECHOS

    DE LOS PUEBLOS INDGENAS adoptada por la Asamblea General, el 7 de septiembre de

    2007.

    Artculo 2

    Los pueblos y las personas indgenas son libres e iguales a todos los dems pueblos y

    Personas y tienen derecho a no ser objeto de ninguna discriminacin en el ejercicio de

    Sus derechos que estn fundados en particular, en su origen o identidad indgena.

    Artculo 5

    Los pueblos indgenas tienen derecho a conservar y reforzar sus propias instituciones

    Polticas, jurdicas, econmicas, sociales y culturales, manteniendo a la vez su derecho

    A participar plenamente, si lo desean, en la vida poltica, econmica, social y cultural

    Del Estado

    Artculo 12

    1. Los pueblos indgenas tienen derecho a manifestar, practicar, desarrollar y ensear

    Sus tradiciones, costumbres y ceremonias espirituales y religiosas; a mantener y proteger

    Sus lugares religiosos y culturales y acceder a ellos privadamente; a utilizar y vigilar sus

    Objetos de culto, y a obtener la repatriacin de sus restos humanos.

    Artculo 24

    1. Los pueblos indgenas tienen derecho a sus propias medicinas tradicionales y a

    mantener

    Sus prcticas de salud, incluida la conservacin de sus plantas, animales y minerales

    De inters vital desde el punto de vista mdico. Las personas indgenas tambin tienen

    Derecho de acceso, sin discriminacin alguna, a todos los servicios sociales y de salud.

    HUANCABAMBA - Curanderismo Huaringuero

  • 10

    2. Las personas indgenas tienen derecho a disfrutar por igual del nivel ms alto posible

    De salud fsica y mental. Los Estados tomarn las medidas que sean necesarias para

    lograr.

    Progresivamente la plena realizacin de este derecho.

    Artculo 25

    Los pueblos indgenas tienen derecho a mantener y fortalecer su propia relacin espiritual

    Con las tierras, territorios, aguas, mares costeros y otros recursos que tradicionalmente

    Han posedo u ocupado y utilizado de otra forma y a asumir las responsabilidades

    Que a ese respecto les incumben para con las generaciones venideras.

    CONVENIOSOBRE LA DIVERSIDAD BIOLGICA NACIONES UNIDAS 1992

    Artculo 8. Conservacin in situ

    Cada Parte Contratante, en la medida de lo posible y segn proceda:

    j) Con arreglo a su legislacin nacional, respetar, preservar y

    Mantendr los conocimientos, las innovaciones y las prcticas de las

    Comunidades indgenas y locales que entraen estilos tradicionales de

    Vida pertinentes para la conservacin y la utilizacin sostenible de la

    Diversidad biolgica y promover su aplicacin ms amplia, con la

    Aprobacin y la participacin de quienes posean esos conocimientos,

    Innovaciones y prcticas, y fomentar que los beneficios derivados de la

    Utilizacin de esos conocimientos, innovaciones y prcticas se compartan

    Equitativamente.

    EL CONVENIO DE LA UNESCO 2003.

    Sobre Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial ratificado por el Congreso

    De la Repblica y por tanto Ley vigente Peruana.

    Artculo 2: Definiciones

    A los efectos de la presente Convencin,

    Que, el inciso 1 del artculo 2 de la Convencin para la Salvaguardia del Patrimonio

    Cultural Inmaterial de la UNESCO, estable que "se entiende por Patrimonio Cultural

    Inmaterial los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y tcnicas-junto con los

    instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que le son inherentes-que las

    comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte

    integrante de su patrimonio cultural. Este patrimonio cultural inmaterial, que se transmite de

    generacin en generacin, es recreado constantemente por las comunidades y grupos en

    funcin de su entorno, su interaccin con la naturaleza y su historia, infundindoles un

    sentimiento de identidad y continuidad y contribuyendo as a promover el respeto de la

    diversidad cultural y la creatividad humana

    HUANCABAMBA - Curanderismo Huaringuero

  • 11

    2. El patrimonio cultural inmaterial, segn se define en el prrafo 1 supra, se manifiesta en

    particular en los mbitos siguientes:

    a) tradiciones y expresiones orales, incluido el idioma como vehculo del patrimonio

    cultural inmaterial;

    b) artes del espectculo;

    c) usos sociales, rituales y actos festivos;

    d) conocimientos y usos relacionados con la naturaleza y el universo;

    e) tcnicas artesanales tradicionales.

    3. Se entiende por salvaguardia las medidas encaminadas a garantizar la viabilidad del

    patrimonio cultural inmaterial, comprendidas la identificacin, documentacin,

    investigacin, preservacin, proteccin, promocin, valorizacin, transmisin -

    bsicamente a travs de la enseanza formal y no formal- y revitalizacin de este

    patrimonio en sus distintos aspectos.

    4. La expresin Estados Partes designa a los Estados obligados por la presente

    Convencin y entre los cuales sta est en vigor.

    5. Esta Convencin se aplicar mutatis mutandis a los territorios mencionados en el

    Artculo 33 que pasen a ser Partes en ella, con arreglo a las condiciones especificadas

    en dicho artculo. En esa medida la expresin Estados Partes se referir igualmente a

    esos territorios.

    CORTE INTERAMERICNA DE DERECHOS HUMANOS.

    B. El derecho a la salud

    157. Los pueblos indgenas y tribales, ha recordado la Corte Interamericana,

    tambin tienen derecho a acceder a su territorio y a los recursos naturales necesarios para

    la prctica de la medicina tradicional de prevencin y cura de enfermedades440. En este

    punto, la Corte Interamericana ha retomado lo dispuesto por el Comit de Derechos

    Econmicos, Sociales y Culturales de la ONU en su Observacin General No. 14 sobre el

    derecho al disfrute del ms alto nivel posible de salud, segn el cual los pueblos indgenas

    tienen derecho a medidas especficas que les permitan mejorar su acceso a los servicios de

    salud y a las atenciones de la salud. Los servicios de salud deben ser apropiados desde el

    punto de vista cultural, es decir, tener en cuenta los cuidados preventivos, las prcticas

    curativas y las medicinas tradicionales (). // Para las comunidades indgenas, la salud del

    individuo se suele vincular con la salud de la sociedad en su conjunto y presenta una

    dimensin colectiva. A este respecto, el Comit considera que () la () prdida por esas

    poblaciones de sus recursos alimenticios y la ruptura de su relacin simbitica con la tierra,

    ejercen un efecto perjudicial sobre la salud de esas poblaciones441.

    No hay derecho a la saludEn la provincia de HBBA de una poblacin de 124,298,

    slo 15,359 (12.35%) son urbanas y 108,940 es rural (87.65%).

    En el ao 2007 se registra solo 8 centros de salud y 50 puestos de salud del

    Ministerio de salud y 2 postas mdicas de Es salud.

    HUANCABAMBA - Curanderismo Huaringuero

  • 12

    Poblacin con seguro integral de salud SIS 52,543 para la poblacin de pobreza y

    extrema pobreza

    Poblacin con Es salud 795

    Poblacin sin ningn seguro de salud 65,407.

    Dada la situacin precaria como el estado atiende a la salud de los Huancabambinos que ni

    siquiera contamos con un hospital; son los curanderos y los conocimientos ancestrales que

    asumen el rol del estado para curar a los enfermos.

    En el mundo debe haber 25 mdicos por cada 10,000 habitantes, en el Per hay solo 21

    mdicos y de los 50,000 solo 15,000 son especialistas

    D. El derecho a la identidad cultural y la libertad religiosa

    160. La perpetuacin de la identidad cultural de los pueblos indgenas y tribales

    tambin depende del reconocimiento de las tierras y territorios ancestrales446. La estrecha

    relacin entre los pueblos indgenas y tribales y sus territorios tradicionales y los recursos

    naturales que all se encuentran es un elemento constitutivo de su cultura en tanto forma de

    vida particular447. Los cementerios ancestrales, los lugares de significado e importancia

    religiosos y los sitios ceremoniales o rituales vinculados a la ocupacin y uso de sus

    territorios fsicos448 constituyen un elemento intrnseco del derecho a la identidad

    cultural449. La falta de garanta del derecho a la propiedad comunitaria, por lo tanto,

    perjudica la preservacin de las formas de vida, costumbres e idioma de las comunidades

    indgenas y tribales450. Para los pueblos indgenas y tribales, la posesin de su territorio

    tradicional est marcada de forma indeleble en su memoria histrica y la relacin que

    mantienen con la tierra es de una calidad tal que su desvinculacin de la misma implica

    riesgo cierto de una prdida tnica y cultural irreparable, con la consecuente vacante para

    la diversidad que tal hecho acarreara451.

    161. Los pueblos indgenas y tribales tienen derecho, en este orden de ideas, a que

    el Estado les garantice en forma efectiva su derecho a vivir en su territorio ancestral y poder

    as () preservar su identidad cultural452. Al no garantizar el Estado el derecho de

    propiedad territorial de las comunidades indgenas y sus miembros, se les priva no slo de

    la posesin material de su territorio sino adems de la base fundamental para desarrollar su

    cultura, su vida espiritual, su integridad y su supervivencia econmica453. Por ello, en

    virtud del artculo 21 de la Convencin Americana, la garanta del derecho a la propiedad

    territorial es un medio para preservar la base fundamental para el desarrollo de la cultura, la

    vida espiritual, la integridad y la supervivencia econmica de las comunidades

    indgenas454. Las limitaciones al derecho de propiedad indgena tambin pueden afectar

    el derecho al ejercicio de la propia religin, espiritualidad o creencias, derecho que se

    reconoce en el artculo 12 de la Convencin Americana y el artculo III de la Declaracin

    Americana. Los Estados tienen la obligacin de garantizar a los pueblos indgenas la

    libertad de conservar sus formas propias de religiosidad o espiritualidad, incluyendo la

    expresin pblica de este derecho y el acceso a los sitios sagrados.

    Ley General de Patrimonio Cultural de la Nacin, Ley N 28296

    HUANCABAMBA - Curanderismo Huaringuero

  • 13

    Artculo II .- Definicin

    Se entiende por bien integrante de! Patrimonio Cultural de la Nacin toda

    manifestacln del que hacer humano material e inmaterial que por su Importancia. valor y

    significado paleantolglco, arqueolgico. arquitectnico. histrico. artstico. militar. social.

    antropolgico. tradicional. religioso. etnolgico. cientco. tecnolgico o Intelectual. sea

    expresamente declarado como el o sobre el que existe la presuncin legal de serlo. Dichos

    bienes tienen le condicin de propiedad pblica o privada con las limitaciones que

    establece la presente Ley.

    Artculo 1.- Clasificacin

    Los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacin se Clasifican.

    2. BIENES MATERIALES Y BIENES INMATERIALES

    Integran el patrimonio inmaterial de la Nacin las

    creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones, expresadas por

    individuos de manera unitaria o grupal, y que reconocidamente responden a las

    expectativas de la comunidad, como expresin de la identidad cultural y social, ademas de

    los valores trasmitidos oralmente, tales como los idiomas lenguas y dialectos autctonos, el

    saber y conocimiento tradicional, ya sean artsticos, gastronmicos, medicinales,

    tecnolgicos, folclricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras

    expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad

    cultural.

    RESOLUCIN DIRECTORAL NACIONAL N 836/INC

    Lima, 24 de junio de 2008

    Visto, el informe N 056-2008-DRECP/INC de fecha 29 de mayo de 2008, emitido por la

    Direccin de Registro y Estudio de la Cultura en el Per Contemporneo;

    CONSIDERANDO:

    Que, el artculo 21 de la Constitucin Poltica del Per, seala que es funcin del Estado la

    proteccin del Patrimonio Cultural de la Nacin. Que, el inciso 1 del artculo 2 de la

    Convencin para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la UNESCO, estable

    que "se entiende por Patrimonio Cultural Inmaterial los usos, representaciones,

    expresiones, conocimientos y tcnicas-junto con los instrumentos, objetos, artefactos y

    espacios culturales que le son inherentes-que las comunidades, los grupos y en algunos

    casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. Este

    patrimonio cultural inmaterial, que se transmite de generacin en generacin, es recreado

    constantemente por las comunidades y grupos en funcin de su entorno, su interaccin con

    la naturaleza y su historia, infundindoles un sentimiento de identidad y continuidad y

    contribuyendo as a promover el respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana

    HUANCABAMBA - Curanderismo Huaringuero

  • 14

    SE RESUELVE:

    Artculo nico.-

    DECLARAR PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIN a los conocimientos y

    usos tradicionales de Ayahuasca practicados por las comunidades nativas amaznicas,

    como garanta de continuidad cultural.

    GUA METODOLGICA PARA LA CONSULTA A LOS PUEBLOS INDGENAS.

    Publicada el 2 de Abril 2013 y Confirma que los pueblos que usan la medicina

    ancestral son pueblos con derecho a ser consultados sus conocimientos que deben ser

    protegidos como de nuestros curanderos huaringueros, parteras, hueseros etc.

    Ley Orgnica de Municipalidades. LEY N 27972

    ARTICULO 82.- EDUCACION, CULTURA, DEPORTES Y RECREACION

    Las municipalidades, en materia de educacin, cultura, deportes y recreacin, tienen como

    competencias y funciones especficas compartidas con el gobierno nacional y el regional

    las siguientes:

    12.Promover la proteccin y difusin del patrimonio cultural de la nacin, dentro de su

    jurisdiccin, y la defensa y conservacin de los monumentos arqueolgicos, histricos y

    artsticos, colaborando con los organismos, regionales y nacionales competentes para

    su identificacin, registro, control, conservacin y restauracin.

    HUANCABAMBA - Curanderismo Huaringuero

    Este derecho comprende la propiedad o

    posesin colectiva, el uso de los recursos

    naturales que se encuentran en su mbito

    geogrfico y que utilizan tradicionalmente,

    en el marco de la legislacin vigente.

    Derecho a la

    Salud

    Intelectual (Art.

    25 del

    Convenio N

    169 OTT).

    Derecho sobre

    sus tierras y

    territorios (Arts.

    13, 14, 15,

    17, 18 y 19

    del Convenio

    N 169 OTT).

    El uso de prcticas ancestrales y

    conocimiento tradicional en el

    cu idado de l os en fe rmos ,

    reconocimiento de las labores de

    c u r a n d e r o s ( a s ) . p a r t e r a s

    t r a d i c i o n a l e s . p r o m o t o r e s

    indgenas de salud, etc.

    La propiedad colectiva de la tierra,

    derechos de concesin para el uso

    de recursos naturales, como el uso

    agrcola, reas de pastoreo, focos

    de agua, entre otros.

    Este derecho consiste en que los servicios de salud. en territorios habitados por pueblos indgenas, deben organizarse a nivel comunitario y tomar en consideracin los mtodos de prevencin, prcticas curativas y medicamentos tradicionales. E s t a d i s p o s i c i n c o n s t i t u y e u n reconocimiento del valor de la medicina tradicional y de la necesidad de preservarla, aprender de ella y enriquecerla.

    Entre la jurisdiccin ordinaria y la

    jurisdiccin indgena.

  • 15

    13.Promover la cultura de la prevencin mediante la educacin para la preservacin del

    ambiente.

    14.Promover y administrar parques zoolgicos, jardines botnicos, bosques naturales ya

    sea directamente o mediante contrato o concesin, de conformidad con la normatividad

    en la materia.

    15.Fomentar el turismo sostenible y regular los servicios destinados a ese fin, en

    cooperacin con las entidades competentes.

    ARTCULO 91.- CONSERVACION DE ZONAS MONUMENTALES

    Las municipalidades provinciales, en coordinacin con el Instituto Nacional de

    Cultura o a su solicitud, pueden establecer limitaciones especiales por la necesidad de

    conservacin de zonas monumentales y de edificios declarados monumentos histricos o

    artsticos, de conformidad con las leyes sobre la materia y con las ordenanzas sobre

    proteccin urbana y del patrimonio cultural.

    Conclusiones.

    Somos pueblos originarios, no solo por nuestros ancestros Inca y pre Incas; sino

    que sobre todo an mantenemos las creencias ideolgicas de la primera religin que tuvo el

    hombre desde que apareci en la tierra, como es el caso de Animismo que bajo esta

    percepcin se sigue moviendo el hombre huaringuero en pleno siglo 21 con una

    cosmovisin de hace ms de 4,000 aos antes de Cristo.

    En el video de Ivn Lanegra Vice ministro de la Interculturalidad indica que la

    religin de muchos pueblos interculturales califica a stos como indgenas y debern ser

    respetados para futuros proyectos que podran ser afectadas como naciones.

    Por lo expuesto la medicina huaringuera debe ser considerada como

    patrimonio cultural de la nacin tal como se ha hecho con la planta medicinal de la

    ayahuasca.

    Presentamos a continuacin un trabajo basado en las representaciones

    arqueolgicas y las crnicas dejadas por los primeros conquistadores que

    podemos afirmar que nuestros curanderos huaringueros son los herederos de los

    primeros mdicos que vivieron en estas tierras de los Incas.

    CURANDERISMO HUARINGUERO

    El presente trabajo del curanderismo en el complejo de las lagunas de las

    HUARINJAS obedece a una inquietud sociolgica motivada por la falta de trabajos de

    investigacin en este campo ideolgico desde una perspectiva de cosmovisin andina.

    (En la cosmovisin de un pueblo se sintetizan de manera estructurada sus

    principales conceptos acerca de la forma y calidad del universo, de sus habitantes, y de la

    HUANCABAMBA - Curanderismo Huaringuero

  • 16

    posicin del hombre dentro de ese sistema. Sobre todo en culturas tradicionales la

    cosmovisin sirve de modelo para varios aspectos de la cultura, como el patrn de asientos

    de los poblados, la organizacin de la sociedad, y ritos de mucha ndole. Por esto la

    cosmovisin influye de varias formas la vida rutinaria del pueblo respectivo (Khler

    1980:583)

    Cosmovisin Andina

    Cosmovisin andina Inca(concepcin e imagen del mundo en la Cultura Inca)

    La Cosmovisin Andina Inca consideraba que la naturaleza, el hombre y la Pachamama

    (Madre Tierra), son un todo que viven relacionados estrechamente y perpetuamente. Esa

    totalidad vista en la naturaleza, es para la Cultura Andina, un ser vivo. El hombre tiene un

    alma, una fuerza de vida, y tambin lo tienen todas las plantas, animales y montaas, etc., y

    siendo que el hombre es la naturaleza misma, no domina, ni pretende dominarla, ms bien

    armoniza y se adapta para coexistir en la naturaleza, como parte de ella.

    En los Andes, el tiempo y el espacio se consideraron sagrados. Los accidentes

    geogrficos, como los nevados, volcanes, montaas, cerros, ros y lagos, etc. Fueron

    divinizados por el poblador andino. Eran objetos de culto y motivo de celebracin de fiestas

    y rituales. Los lugares elevados, en especial, fueron sacralizados y en ellos se realizaban

    comnmente festivales y cultos religiosos para agradecer y pedir intervencin divina para

    vivir en comunin y armona en el mundo.

    historiacultural.com 2012

    Los curanderos actuales de la provincia de HUANCABAMBA son Poseedores

    de un profundo conocimiento ancestral sobre plantas medicinales, sus formas de curacin

    dejadas como sabidura de conocimientos y creencias visionarias del mundo.

    Siendo uno de los objetivos demostrar que nuestros curanderos son los

    herederos del conocimiento de los antiguos sacerdotes y curanderos de las primeras

    culturas que se desarrollaron en el Per.

    Al final del presente trabajo tendremos ya una idea clara de que las

    comunidades de HUANCABAMBA son pueblos originarios inclusive antes de los Incas.

    El Reglamento de la Ley N 29785, Ley del Derecho a la Consulta Previa

    HUANCABAMBA - Curanderismo Huaringuero

    HANAN

    PACHA

    KAI

    PACHA

    UKU

    PACHA

  • 17

    establece que las comunidades tambin tienen este derecho siempre y cuando sean

    pueblos originarios que descienden de pueblos de la colonia; como es el caso de la

    Comunidad de Segunda y cajas y la mayora de la poblacin de Huanca bamba,

    descendientes de los Huanca pampas, y los Caxas ( AYLLUS) y sobre todo que an

    mantenemos las creencias ideolgicas del animismo originadas en la aparicin del hombre

    sobre la tierra, conocida por los antroplogos como etapa de la Comunidad Primitiva

    aproximadamente entre 6,000 y 4,000 aos antes de Cristo, donde la naturaleza

    circundante estaba llena de espritus que regan sus vidas.

    Esta poblacin Huacabambina desde siempre ha vivido en estas tierras

    inclusive antes de los Incas y la etapa de la repblica Peruana y que en nombre de ella

    ponen condiciones para ser consultados sobre su propio destino como son los proyectos a

    desarrollarse en sus propias comunidades. Conscientes de esta realidad estamos

    escribiendo el presente ensayo fiel reflejo de la realidad histrica.

    Por cuestiones metodolgicas este trabajo lo iniciaremos buscando la herencia

    cultural dejada por las primeras culturas pre incas e incas casi todas radicadas en el norte

    del Per, que gracias a sus representaciones Etna arqueolgicas y la trasmisin de sus

    conocimientos de una serie de plantas sagradas ha podido sobrevivir nuestras religiones

    antiguas ligadas al quehacer econmico y conocimiento de toda la naturaleza como el

    conocimiento del mismo hombre.

    El trabajo lo desarrollaremos recopilando la informacin histrica arqueolgica la

    cual la hemos dividido en cuatro temas:

    El primer captulo se basar en las prcticas curanderiles de los sacerdotes pre inca como

    del conocimiento que ellos tenan de ciertas plantas sagradas que utilizaron para llevar a

    cabo sus ceremoniales que usaron antes de cualquier actividad de la sociedad a las que

    llamaron plantas de poder. Asimismo de los restos arqueolgicos que nos dejaron como

    testimonios de sus creencias, los cuales fueron considerados sagrados; combinndose

    una dupla de lo sagrado_ religioso y de poder que gracias a la trasmisin de generacin en

    generacin ahora est en manos de los maestros curanderos y as es reconocido por los

    creyentes que asisten a los rituales huaringueros.

    La sociedad les reconoce que tienen el poder de ser los intermediarios para

    conectarse con lo sagrado y desplazarse en los dos mundos, el ancestral y occidental

    Los ritos de una mesa huaringuera deberan ser considerados como patrimonio

    de la nacin por cuanto representan la historia de nuestro pasado cultural y el signo de la

    sobrevivencia de la religin que se profes.

    El presente trabajo se da en el entorno de las lagunas de las huaringas que

    pertenece al distrito del Carmen de la frontera, provincia de Huanca bamba(caseros de la

    comunidad Segunda y Cajas) ciudad de tercer nivel de importancia para el imperio incaico.

    HUANCABAMBA - Curanderismo Huaringuero

  • 18

    EL UNIVERSO DE LAS LAGUNAS HUARINGUERAS

    HUARINGA, es palabra Aymara, que significa:

    Huari lquido espeso, o tambin Dios de la Fuerza, en

    conjuncin que el trmino Inga, su significado podra

    interpretarse como el agua o laguna del Inga, o tambin el Dios de

    la Fuerza del Inga.

    Huari es un dios andino cuyo culto habra tenido su centro principal en el Callejn de Con

    chucos, donde se erigi el famoso templo de Chavn de Huntar; fue representado con

    bculos. Este dios inca se le denomina viracocha

    Laguna Shimbe y Laguna Negra Cortesa Jos Vargas imagen institucional

    Municipalidad HBBA

    Las lagunas de las Huaringas,se encuentran en la cordillera de Huamn que

    termina en el nudo de Loja, estn a una altura de 3,950 m.s.n.m., forma parte de uno

    de los lugares ms atractivos y atrayentes de la provincia de Huanca bamba, en

    dicha cordillera existen un sin nmero de lagunas entre las cuales tenemos:

    Laguna negra, shimbe, palanganas, arrebiatadas, los patos, lagunas del oro y de la

    plata, del Inca, princesa, relmpagos, del pozo claro, la colorada, barbacoas o

    amarilla, Laguna del toro

    En lo que se refiere al Per, la prctica curanderil est muy difundida en todos los pueblos.

    HUANCABAMBA - Curanderismo Huaringuero

  • 19

    Pero son tres los centros geogrficos que han adquirido cierta importancia; el pueblo de

    Cachiche, en el departamento de Ica, que ha pasado a la declinacin de la actividad

    curanderil; el pueblo de Salas, en el departamento de Lambayeque. que se encuentra en un

    equilibrio de actividad y, finalmente, las huaringas de Huancabamba, en el departamento de

    Piura, que constituye en la actualidad algo as como los centros acedmicos superiores del

    conocimiento curanderil hacia donde acuden los curanderos de todo el pas en busca de

    sus yerbas o pajas y aprovechan la oportunidad para controlar el rendimiento de sus

    artes, chequear sus propios poderes y verificar un buen trabajo de limpieza, in situ, a los

    pacientes cuya asistencia es necesaria en las mencionadas huaringas.

    (Sistemas y Orientaciones de las actividades curanderiles en el Per de

    Abrahn Caycho Jimnez)

    Otra condicin principal para la sobrevivencia del curanderismo huaringuero es

    su conocimiento ancestral curativo de muchsimas plantas consideradas sagradas tal es el

    caso del cactus de la huachuma usado por los sacerdotes y curanderos de las culturas pre

    incas para hacer predicciones y curaciones, que por su componente de la mezcalina les

    permita entrar en contacto con los dioses que los protegan y los castigaban, aqu en este

    captulo tratamos de explicar las cualidades de esta planta sagrada.

    En el segundo captulo hemos transcrito las versiones de los principales

    cronistas espaoles que estuvieron presentes en la poca de la colonia; y como ellos desde

    su perspectiva cristiana relataron las costumbres de los indios especialmente en sus ritos

    mgico religiosos que precedan ante cualquier actividad como fue la prctica de la

    curacin llevada a cabo por los mdicos incaicos o CAMASCAS tal como los conocan los

    incas. Estos cronistas usan el trmino occidental de brujo al referirse a los mdicos

    incaicos que curaban bajo su cosmovisin andina en el contexto de la transculturacin que

    sufrieron los Incas.

    Este captulo es muy importante por cuanto vamos a demostrar que los actuales

    HUANCABAMBA - Curanderismo Huaringuero

  • 20

    curanderos huaringueros o maestros tal como actualmente se les denomina siguen

    utilizando muchos elementos usados por estos CAMASCASentre los cuales podemos

    enumerar: uso de la huachuma, la planta del tabaco, el arte de esnifar o singar,el uso del

    cuy, el maz, uso de los spondylus sagrados, piedras de huacas, gentiles,uso de las

    mishas en la absorcin de los males conocido como las chupas, uso de las sonajas y

    dems elementos representativos de la naturaleza circundante como las piedras, agua,

    semillas , palos animales etc.

    El tercer captulo transcribiremos parte de la historia de dos culturas principales

    del norte peruano como son Chavn de Huntar y la cultura Mochica; por cuanto sus

    religiones y representaciones de sus dioses son los mismos de los Mitupampas asentados

    en Huanca bamba

    En el cuarto captulo describiremos al maestro o curandero huaringuero ,

    heredero del conocimiento de los CAMASCAS trasmitidos a ellos de generacin en

    generacin , as como analizaremos parte de sus ritos llamados mesadas, y finalmente

    describiremos el ritual en su conjunto.

    CAPITULO I

    EVIDENCIAS ARQUEOLGICAS E HISTRICAS DE LAS CULTURAS PRE

    INCAS

    En este captulo vamos a explicar y contrastar los rituales de los curanderos

    HUARINGUEROS cuando practican sus rituales mgico religiosos gracias a la evidencias

    arqueolgicas e histricas de las culturas pre incas como de la cultura moche, chavn de

    Huntar y la cultura de los Incas que actualmente se encuentran en los museos

    arqueolgicos del Per como el de Tcume; Brning de Lambayeque, de Sicn en

    ferreafe, museo del seor de Sipn en Lambayeque, museo arqueolgico de Trujillo y

    museo Cassinelli de Trujillo as, sitios arqueolgicos de chavn de Huntar, Sechn, huaca

    de la luna y bosque y huacas de Pomac.

    Entre las evidencias encontradas en estos museos podemos enumerar el cactus

    sagrado de la huachuma o san Pedro. El nombre botnico es Trichocereus pachanoi, un

    cactus gigante que puede llegar a medir ms de 10 metros de altura. A su plenitud de

    madurez a los siete aos, floreciendo en las noches en la primavera, momento ms apto

    para su consumo ritual.

    Se piensa que las primeras culturas andinas que tuvieron experiencia con el uso

    del cactus de san Pedro fueron de la poca pre cermica, casi en 3000 a. C. En el litoral

    peruano se han encontrado representaciones del cactus en restos de cermicas, estelas e

    iconografas.

    Las propiedades que tiene el cactus sagrado por su componente la mezcalina

    HUANCABAMBA - Curanderismo Huaringuero

  • 21

    (La Mezcalina fue aislada e identificada por primera vez por el qumico alemn Arturo

    Heffter en 1897. En 1919 fue producida sintticamente por primera vez por el Dr. Ernst

    Spath) Posologa La mescalina, principio activo bsico del peyote, carece de dosis mortal

    conocida. Nadie ha muerto a consecuencia de ingerir el cacto o administrarse el alcaloide.

    Por va oral, la dosis activa mnima ronda los 100 miligramos, si bien slo 500 o 600

    miligramos producirn una experiencia visionaria muy intensa, que durar entre 6 y 10

    horas. En botones de la planta, y dependiendo de su tamao, , si bien treinta equivalen a

    bastante ms de 600 miligramos. La sntesis qumica es relativamente cara, pues un gramo

    (dos dosis altas) viene a costar dos dlares, que en el mercado lcito se elevan a 70, y en el

    ilcito a 200.

    Las formas vegetales suelen tomarse tras secar el cacto, ya que sus principios no

    son voltiles. Sin embargo, slo los muy experimentados evitan que la ebriedad se vea

    precedida por nuseas y vmito, dado el sinsufrible gusto, quiz acompaados por un

    pasajero dolor de cabeza. Incluso la mescalina pura afecta al centro cerebral del vmito,

    aunque muchas veces no produzca ese efecto. Dentro del sistema nervioso, el principal

    rgano afectado es el hipotlamo. Este alcaloide presenta la misma estructura qumica

    bsica que la norepinefrina o noradrenalina; ambos derivan de la fenetilamina, pariente

    prximo de la fenilalanina, que es uno de los aminocidos esenciales. A la norepinefrina se

    atribuyen funciones decisivas en el mantenimiento de la vigilia, el reposo nocturno con

    s u e o , l a r e g u l a c i n d e l h u m o r y e l m e c a n i s m o c e r e b r a l d e

    gratificacin.(BIBLIOGRAFAESCOHOTADO, A. Historia General de las Drogas. Pg.

    1327-1332. Ed. Espasa, 2005)

    Permiten percibir al mundo ms all de la ilusin de lo que es la realidad.

    Podemos acceder a nuestra propia naturaleza espiritual mediante una conexin profunda

    con la naturaleza que nos rodea considerada la morada de los dioses que rigen nuestras

    vidas tal como siguen percibiendo nuestros curanderos huaringueros de la provincia de

    HUANCABAMBA; busquemos pues estas races religiosas comenzando con el principal

    cronista indio El noble Guamn poma de Ayala a travs del dibujo nos indica la cosmovisin

    religiosa de los Incas donde haba tres mundos creados por el dios Viracocha:

    PRIMER CAPTVLO D [E] LOS INGAS: ARMAS PROPIAS

    HUANCABAMBA - Curanderismo Huaringuero

  • 22

    1.Hanan Pacha (mundo de arriba, celestial o supra terrenal): era mundo celestial

    y slo las personas justas podan entrar en ella, En la tradicin andina se defini al Hanan

    Pacha como el mundo superior donde habitaban los dioses como Viracocha, Inti, Mama

    Quilla, Pachacamac, Mama Cocha, etc.

    2.Kay Pacha (mundo del presente): en la cosmovisin andina, Kay Pacha es el

    nombre del mundo terrenal, donde habitan los seres humanos y pasan sus vidas.

    3. Uku Pacha (mundo de abajo o mundo de los muertos): en la mitologa andina,

    Uku Pacha era el mundo de abajo o mundo de los muertos, de los nios no nacidos y todo lo

    que estaba debajo de la superficie de la tierra o del mar. Las fuentes, cuevas u otras de las

    aberturas de la superficie terrestre eran consideradas lneas de comunicacin entre el Uku

    Pacha y el Kay Pacha. Una tradicin recogida por el sacerdote Cristbal de Molina, nos

    seala que cuando Viracocha, el Creador del Universo, visitaba las montaas y los valles

    poco tiempo despus de haber creado al hombre, le orden a su hijo mayor, Imay Maman,

    en cuyas manos haba depositado el poder para hacer todas las cosas, ir sobre los Andes y

    las montaas del mundo y dar nombre a todos los rboles y las plantas y las flores y las

    frutas, y determinar en qu estacin del ao deberan florecer y fructificar, y ensearle al

    hombre cules eran las hierbas que tenan efecto curativo o venenoso. El arsenal completo

    del herbolario precolombino debe haber incluido un gran nmero de plantas y otras

    substancias naturales que hasta ahora no han sido identificadas.

    Volviendo a las culturas pre incas Una de las evidencias materiales arqueolgicas ms

    importantes es un bajorrelieve del templo de Chavn de Huntar, donde se muestra a un

    sacerdote que lleva en sus manos el citado cactus,

    Lpida en Plaza Circular, "El Chaman", Centro Ceremonial Chavn de Huntar,

    HUANCABAMBA - Curanderismo Huaringuero

  • 23

    siglo X AC

    Es un mdico Chavn o HampicamayocHampi que significa remedio / medicina

    Camayoc que significa el encargado de. ste hampicamayoc tiene los ojos del dios

    jaguar, las uas del cndor, culebras trenzadas en la cabeza, en su mano derecha un

    bculo de la planta sagrada de la guachuma.

    Esta representacin est inciso en bajorrelieve; muestra una vista lateral de la

    principal deidad de Chavn: un ser mitolgico antropomorzado con cabello serpentino,

    colmillos, un cinturn con una serpiente de dos cabezas y garras de guila arpa. En su

    mano derecha, que est alargada, la figura sostiene un cacto de San Pedro de cuatro

    nervaduras. El estilo Chavn floreci en el rea andina alrededor de (1400-400) a.C., y esta

    piedra data del 1300 A.C

    Para la antropologa andina esta planta no es alucingeno; sino un

    encanto que Permite al chaman que es un especialista en su uso conectarse con el

    mundo de los dioses; nos puede llevar a estados de conciencia diferente de la conciencia

    ordinaria.

    Josep M. Fericgla hace una descripcin impresionista, muy particular, en que

    describe cmo acta cognitivamente el chaman. Es una definicin que sita al lector e

    investigador de manera clara en este contexto:

    Es un individuo visionario e inspirado, entrenado en decodicar su imaginera

    mental y en entenderla. Esta imaginera mental que el chaman a cultivado, y cuyos

    impulsos y pasadizos dice dominar, el sirve de tcnica de profunda revisin personal y como

    camino para recibir verdades referidas al mundo exterior, que l vive como

    revelacionesdurante la disociacin mental a la que se somete y que controla su ego

    visionario establece relaciones con entidades que l chaman vivencia como de carcter

    inmaterial. Con la ayuda de tale entidades, el brujo dice poder hasta un punto que

    depende de su capacidad personal- modicar el orden del cosmos invisible de acuerdo a su

    inters o al de la colectividad. Es habitual que el chaman consuma sustancias entegenas o

    mantenga ritmos persuasivos (principalmente binarios) para inducirse la disociacin

    mental, el trance que lo caracteriza (FERICGLA J:M 2000:22-23)

    Al curandero Huaringuero se le definira como un maestro (el que ensea y

    sabe) en el manejo y aplicacin curativa del San Pedro que le propicia un mayor nivel de

    entendimiento de su propia realidad psquica y fsica como del mundo circundante, se

    hace consciente de una manera cuantitativa y cualitativamente superior de una

    enorme gama de conceptos que se interconectan y adquieren sentido profundo y

    coherencia total.

    Los acontecimientos de este mundo se entienden entonces como unidades

    HUANCABAMBA - Curanderismo Huaringuero

  • 24

    de interrelacin entre este mundo y el mundo superior y pueden ser modificables, a

    niveles favorables al hombre, para lo cual es necesaria la intervencin del curandero

    para que lleve a cabo los ritos en una mesa de religiosidad andina donde todos los

    sentidos como la vista, el oler, tocar, or se agudizan al mximo porque el sistema nervioso

    ha sido alterado.

    El maestro destaca en el papel curandero como eje social y cultural del rito que

    pervive y la importancia de los estados alterados de conciencia originada en la ingesta de

    la huachuma para curar enfermedades y conocer los conflictos humanos que alteran el

    orden social

    La mezcalina permite un aumento en la agudeza de los sentidos y la

    consecucin de estados de elevado rendimiento intelectual especialmente en horario

    nocturno y en parte debido a la sensibilizacin a la dilatacin de las pupilas (midriasis) que

    provoca la huachuma, haciendo la visin incompatible con el resplandor del sol.

    El componente qumico de esta planta es la mezcalina que contiene una frmula

    molecular igual que la NORADRENALINA producida por una hormona del organismo

    humano que regula el sistema nervioso perifrico, estimulando la alerta sensorial y

    muscular frente al mundo exterior.

    la mezcalina acta en los sistemas noradrenalnicos modificando o

    reemplazando algunos de los intermediarios qumicos, a modo de llaves similares que

    abren las mismas cerraduras. Es as como se producen estados de conciencia que se

    diferencian cualitativamente de la conciencia ordinaria (Fernando Cabieses.)

    (La mescalina (trimetoxifeniletilamina) es un alcaloide de origen vegetal con

    propiedades psiquedlicas y alucingenas. Fue aislado del peyote, y est tambin

    presente en algunas otras cactceas como el San Pedro. Las formas vegetales suelen

    tomarse tras secar el cactus, ya que sus principios activos no son voltiles. La molcula de

    mescal ina es una fenet i lamina, relacionada estructuralmente con el

    neurotransmisornoradrenalina.

    Estas drogas tambin fueron definidas como psicotomimeticas por la Academia

    de Ciencias de Nueva York que nos llevan a los estados alterados como otros estudiosos

    as indican:

    Definicin de droga: psicotomimticas. Diferentes de-nominaciones haban sido

    propuestas para designar genri-camente a las drogas capaces de producir

    aberracionesmentales parecidas a las que se observan en la psicosis. entre stas: drogas

    alucinognicas. psiquediicas. fantticas esquizgenas. psicosomimeticas.

    psicotomimticas. etc. La denominacin de droga alucinognica. hace referencia solo a

    una de sus propiedades y por lo tanto es incompleta. La Academia de Ciencias de Nueva

    York. para convocar a un simposium sobre estas drogas. el cual se realiz en Nueva York en

    HUANCABAMBA - Curanderismo Huaringuero

  • 25

    abril de 1956. escogi la denominacin propuesta por Gerard 8. de drogas

    psicotomimticas:

    cuya definicin fue encargada a Osmond. quien ha definido a estas drogas en la siguiente

    forma: Substancias que producen cambios mentales (del pensamiento. perceptuales,

    emocionales, del comportamiento y a veces alteraciones, cambios que se produce

    independientemente entre si o en concierto. estas drogas no producen grandes disturbios

    en el sistema neurovegetativo ni imperiosa necesidad de ellas, por hbito. Con

    sobredosificacin pueden ocasionar tambien desorientacin, disturbios de la memoria,

    estupor. y aun narcosis, pero estas reacciones no son caracteristicas. Esta definicin

    excluye a la morfina, la cocaina, la atropina y sus derivados, los analgesicos, anastsicos e

    hipnoticos.

    Procedimiento

    En el presente estudio no se intenta descubrir, en detalles, los resultados de las

    investigaciones originales, sino que se pretende ms bien hacer un resumen de las

    propiedades psicotomimeticas y ms efectos farmacodinamicos de Estudios comparativo

    de la Harmina, la Dietilamida del cido Lisrgico (LSD-25) y la Mescalina

    Departamento de Farmacologa, Universidad

    Central y Departamento de Medicina

    Experimental, Laboratorios LIFE, Quito

    Dr. Pluterco Naranjo

    (Farmacologa: la accin sicotrpica del San Pedro

    El anlisis farmacolgico del San Pedro ha revelado que contiene diversos

    alcaloides:

    mescalina o TMPE (trimetoxipheniletilamina), tiramina, metitiramina, metoxitiramina,

    ordenina, analonina y tricocerene (Bianchi, 1996: 321).

    El principal de estos alcaloides es la mescalina, descubierta a fines del siglo XIX

    en el cactus mexicano peyote (Lophophora williamsii). La mescalina fue el primer

    alucingeno purificado y estudiado farmacolgicamente, lo cual permiti conocer

    Cientficamente el origen de los estados modificados de conciencia. Posteriormente,

    sedescubre la presencia de mescalina en el San Pedro y otros cactus (Cabieses, 1993:

    399).La mescalina se forma en los tejidos del San Pedro, fundamentalmente en la carne

    verde adyacente al pellejo externo, su contenido es aproximadamente de 0.12 por ciento en

    la planta fresca y de 2 por ciento cuando est seca, aunque su concentracin es mayor en el

    T.peruvianus que en el T. pachanoi (Ostolaza, 1995: 75) y vara de acuerdo al lugar donde

    HUANCABAMBA - Curanderismo Huaringuero

  • 26

    crece la planta. Se dice que las variedades de San Pedro que crecen en las laderas

    andinas son ms potentes [...] debido a laLa mescalina tiene una frmula molecular casi

    idntica a la noradrenalina, una hormona o intermediario qumico que produce

    naturalmente el organismo y regula el sistema nervioso perifrico, estimulando la alerta

    sensorial y muscular frente al mundo exterior. Una vez asimilada por va oral, la mescalina

    acta en los sistemas noradrenalnicos modificando o reemplazando algunos de los

    intermediarios qumicos, a modo de llaves similares que abren las mismas cerraduras. Es

    as como se producen estados de conciencia que se diferencian cualitativamente de la

    conciencia ordinaria (Cabieses, 1993: 370-374, 399;Schultes y Hofmann, 1993: 183).

    LEONARDO FELMAN GRACIA TESIS PARA OPTAR EL GRADO DE

    MAGISTER EN ARQUEOLOGIA ANDINA.

    EL CAPTUS DE SAN PEDRO SU FUNCION Y SIGNIFICADO EN CHAVIN DE HUANTAR

    Y LA TRADICION RELIGIOSA EN LOS ANDES CENTRALES UNIVERSISDAD

    NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS.).

    Tanto los psiclogos como los siquiatras ven de gran uso el san Pedro por su

    contenido de la mescalina que pertenece al grupo de la feniletilaminas usadas en el

    tratamiento para los problemas de depresin.

    Tabla de sustituciones

    Algunas de las feniletilaminas ms importantes son tabuladas abajo. Para mayor

    simplicidad, la estereoqumica de la cadena lateral no es tenida en cuenta en la tabla. Se

    conocen cientos de otras feniletilaminas sintticas simples. Esto es debido en parte al

    trabajo pionero de Alexander Shulgin, mayormente descripto en su libro PiHKal.

    Los psiclogos tan eminentes como Jaensch, Havelock Ellis y Weir Mitchell

    iniciaron sus experimentos con la mezcalina, y coincidieron en asignar a la mezcalina un

    puesto entre las drogas ms distinguidas. Administrada en dosis correctas, cambiaba la

    HUANCABAMBA - Curanderismo Huaringuero

    feniletilaminas sustituidas, tabuladas por estructura

    Nombre Comn Nombre Completo

    Dopamina

    Adrenalina (Epinefrina

    Noradrenalina (Norepinefrina)

    Anfetamina

    Metanfetamina

    Efedrinna

    Pseudoefedrina

    Catina

    Catinona)

    CH3

    CH3

    CH3

    CH3

    CH3

    OH

    OH

    OH

    OH

    =O

    CH3

    CH3

    CH3

    OH

    OH

    OH

    OH

    OH

    OH

    3,4-dihidroxi-feniletilaminaa

    ,3,4-trihidroxi-N-metil-feniletilamina

    ,3,4-trihidroxifeniletilamina

    -metil-feniletilamina

    N-metil-anfetamina

    N-metil--hidroxi-anfetamina

    -hidroxi-anfetamina

    -keto-anfetamina

    R R R2 R3 R4 R5 RN

  • 27

    cualidad de la conciencia ms profundamente -siendo al mismo tiempo menos txica-que

    cualquier otra sustancia del repertorio de la farmacologa.

    Con el concepto plantas de poder nos referimos a un conjunto de plantas

    sagradas o mgicas, para clasificar a stas plantas, la accin farmacolgica de la

    mayora de ellas no se traduce en un engao de los sentidos como el trmino

    alucingeno sugiere que nos lleva a procesos mrbidos al delirio a tener sensaciones de

    persecucin.

    Para estas plantas de poder Se han propuesto alternativas como psicotrpicos

    (Cabieses, 1993) o psicoactivos(Camino y Anderson, 1994) que nos parece no acertadas

    porque una sustancia psicotrpica o psictropo (del griego psyche, "mente" y tropein,

    "tornar") es un agente qumico que acta sobre el sistema nervioso central, lo cual trae

    como consecuencia cambios temporales en la percepcin, nimo, estado de conciencia y

    comportamiento.

    La definicin ms acertada seria usar el trmino de entegena.

    Las diferentes culturas a lo largo de la historia han utilizado sustancias de las

    plantas entegenas, con el propsito de alterar deliberadamente el estado de la mente a fin

    de entablar comunicacin con sus dioses.

    En la actualidad, muchos psicotrpicos como entegenas son utilizados en

    medicina para el tratamiento de condiciones neurolgicas o psiquitricas (psicofrmacos).

    El desvo de estas sustancias para empleos recreativos es un fenmeno frecuente. Los

    frmacos cuya accin teraputica afecta principalmente otro sistema o aparato y que slo

    presentan efectos psicoactivos secundarios (como los antihistamnicos,

    betabloqueantes y algunas hormonas) no se consideran psictropos. En ocasiones, se

    llama a los psicotrpicos psicoactivos o psicoactivantes, a pesar de que no todos

    promueven la activacin del sistema nervioso.

    Los psicotrpicos ejercen su accin modificando ciertos procesos bioqumicos o

    fisiolgicos cerebrales. Los mensajes entre las distintas clulas nerviosas (neuronas)

    transmiten a travs de estmulos qumicos y los mensajes intra neuronas se transmiten a

    HUANCABAMBA - Curanderismo Huaringuero

    Metcatinona

    Bupropin

    Fentermina

    Mescalina

    MDA

    MDMA

    2C-B

    Ch3

    CH3

    CH3,CH3

    CH3

    CH3

    =O

    =O Cl

    OCH3 OCH3

    -O-CH2-O-

    -O-CH2-O-

    BrCH3

    CH3

    C(CH3)3

    CH3

    N-metil--keto-anfetamina

    3-cloro-N-tert-butil--keto-anfetamina

    ,-dimetil-feniletilamina

    3,4,5-trimetoxi-feniletilamina

    3,4-metilenedioxi-anfetamina

    3,4-metilenedioxi-N-metil-anfetamina

    4-bromo-2,5-dimetoxifeniletilamina

  • 28

    travs de estmulos elctricos. Las neuronas no entran en contacto directo entre s; en las

    sinapsis mensaje se transmite por medio de neurotransmisores. La mayora de los

    psicotrpicos actan alterando el proceso de neurotransmisin, estimulando o inhibiendo la

    actividad. Siguiendo el criterio de la accin que ejercen sobre el sistema nervioso central,

    las sustancias psicoactivas se suelen clasificar en depresoras, estimulantes o

    alucingenos(Cabieses).

    Es asombroso el conocimiento de los primeros pobladores 3,500 AC que tenan

    del efecto de esta planta sagrada as como otras plantas como el tabaco la guayusa,

    conocimientos ancestrales se siguen usando en nuestras comunidades Huancabambinas

    bajo la cosmovisin andina. Que dicho sea de paso se han hecho muchas publicaciones y

    documentales televisivos destacando el aspecto cultural describiendo los efectos los

    estados alterados de conciencia, etc. Desde el punto de vista meramente fisiolgico y

    teraputico.

    La mezcalina que tiene la huachuma acta estimulando las reas corticales

    visuales alterando la conciencia por provocacin de visiones inclusive coloreadas en el

    ser humano en dosis iguales o superiores a 300 a 500 mg/kg. Sus efectos permiten

    alcanzar una fase sensorial a partir de los 30 a 40 minutos hasta 12 horas, con la prdida

    de la percepcin temporal y en menor medida las capacidades auditivas, olfatorias o

    gustativas.

    Un estudio en el Ecuador sobre la comparacin de la harmina la diete lamida del

    acido lisrgico (lsd 25) y la mezcalina del Dr. Plutarco Naranjo dpto. De Farmacologa

    Universidad Central y Dpto. de Medicina Experimental Laboratorios LIFE Quito nos

    presentan un cuadro del tiempo de Efecto de la mezcalina

    En este mismo estudio hacen una comparacin de los efectos las diversas

    drogas que a continuacin detallamos

    HUANCABAMBA - Curanderismo Huaringuero

    T A B L A I I I

    Posologa y duracin de los efectos

    psicotomimeticos

    (pacientes humanos)

    EFECTOS PSICOTOMIMETICOS

    DROGA

    VIA DE

    ADMINIS-

    TRACION.

    DOSIS

    EN MG.

    COMIENZO

    (MINUTOS)

    MAXIMO

    EFECTO

    (HORAS)

    DURACION

    TOTAL

    (HORAS) REFERENCIAS

    LSD 25

    Harmina

    Mescalina

    Bufotenia

    Dimetiltrip-

    tamina

    0

    i-m

    i-v

    i-r

    0

    i-m

    0

    i-m

    i-m

    i-v

    0

    i-m

    0.1

    0.1

    0.04

    0.02

    a

    a

    a

    a

    0.25

    0.20

    0.18

    0.06

    20

    10

    a

    a

    50

    20

    300

    100

    a

    a

    500

    250

    10

    6

    a

    a

    20

    8

    150

    a50 80

    30

    15

    5

    a

    a

    a

    40

    30

    10inmediata-

    mente

    20

    5

    a

    a

    30

    10

    30

    15

    a

    a

    10

    20

    10

    2

    a

    a

    15

    3

    10 a 20

    1 2a

    1

    1

    1a

    1 2a

    1

    25n a 30 minut.

    8 a 10 minut.

    20 a 30 minut.

    9

    9

    8

    6

    a

    a

    a

    a

    12

    10

    9

    8

    6

    3

    a

    a

    8

    5

    10

    8

    a

    a

    12

    10

    1 a

    1

    3

    ......................

    a 1

    Hoch

    21

    Fabing

    22

    Szra

    23

  • 29

    Mezcalina

    3, 4,5-Trimetoxifenetilamina

    La noradrenalina (o norepinefrina) es un neurotransmisor de catecolamina de la misma

    familia que la dopamina y cuya frmula estructural es C8H11NO3. Se trata de una hormona

    adrenrgica que acta aumentando la presin arterial por vasoconstriccin pero no afecta

    al gasto cardiaco.

    La noradrenalina producida por una neurona .es un neuro trasmisor que se ha

    relacionado con la motivacin, el estado de alerta y vigilia, el nivel de conciencia la

    percepcin de los impulsos sensitivos (Jorge Tllez Vargas la norandrenalina su rol en la

    depresin.

    Tanto el do adrenalina como la mezcalina tendran funciones similares.

    El cerebro cuenta con una serie de sistemas de enzimas que sirven para

    coordinar sus operaciones. Algunas de estas enzimas regulan el suministro de glucosa a

    HUANCABAMBA - Curanderismo Huaringuero

    T A B L A I V

    Efectos neurovegetativos de las drogas psicotomimeticas,

    por accin central y perifrica

    1. Ojo, pupila2. Corazn3. Temperatura corporal: Hombre, Conejo, Perro, Gato, Rata4. Produccin de calor icalometra aumento.

    5. Glicemia6. Piloereccin

    1. Hespiracin: amplitud y frecuencia2. Presin arterial3. Corazn4. Glndulas salivales5. Glndulas lacrimales6. Nusea

    1. Utero (coneja)2. Vasos sangineas: Animal intacto Organos aislados3. Bronquios (grandes dosis)4. Intestinos: Animal intacto

    Intestino aislado

    Otros efectos farmacodinmicos:1. Antagonismo frente a: a. Serotomina b. Adrenalina c. Acetilcolina d. Histamina e. Ba Cl22. Potenciacin del efecto excitante de: a. Anfetamina b. Cocaina c. Metrazol3. Potencin del efecto hipnotico del pentobarbital

    Dilatacin + +TaquicardiaAumento + :Disminucin

    Primario ----Secundario +Aumento + + +

    AumentoDisminucinBradicardiaSalivacinLacrimacin

    +++++

    Contraccin

    DilatacinConstriccinConstriccin

    Contraccin(diarrea)Relajacin

    Dilatacin + +Taquicardia

    Aumento + :Disminucin

    ?Aumento ? +

    AumentoDisminucinBradicardiaSalivacinLacrimacin

    ++ +

    ++ + +

    +

    Contraccin +

    DilatacinConstriccinConstriccin

    Contraccin(diarrea)Relajacin

    Dilatacin + + +Taquicardia

    Aumento + +Disminucin

    ?Aumento ? + + + + + +

    AumentoDisminucinBradicardiaSalivacinLacrimacin + +

    + +

    ++

    Contraccin +

    DilatacinConstriccinConstriccin

    Contraccin(diarrea)RelajacinA

    cci

    n p

    erife

    rica

    dire

    cta

    so

    bre

    :B

    alb

    oM

    eso

    die

    nce

    falo

    Acci

    n C

    en

    tra

    l so

    bre

    :

    LSD-25 MARMINA MESCALINA

    sus efectos, en comparacin a los de LSD-25 y los de

    la harmina, no solo difiern cuantitativamente sino,

    en algunos aspectos, tambien cualitativamente. Asi

    por ejemplo, mientras la LSD-25 y la harmina

    producen caida de la presin arterial, la mescalina,

    es capaz de producir aumento sobre la fibra lisa de

    los bronquios, la LSD-25 y la harmina provocan

    contraccin, en tanto que la mescalina produce

    relajacin (broncodilatacin).

  • 30

    las clulas cerebrales. La mezcalina impide la produccin de estas enzimas determinadas y

    disminuye as la cantidad de glucosa a disposicin de un rgano que tiene una constante

    necesidad de azcar.

    Qu sucede cuando la mezcalina reduce la normal racin de azcar en el

    cerebro? No hay estudios al respecto.

    Schuetes y hofman 1973 consideran que sustancias alucingenas poseen

    principios activos que en pequeas dosis producen, ya sea solo o combinado con otros,

    cambios en el pensamiento y la percepcin humana, en grandes dosis pueden ocasionar

    serias perturbaciones como la prdida de memoria, estupor e hiperexcitabilidad.

    Como no producen adiccin, esta definicin no incluye narcticos como la

    cocana, morfina o sustancias hipnticas.

    Los componentes alucingenos en estos vegetales comportan estructuras

    similares, del grupo de las triptaminas, o de las ndoles, derivados de aquellos: son

    compuestos nitrogenados y se relacionan estructuralmente con la serotonina o 5-

    hidroxitriptamina, factor neurohormonal presente en el cerebro en los animales de

    sangre caliente.

    La comunicacin dentro del cuerpo humano se realiza a travs del sistema

    nervioso central por medio de los impulsos nerviosos y qumicos, estos ltimos estn

    controlados por la acetilcolina, que excita la trasmisin, y la adrenalina, que inhibe.

    La serotonina es una sustancia a fin con la adrenalina, y su interferencia puede

    alterar el curso normal de la trasmisin nerviosa.

    De la revista changar n* 12 -1984 Universidad de Tarapac PAG 57.

    Motivos fitomorfos de alucingenos en Chavn de Eleonora Mulvany de

    Pealoza.

    Para los maestros huaringueros las plantas sagradas les han permitido preservar su

    identidad cultural de pueblos originarios y quizs haya sido el bastin ms fuerte de

    resistencia que tuvieron los espaoles para el proceso de transculturizacin llevado a cabo

    con sangre y muerte con la Santa Inquisicin.

    En el proceso de extirpacin de idolatras los cronistas de la poca de conquista

    indicaban a estas plantas sagradas usadas por nuestros mdicos incaicos como la

    huachuma, ser las barreras ms fuertes para imponer su evangelizacin porque

    consideraban que su uso era para invocar a sus dioses en desatencin del dios cristiano.

    HUANCABAMBA - Curanderismo Huaringuero

  • 31

    Nuestras plantas sagradas nos han permitido mantener nuestra cultura andina,

    con sus costumbres, creencias y mitos bajo la cosmovisin andina donde toda la naturaleza

    estaba poblada por los dioses; gracias a estas plantas podemos tener acceso a este mundo

    de los dioses regidores de la vida ,la muerte y nuestra salud, nos permiten tender un puente

    de comunicacin entre los tres mundos que los incas tenan de la vida fsica y espiritual

    ,mundo de la muerte y el mundo superior donde moraban los dioses y que para llegar a

    ellos es necesario la intervencin de los curanderos.

    Como ya lo indicaba arriba las plantas sagradas son de poder por sus efectos

    posteriores en la mejora y curacin de los males de las personas que asisten a estos ritos

    shamnicos de nuestros maestros huaringueros, gracias a los conocimientos del poder

    curativo y su relacin mgico religiosa.

    Errneamente se hacen enfoques meramente psicolgicos que reducen la accin de estas

    plantas como la alteracin de la mente tal como sucede con la cocana, LSD, herona;

    sustancias psicodlicas que alteran al cerebro; y nada tiene que ver con la experiencia

    visionaria cuando se est en un ritual huaringuero, donde la naturaleza viva es citada por el

    maestro y se constituye en el gua e introduce a la persona a un estado de introspeccin y

    reflexin sobre el sentido de su vida, su relacin con este mundo superior en este nuevo

    sendero radica el poder teraputico y curativo de estas plantas en el sentido que el enfermo

    se reconecta consigo mismo.

    Plantas entegenas (Un entegeno es una sustancia vegetal o preparado de

    sustancias vegetales que, cuando se ingiere, provoca un estado modificado de conciencia

    usado en un contexto principalmente religioso, ritualstico , chamnico. No descartando su

    uso recreacional o mdico), lo que no ocurre con las drogas hechas por el hombre que son

    psicoactivas(Se considera psicoactivo a toda sustancia qumica de origen natural o

    sinttico que al introducirse por cualquier va (oral-nasal-intramuscular-intravenosa) ejerce

    un efecto directo sobre el sistema nervioso central (SNC), ocasionando daos especficos a

    sus funciones; que est compuesto por el cerebro y la mdula espinal, de los organismos

    vivos. Estas sustancias son capaces de inhibir el dolor, modificar el estado anmico o alterar

    las percepciones. El trabajo del Dr. Plutarco Naranjo sobre la hermina la diete lamina del

    acido lisrgico LSD-52 y la mezcalina resume as los efectos de estas drogas,

    RESUMEN

    Los efectos producidos tanto en pacientes humanos como en animales de

    laboratorio, por la harmina, alcaloide obtenido de varias especies ecuatorianas de

    Banisteria (Ayahuasca) son estudiados comparativamente a los de las dos substancias

    psicotomimticas mas conocidas, como son la dietil-amida del cido lisergico (LSD-25) y la

    mescalina.

    Los mltiples y variados efectos de estas drogas pueden clasificarse en: efectos

    centrales psquicos y somatomotores, comprendiendo los efectos psquicos. a su vez los

    llamados bsicos primarios y los disturbios de la personalidad; efectos neurovegetativos,

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    por accin central y perifrica y efectos dependientes de las relaciones recprocas con otras

    drogas.

    En dosis equiefectivas para desencadenar el estado de alucinamiento, la LSD-25

    produce cambios psquicos, mas variados e intensos, les sigue en actividad la mescalina.

    Siendo la harmina la menos potente.

    La forma y contenido de las alucinaciones no slo varia en relacin a la droga,

    sino en relacin a mltiples factores circunstanciales, personalidad del paciente, etc. pero

    tienen de comn el ser predominantemente visuales, muy ricas en colorido y movimiento.

    Considerados en conjunto, los cambios psquicos, las diferencias entre las tres

    drogas son mas del orden cuantitativo que cualitativo, no obstante, ciertos efectos un tanto

    selectivos de cada droga permiten calificar el tipo de sndrome esquizofrenoideo como:

    hebeferico, al producido por LSD-25 paranoico, por harmina y catatnico. por mescalina.

    Los cambios somatomotores son tanto da naturaleza piramidal como

    especialmente, extrapiramidal. Son mucho mas intensos y variados con la harmina que con

    la LSD-25. La mescalina, a excepcin del temblor generalizado, produce mas bien

    depresin motora.

    Los efectos neurovegetativos. en el animal in-toto. es el complejo resultado de la

    accin de la droga tanto sobre ncleos centrales como sobre clulas efectoras perifricas.

    La harmina y la LSD-25, recuerdan parcialmente, los efectos farmacodinamicos de la

    serotomina, en tanto que la mescalina se comporta como una amina de debilaccin

    simpacomimetica. En ciertos efectos como midriasis, salivacin, piloereccin,etc,. las tres

    drogas son sinergicas; en otros. como las modificaciones de la presin arterial la mescalina

    es es antagniea en relacin a los otros dos alcaloides.

    Frente a otras drogas. la LSD-25 y la harmina, se comportan como

    antiserotoninas, en tanto que la mescalina no presenta esta propiedad. Las tres drogas

    potencian el efecto de substancias excitantes del sistema nervioso central. como la

    anfetamina.

    El LSD ES 3,000 ms potente que la mezcalina

    El primero es curativo y profundamente espiritual, el segundo es degenerativo y

    perjudicial. Tenemos vivencias del uso de la toma grupal de la huachuma donde varios

    integrantes tenan las mismas visiones coincidencias dignas de mas estudios; porque no es

    lgico pensar que ms de dos personas tengan las mismas visiones y sensaciones.

    La huachuma reconocida como planta enteogena que significa lo que genera

    Dios dentro de m que limpia y purifica el cuerpo y alma. Sustancias visionarias

    enteogenas neologismo acuado por R. Gordon Wasson, J. Ott, A. Hofmann y C. Ruck

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  • 1979: que viene del griego Theos (dios), ms el prefijo en (dentro) y el sufijo gen (que

    despierta genera)=que genera dios dentro de mi), en su recoleccin de plantas y races,

    tanto para su Alimentacin como para su medicina.

    El cactus de la huachuma fue usado a lo largo de la historia por muchas culturas

    pre incas que se asentaron en el norte del Per, desde el Perodo Formativo (1500 a. C.).

    En este perodo tuvieron un gran desarrollo religioso en toda su rea de influencia

    desde Lambayeque hasta Palpa (Ica) por la Costa, y desde Cajamarca hasta Ayacucho, por

    la Sierra. Hicieron gran difusin de su cultura por lo que es como la cultura matriz de toda la

    civilizacin andina.

    El nombre de Chavn procede de la denominacin de la actual poblacin Chavn

    de Huntar, de la provincia de Huari, Departamento de Ancash y nos ha dejado uno de los

    monumentos arqueolgicos ms importantes del Per.

    Probablemente esta cultura procediera originariamente de una cultura

    selvtica, que sera la que aporta los elementos selvticos que tanto la caracterizan la

    iconografa Chavn:

    El dibujo en alto relieve de un sacerdote que tiene en la mano la huachuma en el

    templo de Chavn de Huntar es muy significativo para entender la importancia que tena

    esta planta en esta cultura; tal es as que cuando llegaron los espaoles tambin

    mencionaron a esta planta. E l Cronistas como el padre Jesuita Bernab Cobos hace la

    primera descripcin detallada del uso de esta planta en rituales de los mdicos incaicos o

    CAMASCAS.

    Otro hallazgo importantsimo de la cultura Chavn en las llamadas cabezas

    clavas figuras en las paredes del templo de Chavn de Hu