juan antonio pabÓn arrieta - uniatlantico

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JUAN ANTONIO PABÓN ARRIETA * Volvemos invisibles a las víctimas, y eso tranquiliza, pero el hedor estremece. Silvana Ravinovich 1 * Abogado, Docente universitario. Universidad Libre 1 Silvana Ravinovich, “La mirada de las víctimas. Responsabilidad y libertad”, en La ética ante las víctimas, Barcelona, Anthropos, 2003, p. 56. RESUMEN ¿Es jurídicamente válido que a nombre del progreso y de la paz se desconozcan los derechos de las víctimas? Este ensayo, constituye una crítica a las normas jurídicas que el Estado de la República de Colombia ha creado como parte de una presunta política de justicia y de paz. El autor estima que las normas jurídicas que se expidan en un proceso de paz, no tienen porque sacrificar el valor superior de la justicia, en particular, de la justicia de las víctimas que han padecido crímenes de lesa y en contra de la humanidad y de todo tipo por parte de banda de criminales. En efecto, Justicia, es dar a cada quien lo que se merece, por tanto, condenar a los responsables de cometer delitos en contra y de lesa humanidad y de todo tipo, con criterios de justicia gobernados por la proporcionalidad desde el logos de lo humano y de lo razonable. Un estado no puede considerarse democrático cuando no es capaz de garan- tizarles a las víctimas sus derechos, y de garantizárselos no de cualquier manera y en cual- quier tiempo, sino de manera oportuna y en forma justa. Por lo tanto, cuando un estado no es capaz de brindarle justicia a las víctimas en casos de catástrofes humanitarias, en especial, creadas por crímenes en contra y de lesa humanidad y se legisla en favor de los victimarios para que se desmovilicen y se reintegren a la sociedad, lo que realiza el estado es una opera- ción política y judicial de rendición ante los victimarios, y en tal sentido, ese estado no puede ser considerado un estado democrático, ni un Estado Social de Derecho.

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Volvemos invisibles a las víctimas, y esotranquiliza, pero el hedor estremece.

Silvana Ravinovich1

* Abogado, Docente universitario. Universidad Libre1 Silvana Ravinovich, “La mirada de las víctimas. Responsabilidad y libertad”, en La ética ante las víctimas,Barcelona, Anthropos, 2003, p. 56.

RESUMEN

¿Es jurídicamente válido que a nombre del progreso y de la paz se desconozcan los derechosde las víctimas? Este ensayo, constituye una crítica a las normas jurídicas que el Estado de laRepública de Colombia ha creado como parte de una presunta política de justicia y de paz.El autor estima que las normas jurídicas que se expidan en un proceso de paz, no tienenporque sacrificar el valor superior de la justicia, en particular, de la justicia de las víctimasque han padecido crímenes de lesa y en contra de la humanidad y de todo tipo por parte debanda de criminales. En efecto, Justicia, es dar a cada quien lo que se merece, por tanto,condenar a los responsables de cometer delitos en contra y de lesa humanidad y de todo tipo,con criterios de justicia gobernados por la proporcionalidad desde el logos de lo humano yde lo razonable. Un estado no puede considerarse democrático cuando no es capaz de garan-tizarles a las víctimas sus derechos, y de garantizárselos no de cualquier manera y en cual-quier tiempo, sino de manera oportuna y en forma justa. Por lo tanto, cuando un estado no escapaz de brindarle justicia a las víctimas en casos de catástrofes humanitarias, en especial,creadas por crímenes en contra y de lesa humanidad y se legisla en favor de los victimariospara que se desmovilicen y se reintegren a la sociedad, lo que realiza el estado es una opera-ción política y judicial de rendición ante los victimarios, y en tal sentido, ese estado nopuede ser considerado un estado democrático, ni un Estado Social de Derecho.

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Palabras clave

Injusticia, progreso, paz, ley de justicia y paz.

ABSTRACT

Is it legally valid in the name of progress and peace to be unaware of the rights of victims?This essay is a critique of the legal standards that the State of the Republic of Colombiacreated as part of an alleged policy of justice and peace. The author believes that the legalstandards that are issued in a peace process, because they do not have to sacrifice the supe-rior value of justice, especially justice for the victims who have suffered and crimes againsthumanity and against by any band of criminals. Indeed, Justice, is to give everyone whatthey deserve, therefore, to condemn those responsible for committing crimes against huma-nity, governed by criteria of justice from the proportionality of the human logos and what isreasonable. A state cannot be considered democratic when it is unable to guarantee theirrights to victims and to ensure not in any way and at any time, but timely and fair manner.Therefore, when a state is unable to provide justice to victims in cases of humanitariandisasters, especially created for crimes against humanity and against legislation in favor ofthe perpetrators to demobilize and return to society, which makes the state is a political andjudicial accountability to the perpetrators, and in that sense, this state cannot be considereda democratic state or a state of law.

KeywordsInjustice, progress, peace, justice and peace law.

Una introducción necesaria

Una reflexión desde una perspectivaética y jurídica del “proceso de paz”que se desarrolla en la República deColombia, necesariamente tiene quetomar en cuenta los instrumentos jurí-dicos que el Estado ha diseñado e im-plementa para lograr crear las basesfundamentales para que la construc-ción de la paz sea una realidad. En con-travía, esos instrumentos jurídicos pue-den ser la muestra de que la paz no seráposible alcanzarla con la legislaciónjurídica actualmente expedida por elEstado.

Del tipo y de la esencia de las leyesjurídicas que el Estado diseñe y esta-blezca en el ordenamiento jurídico enmateria de paz, es como se puede eva-luar si se está en el camino de un pro-ceso de paz, o contrariamente, lo quese puede estar construyendo es unacolosal impunidad que pase por enci-ma de las víctimas, de su dolor y de sumemoria.

Es sabido que no es correcto que le-gislativamente se confunda un proce-so de desmovilización de grupos arma-dos al margen de la ley con la cons-trucción de un proceso de paz. Laspolíticas de desmovilización de grupos

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armados al margen de la ley puedenser, o un componente de una políticaelaborada para construir la paz o unobstáculo para la construcción de lamisma.

La experiencia cotidiana confirma quela voluntad política de las autoridadesestatales y de los partidos políticos enel bloque de poder en los procesos depaz, no siempre está orientada para quela verdad o las verdades que genera-ron los acontecimientos de terror, desu alcance, de sus protagonistas fron-tales y los ocultos en la oscuridad dela violencia, y los acontecimientosmismos –tales como esos aconteci-mientos fueron en su respectiva dimen-sión–, salgan a la luz y se puedan apli-car niveles decentes de justicia, ya quees imposible que la justicia, en su res-pectiva integridad, pueda volver cuan-do las víctimas han desaparecido de latierra. Muy por el contrario, en reite-radas oportunidades las autoridadeshan estado más interesadas en que pre-domine la penumbra y que la peste delolvido se lleve hasta el recuerdo de lossufrimientos de las víctimas.

América Latina presenta un cuadro tí-pico de cómo, en nombre de los pro-cesos de paz, se creó, se intentó y sepersiste en intentar crear la más crudaimpunidad por parte de los detentado-res del poder público y de sus socios,todo bajo la insensata propuesta de queen aras de la paz debe existir y preva-lecer cierta impunidad, que en la reali-dad no es una liviana injusticia sinouna victimización de las víctimas. Ca-sualmente, con el nombre de leyes de

punto final o de perdón y olvido, losestados han colocado a las víctimas enel altar del sacrificio para que la impu-nidad de los crímenes cometidos porlos victimarios y que padecieron lasvíctimas sirva de abono y de funda-mento en los que se apoye una demo-cracia formal, democracia que no pue-de ser, más que una caricatura de lademocracia.

¿Cuál paz?. La paz, que se construyaen una sociedad democrática bajo laorganización de un Estado Social deDerecho, no puede ser otra distinta, aque en la sociedad predominen los de-rechos fundamentales y las libertadesde todas las personas que el ordena-miento jurídico establece y garantiza,sean derechos fundamentales o no,derechos y libertades que le han sidodesconocidos a un grupo de personaspor otro grupo de personas con la com-placencia o instigación del estado y desus fuerzas, y alteradas por los hechosviolentos que han resquebrajado la paz.Por consiguiente, la paz que se derivede un proceso de paz ante la necesidadde superar un estado de barbarie, nopuede ser la tranquilidad que se obtie-ne erigida sobre terrenos que constitu-yen sepulcros y en los que las vícti-mas, sin voz, no tienen quienes hablenpor ellas y sean, asimismo, invisiblesen el espacio público y desplazadas delrecuerdo. La paz, consecuencia de unproceso de paz en un Estado Social deDerecho, no puede descansar en loshombros y en el olvido de las víctimas.En efecto, la paz no puede ser cons-truida sobre los cadáveres de las vícti-mas, de los desplazados y de los des-

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aparecidos. La peste del insomnio quesufrieron las personas y poblacionesenteras generadas por el terror para-militar, militar y guerrillero y que fueprefigurada y descrita por Gabriel Gar-cía Márquez en “Cien años de sole-dad”, no puede dar paso a la peste delolvido en la que la memoria de las víc-timas quede borrada de la faz de la tie-rra. La paz no puede construirse brin-dando con el néctar del fruto del loto,que al decir de Platón, en La Repúbli-ca, citando a Homero, produce el olvi-do del pasado. “-¿No es entonces cuan-do vuelve a unirse a sus primeros com-pañeros, cuando embriagándose conlotos, no se ruboriza ya de mantenerrelación íntima con ellos?”2 .

Es precisamente porque la paz no pue-de construirse a costa de las víctimasy de sus derechos y el de los familia-res y de la memoria colectiva y delderecho a conocer la sociedad a losresponsables directos e indirectos delos crímenes de lesa y en contra de lahumanidad, que el presente ensayo sededica a examinar la justicia de la Ley975 del 2005 y los Decretos Reglamen-tarios dictados por el ejecutivo nacio-nal. Es una observación crítica de lasnormas jurídicas citadas desde el pris-ma de la filosofía del derecho y de laética.

1. La actitud del estado frente a lasvíctimas

El diario bogotano El Tiempo –órga-no tradicionalmente afín a los círculos

del poder– en su edición del día 11 deFebrero de 2008 presenta dos noticiasrelacionadas con el proceso de paz ycon la Ley de Justicia y Paz. La prime-ra noticia, relievada en un título, dice:“NUEVA SALIDA A LIMBO DE EXAUC”, está precedida de un antetítuloque dice: “PARA QUE AVANCE, TO-DOS LOS ESTAMENTOS DEL ES-TADO DEBEN RESPALDARLA”. Lasegunda noticia, está titulada: EX PA-RAS HAN CONFESADO 4.800 CRÍ-MENES”.

En la primera noticia se recoge el pen-samiento de Luis Carlos Restrepo,Comisionado de Paz, alto servidor pú-blico, quien ante la negativa de las Al-tas Cortes Judiciales de reconocercomo delito político –lo que ha cons-tituido un fracaso del gobierno que lasha presionado para que actúen a favorde los paramilitares-, la creación degrupos paramilitares y los crímenes encontra de la población civil fuera decombate por ellos cometidos, trata depresionar a las Altas Cortes Judicialespara que interprete la Ley de Justicia yPaz, bajo la idea de que la conforma-ción de grupos paramilitares para ase-sinar a la población civil, no es un de-lito agravado sino un delito simple, yde esa forma, garantizarle a los para-militares la impunidad que necesitan.

El titular, además, informa, que es de-seo del gobierno nacional que todos losestamentos del estado y la sociedadsalgan a respaldar esa interpretaciónjurídica, para que el proceso de paz con

2 Platón, La República, Bogotá, Panamericana, p.331, 1997.

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los paramilitares le garantice a éstosla impunidad, precio éste que debepagar la sociedad para obtener la paz.En realidad, tal precio, quienes debenpagarlo en forma particular son, en lapráctica, las víctimas, los descendien-tes y familiares de las víctimas que asívuelven a ser victimizadas por las po-líticas de paz de un estado indolentefrente a los delitos de lesa y en contrade la humanidad y del sufrimiento deesas víctimas.

La recomendación del Comisionado dePaz, constituye un insulto a la inteli-gencia jurídica del país, a la concien-cia democrática y humanista de la so-ciedad y al sufrimiento y memoria delas víctimas. Ella misma, es un acto deintolerancia porque justifica la supre-sión física del otro y la eliminación dela memoria social del otro; pero, esadeclaración del alto servidor públicoes, un acto tiránico que pone en peli-gro la existencia del Estado Social deDerecho al atacar uno de los pilares dela sociedad moderna como lo es la se-paración de poderes y el disfrute ple-no de los derechos constitucionalesfundamentales de las víctimas. Por estavía, la de aceptar las Altas Cortes Ju-diciales la interpretación gubernamen-tal de las leyes, en particular la de Jus-ticia y Paz, saltará en añicos la separa-ción de poderes, el control constitucio-nal de las leyes y la libertad.

Por un orden de autoridad estatal de larama ejecutiva del poder público sepretende destrozar los cimientos de lalibertad que permite el reflexionar enla filosofía del derecho y aspira a so-

meter la interpretación judicial y laargumentación jurídica de los opera-dores judiciales a la voluntad de unaautoridad de la rama ejecutiva. La con-ducta del alto servidor público es unaconducta dolosa en contra del Estadode Derecho.

En la segunda noticia, subliminalmentese crea el ambiente en la sociedad deque con la confesión de 4800 críme-nes en versiones libres, los paramilita-res le están cumpliendo al país y queen consecuencia, lo justo es que semerezcan un trato benigno por partedel ordenamiento jurídico y del poderjudicial. Sólo, en el evento de que noexistan confesiones verdaderas, escuando los paramilitares deben cargarcon todo el peso de la ley que de formaordinaria se les aplica a criminales quehan cometido crímenes semejantes alos por ellos cometidos. Confesionesde los integrantes de los grupos arma-dos que no son frutos de un genuino yespiritual arrepentimiento de las accio-nes criminales cometidas y de una vo-luntad de resocializarse sino que lo quese aspira es a obtener ventajas en losprocesos judiciales con la obtención depenas irrisorias. La confesión de losdelitos, institución montada sobre elarrepentimiento y el deseo de reinte-grase a la sociedad, previa la disposi-ción del criminal de cumplir su penapor la responsabilidad de las acciones,trastoca la ley en una negociación queterminará con la imposición de penasirrisorias, como penas alternativas.

Una tercera noticia acerca de la cruel-dad de los crímenes de los grupos pa-

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ramilitares en Colombia insertos enprocesos judiciales, registrada en undía distinto, la presenta el diario ElHeraldo de Barranquilla del día Vier-nes 14 de Marzo en su página 14A ydice: “Degollábamos para no hacerruido: alias “Maicol”, (…). Lo dego-llé con la cuchilla que utilizan los cul-tivadores de banano para cortar losgajos”. Según lo relatado por el mis-mo desmovilizado, él llegó a ser reco-nocido dentro del grupo delictivo comoel “especialista” para cometer los crí-menes de lesa humanidad. “En muchasocasiones degollábamos a nuestrosobjetivos militares para no poder pro-ducir ruido en los lugares en dondeestábamos. Esa técnica era utilizadacomo silenciador”.

La crueldad de la declaración de alias“Maicol”, y de las declaraciones delresto de los paramilitares en las ver-siones libres que rinden ante los jue-ces, forman parte de la historia univer-sal de la infamia en contra de la huma-nidad. Esa crueldad de las declaracio-nes de los paramilitares constituye ensí misma una revictimización de lasvíctimas. Pero la crueldad en los crí-menes cometidos por los paramilitaresen contra de la inerme población civil,no fue exclusiva de alias “Maicol”, esacrueldad absolutamente inhumana,también, la ejercieron otros paramili-tares en contra de la población civil.Por ejemplo, alias “Carlos Tijeras”confesó que: “A veces preferíamosmatar con palo para que la gente nosupiera que fuimos nosotros. No que-

ríamos dejar huellas”, además, agregó:“Llegamos a utilizar culebras veneno-sas para que mordieran a la persona ymuriera. De esta forma no podían de-cir que los autores habían sido los pa-ramilitares”. Destacó, que entre los 400homicidios, de lesa y en contra de lahumanidad explico yo, se encontraronlos del ex concejal de la Zona Banane-ra, Redondo Orellano, y el de su her-mano, pero que la lista de homicidiosa realizar eran de 1000 personas3 .

Por su parte, el Diario El Tiempo, delmismo día, en la página 1-12 recoge laversión del mismo criminal y, él, loshomicidios mediante la utilización deculebras los “justificó” bajo el criteriode que “como el Derecho Internacio-nal Humanitario (DIH) dice que des-pués de tres muertos se habla de ma-sacre, el propósito era que no nos acha-caran tantas masacres, entonces utili-zábamos las culebras, y esas muertesse contaban como accidentes de la na-turaleza”, agregó, que: “Pero habíamasacres que teníamos que hacer, poreso se usaron las culebras. Tambiénlevantábamos una o dos víctimas y lallevábamos a otro lugar distante delprimer hecho para que apareciera comootro caso, pero esto era doble trabajopara el personal, y recurríamos a lasculebras, agregó con voz serena”.

Es decir, que el plan y el procedimien-to de exterminio fue concebido demanera racional, fue un plan de exter-minio orientado a no dejar huellas, y aese macabro plan se le dio el status de

3 Ver el diario El Heraldo del día 4 de Marzo del 2008, p. 7A.

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trabajo, y fue la manifestación de unaextremada inhumanidad por parte delos criminales, fue el uso y abuso de larazón instrumental para generar el malradical, el exterminio y el olvido de lasvíctimas y el plan fue concebido conla finalidad de obtener la elusión deresponsabilidad por la actividad crimi-nal en contra de la humanidad. En for-ma desfachatada expresó: “(…), elnúmero de masacres que podía hacersu grupo no le preocupaba tanto conrespecto al DIH, sino por el respeto ala sociedad, a las comunidades. “Noquería aparecer dando de baja muchagente en unas comunidades que ya noshabíamos ganado”.

La ausencia de arrepentimiento de losvictimarios era y es tal, que durante lamisma diligencia de confesión, el tra-tamiento que daba el criminal parami-litar a las víctimas –la población civil–conmovió a la agente del ministeriopúblico en el proceso penal, por lo que,ella, le llamó la atención al criminal,así: “Usted estaba en un grupo al mar-gen de la ley, y según el Código Penaleso a que se refiere es un homicidio,un asesinato. Por favor, cuando se re-fiera a homicidios no diga dar de baja,eso es afrentar más a las víctimas”; larespuesta del criminal en contra de lahumanidad fue: “(…), él no se consi-deraba un sicario a sueldo (sic), “Ten-go mis principios, mí ideología de au-todefensa y no voy a cambiarla, por lotanto siempre hablaré de dar de baja.Si antes usaba las balas, ahora utilizolas ideas”. En el Diario El Tiempo sereconoce que el grupo al mando de estecriminal y que operaba en la Costa

Caribe de la República de Colombia,contabiliza 18000 víctimas, el mayornúmero de todos los grupos de auto-defensas que operaron en el país, se-gún los informes de la Fiscalía.

En lo concerniente a la política de re-paración que el Estado ha diseñadopara hacer justicia material con las víc-timas, lo expresado hasta el momentopor las autoridades del Estado, no esmás que una burla hacia ellas. El Tiem-po, en su página 1-16, del domingo,16 de Marzo del 2008, informa que:“No se esperará el final de los juiciosa los paramilitares porque pueden tar-dar años. $ 18 millones por cada muer-to por conflicto (…).” Constituye unaburla con las víctimas y esa burla seconstata, en el texto Proyecto de De-creto del Ministerio de Interior y deJusticia del Gobierno Nacional titula-do “Por el Cual se crea el programa dereparación individual por vía adminis-trativa para las víctimas de los gruposarmados organizados al margen de laley”. La primera crítica es, que para ladesmovilización de los para militaresresponsables de todos crímenes atro-ces y en contra de la humanidad, secreó una jurisdicción especial, ágil ycon todo tipo de ventajas a los crimi-nales y hecha a su medida. En cambio,para las víctimas, lo que se creó fue unprograma administrativo reducido a“reparar” determinados crímenes quepadecieron, no todos, y el programaestá concebido bajo la estructura detómalo o déjalo, diseñado bajo el mar-co instrumental del clientelismo polí-tico, ya que lo que se ha debido creares un órgano independiente del Esta-

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do integrado por personas de alto va-lor moral, libres de toda sospecha y confacultad abierta para que por vía de lautilización de los mecanismos alterna-tivos de solución de conflictos se so-lucionara constructivamente la justareparación material y moral y la rehabi-litación de la memoria de las víctimas.

La segunda crítica es, que a los crimi-nales se les creó un programa de laDefensoría del Pueblo encargado deprestarles asistencia jurídico-técnicapara que se defiendan; en cambio, alas víctimas no se les creó y les limi-tan expresamente el derecho a tenerasistencia técnica-jurídica. La terceracrítica es, que quien no se allane a loprogramado por vía administrativa sesometerá a la tortura de tener que so-portar un largo proceso judicial. Y lacuarta crítica es, que lo que se recono-ce es ínfimo comparado con la justicianacional, y ni que decir, de los están-dares internacionales.

El poder ejecutivo de la República deColombia, por la vía del poder regla-mentario, se ha dedicado a expedir unconjunto de decretos administrativos,mediante los cuales se pretende deter-minarle al poder judicial, encargado deaplicar la Ley de Justicia y Paz, laspautas de cómo debe aplicar la ley, ycual deberá ser el sentido y alcance enla interpretación de esa Ley, y cuálesdeben ser las personas a las que se lesaplique la Ley de Justicia y Paz, cuán-do deben salir las personas del proce-

so y determinar el poder ejecutivo di-rectamente los motivos por el que de-ben salir y adoptar la decisión de ex-cluirlos del proceso judicial, cuando yaéste está en marcha y las personas in-criminadas están bajo la jurisdiccióndel poder judicial. Tal comportamien-to administrativo de intervenir en ladecisión judicial en materia de proce-so de justicia y paz constituye un ata-que a la separación de poderes, y alpoder judicial al que desconoce y en-vilece. El Federalista, sobre el poderjudicial y su independencia de los de-más poderes, se expresa: “Porque es-toy conforme con que “no hay libertadsi el poder de juzgar no está separadade los poderes ejecutivo y legislativo”.Y prueba, finalmente, que como la li-bertad no puede tener nada que temerde la administración de justicia por sísola, pero tendría que temerle todo desu unión con cualquiera de los otrosdepartamentos (…).”4

Para colmo, el poder ejecutivo en unadecisión secreta, lacaya, sin nombre yhonor nacional, sin recursos efectivospor vía administrativa o judicial quele permitiera a las víctimas y victima-rios defenderse, de brutal aplicacióninmediata, en la penumbra, decidióarrancarle al poder judicial nacional lafacultad de juzgar los crímenes de lesay en contra de la humanidad cometi-dos en Colombia y de descubrir a losmiembros de la oligarquía nacional, dela política y el poder público, y de lospoderes privados extranjeros que par-

4 Hamilton, Alexander; Madison, James; y Jay, John, El Federalista, México, Fondo de Cultura Económica,1982, p.331.

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ticiparon en el exterminio realizado enel país. En otras palabras, el ejecutivonacional en un acto de oscuridad deci-dió extraditar a los criminales y de esaforma las víctimas y sus derechos que-daron desguarnecidos. Se decidió uti-lizar el néctar del fruto del loto y dejarsepultada la verdad, la reparación y lamemoria.

2. Pluralismo, tolerancia y estadosocial de derecho

Las sociedades modernas, para poderconstruir y mantener la paz en su inte-rior requieren del reconocimiento delpluralismo. En una sociedad pluralis-ta, el principio de tolerancia, enseñaque todas las visiones, ideologías, re-ligiones y formas de vida son acepta-bles dentro de los límites que imponeel respeto por las diferencias del otroy de los otros. Igual, el principio detolerancia enseña y garantiza que elcamino de la búsqueda de la verdad esen sí múltiple y accesible a todos, sindistinción de credos, razas, religiones,nacionalidades, géneros, preferenciassexuales, en fin, la búsqueda de la ver-dad es un derecho fundamental de to-das las personas, sin discriminaciónnegativa de índole alguna. La verdad,en una sociedad tolerante es una ver-dad compartida, y bajo el principio dela tolerancia, lo que prima en la socie-dad o lo que razonablemente debe pri-mar en la sociedad pluralista. Toleran-cia en la moderna sociedad pluralistano es soportar al otro como se enten-día en la antigüedad, es convivir conlos otros en paz respetándoles y garan-tizándoles los puntos de vista de los

otros. El pluralismo, para triunfar enla sociedad democrática requiere de latolerancia. Arthur Kaufmann en suobra Filosofía del Derecho expresa:

El pluralismo perteneceesencialmente a la democra-cia En la sociedad humanamoderna hay una multiplici-dad de puntos de vista y sis-temas normativos diferentescon igual derecho a la vali-dez, y hay una multitud demétodos, que son adecuadosal correspondiente objeto dela investigación. En esto sedistingue el pluralismo tan-to del monismo como deldualismo. Muchos conside-ran el pluralismo como undefecto, algo que sería me-jor que no existiera. Se ve enél una carga, ciertamente ne-cesaria, pero de todas mane-ras una carga. Sin duda lo es,y en verdad en el mismo sen-tido en que para un violinis-ta es una carga verse con to-dos los músicos que actúanen una orquesta. Y así comoel violinista no es no es nin-gún impedimento para la sin-fonía, el pluralismo no esningún obstáculo para el es-clarecimiento de la verdad,sino por el contrario una con-dición de posibilidad de ver-dad. El pluralismo se infiereno sólo del relativismo sinotambién el modo de conoci-miento de la verdad. Es unservicio imperecedero el

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prestado por la teoría del dis-curso, al haber dejado en cla-ro que el conocimiento cien-tífico no se obtiene en soli-tario sino que exige un es-fuerzo cooperativo. La teo-ría del consenso y la teoríade la convergencia de la ver-dad, que la complementa,presuponen necesariamenteuna multiplicidad de sujetoscognoscentes (la teoría de lacorrespondencia no). Ade-más, ocurre, como ya se dijoanteriormente (p. 329), que,sobre todo en el campo de lasciencias normativas, nosiempre hay un conocimien-to correcto, muy bien puedeser que muchas solucionesdivergentes sean “correctas”,es decir, “plausibles”, “con-formes” “justificables”5 .

La República de Colombia ha sido unejemplo de cómo no se debe conviviren la sociedad. Excepto la actual Car-ta Política de 1991, que diseñó un or-den constitucional fundado en la tole-rancia, la diversidad y el pluralismo,cuya implantación y reconocimientoen la sociedad civil no ha sido fácil yexenta de violencia, las constitucio-nes que la precedieron no fueron unejemplo de convivencia diversa y plu-ral; al contrario, las constituciones an-teriores, en especial, la Carta Políticade 1886, modelo de intolerancia y ex-clusión de lo diverso y de lo plural,

caracterizada por una visión católicadominante excluyente del resto de loscredos, fue impuesta por las élites enel poder, a través de partidos hegemó-nicos.

Con una extendida violencia entre esospartidos y en contra de aquellos queno compartían las visiones políticas, elsiglo XX fue el de la promoción de laviolencia desde las élites del poder: laguerra de los mil días a comienzos desiglo pasado, la persecución a radica-les y a liberales por sus ideas políticasque fueron combatidas como ideas cri-minales desde el poder, la violenciapolítica que generó la muerte de másde trescientos mil colombianos duran-te el período conocido como “la vio-lencia”, igualmente, la sistemática ope-ración de exterminio en contra de lasideas de oposición al régimen políticoque, promovida desde las élites en elpoder y con la participación de un seg-mento de las autoridades estatales, ter-minó con el asesinato de los miem-bros de la Unión Patriótica y el ex-terminio físico y político de aquellaorganización, lo que constituyó unacruel expresión de la intoleranciapolítica.

La superación del ambiente de tal in-tolerancia política constituye un pre-supuesto necesario para la construc-ción del Estado social de derecho enla República de Colombia, y para esefin, se requiere de un exigente examencrítico de las prácticas políticas, socia-

5 Arthur Kaufmann, Filosofía del Derecho, Bogotá, Editorial Universidad Externado de Colombia, 2002, pp.519-520.

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les y militares intolerantes que comocontracultura se promovieron desde lasesferas de los poderes públicos y pri-vados. La contracultura de la intole-rancia para ser erradicada no puede tra-tarse como lo hacen ciertas personas,que cuando están aseando su casa, arro-jan la basura debajo de la alfombrapara que la casa se vea limpia, con elresultado de que la basura sigue ahí, yla casa no queda aseada. Con este mé-todo de esconder debajo de la alfom-bra, en la contracultura de la intoleran-cia, esta última estará ahí y jamás seráconstruida una cultura de la toleranciaque auspicie la vida en paz, con el res-peto y la garantía del disfrute de losderechos y de las libertades.

La creación de una cultura de toleran-cia se dificulta cuando en la Jefaturadel Estado está una persona que se con-sidera un ser superior, no un ser libre eigual a los demás que, frente al fraca-so de la política de criminalización dela lucha contra de las drogas, manifies-ta: “Tenemos –dijo el Presidente Uri-be en el último foro continental sobreel tema- que mirar estos pueblos, comopadres de familia. ¿Por qué vamos adejar, a quienes han de venir, unas so-ciedades laxas con un veneno de lahumanidad?”6 .

La creación y consolidación de unacultura de tolerancia requiere que lasprácticas de intolerancia sean proscri-

tas de la comunidad para que puedancrearse las condiciones en la que seaposible un crecimiento moral de la so-ciedad. La cultura de la tolerancia esla fuente en la que bebe el Estado so-cial de derecho, instrumento que sóloopera en la medida en que se revisepermanentemente y tal medida tieneque realizarse a partir de examinar sicumple con su misión de ser garantíadel ejercicio eficaz de los derechos yde las libertades de todas las personas.Entre la tolerancia y el Estado socialde derecho existe una permanente re-troalimentación, no pueden coexistir eluno sin el otro, sin tolerancia no existeEstado social de derecho y sin éste noes posible la permanencia de un am-biente de tolerancia.

Por lo tanto, tolerancia y Estado so-cial de derecho requieren de la exis-tencia y predominio de un ambientemás o menos justo. La tolerancia im-plica justicia y el Estado Social deDerecho no tiene sentido por fuera dela justicia. La exigencia de un mínimode justicia decente y de una cultura detolerancia en una sociedad política or-ganizada como Estado Social de De-recho exige que los procesos de paz,para superar la contracultura de la in-tolerancia, sea superada mediante laconsolidación de un ambiente de tole-rancia, y en ese ambiente es que podráser realizada la justicia a las víctimasy respetada su memoria.

6 Alejandro Gaviria, “La sensatez llega tarde”, en El Espectador, mayo 18 de 2008, p. 57.

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3. La idea de progreso en occidentemoderno y las víctimas en la ley dejusticia y paz.

La idea de progreso es parte del espí-ritu del hombre occidental en la socie-dad moderna y todas las actividadeshumanas se diseñan para que todomarche hacia al futuro sin importar elpasado y la tradición. Lo fundamen-tal, cuando se actúa bajo la idea de pro-greso es que éste es indiferente al des-precio y al sufrimiento que experimen-tan los seres sacrificados por el desa-rrollo, en el que el hombre con la cien-cia y con la técnica somete a la natura-leza, dominio que ha logrado, pero alcosto de que el hombre ha terminadopor extrañar al hombre, por cosificar-lo. Así, el dominio de la naturaleza ter-mina siendo el procedimiento paraalienar al hombre, y para tornarlo ene-migo de la naturaleza, con el agravan-te, que el hombre ha terminado por serenemigo del hombre.

La idea del progreso es la que está pre-sente en la Ley de Justicia y Paz, porello, a nombre del progreso, el idealde justicia de la sociedad con las víc-timas debe ser sacrificado. La paz, re-ducida a ser identificada sólo comoun cese inmediato de la violencia fí-sica y militar de grupos paramilitaressobre la inerme población civil bajola idea del progreso, legitima el nue-vo sacrificio de las víctimas. Las víc-timas son llevadas nuevamente al al-tar del sacrifico para que con una re-victimización sirvan de sangre y desavia para que fluya la paz en la so-ciedad. Tal idea de progreso esconde

la injusticia pasada y pretende borrar-la de la memoria.

La representación del progreso y lafunción que le asiste en Occidentefue bellamente criticada por WalterBenjamin en “Tesis de Filosofía dela Historia”, cuando en la 9ª tesisexpresa:

Tengo las alas prontas paraalzarme. Con gusto vuelvoatrás, porque de seguir sien-do tiempo vivo, tendría pocasuerte. (GERHARD SHO-LEN: Gruss von Angelus).Hay un cuadro de Klee quese llama Angelus Novus. Enél se representa a un ángelque parece como si estuvie-se a punto de alejarse de algoque le tiene pasmado. Susojos están desmesuradamen-te abiertos, la boca abierta yextendidas las alas. Y estedeberá ser el aspecto del án-gel de la historia. Ha vueltoel rostro hacía el pasado.Donde a nosotros se nos ma-nifiesta una cadena de datos,él ve una catástrofe única queamontona incansablementeruina sobre ruina, arrojándo-las a sus pies. Bien quisierael detenerse, despertar a losmuertos y recomponer losdespedazado. Pero desde elparaíso sopla un huracán quese ha enredado en sus alas yque es tan fuerte que el án-gel ya no puede cerrarlas.Ese huracán le empuja irre-

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teniblemente hacia el futu-ro, al cual da la espalda,mientras que los montonesde ruina crecen ante él has-ta el cielo. Ese huracán eslo que nosotros llamamosprogreso7 .

Tal y como lo describe Walter Benja-min, el progreso en Occidente, enten-dido como una cadena lineal de acon-tecimientos en el cual el pasado noimporta, y las generaciones veniderascarecen de compromiso y responsabi-lidad con las generaciones pasadas ypresentes, es la idea central que sub-yace en la Ley de Justicia y Paz y en lapolítica judicial del Estado de la Re-pública de Colombia, lo que explica elporqué allí no importa la justicia connuestros antepasados, pues el compro-miso de la citada ley es sólo con la ideadel progreso, con la idea de gananciade los capitalistas.

4. El olvido de las víctimas en la leyde justicia y paz.

De una lectura de la Ley de Justicia yPaz, lo primero que se observa es queesa ley rompe con los postuladosesenciales de un Estado de Derechodado que es una ley expedida con pos-terioridad a los crímenes cometidoscon el propósito de crear las condi-ciones para que de la memoria de lasociedad se releguen los crímenes delesa y en contra de la humanidad quese han cometido en las víctimas –ensu inmensa mayoría población civil–,

ésta, totalmente ajena al conflicto ar-mado de larga duración que se viveen la República de Colombia, críme-nes cometidos por fuera del conflictoarmado.

Lo primero que han hecho las élites enel poder en la Ley de Justicia y Paz esno reconocer la existencia de un con-flicto armado derivado de las mismasentrañas de la sociedad organizada yadministrada bajo los postulados in-equitativos de distribución de las rique-zas privadas y públicas determinadaspor las élites en el poder. Luego, bajola idea que el conflicto armado no haexistido ni existe, las élites en el poderpretenden borrar inicialmente a los quehan caído en el conflicto armado realque está a la vista de todos. La opera-ción de borrar de la memoria colectivaa las víctimas de los conflictos arma-dos en la República de Colombia noes una operación nueva, por el contra-rio, las élites en el poder son expertasen ese procedimiento de eliminar a lasvíctimas de la memoria colectiva de lanación, tanto es así, que de los textosoficiales de historia fueron borradas lasguerras civiles y fue la literatura de laviolencia y los historiadores de la de-nominada nueva historia, los encarga-dos de iniciar la gestión de rescatar lamemoria de las guerras civiles. Lo se-gundo que han hecho las élites en elpoder es eliminar de la conciencia co-lectiva la responsabilidad que le corres-ponde a las élites en el poder por elbaño de sangre que en forma tradicio-nal ha estado presente en el país. Lo

7 Walter Benjamin, Tesis de Filosofía de La Historia, traducción de Jesús Aguirre, Madrid, Taurus, 1973.

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tercero que las élites en el poder hanlogrado realizar es la de re-victimizara las víctimas, bien cuando las vícti-mas se han defendido o cuando sindefensa frente a las élites en el poderlas víctimas, de todas formas, han pa-decido la injusticia. La postura estatalha sido la de no determinar la respon-sabilidad individual de las personasque crearon las condiciones de posibi-lidad para el exterminio, la desapari-ción, la violencia y la proliferación decrímenes de lesa y en contra de la hu-manidad, y todo tipo de delitos y fal-tas en contra de los derechos de am-plios sectores de la sociedad. En cuar-to lugar, lo que las élites en el poderhan realizado y realizan es escondertanto la responsabilidad del Estado yde sus servidores públicos en el espi-ral de violencia que se ha desatado,como la conexión existente entre lasélites en el poder, los servidores pú-blicos al servicio de las élites, y lasesferas del sector privado

5. El miedo a la verdad en la ley dejusticia y paz: recordar es vivir

Un signo esencial de la Ley de Justi-cia y Paz es el del miedo de las autori-dades colombianas a enfrentar a la ver-dad, tal como fue y como es. La fiebredel olvido que azotó a Macondo rela-tada por Gabriel García Márquez enCien años de soledad, no es más queel miedo del hombre a enfrentar susdemonios. Lo mismo le ocurre a la so-ciedad en los casos en los cuales laexistencia humana en sociedad se de-grada y el hombre retorna a la barba-rie, pues es frecuente que la sociedad

no desee saber que es en realidad, yhasta donde descendió. La mirada delcriminal en los espejos le produce es-calofríos y se aterra de lo que ha sidoy en lo que ha quedado, lo mismo, leocurre las autoridades estatales quepermitieron o promovieron los críme-nes en contra de la humanidad en supatria, que al no desear verse retrata-das en su real dimensión, se tornancobardes ante su responsabilidad jurí-dica y moral. José Prudencio Aguilarse le aparecía a José Arcadio Buendíatodas las noches, las apariciones sepresentaban en el hogar del último yno hubo rincón de la casa en la que nose sintiera su presencia, que no eraagresiva, sólo pedía compasión porqueel sufrimiento lo consumía y que lecuraran la herida que le había provo-cado la muerte. El recuerdo de JoséPrudencia Aguilar fue el que provocóla marcha que culminó con la funda-ción de Macondo.

A la matanza de las bananeras de 1928que ocurrió en una población del De-partamento del Magdalena de la Re-pública de Colombia y que fue ejecu-tada por las autoridades estatales paraproteger a las élites en el poder y susintereses privados, como una multitudde mas matanzas que han continuadorealizándose con esa cruel finalidadegoísta, se la pretendió borrar de lamemoria. Esa matanza no pudo serborrada como otras lo fueron, porquefue descrita magistralmente por Ga-briel García Márquez, así:

Al lado de José Arcadio Se-gundo estaba una mujer des-

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calza, muy gorda, con dosniños de unos cuatro a sieteaños. Cargó al menor y lepidió a José Arcadio Segun-do, sin conocerlo, que levan-tara al otro para que oyeranmejor lo que iban a decir,José Arcadio Segundo seacaballó al niño en la nuca.Muchos años después, eseniño habría de seguir contan-do, sin que nadie se lo cre-yera, que había visto al te-niente leyendo con una bo-cina de gramófono el Decre-to Número 4 del Jefe Civil yMilitar de la provincia. Es-taba firmado por el generalCarlos Cortés Vargas, y porsu secretario, el mayor Enri-que García Isaza, y en tresartículos de ochenta palabrasdeclaraba a los huelguistascuadrilla de malhechores yfacultaba al ejército paramatarlos a bala.(…). – Señoras y señores –dijo el capitán con una vozbaja, lenta, un poco cansada–, tienen cinco minutos pararetirarse.(…). Nadie se movió.Han pasado cinco minutos –dijo el capitán en el mismotono–. Un minuto más y sehará fuego.(…), José Arcadio Buendíase empinó por encima de lascabezas que tenía enfrente, ypor primera vez en su vidalevantó la voz.

– ¡Cabrones! –gritó–. Le re-galamos el minuto que falta(…). Muchos años después,el niño había de contar toda-vía, a pesar que los vecinosseguían creyéndole un viejochiflado, que José ArcadioBuendía lo levantó por enci-ma de su cabeza, y se dejóarrastrar, casi en el aire,como flotando en el terror dela muchedumbre, hacía unacalle adyacente.(…). – Debían ser como tresmil – murmuró.– ¿Qué?– Los muertos –aclaró él–.Debían ser todos los que es-taban en la estación.– La mujer lo midió con unamirada de lástima. <Aquí noha habido muertos>, dijo.<Desde los tiempos de tu tío,el coronel, no ha pasado nadaen Macondo>. En tres coci-nas donde se detuvo JoséArcadio Segundo le dijeronlo mismo: <No hubo muer-tos>.(…). La versión oficial, milveces repetida y machacadaen todo el país por cuantomedio de divulgación encon-tró el gobierno a su alcance,terminó por imponerse: nohubo muertos (…).(…). <Seguro que fue unsueño>, insistirían los oficia-les. <En Macondo no ha pa-sado nada, ni está pasando nipasará nunca. Este es un pue-

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blo feliz>. Así consumaronel exterminio de los jefes sin-dicales8 .

No hay que olvidar a las víctimas. Serequiere evitar que las verdades esta-tales no se constituyan en las verdadesreales y de la sociedad. Recordar esvivir, dice sabiamente un refrán popu-lar. Evitar que se haga presente lo queestá ausente y los que están ausentespor los crímenes en contra de la hu-manidad y de lesa humanidad es unimperativo metafísico. En cambio, esun deber ético promover que vuelvana estar presentes los que sin su volun-tad están ausentes porqué fueron víc-timas de actividades criminales, en unaoperación de volver a matarlos o des-aparecerlos. Para ellos, está la reivin-dicación de su memoria y la correctaaplicación de la justicia. El deber éti-co y las obligaciones jurídicas de lasociedad organizada políticamente, esel de que en la memoria colectiva per-manezca lo que fue, tal y como fue, ylos que fueron y cómo fueron desapa-recidos y asesinados de la faz de la tie-rra. Solamente, de esa forma, es posi-ble que pueda existir algo de justicia ypueda haber cierta reparación con ellosy de que podamos crecer moralmente.Juan Gelman, nuestro argentino pre-mio Cervantes, cuando este año en elAula Máxima de la Universidad deAlcalá de Henares, recibió el premio,en memoria de las víctimas de las dic-taduras argentina, expresó:

Para San Agustín, la memo-ria es un santuario vasto, sinlímite, en el que se llama alos recuerdos, que a uno sele antojan. Pero hay recuer-dos que no necesitan ser lla-mados y siempre están ahí ymuestran su rostro sin des-canso. Es el rostro de los se-res humanos que las dictadu-ras desaparecieron. Pesan enel interior de cada familiar,de cada amigo, de cada com-pañero de trabajo, alimentanpreguntas incesantes: ¿Cómomurieron? ¿Quiénes lo ma-taron? ¿Por qué? ¿Dónde es-tán sus restos para recuperar-los y darles un lugar de ho-menaje y memoria? ¿Dóndeestá la verdad, su verdad? Lanuestra es la verdad del su-frimiento. La de los asesinos,la cobardía del silencia. Asíprolongan la impunidad desus crímenes y la conviertenen impunidad dos veces.9

La política del Estado frente a la ver-dad y la justicia no es una política quetiene como eje el respeto y garantía delos derechos de las víctimas, por elcontrario, eso no les interesa a las au-toridades del Estado, y la historia estestigo de esa conducta de las autori-dades nacionales.

8 Gabriel García Márquez, Cien años de Soledad, Edición Conmemorativa de la Real Academia Española,Asociación de Academias de la Lengua Española, Madrid, Alfaguara, 2006, pp. 345-352.9 El Heraldo, mayo 4 de 2008, Suplemento Literario, p. 7.

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6. De la razón de los vencidos y elimperativo ético de construir unajusticia anamnética.

La Ley de Justicia y Paz concebida enla perspectiva de la idea del progresode la modernidad occidental toma pres-tada la razón histórica de una parte dela humanidad, y descarta como proble-mática la razón de la de la otra huma-nidad y de toda la humanidad. La ideajustificadora de la Ley de Justicia y Pazes la razón de los vencedores opreso-res y pasa por alto la razón de los ven-cidos. ¿Acaso carecieron de razón losvencidos? ¿Será que los vencidos notienen el derecho a la reivindicaciónde sus razones? ¿No será que toda lahumanidad es la heredera de las vícti-mas?

Uno necesariamente tiene que respon-der que los vencidos, las víctimas eneste caso, como personas que fueron,eran sujetos de derechos protegidos oque debieron ser protegidos por el or-denamiento jurídico; por ello, sus ra-zones tienen que ser garantizadas, ygarantizadas no de cualquier manera,ellos, que sufrieron la crudeza y faltade compasión de unos victimarios, nopueden ser víctimas de la frialdad eindolencia del Estado y de la sociedad;muy por el contrario, lo que las vícti-mas requieren es de un reforzamientoinstitucional y jurídico de sus derechosy libertades.

Las víctimas tienen el derecho a quese haga justicia, incluso, su ausenciadel mundo en el plano material, nopuede constituirse en una excusa para

no disfrutar de la justicia. Una justiciaque debe estar fundada en el sufrimien-to y en la compasión, en el recuerdocomo una manera de impedir la eter-nización de la injusticia.

La justicia anamnética es un requisitonecesario para que la injusticia quesufrieron las víctimas pueda ser supe-rada, toma en cuenta el pasado y lopasado y lo hace actual, por tanto, elfundamento de esta justicia no puedeestar en el concepto de igualdad, porel contrario, la desigual posición delvictimario y de la víctima debe condu-cir a que el criterio de la justicia anam-nética no se funde en la igualdad sinoen la desigualdad real. La víctima, su-frió, no fue tratada con la compasiónque merece todo ser humano, desapa-reció o fue muerto; en cambio, el vic-timario está presente en el mundo, nosufrió, ocasionó el sufrimiento en otro,no desapareció, lo que realizó fue ladesaparición de otros, no fue muerto,está vivo. Por lo tanto, la justicia de laLey de Justicia y Paz no respeta la jus-ticia anamnética.

Al respecto, el profesor Reyes Mateexpresa:

Para la justicia anamnética launiversalidad no consistetanto en la aceptación portodos de las mismas reglas dejuego, sino en <la restitutioin integrum sive omnium>,es decir, es el reconocimien-to del derecho de todos ycada uno de los hombres,también de los muertos y fra-

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casados, a la recuperación delos perdido. Ésta es una for-ma de universalidad, bienconocida en el judaísmo y enel cristianismo, y a la que serefiere Walter Benjamin ensu Fragmento Teológico-Po-lítico. En el judaísmo, enefecto, tenemos la figura ca-balística del tikkum y en elcristianismo, la de apocatás-tasis. El término tikkum ex-presa la idea de redenciónentendida como vuelta detodas las cosas a su estadooriginal o como Benjamintraduce: es la <humanidadrestituida, salvada, restable-cida>. La misma idea quedarecogido en el término cris-tiano apocatástasis que evo-ca, por un lado, la idea derestitutio (restablecimientodel estado originario de lascosas) y, por otro, la de unnovum (anuncio de un nue-vo futuro).10

Por lo anterior, se puede afirmar, quela idea de justicia que subyace en laLey de Justicia y Paz, es la idea de jus-ticia de inspiración rawlsiana en la quese parte en una posición original conun velo de ignorancia que pasa por altolas desigualdades reales de los hom-bres, bajo la idea de hombres libres eiguales; por ello, no es una verdaderaley justa.

7. El derecho extremadamente inmo-ral no es derecho

El positivismo jurídico nació como unacorriente de la filosofía del derechodestinada a crear los principios y re-glas que le dieran cuerpo al derechocon el propósito de ofrecer seguridadjurídica a todas las personas y para quese realizara la virtud ética de la justi-cia. La seguridad jurídica de los dere-chos y de las libertades de las perso-nas se garantizaba con la implantaciónde normas jurídicas generales, imper-sonales y abstractas que deberían serconocidas por todos para su cumpli-miento y con el deber de ser conoci-das como una carga para todas las per-sonas –por lo que se presumía y pre-sume su conocimiento por todos-, nor-mas jurídicas que deberían ser redac-tadas en un lenguaje de fácil entendi-miento por todos. Las normas jurídi-cas deberían formar parte de un orde-namiento jurídico de coherencia y uni-dad lógica.

El sometimiento al derecho válidocomo derecho eficaz con fuerza coac-tiva para asegurar los derechos y liber-tades de las personas exigía que la nor-ma jurídica se diferenciara con todanitidez de la norma moral. Por ser con-siderados sistemas normativos distin-tos, moral y derecho se considerarondiferente, pero no se consideran dis-tantes y excluyentes; por el contrario,se ha considerado que el derecho pro-tege la autonomía moral del hombre y

10 José M. Mardones y Manuel Reyes Mate, En Torno A Una Justicia Anamnética. La Ética Ante las Víctimas,Barcelona Anthropos, 2003, pp.113-114.

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por esa vía la libertad, que por lo tan-to, todo derecho debe tener una basemoral para que pueda ser derecho vá-lido, y dado que unas interpretacionesdel positivismo jurídico considerabanque el derecho para ser consideradoderecho, lo único que se requería eraque estuviese fijado en el ordenamien-to jurídico, con independencia de sucontenido moral, pero, por seguridadjurídica de los derechos y de las liber-tades.

La visión de un sector del positivismojurídico, consideraba que el derecho norequiere de base moral, ya que por se-guridad jurídica, todo derecho vigentecreado conforme a los procedimientosdebe ser obedecido, independiente desu grado de justicia, que es la que estáen la base de la denominada Ley deJusticia y Paz. Con esta idea positivis-ta algo ramplona, de que todo lo queestá fijado en el ordenamiento jurídi-co es derecho válido que debe ser obe-decido por sus destinatarios, es comose intenta que los crímenes de los pa-ramilitares y de la guerrilla sean con-siderados como crímenes cometidos enuna guerra. En realidad, los hechosconfirman que no ha existido tal gue-rra, sino una insurgencia y rebelión ysedición de la guerrilla asociada concrímenes de lesa y en contra de la hu-manidad, por una parte, y matanzas yexterminación de los diferentes porbandas de criminales que no se levan-taron en contra del Estado, por otra.Por ello, desde su propio nacimiento,se parte de una idea equivocada, la deun proceso de paz de una guerra queno ha existido. Además, las sanciones

son ridículas y no guarda proporciónalguna con los perjuicios infringidos alas víctimas, a sus descendientes y ami-gos y a la sociedad, como tampoco, ala naturaleza de los crímenes que secometieron.

Una Ley como la examinada, tiene in-gredientes que son absolutamente in-morales, como los son las penas deocho años por todo tipo de crímenes yla nula exigencia de reparación, lo queimplica que no debe ser consideradacomo ley. Fue precisamente GustavRadbruch, en su ensayo: ArbitrariedadLegal y Derecho Supralegal, quiencreó el principio de que la ley extre-madamente inmoral no puede ser con-siderada como derecho válido con lafamosa Fórmula de Radbruch.

En un enfrentamiento entreseguridad jurídica y justiciasurgido entre una ley impug-nable por su contenido, perode carácter positivo, y underecho justo, pero no acu-ñado en forma de ley, hay unconflicto de la justicia con-sigo misma, esto es, entrejusticia aparente y justiciareal. Este conflicto lo reflejasoberbiamente el Evangeliocuando, en una parte, orde-na: “Obedeced a la autoridadque tiene poder sobre voso-tros”, sin embargo en otro lu-gar manda: “Obedeced mása Dios que a los hombres”El conflicto entre la justiciay la seguridad jurídica debióresolverse con la primacía

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del derecho positivo sancio-nado por el poder, aun cuan-do por su contenido sea in-justo e inconveniente, a noser que la contradicción dela ley positiva con la justiciaalcance una medida tan in-soportable, que deba consi-derarse “como falso dere-cho” y ceder el paso a la jus-ticia.11

8. Reflexiones finales

El imperativo categórico de naturale-za metafísica descrito y explicado porAdorno en su obra Dialéctica Negati-va, de que Auschwitz no vuelva a re-petirse, citado por Reyes Mate en suensayo: ¿Puede Europa hacer filoso-fía de espaldas a Auschwitz?, está alorden del día no sólo en Europa, tam-bién es válido para América y por susingularidad en Colombia. ReyesMate, en este ensayo expresa:

1.- En Dialéctica Negativa, no sólo re-lacionaba la filosofía con Aus-chwitz, sino que llegaba afirmarque de Auschwitz nace un nuevoimperativo categórico: <Hitler haimpuesto a los hombres un nuevoimperativo categórico para su ac-tual estado de esclavitud: el deorientar su pensamiento y su acciónde modo que Auschwitz no se repi-ta, que no vuelva a ocurrir nada se-mejante>. No es un mero imperati-

vo moral (como el kantiano), sinouno metafísico pues lo que está enjuego es una teoría de la verdad,esto es, una nueva interpretación dela realidad12 .

La Ley de Justicia y Paz, al no tomaren cuenta el sufrimiento de las vícti-mas, no puede ser una ley de un proce-so de paz, porque no se hace justiciacon el dolor de las víctimas, ni respetala ética de la compasión que debe te-nerse en cuenta cuando se diseña yexpide una ley que pretende hacer jus-ticia con quien sufrió todo tipo de vio-laciones a los derechos suyos, el de susfamilias y amigos, muy en particular,de quienes sufrieron en su carne y ensu espíritu todo tipo de crímenes, in-cluidos crímenes de lesa y en contrade la humanidad. El Estado de la Re-pública de Colombia al expedir la Leyde Justicia y Paz privilegió a los peo-res criminales en contra de la humani-dad y pasó por encima de las víctimas,de sus dolor, de su memoria y de sujusticia. Con la expedición de esta leyy con su implementación el Estado dela República de Colombia ofende algénero humano.

La Ley de Justicia y Paz no ha tomadoen cuenta respetar el imperativo cate-górico de orden metafísico de que nadasemejante a lo ocurrido en Auschwitzvuelva a repetirse en Europa, señala-do por Adorno en Dialéctica Negati-va, y desarrollado por Reyes Mate a lo

11 Gustav Radbruch, Relativismo y Derecho, Bogotá, Temis, 1999, p. 35. 12 Manuel Reyes Mate, “¿Puede Europa hacer filosofía a espaldas de Auschwitz?”, en Vigencia y singularidadde Auschwitz, Revista Anthropos, No. 203, Barcelona, 2004, p.43.

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largo de su vida intelectual, principioque choca brutalmente con dicho im-perativo. Con el agravante, de que noha existido una guerra civil real en elpaís, sólo uno guerra virtual; porque sibien el país ha tenido una insurgenciaarmada y grupos de extrema derechaarmada con cierto peso en ciertos mo-mentos, la guerra no ha existido, dadoa que no se alcanzó la dimensión paraser considerada como tal, y por últi-mo, lo que se ha implementado es elterror, el secuestro, las matanzas y ex-terminio, y la comercialización de dro-

gas. Se crea la sensación de la existen-cia de una guerra civil para justificarla impunidad frente a matanzas y ex-terminios de lo diferente, exterminioque ha contado con el visto bueno ypromoción de poderes públicos y pri-vados, y que los involucrados en esasoperaciones quieren borrar para eludirsu responsabilidad.

Termino recordando que Leonardo DaVinci opinaba que el que no castiga elcrimen manda a que se repita.