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A SECRETARIA GENERAL, Julia LAJAS OBREGÓN Ayuntamiento de la Villa de MORALEJA (Cáceres) Secretaría General Adjunto le remito fotocopia del borrador del acta de la sesión celebrada por la Junta de Gobierno Local el día 17 de junio de 2011, rogándole firme el presente documento, en prueba de su recepción. Moraleja, 20 de junio de 2011 Sr. Doña Teresa ROCA GONZALO C/ Pío Baroja, núm. 13 MORALEJA www/moraleja.es [email protected]

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Junta de Gobierno Local de 17 de junio de 2011

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A SECRETARIA GENERAL,

Julia LAJAS OBREGÓN

Ayuntamiento de la Villa de MORALEJA (Cáceres)

Secretaría General

Adjunto le remito fotocopia del borrador del acta de la sesión celebrada por la Junta de Gobierno Local el día 17 de junio de 2011, rogándole firme el presente documento, en prueba de su recepción.

Moraleja, 20 de junio de 2011

Sr. Doña Teresa ROCA GONZALO C/ Pío Baroja, núm. 13 MORALEJA

www/moraleja.es [email protected]

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Ayuntamiento de la Villa de MORALEJA (Cáceres)

Secretaría General

BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DÍA 17 DE JUNIO DE 2011

En la villa de Moraleja, siendo las trece horas del día 17 de junio de dos mil once, se reunieron en el Despacho de Alcaldía, bajo la Presidencia de la Sr. Alcalde, Don Pedro CASELLES MEDINA, los siguientes Tenientes de Alcalde: Don Rubén BLANCO GÓMEZ, Doña Balbina ARROYO PUERTO y Doña Ma Mercedes GONZÁLEZ MARTÍN, asistidos por la Secretaria General de la Corporación, Doña Julia LAJAS OBREGÓN, al objeto de celebrar, en primera convocatoria, sesión ordinaria.

Don José GONZÁLVEZ DOMÍNGUEZ ha excusado su asistencia ante la Alcaldía.

La Junta de Gobierno Local, en virtud de la delegación de atribuciones efectuada por Resolución de la Alcaldía de fecha 3 de septiembre de 2010, procede a la adopción de los siguientes ACUERDOS:

1.- APROBACIÓN DE ACTAS

Sin asuntos.

2.- LICENCIAS.-

*OBRAS.-

- Vista la solicitud de licencia formulada por Don Raúl TORRALVO RODRIGUEZ y Doña Soraya PÉREZ VIZCAINO, para la ejecución de las obras descritas en la DCUMENTACIÓN REFORMADA del proyecto ejecutado con arreglo a la Licencia de Obras núm. 4/2007, concedida por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 15 de febrero de 2007, para la construcción de UNA VIVIENDA UNIFAMILIAR ENTRE MEDIANERAS, con emplazamiento en la calle Brocense, num. 8-10, de este municipio, según proyecto elaborado por el Arquitecto Don Raúl TINOCO CAMACHO.

Visto el informe favorable emitido por los Servicios Técnicos Municipales de fecha 14 de junio de 2011, del que resulta que una vez examinada la documentación complementaria al Proyecto de Ejecución Final se adapta, en cuanto a condiciones urbanísticas a las NN.SS. de planeamiento vigentes, Junta de Gobierno Local ACUERDA:

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Secretaría General

PRIMERO.- Conceder la licencia de obra mayor solicitada por Don Raúl TORRALVO RODRIGUEZ y Doña Soraya PÉREZ VIZCAINO, para la ejecución de las obras descritas en el PROYECTO FINAL DE OBRAS del proyecto ejecutado con arreglo a la Licencia de Obras núm. 4/2007, con emplazamiento en la calle Brocense, núm. 8-10, de este municipio, entendiéndose otorgada salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio del de tercero.

SEGUNDO.- Declarar que no procede la liquidación del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras al no suponer este proyecto incremento alguno del Presupuesto de Ejecución Mat erial del proyecto inicial, pero si el abono de 15,03 Euros en concepto de Tasa por Expedición de Licencias Urbanísticas acuerdo con lo establecido en la vigente Ordenanza de aplicación.

*PRIMERA OCUPACIÓN DE LOS EDIFICIOS.-

- Examinada la solicitud de Licencia de Primera Ocupación presentada por Don Raul TORRALVO RODRIGUEZ para la obra consistente en VIVIENDA UNIFAMILIAR ENTRE MEDIANERAS con emplazamiento en la calle Brocense, núm. 10, de este municipio (Licencia de Obras: 4/2007) proyectada por el arquitecto Don Raúl TINOCO CAMACHO, a la que acompaña Certificado Final de Obras emitido por los Técnicos Directores de la misma y visto el informe FAVORABLE emitido por los Servicios Técnicos Municipales, tras visita de comprobación realizada, según el cual el referido edificio CUMPLE con la legalidad urbanística y las normas de edificación y construcción, habiendo sido repuestos los elementos urbanísticos afectados por las obras ejecutadas a entera satisfacción, salvo vicios ocultos, la Junta de Gobierno Local ACUERDA CONCEDER la Licencia de Primera Ocupación solicitada.

3.- ALTAS/BAJAS PADRONES.-

Sin asuntos.

4.- PERSONAL .-

Sin asuntos.

5.- ASUNTOS VARIOS.-

* PISTA LAS VEGAS.-

- La Junta de Gobierno Local ACUERDA proceder a la firma del contrato de cesión de uso y disfrute de local ubicado en Avda. de Extremadura, núm. 6, de Moraleja, con Don Ramón MARTÍN GARZÓN, el día 21 de junio por un importe de

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TRES MIL SEISCIENTOS SEIS EUROS Y CERO SIETE CÉNTIMOS (3.606,07 €), que tendrá una vigencia de un año.

* PISTA LAS VEGAS.-

- La Junta de Gobierno Local ACUERDA proceder a la aprobación del Pliego de Condiciones Económico-Administrativas y Prescripciones Técnicas para contratar por un año, mediante procedimiento abierto, el servicio de cafetería-bar de la Pista "Las Vegas" de este municipio. El presente acuerdo estará vigente desde el día 6 de julio de 2.011 hasta el 30 de junio de 2.012.

* RECURSOS CONTRA LIQUIDACIONES DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE NATURALEZA URBANA.

Visto el escrito del Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de la Diputación de Cáceres de fecha 5/05/2011 y registro de entrada 2918, en el que se nos da traslado de los recursos presentados por: Doña Leonor HERNÁNDEZ GUTIÉRREZ, Don Miguel HERNÁNDEZ PÉREZ, Doña Ma Gema HENÁNDEZ GUTIÉRREZ, Don Francisco HERNÁNDEZ GUTIÉRREZ, Doña Ma Victoria HERNÁNDEZ GUTIÉRREZ y Doña Ma Rosario HERNÁNDEZ GUTIÉRREZ, en relación a unas liquidaciones de Incremento de Valor de Naturaleza Urbana, en los expedientes que se relacionan:

-Leonor HERNÁNDEZ GUTIÉRREZ-expt. 2191487- recibo n° 100446541 -Miguel HERNÁNDEZ PÉREZ-expt. 21914788- recibo n° 100446554 -Ma Gema HERNÁNDEZ GUTIÉRREZ- expt. 2191489- recibo n° 1004465439 -Francisco HERNÁNDEZ GUTIÉRREZ- expt. 2191490- recibo n° 1004465434 -Ma Victoria HERNÁNDEZ GUTIÉRREZ- expt. 2191492- recibo n° 100446544 -Ma Rosario HERNÁNDEZ GUTIÉRREZ- expte. 2191491- recibo n° 100446540

Visto el informe emitido por Intervención de fecha 20 de mayo de 2011, la Junta de Gobierno Local, en consonancia Con dicho informe, ACUERDA,

PRIMERO.- Estimar las alegaciones presentadas por los interesados por entender prescritas las liquidaciones practicadas y que son objeto de los recursos interpuestos en los expedientes que se relacionan:

- Leonor HERNÁNDEZ GUTIÉRREZ-expt. 2191487- recibo n° 100446541 -Miguel HERNÁNDEZ PÉREZ-expt. 21914788- recibo n° 100446554 -Ma Gema HERNÁNDEZ GUTIÉRREZ- expt. 2191489- recibo n° 1004465439 -Francisco HERNÁNDEZ GUTIÉRREZ- expt. 2191490- recibo n° 1004465434 -Ma Victoria HERNÁNDEZ GUTIÉRREZ- expt. 2191492- recibo n° 100446544

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Secretaría General

-Ma Rosario HERNÁNDEZ GUTIÉRREZ- expte. 2191491- recibo n° 100446540

SEGUNDO.- Dar traslado al Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de la Diputación de Cáceres de este acuerdo.

TERCERO.- Notificar al negociado correspondiente que, cada vez que se produzca la defunción de alguno de los vecinos de Moraleja se remita comunicación a sus herederos a los efectos de que comuniquen a este Ayuntamiento las transmisiones de bienes que puedan ser objeto de liquidación del impuesto de Incremento de Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana, remitiendo en caso de no practicarse esta liquidación notificaciones periódicas a fin de que no se produzca su prescripción.

*Antes de proceder al estudio de este asunto, Don Rubén BLANCO GÓMEZ procedió a abandonar el despacho, por tener un interés directo en la resolución del mismo.

*RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL

(EXP. 94/2011/RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL/13).

Vista la solicitud presentada por Doña Míriam BLANCO GÓMEZ, mediante la cual formula reclamación por los daños sufridos el día 3 de junio de 2011, como consecuencia de la caída de un pivote de hierro, que estaba flojo, de la Plaza Colón, núm. 14 sobre su pié, con consecuencia de fisura en uno de sus dedos.

Considerando que los particulares tienen derecho a ser indemnizados por las Administraciones de toda lesión que sufran, en cualquiera de sus bienes y derechos, por el funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos, siempre que no concurra fuerza mayor.

En cumplimiento de los artículos 139 y 142 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, y en virtud del artículo 21.1.$) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO.- Admitir a trámite la reclamación de Doña Míriam BLANCO GÓMEZ, antes referenciado, e iniciar expediente para determinar la responsabilidad o no del Ayuntamiento y si este tiene la obligación de indemnizar al solicitante.

SEGUNDO.- Nombrar como órgano instructor del procedimiento para determinar si existe responsabilidad por parte este Ayuntamiento a Don Millán GONZÁLEZ RUIZ, siendo Secretaria del mismo la del Ayuntamiento, y teniendo en cuenta lo establecido sobre abstención y recusación en los artículos 28 y 29 de la Ley

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30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

TERCERO.- Solicitar informe a la Policía Local y a los Servicios Técnicos, que los emitirán en el plazo máximo de diez días, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 10.2° del Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo, y, seguidamente dése plazo de audiencia al interesado, con carácter previo a la resolución definitiva que se adopte.

CUARTO.- Comunicar al Instructor el nombramiento y darle traslado de cuantas actuaciones existan al respecto, y habilitarle para que realice todas las actuaciones necesarias para comprobar la existencia o no de responsabilidad por parte del Ayuntamiento.

QUINTO.- Poner en conocimiento de la Compañía de Seguros con la que este Ayuntamiento tiene suscrita póliza de seguros de responsabilidad civil la iniciación de este procedimiento, si el importe reclamado supera la franquicia concertada o es indeterminado, remitiéndole la documentación que obra en el expediente, para que, como interesado, pueda personarse y formular las alegaciones y proponer las pruebas que considere procedentes, otorgándole un plazo de diez días.

SEXTO.- Notificar este acuerdo al interesado, haciéndole constar que dispone de un plazo de diez días, a contar desde el siguiente al del recibo de este acuerdo, para aportar cuantos datos estime convenientes a su derecho, y, en su caso, la valoración de los daños alegados."

Visto este punto D. Rubén BLANCO GÓMEZ se incorpora de nuevo a la sesión.

RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL (EXP. 95/2011/RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL/14).

-Vista la solicitud presentada por Don Senén CORTÉS GRANADO, mediante la cual formula reclamación por los daños sufridos en la rueda de su vehículo C15, el día 26 de julio de 2010, cuando circulaba por la calle Capitán Domínguez, debido a que una de las tapas de los agujeros que sirven para instalar las vallas de los festejos taurinos estaba suelta.

Considerando que los particulares tienen derecho a ser indemnizados por las Administraciones de toda lesión que sufran, en cualquiera de sus bienes y derechos, por el funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos, siempre que no concurra fuerza mayor.

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Secretaría General

En cumplimiento de los artículos 139 y 142 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, y en virtud del artículo 21.1.$) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO.- Admitir a trámite la reclamación de Don Senén CORTÉS GRANADO, antes referenciado, e iniciar expediente para determinar la responsabilidad o no del Ayuntamiento y si este tiene la obligación de indemnizar al solicitante.

SEGUNDO.- Nombrar como órgano instructor del procedimiento para determinar si existe responsabilidad por parte este Ayuntamiento a Don Millán GONZÁLEZ RUIZ, siendo Secretaria del mismo la del Ayuntamiento, y teniendo en cuenta lo establecido sobre abstención y recusación en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

TERCERO.- Solicitar informe a la Policía Local y a los Servicios Técnicos, que los emitirán en el plazo máximo de diez días, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 10.2° del Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo, y, seguidamente dése plazo de audiencia al interesado, con carácter previo a la resolución definitiva que se adopte.

CUARTO.- Comunicar al Instructor el nombramiento y darle traslado de cuantas actuaciones existan al respecto, y habilitarle para que realice todas las actuaciones necesarias para comprobar la existencia o no de responsabilidad por parte del Ayuntamiento.

QUINTO.- Poner en conocimiento de la Compañía de Seguros con la que este Ayuntamiento tiene suscrita póliza de seguros de responsabilidad civil la iniciación de este procedimiento, si el importe reclamado supera la franquicia concertada o es indeterminado, remitiéndole la documentación que obra en el expediente, para que, como interesado, pueda personarse y formular las alegaciones y proponer las pruebas que considere procedentes, otorgándole un plazo de diez días.

SEXTO.- Notificar este acuerdo al interesado, haciéndole constar que dispone de un plazo de diez días, a contar desde el siguiente al del recibo de este acuerdo, para aportar cuantos datos estime convenientes a su derecho, y, en su caso, la valoración de los daños alegados."

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Secretaría General

Seguidamente por el Sr. Alcalde-Presidente se levanta la sesión, siendo las catorce horas del día señalado en el encabezamiento, de todo lo cual, como Secretaria, doy fe.

LA SEC T C IERAL,

11T' ‘ GÓN Fdo.: ATA

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