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INTENDENCIA DE MONTEVIDEO DEPARTAMENTO DE MOVILIDAD DIVISION VIALIDAD SERVICIO DE ESTUDIOS Y PROYECTOS VIALES MUNICIPIOS D Y F LICITACIÓN PÚBLICA Nº 647/2017: CONTRATO N o 1793 PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES QUE REGIRÁ EN EL LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA EJECUCION DE REMOCIONES Y REPOSICIONES EN PAVIMENTOS DE HORMIGON EN LOS MUNICIPIOS D Y F

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INTENDENCIA DE MONTEVIDEO

DEPARTAMENTO DE MOVILIDADDIVISION VIALIDAD

SERVICIO DE ESTUDIOS Y PROYECTOS VIALESMUNICIPIOS D Y F

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 647/2017:

CONTRATO N o 1793

PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES QUE REGIRÁ EN EL LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA

PARA LA EJECUCION DE REMOCIONES Y REPOSICIONES

EN PAVIMENTOS DE HORMIGONEN LOS MUNICIPIOS D Y F

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PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 647/2017:

C O N T R A T O Nº 1793

EJECUCION DE REMOCIONES Y REPOSICIONESEN PAVIMENTOS DE HORMIGON

EN LOS MUNICIPIOS D Y F

CONTRATO N° 1793

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LICITACIÓN PÚBLICA Nº 647/2017:PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

EJECUCION DE REMOCIONES Y REPOSICIONESEN PAVIMENTOS DE HORMIGON

EN LOS MUNICIPIOS D Y F

INDICEDISPOSICIONES GENERALES Pág. Objeto..................................................................................................5Nómina de elementos que componen este proyecto..........................5Definiciones.........................................................................................5Trabajos en horarios especiales.........................................................5Ejecución de los trabajos.....................................................................6Cartelera..............................................................................................6Consultas y aclaraciones.....................................................................6FORMA DE PRESENTACIÓNPropuesta y documentación................................................................ 7Antecedentes....................................................................................... 8Precio................................................................................................... 9Imprevistos.......................................................................................... 9Monto de la mano de obra imponible.................................................. 9Ampliación del contrato.......................................................................10Disposiciones laborales.......................................................................11Representante técnico ........................................................................12COMPARACIÓN DE PROPUESTASMetraje - Comparación de propuestas ...............................................13Criterios de evaluación........................................................................13Aceptación y Rechazo de ofertas-Mejora y Negociación de Ofertas. 13GARANTÍAS Y PLAZOSGarantía de Mantenimiento de Oferta.................................................14Plazo de Mantenimiento de Oferta......................................................14Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato........................................15Garantía de Conservación...................................................................15Plazo....................................................................................................16LIQUIDACIÓN Y FORMAS DE PAGOLiquidación de Pagos..........................................................................17Facturación..........................................................................................17Interés de Mora....................................................................................18Fórmulas paramétricas de ajuste de precios......................................19Lista de materiales para la aplicación de la fórmula paramétrica.......20RECEPCIONES Y CONSERVACIÓNRecepción Provisoria...........................................................................22Material granular y cementado............................................................22Sub-base granular cementada............................................................22Pavimento de Hormigón......................................................................23Recepción Definitiva............................................................................25MULTASMultas..................................................................................................26

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OTRAS DISPOSICIONESRiesgo y responsabilidad....................................................................27Certificado Único Municipal.................................................................27Perfeccionamiento del contrato - Notificación.....................................27Cesión del contrato..............................................................................27Registro de proveedores.....................................................................28EXIGENCIAS VARIASSuministro de vehículos......................................................................29Suministro de teléfono celular ............................................................29Equipos y Maquinarias exigibles.........................................................29Suministro de Materiales para el Laboratorio de Suelos.....................30Planos finales de las obras .................................................................30PRESCRIPCIONES CONSTRUCTIVAS Ubicación de los trabajos ...................................................................31Ordenamiento de los trabajos a efectuar ...........................................31Descripción de los trabajos a efectuar................................................31Sub-base granular cementada............................................................31Material granular .................................................................................32Procedimiento de Mezclado ...............................................................32Compactación y Aceptación de las Capas .........................................32Refinado de la Superficie....................................................................33Curado ................................................................................................33Juntas de Construcción ......................................................................33Tolerancias en la Terminación de la Capa de Base Cementada .......33Medición y pago ..................................................................................33Sustitución de terreno de fundación ...................................................34Pavimento de Hormigón .....................................................................34Plazo de Curado y habilitación de Pavimentos...................................35Malla de acero …................................................................................36Barras de unión y barras pasadoras...................................................36Armadura de distribución para pavimentos de hormigón....................37Cordones de hormigón........................................................................39Cordones de Granito ..........................................................................39Nivelación de Tapas de Servicios Públicos.........................................39Bocas de Tormenta ............................................................................39Veredas ..............................................................................................39Construcción del contrapiso de balasto cementado............................40Construcción de rampas de acceso de hormigón …...........................40Entradas de vehículos ........................................................................40Juntas y Grietas .................................................................................. 41Obras accesorias................................................................................. 42CERTIFICADO DE CAPACIDADCertificado de capacidad de para ofertar del MTOP............................44FORMULARIO PROPUESTAFormulario propuesta...........................................................................46Metrajes...............................................................................................47

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DISPOSICIONES GENERALES

ObjetoArt. 1 - El presente pliego tiene por objeto establecer los procedimientos y condiciones que regirán para la ejecución de remociones y reposiciones en pavimentos de hormigón existentes, en los Municipios D y F, del Departamento de Montevideo.

Nómina de elementos que componen este proyectoArt. 2 - Rigen para este contrato los siguientes elementos:- Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Contratos de Obra Pública (Decreto del Poder Ejecutivo 257/15 y resolución de la IM. 5811/15)- Pliego de Condiciones Generales para la Construcción de Obras (en adelante PCGCO), en todo lo que sea aplicable.- Pliego Particular para la Ejecución de Obras (Noviembre 1991), (en adelante PPEO).- Pliego General de Condiciones para la Construcción de Pavimentos de Hormigón (Abril 1990), (en adelante PGCCPH).- Pliego General de Condiciones para la Construcción de Veredas (Diciembre de 1991),(en adelante PGCV).- Este Pliego Particular de Condiciones.- Planos No163/87 y 164/87 del Servicio de Estudios y Proyectos Viales.- Plano No1211/11 Detalle de Canasta de Pasadores para Pavimentos de Hormigón - Plano N°676/98 del Servicio de Estudios y Proyectos Viales.- Plano tipo Nº10 y 11 del Servicio de Estudios y Proyectos de Saneamiento.- Decretos y Resoluciones, en particular las Resoluciones N° 1821/12 y 1423/13, de Señalización en la vía Pública.- Normas UNIT 1114, 1115 y 1125.

DefinicionesArt. 3 - Se entiende por:

Día o día calendario: Son todos los días del año, incluyendo Sábados, Domingos y feriados.

Día laborable: Son los días de lunes a viernes inclusive. Para las empresas que trabajan los días Sábado, se tomará a este como día laborable. No se incluyen feriados no laborables, ni la licencia de la construcción.

Día hábil: Son los días de lunes a viernes inclusive. No incluye feriados (laborables y no laborables).

Trabajos en horarios especialesArt. 4 - Se entiende por horario normal de trabajo, el comprendido entre las 7.00 y las 19.00 horas de los días no feriados (laborables o no) de lunes a viernes.En caso que el Contratista solicite aumentar el régimen horario de trabajo, fuera del horario normal estipulado en el artículo precedente, deberá solicitarlo por escrito al Director del Servicio que corresponda, dando conformidad para deducir de su orden de pago, las horas extras a que hubiera lugar, para el personal de la IM afectado a la obra. El Servicio actuante deberá emitir la correspondiente orden de pago a favor de

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los funcionarios antes mencionados, a cuyos efectos se remitirán las actuaciones a la Contaduría General.

Ejecución de los TrabajosArt. 5 - La nómina de calles o caminos será suministrada al Contratista con la anticipación necesaria. Se deberá atender las prioridades establecidas por las autoridades de los Municipios D y F, que serán transmitidas al Contratista por el Ingeniero Director de las Obras.Los oferentes deberán tener en cuenta, al formular su propuesta e indicar la lista de equipo a utilizar, que se les exigirá el desarrollo de los trabajos en forma simultánea en los dos Municipios, en una ubicación en cada Municipio. El incumplimiento de esta exigencia podrá aparejar la rescisión del Contrato con pérdida de garantía, así como el rechazo de la oferta en el caso de deficiencias del equipo ofertado.

CarteleraArt. 6 – Modificase el Art.14 del Pliego Particular para la Ejecución de Obras, estableciéndose que el contratista no tendrá obligación de colocar cartelera alguna.

Consultas y aclaraciones Art. 7- Solo los adquirientes del pliego podrán realizar consultas, solicitar aclaraciones sobre el texto de este pliego o solicitar prórroga, mediante comunicación escrita, hasta 10 (diez) días hábiles antes del plazo fijado para la apertura de ofertas.Éstas se harán por escrito y se presentarán personalmente en el Servicio de Compras, Sector Santiago de Chile del Edificio Sede, con acceso sobre la Avda. 18 de julio, en el horario de 10:15 a 15:30 hs, por mail a [email protected] o vía Fax al 1950 1915, no considerándose las realizadas con posteridad al plazo señalado. Tales preguntas y sus correspondientes respuestas tendrán carácter vinculante y por ende, pasarán a formar parte de las bases de este llamado.La Intendencia de Montevideo responderá las solicitudes que reciba y enviará copia escrita de sus respuestas a todos los interesados que hayan abonado el pliego, incluyendo la pregunta, sin identificar su origen. Las consultas y respuestas podrán ser consultadas además, en la página web de la IM (www.montevideo.gub.uy, entrar en Servicios On line- Cartelera de Compras- y buscar el número de la licitación), y en el sitio web de Compras Estatales www.comprasestatales.gub.uy.- La IM podrá solicitar a los oferentes, aclaraciones con respecto a sus ofertas.El mismo plazo y de la misma forma indicada para las consultas, los adquirentes del pliego podrán solicitar prórroga de fecha de apertura de ofertas.

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FORMA DE PRESENTACION

Propuesta y DocumentaciónArt.8 – Los oferentes deberán presentar su propuesta en estricto acuerdo al formulario tipo y rubrado que acompañan estos recaudos. Se destaca especialmente la declaración del valor imponible de la mano de obra de la propuesta.

La propuesta será firmada por quien represente legalmente a la empresa oferente. Todas las fojas del original se presentarán debidamente foliadas en el correspondiente margen inferior, y la misma comprenderá un original, una copia papel y una copia en CD. La documentación necesaria para la presentación de la oferta, así como también la oferta en sobre cerrado, deberá ser entregada hasta el día y hora establecidos en la publicación del presente llamado en el Sitio Web de Compras Estatales y en el Servicio de Compras, ubicado en el Sector Santiago de Chile del Edificio Sede, con acceso sobre Avenida 18 de Julio o vía fax al 1950 1915, no siendo aceptadas si llegaren con posterioridad a la hora fijada para el acto de apertura de ofertas.Las ofertas que se presenten antes del acto de apertura, deberán dejarse en el buzón en el día correspondiente a la apertura.Las ofertas y los sobres deberán venir correctamente identificados con nombre del oferente, número de proveedor y/o número de R.U.T., tipo y número de licitación, fecha y hora de apertura.

Los oferentes podrán presentar en el acto de apertura, conjuntamente con su oferta, la documentación exigida en el numeral II) del presente artículo.

I) Documentos integrantes de la oferta:

i) Pago de Pliego: De comprobarse que no fue abonado el precio de los recaudos, la oferta será rechazada sin derecho a reclamación alguna.

ii) Certificado de capacidad para ofertar de la empresa expedido por el Registro Nacional de Empresas que funciona en la órbita del MTOP, que acredite capacidad libre para ofertar suficiente para la obra licitada (original y fotocopia para agregar al expediente). Decreto 208/2009 del 4/05/2009.-

iii) Carta intención, si se presenta un proyecto de consorcio.

iv) Lista de equipo disponible y de personal responsable. (Art. 5 del Pliego Particular para la Ejecución de Obras), (se agrega al expediente).

v) Listado de trabajos realizados (Art.9: Antecedentes).

II) Documentación a presentar por el adjudicatario:

a) Constancia de inscripción en el Registro de Empresas Contratistas de Obras en la Vía Pública (IM - 2do. piso - División Vialidad), (fotocopia para agregar al expediente).

b) BSE: El oferente que resulte adjudicatario, al momento del depósito de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato deberá presentar, de no haberlo hecho conjuntamente con la oferta, la Constancia de Seguro contra Riesgos de Accidentes

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de Trabajo y Enfermedades Profesionales dispuesta por el artículo 61 de la ley 16.074, expedida por el Banco de Seguros del Estado, vigente.

c) Notarial: El oferente que resulte adjudicatario, en caso de ser una persona jurídica, deberá presentar, de no haberlo hecho conjuntamente con la oferta, un certificado notarial que acredite que el firmante de la oferta tiene facultades suficientes para representar a la empresa en esta clase de actos. El Escribano certificará además, la existencia, vigencia de la sociedad, el cumplimiento de lo dispuesto por la Ley 17.904 art. 13 y ley 18.930 en caso de corresponder, y quienes son los directores o administradores, a los efectos de lo previsto en el artículo 3º de la Ley 18.244 (deudores alimentarios).Si se trata de una persona jurídica extranjera deberá presentar la documentación que acredite la personería jurídica y vigencia, debidamente legalizada y traducida en su caso, y acreditar domicilio en Montevideo. Asimismo, podrán hacerlo por sí o representados por personas autorizadas, mediante poder correspondiente.

d) Consorcios: Se admitirá la presentación de consorcios ya constituidos o a constituirse con una carta intención. En este último caso, si su propuesta fuera seleccionada como la más conveniente, antes de dictada la resolución de adjudicación, los oferentes deberán cumplir con los requisitos establecidos por la ley N°16.060 y presentar el contrato de consorcio debidamente inscripto y publicado, en un plazo de sesenta (60) días corridos contados desde la notificación del dictamen o informe de la Comisión Asesora.

Si la propuesta es presentada por dos o más empresas formando un consorcio, sin perjuicio de cumplir con las disposiciones anteriores, deberán establecer un domicilio único que será el domicilio legal y unificar la representación con facultades suficientes para actuar en nombre de aquél. Las notificaciones que se realicen al representante se considerarán válidamente hechas al consorcio. Las empresas que integran el consorcio o asociación asumen la responsabilidad solidaria y mancomunada por todas y cada una de las obligaciones emergentes del contrato, debiendo incluir en la propuesta una declaración suscrita por todos sus miembros asumiendo tal responsabilidad.

Frente a la IM todas las empresas que integren el consorcio serán solidariamente responsables. Cada firma que lo integra deberá cumplir los requisitos exigidos a las personas jurídicas individualmente y la documentación deberá presentarla en conjunto bajo el nombre del consorcio, pero indicando el nombre de la firma consorciada. A los efectos de la evaluación se considerarán los antecedentes en la proporción de la participación de cada empresa constituyente. e) Toda otra documentación requerida en el presente pliego particular de condiciones y que no fuera incluida en la oferta

AntecedentesArt. 9 – La empresa licitante deberá poseer antecedentes en la realización de obras similares desempeñadas en organismos públicos o en empresas particulares en los últimos diez (10) años. La empresa licitante deberá aportar documentación (recepción provisoria, constancia del Organismo o Empresa contratante, etc.) que certifique que en un único Contrato u Obra, y en dicho tiempo; construyó como mínimo un 50% del metraje de pavimento de hormigón que se licita en este Contrato.

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1- Empresa o lugar donde se realizó el trabajo, 2- Fecha de la obra, monto y plazo de ejecución3-Teléfono para verificar las referencias y persona de contacto.

Presentación de antecedentes.

Obra Breve descripción Monto Plazo de

Ejecución

Teléfono Referencias Año

En caso de no presentar el listado con los datos solicitados, o de constatarse datos erróneos o falsos, se desestimará la oferta, independientemente de otras acciones que puedan realizar la Administración.La Administración podrá no tener en cuenta las ofertas de aquellos oferentes que tengan antecedentes de incumplimientos en los últimos 5 (cinco) años.

PrecioArt. 10 – El oferente establecerá en su propuesta los precios unitarios en moneda nacional de los rubros que se indican en las planillas al final de este Pliego Particular de Condiciones. Se deberá establecer por separado del precio, el IVA y el monto de mano de obra imponible, según formulario propuesta. En caso de no detallarse el IVA se entenderá incluido en el precio cotizado.

Descuento Pronto Pago:El oferente podrá establecer en su cotización la bonificación que ofrece para los siguientes casos, la que será evaluada por el Departamento de Recursos Financieros al momento del pago:

1− si el pago de la factura se realiza dentro de los quince días de presentada la misma en Contaduría de la IM;

2− si el pago de la factura se realiza entre los dieciséis y los treinta días de presentada la misma en Contaduría de la IM.

Cuando los oferentes no hagan referencia a la bonificación pronto pago en su oferta, se entenderá que el precio se mantiene sin descuentos sin importar la fecha de cobro.

ImprevistosArt. 11 – La cantidad presupuestada calculada para la ejecución de los trabajos proyectados se incrementará en un 15 % (quince por ciento) de la misma, de lo que resultará el monto total de la propuesta, de acuerdo a lo establecido en el art. 7 del Pliego Particular para la ejecución de la Obra.

Monto de la mano de obra imponibleArt. 12 - En función de la resolución 2.255/93 del 28 de junio de 1993 se establece que de acuerdo al régimen de unificación de aportes patronales y obreros de la Industria de la Construcción, establecidas por la Ley Nº 14.411 los aportes al Banco de Previsión Social quedarán a cargo de la Intendencia de Montevideo.A los efectos de la adjudicación y para el estudio y cotejo de las ofertas, se tendrá en cuenta los aportes calculados por la Empresa y declarados en la propuesta, para

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lo cual, los oferentes deberán declarar el monto de mano de obra imponible para cada rubro y la sumatoria total.

El registro de la Obra ante el B.P.S. Lo hará la empresa contratista previo control y firma de los formularios 1 y 2 (Obra Pública) por el Director de la Obra y la firma del representante de la Intendencia de Montevideo ante el BPS. Dicho registro deberá hacerse en el transcurso del mes de inicio de la obra y deberá remitirse inmediatamente copia del formulario de inscrip-ción con número de obra, al Sector Contralor de Liquidación y Pago a Acreedores de Contaduría GeneralLos pagos de leyes sociales por la I.M., se realizarán en base a las planillas de aportes que presente la empresa contratista mensualmente. Dichos pagos por cuenta de la I.M. se harán hasta el tope indicado por la empresa en su propuesta, superado el tope antes establecido, los siguientes pagos los realizará la I.M. mediante la retención del importe que corresponda del certificado respectivo.

De acuerdo al art. 7 lit. a) del Decreto Ley 14.411 del 7/8/75."Cuando las planillas presentadas por el contratista o subcontratista, superan los jornales determinados por paramétrica, o los reconocidos por el Organismo Contratante, la diferencia injustificada, será abonada por los empresarios, contratistas o subcontratistas, quienes serán sujetos pasivos por deuda propia."

Presentación de nóminasLas empresas dispondrán del plazo fijado por BPS para cada mes,para la presentación de nóminas firmadas por el técnico a cargo del control de la obra, ante Contralor de Liquidación de Acreedores de Contaduría General, para que se le coloque el código para su presentación ante BPS.

Presentación de facturasLas empresas dispondrán de un plazo máximo fijado el día 20 del mes, salvo vencimientos anticipados por el BPS , caso en el cual se informará a las empresas el plazo estipulado, para entregar el formulario para el pago y copia de nómina. De no hacerlo en tiempo y forma serán de cargo de dichas empresas los importes por concepto de MULTAS Y RECARGOS que fije el B.P.S. y serán descontados de las liquidaciones subsiguientes.En caso de no tener jornales en el mes, puede presentar nómina en $0 o declarar inactividad mediante formulario F9 (con firma de técnico y representante).

Vinculación o desvinculación de subcontratistasSe requiere para su registro firma del técnico y del representante.

Cierre de la Obra ante el B.P.SLo hará la empresa contratista, previo control del Sector Contralor de Liquidación y Pago a Acreedores de Contaduría General, y firma de los formularios correspondientes por el Director de la Obra y el representante de la Intendencia de Montevideo.Dicho cierre deberá hacerse dentro de los treinta (30) días de terminada la obra.Las multas que puedan surgir por atrasos en los plazos para el registro y cierre de la obra, serán de cargo de la empresa contratista, al igual que las que se generen por presentar la planilla mensual fuera de plazo.Ampliación del Contrato

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Art. 13 - No rigen los Arts. 80 y 83 del PCGCO y el Art. 3 del Pliego Particular para la Ejecución de Obras. La Intendencia de Montevideo podrá ampliar el contrato hasta un 100% (cien por ciento), del monto total del contrato original, de acuerdo al articulo 74 del Tocaf.Dichos trabajos reunirán las características de los incluidos en el llamado original, y para ellos valdrán todas las condiciones del mismo.

Disposiciones LaboralesArt. 14 - a) El Contratista estará obligado a aceptar y mantener la obra en las condiciones de seguridad que pauta el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (Decreto 125/014) y Banco de Seguros del Estado. A estos efectos, la Dirección de Obra podrá solicitar las constancias de autorización de andamiaje y condiciones generales de la obra cuando lo estime conveniente. El incumplimiento en la presentación de las constancias así como la no observación de las normas de seguridad dispuestas, podrán ser sancionados con la detención de los trabajos sin que esto implique una prórroga en el plazo de terminación.

b) Ley 18.098. La parte contratante se obliga a cumplir las disposiciones de los laudos y convenios colectivos vigentes para la rama de esta actividad laboral (convenio colectivo suscrito vigente), en materia de salarios, categorías de labor, pago y suplementos por horas extraordinarias, primas por nocturnidad, incentivos por asistencia, viáticos y en general, todas las asignaciones y beneficios que mejoren las condiciones establecidas por la legislación laboral común, así como las demás normas de trabajo vigentes, contenidas en los Convenios Internacionales y sus reglamentaciones. En caso que los laudos vigentes queden sin efecto la remuneración mínima será un Salario Mínimo Nacional.La Intendencia de Montevideo, en oportunidad de la selección de ofertas y con relación a la adjudicataria, durante el plazo contractual y en su caso la prórroga, tendrá especialmente en cuenta el cumplimiento estricto de esta disposición.En ese sentido, en oportunidad del estudio de las propuestas serán rechazadas aquellas en las que se pueda constatar que algún oferente no cumpliera con lo exigido. Si dicho incumplimiento se verificara con posterioridad a la celebración del contrato, la Intendencia de Montevideo se reserva el derecho de rescindirlo en la forma y condiciones previstas en este pliego.La Intendencia de Montevideo se reserva el derecho de exigir a la empresa contratada la documentación que acredite estar al día en el pago de salarios y demás rubros emergentes de la relación laboral, así como los comprobantes que justifiquen que está al día en el pago de la póliza contra accidentes de trabajo y de las contribuciones a la seguridad social, como requisito previo al pago de los servicios prestados.En caso que la I. de M. lo solicite, las empresas adjudicatarias deberán informarle los datos personales de los trabajadores afectados a la prestación del servicio, con la finalidad de efectuar los controles correspondientes. La I. de M. tiene la potestad de retener, de los pagos debidos en virtud del contrato, los créditos laborales a los que tengan derecho los trabajadores de la empresa contratada. El incumplimiento por parte de una empresa adjudicataria en el pago de las retribuciones a los trabajadores asignados al cumplimiento de las tareas contratadas

c) Ley 18.099 en concordancia con Ley 18.251- La adjudicataria está obligada a cumplir con todas las obligaciones con los organismos previsionales o fiscales, originadas por su vínculo con los trabajadores asignados al servicio contratado y que se generen como consecuencia de la prestación del servicio adjudicado.

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La adjudicataria queda obligada a resarcir e indemnizar a la I. de M. por cualquier responsabilidad, pérdida, daño, honorarios de abogados, costas o gastos administrativos o judiciales relacionado con reclamaciones de terceros por cobro de salarios, impuestos, contribuciones a la seguridad social, seguros de accidentes de trabajo, daños y perjuicios ocasionados a terceros.Los antes referidos gastos serán reembolsados a la I. de M. ajustados por el Índice de Precios al Consumo.

d) Registro Nacional de Obras de Construcción y su Trazabilidad - El Decreto 481/09 dispone la inscripción obligatoria de todas aquellas obras de construcción cuya ejecución supere las treinta (30) jornadas de trabajo en el Registro Nacional de Obras de Construcción y su Trazabilidad.Quienes estén comprendidos en la obligación de registrarse y no hayan cumplido debidamente con dicha condición, serán pasibles de clausura por parte de la Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social (IGTSS) del MTSS.

e) Por Resolución Nº 2518/09, del 22/6/09, las empresas contratantes deberán incluir en las planillas de trabajo un mínimo equivalente al 5%, del personal afectado a tareas de peones o similares a personas liberadas que se encuentren en la bolsa de trabajo del Patronato Nacional de Encarcelados y Liberados.

f) Volquetas y cualquier otro tipo de elemento que sirva para el acopio y transporte de residuos: Las empresas adjudicatarias de licitaciones de obra solo podrán utilizar para el transporte de residuos (residuos de obras civiles, excavaciones, demoliciones, construcciones, etc.) volquetas registradas y/o pertenecientes a empresas inscriptas y habilitadas por el Registro Único Obligatorio de Empresas Transportadoras de Residuos Sólidos, acorde a la normativa departamental vigente (capítulo II.1. Titulo IX del Volumen V del Digesto Municipal, D. 1928.1 a 1928.14 y R. 424.110.1 a 424.110.19). Por mas información dirigirse al Sector Contralor de los Servicios de Volqueta, División Limpieza, Departamento de Desarrollo Ambiental, Piso 6, Unidad de Contratos, tels. 1950 3135 – 1950 3136.

g) Técnico Prevencionista:La empresa adjudicataria deberá tener un Técnico Prevencionista durante el desarrollo de todos los trabajos. El mismo será responsable de todo lo concerniente a la seguridad y salud ocupacional (inclusive de los eventuales subcontratos).El adjudicatario, previo al inicio del contrato, deberá indicar el nombre del Técnico Prevencionista y la frecuencia con que éste deberá concurrir durante la realización la obra.

Representante TécnicoArt. 15 - Los oferentes designarán en sus propuestas un Representante Técnico de la empresa, de profesión Ingeniero Civil, que se encargará de la organización y control de la obra debiendo tener permanente y estricta vigilancia sobre la misma y que se constituirá en el interlocutor válido ante el Director de la Obra. En la propuesta la empresa oferente consignará su nombre, y el profesional deberá suscribir la misma en señal de aceptación

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COMPARACIÓN DE PROPUESTAS

MetrajesArt. 16 - Los metrajes indicados son inalterables a los efectos de la comparación de propuestas. La Intendencia de Montevideo pagará la obra efectivamente realizada y se reserva el derecho de modificar los metrajes indicados en cualquier proporción e incluso suprimir alguno de ellos, sin que el Contratista tenga derecho a reclamación alguna, manteniéndose únicamente el monto contractual.

Comparación de PropuestasArt. 17 - Para la comparación de ofertas, en cuanto al factor precio, se utilizará el siguiente procedimiento:a) Se considerarán únicamente los montos básicos (pagos entre 31 y 45 días), sin bonificación ni recargo por pagos en plazos distintos de los previstos en el presente pliego, sin perjuicio que a efectos de los pagos al Contratista luego se puedan aplicar los coeficientes de bonificación o recargo que correspondan al plazo real de pago en cada caso.b) Luego se adicionarán los montos correspondientes a los aportes sociales en el caso de las empresas que tengan su actividad regida por la ley N°14.411 de 5 de agosto de 1975, calculados multiplicando los montos unitarios de mano de obra imponible por los metrajes previstos para cada uno de ellos en el Pliego de Condiciones Particulares en el caso de contratación por precios unitarios o tomando el monto total imponible, cuando se contrate por precio global.c) Finalmente se adicionará el impuesto al valor agregado (IVA) calculado sobre el monto a), el porcentaje de imprevistos y sus leyes los aportes sociales correspondientes calculados según el criterio establecido en el literal b).

Criterios de EvaluaciónArt. 18 - Antes de proceder a la evaluación detallada, la Intendencia de Montevideo determinará si cada oferta se ajusta sustancialmente a los documentos de la licitación. Para los fines de esta cláusula, se considera que una oferta se ajusta sustancialmente a los documentos de la licitación cuando satisfaga las condiciones esenciales estipuladas en dichos documentos.Será rechazada la oferta que no se ajuste sustancialmente a los documentos de la licitación, no admitiéndose correcciones posteriores que modifiquen la misma.Siempre que se trate de errores u omisiones de naturaleza subsanable, se podrá corregir el error o solicitar que, en un plazo breve, el oferente suministre la información faltante.

Cumplida esta etapa, se evaluará la totalidad de las ofertas que se ajusten a los documentos de la licitación, de acuerdo al criterio de menor Precio ofertado, sin considerar descuento por pronto pago.

Aceptación y Rechazo de ofertas – Mejora y Negociación de ofertasArt. 19 –La Intendencia de Montevideo se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier oferta, así como de anular el proceso de licitación y de rechazar todas las ofertas en cualquier momento con anterioridad a la adjudicación, sin que por ello incurra en responsabilidad alguna frente a los oferente. La Intendencia de Montevideo podrá aplicar los institutos de mejora de oferta y de negociaciones, según lo dispuesto por el Art. 66 del TOCAF

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GARANTÍAS Y PLAZOS

Garantía de Mantenimiento de OfertaArt. 20 - Antes de la fecha prevista para la apertura de propuestas los interesados podrán depositar como garantía de mantenimiento de propuesta el monto de $324.000 (trescientos quince mil pesos uruguayos), siendo este requisito no obligatorio de acuerdo con lo establecido por el artículo 64 del TOCAF.

Esta garantía podrá constituirse mediante depósito en efectivo en pesos uruguayos, valores públicos, fianza a aval bancario, o póliza de seguro de fianza y se depositará en Tesorería General (artículo 12 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Contratos de Obra Pública, Decreto N°257/015 del Poder Ejecutivo, aprobado por la IM según Resolución Nº5811/2015, de fecha 07/12/2015). Si se quiere hacer efectiva la garantía mediante cheque (pesos uruguayos o dólares estadounidenses) el mismo deberá estar certificado por la entidad bancaria correspondiente.

Para hacer efectivo el depósito en garantía de mantenimiento de oferta en Tesorería General, el oferente deberá estar inscripto como proveedor en la Intendencia de Montevideo por lo que se recomienda a aquellos interesados a participar en esta licitación que no lo estén, pasar por la Unidad de Atención a Proveedores del Servicio de Compras con anticipación a la fecha prevista para la apertura de dicha licitación, evitando de este modo inconvenientes de último momento.En caso de haber optado por realizar el depósito de mantenimiento de oferta, el mismo no podrá realizarse con posterioridad a la fecha de apertura.

Si el oferente opta por garantizar el mantenimiento de su oferta, se le entregará recibo de depósito de la Garantía de Mantenimiento de Oferta, expedido por Tesorería de la I.M. El recibo debe estar a nombre del oferente y cuando se postule un consorcio o proyecto de consorcio, en el recibo debe figurar como mínimo el nombre de uno de los consorciados.

En caso de no presentar la garantía de mantenimiento de oferta, el incumplimiento en el mantenimiento de la oferta se sancionará con una multa equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto máximo de su oferta. El acto administrativo o resolución que imponga la multa será título ejecutivo, sin perjuicio del resarcimiento de los eventuales daños y perjuicios que dicho incumplimiento pueda haber causado a la Administración y la comunicación del hecho al Registro Único de Proveedores del Estado.

Plazo de mantenimiento de OfertasArt. 21 – Las ofertas deberán mantenerse por un plazo mínimo de 90 días calendario, de acuerdo a lo establecido en el artículo 14 del Pliego de Condiciones Generales para la Construcción de Obras.Diez días continuos antes de transcurrir el plazo mencionado sin que la Administración hubiese adoptado resolución, el proponente deberá comunicar a la misma su voluntad de retirar la garantía; de no hacerlo se entenderá que el plazo se prorroga automáticamente cuarenta y cinco (45) días repitiéndose la opción al final de este 2do, plazo.

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Garantía de Fiel Cumplimiento de ContratoArt. 22 - a) Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación de la Resolución de Adjudicación, el adjudicatario constituirá la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, que tendrá un valor equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto de la oferta básica respectiva a la cual se le agregará los Imprevistos y el IVA. Dicha garantía podrá constituirse en la misma forma que aquella solicitada para el mantenimiento de oferta (o: en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 20 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Contratos de Obra Pública, Decreto N°257/015 del Poder Ejecutivo, aprobado por la IM según Resolución Nº5811/2015, de fecha 07/12/2015) y deberá depositarse en el Servicio de Tesorería General. En caso que el citado depósito se realice con cheque deberá estar certificado por la entidad bancaria correspondiente.El plazo de la garantía deberá ser tal que cubra todo el plazo de realización de la obra, más los eventuales tiempos de tramitación del cierre del respectivo contrato y hasta la extinción definitiva de todas y cada una de las obligaciones emergentes del contrato. Si se estableciere un plazo, deberá preverse la renovación automática del mismo por períodos sucesivos, salvo manifestación en contrario de la Administración mediante la entrega del documento al adjudicatario.Cuando se constate el cese de actividades o la suspensión de la habilitación o autorización para funcionar otorgada por el Banco Central de las empresas de intermediación financiera y/o aseguradoras que fueron otorgantes de la garantía, el Adjudicatario deberá sustituir la misma en un plazo perentorio de 30 (treinta) días calendario, quedando suspendidos todos los derechos que pudieran corresponderle hasta tanto ello suceda. Su incumplimiento podrá dar lugar a sanciones por incumplimiento.La garantía no podrá ser devuelta hasta que ambas partes otorguen en documento apropiado que nada más tienen que reclamarse con relación a esta licitación.

b) Una vez realizada la recepción provisoria por la Intendencia de Montevideo, y cumplidas a satisfacción todas las obligaciones contraídas por el adjudicatario, podrá éste solicitar la devolución de lo depositado, en Contaduría General, con el original del recibo que acredite el depósito.

Garantía de Conservación Art. 23 – De cada pago que la Administración realice se retendrá un monto equivalente al cinco por ciento (5%) como Garantía de Conservación para garantir la conservación de las obras.El adjudicatario podrá optar al momento de la liquidación, por constituir esta garantía por cualquiera de las formas admitidas para la constitución de la garantía de fiel cumplimiento de contrato y de mantenimiento de oferta (valores públicos, fianza o aval bancario, o póliza de seguro de fianza). Pero, hecha la opción por uno de los instrumentos mencionados precedentemente, no se podrá, salvo autorización de la IM, sustituir un instrumento por otro.La garantía de conservación será devuelta luego de recibirse definitivamente las obras, una vez que el Servicio competente haya informado sobre la procedencia de la devolución, que el contratista haya presentado el formulario de cambio de estado de obra ante BPS (F9) solicitando el cierre de la misma ante Contaduría General, y siempre que el contratista no haya incurrido en multas cuyos pagos se encuentran pendientes y en caso de que no exista contra él reclamación alguna por daños y perjuicios derivados de la ejecución.

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PlazoArt. 24 – Las obras deberán iniciarse dentro del plazo de 15 (quince) días hábiles a partir de la notificación de la resolución de adjudicación y quedarán completamente terminadas en un plazo de 6 (seis) meses a partir de la fecha de su iniciación, incluyendo la ejecución de todas las obras accesorias.

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LIQUIDACIÓN Y FORMA DE PAGO

Liquidación de PagosArt. 25 - Solicitud de pago: Presentación y autorización:1) Los trabajos objeto de este contrato se pagarán por medio de certificaciones mensuales.El contratista presentará al Director de la Obra dentro de los diez (10) primeros días hábiles siguientes al mes en que se realizaron los trabajos, solicitudes de pago por los siguientes conceptos:

a) Trabajos presupuestados ejecutados, con detalle de la liquidación a precio básico. Necesariamente se deberá facturar el avance de obra por el mes de cargo en que se presente la planilla.

b) Trabajos extraordinarios o imprevistos autorizados, notificados y ejecutados, con detalle del monto imponible que corresponda en cada caso.

c) Ajuste del monto de los trabajos indicados en los literales a) y b) cuando corresponda. Los ajustes paramétricos deberán presentarse en factura independiente del básico con detalle de la liquidación, junto con el certificado a precio básico de los trabajos, tanto para los presupuestados como para trabajos imprevistos o extraordinarios.En cada ajuste paramétrico deberá referenciarse la factura que se está ajustando.

d) Se deberá presentar copia de las planillas de declaración de personal del B.P.S. del mes de los trabajos que se facturan, con una liquidación de la mano de obra imponible a fecha de contrato y su ajuste por aumentos.

2) En caso de discrepancia en lo referente al monto total de un certificado, se liquidará la cantidad sobre la que exista acuerdo. En cuanto a la cantidad objeto de discrepancia se liquidará por vía separada con carácter provisorio la que devendrá definitiva ya sea por acuerdo de partes o por arbitraje.En caso que en la liquidación definitiva resultara una diferencia a favor del Contratista, le corresponderá al mismo el interés de mora.

3) El Director de la obra deberá elevar el certificado de pago autorizado dentro de los diez (10) días hábiles de presentado. En caso que hubiera mediado alguna observación no se computará a los efectos del plazo establecido, el tiempo transcurrido entre la formalización de la observación y su levantamiento. Asimismo, dicho plazo quedará interrumpido en los casos de omisión de mora o cualquier otra imputación al Contratista, una vez notificado éste de la misma.De no mediar acuerdo en cuanto a las observaciones, deberán realizarse el desglose correspondiente elevándose la parte aprobada del certificado para su liquidación y pago.

FacturaciónArt. 26 - 1) Aprobada la solicitud de pago, se presentará la factura correspondiente en la Contaduría General de la IM. El pago será hecho entre los treinta y uno (31) días y los cuarenta y cinco (45) días del ingreso de la factura en la Contaduría General de la IM, previa aprobación del avance correspondiente por parte del Director de Obra, de la solicitud de pago, no computándose dentro de dicho plazo, las interrupciones que pudieran originarse por las causales a que se hace mención en el numeral anterior.En el momento de hacer efectivo cualquier pago, el contratista deberá estar al día en el pago de obligaciones tributarias, nacionales o departamentales, de Previsión y Asistencia Social e Inscripción en el Banco de Seguros del Estado.

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2) La última cuota se hará efectiva una vez que los trabajos estén completamente terminados y recibidos provisionalmente.

3) La Intendencia de Montevideo podrá optar, en el momento de hacer efectivo el pago, por la financiación del mismo, mediante la entrega de cheques de pago diferido o documentos de pago, acordándose en su momento, con el adjudicatario, las condiciones de los mismos.

4) Si el pago de los certificados se realiza antes de los treinta y un (31) días, se aplicarán los descuentos ofertados.Si el pago de los certificados tuviera lugar después del vencimiento del plazo estipulado de cuarenta y cinco (45) días, regirán las siguientes disposiciones:

a) Los plazos se contarán a partir de la presentación de la solicitud por el Contratista, en las condiciones establecidas en el (numeral 1 del presente artículo), y no se computarán en dichos plazos las interrupciones que pudieran originarse por las causales a que hacen mención el (numeral 3 del presente artículo). Los certificados que realice de oficio la Administración se regirán por este mismo criterio computándose el plazo de cuarenta y cinco (45) días a partir de la correspondiente certificación.

b) Vencidos los cuarenta y cinco (45) días sin haberse pagado el certificado, correrán los intereses de mora sobre el importe del monto impago.

Interés de MoraArt. 27- c) El interés de mora queda fijado en el 50% de la tasa media de interés para empresas grandes y medianas, moneda nacional no reajustable, para operaciones con plazos menores de un año, publicada por el Banco Central del Uruguay vigente en el mes de vencimiento.

d) Vencidos los setenta y cinco (75) días sin haberse pagado el certificado, previa solicitud de la empresa mediante comunicación de la Dirección de la obra, quedarán interrumpidos los plazos ya sea parciales como totales para la ejecución de las obras, los que volverán a regir una vez que se paguen los certificados atrasados.A los efectos de la liquidación de los intereses se aplicará el criterio de imputación de la paga en primer lugar al capital. Asimismo, la tasa de interés establecida se considerará como tasa de interés simple.

e) Vencidos ciento veinte (120) días sin que se haya hecho efectivo el pago del certificado atrasado, podrá el Contratista optar por la rescisión del contrato. Para hacer uso de esta opción, el Contratista deberá comunicar por escrito al Director de Obra su intención de así hacerlo con una antelación de por lo menos diez días hábiles.En esta circunstancia el Contratista podrá reclamar asimismo el pago de una indemnización equivalente al seis por ciento (6 %) de la diferencia entre el importe del noventa por ciento (90 %) del contrato y el de las obras ejecutadas, más el monto de los materiales acopiados, salvo que se hiciera cargo de los mismos en cuyo caso se le deducirá el importe adelantado si lo hubiese.La actualización del monto de esa diferencia se calculará con arreglo a los precios resultantes del día inmediato posterior al vencimiento de los ciento veinte (120) días

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calendario, debiendo efectuarse su pago dentro de los cuarenta y cinco (45) días calendario siguientes a la fecha de solicitud de liquidación.

5) El pago de las facturas que hayan sido presentadas o se presenten al cobro por proveedores de bienes y servicios cumplidos, se realizará por transferencia a cuentas en la institución de intermediación financiera autorizada por el BCU, elegida por el proveedor o acreedor.A tales efectos los proveedores deberán, suscribir el “Contrato de Adhesión a sistema de pagos por transferencia bancaria” y el “Complemento obligatorio para la IM”, ambos documentos incluídos en el instructivo de inscripción en el RUPE .-En caso de no haber cumplido con lo establecido en el apartado anterior, desde el 1/7/2015, el pago será retenido no siendo responsabilidad de la IM la demora que dicho atraso ocasione.

Fórmulas Paramétricas de Ajuste de PreciosArt. 28 - El ajuste será mensual. Para la aplicación de la fórmula paramétrica del Art.91 del PCGCO se tomarán los valores de j, v, m y d, que a continuación se indican:

Rubro N° 1 y 14

j = 0,13 v = 0,31 m = 0,39 d = 0,17

y para los valores de M y Mo: 1 m3 de balasto natural en obra; 100 Kg de cemento Portland gris ANCAP para obras públicas (a granel).

Rubros N° 2 al 7 y 25

j = 0,22 v = 0,31 m = 0,41 d = 0,06

y para los valores de M y Mo: 0,170 m3 de pedregullo doble lavado y clasificado en obra; 0,120 m3 de arena gruesa en obra; 70 kgs. de cemento portland gris ANCAP para obras públicas (a granel); 1 lt. de combustible gas oil 50-s); 1,00 m2 de malla de barras electrosoldadas para hormigón armado, 15*15 cm, diámetro 4,2 mm y el transporte 0.35 hora de flete, otros materiales y servicios.

Rubro N° 8

j = 0,20 v = 0,31 m = 0,41 d = 0,08

y para los valores de M y Mo: 70 Kg de cemento Portland gris ANCAP para obras públicas (a granel); 0,120 m3 de arena gruesa en obra, 0,250 m3 de balasto natural en obra y el transporte 0.37 hora de flete, otros materiales y servicios.

Rubro N° 9, 10, 11 y 12

j = 0,20 v = 0,36 m = 0,34 d = 0,10

y para los valores de M y Mo : 250 kg. de cemento portland gris ANCAP para obras públicas (a granel); 1 m3 de pedregullo lavado en obra; 0,50 m3 de arena gruesa Carrasco (arenera) y el transporte 1.32 hora de flete, otros materiales y servicios.

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Rubro N° 13 y 15

j = 0,20 v = 0,31 m = 0,39 d = 0,10

y para los valores de M y Mo: 1 m2 de baldosas de portland gris reforzada para vereda, medida 20 x 20; 35 kg. de cemento portland gris ANCAP para obras públicas (a granel); 0,060 m3 de arena gruesa en obra; 0,090 m3 de pedregullo lavado en obra y el transporte 0.165 hora de flete, otros materiales y servicios.

Rubros N° 16 y 17

j = 0,32 v = 0,35 m = 0,28 d = 0,05 y para los valores de M y Mo: 30 Kg de cemento Portland gris ANCAP para obras públicas (a granel); 0,050 m3 de arena gruesa en obra; 30 Kg de cemento asfáltico y el transporte 0.083 hora de flete, otros materiales y servicios.

Rubro N° 18

j = 0,13 v = 0,31 m = 0,39 d = 0,17

y para los valores de M y Mo: 1 m3 de balasto natural en obra.

Rubros N° 19 y 20

j = 0,42 v = 0,35 m = 0,08 d = 0,15

y para los valores de M y Mo: 1 kg. de cemento Portland gris ANCAP para obras públicas (a granel).

Rubro N° 21, 22, 23, 24 y 26

j = 0,20 v = 0,25 m = 0,15 d = 0,40

y para los valores de M y Mo: 1 lt de gas-oil.

Lista de materiales para la aplicación de la fórmula paramétricaArt. 29 - De acuerdo a la Resolución de la Intendencia de Montevideo No. 3649/91 del 22 de Julio de 1991, no rige el inciso a) del Art. 91 de Pliego General para la Construcción de Obras.Para la determinación de los valores de M y Mo, de la fórmula paramétrica indicada en el Art. 91 del PCGCO, se tendrá en cuenta la Lista Oficial de precios de la Dirección Nacional de Arquitectura, Valores base para la aplicación de la fórmula paramétrica de la Dirección Nacional de Vialidad y el Boletín de precios de la Cámara de la Construcción, correspondientes al mes de ejecución de los trabajos y la vigente 10 (diez) días antes de la fecha de la licitación, respectivamente. Se entiende por vigente 10 días antes de la fecha de licitación al precio a esa fecha y por tanto el boletín que contenga ese precio, esté o no publicado. Los precios de los materiales se tomarán de una u otra lista de acuerdo a lo establecido en la Lista de materiales para la aplicación de la fórmula paramétrica, que se adjunta.

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En todos los casos se deberá tomar el valor de los materiales sin incluir el IVA. El precio de los materiales será considerado como puesto en obra, la incidencia de los fletes se supondrá reflejada en el parámetro “M” de la fórmula paramétrica.

LOS SIGUIENTES MATERIALES SE ACTUALIZARAN DE ACUERDO CON: 1) ARIDOSArena gruesa en obra DNAPedregullo doble lavado y clasificado en obra DNAPolvo de cantera en obra BPCCPedregullo lavado en obra DNABalasto natural en obra DNA2) CEMENTOSCemento portland gris ANCAP para obras públicas (Minas, Manga, Paysandú, a granel)

DNA

Cemento portland gris ANCAP (Montevideo, en bolsa) DNACemento asfáltico DNVRC2 DNV3) COMBUSTIBLESCombustible Gas-Oil DNA4) FLETE Transporte , hora flete, otros materiales y servicios DNA5) OTROScaño de hormigón p/saneamiento, diámetro 500 mm x 1m 20

BPCC

Acero; hierro redondo de 12 mm de diámetro DNA

Malla de barras electrosoldadas para hormigón armado, 15*15 cm, diámetro 4,2 mm.

DNA

ABREVIATURASDNA = Lista oficial de precios de la Dirección Nacional de ArquitecturaDNV = Valores base para la aplicación de la fórmula paramétrica de la Dirección Nacional de Vialidad

BPCC = Boletín de precios de la Cámara de la Construcción

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RECEPCIONES Y CONSERVACIÓN

Recepción ProvisoriaArt. 30 - Se recibirán provisoriamente las obras efectuadas cada 2 (dos) meses de vigencia del Contrato y que se encuentren completamente terminadas.

Material granular y cementadoArt. 31 - Con un mes de anticipación al comienzo de los trabajos y toda vez que la Dirección de la Obra lo solicite, se entregará al Laboratorio de Suelos una muestra suficiente para verificar el cumplimiento de las condiciones exigidas.

Art. 32 - En obra, se determinará para el material del terreno de fundación y para la sub-base granular cementada, la densidad en sitio cada 150 (ciento cincuenta) metros cuadrados como máximo.

Sub-base granular cementadaArt. 33 - Se prepararán, como mínimo, 3 (tres) probetas cilíndricas de material granular cementado de acuerdo a la norma ASTM D 1633, Método A, por cada día de trabajo. Las probetas se prepararán en obra, por lo que la empresa deberá disponer de no menos de 9 (nueve) moldes, y el equipo complementario necesario según la norma. Tres días después de su elaboración, las probetas serán trasladadas al Laboratorio de Suelos de la Intendencia de Montevideo, donde quedarán depositadas hasta el momento de ser ensayadas o bien, hasta el momento de su traslado al Instituto de Ensayo de Materiales de la Facultad de Ingeniería para ser ensayadas.Las 3 (tres) probetas correspondientes a cada día de trabajo, se ensayarán a los 7 (siete) días a los efectos de verificar la carga de rotura.A los efectos de establecer las condiciones de aceptación con o sin descuento de una sección, se definen los siguientes valores:

Rp (Resistencia promedio) = Resistencia que resulta del promedio de los ensayos correspondientes a cada día de trabajo expresada en kilogramos por centímetro cuadrado.Rr (Resistencia de Referencia) = Valor de resistencia de referencia que se tomará igual a 21 (veintiún) kilogramos por centímetro cuadrado.

Aceptación sin descuentoEn caso que el valor de Rp sea mayor o igual que el valor Rr, la base cementada será recibida y su liquidación se realizará sin descuento alguno por ese concepto.

No AceptaciónEn caso que el valor de Rp sea menor que el 80% (ochenta por ciento) del valor Rr, la base cementada de la sección será rechazada y por lo tanto no será abonada.

Aceptación con descuentoEn caso que el valor de Rp sea mayor o igual que el 80% (ochenta por ciento) del valor Rr y menor que el valor Rr, la base cementada será recibida y su liquidación se realizará con descuento por cada unidad de volumen del tramo aplicando la siguiente expresión:

Descuento = 1 - (Rp/Rr)2

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El descuento se aplicará sobre el precio unitario correspondiente a la base granular cementada, rubros No 1.

Pavimento de hormigónArt. 34 - Modificase el Art. 3-62 y concordantes, del Pliego General de Condiciones para la Construcción de Pavimentos de Hormigón, estableciéndose que:

A) Para la recepción de las obras realizadas con hormigón común (rubros Nº5 y 6):

1) Por día se prepararán como mínimo, 9 (nueve) probetas cilíndricas de hormigón de acuerdo a la norma UNIT 1081:2002. Se elegirán 3 canchadas al azar, de cada canchada se prepararán 3 probetas para ser ensayadas a los 3, 7 y 28 días.Las probetas se prepararán en obra, por lo que la empresa deberá disponer de 18 (dieciocho) moldes, como mínimo, y el equipo complementario necesario según la norma. Tres días después de su elaboración, o el día anterior previsto para el ensayo, las probetas serán trasladadas al Laboratorio de Suelos donde quedarán depositadas en agua, a temperatura ambiente, hasta el momento del ensayo.

A los efectos de la recepción, solo se utilizarán los ensayos realizados a los 7 y a los 28 días, el resto de los ensayos serán utilizados por la administración con fines estadísticos.

2) Se ensayarán a la compresión según norma UNIT-NM 101:1998, los cilindros correspondientes a todos los días del mes a los efectos de verificar la resistencia.Si el valor promedio de las tres probetas ensayadas correspondientes a cada día, fuera superior al de recibo, se recibirá los pavimentos de hormigón efectuados durante dicho día.Los valores de recibo para la resistencia del hormigón común serán:-a los 28 días, 275 kg/cm2.-a los 7 días, el valor promedio de las tres probetas ensayadas correspondientes a cada día deberá ser superior a 150 kg/cm2.

3) Si el valor promedio obtenido en algún día fuera inferior al de recibo, se rechazarán o aceptarán con multa, según corresponda, los pavimentos realizados durante dicho día.

4) Este procedimiento se llevará a cabo tanto para el ensayo a los 7 como a los 28 días.

5) Para aquellas zonas en que habiéndose cumplido las exigencias de resistencia a los 28 (veintiocho) días, no se cumpliera con la de los 7 días, serán recibidas con una multa equivalente de 25% (veinticinco por ciento) del valor cotizado actualizado (rubros Nº5 y 6), según corresponda.

6) Para las probetas a los 28 días, si el valor promedio obtenido en algún día fuera inferior al de recibo (275 kg/cm2), se rechazarán o aceptarán con multa, según corresponda, los pavimentos realizados durante dicho día.Para aquellas zonas en que habiéndose cumplido las exigencias de resistencia a los 7 (siete) días, no se cumpliera con la de los 28 días, (entre 240 kg/cm2 y 275 kg/cm2) serán recibidas con una multa equivalente de 25% (veinticinco por ciento) del valor cotizado actualizado.

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Para el caso en que la resistencia a los 28 días fuera menor a 240 kg/cm2 el pavimento será rechazado independientemente del valor obtenido a los 7 días.

7) En caso de que en una zona no cumpliera con los criterios de aceptación, por incumplimiento de ambos criterios, la misma no será abonada, pudiendo el Ing. Director de Obra, exigir que sea reconstruida por el contratista.

En caso que el Ing. Director de Obra, tuviese alguna duda acerca de los procedimientos de llenado o curado del hormigón ejecutado en cierto período, así como de la preparación o curado de las probetas, etc., el mismo podrá ordenar la extracción de testigos cilíndricos del pavimento ejecutado, en número representativo, en lo posible no menor a 4 testigos por jornada, en cuyo caso, la recepción del pavimento correspondiente a dicho período se hará de acuerdo a lo establecido anteriormente, sustituyendo las probetas por los testigos extraídos.

B) Para la recepción de las obras realizadas con hormigón de habilitación rápida (rubros Nº2, 3 y 4):

1) Por día se prepararán como mínimo, 9 (nueve) probetas cilíndricas de hormigón de acuerdo a la norma UNIT 1081:2002. Se elegirán 3 canchadas al azar, de cada canchada se prepararán 3 probetas para ser ensayadas a los 3, 7 y 28 días.Las probetas se prepararán en obra, por lo que la empresa deberá disponer de 18 (dieciocho) moldes, como mínimo, y el equipo complementario necesario según la norma. Tres días después de su elaboración, o el día anterior previsto para el ensayo, las probetas serán trasladadas al Laboratorio de Suelos donde quedarán depositadas en agua, a temperatura ambiente, hasta el momento del ensayo.

2) Los ensayos a ser considerados para la recepción del hormigón, serán únicamente los realizados a los 3 y 7 días.Los valores de recibo para la resistencia del hormigón de rápida habilitación serán:

-a los 7 días, las mismas que para el hormigón común a los 28 días,-a los 3 días, el valor promedio de las tres probetas ensayadas correspondientes a cada día deberá ser superior a 150 kg/cm2.En caso de no cumplirse esta última, independientemente de la resistencia que se obtenga a los 7 días, el pavimento será rechazado, el mismo no será abonado, pudiendo el Ing. Director de Obra, exigir que sea reconstruido por el contratista.

3) Para las probetas a los 7 días, si el valor promedio obtenido en algún día fuera inferior al de recibo (275 kg/cm2), se rechazarán o aceptarán con multa, según corresponda, los pavimentos realizados durante dicho día.Para aquellas zonas en que habiéndose cumplido las exigencias de resistencia a los 3 (tres) días, no se cumpliera con la de los 7 días, (entre 240 kg/cm2 y 275 kg/cm2) serán recibidas con una multa equivalente de 25% (veinticinco por ciento) del valor cotizado actualizado.Para el caso en que la resistencia a los 7 (siete) días fuera menor a 240 kg/cm2 el pavimento será rechazado independientemente del valor obtenido a los 3 días.

En el caso que correspondiera el rechazo de una zona por incumplimiento de alguno de los criterios, la misma no será abonada, pudiendo el Ing. Director de Obra, exigir que sea reconstruida por el contratista.

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En caso que el Ing. Director de Obra, tuviese alguna duda acerca de los procedimientos de llenado o curado del hormigón ejecutado en cierto período, así como de la preparación o curado de las probetas, etc., el mismo podrá ordenar la extracción de testigos cilíndricos del pavimento ejecutado, en número representativo, en lo posible no menor a 4 testigos por jornada, en cuyo caso, la recepción del pavimento correspondiente a dicho período se hará de acuerdo a lo establecido anteriormente, sustituyendo las probetas por los testigos extraídos.

Art. 35 - Las verificaciones de espesor, para todas las clases de hormigón, se efectuarán en obra previamente al llenado. De tener dudas el Ingeniero Director, con posterioridad a dicho llenado, podrá ordenar la extracción de testigos. Los resultados obtenidos tendrán validez únicamente para el corte o bache del cual se extrajo. Si se obtienen valores de rechazo, no se le abonará al Contratista.Se efectuará, en forma periódica y como mínimo cada 2500 m2 (dos mil quinientos metros cuadrados) de pavimento de hormigón, ensayos de rotura por flexión, (Normas UNIT 64-48 y UNIT NM 55:1998). El Contratista deberá contar con los moldes correspondientes para el llenado de las probetas prismáticas. Estos ensayos serán de cuenta de la Contratista, y se realizarán en el Instituto de Ensayo de Materiales de la Facultad de Ingeniería o en un Laboratorio aprobado por la Dirección de Obra, y la IM pagará los mismos mediante el rubro Nº24.

En cada día de hormigonado seleccionado se prepararán como mínimo 3 (tres) probetas prismáticas de hormigón de acuerdo con la norma UNIT 64-48. Las probetas se extraerán del mismo camión mezclador. Serán ensayadas a la flexión a los 28 días, según norma UNIT-NM 55:1998.Se determinará la resistencia a la flexión promedio del día de hormigonado (Rflexion).

Recepción definitivaArt. 36 - La recepción definitiva se hará siempre que las obras estén en perfectas condiciones de construcción y conservación después de haber transcurrido 12 (doce) meses a partir de la fecha de la recepción provisoria correspondiente.

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MULTAS

MultasArt. 37 - Si el Contratista no iniciare las obras dentro del plazo establecido en el Art. 24 de este pliego, la Intendencia de Montevideo podrá aplicarle una multa equivalente a 20 U.R. (veinte Unidades Reajustables) por cada día hábil de mora, pudiendo asimismo declarar rescindido el Contrato con pérdida de la garantía por parte del Contratista.

Art. 38 - Si el Contratista no cumpliera con el plazo total establecido en el Art. 24 de este pliego, la Intendencia de Montevideo podrá aplicarle una multa equivalente a 20 U.R. (veinte Unidades Reajustables) por cada día hábil de mora.

Art. 39 - Previo al comienzo de los trabajos en cada calle, la contratista deberá solicitar ante la Unidad de Prevención de Accidentes de la Intendencia de Montevideo, la autorización escrita correspondiente. Dicha solicitud se hará con una antelación mínima de 72 (setenta y dos) horas.El incumplimiento de esta disposición dará lugar a la aplicación de una multa de 30 U.R. (treinta Unidades Reajustables), cada vez que se produzca.

Art. 40 - De acuerdo a lo establecido en el Art.31 del Pliego Particular para la Ejecución de Obras, el monto de la multa por no cumplimiento de las obras de conservación intimadas, será de 40 U.R. (cuarenta Unidades Reajustables) por cada intimación realizada.

Art. 41 - Si el Contratista no cumpliera con las órdenes impartidas por la Dirección de la Obra, se le aplicará una multa de 10 U.R. (diez Unidades Reajustables) por cada día hábil de mora.En caso que el contratista entienda que esas órdenes le perjudican o son contrarias a la buena ejecución de la obra, deberá igualmente cumplirlas, pudiendo presentar posteriormente reclamación fundada (Art.48 PCGCO).La reclamación será presentada ante la Dirección del Servicio, quien se expedirá sobre el punto.En caso que el Contratista tuviera razón en su negativa a dar cumplimiento a lo dispuesto, la multa le será restituida.

Art. 42 - Si el Contratista no terminara las obras accesorias en un plazo de 60 (sesenta) días calendario de iniciado el bache correspondiente, se le aplicará una multa de 10 U.R. (diez Unidades Reajustables) por cada día hábil de mora.

Art. 43 - La multa a aplicar le será descontada del primer pago que deba realizarse al Contratista. Si el atraso llegara a 30 (treinta) días hábiles, se podrá duplicar el monto de la multa a aplicar. La mora operará automáticamente de pleno derecho, por el no cumplimiento de las órdenes impartidas.

Rescisión y Sanciones Art. 44 - La falta de cumplimiento parcial o total de cualesquiera de las obligaciones contraídas por el adjudicatario, habilitará a la Intendencia de Montevideo a proceder a la anulación de la adjudicación o rescisión del contrato en su caso, sin perjuicio de las sanciones genéricas que podrá aplicar, en razón de los daños causados o los antecedentes del proveedor, y que podrán ser: desde un apercibimiento hasta la eliminación del Registro de Proveedores.

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La rescisión por incumplimiento del Contratista aparejará su responsabilidad por los daños y perjuicios ocasionados a esta Administración, sin perjuicio del pago de las multas correspondientes.

OTRAS DISPOSICIONES

Riesgo y ResponsabilidadArt. 45 - Es de exclusivo cargo del contratista todo riesgo y responsabilidad derivados del contrato ya sea como consecuencia de daños causados a terceros, a la Administración o a sus empleados. Deberá asimismo, previamente al comienzo de las obras en cada zona, obtener la información acerca de las instalaciones existentes de caños, cables, etc., correspondientes a las diferentes empresas u Organismos de Servicios Públicos, a los efectos de evitar roturas innecesarias.El adjudicatario está obligado a la ejecución de todos los trabajos establecidos en su propuesta; la omisión o errores de cálculo en la presentación de la misma no le otorgarán derechos para actuar contrariamente a lo establecido.

Certificado Único MunicipalArt. 46 - La Intendencia de Montevideo, exigirá a toda persona física o jurídica que con ella haya contratado, en el momento de hacer efectivo los haberes que se le adeude, tener al día el Certificado Único Municipal expedido a su nombre y en el que conste que dicho proveedor no tiene deudas tributarias con la Intendencia de Montevideo. Dicho certificado será expedido en forma gratuita por el Servicio Gestión de Contribuyentes, Piso 1 y ½ del Edificio Sede (Art.24 del Decreto 27.803 de la Junta Departamental).

Perfeccionamiento del Contrato - Notificación Art. 47 - El contrato se entenderá perfeccionado con la notificación de la Resolución de Adjudicación, previa intervención del TCR.La notificación del acto de adjudicación se operará según el caso, de la siguiente forma:1.- Con la recepción de la Orden de Compra en el domicilio del adjudicatario, la cual podrá ser enviada en forma válida por fax.2.- Con la recepción de la Resolución de adjudicación y/o la Orden de Compra, en la Sección Atención a Proveedores del Servicio de Compras.En caso que corresponda notificar por la Unidad Atención a Proveedores, el adjudicatario deberá concurrir al Servicio de Compras, dentro de los tres (3) días hábiles contados a partir de la fecha en que reciba la citación o fax que se le remitirá. Si así no lo hiciera la Intendencia de Montevideo podrá, sin perjuicio de la anulación de la adjudicación, aplicar las sanciones que correspondan, así como iniciar las acciones por incumplimiento y/o daños y perjuicios que estime pertinentes. A estos efectos, y ante la imposibilidad de la notificación personal, se admitirá el telegrama colacionado.En caso que el adjudicatario no pueda o no quiera aceptar la adjudicación, se rescindiese el contrato o se revocase la resolución de adjudicación, la Intendencia de Montevideo podrá aplicar las sanciones que correspondan, así como iniciar las acciones por incumplimiento y/o daños y perjuicios que estime pertinentes; así como también podrá adjudicar el contrato entre los oferentes que hubieren calificado favorablemente, siguiendo el orden de prelación.

Cesión del Contrato Art. 48- El Contratista no podrá ceder su contrato en todo o en parte, sin el

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consentimiento expreso por escrito de la Intendencia de Montevideo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 75 del TOCAF y los artículos R 1010 a R 1013 y R 159.8 del Digesto Municipal.

Registro de ProveedoresArt. 49- Los oferentes deberán estar inscriptos en el Registro de Proveedores de la IM para poder presentarse a la licitación. Si ya estuvieran inscritos en el RUPE, en estado “Activo”, se migran al Registro de la Intendencia, con solo mencionar dicha situación en la oficina de Atención a Proveedores de la Intendencia. De no hallarse registrados en ninguno de los dos Registros al momento de la presentación de las ofertas, se les adjudicará un número de registro provisorio. Para ser adjudicatarios, necesariamente deberán estar inscriptos en el RUPE (Registro Único de Proveedores Estatales).Una vez en estado “ACTIVO” en RUPE quedarán en condiciones de ser migrados en el Registro de Proveedores de la I.M..Si al momento de la adjudicación, el proveedor propuesto no hubiese adquirido el estado "ACTIVO" en RUPE, la Administración otorgará un plazo de 5 días hábiles a fin de que el mismo adquiera dicho estado, bajo apercibimiento de adjudicar el llamado al siguiente mejor oferente en caso de no cumplirse este requerimiento en el plazo mencionado.

Para obtener más información sobre la inscripción RUPE visitar el portal de la Agencia de Compras y Contrataciones del Estado (ACCE), responsable del funcionamiento del RUPE. De lo contrario podrá consultar via mail o personalmente en el Servicio de Compras- Atención a Proveedores, Edificio Sede, Planta Baja, Sector Santiago de Chile, e-mail: [email protected]

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EXIGENCIAS VARIAS

Suministro de Vehículos Art. 50 - Desde la iniciación de las obras y hasta su finalización (última recepción provisoria), el Contratista suministrará dos vehículos con conductor, uno para la Dirección de las Obras y otro para la División Vialidad, durante los días y horarios de ejecución de los trabajos. Dichos vehículos, que deberán ser, previamente, aprobados por el Ingeniero Director de las Obras, tendrán una antigüedad máxima de 6 (seis) años a la fecha de la licitación, una capacidad mínima de 4 (cuatro) pasajeros, incluido el conductor, y contarán con aire acondicionado. Además deberán satisfacer lo establecido en la Resolución N°2516/92 del 4/06/92.Los vehículos estarán continuamente en perfectas condiciones y tendrán que ser sustituidos por otro de características no inferiores, en caso de cualquier tipo de dificultades o disfunciones, y serán de cuenta del Contratista todos los gastos de amortización, funcionamiento y mantenimiento, incluyendo los seguros contra terceros, incendio o robo que correspondan. El Contratista deberá hacerse cargo de eventuales costos de estacionamiento de los vehículos y los choferes deberán contar con teléfono celular.El suministro de los vehículos con conductor se pagará al precio establecido en el contrato para el Rubro Nº26. Dicho precio constituirá la compensación total por todos los gastos y demás condiciones establecidas en los párrafos anteriores, necesarios para realizar el suministro.

Art. 51 – La empresa deberá suministrar un vehículo con iguales características que las expresadas, para el Laboratorio de Suelos toda vez que les sea solicitado un ensayo “in situ” para la obra referida.

Suministro de Teléfono celularArt. 52 - Desde la iniciación de las obras y hasta su finalización (última recepción provisoria), el Contratista suministrará un teléfono celular para la Dirección de la Obra. Los gastos generados por dicho teléfono, hasta un máximo de 3 UR (tres Unidades Reajustables) por mes, serán de cargo del Contratista. Los gastos que superen este tope, serán de cuenta del usuario de dicho teléfono.

Art. 53 - Los costos por el suministro del teléfono celular (Art.52) deberán ser prorrateados en los precios de los diferentes rubros.

Equipos y Maquinarias exigiblesArt. 54 - Dentro de la lista de equipo disponible, el contratista deberá garantizar como mínimo la utilización de los siguientes elementos:

• Compresor• Camiones• Pisones mecánicos• Plancha vibradora• Hormigoneras• Rodillo mecánico vibratorio• Pala cargadora• Equipos de calentamiento• Sierra de disco

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Suministro de Materiales para el Laboratorio de SuelosArt. 55 - Al iniciar los trabajos, el Contratista suministrará al Laboratorio de Suelos de la I.M., los siguientes materiales:

a) arena para realizar los ensayos de densidad en sitio de acuerdo a las normas ASTM D-1556 o AASHTO T-191, tamizada y envasada convenientemente para evitar su contaminación.

b) las placas de neoprenos para el encabezado de probetas cilíndricas, según la norma UNIT 1090:2004, para la realización del ensayo a la compresión.

c) las siguientes herramientas menores: una gubia, una espátula, un cepillo, un pincel, un descalzador y dos bandejas para el secado de muestras, de chapa galvanizada No 18, de 30x25x3,5 cm. y 30x35x5 cm.

Planos finales de las obrasArt. 56 - El Contratista proporcionará los planos finales de las obras ejecutadas, actualizados, al menos 10 días hábiles antes de la recepción provisoria de las obras.La entrega de los planos será requisito imprescindible para obtener la recepción provisoria de las obras.Los planos con las modificaciones al proyecto y los planos conforme a obra serán elaborados por el Contratista y deberán ser firmados por el Representante Técnico de la empresa. Deberán presentarse, para su archivo, dos copias en papel, de cada uno, y con respaldo magnético compatible con Autocad 2014.

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PRESCRIPCIONES CONSTRUCTIVAS

Ubicación de los trabajosArt. 57 - Los trabajos se desarrollarán en los Municipios D y F, del Departamento de Montevideo y consistirán en remociones y reposiciones de pavimentos de hormigón, pudiéndosele exigir al contratista efectuar trabajos, simultáneamente, en dos ubicaciones.

Ordenamiento de los trabajos a efectuarArt. 58 - El Contratista ejecutará la obra dentro de cada plan de acuerdo con lo que indique el Ingeniero Director, quien podrá ordenar la reconstrucción de la base y reposición del firme, por anchos incompletos, manteniéndose la circulación vehicular. La Dirección de la Obra indicará también los lugares en que es necesario remover y reconstruir la base.

Art. 59 - Se entenderá por planes parciales y órdenes de trabajo los que la Oficina entregue al Contratista como tales una semana antes del inicio de cada mes y consistirán en un croquis con la ubicación y numeración correlativa de los baches a reparar, la indicación del tipo de hormigón con que se realizará la reparación (común o de rápida habilitación).Estas órdenes no podrán acumular un metraje inferior a 1400 (mil cuatrocientos) metros cuadrados ni superior a 3500 (tres mil quinientos) metros cuadrados de pavimentos a reparar mensualmente (suma de los metrajes correspondientes a los rubros Nº2 al 6); irán firmadas por el Ingeniero Director y constará en ellas la fecha en que sean entregadas al Contratista. En las mismas se indicarán también las juntas a realizar según el plano general esquemático que se adjunte.El contratista deberá programar las secuencias de sus trabajos de tal modo, que al fin de cada mes, sólo reste por hormigonar, como máximo, el 20% (veinte por ciento) del área a reparar asignada a cada mes. De no cumplirse con esta exigencia, se aplicará una multa equivalente a 1 U.R. (una Unidad Reajustable) por cada metro cuadrado de reparación no efectuada y por cada día hábil de atraso.

Art. 60 - No rigen los Arts. 0 y 73 del PCGCO, estableciéndose que el Contratista deberá dar cumplimiento a las órdenes de trabajo que se le entreguen..Art. 61 - La señalización o iluminación determinada por el Pliego Particular para la Ejecución de Obras deberá mantenerse hasta el momento de la habilitación al tránsito.Se colocarán señales de estacionamiento prohibido, 20 metros a ambos lados del bache en reparación, a lo largo de uno o ambos cordones según sea necesario, de manera de facilitar el flujo de los vehículos que por allí circulen. Las señales serán móviles, de 1,80 metros de altura, y estarán de acuerdo al plano que se adjunta. Las mismas se mantendrán hasta tanto se habilite el pavimento.

Descripción de los trabajos a efectuarArt. 62 - Las reparaciones a efectuar consistirán en la remoción del pavimento y base existente, construcción de una sub-base de material granular cementado y un firme de hormigón, en las áreas que indique la Dirección de Obras.

Sub-base Granular CementadaArt. 63 - En todas las reparaciones a efectuar se procederá a la remoción de la sub-base hasta una profundidad no menor de 10 (diez) centímetros ni mayor de 25

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(veinticinco) centímetros y su sustitución por una capa de material granular, cementado, según los Art. 3-12 al 3-14 del PGCCPH y 63 y siguientes de estas Condiciones Particulares.

Material granularArt. 64 - El material granular a utilizar deberá cumplir las siguientes especificaciones:1) Tamaño máximo del material 19 mm.2) El porcentaje de material pasando el tamiz AASHTO No 200 será inferior al 15%.3) La fracción que pasa el tamiz AASHTO No 40 deberá tener límite líquido menor de 25 e índice plástico no mayor de 6.

Procedimiento de mezcladoArt. 65 - El mezclado del material granular con el cemento Portland podrá efectuarse de acuerdo a una de las formas que se indican a continuación: a) en planta mezcladora central fija. b) parcialmente en planta central, completándose la operación en camión mezclador. c) totalmente en camión mezclador.

De preferencia tanto el equipo como el procedimiento de utilización deben merecer la aprobación de la Dirección de la Obra, debiendo asegurar a su solo juicio resultados satisfactorios. Se entenderá por tales cuando se logra un mezclado uniforme del cemento, sin variaciones de color en la mezcla.La granulometría del material granular podrá ser obtenido por mezcla de materiales de dos yacimientos. El mezclado de los mismos deberá hacerse previamente al agregado del cemento Portland.La cantidad mínima de Cemento Portland a incorporar será de 120 (ciento veinte) kilogramos por metro cúbico de material granular cementado compactado al 95% (noventa y cinco por ciento) de la densidad máxima obtenida en el laboratorio, según la norma AASHTO T-180 (Proctor Modificado). A tales efectos, la Dirección de la Obra podrá, si lo estima conveniente, solicitar la determinación del contenido de cemento mediante la aplicación del método de ensayo establecido en la norma ASTM D 806.No podrá realizarse el mezclado del cemento cuando la temperatura sea inferior a 4 (cuatro) grados Celsius.La planta mezcladora deberá tener instalaciones para el almacenamiento, manipuleo y dosificación de los componentes de la mezcla. Los materiales granulares, el cemento y el agua pueden ser dosificados en volumen o en peso, de modo que aseguren las características exigidas para la mezcla, empleando medios mecánicos que permitan verificar la dosificación empleada.El período de mezclado, contado a partir del momento en que todos los materiales están dentro de la mezcladora no será inferior a 30 (treinta) segundos ni al tiempo mínimo requerido para lograr una distribución uniforme del cemento Portland.

Compactación y Aceptación de las CapasArt. 66 - La compactación será realizada sobre toda la superficie de la capa de modo de asegurar que todo el material sea uniformemente compactado. Se modifica el Art. 3-14 del PGCCPH, en relación al grado de compactación que se exigirá para esta sub-base. La densidad relativa deberá ser mayor del 90% (noventa por ciento) del valor máximo que se determine en el ensayo correspondiente efectuado en el

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Laboratorio para los rubros No2 y 5, y mayor del 95% (noventa y cinco por ciento) para los rubros No3, 4 y 6.En ningún caso las operaciones de compactación se terminarán después de las dos horas y media de mezclados la totalidad de los materiales, incluida el agua. Si en ese plazo no se ha conseguido la terminación de los trabajos en condiciones de aceptación será retirado todo el material colocado, procediéndose a la reconstrucción del tramo.Si el Contratista realiza el tendido y la compactación en dos o más fajas adyacentes para cubrir todo el ancho de la capa, deberá tener especial cuidado de cumplir lo especificado anteriormente, pues deberá compactar dentro de los plazos establecidos la última junta longitudinal que construya entre fajas adyacentes.

Refinado de la SuperficieArt. 67 - Si una vez terminado el plazo para ejecutar la compactación es necesario refinar la superficie de la base cementada en cualquiera de sus etapas, este trabajo solo podrá realizarse hasta una hora después de terminada la compactación o después de transcurridos 7 (siete) días desde ese momento. En el primer caso la operación deberá hacerse con la humedad que tenga el material en ese momento, no pudiéndose agregar más agua que la imprescindible para un correcto curado.El refinado de la superficie luego de terminada la compactación solo consistirá en el retiro de material; no podrá agregarse material adicional.La superficie resultante destinada a sustentar el pavimento de hormigón deberá ser lo suficientemente lisa, a juicio de la Dirección de la Obra, como para no obstaculizar el movimiento del mismo. De lo contrario el Contratista deberá retirar el material colocado y reconstruir el tramo defectuoso.

CuradoArt. 68 - Finalizada la compactación se procederá al curado del material cementado manteniendo permanentemente humedecida la superficie durante 7 (siete) días o hasta que sobre ella se construya el pavimento.

Juntas de ConstrucciónArt. 69 - Al final de cada día de trabajo se confeccionará la junta de construcción cortando los bordes transversales y longitudinales de la capa construida, a fin de que quede una superficie vertical, sin materiales pobremente adheridos.

Tolerancias en la Terminación de la Capa de Base cementada.Art. 70 - Cada capa de sub-base y base debe construirse con un espesor que no difiera en más de un centímetro del espesor establecido en el proyecto o fijado por la Dirección de la Obra.En todo punto de la superficie de cada capa de sub-base terminada se admitirá como máximo una diferencia de un centímetro en defecto y cero en exceso con las cotas que corresponden de acuerdo a lo establecido en el proyecto o fijado por la Dirección de la Obra.

Medición y PagoArt. 71 - Cada capa se medirá en metros cúbicos de material compactado y se calculará de acuerdo a la sección transversal indicada en el proyecto o fijada por la Dirección de la Obra.El pago se efectuará de acuerdo al precio unitario establecido en el contrato para el Rubro No1, Sub-base granular cementada, considerándose incluido el desmonte.

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El pago de este rubro constituirá la compensación total por la construcción de las respectivas capas, incluyendo el suministro del material granular requerido (comprendido derecho de piso, descubierta de cantera, conformación del yacimiento, extracción, zarandeo, carga, transporte y descarga), el suministro, transporte y manipuleo del cemento Portland, el mezclado, transporte, tendido, conformación y compactación del material granular cementado y la previsión y utilización del agua para riegos, la conservación de la obra y todo trabajo, equipo, herramientas y elementos necesarios para completar los trabajos.A efectos de la cotización, se tomará 120 (ciento veinte) kilogramos de Cemento Portland por metro cúbico de material granular cementado compactado. Con un mes de anticipación, y toda vez que la Dirección de la Obra lo solicite, se entregará al Laboratorio de Suelos una muestra adecuada, para verificar el cumplimiento de las condiciones exigidas.

Sustitución de terreno de fundaciónArt. 72 - Previamente a la colocación de la capa de material granular cementado deberá compactarse adecuadamente la subrasante.En el caso de los Rubros No2 y 5, la densidad mínima a obtener será de 1,65 gr/cm3, mientras que para los Rubros No3, 4 y 6 deberá obtenerse una densidad mínima de 1,75 gr/cm3 .Si la calidad del terreno fuera tal que no fuera posible obtener ese grado de compactación, se sustituirá hasta en 30 (treinta) centímetros por el material indicado en el Art. 63, sin cementarse, compactado en 2 (dos) capas. Este trabajo se pagará al precio unitario cotizado en Rubro No 18, considerándose incluido el desmonte. En obra se determinará tanto para el material de subrasante como para el cementado de sub-base, la densidad en sitio cada 150 (ciento cincuenta) metros cuadrados como máximo. El método para determinar la densidad máxima, a exigir en obra, será el indicado en la norma AASHTO T-180 (Proctor modificado), exigiéndose el método D o el A, según que el material tenga o no, una fracción retenida en el tamiz de 6,7 mm (UNIT 6720). La compactación será realizada sobre toda la superficie de la capa de modo de asegurar que todo el material sea uniformemente compactado. La densidad relativa deberá ser mayor del 90% (noventa por ciento) del valor máximo que se determine en el ensayo correspondiente efectuado en el Laboratorio para el caso de los rubros No2 y 5, y mayor del 95% (noventa y cinco por ciento) para los rubros No3, 4 y 6.

Pavimento de hormigónArt. 73 - Sobre la sub-base reconstruida se ejecutará el firme de hormigón de acuerdo al PGCCPH.El contratista deberá efectuar la reposición del pavimento de hormigón, de forma que resulte lo menos notable posible, adoptando las medidas necesarias para que no existan diferencias de nivel y evitando que se produzcan fisuras entre el pavimento antiguo y el nuevo.Entre otras medidas deberá, una vez vertido el hormigón recién preparado, apisonar fuertemente en primer lugar contra los costados y el fondo, a fin de evitar que quede algún hueco, y a continuación, a intervalos de 3 (tres) a 5 (cinco) minutos, se repetirá el apisonado durante el período de retracción, en un número no menor de 3 (tres) veces, regulando estos intervalos entre una y otra operación según la temperatura y velocidad del fraguado del cemento utilizado.

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Plazo de curado y habilitación de los pavimentosArt. 74 – El curado se ejecutará inmediatamente después de finalizadas las operaciones de terminación y texturado de la superficie del hormigón. En caso que existieran fallas en el suministro de los materiales para el curado, la Dirección de la Obra podrá suspender el tendido de hormigón.

Para los rubros No5 y 6 el plazo de curado del hormigón será de 7 (siete) días debiendo tener entonces como mínimo una resistencia a la compresión de 150 (ciento cincuenta) kilogramos por centímetro cuadrado. La habilitación de estos pavimentos se realizará a los 14 días de colocado el hormigón.Para los rubros No2, 3 y 4, el plazo de curado del hormigón será de 3 (tres) días debiendo tener entonces como mínimo una resistencia a la compresión de 150 (ciento cincuenta) kilogramos por centímetro cuadrado. La habilitación de estos pavimentos se realizará a los 3 (tres) días de colocado el hormigón, salvo expresa indicación contraria del Director de Obras.

Material de curadoEl curado se realizará mediante la utilización de compuestos líquidos que cumplan con las especificaciones técnicas dadas en la norma IRAM 1675 para el compuesto de curado tipo B.El compuesto líquido será opaco y de color blanco, se entregará en obra listo para su empleo y deberá ser aprobado por la Dirección de Obra. Se aplicará sobre toda la superficie expuesta del pavimento inmediatamente después que haya desaparecido de la misma la película brillante de agua libre, pero encontrándose aun húmeda.En ningún caso será diluido ni alterado en obra en forma alguna. En el momento de su aplicación estará perfectamente mezclado con el pigmento uniformemente dispersado en el vehículo. Cuando deba ser aplicado con bajas temperaturas y su viscosidad sea demasiado elevada para una colocación satisfactoria, se lo calentará en baño de agua hirviente sin que el producto sobrepase la temperatura de 35º C.El Contratista podrá presentar otra alternativa de curado que cumpla los fines descritos y deberá contar con la aprobación previa de la Dirección de Obra.

Modo de aplicaciónLa aplicación se realizará a presión, mediante equipo pulverizador, capaz de atomizar completamente el producto y aplicarlo en forma de niebla fina sobre el pavimento a curar.El depósito que contenga el compuesto deberá estar provisto de un agitador mecánico y de un dispositivo que permita medir con precisión la cantidad del compuesto consumido. Antes de transferir el compuesto desde el envase de fábrica al depósito del equipo rociador, se agitará bien para asegurar una consistencia y dispersión uniformes del pigmento en el compuesto líquido.El rociado se realizará de forma de obtener una película continua, libre de defectos y perforaciones, sin goteo ni pérdida de producto sobre la superficie del pavimento.Si después de la aplicación del compuesto y antes de que el mismo haya secado suficientemente como para resistir el daño, lloviese o la membrana resultara perjudicada por cualquier causa, se procederá a cubrir inmediata y nuevamente la superficie, en la forma y con la cantidad de compuesto especificada.Cuando la temperatura del aire sea igual o mayor de 30º C, el Contratista complementará el curado con membrana mediante rociado con agua en forma de niebla, que se aplicará sobre la superficie del pavimento, tan pronto se haya

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producido el secado de la película. Si por cualquier causa se demorara la aplicación del compuesto, la superficie se rociará con agua en forma de niebla, hasta el momento en que se inicie la aplicación del compuesto liquido.

Malla de aceroArt. 75 - En todas las reposiciones a efectuar, salvo indicación en contrario de la Dirección de Obra, deberá colocarse:

- malla de acero común de: As long.= 1,54 cm2/m y As trans.= 0,90 cm2/m

- malla de acero especial de: As long.= 0,72 cm2/m y As trans.= 0,42 cm2/m

Las armaduras existentes de los pavimentos de hormigón reforzado serán cortadas dejando 20 (veinte) centímetros hacia el interior de la unidad a reparar, en las cuales se superpondrá y atará la nueva malla.

Art. 76 - La distribución de la malla de acero, se hará en función de las dimensiones del paño, del coeficiente de trabajo del acero, y del espesor del firme, de acuerdo con los valores que se indican en el cuadro siguiente, entendiéndose por paño toda porción del pavimento limitado por bordes libres, cordones o juntas de cualquier naturaleza.La separación máxima de la malla de acero en cualquier sentido no será superior al doble del espesor del firme.

Barras de unión y barras pasadoresArt. 77 – Para las barras de unión podrá utilizarse acero IV, por lo cual se deberá proponer a consideración de la Dirección de Obra la solución más conveniente.Asimismo se deberá presentar para su aprobación el sistema mediante el cual se prevé fijar la posición de las barras pasadores. Dicho sistema deberá asegurar la perfecta horizontalidad y alineación de las mismas, y su inmovilidad durante el proceso de hormigonado.

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Armadura de distribución para pavimentos de hormigón (cm2/m)

e (cm.) L (m.)s adm

1400 kg/cm2 3000 kg/cm2

22

As long. 6,00 1,70 0,79 A1400= 0,283x L

As trans.3,00 0,85 0,40 A3000= 0,132x L3,50 0,99 0,46 3,75 1,06 0,50

20

As long. 6,00 1,54 0,72 A1400= 0,257x L

As trans.3,00 0,77 0,36 A3000= 0,120x L3,50 0,90 0,42 3,75 0,96 0,45

18

As long. 6,00 1,39 0,65 A1400= 0,231x L

As trans.3,00 0,69 0,32 A3000= 0,108x L3,50 0,81 0,38 3,75 0,87 0,41

17

As long. 6,00 1,31 0,61 A1400= 0,219x L

As trans.3,00 0,66 0,31 A3000= 0,102x L3,50 0,77 0,36 3,75 0,82 0,38

15

As long. 6,00 1,16 0,54 A1400= 0,193x L

As trans.3,00 0,58 0,27 A3000= 0,090x L3,50 0,68 0,32 3,75 0,72 0,34

NOTA:

As= f x e x L x gc As= área de armadura cm2/m

200 x sadm f=1,5 fricción entre losa y base

L= distancia entre juntas en metros

As1400=1,2857 x L x e e= espesor losa en metros

As3000=0,6000 x L x e gc= peso esp. del ho. 24,000 N/m3

sadm(MPa) tensión admisible del acero

Acero I - 2400 / 4000 sadm = 1400 kg/cm2

Acero I V- 5000 / 5500 sadm = 3000 kg/cm2

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Art. 78 - Las superficies de pavimentos de hormigón a remover serán indicadas por el Ingeniero Director de las Obras. Las remociones serán hechas de modo que su contorno coincida con la marcación indicada, resultando la superficie de corte, todo lo vertical que sea posible, libre de partes flojas, la cual se limpiará adecuadamente. Sobre las caras limpias, mediante lavado y cepillado (con cepillo de alambre), se aplicará una lechada preparada con cemento portland puro. Las remociones se efectuarán por medio de martillos neumáticos o equipos mecánicos aprobados por la Dirección de la Obra, dándosele las dimensiones necesarias para una buena compactación posterior. Si hubiera dificultad en obtener caras aproximadamente verticales, la Dirección de la Obra, podrá ordenar que previamente al empleo del martillo neumático se marque el borde del bache en una profundidad de al menos 5 (cinco) centímetros mediante una sierra de disco. En ningún caso se permitirá el uso del procedimiento de la maza.

Las zonas a reparar serán asignadas procurando respetar los siguientes criterios:- Se buscará formar un sistema adecuado de juntas en el pavimento de

hormigón. Si se entiende suficiente se mantendrá el sistema de juntas original en la unidad removida.

- Los límites de la reparación serán paralelos a las juntas existentes, el lado mínimo será de 80 (ochenta) centímetros debiéndose evitar la formación de ángulos entrantes.

- Se tenderá a uniformizar el poder soporte del pavimento. Así, si hay hormigones de distintas edades, de distintos espesores y con distintas capas de base en el entorno de la reparación, se marcará la zona a reparar pretendiendo uniformizar el hormigón y su base de apoyo.

- El límite de la zona a reparar distará más de 60 (sesenta) centímetros de la junta. En caso contrario se llevará la reparación hasta la junta.

- La distancia entre los límites de dos reparaciones adyacentes será mayor a 2,50 metros, si no fuera así se fusionarán las dos reparaciones en una sola.

- Si el área a reparar es superior a 2/3 del área de la losa entre juntas, se reconstruirá totalmente la losa.

- Cuando la reparación a ejecutar llegue hasta la línea de cordones, deberá ser reconstruido también el cordón. Para el caso en que el cordón y el pavimento de hormigón adyacente a éste, estén en buen estado en 40 (cuarenta) centímetros de ancho, entonces puede optarse por mantenerlos.

Art. 79 - Cuando la unidad a reparar sea cortada o limitada por una junta, deberá reconstruirse ésta en la parte afectada por la remoción y sellarse en toda la extensión, en la parte reconstruida, extendiéndose en un metro más en cada dirección y sentido, en la zona no reparada. Este trabajo será considerado una obra accesoria. En la unidad reparada se construirán las juntas que indique el Ingeniero Director, debiéndose prever una longitudinal de contracción para anchos de calzada igual o superior a los 6 (seis) metros.En general se tratará de mantener el sistema de juntas original en la unidad removida.Las juntas de contracción, cuyos espesores no serán inferiores a 5 (cinco) milímetros, deberán cortarse a máquina, por medio de una sierra de disco, apropiada para cortar pavimentos. Sin embargo el Ingeniero Director de la Obra, podrá disponer cuando lo considere necesario, la construcción de juntas por medio de planchuelas.

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Cordones de hormigónArt. 80 - Los cordones de hormigón que se reconstruyan tendrán las características indicadas en los planos, ajustándose de ser necesario, a las dimensiones de los cordones ya existentes. Los hierros longitudinales deberán empalmarse en el largo que determine el Ingeniero Director con los del cordón existente.El llenado de hormigón de los cordones deberá efectuarse simultáneamente con el hormigón del pavimento.El precio cotizado para estos trabajos (Rubro No7) no incluirá la parte de sub-base cementada correspondiente a ese cordón, que se pagará con el rubro correspondiente. Cordones de granitoArt. 81 - Los cordones de granito que se remuevan, se recolocarán sobre una capa de hormigón de balasto de 20 (veinte) centímetros de alto y 35 (treinta y cinco) centímetros de base. La parte posterior de los cordones se rellenará con este mismo material en un ancho de 20 (veinte) centímetros y en una altura hasta 10 (diez) centímetros por debajo de la cara superior del cordón colocado.El precio cotizado para estos trabajos se pagará en el rubro Nº8.

Nivelación de tapas de Servicios PúblicosArt. 82 - En su propuesta el oferente deberá cotizar, exclusivamente, la remoción y recolocación de la tapa, pagándose, los trabajos correspondientes al pavimento circundante que deba removerse, dentro de los rubros que correspondan. La nivelación de tapas se pagará según los Rubros Nº19 y 20.

Bocas de TormentaArt. 83 – Se procederá a la reconstrucción de las bocas de tormenta que a juicio de la Dirección de la Obra estén en mal estado, pagándose las mismas según los Rubros Nº9 o 10, según corresponda.

VeredasArt. 84 – La Dirección de la Obra podrá indicar la reparación de las veredas, en la zona de las obras, que a su juicio presenten problemas de transitabilidad así como la reparación de las entradas vehiculares en hormigón, donde lo considere necesario.Las reparaciones se efectuarán de la forma y condiciones que se indican a continuación, sobre el contrapiso de hormigón se colocará una capa de mortero de un centímetro de espesor. Una vez arreglada la superficie se espolvoreará totalmente con portland seco y se asentarán las baldosas, las que habrán sido previamente sumergidas en agua. La colocación se hará a cordel dejando entre filas un espacio de dos milímetros que será rejuntado con una mezcla de una parte de cemento portland y por una de arena fina, penetrada a escoba y humedecida.Se respetarán las juntas de dilatación existentes y se usarán baldosas similares a las existentes en el sitio. Estos trabajos se pagarán al precio unitario cotizado para el rubro N°13.

Art. 85 - El Contratista colocará en las veredas que repare o construya barreras apropiadas para evitar que se transite por ellas. Las barreras y los materiales sueltos deberán retirarse totalmente transcurridas 72 (setenta y dos) horas de ejecutada la vereda, librándose al uso público.

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Se deberá tomar las precauciones necesarias a efectos de causar el mínimo trastorno a los peatones y/o vehículos.

Construcción del contrapiso de balasto cementadoArt. 86 – En los lugares que la Dirección de Obra indique se reconstruirá el contrapiso de la vereda. El mismo será de 7 (siete) centímetros de espesor (compactado) y será construido con balasto natural cementado, a razón de 100 (cien) kilogramos de cemento portland por metro cúbico de balasto.La densidad en obra será del 90% (noventa por ciento) de la densidad máxima obtenida en laboratorio mediante el ensayo AASHO T-180 (Proctor Modificado). La Dirección de la Obra podrá, cuando lo estime necesario, hacer los cateos o ensayos para comprobar estas características. La construcción del contrapiso se pagará al precio unitario establecido en el contrato para el rubro Nº14. Dicho precio constituirá la compensación total por todos los trabajos, materiales, equipos, herramientas, agua y demás elementos necesarios para realizar y completar las tareas, incluyendo entre otras, las siguientes:

a) Remoción del contrapiso existente, si correspondiera.b) Suministro del balasto cementado, colocación, compactación y curado.c) Retiro y traslado de todos los materiales que no sean de recibo.Si el contrapiso se encontrara en buenas condiciones, a juicio de la Dirección de Obra, podrá mantenerse, pagándose exclusivamente la reparación según el rubro Nº13.

Construcción de rampas de acceso de hormigón para discapacitadosArt. 87 - La Dirección de Obra podrá indicar la construcción de rampas de acceso de hormigón para discapacitados. Dichas rampas se construirán de hormigón, de 7 (siete) centímetros de espesor, sobre el contrapiso de balasto cementado construido de acuerdo al Art.86.Tal como se indica en el Art.2.25 del PGCCV, la dosificación del hormigón hecho en sitio será:

300 kgs de cemento Portland; 400 litros de arena; 800 litros de balasto lavado

Estos trabajos se pagarán al precio unitario establecido en el contrato para el rubro Nº15. Dicho precio constituirá la compensación total por todos los trabajos, materiales, equipos, herramientas, agua y demás elementos necesarios para realizar y completar las tareas, incluyendo entre otras, las siguientes:

a) Remoción del pavimento existente, si correspondiera.b) Ejecución del rebaje de cordón.c) Suministro del hormigón, colocación, compactación y curado.d) Retiro y traslado de todos los materiales que no sean de recibo.

Entradas de vehículosArt. 88 - Estos trabajos comprenden la reparación, construcción o reconstrucción del plano inclinado para la entrada de vehículos, a juicio de la Dirección de la Obra, y se ejecutarán de acuerdo a lo estipulado en el Pliego General de Condiciones para la Construcción de Veredas, con las siguientes modificaciones: el pavimento será de hormigón, de 10 (diez) centímetros de espesor, sobre el contrapiso de balasto

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cementado construido de acuerdo al Art.68. Tal como se indica en el Art.2.25 del PGCCV, la dosificación del hormigón hecho en sitio será:

300 kgs de cemento Portland; 400 litros de arena; 800 litros de balasto lavado

La construcción en hormigón del plano inclinado para la entrada de vehículos se pagará al precio unitario establecido en el contrato para el rubro Nº25. Dicho precio constituirá la compensación total por todos los trabajos, materiales, equipos, herramientas, agua y demás elementos necesarios para realizar y completar las tareas, incluyendo entre otras, las siguientes:

a) Remoción del pavimento existente, si correspondiera.b) Suministro del hormigón, colocación, compactación y curado.c) Retiro y traslado de todos los materiales que no sean de recibo.

Juntas y grietasArt. 89 - Además de las juntas incluidas en el área a reponer que serán consideradas obras accesorias como se explicita en el Art. 94, el Ing. Director de Obra podrá indicar el relleno o reparación de juntas y grietas de los pavimentos del tramo en los que no sea necesario el bacheo.En este último caso los trabajos se liquidarán por los rubros Nº16 o 17 según corresponda.Se entenderá por grieta, toda hendidura en el pavimento cuyo ancho esté comprendido entre 5 (cinco) milímetros y 7 (siete) centímetros.

Art. 90 - Los trabajos de conservación de las juntas, se efectuarán en la siguiente forma:

1) sacar el material existente dentro de la junta hasta una profundidad de 5 (cinco) centímetros, sin dañar el hormigón de los bordes. En los casos en que una junta se encuentre sin material de relleno o aquellas en que el mismo no se encuentre en buenas condiciones a juicio de la Dirección de la Obra, el Contratista deberá proceder a la limpieza de la junta en toda su profundidad, sin que por ello tenga derecho a reclamo alguno;

2) sacar el material bituminoso existente sobre las losas adyacentes a las juntas removiendo el mismo con pala de punta cuadrada, previo calentamiento con soplete adecuado, quemando los restos de asfalto residual;

3) limpiar la junta y la zona adyacente, mediante una cepillada enérgica con cepillo de alambre de acero, momentos antes del llenado;

4) limpieza del polvo y otras basuras en la hendidura por corriente de aire;

5) colocación del material de sellado.

El sellado de la junta deberá efectuarse previamente a la habilitación del pavimento.

Art. 91 - La reparación de las grietas se realizará en la siguiente forma:

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a) para las que ya hubieran sido alguna vez reparadas, se procederá en la forma indicada en el Art. 89;

b) para las que no hayan sido selladas, su reparación se efectuará como se indica en el Art. 89, previa aprobación por la Dirección de la Obra de su reparación, ensanche y limpieza en toda su profundidad.

Art. 92 - No se librará al tránsito ninguna parte o zona de superficie reparadas hasta transcurridas 4 (cuatro) horas de efectuados los trabajos de relleno. El Contratista estará asimismo obligado a deshacer y reconstruir todas las juntas y grietas por él reparadas, que ofrezcan irregularidades en su superficie o aspecto.

Art. 93 - - El relleno de las juntas y sellado de grietas se hará con materiales del tipo siliconas o asfaltos modificados con polímeros. En el caso en que se use cordón de respaldo para el sello deberá especificarse las características del mismo. Estos materiales deberán ser aprobados previamente por la Dirección de Obra.

Obras accesoriasArt. 94 - Corresponde por parte del Contratista ejecutar como obras accesorias, cuyo importe será prorrateado en el precio unitario de los diferentes rubros, todas aquellas señaladas en este pliego y para las cuales no se solicite cotización y todas las obras que, sin ser mencionadas explícitamente, se consideren necesarias para la correcta ejecución de los trabajos. Se deberá tener en cuenta que todas las obras accesorias tendrán que estar totalmente terminadas antes de transcurridos 60 (sesenta) días de comenzados los trabajos de bacheo correspondientes. A modo de ejemplo, se citan entre otras, las siguientes obras accesorias:

a) Remoción del firme existente y retiro de los materiales sobrantes.b) Colocación y mantenimiento de la señalización necesaria de acuerdo al Art. 61.c) Consolidación del terreno existente bajo la sub-base (terreno de fundación).d) Desvío de las aguas que pudieran perjudicar la correcta ejecución de los trabajos durante su realización y los 5 (cinco) días subsiguientes.e) Reconstrucción y sellado de juntas, incluidas en la reposición, de acuerdo al Art.90.f) Remoción y retiro de las bocas de tormenta, cámaras y cañerías que interfieran con la ejecución de la obra, cuando no deban ser reconstruidas.g) Remover y reconstruir las losas de las bocas de tormenta incluidas en las zonas a repavimentar, en caso de ser necesario.h) Reconstrucción de las zonas próximas a las bocas de tormenta incrementando o reduciendo las dimensiones de las mismas.i) Reconstrucción de las veredas o accesos vehiculares dañados por la remoción y recolocación de cordones de granito y/o de hormigón, dejándolos en las mismas condiciones que estaban al inicio de la obra. Se deberá tener en cuenta que, como mínimo, se deberá reparar una faja de 40 (cuarenta) centímetros de ancho.j) Los ensayos determinados en estas Condiciones Particulares, a excepción de los ensayos a la compresión de probetas moldeadas de hormigón.k) Reposición del hormigón en las perforaciones realizadas para la extracción de testigos. Las cavidades que queden como consecuencia de la extracción de testigos deberán ser rellenadas con un mortero expansivo y pre-dosificado de una resistencia a compresión mayor a 30MPa a las 72 horas, siguiendo las instrucciones del fabricante.

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El sustrato y las paredes de la cavidad deberán estar limpios y libres de partes sueltas, polvo, etc. Antes de la aplicación del mortero expansivo, deberán saturarse las paredes de la perforación con agua limpia, sin dejar charcos.

El mortero se colocará en dos capas, compactando cada una de ellas con una barra de acero, utilizando un procedimiento similar al utilizado para la compactación de probetas de hormigón. Una vez culminada la compactación se enrasará mediante fratacho y se curará con el producto especificado para el pavimento de hormigón. Al mortero se le podrá agregar áridos, de buena calidad, hasta 40% en peso, de granulometría entre 2 y 16 mm.

Mayo 2017

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ORGANISMO LICITANTE: INTENDENCIA DE MONTEVIDEO

LICITACIÓN PUBLICA: Nº 647/2017 - CONTRATO No 1793 OBRA SEFI

OBRA: “EJECUCIÓN DE REMOCIONES Y REPOSICIONES EN PAVIMENTOS DE HORMIGÓN EN LOS MUNICIPIOS D y F”

EMPRESAS CONSTRUCTORAS:

Deben estar calificadas, en el Registro Nacional de Empresas de Obras Públicas, del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, para OFERTAR obras comprendidas en las siguientes categorías, especialidades y por el monto que se indica:

CATEGORIA II: INGENIERIA

ESPECIALIDADES DE INGENIERIA: A, B, C, F.

PRESUPUESTO ESTIMATIVO : $ 20:700.000 (sin Imprevistos, sin IVA y sin Aportes Sociales)

PLAZO: 6 MESES

MONTEVIDEO, Mayo de 2017.

Firma .....................................

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LICITACIÓN PÚBLICA Nº 647/2017:

C O N T R A T O N° 1793

EJECUCIÓN DE REMOCIONES Y REPOSICIONESEN PAVIMENTOS DE HORMIGÓN

EN LOS MUNICIPIOS D y F

F O R M U L A R I O P R O P U E S T A

Y

M E T R A J E S

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F O R M U L A R I O P R O P U E S T A

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 647/2017:C O N T R A T O N o 1793

EJECUCIÓN DE REMOCIONES Y REPOSICIONESEN PAVIMENTOS DE HORMIGÓN

EN LOS MUNICIPIOS D y F

Montevideo . . . . . . de ...............de……..

El que suscribe ...…, domiciliado a los efectos legales en la calle ….. No….., se compromete a ejecutar todos los trabajos y obras de la LICITACIÓN PÚBLICA Nº 647/2017 - CONTRATO No 1793 denominadas "EJECUCION DE REMOCIONES Y REPOSICIONES EN PAVIMENTOS DE HORMIGON EN LOS MUNICIPIOS D y F" de acuerdo con los Pliegos de Condiciones y planos que ha tenido a la vista, por los precios unitarios, según corresponda, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (IVA), y el monto de mano de obra imponible que se indican e en el formulario que se adjunta a continuación, y que forma parte de esta propuesta.A los efectos de los aportes establecidos de la Ley No 14.411, se declara que el monto total imponible de mano de obra, asciende a $ ...............................Los precios unitarios y el monto de mano de obra imponible, están expresados con letras y números, y en caso de discordancia, se declararán válidos los escritos con letras.Se compromete a someterse a las leyes y tribunales del país con exclusión de todo otro recurso.A la propuesta se agrega a simple título ilustrativo, los importes de las obras, calculados sobre la base de las unidades de metraje, pero las cifras que expresan los costos totales quedan sujetas al contralor y rectificación correspondiente.El representante técnico de la empresa es ..............

Firma .............................................

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CONTRATO N° 1793

RUBROS METRAJE PRECIO UNITARIO

MANO DE OBRA

PRECIOTOTAL

No.1 - Precio por metro cúbico compactado de sub-base granular cementada. 900 m3 $ $ $No.2 - Precio por metro cuadrado para remoción y reposición de pavimentos con firme de hormigón, de rápida habilitación, de 20 cm. de espesor en superficies menores de 10 (diez) metros cuadrados, excluido el repicado.

1.000 m2 $ $ $

No.3 - Precio por metro cuadrado para remoción y reposición de pavimentos con firme de hormigón, de rápida habilitación, de 20 cm. de espesor en superficies entre 10 (diez) y 100 (cien) metros cuadrados, excluido el repicado.

3.000 m2 $ $ $

No.4 - Precio por metro cuadrado para remoción y reposición de pavimentos con firme de hormigón, de rápida habilitación, de 20 cm. de espesor en superficies mayores de 100 (cien) de metros cuadrados, excluido el repicado.

1.500 m2 $ $ $

No.5 – Precio por metro cuadrado para remoción y reposición de pavimentos con firme de hormigón de 20 cm. de espesor en superficies menores de 25 (veinticinco) metros cuadrados, excluido el repicado.

250 m2$ $ $

No.6 - Precio por metro cuadrado para remoción y reposición de pavimentos con firme de hormigón de 20 cm. de espesor en superficies mayores de 25 (veinticinco) metros cuadrados, excluido el repicado.

250 m2$ $ $

No.7 - Precio por metro para la remoción y reposición de cordones de hormigón. 250 m $ $ $No.8 - Precio por metro para la remoción y recolocación de cordones de granito. 50 m $ $ $No.9 - Precio para la construcción de boca de tormenta tipo 2, según plano tipo, excluida la conexión.

4 u$ $ $

No.10 - Precio para la construcción de boca de tormenta tipo 3, según plano tipo, excluida la conexión.

2 u$ $ $

No.11 – Precio por metro para la conexión de boca de tormenta tipo 2, de 300 mm de diámetro.

20 m$ $ $

No.12 – Precio por metro para la conexión de boca de tormenta tipo 3, de 400 mm de diámetro.

10 m$ $ $

No.13 – Precio por metro cuadrado para la reparación de veredas de baldosas de cemento portland gris, de 9 panes

35 m2$ $ $

No.14 – Precio por metro cuadrado para la construcción de contrapiso de balasto 35 m2

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cementado de 7 (siete) cm. de espesor, incluido el desmonte. $ $ $No.15 - Precio por metro cuadrado para la construcción de rampas de hormigón, de 7 cm. de espesor.

25 m2$ $ $

No.16 - Precio por metro para el relleno de juntas. 150 m $ $ $No.17 – Precio por metro para el sellado de grietas. 150 m $ $ $No.18 – Precio por metro cúbico compactado de sustitución del terreno de fundación, incluido el desmonte. 300 m3 $ $ $

No.19 – Precio por cada unidad para la nivelación de tapas de Servicios Públicos, con sup. menor de 50 (cincuenta) decímetros cuadrados. 6 u $ $ $No.20 - Precio por cada unidad para la nivelación de tapas de Servicios Públicos, con sup. comprendida entre 50 (cincuenta) y 150 (ciento cincuenta) decímetros cuadrados. 4 u $ $ $No.21 – Precio por metro para el corte de bordes de baches con sierra de disco hasta 5 (cinco) centímetros de profundidad.

1.200 m$ $ $

No.22 - Precio por metro cuadrado para repicado de pavimentos de hormigón. 6.000 m2 $ $ $No.23 - Precio unitario por ensayo a la compresión de cilindros de hormigón, normalizados según norma UNIT, realizado el Instituto de Ensayo de Materiales de la Facultad de Ingeniería.

4 u$ $ $

No.24 - Precio unitario para el ensayo a la flexión de prismas de hormigón, normalizados según norma UNIT, realizado en el Instituto de Ensayo de Materiales de la Facultad de Ingeniería.

3 u$ $ $

No.25 - Precio por metro cuadrado para la construcción en hormigón del plano inclinado para la entrada de vehículos

20 m2$ $ $

No.26 - Precio para el suministro de vehículo para la Dirección de la Obra. 1.700 hs. $ $ $SUBTOTAL $ $ $IMPREVISTOS (15%) $ $ $SUBTOTAL $ $ $I.V.A. (22%) $ $APORTES SOCIALES (71.4%) $TOTAL SIN APORTES $ $TOTAL CON APORTES $ $ $

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