instructivo formato Único de inventario … · en la columna correlativo indicar la cantidad de...
TRANSCRIPT
MC-F-10 V-0
INSTRUCTIVO FORMATO ÚNICO DE
INVENTARIO DOCUMENTAL
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL
AGENCIA NACIONAL DE DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO
2017
INSTRUCTIVO FORMATO ÚNICO DE INVENTARIO DOCUMENTAL
Código: GD-I-02
Versión: 01
Pág.: 2 de 15
MC-F-10 V-0
TABLA DE CONTENIDO
1. OBJETIVO ........................................................................................ 3
2. ALCANCE ......................................................................................... 3
3. INFORMACIÓN GENERAL .................................................................... 3
4. RESPONSABILIDADES ....................................................................... 3
5. DESARROLLO DE CONTENIDO TECNICO ............................................... 4
5.1 FORMATO ÚNICO DE INVENTARIO DOCUMENTAL .......................................... 4
5.1.1 INFORMACIÓN GENERAL ................................................................................... 4
5.1.2 DESCRIPCIÓN DEL EXPEDIENTE .................................................................... 6
5.1.3 DESCRIPCIÓN DE LA UNIDAD DE CONSERVACIÓN ................................ 8
5.1.4 DOCUMENTOS ESPECIALES ............................................................................. 8
5.1.5 RESPONSABILIDADES ...................................................................................... 11
5.2 ENTREGA Y RECIBO DE LOS DOCUMENTOS Y ARCHIVOS POR
INVENTARIO. ............................................................................................................................ 11
5.3 REFERENCIA NORMATIVA ....................................................................................... 13
INSTRUCTIVO FORMATO ÚNICO DE INVENTARIO DOCUMENTAL
Código: GD-I-02
Versión: 01
Pág.: 3 de 15
MC-F-10 V-0
1. OBJETIVO
Brindar una guía a los funcionarios y contratistas de la ANDJE mediante el
establecimiento de los lineamientos para diligenciar correctamente la totalidad
de los campos del formato GD-F – 11” INVENTARIO DOCUMENTAL - FUID “,
para controlar la producción documental de la Entidad y tener control de la
misma.
2. ALCANCE
El presente instructivo, pretende servir como una herramienta sencilla y útil
que busca orientar a los Colaboradores de la Agencia frente a la elaboración de
Inventarios Documentales.
3. INFORMACIÓN GENERAL
Este instructivo hace parte del Proceso de Gestión Documental para describir
de manera detallada las condiciones de diligenciamiento de Inventarios
Documentales en la Agencia.
4. RESPONSABILIDADES
Serán responsables de aplicar este instructivo y de la Circular Interna Nº 9 de
2015, todos los funcionarios y contratistas de la Agencia, cuando tengan
relación con documentos de archivo.
INSTRUCTIVO FORMATO ÚNICO DE INVENTARIO DOCUMENTAL
Código: GD-I-02
Versión: 01
Pág.: 4 de 15
MC-F-10 V-0
5. DESARROLLO DE CONTENIDO TECNICO
5.1 FORMATO ÚNICO DE INVENTARIO DOCUMENTAL
El formato que se deberá utilizar para la elaboración de Inventarios
Documentales en la Entidad es GD-F-11, el cual se encuentra en el Sistema
Integrado de Gestión Institucional – SIGI de la Agencia.
5.1.1 INFORMACIÓN GENERAL
A continuación, se indica cómo se debe diligenciar el formato de inventario
documental
• Entidad Productora
Debe colocarse el nombre completo o razón social de la entidad que produce o
produjo los documentos, para el caso específico siempre será Agencia Nacional
de Defensa Jurídica del Estado
• Unidad Administrativa
Debe consignarse el nombre de la dependencia o unidad administrativa de
mayor jerarquía de la cual dependa la oficina productora, ejemplo:
✓ 100. DIRECCIÓN GENERAL
✓ 200. SECRETARÍA GENERAL
✓ 300. DIRECCIÓN DE POLITICAS Y ESTRATEGIAS PARA LA
DEFENSA JURÍDICA
✓ 400. DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN
✓ 500. DIRECCIÓN DE DEFENSA JURÍDICA
INSTRUCTIVO FORMATO ÚNICO DE INVENTARIO DOCUMENTAL
Código: GD-I-02
Versión: 01
Pág.: 5 de 15
MC-F-10 V-0
• Oficina Productora
Debe colocarse el nombre de la oficina o dependencia que produce y conserva
la documentación tramitada en ejercicio de sus funciones, ejemplo:
✓ 100. DIRECCIÓN GENERAL
✓ 101. OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN
✓ 102. OFICINA CONTROL INTERNO
✓ 103. ASESORA OFICINA JURÍDICA
✓ 104. UNIDAD EJECUTORA PROGRAMA - BID
✓ 200. SECRETARÍA GENERAL
✓ 230. GRUPO INTERNO DE GESTIÓN CONTRACTUAL
✓ 240. OFICINA ATENCIÓN AL CIUDADANO
✓ 300. DIRECCIÓN DE POLITICAS Y ESTRATEGIAS
✓ 400. DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN
✓ 500. DIRECCIÓN DE DEFENSA JURÍDICA
✓ 600. DIRECCIÓN DE DEFENSA JURÍDICA INTERNACIONAL
*Nota: Los nombres de las anteriores unidades administrativas y oficinas
productoras son ejemplos, estas pueden cambiar en el tiempo.
• Objeto
Se debe consignar la finalidad del inventario, que puede ser: Transferencias
primarias, transferencias secundarias, valoración de fondos acumulados, fusión
y supresión de entidades y/o dependencias, inventarios individuales.
• Registro de Entrada
Se diligencia sólo para transferencias primarias y transferencias secundarias.
Debe consignarse en las tres primeras casillas los dígitos correspondientes a la
fecha de la entrada de la transferencia (año, mes, día). En NT se anotará el
INSTRUCTIVO FORMATO ÚNICO DE INVENTARIO DOCUMENTAL
Código: GD-I-02
Versión: 01
Pág.: 6 de 15
MC-F-10 V-0
número de la transferencia. En el caso que la actividad sea traslado, se deberá
incluir el número de traslado que se esta efectuando.
• Hoja ___ de ___:
En el campo “Hoja” se numerará cada hoja del inventario consecutivamente, y
el campo “De___:” se registrará el total de hojas del inventario, ejemplo:
Hoja __3_ de __5_
• Número de orden:
Debe anotarse en forma consecutiva el número correspondiente a cada uno de
los expedientes descritos
• Código de la Serie - Subserie:
Se debe ingresar el código establecido por la Agencia Nacional de Defensa
Jurídica del Estado mediante el cual se identifica las oficinas productoras y
cada una de las Series y Subseries.
5.1.2 DESCRIPCIÓN DEL EXPEDIENTE
• Serie y Subserie:
Debe anotarse el nombre asignado al conjunto de unidades documentales de
estructura y contenidos producidos o recibidos por la Agencia Nacional de
Defensa Jurídica del como consecuencia del ejercicio de sus funciones
específicas. Para esto se debe realizar la revisión en las Tablas de Retención
Documental a fin de identificar la que corresponde según el expediente.
Para las transferencias primarias secundarias y las ocasionadas por fusión y/o
supresión de entidades o dependencias, el asiento corresponderá a cada una
de las unidades de conservación. En los inventarios individuales, el asiento
corresponderá a los asuntos tramitados en ejercicio de las funciones
asignadas.
Cuando no se puedan identificar series, se debe reunir bajo un solo asunto
aquellos documentos que guarden relación con la misma función de la
oficina productora.
INSTRUCTIVO FORMATO ÚNICO DE INVENTARIO DOCUMENTAL
Código: GD-I-02
Versión: 01
Pág.: 7 de 15
MC-F-10 V-0
• Nombre del Expediente:
En este campo se debe incluir el nombre completo con el cual se describe e
identifica el expediente ejemplo:
Contrato 001 – 2016 Maritza Cardozo Guzmán
• Expediente Orfeo No.
Se debe ingresar el número exacto con el cual se identifica el expediente en el
Sistema de Gestión Documental ORFEO, ejemplo: 2014401220800009E
• Medio
Se debe mencionar el medio o forma en que se registra la información esta
puede ser:
✓ Física: Información que se encuentre registrada y conservada en los
expedientes en soporte papel.
✓ Electrónica: información que se encuentre registrada y preservada en los
expedientes electrónicos en el sistema de gestión documental ORFEO
✓ Físico electrónico: Información que se encuentre registrada y conservada
tanto en los expedientes físicos en papel como preservada en los
expedientes electrónicos sistema de gestión documental ORFEO
• Reserva Legal / Control de Acceso
Este campo se debe seleccionar del listado la opción de acuerdo a la
calificación de los activos de información de la Agencia.
• Datos Personales
Teniendo en cuenta las opciones presentadas en el cuadro de datos
personales, señale de acuerdo al contenido de los expedientes si éste tiene
este tipo de información o no.
• Fecha extrema inicial y final
Deben consignarse la fecha inicial y final de cada unidad descrita (Serie).
Deben colocarse los cuatro dígitos correspondientes al año. En el caso de una
sola fecha se anotará ésta. Cuando la documentación no tenga fecha se
anotará s.f.
INSTRUCTIVO FORMATO ÚNICO DE INVENTARIO DOCUMENTAL
Código: GD-I-02
Versión: 01
Pág.: 8 de 15
MC-F-10 V-0
5.1.3 DESCRIPCIÓN DE LA UNIDAD DE CONSERVACIÓN
• Caja
Se consignará el número asignado a cada unidad de almacenamiento general
(caja)
• Carpeta
Se consignará el número asignado a cada unidad de almacenamiento especifica
(carpeta)
• Correlativo
En la columna Correlativo indicar la cantidad de carpetas de un expediente
ejemplo: Del contrato 147 de 2013 hay 5 carpetas; El correlativo es: 1 de 5 - 2
de 5 - 3 de 5 - 4 de 5 5 de 5 Pero el número de carpeta puede ser diferente al
correlativo asignado;
• Numero de folios
Se anotará el número total de folios contenido en cada unidad de conservación
descrita.
5.1.4 DOCUMENTOS ESPECIALES
• Soporte de conservación
Se utilizará esta columna para anotar los soportes diferentes al papel,
anexos a la documentación. Para la Agencia Nacional de Defensa Jurídica es
la forma física o material del mismo que hace que por sus características
tenga tratamiento de conservación especial Tipo de Documento Especial
ejemplo:
✓ CD
✓ DVD
✓ USB
✓ Tarjeta de Memoria
✓ Disco Extraíble
✓ Cassette
INSTRUCTIVO FORMATO ÚNICO DE INVENTARIO DOCUMENTAL
Código: GD-I-02
Versión: 01
Pág.: 9 de 15
MC-F-10 V-0
• Tipo de documento especial
Son aquellos que presentan las siguientes características: el lenguaje que
emplean para transmitir la información es distinto al textual, pudiendo ser
iconográfico, sonoro o audiovisual, En consecuencia, los documentos especiales
de la ANDJE estarán clasificados en esas dos líneas: lenguaje no textual y
soportes distintos al papel que no guardan formatos estándares (carta u
oficio).
✓ Documentos iconográficos
Los documentos iconográficos son aquellos que “Fundamentalmente se valen
de un lenguaje visual basado en imágenes, formas líneas, colores y signos no
textuales para transmitir el mensaje, se incluyen en esta categoría los
documentos de naturaleza fotográfica y cartográfica, así como los planos y
dibujos”1
Ejemplos de documentos iconográficos pueden ser:
- Fotografías en papel tomadas en un evento de la entidad.
- Mapa de zona rural recibida como prueba dentro de un proceso.
✓ Documentos audiovisuales
Un documento audiovisual “se contempla desde dos perspectivas, la que
subdivide en: a) imágenes fijas, b) imágenes en movimiento, c) registros
sonoros o, d) la combinación de ambas y; la que considera exclusivamente
esta última”2.
Ejemplos de documentos audiovisuales pueden ser:
- Películas mudas o sonorizadas en sustrato celuloide.
- Cintas en formato BETA o VHS.
✓ Documentos sonoros
1 CERVANTES, Gumaro Damián. Los documentos especiales en el contexto de la Archivística. (términos de búsqueda:
documentos especiales). (en línea). México DF: Edición electrónica, 2008. Pág. 57.
2 Ibid.
INSTRUCTIVO FORMATO ÚNICO DE INVENTARIO DOCUMENTAL
Código: GD-I-02
Versión: 01
Pág.: 10 de 15
MC-F-10 V-0
Los documentos sonoros son aquellos que “transmiten la información por
medio de un lenguaje verbal o mediante sonidos. Requiere determinado equipo
tecnológico tanto el registro de los datos en el soporte, como su consulta”3.
Ejemplos de documentos sonoros pueden ser:
- Audios de audiencia en juzgado que llegue como prueba de un proceso en memoria USB.
- Grabación de una reunión de comité de la entidad que se encuentra en
grabadora con cinta magnetofónica.
• Frecuencia de consulta
Se debe citar si la documentación registra un alto, medio, bajo o ninguno
índice de consulta; para tal efecto, se tendrán en cuenta los controles y
registros de préstamo y consulta de la oficina responsable de dicha
documentación. Esta columna se diligenciará especialmente para el
inventario de fondos acumulados.
• Notas
Se consignarán los datos que sean relevantes y no se hayan registrado en
las columnas anteriores. Para la documentación ordenada numéricamente
como actas, resoluciones, memorandos, circulares, entre otros, se anotarán
los siguientes datos: faltantes, saltos por error en la numeración y/o
repetición del número consecutivo en diferentes documentos
Para los expedientes deberá registrarse la existencia de anexos: circulares,
actas, memorandos, resoluciones, informes, impresos, planos, facturas,
disquetes, fotografías o cualquier objeto del cual se hable en el documento
principal. De estos debe señalarse, en primer lugar, el número de unidades
anexas de cada tipo, ejemplo: una hoja con 5 fotografías sueltas: luego el
número consecutivo (si lo tiene), ciudad, fecha, asunto o tema de cada
anexo.
Para los anexos legibles por máquina deberán registrarse las características
físicas y requerimientos técnicos para la visualización y consulta de la
información. Especificar programas de sistematización de la información.
3 Ibid. Pág. 58.
INSTRUCTIVO FORMATO ÚNICO DE INVENTARIO DOCUMENTAL
Código: GD-I-02
Versión: 01
Pág.: 11 de 15
MC-F-10 V-0
A los impresos se le asignará un número de folio y se registrará el número
de páginas que lo componen.
Así mismo, se anotará información sobre el estado de conservación de la
documentación, especificando el tipo de deterioro: físico (rasgaduras,
mutilaciones, perforaciones, dobleces, faltantes), químico (oxidación de
tintas, soporte débil) y/o biológico (ataque de hongos, insectos, roedores).
5.1.5 RESPONSABILIDADES
• Elaborado por
Se escribirá el nombre y apellido, cargo, firma de la persona responsable de
elaborar el inventario, así como el lugar y la fecha en que se realiza la
elaboración del mismo.
• Entregado por
Se anotará el nombre y apellido, cargo, firma de la persona responsable de
entregar la transferencia, así como el lugar y la fecha en que se realiza
dicha entrega.
• Recibido por
Se registrará el nombre y apellido, cargo, firma de la persona responsable
recibir el inventario, así como el lugar y la fecha en que se recibió.
5.2 ENTREGA Y RECIBO DE LOS DOCUMENTOS Y ARCHIVOS
POR INVENTARIO.
La Agencia ha definido los siguientes casos en los cuales se deberán diligenciar
el Formato Único de Inventario Documental en cumplimiento de la
Normatividad Vigente.
INSTRUCTIVO FORMATO ÚNICO DE INVENTARIO DOCUMENTAL
Código: GD-I-02
Versión: 01
Pág.: 12 de 15
MC-F-10 V-0
INSTRUCTIVO FORMATO ÚNICO DE INVENTARIO DOCUMENTAL
Código: GD-I-02
Versión: 01
Pág.: 13 de 15
MC-F-10 V-0
5.3 REFERENCIA NORMATIVA
Ley 594 de 2000 “por medio de la cual se dicta la Ley General de
Archivos y se dictan otras disposiciones”
ARTÍCULO 14. “Propiedad, manejo y aprovechamiento de los archivos
públicos. La documentación de la administración pública es producto y
propiedad del Estado, y éste ejercerá el pleno control de sus recursos
informativos. Los archivos públicos, por ser un bien de uso público, no son
susceptibles de enajenación”
Artículo 15 “Responsabilidad especial y obligaciones de los servidores
públicos. Los servidores públicos, al desvincularse de las funciones titulares,
entregarán los documentos y archivos a su cargo debidamente inventariados,
conforme a las normas y procedimientos que establezca el Archivo General de
la Nación, sin que ello implique exoneración de la responsabilidad a que haya
lugar en caso de irregularidades”
Artículo 35 “Prevención y sanción. El Gobierno Nacional, a través del Archivo
General de la Nación, y las entidades territoriales, a través de sus respectivos
Consejos de Archivos, tendrán a prevención facultades dirigidas a prevenir y
sancionar el incumplimiento de lo señalado en la presente ley y sus normas
reglamentarias, así:
a) Emitir las órdenes necesarias para que se suspendan de inmediato las
prácticas que amenacen o vulneren la integridad de los archivos públicos y se
adopten las correspondientes medidas preventivas y correctivas.
Cuando no se encuentre prevista norma especial, el incumplimiento de las
órdenes impartidas conforme al presente literal será sancionado por la
autoridad que las profiera, con multas semanales sucesivas a favor del tesoro
nacional, departamental, distrital o municipal, según el caso, de hasta veinte
(20) salarios mínimos legales mensuales, impuestas por el tiempo que persista
el incumplimiento;
b) Las faltas contra el patrimonio documental serán tenidas como faltas
gravísimas cuando fueren realizadas por servidores públicos, de conformidad
con el artículo 25 de la Ley 200 de 1995;
c) Si la falta constituye hecho punible por la destrucción o daño del patrimonio
documental o por su explotación ilegal, de conformidad con lo establecido en
los artículos 218 a 226, 349, 370, 371 y 372 del Código Penal, es obligación
INSTRUCTIVO FORMATO ÚNICO DE INVENTARIO DOCUMENTAL
Código: GD-I-02
Versión: 01
Pág.: 14 de 15
MC-F-10 V-0
instaurar la respectiva denuncia y, si hubiere flagrancia, poner inmediatamente
el retenido a órdenes de la autoridad de policía más cercana, sin perjuicio de
las sanciones patrimoniales previstas;
d) Cuando se exporten o se sustraigan ilegalmente documentos y archivos
históricos públicos, éstos serán decomisados y puestos a órdenes del Ministerio
de la Cultura. El Estado realizará todos los esfuerzos tendientes a repatriar los
documentos y archivos que hayan sido extraídos ilegalmente del territorio
colombiano.”
2. Decreto 1080 de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto
Único Reglamentario del Sector Cultura"
Artículo 2.8.2.2.4 “Inventarios de documentos Es responsabilidad de las
entidades del Estado a través del Secretario General o de otro funcionario de
igualo superior jerarquía, y del responsable del Archivo o quien haga sus
veces, exigir la entrega mediante inventario, de los documentos de archivo que
se encuentren en poder de servidores públicos y contratistas, cuando estos
dejen sus cargos o culminen las obligaciones contractuales, De igual forma,
deberán denunciar ante los organismos de control el incumplimiento de esta
obligación para las acciones del caso.”
3. Acuerdo 038 de 2002 “Por el cual se desarrolla el artículo 15 de la Ley
General de Archivos 594 de 2000”
4. Ley 734 de 2002 “por la cual se expide el Código Disciplinario
Único.”
Artículo 34 “Deberes. Son deberes de todo servidor público:” (…)
Numeral 1 Cumplir y hacer que se cumplan los deberes contenidos en la
Constitución, los tratados de Derecho Internacional Humanitario, los demás
ratificados por el Congreso, las leyes, los decretos, las ordenanzas, los
acuerdos distritales y municipales, los estatutos de la entidad, los reglamentos
y los manuales de funciones, las decisiones judiciales y disciplinarias, las
convenciones colectivas, los contratos de trabajo y las órdenes superiores
emitidas por funcionario competente. (…)
Numeral 5 Custodiar y cuidar la documentación e información que por razón
de su empleo, cargo o función conserve bajo su cuidado o a la cual tenga
acceso, e impedir o evitar la sustracción, destrucción, ocultamiento o
utilización indebidos. (…) y
INSTRUCTIVO FORMATO ÚNICO DE INVENTARIO DOCUMENTAL
Código: GD-I-02
Versión: 01
Pág.: 15 de 15
MC-F-10 V-0
Numeral 22 Responder por la conservación de los útiles, equipos, muebles y
bienes confiados a su guarda o administración y rendir cuenta oportuna de su
utilización. (…)”
Artículo 35 “Prohibiciones. A todo servidor público le está prohibido:”
Numeral 8 “Omitir, retardar o no suministrar debida y oportuna respuesta a
las peticiones respetuosas de los particulares o a solicitudes de las
autoridades, así como retenerlas o enviarlas a destinatario diferente de aquel a
quien corresponda su conocimiento. (…)
Numeral 13 Ocasionar daño o dar lugar a la pérdida de bienes, elementos,
expedientes o documentos que hayan llegado a su poder por razón de sus
funciones (…) y
Numeral 21 Dar lugar al acceso o exhibir expedientes, documentos o archivos
a personas no autorizadas (…)”
Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado Circular Interna Nº 9
de 2015 “Cumplimiento de los formatos e instructivos.”
Elaboró Revisó Aprobó
Fanny Salazar Estupiñan Profesional Secretaria
General
Fanny Salazar Estupiñan Profesional Secretaria
General
Luisa Margarita Mestre Zequeda
Experto G7