informe tÉcnico noviembre 2019 - senado · en noviembre de 1998 (d.r. 1.233/98) se incorporó como...
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INFORME TÉCNICO
Noviembre 2019
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NOVEDADES NOVIEMBRE DE 2019
Contenido 1. Presentación institucional ................................................................................................. 4
2. Introducción ...................................................................................................................... 5
1. La recaudación del Mes de Noviembre de 2019 ............................................................. 11
2. La generalización de la compensación del “IVA alimentos” ........................................... 21
a. El Decreto 752/2019 ....................................................................................................... 21
b. La Resolución General AFIP – Cálculo del Costo Fiscal .................................................... 22
3. Normativa vigente ........................................................................................................... 24
4. Fuentes de consulta: ....................................................................................................... 27
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1. Presentación institucional
La Comisión de Coparticipación Federal de Impuestos fue creada en el ámbito del Honorable
Senado de la Nación como Comisión Especial en 1995, mediante D.R. 684/95, y su
conformación original fue de treinta y tres miembros. Su inicio formal de actividades tuvo lugar
en 1996.
En noviembre de 1998 (D.R. 1.233/98) se incorporó como Comisión Permanente, con
competencia para: “...dictaminar sobre lo relativo al régimen de coparticipación federal de
impuestos, a regímenes impositivos que afecten recursos coparticipables, acerca de lo
normado por el artículo 75 inciso 2 de la Constitución Nacional, y a todo otro asunto vinculado
a la coparticipación federal de impuestos...”.
Los proyectos de decreto, resolución, comunicación, declaración o de ley -ingresados por la
Cámara o por el Poder Ejecutivo Nacional, o bien aquellos que vienen en revisión de la Cámara
de Diputados- que resulten de su competencia, le son girados por la Secretaría Parlamentaria
para su análisis y dictamen. Como toda comisión, tiene facultades para requerir todos los
informes o datos que creyere necesarios para el estudio de los asuntos sometidos a su
consideración.
Más allá de las tareas formales de apoyo técnico que la Comisión brinda al Cuerpo Legislativo
en general y a los legisladores en particular en el proceso decisorio respecto de los temas que
tienen a su consideración, se han desarrollado desde su creación actividades complementarias,
que incluyen: recopilación de información relativa a la materia de su incumbencia, su
sistematización y conformación de bases de datos e informes. Del mismo modo, se han
desarrollado actividades y eventos referidos a la temática, de las cuales la Comisión participa
activamente así como de otros organizados por distintas instituciones especializadas.
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2. Introducción
La Coparticipación Federal de Impuestos es el régimen de rango constitucional que coordina
en la República Argentina la distribución entre el Estado Nacional y sus jurisdicciones de la
recaudación tributaria nacional. La misma adquiere rango constitucional a partir de la reforma
de la Carta Magna de 1994 (art. 75 inc. 2) y se encuentra estructurada por la Ley N° 23.548 que
fuera sancionada en 1988 junto a otras normas complementarias posteriores. También existen
distintos regímenes especiales vinculados a determinados impuestos que cuentan con sus
propias reglas de distribución (I.V.A. ley 23.966 art. 5 punto 2, impuestos a los combustibles,
Bienes Personales, Monotributo, entre otros).
Es importante destacar que la mencionada Ley N° 23.548 goza de una estabilidad especial
otorgada por el art. 75 inc. 2 de la Constitución Nacional, el que le otorga al Congreso la
facultad de legislar en materia de coparticipación de impuestos. De la ley convenio que fuera
sancionada como resultado de tal atribución se exige que tenga como Cámara de origen el
Senado y que sea sancionada con la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada
Cámara, sin poder ser modificada unilateralmente ni reglamentada, y que sea aprobada por las
provincias.
Por otro lado, rige el “Acuerdo Nación - Provincias sobre Relación y Bases de un Régimen de
Coparticipación Federal de Impuestos”, suscripto en febrero de 2002 y ratificado por la Ley N°
25.570.
El presente informe se propone aportar una mirada sintética y didáctica del resultado concreto
de la aplicación de las diversas normas impositivas vigentes respecto a la recaudación
tributaria y su distribución a las distintas jurisdicciones, con el objetivo de ilustrar en el ámbito
de la discusión de las políticas públicas orientadas a un tema sensible. La primera sección
ofrece un marco de interpretación al respecto.
La segunda parte representa de una forma clara y simple los datos de recaudación y
distribución tributaria del mes de agosto de 2019, al tiempo que ofrece un encuadre de análisis
sobre la información presentada.
El informe es producto de una investigación rigurosa a partir de distintas fuentes de
información confiables, que son referenciadas a lo largo de sus páginas.
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Cabe destacar que en este informe se denominará Masa Coparticipable Bruta a la conformada
por porciones o la totalidad -dependiendo el caso- de los siguientes impuestos:
IVA
Ganancias
Impuestos internos
Ganancia Mínima Presunta
Intereses pagados
Capital de cooperativas
Otros
De lo antes conformado se realizan dos detracciones, a fin de obtener la denominada Masa
Coparticipable Neta (ver esquema 2):
3% para el Sistema Nacional de Seguridad Social y Otros Gastos Operativos
$ 549,6 millones anuales para el Fondo Compensador de Desequilibrios Fiscales
Provinciales.
DISTRIBUCIÓN PRIMARIA
Una vez obtenida la Masa Coparticipable Neta, la distribución primaria de los fondos es la
siguiente:
Gráfico 1
PROVINCIAS +
CABA
61%
TESORO
NACIONAL
38,1%
A.T.N.
1%
DISTRIBUCIÓN LEY N° 23.548
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El componente “Provincias + CABA” contempla la porción que le corresponde a C.A.B.A. (dcto.
257/18), Tierra del Fuego (dcto. 702/99), y el 2% de recupero del nivel relativo destinado a las
provincias de Buenos Aires, Chubut, Neuquén y Santa Cruz (ley N° 23.548 art. 3° inc. c). Este
último se distribuye en las siguientes proporciones:
Buenos Aires: 1,5701%
Chubut: 0,1433%
Neuquén: 0,1433%
Santa Cruz: 0,1433%
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DISTRIBUCIÓN SECUNDARIA
La ley N° 23.548 establece los coeficientes de reparto de fondos entre las jurisdicciones. Las
transferencias son de modalidad automática en concordancia con lo establecido por la propia
norma y por el inc. 2 del art. 75 de la Constitución Nacional (*), en base a coeficientes fijos de
coparticipación secundaria entre las provincias:
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Novedades Noviembre de 2019
Se destacan dos aspectos salientes del mes de noviembre para las relaciones fiscales
federales:
Uno es el dato de la evolución de la recaudación durante el mes de noviembre.
El Segundo: sobre la compensación del gobierno nacional a las provincias y a la CABA
en concepto de la menor recaudación por IVA- Alimentos. En este sentido, se ha
establecido por decreto del PEN la ampliación del alcance de las compensaciones
establecidas por las medida cautelar de la Corte; extendiéndola también al resto de
las provincias que no habían presentado reclamos. Por otra parte, la Resolución
General nro. 4629 permitirá determinar con certeza el costo fiscal de las exenciones y
su impacto real en las finanzas públicas de los dos niveles del gobierno: el nacional y
el del conjunto de las provincias y la Ciudad de Buenos Aires.
1. La recaudación del Mes de Noviembre de 2019
La recaudación de tributos nacionales totalizó durante el mes de noviembre $474.870
millones, lo que significó un incremento del orden del 58,20% en relación a los $300.119
millones mismo mes del año anterior. Mientras que el acumulado para el periodo 2019 totaliza
$4.531 billones, ubicándose por arriba del 47,9% de lo acumulado durante el mismo periodo
del año anterior.
Si bien el guarismo se encuentra por arriba de la inflación acumulada para los últimos 12
meses; con un aumento en valores reales de la recaudación; no todos los tributos muestran
ConceptoNov. '19 Nov. '18
% Variación
Nov.19/Nov.18 Oct.'19
Dif. %
Nov.19/Oct.19 Ene-Nov '19 Ene-Nov '18
% Variacion
Acum.
Impuestos 298.783 201.794 48,1 293.168 1,9 2.982.699 2.062.121 44,6
Ganancias 88.621 65.415 35,5 79.941 10,9 994.063 668.219 48,8
IVA 142.642 96.792 47,4 146.251 (2,5) 1.398.175 1.005.370 39,1
Reintegros (-) (1.900) (3.350) (43,3) (600) 216,7 (24.070) (32.450) (25,8)
Internos Coparticipados 11.382 6.217 83,1 9.639 18,1 84.817 67.533 25,6
Otros coparticipados 1.891 1.048 80,5 1.138 66,1 12.120 10.764 12,6
Combustibles Total (2) 15.664 9.359 67,4 13.436 16,6 139.756 102.454 36,4
Bienes Personales 1.048 430 143,6 5.617 (81,3) 25.617 13.304 92,6
Créditos y Débitos en Cta. Cte. 35.769 23.562 51,8 33.978 5,3 313.671 210.905 48,7
Otros impuestos (3) 3.666 2.320 58,0 3.770 (2,7) 38.550 16.021 140,6
Seguridad Social 105.994 74.592 42,1 94.966 11,6 1.065.899 803.470 32,7
Comercio Exterior 70.093 23.734 195,3 58.037 195,3 482.601 197.132 144,8
Derechos de Exportación 53.764 14.715 265,4 38.791 38,6 335.212 98.366 240,8
Der .de Importación y T. Estadistica 16.330 9.020 81,0 19.246 (15,2) 147.389 98.766 49,2
Total de Recursos Tributarios (1) 474.870 300.119 58,2 446.172 6,43 4.531.200 3.062.723 47,9
Fuente: Dirección Nacional de Anális Fiscal - Ministerio de Hacienda de la Nación
(1) : No se contabilizan, por no ser recaudados por la AFIP, el Fondo Especial del Tabaco, los fondos de energía eléctrica,
el impuesto sobre Pasajes Aéreos y las cajas previsionales de las Fuerzas Armadas y de Seguridad.
(2) : Incluye Imp. sobre los Combustibles (Ley N° 23.966) y Recargo al Consumo de Gas (Ley N° 25.565).
(3) : Incluye Internos s/Seguros, Adicional s/Cigarril los, Radiodifusión, Entr. Cine, Monotributo Impositivo, Facilidades de Pago pendientes de distribución
Recaudación Tributaria
en millones de pesos
Noviembre de 2019
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igual comportamiento. Para ello se debe tomar en cuenta que la inflación para el mes de
noviembre fue de 4,3% ; significando una interanual del 52.1% y para el periodo Enero-
Noviembre totaliza un acumulado del 48.3%
Recaudación Tributaria Nacional - Evolución comparada mensual
Elaboración propia Fuente: Informe de Recaudación AFIP.
Entre los impuestos que han rendido por debajo del promedio de la recaudación total se
destacan el Impuesto a las Ganancias y el Impuesto al Valor Agregado.
Impuesto a las Ganancias: La recaudación del Impuesto a las Ganancias aumentó
interanualmente 35,5%. Su menor performance en valores reales; se explica en parte
por el costo fiscal de las medidas aplicadas: la reducción de la alícuota del impuesto del
35 al 30% para el caso de sociedades, y los beneficios para las personas humanas; por
la actualización de la deducción especial y reducción de la cuantía de los anticipos. En
el acumulado Enero-Noviembre en la comparación a valores reales con el año 2018; el
impacto negativo es por efecto de las devoluciones del impuesto ya ingresado, que
impactó en la recaudación de octubre, quedando pendiente la segunda devolución que
impactará en la recaudación del mes de diciembre. Según el parte de la AFIP, la
disminución de la alícuotas a sociedades, significaron $2.600 millones menos, y el
incremento del mínimo no imponible para los empleados en relación de dependencia
tendrá un impacto negativo de alrededor de $ 9.200 millones en la recaudación.
En el caso del Impuesto al Valor Agregado: el incremental con relación al mismo mes
del año anterior como el acumulado anual de los 2 periodos, muestran aumentos
menores que la tasa de inflación. Esto obedece en parte a las exenciones aplicadas en
determinados alimentos y a un menor nivel de consumo interno. El IVA Neto
representó un 47.4%, cuando se desglosa, se observa que el IVA Bruto tuvo un
comportamiento mejor y que lo que acentúa la disminución es el incremento de las
devoluciones que se detraen de la recaudación de este tributo.
Elaboración propia Fuente: Informe de Recaudación AFIP.
Nov. '19 Nov. '18 Dif. % Millones De $% Variacion
con 2018
IVA Bruto 148.742 99.292 49,8 1.436.675 39,99
Devoluciones (-) 6.100 2.500 144,0 38.500 84,21
Iva Neto 142.642 96.792 47,4 1.398.175 39,07
Ene-Nov '19
Mill. de $
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Evolución comparada de la recaudación: comparación interanual
Cuando se efectúa la comparación del comportamiento de la recaudación total y la
recaudación por tipo de tributo; es muy diferente los resultados según el tipo de tributo. Para
analizarla se toma la recaudación del mismo mes del año 2018 ajustada por el índice de
precios al consumidor y se contrasta con lo recaudado en mismo mes del 2019 a valores
corrientes.
Evolución comparada TOTAL DE RECURSOS TRIBUTARIOS
Valores expresado en Millones de Pesos
Elaboración propia. Fuentes: INDEC, AFIP
Evolución comparada Recaudación de IMPUESTOS
Valores expresado en Millones de Pesos
Elaboración propia. Fuentes: INDEC, AFIP
Evolución comparada recaudación del IVA
Valores expresado en Millones de Pesos
Elaboración propia. Fuentes: INDEC, AFIP
Elaboración propia. Fuentes: INDEC, AFIP
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Evolución comparada recaudación del Impuesto a las Ganancias
Valores expresado en Millones de Pesos
Elaboración propia. Fuentes: INDEC, AFIP, BCRA
Evolución de la recaudación de tributos sobre el comercio exterior
En cuanto a la recaudación de los recursos tributarios de origen aduaneros; son los que
mayores ingresos aportaron al tesoro nacional. En el comercio exterior, el que más
incremento mostró de todos los tributos son los Derechos de Exportación que alcanzaron
$53.763 millones con un aumento nominal del 265,4%. Ello se explican por diversos factores;
en la recaudación del mes de noviembre, se estiman que habrían una liquidación extra de
alrededor U$S 20.000 millones, que se liquidaron los exportadores de manera acelerada por
anuncios de eventuales aumentos en la imposición a la exportaciones (las llamadas
retenciones); asimismo ha impactado en el pico de alcanzado el aumento en la valorización
de la divisa. Por otro lado, en el comportamiento acumulado del periodo, también se observan
los aumentos originados en los ajustes y metodologías aplicadas en el cálculo de las
retenciones durante el periodo.
Comparación de la Evolución de los Recursos del Comercio Exterior
Elaboración propia. Fuentes: INDEC, AFIP, BCRA
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LA MASA DE RECURSOS COMPARTICIPABLES
Análisis de la conformación de la masa de acuerdo a los recursos
La masa de recursos coparticipables para el mes de noviembre totalizó $223.018 Millones.
Los principales aportantes son el IVA y el impuesto a las Ganancias; que explican el 94,7%
de la masa coparticipable por las Ley 23.548.
Cuando se compara el total a distribuir con el mismo mes de año anterior (cuando sumaron
$153.166 millones) significa un aumento del 45,60%.
Estos comportamientos se muestran siempre a valores corrientes. Cuando se compara la
misma, con valores distintos son los resultados.
Distribución Primaria
Los impactos que han tenido los últimos arreglos institucionales, muestran que la distribución
efectiva de los recursos que se comparten, muestran modificaciones si se consideran los
mismos, como la devolución del 15%, el financiamiento de la AFIP y el fin de las asignaciones
específicas del impuesto a las Ganancias. También ha tenido corregido los coeficiente de la
distribución primaria el Fallo reciente por el cual el gobierno nacional debe compensar a las
provincias por el impacto negativo en la recaudación en el IVA por los beneficios previsto
para alimentos de primera necesidad con las desgravaciones en el mismo.
Elaboración propia. Fuentes: Planilla R. O. N Dirección Nac. de Asuntos Provinciales – M. Hacienda
Masa CoparticipableMill. De $ %
Impuesto a las Ganancias 86.441 38,8
IVA 123.389 55,3
Impuestos Internos 11.187 5,0
Gan. Mín. Presunta 720 0,3
Otros Coparticipados 1.016 0,5
Total 223.018 100,0
Impuesto a las Ganancias
IVA
Impuestos Internos
Gan. Mín. Presunta
Otros Coparticipados
Compensación Compensación
RECURSOS Consenso Fiscal Medida Cautelar T O T A L
ORIGEN NACIONAL II. a y b; II. d y e
CSJN 01-10-
20197 Decreto
752-19
Provincas +CABA 56,3% 2,5% 0,9% 59,7%
GOBIERNO NACIONAL 43,7% -2,5% -0,9% 40,3%
TESORO NACIONAL 34,1% -2,5% -0,9% 30,7%
SEGURIDAD SOCIAL 8,7% 8,7%
FONDO A.T.N. 0,9% - - 0,9%
TOTAL 100,0% - - 100,0%
Distribución entre Niveles de
Gobiernos
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Las compensaciones establecidas en el CONSENSO FISCAL y las originadas en la Medida
Cautelar por el IVA, han significado un cambio en la distribución primaria de 3,4% a favor de
los gobiernos provinciales y en detrimento de las arcas del gobierno nacional.
Distribución Acumulada Enero-Noviembre del 2019
Cuando se analiza el comportamiento de la distribución efectiva, se observa un crecimiento
en valores nominales del orden del 42% en relación a los recursos distribuidos durante el
periodo 2018. Este nivel de incrementos no es uniforme para todos los fiscos; como puede
observarse, en el caso del conjunto de los gobiernos provinciales y la CABA, el incremento de
los recursos se superan el 49%. En el caso del gobierno nacional, el incremento es del
32.9%; y en que menor incremento muestra es los fondos que se destinan a la seguridad
social.
Elaboración propia. Fuentes: Planilla R. O. N Dirección Nac. de Asuntos Provinciales – M. Hacienda
También cuando se analiza el comportamiento del total de los fondos distribuidos a provincias
comparando con la evolución de los precios, vemos que los recursos coparticipados han
crecido acompañando a la inflación, pero si se toma en cuenta solo las transferencias
originadas en la Ley Nro. 23.548 se observa una disminución más pronunciada en términos
reales de unos 3.8%; que se atenúa al 2,3% en el caso de tomarse el total de los recursos
transferidos por todos los regímenes.
Mill. De $ % Mill, de $ % Mill, de $ %
Provincias + CABA 993.112 56,31 1.480.943 59,13 487.831 49,1
Gobierno Nacional 770.480 43,7 1.023.791 40,87 253.311 32,9
Tesoro Nacional 563.795 32,0 790.418 31,56 226.622 40,2
Seguridad Social 191.744 10,9 211.219 8,43 19.474 10,2
Fondo ATN 14.941 0,8 22.155 0,88 7.214 48,3
Total Recursos Distribuídos 1.763.592 100,0 2.504.734 100,00 741.142 42,0
2018 2019 Difencia 2019 vs 2018
Acumul. Enero Noviembre
Distribución Recursos de Origen Nacional
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Comparación Interanual Transferencias mensuales 2019 vs 2018 ajustada
Valores expresado en Millones de pesos
Elaboración propia. Fuentes: Planilla R. O. N Dirección Nac. de Asuntos Provinciales – M. Hacienda – IPC
Indec
Elaboración propia. Fuentes: Planilla R. O. N Dirección Nac. de Asuntos Provinciales – M. Hacienda – IPC
Indec
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Recursos de Origen Nacional
Noviembre de 2019
Millones de pesos
Fuentes: Planilla R. O. N Dirección Nac. de Asuntos Provinciales – M. Hacienda
C.F.I. FINANC. TRANSFER. IMPUESTO SOBRE LOS I.V.A. IMPUESTO A LOS COMBUSTIBLES LIQUIDOS FONDO REG.SIMPLIF. TOTAL Compensación Compensación
P R O V I N C I A S NETA DE EDUCATIVO SUB- DE SERVICIOS S U B - BIENES PERSONALES L. 23.966 LEY Nº 23.966 y Nº 24.699 LEY Nº 24.464 COMPENS. P/PEQ.CONTRIB. RECURSOS Consenso Fiscal
Medida
Cautelar T O T A L
LEY Nº 26.075 LEY Nº 26.075 TOTAL LEY T O T A L LEY L .Nº 23.966 Art. 5 OBRAS DE VIALIDAD FO.NA.VI. FDO. P/COMP. TRANSF. A EMP. DE LEY Nº 24.977 ORIGEN NACIONAL II. a y b; II. d y e
CSJN 01-10-
20197 Decreto
752-19 (1) + (2) + (3)
Nº 24.049 Nº 24.699 Art. 30 Punto 2 INFRAEST. PROVINCIAL TARIFA ELECT. ENERG. ELECT. DESEQUILIB. ART. 59 INC. A (1) (2) (3)
BUENOS AIRES 21.865 5.037 26.902 35 26.937 121 29 424 94 215 9 303 28 - 13 - 124 28.297 3.412 622 32.331
CATAMARCA 3.118 257 3.374 2 3.376 15 - - 12 16 14 44 25 - 19 2 16 3.539 37 31 3.607
CÓRDOBA 10.081 1.133 11.214 10 11.225 49 10 145 38 94 9 118 18 - 13 1 50 11.769 190 258 12.217
CORRIENTES 4.053 501 4.554 3 4.557 20 3 46 16 26 12 104 24 - 16 2 21 4.847 210 104 5.162
CHACO 5.535 577 6.111 3 6.114 27 2 36 21 31 13 96 25 - 17 1 28 6.412 258 139 6.809
CHUBUT 1.695 243 1.937 2 1.939 9 1 14 7 24 13 67 36 - 18 3 9 2.140 51 18 2.209
ENTRE RÍOS 5.479 502 5.981 6 5.987 27 4 63 21 38 11 82 25 - 15 2 28 6.301 128 57 6.485
FORMOSA 4.130 329 4.460 2 4.461 20 1 17 16 17 6 84 - - 10 2 21 4.655 131 42 4.828
JUJUY 3.160 320 3.480 3 3.483 16 - - 12 19 12 63 27 - 16 2 16 3.666 125 78 3.868
LA PAMPA 2.171 175 2.345 2 2.347 11 1 13 8 25 10 43 34 - 14 3 11 2.518 - 22 2.540
LA RIOJA 2.336 201 2.537 2 2.538 11 - - 9 18 14 42 - - 19 2 12 2.664 43 24 2.731
MENDOZA 4.402 707 5.108 5 5.114 23 - - 18 36 11 84 20 - 15 2 24 5.345 183 115 5.642
MISIONES 3.454 592 4.047 3 4.049 18 1 20 14 27 16 98 34 - 26 2 19 4.326 234 38 4.598
NEUQUÉN 1.873 254 2.126 1 2.128 10 1 9 7 25 12 90 26 - 17 3 10 2.336 68 48 2.451
RÍO NEGRO 2.808 283 3.091 1 3.092 14 - - 11 22 11 94 26 - 16 3 14 3.302 66 69 3.438
SALTA 4.113 583 4.695 3 4.699 21 - - 16 28 11 84 27 - 16 3 22 4.925 327 44 5.296
SAN JUAN 3.767 374 4.141 3 4.143 19 - - 14 25 11 76 20 - 15 2 19 4.345 84 38 4.467
SAN LUIS 2.657 226 2.883 2 2.884 13 - - 10 17 11 76 22 - 14 2 13 3.062 - 27 3.088
SANTA CRUZ 1.818 119 1.937 1 1.938 9 1 12 7 19 15 67 55 - 20 3 9 2.153 15 18 2.187
SANTA FE 10.489 1.019 11.508 11 11.519 50 11 159 39 77 8 120 16 - 13 1 52 12.065 213 110 12.387
SGO. DEL ESTERO 4.526 535 5.061 3 5.064 23 - - 18 29 13 90 20 - 17 2 23 5.299 209 47 5.555
TUCUMÁN 5.191 637 5.828 5 5.833 26 - - 20 28 10 88 16 - 13 2 27 6.063 254 54 6.370
TIERRA DEL FUEGO 1.456 56 1.511 1 1.512 7 0 1 5 14 11 55 16 - 15 3 7 1.647 9 14 1.670
P R O V I N C I A S 110.175 14.658 124.832 107 124.939 556 65 959 434 868 263 2.067 538 - 367 46 573 131.675 6.245 2.016 139.937
C.A.B.A 6.759 802 7.561 - 7.561 - - - - - - 27 - - - - - 7.588 - 170 7.758
FDO.COMPENSADOR 46 - 46 - 46 - - - - - - - - - - - - - - - -
TESORO NACIONAL (*) 82.392 - 82.392 - 82.392 403 - - - 1.577 - - - - - - - 84.372 6.245 - 2.186 - 75.940
SEGURIDAD SOCIAL 5.920 - 5.920 - 5.920 - - 14.294 - - - - - - - - 1.333 21.548 - - 21.548
FONDO A.T.N. 2.160 - 2.160 - 2.160 10 - - - - - - - - - - - 2.170 - - 2.170
TOTAL (**) 207.452 15.460 222.911 107 223.018 969 65 15.254 434 2.445 263 2.095 538 - 367 46 1.906 247.353 - - 247.353
REGIMEN DE LA ENERGIA ELECTRICA
L E Y Nº 2 4 . 0 6 5
F.E.D.E.I. F.E.D.E.I.
19
Recursos de Origen Nacional
ACUMULADO Enero - Noviembre de 2019
Millones de pesos
Fuentes: Planilla R. O. N Dirección Nac. de Asuntos Provinciales – M. Hacienda
C.F.I. FINANC. TRANSFER. IMPUESTO SOBRE LOS IMPUESTO S/ I.V.A. IMPUESTO A LOS COMBUSTIBLES LIQUIDOS FONDO REG.SIMPLIF. TOTAL
P R O V I N C I A S NETA DE EDUCATIVO SUB- DE SERVICIOS S U B - BIENES PERSONALES LOS ACTIVOS LEY Nº 23.966 LEY Nº 23.966 y Nº 24.699 LEY Nº 24.464 COMPENS. P/PEQ.CONTRIB. RECURSOS
LEY Nº 26.075 LEY Nº 26.075 TOTAL LEY T O T A L LEY LEY Nº 23.966 FDO. EDUC. Art. 5 OBRAS DE VIALIDAD FO.NA.VI. FDO. P/COMP. TRANSF. A EMP. DE LEY Nº 24.977 ORIGEN NACIONAL
Nº 24.049 Nº 24.699 Art. 30 LEY Nº 23.906 Punto 2 INFRAEST. PROVINCIAL TARIFA ELECT. ENERG. ELECT. DESEQUILIB. ART. 59 INC. A (1)
BUENOS AIRES 213.560 59.382 272.942 385 273.327 2.933 698 0 4.106 837 1.985 59 2.795 147 - 59 - 1.191 288.137
CATAMARCA 31.208 3.026 34.234 20 34.253 368 - 0 - 109 150 88 405 117 - 88 24 149 35.753
CÓRDOBA 100.419 13.360 113.779 115 113.894 1.186 238 0 1.402 351 862 59 1.089 83 - 59 6 481 119.710
CORRIENTES 40.298 5.905 46.204 35 46.239 496 76 0 448 147 241 74 954 116 - 74 17 202 49.085
CHACO 55.205 6.798 62.004 31 62.035 666 60 0 352 197 284 79 887 122 - 79 6 271 65.037
CHUBUT 16.795 2.862 19.656 22 19.679 211 23 0 138 62 219 83 617 154 - 82 33 86 21.388
ENTRE RÍOS 54.763 5.924 60.687 62 60.749 652 103 0 608 193 347 68 752 117 - 68 20 265 63.941
FORMOSA 41.425 3.882 45.307 19 45.326 486 28 0 164 144 156 83 771 99 - 81 24 197 47.561
JUJUY 31.538 3.773 35.311 31 35.342 379 - 0 - 112 174 66 578 125 - 73 24 154 37.028
LA PAMPA (**) 21.738 2.060 23.798 18 23.816 256 21 0 121 76 227 65 393 161 - 65 28 104 25.331
LA RIOJA 23.366 2.369 25.735 19 25.754 277 - 0 - 82 162 86 386 20 - 86 24 112 26.989
MENDOZA 43.500 8.329 51.829 57 51.886 557 - 0 - 165 334 67 771 93 - 67 24 226 54.189
MISIONES 34.076 6.981 41.057 31 41.088 441 33 0 192 130 248 114 906 165 - 122 24 179 43.644
NEUQUÉN 18.583 2.989 21.572 16 21.588 232 15 0 87 69 227 77 829 131 - 77 28 94 23.451
RÍO NEGRO 28.026 3.335 31.361 13 31.374 337 - 0 - 100 199 71 867 97 - 71 28 137 33.282
SALTA 40.769 6.871 47.640 36 47.676 512 - 0 - 151 255 73 771 118 - 73 28 208 49.865
SAN JUAN 37.603 4.411 42.014 28 42.042 451 - 0 - 133 234 68 704 93 - 67 24 183 43.999
SAN LUIS 26.586 2.661 29.247 17 29.264 305 - 0 - 90 152 66 704 104 - 66 24 124 30.899
SANTA CRUZ 18.253 1.403 19.656 8 19.664 211 19 0 112 62 172 93 617 257 - 93 33 86 21.420
SANTA FE (**) 104.749 12.011 116.760 124 116.885 1.217 262 0 1.544 390 713 59 1.110 76 - 59 6 494 122.812
SGO. DEL ESTERO 45.044 6.306 51.351 29 51.380 552 - 0 - 163 271 78 829 98 - 78 24 224 53.697
TUCUMÁN 51.622 7.509 59.131 51 59.182 635 - 0 - 188 256 60 810 77 - 60 24 258 61.550
TIERRA DEL FUEGO 14.676 656 15.333 11 15.344 165 2 0 10 49 130 68 511 75 - 68 33 67 16.521
P R O V I N C I A S 1.093.803 172.804 1.266.607 1.177 1.267.784 13.525 1.579 0 9.285 3.999 8.000 1.705 19.056 2.646 0 1.714 504 5.492 1.335.289
C.A.B.A 67.258 9.459 76.718 0 76.718 0 0 0 0 0 0 0 251 0 0 0 0 0 76.968
FDO.COMPENSADOR 504 0 504 0 504 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
TESORO NACIONAL (*) 836.002 0 836.002 0 836.002 9.798 0 0 0 0 13.304 0 0 0 0 0 0 0 859.104
SEGURIDAD SOCIAL 60.072 0 60.072 0 60.072 0 0 0 138.360 0 0 0 0 0 0 0 0 12.787 211.219
FONDO A.T.N. 21.919 0 21.919 0 21.919 235 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 22.155
TOTAL 2.079.558 182.264 2.261.822 1.177 2.262.999 23.558 1.579 0 147.644 3.999 21.304 1.705 19.306 2.646 0 1.714 504 18.278 2.504.734
REGIMEN DE LA ENERGIA ELECTRICA
L E Y Nº 2 4 . 0 6 5
F.E.D.E.I. F.E.D.E.I.
20
Recursos de Origen Nacional
Compensaciones Consenso Fiscal y Medida Cautelar por IVA Alimentos ACUMULADO Enero - Noviembre de 2019
Millones de pesos
Fuentes: Planilla R. O. N Dirección Nac. de Asuntos Provinciales – M. Hacienda
TOTAL Compensación Compensación
P R O V I N C I A S RECURSOS Consenso Fiscal Medida Cautelar T O T A L
ORIGEN NACIONAL II.a y b;II.d y e
CSJN 01-10-2019/ Decreto
752-19 (1) + (2) + (3)
(1) (2) (3)
BUENOS AIRES 288.137 40.229 622 328.987
CATAMARCA 35.753 260 76 36.089
CÓRDOBA 119.710 1.543 258 121.511
CORRIENTES 49.085 1.964 104 51.153
CHACO 65.037 2.393 139 67.568
CHUBUT 21.388 451 44 21.883
ENTRE RÍOS 63.941 1.088 137 65.166
FORMOSA 47.561 1.172 101 48.833
JUJUY 37.028 1.138 78 38.245
LA PAMPA 25.331 - 53 25.385
LA RIOJA 26.989 348 57 27.394
MENDOZA 54.189 1.668 115 55.971
MISIONES 43.644 2.218 92 45.954
NEUQUÉN 23.451 610 48 24.109
RÍO NEGRO 33.282 564 69 33.916
SALTA 49.865 3.130 105 53.101
SAN JUAN 43.999 709 93 44.800
SAN LUIS 30.899 - 65 30.964
SANTA CRUZ 21.420 90 44 21.554
SANTA FE 122.812 1.762 265 124.839
SGO. DEL ESTERO 53.697 1.935 114 55.746
TUCUMÁN 61.550 2.358 131 64.039
TIERRA DEL FUEGO 16.521 43 34 16.598
P R O V I N C I A S 1.335.289 65.673 2.843 1.403.805
C.A.B.A 76.968 0 170 77.138
TESORO NACIONAL 859.104 -65.673 -3.013 790.418
SEGURIDAD SOCIAL 211.219 0 0 211.219
FONDO A.T.N. 22.155 0 0 22.155
TOTAL 2.504.734 0 2.504.734
21
2. La generalización de la compensación del “IVA alimentos”
a. El Decreto 752/2019
El hecho que de que no todas las provincias habían presentados recursos en la Corte
Suprema de Justicia; que con su fallo “Entre Ríos, Provincia de c/ Estado Nacional s/ acción
declarativa de inconstitucionalidad – incidente de medida cautelar” (CSJ 1829/2019/1
originario); dispuso una medida cautelar a esta provincia y todas las que también se
presentaron1 para que los efectos fiscales de la aplicación del Decreto N° 567/19, sean
asumidos con recursos propios del estado nacional.
El gobierno nacional, por Decreto Nº 740/19 dispuso que se dé cumplimiento a las mismas,
“se harán con recursos propios con cargo a Rentas Generales, no formarán parte del
Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Administración Nacional para los años 2019 y 2020 y
se efectuarán en forma diaria y automática por instrucción del Ministerio de Hacienda, a
través de la Secretaría de Hacienda al Banco De la Nación Argentina”
Esto se tradujo que se generara un trato desigual con aquellas provincias que no habían
recurrido a la Corte. A tales fines, y con fecha 31 de octubre, y publicado el 1° de noviembre,
el Decreto 752, establece que dicha compensación será para todas las provincias y la CABA.
ARTÍCULO 1°.- Incorpóranse como tercer y cuarto párrafos del artículo 1° del Decreto N° 567 del 15 de agosto de 2019 y su modificatorio, los siguientes: “El ESTADO NACIONAL financiará con recursos propios y cargo a Rentas Generales, respecto de todas las provincias y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, los efectos fiscales de lo dispuesto en el presente decreto mediante la transferencia de montos estimados con base en proyecciones de consumo.
Con el decreto 740, se transfirieron los montos estimados de mermas en la recaudación para
el mes de octubre, por un total de $826,9 millones; en tanto que por aplicación del decreto
752, fue operativo para las transferencias realizadas por este concepto durante el mes de
noviembre sumaron $ 2.186,1; lo que hace un acumulado de $3.013 millones que fueron
financiados con las arcas del tesoro nacional.
1 “Entre Ríos, Provincia de c/ Estado Nacional s/ acción declarativa de inconstitucionalidad – incidente de medida cautelar” (CSJ 1829/2019/1 originario) y en las demás sentencias que remiten a ese pronunciamiento
22
Transferencias en Compensación Medida Cautelar CSJN 01-10-2019/ Decretos 740 y 752 del 2019
Valores expresado en millones de pesos
Fuente: Planilla R. O. N Dirección Nac. de Asuntos Provinciales – M. Hacienda
b. La Resolución General AFIP – Cálculo del Costo Fiscal
Con fecha del 13 de noviembre, se publicó la Resolución General N° 4629 que modifica los
aplicativos para la liquidación del IVA de modo tal que ahora será posible cuantificar con
exactitud el costo fiscal de la reducción a “cero por ciento” (0%) de la alícuota aplicable sobre
la venta de algunos productos de la canasta alimentaria que rige desde el 16 de agosto
(fecha de publicación del decreto) hasta el 31 de diciembre de 2019.
Así, la RG en su artículo 2°: establece
“Aquellos sujetos que hayan presentado las declaraciones juradas determinativas del impuesto al valor agregado correspondientes a los períodos fiscales agosto, septiembre y/o octubre de 2019, y que realicen operaciones de venta de los productos de la canasta alimentaria alcanzadas por una alícuota transitoria equivalente al 0% deberán formalizar hasta el día 15 de diciembre de 2019 una nueva presentación de los formularios de declaración jurada determinativa por los períodos mencionados, utilizando el release 1 del programa aplicativo denominado “I.V.A. - Versión 5.4” o el formulario actualizado “F2002 IVA por Actividad”, según corresponda.”
Octubre Noviembre
Buenos Aires - 621,6
C.A.B.A - 169,7
Catamarca 44,4 31,4
Córdoba - 257,8
Corrientes - 104,2
Chaco - 138,8
Chubut 25,9 18,2
Entre Ríos 80,3 56,6
Formosa 59,1 41,7
Jujuy - 78,2
La Pampa 31,2 22,0
La Rioja 33,4 23,6
Mendoza - 114,8
Misiones 53,8 37,9
Neuquén - 48,1
Río Negro - 69,4
Salta 61,8 43,6
San Juan 54,5 38,5
San Luis 38,0 26,8
Santa Cruz 25,8 18,2
Santa Fe 155,3 109,6
Sgo. Del Estero 66,7 47,0
Tucumán 76,8 54,2
Tierra Del Fuego 19,9 14,1
Total 826,9 2.186,1
23
Este cálculo deberá luego constatarse con el que el gobierno nacional ha tomado como base
para dar cumplimiento a la medida cautelar impuesta por la Corte Suprema de la Nación, en
base a una estimación del Ministerio de Hacienda de alrededor de $10.000 millones de
pesos.
Se recuerda, que en función del fallo a favor de las provincias reclamantes; el gobierno
nacional está compensando en forma mensual a las provincias, por la menor recaudación del
IVA; traduciéndose en una menor cuantía de la masa de recursos a distribuir prevista por la
Ley 23.548.
A modo de recordatorio, se menciona que el decreto 567/2019 estableció la tasa “0” de forma transitoria de los siguientes alimentos:
a. Aceite de girasol, maíz y mezcla. b. Arroz. c. Azúcar. d. Conservas de frutas, hortalizas y legumbres. e. Harina de maíz. f. Harinas de trigo. g. Huevos. h. Leche fluida entera o descremada con aditivos. i. Pan. j. Pan rallado y/o rebozador. k. Pastas secas. l. Yerba mate, mate cocido y té. m. Yogur entero y/o descremado.
24
3. Normativa vigente
Constitución Nacional art. 75 inc. 2. Ley N° 20.628. Impuestos a las Ganancias Ley N° 20.630: Impuestos a los Premios de Juego de Sorteo. Gravamen de emergencia a los premios ganados
en juegos de sorteo. Ley N° 23.427: Capital Cooperativas. Fondo para educación y Promoción Cooperativa. Ley N° 23.548: Coparticipación Federal de Recursos Fiscales. Régimen Transitorio de distribución entre la
Nación y las Provincias, a partir del 1° de enero 1988. Ley N° 23.658: Saneamiento Financiero Provincial. Bono para el saneamiento financiero Provincial. Ley N° 23.905: Impuestos a la Transferencia de Inmuebles de Personas Físicas y Sucesiones indivisas,
beneficios tributarios para donaciones provenientes de Tratados de Cooperación Internacional. Ley N° 23.906: Afectación especifica de recursos para la finalidad Cultura, Educación, Ciencia y Técnica. Ley N° 23.966: Impuesto a los Combustibles Líquidos, Impuesto a los Combustibles Gaseosos, Impuestos sobre
los Bienes Personales y financiamiento del Régimen Nacional de Previsión Social. Ley N° 24.049: Educación. Facultase al P.E.N. a transferir a las provincias a la Municipalidad de la Ciudad de
Buenos Aires, los servicios educativos administrados en forma directa por el Ministerio de Cultura y Educación y por el Consejo Nacional de Educación Técnica y las facultades y funciones sobre los establecimientos privados reconocidos. Excepciones.
Ley N° 24.065: Régimen de la Energía Eléctrica. Ley N° 24.073: Impuesto a las Ganancias NBI. Ley N° 24.130: Acuerdo entre el Gobierno Nacional y los Gobiernos Provinciales. Ley N° 24.443: Ley de Emergencia Social – Ciudades de Rosario y Santa Fe. Ley N° 24.464: FONAVI. Objetivos. Fondo Nacional de la vivienda. Destino de los fondos. Control del destino
de los fondos. Consejo Nacional de la Vivienda. Entes jurisdiccionales. Sistema de créditos. Regularización dominial. Otras disposiciones. Carteras hipotecarias.
Ley N° 24.621: Impuesto a las Ganancias. Ley N° 24.674: Impuestos Internos. Modificase la Ley de Impuestos Internos, texto ordenado en 1979 y sus
modificaciones. Disposiciones Generales. Tabaco. Bebidas alcohólicas. Cervezas. Bebidas alcohólicas, jarabes, extractos y concentrados.
Ley N° 24.699: Pacto Federal para el Empleo, la Producción y el Crecimiento. Ley N° 24.977: Régimen Simplificado para pequeños Contribuyentes. Ley N° 25.063: Impuestos. Reforma Tributaria Ley N° 25.067: Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes. Ley N° 25.082: Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta. Ley N° 25.239: Reforma Tributaria. Impuestos varios. Ley N° 25.413: Impuesto a los Débitos y Créditos Bancarios. Ley N° 25.570: Coparticipación Federal de Impuestos – Bases. Ley N° 26.075: Educación. Incremento de la inversión en educación, ciencia y tecnología por parte del
Gobierno nacional, los Gobiernos provinciales y el de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en forma progresiva, hasta alcanzar en el año 2010 una participación del seis por ciento en el Producto Bruto Interno.
Ley N° 26.317: Impuesto sobre los Bienes Personales. Modificación de la Ley N° 23.966, Titulo VI, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones.
Ley N° 27.260 art. 24: Ratificación del Acuerdo Nación – Provincias. Ley N° 27.429: Consenso Fiscal. Ley N° 27.430: Impuestos. Modificaciones. Ley N° 27.432 art. 1°: Impuesto a los Débitos y Créditos Bancarios. Ley N° 27.467: Presupuesto Nacional Año 2019. Decreto N° 1.807/93: Pacto Federal para el Empleo, la Producción y el Crecimiento. Decreto N° 280/97: Impuesto al Valor Agregado. Decreto N° 649/97: Impuesto a las Ganancias. Decreto N° 518/98: Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y el Gas Natural. Texto Ordenado Título III Ley
N° 23.966. Decreto N° 702/99. Fijación de coeficiente para la distribución impositiva para la provincia de Tierra del Fuego. Decreto N° 705/03: Índice de participación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Decreto N° 194/16: Índice de participación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Decreto N° 257/18. Fijación de coeficiente para la distribución impositiva para la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires.
25
Pactos / Compromisos Nación – Provincias
Ley N° 24.130: Acuerdo entre el Gobierno Nacional y los Gobiernos Provinciales Ley N° 25.235: Compromiso Federal. Ley N° 25.400: Compromiso Federal para el Crecimiento y la Disciplina Fiscal. Ley N° 25.570: Acuerdo Nación-Provincias sobre Relación Financiera y Bases de un Régimen de
Coparticipación Federal de Impuestos. Ley N° 27.429: Consenso Fiscal Ley N° 27.469: Consenso Fiscal 2018. Decreto N° 1807/93: Pacto Federal para el Empleo, la Producción y el Crecimiento. Decreto N° 1584/01: Segunda adenda al Compromiso Federal por el Crecimiento y la Disciplina Fiscal.
Antecedentes Legales del Régimen de Coparticipación
Ley N° 20.221: Sistema de coparticipación de Imp. entre la Nación y las Pcias. Convenio Financiero Transitorio de Distribución de Recursos Federales a las Provincias - año 1973.
Relación Fiscal Nación – Provincias
Ley N° 24.133: Senamiento Financiero entre la Nación y las Provincias. Ley N° 24.145: Federalización de Hidrocarburos. Ley N° 24.154: Modificación de los artículos 2° y 5° de la Ley N° 24.133. Ley N° 25.917: Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal. Ley N° 27.428: Modifica Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal. Decreto N° 1731/04: Reglamentación del Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal. Decreto N° 206/09 y modificatorias: Fondo Federal Solidario.
Referencias Constitucionales para la nueva Ley de Coparticipación
Ley N° 24.133: Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones.
Transferencia del Sistema de Previsión Social
Decreto N° 327/95: Santiago del Estero. Decreto N° 328/95: Catamarca. Decreto N° 71/96: Salta. Decreto N° 362/96: Mendoza. Decreto N° 363/96: San Juan. Decreto N° 503/96: La Rioja. Decreto N° 721/96: Río Negro. Decreto N° 868/96: Ciudad de Buenos Aires y Jujuy. Decreto N° 63/97: San Luis. Decreto N° 1.572/98: Tucumán.
Endeudamiento provincial
Ley N° 26.728, art. 61: Prórroga para el ejercicio 2012 de las disposiciones contenidas en los artículos 1° y 2° de la Ley N° 26.530.
Ley N° 26.784, art. 49: Prórroga para el ejercicio 2013 de las disposiciones contenidas en los artículos 1° y 2° de la Ley N° 26.530.
Ley N° 26.895, art. 66: Prórroga para el ejercicio 2014 de las disposiciones contenidas en los artículos 1° y 2° de la Ley N° 26.530.
Ley N° 25.736: Establece las condiciones de los BODEN 2011 y 2013, emitidos en el marco del Programa de Unificación Monetaria.
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Ley N° 25.917: Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal. Ley N° 26.530: Excepciones a la Ley Nº 25.917 para los ejercicios 2009 y 2010. Ley N° 27.008, art. 52: Prórroga para el ejercicio 2015 de las disposiciones contenidas en los artículos 1° y 2°
de la Ley N° 26.530. Ley N° 27.198, art. 54: Prórroga para el ejercicio 2016 de las disposiciones contenidas en los artículos 1° y 2°
de la Ley N° 26.530. art. 55: Modifica para el ejercicio 2016 las disposiciones contenidas en el artículo 3° de la Ley N° 25.917.
Ley N° 27.341, Cap. IX: Modifica Régimen de Responsabilidad Fiscal para el Ejercicio 2017. Ley N° 27.467, Cap. X. art. 67 al 70: Modifica Régimen de Responsabilidad Fiscal para el Ejercicio 2019. Decreto N° 684/95: Sector Público no Financiero-Endeudamiento. Decreto N° 1579/02: Régimen de Conversión de la Deuda Pública Provincial. Decreto N° 743/03: Creación del Programa de Unificación Monetaria. Decreto N° 1079/04: Promulgación Ley Responsabilidad Fiscal. Decreto N° 1731/04: Reglamentación Ley N° 25.917. Decreto N° 1382/05: Saneamiento definitivo de la situación financiera entre el Estado Nacional, las Provincias
y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Decreto N° 977/05: Reestructuración de Deuda no ingresada al Canje Nacional. Decreto N° 660/10: Programa Federal de Desendeudamiento de las Provincias Argentinas. Decreto N° 2054/10, Art. 24: Prórroga de disposiciones contenidas en la Ley N° 26.530. Resolución N° 1075/1993: Mecanismo al que deberán ajustar todo acto, contrato, gestión o negociación de
créditos que originen determinadas obligaciones de Pago. Alcances. Resolución N° 277/95: Obligaciones en Moneda Extranjera. Ofertas de Financiamiento Internacional. Resolución N° 731/95: Ofertas de Financiamiento Internacional. Comunicación BCRA "A" 282: Circular Regulaciones Monetarias. REMON -1- 86. Entes públicos no Financieros.
Régimen crediticio. Comunicación BCRA "A" 3054: Financiamiento al Sector Público No Financiero. Resolución N° 539/02: Procedimiento para la Conversión de la Deuda Pública Provincial en función de lo
establecido en el Decreto N°1579/2002. Resolución N° 346/10: Modelo de Convenio Bilateral del Programa Federal de Desendeudamiento de las
Provincias Argentinas. Resolución N° 546/10: Ampliación del Plazo establecido por la Resolución 346/2010 para la firma de
Convenios Bilaterales. Resolución N° 566/10: Prórroga del Plazo establecido por la Resolución 346/2010 para la firma de Convenios
Bilaterales. Resolución N° 33/11: Modificación de condiciones financieras del Programa suscripto por el Decreto 660/10
así como también de los Programas de Asistencia Financiera 2010. Resolución N° 36/13: Modificación de condiciones financieras del Programa suscripto por el Decreto 660/10
así como también de los Programas de Asistencia Financiera de los años 2010-2013. Resolución N° 108/14: Modificación de condiciones financieras del Programa suscripto por Resolución N°
36/13. Resolución N° 445/14: Modificación de condiciones financieras del Programa suscripto por Resolución N°
108/14. Resolución N° 705/14: Modificación de condiciones financieras del Programa suscripto por Resolución N°
445/14. Resolución N° 22/15: Modificación de condiciones financieras del Programa suscripto por Resolución N°
705/14.
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4. Fuentes de consulta:
Esquema de distribución de Financiamiento y Distribución de Recursos de Origen Nacional (2019), elaborado por el
Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas.
(https://www.minhacienda.gob.ar/dnap/recursos/ron/consolidada/2019.xls)
Informe Comparativo Mensual y Acumulado noviembre 2019, elaborado por la Administración Federal de Ingresos
Públicos.
(https://www.afip.gob.ar/institucional/estudios/archivos/comparativo.agosto19.xls)
Informe de recaudación del mes y tasas de variación de noviembre 2019, elaborado por la Dirección Nacional de
Investigaciones y Análisis Fiscal dependiente de la Secretaría de Ingresos Públicos.
(https://www.argentina.gob.ar/hacienda/ingresospublicos/pormesytasa)
Laberinto de la Coparticipación Federal de Impuestos (versión 2018), elaborado por la Comisión Federal de
Impuestos.
(http://www.cfi.gov.ar/docs/LaberintoCoparticipacion_version2018.pdf)
Recursos Tributarios y Fondo Federal Solidario, publicado por el Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas.
(http://www2.mecon.gov.ar/hacienda/dncfp/provincial/recursos/info_consolidada.php)
TERESA ITURRE
ASESORA TECNICA
CONTACTO:
(011) 2822-3000 int. 3687 / 3689
CLAUDIA CHEMEN
JEFA DEPTO. ADMINISTRATIVO