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INFORME SOBRE
TEMPORALIDAD DE LAS
EMPLEADAS Y EMPLEADOS
PÚBLICOS QUE PRESTAN
SERVICIOS EN DIFERENTES
SECTORES PÚBLICOS DE LES
ILLES BALEARS
Enero de 2017
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La Federación de Empleadas y Empleados de los Servicios Públicos de UGT
de les Illes Balears (FeSP-UGT), quiere impulsar entre los grupos
parlamentarios con representación en el Parlament de les Illes Balears, que
se tramite una Proposición NO de Ley que inste al Gobierno Estatal, para
que modifique la política de restricción al empleo público estable y de
calidad y que elimine la tasa de reposición de efectivos que viene lastrando
y precarizando el empleo público desde el año 2011 hasta la actualidad.
Durante estos últimos años el Gobierno de la nación, ha modelado las
condiciones de trabajo de los empleados públicos mediante decisiones
unilaterales y según criterios no consensuados afectando específicamente a
tres cuestiones esenciales para el normal funcionamiento, el crecimiento
económico, la mejora de la calidad y la cobertura de los Servicios Públicos.
En la anterior legislatura, el Govern de les Illes Balears amplió esa política e
impuso una serie de recortes adicionales.
Estas cuestiones han propiciado una continua pérdida de derechos y de
poder adquisitivo de las empleadas y empleados públicos. Además, en
aplicación de una altísima tasa de reposición de efectivos se ha impedido
dotar a las Administraciones de una forma ordenada de proveerse de
personal. La suma de estas circunstancias ha tenido como consecuencia la
precarización del empleo en nuestras administraciones.
UGT ha propuesto al gobierno estatal que elabore un Plan de Empleo y
Ordenación de Recursos Humanos y medidas que favorezcan la
estabilidad en las Administraciones Públicas.
Actualmente existe en éstas un porcentaje de precariedad laboral con
altísimas tasas de temporalidad, alcanzando, en algunas Administraciones,
medias de más el 40% de su personal, incluso, en casos puntuales, se
eleva hasta el 60% de la plantilla.
Los gobiernos han generado este problema haciendo trampas en sus
contrataciones, por un lado recortaban la oferta de empleo público y
establecían límites en las tasas de reposición de efectivos y, por otro,
empleaban personal temporal para atender a las necesidades inaplazables
de la ciudadanía.
Esta situación de precariedad en el empleo público, ha sido puesta de
manifiesto en distintas Sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión
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Europea que requieren de la activación de medidas legislativas para su
corrección.
En estas sentencias han aflorado dos fenómenos que han venido a
caracterizar el empleo público en los últimos años: el abuso de la
contratación temporal, con concatenación de contratos y nombramientos en
fraude de ley, así como la situación de discriminación que sufre el personal
sujeto a contratación temporal respecto del fijo en materia indemnizatoria.
Ambas circunstancias, que ahondan en lo expuesto con anterioridad, hacen
urgente la adaptación de nuestra normativa a las Directivas europeas y la
jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea para
acomodarnos al concierto europeo e internacional y asegurar la correcta
prestación de Servicios Públicos a la ciudadanía.
Por tanto, es el momento de solventar la situación, adaptando la legislación
española a la normativa europea y regulando una Oferta Pública de Empleo
extraordinaria que corrija la actual situación de precariedad y ponga freno
al envejecimiento de las plantillas. Como ejemplo de este envejecimiento
citaremos los datos de la Administración General del Estado, en la que el
61% de su personal tiene más de 50 años.
Para reconducir esta problemática, se hace necesario e imprescindible el
reconocimiento por parte del Parlament de les Illes Balears y del resto de
instituciones, el esfuerzo que durante estos años han realizado los
empleados públicos, que han sufrido severas restricciones en sus
condiciones laborales y retributivas y han contribuido de forma singular al
ahorro presupuestario.
Por ello, teniendo en cuenta las previsiones de crecimiento económico de
nuestro país, que también avalan las instancias internacionales, es posible
y necesario revertir aquellas medidas que se aplicaron en los peores
momentos de nuestra economía.
Insistimos, una de las prioridades para revertir estas políticas es eliminar
los límites en la tasa de reposición de efectivos, a la vez que se promueve
un proceso de consolidación de empleo que mediante convocatorias agiles
acaben con el empleo precario que se ha creado en estos años de crisis en
el ámbito de los Servicios Públicos.
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La estabilidad de los Servicios Públicos de los que son acreedores
los ciudadanos y ciudadanas depende, en gran medida, de la
estabilidad del personal que presta servicios en ellos.
La iniciativa de este informe, es resaltar que los puestos ofrecidos por las
Administraciones Locales y Autonómica de la Comunidad de Illes Balears
(CAIB), como consecuencia de las limitaciones al empleo público impuestas
por diferentes normas de ámbito autonómico (sobre todo desde los
Presupuestos CAIB de 2012 y el Decreto 5/2012 en adelante) y sucesivas
leyes de Presupuestos Generales del Estado, en la actualidad, han
generado una tasa de temporalidad del Sector Educativo, Sanitario,
Servicios Generales y el Sector Público Instrumental, de un 38 %.
Además, haremos una reseña al personal que presta servicios en Illes
Balears dependiendo de la Administración Central.
Lo primero son exponer en qué situación se encuentra la Comunidad
Autónoma de Illes Balears respecto al resto de Comunidades Autónomas,
en dos parámetros; número de empleadas y empleados Públicos por cada
1.000 habitantes y sobre el total de puestos de trabajo en el conjunto de
sectores productivos.
Empleadas/os Públicos sobre el total de empleos por CC.AA.:
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Empleadas/os Públicos por cada 1.000 habitantes por CC.AA.:
De esos datos podemos concluir que Illes Balears es la segunda comunidad
autónoma de todo el Estado con menor número de empleadas y empleados
públicos con respecto a la totalidad de puestos de trabajo y la tercera con
un menor número por cada 1.000 habitantes.
Como comparación añadiremos que Extremadura y Asturias, que tienen
una población cercana a la de Illes Balears, el número de personas que
trabajan en los Servicios Públicos es mucho más elevada sin tener picos de
población flotante como los que soporta nuestro territorio.
Es importante añadir también que España tiene un trabajador público por
cada dieciséis ciudadanos, resultado que coloca al país como el cuarto de la
Unión Europea (UE) con menos empleadas y empleados públicos, por
detrás de Austria, Portugal e Italia.
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Pues bien, a esa precaria situación en cuanto al número de efectivos
respecto de otras Comunidades Autónomas, sumado a que España ya es un
país con un bajo número de empleados públicos respecto a países de su
entorno y nivel de desarrollo, hay que sumar la inestabilidad de las
plantillas que conforman los Servicios Públicos.
Para conocer el alcance de esta situación, la FeSP-UGT ha elaborado el
siguiente trabajo:
TEMPORALIDAD SECTOR PÚBLICO DE ILLES BALEARS
De los datos extraídos de documentos empleados por la FeSP-UGT para
diferentes trabajos en materia de empleo público, podemos afirmar que la
Comunidad Autónoma de les Illes Balears, tiene 31230 empleados públicos
de los cuales 11798 son interinos o eventuales.
El desglose por sectores y ámbitos es el siguiente:
Sector Educativo:
La interinidad del personal funcionario correspondiente a los cuerpos
docentes no universitarios de la CAIB, se encuentra entre los más altos del
Estado. En concreto, en el cuerpo de maestros de un total de 5641
funcionarios, 1054 son interinos, lo que representa el 18,7 % de la
plantilla. Del resto de cuerpos docentes (FP, secundaria y régimen especial)
de un total de 5795 funcionarios, 2309 son interinos, alcanzando el 39,8 %
de la plantilla de estos cuerpos.
Estos datos de la plantilla total de 11.436 funcionarios y funcionarias
referidos a 2016, arrojan que un total de 8073 son de carrera y 3363 son
funcionarios interinos, lo que representa el 29,40 % del total de plazas
del profesorado
CUERPO Núm.
Funcionarios
de Carrera
Núm. Funcionarios
Interinos
Total
Plazas
% Funcionarios
Interinos
Maestros 4587 1054 5641 18,7
Resto de
Cuerpos 3486 2309 5795 39,8
TOTAL 8073 3363 11436 29,4
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Es alarmante y especialmente notorio que la interinidad se acentúa en las
islas menores, un 58,40 % en Formentera, un 40,80 en Ibiza y un 36,40 %
en Menorca de funcionarios interinos en plazas vacantes.
Hay que resaltar que en los años 2011, 2012 y 2013, no hubo ninguna
oferta pública, que en el 2014 con un porcentaje autorizado del 50% de la
tasa de reposición se convocaron 83 plazas de las 166 vacantes, y que para
los años 2015 y 2016 ya están aprobadas la ofertas públicas con el 100%
de la tasa de reposición.
Año Tasa de
reposición
Porcentaje
máximo permitido
Oferta pública de empleo
2011 231 30% --
2012 210 10% --
2013 157 10% --
2014 166 50% 83
2015 187 100% 187
2016 128 100% 128
TOTAL 1079 398
TOTAL VACANTES 681
Actualmente se están soportando un total de 681 plazas perdidas
en la tasa de reposición de efectivos.
El aumento de alumnos durante el periodo del 2011 al 2016, se han
cubierto con funcionarios y funcionarias interinos, y su alto número, no
permiten la estabilidad de las plantillas, merma la calidad del sistema
educativo, e impiden la consolidación del claustro de profesores.
Servicios Generales:
La última oferta de Empleo público, aprobada se remonta al plan de
estabilidad laboral firmado entre la Administración de la Comunidad
Autónoma de les Illes Balears y las organizaciones sindicales, para los años
2005, 2006 y 2007 (su desarrollo alcanzó hasta el año 2009).
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La ausencia de OPE durante los años 2010, 2011, 2012 y 2013, ha vuelto a
elevar el número de interinos y eventuales en el ámbito de Servicios
Generales.
En el ámbito de la Mesa Sectorial de Servicios Generales, y de la comisión
Paritaria del Personal Laboral de Función Pública, de una plantilla de
funcionarios y personal laboral, compuesta por un total de 4346 empleados
públicos, 1220 son interinos/eventuales, lo que representa el 28,07 %.
De un total de 3503 funcionarios, 2595 son de carrera, 908 son
funcionarios interinos que constituyen el 25,92% de la plantilla.
CUERPO Núm.
Funcionarios
de Carrera
Núm. Funcionarios
Interinos
Total
Plazas
% Funcionarios
Interinos
Funcionarios 2595 908 3503 25,92 %
El número de personal laboral fijo o indefinido es de 531, los interinos y
eventuales son 312, lo que representa el 37,01% de la plantilla de personal
laboral
CUERPO Núm.
Laborales
Fijo/Indefinido
Núm. Interinos y
Temporales
Total Plazas
% Funcionarios
Interinos
Laborales 531 312 843 37,01
Esta tasa de interinos y de eventuales de 1220 empleadas y empleados
públicos en Servicios Generales, se ha generado entre las últimas OPEs
dado que o bien no se han realizado Convocatorias o a que el número de
plazas es muy inferior a los nombramientos y contrataciones realizado
durante ese intervalo de tiempo.
Es decir, las diferentes convocatorias de OPE correspondientes a los años
2014, 2015 y 2016, han supuesto recuperar tan solo 133 plazas en el turno
libre en aplicación de los límites impuestos por el gobierno estatal, supone
disminuir el 10,90 % de la interinidad que se está soportando.
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Sector Público Instrumental (SPI):
Este sector según estable la Ley 7/2010 que regula el régimen general y de
funcionamiento del SPI de la CAIB, y que integra:
a) Los organismos autónomos.
b) Las entidades públicas empresariales.
c) Las sociedades mercantiles públicas.
d) Las fundaciones del sector público.
e) Los consorcios.
Componen el SPI 34 empresas que cuentan con un total de 2700 efectivos.
En este sector la Ley 15/2012, de 27 de Diciembre de Presupuestos de la
CAIB, establece, entre otras, la obligación de aprobar sus respectivas
Relaciones de Puestos de Trabajo (RPT) que actualmente están en proceso,
y en el apartado 4, recoge que en el plazo máximo de 2 años desde la
entrada en vigor de la Ley, deben convocarse procesos de consolidación de
ocupación.
Estos procesos de consolidación de ocupación a pesar de la tasa de
interinos que ocupan su plaza de manera temporal, y que alcanza el 85 %
de la plantilla del SPI, no se han realizado, principalmente porque la tasa
de reposición, viene marcada sobre las vacantes del personal laboral fijo, y
no sobre el personal laboral temporal.
Así de los 2700 trabajadores, 405 son laborales fijos, 2300 están en
puestos interinos o indefinidos no fijos, 1620 son laborales indefinidos
no fijos, y 675 laborales interinos, lo que representa como ya se ha
expuesto el 85% de la plantilla.
Laborales SPI Núm. Efectivos %
Laborales Fijos/Indefinidos
405 15%
Laborales Indefinidos no
Fijos 1620 60%
Laborales Interinos 675 25%
Total Plazas 405 2295 2700
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El elevado número de trabajadoras y trabajadores no fijos o interinos,
produce efectos negativos a la hora de determinar la tasa de reposición, ya
que ésta, solo se puede efectuar sobre los puestos fijos de la RPT. El
elevado número de plazas indefinidas no fijas del SPI, han devenido en
estructurales y están refrendadas como tales en numerosas sentencias,
esta situación perjudica la posibilidad de estabilizar los puestos.
Sector Sanidad (SAN)
En estos momentos el Servei Balear de Salut (IB-Salut) tiene 4.915
vacantes sin reserva de plaza, de una plantilla autorizada total de
12.748 trabajadores. Esto representa un 38.56 % de nombramientos
temporales. Además, aquí no están incluidos aquellos nombramientos que
implican una reserva de plaza (liberaciones sindicales, excedencias por
cuidado de hijos, IT de larga duración, etc.…), con lo que la temporalidad
en la sanidad pública de nuestra comunidad está por encima del 40%.
La tasa de reposición del 50% en 2015 y del 100% en 2016 y 2017, van a
permitir una ridícula Oferta Pública de Empleo de alrededor de 600 plazas
con nombramiento en propiedad, acumulando las plazas de los 3 años.
En los años 2012, 2013 y 2014 el Govern no publicó las ofertas de empleo
de esos años, que, aunque limitadas, podían haber disminuido el número
de plazas que en la actualidad están cubiertas por personal temporal. Es
decir, esta ausencia de ofertas ha empeorado un problema, ya de por sí,
grave.
La actual Administración, tras diferentes actuaciones sindicales, ha
reconvertido casi un millar de contrataciones eventuales precarias en
interinidades en el último año. Este hecho, que palia ligeramente la
situación, no soluciona la precariedad laboral existente en el sector
sanitario. Por ejemplo, colectivos tan básicos para el Sistema de Salud
como es la enfermería, en Baleares tiene más de 1.000 interinos.
Esta situación de inestabilidad laboral se agrava en Baleares por el hecho
de la insularidad y de la exigencia del catalán como requisito. Categorías
profesionales como enfermería, TCAE, técnicos especialistas en
radiodiagnóstico, etc., sufren carencia de profesionales para poder cubrir
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todas las necesidades que se producen en épocas vacacionales,
ocasionando un problema grave en la gestión de personal del IB-Salut.
PLAZAS PLANTILLA APROBADA
Tipo personal Total Plazas Plazas sin
reserva %
GS 3147 1329 42,23 %
PS A1 2835 1057 37,28 %
PS A2 3916 1424 36,36 %
PS C1 504 321 63,70 %
PS C2 2346 784 33,41 %
Total 12.748 4.915 38,56 %
Es decir, el porcentaje de personal temporal en el IB-Salut, roza el
40%.
A pesar de estos datos, la Delegación del Gobierno en Balears, ha
impugnado las convocatorias de la OPE de los Técnicos Especialistas en
Radiodiagnóstico que, gracias a esta actuación, sufren en la actualidad un
porcentaje superior al 75%.
Además, si se mantiene la tasa de reposición actual, y no se permite
fidelizar al personal con nombramientos de carácter fijo a los colectivos
sanitarios, Balears puede ver agravada su, ya de por si precaria, capacidad
asistencial en épocas estivales, llegando a extremos difícilmente sostenibles
para el sistema sanitario.
Sector de la Administración General del Estado (AGE):
En la Administración General del Estado (AGE), el personal al servicio de
Ministerios, Organismos Autónomos, Áreas de Actividad, Agencias Estatales
e Instituciones Sanitarias de la S.S. de defensa, de un total de 209.046
empleados públicos (sin contabilizar Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del
Estado, F. Armadas y Admón. De Justicia), 3845 prestan sus servicios en la
Comunidad de les Illes Balears, 3100 funcionarios, 650 laborales, 90
empleados identificados como otro personal.
La AGE, en la última década, ha visto reducidos el número de empleados
públicos en 24.394, pero el mantenimiento de diferentes ofertas de empleo
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público le han permitido mantener una eventualidad o interinaje en un
2,69 % en el conjunto del estado, sin embargo este porcentaje se
contrapone con la alta temporalidad de la Comunidad Autónoma de
les Illes Balears situada en el 40 %.
Les Illes Balears sufren esta tasa de temporalidad en la AGE, entre otros
motivos, por ser considerado el territorio como un destino de paso hacia
otros dada la relación retribuciones/coste de la vida respecto de otros.
Como ejemplo de la problemática específica de este sector citaremos el de
la Seguridad Social a la que, además de la merma de efectivos y la temporalidad de muchos de estos hay que sumar el alta media de edad de
su plantilla ya que el 76,2 % de la misma se encuentra entre los 50 y los 64 años.
Sector de la Administración Local (ADML):
El Sector de la Administración Local se ha venido caracterizando por la
precariedad en la conformación de sus plantillas de personal, no solamente
por el hecho de las tasas de temporalidad en sus relaciones laborales, sino
también por la imprevisión, improvisación y actuación, para la
estructuración de los recursos humanos que han venido desarrollando los
diferentes gobiernos municipales e insulares.
A estas circunstancias hay que añadir el hecho del obligado cumplimiento
de la ley de estabilidad presupuestaria, que con tanto celo y ahínco ha
perseguido c –otra clara muestra de la constante injerencia del Estado en la
autonomía municipal-, para la ejecución de las diferentes Ofertas de
Empleo Público, centradas, en exclusiva, en la tasa de reposición de
efectivos. Un ejemplo de esta injerencia del Gobierno estatal en la
autonomía local es la impugnación de la OPE del Ayuntamineto de Calviá
que ha impedido estabilizar las plantillas del municipio.
Para mayor abundamiento, el legislador estatal ha querido acotar, aún
más, los márgenes de maniobra que tiene la administración local con la
modificación de la Ley de Bases de Régimen Local que realizó en 2012.
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Sobre sus efectos hemos tenido recientemente un ejemplo de la
problemática que genera en este ámbito, nos referimos concretamente al
colectivo de la Policía Local, en el que tras dos sentencias (ambas están
recurridas ante el Supremo) que cuestionan la figura del policía interino,
mientras que a la vez el Estado impide cubrir la totalidad de las plazas en
aplicación de los sucesivos límites a la tasa de reposición de efectivos.
De los 2750 Policías Locales que hay en nuestra comunidad, 500 efectivos
son funcionarios interinos.
ALGUNOS EJEMPLOS DE DIFERENTES ADMINISTRACIONES LOCALES DE ILLES BALEARS
Entidades Locales Porcentaje Total Personal Personal
Interinidad Empleados Fijo Interino
AJUNTAMENT PALMA 19% 2405 1954 453
CONSELL MALLORCA 65% 1002 340 652
INST. MALLORQUI AFERS
SOCIALS 65% 1498 500 1000
CONSELL EIVISSA 35% 570 370 200
CONSELL MENORCA 58% 408 172 236
AJUNTAMENT CALVIA 14% 782 675 107
AJUNTAMENT MANACOR 31% 210 154 66
AJUNTAMENT INCA 56% 144 64 80
AJUNTAMENT MARRATXI 43% 275 155 120
CONSELL FORMENTERA 42% 264 154 110
AJUNTAMENT ALCUDIA 14% 224 193 31
AJUNTAMENT MAO 46% 329 179 150
Como datos significativos hay que indicar la importante destrucción de
empleo público que se experimentó después de las medidas de recorte adoptadas por el Gobierno de la Nación en mayo de 2010, así pues:
- En julio de 2010 había 16.047 empleados públicos locales en las Illes Balears
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- En enero de 2011 pasaron a ser 15.654 - En enero de 2012 se redujeron a 14.761
El último dato estadístico oficial es de julio de 2016, en el que se detalla
que actualmente en la administración local de Illes Balears trabajan un total de 14.525 empleadas y empleados públicos, excluidas las sociedades
mercantiles públicas (tipo EMAYA, Calviá 2000, etc.).
Es decir, en el ámbito de la ADML se han destruido 1.522 puestos de trabajo.
El porcentaje medio de personal temporal en las Administraciones locales de Illes Balears, supera el 40%.
CONCLUSIONES:
Los datos que hemos aportado en el presente informe constatan la alta temporalidad que padecen las plantillas de los Servicios Públicos de Illes
Balears.
La FeSP-UGT de Balears denuncia con ello la alta temporalidad de los
empleados y empleadas públicas de les Illes Balears en todos los niveles
de la Administración: Estatal, Autonómica, Local (Consells Insulars,
Ayuntamientos), así como en los diferentes entes y empresas públicas,
alcanzando los niveles más altos de temporalidad de toda España.
La legislación europea impide que se mantenga durante tanto tiempo una
situación tan perjudicial para las trabajadoras y trabajadores públicos,
pero los decretos y leyes impuestas bajo una falsa premisa sobre
dimensión del sector público, en vez de reordenar los recursos existentes,
han generado un marco de precariedad que comprometen la correcta
prestación y gestión de los Servicios Públicos.
A esta situación se añade la paradoja de que algunas Administraciones
(Ayuntamientos, la UIB…), a pesar de tener superávit, no han podido
atender correctamente las necesidades de la ciudadanía en aplicación de
las normas de estabilidad presupuestaria, ni estabilizar sus plantillas.
La inestabilidad de las plantillas públicas repercute directamente en los
servicios que se prestan a la ciudadanía, retrasan las gestiones
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administrativas, generan la “cultura de la cola”, dificultan la atención sanitaria o perjudican a la formación de la infancia y la juventud.
La FeSP-UGT se preocupa por la estabilidad laboral de los empleados y
empleadas de los Servicios Públicos porque así también aseguramos unos servicios a la ciudadanía de mayor calidad y con mejores prestaciones.
Demandamos estabilidad de las plantillas para asegurar unos Servicios
Públicos eficientes y de calidad.
Repetiremos hasta la saciedad que unos Servicios Públicos con unas
plantillas inestables e infradotadas tienen una incidencia directa en las listas de espera sanitarias, en las colas en las tramitaciones de los asuntos,
en los retrasos de sus resoluciones, en las masificaciones en las aulas, en la falta de atención a la diversidad escolar, en la atención a los usuarios en
situación de crisis, etc.
La estabilidad y la menor temporalidad en las plantillas asegura una mayor profesionalidad, una carrera profesional especializada y una mejor gestión
de los recursos humanos.
Esos elementos ayudarán a la modernización administrativa y a la actualización de las tramitaciones y servicios a la ciudadanía.
“Con plantillas estables modernizaremos y mejoraremos la gestión de los
Servicios Públicos que se prestan a la ciudadanía”.
En base a todo lo anterior, la FeSP-UGT de Illes Balears, entiende que el
Parlament de les Illes Balears, en uso de sus competencias, ha de
promover una Proposición NO de ley para que el gobierno estatal, dicte de
conformidad con lo establecido en el art. 149.1. 18a de la Constitución
española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en la regulación
del régimen estatutario de los funcionarios así como en el art. 149.1.7ª
sobre competencia exclusiva en materia de legislación laboral, las normas
que den solución a la problemática que hemos expuesto, que, además de
establecer medidas encaminadas a la adaptación a la normativa europea de
las principales normas aplicables al personal de los Servicios Públicos (El
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y la Ley
55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario
de los servicios de salud) para acabar con el uso discriminatorio y abusivo
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de la contratación temporal en éstos, calendarice la recuperación de
derechos del personal del sector público, y contemple lo siguiente:
Un proceso extraordinario para dar estabilidad al empleo en los
Servicios Públicos, a través de una Oferta extraordinaria de empleo que
consolide y estabilice las plazas estructurales vacantes ocupadas por
personal temporal, en todos los sectores de los Servicios Públicos. Esta
norma ha de ser el instrumento que permita reducir la elevada tasa de
temporalidad y así dotar de estabilidad a los sectores, Educativo, Sanitario,
Servicios Generales, Sector Instrumental y la Administración Local.
Tras esta medida extraordinaria se deben incluir medidas para que
el porcentaje de personal temporal nunca supere el 5 % de las plazas.