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UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE GUAYANA VICERRECTORADO ACADÉMICO COORDINACIÓN GENERAL DE PREGRADO COORDINACIÓN DEL PROGRAMA DE PASANTÍAS PROYECTO DE CARRERA CONTADURÍA PÚBLICA PARTICIPAR Y DESCRIBIR EL PROCESO DE FISCALIZACIÓN DE UN CONTRIBUYENTE PARA EVALUAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS REALIZADO EN EL SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT) (Ubicado en Puerto Ordaz – Estado Bolívar) Informe de pasantía presentado como requisito para optar al grado de Licenciada en Contaduría Pública Tutor Industrial: Tutor Académico: Lcda. María Parra Lcdo. Víctor González C.I.: V-16.408.257 C.I.: V-10.198.488 Autor: T.S.U. Ariana Colina C.I.: V-19.041.571 CIUDAD GUAYANA, SEPTIEMBRE 2011

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UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE GUAYANA

VICERRECTORADO ACADÉMICO

COORDINACIÓN GENERAL DE PREGRADO

COORDINACIÓN DEL PROGRAMA DE PASANTÍAS

PROYECTO DE CARRERA CONTADURÍA PÚBLICA

PARTICIPAR Y DESCRIBIR EL PROCESO DE FISCALIZACIÓN DE UN

CONTRIBUYENTE PARA EVALUAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS

OBLIGACIONES TRIBUTARIAS REALIZADO EN EL SERVICIO

NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA

Y TRIBUTARIA (SENIAT)

(Ubicado en Puerto Ordaz – Estado Bolívar)

Informe de pasantía presentado como requisito para optar al grado de

Licenciada en Contaduría Pública

Tutor Industrial: Tutor Académico: Lcda. María Parra Lcdo. Víctor González C.I.: V-16.408.257 C.I.: V-10.198.488 Autor: T.S.U. Ariana Colina C.I.: V-19.041.571

CIUDAD GUAYANA, SEPTIEMBRE 2011

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APROBACIÓN DEL TUTOR INDUSTRIAL

Yo, María Parra, en mi carácter de Tutor Industrial del T.S.U. Ariana Colina,

de la Cédula de Identidad No. V-19.041.571, quién presentó el Informe de Pasantía

titulado: “Participar y Describir el proceso de Fiscalización de un Contribuyente

para evaluar el cumplimiento de las obligaciones tributarias realizado en el

Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria

(SENIAT)” , durante el lapso comprendido entre el 29 de marzo del 2011 hasta el 18

de julio del 2011.

Considero que dicho informe responde a los planteamientos sugeridos por mi

persona, conforme a los lineamientos de la institución.

Tutor Industrial

__________________________

Lcda. María Parra

C.I.: V-16.408.257

CIUDAD GUAYANA, SEPTIEMBRE 2011

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APROBACIÓN DEL TUTOR ACADÉMICO

Yo, Víctor González, en mi carácter de Tutor Académico del T.S.U. Ariana

Colina, de la Cédula de Identidad No. V-19.041.571, quién presentó el Informe de

Pasantía titulado: “Participar y Describir el proceso de Fiscalización de un

Contribuyente para evaluar el cumplimiento de las obligaciones tributarias

realizado en el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y

Tributaria (SENIAT)” , durante el lapso comprendido entre el 29 de marzo del 2011

hasta el 18 de julio del 2011.

Considero que dicho informe responde a los planteamientos sugeridos por mi

persona, conforme a los artículos del Reglamento Interno de la Universidad Nacional

Experimental de Guayana (UNEG).

Tutor Académico

__________________________

Lcdo. Víctor González

C.I.: V-10.198.488

CIUDAD GUAYANA, SEPTIEMBRE 2011

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AGRADECIMIENTOS

Cuando un sueño se hace realidad no solo se le atribuye al empeño que

pusimos en realizarlo, detrás de cada sueño siempre hay personas que nos apoyan y

creen en nosotros. Seres especiales que nos animan a seguir adelante en nuestros

proyectos brindándonos de diferentes maneras su solidaridad. Sentir gratitud y no

expresarla, es como envolver un regalo y no entregarlo, por eso quiero agradecer:

Primeramente, a Dios por permitirme llegar hasta este momento tan

importante en mi vida y lograr una meta más, por haberme dado salud y fortaleza

para salir adelante.

A mis padres por todo su amor, comprensión y apoyo sin condiciones ni

medidas; gracias por guiarme en el camino de la educación, los amo con toda mi

alma.

A mis Tutores, sus consejos, paciencia y opiniones sirvieron para que me

sienta satisfecha durante mi participación en la pasantía y en el desarrollo de éste

informe.

A cada uno de mis profesores que participaron en mi desarrollo profesional

durante mi carrera, sin su ayuda y conocimientos no estaría en donde me encuentro

ahora.

A mi hermana Rita por todas sus recomendaciones y ayuda en la elaboración

del informe, fueron realmente útiles.

A mi querido Gun, por su cariño y disposición de ayudarme en lo que

necesitaba, espero ser un ejemplo para ti.

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A mi novio Carlos Alberto, por confiar en mí y estar presente en todo

momento; y sobre todo por su cariño incondicional y su absoluta paciencia.

A todas mis amigas, en especial a Kemberly y Esthefanía, por estar conmigo y

compartir aventuras, experiencias, desveladas y triunfos. Gracias a todas por permitir

que mi estancia en la UNEG fuera divertida.

Por último, y no menos importante, a la personita más divina de mi vida, mi

adorado Sebastián, desde que llegaste a nuestras vidas nos has llenado de luz y

felicidad, gracias por todos esos momentos de alegría y diversión que me has

regalado, te adoro.

Les agradezco a todos ustedes con toda mi alma por ser parte de mi vida, por

compartir momentos agradables y tristes, pero son esos los momentos que nos hacen

crecer y valorar a las personas que nos rodean, sin ustedes a mi lado, no lo hubiera

logrado, tantas desveladas sirvieron de algo y aquí está el fruto.

Nunca debemos perder el optimismo, este es como una profecía que se

cumple por sí misma. Las personas optimistas presagian que alcanzarán lo que

desean, perseveran, y la gente responde bien a su entusiasmo. Esta actitud nos da

ventaja en el campo de la salud, del amor y del trabajo, lo que a su vez revalida su

predicción optimista.

"La felicidad está hecha para ser compartida con otros." Pierre Corneille, Surena, 1674

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DEDICATORIA

Este Informe lo dedico con todo mi amor y cariño:

A ti Señor porque me diste la oportunidad de vivir y tener una familia

maravillosa, porque hiciste realidad este sueño, por todo el amor con el que me

rodeas y porque me tienes en tus manos.

Con mucho cariño a las personas más importantes de mi vida, los

responsables de darme la vida y estar conmigo en todo momento:

A ti papá por creer en mi, aunque hemos pasado momentos difíciles siempre

has estado apoyándome y brindándome todo tu amor.

A ti, insuperable, preciosa, bella y amorosa mamá, por darme tu cariño,

paciencia, apoyo, consejos y por sobretodo, valor para seguir adelante.

Este trabajo es para ustedes, porque son incapaces de dejarme sola en ninguna

situación y a quienes les dedico no solo éste sino todos los triunfos de mi vida, los

amo con todo mi corazón.

“La familia no se rompe en un huracán como le sucede al roble o al pino,

sino que se dobla ante el viento para enderezarse de nuevo,

como el árbol de bambú en los cuentos orientales."

Paul Bohannan, Familias felices, 1985

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INDICE

Contenido Pág.

Introducción……………………………………………………………………. 9

Capitulo I – La Empresa:………………………………………………………. 11

1. Nombre de la Empresa……..……………………………………………. 11

2. Reseña Histórica……………...………………………………………….. 11

3. Misión………………………………………………………………….... 12

4. Visión……………………………….…………………………………… 12

5. Objetivos…………………………………..…………………………….. 12

a. Objetivos Generales………………………………………………... 12

b. Objetivos Específicos……………………………………………… 13

6. Identificación de la unidad donde se desarrolló la Pasantía…...………… 13

a. Nombre del Departamento…………………………………………. 13

b. Descripción del Área………………………………………………. 13

7. Situación presente o necesidad de la Organización que se requiere sea

resuelta por el Pasante……………...……………………………………. 14

8. Objetivo de la Pasantía……………...…………………………………… 16

Capitulo II – Plan de Trabajo…………………………………………………... 17

1. Inducción al Área de Trabajo…………………...……………………….. 17

2. Revisión de Expedientes de Verificación y de Fiscalización entregados

por los funcionarios supervisados por la Tutora Industrial……………… 18

3. Notificación de la Providencia Administrativa y Acta de Requerimiento

al Contribuyente………………………………………………...……….. 19

4. Búsqueda de Información del historial y actuaciones anteriores del

Contribuyente a través de los Sistemas de Información ISENIAT y

SIVIT………………………………………………………………....... 21

5. Recepción de los documentos e información requerida y Levantamiento

del Acta de Recepción y Acta Constancia………………………………. 22

6. Análisis de la documentación consignada y estudio del negocio del

Contribuyente………………………………………………………….. 23

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7. Ejecución de la Auditoría Fiscal……………………………………….. 27

8. Preparación de los Papeles de Trabajo…………………………………. 30

9. Levantamiento y Notificación del Acta de Reparo o Conformidad…… 33

10. Elaboración del Informe Fiscal…….…………………………………... 35

11. Conformación del Expediente Fiscal…………………………………... 37

12. Notificación de Resolución de Imposición de Sanciones……………… 40

13. Elaboración del Informe de Pasantía…………………………………... 40

14. Inducción al nuevo Pasante…………………………………………….. 41

Capitulo III – Presentación de los Resultados…………………………………. 43

1. Logros del Plan de Trabajo…………………………………………….. 43

2. Facilidades encontradas durante el desarrollo de la Pasantía………….. 44

3. Conocimientos adquiridos durante el Proceso de Pasantía…………….. 44

Análisis de los ilícitos en los que frecuentemente incurren los contribuyentes.. 46

Conclusiones………………………………………………………………….... 50

Recomendaciones……………………………………………………………… 53

Glosario………………………………………………………………………… 56

Referencias Bibliográficas……………………………………………………... 64

Anexos…………………………………………………………………………. 65

1. Providencia Administrativa……………………………………………. 66

2. Acta de Requerimiento………………………………………………… 67

3. Acta de Recepción…………………………………………………….. 70

4. Acta Constancia………………………………………………………... 71

5. Cuestionario de Control Interno……………………………………….. 72

6. Marcas de Auditoría……………………………………………………. 79

7. Acta de Reparo…………………………………………………………. 80

8. Resolución de Imposición de Sanciones……………………………….. 82

9. Plan de Trabajo………………………………………………………… 84

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INTRODUCCIÓN

El Poder Nacional delega al Ministerio de Finanzas la competencia para

regular la organización, recaudación, control y administración de los tributos propios

del Estado, asignando esta función al Servicio Nacional Integrado

de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) como órgano competente para

fiscalizar, de acuerdo a las disposiciones legales, el correcto manejo de los ingresos

provenientes de la recaudación de los tributos nacionales, tal como lo establece la

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

El 24 de Marzo de 1995, según la resolución Nº 32 publicada en Gaceta

Oficial Nº 4.881 Extraordinario, el SENIAT comenzó sus funciones adquiriendo la

competencia de aplicar las normas y disposiciones que regulan las obligaciones y el

procedimiento de la renta interna y los procesos de administración, recaudación,

control, fiscalización, determinación e inspección de los tributos nacionales, y así

procurar el cumplimiento de los deberes que se derivan de la relación jurídico

tributaria, según lo establecido en el artículo 121 del Código Orgánico Tributario.

Las nuevas políticas buscaban sustituir las auditorias de fondo por

procedimientos puntuales o también denominados presencia fiscal, además de insertar

un modelo de selección de los sujetos a los que se les va a aplicar dichos procesos.

Éstas nuevas políticas tienen como fin último lograr que el control fiscal sea más

eficaz y eficiente ante el cumplimiento de las obligaciones tributarias y al mismo

tiempo aumentar la declaración y el pago de los impuestos de manera voluntaria por

parte del contribuyente mediante estrategias destinadas a crear mayor cultura

tributaria, basándose en que el cumplimiento voluntario esta estrechamente

relacionado con la percepción que la sociedad tenga de la Administración Tributaria,

es decir, el contribuyente de manera propia y sin que la Administración Tributaria

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tenga la necesidad de obligarlo se autoliquidará según lo establecido en el Código Orgánico

Tributario siempre que, para el contribuyente, la administración esté en la capacidad de

detectar de modo oportuno los fraudes, y que en cualquier momento ellos podrán ser objeto

de cualquiera de las sanciones a las que este sujeto según la falta que hubiere cometido las

cuales podrán conocerse por medio del procedimiento de fiscalización.

Gran parte de los ingresos del país son obtenidos por vías tributarias, los cuales son

recaudados y administrados por el SENIAT, quien posee la potestad de manejar dichos

ingresos y de crear las estrategias a utilizar para una mayor obtención de los mismos que

disminuya el gasto público y alivie las cargas del Estado. Entre las estrategias utilizadas por

el SENIAT para el cumplimiento de sus objetivos se encuentra el procedimiento de

Fiscalización cuya función primordial es evitar el incumplimiento de aquellas

obligaciones tributarias que debe cumplir todo contribuyente en materia de uno de

los impuestos más importantes que posee el país, como lo es el Impuesto al Valor

Agregado (IVA), siendo éste el impuesto que grava el consumo mediante un mecanismo de

traslación de la carga tributaria entre los diferentes agentes económicos que participan en la

cadena de comercialización de bienes y servicios, el cual constituye una fuente de ingresos

tributarios no petroleros del país.

El procedimiento de Fiscalización se encuentra contemplado en los artículos 177 al

193 del Código Orgánico Tributario, siendo éste un conjunto de operaciones destinadas a

recolectar los datos pertinentes para el cumplimiento de las obligaciones tributarias por

parte del sujeto pasivo de manera que pueda incrementar y garantizar la obtención de los

recursos que son necesarios para que el Estado pueda satisfacer las necesidades propias y

colectivas, y tiene la particularidad de basarse en la información suministrada por el

contribuyente.

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CAPITULO I

LA EMPRESA

1. Nombre de la Empresa:

Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria

(SENIAT).

2. Reseña Histórica:

El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria

(SENIAT) es una institución autónoma sin personalidad jurídica, con autonomía

funcional, técnica y financiera, adscrito al Ministerio de Finanzas. Constituye un

órgano de ejecución de la administración tributaria nacional, al cual le corresponde la

aplicación de la legislación aduanera y tributaria nacional, así como, el ejercicio,

gestión y desarrollo de las competencias relativas a la ejecución integrada de las

políticas aduanera y tributaria fijadas por el Ejecutivo Nacional.

El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria

(SENIAT) fue creado el 10 de agosto de 1994 mediante la fusión de las Aduanas de

Venezuela, Servicio Autónomo (AVSA) y el Servicio Nacional de Administración

Tributaria (SENAT) para dar paso a la creación del Servicio Nacional Integrado de

Administración Tributaria (SENIAT), según Decreto Presidencial Nº 310, publicado

en la Gaceta Nº 35.525 de fecha 16 de agosto de 1994.

El 12 de febrero del año 2000 la Resolución N° 32 fue reformada, según

publicación en Gaceta Oficial N° 36.892, en la cual se cambió el nombre de la

institución a Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria,

incluyendo la palabra “Aduanera”, y conservando las mismas siglas SENIAT, se

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crearon las Intendencias Nacionales de Aduanas y Tributos Internos, estableciendo

sus atribuciones, entre otros.

Los fines primordiales del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera

y Tributaria (SENIAT) es el incremento de la recaudación tributaria que tiene origen de los

ingresos no petroleros, permitir la modernización del sistema jurídico tributario y el

desarrollo de la cultura tributaria, por último la mejora de la eficiencia y eficacia

institucional.

3. Misión:

Recaudar con niveles óptimos los tributos nacionales, a través de un sistema integral

de administración tributaria moderno, eficiente, equitativo y confiable, bajo los principios

de legalidad y respeto al contribuyente.

4. Visión:

Ser una institución modelo para el proceso de transformación del Estado

Venezolano, de sólido prestigio, confianza y credibilidad nacional e internacional, en virtud

de su gestión transparente, sus elevados niveles de productividad, la excelencia de sus

sistemas y de su información, el profesionalismo y sentido del compromiso de sus recursos

humanos, la alta calidad en la atención y respeto a los contribuyentes, y también por su

contribución a que Venezuela alcance un desarrollo sustentable con una economía

competitiva y solidaria.

5. Objetivos:

a. Objetivos Generales:

• Recaudar y administrar los tributos internos y aduaneros a nivel

nacional.

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• Dirigir y administrar el sistema de los tributos de la competencia del

Poder Nacional, en concordancia con la política definida por el

Ejecutivo Nacional.

• Dirigir y administrar el sistema aduanero, en concordancia con la

política definida por el Ejecutivo Nacional.

b. Objetivos Específicos:

• Incrementar la recaudación tributaria de origen no petrolero.

• Modernizar el sistema jurídico tributario.

• Desarrollar la cultura tributaria.

• Mejorar la eficiencia y eficacia institucional.

6. Identificación de la unidad donde se desarrolló la Pasantía:

a. Nombre del Departamento:

Gerencia Regional de Tributos Internos, División de Fiscalización.

b. Descripción de área:

La Fiscalización como herramienta de control para la Administración Tributaria, es

de vital importancia. Ejercer esta función mediante una presencia fiscal o labor preventiva,

en cuanto a verificar el cumplimiento de los deberes formales, o bien, a través de auditorías

fiscales a los registros, libros, documentos y declaraciones presentadas por los

contribuyentes, requiere de una planificación, ejecución y control eficiente. Estas tareas

desarrolladas correctamente ayudan a controlar el cumplimiento de las obligaciones por

parte de los sujetos pasivos (contribuyentes). El Código Orgánico Tributario faculta a la

Administración Tributaria a realizar fiscalizaciones e investigaciones con el objeto de

verificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes. Así

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mismo, les atribuye a los funcionarios del Servicio Nacional Integrado de Administración

Aduanera y Tributaria (SENIAT), debidamente autorizados, a realizar una serie de

actividades para verificar de igual manera el cumplimiento de dichas obligaciones, tanto

para la renta interna como la renta aduanera. En ese mismo orden de ideas, la Ley Orgánica

de Aduanas ordena a los funcionarios competentes para actuar sobre las infracciones a ésta

Ley; todo en concordancia con las normas generales de control interno y de auditoría de

Estado emanadas por la Contraloría General de la República, las disposiciones legales que

regulan al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT)

y las normas y procedimientos de auditoría de aceptación general.

La función de fiscalización permite a la Administración Tributaria lograr la

percepción de riesgo en el contribuyente, sobre la capacidad operativa que tiene la

institución para atacar la evasión, de esta forma el contribuyente percibe dichas

actuaciones, como un factor de forzamiento al cumplimiento de sus obligaciones.

7. Situación presente o necesidad de la organización que se requiere sea resuelta

por el pasante:

Actualmente el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y

Tributaria (SENIAT), está llevando a cabo el Plan Evasión Cero, orientado a concientizar a

la población sobre el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, especialmente a los

comerciantes e industriales, para reducir los niveles de evasión fiscal, el incumplimiento de

los deberes formales tributarios y consolidar entre los contribuyentes y la población en

general, una cultura tributaria. El Plan Evasión Cero se centra en la Verificación de Deberes

Formales (VDF) contenidos en los artículos 70 al 78 del Reglamento de la Ley de Impuesto

al Valor Agregado (IVA), y en la consecuente aplicación del artículo 102 del Código

Orgánico Tributario. Los primeros artículos se refieren a los deberes formales aplicables al

registro en los libros especiales del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el segundo al

cierre o clausura del establecimiento para aquel que no cumpla con estos deberes. El

personal que labora en el área de fiscalización de tributos internos debe tomar en cuenta

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una gran cantidad de información como la verificación de la cronología en libros,

exhibición del Registro de Información Fiscal (RIF), las declaraciones de los meses

correspondientes con relación a la notificación de la providencia, los resúmenes de los

libros deben coincidir con las declaraciones, el cumplimiento de las normas con respecto a

facturas, entre otros aspectos importantes. A pesar de ser un proceso muy confiable, se

puede observar irregularidades en la aplicación del mismo, como lo son las omisiones de

algunos datos de los contribuyentes, falta de información necesaria de las providencias,

ruptura de la correlación de los expedientes, entre otros, lo que acarrea que este debe ser

iniciado desde el principio, representando pérdida de tiempo y recursos en el acto para los

funcionarios actuantes.

Durante el estudio y observación directa de cada uno de los pasos que conforman el

proceso de Verificación de Deberes Formales (VDF), se constato, que los funcionarios

actuantes han venido incurriendo en ciertos errores para el momento de conformar los

expedientes administrativos, originando que dichos expedientes sean devueltos.

Debido al constante compromiso de la institución con la sociedad se hace de vital

importancia la aplicación de procesos adecuadamente practicados ya que las consecuencias

acarreadas vienen a afectar no solo a la institución sino a todos aquellos que forman parte

de su contexto y se rigen directa o indirectamente por su actuación como ente público

nacional.

En consecuencia, el problema está en el retraso de procesos, causando aglomeración

de trabajos pendientes por parte de los fiscales y a su vez retrasos del proceso contable por

parte de los contribuyentes, los cuales afectan al desarrollo inmediato de las actividades de

fiscalización.

Por ello surge la necesidad de la evaluación del proceso de Verificación de los

Deberes Formales aplicados a los contribuyentes, por parte de los funcionarios del Servicio

Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) adscriptos al área

de fiscalización del sector de Tributos Internos de Puerto Ordaz.

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8. Objetivo de la Pasantía:

El cumplimiento de la pasantía tiene como finalidad evaluar el mejoramiento del

Proceso de Fiscalización de los contribuyentes, adquiriendo conocimientos de las

actividades realizadas, así como apoyar con las tareas asignadas por la Tutora Industrial. Se

espera corregir y disminuir cualquier deficiencia existente dentro de los procesos llevados a

cabo en el Área de Fiscalización, optimizando la recaudación. Los funcionarios del Área de

Fiscalización, podrán contar con una herramienta que les ayudará y guiará en la agilización

del proceso de trabajo, y a solucionar las diferentes anormalidades observadas en la

aplicación de los procedimientos, que regulan los diferentes operativos.

Los objetivos principales de la pasantía son:

a. Analizar los aspectos generales de la institución, sus actividades, y normas y

procedimientos.

b. Completar el aprendizaje recibido en al aula con el adiestramiento dirigido,

mediante la aplicación de los conocimientos para la adquisición de las

experiencias, destrezas, aptitudes y habilidades necesarias en el campo de

trabajo.

c. Permitir al estudiante poner en práctica los conocimientos teórico - prácticos

adquiridos en el proceso de formación académica en el ambiente donde se

desempeñará profesionalmente una vez concluidos sus estudios.

d. Optimizar el proceso formativo del estudiante al conocer directamente el

ambiente ocupacional donde desarrollará sus actividades profesionales.

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CAPITULO II

PLAN DE TRABAJO

1. Inducción al área de trabajo:

La inducción al área de trabajo significa proporcionarle al pasante

información básica sobre los antecedentes de la empresa, la información que

necesitan para realizar sus actividades de manera satisfactoria.

La inducción es en realidad un componente del proceso de socialización del

nuevo empleado con la empresa.

En la etapa de inducción se le facilita toda la información necesaria al nuevo

pasante para realizar todas las actividades pertinentes para lograr su rápida

incorporación al medio de trabajo, a fin de lograr una identificación entre el nuevo

miembro y la organización.

La inducción consiste en llevar al pasante al puesto que va a ocupar,

presentarlo con su superior y compañeros con el objeto de lograr una adaptación de

grupo y que obtenga una visión de la empresa. Así mismo se le mostraran las

instalaciones de la empresa y principalmente de su área de trabajo.

El jefe inmediato ejecutará la inducción mediante las siguientes acciones:

a. Mostrar el lugar de trabajo.

b. Objetivos de trabajo del área, estrategia, etc.

c. Relaciones personales en lo referido al clima laboral, costumbres,

relaciones de jerarquía, etc.

d. Métodos y estilos de dirección que se emplean.

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2. Revisión de Expedientes de Verificación y de Fiscalización entregados por los

funcionarios supervisados por la Tutora Industrial:

Para la revisión de los expedientes se debe verificar que los funcionarios actuantes

cumplieron las normas y procedimientos contemplados en Manual de Auditoría Fiscal, los

cuales indican cómo se debe llenar y cómo debe estar presentado el expediente.

Se revisa que toda la información recabada para el expediente esté foliada

correctamente, hoja por hoja e inutilizada por la parte de atrás sino llevara ninguna

información pertinente, cada copia que se presente en los papales de trabajo debe estar

sellada con “Visto contra original”.

En los Libros de Compras y Ventas se revisa el orden cronológico de las fechas de

las facturas. En el Libro de Ventas hay que verificar que el correlativo de los números de

facturas no ha sido alterado. Los saldos del resumen que arrojan los Libros de Compras y

Ventas deben coincidir con los saldos presentes en las declaraciones de Impuesto al Valor

Agregado (IVA) de los meses correspondientes.

Se debe verificar que las declaraciones de impuestos sean expresión fidedigna de las

operaciones registradas en los libros de contabilidad y de la documentación soporte, así

como constatar que reflejen todas las transacciones económicas efectuadas.

Evaluar las bases imponibles, créditos, exenciones, tasas e impuestos, para

comprobar que estén debidamente determinados, y en caso de existir diferencias, proceder a

levantar los actos administrativos con los ajustes correspondientes. En el caso de que el

expediente contenga una sanción, se debe constatar que él monto aplicado en el Proyecto de

Liquidación de Sanciones Manual coincida con el monto reflejado en la Resolución de

Sanciones Notificadas.

Si el expediente contiene más de una (01) carpeta se debe verificar que no excedan

las doscientas cincuenta (250) hojas incluyendo el Auto de Apertura y el Auto de Cierre.

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3. Notificación de la Providencia Administrativa y Acta de Requerimiento al

Contribuyente:

El Proceso de Fiscalización se inicia con la Notificación de la Providencia

Administrativa y Acta de Requerimiento (Ver Anexo No. 1 y 2 respectivamente) y se

informa al sujeto pasivo sobre la realización del procedimiento y las características del

trabajo a realizar.

El funcionario actuante dispondrá de amplias facultades en la ejecución de los

procedimientos de Fiscalización para comprobar y exigir el cumplimiento de las

obligaciones y deberes tributarios, realizando las funciones y ejerciendo las facultades

establecidas en el Código Orgánico Tributario.

Las actuaciones de Auditoría Fiscal podrán desarrollarse indistintamente, ya sea en

las oficinas de la Administración Tributaria, en el domicilio fiscal del sujeto pasivo, donde

se realicen total o parcialmente las actividades gravadas o donde existan pruebas del hecho

imponible.

Toda actuación fiscal a efectuar en el establecimiento del sujeto pasivo, se iniciará

con la notificación de la Providencia Administrativa emanada en la Administración

Tributaria, la cual será practicada por el funcionario adscrito a las dependencias

competentes. Esta providencia autoriza al funcionario actuante al ejercicio de las facultades

previstas en el Código Orgánico Tributario, sin que pueda exigirse el cumplimiento de los

requisitos adicionales para la validez de su actuación.

Se evaluará el cumplimiento de las leyes, reglamentos y demás normativas

tributarias aplicables al sujeto pasivo, de acuerdo con el alcance de actuación previsto en la

Providencia Administrativa y con el apoyo de las Normas y Procedimientos previstos en el

Manual de Auditoría Fiscal.

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La Providencia Administrativa se emite en tres (03) ejemplares, de un mismo tenor

y a un solo efecto, uno de los cuales queda en poder del sujeto pasivo, quien firma en señal

de notificación.

La Providencia Administrativa cumplirá con todos los requisitos legales necesarios

para su validez, por lo tanto, deberá contener:

a. Nombre de la Administración Tributaria.

b. Nombre del órgano que emite el acto.

c. Lugar y fecha donde el acto es dictado.

d. Identificación del sujeto pasivo.

e. Tributos y periodos a fiscalizar.

f. Alcance de la Auditoría Fiscal, es decir, indicación de los elementos

constitutivos de la base imponible a fiscalizar.

g. Motivación (expresión sucinta de los hechos y las normas legales

pertinentes).

h. Indicación del funcionario actuante y del supervisor.

i. Indicación y firma de quién autoriza la Auditoría.

j. Sello de la oficina de la cual se emanó el acto.

En el acta de requerimiento se señala claramente los tributos, periodos y ejercicios

investigados de acuerdo al alcance previsto en la Providencia Administrativa, la

información requerida deberá ser suministrada en forma escrita al funcionario actuante

generalmente en un plazo de tres (03) días hábiles, contados a partir de la notificación de la

presente acta.

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El Acta de Requerimiento se emite en dos (02) ejemplares de un mismo tenor y a un

solo efecto, uno de los cuales queda en poder del sujeto pasivo, quien firma en señal de

notificación.

4. Búsqueda de información del historial y actuaciones anteriores del

Contribuyente a través los Sistemas de Información ISENIAT y SIVIT:

ISENIAT es una aplicación diseñada y desarrollada por la Gerencia de Informática

en coordinación con el Proyecto de Modernización de Aduanas (PMA) para realizar de

forma automatizada el proceso de liquidación de pagos de impuestos y control de la

contabilidad fiscal, en todas las aduanas (automatizadas o no automatizadas) del país. Este

sistema sustituye al Control de Derecho Aduanero (CODA) y permite la integración a

través de la Web de los procesos de autoliquidación y liquidación de pagos de

operaciones y servicios aduaneros.

SIVIT es una aplicación diseñada para la formación de la base de datos de los

contribuyentes, con el Registro de Información Fiscal (RIF) de la empresa se obtiene

información de la razón social, ubicación de la empresa y su representante legal, esto se

realiza para la revisión del pago voluntario de Impuesto al Valor Agregado (IVA), y sirve

de información importante para el funcionario actuante para el operativo.

En el procedimiento de Fiscalización se lleva a cabo los siguientes procedimientos

para tener una orientación previa de la Auditoría Fiscal:

a. Consultar los sistemas de información ISENIAT y SIVIT para verificar la

inscripción y actualización del Registro de Información Fiscal (RIF) del sujeto

pasivo a investigar, la ubicación de su domicilio fiscal, el cumplimiento de las

obligaciones tributarias y determinar su situación fiscal, como la presentación y

pago de las Declaraciones dentro de las condiciones y plazos establecidos en la

normativa legal, presentación de las planillas y el pago del impuesto retenido.

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b. Consultar las actuaciones anteriores realizadas por la Administración Tributaria

al sujeto pasivo auditado, tales como: los resultados, ilícitos detectados y el

estatus de cada caso.

c. Investigar las operaciones del sujeto pasivo, en cuanto a: sector económico del

entorno del sujeto pasivo, resultados de las auditorias anteriores, situación fiscal,

indicadores tributarios e información del control interno, con el fin de

determinar su grado de confiabilidad e identificar los aspectos críticos que

requieran análisis exhaustivo.

d. Preparar un programa de trabajo de la Auditoria Fiscal por escrito, indicando el

objetivo y alcance del trabajo a ejecutar, el cronograma de actividades, los

responsables, los plazos para cada una de las etapas de la Auditoria Fiscal, las

técnicas y los procedimientos a aplicar de acuerdo a las especificaciones de la

Providencia Administrativa y en concordancia con los planes o lineamientos de

fiscalización que tiene la Administración Tributaria.

5. Recepción de los documentos e información requerida y levantamiento del

Acta de Recepción y Acta Constancia:

Una vez recibida la información solicitada se procede a su revisión siguiendo las

normas y procedimientos del Manual de Auditoria Fiscal.

Se levanta un Acta de Recepción (Ver Anexo No. 3), si el sujeto pasivo notificado

responde y presenta la documentación requerida dentro del plazo establecido, teniendo

presente que el plazo otorgado al sujeto pasivo para dar respuesta al requerimiento

efectuado, es el señalado en el Acta de Requerimiento Notificada (uno a tres días hábiles),

salvo que el sujeto pasivo haya solicitado por escrito una prórroga ante la División de

Fiscalización y ésta la haya aprobado, lo cual debe constar en el Acta de Recepción de

documentos.

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Si el sujeto pasivo no responde ni presenta la documentación solicitada y ha vencido

el plazo fijado en el Acta de Requerimiento o en la prórroga concedida, se deberá dejar

plasmada tal situación en el Acta Constancia (Ver Anexo No. 4) que se levante al efecto, a

los fines de sustentar el incumplimiento de la entrega de la información.

El Acta Constancia se levanta para dejar evidencia de no haber recibido ningún

documento, ni información solicitada mediante el Acta de Requerimiento.

Al no darse respuesta en el primer requerimiento se deberá proceder a ratificar el

mismo mediante la notificación de un segundo requerimiento. Si el sujeto pasivo cumple

con éste, se debe levantar un Acta de Recepción de la documentación recibida.

6. Análisis de la documentación consignada y estudio del negocio del

Contribuyente:

Se analiza la documentación consignada por el sujeto pasivo y se realiza un estudio

del negocio, para lo cual se aplican cuestionarios de control, se realizan entrevistas, se

examinan documentos, se realizan visitas a las instalaciones y se evalúan los controles

internos del sujeto pasivo, con el objetivo de lograr un conocimiento del sujeto pasivo a

fiscalizar, a los fines de seleccionar aquellas áreas y partidas que puedan tener interés fiscal.

Se realizan entrevistas a directores, lo que permite conocer más a fondo al sujeto

pasivo y establecer previamente cuáles son aquellas áreas, asuntos o circunstancias que se

deben profundizar durante la revisión.

Se efectúan visitas a las instalaciones del sujeto pasivo con el fin de corroborar y

obtener en detalle información de aspectos sobre los cuales se tenga un conocimiento

superficial, especialmente, en aquellos asuntos o circunstancias en los cuales es

recomendable efectuar un examen más profundo y detallado para formarse un criterio sobre

la posible situación tributaria que presenta.

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Cuando se detecte el incumplimiento de la normativa tributaria por parte del sujeto

pasivo, se procederá a elaborar una cédula de hallazgos que contenga de manera resumida

la siguiente información:

a. Condición: Está referida a la situación de incumplimientos de la normativa por

parte del sujeto pasivo auditado, observada por el funcionario actuante.

b. Criterio: Normativa Tributaria infringida por el sujeto pasivo auditado.

c. Causa: Condiciones que originaron el ilícito o incumplimiento, si fuera posible

determinarlo.

d. Efecto: Consecuencia fiscal que genera el incumplimiento detectado.

e. Evidencia: Prueba suficiente, convincente y pertinente obtenida por el

funcionario actuante que deberá incorporarse en el legajo de papeles de trabajo

de Auditoría Fiscal.

Dicha cédula será entregada por el funcionario actuante al supervisor encargado de

la actuación, con la finalidad de informarle sobre los niveles de avance obtenidos en la

Auditoría Fiscal, la cual formará parte de los papeles de trabajo, y estar debidamente

suscrita tanto por el funcionario actuante como por el supervisor respectivo.

Las áreas de interés a evaluar en el Procedimiento de Fiscalización son las

siguientes:

a. Declaraciones de Impuesto: Lo cual permitirá realizar una serie de

comparaciones de rubros, determinando la existencia de cifras que deben ser

examinadas en profundidad, de acuerdo a los montos que tienen interés fiscal

por ser cantidades significativas o inconsistentes.

b. Estados Financieros y Registros Contables: Proporcionarán al funcionario

actuante los antecedentes suficientes para conocer la naturaleza, la importancia y

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la frecuencia con que el sujeto pasivo realiza determinadas operaciones. Sobre

esta base y con la experiencia del funcionario actuante, su sentido crítico y el

conocimiento que ha adquirido del sujeto pasivo mediante la aplicación de

ciertos procedimientos, orientarán hacia qué áreas, rubros, aspectos o partidas

del balance van a dirigir la Auditoría Fiscal.

Antes de dar inicio al trabajo de Auditoría, se aplicará el Cuestionario de Control

Interno (Ver Anexo No. 5), el cual será ampliado de acuerdo a las características del sujeto

pasivo fiscalizado, debiendo contener aspectos como:

a. Actividad específica a la que se dedica el sujeto pasivo, la cual en la práctica

puede ser diferente a la indicada en el Registro Mercantil.

b. Composición accionaria actual y nombre del (los) representante(s) legal(es).

c. Si posee sucursales, se solicitará por escrito la ubicación geográfica, dirección

exacta, números telefónicos y personas de contacto.

d. Estructura organizativa del sujeto pasivo.

e. Si realiza importaciones, se debe solicitar el nombre de los países y sus

proveedores principales.

f. Si tiene vinculación con empresas relacionadas, en cuyo caso se solicitará un

listado indicando el nombre o razón social de la empresa, número de Registro de

Información Fiscal (RIF), domicilio y tipo de relación o vinculación.

g. Composición del inventario y método de valuación utilizado.

h. Si tiene personal contratado bajo la figura de honorarios profesionales, servicios

personales o comisionistas.

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i. Descripción de quién elabora su declaración del Impuesto sobre la Renta

(ISLR), nombres, apellidos, cédula de identidad, profesión, número de

inscripción en el colegio profesional, dirección y teléfono.

j. Cualquier otra información que considere necesaria para orientar la Auditoria

Fiscal.

Se deben obtener conocimientos de aquellos documentos que se consideren

necesarios o útiles para el entendimiento básico de los asuntos del sujeto pasivo

relacionados con referencias generales de la constitución, estructura y operaciones del

sujeto, tales como: Acta Constitutiva y modificaciones, Libro de Accionistas, Actas de

Asambleas de Accionistas Ordinarios y Extraordinarios, Actas de Reunión de la Junta

Directiva, identificación de propietarios y accionistas y su participación en el capital

suscrito y pagado, Estados Financieros, Contratos (transferencias o servicios),

Declaraciones de Impuesto y Manuales de Normas y Procedimientos.

En las visitas a las instalaciones del sujeto pasivo se podrá corroborar y obtener en

detalle información de aspectos tales como:

a. Observar procesos productivos con el propósito de conocer detalladamente las

áreas productivas desarrolladas por el sujeto pasivo y formarse un criterio sobre

la posible situación tributaria que presenta.

b. Revisar la documentación y aprobación previa de la Administración Tributaria,

en los casos de destrucción física y el destino de inventarios de materiales y

desechos.

c. Constatar la existencia de activos fijos adquiridos o construidos por el propio

sujeto pasivo, como también su estado de conservación, cantidad, aspectos que

se deben comprobar después por otros medios, a objeto de establecer la

propiedad de los mismos.

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d. La existencia de los activos fijos destinados a actividades ajenas a las de sujeto

pasivo auditado.

e. Procedimientos empleados para la recepción de bienes, mercancías, materiales e

insumos, así como para los despachos de las mismas.

f. Cualquier otro aspecto que permita obtener mayor conocimiento sobre el sujeto

pasivo y sus procesos.

El funcionario actuante realizará la evaluación del control interno, orientado hacia el

conocimiento de los controles administrativos, es decir, aquellos que comprenden el plan de

organización y los procedimientos y registros que se refieren a la salvaguarda de los activos

y a la confiabilidad de los registros financieros, entre ellos: sistemas de contabilidad,

manuales de contabilidad, secuencia del proceso, respecto de la emisión de documentos y

su posterior contabilización, por ejemplo, compras, ventas, pagos de remuneraciones,

concesión de créditos, con el fin de determinar las áreas o aspectos susceptibles en que

ocurran anormalidades que tengan un efecto tributario.

7. Ejecución de la Auditoría Fiscal:

El funcionario actuante empleará una serie de técnicas de Auditoría a los fines de

evaluar los aspectos que generen efectos fiscales, entre las cuales destacan:

a. Observación: El funcionario actuante deberá cerciorarse, de modo abierto o

discreto, de ciertos hechos, acontecimientos y circunstancias vinculados con las

gestiones del sujeto pasivo auditado, entre ellos, los procesos productivos,

controles de existencias o inventarios, control interno, procedimientos

administrativos, sistemas de archivo, condiciones de trabajo, infraestructura,

destino de los desechos, destrucción de inventario, activos, existencias de

sucursales, almacenes, bodegas, agencias y depósitos, entre otros.

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b. Inspección Física y Documental: El funcionario actuante observará y

examinará físicamente los bienes materiales o documentos con el objeto de

cerciorarse de la veracidad de los documentos, la existencia y propiedad de

bienes activos, las operaciones registradas en la contabilidad, las declaraciones

de impuestos presentadas.

c. Indagación: El funcionario actuante investigará sobre determinados aspectos,

en base a preguntas que pueden abarcar desde solicitudes por escrito hasta

entrevistas dirigidas a los socios y personal del sujeto pasivo auditado, con el fin

de formarse una opinión al respecto o de un hecho o asunto determinado, el cual

puede estar referidos criterios aplicados a determinadas operaciones,

organización de la empresa, ubicación y volúmenes de activos, principales

clientes y/o proveedores, entre otros.

d. Confirmaciones: El funcionario actuante se deberá asegurar de la ocurrencia o

no de un hecho, asunto o de una circunstancia que tenga un efecto financiero –

tributario, mediante la obtención de un pronunciamiento de terceras personas

ajenas al sujeto pasivo auditado, que conoce la naturaleza del hecho o

circunstancia, lo que permitirá formarse un juicio cierto y obtener un resultado

objetivo, a través de una respuesta escrita relativa a lo que se está examinando.

e. Análisis: El funcionario actuante realizará un estudio en detalle y crítico de

hechos o documentos que le permitan aplicar pruebas de validación y llegar a

conclusiones que sustenten los hallazgos de la actuación fiscal, obtenidos a

través de análisis de saldos de cuentas, movimientos de partidas que se

relacionan con las imputaciones contables al área o cuenta que corresponda,

comparaciones de los saldos de cuentas de un periodo contable o un ejercicio

económico, entre otros.

f. Cálculo Aritmético: El funcionario actuante verificará la corrección aritmética

de los cálculos efectuados por el sujeto pasivo auditado, por ejemplo:

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• Multiplicaciones de unidades por valores unitarios en existencia final de

activo realizable (Libro de Inventario y Balances).

• Sumas de distintas columnas del Libro de Compras, de Ventas, Diario,

Mayor e Inventario, según sea el caso.

• Multiplicaciones de la tarifa de impuesto por la base imponible en

declaraciones.

g. Seguimiento Contable: El funcionario actuante verificará que el ciclo contable

se haya cumplido de acuerdo con las Normas y los Principios de Contabilidad

Generalmente Aceptados en la República Bolivariana de Venezuela, y que los

registros de las operaciones reflejadas en la documentación, se hayan efectuado

correctamente tanto en el Libro Diario como el Mayor, y en las Declaraciones de

Impuesto.

El funcionario actuante utilizará procedimientos de auditoría sobre los rubros de los

estados financieros, enfocados desde el punto de vista impositivo, y siguiendo las

particularidades previstas en las normas tributarias y en las establecidas en el Manual de

Auditoría Fiscal, haciendo énfasis en el control interno y la consistencia contable.

Las técnicas y procedimientos aplicados se realizan con la finalidad de:

a. Evaluar los registros contables y traspasos a la declaración de los impuestos.

b. Verificar que se hayan declarado las operaciones e impuestos de conformidad

con lo previsto en la normativa tributaria.

c. Evaluar el cálculo de las bases imponibles y aplicación de las alícuotas.

d. Analizar las operaciones realizadas por el sujeto pasivo, tales como los ingresos

percibidos, gastos incurridos, existencia de bienes.

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e. Evaluar documentos, tales como facturas de ventas, contratos de servicios, notas

de créditos recibidas, estados de cuentas bancarias.

f. Realizar cruces de información con terceros.

El funcionario actuante, durante el desarrollo de la Auditoría Fiscal, deberá obtener

las pruebas suficientes, convincentes y pertinentes, que le permitan tener la certeza de que

los hechos revelados en las declaraciones, documentos y registros contables se encuentran

debidamente comprobados. Dicha documentación debe ser válida, confiable y tener

relación directa con los hechos que se pretenden demostrar, todo ello con el fin de

fundamentar los juicios, opiniones, conclusiones y recomendaciones que se formulen.

8. Preparación de los Papeles de Trabajo:

Una vez obtenida las evidencias comprobatorias suficientes y pertinentes, se

preparan los papeles de trabajo de manera completa y detallada, para proporcionar una

comprensión global del trabajo realizado y de los resultados de la auditoría practicada.

El funcionario actuante deberá documentar su actuación mediante los papeles de

trabajo, los cuales deberán contener como mínimo lo siguiente:

a. Encabezamiento: Se indicará el procedimiento realizado, con referencia al

nombre del sujeto pasivo, ejercicio fiscal o periodo de imposición y una breve

descripción del contenido del papel de trabajo.

b. Identificación: Funcionario que han preparado y revisado el documento,

indicando la fecha de elaboración.

c. Fuente: Indica el origen de la información y de los documentos soporte, así

como la identificación de las personas que lo suministraron.

d. Explicación: Breve exposición del trabajo realizado, señalando los objetivos

perseguidos y las pruebas realizadas para su consecución.

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e. Referencias: Cada papel de trabajo tendrá su propia referencia y deberá indicar

las hojas de trabajo relacionadas, de acuerdo con un sistema de referencias

cruzadas.

f. Alcance del Trabajo: Indicando el tamaño de las muestras y la forma en que se

han obtenido.

g. Conclusiones: Exposición sucinta de los resultados obtenidos con el trabajo,

una vez finalizado.

Adicionalmente, deberán contener:

a. Extractos o copias de documentos legales importantes, como convenios,

contratos.

b. Evidencia del proceso de planificación de la fiscalización, incluyendo el

programa de Auditoría Fiscal y cualquier cambio al respecto.

c. Evidencia de la evaluación de los riesgos inherentes y de control.

d. Las pruebas de auditoría que soportan el análisis de transacciones, balances,

cuentas, rubros, partidas, tendencias e índices importantes.

e. Registro de los procedimientos empleados y los resultados obtenidos (Cédula de

Hallazgos e Informe, Actas y Resoluciones Fiscales).

El funcionario actuante seguirá una serie de pasos para la elaboración de los papeles

de trabajo, entre los cuales tenemos:

a. Preparar las hojas resumen (Cédulas Sumarias) para cada grupo de cuentas del

Balance General y del Estado de Ganancias y Pérdidas.

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b. Anotar en las cédulas sumarias, para cada cuenta del Mayor General, los saldos

al cierre del año anterior y los del año actual, dejando evidencia con las marcas

de Auditoría de este procedimiento.

c. Indicar datos relativos al sujeto pasivo y cuentas auditadas con los efectos

fiscales referidos a: Nombre del sujeto pasivo que se está auditando, fecha y

alcance de la Auditoría, código de la cuenta, nombre de la cuenta, fecha de

realización y registro de las operaciones, conciliaciones de saldos, efectos

tributarios, entre otras informaciones.

Es imprescindible que los papeles de trabajo se preparen con un adecuado sistema

de referencias que facilite una lógica organización de los mismos, permitiendo encontrar

fácilmente el origen de la información utilizada y relacionar la información de un papel de

trabajo con la incluida en otras cédulas y el informe de auditoría (referencias cruzadas).

La finalidad primordial de los papeles de trabajo es la acreditar la actuación

realizada y fundamentar las conclusiones obtenidas. Adicionalmente, tienen las siguientes

finalidades:

a. Ayudar en la planificación y realización de la Auditoría Fiscal.

b. Facilitar la supervisión y revisión de las actuaciones realizadas durante el

procedimiento de Fiscalización.

c. Servir de evidencias para elaborar informes, resúmenes, actas y resoluciones

fiscales.

d. Facilitar la continuidad del trabajo en caso de sustitución de los funcionarios que

intervienen en el procedimiento de Fiscalización.

e. Reflejar el cumplimiento de las normas y procedimientos de Auditoría Fiscal

establecidas las directrices y los lineamientos impartidos por los niveles

jerárquicos correspondientes.

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f. Servir de guía y referencia para Auditorías Fiscales futuras.

El funcionario actuante podrá utilizar signos o marcas de trabajo (Ver Anexo No. 6)

para dejar comprobación de los hechos, técnicas o procedimientos de rutina que se

aplicaron, y por lo general deberán:

a. Identificarse con un color, preferiblemente rojo.

b. No excederse de cinco (05) marcas en una misma cédula.

c. Emplear diseños sencillos y uniformes.

d. Explicar su significado en nota al pie de la cédula.

9. Levantamiento y Notificación del Acta de Reparo o Conformidad:

Las Actas de Reparo (Ver Anexo No. 7) y de Conformidad deben contener el detalle

de la metodología aplicada por los funcionarios actuantes durante la revisión, tomando en

consideración los elementos de la base imponible sujetos a fiscalización y las características

del sujeto pasivo auditado. En forma especial, debe informarse sobre el alcance de la

revisión cuando se utilicen muestras para analizar una(s) cuenta(s) o rubro(s) específico(s)

de los estados financieros del sujeto.

Las Actas de Reparo y de Conformidad deberán estar enumeradas en forma

consecutiva, e inutilizadas en el reverso y espacios en blanco de las mismas.

Las Actas de Reparo y de Conformidad serán notificadas al sujeto pasivo auditado

de conformidad con lo establecido en el Código Orgánico Tributario, para informarle sobre

las observaciones y los efectos tributarios que se originan de las mismas.

Las Actas de Reparo y de Conformidad, deberán ser elaboradas tomando en cuenta

las siguientes formalidades:

a. No deberá elaborarse de forma manuscrita.

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b. Mantener la uniformidad en el tipo de letra que se utilice para la redacción del

Acta.

c. Se debe colocar el sello de la División de Fiscalización o del Sector respectivo

en todas las páginas del Acta.

En el caso de que se levanten Actas de Reparo por todos los tributos fiscalizados,

deberán agruparse los ajustes o reparos por cada tipo de tributo y ejercicios o periodos, los

cuales se indicarán como títulos, señalando concepto, monto y la denominación de las

objeciones o reparos.

El funcionario actuante en la elaboración del Acta de Reparo indicará los siguientes

datos del sujeto pasivo fiscalizado:

a. Objeto social del sujeto pasivo según los estatutos y lo constatado por el

funcionario actuante.

b. Domicilio fiscal.

c. Forma en que lleva sus libros y registros contables, y si los mismos están

ajustados a las Normas y Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados

por la República Bolivariana de Venezuela.

d. Hechos u omisiones constatados:

• El contenido del Acta de Reparo está conformado por la expresión del

funcionario actuante sobre los hechos, circunstancias, datos y cifras

concretas con trascendencia tributaria, de las cuales haya tenido

percepción directa, y que se constataron durante la realización de la

Auditoría Fiscal.

• Debe dejarse constancia de los elementos esenciales de la base

imponible y de su atribución al sujeto pasivo, y hacer referencia a las

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diligencias donde se hayan hecho constar, señalando el (los) folio(s) en

el que se encuentra dentro del expediente. Así mismo, deben encuadrarse

los supuestos de hecho evidenciados durante la Auditoría Fiscal con las

normas tributarias relativas al cumplimiento de las obligaciones y

deberes tributarios revisados o auditados.

El funcionario actuante en la elaboración del Acta de Conformidad deberá indicar

los siguientes datos del sujeto pasivo fiscalizado:

a. Objeto o razón social del sujeto pasivo según los estatutos y lo constatado por el

funcionario actuante.

b. Domicilio fiscal.

c. Forma en que lleva sus libros y registros contables, y si los mismos están

ajustados a las Normas y Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados

en la República Bolivariana de Venezuela.

d. Partidas y documentos revisados, indicando de forma detallada lo siguiente:

• Cuentas y partidas contables auditadas.

• Libros y registros especiales revisados.

• Documentos constatados.

• Resultados obtenidos en la Auditoría Fiscal.

10. Elaboración del Informe Fiscal:

Concluido el trabajo de evaluación y la obtención de evidencias, el funcionario

actuante efectuará el debido análisis con el objeto de elaborar el Informe Fiscal, el cual

indicará la conformidad de la situación tributaria del sujeto pasivo o las deficiencias

detectadas, así como, los efectos cualitativos y cuantitativos de las mismas.

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El informe fiscal será redactado en todo procedimiento de Fiscalización de manera

objetiva, en forma clara, precisa y concreta; expresando las observaciones o hallazgos

detectados, la normativa legal, que se incumple e identificando las causas y efectos de los

mismos, así como las conclusiones y recomendaciones para la Administración Tributaria, y

debe estar firmado por el funcionario actuante.

El informe fiscal deberá cumplir con lo siguiente:

a. Presentarse al término de la Auditoría Fiscal.

b. Estar firmado por el funcionario actuante y el supervisor.

c. Estar redactado de manera objetiva, en forma clara, precisa, completa y

concreta.

d. Estar escrito correctamente en cuanto a gramática, ortografía y redacción.

e. Dejar constancia expresa de la existencia de elementos que permitan recomendar

futuras acciones o actuaciones al sujeto pasivo auditado.

En el informe fiscal se describirá en forma sucinta el tipo y situación de los

registros, libros, archivos y comprobantes contables del sujeto pasivo, y la confiabilidad

que merecen los mecanismos y procedimientos de control interno, cuando aplique.

Se deberá señalar el alcance del procedimiento de Fiscalización a través de los

aspectos que se mencionan a continuación:

a. Reseñar brevemente el alcance y extensión de las pruebas de Auditoría

practicadas.

b. Explicar detalladamente los métodos utilizados durante el procedimiento de

Fiscalización.

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c. Indicar el porcentaje de muestra analizado en relación con el universo o total de

operaciones del período investigado, cuando corresponda.

En el Informe Fiscal se deberá expresar el resultado de la investigación mediante los

siguientes puntos:

a. Demostrar en forma comparativa los resultados de la Auditoría Fiscal efectuada

y los montos declarados por el sujeto pasivo.

b. Indicar todas las situaciones observadas y la normativa legal cuyo

incumplimiento fue constatado.

c. Describir el origen y naturaleza de los reparos, cuando corresponda.

d. Indicar la fecha de notificación de las Actas de Reparo o de Conformidad, según

sea el caso.

11. Conformación del Expediente Fiscal:

En todo procedimiento de Fiscalización se abrirá un expediente en el que se

incorporará la documentación que soporte la actuación de la Administración Tributaria, de

acuerdo a las normas y procedimientos establecidos en el Manual de Conformación de

Expedientes en materia de Tributos Internos.

Para conformar el expediente de fiscalización se deben seguir una serie de

lineamientos contenidos en el Manual de Conformación de Expedientes, el cual tiene como

finalidad, establecer y dar a conocer las normas para la conformación del expediente

administrativo, producto de las actuación fiscal practicada; con el objeto de que sean

incorporados todos los elementos y pruebas que garanticen los resultados de la

investigación fiscal y minimicen los perjuicios que se pudieran causar a la Administración

Tributaria, por la inconsistencia en la conformación de los expedientes y por falta de

soportes de la auditoría fiscal.

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Las Normas Generales para la conformación de expedientes son las siguientes:

a. Las carpetas para el almacenamiento de los expedientes deben reunir las

siguientes características:

• Carpeta de fibra tamaño extra oficio impresa con logo del Servicio

Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).

• Titulado: GERENCIA DE TRIBUTOS INTERNOS REGION XXX –

EXPEDIENTE DE FISCALIZACIÓN.

• Estar identificadas con una etiqueta que contenga el número de

expediente.

• Los ganchos a ser utilizados en las carpetas contentivas de los

expedientes serán de 7’’, al igual que las perforaciones que se realicen a

los documentos a ser archivados.

b. Cada carpeta o expediente debe contener un máximo de doscientos cincuenta

(250) documentos o folios y debe aperturarse mediante un auto o cualquier otro

acto que indique la apertura del mismo o del inicio del proceso. Asimismo

deberá cerrarse mediante un auto y de ser necesaria otra carpeta, debe abrirse

mediante un auto y continuar la foliatura anterior.

c. El expediente generado del trámite deberá permanecer en las unidades de

Gestión de Origen, desde el inicio hasta la finalización del proceso; una vez

cerrado el expediente deberá ser enviado al Archivo Central de la Gerencia

Operativa; para su custodia.

d. Todas las copias de los recaudos presentados por el contribuyente deberán ser

incorporados al expediente previa confrontación con los documentos originales

y avalado por el sello “VISTO CONTRA ORIGINAL”.

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e. La información resumen que aparezca reseñada en la carátula del expediente,

debe coincidir en su totalidad con el contenido del mismo.

f. El expediente que no presente las características y no cumplan con las normas

establecidas en el Manual de Conformación de Expedientes serán devueltos a la

unidad de origen para su corrección.

g. Todos los documentos que sean incluidos en el expediente deben ser

correctamente foliados en orden consecutivo de ingreso, con tinta azul o negra,

nunca utilizando marcador, lápiz de grafito o cualquier otro color de tinta. El

número de folio debe colocarse a cada una de las hojas en la esquina superior

derecha en número y letras, sin tachaduras, ni enmiendas. Cuando una hoja

tenga anverso y reverso, la foliación debe expresarlo mediante la frase: “Folio

equis (X) y su reverso”. Ejemplo: Folio diez (10) y su reverso.

h. El reverso de un documento que se encuentre en blanco, debe inutilizarse

colocándose una equis (X) en bolígrafo, que cruce toda la hoja, desde el límite

superior derecho hasta el límite inferior izquierdo, colocándose el sello de la

División, en el centro de la hoja.

i. Todo documento foliado deberá ser relacionado en orden consecutivo en el

Formulario “Índice de Documentos Foliados”.

j. El expediente perteneciente a los Sectores y Unidades deben ser devueltos en un

lapso no mayor de cinco (05) días, contados a partir de la culminación del

trámite.

De acuerdo con el resultado obtenido en el procedimiento, si se genera Acta de

Conformidad, se entrega el Expediente de Auditoría Fiscal al Jefe de la División o Área de

Fiscalización o Jefe del Sector para su posterior remisión a la División de Tramitaciones, a

los fines de su archivo.

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Si se genera Acta de Reparo, se archiva el Expediente de Auditoría Fiscal por un

lapso de quince (15) días hábiles (que tiene el sujeto pasivo para aceptar el reparo) para

luego ser remitido a la División de Recaudación, a los fines de que continúen con el

procedimiento correspondiente.

12. Notificación de Resolución de Imposición de Sanciones:

Si el sujeto pasivo manifiesta su voluntad de aceptar el contenido del Acta de

Reparo, se elaboran dos (02) ejemplares del Proyecto de Resolución de Imposición de

Sanciones (Ver Anexo No. 8), se entrega un ejemplar al sujeto pasivo y el otro se incorpora

al Expediente de Auditoría Fiscal.

Se deberá emitir una sola Resolución por todos los impuestos fiscalizados en un

mismo procedimiento y que hayan sido aceptados por el sujeto pasivo.

Las Resoluciones emitas serán notificadas al sujeto pasivo auditado para informarle

sobre las observaciones y los efectos tributarios que se originan de las mismas.

13. Elaboración del Informe de Pasantía:

La Pasantía es una actividad curricular sistemática, planificada, organizada y

evaluada que facilita la incorporación de los estudiantes al medio de trabajo, con el

propósito de fortalecer los conocimientos, habilidades y destrezas adquiridas en el pensum

de estudio respectivo, mediante un proceso de entrenamiento y/o adiestramiento en

instituciones u organismos públicos o privados.

La Pasantía le permite al alumno complementar los conocimientos adquiridos a lo

largo de su formación profesional. Éstas se llevan a cabo bajo la asesoría y supervisión de

un Tutor Académico, el cual es un docente de la Universidad Nacional Experimental de

Guayana (UNEG); y un Tutor Empresarial, designado por el Servicio Nacional Integrado

de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) con quien se desarrollan las

actividades.

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Para la culminación y evaluación de la Pasantía, se requiere la presentación de

un Informe Técnico Final como requisito obligatorio, dirigido básicamente a contribuir con

el desarrollo de la empresa donde se realizó la Pasantía, durante un periodo de dieciséis

(16) semanas, comprendido desde el 29/03/2011 hasta el 18/07/2011.

El Informe Final Técnico se organizó en forma de capítulos que contienen títulos,

subtítulos y párrafos desarrollados en forma clara bajo un lenguaje técnico y ordenado,

donde se presenta la empresa donde se desarrolló la Pasantía y el resultado obtenido.

El Capitulo I está dedicado a la empresa, se realizó una descripción de ésta que

incluye: reseña histórica, visión, misión, objetivos, identificación y descripción del

departamento donde se desarrolló la Pasantía y objetivos de la Pasantía.

En el Capitulo II se realiza la descripción del Plan de Trabajo Inicial (Ver Anexo

No. 9), el cual consta de un conjunto de actividades propuestas y discutidas por los Tutores

que se llevaron a cabo durante todo el periodo de Pasantía.

El Capitulo III se refiere a los resultados obtenidos del proceso de Pasantía, se hace

mención a cerca de cuáles fueron los logros obtenidos, cuáles fueron las facilidades

encontradas y cuáles fueron los conocimientos que se adquirieron.

Las actividades que aparecen incluidas dentro del Plan de Trabajo fueron seguidas,

controladas y evaluadas por el Tutor Industrial, cabe destacar que el Plan de Trabajo es

expositivo, ya que expone una serie de actividades en un orden lógico, es decir, que cada

una se deriva o es consecuencia de la anterior.

14. Inducción al nuevo pasante:

La inducción ayuda al nuevo pasante a ajustarse a la organización, tanto formal

como informalmente. De una manera formal, la organización desea que el pasante se

vuelva productivo con la mayor rapidez posible; de una manera informal, el pasante es

recibido de una manera amistosa y es introducido al grupo de trabajo.

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Se presenta al nuevo pasante a las personas con quienes tendrá que trabajar, las

cuales se encuentran en el Departamento de Fiscalización, así como a empleados de otros

departamentos.

Habiendo terminado las presentaciones, se le indica al nuevo pasante el lugar exacto

donde deberá desempeñar sus funciones y explicarle en dónde están situadas todas las

dependencias. Se muestra al pasante el escritorio donde va a trabajar, el cuál esta provisto

de los equipos necesarios para el trabajo.

Se muestra al pasante donde están ubicadas las máquinas fotocopiadoras y cómo se

usan; y se le indican donde se encuentran los archivos y cómo están organizados.

La inducción tiene como finalidad darle al nuevo pasante una visión global de la

historia de la compañía y cuáles son sus funciones generales.

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CAPITULO III

PRESENTACIÓN DE LOS RESULTADOS

1. Logros del Plan de Trabajo:

a. Conocimiento de las facultades del Departamento de Fiscalización

mediante el suministro de material y herramientas necesarias para el buen

desempeño en el área donde se desarrolló la Pasantía.

b. Identificación de los Manuales de Procedimientos Vigentes relativos a la

Conformación de Expedientes, los cuales constituyen un instrumento para

el proceso de gestión y toma de decisiones de la Gerencia Regional de

Tributos Internos.

c. Verificación de los datos de contribuyentes por medio del manejo de los

Sistema de Información ISENIAT y SIVIT.

d. Revisión y conformación de expedientes administrativos, donde se

foliaron, inutilizaron y ordenaron todos los recaudos siguiendo los

lineamientos de los Manuales de Conformación de Expedientes producto

de fiscalizaciones realizadas en materia de Impuesto al Valor Agregado

(IVA) y de Impuesto Sobre la Renta (ISLR).

e. Preparación de portadas e índices de piezas, así como autos de apertura,

autos de cierre y cierre definitivo, los cuales fueron incorporados a los

expedientes administrativos que se conformaron.

f. Elaboración de Acta de Requerimiento, Acta de Recepción, Acta

Constancia y Acta de Reparo como consecuencia de un procedimiento de

fiscalización.

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2. Facilidades encontradas durante el desarrollo de la Pasantía:

a. Disponibilidad inmediata de recibir a los estudiantes en busca de pasantías en el

Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria

(SENIAT) para prestar apoyo al grupo de trabajo.

b. Disposición tanto del Tutor Académico como la Tutora Industrial de prestar la

ayuda y asesoramiento requerido en el desarrollo del Informe Técnico Final.

c. Factible acceso a la información necesaria para el desarrollo del Informe

Técnico Final.

d. Agradable ambiente laboral en el que se desarrolló el trabajo cotidiano,

influyendo en la satisfacción del pasante y permitiendo una mayor

productividad.

e. Óptimas condiciones físicas en las que se desarrolló el trabajo: la iluminación, el

sonido, la distribución de los espacios, la ubicación de las personas, los equipos,

entre otros; facilitando el bienestar del pasante a lo largo de su jornada laboral.

f. Capacidad de los líderes para relacionarse con los pasantes, muestran

flexibilidad ante las múltiples situaciones laborales que se presentan, generando

un clima de trabajo positivo coherente con la misión de la empresa que permite

y fomenta el éxito.

g. Colaboración y compañerismo por parte de los otros pasantes allí presentes.

3. Conocimientos adquiridos durante el proceso de Pasantías:

a. Analizar los aspectos generales del Servicio Nacional Integrado de

Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), sus actividades, sus normas y

procedimientos, y puestos de trabajo.

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b. Conocer paso a paso los procedimientos utilizados en la elaboración de una

Auditoría Fiscal.

c. Profundizar el conocimiento sobre la elaboración de los Expedientes de

Auditorías Fiscales.

d. Elaborar cruces de información revisando los créditos y débitos fiscales según el

libro de compras y libro de ventas de los contribuyentes en materia de Impuesto

al Valor Agregado (IVA).

e. Ejecutar los procedimientos de fiscalización para constatar el cumplimiento de

las leyes y demás disposiciones de carácter tributario por parte de los sujetos

pasivos del tributo.

f. Elaborar memorándums para remitir expedientes derivados de fiscalizaciones

realizadas en materia de Impuesto al Valor Agredo (IVA) y de Impuesto Sobre

la Renta.

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Análisis de los ilícitos en los que frecuentemente incurren los

contribuyentes:

En base a una muestra de veinte (20) contribuyentes (representando el 100%

del estudio) que han sido fiscalizados en el Servicio Nacional Integrado de

Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), se observó lo siguiente:

1. El 40% de los contribuyentes llevan los libros y registros contables con

retraso:

Esto representa un ilícito formal sancionado con una multa de veinticinco

unidades tributarias (25 U.T.), la cual se incrementará en veinticinco unidades

tributarias (25 U.T.) por cada nueva infracción hasta un máximo de cien unidades

tributarias (100 U.T.).

Además de la sanción pecuniaria, se aplicará la clausura de la oficina, local o

establecimiento, por un plazo máximo de tres (3) días continuos. Si se trata de una

empresa con una o más sucursales, la sanción abarcará la clausura de las mismas,

salvo que la empresa lleve libros especiales por cada sucursal de acuerdo a las normas

respectivas, en este caso sólo se aplicará la sanción a la sucursal o establecimiento en

donde se constate la comisión del ilícito.

El artículo 102 del Código Orgánico Tributario contempla como hecho

irregular en la contabilidad el presentar atraso superior a un (1) mes de las últimas

operaciones realizadas. Para efectos fiscales la contabilidad deberá reflejar el

movimiento diario en orden cronológico de todas las transacciones efectuadas por él

contribuyente.

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Las exigencias formales establecidas para la llevanza de los libros y registros

contables facilitan a la Administración Tributaria ejercer su facultad de fiscalización y

pueden aportar indicios sobre la posible evasión fiscal del contribuyente. Además

constituyen, por si mismas, obstáculos para los contribuyentes que decidan evadir el pago

de sus tributos.

La razón de ser de las sanciones por retraso en los libros de contabilidad es la

necesidad de que los contribuyentes cumplan los requisitos legales en su preparación, de tal

manera que en cualquier momento se pueda conocer la real situación económica y

financiera del contribuyente y, en materia tributaria, permita la correcta determinación de

los impuestos.

2. El 35% de los contribuyentes presentan las declaraciones que contienen la

determinación de los tributos fuera del plazo:

Serán sancionados con multa de cinco unidades tributarias (5 U.T.), la cual se

incrementará en cinco unidades tributarias (5 U.T.) por cada nueva infracción hasta un

máximo de veinticinco unidades tributarias (25 U.T.).

Los contribuyentes deberán presentar la declaración jurada por las operaciones

gravadas y exentas, realizadas en cada período mensual de imposición.

En dicha declaración dejarán constancia de la suma de los débitos fiscales que

consten en las facturas emitidas en el período de imposición, así como de las sumas de los

impuestos soportados y que le han sido trasladados como créditos fiscales en las facturas

recibidas en el mismo período; con inclusión de las notas de débito y crédito

correspondientes.

La determinación y pago del impuesto se deberá efectuar en el formulario de

declaración y pago, medios y sistemas, y presentarse dentro de los quince (15) días

continuos siguientes al período de imposición, ante las instituciones bancarias que hayan

celebrado convenios con la Administración Tributaria u otras oficinas autorizadas por ésta.

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La Administración Tributaria dictará las normas que le permitan asegurar el

cumplimiento de la presentación de la declaración por parte de los sujetos pasivos, y en

especial la obligación de los adquirentes de bienes o receptores de servicios, así como de

entes del sector público, de exigir al sujeto pasivo las declaraciones de períodos anteriores

para tramitar el pago correspondiente.

3. El 25% de los contribuyentes no entrega facturas a los clientes:

Se les aplica una multa de una unidad tributaria (1 U.T.) por cada factura,

comprobante o documento emitido hasta un máximo de ciento cincuenta unidades

tributarias (150 U.T.) por cada período, si fuere el caso.

Las facturas deberán emitirse por duplicado. El original deberá ser entregado al

adquirente del bien o al receptor del servicio y el duplicado quedará en poder del vendedor

del bien o del prestador del servicio; tales documentos deberán indicar el destinatario.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 56 del Reglamento de la Ley del IVA, el

único ejemplar de la factura que da derecho al crédito fiscal es el original, debiendo

indicarse expresamente en el duplicado que éste no da derecho a tal crédito, por ser

aplicable una sola vez por el adquirente y comprobarse mediante el original de la factura.

La Administración Tributaria podrá simplificar los requisitos exigidos en la

impresión y emisión de las facturas y comprobantes de ventas de bienes y prestaciones de

servicios, tomando en consideración las características de los contribuyentes y de las

operaciones que se realicen con los adquirentes de tales bienes y servicios, siempre que no

se afecte el correcto control, la fiscalización y la recaudación del impuesto.

Los resultados se obtuvieron a través de fiscalizaciones realizadas a los

contribuyentes que fueron tomados como muestra para el estudio, extraídos de una

población definida por la División de Fiscalización del SENIAT Región Guayana, sede

Puerto Ordaz . El procedimiento de fiscalización se encuentra contemplado en los artículos

177 al 193 del Código Orgánico Tributario, siendo éste un conjunto de operaciones

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destinadas a recolectar los datos pertinentes para el cumplimiento de los deberes formales

por parte del sujeto pasivo de la obligación tributaria de manera que pueda incrementar y

garantizar la obtención de los recursos que son necesarios para que el Estado pueda

satisfacer las necesidades propias y colectivas, y tiene la particularidad de basarse en la

información suministrada por el contribuyente.

Incurrir en estos ilícitos interrumpe la buena marcha de la obligación tributaria,

originando las sanciones establecidas en el Código Orgánico Tributario, como

consecuencia el SENIAT ha venido reforzando el sistema de información e inspección para

ejercer el control masivo sobre las obligaciones tributarias que tienen que cumplir los

contribuyentes.

Las estadísticas anteriormente mencionadas hacen referencia a los ilícitos formales

en los que frecuentemente incurren los contribuyentes, los cuales conocen acerca del

procedimiento de fiscalización para la verificación de los deberes formales del IVA, ya que

la misma forma parte de las funciones del SENIAT en su condición de Administración

Tributaria.

De acuerdo a lo observado, el nivel de incumplimiento en cuanto a deberes formales

es severamente alto, lo que conlleva a que los contribuyentes cometan ilícitos tributarios y

por ende se les imponga una sanción, como lo disponen los artículos 80 y 93 del Código

Orgánico Tributario, es evidente que el deber formal con mayor incumplimiento es el que

se refiere a llevar libros y registros contables al día, siendo este un deber de obligatorio

cumplimiento tal como lo establece el literal “a” del artículo 145 del Código Orgánico

Tributario.

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CONCLUSIONES

En base al estudio realizado, se evidenció que dentro de los objetivos que

persigue el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria

(SENIAT) con el procedimiento de Fiscalización para la evaluación del cumplimiento

de las obligaciones tributarias, se encuentra en primer lugar el de evitar su

incumplimiento, esto tomando como medida el crear mayor cultura tributaria, para

que así los contribuyentes se mantengan informados con respecto a sus obligaciones y

puedan evadir aquellas sanciones que recaen por los incumplimientos.

Cabe destacar, que actualmente el Servicio Nacional Integrado de

Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) ha implementado dentro de

sus políticas diversos planes y programas, como el Plan Evasión Cero, cuya finalidad

es lograr el objetivo expuesto anteriormente y así cumplir las funciones inherentes a

esta institución.

Con respecto al desarrollo del procedimiento, se observó que el Servicio

Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) aplica la

Fiscalización mediante la visita de los funcionarios a los establecimientos, estos a su

vez se encargan de exigir la documentación necesaria a fin de revisar y determinar

cuáles son los incumplimientos en los que ha recaído y es allí donde se llegó a la

conclusión de que los ilícitos más frecuentes son: llevar los libros y registros

contables con atraso, lo que representa una sanción de veinticinco unidades tributarias

(25 U.T.) y cierre del establecimiento por tres (3) días continuos; presentar las

declaraciones de impuestos fuera del plazo, lo cual acarrea una sanción de cinco

unidades tributarios (5 U.T.); y no entregar las facturas al adquirente del bien o al

receptor del servicio, significando la aplicación de una sanción de una unidad

tributaria (1 U.T.). Este procedimiento se ejecuta en todos los sectores económicos y

comerciales, ya que por muy pequeño que sea el capital de una empresa la misma está

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obligada al cumplimiento de las obligaciones tributarias; todo esto desarrollado bajo la

normativa y dentro de los parámetros legales.

El incumplimiento de las obligaciones tributarias origina los ilícitos formales

establecidos en la ley, dentro de los cuales se encuentran: no inscribirse en los registros

correspondientes, o proporcionar la información en forma insuficiente o errónea; no emitir

ni entregar facturas u otros documentos exigidos; emitir facturas u otros documentos

obligatorios con exclusión de los requisitos previstos, emitir los documentos obligatorios a

través de máquinas fiscales u otros medios tecnológicos que no reúnan los requisitos

respectivos; no exigir a los vendedores o prestadores de servicios los comprobantes de las

operaciones realizadas; emitir o aceptar facturas cuyo monto no coincida con el

correspondiente a la operación real; no presentar las declaraciones que contengan la

determinación de los tributos u otras comunicaciones; presentar las declaraciones en forma

incompleta o fuera de plazo, presentar más de una declaración sustitutiva, o con

posterioridad al plazo establecido, no llevar los libros y registros exigidos; llevar los libros

y registros sin cumplir con las formalidades establecidas.

Como consecuencia de la alta incidencia de éstos ilícitos por parte de los

contribuyentes, el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria

(SENIAT) ha venido reforzando el sistema de información e inspección para ejercer el

control masivo sobre los aspectos formales y sustanciales de las declaraciones presentadas

por los contribuyentes, lo que se traduce en parámetros orientados a mejorar la acción

fiscalizadora, así la misma se convierta en una herramienta coercitiva, sancionadora y

punitiva en los casos en los que se adolezca de un sistema de valores que ayude a una sana

gestión tributaria.

Así mismo, se llegó a la conclusión de que la fiscalización ciertamente ha tenido

una incidencia en el cumplimiento de los deberes formales, lo cual se evidencia en la

disminución de los ilícitos, ya sea por la presión que marca la Administración Tributaria

mediante el riesgo de la aplicación de posibles sanciones o por el interés voluntario de los

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contribuyentes de cumplir con las normas tributarias respectivas. Desde la puesta en

práctica de este procedimiento el impacto producido en la economía del país ha aumentado

de manera sorprendente, y esto es demostrado en las estadísticas que resumen que casi la

mitad del gasto público es soportado por los ingresos obtenidos por vía tributaria.

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RECOMENDACIONES

1. Para la Empresa:

a. Seguir ofreciendo a los estudiantes oportunidades para realizar las

Pasantías en sus instalaciones.

b. Aumentar los medios de divulgación de los distintos procedimientos que

realiza el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y

Tributaria (SENIAT), con el fin de enseñar a los contribuyentes cuáles son

sus obligaciones.

c. Adoptar las medidas administrativas necesarias para impedir la

desaparición o alteración de la documentación que se le exigió a los

contribuyentes conforme las disposiciones previstas en el Código

Orgánico Tributario.

d. Promover y coordinar la capacitación constante de los funcionarios del

Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria

(SENIAT).

2. Para la Universidad:

a. Esforzarse cada día más por ofrecer una educación de mayor calidad para

el estudiantado.

b. Ofrecer perspectivas más amplias a los estudiantes acerca del campo

laboral para que posean una base cada vez más firme y de esta manera

puedan adaptarse rápidamente al ámbito de trabajo.

c. Mantenerse a la vanguardia en cuanto a las nuevas metodologías

desechando el contenido antiguo, conforme a cada especialidad.

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3. Para los nuevos Pasantes:

a. Aprovechar al máximo el periodo de Pasantías para adquirir todos los

conocimientos del ámbito laboral que se le ofrecen en las empresas.

b. Estudiar atentamente el problema a resolver con la finalidad de asegurar el

cumplimiento del compromiso que adquiere una vez aprobado el mismo.

c. Aplicar las técnicas y herramientas que permitan solventar el problema

estudiado.

d. El nivel de profundidad debe ser tal que amerite el grado al cual está aspirando.

e. Cumplir rigurosamente con los compromisos adquiridos con la empresa en la

que desarrollará su pasantía.

4. Para los Contribuyentes:

a. Estudiar muy detalladamente las leyes para tener un mayor conocimiento de las

mismas, ya que de ellas emanan todas y cada una de las normas referidas al

cumplimiento de las obligaciones tributarias.

b. Cooperar con el fiscal actuante proporcionando aquellos libros y documentos

que puedan ser exigidos legalmente al contribuyente.

c. Mantener a sus asesores legales informados acerca del desarrollo de las

fiscalizaciones y su término para evaluar las consecuencias legales y acciones a

tomar.

d. Llevar registros de las transacciones realizadas, tanto de los ingresos como de

los gastos, así como del patrimonio del negocio.

e. Mantener los libros y registros contables actualizados, para evitar las sanciones

que se generan por su incumplimiento.

f. Realizar las declaraciones de impuestos dentro del plazo establecido por la

Administración Tributaria.

g. Emitir y entregar a los clientes todos los tickets o facturas generados por la

venta de un bien o servicio.

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h. Informar a la Administración Tributaria sobre las modificaciones realizadas en

el Registro Mercantil (domicilio, teléfono, actividad económica y/o cualquier

otra modificación que realice el contribuyente).

i. Mantener la custodia de los Comprobantes Fiscales de las actividades

realizadas, para validación y soporte de futuros controles que podrá realizar el

SENIAT.

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GLOSARIO

Acta Constancia: Documento en el cual se deja constancia de cualquier hecho que a

juicio de los funcionarios actuantes sea relevante en la auditoría fiscal, por lo que se

podrá levantar en cualquier momento de la misma.

Acta de Conformidad: Documento que se elabora al culminar el procedimiento de

Fiscalización en caso que se correcta situación tributaria del sujeto pasivo auditado,

respecto a los tributos, períodos, elementos de la base imponible fiscalizados o

conceptos objeto de comprobación.

Acta de Recepción: Documento en el cual se deja constancia en forma clara y

detallada de la documentación consignada por el sujeto pasivo, así como, las

observaciones que realicen los funcionarios actuantes relativas a si lo entregado

cumple o no con las formalidades de la ley.

Acta de Reparo: Documento emitido por los funcionarios actuantes al culminar el

proceso de Auditoría Fiscal, para dejar constancia del incumplimiento por parte del

sujeto pasivo de la obligación de retener o percibir el tributo correspondiente, retener

o percibir menos de lo que corresponde y no enterar las cantidades retenidas o

percibidas, según lo establecido en la ley tributaria o por la Administración Tributaria

en los casos facultados para ello.

Acta de Requerimiento: Documento mediante el cual se solicita al sujeto pasivo que

suministre la información y documentación necesaria para la realización de la

Auditoría Fiscal. Esta puede ser cerrada o abierta.

Auditoría Fiscal: Aplicación sistemática, ordenada y metódica de un conjunto de

principios, técnicas y procedimientos, ejecutados por la Administración Tributaria, a

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los fines de evaluar y determinar el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte

del sujeto pasivo.

Cédulas de Hallazgos: Documentos o papeles de trabajo elaborados por los funcionarios

actuantes al detectar incumplimientos de la normativa tributaria.

Cédulas Sumarias: Documentos o papeles de trabajo que reúnen toda la información

relativa a una determinada partida del balance, de manera de que, partiendo de éstas, puede

llegarse hasta el último elemento que se incluye en una cuenta. Todas y cada una de las

partidas del balance que se evalúen corresponden a una cédula sumaria, subdividida en

tantas cédulas de análisis como fuere necesario según la naturaleza de cada partida.

Contribuyente: Sujeto pasivo respecto del cual se verifica el hecho imponible. Dicha

condición puede recaer en las personas naturales, personas jurídicas, demás entes colectivos

a los cuales otras ramas jurídicas atribuyen calidad de sujeto de derecho y entidades o

colectividades que constituyen una unidad económica, dispongan de patrimonio y de

autonomía funcional. Está obligado al pago de los tributos y al cumplimiento de los deberes

formales impuestos por las normas tributarias.

Deberes Formales: Se definen como las formalidades y obligaciones que la ley,

disposiciones reglamentarias y demás normas tributarias impongan a los sujetos pasivos,

para colaborar con la Administración Tributaria en el desempeño de sus funciones.

Declaración Definitiva: Deber formal del sujeto pasivo de presentar, en los formularios

oficiales emitidos por la Administración Tributaria o por vía electrónica, los resultados

fiscales de un ejercicio o período de imposición.

Declaración Estimada: Deber formal establecido en la Ley para determinadas categorías

de sujetos pasivos, obteniendo de éstos el pago del impuesto en forma anticipada, la cual

debe presentarse en los formularios oficiales emitidos para tales efectos por la

Administración Tributaria.

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Domicilio Fiscal: Es el lugar donde la ley presume que el sujeto pasivo reside para el

ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. Sede principal

de una persona natural o jurídica a efectos tributarios.

A los fines de la práctica de las actuaciones de la Administración Tributaria, se tendrá como

domicilio del sujeto pasivo, en el caso de las personas jurídicas y demás entes colectivos en

Venezuela:

a. El lugar donde esté situada su dirección o administración efectiva.

b. El lugar donde se halle el centro principal de su actividad, en caso de que no se

conozca el de su dirección o administración.

c. El lugar donde ocurra el hecho imponible, en caso de no poder indicarse las reglas

precedentes.

d. El que elija la Administración Tributaria, en caso de existir más de un domicilio

según lo dispuesto en los puntos anteriores, o sea imposible determinarlo conforme

a los mismos.

Se tendrá como domicilio de las personas naturales:

a. El lugar donde se desarrollen sus actividades civiles o comerciales (en los casos que

tenga actividades civiles o comerciales en más de un sitio, se tendrá como domicilio

el lugar donde desarrolle su actividad principal).

b. El lugar de su residencia, para quienes desarrollen tareas exclusivamente bajo

relación de dependencia, no tengan actividad comercial o civil como independientes

o de tenerla no fuere conocido el lugar donde ésta se desarrolla.

c. El lugar donde ocurra el hecho imponible, en caso de no poder aplicarse las reglas

precedentes.

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d. El que elija la Administración Tributaria, en caso de existir más de un domicilio o

sea, imposible determinarlo conforme a las reglas anteriores.

Expediente de Auditoría Fiscal: Conjunto de documentos metódica y sistemáticamente

ordenados y foliados, concernientes a los hechos y situaciones obtenidos en un proceso de

Auditoría Fiscal que fundamentan la actuación de la Administración Tributaria en el

ejercicio de su actividad fiscalizada.

Funcionarios Actuantes: Funcionarios de la Administración Tributaria competentes y

facultados conforme a la normativa tributaria, para ejecutar el procedimiento de

Fiscalización, a los fines de examinar el cumplimiento de las obligaciones tributarias por

parte del sujeto pasivo.

Hecho Imponible: Conjunto de circunstancias o hechos cuya realización origina el

nacimiento de la obligación tributaria.

Se considera ocurrido el hecho imponible y existente sus resultados:

a. En las situaciones de hecho, desde el momento que se hayan realizado las

circunstancias materiales necesarias para que se produzcan los efectos que

normalmente les corresponden.

b. En las situaciones jurídicas, desde el momento en qué estén definitivamente

constituidas de conformidad con el derecho aplicable.

Ilícito: Acción u omisión no permitida legal o moralmente. Hecho contrario a las

disposiciones legales o a la moral.

Ilícito Tributario: Toda acción u omisión contraria al ordenamiento jurídico tributario,

sancionada por norma expresa.

Ilícito Formal: Incumplimiento de los Deberes Formales previstos en la ley, reglamentos o

cualquier otro instrumento normativo en materia tributaria.

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Ilícito Material: Incumplimiento de las obligaciones relativas al pago del tributo previsto

en la ley.

Impuesto: Obligación pecuniaria que el Estado, en virtud de su poder de imperio, que a

través de la ley, exige a los sujetos pasivos (personas naturales o jurídicas) para el

sostenimiento de las cargas públicas. A diferencia de las tasas, el impuesto no implica una

contraprestación directa de servicios.

Informe Fiscal: Documento preparado y firmado por los funcionarios actuantes, una vez

forma clara, precisa y concreta; expresando las observaciones o hallazgos, identificando las

causas y efectos de los mismos, así como las conclusiones y recomendaciones para la

Administración Tributaria, de conformidad con los procedimientos establecidos.

Legajo de Papeles de Auditoría Fiscal: Conjunto de cédulas, documentos y elementos

escritos que registran los datos e informaciones y evidencias, ordenadas en secciones y

áreas de trabajo o tributos elaborados por los funcionarios actuantes durante la ejecución de

la Auditoría Fiscal, inherentes al programa de fiscalización que se desarrolle y los

resultados de las pruebas y cálculos realizados, todo lo cual fundamenta su opinión

plasmada en Actas, Informes y Resoluciones Fiscales, sobre el cumplimiento de las

obligaciones tributarias del sujeto pasivo fiscalizado.

Marcas de Auditoría: Son símbolos utilizados por los funcionarios actuantes para señalar

en los papeles de trabajo el tipo de revisión y prueba efectuados. Facilitan el trabajo al

eliminar la necesidad de explicar los procedimientos que son aplicados más de una vez.

Multa: Sanción pecuniaria que se impone a los responsables de infracciones de las

disposiciones contenidas en el ordenamiento jurídico.

En el ámbito tributario, se define como una pena pecuniaria con la que se sanciona el

incumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los sujetos pasivos.

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Obligación Tributaria: Obligación que surge entre un sujeto pasivo, (deudor) y un sujeto

activo, (acreedor: el Estado, en las distintas expresiones del Poder Público), en cuanto

ocurra el presupuesto de hecho previsto en la ley.

Pago: Es uno de los medios que permite al sujeto pasivo la extinción de la obligación

tributaria, representado en la entrega de un dinero o especie que se adeuda al Estado, el cual

debe efectuarse en el lugar, fecha y forma que indique la ley tributaria o su reglamentación.

Papeles de Trabajo: Comprenden la totalidad de los documentos y elementos escritos

preparados o recibidos por los funcionarios actuantes, de manera que en conjunto

constituyen un compendio de la información utilizada y de las pruebas y cálculos

efectuados en la ejecución del trabajo de Auditoría Fiscal, junto con las decisiones que han

debido tomar para formarse la opinión sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias

por el sujeto pasivo auditado.

Período Impositivo: Intervalo temporal previsto en la ley tributaria para determinar la

obligación fiscal.

Procedimiento de Auditoría Fiscal: Serie de acciones, pasos, tareas o gestiones cuya

ejecución o aplicación en forma metódica, sistemática y organizada permiten a los

funcionarios actuantes obtener los elementos de juicio suficientes para sustentar sus

conclusiones y el contenido del Informe, Actas y Resoluciones Fiscales.

Procedimiento de Verificación: Es el conjunto de las actuaciones que realiza la

Administración Tributaria sobre la información disponible, requerida y recibida de los

sujetos pasivos, para evaluar el cumplimiento de los Deberes Formales establecidos en el

Código Orgánico Tributario, leyes, reglamentos y demás normas tributarias.

Procedimiento de Fiscalización: Procedimiento que comprende la revisión, análisis,

control y verificación que realiza la Administración Tributaria, respecto de los tributos que

administra, para evaluar el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los

sujetos pasivos.

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Providencia Administrativa: Es un documento emanado de la Administración Tributaria

en ejercicio de las potestades y facultades previstas en el ordenamiento jurídico tributario,

que faculta a los funcionarios adscritos a las dependencias competentes para ejecutar los

procedimientos de Verificación o de Fiscalización.

Registro de Información Fiscal (RIF): Es un registro especial creado por la

Administración Tributaria por disposición de la ley, con el propósito de llevar un control de

todas las personas naturales y jurídicas susceptibles de ser calificadas como sujetos pasivos.

Resolución de Imposición de Sanción: Es el acto administrativo suscrito por el Jefe de

División de Fiscalización o Sector competente a través del cual se deja constancia motivada

y detallada de la sanción pecuniaria por los ilícitos tributarios detectados, durante la

ejecución del Procedimiento de Verificación incluyendo la clausura del establecimiento, en

los casos que aplique, de acuerdo a la normativa tributaria vigente.

Sanción: Pena pecuniaria o privativa de libertad que se impone a un infractor por el

quebrantamiento de una ley o norma.

Sujeto Activo de la Obligación Tributaria: Ente público acreedor del tributo.

Sujeto Pasivo de la Obligación Tributaria: Persona natural o jurídica obligada al

cumplimiento de las prestaciones y obligaciones tributarias, en calidad de contribuyente o

de responsable.

Técnicas de Auditoría Fiscal: Conjunto de herramientas utilizadas para obtener

información acerca de los resultados de un balance, un registro, una declaración de

impuesto a fin de evaluar la contabilización de las operaciones y el cumplimiento de las

obligaciones tributarias.

Tributo: Prestación pecuniaria que el Estado u otro ente público exige en ejercicio de su

poder de imperio a los sujetos pasivos, con el fin de obtener recursos para financiar el gasto

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público. Se clasifican en impuestos, tasas, precios públicos, contribuciones especiales y

exacciones parafiscales.

Unidad Tributaria: Medida de valor expresada en moneda de curso legal, creada por el

Código Orgánico Tributario y modificable anualmente por la Administración Tributaria.

Unidad de valor creada a los efectos tributarios como una medida que permite equiparar y

actualizar a la realidad inflacionaria, los montos de las bases de imposición, exenciones y

sanciones, entre otros; con fundamento en la variación del Índice de Precios al Consumidor

(IPC).

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REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

Arias, F. (2006). El Proyecto de Investigación (5ª Edición). Caracas: Editorial

Episteme.

Salvador, S (2005). El Procedimiento de Fiscalización. Caracas: Editorial Torino.

Garcia, T (1996). Los Actos administrativos. Madrid: Editorial Civitas.

Ramírez, T (1999). Cómo hacer un proyecto de investigación. Caracas: Editorial

Panapo.

Reglamento de la Ley de Impuesto al Valor Agregado (2006). Gaceta Oficial de la

República de Venezuela, Nº 5.363, Julio 18, 1999.

Código Orgánico Tributario (2001). Gaceta Oficial de la Republica de Venezuela,

Nº 37.305, Octubre 17, 2001.

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ANEXOS

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Anexo No. 1 – Providencia Administrativa (Fiscalización).

SNAT-INTI-GRTI-XXX-DF-200X-XXX Lugar y Fecha

PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA (FISCALIZACIÓN Y DETERMINACION)

Sujeto Pasivo: R.I.F.: Domicilio:

El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), haciendo uso de las facultades que le otorga el artículo 4, numerales 8,9,10 y 44 de la Ley del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), publ icada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.329 de fecha 08-11-2001, los artículos 121 numerales 2 y 5, 124, 127, al 130, 145, 152, 177 al 193 del Código Orgánico Tributario, publicado en la Gaceta Oficial N° 37.305 de fecha 17-10-2001 en concordancia con el artículo 94 numerales 10 y 16, 98 (105 y 106 en los casos que aplique) de la Resolución N° 32, de fecha 24-03-1995 publicada en la Gaceta Oficial N° 4.881 Extraordinario de fecha 29-03-1995, sobre la Organización, Atribuciones y Funciones del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), (en caso que corresponda, incorporar la normativa de la Providencia Administrativa que faculta al Jefe de Sector para ejecutar el procedimiento de fiscalización y determinación que aparece en Gaceta de creación del Sector), autoriza a: funcionario(s) actuante(s) (nombre completo y cédula de identidad), supervisor (nombre completo y cédula de identidad) y funcionario de apoyo (nombre completo y cédula de identidad – en caso de ser procedente) adscritos a la (División de Fiscalización o Área de Fiscalización del Sector de XXX – XXX de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región XXXX) del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), a los fines de fiscalizar y determinar el cumplimiento de las obligaciones tributarias del sujeto pasivo arriba identificado, para los ejercicios y/o periodos fiscales XXXX, en materia de XXXXXX, así como detectar y sancionar los posibles ilícitos tributarios cometidos.

En los casos en que lo ameriten, los funcionarios del Resguardo Nacional Tributario podrán intervenir como cuerpo auxiliar y de apoyo, a tenor de lo establecido en los Artículos 140 y 141 del Código Orgánico Tributario y el Artículo 4 del Decreto Reglamentario N° 555, de fecha 08-02-1995, publicado en Gaceta Oficial N° 35.658 del 21-02-1995.

Se emite la presente Providencia en tres (03) ejemplares, de un mismo tenor y a un solo efecto, uno de los cuales queda en poder del sujeto pasivo, quien firma en señal de notificación.

XXXXXXXXXXXXXXXXXX JEFE DE DIVISION DE FISCALIZACION O

JEFE DEL SECTOR DE TRIBUTOS INTERNOS DE LA REGION XXXX

Providencia N° XXXXXXXXXXXXXX Gaceta Oficial N° XXXXXXXXXXXXXX de fecha ________

NOTIFICACIÓN Sujeto Pasivo:___________________________________ Nombre:________________________________________ RIF N°:________________________________________ Cédula:_________________________________________ Domicilio Fiscal:_________________________________ Cargo:_________________________________________ Fecha:_________________________________________ Teléfono:_______________________________________ Sello:

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Anexo No. 2 – Acta de Requerimiento (Fiscalización).

SNAT-INTI-GRTI-XXX-DF-200X-XXX Lugar y Fecha

ACTA DE REQUERIMIENTO (FISCALIZACIÓN Y DETERMINACIÓN)

Sujeto Pasivo: R.I.F.: Domicilio:

En ______________________, a los ____________________ ( ) días del mes de _____________ de _______, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 numeral 2, 127 numerales , 3 y 8, numerales 3, 4 y 5 y artículos 177 al 179, 181, 182 y 190 del Código Orgánico Tributario, publicado en la Gaceta Oficial N° 37.305 de fecha 17-10-2001, los funcionarios actuantes (nombre completo y cédula de identidad) y supervisor (nombre completo y cédula de identidad), adscritos a la División de Fiscalización (Área de Fiscalización del Sector de XXX – XXX) de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región XXX del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), debidamente autorizado(s), según Providencia Administrativa N° _________________ de fecha _______________, notificada en fecha __________________, por medio de la presente proceden a requerir la documentación y/o información que se específica a continuación:

Ver Anexo Único, el cual será aplicable para los casos de elaboración de Actas de Requerimiento cerradas, de acuerdo al alcance de la actuación fiscal.

La información requerida deberá ser suministrada en forma escrita a los funcionarios actuantes en un plazo de ________________ (XX) días hábiles, contados a partir de la notificación de la presente acta.

Se hace del conocimiento del sujeto pasivo que la inobservancia al presente requerimiento constituye un ilícito formal que genera la sanción prevista en el artículo 105 del Código Orgánico Tributario.

A los fines legales consiguientes, se emite la presente acta en dos (02) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, uno de los cuales queda en poder del sujeto pasivo, quien firma en señal de notificación.

POR EL SUJETO PASIVO: FUNCIONARIOS ACTUANTES: Nombre:__________________________________________

Nombre:__________________________________________ Cédula: ________________________________________ Cédula: ________________________________________

Cargo:__________________________________________

Cargo: _________________________________________ Fecha: _________________________________________ Firma: _________________________________________ Teléfono:_________________________________________

Firma:___________________________________________

Sello: Nombre:________________________________________

__ Cédula: ________________________________________ Cargo: _________________________________________ Firma: _________________________________________

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Anexo Único – Recaudos.

1. Impuesto Sobre la Renta:

• Original y copia del Registro de información fiscal (RIF). Los cambios de información en el RIF, domicilio fiscal, deberán estar notificados ante la Administración, de ser el caso.

• Original y copia del Acta Constitutiva de la empresa y sus tres (03) últimas modificaciones. • Organigrama de la institución. • Libro de Actas de Asambleas. • Libro de Accionistas. • Original y copia de las Declaraciones Definitivas y Estimadas de Impuesto Sobre la Renta, sus

respecivos papeles de trabajo, y comprobantes de pago, correspondientes a los ejercicios fiscales. • Libros y Registros Fiscales adicionales que reflejen los ajustes iniciales y regulares por inflación. • Libros Auxiliares Fiscales (Ajustes por Inflación). • Formulario Registro de Activos Revaluados (RAR, Forma 23), planillas de pago y sus anexos. • Libros Contables: Diario, Mayor Analitico e Inventario; correspondientes a los ejercicios

fiscales____________. • Balance General para los ejercicios fiscales ____________. • Estado de Ganancias y Pérdidas para los ejercicios fiscales ____________. • Original y copia fotostática de las planillas de pago de retenciones efectuadas a terceros, en

matreria de I.S.L.R. (Formas PN-R-11, PN-NR-12, PJ-D-13, PJ-ND-14) practicadas durante los periodos____________.

• Formularios de Relación anual de Impuestos Retenidos y Enterados para los ejercicios ____________.

• Conciliaciones y Estados de Cuentas Banacarios al cierre de los tres (03) últimos ejercicios. • Código de Cuentas Contables. • Documentos de propiedad de los activos fijos de la empresa, debidamente registrados. • Documentos de ventas de activos fijos de la empresa, debidamente registrados. • Documentos demostrativos de las adquisiciones de activos fijos e inversiones realizadas por el

sujeto pasivo en los últimos tres (03) años. • Reporte de nómina (empleados y ejecutivos), correspondientes a los ejercicios ____________. • Papeles de trabajo utilizados para elaborar las declaraciones de rentas para los ejercicios

investigados. • Informe de Auditores Externos.

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Anexo Único – Recaudos.

2. Impuesto al Valor Agregado:

• Original y copia del Registro de Información Fiscal (RIF). Los cambios de información en el RIF, domicilio fiscal, deberán estar notificados ante la Administración, de ser el caso.

• Original y copia del Acta Constitutiva de la empresa y sus tres (03) últimas modificaciones. • Organigrama de la Institución. • Libro de Actas de las Asambleas. • Original y copia de las declaraciones de Impuesto al Valor Agregado, correspondientes a los

periodos imposivos ____________. • Libro de Compras correspondientes a los ejercicios fiscales ____________, que indique las

retenciones efectuadas por la esa empresa a los proveedores especificando: • Montos retenidos en Bolívares. • Porcentajes de retención aplicados (75 o 100%). • Libro de Ventas. • Libros Contables: Diario, Mayor Analitico e Inventario; correspondientes a los ejercicios fiscales

____________. • Conciliaciones y Estados de Cuentas Bancarios al cierre de los tres (03) últimos ejercicios. • Facturas de compras, comprobantes de pago, notas de debito recibidas o emitidas,

correspondientes a los periodos investigados. • Facturas de Ventas, comprobantes de pago, notas de crédito recibidas o emitidas,

correspondiente a los periodos investigados. • Relación de los principales proveedores en formato Excel correspondientes a los periodos de

imposición ____________, con el detalle de las retenciones efectuadas, que indique como mínimo la siguiente información:

• Nombre del proveedor. • Monto de las compras efectuadas. • % de retención aplicado. • En caso de ser sustituido a los proveedores importantes en los periodos de imposición

mencionados, indicar las razones y consignar relación de los nuevos proveedores. • Formulario de declaración y pago de retenciones para los ejercicios ____________. • Indicar por escrito si en el domicilio fiscal del contribuyente existen otras empresas, en caso de

ser afirmativo indique nombre y número de Registro de Información Fiscal (RIF) de las mismas.

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Anexo No. 3 – Acta de Recepción (Fiscalización).

SNAT-INTI-GRTI-XXX-DF-200X-XXX Lugar y Fecha

ACTA DE RECEPCIÓN (FISCALIZACIÓN Y DETERMINACIÓN)

Sujeto Pasivo: R.I.F.: Domicilio:

En _________________, a los ( ) días del mes de ______________ de ______, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 numeral 2, 127 numerales 1, 3 y 8 y 145 numerales 3, 4, y 5 y artículos 177 al 179, 181, 182 y 190 del Código Orgánico Tributario, publicado en la Gaceta Oficial N° 37.305 de fecha 17-10-2001, los funcionarios actuantes (nombre completo y cédula de identidad) y supervisor (nombre completo y cédula de identidad), adscritos a la División de Fiscalización (Área de Fiscalización del Sector de XXX – XXX) de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región XXX del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), conforme a lo solicitado en el Acta de Requerimiento N° _________________, notificada en fecha ______________________, reciben la documentación que se describe a continuación:

__________________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________

A los fines legales consiguientes, se emite la presente en dos (02) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, uno de los cuales queda en poder del sujeto pasivo, quien firma a los fines de dejar constancia de la entrega de la documentación.

POR EL SUJETO PASIVO: FUNCIONARIOS ACTUANTES: Nombre: _______________________________________ Nombre: _______________________________________ Cédula: ________________________________________ Cédula: ________________________________________ Cargo: ________________________________________ Cargo: ________________________________________ Fecha: _________________________________________ Firma: ________________________________________ Teléfono: ______________________________________ Firma: ________________________________________ Sello: Nombre: _______________________________________ Cédula: ________________________________________ Cargo: ________________________________________ Firma: ________________________________________

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Anexo No. 4 – Acta Constancia (Fiscalización).

SNAT-INTI-GRTI-XXX-DF-200X-XXX Lugar y Fecha

ACTA CONSTANCIA

En ______________________, a las _________________ ( ) horas del día ______________ del mes de _________________, de _______, a tenor de lo dispuesto en el artículo 121, numeral 2 del Código Orgánico Tributario, publicado en Gaceta Oficial N° 37.305 de fecha 17-10-2001, los funcionarios actuantes (nombre completo y cédula de identidad), supervisor (nombre completo y cédula de identidad) y funcionario de apoyo (nombre completo y cédula de identidad – en caso de ser procedente), adscritos a la División de Fiscalización del Sector de XXX – XXX de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región XXX del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), debidamente autorizados según Providencia Administrativa N° _____________, de fecha _____________, notificada en fecha _____________ y Oficio N° ________________, de fecha _____________, notificado en fecha _____________; y presente al ciudadano ________________________________________________, titular de la cédula de identidad N° __________________ en su carácter de ____________________________________________, del sujeto pasivo ____________________________, N° RIF ___________________, por medio de la presente hace constar:__________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

A los fines legales consiguientes, se emite la presente Acta en dos (02) ejemplares de un mismo tenor y a un solo

efecto, uno de los cuales queda en poder del sujeto pasivo, quien firma en señal de notificación.

POR EL SUJETO PASIVO: FUNCIONARIOS ACTUANTES: Nombre: _______________________________________ Nombre: _______________________________________ Cédula: ________________________________________ Cédula: ________________________________________ Cargo: ________________________________________ Cargo: ________________________________________ Fecha: _________________________________________ Firma: ________________________________________ Teléfono: ______________________________________ Firma: ________________________________________ Sello: Nombre: _______________________________________ Cédula: ________________________________________ Cargo: ________________________________________ Firma: ________________________________________ COMO TESTIGO(S): Nombre: _______________________________________ Nombre: _______________________________________ Apellido: _______________________________________ Apellido: _______________________________________ Cédula: ________________________________________ Cédula: ________________________________________ Fecha: _________________________________________ Fecha: _________________________________________ Hora: _________________________________________ Hora: _________________________________________ Teléfono: ______________________________________ Teléfono: ______________________________________

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Anexo No. 5 – Cuestionario de Control Interno.

CUESTIONARIO DE CONTROL INTERNO

IDENTIFICACIÓN DEL SUJETO PASIVO

Nombre o Razón Social del Sujeto Pasivo: RIF N°: Fecha de Constitución de la Empresa: Fecha de Inicio de Actividades: Fecha de Cierre del Ejercicio

Económico: Actividad Económica Principal: Domicilio Fiscal Actual: Domicilio Fiscal según RIF: Representante Legal (Nombre): C.I. N°: Teléfono de Ubicación:

DATOS PARA DETERMINAR EL PROCEDIMIENTO A SEGUIR

INFORMACIÓN GENERAL SI NO N/A ¿Tiene el Sujeto Pasivo el Original de los Estatutos Sociales? Si la respuesta es afirmativa; solicite copia. Si no tiene el original no acepte ni anexe copia.

¿En los ejercicios fiscalizados, el Sujeto Pasivo ha cambiado el método de depreciación de los Activos Fijos? En caso de ser afirmativo, solicite copia de la Providencia de autorización emitida por la Administración Tributaria – SENIAT.

¿Tiene los Estatutos Sociales publicados? Si la respuesta es afirmativa, solicite fotocopia.

¿Los Estatutos Sociales han tenido modificaciones? Si la respuesta es afirmativa, solicite copia del respectivo documento presentado en el Registro Mercantil.

Para los ejercicios fiscalizados, ¿el Sujeto Pasivo ha tenido cambios en su composición accionaria?

¿Los datos que contiene su RIF han sufrido modificación o actualización? Solicite fotocopia del mismo y verifique la respuesta del Sujeto Pasivo

¿Se encuentra el Sujeto Pasivo en etapa Pre-operativa?

¿Cuál es el monto aproximado de sus ingresos brutos?

¿El Sujeto Pasivo es Casa Matriz? Si es Casa Matriz, ¿cuántas sucursales tiene? ¿Cuál es la ubicación geográfica? Indique dirección y persona de contacto. Solicite por escrito esta información. Si no es Casa Matriz solicite por escrito esta manifestación.

¿El Sujeto Pasivo es filial otra empresa? Si la respuesta es afirmativa solicite por escrito: nombre y dirección de la empresa principal.

¿El Sujeto Pasivo está asociado con otra empresa o grupos de empresas? Si la respuesta es afirmativa, solicite por escrito: Nombre y dirección de la(s) empresa(s).

¿Tiene el Sujeto Pasivo empresas relacionadas o afiliadas? Si la respuesta es afirmativa, solicite por escrito: Nombre y dirección de la(s) empresa(s).

¿Existe un Departamento que se encargue de realizar, autorizar, registrar las operaciones entre las Agencias o Empresas Relacionadas? ¿Cómo se denomina? ______________________________________________

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CUESTIONARIO DE CONTROL INTERNO

INFORMACIÓN GENERAL SI NO N/A ¿Tiene el Sujeto Pasivo contratos con personas naturales o jurídicas residentes en el país por asistencia técnica o uso de patentes? En caso de ser afirmativo, solicite copia de los contratos.

¿Tiene el Sujeto Pasivo contratos con personas naturales o jurídicas no residentes en el país por asistencia técnica o usos de patentes? En caso de ser afirmativo, solicite copia de los contratos.

¿Tiene el Sujeto Pasivo contratos con empresas contratistas o subcontratistas para la ejecución de proyectos, obras o prestación de servicios? En caso de ser afirmativo, solicite copia de los contratos.

¿Tiene el Sujeto Pasivo personal contratado bajo la figura de Honorarios Profesionales, Servicios Personales, Comisionistas, Otros? En caso de ser afirmativo, solicite copia de los contratos.

¿El Sujeto Pasivo efectúa pagos por actividades profesionales no mercantiles, realizadas sin relación de dependencia?

¿Ha recibido el Sujeto Pasivo préstamos, para ser invertidos en la producción de la renta? En caso de ser afirmativo, solicite copia de la documentación.

¿Retiene el Sujeto Pasivo, el impuesto correspondiente sobre los pagos efectuados de: sueldos, salarios, honorarios profesionales y demás remuneraciones similares?

¿Retiene el Sujeto Pasivo, el impuesto correspondiente sobre los pagos de cualquier índole que efectúe, sujetos a retención de acuerdo a la normativa legal vigente?

¿El Sujeto Pasivo ha repartido dividendos en los últimos cuatro (04) años? Solicite detalle de pagos efectuados.

¿A cuáles partidas le aplica retenciones con frecuencia?____________________ ____________________________________________________________________

¿Venden productos, bienes, o presta servicios gravados con alícuota general del IVA?

¿Venden productos, bienes, o presta servicios gravados con alícuota reducida del IVA?

¿Venden productos, bienes, o presta servicios gravados con alícuota adicional del IVA?

¿Venden productos, bienes, o presta servicios exentos del IVA?

¿Tiene el Sujeto Pasivo, cuentas de control específicas donde se registran las retenciones de impuestos efectuadas? Solicite detalle de los códigos, nombres de las cuentas utilizadas y saldos a la fecha de cierre del ejercicio auditado.

¿Mantiene el Sujeto Pasivo cuentas bancarias en el País? De ser afirmativo, solicite por escrito: Nombre de la institución financiera, número de las cuentas, ubicación geográfica, dirección, teléfono y persona de contacto.

¿Mantiene el Sujeto Pasivo cuentas bancarias en el exterior? De ser afirmativo, solicite por escrito: Nombre de la institución financiera, número de las cuentas, ubicación geográfica, dirección, teléfono y persona de contacto.

¿Realiza el Sujeto Pasivo importaciones? De ser afirmativo, solicite por escrito: Tipos de productos, nombre de sus proveedores principales, dirección, teléfono y persona de contacto.

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CUESTIONARIO DE CONTROL INTERNO

INFORMACIÓN GENERAL SI NO N/A ¿Realiza el Sujeto Pasivo operaciones comerciales con clientes del exterior, o compañías relacionadas en el exterior? Si la respuesta es afirmativa, solicite por escrito: Nombre del cliente o compañía, dirección, teléfono y persona de contacto.

¿Mantiene vinculación con empresas relacionadas? Si la respuesta es afirmativa, solicite por escrito: Nombre o razón social de la empresa, denominación comercial, número de RIF, teléfono, dirección, tipo de vinculación o relación, persona de contacto.

¿Ha sufrido el Sujeto Pasivo siniestros durante periodos fiscalizados? De ser afirmativo, solicite: Tipo de siniestros, fecha de ocurrencia y requiera por escrito la información pertinente al caso.

¿Tiene o tenía el Sujeto Pasivo, cobertura de seguros para estos siniestros? Solicite copia de las pólizas de seguros.

¿Recibió el Sujeto Pasivo indemnizaciones de las compañías de seguro? En caso de ser afirmativo, solicite montos, fechas de los pagos, cuentas en la que se depositaron los fondos, etc.

¿El Sujeto Pasivo maneja inventarios? Si la respuesta es afirmativa, solicite por escrito la información necesaria para determinar si el inventario es de mercancía para la venta, materia prima, productos en proceso, productos terminados, la composición del mismo y el método de valoración utilizado.

¿El Sujeto Pasivo ha sufrido mermas en sus inventarios durante los ejercicios fiscalizados? Si la respuesta es afirmativa, solicite por escrito información por el tipo y origen de las mermas, monto de las perdidas sufridas y los soportes respectivos.

¿El Sujeto Pasivo notificó a las autoridades tributarias de la merma ocurrida? De ser afirmativo, solicite copia de la notificación efectuada a la Administración Tributaria de este hecho y valide la misma con la dependencia que realizó la recepción.

¿El Sujeto Pasivo ha efectuado destrucción de mercancías o bienes durante los periodos fiscalizados?

¿El Sujeto Pasivo solicitó autorización de las autoridades tributarias para la destrucción de mercancías o bienes? De ser afirmativo, solicite copia de la autorización emitida por la Administración Tributaria para su destrucción y deducción y valide la misma con la dependencia que realizó la recepción.

¿El Sujeto Pasivo ha modificado el método de valoración de inventario durante los periodos fiscalizados? De ser afirmativo, solicite por escrito: Fecha del cambio, método de valoración sustituido y el adoptado, copia de la notificación efectuada a la Administración Tributaria, valide la misma con la dependencia que realizó la recepción.

¿El Sujeto Pasivo recibe o entrega mercancía en consignación? De recibir o entregar mercancía en consignación, ¿tiene la contabilidad cuentas de control a los efectos pertinentes? De ser afirmativa la respuesta, ¿cuáles son los códigos y nombres de las cuentas y cuáles son los tipos de productos recibidos?

¿El sistema de facturación es automatizado? Si la respuesta es afirmativa, solicite por escrito: Descripción del sistema, tecnología y equipos usados, nombre del o los proveedores, así como el nombre de la imprenta, RIF y domicilio.

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CUESTIONARIO DE CONTROL INTERNO

INFORMACIÓN GENERAL SI NO N/A ¿Utiliza máquinas fiscales? Si la respuesta es afirmativa, solicite por escrito: marca, modelo y número de control de la máquina, nombre de los proveedores, nombre, dirección y RIF de la imprenta donde elaboran los formularios utilizados.

¿El sistema de facturación es manual? Si la respuesta es afirmativa, solicite por escrito: nombre de la imprenta, domicilio y RIF, donde se elaboran los formularios utilizados.

¿Tiene manual de normas y procedimientos? Si la respuesta es afirmativa, solicite copia del mismo.

¿Tiene instalado un sistema de contabilidad computarizado mecanizado? Si la respuesta es afirmativa, solicite por escrito: sistema, tecnología y equipos utilizados, nombre de los proveedores y reportes que emite.

¿El contador es empleado del Sujeto Pasivo? Si la respuesta es negativa, solicite por escrito: nombre y apellido, número de inscripción en el colegio profesional, dirección y teléfono.

¿El Sujeto Pasivo ha cedido o compensado créditos fiscales durante los ejercicios fiscalizados? De ser afirmativo, solicite copia de la notificación efectuada a la Administración Tributaria de este hecho. (Artículos 49, 50 y 51 del Código Orgánico Tributario?

¿El Sujeto Pasivo durante los ejercicios fiscalizados ha realizado inversiones en: Títulos valores, acciones, bienes muebles o inmuebles, colocaciones financieras, etc.

¿El Sujeto Pasivo ha realizado inversiones en el exterior? De ser afirmativo, solicite por escrito el tipo de inversiones, montos, ubicación geográfica y declaración de tales inversiones ante la Administración Tributaria.

¿La actividad económica del Sujeto Pasivo o parte de ella está sujeta a regulaciones por normas específicas? Si la respuesta es afirmativa, solicite por escrito la actividad regulada y la normativa aplicada.

¿El Sujeto Pasivo ha fabricado activos fijos y los ha incorporado en su patrimonio durante los periodos fiscalizados? De ser afirmativo, solicite por escrito un listado con la descripción de éstos activos, costo, fecha de fabricación e incorporación al patrimonio, y su estado a la fecha de auditoría.

¿El Sujeto Pasivo ha desincorporado activos fijos de la empresa, que al momento de su adquisición estuvieron gravados con IVA? De ser afirmativo, solicite copia de los documentos que soportan dicha operación.

¿Tiene el Sujeto Pasivo copia de los últimos cuatro (04) años del Balance General y Estado de Ganancias y Pérdidas? Si la respuesta es afirmativa, solicite por escrito copia de los mismos (a valores históricos, reexpresados o ambos).

¿El Sujeto Pasivo está obligado a presentar declaraciones de tributos de acuerdo a la normativa legal que regula su actividad económica? Si la respuesta es afirmativa, solicite por escrito detalle de las declaraciones y planillas presentadas durante los últimos cuatro (04) años.

¿El Sujeto Pasivo es beneficiario de exoneraciones de Impuesto Sobre la Renta? En caso de ser afirmativo, solicite por escrito la Providencia de inscripción en el Registro de Beneficios Fiscales.

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CUESTIONARIO DE CONTROL INTERNO

INFORMACIÓN GENERAL SI NO N/A ¿El Sujeto Pasivo es beneficiario de exoneraciones de Impuesto Sobre la Renta? En caso de ser afirmativo, solicite por escrito la Providencia de inscripción en el Registro de Beneficios Fiscales.

¿El Sujeto Pasivo es poseedor de tierras rurales privadas o públicas? Si la respuesta es afirmativa, solicite copia del título de propiedad o de poseedor, presentado en el Registro Subalterno correspondiente.

¿El Sujeto Pasivo está inscrito en el Registro de Información Tributario de Tierras? Si la respuesta es afirmativa, solicite copia del Registro.

Verifique el proceso de compras o adquisición de bienes y/o servicios.

Verifique el proceso de venta de bienes y/o servicios.

INFORMACIÓN REFERENTE AL PROCESO DE COMPRAS Y ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O SERVICIOS

SI NO N/A

¿Se registran todas las compras o egresos en el libro de compras?

¿Realizan inventario físico en forma periódica? Indique la frecuencia _________________________________________________

¿Existe un departamento distinto al de compras que realice las adquisiciones a proveedores o vendedores? Indique nombre del departamento _______________________________________

¿Cómo se encuentran los comprobantes de recepción?:

a. Grapados en facturas

b. Archivados permanentes en el departamento de recepción

c. Entregados al departamento de contabilidad

¿Existe en cada planta o local un punto central para la recepción de mercancías?

¿Se mantienen registros de recepción para todos los materiales y mercancías recibidas de los proveedores?

¿Se mantienen registros de recepción para todos los materiales y mercancías devueltas?

¿Se concilian frecuentemente los libros auxiliares de cuentas por pagar con la cuenta de control?

¿Se lleva un control de las facturas inmediatamente después de recibirlas?

¿Se revisan las facturas en el departamento de contabilidad en lugar de hacerlo en el departamento de compras o en el de tesorería?

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CUESTIONARIO DE CONTROL INTERNO

INFORMACIÓN REFERENTE AL PROCESO DE COMPRAS Y ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O SERVICIOS

SI NO N/A

¿Qué incluye esa revisión?

a. La comprobación de las multiplicaciones y las sumas

b. La verificación de la distribución de los cargos

¿Se adjunta a los comprobantes los documentos que les sirven de base y se archivan con ellos?

¿Se archivan los pagos en el correlativo de cheques o en carpeta por proveedor?

¿Se revisan y se presta atención continua a los saldos deudores en las cuentas por pagar?

¿Se aprovechan los descuentos concedidos por los proveedores? Indique nombre y número de cuenta de la contabilidad de la empresa donde se registran: _____________________________________________________________

¿Se realizan informes o resumen mensual de las compras? Relacione sus principales proveedores.

INFORMACIÓN REFERENTE AL PROCESO DE VENTAS SI NO N/A ¿El Sujeto Pasivo emite sus propias facturas, comprobantes y demás documentos?

¿El Sujeto Pasivo emite facturas adquiridas en una imprenta? Indique: Nombre o razón social de la imprenta: ____________________________________ Domicilio: ____________________________________________________________ RIF: ____________________________

¿Se le asigna número de control a las facturas de ventas de manera correlativa en la imprenta?

¿Están enumeradas anticipadamente en forma impresa y consecutiva las órdenes de despacho?

¿Se reportan todas las órdenes de despacho?

¿Se hace referencia en la factura de la orden de despacho correspondiente?

¿Se autorizan debidamente los despachos?

¿Se conservan los originales de las facturas de venta anuladas?

¿Se chequean todas las facturas de ventas?

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CUESTIONARIO DE CONTROL INTERNO

INFORMACIÓN REFERENTE AL PROCESO DE VENTAS SI NO N/A ¿Se verifica en todas las facturas de ventas la exactitud de lo siguiente?

a. Condiciones de créditos concedidas

b. Cantidades facturadas y cantidades despachadas

c. Precios

¿Tiene el Sujeto Pasivo como política otorgar: rebajas, descuentos, bonificaciones? Si la respuesta es afirmativa, indique número y nombre de la cuenta: ________________________________________________________________________

¿Se verifica en todas las facturas de ventas la exactitud de lo siguiente?

a. Rebajas

b. Descuentos

c. Bonificaciones

¿Se registra debidamente la mercancía devuelta en?:

a. El departamento de recepción

b. En los libros de inventario

c. En los libros de cuentas por cobrar

¿Se controlan y contabilizan de igual manera que las ventas de contado las indicadas a continuación?:

a. Ventas a crédito

b. Ventas a los empleados

c. Ventas intercompañías

d. Ventas en consignación

¿Se controla y registra adecuadamente el ingreso obtenido por la venta de material de desecho?

¿Se realizan informes y registros contables de las ventas?

¿Existen máquinas registradoras?

¿Asientan los comprobantes de las máquinas registradoras en el libro de ventas?

VALIDACIÓN

Firma del Sujeto Pasivo

C.I. N°:

Firma del Funcionario Actuante

C.I. N°:

Cargo:___________________________________

Fecha de elaboración: ________________________

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Anexo No. 6 – Marcas de Auditoría

Marcas de Auditoría Significado

S

Sumado

Verificado

Información Cotejada con el Libro Mayor

Verificado Conciliación Bancaria Vs. Estado de Cuenta

Archivado

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Anexo No. 7 – Acta de Reparo (Fiscalización).

SNAT-INTI-GRTI-XXX-DF-200X-XXX Lugar y Fecha

ACTA DE REPARO

Sujeto Pasivo: R.I.F.: Domicilio:

En ______________________, a los ________________ ( ) días del mes de ____________ de _____, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 numeral 2, 127 numerales 1, 3 y 8 y 145 numerales 3, 4 y 5 y artículos 177 al 193 del Código Orgánico Tributario, publicado en Gaceta Oficial N° 37.305 de fecha 17-10-2001, concordancia con el artículo 4 numerales 8, 9 y 10 de la Ley del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) y los artículos 94 numerales 10 y 16, y 98 numeral 14 de la Resolución N° 32 sobre la Organización, Atribuciones y Funciones del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) de fecha 24-03-1995, publicada en Gaceta Oficial N° 4.881 Extraordinario de fecha 29-03-1995, los funcionarios actuantes (nombre completo y cédula de identidad), supervisor (nombre completo y cédula de identidad) adscritos a la División de Fiscalización (Área de Fiscalización del Sector de XXX – XXX) de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región XXX del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), debidamente autorizado(s), según Providencia Administrativa N° ________________ de fecha __________________, notificada en fecha ____________________ y presente el ciudadano ___________________________________________________, titular de la cédula de identidad N° ____________________ en su carácter de ___________________________ del sujeto pasivo _________________________________________, antes identificado, se levanta la presente Acta según lo dispuesto en el artículo 183 del Código Orgánico Tributario, a los fines de dejar constancia de los resultados obtenidos en la actuación fiscal practicada en materia de ______________________________, para los periodos fiscales (o ejercicios fiscales) comprendidos desde ________________________ hasta _________________________.

De la revisión efectuada a la documentación presentada, se determinó lo siguiente: (Indicar las situaciones de

incumplimientos observados y detallar la normativa legal infringida por el contribuyente):

__________________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________

_____________________________________________________________________________.

En consecuencia, visto el ilícito consagrado en el artículo _________ del Código Orgánico Tributario, que establece que constituyen ilícitos formales relacionados con ________________________________________, hecho este sancionado con multa de _____________________________________________ de conformidad con lo dispuesto en el (los) artículo(s) _______________, resuelve a tenor de lo dispuesto en el artículo 93 del Código Orgánico Tributario, aplicar la(s) sanción(es) pecuniaria(s) estipulada(s) en el (los) artículo(s) ___________ ejusdem, por la cantidad de ______________ Unidades Tributarias (U.T.) convertidas a Bolívares al valor de las mismas para el momento del pago, conforme a lo previsto en el Parágrafo Primero del artículo 94 ejusdem.

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Se le participa al sujeto pasivo arriba identificado, que dispone de quince (15) días hábiles contados a partir de la fecha de notificación de la presente Acta, para que proceda de conformidad con lo establecido en el artículo 185 del citado Código.

De no estar de acuerdo con el contenido de esta Acta y vencido el plazo establecido en el párrafo anterior, se dará por iniciada la instrucción del Sumario, teniendo el sujeto pasivo el plazo de veinticinco (25) días hábiles para formular los descargos y aportar la totalidad de las pruebas para su defensa que considere procedentes, conforme a lo dispuesto en el artículo 188 del referido Código Orgánico Tributario, los cuales deberán presentarse mediante escrito que contenga los requisitos previstos en el artículo 49 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, en la División de Sumario Administrativo, interpuesto ante la División de Trámites (de la Gerencia Regional correspondiente).

A los fines legales consiguientes, se emite la presente en dos (02) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, uno de los cuales queda en poder del sujeto pasivo, quien firma en señal de notificación.

POR EL SUJETO PASIVO: FUNCIONARIOS ACTUANTES: Nombre: _______________________________________ Nombre: _______________________________________ Cédula: ________________________________________ Cédula: ________________________________________ Cargo: ________________________________________ Cargo: ________________________________________ Fecha: ________________________________________ Firma: ________________________________________ Teléfono: ______________________________________ Firma: ________________________________________ Sello: Nombre: _______________________________________ Cédula: ________________________________________ Cargo: ________________________________________ Firma: ________________________________________

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Anexo No. 8 – Resolución de Imposición de Sanción

SNAT-INTI-GRTI-XXX-DF-200X-XXX Lugar y Fecha

RESOLUCIÓN DE IMPOSICIÓN DE SANCIÓN (CLAUSURA DE ESTABLECIMIENTO)

De conformidad con lo establecido en los artículos 93, 121 numerales 2 y 3, 172 y 173 del Código Orgánico Tributario, en concordancia con el artículo 4 numerales 8, 9 y 10 de la Ley del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) y los artículos 94 numerales 10, 16 y 98 numeral 14 de la Resolución N° 32 sobre la Organización, Atribuciones y Funciones del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), de f echa 24-03-1995 publicada en la Gaceta Oficial N° 4.881 Extraordinario de fecha 29-03-1995, sobre la Organización Atribuciones y Funciones del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), se autorizó mediante Providencia Administrativa N° __________________ de fecha __________________, notificada en fecha __________________, al (los) funcionario(s) ______________________________________________________, titular(es) de la(s) cédula(s) de identidad N° _______________________________________, (respectivamente), bajo la supervisión del (los) funcionario(s) _______________________________________________________, titular(es) de la(s) cédula(s) de identidad N° _______________________________________ (respectivamente), adscrito(s) a la División o Área de Fiscalización XXXX – XXXX de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región XXXX del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), para realizar la ver ificación del cumplimiento de los deberes formales en materia de ___________________, para los periodos de imposición comprendidos desde ____________________ hasta _____________________, ambos inclusive, al sujeto pasivo __________________________________, identificado con el RIF N° _________________________, domiciliado en _______________________________. Cumpliendo con el procedimiento de verificación, la actuación fiscal solicitó mediante Acta: __________________.

De la revisión efectuada a la documentación consignada por el sujeto pasivo, se constataron los siguientes ilícitos: __________________,tal y como se evidencia en el Acta ______________ de fecha _________________, situación que contraviene lo establecido en los artículos (colocar las normas tributarias infringidas) _______________________, lo cual constituye incumplimiento de los deberes formales consagrados en los artículos ___________________, del Código Orgánico Tributario publicado en Gaceta Oficial N° 37.305 de fecha 17-10-2001.

En consecuencia, visto el (los) ilícito(s) consagrado(s) en el (los) artículo(s) _________________ del Código Orgánico Tributario, establece(n) que constituyen ilícitos formales relacionados con ______________________________________________, hecho(s) este(os) sancionado(s) con multa de _________________________ de conformidad con lo dispuesto en el (los) artículo(s) __________________, resuelve a tenor de lo dispuesto en el artículo 93 del Código Orgánico Tributario, en concordancia con lo estipulado en la Resolución N° SNAT/2002/913 de fecha 06-02-2002, publicada en Gaceta Oficial N° 37.398 de fecha 06-03-2002, de conformidad con lo establecido en el numeral 14 del artículo 98 de la Resolución N° 32 arriba identificada, a aplicar la sanción pecuniaria estipulada en el artículo _________________ del Código Orgánico Tributario, por la cantidad de ______________ Unidades Tributarias (U.T.) convertidas en bolívares al valor de las mismas para el momento del pago, conforme a lo previsto en parágrafo primero del artículo 94 de la Norma supra mencionada y sin perjuicio de las sanciones que puedan imponerse en posteriores actos administrativos por la comisión de otros ilícitos detectados en el presente procedimiento.

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Nota: En caso de reincidencia sustituir el párrafo anterior por el siguiente:

En consecuencia, visto el (los) ilícito(s) consagrado(s) en el (los) artículo(s) _________________ del Código Orgánico Tributario, establece(n) que constituyen ilícitos formales relacionados con ______________________________________________________________________, hecho(s) este(os) sancionado(s) con multa de _________________________ de conformidad con lo dispuesto en el (los) artículo(s) __________________ del mencionado código, en concordancia con el artículo 82 ejusdem, el cual establece que habrá reincidencia cuando el imputado, después de una sentencia o resolución firme sancionadora, cometiera uno o varios ilícitos tributarios de la misma índole, durante los cinco (05) años, contados a partir de aquellos. En ese sentido al detectarse nuevamente la comisión del ilícito tributario antes mencionado, el cual fue sancionado mediante la Resolución de Imposición de Sanción N° _____________, de fecha ______________, notificada en fecha ______________, constatada en la firmeza de la misma, (mediante sentencia N° _____________, de fecha ______________ (en caso de ser aplicable) ó (constatado su pago en el Sistema de Información Fiscal – SIVIT, en fecha ________________), se procede a implementar la sanción en veinticinco (25) Unidades Tributarias (U.T.) a tenor de lo dispuesto en el artículo 93 del Código Orgánico Tributario en concordancia con lo dispuesto en la Resolución N° SNAT/2002/913 de fecha 06-02-2002, publicada en Gaceta Oficial 37.998 de fecha 06-03-2002 y de conformidad con lo establecido en el numeral 14 del artículo 98 de la Resolución 32 arriba identificada, y aplicar la sanción pecuniaria establecida en el artículo _______________ del Código Orgánico Tributario, por la cantidad de ___________ Unidades Tributarias (U.T.) convertidas en bolívares al valor de las mismas para el momento del pago, conforme a lo previsto en parágrafo primero del artículo 94 de la Norma supra mencionada y sin perjuicio de las sanciones que puedan imponerse en posteriores actos administrativos por la comisión de otros ilícitos detectados en el presente procedimiento.

Asimismo se procede a imponer la sanción de clausura de (los) __________________________________ por un plazo de ____________________ ( ) días continuos, contados a partir de las ________________________ (_________) horas del día ___________________ hasta las _____________________ (________) horas del día ____________________. La sanción de clausura abarca la(s) sucursal(es) del sujeto pasivo.

Se hace del conocimiento del sujeto pasivo que en caso de inconformidad con la presente Resolución Administrativa, podrá interponer los recursos previstos en los artículos 244 y 259 del Código Orgánico Tributario, en un plazo de veinticinco (25) días hábiles contados a partir de la notificación de esta Resolución, de acuerdo con lo establecido en los artículos 244 y 261 del código en comento. En caso de interponer el recurso jerárquico deberá contar con la asistencia o representación de abogado o cualquier profesional afín al área tributaria, a tenor de lo dispuesto en el artículo 243 ejusdem.

A los fines legales consiguientes, se emite la presente Resolución en dos (02) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, una de las cuales queda en poder del sujeto pasivo quien firma en señal de notificación.

XXXXXXXXXXXXXXXXXX JEFE DE DIVISION DE FISCALIZACION O

JEFE DEL SECTOR DE TRIBUTOS INTERNOS DE LA REGION XXXX

Providencia N° XXXXXXXXXXXXXX Gaceta Oficial N° XXXXXXXXXXXXXX de fecha ________

POR EL SUJETO PASIVO: Nombre:________________________________ Cedula:_________________________________ Cargo:__________________________________ Fecha:__________________________________ Sello:

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Anexo No. 9 – Plan de Trabajo

UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE GUAYANA VICERRECTOTADO ACADÉMICO

COORDINACIÓN GENERAL DE PREGRADO COORDINACIÓN DE PASANTÍA

ACTIVIDADES SEMANAS

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 Inducción al área de trabajo

Revisión de Expedientes de Verificación y de Fiscalización entregados por los funcionarios supervisados por la Tutora Industrial

Notificación de la Providencia Administrativa y Acta de Requerimiento al Contribuyente

Búsqueda de Información del Historial y Actuaciones Anteriores del Contribuyente a través de los Sistemas de Información ISENIAT y SIVIT

Recepción de los documentos e información requerida y levantamiento del Acta de Recepción y Acta Constancia (según sea el caso)

Análisis de la documentación consignada y estudio del negocio del Contribuyente

Ejecución de la Auditoría Fiscal

Preparación de los Papeles de Trabajo de manera completa y detallada

Levantamiento y Notificación del Acta de Reparo o Conformidad de acuerdo con los resultados obtenidos en el procedimiento

Elaboración del Informe Fiscal

Conformación del Expediente Fiscal

Notificación de Resolución de Imposición de Sanciones

Elaboración del Informe de Pasantía

Inducción al nuevo Pasante

Firma del Tutor Industrial Firma del Tutor Académico

______________________________ ______________________________

Fecha de Inicio 28/03/2011 Fecha de Culminación 18/07/2011