haciendo negocios en paraguay 2015
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Esta publicación ha sido preparada para orientar a potenciales inversionistas respecto al ambiente de negocios existente en el Paraguay, con el fin de encaminar las decisiones hacia lo más conveniente posible a la hora de realizar operaciones en el país.El contenido del presente material abarca los puntos relevantes que consideramos deben ser tenidos en cuenta al momento de decidir establecer una empresa en el país. Nuestras observaciones son de carácter general y orientador, por lo que recomendamos además, considerar las cuestiones específicas de cada situación antes de tomar una decisión. Aclaramos que el contenido de esta publicación de ninguna manera pretende sustituir al asesoramiento profesional, indispensable para conocer el tratamiento adecuado a cada caso en particular. Por lo tanto, los autores del presente material no serán responsables por cualquier inexactitud, omisión o declaración de las que pudieran derivarse interpretaciones erróneas.TRANSCRIPT
Haciendo Negocios
en Paraguay
2015
Una mirada general Principales cuestiones a saber sobre este impuesto Agosto, 2012
2 Haciendo Negocios en Paraguay
Contenido
1. Introducción 3
2. Información General 4
3. Tipos de empresas 8
4. Impuestos 16
5. Legislación Laboral 34
6. Beneficios para inversores 38
7. Sistemas financieros y mercados capitales 53
8. Exportación e importación 54
9. Contabilidad, informes y auditoría 55
3 Haciendo Negocios en Paraguay
1. Introducción Esta publicación ha sido preparada para orientar a potenciales inversionistas respecto
al ambiente de negocios existente en el Paraguay, con el fin de encaminar las
decisiones hacia lo más conveniente posible a la hora de realizar operaciones en el
país.
El contenido del presente material abarca los puntos relevantes que consideramos
deben ser tenidos en cuenta al momento de decidir establecer una empresa en el país.
Nuestras observaciones son de carácter general y orientador, por lo que
recomendamos además, considerar las cuestiones específicas de cada situación antes
de tomar una decisión. Aclaramos que el contenido de esta publicación de ninguna
manera pretende sustituir al asesoramiento profesional, indispensable para conocer el
tratamiento adecuado a cada caso en particular. Por lo tanto, los autores del presente
material no serán responsables por cualquier inexactitud, omisión o declaración de las
que pudieran derivarse interpretaciones erróneas.
En vista a que la vigencia de las leyes se encuentra estrechamente vinculada a las
situaciones fácticas por las que atraviesa un país en determinado momento y, teniendo
en cuenta que el clima de negocios está sujeto a cambios importantes y permanentes,
es menester tener en cuenta la fecha de publicación del presente material.
Por otro lado, señalamos que nos pondría muy contentos responder a cualquier
inquietud o consulta que puedan tener respecto a las posibilidades de inversión en el
Paraguay, atendiendo al caso en particular planteado.
4 Haciendo Negocios en Paraguay
2. Información General sobre
Paraguay Situación Geográfica La República del Paraguay se encuentra en el centro de América del Sur. No tiene salida al mar y limita con Bolivia y Brasil hacia el norte, con Brasil y Argentina al este, con Argentina al sur y, con Argentina y Bolivia hacia el oeste.
A pesar de su situación mediterránea y de ser una economía pequeña, tiene una
posición geográfica privilegiada por la confluencia de un sistema fluvial importante que
forma parte de la Cuenca del Río de la Plata (Hidrovía de los ríos Paraguay y Paraná)
y por encontrarse en la intersección de las rutas internacionales. Esta posición
geográfica permite el fácil acceso a los principales puertos y mercados de América del
Sur.
Junto con Brasil, Argentina, Venezuela y Uruguay, Paraguay integra el bloque
comercial más grande de la región, el MERCOSUR, un mercado integrado con un
potencial de 200 millones de consumidores, con los bienes, servicios y factores de
producción en un futuro próximo.
Superficie Total, clima y condiciones naturales
El país cubre un área de 406.752 km
2 y se divide en dos regiones
muy bien definidas, separadas por el río Paraguay.
La Región Oriental es una ondulada llanura con muchos bosques;
cubre aproximadamente el 40% de la superficie total y concentra la
mayor parte de los habitantes y la actividad económica del país.
La Región Occidental, conocida como el Chaco, es una vasta
región, semi-árida a semi- húmeda y con muy baja densidad de
población. Una tercera parte del territorio se encuentra en la zona
tórrida y los otros dos tercios en el sur templado. Los veranos
sueles ser muy calurosos y los inviernos muy secos.
5 Haciendo Negocios en Paraguay
Población
La población total del Paraguay es de 6,6 millones de habitantes y la densidad
poblacional es de 16,4 habitantes por km2. La población, concentrada principalmente
en la Región Oriental del país, está urbanizada en un 60%. Para el año 2012 la
población estimada era de 6.672.631 habitantes, siendo la tasa de crecimiento
poblacional del 2012 con respecto al 2011, de 1,69% anual.
De acuerdo a la Proyección de Población, Paraguay es un país mayoritariamente
urbano, con 58,9% de concentración poblacional en esta área y 41,1% en la rural.
La tasa de desempleo abierto afecta al 5,6% de la población. La tasa de desempleo
abierto, para la población de 15 a 24 años de edad, afecta al 13% de dicha población.
La agricultura es la principal actividad económica, ocupando el 30% de la población
económicamente activa, seguido de los servicios públicos con el 22% y el comercio
con un 21%. La industria manufacturera emplea al 12% de la población
económicamente activa.
El Departamento Central, con una población estimada de 2.221.180, constituye el
33,3% respecto al total país. Asunción, capital del país, cuenta con una población
estimada de 515.587 habitantes; conforma el 7,7% de la población del país y está
situada a orillas del río Paraguay. Otras ciudades importantes son Encarnación, Ciudad
del Este y Pedro Juan Caballero.
La religión practicada por la mayoría de los ciudadanos es la Católica Apostólica
Romana, profesada por el 85% de la población. Sin embargo, existe libertad de
conciencia y de culto, así como templos de las diversas religiones.
Idiomas Los idiomas oficiales son el español y el guaraní, siendo, por tanto uno de los pocos
países bilingües en el continente americano. La mayoría de los paraguayos habla o
entiende los dos idiomas, siendo el guaraní predominante en las zonas rurales.
Sistema Político
Paraguay es una República libre e independiente. De conformidad a la Constitución
Nacional sancionada en 1992, se constituye como Estado social de derecho unitario,
indivisible y descentralizado, adoptando como forma de gobierno la democracia
representativa, participativa y pluralista.
Actividad Económica En Paraguay existe un sistema económico basado en el libre comercio. Hace unos
años fue establecido un régimen basado en el libre intercambio, la libre importación y
exportación y la libre circulación de capitales. No existen controles de precios ni otros
tipos de restricciones.
Al mismo tiempo, un estricto programa de estabilidad monetaria fue introducido, con
ajustes fiscales y control de inflación. Esto constituyó el principal incentivo para que el
sector privado participe en el programa de inversiones del Estado, quien limitó su
influencia en la actividad empresarial.
La actividad económica se basa fundamentalmente en la agricultura, la ganadería y el
comercio. El desarrollo industrial es escaso y se relaciona con la producción de carne,
bebidas, tabacos, maquinarias, equipos y derivados de la agricultura.
Después de una contracción esperada del PIB de -1,2% en el 2012, se pronostica un
repunte muy fuerte de la economía en el año 2013, con un crecimiento del producto del
10,5% debido principalmente a la rápida recuperación de la agricultura de los embates
6 Haciendo Negocios en Paraguay
climáticos, a la expansión de la ganadería y de la industria cárnica, tras la superación
del brote de fiebre aftosa del año 2011, sumado al esperado aumento de las
construcciones tanto públicas como privadas.
Las estimaciones del Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) de la campaña
agrícola 2012/2013 registran importantes aumentos en los rendimientos de los
principales cultivos, situación que provoca un fuerte impacto positivo en la economía
en su conjunto. Conforme a los últimos datos del MAG se esperan superlativos
aumentos en la producción de soja, maíz, mandioca y poroto, por mencionar algunos
rubros.
Datos Macroeconómicos
Números Económicos en Paraguay
Inflación acumulada 2013 3,7%
Inflación acumulada 2012 4%
Inflación acumulada 2011: 4,9%
Inflación acumulada 2010: 7,2%
Inflación acumulada 2009: 1,9%
PIB 2012: USD 18.230 millones
PIB per cápita 2012 USD 3.757
Reservas Internacionales 31.12.2012 USD 4.968 millones
Deuda Pública Externa 31.12.2012 USD 2.219,8 millones
Préstamos otorgados al Sector Privado USD 9.550 millones
Depósitos del Sector Privado USD 10.759 millones
Rentabilidad Bancaria 2012 28,2%
Liquidez del Sistema Bancario 43,7%
Morosidad Bancaria 2,2%
Déficit Fiscal al 31.12.2012 1,8%
Acuerdos internacionales Actualmente, Paraguay mantiene relaciones diplomáticas con casi todos los países del
mundo y ha logrado establecer una cooperación importante y negociar tratados
comerciales, de los cuales el más importante, desde el punto de vista económico, es
sin duda el tratado de Asunción por medio del cual se constituye el Mercado Común
del Sur (MERCOSUR), suscrito en 1991 entre Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay.
Posteriormente se adhirió a Venezuela como miembro, sin la ratificación
correspondiente de Paraguay. El MERCOSUR tiene como asociados a Bolivia y Chile
(1996), Perú (2003), Colombia (2004) y Ecuador (2004).
El Tratado de Asunción, tratado constitutivo del bloque MERCOSUR, implica, entre
otras cosas, la libre circulación de bienes, servicios y factores productivos entre los
países, a través de la eliminación de los derechos aduaneros y restricciones no
arancelarias a la circulación de mercaderías y de cualquier otra medida equivalente; el
establecimiento de un arancel externo común y la adopción de una política comercial
común con relación a terceros Estados; la coordinación de políticas macroeconómicas
y sectoriales entre los Estados Partes, y; el compromiso de los Estados Partes de
armonizar sus legislaciones en las áreas pertinentes, para lograr el fortalecimiento del
proceso de integración.
7 Haciendo Negocios en Paraguay
Promoción de inversiones
Paraguay es uno de los pocos países del mundo que contempla ampliamente en su
legislación la promoción de inversiones, ya sean éstas nacionales o extranjeras. Al
inversionista extranjero se le garantiza legalmente, los mismos derechos y obligaciones
que al inversionista nacional, sin más limitaciones que las establecidas en la ley.
Además de la Ley de Promoción de Inversiones, que se describe detalladamente en el
capítulo sexto de la presente publicación, el país cuenta con una serie de condiciones
económicas y naturales que lo hace atractivo para las inversiones:
La estabilidad social, política y económica;
Grandes zonas de bosques naturales, pastos y tierras fértiles;
La energía hidroeléctrica abundante, limpia, renovable y barata;
Abundante trabajo con bajos costos de mano de obra;
Costos fiscales relativamente más bajos a los de los países vecinos;
Libre repatriación de capital y dividendos;
Fácil acceso a los mercados internacionales a través de los ríos Paraná y
Paraguay, y de un sistema vial con puentes internacionales.
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3. Tipos de Empresas
Las principales formas jurídicas que una organización de negocios o empresa puede
adoptar como estructura en el Paraguay, son las siguientes:
Sociedad Anónima;
Sociedad de Responsabilidad Limitada;
Sucursales;
Sociedad Colectiva;
Sociedad en Comandita Simple;
Sociedad en Comandita por Acciones;
Sociedad de Capital e Industria;
Empresa Individual de Responsabilidad Limitada;
Sociedad Anónima
Características Generales
Las Sociedades Anónimas son sociedades comerciales en las que el capital aportado
por los socios está representado por acciones; los socios sólo responden ante terceros
hasta la concurrencia de sus respectivos aportes. Esto es así, por cuanto la sociedad
anónima responde de las obligaciones sociales unicamente con su patrimonio.
La sociedad debe constituirse por escritura pública, y en el acto constitutivo deben ser
identificados los socios, la denominación, el domicilio, la duración, el objeto social, el
importe del capital suscrito e integrado, el número y valor nominal de las acciones, la
forma de administración y control, las normas bajo las cuales se distribuirán las
ganancias y pérdidas y, otras cláusulas relativas a las operaciones sociales.
Las sociedades anónimas adquieren personería jurídica y pueden comenzar a operar a
partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio. La denominación social,
cualquiera sea la forma de su conformación, debe contener la indicación de ser
sociedad anónima (S.A.).
Las Sociedades Anónimas son consideradas sociedades "intuiti rei" en contraposición
a las "intuitu personae", lo cual implica que es una sociedad de capitales.
Capital social, suscripto e integrado El capital social está representado por acciones. No hay reglas sobre el capital mínimo,
excepto para los bancos, compañías financieras, casas de cambio, seguros y/o
compañías de reaseguros y corredores de bolsa que están regulados por leyes
especiales. Sin embargo debe tenerse en cuenta que del capital social depende el
cumplimiento del objeto de la sociedad, por cuanto su cuantía debe ser suficiente como
para asegurar la realización de aquél.
El capital social es la suma fijada por los estatutos o las asambleas, que los socios se obligan a aportar al suscribir las acciones. El capital social debe estar íntegramente suscripto, circunstancia por la cual el capital social coincide siempre con el capital suscripto. El capital integrado, a su vez, es la suma que los socios efectivamente aportaron a la sociedad.
9 Haciendo Negocios en Paraguay
Acciones
Las acciones son los títulos o documentos representativos de una porción del capital
social. Las mismas son indivisibles; por lo que en caso de copropiedad de una acción,
se requiere el nombramiento de un representante común para el ejercicio de los
derechos que las mismas confieren.
Las sociedades anónimas pueden emitir diferentes tipos de acciones. Las mismas se
clasifican, según su forma de circulación, en acciones nominativas o al portador, y;
según los derechos que confieren, en ordinarias, preferidas, privilegiadas o diferidas.
Las acciones al portador se caracterizan porque su sola posesión otorga a su tenedor
la propiedad de las mismas y los consecuentes derechos emergentes del título. Las
acciones nominativas llevan en su texto el nombre de la persona a cuyo favor se
emiten y su transferencia opera mediante su documentación en el título y en el libro de
registro de accionistas. Las acciones ordinarias no otorgan a los socios ninguna clase
de preferencia o privilegio, las acciones preferidas, en cambio, otorgan un derecho
preferente a los dividendos y el reembolso del capital en caso de disolución o
liquidación y, las acciones privilegiadas dan un trato preferencial relacionado con el
gobierno de la sociedad, proporcionando una cantidad mayor de votos que los
concedidos para los accionistas ordinarios.
Las acciones ordinarias dan derecho a un (1) voto por acción. Sin embargo, los
estatutos podrán establecer que se reconozcan hasta cinco (5) votos por acción
ordinaria. El privilegio en el voto es incompatible con las preferencias de renta variable.
Accionistas Las sociedades están formadas por dos (2) o más accionistas, los cuales pueden ser
personas físicas o jurídicas, y de nacionalidad paraguaya o extranjera. Los accionistas
aseguran el control sobre la sociedad con el 51% (cincuenta y uno por ciento) de los
votos.
Administración y Fiscalización
La administración de la sociedad está a cargo de uno o más directores nombrados por la Asamblea de Accionistas. El número de directores y la duración de su mandato deben ser determinados en los Estatutos. Los directivos son solidaria e ilimitadamente responsables por el mal desempeño en sus funciones, por las violaciones de los Estatutos Sociales, por negligencia grave y abuso del poder conferido con relación al cargo que desempeñan. La remuneración de los directivos de la sociedad es fijada por la Asamblea General Ordinaria de Accionistas. Los directores pueden ser o no accionistas, son reelegibles y su designación es revocable. El nombramiento de los directores se hará por un ejercicio fiscal, salvo disposición en contrario de los estatutos. Para que los extranjeros puedan ser directores, los mismos deberán realizar los trámites de radicación conforme a lo dispuesto en la Ley de Migraciones. La fiscalización de la sociedad está a cargo de uno o más síndicos nombrados por la Asamblea de Accionistas. El cargo de Síndico es de carácter personal, indelegable y requiere el conocimiento y la capacidad oficial para ejercer el control según lo determinado por los Estatutos, en donde debe estar establecido el periodo para el que son nombrados, que podrá ser hasta un máximo de tres años, pudiendo ser reelectos. Los Síndicos deben estar domiciliados en el Paraguay.
10 Haciendo Negocios en Paraguay
Distribución de Utilidades
Las sociedades sólo podrán distribuir utilidades cuando hayan cubierto todas sus pérdidas, de acuerdo con las normas del Código Civil paraguayo. La violación de esta norma compromete la responsabilidad conjunta de todos los directores. Las sociedades anónimas, al igual que todas aquellas sociedades por acciones, deben efectuar una reserva legal no menor del cinco por ciento de las utilidades netas del ejercicio, hasta alcanzar el veinte por ciento el capital suscripto.
Asamblea General de Accionistas
La Asamblea de Accionistas es el órgano de gobierno de la sociedad, necesario para la deliberación y decisión acerca de los intereses de la sociedad. Las Asambleas Generales pueden ser ordinarias o extraordinarias y deben celebrarse en el domicilio legal (societario). La Asamblea Ordinaria es anual y puede ser convocada por el directorio en cualquier momento, o por el Síndico cuando lo estime necesario o conveniente, o a petición de los accionistas que representen el 5% del capital social si los estatutos no tienen establecido una representación diferente. En la Asamblea ordinaria se dirimen cuestiones del giro común de la Sociedad, y la ley taxativamente limita sus funciones al indicar que corresponde a la misma considerar y resolver los siguientes asuntos: a) memoria anual del Directorio, balance y cuenta de ganancias y pérdidas, distribución de utilidades, informe del síndico y toda otra medida relativa a la gestión de la empresa que le corresponda resolver de acuerdo con la competencia que le reconocen la ley y el estatuto, o que sometan a su decisión el directorio y los síndicos; b) designación de directores y síndicos, y fijación de su retribución; c) responsabilidades de los directores y síndicos y su remoción; y d) emisión de acciones. Corresponde a la Asamblea Extraordinaria todos los asuntos que no son competencia de la Asamblea General Ordinaria, la modificación de los Estatutos y en especial: a) aumento, reducción y reintegración de capital;
b) rescate, reembolso y amortización de acciones;
c) fusión, transformación y disolución de la sociedad; nombramiento, remoción y
retribución de los liquidadores; consideración de las cuentas y de los demás asuntos relacionados con la gestión de los liquidadores;
d) emisión de debentures y su conversión en acciones; y
e) emisión de bonos de participación.
11 Haciendo Negocios en Paraguay
Sociedad de Responsabilidad Limitada Características Generales Las Sociedades de Responsabilidad Limitada (S.R.L) deben estar constituidas por dos o más personas, las cuales pueden ser físicas o "jurídicas" (una "persona jurídica" es en general, cualquier empresa o sucursal legalmente constituida y registrada), a través de un contrato social que debe extenderse por Escritura Pública. Estas sociedades tienen prohibido realizar operaciones bancarias, de seguros, de capitalización, de ahorro y cualquier otra actividad que exija otro tipo societario, como por ejemplo los Almacenes Generales de Depósito que deben ser constituidas a través de Sociedades Anónimas. Este tipo de sociedad se caracteriza por limitar la responsabilidad al monto de los aportes, por contar con un número de socios reducido (no más de 25), por la división en cuotas no representativas de títulos negociables del capital social, por no existir libre transmisibilidad de las partes sociales, por la suscripción total del capital al formarse la sociedad, por no contar con una limitación de capital mínimo y, por su simplicidad de constitución y funcionamiento.
Capital Social El capital social constituye el cúmulo de bienes con los cuales la sociedad afrontará las obligaciones asumidas a los efectos de la consecución del fin social. Éste se divide en cuotas iguales por valor de un mil guaraníes o su múltiplo. El capital debe estar totalmente suscrito, debiendo integrarse en el acto constitutivo al menos el 50% en efectivo, y el 50% restante en el plazo de dos años.
Cuotas sociales
En virtud a que las cuotas no pueden estar representadas por
títulos valores, las mismas sólo pueden ser cedidas, y para
ello el socio debe comunicar a la sociedad dicha intención,
para que la misma se manifieste al respecto. La cesión
respecto de los socios es libre, en cambio respecto a terceros
debe ser aceptada por la sociedad, para lo cual se requiere
conformidad de las ¾ partes del capital social cuando la
sociedad cuente con más de cinco socios, y unanimidad en
caso de que la sociedad cuente con menos de cinco socios.
Socios El capital debe pertenecer a un mínimo de dos (2) y un máximo de veinticinco (25) socios. La ley no hace diferencia entre los paraguayos y extranjeros. La responsabilidad de los socios está limitada al valor de sus aportes. Los socios cuentan con numerosos derechos, entre los cuales se pueden mencionar: el derecho a participar en la distribución de utilidades, a ser designado gerente o fiscalizador, a fiscalizar de manera directa la sociedad, a la conservación del estatus de socio y a ceder su cuota. Entre sus obligaciones podemos referir las siguientes: obligación de integrar su aporte, obligación de participar en las deliberaciones sociales y la de mantenerse en la sociedad, salvo causas justificadas.
12 Haciendo Negocios en Paraguay
Dirección, Administración y Representación
La Administración y representación de la S.R.L pueden ser delegadas en uno o más
gerentes, que pueden ser o no socios, quienes tendrán los mismos derechos y
obligaciones que los directores de Sociedades Anónimas. No hay limitación en
absoluto con relación a la duración de su mandato.
Los mismos pueden ser designados en el contrato social o posteriormente en la
asamblea de socios.
Gobierno
El órgano de gobierno de la sociedad es la Asamblea de socios, debiendo establecerse en el contrato social su forma de convocatoria y quórum. Las decisiones que tengan como resultado el cambio de objeto, transformación, fusión y otra modificación del contrato social que implique mayor responsabilidad para los socios, requieren la conformidad de todos y cada uno de los socios, mientras que los demás temas son decididos por mayoría de capital.
Distribución de Utilidades Los estados financieros deben reflejar anualmente, la situación financiera y los resultados de las operaciones de la empresa. Sólo las ganancias realizadas y líquidas pueden ser compartidas entre los socios. La distribución de las utilidades se lleva a cabo una vez aprobados los estados financieros, y establecida la reserva legal, la cual debe realizarse por un monto equivalente al 5% de las ganancias del año, hasta alcanzar el 20% del capital suscrito.
13 Haciendo Negocios en Paraguay
Sucursales de Entidades Extranjeras Las Compañías constituidas en un país extranjero que deseen ejercer actos de comercio en forma habitual en el Paraguay, pueden establecer una sucursal o cualquier otro tipo de representación. Para ello, la Empresa Matriz debe presentar la siguiente documentación, certificada por un escribano público o notario de la sede social, y legalizada en el Consulado Paraguayo más próximo. * Los Estatutos o documentos de incorporación de la Empresa Matriz;
* Una certificación de un oficial público o de la Cámara de Comercio de que la Empresa Matriz está legalmente registrada en el país de origen;
* Una resolución del Consejo Directivo de la Empresa Matriz que:
Resuelve establecer una sucursal en la República del Paraguay;
Asigna un capital nominal a la sucursal (un monto habitual es USD. 10.000);
Establece el domicilio de la sucursal en la ciudad de Asunción;
Designa a la persona o personas que administrarán los negocios de la sucursal y a los abogados;
Otorga poderes a la persona o personas que administrarán la sociedad y a los abogados;
* Los instrumentos de poderes de
administración otorgados por la Empresa Matriz a favor de la persona o personas que administrarán la sucursal y los abogados. Los documentos son transcriptos en el Protocolo de un Escribano Público para su inscripción en el Registro Público de Comercio y en el Registro de las Personas Jurídicas y Asociaciones.
Al mismo tiempo, el contador de la sucursal las debe registrar en las oficinas administrativas y fiscales correspondientes para que pueda operar y ejercer actos de comercio. No se requiere autorización del Gobierno.
Las sucursales deben cumplir todas las leyes tributarias en la misma forma que las empresas locales. También deben preparar los estados financieros anuales. Los representantes de estas sucursales tienen la misma responsabilidad frente a terceros al igual que los directores o administradores de las empresas.
14 Haciendo Negocios en Paraguay
Sociedad Colectiva
Es aquella sociedad en la cual los socios
contraen responsabilidad subsidiaria, ilimitada
y solidaria por las obligaciones sociales.
Todos los socios concurren o tienen derecho
a concurrir a la gerencia de la sociedad y, lo
que la misma ejecuta se reputa ejecutado por
cada uno de los individuos que la forman. Es
una sociedad "intuitu personae", puesto que
las condiciones personales de los socios
constituyen un factor determinante y decisivo.
Se constituye por Escritura Pública y la misma
debe inscribirse en el Registro Público de
Comercio y de Personas Jurídicas. La
sociedad colectiva actúa bajo una razón
social constituida con el nombre de uno o
varios de los socios, con inclusión de las
palabras «sociedad colectiva», o su
abreviatura. Debe contener las palabras «y
compañía», cuando en ella no figura el
nombre de todos los socios.
Sociedad en Comandita Simple
Es una sociedad mixta en la que existen dos tipos de socios: a) los socios colectivos
que responden solidaria e ilimitadamente por las obligaciones sociales y tienen a su
cargo la administración de la sociedad, y; b) los socios comanditarios que responden
por las obligaciones sociales hasta el límite de sus aportes. Las cuotas de participación
no pueden ser representadas por acciones.
Se constituye por Escritura Pública y debe estar inscripta en el Registro
correspondiente. La razón social debe estar constituida por el nombre de al menos uno
de los socios colectivos, con la indicación de ser sociedad en comandita simple. Debe
contener las palabra «y compañía», cuando no figuren los nombres de todos los socios
colectivos.
Sociedad en Comandita por Acciones
Esta sociedad también se constituye con socios colectivos y comanditarios. La
diferencia radica en que en este tipo de sociedad, el capital que los socios
comanditarios se obligan a aportar, se representa en acciones. La administración de la
sociedad corresponde a los socios colectivos.
La denominación social debe contener la indicación de ser sociedad en comandita por
acciones, o la sigla S.C.A. La omisión de dicha indicación hará responsable ilimitada y
solidariamente al administrador conjuntamente con la sociedad, por los actos que se
concertaran en esas condiciones.
15 Haciendo Negocios en Paraguay
Sociedad de Capital e Industria Por el contrato de sociedad e industria, una parte se obliga a aportar un bien y la otra su trabajo o industria. Lo sociedad es igualmente de capital e industria si todos o algunos de sus socios, además del capital aportado, se obliga a prestar su trabajo o industria. Tienen calidad de socios capitalistas, los que aportan bienes en dinero o en especie, y de socios industriales los que presten su trabajo o industria. A la industria de los socios, se le atribuirá un valor que será equivalente al promedio de remuneraciones abonadas por servicios iguales o similares, al tiempo de constitución de la sociedad, fijado por un plazo determinado de trabajo, o por un número de piezas a producir. Los socios, cualquiera sea su calidad, responden por las obligaciones sociales hasta el valor de los bienes aportados y/o de su industria. Sin embargo, a falta de inscripción del acto constitutivo, los socios responden ilimitada y solidariamente. La sociedad de capital e industria es comercial, mas no puede tener por objeto operaciones bancarias, de capitalización, de ahorro, de seguros, ni otro objeto para los que las leyes exigen una forma determinada de sociedad. La sociedad puede actuar, bajo una razón social constituida por los nombres de uno o más socios capitalistas o industriales, o bajo la denominación del objeto de la sociedad, o de un nombre de fantasía.La razón social o la denominación deben estar seguidos de la expresión "Sociedad de Capital e Industria". Las decisiones son tomadas por mayoría de socios sin importar el valor de los bienes aportados y/o industria. Los trabajos realizados en el curso de las operaciones sociales, por el socio capitalista o industrial que no conste en el contrato social como prestación a su cargo, gozarán de una remuneración fijada de común acuerdo entre la sociedad y el socio.
Empresa Individual de Responsabilidad
Limitada
La Empresa Individual de Responsabilidad Limitada es una forma legal que sirve a los comerciantes para restringir sus riesgos a límites medibles, evitando la asociación con otras personas a fin de cumplir la exigencia normativa que indica que las sociedades se componen de un mínimo de dos personas. Es de eminente carácter comercial y se constituye por UNA PERSONA FÍSICA. Los bienes afectados a la conformación de la Empresa se consideran separados del resto del patrimonio del constituyente, es por ello que el patrimonio afectado a la Empresa debe estar detalladamente individualizado, a fin de mantener claros límites entre uno y otro.
La responsabilidad del instituyente está limitada al monto del capital afectado a la empresa, salvo dolo, fraude o incumplimiento de las leyes, en cuyo caso la responsabilidad será ilimitada abarcando además, los bienes del patrimonio del instituyente. La constitución debe ser hecha por Escritura Pública e inscripta en los Registros Públicos. El capital mínimo necesario para constituir este tipo de empresa, es el equivalente a dos mil (2.000) jornales mínimos, lo cual es a la fecha aproximadamente 31.809 USD.
16 Haciendo Negocios en Paraguay
Registros legales y de control comunes a
todo tipo de empresa Todas las empresas deben llevar los siguientes registros legales: 1. Registros de Accionistas; 2. Libro de depósito de acciones y registro de asistencia a Asambleas Generales 3. Libro de Actas de Asambleas Generales de Accionistas; 4. Libro de Actas de Reuniones del Directorio; 5. Libro Diario; 6. Libro Mayor; 7. Libro de Inventario; 8. Libro de IVA (Impuesto al Valor Agregado) compra; 9. Libro de IVA (Impuesto al Valor Agregado) venta.
La supervisión gubernamental se lleva a cabo por organismos estatales, como el Departamento de Registro y Fiscalización de Sociedades y la Sub Secretaría de Estado de Tributación, ambos dependientes del Ministerio de Hacienda.
4. Impuestos
La mayor parte de la recaudación tributaria en Paraguay proviene de los impuestos nacionales. Los tributos municipales o regionales no son muy significativos. El sistema tributario nacional incluye varios impuestos de los cuales los principales son: 1. Impuesto a la Renta de Actividades Comerciales, Industriales y de Servicios
(IRACIS). 2. Impuesto a la Renta de las Actividades Agropecuarias (IMAGRO). 3. Impuesto a la Renta Personal (IRP) 4. Impuesto al Valor Agregado (IVA) 5. Impuesto Selectivo al Consumo (ISC)
Asimismo, existe un impuesto especial denominado para Pequeños Contribuyentes, que grava los ingresos originados en actividades comerciales, industriales o de servicios no personales. Los contribuyentes son empresas individuales ubicadas en el país, que cuentan con un ingreso devengado en el año civil anterior, que no supera la cantidad de Gs. 100.000.000, aproximadamente USD 25.000. La tasa de este impuesto es del 10%. El criterio utilizado para gravar la renta, por nuestro sistema tributario, es el criterio territorial o de la fuente, que indica que están gravadas todas las rentas provenientes de bienes o derechos dentro del territorio nacional. No obstante, los rendimientos obtenidos por capitales colocados en el exterior, así como las diferencias de cambio de los mismos, son considerados de fuente paraguaya cuando la entidad inversora o beneficiada se encuentra radicada en Paraguay, y por lo tanto estas rentas están gravadas. El ajuste por inflación no está permitido, pero los contribuyentes están obligados a revaluar sus activos cada año con los índices establecidos por el Gobierno. Siguiendo el principio de territorialidad, la legislación no admite créditos por impuestos pagados en el extranjero. Paraguay ha suscrito diversos tratados o acuerdos con otros países con el fin de evitar la doble imposición, especialmente en lo referente al transporte aéreo, fluvial y terrestre. Este tipo de acuerdos ha sido suscrito con Uruguay, Chile, Chile, Bélgica, Alemania y Argentina.
17 Haciendo Negocios en Paraguay
Tratamiento fiscal de los no residentes En vista a la obligación legal de los contribuyentes y responsables, de constituir domicilio fiscal en el país, debe tenerse en cuenta que la Administración Tributaria tiene la potestad para designar domicilio del contribuyente en base a ciertos criterios establecidos por ley. En este sentido, se considera que el domicilio fiscal de las entidades constituidas en el extranjero que no tienen establecimiento permanente en el país, es el de sus representantes. Y, si no se puede determinar la existencia de domicilio en el país, se tiene por tal el lugar en el que ocurre el hecho generador. Por otro lado, son considerados establecimientos permanentes en el país, a todos los efectos fiscales, entre otros, los siguientes: a) Las sucursales o agencias.
b) Una fábrica, planta o taller industrial o de montaje o establecimiento agropecuario.
c) Las minas, canteras o cualquier otro lugar de extracción de recursos naturales.
d) Las obras de construcción o de montaje cuya duración exceda doce meses.
Una persona que actúe en el país por cuenta de una empresa del exterior, se considerará que constituye establecimiento permanente en el país si tiene y ejerce habitualmente en éste poderes para concluir contratos en nombre de la empresa, a menos que sus actividades se limiten a la compra de bienes o mercancías para la misma. Igualmente, se debe resaltar que las personas físicas que residen en Paraguay por más de 120 días son consideradas, a efectos fiscales, domiciliadas en el lugar de residencia habitual.
18 Haciendo Negocios en Paraguay
Impuesto a la Renta de las Actividades
Comerciales, Industriales y de Servicios
(IRACIS) Este impuesto grava las rentas de fuente paraguaya provenientes de actividades comerciales, industriales y de servicios que no sean de carácter personal. Quedan fuera del campo de este impuesto las actividades agrícola – ganaderas.
Contribuyentes Las empresas unipersonales (personas físicas que utilizan en forma conjunta el
capital y el trabajo con el fin de obtener un resultado económico), sociedades con o sin personería jurídica, las asociaciones, las corporaciones y demás entidades privadas de cualquier naturaleza;
Las empresas públicas, entes autárquicos, entidades descentralizadas y sociedades de economía mixta;
Las Cooperativas, con el alcance establecido por la Ley N° 438/94;
Las personas domiciliadas o entidades constituidas en el exterior y sus sucursales, agencias o establecimientos que realicen actividades gravadas en el país. La casa matriz deberá tributar por las rentas netas que aquéllas le paguen o acrediten. La casa matriz del exterior tributará por las rentas gravadas que obtenga en forma independiente.
Año Fiscal El año fiscal del negocio coincidirá con el año civil. Sin embargo, la Administración Tributaria puede admitir o establecer que el ejercicio fiscal coincida con el ejercicio económico en los casos en los que se lleve la contabilidad de acuerdo con los principios de contabilidad generalmente aceptados y a las disposiciones legales vigentes,
Base Imponible La base bruta constituye la diferencia entre el ingreso total proveniente de las operaciones comerciales, industriales o de servicios y el costo de las mismas. La base imponible es la renta neta, la cual se determina deduciendo de la renta bruta gravada los gastos que sean necesarios para obtenerla y mantener la fuente productora, siempre que representen una erogación real, estén debidamente documentados y sean a precios de mercado, cuando el gasto no constituya un ingreso grabado para el beneficiario.
Rentas gravadas La ley considera comprendidas, dentro del hecho generador, a las siguientes rentas: a) Rentas que provengan de la compra-venta de bienes inmuebles, cuando la
actividad se realice en forma habitual, excepto para las sociedades, sobre las cuales no aplica la habitualidad.
b) Las rentas generadas por los bienes del activo, con excepción de los originados en las Rentas de las Actividades Agropecuarias, Rentas del Pequeño Contribuyente y Rentas del Servicio de Carácter Personal.
c) Todas las rentas que obtengan las personas o sociedades, con o sin personería jurídica, así como las entidades constituidas en el exterior o sus sucursales, agencias o establecimientos en el país. Quedan excluidas las rentas provenientes de las actividades comprendidas en el Impuesto a las Rentas de las Actividades Agropecuarias, Rentas del Pequeño Contribuyente y Rentas del Servicio de Carácter Personal.
d) Las rentas provenientes de las siguientes actividades: extractivas, cunicultura, avicultura, apicultura, sericultura, suinocultura, floricultura y explotación forestal.
19 Haciendo Negocios en Paraguay
e) Las rentas que obtengan los consignatarios de mercaderías. f) Los dividendos y las utilidades que se obtengan en carácter de accionistas o de
socios de entidades que realicen actividades comprendidas en el Impuesto a las Rentas de Actividades Comerciales, Industriales o de Servicios y Rentas de las Actividades Agropecuarias.
g) Las rentas provenientes de cualquier actividad industrial, comercial y de servicios tales como seguros y reaseguros, intermediación financiera, transporte, hotelería y agentes similares, viajes, locación de bienes y servicios, publicidad y cualquier otra actividad con fin lucrativo.
Exoneraciones
a) Entidades Exentas
1. Las entidades religiosas reconocidas por la autoridad
competente, por los ingresos provenientes del ejercicio del culto, servicios religiosos y de las donaciones que se destinan a dichos fines.
2. Las entidades de asistencia social, caridad, beneficencia, instrucción científica, literaria, artística, gremial, de cultura física y deportiva, y de difusión cultural y/o religiosa, así como las asociaciones, mutuales, federaciones, fundaciones, corporaciones, partidos políticos legalmente reconocidos y las entidades educativas reconocidas por el Ministerio de Educación y Cultura, siempre que sean instituciones sin fines de lucro. Se consideran tales aquellas en las que sus utilidades y excedentes no son distribuidos a sus asociados.
b) Rentas exentas
1. Los dividendos y las utilidades que obtenidos por los contribuyentes domiciliados en el país, en carácter de accionistas o de socios de entidades que realicen actividades comprendidas en este impuesto, cuando las mismas estén gravadas por el Impuesto a las Rentas de Actividades Comerciales, Industriales o de Servicios y las Rentas de las Actividades Agropecuarias, siempre que el total de los mismos no superen el 30% (treinta por ciento) de los ingresos brutos gravados por el presente impuesto en el ejercicio fiscal.
2. Las contribuciones o aportes efectuados a las instituciones públicas que administran seguros médicos, jubilaciones y pensiones, así como los fondos privados de pensión y jubilación por el sistema de capitalización individual y el sistema nacional de seguro de salud pública, creados o admitidos por Ley, incluyendo las rentas, utilidades o excedentes que provengan de la inversión, colocación, aprovechamiento económico del fondo o capital obtenido en las Entidades del Sistema Bancario y Financiero regido por la Ley Nº 861/96, incluyendo los Bonos o Debentures transados en el mercado de capitales. Quedan exceptuados de esta exoneración los actos y rentas que les generan por colocaciones, que provengan de las demás operaciones realizadas con dichos fondos en forma permanente, habitual y organizada en forma empresarial.
3. Los intereses y las utilidades provenientes del mayor valor
obtenido de la venta los bonos colocados en la bolsa de valores, así como de los títulos de deuda pública emitidos por el Estado o por las municipalidades.
4. Las operaciones de fletes internacionales, destinados a la exportación de bienes.
20 Haciendo Negocios en Paraguay
Sistema y forma de pago. Anticipos y tasas vigentes
a) El impuesto es liquidado por declaración jurada, en forma anual. Para tal fin, la administración tributaria provee al contribuyente de formularios especiales.
b) Pagos anticipados obligatorios La Administración Tributaria está facultada para establecer anticipos a cuenta del impuesto anual, los cuales no podrán superar el importe del impuesto pagado el año anterior. De hecho, cuatro anticipos bimestrales deben realizarse, el primero en mayo, el segundo en julio, el tercero en septiembre y el cuarto en noviembre de cada año. El anticipo equivale al 25% del impuesto determinado en el año anterior.
c) Las Tasas de Impuesto
La tasa general es del 10% (diez por ciento).
Cuando las utilidades son distribuidas, se aplica adicionalmente la tasa del 5% (cinco por ciento) sobre los importes netos acreditados o pagados a los dueños, socios o accionistas. Las utilidades destinadas a la cuenta de reserva de legal, o a reservas facultativas o a capitalización no estarán sujetas al impuesto señalado en este párrafo.
Las casas matrices, socios o accionistas domiciliados en el exterior deberán pagar el impuesto correspondiente a las utilidades o dividendos acreditadas por las sucursales, agencias o establecimientos situados en el país, aplicando la tasa del 15% (quince por ciento) sobre los importes netos acreditados, pagados o remesados, de ellos el que fuere anterior.
Las personas domiciliadas o entidades constituidas en el exterior con o sin sucursal, agencia o establecimiento situados en el país deben aplicar la tasa del 30% (treinta por ciento) sobre las rentas obtenidas, independientemente de las mencionadas agencias, sucursales o establecimientos.
Rentas Internacionales Las personas o entidades radicadas en el exterior, con o sin sucursal, agencia o establecimiento en el país que realicen actividades gravadas, determinarán sus rentas netas de fuente paraguaya de acuerdo con los siguientes criterios, sin admitir prueba en contrario: a) 10% (diez por ciento) sobre el monto de las primas y demás ingresos provenientes
de las operaciones de seguros o de reaseguros que cubran riesgos en el país en forma exclusiva o no, o se refieran a bienes o personas que se encuentren ubicados o residan respectivamente en el país, en el momento de la celebración del contrato.
b) 10% (diez por ciento) sobre el importe bruto proveniente de la realización de operaciones de pasajes, radiogramas, llamadas telefónicas, servicios de transmisión de audio y video, emisión y recepción de datos por internet y otros servicios similares que se presten tanto desde el país al exterior, así como aquellas operaciones y servicios proveídas desde el extranjero al territorio nacional.
c) 15% (quince por ciento) de las retribuciones brutas de las agencias internacionales de noticias, por servicios prestados a personas que utilicen los mismos en el país.
d) 40% (cuarenta por ciento) de los ingresos brutos de las empresas productoras distribuidoras de películas cinematográficas o para la televisión, de cintas magnéticas y cualquier otro medio similar de proyección.
e) 10% (diez por ciento) sobre el importe bruto proveniente de la realización de operaciones de fletes de carácter internacional.
f) 15% (quince por ciento) de los ingresos brutos correspondientes a la cesión de uso de contenedores.
g) 20% (veinte por ciento) de los importes brutos pagados, acreditados o remesados a entidades bancarias o financieras u otras instituciones de crédito de reconocida trayectoria en el mercado financiero y organismos multilaterales de crédito, radicadas en el exterior, en concepto de intereses o comisiones por préstamos u operaciones de crédito similares.
21 Haciendo Negocios en Paraguay
h) 50% (cincuenta por ciento) de los importes brutos pagados, acreditados o remesados en cualquier otro concepto no mencionado precedentemente.
i) 100% (cien por ciento) de los ingresos o importes brutos acreditados, pagados o remesados provenientes de las sucursales, agencias o subsidiarias de personas o entidades del exterior, situados en el país, en todos y cualesquiera de los casos y conceptos.
Sucursales, agencias y establecimientos de personas o entidades constituidas en el exterior
La renta neta de las sucursales, agencias y establecimientos de personas o entidades constituidas en el exterior se determina tomando como base la contabilidad separada de las mismas. Estas entidades deben liquidar sus impuestos de la misma forma que las sociedades comerciales. A falta de contabilidad suficiente que refleje el beneficio neto, la Administración estimará de oficio la renta neta. Serán gastos deducibles para las sucursales, agencias o establecimientos de personas del exterior, los intereses por préstamos o cualquier otra inversión que realice la casa matriz u otras sucursales o agencias del exterior, así como lo abonado a las mismas por conceptos de regalías y asistencia técnica, siempre que dichas erogaciones constituyan rentas gravadas para el beneficiario del exterior.
22 Haciendo Negocios en Paraguay
Impuesto a la Renta de las Actividades
Agropecuarias (IMAGRO)
Este impuesto grava las rentas provenientes de la actividad agropecuaria realizada en el territorio nacional.
Conceptualización legal de la Actividad agropecuaria La actividad agropecuaria es conceptualizada por la ley como toda aquella que se realiza con el objeto de obtener productos primarios, vegetales o animales, mediante la utilización del factor tierra, capital y trabajo, tales como:
Cría o engorde de ganado, vacuno, ovino y equino.
Producción de lanas, cuero, cerdas y embriones.
Producción agrícola, frutícola y hortícola.
Producción de leche.
Se consideran comprendidos en el presente concepto, la tenencia, posesión, usufructo, arrendamiento o propiedad de inmuebles rurales, aun cuando en los mismos no se realice ningún tipo de actividad. También se considera gravado por este impuesto, la renta proveniente de la venta de bienes del activo afectados a la actividad gravada.
Rentas No Comprendidas El impuesto no comprende las rentas provenientes de las actividades que consisten en la manipulación, los procesos o tratamientos, cuando sean realizados por el propio productor para la conservación de los referidos bienes, como así tampoco las comprendidas en el Impuesto a la Renta de Actividades Comerciales, Industriales o de Servicios, Renta del Pequeño Contribuyente y Rentas del Servicio de Carácter Personal. Las provenientes de la explotación de inmuebles rurales de personas físicas, que no superen una superficie agrológicamente útil total de 20 (veinte) hectáreas en la Región Oriental o de 100 (cien) hectáreas en la Región Occidental (Chaco).
Contribuyentes
Son contribuyentes de este impuesto, las personas físicas, las sociedades con o sin personería jurídica, las asociaciones, corporaciones y demás entidades privadas de cualquier naturaleza, las empresas públicas, entes autárquicos, entidades descentralizadas, y sociedades de economía mixta, y las personas o entidades domiciliadas o constituidas en el exterior y sus sucursales, agencias o establecimientos en el país. Las personas físicas, serán contribuyentes siempre que la superficie agrológicamente útil total de los inmuebles rurales que los mismos posean en carácter de propietario, arrendatario, tenedor, usufructuario o poseedor a cualquier título, sea superior a 20 (veinte) hectáreas en la Región Oriental o 100 (cien) hectáreas en la Región Occidental, aun cuando dichas superficies estuviesen representadas por varias fracciones menores, no adyacentes o situadas en distintas zonas rurales. Las entidades jurídicas, incluidas las Cooperativas, lo serán a partir de una superficie agrológicamente útil igual o superior a 1 (una) hectárea. En los casos de condominios y sucesiones indivisas, se entenderá que es contribuyente quién directa y efectivamente realice la actividad agropecuaria. La ley presume que el propietario del inmueble rural es el titular de la renta salvo que terceros realicen las actividades gravadas mediante contrato por escrito de acuerdo con las normas legales vigentes presentado y registrado en la Administración Tributaria.
23 Haciendo Negocios en Paraguay
Cuestiones importantes a tener en cuenta en este Impuesto
Un inmueble rural tiene un uso eficiente y racional si cuenta con un aprovechamiento productivo de por lo menos el 30% (treinta por ciento) de su superficie agrológicamente útil. Se entiende por aprovechamiento productivo la utilización del inmueble rural en actividades agrícolas, granjeras, pecuarias, de manejo y aprovechamiento de bosques naturales de producción, reforestación o forestación o utilizaciones agrarias mixtas. Para la determinación de la Superficie Agrológicamente Útil, se deben deducir los bosques naturales o cultivados, lagunas permanentes o semi-permanentes y los humedales, las áreas marginales no aptas para uso productivo, las áreas silvestres protegidas, las ocupadas por rutas, caminos vecinales y/o servidumbres de paso y las áreas destinadas a servicios ambientales. Grandes Inmuebles son aquellos que individualmente o en conjuntos alcancen o
tengan una superficie agrológicamente útil igual o superior a 300 hectáreas en la Región Oriental y 1500 hectáreas en la Región Occidental; medianos Inmuebles son los que
individualmente o en conjunto tengan una superficie agrológicamente útil inferior a 300 hectáreas en la Región Oriental y 1500 hectáreas en la Región Occidental; pequeños Inmuebles son los que individualmente o en conjunto tengan una superficie
agrológicamente útil que no supere las 20 hectáreas en la Región Oriental y 100 hectáreas en la Región Occidental.
Renta Bruta, Renta Neta y Tasa Impositiva
La renta bruta debe ser determinada en todos los casos, con independencia de que en el inmueble rural se realice o no un eficiente y racional aprovechamiento productivo. La determinación de la Renta Bruta, la Renta Neta y el Impuesto se realiza en función a la superficie agrológicamente útil de los inmuebles . Por tal motivo clasificaremos este título según el tipo de inmueble de que se trate.
a) Grandes inmuebles:
- La renta bruta anual para estos inmuebles rurales es la diferencia entre el ingreso
total proveniente de las actividades agropecuarias y el costo de las mismas, debiendo deducirse a estos efectos, de las ventas brutas, las devoluciones, bonificaciones y descuentos. - La renta neta se halla deduciendo de la renta bruta todas las erogaciones
relacionadas con el giro de la actividad, provenientes de gastos e inversiones que guarden relación con la obtención de las rentas gravadas y la manutención de la fuente productora, siempre que sean reales y estén debidamente documentadas, de conformidad con lo establecido en las leyes. - La tasa impositiva a aplicar sobre la renta neta determinada es el 10% (diez por
ciento).
b) Medianos inmuebles y aquellos no explotados racionalmente:
- La renta imponible anual se determina por el régimen
presunto, aplicando en todos los casos y sin excepciones, el valor bruto de la producción de la superficie útil Agrológica de los bienes inmuebles rurales que posee el contribuyente (ya sea en carácter de propietario, arrendatario o poseedor a cualquier título) que se determinará tomando como base el coeficiente de producción natural del suelo y el rendimiento de los productos, multiplicado por el precio promedio de estos productos en el año agrícola inmediatamente anterior.
24 Haciendo Negocios en Paraguay
- La renta imponible calculada de esta manera podrá reducirse, para todo el país o para determinadas regiones, en el porcentaje que el Poder Ejecutivo establezca para el año, previo informe del Ministerio de Agricultura y Ganadería, cuando por causas naturales o fenómenos climáticos se originen pérdidas extraordinarias y de carácter colectivo.
- La tasa impositiva a aplicar sobre la Renta Imponible será del 2,5% (dos y medio
por ciento).
Declaración Jurada
El ejercicio fiscal coincidirá con el año civil, la presentación de las declaraciones juradas es obligatoria para todos los contribuyentes designados, esta obligación deberá ser cumplida independientemente que en el ejercicio fiscal declarado por el contribuyente haya o no obtenido renta gravada por el Impuesto. El contribuyente deberá presentar, igualmente, la declaración jurada anual de patrimonio y la de la Superficie Agrológicamente Útil.
Impuesto a la Renta Personal (IRP)
Este impuesto grava las rentas de fuente paraguaya que provengan de la realización
de actividades que generen ingresos personales.
Rentas comprendidas El ejercicio de profesiones, oficios u ocupaciones o la prestación de servicios
personales de cualquier clase, en forma independiente o en relación de
dependencia, sea en instituciones privadas, públicas, entes descentralizados,
autónomos o de economía mixta, entidades binacionales, cualquiera sea la
denominación del beneficio o remuneración.
El cincuenta por ciento (50%) de los dividendos, utilidades y excedentes que se
obtengan en carácter de accionistas o de socios de entidades que realicen
actividades comprendidas en el Impuesto a las Rentas de Actividades
Comerciales, Industriales o de Servicios y Rentas de las Actividades
Agropecuarias, distribuidos o acreditados, así como de aquellas que provengan
de cooperativas comprendidas en este impuesto (siempre que en estas
sociedades no se haya tributado el Impuesto a la Renta del Servicio de Carácter
Personal).
Las ganancias de capital que provengan de la venta ocasional de inmuebles,
cesión de derechos y la venta de títulos, acciones y cuotas de capital de
sociedades, que no se encuentren gravados por el Impuesto a la Renta de
Actividades Comerciales, Industriales o de Servicios, Renta de las Actividades
Agropecuarias y Renta del Pequeño Contribuyente.
Los intereses, comisiones o rendimientos de capitales.
Cualesquiera otros ingresos de fuente paraguaya, siempre que durante el
ejercicio fiscal el total de ellos sea superior a treinta (30) salarios mínimos
mensuales.
25 Haciendo Negocios en Paraguay
Rentas no comprendidas
La acreditación o percepción de intereses, comisiones o rendimientos producidos o
generados por capitales mobiliarios, no constituye hecho generador gravado por el
Impuesto a la Renta del Servicio de Carácter Personal en los siguientes casos:
Obtención de los dividendos y utilidades que perciban los accionistas o socios
domiciliados en el exterior.
Obtención de ganancias de capitales mobiliarios que forman parte de los activos
de una empresa unipersonal.
Obtención de utilidades que se perciban en carácter de propietario de una
empresa unipersonal
Los provenientes de juegos de azar regulados por la Ley N° 1016/97 y siempre
que los mismos hayan tributado el impuesto establecido en la Ley N° 431/73 y
sus modificaciones.
Legados y herencias.
Las utilidades, excedentes o rendimientos reinvertidos en empresas
contribuyentes del Impuesto a las Rentas de Actividades Comerciales,
Industriales o de Servicios, del Impuesto a la Renta de Actividades
Agropecuarias, o en sociedades simples.
La adjudicación de bienes como resultado de una disolución conyugal.
26 Haciendo Negocios en Paraguay
Servicios de Carácter Personal Dentro de los servicios de carácter personal, sea en calidad dependiente o
independiente, quedan comprendidos:
El ejercicio de profesiones universitarias, vale decir aquellas cuyo título lo otorga
alguna Universidad del Estado o reconocida por éste.
El ejercicio de cualquier actividad desarrollada por personas que se encuentren
en posesión de un título otorgado por otra entidad reconocida por autoridad
competente que los habilite para desarrollar alguna técnica u oficio.
El ejercicio de cualquier actividad artística o deportiva. El ejercicio de cualquier
oficio y la prestación de servicios personales de cualquier naturaleza.
Las actividades de Despachantes de Aduana.
Las actividades de los comisionistas, o de quien realice corretajes e
intermediaciones en general.
Cualquier trabajo prestado en relación de dependencia, vale decir todas aquellas
prestaciones que se realicen en virtud de un contrato de trabajo, incluida la
prestación de servicios personales realizados por una persona física en su
calidad de propietario de una Empresa Unipersonal o como personal de nivel
superior de una sociedad simple, siempre que perciba una remuneración por
dichos servicios.
El desempeño de cargos públicos, electivos o no, permanentes o contratados, en
cualquier Organismo o Entidad que forme parte o dependa del Estado. Se
incluyen en el concepto mencionado, a modo enunciativo, los cargos
desempeñados en los Organismos de la Administración Central, Entidades
Descentralizadas, autónomas y/o autárquicas, Congreso Nacional, Poder Judicial,
Fuerzas Armadas y Policías, Gobernaciones, Municipalidades, Entidades
Binacionales y otras de carácter mixto.
Síndicos, escribanos, partidores, albaceas, rematadores.
Demás servicios prestados por las personas físicas y sociedades simples por los
cuales reciban ingresos no sujetos al Impuesto a las Rentas de Actividades
Comerciales, Industriales o de Servicios, Rentas de las Actividades
Agropecuarias y Rentas del Pequeño Contribuyente.
En definitiva, todo aquello que constituya un ingreso para cualquier persona física por
alguno de los conceptos mencionados, estará gravado o sujeto al IRP siempre que sus
ingresos anuales superen los 179 millones de guaraníes aproximadamente,
equivalentes a aproximadamente 43 mil dólares americanos (108 salarios mínimos)
para el ejercicio 2013.
El método de imputación de las rentas y de los gastos, será el de lo efectivamente percibido y pagado respectivamente, dentro del ejercicio fiscal.
Contribuyentes
Personas físicas
Las personas físicas quedarán incididas por el presente Impuesto una vez que, durante
un ejercicio fiscal el total de sus ingresos gravados, computados inclusive desde el 1
de Enero de ese año, sea superior al rango no incidido correspondiente a dicho
ejercicio debiendo inscribirse dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes, y
liquidar el impuesto sobre el total de sus ingresos, inversiones y gastos realizados a
partir del día siguiente de la fecha en que hayan quedado incididas.
A partir del año siguiente en que una persona física haya alcanzado el rango incidido,
la determinación y liquidación del Impuesto se realizará sobre el total de sus ingresos,
inversiones y gastos realizados a partir del 1 de enero de cada año.
Será irrelevante la situación o régimen laboral al que esté sujeta la persona física.
27 Haciendo Negocios en Paraguay
Sociedades Simples
Están comprendidas como contribuyentes sujetos de este Impuesto, todas las
sociedades simples de profesionales que presten servicios o asesorías profesionales,
excepto las que realizan actividades comerciales o agropecuarias gravadas por otros
Impuestos a la Renta. Independientemente del monto de sus ingresos, deben
inscribirse y tributar el IRP.
Criterio de la Fuente Los ingresos deben producirse en territorio de la República (fuente paraguaya), es decir, que si un ingreso proviene de alguna actividad que se desarrolló fuera del Paraguay (fuente extranjera), éste no estará alcanzado por el IRP.
Conceptos admitidos como deducibles del IRP
Descuentos y/o Aportes Legales a entidades de seguridad social creadas o
admitidas por Ley o Decreto-Ley: IPS, Cajas de Jubilaciones y Pensiones.
Donaciones, serán deducibles hasta un monto que no supere el 20% de la renta
neta gravada.
Gastos personales y de sus familiares en el país y en el exterior, siempre que estén
relacionados a la manutención, educación, salud, vestimenta, esparcimiento y
vivienda.
Gastos con ingresos del cónyuge.
Colocaciones o depósitos efectuados por los conceptos y en las instituciones que
se señalan a continuación: Depósitos de ahorro en Entidades Bancarias o
Financieras, Cooperativas, Inversiones en acciones nominativas en Sociedades
Emisoras de Capital Abierto del país, Fondos privados de jubilación del país, que
tengan por lo menos 500 afiliados activos. Las inversiones serán deducibles
siempre que sean realizadas en el territorio nacional.
Capitalización de excedentes en las Sociedades Cooperativas.
Gastos e inversiones personales o familiares a cargo del contribuyente destinados
a: manutención, educación, salud, vestimenta, vivienda, esparcimiento.
Conceptos no admitidos como deducibles del IRP El propio IRP
Sanciones por infracciones fiscales y de seguridad social.
Gastos que afecten a operaciones no gravadas, exentas o exoneradas del IRP.
Los actos de liberalidad.
Gastos, costos o inversiones que no se encuentren debidamente documentados o
estas no cumplan los requisitos legales.
Los gastos e inversiones que no sean necesarios para producir la renta de la
actividad gravada o que no se relacionen directa o indirectamente con ella.
Aquellos gastos que se afecten indirectamente a ingresos no gravados, no
alcanzados, exentos o exonerados, no serán deducibles en la proporción
existente entre estos y el total de los ingresos.
Rentas exoneradas
Las pensiones que reciben del Estado los veteranos, lisiados y mutilados de la
Guerra del Chaco y los herederos de los mismos.
Las remuneraciones que perciban los diplomáticos, agentes consulares y
representantes de gobiernos extranjeros, a condición de que exista reciprocidad
para los funcionarios paraguayos.
28 Haciendo Negocios en Paraguay
Las indemnizaciones percibidas por causa de muerte
o incapacidad total o parcial, enfermedad, maternidad,
accidente o despido.
Las rentas de jubilaciones, pensiones y haberes de
retiro, provenientes de aportes obligatorios a un
seguro social creado o admitido por Ley.
Los intereses, comisiones o rendimientos por las
inversiones, depósitos o colocaciones de capitales en
entidades bancarias y financieras del país, regidas por
la Ley 861/96, así como en Cooperativas que realicen
actividades de Ahorro y Crédito.
Los rendimientos provenientes de los títulos de deuda
emitidos por Sociedades Emisoras, autorizadas por la
Comisión Nacional de Valores, y los títulos y valores
comercializados en la Bolsa de Valores.
Las diferencias de cambio provenientes de
colocaciones por depósitos en cuenta corriente o a
plazo fijo en moneda extranjera en entidades
legalmente autorizadas para prestar servicios de
intermediación financiera en el país, así como de la
valuación del patrimonio declarado.
La obtención de los dividendos y utilidades que
perciban los accionistas o socios domiciliados en el
exterior.
La obtención de ganancias de capitales mobiliarios
que forman parte de los activos de una Empresa
Unipersonal.
Rangos no incididos El Impuesto entró en vigencia a partir del 1 de agosto del 2012 y serán contribuyentes todas las personas físicas cuyos ingresos anuales excedan los montos que para cada ejercicio fiscal se indican a continuación:
Primer Ejercicio Fiscal vigente (Año 2012): ciento veinte (120) salarios mínimos
mensuales en el Ejercicio Fiscal.
Segundo Ejercicio Fiscal vigente (Año 2013): ciento ocho (108) salarios mínimos
mensuales en el Ejercicio Fiscal.
Tercer Ejercicio Fiscal vigente (Año 2014): noventa y seis (96) salarios mínimos
mensuales en el Ejercicio Fiscal.
Cuarto Ejercicio Fiscal vigente (Año 2015): ochenta y cuatro (84) salarios mínimos
mensuales en el Ejercicio Fiscal.
Quinto Ejercicio Fiscal vigente (Año 2016): setenta y dos (72) salarios mínimos
mensuales en el Ejercicio Fiscal.
Sexto Ejercicio Fiscal vigente (Año 2017): sesenta (60) salarios mínimos
mensuales en el Ejercicio Fiscal.
Séptimo Ejercicio Fiscal vigente (Año 2018): cuarenta y ocho (48) salarios
mínimos mensuales en el Ejercicio Fiscal.
Octavo Ejercicio Fiscal vigente (Año 2019): treinta y seis (36) salarios mínimos
mensuales en el Ejercicio Fiscal.
29 Haciendo Negocios en Paraguay
Declaración Anual del Impuesto Los contribuyentes sujetos al presente impuesto, deberán presentar anualmente una declaración jurada, en la que se establezca la determinación o conformación de la renta neta gravada por el impuesto, indicando el monto de sus ingresos brutos y la composición de las deducciones efectuadas de la renta bruta, la renta neta imponible y el monto del impuesto. La presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto, quedará suspendida cuando los ingresos del contribuyente no superen el rango incidido durante dos ejercicios consecutivos.
Tasa del impuesto
La tasa general es del 10% sobre la renta neta imponible cuando el total de los ingresos hubiera superado los 9 salarios mínimos mensuales, y es del 8% cuando el total de esos ingresos hubiera sido igual o inferior a dicho monto.
Liquidación y pago del impuesto
La Declaración Jurada Anual del Impuesto, se podrá presentar hasta el mes de marzo del año siguiente al que se declara conforme al Calendario de Vencimiento Perpetúo. La base imponible se calcula restando todos los gastos (documentados) de los ingresos o cobros y se le aplica a la diferencia una tasa de 10% u 8% según el caso, es decir, el impuesto se paga sobre la renta neta imponible (ingresos menos egresos).
Retenciones definitivas
Quienes paguen, acrediten o remesen rentas a personas físicas domiciliadas en el exterior que obtengan rentas por la realización de alguna de las actividades gravadas dentro del territorio nacional, deberán actuar como agentes de retención del IRP.
La base de la retención constituirá el 50% de los ingresos brutos percibidos en el país
por este concepto y la tasa a aplicar será del 20%. Lo que da una tasa efectiva del
10% sobre los importes brutos remesados.
La base de la retención que corresponda por la enajenación de bienes inmuebles,
transferencias de acciones, títulos o cuotas de capital, regalías, será del 30%, sobre la
que se aplicará la tasa mencionada.
El Agente de Retención tendrá además el carácter de responsable solidario respecto
del pago o ingreso en arcas fiscales de dicha obligación.
30 Haciendo Negocios en Paraguay
Impuesto al Valor Agregado (IVA)
Este impuesto grava la capacidad de consumo de los habitantes. Es por lo tanto, un impuesto general a las ventas.
Contribuyentes
Son contribuyentes de este impuesto todas las personas físicas que prestan servicios personales en forma independiente, los importadores, las empresas unipersonales que realicen actividades comerciales, industriales o de servicios, las entidades de asistencia social que realicen actividades comerciales en forma habitual, las sociedades y las entidades constituidas en el exterior que realicen actividades dentro del país.
Actividades sujetas al impuesto
El Impuesto al Valor Agregado (IVA), grava los siguientes actos: a) La enajenación de bienes;
b) La prestación de servicios, excluidos los de carácter personal que se
presten en relación de dependencia;
c) La importación definitiva de bienes.
La ley equipara al concepto de enajenación de bienes a toda forma de cambio de titular por la entrega del bien, sea a título oneroso o gratuito, la afectación al uso o consumo personal por parte del dueño, socios, directores o empleados de las empresas o entidades alcanzadas por el impuesto. Este concepto incluye la cesión de uso de un bien mueble o inmueble y los contratos de alquiler o consignación de bienes. Por servicios se entiende toda prestación a título oneroso o gratuito que sin configurar enajenación, proporcione a la otra parte una ventaja o provecho, tales como: a) Los préstamos y financiaciones. b) Los servicios de obras sin o con entrega de materiales. c) Los seguros. d) Las intermediaciones en general. e) La cesión del uso de bienes, tales como muebles, inmuebles o intangibles. f) El ejercicio de profesiones, artes u oficios. g) El transporte de bienes y personas. h) La utilización personal por parte del dueño, socios y directores de la empresa, de los
servicios prestados por ésta.
Configuración del Hecho Imponible
En las enajenaciones, la configuración del hecho imponible se produce con la entrega del bien, emisión de la factura, o acto equivalente, el que fuera anterior. En los servicios, el nacimiento de la obligación se concreta con el primero que ocurra de cualquiera de los siguientes actos: a) Emisión de Factura correspondiente. b) Percepción del importe total o de pago parcial del servicio a prestar. c) Al vencimiento del plazo previsto para el pago. d) Con la finalización del servicio prestado. En los casos de importaciones, el nacimiento de la obligación tributaria se produce en el momento de la numeración de la declaración aduanera de los bienes en la Aduana.
31 Haciendo Negocios en Paraguay
Base Imponible
En las operaciones a título oneroso, la base imponible la constituye el precio neto devengado correspondiente a la entrega de los bienes o a la prestación del servicio. En las financiaciones la base imponible la constituye el monto devengado mensualmente de los intereses. En los contratos de alquiler de inmuebles, la base imponible lo constituye el monto del precio devengado mensualmente. En las transferencias o enajenación de bienes inmuebles, se presume de derecho que el valor agregado mínimo, es el 30% (treinta por ciento) del precio de venta del inmueble transferido. En la cesión de acciones de sociedades, la base imponible la constituye la porción del precio superior al valor nominal de las mismas.
Tasas del Impuesto
a) 5% (cinco por ciento) para contratos de cesión de uso de bienes y enajenación de
bienes inmuebles. b) 5% (cinco por ciento) sobre la enajenación de los siguientes bienes de la canasta
familiar: arroz, fideos, yerba mate, aceites comestibles, leche, huevos, carnes no cocinadas, harina y sal yodada.
c) 5% (cinco por ciento) sobre los intereses, comisiones y recargos de los préstamos y financiaciones.
d) 5% (cinco por ciento) para enajenación de productos farmacéuticos. e) 10% (diez por ciento) para todos los demás casos.
Liquidación y pago del Impuesto
Los contribuyentes deben presentar una declaración jurada de impuestos en forma mensual, en donde se determinará la diferencia entre el crédito y el débito fiscal. El débito fiscal lo constituye la suma de los impuestos devengados en las operaciones gravadas del mes anterior al de la presentación de la declaración jurada. El crédito fiscal lo constituye la suma delos impuestos pagados o soportados por el contribuyente por la realización de operaciones alcanzadas por el impuesto dentro del mes correspondiente.
32 Haciendo Negocios en Paraguay
Impuesto Selectivo al Consumo (ISC)
El impuesto selectivo al consumo es un impuesto específico sobre las ventas, por cuanto se circunscribe a operaciones realizadas con mercaderías seleccionadas, distribuidas en grupos.
Contribuyentes
Son contribuyentes de este impuesto los fabricantes
por las enajenaciones que realicen en el territorio y
además, los importadores por los bienes que
introduzcan en el país.
Estos pueden ser: empresas unipersonales o sociedades, entidades privadas o públicas, entes autárquicos y sociedades de economía mixta, empresas domiciliadas en el exterior que operan en el país a través de sucursales.
Actividades sujetas al Impuesto
La importación de los bienes designados por ley y la primera enajenación de bienes de
producción nacional.
Configuración del Hecho Imponible
En las mercaderías de Producción Nacional, la configuración del hecho imponible se configura con la entrega de los bienes, los que deberán estar acompañados del comprobante correspondiente. En las mercaderías importadas, se configura en el momento de la apertura del registro de los bienes en la aduana.
Base Imponible
En las mercaderías de producción nacional, la base imponible la constituye el precio de venta en fábrica excluido el propio impuesto y el IVA. En las mercaderías importadas, se determina por el valor en Aduanas, más tributo aduanero y otros, excluido el propio impuesto y el IVA. En los combustibles, la base imponible la constituye el precio de venta al público.
33 Haciendo Negocios en Paraguay
Tasas del Impuesto
Bienes Gravados Tasas
Máximas
El tabaco en general y cigarrillos 13%
Gaseosas y bebidas sin alcohol 6%
Cervezas en General. 9%
Bebidas alcohólicas en general. 11%
Champagne y equivalentes 13%
El alcohol en general: absoluta, rectificado o carburante 11%
Combustibles derivados del petróleo 50%
Perfumes, perlas, piedras preciosas y semipreciosas, metales preciosos, cuernos, marfil y otros materiales animales para tallar, relojes, armas, municiones, sus partes y accesorios.
6%
Acondicionadores de aire, lavadoras, escáneres, fotocopiadoras, materiales eléctricos, grabadoras, reproductores, telefonía móvil, juguetes y otros artículos para jugar, sus partes y accesorios.
2%
Liquidación y pago del Impuesto
El impuesto se liquida mensualmente, con excepción de los combustibles que se realiza por periodos semanales que abarca de domingos a sábados. La liquidación y pago se realiza previamente al retiro de bienes de aduanas, es decir, antes de la orden de libramiento y el despacho de las mercaderías para su salida.
34 Haciendo Negocios en Paraguay
5. LEGISLACION
LABORAL
Contrato de trabajo
El contrato de trabajo es el convenio en virtud del cual un trabajador se obliga a ejecutar una obra o prestar un servicio a un Empleador, bajo la dirección y dependencia de éste, mediante el pago de una remuneración, sea cual fuera la clase de ella. Siempre que entre quien presta un servicio y quien lo recibe exista dependencia o subordinación, por el principio de la primacía de la realidad, se presume la existencia de una relación laboral. La subordinación puede ser técnica, jurídica, económica, jerárquica o social.
Jornada Laboral
La jornada ordinaria de trabajo efectivo se encuentra limitada por ley y la misma es clasificada teniendo en cuenta si el trabajo se realiza en horario diurno o nocturno. La jornada diurna comprende entre las 06:00 y las 20:00 horas, la jornada nocturna abarca entre las 20:00 y las 06:00 horas y la jornada mixta es la que abarca periodos de tiempo comprendidos en las jornadas diurna y nocturna. Si la jornada es diurna, el tiempo máximo durante el cual el trabajador debe permanecer a disposición del empleador no puede superar las 8 horas diarias o 48 horas semanales. Si la jornada es nocturna, no podrá exceder las 7 horas diarias o 42 horas semanales. Y, si la jornada es mixta, su duración máxima es de 7,5 horas o 45 horas semanales. Dentro de la jornada laboral, los trabajadores deben gozar de un descanso intermedio que se adapte racionalmente a la naturaleza del trabajo. Este descanso no se computa en la jornada de trabajo y no puede ser menor de media hora. Entre una jornada laboral y la siguiente debe transcurrir un mínimo de 10 horas de descanso. Por último tenemos el descanso semanal que normalmente es el día domingo, pudiendo estipularse un periodo integro de 24 horas consecutivas de descanso, en día distinto laboral y dentro de la siguiente semana a cambio del descanso dominical, en casos en los que por la naturaleza del trabajo fuese indispensable la ininterrupción de las faenas.
Horas extraordinarias
A los efectos de la remuneración, todo trabajo
que supere las horas ordinarias indicadas más
arriba, será considerado extraordinario. Las
horas extraordinarias en ningún caso pueden
exceder de 3 horas diarias y las horas trabajadas
totales no deben sobrepasar las 57 horas por
semana, salvo excepciones establecidas en el
Código de Trabajo; verbigracia: trabajadores
rurales.
35 Haciendo Negocios en Paraguay
Remuneración a los Trabajadores
La legislación fija un salario mínimo mensual que cada empleado tiene derecho a recibir. Esta cantidad se actualiza cada vez que la inflación acumulada es de más del 10%. En la actualidad, el salario mínimo es Gs. 1.658.232, aproximadamente USD 415. Este salario mínimo fue fijado en base a la jornada ordinaria diurna, por lo que representa el salario mensual de un trabajador con 8 diarias diurnas o 48 horas semanales diurnas trabajadas. Debiéndose tener en cuenta, al momento de pagar al trabajador por horas nocturnas o extraordinarias, o con una jornada inferior a 8 horas, la siguiente tabla:
Salario mínimo 1.658.232 1.658.232
Valor día Salario / 30 55.274
Hora ordinaria diurna (HOD) Valor día / 8 6.909
Hora ordinaria nocturna (HON) HOD + (30% * HOD) 8.982
Hora extraordinaria diurna (HED) HOD + (50% * HOD) 10.364
Hora extraordinaria nocturna (HEN) HON + (100% * HON) 17964
Feriado diurno HOD + (100% * HOD) 13819
Feriado nocturno HON + (100% * HON) 17964
Aguinaldo o Remuneración Anual
Adicional La remuneración anual adicional establecida por la ley es equivalente a la doceava parte de todas las remuneraciones devengadas durante el año civil a favor del trabajador en todos los conceptos (salario, horas extras, comisiones y otros) y debe ser pagada antes del 31 de diciembre de cada año, o cuando la relación laboral haya terminado, si ello ocurre antes de esa época del año.
La asignación familiar Todo trabajador tiene derecho, desde el momento que comunica por escrito al
empleador, a recibir una asignación equivalente al 5% del salario mínimo por cada hijo
o hija (hasta la edad de 17 años), y siempre que el trabajador sea responsable de su
crianza y educación, y el hijo resida en el territorio nacional.
Este subsidio se extingue automáticamente respecto de cada hijo, cuando
desaparezcan las condiciones previstas por la ley para su otorgamiento, o cuando el
salario del trabajador supere el 200% del mínimo legal.
36 Haciendo Negocios en Paraguay
Vacaciones
Las vacaciones constituyen un período de descanso al que todo trabajador tiene derecho después de un año de servicio continuo bajo el mismo empleador, cuya duración depende de la antigüedad del trabajador según la siguiente escala:
- Hasta 5 años:
12 días hábiles corridos
- Después de 5 años y hasta 10 años: 18 días hábiles corridos
- Después de 10 años:
30 días hábiles corridos Las vacaciones deben ser remuneradas y siempre deben iniciarse un día lunes o el día siguiente hábil en caso de que aquél fuera feriado.
La terminación del contrato de trabajo
La terminación del contrato de trabajo puede ser sin responsabilidad para ninguna de las partes o con responsabilidad para alguna de ellas.
Terminación del contrato sin responsabilidad para las partes
Una de las causas por las cuales se da la terminación del contrato de trabajo sin
responsabilidad para ninguna de las partes es el mutuo consentimiento, para cuya
validez debe formalizarse en presencia de un Escribano Público o de un representante
de la Autoridad Administrativa del Trabajo o de dos testigos del acto.
El vencimiento del plazo o la terminación de la
obra, en los contratos celebrados por plazo
determinado o por obra no da lugar a
indemnización a favor de ninguna de las partes.
Debe tenerse en cuenta aquí que para que un
contrato pueda ser considerado de plazo
determinado, las labores objeto del contrato
laboral no deben ser permanentes o continúas.
Igualmente, la legislación considera que la
terminación que ocurre durante el período de
prueba no genera responsabilidad para las
partes.
El despido del trabajador por el empleador con
justa causa conforme lo establece el Código de
Trabajo no genera responsabilidad de
indemnizar ni preavisar para el empleador.
37 Haciendo Negocios en Paraguay
Terminación del contrato con responsabilidad para las partes Generalmente entra dentro de esta categoría, todo tipo de terminación contractual en
donde se manifiesta la voluntad unilateral de solo una de las partes contractuales. En
caso de haber omitido el preaviso, deberá abonar al trabajador una cantidad
equivalente a su salario durante el término del mismo.
El despido injustificado obliga al empleador a preavisar al trabajador con cierto tiempo
de anticipación que depende en todos los casos de la antigüedad del trabajador.
Igualmente el empleador debe abonar al trabajador despedido, una indemnización
equivalente a quince salarios diarios por cada año de servicio o fracción superior a seis
meses.
La renuncia del trabajador, de acuerdo con los términos especificados en la Ley,
genera la obligación para el trabajador de preavisar al empleador.
El retiro injustificado del trabajador que cause perjuicios al empleador, genera a favor
de este último una indemnización equivalente a la mitad de la establecida para el caso
de despido injustificado.
Contribuciones a la Seguridad Social
Porcentaje El empleador aporta el 16,5% y el empleado el 9%. Base para el cálculo
La base del cálculo es la remuneración actual del empleado. A tal efecto, se entiende como tal la remuneración total que recibe el trabajador en dinero, especies o regalías, incluyendo lo que correspondiere a trabajos extraordinarios, suplementarios o a destajo, comisiones, sobresueldos, gratificaciones, indemnizaciones por despido, premios, honorarios, participaciones y cualesquiera otras remuneraciones accesorias que tengan carácter normal en la empresa o trabajo, exceptuando los aguinaldos.
Forma de pago
Mensual, dentro de los primeros 15 días del mes siguiente en que se realice el pago.
La contribución de los empleados debe ser retenida por el empleador y depositada
junto con su propia contribución en el Instituto de Previsión Social (IPS).
Sindicatos La ley reconoce el derecho del trabajador a organizarse en sindicatos sin autorización
previa. El objeto de los sindicatos es el estudio, la defensa, la promoción y la
protección de los intereses profesionales, así como la mejora de sus organizaciones en
el entorno social, económico, cultural y moral. Cada trabajador tiene derecho a afiliarse
o desafiliarse al sindicato de acuerdo a su voluntad.
Trabajador extranjero
No existen limitaciones para que los extranjeros puedan ejercer trabajo alguno,
siempre y cuando hayan obtenido todos los documentos necesarios en virtud de la Ley
de Inmigración (residencia temporal o permanente y la cédula de identidad). Estos
documentos pueden ser obtenidos por lo general en 90 días.
38 Haciendo Negocios en Paraguay
6. Beneficios para
Inversionistas
Régimen de Incentivos Fiscales
para la Inversión de Capital
Nacional y Extranjero. Objeto La Ley N ° 60/90 fue aprobada con el objeto de promover e incrementar las
inversiones de capital (nacional y/o extranjero), mediante el otorgamiento de
beneficios de carácter fiscal a quienes realicen inversiones acordes con la política
económica y social del Gobierno y tengan por objetivo:
a) Acrecentar la producción de bienes y servicios;
b) Crear fuentes de trabajo permanente;
c) Incorporar tecnologías que permitan aumentar la eficiencia productiva y posibiliten
la mayor y mejor utilización de materias primas, mano de obra y recursos
energéticos nacionales; y
d) La inversión en bienes de capital y la reinversión de utilidades.
Beneficiarios
Son beneficiarias todas las personas (físicas y jurídicas) que efectúen inversiones bajo alguna de las siguientes formas: a) en dinero, financiamiento, créditos de proveedores u otros instrumentos financieros; b) en bienes de capital, materias primas e insumos destinados a la industria local, para
la fabricación de bienes de capital; c) en marcas, dibujos, modelos y procesos industriales y otras formas de transferencia
de tecnología susceptibles de licenciamiento; d) en servicios de asistencia técnica especializados e) en arrendamiento de bienes de capital. Los bienes de capital referidos deben ser de tecnología adecuada e igualmente utilizables en condiciones de eficiencia productiva.
Beneficios otorgados
a) Exoneración total de los tributos fiscales y municipales que gravan la constitución, inscripción y registros de sociedades y empresas; b) (beneficio suspendido) Exoneración total de los tributos de cualquier naturaleza que
gravan: la emisión, suscripción y transferencia de acciones o cuotas sociales; de los que gravan los aumentos de capital de sociedades o empresas y la transferencia de cualquier bien o derecho susceptible de valuación pecuniaria que los socios o accionistas aporten a la sociedad como integración de capital, y los que gravan la emisión, compra y venta de bonos, debentures y otros títulos de obligaciones de las sociedades y empresas, que se encuentren previstos en el proyecto de Inversión; c) Exoneración total de los gravámenes aduaneros y otros de efectos equivalentes, incluyendo los impuestos internos de aplicación específica sobre la importación de bienes de capital, materias primas e insumos destinados a la industria local, prevista en el proyecto de inversión;
39 Haciendo Negocios en Paraguay
d) Liberación de la exigencia de cualquier tipo de encaje bancario o depósitos especiales para la importación de bienes de capital; e) (beneficio suspendido) Exoneración total de los tributos y demás gravámenes de
cualquier naturaleza, que los prestatarios estén legalmente obligados a pagar. Se exceptúan aquellos gravámenes que tomen a su cargo contractualmente, sobre los préstamos, adelantos, anticipos, créditos de proveedores y financiaciones nacionales o extranjeras, que fueran aplicados a financiar total o parcialmente las inversiones contempladas en el proyecto de inversión; sobre las prendas, hipotecas, garantías y amortizaciones de los mismos, por el término de cinco (5) años a partir de la fecha de la Resolución por la que se aprueba el proyecto de inversión; f) Cuando el monto de la financiación proveniente del extranjero y la actividad beneficiada con la inversión fuere de por lo menos U$S 5.000.000 (Dólares americanos cinco millones), quedará exonerado el pago de los tributos que gravan a las remesas y pagos al exterior en concepto de intereses, comisiones y capital de los mismos, por el plazo pactado siempre que el prestatario fue alguna de las entidades indicadas en el Artículo 10, inciso g) de la Ley Nº 125/91, del 9 de enero de 1992. g) (beneficio suspendido) Exoneración del 95% (noventa y cinco por ciento) del
Impuesto a la Renta proporcional a las ventas brutas generadas por la inversión efectuada al amparo de esta Ley, por un periodo de 5 (cinco) años, contados a partir de la puesta en marcha del proyecto, según el cronograma de inversión aprobado; h) Exoneración total de los impuestos que inciden sobre los dividendos y utilidades provenientes de los proyectos de inversión aprobados, por el término de hasta diez años, contados a partir de la puesta en marcha del proyecto cuando la inversión fuere de por lo menos U$S 5.000.000 (Dólares americanos cinco millones) y el impuesto a tales dividendos y utilidades no fuere crédito fiscal del inversor en el país del cual proviene la inversión. i) (beneficio suspendido) Exoneración total de los impuestos de cualquier naturaleza
que gravan el pago de alquileres, locación, utilidades, regalías, derecho de uso de marcas, de patentes de invención, dibujos y modelos industriales y otra forma de transferencia de tecnología susceptible de licenciamiento, efectuadas por las empresas beneficiarias por el término de 5 (cinco) años a partir del año siguiente de la fecha de la
Resolución por la cual se aprueba el proyecto de inversión.
Requisitos para obtener los beneficios
La entidad comercial que desee obtener los beneficios detallados en la ley debe preparar un estudio de viabilidad del proyecto y presentarlo al Consejo de Inversiones. El Ministerio de Industria y Comercio y el Ministerio de Hacienda, en resolución-conjunta, conceden los beneficios provistos por la Ley Nº 60/90, previa aprobación del Consejo de Inversiones.
Cuando el proyecto de inversión supere el equivalente en guaraníes de 5.000.000 dólares americanos, debe ser elaborado por técnicos y/o firmas consultoras nacionales inscriptos en el registro respectivo y cuyo funcionamiento esté autorizado legalmente en el país.
40 Haciendo Negocios en Paraguay
Período para obtener la aprobación
10 (diez) años cuando las inversiones provienen de recursos de repatriación de
capital o cuando las inversiones se radiquen en zonas de preferente desarrollo o
7 (siete) años cuando las inversiones provengan de incorporación de bienes de
capital de origen nacional.
Régimen de Zonas Francas
La Ley No. 523/95, y el Decreto No. 15.554/96 son las disposiciones legales que
establecen las pautas relacionadas con las zonas francas. Esta legislación crea al
Consejo Nacional de Zonas Francas, órgano ante el cual se presentan los Proyectos,
conforme los requerimientos de la Ley y que posteriormente se eleva al Poder
Ejecutivo para su adjudicación.
Las medidas administrativas que posibilitan el funcionamiento de las zonas francas, su
fiscalización, control y desarrollo, se encuentran reglamentadas por la autoridad
administrativa.
En síntesis la zona franca es el área debidamente delimitada con respecto al Territorio
Aduanero, en la cual se permiten actividades Comerciales, Industriales y de Servicios,
libre de gravámenes aduaneros y tributos fiscales.
Actividades de las Zonas Francas
- Comerciales: internación de bienes destinados a su intermediación sin ningún tipo
de transformación o modificación incluyendo almacenaje selección, clasificación,
manipulación y mezcla de mercaderías o materias primas.
- Industriales: fabricación de bienes destinados a la exportación, mediante el proceso
de transformación de materias primas y/o de productos semielaborados de origen
nacional o importado, incluyendo aquellas que por sus características son calificadas
de ensamblaje.
- Servicios: reparaciones y mantenimiento de equipos y maquinarias en general
41 Haciendo Negocios en Paraguay
Objetivos
Los objetivos de implementar zonas francas son entre otros:
Desarrollar un centro de negocios y promoción industrial y logística del
MERCOSUR.
Transparentar las operaciones de Comercio exterior a través de la
corresponsabilidad privada y del estado en las zonas francas.
Evitar el contrabando, piratería y lavado de dinero.
Generar puestos de trabajo que permitan tecnificar y transformar la mano de obra
local.
Propiciar la agilidad de las operaciones de comercio exterior a través de la
simplificación de la operativa aduanera.
Aumentar la competitividad de las exportaciones promoviendo la inversión y el
desarrollo.
Beneficios
Concesionarios:
Pueden acogerse a los beneficios de la Ley No 60/90, para la inversión de capital
de origen nacional y extranjero.
Exención de:
Todo tributo por importación de bienes de capital destinados a infraestructura en
Zonas Francas.
Impuesto al Valor Agregado (IVA) por servicios prestados a usuarios.
Todo impuesto por las facilidades portuarias que podrían proveer a usuarios.
Usuarios:
Pueden acogerse a los beneficios de la Ley No 60/90, para la inversión de capital
de origen nacional y extranjero.
Simplificación de los procedimientos en la introducción de mercaderías.
Mayor seguridad en el almacenamiento de cargas, y sin restricciones de tiempo.
Habilitación y administración de sus depósitos, equipos y maquinarias.
Posibilidad de introducir cualquier tipo de mercaderías salvo las expresamente
prohibidas en la Ley No 523/95.
Suspensión temporal de los tributos aduaneros e impuestos internos durante la
permanencia de las mercaderías en las Zonas Francas.
Exención de:
Todo tributo por importación de bienes de capital destinados a infraestructura en
Zonas Francas.
Impuesto al Valor Agregado (IVA) por servicios prestados a otros usuarios.
Todo impuesto por las facilidades portuarias que podrían proveer a usuarios.
Exención tributaria por pago de: Honorarios, intereses y toda otra remuneración
por servicios, asistencia técnica, transferencia de tecnología, préstamos y
financiamientos, alquiler de equipos y cualquier otro servicio prestado desde
terceros países.
42 Haciendo Negocios en Paraguay
Zonas Francas habilitadas en el Paraguay
La Zona Franca Internacional Trans Trade S.A.: fue adjudicada para actividades
comerciales, industriales y de servicio por el Poder Ejecutivo mediante el Decreto No
17003/02. Está ubicada en el Km. 10,5 de la Ruta 7, de Ciudad del Este. Inicialmente
contaba con 30 (treinta) hectáreas; en la actualidad cuenta con 400 Hectáreas más y
con 24.000 m2 de construcciones, las cuales son principalmente depósitos y oficinas.
Zona Franca Global del Paraguay S.A.: fue adjudicada para actividades comerciales y
de servicio por el Poder Ejecutivo mediante el Decreto No 17003/02. La misma está ubicada en el Km. 10 de la Ruta 7, de Ciudad del Este.
Distintos tratamientos impositivos según cada caso Exportación a terceros países
Los Usuarios que realizan actividades comerciales, industriales o de servicios y que se dedican exclusivamente a la exportación a terceros países tributarán un impuesto único denominado "Impuesto de Zona Franca", cuya tasa será del 0,5% (medio por ciento) siendo su base imponible el valor total de sus ingresos brutos provenientes de las ventas a terceros países. Este Impuesto es liquidado y pagado en oportunidad de la formalización de cada Despacho de Exportación.
Exportación a territorio aduanero (Paraguay)
43 Haciendo Negocios en Paraguay
Los Usuarios que realizan actividades comerciales, industriales y de servicios podrán vender al Territorio Aduanero bienes terminados y servicios tributando de conformidad a lo previsto para exportaciones a terceros países, siempre y cuando los ingresos brutos por dichas ventas al Territorio Aduanero, dentro del ejercicio fiscal correspondiente, no excedan del 10% (diez por ciento), con respecto al total de las ventas de la Empresa. Cuando una misma empresa comercial, industrial o de servicios realiza, además de las exportaciones a terceros países ventas al Territorio Aduanero que excedan del 10% (diez por ciento) con respecto al total de los ingresos brutos por ventas de la empresa, dentro de un mismo ejercicio fiscal, tributa el Impuesto a la Renta a las actividades comerciales, industriales o de servicios, sobre el resultado neto de las ventas al territorio aduanero, sin perjuicio de tributar el “Impuesto de Zona Franca” sobre los ingresos brutos provenientes de operaciones de exportación a terceros países. Los Usuarios que realicen solamente, ventas al Territorio Aduanero, tributan el Impuesto a la Renta vigente en el Territorio Aduanero para las actividades comerciales, sobre el total de sus ingresos brutos y deducen sus gastos, tal como un contribuyente normal.
Ventas de una usuaria a otra usuaria de Zona Franca
Las actividades comerciales, industriales y de servicios realizadas en Zonas Francas entre usuarios y los resultados obtenidos por los Usuarios, están exentos de todo tributo nacional, departamental o municipal, con excepción del régimen tributario que se contempla en la Ley de Zonas Francas. La exoneración tributaria se extiende a la constitución de las sociedades Usuarias de las Zonas Francas y a las remesas de utilidades o dividendos a terceros países. Incluye igualmente la exención tributaria por el pago de regalías, comisiones, honorarios, intereses y toda otra remuneración por servicios, asistencia técnica, transferencia de tecnología, préstamos y financiamiento, alquiler de equipos y todo otro servicio prestado desde terceros países a los Usuarios de Zonas Francas.
Ventas desde el territorio aduanero (Paraguay) a usuarias de zonas francas
44 Haciendo Negocios en Paraguay
Los servicios prestados a favor de los Usuarios están exentos del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Las ventas de bienes y servicios desde el Territorio Aduanero a las Zonas Francas tienen el tratamiento fiscal que se les otorga a las exportaciones.
Inicio de actividades
Concesionario Una vez inscripto el Contrato de Concesión, el Concesionario queda habilitado para
comenzar las obras en la Zona Franca. El mismo podrá, al efecto, ingresar libre de
tributos, salvo las tasas por los servicios efectivamente prestados, los materiales,
bienes y equipos necesarios para el desarrollo de las mismas y de las actividades
establecidas en el proyecto respectivo.
El Concesionario deberá notificar tanto a la Dirección General de Aduanas como al
Consejo de Zonas Francas la fecha de inicio de las obras y la lista de bienes a ser
introducidos.
Usuario La actividad de los Usuarios de la Zona Franca comenzará cuando el Concesionario
disponga del Reglamento Interno aprobado por el Consejo Nacional de Zonas Francas
y de la infraestructura pertinente.
Régimen de Maquila
A través de este régimen, los inversores pueden introducir al país bienes, productos o
servicios con el objeto de ser ensamblados, reparados, mejorados, trabajados o
procesados para su posterior exportación, una vez incorporados el valor agregado o
“elemento paraguayo”.
No existen restricciones en cuanto a los tipos de productos o servicios que pueden ser
comprendidos en la industria maquiladora. La política nacional de la actividad
maquiladora en el Paraguay es regulada y controlada por el Consejo Nacional de la
Industria Maquiladora de la Exportación (CNIME).
Tanto las personas físicas como jurídicas, nacionales o extranjeras, pueden acogerse
a los beneficios otorgados por la ley de maquila, siempre que se encuentren
domiciliadas en el país.
45 Haciendo Negocios en Paraguay
Constitución Las empresas extranjeras que deseen realizar programas de maquila pueden constituirse bajo cualquiera de los tipos societarios expuestos bajo el título tercero de esta publicación.
No existen restricciones ni limitaciones en
cuanto a la participación de capital nacional o
extranjero en las empresas maquiladoras.
Salvo por los programas de ordenamiento
territorial o disposiciones ambientales, las
maquiladoras pueden ubicarse en cualquier
parte del país.
La operación bajo el Régimen de Maquila involucra:
Ingreso temporal de materias primas, insumos, partes y componentes, para su procesamiento y posterior exportación, con suspensión del pago de aranceles e impuestos.
Igualmente, ingreso temporal de maquinarias y equipamientos vinculados a la
actividad maquiladora, con suspensión del pago de aranceles e impuestos, por el
período que establezca el contrato.
Posibilidad de provisión nacional de bienes y servicios como complemento para la
producción maquiladora.
Posibilidad de subcontratación de otras empresas nacionales (sub maquiladoras)
para procesos parciales o complementarios, extendiendo a éstas el beneficio
tributario específico.
Exoneraciones de tasas e impuestos relacionados a las operaciones de importación
y exportación, préstamos y otras vinculadas al cumplimiento del contrato de
maquila.
Programa de Maquila A los efectos de llevar a cabo la actividad maquiladora, las empresas deben desarrollar
un "Programa de Maquila" y presentarlo al CNIME para su aprobación.
Las empresas maquiladoras están obligadas a otorgar garantía suficiente a
satisfacción de la Dirección General de Aduanas. Esta garantía es exonerada de todo
tributo y, una vez producida la salida del país de las mercaderías importadas
temporalmente, es cancelada y devuelta.
Tipos de programas de Maquila
La legislación paraguaya permite las siguientes modalidades de maquila:
Maquila de Producción de Bienes: comprende cualquier tipo de materiales que
puedan ser sometidos a procesos industriales, ya sean de transformación,
elaboración, reparación o ensamblaje.
Maquila de Servicios: se refiere al aprovechamiento en el extranjero de servicios
prestados por residentes en el país por concepto de “Operaciones de Maquila de
Exportación”. La Ley de Maquila no expone limitación en cuanto a la prestación de
servicios destinados a la exportación.
Maquila de Servicios Intangibles: tiene por objeto otorgar un valor agregado
intelectual o de otra naturaleza similar a bienes intangibles, que puedan exportarse
de dicha forma o transformarse en bienes tangibles.
Sub Maquila: la empresa Paraguaya sub-contratada por la Empresa Maquiladora
para completar el proceso productivo de la actividad objeto del Programa de
Maquila, es la denominada Empresa Sub-maquiladora. En este caso, ambas
empresas son nacionales, debiendo ésta última asimismo estar inscripta en el
CNIME y proceder a la presentación de los correspondientes Programas de “Sub
maquila”.
46 Haciendo Negocios en Paraguay
Formas de operación de la Maquila
Maquila Pura: Cuando la Empresa Maquiladora se encuentra destinada a llevar a
cabo en forma exclusiva operaciones bajo el “Régimen de Maquila”. Igualmente, se denomina Maquila Pura o Duty Free en el caso que la Matriz provea a la Empresa Maquiladora, todo el equipamiento administrativo y técnico, tecnología, capacitación, maquinarias, insumos y componentes, inclusive financiamiento, además de ejercer la administración y control de la producción, en la cual el Maquilador provee exclusivamente el servicio y cobra por el mismo.
Maquila por capacidad ociosa: Cuando una empresa, persona física o jurídica,
establecida y orientada a la producción para el mercado nacional posee capacidad ociosa en sus instalaciones, pueden ser autorizados Programas de Maquila de Exportación.
Sub Contrato: Cuando la Maquiladora es propietaria de las instalaciones,
maquinarias y equipos, ejerciendo su propia administración y control de la producción haciéndose cargo de toda la importación y exportación, recibiendo de la matriz, todas las materias primas, así como los insumos y componentes, con un sistema de facturación por pieza o unidad de producción.
Plantas Gemelas: Es aquella planta complementaria a la estructura de producción
de una industria en el extranjero habilitada en el país para cumplir un Programa de Maquila.
Shelter o Programa Albergue: En este caso las empresas extranjeras
proporcionan la tecnología y el material productivo, pero sin operar directamente dicho proyecto. El Shelter asume la mayoría del riesgo asociado con el establecimiento de las operaciones en Paraguay, permitiendo que la manufactura extranjera se enfoque en el control de calidad y en el mejoramiento de los esquemas de producción.
Entrada y salida de bienes
Las empresas maquiladoras se encuentran facultadas a importar temporalmente:
Materias primas e insumos necesarios para la producción y su correspondiente
exportación;
Cajas de trailers, contenedores, maquinarias y refacciones para el proceso
productivo, equipos para la prueba y control de calidad de los productos, así como
para el desarrollo administrativo de la empresa;
Herramientas, equipos, manuales, planos industriales, equipos de
telecomunicaciones y accesorios necesarios para el control de la seguridad
industrial y la contaminación ambiental de la planta
productiva;
La permanencia de materias primas e insumos y las cajas
de trailers y contenedores no podrá exceder el plazo de 6
(seis) meses. Los demás bienes podrán permanecer en el
país mientras continúen vigentes los programas para los
que fueron autorizados.
Ventas en el mercado interno
Las empresas maquiladoras pueden vender una parte de su producción en el mercado
paraguayo (no más del 10% (diez por ciento) del volumen exportado en el último año),
previa autorización del CNIME. Para tal efecto, dichas empresas deben pagar los tributos
correspondientes a la importación temporal para la nacionalización de tales bienes más todos
aquellos tributos que afecten dichas ventas.
47 Haciendo Negocios en Paraguay
Las maquiladoras son exoneradas de todos los tributos aduaneros, tasas, aranceles y de todos los impuestos y contribuciones que gravan las garantías, los préstamos y las remesas de dinero relativas al Régimen de Maquila y de cualquier otro impuesto nacional o departamental, creado o a crearse.
Personal Extranjero
Las personas extranjeras que ingresen al país para trabajar en empresas dedicadas a
la actividad maquiladora pueden permanecer en el país por el plazo que dure el
programa de maquila (se les otorga una "Visa Maquila").
El personal extranjero puede optar por recibir sus ingresos y aportar al régimen de
seguridad social ya sea en el Paraguay o en el país de la matriz.
La legislación paraguaya no requiere que los cargos directivos de las empresas
maquiladoras sean ocupados por nacionales, pudiendo estos estar conformados por
extranjeros radicados en el país.
Aspectos Tributarios
Las maquiladoras están estructuradas como Centros de Costos de Producción, figura jurídica a la cual se le aplica únicamente el siguiente tratamiento tributario:
1. Para las Maquiladoras:
a. Tributo Único: Consiste en un régimen de Tributo Único del uno por ciento (1%) sobre el valor agregado en territorio nacional sobre el valor de la factura emitida por cuenta y orden de la matriz, la que resultare mayor. b. Exoneraciones tributarias: Con excepción del Tributo Único y del tratamiento impositivo establecido por la Ley para las ventas en el mercado interno; para las donaciones y/o ventas en el mercado nacional de los desperdicios, el Contrato de Maquila y las actividades realizadas en ejecución del mismo, se encuentran exentas de todo otro tributo nacional, departamental o municipal, lo que incluye para quienes se les apruebe o amplíe un Programa de Maquila y que tengan registrado su respectivo contrato:
La importación temporal de los bienes previstos en el contrato de Maquila, cuya autorización les fuere acordada de conformidad a lo previsto en la Ley;
La reexportación de los bienes importados bajo dicho contrato; y
La exportación de los bienes transformados, elaborados, reparados o ensamblados según el referido contrato.
A los efectos de las exoneraciones previstas por la Ley, se encuentran comprendidos los siguientes tributos: 1. Tributos Aduaneros. 2. Pago de Tasas por Servicio de Valoración Aduanera. 3. Aranceles Consulares. 4. Tasa del Instituto Nacional del Indígena (INDI). 5. Tasas Portuarias (50%) y Aeroportuarias. 6. Pago por Cánones Informáticos. 7. Cualquier otro impuesto, tasa o contribuciones existentes o a crearse, que graven el ingreso y/o egreso de los Bienes amparados bajo el Régimen de Maquila. 8. La totalidad de los impuestos, tasas y contribuciones que graven las garantías que las Empresas y/o Terceros otorguen y que se relacionen con el Régimen de Maquila. 9. La totalidad de los impuestos, tasas y contribuciones que graven los préstamos destinados a financiar las Operaciones de Maquila. 10. Los tributos que pudieran gravar las remesas de dinero relacionadas al Régimen de Maquila. c. Impuesto al Valor Agregado: Por efecto de lo antes expuesto, las exportaciones que realice la maquiladora están exoneradas de este impuesto. En cuanto al recupero del monto del crédito fiscal de I.V.A que acumulan por las compras de bienes y servicios que realizan en territorio nacional para aplicarlos a las operaciones de Maquila, pueden acogerse al Régimen de recuperación del mismo, por
48 Haciendo Negocios en Paraguay
medio del cual, el Maquilador se constituye en agente de retención (100%), y puede recuperar el IVA retenido y depositado. d. Ventas en el mercado nacional: Las industrias maquiladoras que deseen vender en el mercado nacional las mercaderías provenientes de la transformación, elaboración y perfeccionamiento de las materias primas e insumos, así como los bienes de producción importados temporalmente para el cumplimiento del Programa de Maquila pueden hacerlo hasta un 10% (diez por ciento) del volumen exportado en el último año. A tal efecto deben solicitar la aprobación de un Programa adicional y una vez obtenida tributar los gravámenes aplicables para la nacionalización de los bienes, vigentes a la fecha de numeración del despacho de importación temporal, más todos los tributos que recaen sobre los bienes comprendidos en dichas ventas.
Beneficios para Empresas que realizan exclusivamente Operaciones de Maquila
Las Empresas que realizan exclusivamente Operaciones de Maquila gozarán además de los beneficios mencionados, los siguientes: 1. Exoneración del Impuesto de Patentes a Comercios. 2. Exoneración del Impuesto a la Construcción que afecte a la Planta Industrial y/o de Servicios conforme a lo aprobado en el Programa de Maquila. 3. Exoneración de las tasas afectadas directamente al Proceso de Maquila. 4. Exoneración de Impuesto al Valor Agregado que grava las operaciones de arrendamiento o Leasing de las maquinarias y equipos que forman parte del Programa de Maquila. 5. Cualquier otro impuesto, tasa o contribución nacional o departamental creado o a crearse.
2. Para las Sub Maquiladoras:
a) Impuesto a la Renta: Se establece un gravamen del uno por ciento (1%) en
concepto de Impuesto a la Renta, también calculado sobre el valor agregado en territorio nacional.
b) Impuesto al Valor Agregado: Por ser las operaciones de la Sub Maquiladora efectuadas en el mercado nacional, la/s Factura/s que extienda/n a la Maquiladora por los productos-y/o servicios que les entrega o brinda respectivamente, están gravadas por el Impuesto al Valor Agregado.
El débito fiscal así originado tendrá el tratamiento usual de compensación con los créditos fiscales acumulados en su operación local.
¿Qué es Valor Agregado en Territorio Nacional? Es la sumatoria de: a) Bienes adquiridos en el país para cumplir con el contrato de maquila y sub maquila. Se
debe entender por compras en el país los bienes comprados localmente o importados definitivamente por el maquilador o sub maquilador.
b) Servicios contratados. Comprende: Servicios de energía eléctrica, agua, teléfono, otros similares; servicios de profesionales independientes; costo de financiamiento de capital operativo de la fábrica; seguros de planta industrial, materias primas y de productos terminados; depreciación de maquinarias en caso de ser de propiedad de la Maquiladora; alquileres o arrendamientos pagados; etc.
c) Salarios pagados en el país, incluyendo cargas sociales.
49 Haciendo Negocios en Paraguay
Régimen de Minas y Energía Intervención Estatal
El marco institucional del sector energético del Paraguay se caracteriza por la
participación del estado como autoridad y como empresario, y la dispersión
institucional.
El Estado efectúa la gestión empresarial en los subsectores de energía eléctrica y en el
de hidrocarburos. En el caso del subsector de energía eléctrica, la empresa estatal
Administración Nacional de Electricidad (ANDE) ejerce el monopolio legal del servicio
público de electricidad.
En el subsector hidrocarburos, Petróleos Paraguayos (PETROPAR) posee autorización
para la industrialización del petróleo y el monopolio legal en la importación de petróleo
crudo. Las actividades de prospección y exploración son concedidas por el Estado a
empresas privadas extranjeras y nacionales por tiempo definido. Estas concesiones se
hacen a través de contratos suscriptos con el Poder Ejecutivo que luego son
aprobados por Ley.
El Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (M.O.P.C), es la autoridad técnica
normativa, de aplicación y de fiscalización en exclusividad las fases de la actividad
minera correspondientes a la prospección, exploración y explotación minera, así como
también las actividades complementarias.
Sector Energético
La producción de energía en Paraguay está compuesta exclusivamente de fuentes
renovables de energía (hidroenergía y biomasa). El 65% (sesenta y cinco por ciento)
aproximadamente de la oferta interna bruta de energía en Paraguay está constituida
por la hidroenergía. La operación de las Centrales Hidroeléctricas Binacionales (Itaipú
con Brasil; y Yacyretá con Argentina) configuran el perfil electro - exportador del
sistema energético del Paraguay.
Los altos excedentes de energía disponible para la exportación mantienen la pauta en
la estructura energética del país. Alrededor del 98% (noventa y ocho por ciento) de la
electricidad que Paraguay exporta (de acuerdo al esquema del Balance Energético
Nacional) forma parte de la energía cedida mediante tratado a los mercados de Brasil y
Argentina como resultado de la falta de demanda del mercado interno.
50 Haciendo Negocios en Paraguay
Sector Hidrocarburos Si bien, la producción de petróleo y gas natural no representa, por el momento, un
aporte significativo, tras la confirmación de la existencia de petróleo en la denominada
Cuenca del Paraná, luego de los estudios de suelo y pruebas químicas, la producción
de petróleo y gas natural tendrá mayor importancia.
Al subsector hidrocarburos corresponde el 30% aproximadamente del consumo final de
energía en Paraguay, del cual cerca del 70% (setenta por ciento) está compuesto por
el consumo de combustible diésel en las diferentes actividades (transporte, agricultura,
construcción y servicios).
Hasta la fecha, Paraguay importa la totalidad de hidrocarburos que consume, lo que
significa desembolsos de divisas cercanos a los USD 240 millones al año. El Gobierno
Nacional concentra sus mayores esfuerzos para facilitar los trabajos de prospección y
exploración de hidrocarburos en territorio nacional, además de dar un tratamiento
altamente favorable a las concesiones de explotación.
Los indicios de hidrocarburos encontrados hasta el momento son evaluados como muy
alentadores.Cabe señalar que los permisos y las concesiones que el Estado otorgue
para el aprovechamiento de los recursos minerales \no confieren la propiedad sobre
las minas y del terreno en el que se encuentren. Sólo otorga el derecho para la
prospección, exploración y explotación de dichos recursos por tiempo determinado.
Sector Gas Natural
El órgano administrativo encargado es la Comisión Coordinadora y Promotora del Gas
Natural e Inversiones Ligadas (COMIGAS). Para crear este órgano se tuvieron en
cuenta:
Los estudios de factibilidad realizados para la construcción de un gasoducto desde
Bolivia a Asunción y de una central termo eléctrica en esta ciudad,
Los significativos beneficios que la diversificación de la matriz energética nacional
puede aportar en lo relativo a la seguridad y confiabilidad del suministro.
Aspectos tributarios
Durante el plazo de la prospección y exploración, los titulares de derechos quedan exentos del pago de todo impuesto fiscal, departamental o municipal, salvo lo previsto en la Ley de minerías. Este régimen no regirá en la etapa de explotación, y el concesionario se someterá a las disposiciones generales tributarias. Sin embargo, en la etapa de explotación, el titular de la concesión puede acogerse al régimen establecido en la Ley 60/90 expuesto en el numeral seis de la presente publicación. Todas las maquinarias, vehículos, útiles, insumos, implementos y materiales que no se produzcan en el país y que sean necesarios para la prospección y exploración, están exentos de derechos de importación, del Impuesto al Valor Agregado y de todo otro impuesto fiscal, departamental o municipal vigente o que se creen en el futuro, por todo el tiempo que dure el permiso o la concesión en su etapa de prospección y exploración.
51 Haciendo Negocios en Paraguay
El mes de marzo de cada año el INFONA fija el valor de los costos directos de plantación y manejo por hectáreas para la temporada del año en curso, según las diversas zonas, categorías de suelos, especies nativas o exóticas y demás elementos que configuren dichos costos. Estos valores son ajustados conforme a la variación del índice de precios al consumidor (IPC), determinado por el Banco
Central.
Régimen Forestal Generalidades
La explotación forestal comprende rollos, madera aserrada, leña, carbón, postes y
palmas. El aprovechamiento de los recursos forestales (declarado de orden público) es
reglado estrictamente por ley, siendo la autoridad de aplicación de la ley forestal, el
Instituto Forestal Nacional (INFONA).
Es interesante indicar la existencia de la ley
denominada “De Fomento a la Forestación y
Reforestación”, en virtud a que a través de la
misma, el Estado establece incentivos para
aquellas personas que realicen actos de
forestación y reforestación en suelos de
prioridad forestal, en base a un plan de manejo
forestal.
Incentivos
Bonificación de un 75% de los costos directos de la implantación que se realicen en los inmuebles rurales, cuyos suelos sean calificados de prioridad forestal. Este beneficios es otorgado por una sola vez para cada superficie forestada o reforestada
Bonificación del 75% de los costos directos derivados del mantenimiento de la forestación y reforestación durante los 3 primeros años, siempre que se haya efectuado de acuerdo al plan de Manejo forestal aprobado.
Las bonificaciones se pagarán cada vez que los beneficiarios acrediten la nueva superficie forestada o reforestada, o las intervenciones de manejo indicadas en el Plan de Manejo Forestal, mediante certificado expedido por el Servicio Forestal Nacional, previo informe del funcionario comisionado para el efecto y a petición del propietario. Los certificados de forestación o reforestación se otorgan a partir de los 12 meses de implantación y una vez comprobada la sobrevivencia de al menos el 80% de la plantación.
Otros beneficios
El Banco Nacional de Fomento podrá otorgar créditos preferenciales a largo plazo y a
bajo interés. Los propietarios podrán importar material reproductor, con autorización
del INFONA, en cuyo caso, previa sanitación por las autoridades respectivas, serán
objeto de despacho inmediato y libre de todo gravamen o tributo fiscal.
Régimen tributario
Los inmuebles rurales calificados como de prioridad forestal y los bosques que en
ellos se implanten están exentos de cualquier tributo fiscal y municipal.
Impuesto inmobiliario: Este impuesto tiene una exención del 50% mientras que la
propiedad esté sujeta al programa de forestación o reforestación.
Impuesto a la Renta de Actividades Comerciales, Industriales y de Servicios: La
ley tributaria establece que la explotación forestal de los inmuebles rurales tributará
este Impuesto.
Impuesto al Valor Agregado: La enajenación de madera y demás productos
forestales estará sujeta al Impuesto al Valor Agregado (IVA).
52 Haciendo Negocios en Paraguay
Régimen de Telecomunicaciones
Paraguay ratificó por Ley N° 444/94 el Acta Final de la Ronda de Uruguay del GATT, y con ella
el Acuerdo General sobre Comercio y Servicios con sus respectivos Anexos referentes a las
Telecomunicaciones, así también fue promulgada una ley especial sobre la materia (Ley Nº
642/95), reglamentada por el Poder Ejecutivo (Decreto Nº 14135/96).
No existen limitaciones ni restricciones al porcentaje accionario que los inversionistas
extranjeros pueden tener en empresas de telecomunicaciones que presten servicios en el
Paraguay.
Ley de Telecomunicaciones
La Ley de Telecomunicaciones creó la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL)
como ente regulador y clasifica los diferentes tipos de servicios de telecomunicaciones,
establece las condiciones de su operación, el régimen de protección a abonados y usuarios, el
sistema de tarifas a ser aplicadas, la imposición de sanciones y el Fondo de Servicios
Universales.
Licencias
Las licencias son otorgadas por la CONATEL para la prestación de los servicios de difusión o de
valor agregado. Son otorgadas por un plazo máximo de 10 (diez) años, renovables por igual
período por única vez para los servicios de difusión; y de 5 (cinco) años renovables a solicitud
del interesado, para los servicios de valor agregado. Las licencias comprenden el
establecimiento, la instalación y operación de equipos y el uso del espectro radioeléctrico de
ser necesario.
Para el otorgamiento tanto de licencias como de concesiones, el solicitante deberá demostrar
capacidad económica y técnica para desarrollar el proyecto, y en especial el plan de expansión
de los servicios que ha solicitado.
53 Haciendo Negocios en Paraguay
7. Sistema Financiero y
Mercado Capitales El sistema financiero en el país está regulado por el Banco Central del Paraguay,
entidad que por ley es responsable de la supervisión de las entidades financieras y la
gestión de la política monetaria.
Los bancos y otras entidades financieras trabajan libremente en el mercado, sin
restricciones en las tasas de interés ni tampoco en el uso de los fondos. Actualmente
es posible hacer depósitos y obtener préstamos tanto en moneda local como en
moneda extranjera.
En Paraguay hay un sistema de intercambio libre y fluctuante, sin la intervención de
las autoridades monetarias. La cotización de las divisas es el resultado de la libre
circulación de la oferta y la demanda, tanto para la importación y exportación de bienes
y servicios como para el movimiento de capitales, incluido el pago financiero y el
público.
No hay limitaciones para la moneda extranjera entrante o saliente, ni respecto al
monto involucrado.
Sin embargo, en el marco de las normas que regulan la prevención del lavado de
dinero, todas las transferencias de más de USD 10,000 deben ser justificadas, al igual
que las operaciones inusuales.
No hay obligación de registrar los movimientos financieros con otros países a las
autoridades monetarias.
El mercado de capitales es muy pequeño, ya que la mayoría de las empresas que
operan en el país son empresas cerradas o extranjeras. Como resultado de la creación
de instrumentos jurídicos para aumentar el número de empresas que cotizan sus
acciones en la bolsa de valores, éste ha aumentado.
La supervisión de los mercados de capitales es ejercida por la Comisión Nacional de
Valores.
54 Haciendo Negocios en Paraguay
8. Exportaciones e
Importaciones
Requisitos para actuar como Importador o Exportador
Para actuar como tales, deben registrarse como importadores en el Registro de la
Dirección Nacional de Aduanas (Aduanas) y como exportadores en la Ventanilla Única
del Exportador (Exportador especificado - Oficina de Procedimientos), según el caso.
Requisitos administrativos
Todas las importaciones o
exportaciones, deben pasar por un
control aduanero.
Impuestos
Todos los impuestos aduaneros y tasas portuarias se pagan en la aduana sobre la
base de valores que se muestran en la evaluación correspondiente de la
documentación y, o por el Servicio de Valoración Aduanera, según el caso.
Otros impuestos se pagan en moneda nacional en el edificio de la aduana, con la
documentación de transporte y la factura consular.
55 Haciendo Negocios en Paraguay
9. Contabilidad, Informes y
Auditoría
Los Requisitos Relativos a la
Contabilidad y la Administración El ejercicio de una empresa puede concluir cualquier mes elegido por los accionistas. Sin
embargo, a efectos fiscales, el ejercicio fiscal debe coincidir con el año calendario que en
general, culmina el 31 de diciembre. La administración tributaria debe autorizar cualquier
modificación al respecto.
Todos los contribuyentes deben mantener registros contables completos para que puedan
obtener información adecuada sobre los desarrollos empresariales. La ley exige el uso
obligatorio del libro diario, mayor y los libros de inventario.
Los registros contables se pueden mantener de forma manual o por medios electrónicos, en
cuyo caso las características y sistemas de seguridad del software debe ser comunicada a las
autoridades fiscales.
Los Principios Contables y Normas de
Auditoría Los principios de contabilidad aceptados y en uso en el país, son las Normas de
Información Financiera emitidas por el Consejo de Contadores Públicos del Paraguay,
similares a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) emitidas por la
Asociación Internacional de Contabilidad (IASC). Además, tanto el Banco Central del
Paraguay como la Comisión Nacional de Valores, han emitido sus propias normas que
son obligatorias para las entidades bajo su control.
56 Haciendo Negocios en Paraguay
Auditorías obligatorias En la actualidad, sólo las empresas que se encuentran bajo la órbita del Banco Central
del Paraguay (BCP), de la Comisión Nacional de Valores (CNV), de la
Superintendencia de Seguros (SIS) y del Instituto Nacional de Cooperativas (INCOOP)
están obligadas a nombrar auditores independientes.
Por otro lado, el Banco Central del Paraguay exige a las entidades del sistema, que los
estados financieros de sus clientes que tengan préstamos totales de más de USD
1.000.000 con la empresa o que su endeudamiento con el sistema financiero supere
los USD 3.000.000 sean auditados.
La autoridad fiscal exige a los contribuyentes cuya facturación anual sea igual o
superior a poco más de USD 1.500.000, una auditoría impositiva anual que debe
llevarse a cabo por auditores externos.
La obligatoriedad de la inspección fiscal para las empresas está en vigor desde el año
fiscal de 2008.
Las normas de auditoría aplicables en el país son las emitidas por el Consejo de
Contadores Públicos del Paraguay y las normas internacionales de auditoría, al igual
que las normas complementarias emitidas por el Banco Central del Paraguay y la
Comisión Nacional de Valores
Todas las demás empresas tienen libertad para nombrar auditores o para establecer
otros medios de control.
57 Haciendo Negocios en Paraguay
Nuestra solidez, nuestro
prestigio, nuestros valores y
nuestra unidad son nuestros
elementos clave.
Contactos Daniel Fariña: [email protected] Abel Coronel: [email protected] Jorge Avalos: [email protected]
Deloitte se refiere a una o más de Deloitte Touche Tohmatsu Limited compañía privada de UK limitada por garantía, y su red de firmas miembro,
cada una separada legalmente como entidades independientes. Por favor visite www.deloitte.com/about para una descripción más detallada de la
estructura legal de Deloitte Touche Tohmatsu Limited y sus firmas miembro. Deloitte presta servicios de auditoría, impuestos, consultoría y asesoramiento financiero a organizaciones públicas y privadas de diversas
industrias. Con una red global de Firmas miembro en más de 150 países, Deloitte brinda sus capacidades de clase mundial y servicio de alta
calidad a sus clientes, aportando la experiencia necesaria para hacer frente a los retos más complejos del negocio. Aproximadamente 182.000 profesionales de Deloitte se comprometen a ser estándar de excelencia.
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