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GRUPO PARLAMENTARIO PARTIDO ENCUENTRO SOCIAL Av. Paseo de la Reforma No. 135, Hemiciclo, Piso 2, Col. Tabacalera, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06030 Ciudad de México, Tel. 5345 3000 Ext. 3346 y 3776. 1 INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 237; SE ADICIONA UN CAPÍTULO XI AL TÍTULO SEGUNDO, CON SUS RESPECTIVOS ARTÍCULOS 239 A Y 239 B, DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL, EN MATERIA DE SEGURIDAD DE LOS TRABAJADORES EVENTUALES Y ESTACIONALES DEL CAMPO; A CARGO DE LA SENADORA SASIL DE LEÓN VILLARD, COORDINADORA DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE ENCUENTRO SOCIAL. La suscrita, SASIL DE LEÓN VILLARD, Senadora de la Republica de la LXIV Legislatura del Honorable Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario de Encuentro Social, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 8, numeral 1, fracción 1, 164 y 172, del Reglamento del Senado de la República, someto a la consideración del Pleno de esta H. Soberanía, la siguiente INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 237; SE ADICIONA UN CAPÍTULO XI AL TÍTULO SEGUNDO, CON SUS RESPECTIVOS ARTÍCULOS 239 A Y 239 B, DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL, EN MATERIA DE SEGURIDAD DE LOS TRABAJADORES EVENTUALES Y ESTACIONALES DEL CAMPO; con base en la siguiente: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS “Solo la agricultura es la rama de la actividad económica capaz de generar y multiplicar la riqueza”. François Quesnay. México es uno de los cinco países más ricos en diversidad biológica del mundo; esta condición sumada a su privilegiada ubicación geográfica, hacen que nuestro país tenga un gran potencial en producción agrícola, ya que cuenta con grandes extensiones de tierra formada en valles, lo suficientemente fértil para el cultivo de diversas especies comestibles, de las cuales se calcula que son aproximadamente

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INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 237; SE ADICIONA UN CAPÍTULO XI AL TÍTULO SEGUNDO, CON SUS RESPECTIVOS ARTÍCULOS 239 A Y 239 B, DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL, EN MATERIA DE SEGURIDAD DE LOS TRABAJADORES EVENTUALES Y ESTACIONALES DEL CAMPO; A CARGO DE LA SENADORA SASIL DE LEÓN VILLARD, COORDINADORA DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE ENCUENTRO SOCIAL. La suscrita, SASIL DE LEÓN VILLARD, Senadora de la Republica de la LXIV Legislatura del Honorable Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario de Encuentro Social, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 8, numeral 1, fracción 1, 164 y 172, del Reglamento del Senado de la República, someto a la consideración del Pleno de esta H. Soberanía, la siguiente INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 237; SE ADICIONA UN CAPÍTULO XI AL TÍTULO SEGUNDO, CON SUS RESPECTIVOS ARTÍCULOS 239 A Y 239 B, DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL, EN MATERIA DE SEGURIDAD DE LOS TRABAJADORES EVENTUALES Y ESTACIONALES DEL CAMPO; con base en la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

“Solo la agricultura es la rama de la actividad económica capaz de generar y multiplicar la riqueza”.

François Quesnay.

México es uno de los cinco países más ricos en diversidad biológica del mundo; esta condición sumada a su privilegiada ubicación geográfica, hacen que nuestro país tenga un gran potencial en producción agrícola, ya que cuenta con grandes extensiones de tierra formada en valles, lo suficientemente fértil para el cultivo de diversas especies comestibles, de las cuales se calcula que son aproximadamente

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50,000, y de estas se encuentran domesticadas 250 especies, de estas especies domesticadas solo el 10% son las que representan un alto consumo en la dieta diaria de las personas. Adicionalmente podemos mencionar que la extensión territorial de México, comprende grandes cadenas montañosas lo que históricamente ha obligado al desarrollo de la agricultura en las barrancas y laderas que también son altamente productivas, como es el caso de la producción del campo en el sureste del país, en donde por ejemplo los cultivos del café se realizan en zonas altas y en laderas montañosas, las cuales por su condición de fertilidad y altamente húmedas, favorecen las unidades de producción agrícola. Es por ello, que en estas comunidades se convierten en el motor de la economía en estas regiones e inclusive en diversas regiones del país; lo anterior plenamente coincide con los siguientes antecedentes históricos que representan la base fundamental en la generación de riqueza y la estabilidad económica de las naciones. Es fundamental señalar que la evolución de las teorías formativas que son representativas en el sector de la agricultura y se fundamentan históricamente desde los tratados de grandes economistas como lo establecieron los fisiócratas François Quesnay, que postula lo siguiente: “Que solo la agricultura es la rama de la actividad económica capaz de generar y multiplicar la riqueza”, estos pensamientos son avalados y profundizados por los también fisiócratas, el escoces Adam Smith y el inglés David Ricardo, quienes al postular la teoría de “valor y trabajo”, concluyen que la prosperidad de los individuos, de los colectivos y de las naciones, se establecen claramente, la relación de los beneficios de la producción primaria correspondida con los salarios, que derivan estas acciones en el trabajo. Por su parte, Carlos Marx señala en su obra “El Capital” (1882), en su teoría del “Valor”, en donde crítica y perfecciona la postura económica de la fisiocracia, ya que si bien es cierto la agricultura capitalista es motivada por la producción de plusvalía, ésta es en realidad creada por el “jornalero asalariado”, y no en la tierra o el propio sector agrícola, estima que “el trabajo” es el agente generador de valor. En este sentido, Marx propone la existencia de una dicotomía de la clase social, ya que, por

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un lado, se encuentra la agricultura capitalista asociada a la renta del suelo por parte de los propietarios de los medios de producción; y por otro lado, la existencia de formas de producción no capitalista vinculada a los proletarios asalariados, desde el punto de vista del trabajador. A principios del siglo XX, el economista y agrónomo ruso Aleksander V. Chayanov (1974), expuso su teoría de la economía campesina, en la cual expone los fenómenos desde el punto de vista de la renta, capital, precios, garantía, salario, proletario, plusvalía exclusivamente en los términos de la economía capitalista, en donde todas las restantes formas de producción se consideran insignificantes o en vías de extinción; resalta la existencia y el modo de producción de la agricultura campesina, diferente del modo de producción capitalista determinadas por un equilibrio entre trabajo y consumo. Es importante mencionar que para mediados del siglo XX y a partir de estudios de los procesos de producción en la agricultura, el enfoque antropológico sostuvo que las dinámicas agrícolas no necesariamente se encontraban dirigidas exclusivamente por los intereses económicos, sino que estaban influenciadas por relaciones sociales y culturales como lo es el parentesco, la mitología, los valores, el apego a la tierra, y cultos; por sus actitudes creencias y sistemas cognoscitivos, presentes especialmente en los campesinos.1 Al respecto, se destaca que el patronazgo y el parentesco ficticio o compadrazgo, son los dos tipos de relaciones más importantes que asisten al campesino para fortalecer su posición en la comunidad y en la sociedad. Robert Redfield propuso cierta tipología de las comunidades agrícolas, el peasantt (campesino) y el farmer (granjero), los primeros son quienes tienen el control de la tierra, un modo de vida tradicional de la agricultura y por lo general no buscan obtener ganancia; mientras que los segundos ejercen la agricultura como comercio y consideran la tierra como capital y mercancía.2 Adicional a dichos antecedentes históricos universales, consideramos valioso para éste estudio

1 Flores Vaquiro Nelson, Economía y trabajo en el sector agrícola, FLACO, México, 2015, pp. 15-17 2 Citado en CEPAL (1985), R. Redfield, The Little Community. Peasant Society and Culture, Chicago/Londres, The University of Chicago Press, 1960.

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legislativo repasar brevemente el desarrollo de la agricultura a través de la historia de México, ya que los aspectos de la actividad rural son relevantes y extraordinariamente extensos; así mismo, constituyen un medio de producción por excelencia y representa el sector agrario formas culturales, sociales y económicas fundamentales en la transformación de las reformas agrarias que evolucionaron el campo mexicano y que sin duda han impulsado el soporte de las sociedades rurales, su importancia económica y en consecuencia los beneficios que han aportado al país a través de los tiempos. Coincidente con lo mencionado, la Dra. María Eugenia Romero Sotelo, en su cátedra de la Facultad de Economía de la Universidad Nacional Autónoma de México, ha postulado que: “La historia económica del agro mexicano abarca múltiples e importantes aspectos y es una pieza fundamental para la comprensión, tanto del devenir histórico como de la integración de la economía y la sociedad; pues México fue una sociedad predominantemente rural hasta mediados del siglo XX. A pesar de la importancia de la Ciudad de México y de otras poblaciones , así como del indiscutible centralismo que ha prevalecido en el país desde la época colonial; el campo manifiesta una importancia de primer orden en su historia; su trascendencia va más allá del aspecto económico, para incidir en las dimensiones social y política, ya que en el campo vivió, hasta hace unas décadas, la mayor parte de la población y fue el espacio donde se desarrolló la actividad económica fundamental durante los últimos siglos”. Esto es, el agro mexicano a través de la historia, es el eje rector de la estabilidad económica, de las diversas expresiones y movimientos políticos, tal y como fueron evolucionando las reformas agrarias hasta llegar a la perfección del propio artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en donde reconoce y protege la propiedad de las tierras y aguas dentro de los límites del territorio nacional, y no menos importante las tendencias y su conformación regional derivado del crecimiento agrícola y ganadero en el país. Respecto de la estructura agraria, Esperanza Fujigaki (2004), destaca que de la comunidad prehispánica a la hacienda colonial, la estructura agraria mexicana modelada en el transcurso de las centurias, adquirió una complejidad creciente donde varios componentes han tenido una larga

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permanencia pero no inmutabilidad, dentro de ella la comunidad puede verse como una unidad productiva donde la tierra se consideraba propiedad colectiva, a pesar de que la explotación la realizarán, en forma particular, el comunero y sus familiares. En ella se producían las formas indígenas de producción, consumo y cultura; a través de las comunidades, la organización agrícola y económica de la sociedad Azteca, e inclusive en otras etnias, revive en parte y se perpetúa en la Colonia. Hasta antes de la conquista, las tierras pertenecientes a Moctezuma, jefes militares o propietarios nobles eran trabajadas por clases especiales de ocupantes, o por la comunidad en general. Las comunidades eran desde establecimientos urbanos hasta combinaciones dispersas de casas y tierras agrícolas.3 Después de la conquista se produjo una redistribución de los habitantes que formó nuevos centros de población, muchos de los cuales adoptaron “el carácter de las aldeas agrícolas castellanas”. Éstas contaban con varios tipos de terrenos: los llamados “bienes de propios”, tierras propiedad de la aldea, administradas por su consejo, que se arrendaban y su renta se empleaba para pagar los gastos del gobierno local y las contribuciones de las autoridades superiores, tierras fuera de la población llamadas “ejidos”, utilizadas para guardar y matar el ganado, para limpiar el grano cosechado, para depositar basura, para las colmenas de abejas de los agricultores, o como lugar de recreo. En los ejidos no podía construirse ni cultivarse la tierra. Las aldeas castellanas tenían, además, pastos comunes o “dehesas” para el pastoreo común de los rebaños; muchos contaban con bosques arbolados, de donde se obtenía leña, carbón vegetal y madera para las construcciones, estos pueblos castellanos sirvieron de modelo para todas las ciudades fundadas por españoles en América. 4, Los decretos reales marcaban los pasos para el establecimiento de las nuevas poblaciones. Define Fujigaki (2004) que, en la primera época de la colonización, principalmente en el siglo XVI y principios del siglo XVII, hubo varias formas de adquirir propiedad privada sobre la tierra, uno era la compra o renta de terrenos a los propietarios indígenas, otro el uso de los privilegios otorgados por

3 Charles Gibson, Los aztecas bajo dominio español, 1519-1810, Siglo XXI Editores, México 1967, p263. 4 George McCutchen McBride, op. Cit.

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la encomienda o las posiciones de autoridad política, ya que la encomienda no permitía la propiedad, pero facilitaba su adquisición. La primera distribución regular de tierras fue hecha por los oidores de la segunda audiencia (1530-1535), siguiendo la tradición de la reconquista en España, y con el propósito de estimular la guarda y conservación de la tierra. El último fue el más importante, a través de las capitulaciones y mercedes de tierras otorgadas por el monarca español o sus delegados las cuales fueron una recompensa una donación graciosa que tenía por objeto premiar a los descubridores y estimular el arraigo de los conquistadores.5 La Hacienda, el rancho y la plantación, se establecen como la “Institución social y económica cuya actividad productora se desarrolla en el sector agrario” y que tiene como características constitutivas primarias el dominio de los recursos naturales, de la fuerza de trabajo y de los mercados regionales y locales, además de la exigencia de una utilización colonialista de esos dominios. La posición de sujeción la representaban los indígenas y sus pueblos, los pequeños productores agrarios y, en general, la población rural; para que ese dominio pudiera ejercerse era necesario que la hacienda tuviera cierta extensión territorial y un determinado volumen de actividad económica; la hacienda presentaba diferenciaciones temporales y regionales debido a la combinación de varios factores, entre ellos, la extensión ocupada por la explotación, los recursos que disponían y las relaciones de competencia de marcado. 6 Para los autores Juan Felipe Leal y Mario Huacuja Rountree, la hacienda nunca fue una institución estática, ya que sufrió diversos cambios y modificaciones a lo largo de su existencia, y su historia fue diferente en el norte, centro y sur del país; mencionan que las haciendas adquirieron una creciente especialización en su producción, pero aun así tenían “una matriz básica, constante y característica”. Las haciendas fue el centro de la vida rural mexicana desde la época Colonial hasta la cuarta década

5 Enrique Florescano, Origen y desarrollo de los problemas agrarios de México, 1500-1821. (1971, Era, México, 1979 p.32, 96. 6 Herbert J. Nickel, Morfología social de la hacienda mexicana, FCE, México, 1988, p. 19.

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del siglo XX, su desempeño trascendió, desde un principio el ámbito económico, la parte social, lo político y lo cultural, la hacienda articulaba la producción para el autoconsumo y la producción para el mercado, muchas haciendas tenían un núcleo permanente de trabajadores fijos que vivían en ellas, existían otras formas de trabajo las cuales las representaban los trabajadores eventuales, generalmente asalariados, formadas por peones, caporales, mayorales, vaqueros, aparceros, medieros y arrendatarios, con los que se realizaban diferentes tipos de contratos para el reparto de las cosechas y la producción estaba en manos de los administradores; de las haciendas medianas y pequeñas regularmente se administraban por los dueños. De lo que se observa la rentabilidad y el éxito de las producciones agrícolas recaía en los jornales agrícolas y el resultado de la correcta administración. Establece Fujigaki (2004) que el segundo sector lo conformaban las tierras pobres y sin infraestructura, que los hacendados daban en arrendamiento, aparcería o colonato, del que obtenían rentas en dinero especie o trabajo, y cuya existencia estaba determinada por la necesidad de contar con trabajadores en ciertas faces del ciclo agrícola, y el tercer sector era el de las tierras de reserva. El desarrollo de las plantaciones fue más reciente en nuestro país, su avance mayor se produjo sobre todo, en el último tercio del siglo XIX, principalmente en el Porfiriato, por efecto directo de las necesidades mundiales de materia primas agrícolas como el caucho, café, tabaco y maderas preciosas; los estados de Chiapas, Oaxaca, Tabasco y Campeche presentaron gran desarrollo de plantaciones que en su mayor parte quedaron en manos de extranjeros, como las cafetaleras en el Soconusco a cargo de los alemanes y de las de caucho pertenecientes a los ingleses y los estadounidenses, en el Estado de Chiapas se vendieron 570,300 hectáreas, las cuales el 80% correspondieron al Soconusco.7 La reforma agraria marcho de forma compleja e irregular entre 1915 y 1970, se distinguen cuatro fases: de 1915 a 1935, de 1935 a 1940, de 1940 a 1958 y de 1958 a 1970. La primera fase se caracterizó por importantes embates de los ejércitos campesinos contra los hacendados, quienes

7 Antonio García de León, Resistencia y utopía, t 1, Era, México, 1985.

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opusieron fuerte resistencia y que apoyados por los gobiernos de Carranza a Calles intentaron frenarla; a 25 años de iniciada la Revolución de 1910 era muy poco lo que se había logrado en materia de reparto de tierras; de 1916 a 1920, bajo el régimen de Carranza se repartieron 116, 899 hectáreas a 47,324 campesinos, la superficie media de cada parcela no pasaba de 0.4 hectáreas y muestra la importancia que tendrá el minifundio posteriormente. Las dotaciones de tierra muchas veces se hacían con carácter de provisional y se sometían a la Comisión Nacional Agraria, que podía confirmarlas o anularlas, y los trámites eran muy lentos.8 Bajo el Cardenismo se distribuyeron 17´891,577 hectáreas entre 814,537 campesinos de los ejidos, por lo que se repartió más tierra que la que asignaron sus antecesores , sobre todo del año 1936 a 1937, en su régimen se desarrolló con rapidez la pequeña propiedad inalienable que paso de 610,000 unidades a 1´211,000 en el año de 1940, además de que se multiplicaron los ejidos colectivos en importantes zonas agrícolas, y la superficie media otorgada a los ejidatarios era de casi 22 hectáreas, y la superficie media cultivable por cada campesino ascendía a 5.75 hectáreas, mientras que las pequeñas propiedades inalienables podían llegar a medir 150 hectáreas.9 A lo largo de la historia de México, se denota la importancia que se establecen entre el campo mexicano, las sociedades y su desarrollo económico, social y cultural, íntimamente ligado a las revueltas y rebeliones que se gestaron en el campo y que han marcado y evolucionado la historia agraria mexicana, desde la época de la Colonia hasta nuestros días; pasando por los levantamientos de independencia y la revolución de 1910, las cuales estuvieron sostenidas por diversos sectores de los pueblos originarios, campesinos y trabajadores rurales del campo, en donde se fueron recogiendo diversas expresiones así como las aspiraciones que dieron origen del espíritu de las reformas establecidas en el artículo 27 Constitucional, procesos de modernización y creación de políticas públicas acordes a cada época, y que dieron origen a las Instituciones que fortalecieron el reparto agrario y sus concesiones, derivado de dichas manifestaciones campesinas, se han reconocido los derechos de las tierras y de las comunidades que las trabajan para lograr correctos niveles de

8 Michel Gutelman, Capitalismo y reforma agraria en México, Era, México, 1986, pp. 86-89. 9 Michel Gutelman, Capitalismo y reforma agraria en México, Era, México, 1986, pp. 109-110.

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productividad y eficiencia, lo que genera la activación económica de todas las regiones agrícolas del país. Es así como en la región revivieron diversas teorías y enfoques anteriormente propuestos, desde la visión de la economía neoclásica; la vertiente de la modernización plantea que la agricultura no es ajena a las fuerzas del mercado, a las leyes de la oferta y la demanda lo que se manifiesta en la dicotomía de la tradicional y moderno. Ahora bien, el sector moderno identificado como capitalista e industrial, es receptivo al cambio y se encuentra orientado hacia el mercado y cuyo comportamiento busca maximizar sus ganancias y utilidades finales, mientras que el sector tradicional agrícola se encuentra estancado, basado en una producción de subsistencia y autoconsumo con pocos excedentes para su comercialización, lo que genera una preferencia a una vida ociosa y escaso interés por obtener ganancias, dominado por un equilibrio consolidado desde tiempos remotos.10 La Comisión Económica para América Latina (CEPAL); considera para sus estudios estos dos postulados, desde el punto de vista de la dependencia, el enfoque antropológico y la modernización, esto en relación con la importancia, la influencia y destino de la agricultura capitalista en relación con el sector de los campesinos en América Latina. Ahora bien, en la actualidad el sector agrícola nacional, y como claro ejemplo podemos indicar que en la región sur del país, específicamente en el Estado de Chiapas, en las dos últimas décadas, la eficacia en la producción del campo, la más representativa en dicha región y que se refiere a los procesos de producción de café, papaya, banano, mango, palma, cacao, granos, silvicultura, además de la ganadería; se ha visto altamente comprometida, esto derivado de que dichas producciones requieren de la asistencia de un gran número de jornaleros agrícolas especializados, los cuales son contratados regularmente por temporadas de acuerdo a cada clase de cultivo, ya que las distintas labores se determinan por los ciclos estacionales de cada cultivo, superficie productiva, unidad de producción y las jornadas a emplearse en cada periodo productivo.

10 Heyning, Klaus (1982) “Principales enfoques sobre la economía campesina”, Revista de la CEPAL, número 16, Santiago de Chile.

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Es importante comentar que cada tipo de cultivo representa ciertas dificultades en la siembra y cosecha, desde la región en donde se establezca por el tipo de tierra, condiciones de orografía e inclusive los propios factores meteorológicos, que pueden llegar a crear sendas afectaciones derivado de sequias, huracanes, inundaciones, nevadas, entre otros fenómenos atmosféricos, hasta el cuidado, mantenimiento, procesos de preparación y empaque, así como la naturaleza de estos cultivos ya que en la mayor parte del proceso agrícola no es posible implementar su mecanización. La inversión que se requiere en dichos cultivos para la contratación de suficiente mano de obra de Trabajadores Eventuales del Campo, es fundamental para que sea posible “planear, controlar, y dirigir una producción de productos agrícolas sanos”, así como que dicho proceso productivo esté en condiciones óptimas para obtener una cosecha que posea determinada calidad, dicho perfil determinara su competitividad comercial en los mercados nacionales e internacionales, así como requerimientos básicos también para el consumidor final; resaltando la importancia que merece esta parte del consumo final, ya que es aquí en donde comienza los sistemas económicos, y que refieren a la producción del sector primario y la importancia de las actividades agrícolas, ya que estas también fijan la estabilidad económica de una región o inclusive de un país, considerándose faces económicas viables, cuando derivado de la producción agrícola se generen excedentes suficientes que conduzcan el autoconsumo. Otro aspecto a considerar es el hecho de que, en mucho casos, los “Trabajadores Eventuales del Campo” se encuentran relacionados a complejos fenómenos de migración nacional e internacional, es por ello que destacamos que México es un país de emigrantes, ya que en diversas regiones del país desde hace más de seis décadas, se observa un elevado número de mexicanos que deciden incursionar hacia nuevas oportunidades y mejores condiciones de vida, para ellos y sus propias familias, por lo que se trasladan al vecino país del norte, Estados Unidos de América, sin embargo adicional a los importantes flujos migratorios, y por su situación geográfica, México es un lugar de tránsito para el destino de flujos migratorios internacionales que cruzan el territorio para llegar a Estados Unidos, principalmente migraciones que vienen de los países de Centroamérica, resaltando

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que parte de este flujo migratorio se establece temporalmente en diversas regiones de país en busca de trabajo temporal para luego continuar su éxodo. A mayor abundamiento, existe otro fenómeno que se repite año con año según el cultivo y la estacionalidad, y es que muchos Trabajadores Eventuales del Campo también migran de sus lugares de origen en el territorio nacional hacia otros estados del norte del país, para trabajar en los campos de aquella región, estos trabajadores normalmente migran por la necesidad de un mejor ingreso ante la falta de oportunidades laborales dignas y de calidad en sus lugares de origen. Referente de los procesos migratorios provenientes de la frontera sur de México, la cual está formada por una línea que se extiende a lo largo de 1,139 kilómetros, de los cuales 962 kilómetros corresponden a la colindancia con Guatemala y 176 kilómetros son limítrofes Belice. Por lo que hace al territorio mexicano, estas colindancias internacionales se conforman por cuatro estados: Campeche, Tabasco, Quintana Roo y Chiapas, que es el que más línea fronteriza tiene a su cargo, con 658 Kilómetros; de los que a su vez se comprenden 21 municipios: 2 pertenecientes a Campeche, 2 a Tabasco, 1 a Quintana Roo y 16 a Chiapas. Es por ello, que la relación con los países de Guatemala y Belice adquiere mayor relevancia política y social por sinergia migratoria, comercial y cultural; entre estos tres países, representan un estilo de hermandad ya que se encuentran íntimamente ligados en historia, costumbres y sus propias identidades nacionales. En coincidencia con lo publicado por Hugo Ángeles Cruz, el Soconusco es la región más dinámica de la frontera sur de México por la gran actividad comercial y la intensa movilidad de personas, entre las migraciones poblacionales que producen, en la actualidad es posible distinguir a las que cruzan la frontera de Guatemala a México y utilizan al Soconusco como región de paso, con el principal propósito de llegar a la frontera norte de México e internarse en los Estados Unidos. Esta migración “de paso” aumento de manera notable en la década de los noventa, al mismo tiempo que se diversificaron los países de origen de los migrantes, ya que antes correspondían solo al área de Centroamérica, mientras que en la actualidad también provienen de América del Sur y aun de lugares tan remotos como África o el Medio Oriente.

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La región del Soconusco también es lugar de destino de importantes flujos migratorios laborales procedentes de Centroamérica. Hay algunos grupos migrantes que desde el siglo XIX tradicionalmente han arribado al país, como trabajadores agrícolas guatemaltecos, quienes se convierten en trabajadores eventuales del campo, que laboran sobre todo el cultivo y la cosecha del café. Esta migración laboral de campesinos provenientes de Guatemala fue aumentando a lo largo del siglo XX, sustituyendo la mano de obra de los indígenas provenientes de los Altos de Chiapas, quienes a su vez han optado por migrar a otras regiones del país o incluso a los Estados Unidos de América. Asimismo, el trabajo de los jornaleros guatemaltecos en el territorio mexicano pasó a formar parte de las estrategias que adoptan las familias campesinas e indígenas del occidente guatemalteco. Esta práctica migratoria ha evolucionado de manera paralela al desarrollo economía agrícola de la región y ha respondido a los cambios y a la dinámica de ella. De esta manera, los trabajadores guatemaltecos atienden en la actualidad diversos cultivos comerciales, destinados tanto a mercados nacionales como internacionales. Sin embargo, la mayoría de estos trabajadores aun labora en el cultivo del café, a pesar de los cambios en la producción y la comercialización del grano, pero sobre todo de la caída de los precios en el mercado internacional, los escasos incentivos a la economía agropecuaria y en especial la poca atención que se otorga a los pequeños productores campesinos de los países de la región. Algunas características sociodemográficas de este flujo laboral documentado indican que se trata de una población de adultos jóvenes, con una edad mediana de 26.5 años, en su mayoría de sexo masculino con el 90%, cerca de la tercera parte de los jornaleros guatemaltecos es analfabeta y en igual proporción habla alguna a lengua indígena, sobre todo “mam”.11 Adicional a la referencia anterior, en la actualidad la producción agrícola de exportación, el Estado de Chiapas se consolidó con mayor expansión superando los ingresos por diversas actividades

11 Revista Comercio exterior, Migraciones internacionales en el Soconusco, Chiapas, Hugo Ángeles Cruz, Vol. 54, Número 4, abril 2004, México.

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económicas, lo que propician que se sumaran a las cadenas productivas, el aumento de la producción de café, banano, papaya y mango, los cuales han aumentado significativamente los índices de inversión para fortalecer la producción agrícola, misma que se ha reflejado en la activación económica en la región del Soconusco, condiciones fundamentales para registrar valores positivos en la generación de empleos, lo que le representa al Estado de Chiapas un mejor esfuerzo en su recaudación fiscal, por el propio circulante económico y el valor adquisitivo en el consumo regional. Calificación que inclusive le representa una mejor participación en los ramos federales por conceptos resarcitorio y compensatorio. Dicha agricultura intensiva de exportación y de autoconsumo nacional, en Chiapas ha conformado un mercado de trabajo de oferta y demanda de mano de obra, principalmente en los cultivos de café, banano y papaya, en donde los Trabajadores Eventuales del Campo por las condiciones antes citadas de la línea fronteriza y los fenómenos de inmigración, se conforman por aproximadamente el 80% de jornaleros de origen guatemalteco, ya que por su cultura milenaria por la apreciación a los trabajos del campo, su propia experiencia, así como las complejidades de los cultivos, por lo que se han especializado mediante capacitación técnica, lo que ha logrado que la oferta de trabajo sea atractiva para esta mano de obra. Respecto de la demanda de dicha mano de obra también podemos señalar que los patrones del sector agrícola a nivel nacional, han mejorado significativamente el pago de salario a los Trabajadores Eventuales del Campo, cuyo ingreso por Jornal diario es en promedio de $280.00, lo que excede con mucho el doble del Salario Mínimo General Diario vigente en México para 2019, y rebasa hasta en tres veces la Unidad de Medida de Actualización (UMA). Ahora bien, para el caso específico del cultivo del café y dadas las condiciones especiales por las que atraviesa dicho sector, los Trabajadores Eventuales del Campo perciben salarios promedio de entre $120.00 y $180.00 diarios, y considerando que, de acuerdo con el tipo de actividad y el clima, por lo general se establecen jornadas de trabajo que van desde cuatro, seis y hasta ocho horas diarias como máximo, resulta claro que dicho Jornal diario es también con mucho superior al Salario Mínimo General

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vigente en 2019. Máxime cuando se atiende a que, adicional a dicha remuneración económica, los patrones del campo otorgan a todos sus trabajadores diversas prestaciones en especie que consolidan una calidad de vida muy por encima de otras actividades productivas en la región, pues en las fincas de producción agrícola, cuentan con comedor, escuelas, centros de entretenimiento, espacios deportivos y hasta con unidades médicas en donde prestan los servicios básicos de salud tanto a todos los trabajadores como a sus familias. Ahora bien, en el mes de junio de 2019, el Centro de Estudios para el Desarrollo Rural Sustentable y la Soberanía Alimentaria (CEDRSSA), del Congreso de la Unión, publicó el estudio “JORNALEROS EN MÉXICO”, en el que se afirma: “El aumento de los asalariados del campo muestra la combinación de dos procesos, por una parte, el incremento en la superficie cosechada de productos comerciales (frutas y hortalizas) y, por otra parte, la pérdida de competitividad de los productores de granos básicos, que los obliga a buscar alternativas ocupacionales fuera de su predio. Los estados que presentan una mayor presencia de jornaleros son Veracruz con el 12.6%, Michoacán 10.6%, Jalisco 6.9%, Puebla 6.7%, y México 6.4%. Se observa una mayor presencia de hombres en los estados de Veracruz con 13.3%, Michoacán 10.4%, Jalisco 6.6%, Puebla 6.4% y México 6.4%, mientras que en los estados con mayor presencia de mujeres son: Michoacán con 12.9%, Sonora 9.9% Sinaloa 9.9% y Jalisco 9.6%. Lugares de trabajo. En todo el territorio nacional existen jornaleros agrícolas asentados en zonas definidas como de atracción, de expulsión e intermedias. 1. Zonas de atracción: Se identifican en el noreste y noroeste de México con una amplia multiculturalidad debido a la presencia de diversas poblaciones indígenas que llegan a laborar

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a dichas zonas. 2. Zonas de expulsión: Se localizan en el Sureste de México, caracterizadas por la pobreza, dando lugar a actividades de subsistencia y zonas con reducidos niveles de bienestar social, mayor población indígena. 3. Zonas intermedias: Se localizan en el centro y occidente del país, se caracterizan por la combinación de ser zonas de expulsión y atracción. De acuerdo a la movilidad y recurrencia de los jornaleros a determinado tipo de zonas agrícolas, se conocen 3 rutas: I. Ruta Pacifico: Inicia en los estados de Oaxaca y Guerrero, donde los trabajadores se desplazan a los estados de Sinaloa, Sonora, Baja California, Baja California Sur, Jalisco y Nayarit, como principales zonas de atracción. II. Ruta Golfo: la población sale de Hidalgo y Puebla para trasladarse a Tabasco, Tamaulipas y Veracruz. III. Ruta Centro: presenta movimientos migratorios interregionales que abarcan los estados de San Luis Potosí, Guanajuato, Zacatecas, Durango, Coahuila y Chihuahua. Características del lugar de trabajo. Los empleos que se realizan en estas localidades, están sujetos a que el trabajo es por tarea (no por jornadas o a destajo) y el ingreso se relaciona con la magnitud del esfuerzo. Así, la oferta de trabajo además de ser estacional es intermitente, se realiza con múltiples empleadores en una sola temporada laboral, donde estos empleadores frecuentemente son sus propios vecinos, que, por su pobreza y reducidos recursos, se encuentran impedidos económicamente, para establecer relaciones laborales

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formales.12 Las características de la fuerza de trabajo y del mercado laboral en México, es a partir de una segmentación territorial, es decir, que el territorio nacional se encuentra dividido en tres espacios geográficos y cada uno presenta desiguales niveles de desarrollo agrícola, que a su vez están directamente vinculados a los desplazamientos o procesos migratorios de la población rural e indígena, de acuerdo con estos espacios territoriales y sus características agro productivas, han ido estableciendo, de manera natural, zonas que presentan particularidades propias dentro del mapa migratorio, y que a su vez revela la movilidad de las familias jornaleras y sus distintos procesos migratorios de acuerdo con los estados de atracción de mano de obra. Las diferentes zonas o regiones de atracción de nuestro país, explica la alta o baja demanda de mano de obra jornalera, las cuales dependen, principalmente de 4 factores:1) de los diversos niveles de acceso y destino de los productos agrícolas al mercado local, regional, nacional e internacional, 2) de la diversificación de las actividades productivas, los recursos ecológicos y naturales de la región, 3) de la superficie total cosechada y el volumen de la producción, y 4) la introducción de nuevas tecnologías y las formas de organización de la fuerza de trabajo. Los procesos migratorios han impactado drásticamente, no solo a los estados de origen de miles de familias del medio rural e indígena, sino en la conformación de nuevos asentamientos de población jornalera que es atraída por la producción de las zonas o regiones agrícolas. Cultivos de demanda de mano de obra. Los mercados de trabajo de hortalizas favorecen la participación femenina. Lo anterior lo corrobora el trabajo en los cultivos intensivos y perennes (caña de azúcar, cítricos, mango, piña) en el que predominan los jornaleros hombres.

12 Hernández Trujillo Manuel y Barrón Antonieta. “Trabajando para vivir. Entre la pobreza y la miseria. El caso de los jornaleros agrícolas de México”. Ed. UAM.

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Los cultivos que demandan mayor mano de obra son las hortalizas y frutales debido a las distintas labores culturales que se necesitan realizar durante la siembra hasta la cosecha, ya que estos cultivos requieren estándares altos de calidad para poder ser comercializados en los mercados nacionales y extranjeros En la agricultura intensiva y de exportación en México se forman verdaderos mercados de trabajo donde se oferta y demanda mano de obra, principalmente en los cultivos industriales como el café, caña de azúcar, tabaco; hortalizas en las que destacan el jitomate (tomate rojo), la cebolla, calabacita, chile verde, chile morrón, papa, espárrago, cebollín y zanahoria; frutales como: limón, naranja, mango, durazno, plátano, uva, nuez, manzana, aguacate, pepino y, recientemente, las flores. En 2017, las ganancias de exportación de productos agrícolas frescos hacia los E.U.A fueron alrededor de $11 mil millones de dólares. Demanda y situaciones de los Jornaleros. El 22 de febrero de 2018, se firmó un acuerdo en materia de movilidad laboral interna, en la cual los estados de Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Coahuila De Zaragoza, Colima, Estado De México, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Mórelos, Nayarit, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora y Zacatecas con el objeto de establecer la coordinación entre la Federación y los Estados, por conducto de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y las Secretarías del Trabajo o dependencias competentes en la materia de los Gobiernos Locales, a efecto de concurrir al desarrollo de programas, proyectos y acciones de interés nacional en el ámbito laboral, con el propósito de contribuir al crecimiento económico, al fomento del empleo formal de calidad, el impulso de la productividad y garantizar la protección de los derechos de los trabajadores. La Red Nacional de Jornaleros Agrícolas, insiste en la creación de un nuevo programa que

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retome los aciertos del pasado e implemente nuevas estrategias desde la política de bienestar para atender a los jornaleros y a sus familias con apoyos reales que dignifiquen sus condiciones de vida en los ámbitos de vivienda, abasto, salud, educación y procuración de justicia. Por otro lado, se plantea que los tres niveles de Gobierno tendrán que revisar las omisiones en las que han recurrido acentuando la marginación y la pobreza de los jornaleros. ‘Las condiciones laborales identificadas violentan los derechos humanos de aquellas personas jornaleras agrícolas que, ante un estado de necesidad apremiante y por desconocimiento de sus derechos laborales, aceptan trabajar sin que exista un contrato escrito, cubren jornadas excesivas, no hay una homologación en los salarios por igual trabajo, no cuentan con vacaciones, días de descanso u otras prestaciones de ley’. Una protesta de jornaleros en el Valle de San Quintín demando lo siguiente: cobertura educativa, actividades culturales, habilitación de lugares de recreación, mayores programas de atención a las mujeres agredidas por violencia intrafamiliar, abastecimiento de agua potable en las colonias e infraestructura de drenaje y tratamiento de aguas residuales, servicios de recolección de basura en las colonias, regularización de la tenencia de la tierra, proporcionar vivienda digna, construcción de la red de energía eléctrica, combate a la inseguridad y a la contaminación por el uso de insecticidas y fertilizantes.” Adicional a lo anterior respecto de los comportamientos del sector agrícola nacional, es relevante mencionar aspectos comerciales y acciones internacionales que involucran a la industria agrícola como se establece, desde que se firmó el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN). Las exportaciones mexicanas a esa región han crecido a una tasa mayor que las que se dirigieron a otros países o regiones. Aún más, desde que se puso en operación el TLCAN las exportaciones mexicanas han incrementado su participación en las importaciones totales de Estados Unidos, o dicho de otra manera, el intercambio comercial de México tanto desde el punto de vista de las exportaciones como de las importaciones ha sido más activo con la zona del TLCAN que con el resto del mundo. Estos incrementos pueden atribuirse a la creciente vinculación comercial de México, Estados Unidos y

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Canadá a raíz de la firma de dicho tratado, así se tiene, que debido a este crecimiento, para el quinto año de la firma del TLCAN las exportaciones mexicanas de productos agropecuarios con sus socios comerciales, se incrementaron en un 40%.13 El Tratado de Libre Comercio Agrícola, en algunos subsectores agropecuarios resienten las consecuencias -en términos de desempleo, por ejemplo- de la desigual apertura comercial acordada en el TLCAN. La competencia externa a la que han enfrentado los productores agrícolas y ganaderos mexicanos ha sido marcadamente desigual debido a las enormes diferencias tecnológicas y de precios que imperan en la agricultura de Estados Unidos y en la de México; se observa en prácticamente todos los órdenes en que se les compare, ya sea en la mecanización, el nivel de subsidios, el costo de los insumos, los créditos, los seguros, el transporte, la asistencia técnica, y primordialmente en el desarrollo de toda suerte de avances biológicos y genéticos, así como de nuevas variedades de plantas hechas a la medida.14 Los proyectos y objetivos del TLCAN y sus condiciones económicas y políticas se pueden listar de la siguiente forma:

● Garantizar el acceso libre de los productos mexicanos a los mercados de Canadá y Estados Unidos.

● Asegurar una transición con plazos suficientemente largos para permite el ajuste equilibrado del sector.

● Brindar certidumbre y un horizonte de planeación de largo plazo al productor.

● Asegurar el acceso de los productores a los insumos en condiciones de competitividad internacional.

● Asegurar el derecho a establecer un sistema moderno de apoyos directos que sustituyan los otorgados mediante mecanismos de protección comercial.

13 Alicia Puyana y José Romero, “El sector agropecuario y el tratado de libre comercio de América del Norte efectos económicos y sociales”, El colegio de México, México, 2008, pp. 21-22. 14 Ídem.

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● Establecer términos de intercambio que propicien un cambio a cultivos o actividades que generen mayor ingreso para el productor.

● Establecer mecanismos operativos que eliminen la discreción en la administración de las medidas sanitarias y fitosanitarias.15

De lo anteriormente expuesto, es menester puntualizar que en la actualidad el sector agrícola en México y los patrones del campo enfrentan una problemática significativa en materia de costos de producción agrícola, ya que la carga fiscal que representa el concepto de seguridad social en el Capítulo X de la Ley del Seguro Social, denominado “De la Seguridad Social en el Campo”, se sujeta a las siguientes tributaciones a cargo de los propios patrones, como se indica a continuación: La Ley del Seguro Social (LSS), en la fracción XIX de su artículo 5 A, define como trabajador eventual del campo a la persona física que es contratada para labores de siembra, deshije, cosecha, recolección, preparación de productos para su primera enajenación y otras de análoga naturaleza agrícola, ganadera, forestal o mixta, a cielo abierto o en invernadero. Pueden ser contratados por uno o varios patrones, pero los periodos en ningún caso podrán superar las 27 semanas al año por patrón. Los trabajadores eventuales del campo, subordinados a un patrón, de acuerdo con los artículos 20 y 21 de la Ley Federal del Trabajo, así como el citado Capítulo X y el artículo 12 de la LSS, tienen derecho a incorporarse al régimen obligatorio del IMSS, el cual contempla todas las prestaciones en dinero y en especie vertidas en la LSS y en principio, su forma de financiamiento es la planteada para cualquier trabajador, esto es, su modalidad es tripartita “aportan el trabajador, el patrón y el Gobierno Federal”. Ahora bien, buscando dar respuesta a las diversas inquietudes y preocupaciones de los patrones del campo por la precaria situación económica del sector, el 31 de diciembre de 2018 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto modificatorio para el periodo 2019-2020 (recurrente desde

15Ídem.

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2006), por el que se otorgan beneficios fiscales a los Patrones y Trabajadores Eventuales del Campo, beneficios que para el año 2020 los eximen parcialmente de pagar sus cuotas, hasta por un monto equivalente a la diferencia que se obtenga entre las cuotas que de acuerdo con el Salario Base de Cotización deben realizar, y las que resulten de considerar 2 veces la Unidad de Medida de Actualización (UMA), siempre y cuando el salario base de cotización que registre sea superior a las 2 veces de UMA.16 Dado lo anterior, y con base en el citado Decreto, los recursos que los patrones tendrían que aportar al IMSS será en función del Salario Base de Cotización con que estén dados de alta los trabajadores del campo. Verbigracia, a continuación, se muestra el monto que, de acuerdo con el Decreto en estudio, el gobierno federal exime al patrón en el pago de cuotas en caso de que registre al trabajador eventual del campo con un salario base de cotización superior a 2 veces la UMA. Este registro es por un periodo de cotización de hasta 27 semanas, que es el tiempo máximo de cotización para ser catalogado como Trabajador Eventual del Campo, conforme a la fracción XIX del artículo 5 A de la LSS.

● De no estar vigente el citado Decreto, el patrón tendría que cubrir en caso de que diera de alta en el IMSS a sus trabajadores eventuales del campo con un Salario Base de Cotización equivalente a 2 veces la UMA, la suma de $2,012.75 cada bimestre, lo que se traduciría en una aportación total de aproximadamente $6,806.57 por las 27 semanas que cotizan sus trabajadores.

● Dado que el Decreto citado está vigente, los $2,012.75 representan el monto que el patrón está exento de cubrir de forma bimestral, en caso de que afilie al trabajador eventual del campo con un salario base de cotización superior a las 2 UMA.

16 1 Decreto que modifica el diverso por el que se otorgan beneficios fiscales a los patrones y trabajadores eventuales del campo, publicado el 24 de julio de 2007, [en línea], consultado el 10 de septiembre de 2019. Disponible en: https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5547503&fecha=31/12/2018

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Por otra parte, se expone el monto que tendría que cubrir el patrón en caso de afiliar al trabajador eventual del campo con un ingreso diario de $233.50, sin considerar lo establecido en el Decreto que nos ocupa: $8,299.85 en total por el periodo de afiliación de 27 semanas. Considerando la vigencia del Decreto en estudio, se calculó el monto de las aportaciones que tendría que realizar el patrón en caso de que inscriba al trabajador con un Salario Base de Cotización equivalente a 2.5 veces la UMA, esto es: $8,299.85 – $6,805.57 = $1,493.28, que es el monto que el patrón tendría que erogar como cuota al IMSS por la afiliación de un trabajador eventual del campo, considerando un periodo de 27 semanas. Respecto de la carga por la atención de los servicios que presta el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), derivado de la posible afiliación de miles de Trabajadores Eventuales del Campo, se debe precisar que actualmente el artículo 237-A del Capítulo X titulado “De la Seguridad Social en el Campo” de la LSS, prevé la posibilidad de que el Instituto no cuente con la infraestructura para brindar atención a todos los derechohabientes y establece una forma de solventar dicha situación, indicando que en los lugares en los que el IMSS no cuente con instalaciones para brindar los servicios de salud a sus derechohabientes, puede celebrar convenios con los patrones de los trabajadores del campo, para que éstos otorguen las prestaciones en especie contempladas en el Seguro de Enfermedades y Maternidad (servicios médicos y hospitalarios), previendo similar medida para el caso del servicio de guarderías. En este punto resulta importante resaltar el número de unidades médicas en Chiapas durante el periodo 2010-2018, reportadas por el IMSS. En ésta se observa que, en los últimos ocho años, sólo se ha incrementado una unidad de primer nivel.

UNIDADES MÉDICAS DEL IMSS EN SERVICIO EN EL ESTADO DE CHIAPAS.

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AÑO Tercer Nivel

Segundo Nivel

Primer Nivel

2010 0 4 40 2011 0 4 40 2012 0 4 40 2013 0 4 41 2014 0 4 41 2015 0 4 41 2016 0 4 41 2017 0 4 41 2018 0 4 41

Figura 1 Fuente: Elaboración propia con datos del Instituto Mexicano del Seguro Social.

Adicional a los numerales mencionados de la LSS y para efecto de un mejor entendimiento, en los procesos tributarios en la producción agrícola se presentan las siguientes graficas informativas de aspectos relevantes económicos: Desde hace más de 25 años el campo mexicano, se ha visto envuelto en una serie de complicaciones económicas, afectando diversos sectores de producción agrícola y por ende se han afectado a millones de mexicanos vinculados a este sector, sin embargo, la reforma que se plantea, resuelve la problemática generada por el decreto de 1995 y que entraría en vigor en 1997, con la “nueva Ley del Seguro Social” en el fondo de su espíritu ayuda considerablemente a que este sector tenga un respiro, y se encuentre en condiciones de beneficiar a los trabajadores de este sector social importante, a los productores y al mismo Estado mexicano, en el ánimo de ser un tanto más gráficos se exponen algunos argumentos en este sentido. De acuerdo con la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER), en el Atlas Agroalimentario de 2018, estima que en el campo mexicano laboran más de 6 millones de trabajadores, con la

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siguiente distribución:

Figura 2

Fuente: Elaboración propia con datos de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural.

Las remuneraciones que reciben estos trabajadores, la mayor parte declaran percibir entre 1 y 2 salarios mínimos. En particular durante esta exposición supondremos que el trabajador promedio del campo percibe un salario diario (o Jornal) de $233.50. A continuación, se muestra el porcentaje de trabajadores que perciben cada nivel de salario señalado.

Figura 3

Fuente: Elaboración propia con datos de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural. De los datos anteriores, se deduce que 2.6 millones de trabajadores, debieran estar inscritos en el

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Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS); sin embargo, de acuerdo con los datos del propio Instituto, a junio de 2019, se encuentran afiliados solo 660,995 trabajadores en las siguientes categorías:

Figura 4

Fuente: Elaboración propia con datos del Instituto Mexicano del Seguro Social. Como se aprecia, existe una diferencia sustancial entre los trabajadores registrados ante el IMSS y los estimados por la SADER. Aunado a ello solo 181,180 están asociados a un empleo temporal del sector. Es importante señalar que las cifras de la SADER se estiman con base en la Encuesta de Ocupación y Empleo (ENOE) realizada por el INEGI y las cifras del IMSS son resultado de sus registros administrativos realizados por los patrones del campo. Si se mantuvieran las proporciones actuales de trabajadores, es decir, que el 28% de los trabajadores son eventuales, tendríamos que de los 2.6 millones de trabajadores del campo, cerca de 720 mil trabajadores serían eventuales. Esta cifra aún dista mucho de la realidad, ya que se estima que está cifra puede alcanzar hasta 1.8 millones de trabajadores eventuales del campo. Ahora bien, la diferencia entre los registros de la SADER y el IMSS, se debe en buena medida al registro de trabajadores eventuales. En una visita en la región del Soconusco, en donde se levantó información en campo con diversos productores de agrícolas, a efecto de conocer, demostrar y dilucidar las causales de dichas condiciones adversas a la producción, se encontró que entre las causas

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más comunes son: la carga financiera y administrativa que representa el alta y baja ante el IMSS; su inconsistencia en los jornales, que hace irregular las semanas a cotizadas; la elevada rotación de los trabajadores eventuales del campo, la falta de documentación legal necesaria por parte de los trabajadores, en ocasiones el CURP o INE. tratándose de trabajadores eventuales del campo de origen extranjero, los cuales representan aproximadamente un 80%, principalmente trabajadores agrícolas de origen guatemalteco, entre otras. Derivado de lo anterior, respecto del sub-registro de trabajadores, se propone crear un esquema o modalidad para la inscripción de trabajadores eventuales del campo. A continuación, se presenta como se realiza las aportaciones actuales y el esquema que se plantea, así como sus implicaciones presupuestales. De acuerdo con el Informe al Ejecutivo Federal y al Congreso de la Unión sobre la situación financiera y los riesgos del Instituto Mexicano del Seguro Social 2018–2019, en el siguiente cuadro se muestra la forma en que se financian los 5 seguros que provee la institución:

Figura 5

Fuente: Elaboración propia con datos del Instituto Mexicano del Seguro Social. En el cuadro se observa que se realiza con la aportación de Patrones, Trabajadores y Gobierno,

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tripartita, en particular las dos primeras se realizan, a través de las Cuotas Obrero – Patronales (COP) con base en el salario base de cotización (SBC) que se integra por el salario que percibe el trabajador, más las percepciones por prestaciones. En el cuadro que antecede, se muestran los porcentajes que tendría que aportarse de COP de un trabajador del campo, donde la actividad se encuentra dentro de la clase III de riesgos de trabajo, que implica aportar el 2.598% del SBC. Las aportaciones correspondientes al Gobierno se realizan a través del Ramo 19 del Presupuesto de Egresos de la Federación, donde se agrupan las provisiones de los recursos para financiar el cumplimiento de las obligaciones establecidas por las leyes y disposiciones aplicables en materia de seguridad social. En este Ramo se presupuestan y programan las transferencias fiscales a cargo del Gobierno Federal, destinadas a cubrir el pago de pensiones, cuotas, aportaciones, subsidios y otras erogaciones de seguridad social, las cuales son ministradas a los Institutos de Seguridad Social y otros beneficiarios. Es importante señalar, que el pago de la COP se realiza de manera diferenciada, todos los meses del año se paga la COP que corresponde a los 5 seguros proporcionados por el IMSS y los meses pares las contribuciones que corresponde a Retiro, Cesantía y Vejez (RCV) e INFONAVIT. Es decir, tendremos seis meses (nones) donde el pago sólo sea al IMSS y seis meses (pares) donde se realice el pago de IMSS, RCV e INFONAVIT. Actualmente, un trabajador promedio del campo percibe por jornal (o día trabajado), en promedio $233.50 pesos, este al momento de integrarle las prestaciones de ley, se estima que el SBC a registrar es de $244.05 pesos diarios. Con base en lo anterior, las COP y la aportación del Gobierno quedarían de la siguiente manera:

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Figura 6

Fuente: Elaboración propia (Proyección) con datos del Instituto Mexicano del Seguro Social. Como se aprecia en el cuadro, la COP estaría en cerca de $2,000.00 en los meses pares, y de $1,100.00 para los meses nones. Esto, si se trasladara a las aportaciones anuales, quedarían de la siguiente forma:

Figura 7

Fuente: Elaboración propia (Proyección) con datos del Instituto Mexicano del Seguro Social.

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Por tanto, con referencia al gráfico anterior la COP anual, estaría en el orden de los $19,000.00 por trabajador, de los cuales, cerca de $17,000.00 le corresponde al patrón. Con el número de registros actuales de trabajadores eventuales se estima que los patrones aportan al IMSS poco más de 3 mil 062 millones de pesos, en caso de que se registraran a todos los trabajadores eventuales (de acuerdo con las estimaciones realizadas, cerca de 720 mil trabajadores eventuales del campo) los patrones estarían aportando cerca de 12 mil 104 millones de pesos. Sin embargo, esta erogación es inviable para muchos productores debido a las condiciones de competencia del mercado interno y representa el aniquilamiento a la fuente de trabajo, pues la informalidad dada la composición del sector y su diversidad social, genera competencia desleal en los mercados en los que concurren todos los actores involucrados en la producción y comercialización de los productos agrícolas; además de la estructura de costos tan estrecha con la que cuentan los productores del campo, aunado a los riesgos naturales de la agricultura que normalmente representan fuertes pérdidas pero los productores no son ajenos, ni elusivos al cumplimiento de estas obligaciones. Por ello, se busca mejorar el esquema de incorporación y pago de estos trabajadores. Una aproximación que se ha realizado, es que los patrones cubran hasta un 10% de la COP que les corresponde y el gobierno, a través del Ramo 19, destine los recursos para cubrir el diferencial entre la COP actual y la COP propuesta. Lo anterior, tiene como propósito adicional, entre otros, que un sector social tan afectado tenga acceso a un esquema de seguridad social básica, que los productores que se encuentren en condición de patrones, estén en posibilidad de aportar menos en cantidad pero más en volumen, lo cual significaría para el Estado Mexicano, un incremento importante en el registro de empleos formales generados en determinados periodos, representando un incremento sustancial en el número de nuevas afiliaciones ante el IMSS en particular para los Trabajadores Eventuales del Campo. Al respecto, el Presupuesto de Egresos de la Federación de cada ejercicio fiscal, establece el Ramo 19, Aportaciones a Seguridad Social, a través del cual se programan y presupuestan las transferencias fiscales a cargo del Gobierno Federal, destinadas a cubrir el pago de pensiones y jubilaciones, cuotas

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y aportaciones, subsidios y otras erogaciones en materia de seguridad social; por consiguiente, es viable la ampliación a este ramo, lo correspondiente a la aportación de la cuota obrero patronal como se indica en la propuesta de iniciativa; sin que con ello se vea afectado el o los presupuestos de egresos correspondientes; ya que al incrementar el número de registro de empleos en esta categoría, se generaría una mayor recaudación para este rubro. A continuación, se muestra los niveles que alcanzarían la COP con el esquema antes propuesto.

Figura 7

Fuente: Elaboración propia (Proyección) con datos del Instituto Mexicano del Seguro Social. Como se observa, se estima una reducción sustancial en el pago por parte del patrón. Como resultado de esta reducción, y como ya se manifestó, se estima que se presente una inscripción potencial de trabajadores. A continuación, se muestra la aportación gubernamental adicional, producto de esta modificación ante los diferentes niveles de afiliación:

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Figura 8

Fuente: Elaboración propia (Proyección) con datos del Instituto Mexicano del Seguro Social. La aportación adicional en la que tendría que incurrir el Gobierno supera la aportación actual, esto siempre y cuando la COP continúe integrándose de la misma manera que hoy en día. Ahora bien, si se observa con respecto a los programas sociales incluidos en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2020 y su comparación con el Ejercicio Fiscal 2019, se encontraría en nivel cercanos a los de programas como “Jóvenes Construyendo el Futuro” o “Sembrado Vida”; tomando en cuenta que, en este supuesto, el beneficio directo al sector y los sujetos involucrados, sería en proporciones mayores.

Figura 9

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Fuente: Elaboración propia con datos del Presupuesto de Egresos de la Federación 2019 y del Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2020.

Ahora bien, considerando que en el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2024 el rescate al campo representa una de las principales prioridades del Gobierno Federal, el cual se ha propuesto impulsar la autosuficiencia alimentaria y la producción agrícola de exportación en el país, sin lugar a dudas se estima conveniente el promover los beneficios fiscales que coadyuven a que los productores ejidatarios, comuneros, así como pequeños propietarios incrementen su productividad en un marco de respeto que equilibre los factores de la producción, en función a los correspondientes pagos fiscales a cargo de los patrones y Trabajadores Eventuales del Campo, tal y como se establece en los beneficios parcialmente otorgados mediante los diversos decretos antes mencionados. Es por ello que las actividades primarias desarrolladas en el campo mexicano como un espacio estratégico para el impulso de la economía del país y con la finalidad de eliminar de forma significativa los obstáculos que se han analizado profusamente en el presente documento, es necesario crear políticas a efecto de construir ordenamientos que se encuentren apegados a la realidad y lograr alcanzar el máximo potencial, que genere estímulos y certeza jurídica que deriven en el fortalecimiento de las inversiones de los patrones del agro mexicano, así como fortalecer las debidas oportunidades de empleo, mismas que de forma prudente fomentara el consumo en todas las regiones del país generando crecimiento económico y bienestar social. Adicional a lo anterior, se ha evaluado que una vez que se establezcan criterios de un correcto pago fiscal a cargo de los patrones del campo ante el IMSS y el INFONAVIT, se logrará significativamente el correcto progreso del bienestar de la sociedad mexicana y de las personas que migran a nuestro país, apegado también a lo políticas públicas propuestas por el Presidente de la República en el sentido de crear oportunidades y empleos temporales del campo, para los migrantes que se establecen en el país de forma temporal, principalmente en el sur del país.

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Es por ello, que se proponen las siguientes modificaciones en la redacción en la Ley del Seguro Social:

LEY DEL SEGURO SOCIAL LEY DEL SEGURO SOCIAL

TEXTO VIGENTE TEXTO PROPUESTO

Artículo 237. Los trabajadores asalariados, eventuales y permanentes en actividades del campo, se comprenden en el artículo 12, fracción I, de esta Ley y accederán a la seguridad social en los términos y formas que establezca la misma, conforme a las modalidades que para el efecto establezcan los reglamentos que correspondan.

Artículo 237.- Los trabajadores asalariados permanentes en actividades del campo, se comprenden en el artículo 12, fracción I, de esta Ley y accederán a la seguridad social en los términos y formas que establezca la misma, conforme a las modalidades que para el efecto establezcan los reglamentos que correspondan.

SIN CORRELATIVO

CAPITULO XI DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE LOS

TRABAJADORES EVENTUALES Y ESTACIONALES DEL CAMPO

SIN CORRELATIVO

Artículo 239-A.- Los trabajadores asalariados eventuales y estacionales en actividades del campo, que se comprenden en el artículo 12, fracción I, de esta Ley, accederán a la seguridad social en los términos siguientes:

SIN CORRELATIVO I.- El esquema de aseguramiento se

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homologará a lo dispuesto por las fracciones I, II, III, IV y V del artículo 11 de esta Ley.

SIN CORRELATIVO

II.- Cuando se surtan los supuestos del artículo 237-A, los patrones del campo estarán obligados al pago de las aportaciones correspondientes, únicamente en la proporción en que el Instituto efectivamente cuente con instalaciones o bien las condiciones jurídicas y/o financieras, para brindar las prestaciones sociales que tiene encomendadas.

SIN CORRELATIVO

En todo caso, los patrones del campo estarán obligados a proporcionar al Instituto los informes y estadísticas a que se refiere el artículo 237-A, último párrafo de esta Ley, sujetándose a las instrucciones, normas técnicas, inspecciones y vigilancia prescritas por el propio Instituto, atendiendo a las circunstancias particulares de los trabajadores eventuales del campo de que se trate.

SIN CORRELATIVO

El pago de las cuotas a cargo de los patrones del campo, será conforme a la información proporcionada en los términos del párrafo anterior y observando las modalidades que

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dispongan los reglamentos correspondientes.

SIN CORRELATIVO

Artículo 239-B. - Respecto de los trabajadores eventuales y estacionales en actividades del campo, los patrones del campo, sujetándose a las reglas establecidas por el artículo 237-C de esta Ley, podrán excluir los pagos adicionales que realicen por concepto de productividad, hasta por el treinta por ciento del salario base de cotización.

SIN CORRELATIVO

Los patrones del campo, en términos del último párrafo del artículo anterior, cubrirán la parte de la cuota obrero patronal que les corresponda, la cual será hasta del diez por ciento de esta.

Derivado de lo anterior y efecto de establecer políticas públicas que logre fortalecer la estabilidad de la inversión del sector agrícola, su certeza jurídica, así como el fomento y registro correcto y el incremento sustancial de número de afiliaciones de empleos formales de los Trabajadores Eventuales del Campo ante el IMSS, impulsando con ello el bienestar social y el desarrollo regional de todo el país, estimamos de alta relevancia para la estabilidad y continuidad de la producción agrícola en México, la propuesta de las reformas y adiciones a la Ley del Seguro Social. Estimamos importante considerar que el “Desarrollo Rural Sustentable” no solo se refiere a la agricultura, ya que también se encuentra íntimamente implícito el bienestar social y económico de la sociedad rural, así como el desarrollo regional y nacional, la soberanía y seguridad alimentaria, la

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conservación de la biodiversidad mediando un ambiente sano, así como el fortalecimiento de las manifestaciones socioculturales involucradas en el sector rural y de toda la población. Por lo anteriormente expuesto y debidamente fundado, me permito someter a la consideración de esta Soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de: DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 237; SE ADICIONA UN CAPÍTULO XI AL TÍTULO SEGUNDO, CON SUS RESPECTIVOS ARTÍCULOS 239 A Y 239 B, DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL, para quedar como sigue:

TÍTULO SEGUNDO

DEL RÉGIMEN OBLIGATORIO Artículo 237.- Los trabajadores asalariados permanentes en actividades del campo, se comprenden en el artículo 12, fracción I, de esta Ley y accederán a la seguridad social en los términos y formas que establezca la misma, conforme a las modalidades que para el efecto establezcan los reglamentos que correspondan. […]

CAPITULO XI

DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE LOS TRABAJADORES EVENTUALES Y ESTACIONALES DEL CAMPO

Artículo 239-A.- Los trabajadores asalariados eventuales y estacionales en actividades del campo, que se comprenden en el artículo 12, fracción I, de esta Ley, accederán a la seguridad social en los términos siguientes: I.- El esquema de aseguramiento se homologará a lo dispuesto por las fracciones I, II,

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III, IV y V del artículo 11 de esta Ley. II.- Cuando se surtan los supuestos del artículo 237-A, los patrones del campo estarán obligados al pago de las aportaciones correspondientes, únicamente en la proporción en que el Instituto efectivamente cuente con instalaciones o bien las condiciones jurídicas y/o financieras, para brindar las prestaciones sociales que tiene encomendadas. En todo caso, los patrones del campo estarán obligados a proporcionar al Instituto los informes y estadísticas a que se refiere el artículo 237-A, último párrafo de esta Ley, sujetándose a las instrucciones, normas técnicas, inspecciones y vigilancia prescritas por el propio Instituto, atendiendo a las circunstancias particulares de los trabajadores eventuales del campo de que se trate. El pago de las cuotas a cargo de los patrones del campo, será conforme a la información proporcionada en los términos del párrafo anterior y observando las modalidades que dispongan los reglamentos correspondientes. Artículo 239-B. - Respecto de los trabajadores eventuales y estacionales en actividades del campo, los patrones del campo, sujetándose a las reglas establecidas por el artículo 237-C de esta Ley, podrán excluir los pagos adicionales que realicen por concepto de productividad, hasta por el treinta por ciento del salario base de cotización. Los patrones del campo, en términos del último párrafo del artículo anterior, cubrirán la parte de la cuota obrero patronal que les corresponda, la cual será hasta del diez por ciento de esta.

TRANSITORIOS

Artículo Primero. - El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

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Artículo Segundo. - Se derogan todas las disposiciones expedidas con anterioridad, en lo que se opongan al presente Decreto. Artículo Tercero. - Los asuntos que estuvieren en trámite relacionados con el cumplimiento de obligaciones obrero-patronales respecto de los Trabajadores Eventuales y Estacionales del Campo, serán resueltos conforme a lo dispuesto en este Decreto. Artículo Cuarto. - El Ejecutivo Federal en el ejercicio de sus facultades, emitirá las adecuaciones normativas que correspondan, tomando en consideración las circunstancias particulares de cada sector productivo del campo, en un término de ciento ochenta días, contados a partir de la entrada en vigor de este Decreto. Artículo Quinto. – Las leyes, decretos, acuerdos o reglamentos que no se opongan al presente decreto, continuarán siendo vigentes y aplicables, hasta en tanto se realicen las reformas y adecuaciones señaladas en el transitorio Cuarto.

SUSCRIBE,

Senadora Sasil De León Villard, Coordinadora del Grupo Parlamentario de Encuentro Social.

Dado en el Salón de Sesiones del Senado de la República el 15 de octubre de 2019.