gastos personales
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IMPUESTO A LA RENTA PERSONAS NATURALES - GASTOS PERSONALES
Versión: Mayo 2010
Deducciones - Gastos PersonalesNumeral 16 Art. 10 LORTI
DEDUCCIONESGASTOS PERSONALES
Hasta el 50% del total de sus ingresos gravados
No exceder del 1.3 veces fracción básica desgravada.
GASTOS PERSONALES
LÍMITES INDIVIDUALESLa deducción total por gastos personales no podrá superar el 50% del total de los ingresos gravados del contribuyente y en ningún caso será mayor al equivalente a 1.3 veces la fracción básica desgravada de Impuesto a la Renta de personas naturales.
Sin perjuicio de los límites establecidos en el párrafo anterior, la cuantía máxima de cada tipo de gasto no podrá exceder a la fracción básica desgravada de impuesto a la renta en:
Vivienda: 0,325 veces
Educación: 0,325 veces
Alimentación: 0,325 veces
Vestimenta: 0,325 veces
Salud: 1,3 veces
Mejorar la equidad.Vigente a partir del período fiscal 2011
Deducciones - Gastos PersonalesNumeral 16 Art. 10 LORTI
DEDUCCIONESGASTOS PERSONALES
CónyugeCónyuge
Hijos menores de edad
Hijos menores de edad
Hijos Discapacitados
Hijos Discapacitados
Nota: Se debe considerar solo la base imponible sin IVA e ICE.
Gastos Personales
GASTOS PERSONALES
Vivienda
Educación
Salud
Alimentación
Vestimenta
Gastos PersonalesArt. 31 del RALORTI
GASTOS PERSONALES
Gastos de Vivienda
Gastos PersonalesArt. 31 del RALORTI
GASTOS PERSONALES
Gastos de Educación
Servicios de educación especial para personas discapacitadas
Servicios prestados por centros de cuidado infantil
Gastos PersonalesArt. 10 Numeral 16 del RALORTI
GASTOS PERSONALES
Gastos de Salud
Educación superior podrán deducirse de; su cónyuge, hijos de cualquier edad u otras personas que dependan económicamente del contribuyente.
Nota: Declaración juramentada
Gastos PersonalesArt. 31 del RALORTI
GASTOS PERSONALES
Gastos de Salud
Gastos PersonalesArt. 31 del RALORTI
GASTOS PERSONALES
Gastos de Alimentación
Gastos PersonalesArt. 31 del RALORTI
GASTOS PERSONALES
Gastos de Vestimenta
DEDUCCIONESGASTOS PERSONALES
Gastos Personales
Presentar obligatoriamente la declaración del Impuesto ala Renta anual y el anexo.
Los comprobantes deben mantenerlos por el lapso de siete años.
No se podrán aplicar gastos realizados por terceros
Las personas naturales obligadas a llevar contabilidad registrarán sus gastos en la conciliación tributaria
Personas Bajo Personas Bajo Relación de Relación de
DependenciaDependencia
Bajo relación de dependencia presentarán a su empleador, en documento impreso, en dos ejemplaresiguales, una proyección de los gastos personales susceptibles de duducción para efecto de cálculo del Impuesto a la Renta que consideren incurrirán en el ejercicio económico en curso
Art. 98 LORTIArt. 2 Resolución No NAC – DGER2008-0621 del 15 de mayo de 2008
La información deberán presentar en el mes de Enero de cada año.
Personas Bajo Relación de Dependencia
Cuando trabaje para dos empleadores o más, informará al empleador con el que perciba mayores ingresos, la sumatoria de todos sus ingresos en relación de dependencia, debiendo este empleador efectura la correspondiente retención considerendo la totalidad de sus ingresos y las deducciones por aportes personales al IESS
Art. 98 LORTIArt. 2 Resolución No NAC – DGER2008-0621 del 15 de mayo de 2008
El empleado estará obligado a presentar en el mes de octubre de cada año un nuevo documento
Personas Bajo Relación de Dependencia
EjemploEjemplo
Gastos Personales
Tabla Impuesto a la Renta Año 2010
Rentas del Trabajo en Relación de Dependencia
Gastos Personales
B.I. = Ingresos Gravable – Deducciones
Ingresos Gravables Sueldos Comisiones Horas Extras Subsidios Gastos de representación. Vacaciones, etcIngresos Exentos Décimo 3ero y 4to Viáticos o Gastos de viaje, hospedaje y alimentación Fondos de Reserva
Deducciones Aporte al IESS (9.35%)Gastos Personales
salud educación vivienda VestimentaAlimentación
FORMULARIO SRI-GP
Gastos Personales
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104
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INGRESOS GRAVADOS PROYECTADOS (sin decimotercera y decimocuarta remuneración) (ver Nota 1)
(=) TOTAL INGRESOS PROYECTADOS
USD$
(+) TOTAL INGRESOS GRAVADOS CON ESTE EMPLEADOR (con el empleador que más ingresos perciba)
(+) TOTAL INGRESOS CON OTROS EMPLEADORES (en caso de haberlos)
USD$
USD$
Información / Identificación del empleado contribuyente (a ser llenado por el empleado)
101CEDULA O PASAPORTE
102APELLIDOS Y NOMBRES COMPLETOS
FORMULARIO SRI-GP
EJERCICIO FISCAL
DECLARACIÓN DE GASTOS PERSONALES A SER UTILIZADOS POR EL EMPLEADOR EN EL CASO DE INGRESOS EN RELACION DE DEPENDENCIA
CIUDAD AÑOCIUDAD Y FECHA DE
ENTREGA/RECEPCION
FORMULARIO SRI-GP
Gastos Personales
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GASTOS PROYECTADOS
NOTAS: 1.- Cuando un contribuyente trabaje con DOS O MÁS empleadores, presentará este informe al empleador con el que perciba mayores ingresos, el que efectuará la retención considerando los ingresos gravados y deducciones (aportes personales al IESS) co
USD$
USD$
(+) GASTOS DE VIVIENDA
(+) GASTOS DE EDUCACION
USD$
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USD$
(=) TOTAL GASTOS PROYECTADOS (ver Nota 2)
(+) GASTOS DE SALUD
(+) GASTOS DE ALIMENTACION USD$
(+) GASTOS DE VESTIMENTA
FORMULARIO SRI-GP
Gastos Personales
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EMPLEADO CONTRIBUYENTEEMPLEADOR / AGENTE DE RETENCION
Firmas
Identificación del Agente de Retención (a ser llenado por el empleador)
RUC RAZON SOCIAL, DENOMINACION O APELLIDOS Y NOMBRES COMPLETOS112 113