fundamentos básicos del derecho
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Desarrollo del tema Derecho constitucional.TRANSCRIPT
Fundamentos básicos
del derecho
Mariana Circelli
V- 25.390.788
Derecho Constitucional
• “Es la parte del derecho público que estudia la organización superior de los poderes delEstado y las bases sustanciales de éste, así como sus limitaciones frente a los particulares ylas fuentes de la Constitución.”
Andueza
• "El derecho político o constitucional es el conjunto de normas relativas a la estructura fundamental del Estado, a las funciones de sus órganos y a las relaciones de éstos entre sí y con los particulares."
Garcia Máynes
• “La expresión normativa de la unidad política de un pueblo encaminada a regular una serie de leyes del mas alto grado jerárquico de un todo unitario. Las atiende desde el sentido absoluto, relativo, positivo, ideal y social. ”
Schmitt
Derecho Constitucional
• En Venezuela se acepta, fundamentalmente, el criterio formal. De acuerdo con esto, podría repetirse la definición que se acoge en el libro "Apuntes de Derecho Constitucional" (Caracas, 1952, p. 12), conforme al cual:
“El Derecho Constitucional es la parte del Derecho Público Interno que estudia la organización fundamental del Estado, determinando sus órganos primordiales y señalando las limitaciones de los
Poderes Públicos a los derechos sociales e individuales".
Derecho Constitucional
• La forma de Estado.
• La forma y los órganos de gobierno.
• Los límites de los Derechos del Estado
Es decir; comprende las instituciones políticas escritas como también las no escritas que, de una u otra forma, organizan el Estado y regulan el ámbito de poder. No es, pues, la pura norma la que interesa al Derecho Constitucional, sino la síntesis de la tensión entre la norma y la realidad a la que se enfrenta. El objeto principal del Derecho Constitucional, es en países como el nuestro es la regulación jurídica suprema, pues además de fijar la estructura del Estado impone a las demás ramas del derecho amoldarse a sus normas y principios rectores.
Objetos
Derecho constitucional
• Es el estudio y análisis delordenamientoconstitucional de unEstado particular,mediante la exposicióndoctrinarias y legal de susvariadas modalidades deorganización y defuncionamiento, para llegara través de sucesivasabstracciones de lasdiferentes normas einstitutos, a conceptos yprincipios más amplios ygenerales.
Particular General
• Es aquel que toma como base
de sus investigaciones, con el
objeto de disciplinar las normas
que presenten características
típicas, las instituciones
similares o bien algunas
diferencias muy conspicuas,
llegando a esquemas más
amplios de las distintas
concepciones políticas y
jurídicas.
Comparado
• Es aquel que se dedica alestudio y confrontaciónde las normasconstitucionales de losdiversos sistemas querigen en diferentes países,y destaca las notassimilares odiferenciadoras de esossistemas, así como de lasinstituciones que formanel Estado.
Derecho
• La parte del ordenamiento jurídico queregula las relaciones de supra ordenacióny de subordinación entre el Estado y losparticulares y las relaciones de supraordenación, de subordinación y decoordinación de los órganos y divisionesfuncionales del Estado entre sí.
• Es el que atañe a la Cosa Pública.
• Sería pública la relación jurídica en quetanto el Estado, como cualquier otro entepúblico, conserva superioridad frente aotras personas con quien se establece.
Público
• Es el que interesa a la utilidad de losparticulares.
• Es privada la que se constituye sobrela base de la absoluta igualdad de laspartes.
• Estudia las relaciones entreparticulares, trátese de personas físicaso morales.
Privado
Derecho
• Es la rama del derecho publico exteriorque estudia y regula el comportamientode los Estados y otros sujetosinternacionales, en sus competenciaspropias y relaciones mutuas, sobre la basede ciertos valores comunes, para realizarla paz y cooperaciónes internacionales,mediante normas nacidas de fuentesinternacionales específicas. O másbrevemente, es el ordenamiento jurídicode la Comunidad Internacional.
Internacional
• Por deducción, el Derecho surge comoconsecuencia de la sociedad y suorganización, las que al necesitar normasjurídicas que la rijan, imponen elnacimiento del Derecho como unanecesidad, siendo así un fenómeno socialy, es más cuando, el legislador sanciona yproyecta la ley, él mismo debe habertomado en cuenta el ámbito social en elcual va a aplicar. Por esta razón, elDerecho está unido a la sociedad
Como fenómeno social
Orden Jurídico
• Se encarga de la regulación y el
control de la conducta humana en una
sociedad determinada, legamente
constituida; es decir en una zona país
o región delimitado.
Nacional
• Se encarga de la regulación y el controlde los derechos, deberes yobligaciones entre los Estadossoberanos, respetando las relacionesinternacionales mutuas.
Internacional
Formas de gobierno
• Anarquía.
• Gobierno tribal del tipo monarca-sacerdote.
• Monarquía despótica
• Oligarquía de la Nobleza.
• Oligarquía de la riqueza.
• Oligarquía del
sacerdocio.
• Gobierno de
democracia directa.
• Tiranía.
• Gobierno burocrático.
• Gobierno de gabinete o parlamento.
• Gobierno presidencialista del Congreso.
• Dictadura militar.
• Dictadura totalitaria.
Evolución Histórica
• Según Platón, el Estado, es éticamentenecesaria ya que su raíz y su fin no esotro que el de servir de vasto einsustituible instrumento pedagógicopara conducir al hombre alcumplimiento de su destino, en lavirtud y en el conocimiento. Lasinstituciones de hoy en díacorresponden al estudio del DerechoConstitucional que fueron analizadasen Grecia, desde un punto de vistafilosófico y poco concreto.
Grecia
• De acuerdo al hombre, el cumplimientode su destino, en la virtud y en elconocimiento. De acuerdo con Platón, lapolítica se funda en la ética, por lo que esconveniente y necesario que los soberanosse conviertan en filósofos. Por su parte,Aristóteles, estudia la organización delEstado en formas más concretas quePlatón, pero sin salirse del ámbitofilosófico.
Evolución Histórica
• En Roma; el estudio delordenamiento esfundamental del Estado.No se hizo de formasistemática, sino másbien de maneraincidental y apelando,para ello, a lasinstituciones delDerecho Privado.
Roma Edad Media
• Los problemas propios
de la ordenación
fundamental de la
comunidad política
fueron resultados en la
Edad Media, en base a
la tradición jurídica
romana.
Siglo XVII
• Se inicia en forma concreta el estudio de lo que más tarde llegará a ser el Derecho Constitucional. Para ello, las normas constitucionales inglesas, basadas en la costumbre, prestan valiosísimo concurso.
Evolución Histórica
• Las nuevas instituciones políticas,derivadas de los procesosrevolucionarios, se consolidan yla doctrina sobre esta materiaadquiere configuración de mayorcontenido jurídico.
Revolución Norteamericana y Francesa
• A partir de la segunda mitad de este siglo,el Derecho Constitucional alcanza plenaautonomía científica. Esto se logra allibrarse la naciente disciplina de lacontaminación de la filosofía, la política yotras ciencias, que le impedían alcanzarun desarrollo independiente. A ellocontribuyó, en alto grado, la propagaciónde la Constitución política escrita.
Siglo XIX
Importancia
• La importancia del Derecho Constitucional radica en su finalidad. Como lo afirma Linares Quintana: “la finalidad del Derecho constitucional es la garantía de la libertad y la dignidad del individuo, mediante la sumisión o acomodación del Estado, íntegramente considerado, al Derecho. El Derecho Constitucional, en cuando derecho del Estado, persigue el sometimiento del Estado mismo, no sólo al gobierno, aunque, sobre todo, al gobierno -a reglas jurídicas, convirtiéndolo de soberano asistido del poder de dominación, en soberano, sí, pero soberano que se acomoda por autodeterminación del derecho.”
Derecho Constitucional