ftn alfm viveres 070415 2 rev - bolsa mercantil de colombia · 2015-05-11 · 1 ficha tecnica de...

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1 FICHA TECNICA DE NEGOCIACION COMPRA DE BIENES, PRODUCTOS Y/O SERVICIOS DE CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS UNIFORMES Y DE COMÚN UTILIZACIÓN 1. OBJETO Objeto de la Negociación: La Agencia Logística de las Fuerzas Militares adquiere a través del mercado de compras públicas (productos o familias de productos) para el abastecimiento de las Unidades Militares. La presente negociación tiene como objeto la adquisición de productos cuyas características técnicas se encuentran detalladas en las fichas técnicas de producto anexas al presente documento y de conformidad con el procedimiento establecido en el Reglamento de Funcionamiento y operación de la Bolsa para el Mercado de Compras Públicas. Modalidad de Adquisición: La negociación se realizará bajo la modalidad de puja precio y el número de operaciones se detallará en cada anexo de compra. BIEN PRODUCTO O SERVICIO CANTIDAD DESCRIPCION GENERAL COMPATIBLE CON ARROZ BLANCO PARA CONSUMO DIFERENTES PRESENTACIONES ARVEJA VERDE SECA O AMARILLA SECA DIFERENTES PRESENTACIONES FRIJOL PARA CONSUMO DIFERENTES VARIEDADES Y PRESENTACIONES GARBANZO SECO PARA CONSUMO LENTEJA PARA CONSUMO DIFERENTES PRESENTACIONES AZUCAR BLANCO AZUCAR REFINADO AZUCAR LIGERA PANELA EN BLOQUE CUADRADA PANELA EN BLOQUE REDONDA PANELA GRANULADA SABORIZADA BOCADILLO DIFERENTES PRESENTACIONES FRUTAS EN ALMIBAR DIFERENTES PRESENTACIONES REFRESCO EN POLVO DIFERENTES PRESENTACIONES NECTARES EN FRASCOS Las establecidas en las fichas técnicas de negociación de cada anexo de compra Las características establecidas en la ficha técnica de negociación y en la fcha técnica de entrefas de productos

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FICHA TECNICA DE NEGOCIACION COMPRA DE BIENES, PRODUCTOS Y/O SERVICIOS DE CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS UNIFORMES Y DE COMÚN UTILIZACIÓN

1. OBJETO

Objeto de la Negociación: La Agencia Logística de las Fuerzas Militares adquiere a través del mercado de compras públicas (productos o familias de productos) para el abastecimiento de las Unidades Militares. La presente negociación tiene como objeto la adquisición de productos cuyas características técnicas se encuentran detalladas en las fichas técnicas de producto anexas al presente documento y de conformidad con el procedimiento establecido en el Reglamento de Funcionamiento y operación de la Bolsa para el Mercado de Compras Públicas. Modalidad de Adquisición: La negociación se realizará bajo la modalidad de puja precio y el número de operaciones se detallará en cada anexo de compra.

BIEN PRODUCTO O SERVICIO CANTIDAD

DESCRIPCION

GENERAL

COMPATIBLE CON

ARROZ BLANCO PARA CONSUMO DIFERENTES PRESENTACIONES

ARVEJA VERDE SECA O AMARILLA SECA DIFERENTES PRESENTACIONES

FRIJOL PARA CONSUMO DIFERENTES VARIEDADES Y PRESENTACIONES

GARBANZO SECO PARA CONSUMO

LENTEJA PARA CONSUMO DIFERENTES PRESENTACIONES

AZUCAR BLANCO

AZUCAR REFINADO

AZUCAR LIGERA

PANELA EN BLOQUE CUADRADA

PANELA EN BLOQUE REDONDA

PANELA GRANULADA SABORIZADA

BOCADILLO DIFERENTES PRESENTACIONES

FRUTAS EN ALMIBAR DIFERENTES PRESENTACIONES

REFRESCO EN POLVO DIFERENTES PRESENTACIONES

NECTARES EN FRASCOS

Las

establecidas en

las fichas

técnicas de

negociación de

cada anexo de

compra

Las características

establecidas en la

ficha técnica de

negociación y en la

fcha técnica de

entrefas de

productos

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BIEN PRODUCTO O SERVICIO CANTIDAD

DESCRIPCION

GENERAL

COMPATIBLE CON

LA FICHA TECNICA

ACEITE VEGETAL DIFERENTES PRESENTACIONES

BEBIDAS ACHOCOLATADAS CON DIFERENTES PRESENTACIONES

CHOCOLATE EN BARRA DIFERENTES PRESENTACIONES

CHOCOLATE EN POLVO DIFERENTES PRESENTACIONES

MALTEADA EN POLVO

LECHE CONDENSADA DIFERENTES PRESENTACIONES

LECHE EN POLVO DIFERENTES PRESENTACIONES

MEZCLAS LÁCTEAS DIFERENTES PRESENTACIONES

CALDO DE GALLINA Y COSTILLA EN CUBO O POLVO DIFERENTES PRESENTACIONES

GUISO CASERO DIFERENTES PRESENTACIONES

MAYONESA DIFERENTES PRESENTACIONES

MERMELADA DIFERENTES PRESENTACIONES

MOSTAZA DIFERENTES PRESENTACIONES

PASTA DE TOMATE DIFERENTES PRESENTACIONES

SALSAS DE TOMATE DIFERENTES PRESENTACIONES

SAL PARA CONSUMO HUMANO

SALSAS NEGRA, SOYA, INGLESA, DIFERENTES PRESENTACIONES

CONDIMENTOS DIFERENTES PRESENTACIONES

Las

establecidas en

las fichas

técnicas de

negociación de

cada anexo de

compra

Las características

establecidas en la

ficha técnica de

negociación y en la

fcha técnica de

entrefas de

productos

3

BIEN PRODUCTO O SERVICIO CANTIDAD

DESCRIPCION

GENERAL

COMPATIBLE CON

LA FICHA TECNICA

ATUN DIFERENTES PRESENTACIONES

CARNES ENLATADAS EN DIFERENTES PRESENTACIONES

CARNES EN SALSA ENLATADAS DIFERENTES PRESENTACIONES

FRIJOL CON CARNE ENLATA

JAMONADA DIFERENTES PRESENTACIONES

JAMONETA DIFERENTES PRESENTACIONES

POLLO EN SALSA ENLATADO DIFERENTES PRESENTACIONES

SALCHICHA TIPO VIENA SELECCIONADA

SALCHICHA TIPO FRANKFURT DIFERENTES PRESENTACIONES

SARDINA OVALADA EN SALSA DE TOMATE DIFERENTES PRESENTACIONES

TAMAL EN LATA DIFERENTES PRESENTACIONES

AVENA NATURAL CON LECHE, AZUCAR Y SABORIZADAS EN DIFERENTES

PRESENTACIONES

GALLETAS DULCES Y SALADAS EN TACO

HARINA DE TRIGO FORTIFICADA

HARINAS PRECOCIDAS REFINADAS DE MAIZ BLANCO Y AMARILLO

PASTA ALIMENTICIA FORTIFICADA DE SECO Y SOPA

MATERIA PRIMA RACIONES DE CAMPAÑA

Las

establecidas en

las fichas

técnicas de

negociación de

cada anexo de

compra

Las características

establecidas en la

ficha técnica de

negociación y en la

fcha técnica de

entregas de

productos

Las características técnicas de los bienes, se encuentran detalladas en las fichas técnicas de producto anexas y que hacen parte integral a este documento y las obligaciones descritas en este documento. Una vez cerrada la negociación, el comisionista vendedor y su comitente vendedor informarán a la comisionista compradora, los precios unitarios de cada uno de los elementos incluyendo el IVA correspondiente. El comitente comprador podrá solicitar la entrega de (productos) al comitente vendedor por encima o por debajo de la cantidad de bienes pactados en la rueda de negocios hasta en un diez por ciento (10%), previa aceptación del comitente vendedor. La tolerancia o margen en cantidad de bienes, antes señalada de más o de menos, es posible siempre y cuando

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el comitente comprador la solicite con cuatro (4) días hábiles de anticipación a la fecha establecida de entrega de los productos.

2. VALOR MÁXIMO DE LA OPERACIÓN

El valor máximo de los productos, bienes o servicios a adquirir será de [$ 55.584.250.331.oo), valor que no incluye IVA de los bienes, productos o servicios, comisiones, impuestos, tasas o gravámenes. En consecuencia, el precio máximo de la negociación a celebrar por cuenta de la Agencia Logística, el cual NO incluye impuestos, tasas o contribuciones. Será de: COMISIONISTA 1: VEINTE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL CUARENTA Y CUATRO PESOS ($20.352.387.044.oo) MCTE, el cual no incluye impuestos, tasas o contribuciones. COMISIONISTA 2: QUINCE MIL CINCUENTA MILLONES QUINIENTOS CUATRO MIL SETECIENTOS CINCO PESOS ($15.050.504.705.oo) MCTE, el cual no incluye impuestos, tasas o contribuciones. COMISIONISTA 3: VEINTE MIL CIENTO OCHENTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y DOS PESOS ($20.181.358.582.oo) MCTE, el cual no incluye impuestos, tasas o contribuciones.

3. PLAZOS PARA LA ENTREGA DE LOS BIENES

El plazo para la entrega de los productos objeto de la presente negociación será de acuerdo a la programación del comitente comprador establecida en cada anexo y/o adición de compra, en todo caso el plazo máximo para las

entregas será el treinta y uno (31) de diciembre 2015.

4. SITIOS DE ENTREGA

LUGAR DE ENTREGA: La entrega de los diferentes productos se efectuará en las Bodegas de la AGENCIA LOGÍSTICA DE LAS FUERZAS MILITARES en las ciudades y horarios indicados en la FICHA TÉCNICA DE ENTREGA adjunto al presente y que forma parte integral del mismo. Al momento de la entrega de los bienes el comitente vendedor deberá radicar en la bodega correspondiente la factura con el cumplimiento de los requisitos de ley. COORDINACIÓN DE ENTREGA: Los Comisionistas Vendedores informarán a la Agencia Logística de las Fuerzas Militares-Dirección Cadena de Suministros, máximo con 48 horas de anticipación al recibo de la mercancía, la información relacionada con el transportador (nombre del conductor, placas del vehículo, descripción de la mercancía, peso, etc.), con el fin de enviar la información a las Regionales para garantizar el ingreso sin contratiempos y cumplir con las normas de seguridad de las Unidades Militares. CONDICIONES DE ENTREGA: Los vehículos que transporten carga de la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, deben cumplir con los lineamientos mínimos establecidos en materia sanitaria, Decreto 3075 de 1997 y Resolución 2505 de 2004 o aquella norma que las modifique, derogue, adicione o actualice, dichos requisitos serán verificados al momento de la entrega. De igual manera deben garantizar la entrega de los productos en la puerta de la Bodega del comitente comprador sin importar el estado de la vía de acceso, para lo cual deben

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utilizar el medio de transporte que sea necesario (Terrestre, fluvial o aéreo), cada vehículo que ofrezca el comitente vendedor, debe contar con la documentación vigente durante la ejecución de la negociación como: Tarjeta de propiedad, SOAT, Análisis de Gases, Licencia de Conducción de los Conductores o Licencia de Tránsito y debe estar inscrito en el RUNT. Cabe resaltar que la ALFM será indemne ante cualquier eventualidad que se pueda presentar durante la distribución física de los productos a negociar. Todos los vehículos transportadores deberán estar identificados en un lugar visible con la frase " TRANSPORTE DE ALIMENTOS", según lo establece el Decreto 3075 de 1997 y demás normas sanitarias aplicables. COSTOS DE ENTREGA: Los costos de pesaje, cargue, descargue y embalaje de los productos en el sitio de destino, serán asumidos por el vendedor. El comitente vendedor debe mantener copia de los certificados de manipulación de alimentos, expedidos por la autoridad sanitaria competente o por personas autorizadas por la autoridad sanitaria; del personal que participa en la manipulación directa o indirecta de los alimentos y que podrán ser solicitados por el comitente comprador. CONDICIONES GENERALES DEL PRODUCTO: Los productos deben ser entregados en su totalidad provenientes de fabricante, productor o comercializador y en las condiciones establecidas en la fichas técnicas de producto, en una única presentación, es decir, que los parámetros relacionados con la cantidad por unidad negociada, los empaques y la información del rotulado impresa en los mismos sea igual para todas las unidades entregadas. DOCUMENTOS Y TRÁMITES A LA ENTREGA: Para la entrega de los productos y trámite de pago se deben tener en cuenta los siguientes aspectos: 1. Las entregas deben realizarse con factura original y respectiva copia, la cual debe ser firmada por el administrador del comedor de tropa, casino o funcionario autorizado, indicando nombre claro, cédula de ciudadanía, cargo y fecha de recepción del producto. La factura debe indicar que es negociación por la BMC Bolsa Mercantil de Colombia S.A. 2. En caso de devoluciones o diferencias en las cantidades facturadas y efectivamente recibidas, estas deben ser certificadas por el administrador del comedor de tropa, casino o el funcionario autorizado en el mismo documento, en el caso de rechazos, esto se debe informar a la SCB Vendedora y a la Bolsa, en cumplimiento del procedimiento establecido en el artículo 3.6.2.1.4.5 del Reglamento. 3. El comitente vendedor deberá entregar copia de las facturas y el formato establecido por el comitente comprador (Anexo 1) con la respectiva firma del funcionario que recibió el producto los cuales deberán ser entregados al Supervisor designado por la AGENCIA LOGÍSTICA DE LAS FUERZAS MILITARES dentro de las 96 horas siguientes a la entrega. 4. Teniendo en cuenta que el día 30 de cada mes la AGENCIA LOGÍSTICA DE LAS FUERZAS MILITARES efectúa un corte fiscal, el comisionista vendedor y la comisionista compradora deben verificar que se encuentre la totalidad de la facturación correspondiente a las entregas realizadas hasta esa fecha.

5. CONDICIONES DURANTE LA EJECUCIÓN DE LA OPERACIÓN La AGENCIA LOGÍSTICA DE LAS FF.MM podrá en cualquier momento de la etapa del proceso efectuar visitas a las plantas para verificar el cumplimiento de los requisitos de calidad exigidos en las fichas técnicas del producto, Buenas Prácticas de Manufactura y Decreto 3075 de 1997 o aquella norma que lo modifique, derogue, adicione o actualice. (Proceso de producción, empaque, transporte o entrega), esto sin perjuicio de los análisis y demás condiciones que se deban cumplir en las fichas técnicas de cada producto.

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Una vez cerrada la negociación LA AGENCIA LOGÍSTICA DE LAS FF.MM coordinará con el mandante vendedor a través de la Firma Comisionista Compradora, el valor de cada uno de los productos que conforman el lote, para que así mismo sea facturado al momento de la entrega en los lugares de destino. El comitente comprador realizará un muestreo durante la ejecución de la negociación de acuerdo a lo establecido en las fichas técnicas de producto. A lo largo de la negociación la ALFM, podrá solicitar análisis de laboratorio de los productos objeto de la negociación para establecer si existe cumplimiento de las fichas técnicas de producto y/o Legislación Sanitaria aplicable o en caso de que exista algún riesgo que afecte la inocuidad alimentaria. En caso de que el resultado del mismos sea No cumple el costo de las análisis deberán ser asumidos por el comitente vendedor. En el evento que los análisis de laboratorio Cumplan, estos serán cancelados por la ALFM Cuando se incumpla con las obligaciones por parte de los Comisionistas Vendedores y/o sus comitentes vendedores por más de una vez, la sociedad Comisionista Compradora podrá solicitar el incumplimiento de las obligaciones a cargo de la firma Comisionista Vendedora conforme a lo dispuesto en el artículo 3.6.1.5 del Reglamento. Los Comisionistas Vendedores informarán a la Agencia Logística de las Fuerzas Militares-Dirección Cadena de Suministros, máximo con 48 horas de anticipación al recibo de la mercancía, la información relacionada con el transportador (nombre del conductor, placas del vehículo, descripción de la mercancía, peso, etc.), con el fin de enviar la información a las Regionales para garantizar el ingreso sin contratiempos y cumplir con las normas de seguridad de las Unidades Militares.

6. FORMA DE PAGO El comitente comprador pagará a través del Sistema de Compensación, Liquidación y Administración de Garantías de la Bolsa Mercantil de Colombia S.A., así: Una vez vencidos los treinta (30) días calendario, contados a partir de la fecha fijada para las entregas en el anexo y/o sus prórrogas (documento que hace parte integral de la ficha técnica de negociación) si las hubiere, plazo que incluirá la entrega de las facturas firmadas por quien recibe en los sitios señalados. Este pago se realizara los días miércoles o viernes una vez cumplidos los 30 días calendario, de acuerdo a las políticas de pago de la Agencia Logística de las Fuerzas Militares. Otra copia de la factura deberá ser entregada en la oficina principal de la ALFM, en la Dirección de contratos - Grupo Bolsa de productos. Las facturas deben indicar que el pago se realizará a la BOLSA MERCANTIL DE COLOMBIA S.A. y el número de la operación. No se aceptan facturas borradas, tachadas o enmendadas. Las facturas que tengan observaciones de la ALFM, por rechazo del producto o cantidades dejadas de recibir, deberán estar acompañadas de las notas crédito para que continúe el proceso de pago. Se entiende, que si no se adjuntan las notas crédito a que haya lugar, no se tramitarán para pago en las fechas establecidas. El pago se tramitará previa acreditación de la entrega. Se entiende por recibo a “ENTERA SATISFACCIÓN” cuando los bienes cumplan con todas las especificaciones técnicas establecidas en la ficha técnica de producto, los plazos previstos y con los documentos establecidos para ello (factura debidamente firmada por quien recibe en los sitios antes señalados, acta de recibo a entera satisfacción del bien, elaborada por almacenista y certificado

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de conformidad de los productos entregados por el comitente vendedor. En caso de entregas posteriores a las fechas de entrega estipuladas, el término de pago se entenderá prorrogado en los mismos términos. Todos los pagos acarreados en la Bolsa Mercantil de Colombia S.A. por prórrogas solicitadas por el comitente vendedor serán asumidos por la sociedad comisionista vendedora. En caso de no informar las entregas realizadas en el plazo estipulado, se entenderá que la entrega presenta demoras por lo cual se le aplicará lo estipulado en el Reglamento de Funcionamiento de la Bolsa Mercantil de Colombia S.A. PARAGRAFO: Los pagos de cada uno de los ítems anteriores se efectuarán dentro del plazo establecido, efecto para el cual el comitente comprador adelantará los trámites pertinentes para realizar el pago dentro de dicho término. El pago al comitente vendedor depende de la oportunidad y calidad en la presentación de los documentos e información señalados. Por tanto, el comitente vendedor deberá tener en cuenta que la presentación deficiente y/o tardía podrá conllevar a una demora en el pago. Por esta falta, el comitente comprador no asumirá responsabilidad, ni obligaciones adicionales a las descritas en la presente ficha técnica, y en todos los casos informará de manera oportuna al COMISIONISTA VENDEDOR y a la BOLSA MERCANTIL DE COLOMBIA S.A. Se entiende por recibo a “ENTERA SATISFACCIÓN” cuando los bienes cumplan con todas las especificaciones técnicas y los plazos previstos, situación que generara la expedición de dicho documento por parte del supervisor designado por el comitente comprador el cual deberá ser presentado para el pago.

7. DESCUENTOS

1. Se realizará un descuento del uno (1%) sobre el valor de la factura, por retardo o no entrega de los pedidos conforme a lo solicitado en la programación semanal emitida por la Regional.

2. También, se descontará de la factura, la cantidad de producto facturada y no entregada al momento de la firma de recibo del pedido (factura).

3. En el caso que se efectúen devoluciones de producto por no cumplir con los requisitos de la ficha técnica de negociación o fichas técnicas de producto, se efectuara el descuento del 1% sobre la factura del producto una vez se efectué la reposición inmediata del mismo.

4. Se podrá solicitar la declaratoria de incumplimiento conforme al Reglamento de Bolsa Mercantil de Colombia - BMC, si persiste el incumplimiento en retardo o entrega por más de una vez.

8. CONDICIONES DE LA SOCIEDAD COMISIONISTA VENDEDORA CORRESPONDIENTES

AL COMITENTE VENDEDOR PREVIAS A LA CELEBRACIÓN DE LA NEGOCIACIÓN A efectos de participar en la rueda de negociación, el comisionista vendedor deberá dirigir a la Bolsa, a la Dirección de Estructuración de Negocios, una comunicación suscrita por el Representante Legal en donde certifique que ha verificado las condiciones previas a la negociación establecidas en esta sección de la Ficha Técnica de Negociación, y que su cliente cumple con las mismas, así como, que ha verificado que su cliente está en condiciones de suministrar los (bienes o productos) con el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ficha técnica de producto anexa a este documento, en la referida comunicación deberá indicar:

Número del Boletín de Negociación.

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Nombre de la entidad estatal.

Identificación del comitente vendedor.

Código SIC y los lotes o grupos en los que desea participar.

Regional (en caso de que aplique) La certificación con todos los documentos que acreditan las condiciones previas a la negociación señaladas, deben ser entregados a más tardar al tercer (3) día hábil siguiente a la publicación del boletín de negociación, antes de las 11:15 a.m., adjuntando cada uno de los documentos soportes de las condiciones exigidas en la presente ficha técnica de negociación, los cuales tienen que ser radicados debidamente foliados y con su respectivo índice en dos (2) copias, uno contendrá los documentos de carácter jurídico y el otro los de carácter técnico, financiero y de experiencia. Para efectos de revisión, cada carpeta debe estar marcada, dependiendo si los documentos son Jurídicos o Técnicos. El día hábil siguiente de la entrega de la documentación, la Dirección de Estructuración de Negocios remitirá a las sociedades comisionistas que hayan radicado documentos de condiciones previas a la negociación, el resultado de la verificación documental, para lo cual, las sociedades comisionistas vendedoras deberán, el día hábil siguiente al envío de la verificación, antes de las 11:15 a.m. entregar los documentos que deban ser corregidos. La documentación que se allegue en este término, deberá contener la carta remisoria de la comisionista vendedora indicando el número del Boletín de Negociación e identificación del comitente vendedor y el nombre del comitente comprador. Y de igual manera se deben a llegar los documentos en dos (2) copias, uno contendrá los documentos de carácter jurídico y el otro los de carácter técnico, financiero y de experiencia,. Para efectos de revisión, cada carpeta debe estar marcada, dependiendo si los documentos son Jurídicos o Técnicos. NOTA: El término pactado anteriormente para entrega de documentación inicial y para documentos objeto de subsanación será exclusivamente el señalado en la presente sección de la ficha técnica de negociación, por lo que, los documentos allegados con posterioridad no serán admitidos ni objeto de verificación documental. A continuación se enuncia de manera general qué tipo de documentos contiene cada legajador:

TÉCNICO: Copia del RUP y demás documentos para acreditar requisitos financieros, de experiencia y técnicos.

JURIDICO: Copia del RUP y demás para acreditar requisitos jurídicos. En el caso que no llegue a presentar cualquiera de las 2 Carpetas (carpeta técnica en físico, carpeta jurídica en físico), no será objeto de revisión. La revisión de documentos habilitantes realizada por la Dirección de Estructuración de Negocios versa únicamente sobre los documentos allegados físicamente.

CONDICIONES JURÍDICAS PREVIAS

1. Certificado de Existencia y de Representación Legal

Tratándose de persona jurídica, encontrarse inscrita en la Cámara de Comercio y tener vigente y renovada la matrícula mercantil, para lo cual, deberá allegar el certificado de existencia y representación legal, expedido por la Cámara de Comercio o por la autoridad que corresponda, con fecha de expedición no superior a (30) treinta días calendario anteriores a la entrega de la documentación, en el cual, de conformidad con la normatividad vigente se certifique su existencia y representación legal, donde conste que el objeto social permita celebrar y

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ejecutar la negociación, y que la duración de la sociedad no es inferior a la vigencia de la misma y un (1) año más. Si el representante legal, apoderado o representante no tiene facultades amplias y suficientes para negociar y contratar, deberá adjuntar el acta de la junta o asamblea de socios, o el documento que acredite estas facultades.

2. Certificado de Matrícula de Persona Natural y del Establecimiento de Comercio

Tratándose de personas naturales, deberá acreditar su inscripción vigente en el Registro Mercantil, para lo cual, deberá allegar el certificado de Registro Mercantil expedido por la Cámara de Comercio con fecha no superior a (30) treinta días calendario anteriores a la entrega de la documentación, en el que conste que la actividad económica que ejerce le permita celebrar y ejecutar la negociación.

3. Fotocopia legible de la cédula de ciudadanía del comitente vendedor Deberá allegar fotocopia de la cédula de ciudadanía del comitente vendedor (persona natural) y del representante legal (persona jurídica), correspondiente a la persona que suscribe los documentos requeridos por el comitente comprador como requisitos habilitantes.

4. Documento privado de constitución de la figura asociativa; Consorcio o Unión Temporal Deberá allegar documento privado de constitución de la figura asociativa bajo los términos establecidos en el artículo 7 de la Ley 80 de 1993 y demás normas que lo modifiquen, aclaren, adicionen o sustituyan. Los integrantes de la figura asociativa (consorcio o unión temporal) deberán allegar de forma individual los requisitos jurídicos solicitados.

5. Certificado de pagos a la Seguridad Social, aportes Parafiscales e impuesto sobre la renta y equidad CREE

El comitente vendedor deberá haber pagado los aportes a Seguridad Social (salud, pensión, ARL), aportes Parafiscales (SENA, ICBF y cajas de compensación), e impuesto sobre la renta y equidad CREE, cuando aplique, para lo cual allegará certificación expedida por el revisor fiscal cuando cuente con esta figura según el tipo societario, o por el representante legal, en el cual se señale que la sociedad ha cumplido en los últimos seis (6) meses con las obligaciones sobre el pago de aportes al Sistema de Seguridad Social (Salud, Pensiones, Riesgos laborales), aportes parafiscales (ICBF, SENA y Cajas de Compensación Familiar), e impuesto sobre la renta y equidad CREE cuando aplique, de conformidad con el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y por la Ley 1607 de 2012 (pago del impuesto CREE). En caso de que sea el revisor fiscal quien firme esta certificación, deberá aportar una fotocopia de la tarjeta profesional y el Certificado de Antecedentes Disciplinarios expedido por la Junta Central de Contadores con una vigencia no superior a noventa (90) días anteriores a la fecha de entrega de la documentación.

6. Registro Único Tributario Documento de inscripción en el Registro Único Tributario, expedido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN –.

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NOTA: Para el caso de Consorcios o Uniones temporales, si es adjudicada la negociación, deberá presentar el Registro Único Tributario, el cual deberá ser entregado al comisionista comprador dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la negociación.

7. Certificación de antecedentes fiscales No podrán aparecer reportados en el Boletín de responsables fiscales de la Contraloría General de la República, de conformidad con lo exigido por el artículo 60 de la Ley 610 de 2000, para lo cual, deberá allegar el certificado que en tal sentido expida la Contraloría General de la República, correspondiente al comitente vendedor (persona natural) o el representante legal y la persona jurídica (personas jurídicas).

8. Certificado o consulta de antecedentes disciplinarios No podrán registrar antecedentes disciplinarios o inhabilidades vigentes, para lo cual, deberá allegar certificado que en tal sentido expida la Procuraduría General de la Nación, correspondiente al comitente vendedor (persona natural) o el representante legal y la persona jurídica (personas jurídicas).

9. Antecedentes Judiciales No podrán registrar antecedentes judiciales, para lo cual, deberá allegar certificado que en tal sentido expida la Policía Nacional, correspondiente al comitente vendedor (persona natural y/o representante legal).

10. Registro Único de Proponentes Allegar Registro Único de Proponentes RUP expedido por la Cámara de Comercio o la autoridad que corresponda, con fecha de expedición no mayor a (30) días hábiles anteriores a la fecha de entrega de la documentación, bajo los términos establecidos en el artículo 8 del Decreto 1510 de 2013 y demás normas que lo modifiquen, aclaren, adicionen o sustituyan.

11. Certificación de no encontrarse incurso en causales de inhabilidad e incompatibilidad para contratar con Entidades Estatales

Certificación con fecha de expedición no superior a (30) días hábiles anteriores a la fecha de entrega de la documentación, suscrita por el representante legal del comitente vendedor, bajo la gravedad de juramento donde manifieste que ni él ni la persona jurídica que representa se encuentran incursos en causal alguna de Inhabilidad e Incompatibilidad para contratar con Entidades Estatales.

CONDICIONES FINANCIERAS PREVIAS

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 6° de la Ley 1150 de 2007, se verificará la capacidad financiera de los comitentes vendedores, a partir de los indicadores definidos en el Decreto 1510 de 2013, información que se verificará en el Certificado de Inscripción, Clasificación y Calificación – RUP, correspondiente a los estados financieros con corte a 31 diciembre de 2013.

Se considera que el comitente vendedor cumple con la capacidad financiera solicitada y que está en condiciones de participar en la negociación, si obtiene en cada indicador los valores establecidos en la tabla a continuación:

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INDICADOR FORMULA CONDICIÓN

ÍNDICE DE LIQUIDEZ

Activo Corriente/Pasivo Corriente

MAYOR O IGUAL A 1

NIVEL DE ENDEUDAMIENTO

Pasivo Total/ Activo Total

MENOR O IGUAL A 70%

RAZÓN DE COBERTURA DE

INTERÉS

Utilidad Operacional/Gastos de

Intereses

MAYOR O IGUAL A 3.0

RENTABILIDAD DEL PATRIMONIO

Utilidad Operacional/Patrimonio

MAYOR O IGUAL A 0.0

RENTABILIDAD DEL ACTIVO

Utilidad Operacional/Activo Total

MAYOR O IGUAL A 0.0

A continuación se muestra la formula de cómo se deberá realizar el cálculo de los Indicadores Financieros para Uniones Temporales o Consorcios, el criterio de revisión será1:

De acuerdo a la sumatoria de las partidas individuales, como el siguiente ejemplo: Liquidez = AC 1 + AC2 / PC1 + PC 2

CONDICIONES TÉCNICAS PREVIAS

1. REQUISITO DE EXPERIENCIA

La experiencia podrá ser acreditada por medio de certificaciones de contratos ejecutados con entidades públicas y/o privadas, y/o negociaciones celebradas en el escenario de Bolsa. El comitente vendedor acreditará su experiencia mediante la presentación de máximo TRES (3) certificaciones de contratos ejecutados con entidades públicas y/o privadas que se encuentren en el Registro Único de Proponentes. Para lo cual deberá allegar certificación suscrita por su representante legal donde relacione el número del consecutivo de los contratos registrados en el RUP con los cuales acreditará el requisito y cada una de las certificaciones. El comitente comprador establecerá el monto de salarios de acuerdo con el valor de la negociación de cada anexo de compra. Para el caso de experiencia con entidades públicas y/o privadas, las certificaciones de contratos deberán contener mínimo la siguiente información:

• Nombre entidad contratante • Fecha de Expedición de la certificación • Objeto: • Fecha de Inicio y Terminación • Valor del contrato en pesos • Nombre, Firma y Cargo de quien expide la certificación. • Calificación (Mínimo Buena o A entera Satisfacción)

NOTA: En el caso donde la información contenida en las certificaciones no sea suficiente para validar el objeto y

1 Para el caso particular de las figuras asociativas la Entidad Estatal deberá seleccionar cualquier a de las dos

modalidades establecidas para la validación de la información financiera.

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el valor solicitado para acreditar experiencia, se deberá allegar copias de facturas y/o contratos.

EXPERIENCIA ACREDITADA EN LA BOLSA MERCANTIL DE COLOMBIA Para el caso de experiencia en negociaciones en el escenario de Bolsa, se aportará certificación emitida por la sociedad comisionista compradora en dicha negociación, y deberá allegar copia legible del comprobante de negociación, las certificaciones de deberán contener mínimo la siguiente información de la operación:

• Nombre o razón social del comitente vendedor. • Objeto. • Número de la Operación. • Valor. • Calificación. (Si la certificación es expedida por el Departamento de Registro, deberá incluir si cumplió o no). • Fecha de Celebración.

NOTA: En caso que la sociedad comisionista compradora en dicha negociación no se encuentre activa, la certificación será expedida bajo los mismos términos por el Director del Departamento de Registro de la BMC Bolsa Mercantil de Colombia, previa solicitud de la sociedad comisionista que está actuando por el comitente vendedor que desea acreditar la experiencia, solicitud que deberá efectuarse con la anticipación debida. ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIA PARA UNIONES TEMPORALES Y/O CONSORCIOS Cuando el comitente vendedor sea un consorcio o una unión temporal la experiencia será acreditada por cada uno de sus miembros de acuerdo a su porcentaje de participación dentro de la figura asociativa.

REQUISITOS ESPECIFICOS El comitente vendedor deberá allegar cada una de las certificaciones solicitadas a continuación, las cuales serán dirigidas al comitente comprador en la forma y término solicitado. 1. El comitente vendedor deberá allegar LA CERTIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE CALIDAD suscrita por el Representante Legal bajo la gravedad de juramento con la cual acreditará que no ha incumplido anteriormente en negociaciones realizadas con la Agencia Logística e indicando el cumplimiento de todas las condiciones y especificaciones técnicas exigidas. Para tal fin deberá diligenciar el Formato Anexo "CERTIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE CALIDAD".

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Codigo SIC NOMBRE FABRICANTE DEL PRODUCTO

NOMBRE

DISTRIBUIDOR

DEL PRODUCTO

(Cuando Aplique)

MARCA

NUMERO DE

REGISTRO

SANITARIO

Cedula de ciudadania

Nombre empresa

Firma Representante Legal

Nombre Representante Legal

La marca del producto que se relacione dentro del formato, debe corresponder a la marca que se encuentre dentro del Registro Sanitario que sea entregado para la habilitación del comitente vendedor por parte de la BMC.

El acta sanitaria entregada para la habilitación, deberá corresponder al fabricante citado dentro del presente formato y dicho fabricante debera aparecer registrado igualmente dentro del Registro Sanitario.

CERTIFICACION CUMPLIMIENTO DE CALIDAD

Yo ________________ identificado con cedula N° ____________ de ______________ en mi calidad de Representante Legal de la empresa ______________________ con NIT No. ____________________ con domicilio en la ciudad de

______________ certifico bajo la gravedad de juramento que cumplo con todas las condiciones y especificaciones tecnicas exigidas en las fichas tecnicas de negociación y de producto publicadas por la Agencia Logistica de las Fuerzas

Militares y además no he tenido incumplimientos en calidad en los productos relacionados a continuación entregados a la Agencia Logistica de la Fuerzas Militares durante los dos meses anteriores a la fecha del Boletin N° _______________

se entiende por incumplimiento en calidad no cumplir con resultados de análisis de laboratorio expedido por la Bolsa Mercantil de Colombia S.A.

Producto

2. CERTIFICACIONES DE CALIDAD: El comitente vendedor deberá aportar copia de las diferentes certificaciones de calidad de acuerdo a los SIC a los que pretenda participar, para cada anexo o adicción de compra se incluirá la matriz de norma de calidad. 3. REGISTROS SANITARIOS VIGENTES Los productos que se distribuyan con marca, y aquellos que lo requieran de acuerdo a la legislación sanitaria vigente, deben tener el respectivo registro sanitario vigente, expedido por el INVIMA. El mismo debe corresponder al producto entregado, en cuanto a presentación, composición, fabricante, etc. En el registro sanitario del producto deberá ser el mismo que aparece en el rotulado y el comitente vendedor que cierra la negociación deberá ser quien figura como fabricante en dicho registro. Para lo cual deberá allegar copia del registro sanitario expedido por el INVIMA o la consulta de la página de internet del INVIMA. 4. CONCEPTOS TÉCNICOS SANITARIOS El comitente vendedor que acredite su condición de comercializador en todo caso deberá contar con una bodega de almacenamiento que cumpla con las condiciones sanitarias para el acopio de los productos. Concepto técnico sanitario de la PLANTA del FABRICANTE: Concepto técnico sanitario del INVIMA o del ente territorial de salud autorizado para efectuar inspección sanitaria y emitir concepto técnico sanitario a la planta de fabricación (Se deben entregar todas las hojas diligenciadas). La fecha del acta de inspección deberá ser máximo de 14 meses atrás con relación a la fecha de verificación de la documentación y con CONCEPTO FAVORABLE o concepto FAVORABLE CONDICIONADO, en donde conste que no se afecta la inocuidad. Los Comitentes vendedores, cuya acta de visita haya sido expedida con una fecha superior a 10 meses con relación a la fecha de verificación de la documentación, adicional al acta deberán entregar carta de solicitud de una nueva visita radicada ante la autoridad autorizada, para el desarrollo de una nueva visita. Esto aplica para las bodegas, centros de acopio o distribución propios y/o de terceros, es importante indicar que en todo caso NO se aceptan actas de visita sanitaria con fecha de inspección anterior a los 14 meses con relación a la fecha de verificación de la documentación, aun se presente la carta de solicitud de la inspección.

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Concepto técnico sanitario Bodega del Comitente Vendedor: Concepto técnico sanitario del INVIMA o del ente territorial de salud autorizado para efectuar inspección sanitaria y emitir concepto técnico sanitario a la bodega, centro de acopio o distribución (Se deben entregar todas las hojas diligenciadas). La fecha del acta de inspección deberá ser máximo de 14 meses atrás con relación a la fecha de verificación de la documentación y con CONCEPTO FAVORABLE o concepto FAVORABLE CONDICIONADO, en donde conste que no se afecta la inocuidad. Los Comitentes vendedores, cuya acta de visita haya sido expedida con una fecha superior a 10 meses con relación a la fecha de verificación de la documentación, adicional al acta deberán entregar carta de solicitud de una nueva visita radicada ante la autoridad autorizada, para el desarrollo de una nueva visita. Esto aplica para las bodegas, centros de acopio o distribución propios y/o de terceros, es importante indicar que en todo caso NO se aceptan actas de visita sanitaria con fecha de inspección anterior a los 14 meses con relación a la fecha de verificación de la documentación, aun se presente la carta de solicitud de la inspección. NOTA: El concepto técnico sanitario, deber mantenerse FAVORABLE a lo largo de toda la negociación, por lo tanto una vez la autoridad autoriza realice las nuevas visitas de inspección acuerdo a la solicitud escrita que radico el comitente vendedor, la SCB vendedora deberá enviar las correspondientes actas de visita de inspección a través de la SCB compradora a la ALFM. 6. INSTALACIONES DEL COMITENTE VENDEDOR En caso que el comitente vendedor opere en instalaciones en arriendo, deberá anexar copia del contrato de arrendamiento donde se evidencia que se encuentra como arrendatario, mínimo durante el último año a la fecha de presentación de documentación y adicional certificación emitida por el arrendador, donde acredite que el contrato se encuentra vigente. Dicha certificación deberá haber sido expedida durante los 90 días anteriores a la fecha de presentación de documentación. En caso de tener contrato con entidades financieras bajo la modalidad de leasing, el comitente vendedor deberá allegar copia del contrato de leasing y copia de los últimos dos (2) pagos realizados, con lo cual se entenderá que el contrato está vigente. En caso de que el comitente vendedor opere en instalaciones propias, deberá allegar certificado de registro de tradición y libertad del inmueble donde funciona la empresa, con una fecha de expedición no mayor a 30 días hábiles con relación a la fecha de presentación de la documentación.

9. REVISIÓN Y ACEPTACIÓN DOCUMENTAL

Una vez adjudicada la operación, los documentos soporte de los requisitos del comitente vendedor deberán ser solicitados por el comisionista comprador en la Dirección de Estructuración de Negocios, al día siguiente que se celebre la rueda de negocios antes de las 5:00 p.m., a fin de que ésta última los entregue al comitente comprador para la revisión y aceptación de los mismos. La sociedad comisionista compradora se obliga a informar a la Dirección de Estructuración de Negociosmediante certificación suscrita por el representante legal, manifestando el cumplimiento y aceptación por parte del comitente comprador de los documentos soporte de los requisitos de los comitentes vendedores como máximo el segundo (2) día hábil siguiente a la rueda de negociación.

10. OBLIGACIONES DEL COMITENTE VENDEDOR

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1. Una vez cerrada la negociación el comitente vendedor por medio del comisionista vendedor enviará al

comisionista comprador cada una de las fichas técnicas de los productos que entregará de acuerdo a las especificaciones de las fichas técnicas de producto.

2. CONDICIONES GENERALES DEL PRODUCTO: Los productos deben ser entregados en su totalidad provenientes de un solo fabricante o productor en las condiciones establecidas en la fichas técnicas de producto anexas a este documento, en una única presentación, es decir, que los parámetros relacionados con la cantidad por unidad negociada, los empaques y la información del rotulado impreso en los mismos sea igual para todas las unidades entregadas.

3. CERTIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DEL LOTE A ENTREGAR: Para la entrega y sin costo adicional para la

Agencia Logística se debe presentar estudio de laboratorio (microbiológico y fisicoquímico), según sea la naturaleza del producto del lote o lotes a entregar, en el que indique el cumplimiento de cada uno de los aspectos exigidos en las fichas técnicas del producto. El análisis puede ser del laboratorio de control de calidad del productor, proveedor o de un laboratorio debidamente autorizado por la Secretaria o Seccional de Salud Pública del municipio. Si al momento de la entrega no se presentan los estudios de laboratorio aquí solicitados no se recibirán los productos.

4. El empaque plástico debe ser nuevo y no debe ser sometido a un proceso de limpieza antes de su uso,

con orificios que permitan la ventilación del producto, libre de cualquier material extraño, ajeno al producto o al material de confección del mismo. La totalidad de los empaques de los productos deberán cumplir con la Resolución 5109 de 2005 y el transporte y la distribución deberán garantizar la perfecta conservación de los productos y la conservación de las características organolépticas.

5. La resistencia del material del empaque debe ser tal que el material soporte el almacenamiento sin sufrir

daño o deterioro y evite la contaminación o la deformación de los productos.

6. El comitente vendedor debe mantener copia de los certificados de formación en prácticas higiénicas del personal que participa la manipulación directa o indirecta de los alimentos, expedidos por la autoridad sanitaria competente, certificados que podrán ser solicitados por LA AGENCIA LOGÍSTICA DE LAS FUERZAS MILITARES al momento del empaque o distribución de los productos.

El Comitente Comprador se reserva el derecho de verificar la veracidad del documento (Fecha, concepto, observaciones y firma). Este personal deberá contar con la dotación requerida para tal fin como: Gorro, Tapabocas, overol y/o uniforme, botas de caucho o botas de material antideslizante, todo en colores claros, durante la ejecución de la operación.

7. Mantener vigente durante la ejecución de la negociación la póliza de responsabilidad civil

extracontractual allegada. Si durante la Negociación se presenta el vencimiento de la póliza, se debe anexar certificación de la aseguradora manifestando que la póliza va a ser renovada para asegurar el cumplimiento de la obligación contractual.

8. FICHA TÉCNICA DEL BIEN O PRODUCTO: De cada uno de los productos a ofrecer de acuerdo a las especificaciones de la ficha técnica.

Nota: No se aceptarán copias de las fichas técnicas publicadas por la AGENCIA LOGISTICA DE LAS FUERZAS MILITARES

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OTRAS OBLIGACIONES QUE DEBERÁ CUMPLIR EL COMITENTE VENDEDOR Para la manipulación y distribución de los alimentos se deben tener en cuenta las siguientes condiciones: 1. Los vehículos deben estar acondicionados de manera adecuada, que puede ser: Furgón cerrado para el transporte de alimentos perecederos de acuerdo con la normatividad vigente y con concepto sanitario favorable para el transporte de alimentos con vigencia mínima de un año, Deberán corresponder a la naturaleza del alimento y contar con el sistema definido para tal fin (cadena de Frio). 2. Todos los vehículos transportadores deben estar identificados en un lugar visible con la frase TRANSPORTE DE ALIMENTOS. 3. El transporte de los alimentos se realizará en condiciones que excluyan la contaminación y/o proliferación de microorganismos y los protejan contra la alteración; para ello deben evitarse daños en los envases, empaques, en los contenedores y en los alimentos en sí. 4. Limpieza el compartimiento de carga deberá lavarse periódicamente, mediante un plan de higienización establecido. 5. Paredes suelos y techos deben estar en buen estado, para evitar el ingreso de humedad, suciedad o insectos. 6. Durante la descarga de los productos, se realizará una inspección en busca de indicios de cualquier tipo de contaminación (biológica, química o física) que pueda generar el deterioro de los productos. 7. El comitente vendedor debe supervisar y exigir la limpieza y el buen mantenimiento del vehículo transportador. Al momento de la inspección no debe encontrarse dentro del vehículo: - Restos de otras cargas u olores que sean incompatibles con el transporte de alimentos - Restos de alimentos en proceso de pudrición y sus olores - Insectos que estén anidados en la bodega del camión - Presencia o restos de sustancias químicas tóxicas - Cargas que no sean diferentes a alimentos para consumo humano 8. Las canastillas al ser transportadas deben mantenerse separadas del suelo del camión mediante el uso de estibas plásticas o canastilla vacía. 9. Evitar los daños de los alimentos durante el transporte asegurando la carga para prevenir el desplazamiento en el interior de los camiones, usando correas o trabas para sujetar la carga y asegurar la estabilidad de las canastillas. 10. El conductor del vehículo debe cumplir con todas los normas higiénico-sanitarias del personal manipulador de alimentos, al momento de realizar la operación de descargue el operario debe contar con la dotación completa y limpia para la actividad. Las personas que son responsables del transporte y carga de los alimentos deberán presentar el Carnet de Manipulación de Alimentos en el momento de la entrega de los productos, los cuales deben encontrarse vigentes a la fecha en la cual se realice la entrega, en caso de que este documento no se encuentre vigente o no lo presenten, más de dos (2) veces el personal designado por la Agencia Logística de las Fuerzas Militares reportará dicha condición en el Formato de Recepción de Producto.

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11. Los alimentos y materias primas que por su naturaleza requieran mantenerse congelados deben ser transportados y distribuidos bajo condiciones que aseguren el mantenimiento de las condiciones de congelación hasta su destino final, el vehículo debe contar con indicador de temperatura y sistema de registro del mismo. 12. El comitente vendedor deberá contar con los suficientes vehículos y capacidad logística, para efectuar las entregas de los productos en los horarios establecidos, lo anterior con el fin de evitar retrasos en el suministro de la alimentación por parte de la ALFM. El Comitente vendedor debe garantizar la disponibilidad de los alimentos que conforman el lote, la distribución y la entrega oportuna. El comitente vendedor deberá entregar documento en donde describa el plan que adoptara para la atención de contingencias en caso de: º Daño mecánico de los vehículos º Desabastecimiento de productos º Situaciones de orden publico Informe detallado describiendo las acciones a tomar en caso de presentarse dichas contingencias, para esto debe tener en cuenta las condiciones de acceso a los diferentes puntos de entrega. Este informe debe ser presentado por el representante legal o el responsable de área. Nota: El informe propuesto queda sujeto a mejoras, en caso de requerirse, las cuales serán concertadas entre el comitente vendedor y el comitente comprador, una vez se inicie la ejecución de la operación. 13. El comitente vendedor y fabricantes de los diferentes productos deberán contar con su correspondiente Sistema de Gestión de Calidad, en cumplimiento del Decreto 3075 de 1997 o norma que lo derogue, modifique, adicione o actualice. Es indispensable que se tengan implementados los controles y programas de buenas prácticas de manufactura necesarios para garantizar el cumplimiento de los diferentes requisitos de las fichas técnicas de producto, legislación sanitaria, trazabilidad y la inocuidad de los productos. En todo caso será el comitente vendedor el total responsable del cumplimiento de los productos, frente a la ficha técnica de negociación y de producto. 14. Todos los productos deberán ser entregados dentro de canastillas limpias y desinfectadas, pero no se requiere que las mismas sean dejadas en los comedores de tropa.

11. GARANTÍAS ADICIONALES A CARGO DEL COMITENTE VENDEDOR

El comitente vendedor deberá constituir, suscribir y otorgar a favor del COMITENTE COMPRADOR, dentro de los (4) cuatro días hábiles siguientes a la adjudicación de la negociación, las siguientes garantías: De acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de la Ley 1150 de 2007, el Artículo 57 del Decreto 1510 de 2013, además de las garantías exigidas por el Sistema de Compensación, Liquidación y Administración de Garantías de la Bolsa Mercantil de Colombia S.A., y para asegurar el total y estricto cumplimiento de todas las obligaciones derivadas de la operación, el comitente vendedor deberá constituir garantías que cubran como mínimo los siguientes amparos: Beneficiario: AGENCIA LOGÍSTICA DE LAS FUERZAS MILITARES. Tomador: Comitente vendedor.

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Asegurado: AGENCIA LOGÍSTICA DE LAS FUERZAS MILITARES. Se aclara que en el texto de la póliza deberá incluirse la entidad con su respectivo NIT No. 899,999,162-4 por cada uno de los lotes a adquirir. A continuación se indican algunas garantías, las cuales podrán ser o no solicitadas por la Entidad, para lo cual, deberá diligenciar los aspectos que resulten procedentes y eliminar los que no, así mismo, la Entidad podrá incluir garantías adicionales a las pactadas.

De Cumplimiento: por valor correspondiente al 10% del valor de la operación, sin costos de bolsa antes de IVA, por el término de ejecución, contada desde el día de celebración de la operación, y (4) cuatro meses más.

Calidad y correcto funcionamiento de los bienes y equipos suministrados: por valor correspondiente al 20% del valor de la operación.

Salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales: Cubre a la entidad estatal contratante de los perjuicios que se le ocasionen como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones laborales a que esté obligado el comitente vendedor, del personal utilizado para la ejecución de la negociación, por cuantía equivalente al cinco por ciento (5%) del valor de la negociación, con una vigencia igual al plazo de ejecución de la negociación y tres (3) años más, contados a partir de la celebración de la rueda de negociación.

Póliza de responsabilidad civil extracontractual: El comitente vendedor deberá presentar una copia de la póliza de responsabilidad civil extracontractual, que tenga la empresa (comitente vendedor) constituida dentro de su programa de seguros (a favor de terceros afectados), que dentro de sus amparos contenga un sublímite asegurado para perjuicios derivados de los productos fabricados y/o suministrados. La cual debe estar vigente al cierre de la negociación y durante la totalidad de la vigencia de la negociación, por un valor asegurado no inferior al 10% sobre el valor total de la negociación, esta condición será aplicable como documento adicional para el perfeccionamiento del contrato del comitente adjudicatario. Lo anterior en concordancia con el Artículo 126 del Decreto 1510 de 2013.

PARÁGRAFO: En los casos en que se prorrogue el plazo de ejecución de la negociación y/o se adicione en valor, el comitente vendedor se compromete, dentro de los tres (3) días calendarios siguientes al evento, presentar el certificado de modificación de la garantía de conformidad con el nuevo plazo y/o valor pactados. Estas garantías cubren los riesgos asociados a las obligaciones no compensables y descritas en la presente Ficha Técnica de Negociación. En todo caso, corresponderá al comitente comprador, realizar todos los actos de verificación, estudio, seguimiento, ejecución, aprobación y custodia así como todos los demás actos que sean necesarios para la efectividad de las mismas. Es necesario que dentro de las pólizas constituidas a cargo de las operaciones se establezca dentro de las observaciones el Número de la Operación y el Producto al que corresponde. La constitución, guarda, aprobación, custodia y los demás de las garantías recae en el comitente comprador.

12. INTERVENTORÍA Y/O SUPERVISIÓN

El comitente comprador por cuenta de quien se celebra ésta operación utilizará mecanismos de supervisión para

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verificar el cumplimiento de la misma.

13. RECHAZO DEL PRODUCTO

ESTUDIOS TECNICOS Una vez notificada la BMC BOLSA MERCANTIL DE COLOMBIA S.A., sobre inconsistencias del producto en cuanto a calidad y condiciones generales, El Departamento de Análisis de Commodities de la BOLSA MERCANTIL DE COLOMBIA S.A. emitirá el concepto de calidad en los tiempos establecidos en el procedimiento para tal fin y en el menor tiempo posible. El comitente vendedor debe tener en cuenta que durante las entregas LA AGENCIA LOGÍSTICA DE LAS FF.MM podrá rechazar y solicitar el cambio en forma inmediata de productos (La reposición del producto deberá efectuarse máximo a las 24 horas siguientes a la hora de la devolución) cuando presenten cualquiera de las siguientes características: 1. Presenten características organolépticas no adecuadas (en su olor, color, sabor, apariencia, textura) y/o aspecto deteriorado, alterado, falsificado o adulterado. 2. Presenten características de contaminación y/o infestación insectos, hongos o cualquier otro contaminante. 3. Los envases, embalajes, empaques y/o alimentos presenten daños mecánicos, corroídos, magullados, entreabiertos, sucios o con indicios de contaminación microbiológica., serán rechazados en caso que a la llegada del producto el mismo no presente la temperatura requerida, ni el empaque y embalaje que permita la conservación de la cadena de frío. 4. Tengan una fecha de vencimiento caducada o que no se ajuste a los parámetros establecidos de vida útil indicados en la ficha técnica del producto. 5. Los vehículos en que se transportan los productos no cumplan con las condiciones sanitarias mínimas requeridas para el transporte contemplado en el Decreto 3075/97 o aquel que lo derogue, modifique, adicione o actualice y Resolución 2525/04. 6. No cumplan con el peso determinado en la ficha técnica del producto. TOLERANCIA DE RECIBO EN PESO: Tolerancia de peso al recibo de la mercancía por parte del AGENCIA LOGÍSTICA DE LAS FUERZAS MILITARES será del 1% más o menos a opción de las partes. 7. También habrá rechazo de los productos cuando se incumpla con cualquiera de los otros aspectos requeridos en la ficha técnica de producto de acuerdo a las pruebas y análisis de laboratorio. 8. El empaque no cumpla con la información y condiciones contenidas en el rotulado de alimentos, dada por la Resolución No. 5109 de 2005 y Resolución 333 de 2011, o aquellas que la deroguen, modifiquen o aclaren, (la Resolución 333 de 2011, deberá ser cumplida si el comitente vendedor efectúa declaraciones nutricionales en el rótulo del producto). 9. La dotación del personal y manipuladores de alimentos que realizan la entrega no cumplan las medidas sanitarias vigentes estipuladas en el Decreto 3075/97 o aquel que la derogue, modifique, adicione o actualice.

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