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1. Aspectos Impositivos de las Exportaciones de Servicios
• Aspectos generales de los principales Impuestos
• Tratamientos específicos de las Exportaciones de Servicios
• Software
• Contenido Audiovisual
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1 Aspectos Impositivos de las Exportaciones de Servicios - Impuestos generales
• Impuesto a las Ganancias
• Impuesto al Valor Agregado
• Impuesto sobre los Débitos y Créditos Bancario
• Impuesto sobre los Ingresos Brutos
• Impuesto de Sellos
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Aspectos Impositivos de las Exportaciones de Servicios – Impuesto a las Ganancias
Clasificación de las Ganancias Según su Fuente de Origen
Fuente ArgentinaProvenientes de:
- Bienes situados, ubicados o utilizados económicamente en Argentina
- Realización de actos o actividades en Argentina
- Exportaciones de bienes al exterior
Fuente ExtranjeraProvenientes de:
- Bienes situados, ubicados o utilizados económicamente en el exterior
- Realización de actos o actividades en el exterior
- Exportaciones de bienes al país
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Aspectos Impositivos de las Exportaciones de Servicios
Impuesto a las Ganancias
Residentes en Argentina
Aplican criterio de renta mundial
Gravan rentas obtenidas en Argentina
Autodeterminación y pago del impuesto mediante declaración jurada
Gravan rentas obtenidas en el exterior
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Aspectos Impositivos de las Exportaciones de Servicios
Impuesto a las Ganancias
Residentes en el Exterior
Sólo gravan ganancias de fuente Argentina
Retención del impuesto en oportunidad del pago
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Aspectos Impositivos de las Exportaciones de Servicios
Impuesto a las Ganancias
Imputación específica a cada fuente de:
Ingresos gravadosGastos deduciblesQuebrantos de ejercicios anteriores (fuente argentina pueden computarse contra ganancias de fuente extranjera, pero no resulta posible la situación inversa)Créditos por impuestos análogos pagados en el exterior
Apertura resultados según fuente generadora
Resultado fuente argentina Resultado fuente extranjera
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Aspectos Impositivos de las Exportaciones de Servicios
Impuesto a las Ganancias
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Beneficiarios del país Beneficiarios del exteriorRenta mundial Renta de fuente argentinaPresentan DDJJ anual Retención en la fuente con
carácter de pago único y definitivoAño Fiscal: calendario o ejercicio comercial
Impuesto se dispara en el momento del pago
Tributan s/ ingresos y gastos reales
Presunciones fijas de ganancia neta sujeta a impuesto (en general no admiten prueba en contrario)
35 % 35 %
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Aspectos Impositivos de las Exportaciones de Servicios
Métodos para evitar la doble imposición
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Cómputo crédito por pago de impuestos en el exterior
Convenios internacionales para evitar la doble imposición
Sólo contra impuesto generado por rentas de fuente extranjera
Entre otros mecanismos,pueden disponer:
Cómputo de crédito por pago de impuestos en el exteriorAlícuotas reducidasImputación especial de las rentas entre los países firmantes
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Aspectos Impositivos de las Exportaciones de Servicios
Crédito por Impuestos Pagados en el Exterior
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Aplicación de impuestos análogos sobre rentas de fuente argentinaEl resultado de fuente extranjera arroja quebranto
Casos en que el crédito se transforma en costo
El resultado de fuente extranjera es nulo por computar quebrantos de fuente argentina contra ganancias de fuente extranjera (art. 134 de la ley). Se prevé la posibilidad de trasladar los créditos de fuente extranjera por 5 años (art. 178 de la ley)
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Aspectos Impositivos de las Exportaciones de Servicios
Cómputo de crédito de impuestos – caso práctico
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Información:Resultado fuente ArgentinaResultado fuente extranjera EspañaResultado del ejercicioRetención en España
$ 500$ 100$ 600$ 10
Impuesto en ArgentinaResultado totalAlícuotaImpuesto (35 % s/ 600)Retención en España (no supera al incremento del impuesto argentino originado por la incorporación de la renta de fuente extranjera)Saldo a pagar en Argentina
$ 600 35%$ 210
($10)$200
500 + 10035% 35%$175 35
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Acuerdos vigentes de intercambio de información
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PAÍS TIPO DE ACUERDO VIGENCIAAndorra Intercambio de información Vigente
Australia OCDE Multilateral agreement (Países con los cuales actualmente se puede intercambiar información) Vigente
Azerbaiyán Intercambio de información Vigente
Bahamas Intercambio de información Vigente
Bermudas Intercambio de información Vigente
Chile Intercambio de información Vigente
China Intercambio de información Vigente
Corea OCDE Multilateral agreement (Países con los cuales actualmente se puede intercambiar información) Vigente
Costa Rica Intercambio de información Vigente
Costa Rica OCDE Multilateral agreement (Países con los cuales actualmente se puede intercambiar información) Vigente
Dinamarca OCDE Multilateral agreement (Países con los cuales actualmente se puede intercambiar información) Vigente
Ecuador Intercambio de información Vigente
Eslovenia OCDE Multilateral agreement (Países con los cuales actualmente se puede intercambiar información) Vigente
España Intercambio de información Vigente
España OCDE Multilateral agreement (Países con los cuales actualmente se puede intercambiar información) Vigente
Finlandia OCDE Multilateral agreement (Países con los cuales actualmente se puede intercambiar información) Vigente
Francia OCDE Multilateral agreement (Países con los cuales actualmente se puede intercambiar información) Vigente
Georgia OCDE Multilateral agreement (Países con los cuales actualmente se puede intercambiar información) Vigente
Guernesey Intercambio de información Vigente
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Acuerdos vigentes de intercambio de información
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PAÍS TIPO DE ACUERDO VIGENCIAIndia Intercambio de información Vigente
India OCDE Multilateral agreement (Países con los cuales actualmente se puede intercambiar información) Vigente
Isla de Man Intercambio de información Vigente
Islandia OCDE Multilateral agreement (Países con los cuales actualmente se puede intercambiar información) Vigente
Islas Caimán Intercambio de información Vigente
Italia Intercambio de información Vigente
Italia OCDE Multilateral agreement (Países con los cuales actualmente se puede intercambiar información) Vigente
Jersey Intercambio de información Vigente
México OCDE Multilateral agreement (Países con los cuales actualmente se puede intercambiar información) Vigente
Moldavia OCDE Multilateral agreement (Países con los cuales actualmente se puede intercambiar información) Vigente
Noruega OCDE Multilateral agreement (Países con los cuales actualmente se puede intercambiar información) Vigente
Polonia OCDE Multilateral agreement (Países con los cuales actualmente se puede intercambiar información) VigentePrincipado de Mónaco
Intercambio de información Vigente
Reino Unido OCDE Multilateral agreement (Países con los cuales actualmente se puede intercambiar información) Vigente
San Marino Intercambio de información Vigente
Suecia OCDE Multilateral agreement (Países con los cuales actualmente se puede intercambiar información) Vigente
Uruguay Intercambio de información Vigente
India Intercambio de información Vigente
India OCDE Multilateral agreement (Países con los cuales actualmente se puede intercambiar información) Vigente
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Aspectos Impositivos de las Exportaciones de Servicios
Impuesto a las Ganancias
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La ley del impuesto doméstica no prevé un tratamiento especial
Si los servicios se prestan en Argentina son de fuente argentina y si se prestan en el exterior de fuente extranjera
Debe analizarse la legislación de los países destinos y la existencia o no de retenciones foráneas a sufrir
En su caso, analizar la posibilidad de mitigar la doble imposición contemplando por ej. la normativa local así como los CDI (acuerdos internacionales de rango constitucional, con mayor jerarquía que una ley -art. 75 Constitución Nacional-)
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Aspectos Impositivos de las Exportaciones de Servicios
Herramientas de planificación
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Prever que las ganancias originadas en operaciones cross border pueden sufrir retenciones.
Analizar si se cumplen los requisitos para su cómputo como crédito de impuestos.
Determinar las retenciones sufridas que son o pueden transformarse en costo.
Considerar la posibilidad de reducción de retención en la fuente a través de la aplicación de los convenios para evitar la doble imposición.
Monitorear los plazos de prescripción de retenciones de fuente extranjera que no pudieron ser aplicadas, en especial considerando que transformadas en costo no será un gasto deducible.
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Aspectos Impositivos de las Exportaciones de Servicios
Impuesto al Valor Agregado
Objeto del impuesto
Venta de cosas muebles situadas en el país
Obras, locaciones y prestaciones de servicios realizadas en el país
Importaciones definitivas de cosas muebles
Importaciones de servicios
Alícuota General : 21%
Mecánica: sustracción de débitos y créditos
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Aspectos Impositivos de las Exportaciones de Servicios
Impuesto al Valor Agregado
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IMPORTACION DE SERVICIOS
Servicios realizados en el exterior cuya utilización o explotación efectiva se lleve a cabo en el país, cuando los prestatarios sean responsables inscriptos
EXPORTACION DE SERVICIOS
Servicios realizados en el país cuya utilización o explotación económica se lleva a cabo en el exterior
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Aspectos Impositivos de las Exportaciones de Servicios
Impuesto al Valor Agregado
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Argentina ha adoptado el criterio de imposición “País de Destino” que implica:
No se grava en el país exportador (no se exportan impuestos)
Se reconoce potestad tributaria al país comprador
Los bienes y servicios son gravados donde se utilizan
En suma: liberar de impuestos a las exportaciones y gravar las importaciones
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Aspectos Impositivos de las Exportaciones de Servicios
Impuesto al Valor Agregado
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La neutralidad es perfeccionada a través de:
Gravar los bienes y servicios importados. El IVA ingresado por el comprador / prestatario no es costo constituye crédito fiscal.
Eximir el débito fiscal sobre el valor de venta de las exportaciones
Permitir el recupero de los créditos fiscales ya pagados vinculados con las exportaciones a través de la acreditación, devolución o transferencia
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Aspectos Impositivos de las Exportaciones de Servicios
Impuesto al Valor Agregado
¿Qué se entiende por servicio utilizado económicamente en el exterior?
Circular 1288/1993
El fisco estableció que no es el domicilio del prestatario el que determina si la utilización o explotación efectiva se verifica en el exterior, sino el lugar en donde el servicio es aplicado.
Las GESTIONES DE VENTA realizadas para empresas del exterior, relacionadas con las actividades que éstas desarrollen dentro del territorio de la Nación, resultan alcanzadas pues tales prestaciones son utilizadas efectivamente en el país.
TFN Tecnopel (1999) y Uniquim (2002)
Jurisdprudencia administrativa
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Aspectos Impositivos de las Exportaciones de Servicios
Impuesto al Valor Agregado
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Elementos esenciales para el negocio y definir si existe exportación:
El lugar de realización de la prestación,
La individualización del prestatario interviniente en la operación
Su consecuente ubicación real en el desarrollo de sus propios negocios y
El objeto que persigue la transacción a los fines del prestatario para determinar el lugar de explotación o utilización del servicio.
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Aspectos Impositivos de las Exportaciones de Servicios
Impuesto al Valor Agregado
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EXPORTACION DE SERVICIOS GRAVADA A TASA 0%
No está alcanzada por el impuesto
En su art 1 la ley no considera realizadas en el país a las prestaciones efectuadas en él y utilizadas en el exterior
Se permite el recupero del Crédito Fiscal
El art 77.1 del DR habilita a solicitar la acreditación, devolución o transferencia del IVA que les hubiera sido facturado por bienes o servicios destinados efectivamente a las exportaciones
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Aspectos Impositivos de las Exportaciones de Servicios
Recupero de IVA por exportaciones
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RG (AFIP) 2000/2006
Presentación de la solicitud vía internet
Se trata de un régimen sujeto a fiscalización previa
Perfeccionamiento de la exportación
Métodos de atribución y límite del impuesto facturado
Informe especial de contador público
Cumplimiento de la normativa sobre medios de pago
Contrato celebrado con el cliente del exterior, traducido y debidamente legalizado
Datos de las facturas “E”
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Aspectos Impositivos de las Exportaciones de Servicios
Impuesto al Valor Agregado
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Son Prestaciones Gravadas:
Independientemente de su naturaleza jurídica:
- Los servicios de computación incluido el software, cualquiera sea la forma o modalidad de contratación
- Producción y distribución de películas cinematográficas y para video
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Aspectos Impositivos de las Exportaciones de Servicios
Impuesto sobre los Ingresos Brutos
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Acumulativo o en cascada incidencia económica en todas las etapas
Sujetos que desarrollen una actividad en forma habitual y a título oneroso, dentro de la jurisdicción.
Aplica en los 24 estados provinciales.
Monto imponible = ingreso bruto neto de descuentos y bonificaciones e incobrables.
Actividad en varias jurisdicciones Asignación según Convenio Multilateral
Exportaciones:
Bienes = exento / no gravado, excepto Misiones
Servicios = gravado en general con excepciones
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Aspectos Impositivos de las Exportaciones de Servicios
Impuesto sobre los Ingresos Brutos
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Excepciones a la imposición de las exportaciones de servicios:
Córdoba: Art 205 inc g), exclusión de la base
Entre Rios: Art 189 inc u), exención
Mendoza: Art 185 inc o), exención
Neuquén: Art 184 inc d), ingreso no gravado
Ciudad de Buenos Aires: Art 157 inc 21), exención
Provincia de Buenos Aires: Art. 186, actividad no gravada (servicios no financieros)
Aspectos Impositivos de las Exportaciones de Servicios
Impuesto sobre los débitos y créditos en cuentas bancarias
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Aspectos Impositivos de las Exportaciones de Servicios
Impuesto sobre débitos y créditos
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Objeto del Impuesto
Débitos y créditos en cuentas abiertas en entidades financieras Ley 21.526.
Alícuota General 6‰ (créditos y débitos)
Crédito de Impuesto a las Ganancias
Sumas acreditadas: 34% sobre 6‰
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Aspectos Impositivos de las Exportaciones de Servicios
Impuesto sobre débitos y créditos
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Están exentos los débitos y créditos correspondientes a :
Los créditos en cuenta corriente originados en la acreditación que cancele el producido de exportación.
Se entiende por exportación, las exportaciones de bienes, no alcanzando la exención a las exportaciones de servicios.
Considerando la obligación de ingreso de divisas en los casos de prestaciones de servicios a no residentes, la acreditación en la entidad financiera local generará la aplicación del impuesto.
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Aspectos Impositivos de las Exportaciones de Servicios
Impuesto de sellos
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Hecho imponible del tributo
Instrumentos públicos o privados
Definición de instrumento
Escritura, papel o documento que revista los caracteres exteriores de un título jurídico mediante el cual puedan ser exigidas las obligaciones que las partes tuvieron en miras al momento de vincularse jurídicamente, sin necesidad de otro documento y con prescindencia de los actos que efectivamente realicen
las partes
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Aspectos Impositivos de las Exportaciones de Servicios
Impuesto de sellos
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C.A.B.A. y Pcia. de Bs. As. eximen:
Contratos de compraventa, permuta o locación de cosas, obras o servicios que formalicen operaciones de exportación, con importadores co-contratantes domiciliados en el exterior, así como las cesiones que de dichos contratos realicen los exportadores entre sí.
Ofertas con aceptación tácita
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Aspectos Impositivos de las Exportaciones de Servicios
Régimen de Promoción de la Industria de Software
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LEGISLACION
Ley 25.856 (B.O. 08/01/04)
Ley 25.922 (B.O. 09/09/04) y DR 1.594/04 (B.O. 17/11/04)
Ley 26.692 (B.O. 18/08/11) y DR 1.315/13 (B.O. 16/09/13)
AMBITO DE APLICACIÓN
Todo el territorio de la República Argentina
VIGENCIA
Aplicable hasta 31/12/2019
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Aspectos Impositivos de las Exportaciones de Servicios
Régimen de Promoción de la Industria de Software
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Beneficios
Estabilidad fiscal hasta el año 2019.
Bono equivalente al setenta porciento (70%) de las contribuciones patronales efectivamente pagadas para cancelar impuestos nacionales, en particular el IVA.
El bono otorgado puede ser también utilizado para la cancelación del impuesto a las ganancias en proporción al porcentaje de exportaciones con respecto a la facturación total.
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Aspectos Impositivos de las Exportaciones de Servicios
Régimen de Promoción de la Industria de Software
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La desgravación del sesenta porciento (60%) en el monto del impuesto a las ganancias también incluye a las utilidades de fuente extranjera.
Potestad de solicitar certificados de no retención en el impuesto al valor agregado.
El bono de crédito fiscal no será computable, para sus beneficiarios, para la determinación de la ganancia neta en el impuesto a las ganancias.
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Aspectos Impositivos de las Exportaciones de Servicios
Distrito Audiovisual
Mediante la aprobación de la Ley 3.876 (11/09/2011), se crea en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires un centro de promoción para la Industria Audiovisual, en cuya área se concentran a productoras de cine, televisión, publicidad, animación y videojuegos.
Las empresas radicadas allí, podrán desarrollar actividades similares incentivadas con beneficios fiscales y de promoción.
Asimismo, al permitir que las empresas, cuyas actividades se relacionen con productores audiovisuales tengan un tratamiento impositivo similar a actividades industriales, permitirían a las empresas beneficiarias productoras de contenidos audiovisuales:
• Negociar prestaciones de mayor valor agregado, debido a las menores cargas fiscales que recaen en dichas actividades
• Celebrar operaciones con menores costos impositivos con dichos proveedores.
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Aspectos Impositivos de las Exportaciones de Servicios
Distrito Audiovisual - Financiamiento del Banco de la Ciudad de Buenos Aires
El Banco de la Ciudad de Buenos Aires instrumentará líneas de crédito para los beneficiarios del presente régimen destinadas a financiar:
La adquisición de inmuebles, realización de obras nuevas y mejoras, mudanzas y reciclado y acondicionamiento de inmuebles destinados a alguna de las actividades promovidas.
La compra y acondicionamiento y puesta a nuevo de equipamiento relacionado con las actividades promovidas.
Capital de trabajo.
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Tanto KPMG, el logotipo de KPMG como "cutting through complexity" son marcas comerciales registradas de KPMG International Cooperative (“KPMG International”).