expo 22 dic-2012

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UNIVERSIDAD ESTATAL DE MILAGRO UNIDAD ACADEMICA DE EDUCACION SEMIPRESENCIAL Y A DISTANCIA LICENCIATURA EN CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN MENCION: EDUCACION BASICA. LEGISLACION EDUCATIVA TERCER SEMESTRE S1

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Page 1: Expo 22 dic-2012

UNIVERSIDAD ESTATAL DE MILAGRO

UNIDAD ACADEMICA DE EDUCACION SEMIPRESENCIAL Y A DISTANCIA

LICENCIATURA EN CIENCIAS DE LA EDUCACIÓNMENCION: EDUCACION BASICA.LEGISLACION EDUCATIVATERCER SEMESTRE S1

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LEGISLACION EDUCATIVATEMA:

GRUPO:JOHANNA BUSTAMANTE

BETTY CONTRERASPAOLA PEREZ

RICHARD DUARTEDINORA BRITO

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ASAMBLEA NACIONAL EN PLENOQue, el Art. 26 de la Constitución de la República reconoce a la educación como un derecho que las personas lo ejercen a lo largo de su vida y un deber ineludible e inexcusable del Estado.

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Que, el Art. 27 de la Constitución de la República establece que la educación debe

estar centrada en el ser humano y garantizará su derecho holístico.

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Que, el art. 29 de la Constitución de la República declara que el Estado garantizará la libertad de enseñanza y el derecho de las personas de aprender en su propia lengua y ámbito cultural.

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Que los Art. 39 y 45 de la Constitución de la República garantizan el derecho a la educación de jóvenes, niños, niñas

y adolescentes respectivamente; Art. 39 el Estado garantizará los derechos de los jóvenes y las jóvenes y promoverá su efectivo ejercicio a través de políticas

y programas, y los reconocerá con actores estratégicos del desarrollo del país, garantizándoles educación, salud, vivienda,

recreación, deporte, tiempo libre, libertad de expresión y asociación.

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Que, el Art. 46 de la Constitución de la República establece que el Estado adoptará entre otras, las

siguientes medidas:Numeral 1.- Atención a menores de 6 años.

Numeral 2.- Protección especial y la eliminación radical del trabajo infantil.

Numeral 3.- Integración social para quienes tengan discapacidad, garantizándoles su incorporación al

sistema educativo de educación regular y en la sociedad.Numeral 7.- Las políticas públicas priorizarán su

educación y el respeto a sus derechos.

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Que, El Estado asignará de forma progresiva recursos públicos del Presupuesto General del Estado, al menos el 0,5% del producto interno bruto.

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Que, el art. 341 de la Constitución de la República establece que el Estado generará las condiciones

para la protección integral de sus habitantes a lo largo de su vida; la igualdad en la diversidad y la no

discriminación hacia aquellos grupos que requieran

consideración especial.

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Que, el Art. 343 de la constitución de la República,

establece un sistema nacional de educación que tendrá

como finalidad el desarrollo y capacidades y potencialidades individuales y colectivas de la

población

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Que, el Art. 347 de la Constitución de la República establece que será responsabilidad del Estado: Asegurar el mejoramiento permanente de la calidad, la infraestructura física

y el equipamiento necesario de las instituciones educativas públicas. Garantizar modalidades formales y no formales de educación. Erradicar todas las formas de violencia en el sitio educativo y velar por la

integridad física, psicológica y sexual de las y los estudiantes. Incorporar las tecnologías de la información y comunicación en el proceso

educativo. Asegurar que se incluya en los currículos de estudios de manera progresiva,

la enseñanza de al menos una lengua ancestral.

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Que, según el Régimen de competencias declarado de la Constitución de la República,

en el Art. 264, numeral 7 los gobiernos municipales tendrán competencias exclusivas

para planificar, construir y mantener la infraestructura física y los equipamientos de

salud y educación.

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Que, una transformación revolucionaria del ecuador requiere primordialmente de una transformación revolucionaria de la educación, a lo largo de toda su vida que les permita conocerse, reconocerse, aceptarse, valorarse en su integralidad y su diversidad cultural, en un ámbito de calidad y calidez, que durante la etapa de formación del ser humano, pueda proyectar esa calidez alejada de la violencia.

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Que, en la consulta popular del 26 de noviembre del 2006 aprobó el Plan Decenal de educación 2006-2015, que contiene ocho políticas de Estado: Universalización de la Educación Inicial. Universalización de la Educación General Básica (1° - 10°). Incremento de la población estudiantil del Bachillerato. Erradicación del analfabetismo y fortalecimiento de la educación de

adultos. Mejoramiento de la infraestructura y equipamiento de las

Instituciones Educativas. Mejoramiento de la Calidad y Equidad de la Educación. Revalorización de la profesión docente. Aumento del 0,5% anual de la participación del PIB.

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