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Elaboración de la metodología para el seguimiento de la aplicación del «Código de conducta para la provisión de microcréditos en la UE» por parte de los proveedores de microcréditos – Metodología del evaluador final Referencia: CCI 2012 – CE160 – AT 047

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Elaboración de la metodología para el seguimiento de la aplicación del «Código de conducta para la provisión de microcréditos en la UE» por parte de los proveedores de microcréditos – Metodología del evaluador finalReferencia: CCI 2012 – CE160 – AT 047

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Version 1.0 – September 2013

Source of photos : © iStockphoto

© European Union, 2013 Reproduction is authorised provided the source is acknowledged.

ISBN 978-92-79-38750-0 doi:10.2776/90830

European Commission, Directorate-General for Regional Policy Unit 02 – Communication

Ana-Paula Laissy Avenue de Beaulieu 1, 1060 Brussels BELGIUM

Fax : +32 22966003 E-mail : [email protected] Internet : http://ec.europa.eu/regional_policy/index_en.htm

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1. Introducción 3

2. Sobre El Código Y El Proceso De Evaluación 4 2.1. Antecedentes Del Código 4 2.2. Papel Y Secuencia Del Proceso De Evaluación 5

3. Antes De La Evaluación 9 3.1. Documentos Y Herramientas De Los Que Debe Disponerse Antes De Comenzar 9 3.1.1. Herramienta De Autoevaluación

4. Durante La Evaluación 12 4.1. Comprobación De Que La Información Es Completa 12 4.2. Verificación Del Tamaño Del Proveedor 12 4.3. Determinación De La Aplicabilidad 12 4.4. Visión De Conjunto De Los Enunciados, La Ponderación Y La Calificación Global 13 4.5. Evaluación Del Cumplimiento 14 4.6. Documentar El Cumplimiento 15 4.6.1. Verificación De Datos En Línea En Jasmine 16

5. Después De La Evaluación 18 5.1. Recomendaciones Posteriores A La Evaluación 18 5.2. Verificación De Las Modificaciones Posteriores A La Evaluación 18

Apéndices 19

Apéndice A: Glosario 20 Apéndice B: Formulario de adhesión 24 Apéndice C: JASMINE EN LÍNEA - Campos Del Código De Buena Conducta 25 Apéndice D: Formato del informe del evaluador 32 Apéndice E: Formato de la carta de concesión 33 Apéndice F: Formato de carta de denegación 34 Apéndice G: Formulario de apoyo 35

Índice

Metodología del evaluador final

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Código de conducta para la provisión de microcréditos en la UE

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1. Introducción

El presente documento recoge la metodología para el segui-miento de la aplicación del «Código de conducta para la provi-sión de microcréditos en la UE» (en lo sucesivo, «el Código») por parte de los proveedores de microcréditos (en lo sucesivo, «los proveedores»). Dicha metodología va dirigida fundamental-mente a los evaluadores, pero también puede resultar útil para el personal técnico que trabaja en el ámbito de la provisión de microcréditos. El principal objetivo de la metodología es ofre-cer un panorama claro y exhaustivo del proceso de evaluación, desde la adhesión hasta la decisión de concesión del certifica-do de cumplimiento y el apoyo posterior, así como presentar directrices detalladas para evaluar la aplicabilidad y el cumpli-miento de los enunciados.

El resto del documento se organiza en cuatro secciones: ● Sección 2: Sobre el Código y el proceso de evaluación:

esta sección presenta un breve resumen del Código, su elaboración y su función. La sección también describe cada etapa del proceso y especifica lo que cabe esperar por parte de los proveedores, de los evaluadores y de los demás agentes pertinentes durante cada etapa.

● Sección 3: Antes de la evaluación: antes de que dé comienzo la evaluación, los evaluadores deben familiari-zarse con las herramientas y demás documentación oportuna, y asegurarse de que disponen de ciertos docu-mentos importantes. En esta sección se enumeran y se describen las herramientas y los documentos pertinentes.

● Sección 4: Durante la evaluación: antes de evaluar el cumplimiento de los enunciados, el evaluador debe veri-ficar que se ha aplicado la categoría de tamaño correcta, que la justificación de los enunciados no aplicables es adecuada, y que se han facilitado los documentos corres-pondientes. Esta sección establece las directrices para que los evaluadores actúen en ese sentido. En esta sec-ción también se ofrecen directrices para que los provee-dores puedan evaluar el cumplimiento, incluidos los con-ceptos de cumplimiento, ponderación y calificación glo-bal. Por último, la sección aporta indicaciones y reflexio-nes sobre la recomendación relativa a la decisión de con-cesión o de denegación.

● Sección 5: Después de la evaluación: en esta sección se establecen directrices sobre cómo redactar y presentar

observaciones y recomendaciones al proveedor tras la correspondiente decisión de concesión. Esta sección tam-bién dará consejos e ideas para recomendar una línea de conducta a aquellos proveedores que no hayan podido lograr la calificación global.

En los apéndices A a H pueden consultarse los formatos de los informes, los modelos de la carta y de los formularios, y otros documentos de apoyo:

● Apéndice A: Glosario: el glosario consta de dos partes. Una contiene las definiciones de los términos utilizados en la evaluación. La otra presenta un glosario más bien técnico (p. ej., definición de operaciones con partes vincu-ladas, etc.).

● Apéndice B: Formulario de adhesión: este formulario será utilizado por los proveedores que deseen adherirse al Código.

● Apéndice C: Herramienta de autoevaluación: los provee-dores utilizarán esta herramienta para evaluar tanto la aplicabilidad como el cumplimiento. Los evaluadores la utilizarán para estudiar, evaluar y calcular el cumplimien-to, y para elaborar notas y observaciones sobre el cumpli-miento de cada uno de los enunciados.

● Apéndice D: Formulario en línea de JASMINE: los datos que los proveedores deben divulgar como parte del Código se entregarán a los evaluadores que utilicen este formulario.

● Apéndice E: Formato del informe del evaluador: al térmi-no de la evaluación, el evaluador presentará recomenda-ciones sobre la concesión o la denegación utilizando este formato.

● Apéndice F: Modelo de carta de decisión de concesión: se enviará al proveedor una carta basada en este modelo con el informe del evaluador, informándolo de si ha supe-rado la calificación mínima global.

● Apéndice G: Orden de aplicación: este cuadro recoge los enunciados en el orden lógico en que deben aplicarse y está destinado a dar apoyo a los proveedores en la apli-cación del Código.

● Apéndice H: Formulario de adhesión: este formulario será utilizado por las organizaciones asociadas que deseen adherirse al Código

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Metodología del evaluador final

Esta sección presenta un breve resumen del Código, su elaboración y su función. La sección también describe cada etapa del proceso y especifica lo que se espera por parte de los proveedores, los evaluadores y otras partes pertinentes durante cada etapa.

2.1. Antecedentes del Código

El 13 de noviembre de 2007, la Comisión adoptó una Comunicación titulada «Iniciativa Europea para el desa-rrollo del microcrédito». Dicha Comunicación definió cua-tro ámbitos de actuación prioritarios, de los que los dos últimos se están abordando por medio de JASMINE, una iniciativa conjunta de la Comisión Europea y el grupo del Banco Europeo de Inversiones para apoyar el desarrollo de proveedores no bancarios de microcréditos / institu-ciones de microfinanciación en la Unión Europea. Se han identificado los siguientes cuatro ámbitos prioritarios:

● mejorar el entorno legal e institucional en los Estados miembros;

● modificar el clima en favor del empleo y el empren-dimiento;

● fomentar las mejores prácticas; y ● suministrar capital financiero adicional para las ins-

tituciones financieras de microcrédito no bancarias y nuevas

En aquella Comunicación se reconocía que un «código de buena conducta» sería un método excelente para difun-dir las buenas prácticas entre las instituciones de micro-financiación. Además, se exponía que la puesta a dispo-sición de orientaciones coherentes para las instituciones de microfinanciación debería contribuir a establecer nor-mas de negocio, racionalizar las prácticas, ofrecer segu-ridad en los préstamos, y, por último, reforzar la eficien-cia de la asistencia técnica del instrumento JASMINE ges-tionado por el FEI.

En este contexto, la Comisión Europea organizó a princi-pios de 2010 una serie de talleres con las partes intere-

sadas al objeto de analizar la posibilidad de elaborar un

Código de conducta para el sector. Posteriormente, y a

resultas de un procedimiento de licitación, la Comisión

Europea seleccionó a Community Finance Solutions, un

centro de investigación de la Universidad de Salford, para

elaborar el proyecto del Código de conducta para la pro-

visión de microcréditos en la UE, en estrecha consulta con

las partes interesadas y los expertos.

Un elemento clave de esta consulta fue la incorporación

de las contribuciones de personas y organizaciones con

experiencia práctica en el ámbito de los microcréditos en

la UE. Ello se llevó a cabo a través de una serie de seis

talleres con las partes interesadas, celebrados en

Bruselas entre octubre de 2010 y abril de 2011. En dichos

talleres participaron proveedores de microcréditos, orga-

nizaciones del sector, expertos académicos y autoridades

de reglamentación, que han desempeñado un papel pri-

mordial a la hora de dar forma al documento final.

Además, se distribuyeron a las partes interesadas seis

cuestionarios en línea, en los que se solicitaban aporta-

ciones y comentarios, y dos versiones del proyecto de

Código, solicitando comentarios, y también se celebraron

reuniones con asociaciones clave del sector.

Por lo tanto, el Código incorpora información procedente

de las buenas prácticas reconocidas en el sector de la

microfinanciación y ha sido elaborado en estrecha con-

sulta con el sector del microcrédito en la UE y las corres-

pondientes partes interesadas. La elaboración del Código

de conducta se ha guiado por los siguientes principios:

● hincapié a la hora de incorporar los contenidos espe-

cíficos y mensurables sobre la base de los cuales los

gestores y los consejos de administración de los

proveedores de microcréditos pueden adoptar medi-

das para mejorar sus organizaciones;

● hincapié en la elaboración de un código que se ajus-

te a la diversidad de los proveedores de microcrédi-

2. Sobre el Código y el proceso de evaluación

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Código de conducta para la provisión de microcréditos en la UE

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tos de la UE en lo relativo a las condiciones de mer-cado, formas institucionales y marcos jurídicos;

● énfasis en la mejora de las normas, mediante un equilibrio entre la necesidad de aplicar las mejores prácticas y las expectativas realistas de los provee-dores

La elaboración del Código se ha basado en el hecho de que, habida cuenta de las disparidades de los marcos reguladores aplicables a los proveedores de microcrédi-tos en la UE, es necesario disponer de un conjunto unifi-cado de expectativas y de normas comunes al sector en beneficio de este, así como de sus proveedores de fon-dos, inversores, clientes, propietarios, autoridades de reglamentación y organizaciones asociadas. El Código expone unas orientaciones de buenas prácticas destina-das a permitir al sector hacer frente a los retos de acce-der a la financiación a largo plazo, mantener y mejorar la calidad de los servicios y avanzar hacia la sostenibilidad. La finalidad del Código no es ni introducir normativa nueva ni sustituir la ya existente que se aplica a los pro-veedores de microcréditos. Más bien está pensado para especificar una serie de normas comunes en lo relativo a cómo operan los proveedores y cómo transmiten estos la información.

El Código va fundamentalmente dirigido a los proveedo-res no bancarios de microcréditos que conceden présta-mos de hasta 25 000 EUR a microempresas. Sin embar-go, cabe pensar también que determinados proveedores facilitarán también microcréditos personales, así como préstamos profesionales que rebasen los 25 000 EUR, a los que podría ser apropiado aplicar el Código. En la sec-ción 4.5 se aborda esta cuestión. Además, el sector de los microcréditos en la UE presenta muchas divergencias en términos de tamaño, marco institucional y mercados en los que actúa. Por consiguiente, no todas las prácticas pueden considerarse buenas prácticas, o incluso posibles, para todos los proveedores de microcréditos. En algunos casos, ya puede existir reglamentación que cubra deter-minados ámbitos y prácticas. El Código reconoce esta situación y, en su caso, especifica el tipo de instituciones no cubiertas por el enunciado de que se trate.

El Código está concebido para los gestores, directores, clientes, inversores, entidades financiadoras, propietarios, autoridades de reglamentación y organizaciones asocia-

das, del sector de la provisión de microcréditos. Pretende ser un instrumento dirigido a directivos, agentes y ges-tores que contribuya a mejorar el funcionamiento del sec-tor de la provisión de microcréditos. En el caso de los clientes, es un instrumento que garantiza un trato equi-tativo y ético. En el caso de los inversores y proveedores de fondos, asegura el funcionamiento transparente del sector con arreglo a normas de notificación paneuropeas. En cuanto a las autoridades de reglamentación, ofrece garantías de funcionamiento del sector de acuerdo con prácticas y principios empresariales adecuados, así como de la correcta regulación del sector.

2.2. Papel y secuencia del proceso de evaluación

La evaluación del cumplimiento es uno de los cimientos sobre los que se asienta el Código. Sin un marco sólido para evaluar en qué medida los proveedores cumplen los enunciados, el Código carecería de la necesaria credibili-dad. En el cuadro que figura a continuación se ofrece un resumen de las partes que intervienen en la evaluación y de sus respectivas funciones.

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Metodología del evaluador final

Fase previa a la evaluación

Fase de evaluación

Fase posterior a la evaluación y a la concesión

Contacto y consultas iniciales

Revisión de la justificación de enunciados no aplicables

Decisión sobre la concesión

Finalización y presentación de la herramienta de autoevaluación

Presentación de la recomendación

Revisión de las modificaciones y decisión sobre la concesión

Solicitud del proveedor de que dé comienzo la evaluación

Aplicación del Código

Revisión del cumplimiento de los enunciados

El proveedor aborda las causas de incumplimiento de enunciados

Adhesión al Código

Control de la documentación

Apoyo y asesoramiento tras la decisión de concesión

Figura 1: Esquema del proceso de adhesión, evaluación y posterior a la evaluación

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Código de conducta para la provisión de microcréditos en la UE

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Quién es quién en el Código de evaluación

Proveedor: «Proveedor» es la denominación abreviada en vez de «proveedor de microcrédito» y se aplica a cualquier organización que exprese su voluntad de sus-cribir el Código.

Evaluador: El evaluador es responsable de evaluar el cumplimiento del Código por parte de cada uno de los proveedores. Las correspondientes condiciones están incluidas en su totalidad en el apéndice I1. El evaluador solo formula una recomendación, y el grupo director adopta la decisión definitiva sobre la concesión.

Grupo director: El grupo director está formado por expertos del sector, así como por representantes de la Comisión y del organismo responsable de los evalua-dores. El objetivo del grupo es decidir acerca de la con-cesión de microcréditos sobre la base de la recomenda-ción del evaluador. El grupo estudiará también los recur-sos que se presenten y las quejas sobre la evaluación.

Punto de contacto designado: El punto de contacto designado es la Dirección General de Política Regional y Urbana de la Comisión Europea y sirve como primer punto de contacto para las organizaciones que deseen adherirse al Código.

El proceso completo, desde la adhesión hasta la concesión, y el apoyo subsiguiente a la concesión consta de tres fases: una previa a la evaluación, otra de evaluación y la tercera, posterior a la evaluación y a la concesión. Todo ello queda ilustrado en la figura 1. Los recuadros y las flechas compuestos por líneas discontinuas indican que estas fases no han de tener lugar necesariamente. Las dos últi-mas fases posteriores a la evaluación y a la decisión de concesión se exigen únicamente cuando un proveedor no alcance la calificación global mínima para dar cumplimien-to a lo dispuesto en el Código o bien si quiere aumentar su nivel de cumplimiento.

La primera fase del proceso requerirá que un proveedor entable el contacto inicial con la Dirección General de

1 La Comisión puede hacerlas suyas una vez finalizadas.

Política Regional y Urbana, el punto de contacto designa-do. Si el proveedor sigue estando interesado en adherirse tras el contacto inicial, el proveedor presentará a la Dirección General de Política Regional y Urbana un formu-lario de adhesión firmado por su Director Ejecutivo y Presidente del Consejo de Administración (apéndice B).

Diferencia entre apoyar el Código y adherirse al mismo

El Código está concebido fundamentalmente para proveedores no bancarios de microcréditos. Al adhe-rirse al Código, dichos proveedores se comprometen a aplicar los enunciados de aquel. Las entidades banca-rias no cubiertas por el Código tienen la posibilidad de apoyar oficialmente el Código mediante la firma del formulario de apoyo (apéndice H). Las organizaciones que firmen el formulario de apoyo se comprometen a promover el Código y quedarán registradas como enti-dades de apoyo en el sitio web de JASMINE.

La Dirección General de Política Regional y Urbana notifi-cará al evaluador la presentación del formulario de adhe-sión. Acto seguido, el proveedor evaluará el nivel de cum-plimiento en esos momentos rellenando la herramienta de autoevaluación (apéndice C). Sobre la base de los resulta-dos de la autoevaluación, el proveedor deberá planificar y aplicar cambios para cumplir una serie de enunciados con el fin de alcanzar la calificación mínima global. Los provee-dores tienen a su disposición una serie de herramientas y de orientación destinados a ayudarles en este cometido.

Ponderación, calificación global y cumpli-miento

Los enunciados del Código se ponderan de acuerdo con su importancia. Con el fin de cumplir con el Código, los proveedores deben cumplir todos los enunciados prioritarios y el 80 % de los enunciados que son apli-cables al proveedor. Este umbral mínimo se denomina «calificación global». Pueden encontrarse más detalles sobre la ponderación y la calificación global en la Sección 4.4.

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Metodología del evaluador final

El proveedor dispone de 18 meses para aplicar los enun-ciados una vez haya enviado el formulario de adhesión. En caso de que el proveedor necesite más tiempo para aplicar los enunciados, puede solicitar una prórroga a través de la Dirección General de Política Regional y Urbana. Una vez que el proveedor haya llegado a la conclusión de que se han realizado los cambios necesarios para cumplir con el Código, comunicará por correo electrónico al evaluador que está preparado para iniciar la evaluación. Dicho correo elec-trónico irá acompañado de un formulario de autoevaluación cumplimentado y de los justificantes oportunos (véase el apéndice C). Si el proveedor considera que ya cumple un número suficiente de enunciados para alcanzar la califica-ción global mínima, entonces podría comenzar la evalua-ción antes de que hayan transcurrido 18 meses desde la presentación del formulario de adhesión.

Los proveedores presentarán la documentación oportuna junto con la solicitud para iniciar la evaluación. En ella se incluirá la justificación de los enunciados que el proveedor considera que no deben aplicarse a la organización. Antes de verificar el cumplimiento, los evaluadores deberán revi-sar la justificación proporcionada para cerciorarse de que a) la justificación de los enunciados no aplicables es razo-nable, y b) la evaluación se centra únicamente en los enun-ciados aplicables. La siguiente etapa consistirá en compro-bar que se ha presentado la documentación necesaria. En esta fase, es posible que el evaluador tenga que volver a plantear al proveedor más preguntas o comentarios. Al final de esta fase, el evaluador deberá informar al proveedor en caso de que alguno de los enunciados que el proveedor

considere no aplicables se considere aplicable por el eva-luador.

Por último, una vez comprobada la presentación de la docu-mentación apropiada, el evaluador puede comenzar a revi-sar el cumplimiento de los enunciados pertinentes utilizan-do la herramienta de autoevaluación. Al final de la revisión del cumplimiento, el evaluador deberá presentar una reco-mendación sobre la concesión al proveedor (véase el for-mato del informe del evaluador en el apéndice E). El grupo de dirección decidirá acerca de la concesión de acuerdo con la recomendación del evaluador. Se informará al proveedor sobre la decisión y se le facilitará información sobre el pro-ceso de evaluación (p. ej., aplicación de enunciados restan-tes, etc.) (véase el formato del informe del evaluador en el apéndice E y el formato de la carta de concesión en el apén-dice F).

Se prestará apoyo, asesoramiento e información a los pro-veedores sobre las medidas que deben adoptar para mejo-rar su cumplimiento. A no ser que se haya constatado que el proveedor no cumple con el Código en una medida sufi-ciente, el proceso finalizará después de esta fase (al menos hasta la siguiente evaluación). Siempre que los proveedo-res que no logren la calificación global deseen continuar con el proceso, deberán resolver un número suficiente de casos de incumplimiento de los enunciados y presentar pruebas a fin de documentar los cambios introducidos. Estas prue-bas serán analizadas por el evaluador en colaboración con el grupo de dirección.

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Código de conducta para la provisión de microcréditos en la UE

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Antes del inicio de la evaluación de cumplimiento de un proveedor, los evaluadores deben familiarizarse con las herramientas y demás documentación pertinente, y ase-gurarse de que disponen de ciertos documentos importan-tes. En esta sección se enumeran y se describen las herra-mientas y los documentos pertinentes.

3.1. Documentos y herramientas de los que debe disponerse antes de comenzar

El evaluador evaluará el cumplimiento utilizando la herra-mienta de autoevaluación y, por lo tanto, debe estar fami-liarizado con ella. Además, el evaluador debe estar fami-liarizado con los siguientes documentos y herramientas y tenerlos a su disposición cuando comience la evaluación:

● El Código de conducta para la provisión de micro-créditos en la UE: Los evaluadores deberán disponer de una versión electrónica o de una versión impresa del Código, dado que este es el documento principal. En él se enumeran todos los enunciados, se incluyen comentarios sobre el cumplimiento y que lo demues-tran, y contiene además un útil glosario.

● Glosario: Se trata de un glosario de términos utiliza-dos en la evaluación, así como de términos más téc-nicos en el apéndice A.

● Directrices para el proveedor: Aunque va dirigido sobre todo a los proveedores, las directrices pueden resultar útiles para los evaluadores, tal vez especial-mente a la hora de formular recomendaciones y ofre-cer asesoramiento sobre la aplicación a los proveedo-res que no logren alcanzar la calificación global.

3.1.1. Herramienta de autoevaluación

La herramienta de autoevaluación tiene por objeto ayudar tanto a los proveedores como a los evaluadores a evaluar el cumplimiento, especificando qué es lo que constituye el cumplimiento de cada enunciado y la ponderación asigna-da a cada uno de aquellos. La herramienta también per-

mite a los proveedores y a los evaluadores calcular la pro-porción de los enunciados que el proveedor respeta en relación con la calificación global.

La herramienta de autoevaluación consta de tres hojas. La primera hoja, titulada Acerca del proveedor [About provi-der], contiene información sobre el proveedor, que se utili-za para determinar el tamaño de la organización y sirve al evaluador para ponerse en contacto con el proveedor. La hoja contiene los siguientes campos:

● Nombre del proveedor [Name of provider]: En este campo, los proveedores deben cumplimentar el nom-bre completo de la persona jurídica que constituye el proveedor.

● País [Country]: Los proveedores deben indicar el país en el que están inscritos y operan. Si un proveedor opera en más de un país, debe especificarlo por separado, incluidos los países en los que opera y los acuerdos jurídicos (p. ej., si está regulado en todos los países, etc.).

● Forma institucional [Institutional form]: Este campo es un menú desplegable que debe ser utiliza-do por el proveedor para indicar la forma institucional y jurídica de la organización (p. ej., cooperativa, banco, proveedor no bancario, fundación, etc.). Cuando exista una definición exacta de tales instituciones y de su reglamentación, el proveedor debe incluir estos datos en el campo «otras observaciones».

● Breve descripción del proveedor [Short descrip-tion of provider]: Este campo debe utilizarse para facilitar una breve descripción del proveedor. Puede incluir también los servicios que ofrece el proveedor, sus grupos destinatarios, los sectores que cubre (es decir, microcréditos personales, microcréditos empre-sariales, etc.) y la edad del proveedor.

● Sitio web del proveedor [Website of provider]: El proveedor debe indicar su sitio web en este campo.

● Número de miembros del personal [Number of staff]: El proveedor debe utilizar este campo para indicar el número de miembros del personal que tra-

3. Antes de la evaluación

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Metodología del evaluador final

bajan a tiempo completo y a tiempo parcial. Aquí se debería incluir a todos los miembros del personal, incluidos los que participan en actividades no relacio-nadas con los microcréditos, a no ser que tales activi-dades dispongan de estructuras de gestión y de gobernanza separadas.

● Número de personas (expresado como equivalen-te a tiempo completo) [Number of staff (expres-sed as Full-Time Equivalent)]: En este punto los proveedores deben precisar el número de trabajado-res como equivalente a tiempo completo.

● Número de prestatarios activos [Number of acti-ve borrowers]: Los proveedores deben utilizar este campo para indicar el número de prestatarios activos. Se define a los prestatarios activos como las perso-nas que actualmente tienen saldo vivo del préstamo con el proveedor del microcrédito o son los principales responsables de la devolución de una parte de la car-tera de préstamos brutos. Los prestatarios con múlti-ples préstamos se consideran un único prestatario.

● Categoría de tamaño [Size category]: El proveedor será asignado automáticamente a una categoría de tamaño atendiendo al número de miembros de su personal y al número de prestatarios activos.

● Fecha de finalización [Date completed]: Este campo debe utilizarse para indicar cuándo se ha aca-bado de cumplimentar la herramienta de autoevalua-ción.

● Persona de contacto [Contact person]: El proveedor debe nombrar a una persona para que sea el princi-pal punto de contacto en la evaluación. Esta persona se ocupará de todas las consultas y preguntas plan-teadas por los evaluadores.

● Datos de contacto [Contact details]: El proveedor debe utilizar este campo para indicar los datos de contacto de la persona de contacto designada. Se debe incluir un número de teléfono y una dirección de correo electrónico.

● Lenguas habladas por la persona de contacto [Languages spoken by contact person]: El provee-dor debe indicar qué lenguas habla la persona de contacto designada e indicar en qué lengua preferiría comunicarse con ellos.

● Otras observaciones [Other comments]: En este punto, el proveedor puede formular otras observacio-nes pertinentes para la evaluación.

La segunda hoja, titulada «Autoevaluación», se utiliza para la autoevaluación y la evaluación propiamente dicha. La hoja contiene las siguientes columnas:

● Número de enunciado [Clause number]: En esta columna se recoge el número del enunciado (p. ej., 1.1, 5.12, etc.).

● Prioridad [Priority]: Esta columna indica si se trata de un enunciado prioritario.

● Solo grandes proveedores [Large only]: Esta columna indica si el enunciado está únicamente des-tinado a grandes proveedores.

● Enunciado [Clause]: En esta columna se recoge una breve descripción (tal como se indica en la matriz general del Código) de los enunciados.

● Preguntas orientadoras [Guiding questions]: En esta columna se recogen una serie de preguntas para cada enunciado. Dichas preguntas están destinadas a servir de orientación sobre qué es lo que constituye su cumplimiento. Si los proveedores pueden respon-der «sí» a estas preguntas, es probable que cumplan los enunciados correspondientes.

● Observaciones [Comments]: La columna titulada «Observaciones» establece, en su caso, comentarios adicionales para especificar o aclarar aspectos del enunciado, incluidos ejemplos de buenas prácticas que constituyen el cumplimiento, excepciones y posi-bles formas de demostrar el cumplimiento de la nor-mativa.

● Prueba de cumplimiento sugerida [Suggested evi-dence of compliance]: En esta columna se indican los documentos que pueden servir como pruebas de cumplimiento. Es preciso subrayar que la documenta-ción de cumplimiento puede variar dependiendo de los proveedores. Por lo tanto, los documentos enume-rados solo son sugerencias.

● Cumplimiento [Compliance]: El proveedor debe utili-zar esta columna para indicar si cumplen el enuncia-do o no, seleccionando «cumple» o «no cumple» en el menú desplegable.

● Comentarios del proveedor – Cumplimiento [Provider comments – compliance]: El proveedor debe utilizar este campo para efectuar comentarios sobre cómo cumple esta enunciado y remitirse a la documentación de apoyo.

● No aplicable a la institución [Not applicable to institution]: En esta columna se recoge un menú

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Código de conducta para la provisión de microcréditos en la UE

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desplegable con las opciones «aplicable» y «no apli-cable». El valor por defecto es «aplicable». El provee-dor utilizará la función desplegable para indicar los enunciados que no son aplicables al proveedor.

● Razón por la que no es aplicable [Reason why not applicable]: Si los proveedores han indicado que un enunciado no es aplicable, deben utilizar esta colum-na para indicar por qué motivo el enunciado en cues-tión no es aplicable. Contiene un menú desplegable con las opciones «Es contrario a lo establecido a la legislación nacional», «No importante o pertinente» y «Otros».

● Comentario del proveedor — Aplicabilidad [Provider comment – applicability]: Si los proveedo-res han indicado que un enunciado no es aplicable, deben utilizar este campo para formular observacio-nes adicionales y remitir a los evaluadores a la docu-mentación complementaria. Véase la sección 4.3 para obtener orientaciones sobre la inaplicabilidad de las pruebas.

● Ponderación [Weighting]: En esta columna se deta-lla la ponderación asignada a los enunciados.

● Aplicabilidad (evaluador) [Aplicability (Evaluator)]: En caso de que los proveedores hayan indicado que un enunciado no es aplicable, los evaluadores debe-rán comprobarlo o rechazarlo seleccionando «Aplicable (comprobado)» o «No aplicable (comproba-do)» en el menú desplegable.

● Comentario del evaluador — Aplicabilidad [Evaluator comment applicability]: Cuando, en con-tra de la opinión de un proveedor, los evaluadores consideren que un enunciado es realmente aplicable, deben presentar sus observaciones sobre el motivo de la decisión para utilizar esta columna.

● Cumplimiento (evaluador) [Compliance (Evaluator)]: En caso de que los proveedores hayan indicado que cumplen con el enunciado, los evalua-dores deben comprobarlo o rechazarlo seleccionando «Aplicable (comprobado)» o «No aplicable (comproba-do)» en el menú desplegable.

● Comentario del evaluador — Cumplimiento [Evaluator comment compliance]: Los evaluadores pueden utilizar esta columna para comentar el cum-plimiento del enunciado en cuestión por parte del pro-

veedor. Ello es especialmente importante en los casos en que los evaluadores consideren – contraria-mente al criterio de un proveedor – que el proveedor no cumple lo dispuesto en el enunciado.

● Ponderación (evaluador) [Weighting (Evaluator)]: Esta columna generará la ponderación relativa a los enunciados que el evaluador haya comprobado que respeta el proveedor.

La tercera hoja de cálculo se titula «Informe sobre el cum-plimiento» y ofrece un resumen estadístico del nivel de cumplimiento del proveedor. Existen dos secciones indica-das por los subapartados subrayados en la hoja. Una se titula «Autoevaluación por parte del proveedor». Los cam-pos de este epígrafe se generan sobre la base de la infor-mación cumplimentada por el proveedor como parte de su autoevaluación, pero que no ha sido comprobada por los evaluadores. La otra se titula «Comprobado por el evalua-dor» y contiene los campos que se han generado sobre la base de la información comprobada por el evaluador.

Ambas secciones contienen los siguientes campos: ● Valor total de los enunciados ponderados: En este

campo se detalla el valor total de los enunciados ponderados aplicables al proveedor. Este campo se calcula automáticamente.

● Valor total de los enunciados cumplidos: En este campo se calcula la ponderación total de los enuncia-dos que cumple el proveedor. Este campo se calcula automáticamente.

● Porcentaje de los enunciados ponderados cumpli-dos: En este campo se calcula el porcentaje del total ponderado de los enunciados que cumple el provee-dor. Este campo se calcula automáticamente.

● Calificación global: En este campo se detalla la cali-ficación global que el proveedor debe alcanzar para dar cumplimiento a lo dispuesto en este enunciado. Este campo se fija en el 80 %, que es la calificación global acordada.

● Cumplimiento del Código: En este campo se indica-rá si el proveedor ha superado la calificación global y ha cumplido todos los enunciados prioritarios. Este campo se calcula automáticamente.

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Metodología del evaluador final

Antes de evaluar el cumplimiento de los enunciados, el evaluador debe verificar que se ha aplicado la categoría de tamaño correcta, que la justificación de los enunciados no aplicables es adecuada, y que se han facilitado los documentos correspondientes. Tras haber comprobado que se ha presentado la documentación apropiada, y una vez identificados los enunciados sometidos a la evalua-ción del cumplimiento, esta puede dar comienzo.

En esta sección también se ofrecen directrices para que los evaluadores puedan evaluar el cumplimiento, incluido el concepto de cumplimiento, así como la ponderación y la calificación global. También ofrece indicaciones y con-sideraciones sobre las recomendaciones relativas a la decisión de concesión o de denegación.

4.1. Comprobación de que la información es completa

Una vez que el proveedor ha indicado que está preparado para comenzar la evaluación y ha presentado la herra-mienta de autoevaluación, el evaluador debe comprobar que la información es completa. En primer lugar, el eva-luador debe examinar la herramienta de autoevaluación garantizando que el proveedor ha cumplimentado la infor-mación necesaria acerca de la organización. En la herra-mienta de autoevaluación, el proveedor indicará qué enunciados cumple y mencionará los documentos presen-tados que atestiguan dicho cumplimiento. En una segun-da etapa, el evaluador debe garantizar que el proveedor ha incluido las referencias a los diversos documentos jus-tificativos en la herramienta de autoevaluación, tanto en relación con la no aplicabilidad como con el cumplimien-to. Antes de evaluar el cumplimiento, el evaluador deberá comprobar lo siguiente:

● Integridad: ¿Se han presentado todos los documen-tos que atestiguan la conformidad?

● Funcionalidad: ¿Puede accederse a todos los docu-mentos? ¿Están en un formato apropiado? ¿Se pue-den abrir correctamente todos los documentos?

● Adecuación: Se han presentado los documentos adecuados para probar el cumplimiento, con arreglo a las orientaciones sobre la documentación corres-pondiente antes mencionadas.

4.2. Verificación del tamaño del proveedor

En el Código existen una serie de enunciados que solo se aplican a las grandes instituciones. Estas se indican con el símbolo (▲), que figura después del enunciado. Las enti-dades grandes son aquellas que tienen más de 7 000 prestatarios activos y más de 70 empleados. En las orien-taciones complementarias de los enunciados, también se hace referencia a los proveedores de tamaño pequeño y mediano. Los pequeños proveedores son las organizacio-nes que cuentan con menos de 4 000 clientes y 35 empleados, mientras que los proveedores medianos tie-nen entre 4 000 y 7 000 clientes y entre 35 y 70 emplea-dos.

El modelo de autoevaluación asigna automáticamente al proveedor a una de estas categorías basadas en los datos que introduce en la primera página. El evaluador debe verificar que el proveedor ha introducido los datos correc-tos. Se define a los prestatarios activos como las perso-nas que actualmente tienen saldo vivo del préstamo con el proveedor del microcrédito o son los principales respon-sables de la devolución de una parte de la cartera de prés-tamos brutos. Los prestatarios con múltiples préstamos se consideran un único prestatario. El número introducido debe coincidir con el facilitado para cumplir con el enun-ciado 4.4.1. El número de empleados incluye a los traba-jadores a tiempo completo y a tiempo parcial.

4.3. Determinación de la aplicabilidad

El número de los enunciados con los que un proveedor tendrá que cumplir dependerá del número de

4. Durante la evaluación

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Código de conducta para la provisión de microcréditos en la UE

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enunciados aplicables a la institución. Solo hay tres razones válidas para no aplicar un enunciado:

● Existen 10 enunciados que solo se aplican a los grandes proveedores. Si el proveedor no está incluido en esa categoría, el enunciado no es aplicable.

● Se puede eximir a un proveedor de aplicar un enun-ciado en caso de que este contravenga el marco reglamentario o jurídico nacional. Ejemplos de estos obstáculos pueden incluir restricciones legales a los proveedores para concederse sus propios préstamos (a saber, Alemania), y las estructuras de gobernanza de proveedores de mutuas y cooperativas (que impi-den la aplicación de algunos enunciados en la sec-ción sobre la gobernanza). Ciertos marcos reglamen-tarios nacionales pueden también afectar a la medi-da en que se pueden aplicar los enunciados. Por ejemplo, la medida en que los precios pueden refle-jar el riesgo puede reducirse debido a las restriccio-nes nacionales a los tipos de interés. Los proveedo-res deben referirse a las leyes y a los enunciados específicos de las mismas que excluyen al proveedor de aplicar los enunciados en cuestión.

● Un enunciado puede no aplicarse, bien porque no es importante o porque no es pertinente para el provee-dor. Por ejemplo, un proveedor no recopila datos sobre el porcentaje de mujeres clientes porque ello no es pertinente para su misión, o bien no se esfuer-za por dirigirse a inversores en condiciones de com-prender el riesgo porque no recibe inversiones de particulares. Cuando esto ocurre, el proveedor debe documentar que el enunciado no es importante o pertinente para el proveedor. El proveedor puede hacerlo remitiéndose a los informes anuales, a la documentación sobre la gobernanza, a las auditorías externas o a otros documentos oficiales o que hayan sido objeto de verificación externa.

El primer motivo para la no aplicabilidad de los enuncia-dos se valida mediante la comprobación del tamaño del proveedor. Esto solo se aplica a los enunciados claramen-te indicados como aplicables a las grandes instituciones. En el caso de los otros dos motivos de inaplicabilidad, incumbe al proveedor documentar qué enunciados no son aplicables. El proveedor debe orientar al evaluador hacia los elementos específicos y pertinentes de la legislación que impiden que el proveedor aplique el enunciado en cuestión, o debe documentar que el enunciado se refiere

a un aspecto que, por alguna razón, no es importante o pertinente para el proveedor.

Los proveedores también pueden sugerir que no se les apliquen determinados enunciados porque no están de acuerdo con el enunciado o bien debido a la insuficiencia de los recursos para aplicarlos. Todo ello no debe aceptar-se como razones para no aplicar un enunciado. Cabe seña-lar que un proveedor puede decidir legítimamente no apli-car un enunciado, ya que puede alcanzar la calificación global – el nivel mínimo de cumplimiento del 80 % de los enunciados ponderados – sin aquel. Ello no se aplica a los enunciados prioritarios, que deben aplicarse para cumplir el Código con independencia de la calificación global.

Una vez que el evaluador ha comprobado el tamaño del proveedor, los enunciados aplicables y los documentos aportados, deben notificarse al proveedor los resultados de este proceso. Si no surgen problemas durante el pro-ceso, bastará con que el evaluador se ponga en contacto con el proveedor a fin de confirmar la ausencia de proble-mas y que la evaluación puede comenzar. Cuando falte documentación o esta sea inadecuada, o bien cuando el evaluador ponga en tela de juicio la justificación de algu-no de los enunciados que se consideren no aplicables por el proveedor, el evaluador debe notificarlo al proveedor, y permitirle responder a las preocupaciones planteadas.

4.4. Visión de conjunto de los enunciados, la ponderación y la calificación global

El Código se compone de un total de 186 enunciados que abarcan las relaciones entre clientes e inversores, la gobernanza, la gestión del riesgo, las normas comunes de información y los sistemas de gestión de la información (SGI). Existen tres tipos de enunciados: enunciados princi-pales, subenunciados y enunciados generales (cuadro 1).

Cuadro 1: Tipos de enunciadosEnunciados principales 107Subenunciados 69Enunciados generales 10Número total de enunciados 186

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Metodología del evaluador final

Existen 10 enunciados generales. Estos no son enuncia-dos per se, sino porque contienen una serie de subenun-ciados que requieren ser ejecutados. Ello significa que existen 176 enunciados que los proveedores pueden apli-car. De ellos, 69 son subenunciados, y 107 son enuncia-dos principales.

Por otra parte, los enunciados están ponderados en fun-ción de la importancia de cada uno (cuadro 2).

Existen tres niveles de ponderación: medio, alto y priorita-rio, y cada uno de ellos tiene una ponderación de 0,75, 1,00 y 1,25, respectivamente. Los subenunciados tienen una ponderación de nivel medio, a no ser que sean enun-ciados prioritarios, en cuyo caso será alto. La ponderación de los enunciados principales es de nivel alto, a menos que sean enunciados prioritarios, en cuyo caso se les asig-na el nivel de ponderación prioritario. A los enunciados generales no se les asigna ninguna ponderación. El total ponderado de todos los enunciados es 166. Con el fin de cumplir el Código, los proveedores deben cumplir todos los enunciados prioritarios y el 80 % del total ponderado de los enunciados. Ello se denomina «calificación global».

La ponderación se calcula automáticamente gracias a la herramienta de autoevaluación. La ponderación se calcu-la multiplicando cada enunciado por la ponderación asig-nada. El total ponderado de todos los enunciados aplica-bles se calcula como sigue:

Suma de los enunciados aplicables = (subenunciado aplicable x 0,75) +

(enunciados principales aplicables & subenunciados prioritarios x 1,00) + (enunciados prioritarios principales

aplicables x 1,25)

El total ponderado de todos los enunciados con los que se cumple se calcula como sigue:

Suma de los enunciados cumplidos = (subenunciado cumplido x 0,75) +

(enunciados principales & subenunciados prioritarios cumplidos x 1,00) +(enunciados prioritarios principales

cumplidos x 1,25)

El porcentaje de los enunciados cumplidos se calcula a continuación de la manera siguiente:

(suma de los enunciados x 100)(suma de los enunciados aplicables)

4.5. Evaluación del cumplimiento

La herramienta de autoevaluación del apéndice C espe-cifica lo que constituye el cumplimiento de cada uno de los enunciados. La definición del cumplimiento entra den-tro de una serie de categorías, entre las que se incluye: la existencia y el contenido de determinados documentos (p. ej., plan empresarial que aborde determinados aspectos); la existencia de procesos y procedimientos encaminados a prevenir o a promover determinadas prácticas (p. ej., evaluar la capacidad de reembolso para prevenir el sobreendeudamiento); la existencia y la documentación de los derechos de los clientes y de los inversores (p. ej., el derecho al reembolso anticipado consagrado en el con-trato de crédito); y la divulgación de determinadas infor-maciones o prácticas (p. ej., revelar la misión).

También existen algunas cuestiones transversales sobre el cumplimiento que el evaluador debe tener en cuenta, a saber:

● Contexto nacional: Es importante tener en cuenta el contexto nacional a la hora de evaluar el cumpli-miento de la normativa. Por una parte, pueden existir distintas definiciones de buenas prácticas reconoci-das en diferentes países. Las buenas prácticas se refieren a las prácticas recomendadas por las autori-dades de reglamentación, las organizaciones profe-sionales u otras entidades pertinentes. Por otra parte, los sistemas y los procesos establecidos por el proveedor reflejarán —o deben reflejar— el entorno

Cuadro 2: Tipos de enunciadosNivel de ponderación Medio Alto PrioritarioPonderación 0,75 1,00 1,25Enunciados Subenunciados Enunciados principales Enunciados principales Subenunciados prioritarios prioritariosNúmero de enunciados 53 110 13

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Código de conducta para la provisión de microcréditos en la UE

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en el que opera. Por ejemplo, los proveedores de paí-ses con una infraestructura limitada en materia de pagos electrónicos pueden tener que hacer un mayor hincapié en las visitas a los clientes como parte de la auditoría interna para verificar que los gestores de los préstamos recaudan la cantidad adecuada en reembolsos en comparación con los proveedores de los países con una infraestructura financiera muy desarrollada.

● Tipo de institución: El cumplimiento dependerá también del tipo de institución que constituye el pro-veedor. Los grandes proveedores que operan con varias oficinas o sucursales requerirán procedimien-tos, formación y sistemas más formales en relación con pequeños proveedores que tan solo disponen de una pequeña oficina.

● Cumplimiento en materia de actividades no relacionadas con los microcréditos: Muchos pro-veedores prestarán servicios o realizarán actividades no directamente relacionadas con los microcréditos según la definición de la Comisión Europea (présta-mos de hasta 25 000 EUR a microemprendedores), incluidos los préstamos de mayor cuantía, los micro-créditos personales, los préstamos para vivienda y los préstamos a empresas sociales. Ello plantea la cuestión de a qué parte del proveedor deben aplicar-se los enunciados, lo que depende, a su vez, del tipo del enunciado. Para enunciados que se refieren directamente a la puesta a disposición del préstamo (es decir, la aportación de información, el derecho al reembolso anticipado, la evaluación de la capacidad de reembolso, etc.), es suficiente que los proveedores demuestren que aplican estos enunciados a su car-tera de microcréditos, aunque pueden decidir aplicar-los también a sus demás productos. En lo que se refiere a los enunciados relacionados de manera más general con la estructura, la gestión y la gober-nanza del proveedor, cabe reconocer que puede que no sea práctico o deseable disponer de estructuras distintas para la cartera de microcréditos. Mientras el Consejo, los órganos de gestión y los procesos per-mitan la gestión y la gobernanza eficaces de las actividades de microcrédito (como ocurre con el Código), los proveedores no necesitan disponer de estructuras, órganos de gestión o Consejo distintos para estas actividades. Lo mismo se aplica a la audi-toría externa, los SGI y la gestión del riesgo. En cuan-

to a los enunciados relativos a la divulgación de la información, el proveedor debe revelar datos especí-ficos relativos a la cartera solamente en el caso de la cartera de microcréditos. En lo que se refiere a los indicadores a escala de la organización relativos a los costes operativos y financieros y a los ingresos, el proveedor puede basarse en datos relativos al con-junto de la organización, incluida la actividad no rela-cionada con los microcréditos, aunque en caso de que la actividad relacionada con los microcréditos constituya una pequeña parte de la actividad global sería conveniente intentar separar los costes relacio-nados con la concesión de microcréditos. Sea como sea, el proveedor debe especificar si los indicadores se refieren a la concesión de microcréditos solamen-te en caso de que afecten a la organización global.

4.6. Documentar el cumplimiento

Al cumplimentar la herramienta de autoevaluación, los proveedores indicarán qué enunciados cumplen. Incumbe a los proveedores documentar que cumplen efectiva-mente dichos enunciados. Los documentos que utilizará el proveedor para probar la conformidad pueden variar considerablemente. Es probable que los proveedores de mayor envergadura y más desarrollados dispongan de procedimientos escritos y formalizados. También pueden tener un mayor número de manuales y documentos estratégicos en comparación con los proveedores más pequeños y con menor antigüedad. Puede que estos dis-pongan de más orientación no escrita y que tengan que presentar documentos específicamente a los efectos de la evaluación.

No obstante, en el cuadro 3 se indican ocho tipos de docu-mentos que pueden ayudar a los proveedores a probar el cumplimiento y a los evaluadores a evaluarlo. La herra-mienta de autoevaluación sugiere un tipo de documento para cada apartado. También existen otras maneras posi-bles de evaluar el grado de cumplimiento, que se van a tratar a continuación en el cuadro.

Se hace hincapié en la revisión de la documentación como método principal. Los proveedores deberán presentar la documentación que describa sus sistemas y procesos. En los casos en que ello no sea adecuado o cuando sea pre-cisa más información, el evaluador puede tener que recu-

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Metodología del evaluador final

rrir a entrevistar a miembros del personal, a miembros del Consejo de administración y a otras partes interesadas. Además de los tipos de documentos del cuadro preceden-te, existe un proceso de verificación de los datos presen-tados en línea en el marco de JASMINE, que se expone detalladamente en el apartado 4.6.1.

Una forma alternativa de atestiguar el cumplimiento es incorporar la evaluación del cumplimiento de algunos o todos los enunciados en la auditoría externa. Los enun-ciados más adecuados para su incorporación a la audi-toría externa se refieren a la gestión del riesgo, espe-cialmente las secciones relativas a la «Gestión del ries-go de crédito», «Gestión del riesgo de fraude y aspectos de seguridad» y «Auditoría interna», y la mayor parte de los enunciados contenidos en el capítulo IV sobre las normas de presentación de informes. En lo relativo a los

enunciados que se refieren al cálculo y a la definición de indicadores (por ejemplo, el enunciado 4.1), es sufi-ciente que la auditoría establezca que el proveedor ha utilizado esta definición o cálculo para llegar a este indi-cador. No obstante, en el caso de enunciados que obli-guen al proveedor a aplicar medidas o sistemas ade-cuados, el auditor debe explicar cómo se cumple el enunciado y no limitarse a afirmar simplemente que el proveedor lo cumple.

4.6.1. Verificación de datos en línea en JASMINE

Al adherirse al Código, los proveedores se comprometen a revelar una serie de indicadores de rendimiento social y financiero en línea en JASMINE. Comprobar esta informa-ción antes de su publicación forma parte de las compe-

Cuadro 3: Documentación del cumplimiento

Plan empresarial: El plan empresarial puede ser utilizado para documentar el cumplimiento de una serie de enunciados ya que contiene información sobre la misión, la visión y el plan empresarial del proveedor, y visto que varios enunciados exigen que un proveedor de servicios disponga de un plan empresarial.

Política de concesión de préstamos o de crédito: La política de concesión de préstamos o de crédito puede incluir orien-taciones sobre la suscripción para los gestores de los créditos, las medidas en materia de cancelación y de garantía, los procedimientos de cobro de deudas y otros aspectos conexos. Este documento o grupo de documentos podrá utilizarse para demostrar el cumplimiento de una amplia gama de los enunciados, especialmente en los capítulos I y III del Código.

Política de recursos humanos y de personal: Esta política puede abarcar toda una gama de aspectos relacionados con el personal, incluida la formación del personal, las descripciones de los puestos de trabajo y los incentivos, y puede utili-zarse para documentar el cumplimiento de una amplia gama de enunciados.

Política o documentos en materia de gobernanza : Este documento o grupo de documentos puede incluir actas y docu-mentos del Consejo de administración y de las asambleas generales, normas del Consejo y el marco de gobernanza. Pueden ser pruebas del cumplimento de una serie de enunciados del capítulo II del Código.

Política o documentos de gestión del riesgo: Estos pueden incluir un registro de riesgos, procedimientos de auditoría interna, marco de riesgo global y descripciones de los controles internos, y son especialmente pertinentes para evaluar el cumplimiento de los enunciados en el capítulo III del Código.

Política o documentos relacionados con los clientes e inversores: Esta política puede incluir los contratos de crédito, el material de comercialización, los guiones para las entrevistas de concesión de préstamos y el folleto del inversor. También podrá incluirse en este punto la política de protección de datos, aunque es más probable que se recoja en los documentos sobre seguimiento y presentación de informes. La documentación del cliente y del inversor es especialmen-te pertinente para demostrar el cumplimiento de los enunciados del anexo I.

Política o documentos relacionados con la supervisión y la transmisión de información: Este documento o grupos de documentos pueden incluir la supervisión de los préstamos y de la morosidad, las descripciones de los SGI y los pro-cedimientos de protección de datos. Se refieren, en particular, a los enunciados de los capítulos IV y V.

Documentos sobre auditoría externa y contabilidad: Este grupo de documentos se refiere a la política contable del proveedor y puede incluir un informe de auditoría externa y documentos y descripciones afines de la política contable.

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Código de conducta para la provisión de microcréditos en la UE

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tencias de los evaluadores. Los datos que los proveedores han de presentar se detallan en la ficha de presentación de datos en línea de JASMINE en el apéndice F. Los datos presentados han de referirse al ejercicio financiero anual más reciente.

La índole y el alcance de la verificación dependerán del nivel de verificación independiente de la fiabilidad de los datos presentados. Según la metodología del Microbanking Bulletin, existen tres tipos de datos:

● Generados de forma independiente: Los datos más fiables son los generados por un tercero indepen-diente (es decir, una prestigiosa agencia de califica-ción) mediante un análisis financiero detallado.

● Respaldados por documentación adjunta: La segunda forma más fiable de datos es la que se apoya en cuentas auditadas, informes anuales, eva-luaciones independientes del programa o una docu-mentación similar producida o verificada por un ter-cero. Ello puede incluir los datos comunicados a las autoridades nacionales de reglamentación.

● Autorrespuesta: Los datos menos fiables son los que simplemente introduce el proveedor sin ningún tipo de verificación independiente.

En la medida de lo posible, los proveedores deben presen-tar datos que hayan sido generados de forma independien-te o que estén respaldados por documentación adjunta. En los casos en que los proveedores no presenten datos veri-ficados de forma independiente, el evaluador deberá prac-ticar las siguientes pruebas de coherencia y fiabilidad:

● Coherencia con otros datos presentados: El eva-luador debe comprobar en qué medida los datos facilitados son coherentes con los otros datos y la información facilitada por el proveedor. Por ejemplo, ¿son coherentes los ingresos financieros con el tipo de interés aplicado, el tamaño de la cartera y el por-centaje de provisión para impagos de créditos? Del mismo modo, si se divide por el número de personal, ¿parecen razonables los costes salariales a la luz de la renta media nacional correspondiente a estas categorías de personal?

● Coherencia con otros proveedores comparables: Cuando dichos datos estén disponibles, el evaluador puede comparar los datos relativos al proveedor con los de instituciones o proveedores similares que operen en la misma zona geográfica o región. Los indicadores que constituyan valores anómalos res-pecto de las cifras generales del grupo de institucio-nes deben ser comprobados con el proveedor. Este tipo de datos está disponible en la encuesta de los miembros de la Red Europea de Microfinanciación (EMN) y en la base de datos MIX (Intercambio de Información Microfinanciera).

● Solicitud de cotejar datos en bruto: El evaluador puede desear cotejar los datos en bruto utilizados para calcular o estimar el indicador en cuestión.

● Comprobación de datos por el Consejo de admi-nistración: El proveedor puede mejorar la fiabilidad de los datos haciendo que el Consejo de administra-ción los compruebe.

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Metodología del evaluador final

Una vez que el evaluador haya evaluado el cumplimiento del Código por parte del proveedor, será necesario redac-tar las conclusiones y comunicarlas al grupo de dirección y al proveedor, a quien ha de darse la oportunidad de res-ponder y de abordar las cuestiones planteadas en las con-clusiones. Esta sección proporciona cierta orientación e información sobre la manera en que pueden hacerlo los evaluadores.

5.1. Recomendaciones posteriores a la evaluación

El primer paso tras haber completado la evaluación es redactar las conclusiones y formular una recomendación sobre la concesión. En el apéndice E figura un modelo del informe del evaluador como ayuda para los proveedores. El informe se presenta al grupo de dirección, que adopta la decisión final sobre si se concede o no. También se envía

5. Después de la evaluación

al proveedor, junto con la carta de la decisión de concesión. El informe debe presentar los resultados y las recomenda-ciones de forma clara y concisa para permitir que el grupo director tome una decisión y permita al proveedor lograr la calificación global o mejorar el nivel de cumplimiento.

5.2. Verificación de las modificaciones posteriores a la evaluación

Tras haber sido informado de la decisión de concesión, el proveedor puede decidir realizar una serie de modificacio-nes para mejorar su nivel de cumplimiento o alcanzar su calificación global. Si es así, el proveedor presentará prue-bas de las modificaciones para su examen por el evalua-dor, que informará al grupo de dirección si las modificacio-nes son suficientes para garantizar el cumplimiento de la normativa.

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Apéndices

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Terminología de la evaluación

Calificación global: La calificación global se refiere al por-centaje mínimo de los enunciados ponderados que tienen que cumplir los proveedores, que es el 80 % de aquellos.

Evaluador: El evaluador es responsable de evaluar el cum-plimiento del Código por parte de los proveedores. El eva-luador solo formula una recomendación y el grupo director adopta la decisión definitiva sobre la concesión del certifi-cado de cumplimiento del Código.

Formulario de adhesión: Este formulario lo han de utili-zar los proveedores que deseen adherirse al Código.

Formulario de apoyo: Este formulario será utilizado por las organizaciones asociadas que deseen apoyar el Código.

Grupo director: El grupo director está compuesto por expertos del sector y por representantes de la Comisión y de la organización principal de los evaluadores. El grupo tiene por objetivo decidir sobre la concesión del certificado de cumplimiento sobre la base de la recomendación del evaluador. El grupo estudiará también los recursos y recla-maciones que se presenten sobre la evaluación.

Herramienta de autoevaluación: La herramienta de autoevaluación está destinada a ayudar tanto a los pro-veedores como a los evaluadores a evaluar el cumplimien-to detallando lo que constituye el cumplimiento y la pon-deración que se asigna a cada uno de los enunciados. La herramienta permite también a los proveedores y a los evaluadores calcular la proporción de los enunciados que el proveedor respeta en relación con la calificación global. Se puede encontrar más información sobre el modelo en la sección 3.1.1 de la «Metodología del evaluador» y la sec-ción X de las «Directrices para los proveedores».

Ponderación: Los enunciados son objeto de ponderación de acuerdo con la importancia de cada uno de ellos. Existen tres niveles de ponderación: medio, alto y prioritario.

Proveedor: Es la denominación abreviada de «proveedor de microcréditos» y se aplica a toda organización que manifieste interés en suscribir el Código.

Punto de contacto designado: Se trata de la Dirección General de Política Regional y Urbana, que es el primer punto de contacto para las organizaciones que deseen adherirse al Código.

Documentación del cumplimiento

Plan empresarial: El plan empresarial puede ser utilizado para documentar el cumplimiento de una serie de enun-ciados, ya que contiene información sobre la misión, la visión y la planificación de las actividades del proveedor, teniendo en cuenta que varios enunciados requieren que el proveedor disponga de un plan empresarial.

Política de préstamo o crédito: La política de concesión de préstamos o de crédito puede incluir directrices sobre la suscripción para los gestores de los créditos, medidas en materia de cancelación y de garantía, procedimientos de cobro de deudas y otros aspectos conexos. Este documen-to o grupo de documentos podrá utilizarse para demostrar el cumplimiento de una amplia gama de los enunciados, especialmente en los capítulos I y III del Código.

Política de recursos humanos y de personal: Esta polí-tica puede abarcar toda una gama de aspectos relaciona-dos con el personal, incluida la formación del mismo, las descripciones de los puestos de trabajo y los incentivos, y puede utilizarse para documentar el cumplimiento de una amplia gama de enunciados.

Política o documentos de gestión del riesgo: Estos pue-den incluir un registro de riesgos, procedimientos de audi-toría interna, el marco de riesgo global y descripciones de los controles internos, y son especialmente pertinentes para evaluar el cumplimiento de los enunciados en el capí-tulo III del Código.

Glosario

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Metodología del evaluador final

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Política o documentos en materia de gobernanza: Este documento o grupo de documentos puede incluir actas y documentos del Consejo de administración y de las asam-bleas generales, normas del Consejo y el marco de gober-nanza. Pueden ser pruebas del cumplimento de una serie de enunciados del capítulo II del Código.

Política o documentos relacionados con la supervisión y la transmisión de información: Este documento o gru-pos de documentos pueden incluir la supervisión de los préstamos y de la morosidad, las descripciones de los SGI y los procedimientos de protección de datos. Se refieren, en particular, a los enunciados de los capítulos IV y V.

Política o documentos relacionados con los clientes e inversores: Estos pueden incluir los contratos de crédito, el material de comercialización, los guiones para las entre-vistas de concesión de préstamos y el folleto del inversor. También podrá incluirse en este punto la política de pro-tección de datos, aunque es más probable que se recoja en los documentos sobre seguimiento y presentación de informes. La documentación del cliente y del inversor es especialmente pertinente para demostrar el cumplimiento de los enunciados del capítulo I.

Glosario técnico

Análisis de los estados financieros: Proceso para deter-minar los puntos fuertes y las deficiencias financieras de una organización, mediante el análisis de la relación entre las partidas del balance y la cuenta de pérdidas y ganan-cias.

Análisis de varianza: Cálculo de la diferencia entre los niveles de costes o ingresos reales y los presupuestados o previstos y determinación de las causas de la diferencia o varianza.

Auditoría externa: «Una auditoría externa es un examen formal e independiente de los estados financieros de una entidad, sus registros, transacciones y operaciones, reali-zado por contadores profesionales para dar credibilidad a los estados financieros y otros informes de la gerencia, asegurar una adecuada rendición de cuentas de los fondos de donantes o identificar puntos débiles en los controles y sistemas internos. El alcance de las auditorías externas

puede diferir en medida considerable según los objetivos de cada auditoría».1

Cancelaciones: Según las Directrices acordadas para las microfinanzas, los créditos que han sido cancelados se han reconocido, a efectos contables, como incobrables. El pro-cedimiento por el que se reconoce que un crédito es inco-brable se denomina «cancelación». La cancelación es un procedimiento contable por el que se elimina el saldo pen-diente de pago del préstamo de la cartera de préstamos bruta y del fondo de insolvencias. Por tanto, la cancelación no afecta al saldo de la cartera de préstamos neta, al total del activo ni a ninguna cuenta patrimonial, a no ser que la reserva para insolvencias fuese insuficiente para cubrir la cuantía cancelada.

Cartera en riesgo (PAR): Valor de los préstamos pendien-tes que tienen uno o más pagos de mora durante más de un determinado número de días. Con frecuencia se expre-sa mediante un porcentaje y se desglosa en categorías en función del número de días de mora.

Conflicto de intereses: Los conflictos de intereses inclu-yen actividades de préstamo a partes vinculadas (inicia-dos), contratación de miembros de la familia, desplaza-mientos costosos del Consejo de administración que tienen un valor reducido para la organización y la prestación de servicios a un proveedor por un miembro del Consejo o del personal. «Una transacción con partes vinculadas [...] con-siste en que los miembros del Consejo de administración realizan una actividad que beneficia a una institución de cuyo Consejo son miembros en detrimento de otra institu-ción de cuyo Consejo también son miembros».2 «Se deben declarar los préstamos a personas vinculadas con el pres-tamista, con indicación del monto pendiente de pago, la tasa de interés, la garantía y el estado de los reembolsos correspondientes a cada préstamo concedido a los inte-grantes de la administración, del órgano de gobierno de la institución microfinanciera o a otras personas relacionadas con ellos. Los préstamos de bajo monto a que general-mente tienen acceso todos los empleados pueden decla-rarse indicando solamente el monto total y el número de

1 Fuente: CGAP (1998). Auditoría externa de instituciones de microfinanzas – Guía práctica; volumen 1. Serie de instrumentos técnicos nº 3. Diciembre de 1998.

2 Rock, R., Otero, M. y Saltzman, S. (1998), Principles and Practices of Microfinance Governance, ACCION International, p. 43

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esos préstamos que se encuentran pendientes, junto con la tasa de interés y una indicación del grado de morosidad. Se deben describir en detalle las políticas que se aplican para tales préstamos».3

Estado de flujos de efectivo: Indica el origen y la utiliza-ción del efectivo de una organización a lo largo del tiempo con arreglo a las actividades que generan ingresos, activi-dades inversoras (gasto destinado a generar renta futura) y actividades de financiación (pagos de o a inversores, prestatarios y proveedores de fondos).

Fondos no restringidos: Subvenciones, inversiones o donaciones que pueden utilizarse a discreción de la orga-nización beneficiaria.

Fondos restringidos: Subvenciones, inversiones o dona-ciones que requieren la utilización de fondos de manera específica o para un fin específico con arreglo a los deseos del proveedor de fondos, tal como el servicio de los fondos prestados. Los fondos pueden destinarse a la prestación de una serie de servicios a un grupo destinatario específi-co o a cubrir determinados costes (por ejemplo, salario, equipos, etc.).

Garantía: La garantía tradicional suele hacer referencia a los títulos de propiedad, mientras que la garantía no tradi-cional se refiere más bien a las garantías personales, los activos de los hogares y el ahorro forzoso. Los sustitutos de la garantía hacen referencia a garantías equiparables.

Junta General anual: Junta de de directores y accionistas de una empresa de sociedades anónimas. Con frecuencia exigida por ley, la Junta General anual (a veces denomina-da Asamblea anual), aprueba las cuentas anuales, elige a los miembros del Consejo de administración y se ocupa de otros asuntos.

Matriz de riesgo: La matriz de riesgo o registro detecta los riesgos, determina la probabilidad y la gravedad de estos (por ejemplo, baja, moderada o elevada), y establece un perfil de riesgo global que combina ambos aspectos (pro-babilidad y gravedad). Otro instrumento es una matriz de gestión de riesgos, que incorpora la calidad de la gestión

3 Rosenberg et al. (2003), Directrices acordadas para las microfinanzas – Guías para la publicación de información financiera de las instituciones microfinancieras, CGAP/Grupo del Banco Mundial, p. 38.

del riesgo en términos de control del riesgo (por ejemplo, elevado, aceptable o bajo).

Morosidad: La morosidad en el contexto de la provisión de microcréditos es un sinónimo de impago. Se considera que existe morosidad en materia crediticia cuando se han deja-do de efectuar dos o más pagos.

Pista de auditoría: Pista en soporte papel o electrónico, que sigue paso a paso el historial documentado de una transacción. Permite la trazabilidad de los datos financie-ros del libro mayor al documento de origen (por ejemplo la factura, el recibo, etc.). El libro mayor es una fuente de información contable de una organización que resume todas las transacciones financieras durante el período con-table.

Plan empresarial: Documento detallado que describe los objetivos financieros y operativos pasados, presentes y futuros de una empresa u organización. Constituye la hoja de ruta de la actividad de una organización durante un plazo determinado, por lo general de 3 a 5 años. Guía las políticas y estrategias de la organización, y se apoya en datos financieros.

Porcentaje anual: Porcentaje anual aplicado a los empréstitos, expresado como un número porcentual único que representa el coste real anual de los fondos durante la duración del préstamo. Incluye los posibles honorarios o costes adicionales asociados con la transacción.

Préstamo garantizado: Préstamo a cambio de la pigno-ración de un activo como garantía. Si el préstamo no es reembolsado, el prestamista puede recuperar la garantía para hacer frente a sus pérdidas.

Préstamos reprogramados: Proceso de renegociación o modificación de «los pagos de capital originalmente pro-gramados».4

Previsión: Herramienta de planificación que utiliza datos anteriores y actuales para producir proyecciones para un período dado del futuro sobre la base de una serie de hipó-tesis. Dada la posible incertidumbre asociada a la previ-sión, es común asignar una serie de valores a los factores

4 Directrices acordadas para las microfinanzas.

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Metodología del evaluador final

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de incertidumbre, conocido como un análisis de sensibili-dad.

Quórum: Número mínimo de agentes y miembros de un comité u organización, normalmente una mayoría, que deben estar presentes para la validez de las transacciones comerciales.

Refinanciación de los préstamos: Desembolso de prés-tamos a fin de permitir al prestatario reembolsar présta-mos anteriores que de otro modo habría sido incapaz de pagar.

Riesgo de crédito: Riesgo para los ingresos o el capital, debido al incumplimiento por un cliente de las condiciones del contrato de préstamo. Se trata principalmente del ries-go de que los prestatarios no devuelvan el préstamo.

Servicios de desarrollo empresarial: Los servicios de desarrollo empresarial pueden definirse como «una amplia gama de servicios no financieros que impulsan la competi-tividad mediante la mejora de la productividad, de la con-cepción de los productos, de la oferta de servicios y/o del acceso al mercado. Las principales categorías de servicios de desarrollo empresarial son: la formación para la gestión, la formación profesional, la ayuda a la comercialización (insumos y productos), el acceso a la tecnología, la asis-tencia técnica, la productividad y el diseño de productos, la contabilidad y los servicios jurídicos y el acceso a diversos tipos de información (acerca de normas, reglamentos e ideas en el ámbito empresarial)».5

Tipo de préstamo: Tipo de interés expresado como por-centaje fijo o variable aplicado con carácter anual al importe del crédito utilizado.

5 Sievers, M. y Vandenberg, P. (2007). Synergies through Linkages: Who Benefits from Linking Micro-Finance and Business Development Services?, World Development 35(8), págs. 1341-1358, p. 1341.

Código de conducta para la provisión de microcréditos en la UE

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Nombre de la organización: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Nuestra organización se ha comprometido a ofrecer servicios de calidad a sus clientes.

Al objeto de lograr este objetivo, nos adherimos al

«Código de conducta para la provisión de microcrédi-tos en la UE»Nos comprometemos a poner en práctica este Código en un plazo de 18 meses a partir de la fecha de la firma del pre-sente formulario de adhesión. Con este fin, procederemos a evaluar la situación real de la aplicación de los enunciados del Código en nuestra organización, cumplimentando para ello la herramienta de autoevaluación facilitada por la Comisión, y la actualizaremos periódicamente (cada 6 meses) a la luz de los avances registrados en el cumplimiento de las disposiciones del Código.

Damos nuestro consentimiento a la publicación de nuestro compromiso en los sitios web de la Comisión Europea.

Reconocemos que los enunciados pueden cambiar en función de la evolución de las buenas prácticas reconocidas, una vez realizadas las consultas adecuadas.

Consejero Delegado:

Nombre y apellidos* . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Firma . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Fecha . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Miembros de la Junta Directiva:

Nombre y apellidos* . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Fecha . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Datos de contacto:

Nombre y apellidos* . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

(* EN LETRAS DE IMPRENTA)

Formulario De Adhesión

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JASMINE EN LÍNEA - Campos Del Código De Buena Conducta

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I. RELACIONES CON CLIENTES E INVERSORES

C1 Tipo deudor I 1.1 Los proveedores de microcréditos harán constar los costes del préstamo en su publicidad Esto incluirá el tipo deudor, las tasas y un ejem-plo ilustrativo.

Número

C2 Tasas I 1.1 Número

C3 Ejemplo ilustrativo de tasas

I 1.1 Número

C4 Costes como porcentaje anual

I 1.2 Los proveedores de microcréditos informarán de los costes como porcentaje anual de cargas financieras Este enunciado se considera un enunciado priori-tario porque informar del coste del endeuda-miento es crucial para que el cliente pueda tomar decisiones financieras fundadas. El porcentaje anual de cargas financieras deberá figurar en el contrato de crédito y en todo el material publici-tario. Hace referencia al valor anual de todos los compromisos, detracciones de crédito, reembol-sos y cargas, junto con las tasas e impuestos pagados por el cliente y conocidos por el presta-mista.

Número

II. GOBERNANZA

G1 Consejo de administra-ción

I 2.11 Comunicación pública de los miembros del con-sejo

Texto (varios nombres)

G2 Información de provisión para impagos de crédito

I 3.11 Los proveedores de microcréditos deberán comunicar su metodología en materia de provi-siones para impagos de créditos a sus entida-des financiadoras e inversores.

Texto con posibilidad de carga de documen-tos

IV. NORMAS COMUNES EN MATERIA DE NOTIFICACIÓN

NORMAS COMUNES DE NOTIFICACIÓN FINANCIERA

F1 Cartera actual de présta-mos

I = suma de todos los préstamos (campo introducido, no calculado)

4.1.1 Hace referencia al valor vivo del total de los prés-tamos que no tienen ningún tramo de capital principal en situación de mora, excluidos los inte-reses devengados. Véase el Código de conducta europeo, capítulo 4: Normas comunes en materia de notificación

Número

F2 Cartera bruta de présta-mos

C F3 + F4 + F5

= préstamos actuales + préstamos vencidos + préstamos reestruc-turados

4.1.2 Hace referencia al saldo del capital adeudado de todos los préstamos pendientes, incluidos los préstamos actuales, vencidos o reestructurados, pero no los préstamos cancelados ni los intereses pendientes de cobro. Véase el Código de conducta europeo, capítulo 4: Normas comunes en materia de notificación

Número

F3 Préstamos actuales I Número

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F4 Préstamos vencidos I Número

F5 Préstamos reestructura-dos

I Número

F6 Cartera neta de présta-mos

C F2 - F7 = cartera bruta de préstamos - provisión por deterio-ro del valor

4.1.3 La cartera de préstamos netos se calcula res-tando la pérdida por deterioro del valor de la cartera bruta de préstamos. Véase el Código de conducta europeo, capítulo 4: Normas comunes en materia de notificación

Número

F7 Provisión por deterioro del valor

I Número

F8 Prestatarios activos I entrada manual 4.1.4 Los prestatarios activos son aquellos que actualmente tienen saldo vivo del préstamo con el proveedor del microcrédito o son los principa-les responsables de la devolución de alguna parte de la cartera bruta de préstamos. Las per-sonas que contraen múltiples préstamos con un proveedor de microcréditos se consideran un único prestatario. Véase el Código de conducta europeo, capítulo 4: Normas comunes en materia de notificación

Número

F9 Ingresos financieros C F10 + F11 = ingresos financieros de la cartera de prés-tamos + ingresos financieros de las inversiones en préstamos

4.1.5 Número

F10 Ingresos financieros de la cartera de préstamos

I Los ingresos financieros de la cartera de présta-mos son los ingresos procedentes de intereses percibidos, honorarios y comisiones (incluidas las comisiones por demora y sanciones) de la cartera bruta de préstamos únicamente. Incluye los intereses pagados en efectivo y los intereses devengados pero pendientes de pago.

Número

F11 Ingresos financieros de las inversiones

I Los ingresos financieros procedentes de las inversiones son los ingresos procedentes de intereses, dividendos u otros pagos generados por activos financieros distintos de la cartera bruta de préstamos, tales como depósitos con devengo de intereses, certificados de depósito y obligaciones del Tesoro. Incluyen los intereses pagados en efectivo y los intereses devengados pero pendientes de pago.

Número

F12 Ingresos de explotación C F9+F13 = ingresos financieros + ingresos de «otros servicios financieros»

4.1.6 Número

F13 Ingresos de «otros servi-cios financieros»

I honorarios y comisiones por servicios financieros de carácter no crediticio no considerados ingre-sos financieros. Puede incluir los ingresos asocia-dos a préstamos, tales como los derechos de ins-cripción, las tarjetas ATM, los gastos de transfe-rencia y otros servicios financieros, tales como los servicios de pago o seguro. Puede incluir las ganancias o pérdidas en moneda extranjera netas.

Número

F14 Gastos de personal I Entrada manual 4.1.7 Incluye los sueldos y salarios y otras retribucio-nes a corto plazo de los empleados, gastos por prestaciones tras la jubilación, indemnizaciones por cese, transacciones con pagos basados en acciones, otras prestaciones a largo plazo y demás retribuciones a los empleados.

Número

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F15 Gastos administrativos I Entrada manual 4.1.8 Incluye los gastos no financieros, excluido el personal directamente vinculado con la presta-ción de servicios financieros u otros servicios que formen parte integrante de la relación de una institución microfinanciera con los clientes en el ámbito de servicios financieros.

Número

F16 Gastos financieros I Entrada manual 4.1.9 Incluye todos los intereses, honorarios y comi-siones derivados de todos los pasivos, incluidas las cuentas de depósitos de clientes en poder de la institución microfinanciera, los emprésti-tos comerciales y en condiciones favorables, las hipotecas y otros pasivos. Puede incluir los gas-tos de la creación de líneas de crédito. Incluye los intereses devengados y pagados.

Número

F17 Cartera en riesgo - PAR30

I Entrada manual 4.1.10 Hace referencia al valor de todos los préstamos pendientes que tienen uno o más tramos de prin-cipal en situación de mora durante más de un número de días determinado. Incluye el saldo total del principal no pagado, tanto en mora como los plazos futuros, pero no los intereses devengados. No incluye los préstamos reestruc-turados o reprogramados. Como mínimo, los pro-veedores deben evaluar la cartera en riesgo a 30 o 45 días. Es aconsejable que los proveedores notifiquen el PAR 30, ya que es la medida reco-nocida internacionalmente.

Número

F18 Cartera en riesgo - PAR45

I Entrada manual 4.1.10 Hace referencia al valor de todos los préstamos pendientes que tienen uno o más tramos de prin-cipal en situación de mora durante más de un número de días determinado. Incluye el saldo total del principal no pagado, tanto en mora como los plazos futuros, pero no los intereses devengados. No incluye los préstamos reestruc-turados o reprogramados. Como mínimo, los pro-veedores deben evaluar la cartera en riesgo a 30 o 45 días. Es aconsejable que los proveedores notifiquen el PAR 30, ya que es la medida reco-nocida internacionalmente.

Número

F19 Cancelaciones I Entrada manual 4.1.11 Valor de los préstamos reconocidos como inco-brables a efectos contables. La cancelación es un procedimiento contable que elimina el saldo pen-diente del préstamo de la cartera bruta de prés-tamos y de la provisión por deterioro del valor, pero que no afecta a la cartera neta de présta-mos, los activos totales o la cuenta de capital. Cuando la provisión por deterioro del valor es insuficiente para cubrir el importe cancelado, el importe excedente da lugar a pérdidas por dete-rioro adicionales sobre los préstamos.

Número

F20 Gastos de provisión y reserva por deterioro del valor

I Entrada manual 4.1.12 La provisión o reserva por deterioro del valor del préstamo es la parte de la cartera bruta de préstamos que ha sido objeto de provisión en previsión de las pérdidas por impago.

Número

F21 Activos I Entrada manual 4.1.13 Suma de propiedades, instalaciones y equipo, inmuebles de inversión, fondo de comercio, acti-vos intangibles distintos del fondo de comercio, otros activos financieros, préstamos y títulos de crédito, inversiones contabilizadas según el método de equivalencia, activos biológicos, acti-vos no corrientes clasificados como mantenidos para la venta, existencias, activos por impues-tos corrientes, activos por impuestos diferidos, activos comerciales y otros derechos pendien-tes de cobro y efectivo y equivalentes de efecti-vo.

Número

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F22 Pasivos I ¿Entrada manual? 4.1.14 Suma del total de los intercambios comerciales y otras cuentas a pagar, provisiones por presta-ciones a empleados, otras provisiones, ingresos ordinarios diferidos, otros pasivos financieros, otros pasivos no financieros, pasivos por impuestos corrientes, pasivos por impuestos diferidos y pasivos incluidos en grupos enajena-bles clasificados como mantenidos para la venta.

Número

F23 Ratio de sostenibilidad operativa

F12 / (F16 + F27 + F17 + F18)

Ingresos de explota-ción / (gastos financieros + provisión para présta-mos incobrables + gastos de personal + gastos administrati-vos)

4.1.15 Este enunciado se considera un enunciado prio-ritario, ya que es un indicador fundamental del rendimiento de un proveedor de microcréditos. Evalúa en qué medida el prestador cubre sus costes mediante los ingresos de explotación. Se calcula mediante la siguiente fórmula: Ingresos de explotación / (gastos financieros + provisión para préstamos incobrables + gastos de personal + gastos administrativos)

Número

F24 Provisión para préstamos incobrables

I Entrada manual 4.1.12 Número

F25 Ratio de sostenibilidad financiera

F12 / (F16 + F24 + F14 + F15 + F34)

Ingresos de explota-ción / (gastos financieros + provisión para présta-mos incobrables + gastos de personal + gastos administrativos + ajustes por subven-ción)

4.1.16 El índice de sostenibilidad financiera evalúa la capacidad del prestador para cubrir sus costes mediante los ingresos de explotación, teniendo en cuenta los ajustes por subvención. Los ajus-tes por subvención son ingresos y gastos hipo-téticos que tienen en cuenta el coste de los fon-dos subvencionados y las subvenciones en especie con objeto de facilitar la comparación del rendimiento entre organizaciones. Se calcula mediante la siguiente fórmula: Ingresos de explotación / (gastos financieros + provisión para préstamos incobrables + gastos de personal + gastos administrativos + ajustes por subvención)

Número

F26 Ajustes del costes de los fondos subvencionados

C F31 - F32 (solo se ajusta si es positivo)

4.1.17 Los ajustes de costes de los fondos subvencio-nados representan la diferencia entre los gastos financieros de la institución microfinanciera y los gastos financieros que debería pagar si toda la financiación se hubiera realizado a precios de mercado. Por lo general, se calcula multiplican-do la media de los pasivos financieros de la ins-titución microfinanciera por un precio sombra – tipo de interés de mercado – y restando los gastos financieros reales. La diferencia es el importe del ajuste y se trata como un gasto.

Número

F27 Préstamos del año ante-rior

I Entrada manual 4.2.2 Préstamos del proveedor de microcréditos del año anterior

F28 Préstamos de este año I Entrada manual Préstamos del proveedor de microcréditos de este año

F29 Promedio de préstamos C (F27 + F28) / 2

F30 Precios de mercado I Automático (relativo al país o región seleccio-nado)

Tipo sombra - se explorará en el proyecto piloto o se acordará con el FEI o con la Comisión

Enlace a datos

F31 Coste de los fondos a precio de mercado

C F29 * F30

F32 Gastos financieros de los préstamos

I Entrada manual Gastos financieros de los préstamos declarados por el proveedor de microcréditos

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F33 Ajuste de subvención en especie

I Se explorará en el pro-yecto piloto

El ajuste de subvención en especie consiste en la diferencia entre lo que paga realmente la ins-titución microfinanciera por los bienes o servi-cios y lo que tendría que pagar por el mismo bien o servicio en el mercado abierto. Estos ajustes son hipotéticos y no se incluyen en la contabilidad anual del proveedor.

Número

F34 Ajustes de subvención C F26 + F33 4.1.17 Ajustes a las ratios de sostenibilidad teniendo en cuenta las subvenciones.

Número

NORMAS COMUNES DE NOTIFICACIÓN SOCIAL

R1 Función social 4.2.1 "Este enunciado se considera un enunciado prio-ritario, porque revelar la función social contribu-ye a aumentar la transparencia en relación con un aspecto clave del modelo comercial del proveedor. "

Texto

R2 Número total de présta-mos desembolsados este año

I Entrada manual 4.2.2

R3 Valor total de préstamos desembolsados este año

I Entrada manual 4.2.2

R4 Tamaño medio de los préstamos desembolsa-dos

C R3 / R2 4.2.2 Número

R5 Tamaño medio de los préstamos desembolsa-dos como % de la renta nacional bruta

I Entrada manual 4.2.3 Número

R6 Renta nacional bruta per cápita

C Automático (relativo al país o región seleccio-nado)

Enlace

R7 Tamaño medio de los préstamos desembolsa-dos como % de la renta nacional bruta

C (R5 / R6 ) * 100

R8 Número total de clientes C F8 Número

R9 Número total de clientes mujeres

I 4.2.4 Número

R10 % de mujeres prestata-rias

C (R10 / R8) * 100

R11 Número de clientes urba-nos/rurales

Entrada manual

4.2.5 Seleccione urbano o rural Enlace

R12 % de clientes urbanos/rurales

C (R11 / R8) * 100

4.2.5 Cuadro de lista

R13 Umbral de pobreza C Automático (relativo al país o región seleccio-nado)

4.2.6 Nivel de ingresos definido en la nación o región por debajo del cual se considera que un hogar es pobre

Enlace

R14 Número de clientes por debajo del umbral de la pobreza

I Entrada manual 4.2.6

R15 % de clientes por debajo del umbral de la pobreza

C (R14 / R8) * 100

4.2.6

R16 Número de clientes con acceso a financiación de curso normal

Entrada manual 4.2.7 Número

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R17 % de clientes con acceso a financiación de curso normal

C (R16 / R8) * 100

4.2.7 Número

R18 Número de clientes per-tenecientes a minorías étnicas

Entrada manual 4.2.8 Cuadro de lista + texto (por com-probar)

R19 % de clientes pertene-cientes a minorías étni-cas

C (R18 / R8) * 100

4.2.8

R20 Número de préstamos para empresas de nueva creación

I Entrada manual 4.2.9

R21 % de préstamos para empresas de nueva crea-ción

C (R20 / R2) * 100

4.2.9 Número

R22 Número de clientes que reciben prestaciones sociales

Entrada manual 4.2.10

R23 % de clientes que reciben prestaciones sociales

C (R23 / R8) * 100

42.1 Número

NORMAS COMUNES DE DIVULGACIÓN DE LA INFORMACIÓN

R24 Número de prestatarios activos

C F8 4.4.1 Los proveedores de microcréditos revelarán anualmente los siguientes indicadores Enunciado 4.4.1: Número de prestatarios acti-vos Número de personas que tienen actualmente un saldo vivo del préstamo con el proveedor o son los responsables principales de la devolución de una parte de la cartera bruta de préstamos. Las personas que contraen múltiples préstamos con un proveedor de microcréditos se consideran como un único prestatario.

Número

R25 Número de préstamos emitidos

I qq 4.4.2 Número

R26 Valor total de los présta-mos emitidos

I 4.4.2 Número

R27 Número de préstamos pendientes

I 4.4.2 Número

R28 Valor total de los présta-mos pendientes

I 4.4.2 Número

R29 Valor de la cartera actual I 4.4.3 Número

R30 Valor de la cartera bruta I 4.4.3 Número

R31 Valor de la cartera neta I 4.4.3 Número

R32 Cartera en riesgo - PAR 30

C F17 4.4.4 Los proveedores revelarán el PAR a 30 o 45 días. Es aconsejable que los proveedores notifiquen el PAR 30, ya que es la medida reconocida inter-nacionalmente.

Número

R33 Cartera en riesgo - PAR 45

C F18 4.4.4

R34 Valor total de los activos y los pasivos

C F21 4.4.5 Número

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Código de conducta para la provisión de microcréditos en la UE

31

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cam

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Tipo

de ca

mpo

R35 % del coste por présta-mo subvencionado

? 4.4.8 Número

R36 Número total de emplea-dos

I Entrada manual 4.4.9 Número

R37 Número total de ges-tores de créditos

I Entrada manual 4.4.9 Número

R38 Número total de solicitan-tes

I Entrada manual

R39 Número total de recla-maciones presentadas por los solicitantes en el año actual

I Entrada manual 4.5 Todas las cuestiones que notifique un solicitan-te, o un cliente actual o pasado, a través de los procedimientos formales pertinentes deberán registrarse como reclamación.

Número

R40 Reclamaciones en por-centaje de solicitantes

C (R39 / R38) * 100

4.5

R41 Número total de clientes pasados

I Entrada manual 4.5

R42 Número total de recla-maciones presentadas por clientes pasados

I 4.5 Número

R43 Reclamaciones en por-centaje de clientes pasa-dos

C (R42 / R41) * 100

4.6

R44 Número total de recla-maciones presentadas por clientes actuales

I Entrada manual 4.6 Todas las cuestiones que notifique un solicitan-te, o un cliente actual o pasado, a través de los procedimientos formales pertinentes deberán registrarse como reclamación.

Número

R45 Reclamaciones en por-centaje de clientes actuales

C (R44 / F8) * 100

4.6

Reclamaciones en por-centaje de solicitantes y de clientes actuales y pasados

C 4.6.2 Este enunciado se considera un enunciado prio-ritario ya que la información y la comunicación contribuyen a promover la disciplina de merca-do y a mejorar la atención al cliente.

Número

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32

Metodología del evaluador final

Acerca del proveedor

El informe del evaluador debe contener una breve descrip-ción del proveedor. Dicha descripción ha de incluir su nom-bre, dónde opera, cuál es su forma institucional y jurídica, qué servicios ofrece, su tipo de cartera de microcréditos y un breve historial del proveedor. El evaluador también puede utilizar esta sección para destacar aquellos aspec-tos del proveedor que sean pertinentes de cara al cumpli-miento; por ejemplo, si un proveedor depende en gran medida de operaciones en efectivo, lo que afecta a las dis-posiciones en materia de gestión del riesgo.

Aplicabilidad

En esta sección, el evaluador especificará el número de enunciados aplicables y la ponderación total de dichos enunciados. En aquellos casos en que el proveedor y el evaluador no estén de acuerdo sobre si un enunciado es aplicable o no, el evaluador debe hacerlo constar en esta sección. También se debe incluir la conclusión sobre el des-acuerdo y el razonamiento subyacente (p. ej. clasificar un enunciado como no aplicable contra la opinión del provee-dor).

Formato del informe del evaluador

Cumplimiento

Esta sección debe comenzar con algunas observaciones generales sobre el cumplimiento, incluida la proporción de enunciados cumplidos en relación con la calificación glo-bal. El evaluador también debe hacer constar cualesquiera fuentes generales de incumplimiento. Por ejemplo, si exis-ten dudas de carácter general acerca de la política crediti-cia que conducen al incumplimiento de una serie de enun-ciados. En esta sección, el evaluador ha de enumerar los enunciados que los proveedores declaran cumplir, mientras que los evaluadores no están de acuerdo. Respecto de cada uno de estos enunciados, debe facilitarse una expli-cación de por qué el proveedor no cumple el enunciado. El evaluador ha de ser capaz de obtener esta información de la columna «Comentario del evaluador – Cumplimiento» en la herramienta de autoevaluación.

Recomendación

Al final del informe, el evaluador debe ofrecer una reco-mendación sobre si ha de reconocerse el cumplimiento del Código por parte del proveedor. Cuando el evaluador reco-miende no reconocer el cumplimiento por parte del provee-dor, debe explicar por qué, detallar las medidas que el pro-veedor deberá adoptar para lograr el cumplimiento e indi-car todo tipo de apoyo o de recursos que necesite el pro-veedor para efectuar dichos cambios

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Número de referencia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Fecha . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Dirección . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Muy señora mía / Muy señor mío:

Le escribo en relación con la evaluación del cumplimiento del Código de conducta para la provisión de microcréditos en la UE (en lo sucesivo, «el Código») por parte de [NOMBRE DEL PROVEEDOR] .

Me complace informarle de que el día [FECHA], el grupo de dirección reconoció formalmente que [NOMBRE DEL PROVEEDOR] cumple el Código. Le adjunto el certificado de cumplimiento. El certificado es válido hasta [FECHA], momen-to en el que [NOMBRE DEL PROVEEDOR] habrá de someterse a una nueva evaluación de cumplimiento.

La decisión del grupo de dirección se ha basado en el informe del evaluador sobre [NOMBRE DEL PROVEEDOR] presen-tado por [NOMBRE DEL EVALUADOR] el día [FECHA] (véase adjunto). [NOMBRE DEL EVALUADOR] ha considerado que [NOMBRE DEL PROVEEDOR] cumple todos los enunciados prioritarios y el X % de los enunciados del Código. Ello es supe-rior a la calificación global del 80 %.

Resumen de comentarios por parte del evaluador (es decir, relativos a la aplicabilidad / al cumplimiento de los enuncia-dos, elementos que pueden ser objeto de mejora, etc.)

Resumen de comentarios por parte del grupo de dirección (es decir, elementos de disconformidad con el evaluador, siguien-tes etapas propuestas)

Si tiene usted alguna pregunta o comentario, no dude en ponerse en contacto conmigo.

Muchas gracias. Reciba un atento saludo.

FIRMADO PRESIDENTA/PRESIDENTE DEL GRUPO DE DIRECCIÓN

Formato de la carta de concesión - Ejemplo

Código de conducta para la provisión de microcréditos en la UE

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Número de referencia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Fecha . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Dirección . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Muy señora mía / Muy señor mío:

Le escribo en relación con la evaluación del cumplimiento del Código de conducta para la provisión de microcréditos en la UE (en lo sucesivo, «el Código») por parte de [NOMBRE DE LA ORGANIZACIÓN].

Lamento informarle de que el día [FECHA], el grupo de dirección decidió que no considera que [NOMBRE DE LA ORGANIZACIÓN] cumpla el Código.

La decisión del grupo de dirección se ha basado en el informe del evaluador sobre [NOMBRE DE LA ORGANIZACIÓN] pre-sentado por [NOMBRE DEL EVALUADOR] el día [FECHA] (véase adjunto). [NOMBRE DEL EVALUADOR] ha considerado que [NOMBRE DE LA ORGANIZACIÓN] cumple [NÚMERO] de los / todos los enunciados prioritarios y el X % de los enunciados del Código. Para cumplir el Código, el proveedor tendría que cumplir todos los enunciados prioritarios y el 80 % de los enunciados que son aplicables al proveedor.

Resumen de comentarios por parte del evaluador (es decir, relativos a la aplicabilidad / al cumplimiento de los enuncia-dos, elementos que pueden ser objeto de mejora, etc.)

Resumen de comentarios por parte del grupo de dirección (es decir, elementos de disconformidad con el evaluador, siguien-tes etapas propuestas, calendario de aplicación propuesto, etc.)

Si tiene usted alguna pregunta o comentario, no dude en ponerse en contacto conmigo.

Muchas gracias. Reciba un atento saludo.

FIRMADO PRESIDENTA/PRESIDENTE DEL GRUPO DE DIRECCIÓN

Formato de carta de denegación - Ejemplo

34

Metodología del evaluador final

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Nombre de la organización* . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

El «CÓDIGO DE CONDUCTA PARA LA PROVISIÓN DE MICROCRÉDITOS EN LA UE» (en lo sucesivo, «el Código») ofrece direc-trices y normas en lo relativo a la provisión de microcréditos destinadas a los proveedores no bancarios de microcréditos. Se ha elaborado en estrecha consulta con las principales partes interesadas del sector europeo del microcrédito.

Reconocemos la importancia del Código y lo apoyamos como un instrumento para adoptar normas en beneficio de los proveedores y de los clientes. Valoramos los principios que contiene el Código como el medio para establecer buenas prácticas en organizaciones que se hayan adherido al mismo.

Al apoyar el Código, nos comprometemos a promoverlo y a recomendar que los proveedores no bancarios de microcré-ditos se adhieran al mismo.

Damos nuestro consentimiento a que se publique nuestro compromiso en los sitios web de la Comisión Europea.

Reconocemos que los enunciados pueden cambiar en función de la evolución de las buenas prácticas reconocidas, una vez realizadas las consultas adecuadas.

Al mismo tiempo, entendemos que mantenemos el derecho de retirar nuestro apoyo

Firmado por un miembro autorizado del personal o del Consejo de Administración

Nombre y apellidos* . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Cargo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Firma* . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Fecha . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Datos de contacto

Nombre . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Dirección . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

E-mail . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

(* EN LETRAS DE IMPRENTA)

Formulario De Apoyo

Código de conducta para la provisión de microcréditos en la UE

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KN-02-13-405-ES-C

ISBN 978-92-79-38750-0doi:10.2776/90830