el modo-o-cargo y simuaklcion

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Universidad Alas Peruanas Profesora : Sue Rondón Saravia Integrantes: Apaza Turpo Fiorella Gómez Corrales Fiorela Málaga Pinto Sarela Menaut Herrera Ángela Peralta Olivera Brighite

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Page 1: El modo-o-cargo y simuaklcion

Universidad Alas Peruanas

Profesora : Sue Rondón Saravia

Integrantes:Apaza Turpo Fiorella

Gómez Corrales Fiorela

Málaga Pinto Sarela Menaut Herrera

ÁngelaPeralta Olivera

Brighite

Page 2: El modo-o-cargo y simuaklcion

*Modo y Cargo

*Simulación del Acto Jurídico

Page 3: El modo-o-cargo y simuaklcion

Es una limitación de la voluntad

que se da en los actos de

disposición de carácter

unilateral y a titulo gratuito

Se impone a quien

gratuitamente se le da algo, la carga modal tiene que ser menor al bien que se dona

MODO O CARGO

Page 4: El modo-o-cargo y simuaklcion

LOS SUJETOS DE CARGO:

es la persona que otorga el derecho a titulo gratuito que

puede ser el donante o el que lega su

patrimonio en caso de muerte

En el art. 185 del código civil peruano

dispone que esto puede ser exigido por el imponente o por el beneficiario de interés

social

LOS SUJETOS DE CARGO:

EL CUMPLIMIENTO DEL CARGO:

Page 5: El modo-o-cargo y simuaklcion

PLAZO PARA EL CUMPLIMIENTO DEL

CARGO:si no hubiese plazo para la ejecución del cargo se debe de señalar lo que el

juez diga. LA EQUIVALENCIA ENTRE LA LIBERALIDAD Y EL

CARGO:el monto del cargo no

puede ser mayor que la liberalidad

el gravado con el cargo no esta obligado a

cumplirlo

Page 6: El modo-o-cargo y simuaklcion

La liberalidad tiene el propósito de enriquecer al

beneficiario de la misma

El beneficiario de la liberalidad queda eximido del cargo

Page 7: El modo-o-cargo y simuaklcion

LA TRANSMIBILIDAD E

INTRANSMISIBILIDAD DEL CARGO:la obligación de

cumplir los cargos impuestos para la adquisición de un derecho pasa a los herederos del que

fue gravado. CARGO ILICITO O

IMPOSIBLE:en el art. 189 del

código establece si el hecho que

constituye el cargo es ilícito o imposible

el acto jurídico subsiste sin cargo

alguno.

Page 8: El modo-o-cargo y simuaklcion

EL ILÍCITO JURÍDICO Y EL CARGO

La ilicitud es notoria que no puede estar presente en

cualquier relación jurídica, así como en el acto jurídico.

“no se pueden poner cargos ilícitos o imposibles, pero su presencia no invalida el acto, sino que los tiene por no puestos

(vitiatur sed non vitiat), subsistiendo el acto jurídico sin

cargo alguno”

El profesor Aníbal Torres

Page 9: El modo-o-cargo y simuaklcion

El profesor Aníbal Torres • Se ha pronunciado y

describe como injusto la anulación de la obligación principal ante la eventualidad de la carga.

LA DOCTRI

NA MUNDIA

L • “Imposibilidad e ilicitud

del cargo Si el hecho que constituye el cargo es ilícito e imposible, o llega a serlo, el acto jurídico subsiste sin cargo alguno”

ARTICULO 189º

Page 10: El modo-o-cargo y simuaklcion

La existencia del modo, ha señalado que es accesorio al acto de la liberalidad,

por ende no posee la fuerza necesaria para

suprimir un acto jurídico contraído.

Es notorio que el Derecho no puede amparar tal escenario de ilicitud, el cual le interrumpe en su fin máximo de alcanzar la tan anhelada y esperanzada sociedad con paz y justicia.

Page 11: El modo-o-cargo y simuaklcion

• La simulación del acto jurídico

ProvieneLatín

• Simular = fingir• Hacer aparecer una cosa distinta de la

realidad.

DRAE

• Alteración aparente de la causa, índole u objeto verdadero de un acto o contrato

Jurídicamente

• Acuerdo de los sujetos que intervienen en el acto jurídico para emitir una falsa declaración de voluntad.

Page 12: El modo-o-cargo y simuaklcion

• Evolución HistóricaLos jurisconsultos romanos se ocuparon extensamente de los negocios simulados desencadenando así mismo la simulación e dichos actos

En el derecho intermedio subsistieron las disposiciones romanas con algunas otras introducidas por la costumbre.

El derecho español clásico : Las partidas de Alfonso el sabio la denominaron “engaño”

El Código de Napoleón se ocupa de la simulación en forma desordenada ( Artículos :1321-1396-1090-1100)

Page 13: El modo-o-cargo y simuaklcion

* El Acuerdo simula torio.*El fin de engañar a terceros.

*La disconformidad entre lo aparente y lo real.*Concierto para dar a lo declarado autenticidad.*El propósito de engañar a terceros.

Requisitos

Características

Page 14: El modo-o-cargo y simuaklcion

• Acuerdo Simulatorio

También denominado contradeclar

ación

Vincula la situación

aparente y la situación

real.

El acuerdo simulatorio

podrá ser un acuerdo verbal o

constar en un documento

(contraescrito).

Su finalidad es

garantizarse una de las

partes contra el contenido ficticio o

simulado del instrumento

principal.

Page 15: El modo-o-cargo y simuaklcion

La Acción para solicitar la anualidad del acto simuladoEs el derecho que tiene una persona para acudir ante la autoridad judicial, para que administre justicia y solucione los conflictos.

La acción de nulidad pueden ejercitarla los propios simulantes del

acto, los terceros pueden accionar

contra los simulantes.ART 193 del C.C.

La acción de nulidad cabe tanto en el caso

de la simulación absoluta como en el

de la relativa que nace en el art.193 del C.C

En el caso de la S. Absoluta la sentencia establecerá que el acto simulado no genero efecto alguno.

En el caso de la S. Relativa se podrá declarar la nulidad

del acto aparente.

Page 16: El modo-o-cargo y simuaklcion

• Puede ser posible la simulación completa o total, en lo que lo aparente abarca todo el negocio.

• (ART 192 del C.C.)

• Intervienen tres partes un interprete un testaferro y un tercero(*) que aun no mencionado adquiere sus efectos, los implicados saben que los efectos del A. J son para el sujeto disimulado(*)

• El acto declarado no responde a la verdadera determinación de la voluntad, si bien esta ultima existe, pero no se declara.

• (ART 191 del C.C.)

• Las partes realizan un pacto fingido que no corresponde a ningún acto real.

• (ART 190 del C.C)

Simulación

absoluta

Simulación

relativa

Simulación

parcial

Simulación por

interpósita

persona

Clases

Page 17: El modo-o-cargo y simuaklcion

• La simulación es inoponible al adquiriente de buena fe y a titulo oneroso.

• Es oponible en el caso de que haya buena fe, pero el acto sea a titulo gratuito.

• ART 194 del C.C.

Inoponibilidad de la

Simulación

• La simulación no es reprochable

• Su carácter ilícito o licito depende del fin para el cual sea empleada, el acto simulado surte sus efectos, a no ser que sea descubierta anteladamente.

Eficacia Jurídica de

la Simulación