el estado vaticano

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EL ESTADO VATICANO Estado de la Ciudad del Vaticano nació oficialmente el 7 de junio de 1929, día en que fueron ratificados los Acuerdos de Letrán, firmados entre la Santa Sede y el Reino de Italia el 11 de febrero del mismo año. Tiene como Jefe de Estado al Papa. Desde hace muchos siglos el Papa ejerce un poder temporal lo que le permite ser independiente en el Gobierno de la Iglesia y no verse obligado a identificarse con un poder político. Entre el 1859 y el 1870, el movimiento para la unidad de Italia, liderado por los reyes del Piamonte, ocupó los Estados Pontificios y, con otros territorios, formó el Estado Italiano. Pero las tropas nunca ocuparon la Ciudad Leonina, es decir, el Vaticano y los terrenos que van desde Castel San Ángelo y desde el barrio Santo Spirito hasta la Plaza de San Pedro. La Ley italiana de las Garantías, del 13 de mayo de 1871, concedía al Papado el uso del Palacio del Vaticano, del Palacio de Letrán y de la Villa de Castelgandolfo. Pero fue rechazada por los Papas de entonces. Después de varias negociaciones se llega a los Acuerdos de Letrán, firmados el 11 de febrero de 1929, que establecían la configuración actual del Estado de la Ciudad del Vaticano. Con un territorio de apenas 0.44 km2 , el Estado de la Ciudad del Vaticano tiene una independencia absoluta y visible, que

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Historia y características del Estado Vaticano

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Page 1: El Estado Vaticano

EL ESTADO VATICANO

Estado de la Ciudad del Vaticano nació oficialmente el 7 de junio de 1929, día en

que fueron ratificados los Acuerdos de Letrán, firmados entre la Santa Sede y el

Reino de Italia el 11 de febrero del mismo año. Tiene como Jefe de Estado al

Papa. Desde hace muchos siglos el Papa ejerce un poder temporal lo que le

permite ser independiente en el Gobierno de la Iglesia y no verse obligado a

identificarse con un poder político.

Entre el 1859 y el 1870, el movimiento para la unidad de Italia, liderado por los

reyes del Piamonte, ocupó los Estados Pontificios y, con otros territorios, formó el

Estado Italiano. Pero las tropas nunca ocuparon la Ciudad Leonina, es decir, el

Vaticano y los terrenos que van desde Castel San Ángelo y desde el barrio Santo

Spirito hasta la Plaza de San Pedro. La Ley italiana de las Garantías, del 13 de

mayo de 1871, concedía al Papado el uso del Palacio del Vaticano, del Palacio de

Letrán y de la Villa de Castelgandolfo. Pero fue rechazada por los Papas de

entonces.

Después de varias negociaciones se llega a los Acuerdos de Letrán, firmados el

11 de febrero de 1929, que establecían la configuración actual del Estado de la

Ciudad del Vaticano. Con un territorio de apenas 0.44 km2 , el Estado de la

Ciudad del Vaticano tiene una independencia absoluta y visible, que garantiza al

Papa y a la Santa Sede una soberanía indiscutible también en el plano

internacional.

En el Tratado de Letrán, firmado entre la Santa Sede e Italia del 11 de febrero de

1929, se establecieron tres categorías para los inmuebles y terrenos en relación

con el poder temporal de los Papas. A la primera categoría pertenece la Ciudad

del Vaticano, con su prerrogativa de Estado Libre, y en la que el Estado italiano no

tiene intervención alguna. La segunda categoría comprende: el Palacio de Letrán,

con la Basílica de San Juan; la Basílica de Santa María la Mayor, con el palacio

que tiene anexo; la Basílica de San Pablo, con el edificio contiguo; la Villa de

Page 2: El Estado Vaticano

Castelgandolfo, los edificios del Colegio de Propaganda Fide, el Palacio de la

Dataría, el de la Cancillería y el del Vicariato. A la tercera categoría pertenecen: la

Universidad Gregoriana, el Instituto Bíblico, el Instituto Oriental, el de Arqueología

cristiana, los Seminarios ruso y lombardo.

El Estado Vaticano es una ciudad-estado que está ubicada en la ciudad de Roma

en la Península Itálica. Es uno de los microestados europeos. Tiene una extensión

de medio km² y una población de aproximadamente 900 habitantes, por lo que

resulta el Estado soberano menos extenso y menos poblado del mundo, seguido

de Mónaco, que cuadruplica su tamaño.

Dentro del Estado de la Ciudad del Vaticano está la llamada Santa Sede, máxima

institución de gobierno de la Iglesia Católica. Aunque los dos nombres “Ciudad del

Vaticano” y “Santa Sede” se utilizan a menudo como si fueran equivalentes, el

primero se refiere al Estado independiente y a su territorio, mientras que Santa

Sede se refiere a la Institución que dirige la Iglesia y que tiene personalidad

jurídica propia.

El Jefe del Estado de la Santa Sede es el Papa. En el gobierno de la Santa Sede

la Secretaría de Estado es el primer organismo de la Curia y ayuda al Papa en su

misión en las relaciones con todos los Dicasterios (órganos de la Curia) y con los

Estados. En la Santa Sede, el equivalente a Presidente de Gobierno o Primer

Ministro es el Cardenal Secretario de Estado.

El Estado de la Ciudad del Vaticano y la Santa Sede, son sujetos soberanos de

derecho público internacional, universalmente reconocidos. Están unidos

indisolublemente en la persona del Sumo Pontífice, que es el Jefe del Estado, que

goza de la plenitud de los poderes legislativo, judicial y ejecutivo. Cuando la Sede

pontificia está vacante, estos poderes recaen en el Colegio de los Cardenales.

LA FORMA DE GOBIERNO del Estado Vaticano es la monarquía.

El poder legislativo lo ejerce el Sumo Pontífice, bien directamente, bien a través de

la Pontificia Comisión para el Estado de la Ciudad del Vaticano que promulga

Page 3: El Estado Vaticano

también los reglamentos generales. Las leyes y reglamentos se publican en el

Acta Apostolicae Sedis, que es el Boletín Oficial de la Santa Sede.

El poder ejecutivo en lo que se refiere a la administración de la Ciudad del

Vaticano, lo ejerce el Cardenal Presidente de la Comisión Pontificia para el Estado

de la Ciudad del Vaticano.

El poder judicial, también en lo que se refiere a la ciudad del Vaticano, es ejercido,

en nombre del Sumo Pontífice, por los órganos constituidos según el

ordenamiento jurídico del Estado: un juez único, un tribunal de primera instancia,

un tribunal de segunda instancia (Corte de Apelación), y un Tribunal Supremo

(Corte de Casación). Sus competencias están reguladas por los códigos de

procedimiento civil y penal vigentes en el Estado. Esto debe diferenciarse de los

tribunales propios de la Curia Romana con jurisdicción sobre asuntos de la Iglesia

(Tribunal de la Rota, Signatura Apostólica y Penitenciaría Apostólica).

La Iglesia Católica como sujeto de derecho internacional es un organismo “atípico”

en razón de su finalidad, de los medios para alcanzar su fin y de su naturaleza y

estructura espiritual. Es cierto que la Iglesia Católica no cuenta con ciertas

características consideradas propias de los Estados, como la capacidad de hacer

la guerra. Pero tiene un enorme potencial para conseguir la paz. Y, como los

Estados, cuenta con un grupo de personas (más de mil millones de bautizados)

guiadas por las mismas leyes, usos y costumbres (Derecho Canónico,

Constituciones Apostólicas y Tradición), unidas en un solo cuerpo y bajo la

autoridad de un Jefe Supremo (el Papa). Este cuerpo independiente es

administrado por un Gobierno central organizado (la Santa Sede), el cual,

sirviéndose de todos sus miembros, procura realizar el bien común, es decir, la

salvación eterna, la santificación de los fieles, la difusión del mensaje de Cristo y la

paz en el mundo.

La representación internacional de la Santa Sede la ejerce Su Santidad el Papa,

bien directamente bien a través de la Secretaría de Estado. Como tal es quien

Page 4: El Estado Vaticano

firma los tratados internacionales y es quien nombra los nuncios y recibe las

credenciales de los Embajadores.

Las relaciones exteriores del Vaticano están marcadas por el hecho religioso

aunque siempre se subraya la diferencia entre las relaciones que establece el

Estado de la Ciudad del Vaticano con aquellas que mantiene la Santa Sede como

cabeza de la Iglesia. De hecho, en los tratados internacionales que firma la Santa

Sede se especifica que lo hace “en nombre y por cuenta del estado de la Ciudad

del Vaticano”. La participación de la Santa Sede en el ámbito internacional reitera

constantemente su compromiso concreto y eficaz de colaborar con las naciones

del mundo para garantizar la paz y la justicia.

El profesor Pillet explico la personalidad jurídica Internacional de la Iglesia Católica

de la siguiente manera: Una personalidad distinta no es reconocida por los

Estados sino porque ese reconocimiento es necesario para el establecimiento del

comercio internacional entre ellos, (…) sea una comunidad distinta, independiente y organizada, con la que no es posible tratar de otro modo sino

como de igual a igual, reconociéndole una personalidad análoga a la que se

reivindica para sí mismo. De esas tres características derivan, al mismo tiempo, la

posibilidad y la necesidad del reconocimiento del Estado.

La Santa Sede, como hemos visto, comprende al Papa con el Gobierno central de

la Iglesia. La Santa Sede, como entidad soberana, exclusivamente institucional,

puede compararse al Estado con relación a la Nación, o a la Unión Europea con

relación a los países que la forman. Su personalidad jurídica de derecho

internacional ha sido siempre reconocida.

Como cualquier país, la Ciudad del Vaticano tiene su propia bandera y escudo.

Este último muestra sobre un campo rojo las llaves de San Pedro, de oro y plata,

cruzadas bajo la tiara Papal. 

La bandera de la Ciudad del Vaticano aparece descrita en la Ley fundamental del

Estado de la Ciudad del Vaticano del 26 de noviembre de 2000. Está compuesta

por dos franjas verticales del mismo tamaño, de color amarillo la situada más

próxima al mástil, y blanco, la alejada. En la franja blanca figuran las dos llaves

entrecruzadas, las llaves de San Pedro, que son, desde el siglo XIV, símbolo de la

Page 5: El Estado Vaticano

Santa Sede. Una de oro (amarilla) que representa al poder espiritual de la Iglesia

Católica y la otra de plata (gris) que representa su poder temporal. Ambas unidas

con un cordón rojo o azul. El cordón es el símbolo del vínculo entre los dos

poderes. Sobre las llaves aparece representada la tiara de los papas. La tiara está

compuesta por tres coronas que representan las atribuciones del papa como

“pastor”, “maestro” y “supremo sacerdote” de la Iglesia. Estos elementos también

forman parte tanto del escudo del Vaticano como del blasón de cada pontífice.

El himno oficial del país es la Marcha Pontificia de Gounod, compositor francés

conocido por su Ave María y por ser el autor de la música de la ópera Fausto. El

himno tiene dos letras, una en italiano, comúnmente cantada y obra de Antonio

Allegra, y otra en latín, de Raffaello Lavagna.

La Ciudad tiene su propia moneda de curso legal, el euro vaticano. Ha mostrado

las efigies de los papas Juan Pablo II y Benedicto XVI y pronto lo hará con la

de Francisco. El Vaticano la acuña en Italia, hasta un máximo de un millón de

euros al año. También emite sus propios sellos, edita su propio periódico.

Incluso tiene matrículas de coche propia: con las letras SCV para los automóviles

propiedad del Estado y CV para los de procedencia externa. La Ciudad del

Vaticano cuenta también con su ejército y policía: la Gendarmería y la Guardia

Suiza. Esta última, uniformada con diseños de Miguel Ángel, vela por la seguridad

del Sumo Pontífice y del Estado.

El Estado Vaticano cuenta con un servicio de teléfonos que dispone de modernas

instalaciones para la comunicación tanto interna como externa de la ciudad y

personal altamente capacitado. Téngase en cuenta que no existe el derecho a la

confidencialidad de las comunicaciones telefónicas o de otro tipo. La "ciudad-

estado" consta de una compleja infraestructura de redes por la que consta de una

completa autonomía.