el acuerdo mundial 2015 criterios para la consideracion del estado salvadoreño- yaguilar 2015

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fesamericacentral.org PERSPECTIVAS N O 3/2015 El Acuerdo Climático Mundial 2015: Criterios para la consideración del Estado y de la sociedad salvadoreños Yvette Aguilar Octubre 2015 El nivel de las emisiones mundiales de gases de efecto invernadero aumentó un 29% en 2010 respecto a 1990. Durante 1850-2010 los países desarrollados y en desarrollo han sido responsables de aproximadamente partes iguales de las emisiones acumuladas de gases de efecto invernadero, y en 2010 los países en desarrollo contribuyeron con un 60% del total de emisiones absolutas. Las negociaciones de París serían exitosas en la medida en que el agregado mundial de las metas nacionales lograra a partir de 2020 cerrar la brecha entre la tendencia actual de emisiones y la ruta de emisiones consistente con la posibilidad de lograr la meta de 2oC, mediante la mitigación real y efectiva. La voluntad de cambiar el patrón de emisiones por todos los países debería reflejarse en sus Contribuciones Previstas Determinadas a nivel Nacional, de las cuales el 87% fueron presentadas al 1 de octubre; incluyendo las de los estados centroamericanos a excepción de Nicaragua, Panamá y El Salvador. En este documento se plantean una serie de principios, criterios y buenas prácticas que podrían orientar y sustentar el abordaje y negociación del nuevo acuerdo; incluida la necesidad de adoptar la perspectiva de la garantía del sistema de derechos humanos y del cumplimiento de las obligaciones estatales derivadas de éste.

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El nivel de las emisiones mundiales de gases de efecto invernadero aumentó un 29% en 2010 respecto a 1990. Durante 1850-2010 los países desarrollados y en desarrollo han sido responsables de aproximadamente partes iguales de las emisiones acumuladas de gases de efecto invernadero, y en 2010 los países en desarrollo contribuyeron con un 60% del total de emisiones absolutas.Las negociaciones de París serían exitosas en la medida en que el agregado mundial de las metas nacionales lograra a partir de 2020 cerrar la brecha entre la tendencia actual de emisiones y la ruta de emisiones consistente con la posibilidad de lograr la meta de 2°C, mediante la mitigación real y efectiva.La voluntad de cambiar el patrón de emisiones por todos los países debería reflejarse en sus Contribuciones Previstas Determinadas a nivel Nacional, de las cuales el 87% fueron presentadas al 1 de octubre; incluyendo las de los estados centroamericanos a excepción de Nicaragua, Panamá y El Salvador. En este documento se plantean una serie de principios, criterios y buenas prácticas que podrían orientar y sustentar el abordaje y negociación del nuevo acuerdo; incluida la necesidad de adoptar la perspectiva de la garantía del sistema de derechos humanos y del cumplimiento de las obligaciones estatales derivadas de éste.

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PERSPECTIVASNO 3/2015

El Acuerdo Climático Mundial 2015: Criterios para la consideración del

Estado y de la sociedad salvadoreños Yvette Aguilar Octubre 2015

El nivel de las emisiones mundiales de gases de efecto invernadero aumentó un 29% en 2010 respecto a 1990. Durante 1850-2010 los países desarrollados y en desarrollo han sido responsables de aproximadamente partes iguales de las emisiones acumuladas de gases de efecto invernadero, y en 2010 los países en desarrollo contribuyeron con un 60% del total de emisiones absolutas.

Las negociaciones de París serían exitosas en la medida en que el agregado mundial de las metas nacionales lograra a partir de 2020 cerrar la brecha entre la tendencia actual de emisiones y la ruta de emisiones consistente con la posibilidad de lograr la meta de 2oC, mediante la mitigación real y efectiva.

La voluntad de cambiar el patrón de emisiones por todos los países debería reflejarse en sus Contribuciones Previstas Determinadas a nivel Nacional, de las cuales el 87% fueron presentadas al 1 de octubre; incluyendo las de los estados centroamericanos a excepción de Nicaragua, Panamá y El Salvador.

En este documento se plantean una serie de principios, criterios y buenas prácticas que podrían orientar y sustentar el abordaje y negociación del nuevo acuerdo; incluida la necesidad de adoptar la perspectiva de la garantía del sistema de derechos humanos y del cumplimiento de las obligaciones estatales derivadas de éste.

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EL ACUERDO CLIMÁTICO MUNDIAL 2015: CRITERIOS PARA LA CONSIDERACIÓN | Yvette AguilarDEL ESTADO Y DE LA SOCIEDAD SALVADOREÑOS

mayores aumentos decenales absolutos se han producido al final de ese período; y a pesar de que cada vez es mayor el número de políticas de mitigación del cambio climático, las emisiones de GEI anuales aumentaron en promedio 1 giga-tonelada de dióxido de carbono equivalente (GtCO2eq). Las emisiones antropógenas de GEI totales entre 2000 y 2010 fueron las más altas en la historia de la humanidad y llegaron a 49 GtCO2eq por año en 2010. La crisis económica mundial de 2007-2008 solo consiguió que las emisiones se redujeran temporalmente 2.

En 1990, el nivel de las emisiones mundiales fue 38 Gt CO2eq, incrementándose en 2010 a 49 Gt CO2eq, un aumento del 29% respecto al nivel de 1990. Para el período 1850-2010 los países desarrollados y en desarrollo han sido responsables de aproximadamente partes iguales de las emisiones acumuladas de GEI; y en 2010, en términos absolutos, los países en desarrollo contribuyeron con un 60% del total de emisiones de GEI33 . 2 Idem 3 PNUMA 2013: Informe de la Brecha de Emisiones 2013: http://www.unep.org/pdf/UNEPEmissionsGapReport2013.pdf

1. Tendencias de los niveles de emisiones causa del cambio climático mundial

En todas las regiones de la Tierra, los factores causales del cambio climático mundial se han mantenido o han aumentado, ya que las economías se continúan sustentando en el uso creciente de combustibles fósiles. Los patrones de extracción, producción, circulación, consumo y disposición de desechos continúan aumentando los niveles de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) a nivel mundial. Las emisiones de CO2 procedentes de la quema de combustibles fósiles y los procesos industriales contribuyeron en alrededor del 78% del aumento de las emisiones de GEI totales de 1970 a 2010, y la contribución porcentual para el período 2000-2010 fue similar 1.

Las emisiones antropógenas de GEI totales han continuado en aumento de 1970 a 2010 y los 1 IPCC 2015: Resumen para responsables de políticas. Grupo de trabajo III, Quinto Informe de Evaluación (AR5) del IPCC: www.mitigation2014.org.

1 IPCC 2015: Resumen para responsables de políticas. Grupo de trabajo III, Quinto Informe de Evaluación (AR5) del IPCC: www.mitigation2014.org

2 Idem3 PNUMA 2013: Informe de la Brecha de Emisiones 2013: http://www.unep.org/pdf/UNEPEmissionsGapReport2013.pdf

01970

10

20

30

40

50

1975 1980 1985 1990 1995 2000 2005 2010

Emis

ione

s de

GEI

[GT0

00

/año

]

Emisiones antropogénicas totales anuales de GEI por grupo de gases 1970-2010

2eq

GasF-Gases

N2O

CH4

CO2 Forestal y Uso de la Tierra

CO2 Vial y procesosindustriales

+1.3 %/yr1970-2000

+2.2 %/yr2000-2010

27 GT

19%

10%

15%

58%59%

62%

16%13%

16%

16%

11%

65%

6.2%2.0%

18%

0.44%

0.67%

0.81%

7.9%

7.9%

7.4%6.9%

1.3%

17%

55%

Fuente IPCC 2015

37 GT

38 GT40 GT

49 GT

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Yvette Aguilar | EL ACUERDO CLIMÁTICO MUNDIAL 2015: CRITERIOS PARA LA CONSIDERACIÓN DEL ESTADO Y DE LA SOCIEDAD SALVADOREÑOS

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El desafío asumido formalmente por los estados desde la entrada en vigor de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático (Convención), ha sido el logro de su objetivo último, el cual busca la estabilización de los niveles de concentraciones de GEI en la atmósfera, a un nivel que evite perturbaciones peligrosas, de gran escala e irreversibles del sistema climático terrestre. Para tal efecto, el incremento de la temperatura media mundial no debería rebasar un umbral máximo de 1.5 ó 2oC en 2100.

Las emisiones mundiales futuras consistentes con la posibilidad de lograr la meta de 2oC deberían alcanzar a lo sumo 44 Gt CO2eq en 2020. Sin embargo, de continuar el ritmo actual de incremento de las emisiones mundiales, en 2020 éstas alcanzarían 59 Gt CO2eq, con una brecha de 15 GtCO24 . De acuerdo a la ciencia existe el potencial técnico para cerrar dicha brecha en 2020, el cual se ha estimado en 17 GtCO2eq5 ; y de no cerrarla se provocaría un incremento de la temperatura media mundial de 2.8 a 4.3oC en 2100, inviabilizando las opciones de adaptación para sistemas naturales y sociedades humanas.

Después de 21 años de negociaciones en el marco del proceso multilateral de la Convención, a finales de 2015 en París se espera acordar un protocolo, instrumento legal o acuerdo con fuerza legal, con el fin de reforzar la implementación de dicha Convención para el logro de su objetivo último. De ahí que las negociaciones de París serían exitosas en la medida en que el agregado mundial de las metas nacionales de reducción de emisiones de todos los países, lograra cerrar la brecha de 15 GtCO2eq en 2020, mediante medidas de mitigación reales y efectivas, que reduzcan las emisiones de manera adicional, permanente, mensurable, verificable y sin fugas.

2. Rumbo del proceso multilateral, enfoques y prioridades de los gobiernos

A partir del Acuerdo de Cancún en 2010, el rumbo de las negociaciones multilaterales ha tenido un giro hacia una mayor laxitud y flexibilidad. De compromisos de reducción de emisiones se ha pasado a contribuciones previstas; de meta

4 Idem 5 Idem

agregada mundial de reducción de emisiones bajo un enfoque multilateral, a metas determinadas bajo un enfoque nacional; de sistema internacional a sistemas nacionales de medición, notificación y verificación del cumplimiento de las metas; y de régimen de cumplimiento, a mecanismo no intrusivo de facilitación de la implementación.

La voluntad de cambiar el patrón de emisiones por parte de todos los países debería reflejarse en sus Contribuciones Previstas Determinadas a nivel Nacional (INDC), de las cuales el 87% ya han sido presentadas oficialmente al 1 de octubre de 2015. En el caso de la región centroamericana, todos los estados presentaron sus INDC en el plazo referido, a excepción de Nicaragua, Panamá y El Salvador. De establecerse precondiciones en el Acuerdo para poder ser parte de éste y ejercer derechos dentro del proceso de toma de decisiones; los países que no han presentado sus INDC podrían ver limitada su participación plena en los procesos post-2015.

Si las INDC presentadas al 1 de octubre se implementaran de manera plena de aquí a 2025 y 2030, el incremento de la temperatura media mundial sería un 2.7oC en 2100, rebasando el umbral permisible de 2oC. Considerando que la brecha de emisiones crecería rápidamente en 2030 y que existe un riesgo alto de que las INDC no aumenten su nivel de ambición en 2030, el logro de la meta de 2oC estaría amenazado y la meta de 1.5oC sería abandonada. En París los gobiernos deben considerar formalmente reconocer que su primera ronda de INDC, conteniendo sus planes climáticos para 2025 y 2030, no mantendrá el calentamiento debajo de 2oC en 21006 .

En el seno del proceso multilateral, el abordaje prevaleciente de los gobiernos ha sido utilitario, ya que ha primado la obtención inmediata de recursos, réditos electorales y beneficios para algunos grupos económicos, sectores y actores. Las posiciones de negociación de los gobiernos han reflejado un alto grado de impunidad e irresponsabilidad en el abordaje y tratamiento del tema en el ámbito multilateral y nacional; lo que ha sido posible por el desconocimiento y falta de conciencia y compromiso

6 Climate Action Tracker Update: http://climateactiontracker.org/assets/publications/CAT_global_temperature_update_October_2015.pdf

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EL ACUERDO CLIMÁTICO MUNDIAL 2015: CRITERIOS PARA LA CONSIDERACIÓN | Yvette AguilarDEL ESTADO Y DE LA SOCIEDAD SALVADOREÑOS

ante el reto del cambio climático, por parte de los actores y sectores relevantes de las sociedades de los países desarrollados y en desarrollo. Se observa un desconocimiento de los mandatos y compromisos legales en materia de cambio climático, y ausencia de vigilancia e incidencia efectiva sobre la función pública y agendas nacionales por parte de las sociedades.

En la agenda de negociaciones prevalece un enfoque mercantilista y utilitario, reflejado en la centralidad otorgada a los mecanismos de compensación de las emisiones, instrumentados a través de sistemas de comercio de emisiones. Se ha observado una ampliación al menú de medidas de mitigación elegibles, incorporando opciones muy cuestionadas por su inefectividad para la mitigación real y oportuna, como son las actividades asociadas al sector Uso de la Tierra, Cambio de Uso de la Tierra y Silvicultura (UTCUTS), y específicamente el mecanismo de Reducción de Emisiones por Deforestación y Degradación de bosques tropicales en países en desarrollo, referido como REDD-plus7 .

Más allá del proceso multilateral de la Convención, los estados de las economías centrales se han concentrado en recuperar el crecimiento de sus economías a través de la ampliación del libre comercio, avances tecnológicos e implementación de estrategias para asumir el control o al menos asegurarse el acceso a las materias primas en el mundo. En esta línea, proyectan aprovechar los saltos tecnológicos más recientes para reducir costos en las cadenas mundiales de valor. Los avances en la tecnología digital, tecnologías de localización y extracción de bosques, combustibles fósiles, minerales y monocultivos forestales y agrícolas; les permitiría bajar los costos laborales, precios de las materias primas y asegurarse el usufructo y apropiación de los sistemas naturales para las inversiones extractivas.

En el caso de los gobiernos de Latinoamérica y el Caribe, se observa una tendencia al debilitamiento de la política y gestión ambiental, y a la flexibilización de los marcos regulatorios; y en el caso de los gobiernos «progresistas» o «de izquierda», éstos plantean el logro de la justicia social mediante la canalización de la renta obtenida de las actividades

7 Incluye: el papel de la conservación de bosques y el manejo forestal sostenible, y el aumento de las reservas de carbono

extractivistas hacia programas sociales, con transferencias monetarias, sin incorporar la dimensión ecológica de la justicia. Los impactos negativos de las actividades extractivistas no son contabilizados monetariamente en el balance costo-beneficio de dichas inversiones ni en el ámbito local ni en el nacional, y exacerban los efectos adversos e impactos negativos del cambio climático.

El abaratamiento de los costos laborales en la industria de las economías centrales debido a la automatización y la robótica, pondría en desventaja competitiva sus inversiones maquileras y de ensamblaje localizadas en Centroamérica y México. En ese contexto, los gobiernos de la región se estarían reorientando a estrategias de desarrollo que le apostarían a la extracción a gran escala de materias primas; reapareciendo las «economías de enclave», orientadas a la exportación, vía concesiones, con inversiones privadas o estatales subordinadas al comercio e inversión internacional; con baja demanda de empleo, sin beneficios nacionales netos y muchas externalidades ambientales, sociales y políticas.

En el caso de Centroamérica, la bandera de la mitigación del cambio climático está dando un mayor impulso a la tendencia creciente hacia el extractivismo. Se observa la expansión de las plantaciones de palma africana, especies maderables y caña de azúcar para la fabricación de biocombustibles; así como la promoción de las plantaciones forestales mono-específicas, en el marco de estrategias de REDD-plus, concebidas bajo la óptica de la flexibilización del régimen multilateral de cambio climático, para compensar las emisiones fósiles mediante la conservación y el aumento de las reservas de carbono forestal.

El modelo de concesión de bosques tropicales y de plantaciones forestales mono-específicas para la generación de insumos dentro de la cadena agroindustrial mundial, fue introducido en el seno de las Naciones Unidas por sus promotores, como una opción laxa para la mitigación del cambio climático en el sector UTCUTS; a pesar de no reunir los criterios científico-técnicos de la mitigación real y efectiva. La implementación de medidas de mitigación en el sector agricultura y forestal se promueve, a pesar de su inefectividad, como una

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Yvette Aguilar | EL ACUERDO CLIMÁTICO MUNDIAL 2015: CRITERIOS PARA LA CONSIDERACIÓN DEL ESTADO Y DE LA SOCIEDAD SALVADOREÑOS

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estrategia central que podría contribuir a cerrar la brecha de emisiones en 2020, planteando que en conjunto podrían aportar hasta un 37% del total del potencial técnico de reducción de emisiones disponible a nivel mundial8.

De acuerdo a la definición de bosque adoptada por la FAO y dentro del proceso multilateral de la Convención9 , las plantaciones forestales mono-específicas reúnen los parámetros para ser consideradas bosques; tal sería el caso de plantaciones de caucho, pino, palma africana y eucalipto, incluidas especies genéticamente modificadas. La función del manejo forestal sostenible en las plantaciones de monocultivos forestales sería elegible para compensar las emisiones fósiles, ya sea dentro del sector UTCUTS en cualquier país o bajo el mecanismo de REDD-plus en países en desarrollo.

Tanto en el ámbito nacional como mundial, en la contabilidad neta del carbono los sumideros y reservorios de carbono compensan a las fuentes emisoras de CO2. Sobre esa base la sustitución de ecosistemas naturales por plantaciones de monocultivos de árboles compensa las emisiones de CO2. Si la reforestación con plantaciones mono-específicas superara a la deforestación de bosques naturales, la medición neta podría ser reportada como “reforestación” y no como “deforestación”. Por consiguiente, los agentes económicos y políticos beneficiados con el modelo extractivista continuarían extrayendo las reservas de combustibles fósiles y reportando compensaciones aparentes de emisiones con plantaciones mono-específicas, bajo sistemas de comercio de emisiones, incluyendo al mecanismo de REDD-plus.

En esa línea surge la iniciativa El Reto de Bonn lanzada en 2011 por los gobiernos de Alemania y Noruega, para impulsar al mecanismo de compensación de emisiones fósiles, REDD-plus10 ; planteando reforestar y restaurar 150 millones de ha forestales en todo el mundo en 2020. Dicha iniciativa sirvió de base para la Declaración de Nueva York sobre

8 Idem 3 9 http://wrm.org.uy/browse-by-subject/tree-plantations/forest-definition/ 10 http://www.bonnchallenge.org/content/history-challenge

Bosques11 , lanzada durante la Cumbre de las Naciones Unidas sobre el Clima de 2014, cuyos signatarios se comprometieron colectivamente a poner empeño para lograr incluir como parte del Acuerdo de 2015 la restauración de 150 millones de ha de paisajes degradados y tierras forestales en 2020 y posteriormente aumentar la tasa de restauración mundial, restaurando al menos unos 200 millones de ha adicionales en 2030.

En 2015 durante el evento El Reto de Bonn Latinoamérica, el gobierno salvadoreño lanzó públicamente12 su compromiso de restaurar 10 mil km2 ó un millón de ha. Dicho planteamiento equivaldría a tener la mitad del territorio nacional del país bajo un régimen internacional de compensación de emisiones fósiles, en el marco del mecanismo de REDD-plus, cuya inefectividad para la mitigación del cambio climático y efectos adversos locales13 han sido ampliamente documentados, incluida la erosión de la biodiversidad, deterioro de la calidad ambiental, pérdida de soberanía territorial y nacional por parte de los estados y violación de derechos humanos, como son la falta de acceso o despojo de tierras y territorios e inseguridad alimentaria.

Al mismo tiempo, muchos países en desarrollo, incluidos los de la región centroamericana, se han enfocado en medidas encaminadas al aumento de la resiliencia ante desastres de origen climático, adoptando posiciones emergencistas centradas en el fortalecimiento de los mecanismos de respuesta a desastres. Desde la 13ava Conferencia de las Partes de la Convención en 2013, el Mecanismo Internacional de Varsovia de pérdidas y daños asociadas a los impactos del cambio climático ha sido uno de los temas centrales para dichos gobiernos; en detrimento de los esfuerzos que se requerirían para aumentar el nivel de ambición de la mitigación mundial para viabilizar la adaptación y fortalecer la capacidad de adaptación en un entorno de clima cambiante

11 http://www.un.org/climatechange/summit/wp-content/uploads/sites/2/2014/07/New-York-Declaration-on-Forest-%E2%80%93-Action-Statement-and-Action-Plan.pdf12 http://www.reddccadgiz.org/2013noticia.php?id=39613 Kill J, 2014: REDD: una colección de conflictos, contradicciones y mentiras. World Rainforest Movement: http://wrm.org.uy/es/libros-e-informes/redd-una-coleccion-de-conflictos-contradicciones-y-mentiras/

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EL ACUERDO CLIMÁTICO MUNDIAL 2015: CRITERIOS PARA LA CONSIDERACIÓN | Yvette AguilarDEL ESTADO Y DE LA SOCIEDAD SALVADOREÑOS

3. Alcance del «paquete climático de París» y desafíos inmediatos para las sociedades

Las negociaciones del nuevo Acuerdo 2015 a adoptarse en París, fueron iniciadas en 2011, estableciéndose un Grupo de Trabajo Especial bajo la Plataforma de Durban con el mandato de facilitar y llevar a buen término las negociaciones, con el propósito de reforzar la implementación del objetivo de la Convención, mediante el fortalecimiento y apoyo a la respuesta mundial ante la amenaza urgente del cambio climático; abordando más a fondo sus causas y aumentando la resiliencia y capacidad de adaptación a sus impactos adversos, con miras a transitar hacia sociedades y economías baja en emisiones y resilientes al clima.

Para el logro eficaz y apropiado de dicho propósito, la ciencia ha puesto a disposición de los gobiernos, criterios y parámetros científico-técnicos para orientar y sustentar la toma de decisiones. Más allá de las variantes metodológicas, conociendo la meta mundial de emisiones a alcanzar y la brecha a cerrar en distintos horizontes de tiempo futuros; debería negociarse la distribución equitativa del esfuerzo de cada país, sobre la base de criterios apropiados, entre otros: tamaño de la población, emisiones históricas, y capacidades económicas y técnicas. Sin embargo, las perspectivas de la 21ava Conferencia de las Partes (COP-21) remiten a metas nacionales definidas en términos de previsiones de contribuciones voluntarias definidas por parte de cada país.

A las puertas de la ronda de negociaciones de París, a inicios de octubre los copresidentes del Grupo de Trabajo Especial de la Plataforma de Durban han puesto a disposición de las Partes un documento 14conteniendo las bases de negociación del paquete climático de París, incluyendo un borrador del Acuerdo a adoptarse. El resto son borradores de decisiones sobre: (a) la adopción del Acuerdo de París, (b) las INDC, (c) decisiones para hacer efectivo el Acuerdo, (d) aumento de la ambición para la mitigación en la acción pre-2020, (e) arreglos institucionales interinos y (f) asuntos administrativos y financieros. El documento fue

14 ADP.2015.8.InformalNote:http://unfccc.int/resource docs/2015

adp2/eng/8infnot.pdf

elaborado sobre la base del Texto de Negociaciones de Ginebra, considerando las opiniones y posiciones expresadas por las Partes en 2015, con el fin de facilitar «en formato texto» las negociaciones que tendrán lugar del 19 al 23 de octubre en Bonn, que serán las últimas antes de la COP-21 a celebrarse del 30 de noviembre al 11 de diciembre en París.

A fin de incidir de manera proactiva en el proceso de definición de la posición oficial de negociación del gobierno salvadoreño de cara a la COP-21, los actores relevantes del estado y sociedad deberían elaborar sus propuestas con recomendaciones, y remitirlas públicamente para su análisis y eventual inclusión en la posición oficial de país, por parte de los funcionarios públicos responsables; particularmente el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MARN), Cancillería y el gabinete de gestión de la sustentabilidad y vulnerabilidad, incluido su Consejo Consultivo. Dichas propuestas deberían hacerse del conocimiento de la Comisión de Medio Ambiente y Cambio Climático del órgano legislativo, a fin de facilitar su función de seguimiento a la implementación eficaz de las leyes en la materia, incluidos los tratados internacionales, que son leyes secundarias de la república.

Los delegados gubernamentales que negocian a nombre del Estado salvadoreño, no solo representan los intereses del gobierno que los ha designado para asumir tal responsabilidad, sino principalmente los intereses estatales y de la sociedad que ha elegido al gobierno para defender el sistema de derechos. En esa línea, las posiciones de negociación que se adopten y las alianzas políticas que se acuerden en el marco específico de las negociaciones del paquete climático a adoptarse a finales de 2015 en París, no deben, bajo concepto alguno, ser improvisadas o definidas a puerta cerrada o a discreción de un gobierno o de funcionarios de turno. Las posiciones de negociación del Estado salvadoreño deben ser definidas de manera sustentada y transparente, de cara a toda la sociedad y poderes del estado; ya que las repercusiones de dichas posiciones y decisiones repercutirían sobre los cuatro componentes del estado, a saber: población salvadoreña, territorio nacional, sistema de órganos del poder político y derecho.

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Yvette Aguilar | EL ACUERDO CLIMÁTICO MUNDIAL 2015: CRITERIOS PARA LA CONSIDERACIÓN DEL ESTADO Y DE LA SOCIEDAD SALVADOREÑOS

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4. Criterios para consideración del gobierno salvadoreño sobre el «paquete climático de Paris»

En la nota expositiva15 de la 11ava parte de la segunda reunión del Grupo de Trabajo Especial sobre la Plataforma de Durban, sus copresidentes explican que el documento conteniendo el paquete climático de París carece de estatus, y que el único documento considerado oficial por dicho Grupo es el Texto de Negociaciones de Ginebra16 , hasta que éste sea retirado por las Partes en la COP-21. El borrador de Acuerdo propuesto tiene un formato estructurado en 26 artículos pertinentes a disposiciones de naturaleza general, sustantiva, procedimental y final (Cuadro 1).15 ADP.2015.7.InformalNote

16 FCCC/ADP/2015/1

El texto propuesto del Acuerdo de nueve páginas, más bien parecería una plantilla con una ordenación de los temas objeto de negociación, dentro de los cuales se han condensado, reducido al mínimo y simplificado a nivel casi de punteo, las opciones propuestas por las partes; habiendo sido despojadas de su espíritu original y llevadas a la laxitud extrema. Tal es el caso del Art. 11 en el que se plantea la creación de un proceso o mecanismo facilitador de la implementación que sea de naturaleza no punitiva, no acusatoria y no judicial; omitiendo cualquier opción de creación de un régimen o mecanismo de cumplimiento como en el caso del Protocolo de Kioto, cuyo régimen de cumplimiento fue dotado de una rama facilitadora y otra sancionatoria.

Más allá de la situación de incumplimiento en que se encuentra el Estado salvadoreño por la no presentación de sus INDC antes del 1 de octubre recién pasado, y de la poca transparencia con que se han manejado las razones de dicha situación a lo largo de 2015; las posiciones gubernamentales deberán mantenerse dentro del respeto al derecho internacional y expresar la voluntad política requerida para realizar los esfuerzos que sean necesarios para subsanar dicha falencia, ya que el Estado salvadoreño tiene obligaciones a nivel interno e internacional -en el marco del multilateralismo y específicamente, del sistema de derechos humanos-.

A continuación se plantean criterios y recomendaciones con el fin de contribuir a sustentar y definir la posición de negociación del Estado salvadoreño, y de fortalecer el papel del gobierno en calidad de presidencia pro-témpore del Sistema de la Integración Centroamericana (SICA), de cara a las próximas rondas de negociaciones multilaterales de cambio climático hasta finales de 2015 y más allá.

PERSPECTIVA Y CRITERIOS QUE DEBERÍAN SUSTENTAR LOS ANÁLISIS Y POSICIONES D

En el abordaje de los textos de negociación, incluyendo el Texto de Negociaciones de Ginebra y 15 ADP.2015.7.InformalNote

16 FCCC/ADP/2015/1

ArtArt Título de la disposición Título de la disposiciónParte preambular

12345678910111213

DefinicionesPropósitoMitigaciónAdaptaciónPérdidas y DañosFinanciamientoDesarrollo y trasnsferencia de tecnologíaDesarrollo de capacidadesTransparenciaBalance mundialFacilitación de la implementación y cumplimientoConvención en calidad de Reunión de las Partes bajo el AcuerdoSecretariado

(*) SBSTA: Órgano Subsidiario de Ciencia y Tecnología y SBI: Órgano Subsidiario de Implementación

Disposiciones planteadas en el borrador de Acuerdo de París (versión del 5 de octubre)

141516|7181920212223242526

SBSTA y SBI (*)Arreglos de órganos e institucionales en apoyo al AcuerdoFirma e instrumentos de ratificación, aceptación, aprobación o adhesiónRequisitos adicionales y derechos en la toma de decisionesEntrada en vigenciaEnmiendadAnexosSolución de controversiasVotaciónDepositarioReservasRetiroLenguas

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9

EL ACUERDO CLIMÁTICO MUNDIAL 2015: CRITERIOS PARA LA CONSIDERACIÓN | Yvette AguilarDEL ESTADO Y DE LA SOCIEDAD SALVADOREÑOS

(d)

(e)

(g)

el Paquete climático de París o cualquier otro texto que eventualmente podría surgir en el entorno de las negociaciones multilaterales de cambio climático; así como de las posiciones y declaraciones políticas por parte de El Salvador o del SICA relativas al proceso y agenda de negociaciones, se debería:

(i) Adoptar la perspectiva de la garantía del sistema de derechos humanos y del cumplimiento de las obligaciones derivadas de éste para los Estados, y que esto se vea reflejado en la parte preambular y en las disposiciones sustantivas y procedimentales del Acuerdo,

(ii) Incidir para que los principios, criterios y buenas prácticas detallados a continuación, orienten y sustenten la naturaleza, alcance y eficacia de las disposiciones del Acuerdo a adoptarse, y vigilar porque sean incorporados plenamente y reflejados explícitamente en los textos que se negocien:

(a) El Acuerdo deberá ser un instrumento legalmente vinculante, bajo la figura de protocolo,

(b) Las disposiciones del Acuerdo deberán ser congruentes con el objetivo último de la Convención y ser consistentes entre sí para tal efecto,

(c) Las opciones de políticas y medidas deberán ser robustas, basadas en el mejor conocimiento científico disponible, sobre la base del «principio de precaución»,

El Acuerdo deberá ser de aplicación universal y en armonía con el principio de «responsabilidades comunes pero diferenciadas y capacidades respectivas», conforme al Art. 3.1 de la Convención,

El Acuerdo deberá reflejar la aplicación del

«principio de justicia climática», mediante el reconocimiento y respeto del sistema de derechos humanos, y la observancia de las obligaciones estatales en esa materia, incluidos los derechos de los pueblos indígenas, mujeres, jóvenes y niñez,

(f) Las disposiciones deberán estimular la acción y apoyo mediante financiamiento, investigación, innovación, desarrollo y transferencia de tecnologías, y desarrollo de capacidades, en atención al «principio de equidad»,

El conjunto de disposiciones sustantivas deberán contribuir a la efectividad ambiental de la mitigación y a viabilizar la adaptación ante los efectos e impactos del cambio climático, a fin de transitar hacia economías y sociedades bajas en carbono y adaptables a un clima cambiante

(h) Las normas y reglas del Acuerdo deberán reflejar el enfoque multilateral, versus el enfoque determinado nacionalmente, y asegurar la transparencia mediante la rendición de cuentas, comparabilidad, exhaustividad y exactitud de la información sobre la acción y apoyo,

(i) El instrumento deberá incluir un mecanismo para facilitar y promover la implementación, y otro mecanismo de cumplimiento, con un comité sancionatorio que ventile la resolución de conflictos,

(j) El Acuerdo deberá incluir al menos un Anexo con el listado de los países que presenten sus INDC, incluyendo la meta de reducción respectiva con el año correspondiente y el de referencia. La meta deberá ser cuantificada, incondicional y sustentarse en medidas que cumplan los criterios de adicionalidad, permanencia, mensurabilidad, verificabilidad y no fugas de emisiones.

Respecto a las alianzas políticas, tanto los funcionarios del ejecutivo como las delegaciones oficiales del Estado salvadoreño, deberán asumir una posición de extrema cautela en materia de adhesión a iniciativas plurilaterales, regionales o de otra índole impulsadas fuera del proceso multilateral de la Convención; sin antes desarrollar una consulta interna de carácter técnico, jurídico-legal y político, sobre la sustentación y repercusiones de tales iniciativas, y sin antes evaluar las opciones alternativas para enfrentar el cambio climático,

(a)

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Yvette Aguilar | EL ACUERDO CLIMÁTICO MUNDIAL 2015: CRITERIOS PARA LA CONSIDERACIÓN DEL ESTADO Y DE LA SOCIEDAD SALVADOREÑOS

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como son las estrategias y medidas de adaptación articuladas en distintos ámbitos territoriales, las cuales son elegibles de financiamiento en el Fondo Verde del Clima, Fondo de Adaptación y otras fuentes multilaterales y bilaterales. Desde la óptica de la adaptación, se busca prevenir o reducir los efectos e impactos adversos del cambio climático en la salud, biodiversidad, ecosistemas terrestres y marinos, sistemas fluviales, energía hidroeléctrica, asentamientos humanos, zonas costeras-marinas y actividades agropecuarias, entre otros.

La adhesión pública del gobierno salvadoreño a la iniciativa El reto de Bonn debería ser interpretada como una expresión de interés a nivel del poder ejecutivo, ya que las complejidades e implicaciones legales, ambientales, socioeconómicas y políticas derivadas de la aplicación de dicha iniciativa, todavía no han sido identificadas y mucho menos ventiladas, analizadas o evaluadas por los otros órganos del poder político, y mucho menos por los actores relevantes de la sociedad salvadoreña. Más allá del Reto de Bonn, el Estado salvadoreño tiene el compromiso internacional y el mandato nacional de enfrentar el Reto del cambio climático, considerando que cuanto más alto sea el nivel de ambición de las INDC de cada estado, en términos de acciones nacionales de mitigación apropiadas y efectivas, y de estrategias y planes de adaptación, mayores serán los cobeneficios para los países, y sus costos más manejables.

Sobre la base del «principio de transparencia» asumido por el gobierno salvadoreño actual, tanto Cancillería, que es la entidad responsable de la política exterior del país, como el MARN, que es el punto focal nacional ante la Convención, deberían rendir cuentas de manera sistemática y transparente a la sociedad y a todos los órganos del poder político del estado, incluyendo los entes contralores, sobre las posiciones que adoptan, alianzas que acuerdan e iniciativas a las que se adhieren, ex-ante y ex-post a su participación en las negociaciones multilaterales sobre la agenda de cambio climático.

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Autora

Yvette AguilarEconomista laboral salvadoreña, graduada de la Universidad Católica de Lovaina, especializada en planeación pública y privada y en diseño de estrategias, planes y proyectos de cambio climático. Ha sido negociadora durante diez años en el marco del proceso multilateral de cambio climático y ex-integrante del grupo de expertos en tecnologías (EGTT) bajo dicho proceso. Es investigadora en los temas de vulnerabilidad, impactos y adaptación al cambio climático; integrante de la Junta Asesora de la Plataforma «Voces del Sur para la Adaptación», y asesora en cambio climático de la Mesa de Cambio Climático de El Salvador, auspiciada por la FES-El Salvador

“La Fundación Friedrich Ebert (en alemán Friedrich Ebert Stiftung, FES) es una fundación política alemana que ofrece espacios de debate en más de 100 países del mundo y que tiene oficinas en todos los países de América Central. Su objetivo es fortalecer la democracia y la justicia social y, para estos efectos, coopera con actores políticos, sindicales y sociales de diversa índole en todo el mundo.

www.fesamericacentral.org”

Las opiniones expresadas en esta publicación no reflejan, necesariamente, los puntos de vista de la Friedrich-Ebert-Stiftung. PERSPECTIVAS - ISSN : 2413-6603