educacion vial

281
Universidad de Guayaquil Facultad de Filosofía Letras y Ciencias de la Educación Proyecto Educativo Previo a la Obtención del Titulo de Licenciado, en la Especialización: Físico Matemática Titulo del Proyecto “Importancia de la Educación Vial en el Sistema Educativo en la Ciudad de Guayaquil” Egresados: Bernardi Pibaque Eduardo Ernesto Herrera Morán Magno Neptali Asesor: Dr. Gabriel Reyes Castro 1

Upload: eduardo-bernardi

Post on 11-Aug-2015

108 views

Category:

Documents


9 download

TRANSCRIPT

Page 1: Educacion Vial

Universidad de Guayaquil

Facultad de Filosofía Letras y Ciencias de la

Educación

Proyecto Educativo

Previo a la Obtención del Titulo de

Licenciado,

en la

Especialización: Físico Matemática

Titulo del Proyecto

“Importancia de la Educación Vial en el

Sistema Educativo en la Ciudad de

Guayaquil”

Egresados:

Bernardi Pibaque Eduardo Ernesto

Herrera Morán Magno Neptali

Asesor: Dr. Gabriel Reyes Castro

Guayaquil, 2008

1

Page 2: Educacion Vial

Tema: “Importancia de la Educación Vial en

el Sistema Educativo en la Ciudad de

Guayaquil”

2

Page 3: Educacion Vial

Advertencia

Este proyecto es netamente personal, original y propio de los

autores. No se admiten copia de ninguna naturaleza.

Los Autores: Bernardí Pibaque Eduardo Ernesto

Herrera Morán Magno Neptalí

3

Page 4: Educacion Vial

Universidad de Guayaquil

Facultad de Filosofía Letras y Ciencias de la

Educación

Proyecto Educativo

Previo a la Obtención del Titulo de Licenciado, en

la

Especialización: Físico Matemática

Titulo del Proyecto

“Importancia de la Educación Vial en el Sistema

Educativo en la Ciudad de Guayaquil”

Hoja de Calificación

El jurado calificador otorga el presente trabajo

Calificación de:

Equivalente a:

4

Page 5: Educacion Vial

DEDICATORIA

DEDICATORIA

5

Page 6: Educacion Vial

6

Page 7: Educacion Vial

AGRADECIMIENTO

Hago un agradecimiento especial a Dios que me ha dado

tantas oportunidades para luchar y superarme.

Expreso mis agradecimientos a cada uno de los maestros que

integraron los currículos docentes, durante mi vida estudiantil y

especialmente al maestro de maestro Dr. Gabriel Ignacio Reyes

Castro que con sus sabios conocimientos ha sabido encaminar

este trabajo y llevarlo al éxito final.

Bernardi Pibaque Eduardo Ernesto

7

Page 8: Educacion Vial

AGRADECIMIENTO

Antes de todo agradezco a Dios que siempre estado conmigo

dándome el deseo de superarme.

Hago agradecimiento a mis maestros, que durante mi vida

estudiantil supieron dotarme de excelente conocimientos y

especialmente al maestro, amigo incondicional que siempre

esta presente Dr. Gabriel Ignacio Reyes Castro que con sus

sabios conocimientos ha encaminado este proyecto educativo a

su final éxito.

Herrera Morán Magno Neptalí

8

Page 9: Educacion Vial

Índice General

Carátula

Informes de Proyectos

Advertencia

Jurado

Dedicatoria

Agradecimiento

Índice General

Índice de grafico

Índice de Cuadros

Resumen

Introducción

CAPITULO I

El Problema

Planteamiento o Formulación

Ubicación del Problema

Situación del Problema

Causas y Consecuencias

Delimitación del Problema

Evaluación del Problema

Variable

9

Page 10: Educacion Vial

Objetivos

Justificación e Importancia

Trascendencia

Beneficios

CAPITULO II

MARCO TEORICO

Fundamentos Filosóficos

Fundamentos Sociológicos

Fundamentos Pedagógicos

Fundamentos Psicológicos

Fundamentos Legales

Guión de Contenidos

UNIDAD I

Factores:

1.1 Peatón.

1.2 Normas y Recomendaciones para los Peatones y

Conductores.

1.3 Lenguaje de Tránsito.

1.4 Precauciones para subir y bajar del vehículo.

1.5 Obligaciones de maestros padres de familia, alumnos.

1.6 Prohibiciones a los peatones.

10

Page 11: Educacion Vial

1.7 Causas de los accidentes de Tránsito.

1.8 Como evitar los accidentes de tránsito.

1.9 Primeros auxilios.

UNIDAD II

Señalización:

2.1 Introducción.

2.2 Señales de los agentes de circulación.

2.3 Señalización circunstancial y de balizamiento.

2.4 Semáforos.

2.5 Señales Verticales.

2.6 Marcas viales.

UNIDAD III

Reglas, leyes y reglamentos:

3.1 Reglas para los peatones, ciclistas y conductores.

3.2 Ley de tránsito y transporte terrestre.

3.3 Contravenciones de tránsito.

3.4 Los peatones y pasajeros.

3.5 Circulación de la velocidad vehicular y estacionamiento.

3.6 Seguros y sus beneficios.

11

Page 12: Educacion Vial

UNIDAD IV

Lineamientos curriculares de la educación para el tránsito para

la Educación Básica:

4.1 Contenidos de la Educación para el Tránsito.

4.2 Organización para el tránsito organización sencuencialidad

de contenidos de la educación básica.

4.3 Transformación de los contenidos de la educación para el

tránsito de acuerdo a los lineamientos de la educación básica.

4.4 Intercesión de contenidos en el área de matemáticas.

4.5 Desarrollo de Contenidos de lineamientos curriculares de

educación para el tránsito del 8 vo de Educación Básica.

CAPITULO III

METODOLOGIA: Métodos

Diseño de la investigación

Tipo de investigación

Población y muestra

Métodos y Técnicas

Instrumentos Investigación

Recolección de investigación

Planes de Lección

Diseño de la Encuesta

CAPITULO IV

Marco Administrativo

Humano

Materiales

Económicos

12

Page 13: Educacion Vial

Actividades realizadas

Conclusiones

Recomendaciones

Análisis e Interpretación de resultados

Bibliografía

CAPITULO V

Propuesta

Antecedentes de la Propuesta

Justificación de la Propuesta

Síntesis de Diagnostico

Problemática Fundamental

Importancia

Factibilidad

Descripción de la propuesta

Fundamentación

Misión

Visión

Políticas

Impacto Social

Beneficiarios

Anexos

13

Page 14: Educacion Vial

ÍNDICE DE GRÁFICO

ÍNDICE DE CUADROS

Universidad de Guayaquil

Facultad de Filosofía Letras y Ciencias de la Educación

Especialización: Físico Matemática

14

Page 15: Educacion Vial

Autores: Prof. Bernardí Pibaque Eduardo Ernesto

Prof. Herrera Morán Magno Neptalí

Tema: “Importancia de la Educación Vial en el Sistema

Educativo en la Ciudad de Guayaquil”

RESUMEN

Nuestra propuesta se basa en que la Educación Vial sea

considerada una materia mas en el pénsum académico para

15

Page 16: Educacion Vial

todos los estudiantes de Educación Básica y diversificado, para

la enseñanza de las normas, leyes y reglamentos de tránsito y

que es necesario que conozcan para así poder transmitir sus

conocimientos a otras personas y lograr su aplicación en todo

lugar, aportando de esta manera a la preservación del nivel

social, cómo también a la vida de los seres humanos y a la

conservación de todos los bienes.

A diario observamos como se pierden muchas vidas, se

destruyen bienes materiales y se atenta contra el medio

ambiente, debido a la violación de la Ley, Normas y

Reglamentos de Tránsito.

Considerando que la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, y

Seguridad Vial en su Art. 4 establece la obligación del Estado

garantizar el derecho de las personas a ser educadas y

capacitadas en materias de tránsito y seguridad vial. Para el

efecto se establece la enseñanza obligatoria en todos los

establecimientos de educación pública y privadas del país en

todos los niveles de conformidad con los programas de estudio

elaborado conjuntamente por la Comisión Nacional del

Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial y el Ministerio

de Educación y Cultura (MEC); y en el Título II, de la Educación

Vial y Capacitación, Art. 185 establece objetivos para educación

del tránsito y seguridad vial, además en su Art. 186, el

Ministerio de Educación en conjunto con el Director Ejecutivo de

la Comisión Nacional y en coordinación con la Dirección

Nacional de Control del Tránsito y Seguridad Vial, en el ámbito

16

Page 17: Educacion Vial

de sus competencias, diseñaran y autorizaran los planes y

programas educativos para estudiantes, peatones, conductores,

instructores viales y demás actores relacionados con la

educación, prevención, transito y educación vial; y lo que

estipulará el Reglamento Aplicativo a la Ley.

Además en sesión del 20 de abril de 1982, el Consejo Nacional

de Transito y Transporte Terrestre (ex organismo de Transito de

la Ley anterior), aprobó los programas de educación vial para

los niveles pre primario y primario. Por otro lado el Ministerio de

Educación y Cultura responsable del funcionamiento del

sistema educativo nacional, emite el Acuerdo Ministerial 2230

del 30 de abril de 1996, los Lineamientos Curriculares de la

Educación para el Tránsito, para las áreas de estudio de la

educación básica como eje transversal en coordinación con el

Consejo Nacional de Transito y Transporte Terrestre que da

como resultado la producción de la serie de textos “

Semaforito” para cada uno de los años de la educación básica.

Con la dotación de materiales didácticos y el apoyo de las

autoridades se podrán llevar a cabo un buen aprendizaje y

concienciar al alumnado de la importancia la educación vial,

cuyo objetivo es enseñar para prevenir y evitar accidentes.

INTRODUCCIÓN

17

Page 18: Educacion Vial

La sociedad del siglo XXI presenta una serie de riesgos,

circunstancias, situaciones y cambios tecnológicos, que deben

ser enfrentados desde la formación de los sujetos como

ciudadanos. Frente a esta situación se ha creado varios

programas y proyecto que van dirigidos a disminuir el índice de

accidentes y de mortalidad en Guayaquil, cocientes de las cifras

alarmantes de los accidentes de transito provocados por una

inadecuada formación de los conductores y como resultado de

un poca actitud positiva de la sociedad en general como

peatones que somos.

Las estadísticas que maneja la Dirección Nacional de Tránsito y

Transporte Terrestre (ex organismo de Tránsito de la Ley

anterior) establecen que las principales causas de muerte por

accidentes de tránsito en el Ecuador son la impericia con el 54

%, exceso de velocidad 21 %, el alcohol con el 9 %, el peatón el

9 %, la infraestructura el 3 %, el mecanismos el 1 %, por

cansancio 1%, y por otras razones el 4%.

Las causas fueron detectadas en los 12.893 accidentes de

tránsito del 2006. Esta cifra superó los incidentes del 2004 que

llegaron 11.124; y el 2005 que fueron 11.629 accidentes.

Las áreas de mayor impacto fueron las urbanas con el 69 % de

los accidentes; en tanto que en las zonas rurales se registra un

total del 31 %, en el 2006.

El 55 % (4210) de los responsables de los accidentes lo

registran los profesionales; y, el 45 %, los portadores de

licencias no profesionales.

18

Page 19: Educacion Vial

Tomando en cuenta las cifras damos por sentado que hay

razones suficientes para adoptar medidas estratégicas rápidas

que permitan disminuir el alto índice de accidentes y la

gravedad del problema, atendiendo la educación de la niñez,

juventud y de la sociedad en su globalidad.

Los autores

19

Page 20: Educacion Vial

CAPITULO I

EL PROBLEMA

PLANTEAMIENTO O FORMULACIÓN

Desconocimiento e Inobservancia de la Ley, Señales, Normas y

Reglamentos de Transito de las personas en general,

particularmente de quienes estudian en los diferentes niveles.

UBICACIÓN DEL PROBLEMA

El presente proyecto será en el Instituto Técnico Superior

“Vicente Rocafuerte” de la ciudad de Guayaquil, ubicado en las

calles Lizardo García entre Aguirre y Hurtado, en el periodo

lectivo 2008 – 2009, está enmarcado dentro del contexto

educativo y su ejecución se realiza al detectar que los

estudiantes no tienen conocimiento de educación Vial.

A través de la aplicación, estudio y práctica de la Educación

Vial, aspiramos a que, en un cercano futuro hayan disminuido

los datos de aquellas fatídicas estadísticas de mortalidad por

accidentes de transito en el Ecuador.

SITUACIÓN DE CONFLICTO

En lo que se refiere a la Educación Vial implementada, los

alumnos desconocían las Señales, Normas, Ley y Reglamentos

de Tránsito, falta de de materiales didácticos.

Adquirir materiales por Autogestión para su uso apropiado

y que sirva de apoyo para el aprendizaje.

20

Page 21: Educacion Vial

La aplicación oportuna de los conocimientos de tránsito de

acuerdo al Programa de estudio al 8vo año de Educación

Básica.

CAUSAS Y CONSECUENCIAS

Causas

Por la carencia y desconocimientos de las señales, normas,

ley, reglamentos de tránsito y materiales didácticos, es

imposible que los educandos del 8vo Año Básica tengan una

mejor motivación y conceptualización de las nociones de

tránsito de cada uno de los temas a enseñarse.

Carencia de presupuesto para inversión de materiales.

No incentivación hacia el arte creativo.

Poco interés de los Padres de Familia para la aplicación

Vial.

Consecuencias

La falta de conocimiento de los educandos sufra un

accidente de tránsito.

Revelar la inspiración de cada uno de los estudiantes.

Realización de charlas par motivar el aprendizaje del

educando.

Demostrar actividades para el interés de los Padres de

Familia.

DELIMITACIÓN DEL PROBLEMA

21

Page 22: Educacion Vial

Campo : Educativo a nivel medio

Área : Matemática

Asignatura : Educación Vial

Aspecto: Social Pedagógico

Tema : “Importancia de la Educación Vial en el Sistema

Educativo en la ciudad de Guayaquil”

EVALUACIÓN DEL PROBLEMA

Delimitado: A los estudiantes de 8vo año de educación

básica del Colegio Técnico Superior Vicente Rocafuerte”

sección vespertina.

Claro: Comprende la importancia de la Educación Vial del

sistema educativo de la ciudad de Guayaquil y puesta en

práctica la habilidad y creatividad a través de esos

materiales con carteles, charlas entre otros aspectos.

Evidente: Cuenta con causas y consecuencias que se

generan, con las alternativas se ayudaran a la falta de

conocimientos de Educación Vial.

Original: Es novedoso por la importancia que tiene la

educación vial para los educandos (peatón).

Factible: Consta con el apoyo de las autoridades y

directivos de la Institución, siempre interesados de la

superación de los estudiantes, por la importancia e

implementación de educación víal.

Contextual: Producto de un diagnostico, evaluación de

los resultados de encuesta, aplicado a los estudiantes de

la Institución antes mencionada; así como la experiencia

22

Page 23: Educacion Vial

ya vivida a lo larga de practica docente. Los procesos

cognoscitivos a través de la creatividad.

Relevante: Revistara la importancia para desarrollar las

estrategias para llegar al estudiantes.

VARIABLES

Independientes: Por la Falta de conocimientos y para evitar

accidentes de tránsito, se implementa educación vial a nivel

escolar.

Dependiente: Aplicación de los programas de estudios de

Educación Víal en los estudiantes del 8vo año básica.

OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIÓN

General:

Potenciar a través de la Educación Vial, los conocimientos de

prevención de accidentes de transito a nivel escolar, con

acciones para que el educando tenga una mejor visión de los

problemas en los que se puede ver inmersos en la calle, en

situaciones de tránsito como peatón, conductor y pasajero,

previniendo los conductores viales inseguros.

Específicos:

Evaluar el nivel de conocimiento de los jóvenes con

respecto a la Educación Vial.

Desarrollar un plan de Educación Vial preventivo a nivel

escolar.

23

Page 24: Educacion Vial

Analizar las causas y efectos que producen los accidentes

de tránsito.

Concienciar a los más jóvenes sobre la necesidad e

importancia de la Educación Vial como una actitud

personal habitual, a fin de lograr un cambio de conducta.

Proponer el cambio de hábitos en los adultos a través de

las nuevas generaciones que ya han

demostrados tener capacidad para participar en ella.

Fomentar el respeto a la Ley de Tránsito y acatamiento a

sus disposiciones.

Justificación:

Las distintas reformas educacionales que se hayan implantadas

en el país, con el fin de mejorar el sistema educativo de

acuerdo al desarrollo de la sociedad, se las ha hecho a nivel de

estructuras educativas. Pero no se ha pensado en una

educación preventiva a nivel vial que tanta falta nos hace en los

actuales momentos, ya que educando tempranamente al niño

sobre normas de comportamiento de conducta vial, tendremos

al hombre del mañana respetuoso de las leyes de tránsito.

El educador es la persona con la que el adolescente pasa la

mayor parte del tiempo, es el llamado a iniciar la educación con

respecto a educación vial, un trabajo que puede dejar en el niño

la semilla que germinará en el adolescente, etapa en el cual

todas las tentaciones resultan difícil de controlar y que deberá

ser reforzada en el hogar.

24

Page 25: Educacion Vial

Considerando la importancia de una verdadera formación

integral del alumno, en la que se impliquen además del

profesorado, diversas personas del medio cercano y para dar

cumplimiento a lo que estipula la Ley Orgánica Transporte

Terrestre, Transito y Seguridad Vial en sus Art. 4, 185 y 186 y lo

que estipulará el Reglamento Aplicativo a la Ley de Tránsito; se

hace necesario entonces dadas las circunstancias actuales que

dentro del plan anual se asignen horas dentro de la educación

con temas de Educación Vial.

Importancia:

El proyecto busca satisfacer la necesidad de aprovechar la

creatividad del estudiante.

Desarrollar, explotar la creatividad del estudiante.

Innovar conocimientos de Educación víal, para que los

estudiantes desarrollen su destreza.

Con el buen manejo de los materiales didácticos se

permitirán verdaderas bases de conocimientos para la vida

diaria.

A través de la práctica, afianzaran sus conocimientos con

sus debidas aplicaciones en el nivel social.

Trascendencia:

El proyecto desea alcanzar que los estudiantes sean

capaces de emplear las señales y normas de transito, para

su correcto aprendizaje.

25

Page 26: Educacion Vial

Va ha incidir en forma posterior en las nuevas

generaciones de estudiantes para obtener mejores

resultados.

Elimina lo tradicional, lo común y generalizado, en base a

nuevos programas de estudios de educación vial, que

servirá para las nuevas generaciones, a la comunidad

docente y dicente.

Beneficiarios:

Podemos observar que el proyecto beneficiará a toda la

población en general, a la ciudad de Guayaquil, es decir,

que se va a tener menos accidentes de tránsito

La institución va ganar prestigio y los alumnos van a tener

un mejor aprendizaje.

Para coadyuvar mediante la educación vial, a la reducción

de los accidentes y riesgo en la circulación vehicular y

peatonal, mejorando así la calidad de vida.

Para contribuir al desarrollo equilibrado de los estudiantes,

al respeto por la vida que conlleve a una sana y consciente

relación con los autores del tránsito: Agente de Transito,

Conductores- Peatones y Pasajeros.

Para iniciar tempranamente a los estudiantes en los

procesos de desarrollo de una Cultura de Seguridad Vial en

el tránsito vehicular y peatonal.

26

Page 27: Educacion Vial

CAPITULO II

MARCO TEORICO

Con el fin de desarrollar este proyecto de la importancia de la

educación vial, nos hemos basados a los programas de estudio

aprobados por el Ministerio de Educación y Cultura,

descubrimos situaciones que nos obligan a utilizar materiales

que son importantes para la utilización de las señales de

tránsito, por lo que el alumno puede relacionar un ejemplo con

otro, a su vez le permite adquirir nuevos conocimiento por

medio de educación vial y el dominio de la materia le facilitara

el aprendizaje en nuevas situaciones.

Fundamentos filosóficos

Cita:

Dicen: Moran (2001) ojo preguntar titulo del libro y autor

“ A la Filosofía no se la puede considerar en la actualidad con

el solo carácter teórico o y metafísico, sino más bien como el

27

Page 28: Educacion Vial

producto de la explicación del mundo, del hombre y de sus

problemas diarias busca la parte de actitud practica de la vida

para resolver las incógnitas del conocimiento y la existencia la

filosofía a punta hacia al aspecto social como aspecto

primordial de nuestra época, por esta razón el maestro de la

filosofía debe actuar en función social del medio en que vive y

utiliza como método de superación “ (Pág. 271).

Fundamentos Sociológicos ojo preguntar titulo del libro

y autor

Cita : J.J Nodarse dice:

“Sociología estudia el fenómeno social desde distintos puntos

de vista: sociología las causas generales en virtud de las cuales

ocurren determinados fenómenos sociales, haciendo

abstracción de las circunstancias particulares que que ocurren

en esos casos, se dice que es sociología pura”(Pág. 11)

El tema se fundamenta en una necesidad sociológica

especializada, porque circunscriben en su enfoque aun aspecto

particular del fenómeno social.

Esta Sociología pura da entender en el tema propuesto, que los

estudiantes al no conocer las normas, leyes de tránsito, los con

lleva a la opción de escoger otro programa de estudio de

educación víal.

Fundamentos Pedagógicos ojo preguntar titulo del libro y

autor

28

Page 29: Educacion Vial

Cita: Ausubel dice:

“ La fuente información juega un papel importante en el

aprendizaje deben estar organizados, las nuevas ideas deben

ser significativos para el estudiante, la transmisión del

conocimiento debe ser del docente al estudiante en forma

eficaz y por lo tanto se traduce al aprendizaje mientras mas alto

el nivel educativo tendrá mayor cantidad de conocimientos ”.

Conclusión:

El modelo pedagógico del área es el constructivismo la misión

es brindar una educación que con lleve a valores.

Dotar de habilidades y destrezas en los educandos, el

conocimiento de las Normas y leyes de tránsito.

Fundamentos Psicológicos ojo preguntar titulo del libro

y autor

En su mayoría son frutos de las investigaciones realizadas por

la psicología de la Gestalt. Según ellos, los individuos tienden a

demostrar porque las normas leyes deben de conocer los

peatones.

Leyes que regulan la agrupación de estimulo. El hombre tiende

a estructurar los estímulos simples en forma más complejas.

Principios:

a) Proximidad: tendremos a percibir las cosas que están

próximas como si formaran un grupo.

b) Semejanza: vemos las cosas semejantes como parte

constitutivas de una misma estructura.

En conclusión:

29

Page 30: Educacion Vial

Para identificar la creatividad y el aprendizaje como expresión

de lo que tenemos dentro. Constituye el soporte material de la

conducto y gracias a los cuales el hombre capta estimulo

externo los organiza y emite respuesta de tránsito a los

peatones.

Fundamentos Legales ojo corregir

Este proyecto tiene su fundamento legal en los siguientes

artículos de la Ley de Educación (Ley N°. 127 R.O. 484 del 3

Mayo de 1983. Reformada).

Art. 3.- Son fines de la Educación ecuatoriana:

a) Desarrollar la capacidad física, intelectual creadora critica

del estudiante, respetando su identidad personal para que

contribuya activamente a la transformación moral, política,

social, cultural y económica del país.

b) Propiciar el cabal conocimiento de la realidad nacional

para lograr la integración social, cultural y económica del

pueblo y superar el subdesarrollo en todos sus aspectos.

c) Estimular el espíritu de investigación, la actividad

creadora y responsable en el trabajo, el principio de

solidaridad humana y el sentido de cooperación social.

d) Atender preferentemente la educación pres- escolar,

escolar, la alfabetización y la promoción social, cívica,

económica y cultural de los sectores marginados.

Art. 23 El Ministerio de Educación y Cultura es responsable del

funcionamiento del sistema educativo nacional, de la

30

Page 31: Educacion Vial

formulación y ejecución de la política cultural y deportiva de la

difusión del desarrollo científico y tecnológico.

Art. 25.- El consejo nacional de Educación es el organismo

permanentemente de asesoramiento y consulta del ministro en

las políticas educativas, técnicas, científicos y en los asuntos

sometidos a su conocimiento.

Art. 42.- Las planificación técnica se hará en base de la

investigación de las necesidades nacionales y de la

determinación de prioridades y características de la

infraestructura educativa dentro del mapa escolar.

Por otra parte La ley de tránsito establece como obligatorio,

según podemos apreciar en los siguientes artículos de dicha

ley:

Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y

Seguridad Vial: Garantiza el derecho de las personas a ser

educadas y capacitadas en materia de transito y seguridad vial,

estableciendo objetivos, por lo que establece la enseñanza

obligatoria en todos los establecimientos públicos y privados

del país en todos sus niveles, según los Art. 4-185-186.

Acuerdo Interministerial N.- 2877 del 85–04-15.

(Ministerio de Gobierno y Política y Ministerio de Educación

y Cultura a el desarrollo CONADE (periodo 92-96)ojo

Acuerdo Ministerial N.- 2233 del 30 Abril de 1996

publicado en el Registro oficial N.- 948 del 17 de Mayo

1996 emitido por el Ministerio de Educación.

31

Page 32: Educacion Vial

Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el

Ministerio de Gobierno y Policía y el Ministerio de

Educación y cultura y publicado en el Registro

Oficial N.- 108 del 14 de Enero 1997 y actualizado el 30

de Septiembre 2004.

(Más informaciones sobre leyes de tránsito en

Educación Víal, ver en la unidad # 3 ).

Ojo revisar ley de transito

UNIDAD I

Guión de Contenidos

UNIDAD I

Factores:

1.1 Peatón.

1.2 Normas y Recomendaciones para los Peatones y

Conductores.

1.3 Lenguaje de Tránsito.

1.4 Precauciones para subir y bajar del vehículo.

32

Page 33: Educacion Vial

1.5 Obligaciones de maestros padres de familia, alumnos.

1.6 Prohibiciones a los peatones.

1.7 Causas de los accidentes de Tránsito.

1.8 Como evitar los accidentes de tránsito.

1.9 Primeros auxilios.

Desarrollo

Factores:

1.1 Peatón.

Antecedentes. La palabra peatón viene del latín “pes” que

significa “pie”. Toda persona que camina es un

peatón y todas las personas tienen derecho a

circular por las calles y carreteras del país, a

movilizarse de un lugar a otro y disfrutar de

libertad de movimiento, pero esta libertad tiene

sus límites, ya que deben respetar las señales de tránsito

instaladas en las vías para garantizar su seguridad.

Las señales de tránsito tienen que ser observadas y cumplidas

por los peatones, ciclistas y pasajeros, porque las mismas

fueron construidas e instaladas para regular el tránsito de todos

los ciudadanos, pero por más señales, avisos y marcas que se

pinten o coloquen en las vías, no será posible proteger a todos

los peatones, en especial a aquellos que prestan poca o

ninguna atención e irrespetan las señales poniendo en juego su

vida y la de los demás.

Estudios realizados respecto a los peatones determinan que un

70% de los accidentes se producen porque las personas no

33

Page 34: Educacion Vial

cruzan por las intersecciones, no utilizan los pasos peatonales o

no circulan por la zona peatonal y que el 90% por ciento fallece,

mientras que el resto sufre heridas de gravedad y

discapacidades, porque definitivamente no existe un correcto

comportamiento vial.

Los padres, abuelos, hermanos, profesores y

los amigos, juegan un rol importante en la

formación de los futuros peatones, por ello

es recomendable que a partir de los tres

años, se empiece a enseñar a los niños

normas mínimas de comportamiento vial, que ellos deben

observar cuando camina por las calles o carreteras.

La infancia constituye la edad privilegiada para que el niño

aprenda a comportarse bien en las calles, ya que desconocen

las normas de transito y no tienen experiencia para movilizarse

por las vías, en calcular la distancia y las velocidades y no

perciben los peligros, porque solo piensan en jugar, sin importar

como lo hace.

De los 3 a los 8 años los niños son más receptivos, memorizan

rápidamente y aprenden con mayor facilidad y de los 8 a los 12

años hay que afianzar los conocimientos en materia de tránsito,

mediante la educación vial, la misma que deberá ser

jerarquizada, es decir, que vaya desde lo más simple a lo más

complejo y realizarla todos los días aprovechando las

oportunidades que se presenten en la casa, en los

establecimientos educativos en los paseos familiares y en los

juegos, hasta que las normas sean memorizadas.

34

Page 35: Educacion Vial

Por causas de los atropellos miles de personas fallecen en el

mundo y la Organismo Mundial de la Salud, ha calificado a los

accidentes de tránsito en lo que se ven involucrados los

peatones, como “Una enfermedad crónica muy grave y de

fatales consecuencias”. Existe gran preocupación por las

lesiones que causan los vehículos a los peatones, inclusive

otros países han dictado nuevas leyes, que obligan a los

fabricantes de vehículos a colocar estructuras mas blandas en

las partes delanteras y muchas empresas han logrado

desarrollar módulos frontales de gran flexibilidad, que se

deforman sin causar heridas de gravedad en las piernas,

rodillas, muslos o caderas de los peatones.

Hasta aquí esta corregido

DISPOSICIONES LEGALES

El peatón esta considerado como unos de los elementos más

importantes dentro del tránsito vehicular y los atropellos son los

accidentes que más problemas de orden legal, médico y social

presentan, para la gran gravedad de lesiones y los problemas

de tipo económico que generan. La normativa respecto a los

peatones se encuentra establecida en el Art. 6 de la ley de

35

Page 36: Educacion Vial

tránsito que dice “ El tránsito peatonal se sujetará a la

disposiciones que contara en el reglamento respectivo “y en

Art. 131 establece, “ Se considera zona de seguridad peatonal a

las aceras, boca calles , ingreso de establecimiento de

educación , iglesias, clínicas y hospitales, cuarteles, cuerpo de

bombero, mercado cerrados y abiertos, plaza públicas , campos

deportivos , cine y teatros, acceso para discapacitados, sin

perjuicio de señalización que de acuerdo al reglamento realizan

las autoridades de tránsito”.

El Reglamento la ley de tránsito en el

capitulo relacionado con los peatones y

los pasajeros, del Art. 70 al 78

determinan cuales son los deberes y

obligaciones que tienen que cumplir los

peatones y lo que esta prohibido realizar.

Establece a demás que su imcumpliento es sancionado como

una contravención de Primera Clase, citación que debe ser

entregada por el agente de tránsito al peatón que incumplan

con las disposiciones o9 norma de tránsito; pero hasta el

momento no existen una reglamentación que permita sancionar

a los peatones y las infracciones tránsito cometida por menores

de 18 años son juzgadas por los tribunales de menores con

sujeción al Código de Menores y a la Ley de Tránsito.

CONCEPTOS DE ACERA, CALLE, CALZADA Y CARRIL DE

CIRCULACIÒN

36

Page 37: Educacion Vial

Acera. Es una parte de la vía pública reserva para el uso

exclusivo de los peatones.

Calzada. Es la parte pavimentada o afirmada de la vía pública,

comprendida entre los bordes del camino y la acera destinados

a la circulación de vehículos.

Calle. Vía Pública para el tránsito de personas y vehículos

dentro de poblaciones y que se componen de aceras y

calzadas.

Carril de circulación. Espacio delimitado dentro de una

calzada, que esta destinado al tránsito de vehículos en una sola

columna que circulan en el mismo sentido

Peatón. Es toda persona natural que circula a pie por sus

propios medios de locomoción y a los

discapacitados que transitan en artefactos

especiales manejados por ellos o por

terceros.

Las Normas y disposiciones de tránsito no son respetadas por la

mayoría de conductores y los peatones, muchas veces por

desconociendo faltan de conducta Vial o por que no han sido

capacitados, muchos no utilizan los pasos peatonales, cruzan

las calles entre los vehículos y arriesgan su vida, no cruzan por

la zona de seguridad peatonal no toman las preocupaciones

conversan con otras personas en medio de vía o miran solo a

un costado antes de pasar. Por todas están circunstancia se

vuelve imprescindible la aplicación de un programa de

capacitación dirigido a todas las sociedades ecuatoriana.

37

Page 38: Educacion Vial

1.2 Normas y Recomendaciones para los Peatones y

Conductores.

ESTAR SIEMPRE ALERTA

Y CEDER EL PASO A LOS

PEATONES.

REDUCIR LA VELOCIDAD

EN LAS ZONAS DE SE-

GURIDAD PEATONAL.

RESPETAR AL PEATON,

EN ESPECIAL A LOS

NIÑOS, ANCIANOS Y MI-

NUSVALIDOS.

NO CONDUCIR EN ESTA-

DO DE EMBRIAGUEZ.

TENER PRESENTE LOS

NIÑOS NO MIDEN EL PE-

MIRAR HACIA LOS DOS

COSTADOS Y CRUZAR

CAMINANDO Y NO CO-

RRER.

CAMINAR POR LA ACERA

Y POR EL LADO OPUES-

TO A LA CALZADA, NO

POR EL BORDILLO.

NIÑOS DE 7 A 9 AÑOS

DE- BEN APRENDER A

DIFERENCIAR ENTRE

UNA ACERA Y LA

CALZADA.

38

CONDUCTORCONDUCTOR PEATÓNPEATÓN

Page 39: Educacion Vial

LIGRO Y CRUZAN LAS VIAS

CORRIENDO CRUZAR SOLO POR LAS

IN- TERCESIONES.

LOS ANCIANOS TIENEN

QUE CUIDAR BIEN A LOS

MENORES DE EDAD.

39

CONDUCTORCONDUCTOR PEATÓNPEATÓN

Page 40: Educacion Vial

REDUCIR LA

VELOCIDAD.

RESPETAR AL

PEATON Y ESTAR

ATENTO.

DETENER VEL

VEHICULO ANTES DE LA

LINEA DE PARE.

RESPETAR LOS

SEMA- FOROS Y LAS

SEÑALES DE

TRANSITO Y NO

PITAR.

ESPERAR A QUE

PASEN TODOS LOS

PEATONES POR

LA ZONA DE SEGU-

RIDAD Y LUEGO CONTI-

NUAR HACIA ADELANTE.

CRUZAR POR LA

ZONA DE SEGURIDAD

PEATONAL.

UTILIZAR LOS PASOS

PEATONALES ELEVADOS.

MIRAR A AMBOS

COSTADOS DE LA CALLE

ANTES DE CRUZAR.

CRUZAR POR LA

ZONA DE SEGURIDAD Y

NO DISTRAERSE

SALUDANDO CON OTRAS

PERSONAS.

ESTAR ATENTO AL

SEMAFORO Y A LAS

OTRAS SEÑALES DE

TRANSITO.

40

Page 41: Educacion Vial

RESPETAR LAS

SEÑALES DE TRANSITO

Y AL PEATON.

REDUCIR LA

VELOCIDAD.

RECORDAR QUE

ALGUNA PERSONA

PUEDE APARECER EN

FORMA REPENTINA.

Y QUE LA MAYORIA DE

PERSONAS NO

UTILIZAN LOS PASOS

PEATONALES Y SE

CRUZA ENTRE LOS

VEHICULOS.

RECORDAR QUE LOS

PEATONES CRUZAN

LAS CALLES

CORRIENDO.

CRUZAR LAS CALLES

CAMINANDO Y POR LAS

ESQUINAS.

UTILIZAR LOS PASOS

PEATONALES Y LA

ZONA PEATONAL.

NO CRUZAR LAS VIAS

INTEMPESTIVAMENTE.

NO CRUZAR ENTRE LOS

VEHICULOS.

NO CRUZAR LAS CALLES

O LA CARRETERAS

CORRIENDO.

ESTAR ATENTO A LAS

SEÑALES DE TRANSITO.

41

CONDUCTORCONDUCTOR PEATÓNPEATÓN

CONDUCTORCONDUCTOR PEATÓNPEATÓN

Page 42: Educacion Vial

RESPETAR AL PEATON Y

FACILITAR EL PASO, NO

INSULTARLO.

REDUCIR LA VELOCIDAD Y

ESTAR ATENTO.

UTILIZAR EL PITO, SOLO SI

ES NECESARIO.

TENER PRESENTE QUE

LOS PEATONES PUEDEN

SALIR CORRIENDO.

TOMAR LAS

PROVIDENCIAS, YA QUE

MUCHOS PEA-TONES

PUEDEN TENER

PROBLEMAS DE AUDICION

O SER CIEGOS.

TENER CUIDADO ANTES DE

CRUZAR LA VIA, MIRAR A

LOS DOS LADOS.

NO DETENERSE A

SALUDAR O CONVERSAR

CON OTRAS PERSONAS.

CRUZAR SOLO POR LA

ZONA PEATONAL Y POR

LAS ESQUINAS.

NO ESTAR DISTRAIDO EL

MOMENTO DE CRUZAR

UNA VIA.

NO CRUZAR LA CALLE

LEYENDO CUBIERTO LA

CARA CON PAQUETES.

RESPETAR LAS SEÑALES

DE TRANSITO Y DETENER

RESPETAR LAS SEÑALES DE

TRANSITO.

42

CONDUCTORCONDUCTOR PEATÓNPEATÓN

Page 43: Educacion Vial

EL VEHICULO

TOTALMENTE.

REDUCIR LA VELOCIDAD

ANTES DE LLEGAR A LA

LINEA DE SEGURIDAD.

RESPETAR A LOS

PEATONES, ELLOS TIENEN

EL DERECHO DE VIA.

NO PITAR A LOS PEATONES

PORQUE PUEDEN SALIR

CORRIENDO.

ESTAR ATENTO, LOS

PEATONES CRUZAN ENTRE

LOS VEHICULOS.

CRUZAR SOLO POR LA

ZONA PEATONAL.

MIRAR A LOS DOS LADOS

DE LA VIA ANTES DE

CRUZAR.

NO CRUZAR LA CALZADA

ENTRE LOS VEHICULOS,

HACERLO POR LAS

ESQUINAS.

ESTAR ATENTO A LAS

LUCES DE LOS

SEMAFOROS.

MIRAR HACIA ATRÁS SOBRE

EL HOMBRO, Y VER SINO

VIENE UN AUTO.

43

CONDUCTORCONDUCTOR PEATÓNPEATÓN

Page 44: Educacion Vial

REDUCIR LA VELOCIDAD Y

NO PITAR.

RESPETAR AL PEATON

ELLOS TIENEN EL

DERECHO DE VIA

NO ACELERAR E

INSULTAR A LAS

PERSONAS.

SALIRSE UN POCO DE SU

CARRIL DE CIRCULACIÓN

PARA FACILITAR EL PASO

A LOS PEATONES.

ENCENDER LAS LUCES

BAJAS PARA QUE EL

PEATON PUEDA VER AL

VEHICULO.

CAMINAR EN SENTIDO

OPUESTO ALA

CIRCULACION DE LOS

VEHICULOS, DANDOLES EL

FRENTE, EN CALLES SIN

ACERA.

NO CRUZAR EN CURVAS Y

TENER MAS CUIDADO

CUANDO LLUEVE,

EXISSTEN NEBLINA O EN

LA NOCHE.

USAR ROPA DE COLORES

CLAROS, CHALECOS Y

LINTERNAS.

NO UTILIZAR AUDIFONOS

DE RADIO O CELULARES.

44

CONDUCTORCONDUCTOR PEATÓNPEATÓN

Page 45: Educacion Vial

REDUCIR LA VELOCIDAD

Y NO PITAR.

RESPETAR AL PEATON

ELLOS TIENEN EL

DERECHO DE VIA.

NO ACELERAR E

INSULTAR A LAS

PERSONAS.

SALIRSE UN POCO DE SU

CARRIL DE CIRCULACIÓN

PARA FACILITAR EL PASO

A LOS PEATONES.

ENCENDER LAS LUCES

BAJAS PARA QUE EL

PEATON PUEDA VER AL

VEHICULO.

CAMINAR EN SENTIDO

OPUESTO A LA

CIRCULACION DE LOS

VEHICULOS, DANDOLES EL

FRENTE, EN CALLES SIN

ACERA.

NO CRUZAR EN CURVAS Y

TENER MÁS CUIDADO

CUANDO LLUEVE, EXISTE

NEBLINA O EN LA NOCHE.

USAR ROPA DE COLORES

CLAROS, CHALECOS Y

LINTERNAS.

NO UTILIZAR AUDIFONOS

DE RADIO O CELULARES.

45

CONDUCTORCONDUCTOR PEATÓNPEATÓN

Page 46: Educacion Vial

REDUCIR LA VELOCIDAD

AL LLEGAR A UNA

INTERSECCION.

RESPETAR AL PEATON Y

FACILITARLES EL PASO.

DETENER EL VEHICULO,

ANTES DE OLA LINEA DE

PARE

NO PITAR SI ALGUN

PEATON SE CRUZA EN

FORMA INTEMPESTIVA.

RECORDAR QUE MUCHOS

PEATONES NO CONOCEN

LAS NORMAS DE

TRANSITO.

CAMINAR POR EL

COSTADO DERECHO DE LA

ACERA.

NO CRUZAR LA CALZADA

EN FORMA DIAGONAL.

NO CRUZAR LAS CALLES O

CARRETERAS CORRIENDO.

MIRAR A LOS DOS

COSTADOS DE LA VIA

ANTES DE CRUZAR.

VER SINO VIENE UN

VEHICULO POR DETRÁS.

RESPETAR LAS SEÑALES.

REDUCIR LA VELOCIDAD

AL PASAR POR LOS

CHARCOS DE AGUA.

RESPETAR AL PEATON

ESTAR ALERTA ANTE EL

PASO DE LOS VEHICULOS.

RESPETAR LAS SEÑALES

46

CONDUCTORCONDUCTOR PEATÓNPEATÓN

Page 47: Educacion Vial

TENER EN BUEN ESTADO

LAS LLANTAS DEL

VEHICULO.

PRENDER LAS LUICES

BAJAS DEL VEHICULO

PARA QUE LOS OTROS

CONDUCTORES LE

OBSERVEN.

TOMAR EN CUENTA QUE

CUANDO LLUEVE, TODAS

LAS PERSONAS CORREN

AL CRUZAR LAS CALLES.

DE TRANSITO Y LOS

SEMAFOROS.

NO CRUZAR LAS VIAS

CORRIENDO NI JUGANDO.

NO PASAR PISANDO LAS

COCHAS DE AGUA.

NO CRUZAR EN FORMA

DIAGONAL EN LAS

INTERSECCIONES.

CAMINAR SOLO POR LAS

ACERAS Y UTILIZAR ROPA

DE COLORES CLAROS.

RESPETAR A LOS

SEMAFOROS Y LAS

SEÑALES DEL POLICIA.

REDUCIR LA VELOCIDAD Y

DETENER EL VEHICULO

ANTES DE LA LINEA DE

PARE.

RESPETAR ALOS

CRUZAR CUANDO LA ROJA

DEL SEMAFORO ESTE DE

FRENTE AL PEATON.

OBEDECER LAS SEÑALES

DEL POLICIA.

PERMANECER EN LAS

47

CONDUCTORCONDUCTOR PEATÓNPEATÓN

Page 48: Educacion Vial

PEATONES Y

FACILITARLES EL PASO.

RECORDAR QUE CUANDO

HAY POLICIA Y SEMAFORO

EN UNA INTERSECCION,

PREVALECE LA SEÑAL DEL

POLICIA.

ESTAR ATENTO A LO QUE

HACEN LOS PEATONES.

ACERAS Y NO BAJAR

HASTA QUE EL POLICIA LE

AUTORICE O CAMBIE DE

LUZ EL SEMAFORO.

NO CRUZAR CUANDO EL

SEMAFORO ESTA EN LUZ

PREVENTIVA (AMARILLA).

CRUZAR POR LA ZONA DE

PEATONAL.

REDUCIR LA VELOCIDAD

DURANTE LAS NOCHES

POR QUE HAY MAYOR

PELIGRO.

ESTAR ATENTO A LAS

SEÑALES DE TRANSITO.

UTILIZAR LAS LUCES

BAJAS DE LOS

VEHICULOS.

PENSAR QUE MUCHOS

PEATONES CRUZAN LAS

UTILIZAR EN LA NOCHE

ROPA DE COLORES

CLAROS.

CRUZARLAS VIAS SOLO

POR LAS ZONAS QUE

ESTEN BIEN ILUMINADAS.

MIRAR HACIA LOS DOS

COSTADOS ANTES DE

CRUZAR Y HACERLO POR

48

CONDUCTORCONDUCTOR PEATÓNPEATÓN

Page 49: Educacion Vial

VIAS EN ESTADO DE

EMBRIAGUEZ.

TENER LAS LUCES EN

PERFECTO ESTADO DE

FUNCIONAMIENTO.

LA ZONA PEATONAL.

NO CRUZAR LAS CALLES

CORRIENDO.

VERIFICAR QUE NO VENGA

ALGUN VEHICULO Y

LUEGO BAJAR DE LA

ACERA.

REDUCIR LA VELOCIDAD Y

ESTAR ALERTA.

NO CONDUCIR EN

ESTADO DE EMBRIAGUEZ.

CEDER EL PASO A

QUIENES CAMINAN POR

LAS CALLES EN ESTADO

DE EMBRIAGUEZ.

TENER MUCHO CUIDADO,

PORQUE NO SE SABE QUE

VAN HACER.

NO UTILIZAR EL PITO YA

QUE PUEDE MOLESTAR A

QUIEN SE ENCUENTRA

NO CRUZAR LAS VIAS EN

ESTADO DE EMBRIAGUEZ.

TENER MAS CUIDADO EN

LA NOCHE PORQUE EXISTE

MAYOR PELIGRO.

NO DORMIRSE EN LAS

CALLES, NI COPNVERSAR

EN MEDIA VIA.

NO CONSUMIR LICOR EN

LAS VEREDAS.

49

CONDUCTORCONDUCTOR PEATÓNPEATÓN

Page 50: Educacion Vial

EMBRIAGADO. NO INTENTAR TOREAR A

LOS VEHICULOS.

UTILIZAR UN TAXI PARA

RETORNAR A SU CASA.

REDUCIR LA VELOCIDAD Y

ESTAR ATENTO.

ANUNCIAR EL PASO CON

PITADAS.

NO CONDUCIR CON

EXCESO DE PASAJEROS.

NO INGERIR LICOR O

FUMAR MIENTRAS

MANEJA.

TENER MUCHO CUIDADO

AL CRUZAR POR ZONAS

POBLADAS.

CUMPLIR CON LOS

HORARIOS Y TURNOS

ESTABLECIDOS.

NO CAMINAR POR LA LINEA

FERREA PORQUE EXISTE

UN ALTO RIESGO DE

ATROPELLO.

CIRCULAR SOLO POR LOS

COSTADOS DE LA LINEA

FERREA.

NO CORRER POR LA LINEA

FERREA.

NO PARARSE SOBRE LOS

RIELES DE LA LINEA

FERREA.

50

CONDUCTORCONDUCTOR PEATÓNPEATÓN

Page 51: Educacion Vial

RESPETAR LAS SEÑALES

DE TRANSITO Y MIRAR A

LOS DOS LADOS ANTES DE

CRUZAR LA LINEA FERREA.

CONDUCIR CON CUIDADO

RESPETANDO LAS

SEÑALES.

ANUNCIAR SU PASO CON

SIRENAS, PITADAS Y

LUCES.

RECORDAR QUE MUCHOS

CONDUCTORES NO

RESPETAN A LOS

VEHICULOS DE

EMERGENCIA.

AL LLEGAR AL SITIDIO DEL

ACIDENTE MANTENER LAS

LUCES DE LAS

LICUADORAS

ENCENDIDAS.

PRENDER LAS LUCES DE

PARQUEO.

TENER ESPECIAL

CUIDADO CON LOS

CEDER EL DERECHO DE

VIA A LOS VEHICULOS DE

EMERGENCIA Y NO BAJAR

DE LA ACERA HASTA QUE

PASEN.

ESPERAR QUE PASEN

TODOS LOS VEHICULOS DE

EMERGENCIA Y LUEGO

CRUZAR LA VIA.

NO OBSTACULIZAR EL

PASO, NI CRUZAR LA VIA

EN FORMA DE

IMPRUDENTE.

NO BLOQUEAR EL PASO DE

LOS VEHICULOS DE

AUXILIO UBICANDOSE EN

LAS INTERSECIONES.

51

CONDUCTORCONDUCTOR PEATÓNPEATÓN

Page 52: Educacion Vial

PEATONES.

ESTAR ATENTO REDUCIR

LA VELOCIDAD.

RESPETAR LAS SEÑALES

DE TRANSITO.

MANTENER UNA

DISTANCIA QUE LE

PERMITA FRENAR A

TIEMPO.

RECORDAR QUE POR SU

ESTATURA A LOS NIÑOS

NO SE LOS PUEDEN VER

POR DELANTE O DETRÀS

DE LOS VEHICULOS.

TENER CUIDADO YA QUE

LOS NIÑOS ESTAN

ACOSTUMBRADOS A

JUGAR EN LAS CALLES SIN

MEDIR LOSPELIGROS.

NO CRUZAR EN FORMA

INTEMPESTIVA.

NO JUGAR EN LAS CALLES,

POQUE LOS PEATONES

TAMBIEN SON

RESPONSABLES DE LOS

ACCIDENTES.

LOS ADULTOS DEBEN

SUPERVISAR A LOS NIÑOS

CUANDO SALEN A LA

CALLE.

RESPETAR LAS SEÑALES

DEL POLICÍA.

CRUZAR POR LA ZONA

PEATONAL Y HACERLO

CAMINANDO, NO CORRER.

52

CONDUCTORCONDUCTOR

PEATÓNPEATÓNCONDUCTORCONDUCTOR

Page 53: Educacion Vial

RESPETAR EL DERECHO DE

VIA DEL PEATON Y NO PITAR.

DETENER EL VEHICULO

ANTES DE LA LINEA DE

PARE.

ESPERAR EL CRUCE DEL

PEATON, ANTE EL CAMBIO

DE LUZ DEL SEMAFORO.

RESPETAR A LOS ANCIANOS,

NIÑOS Y DISCAPACITADOS.

ESTAR SIEMPRE ATENTO Y

RESPETAR LA ZONA DE

SEGURIDAD PEATONAL.

NO CRUZAR CUANDO EL

SEMAFORO SE ENCUENTRE

EN LUZ AMARILLA.

UTILIZAR LA ZONA

PEATONAL.

NO CORRER NO JUGAR EN

LAS CALLES.

CAMINAR TOMADO DE LA

MANO DE UNA PERSOMA

MAYOR.

MIRAR A LOS DOS LADOS DE

LA VIA ANTES DE CRU-ZAR EN

ESPECIAL SI LA CALZADA ES

DE DOS CARRILES DE

CIRCULACIÒN.

53

CONDUCTORCONDUCTOR PEATÓNPEATÓN

Page 54: Educacion Vial

DETENER OBLIGATORIA-

MENTE EL VEHICULO Y

FACILITAR EL PASO DE

LOS NOVIDENTES Y DE

LOS ANCIANOS.

NO PITAR CUANDO ELLOS

SE CRUZAN.

ESTAR ATENTO Y

REDUCIR LA VELOCIDAD.

RECORDAR QUE MUCHOS

PEATONES TIENEN

LESIONES DE VISTA O DE

ODIO.

TENER PRESENTE QUE

LOS ANCIANOS SE

DEMORAN MAS EN

CRUZAR.

LOS NO VIDENTES DEBEN

PORTAR UN BASTÒN O

ESTAR GUIADO POR UN

CAN.

SOLICITAR AYUDA A

OTRAS PERSONAS PARA

PASAR DE UNA CALLE A

OTRA.

EN LOS SEMAFOROS

SONOROS DEBEN TENER

EN CUENTA EL SONIDO

QUE LE AUTORIZA PASAR.

LOS DISCAPACITADOS

TIENEN QUE UTILIZAR LAS

RAMPAS Y LOS SITIOS

ASIGNADOS PARA CRUZAR

LAS VIAS.

54

CONDUCTORCONDUCTOR PEATÓNPEATÓN

PEATÓNPEATÓNCONDUCTORCONDUCTOR

Page 55: Educacion Vial

ESTAR ATENTO Y

REDUCIR LA VELOCIDAD.

PONER LUCES DE

PARQUEO Y REALIZAR LAS

SEÑALES MANUALES.

DETENER TOTALMENTE

LA MARCHA DEL

VEHICULO Y ESTACIONAR

AL COSTADO DERECHO

PARA QUE BAJEN LOS

PASAJEROS.

ESPERAR A QUE SE BAJEN

TODOS LOS PASAJEROS.

NO ESTACIONAR EN LAS

ESQUINAS O EN LAS

PARADAS DE BUSES.

AL BAJAR DE UN VEHICULO

HACERLO POR EL LADO

QUE DA A LA ACERA PARA

NO SER ATROPELLADO.

MIRAR HACIA ATRÀS

ANTES DE ABRIR LA

PUERTA PORQUE PUEDE

VENIR OTRO VEHICULO

POR DETRÀS.

NO GOLPIAR CON LA

PUERTA A LOS PEATONES

EL MOMENTO DE BAJAR.

PAGAR EL COSTO DE LA

CARRERA ANTES QUE SE

ESTACIONE.

55

CONDUCTORCONDUCTOR PEATÓNPEATÓN

Page 56: Educacion Vial

PARAR EN LOS SITIOS

ESTABLECIDOS Y NO

DISTRAERSE.

ESPERAR QUE SE BAJEN

TODOS LOS PASAJEROS.

NO COMPETIR CON LOS

OTROS CONDUCTORES.

NO DISCUTIR CON LOS

PASAJEROS.

NO PONER MUY ALTO EL

VOLUMEN DEL EQUIPO DE

MUSICA O LA TV.

RESPETAR LAS SEÑALES

DE TRÁNSITO Y LOS

SEMAFOROS.

BAJAR O SUBIR LOS

PASAJEROS SOLO EN LAS

PARADAS.

ESPERAR LA LLEGADA DEL

VEHICULO

ENCOLUMNADOS Y EN LA

ACERA.

CEDER EL ASIENTO A LAS

PERSONAS DE LA TERCERA

EDAD Y EMBRAZADAS.

NO VIAJAR EN LOS

ESTRIBOS Y NO DISCUTIR

CON EL CHOFER.

NO PASAR POR DELANTE

DEL VEHICULO DEL QUE

ACABA DE BAJAR.

ESTADISTICAS DE ACCIDENTES DE TRANSITO CON

PEATONES, EN EL ECUADOR DEL AÑO 2000 AL 2005

CLASE DE

ACCIDENTE

200

0

200

1

200

2

200

3

200

4

200

5

ATROPELLOS Y

ARROLLAMIENTOS

1.95

9

1.91

2

1.93

3

1.90

8

2.17

4

2.25

2

IMPRUDENCIA DEL

PEATON

816 851 870 803 849 969

56

Page 57: Educacion Vial

Atropello. Es la acción por la cual un vehículo golpea o derriba

a una persona o animal.

Arrollamiento. Es la acción por la cual un vehículo pasa con su

rueda o ruedas por encima del cuerpo de una persona o animal.

1.3 Lenguaje de Tránsito.

Lenguaje de Tránsito

Las señales de tránsito son fundamentales al momento de

tomar decisiones y las mas imparte la policía prevalece sobre

las luces de un semáforo, por ejemplo, es importante que

tenga en cuenta a la hora de usar las vías públicas este

concepto. Puede que algunas ocasiones usted en frente más de

una instrucción, por ejemplo, las indicaciones de un oficial de

tránsito a las de un semáforo, en tal caso le recomendamos que

las instrucciones manuales de la policía deban ser obedecidas

independientemente de la luz que indica el semáforo.

Un policía de tránsito visto de frente o despalda significa PARE.

Si mantiene su brazo en alto indica precaución y si se

encuentra de costado indica seguir.

Derecho preferente de paso

57

Page 58: Educacion Vial

Señales PARE y CEDA EL PASO

Dentro del grupo de señales reglamentarias, se encuentran las

señales PARE y CEDA EL PASO, que establecen la obligatoriedad

a quienes la enfrentan de ceder el paso a lo vehículos o

usuarios que circulan por la calle perpendicular.

La señal PARE obliga al conductor que lo

enfrente a detener el vehículo y permitir el paso a los que

circulen por la otra vía, en ambos sentidos. El conductor que

enfrentan el signo CEDA EL PASO debe reducir la velocidad

hasta detenerse si es necesario para permitir el paso a la otra

vía en ambos sentidos.

Ambas señales usan el color rojo por el impacto que provoca.

Cuando se aproxime a un cruce sin semáforo o señales Pare o

Ceda el Paso, en primer término debe reducir la velocidad y el

conductor del vehículo que se aproxima por la izquierda debe

ceder el paso al vehículo que ingresa al cruce por la derecha.

Recordemos que este principio solo rige cuando no existe

señalización oficial tales como semáforo funcionando, señal

pare, señal ceda el paso o un policía regulando el cruce.

58

Page 59: Educacion Vial

Otras situaciones donde debe ceder el paso:

Al incorporarse a un redondel.

En áreas rurales, cuando se aproxima a una vía principal

desde una vía secundaria.

Al incorporarse a la circulación desde una ciudadela, una

calle particular, un estacionamiento o cuando sale de su

domicilio.

1.4 Precauciones para subir y bajar del vehículo.

1. Subir y bajar de un vehículo siempre por el lado derecho

de la acera y en el paradero.

2. Abrir con cuidados la puerta para no golpear los

transeúntes

59

Page 60: Educacion Vial

3. Esperar que el vehículo este parado totalmente para subir

y bajar.

4. Bajar del vehículo por el costo de la acera y no cruzar por

delante del vehículo.

5. No debe subir a los colectivos apresuradamente

empujando a otros usuarios

6. No sacar la cabeza por la ventanilla del vehículo que viaja

7. Ayudar a subir a mujeres ancianas y niño

8. Esperar que primero bajen los usuarios para poder subir al

vehículo

9. No subir a los transporte públicos con paquetes muy

grandes.

10. Bajarse del vehículo aprovechando la luz roja del

semáforo.

1.5 Obligaciones de maestros padres de familia,

alumnos.

Los padres. Deben dar ejemplo y enseñar a sus hijos las

normas y disposiciones de tránsito, caminar por las calles

tomándoles de la mano y explicarles el significado de las

señales de tránsito, como caminar y cruzar las vías , la

utilización de la zona de seguridad y de los pasos peatonales y

como comportarse en el bus escolar.

Además los padres deben insistir permanentemente a sus

hijos sobre las normas de seguridad vial, porque la

60

Page 61: Educacion Vial

intervención de los familiares es clave para la información

del estudiante en materia de educación vial.

Hay que combinar el estudio y la capacitación que reciben

los niños en las aulas con el trabajo de campo; esto es,

realizar clases prácticas en las calles con los padres,

profesores y niños.

Los maestros. Tienen colaborar con la capacitación de

los estudiantes y cada día al iniciar y al finalizar sus clases

instruir a los alumnos, sobre las normas de seguridad vial

y hacerles repetir hasta que las mismas sean

memorizadas.

Coordinar con las Autoridades de Tránsito, para que los

estudiantes reciban la instrucción respectiva sobre

educación vial.

Controlar que los vehículos de transporte escolar se

encuentren en buenas condiciones mecánicas y que no

lleven exceso de pasajeros.

El comité de padres de familia. Juegan un rol importante

dentro de la educación en materia de tránsito, porque tienen

que identificar los problemas del sector y exigir las soluciones.

61

Page 62: Educacion Vial

Pedir a las autoridades de tránsito que se pinten las zonas

de seguridad peatonal y se realicen los estudios para la

colocación de señales, pasos peatonales elevados y

semáforos.

Organizar turnos de profesores y padres de familia para

que acompañe a sus hijos en los recorridos los buses

escolares ;

Pedir la presencia policial sus entidades educativas para

garantizar la seguridad de los estudiantes;

Verificar que los vehículos que realizan el transporte de los

estudiantes se encuentren en perfecto estado de

funcionamiento, que pertenezcan a la cooperativa o

compañías de transporte legalmente establecidas y que

sean revisados por las autoridades competentes por lo

menos dos veces en cada periodo escolar;

Exigir que el vehículo de transporte escolar, estén

pintados de los colores amarillo y negro;

Constatar que tengan extintor, botiquín y los triángulos de

seguridad;

62

Page 63: Educacion Vial

Obligar a que porten en las partes posteriores una

calcamonia que diga : “ Informe al teléfono

……………..como conduzco”;

Exigir a las autoridades de los planteles educativos, para

que en los uniformes de los estudiantes se coloquen cintas

reflectivas , en especial para los estudiantes de la noche ,

para evitar los atropellos; y ,

Obligar que los transportistas escolares contraten un

seguro por responsabilidad civil y accidentes personales,

que cubran a todos los ocupantes del vehículo, para

garantizar la seguridad de los estudiantes.

ACCIDENTES EN EL ECUADOR POR CLASE DE VEHICULO

2000-2005

Clase de

vehículo

2000 2001 2002 2003 2004 2005

63

Page 64: Educacion Vial

Total 10.81

3

11.01

0

12.21

5

10.36

8

11.12

4

11.62

9

Automóvil 3.41

4

3.55

2

4.22

9

3.27

2

3.57

5

3.46

5

Bus 1.63

9

1.52

4

1.49

4

1.36

0

1.48

8

1.41

4

Buseta/

furgón

12

4

95 13

4

12

6

14

2

16

6

Camión 87

5

956 1.03

1

87

0

81

7

87

9

Camioneta 2.48

7

2.45

6

2.58

5

2.29

7

2.36

9

2.58

6

Jeep 1.02

4

1.16

8

1.39

2

1.04

8

985 1.05

7

Tanquero 46 3

9

35 2

5

41 3

7

Trailer 201 19

8

134 14

2

146 16

4

Motociclet

a

213 23

4

301 39

5

610 87

3

Volqueta 154 166 158 13

6

126 164

Trolebús 26 35 37 2

8

16 18

No

Identificad

o

558 55

0

640 63

8

76

1

767

64

Page 65: Educacion Vial

1.6 Prohibiciones a los peatones.

1.- Circular o detenerse en la calzada en las vías abiertas a

tránsito vehicular

2.- Cruzar las avenidas y calles de los centros poblados o sitios

que no sean las interrupciones o zonas señaladas por el

efecto.

3.- Cruzar diagonalmente las intersecciones derivando hacerlo

solo en forma perpendicular.

4.- Cruzar la calzada institucibamente en medio del vehículo

estacionado o en circulación.

65

Page 66: Educacion Vial

5.- Transitar por la vía ferria

6.- Bajar intempestivamente de la cera o cruzar la calzada a la

carrera.

1.7 Causas de los accidentes de Tránsito.

POR QUE SE PRODUCEN LOS ACCIDENTES DE

TRÁNSITO

a) Por la imprudencia de los conductores y peatones;

b) El exceso de velocidad y la incapacidad de medir los riesgos;

c) Conducir bajo los efectos de alcohol o drogas;

d) El mal trazado de las vías y falta de elementos de seguridad

para peatones y automotores;

e) El irrespeto de los conductores al derecho de vía;

f) La falta de control policial y de personal especializado;

g) La mala señalización horizontal y vertical en las vías;

66

Page 67: Educacion Vial

h) El obsoleto parque automotor y deficiencias en su

construcción especialmente en buses, camionetas y

camiones.

i) La entrega de licencias de conducir sin que los aspirantes

cumplan los requisitos y disposiciones legales ;

j) El desconocimiento de los riesgos y las normas de tránsito

por parte de la población en general.

k) Los descuidos y distracciones de conductores y peatones;

l) El desconocimiento e incumplimiento de la Ley y los

Reglamentos de Tránsito ;de parte de los conductores;

ll. La negligencia, imprudencia, impericia e inobservancia de las

normas. Leyes y Reglamentos de Tránsito;

m) Las leves sanciones a los infractores;

n) La falta de respeto a los otros conductores, peatones y

pasajeros;

o) ñ Las deficiencias en las políticas y disposiciones

relacionadas con la seguridad vial y falta de coordinación

interinstitucional para reducir los accidentes de tránsito.

67

Page 68: Educacion Vial

p) La inobservancia de los conductores a las disposiciones de

seguridad vial, no utilización del casco y los cinturones de

seguridad;

q) El incumplimiento de la obligatoriedad de impartir la materia

de educación vial, en todos los establecimientos de

educación de los niveles primario y secundario;

r) La mala asistencia médica a los afectados de un accidente;

s) La colocación de letreros, pancartas y publicidad en calles y

carreteras que distraen al conductor;

t) La falta de seguridades para la circulación vehicular y

peatonal en calles y carreteras;

u) La inadecuada publicidad para la venta de vehículos,

incitando a la velocidad;

v) La total ausencia de normativas de control en el transporte

de pasajeros, como horarios de conducción, evaluaciones

periódicas, límites de velocidad, exceso de pasajeros y carga.

w)Las insuficientes o falta de medidas de protección en los

sectores cercanos a los establecimientos educativos;

x) El cansancio, estrés, fatiga, deficiencias auditivas y

audiovisuales de los conductores;

68

Page 69: Educacion Vial

y) La sobre valoración de las habilidades y destrezas o la

excesiva confianza al conducir por trayectos rutinarios ;

z) La sobre valoración de las habilidades y destrezas o la

excesiva confianza al conducir por trayectos rutinarios;

aa) La falta de campañas agresivas y permanentes de

educación víal para crear conductas preventivas en materia

víal ; y,

bb) La falta de planificación urbana y rural, para la

construcción de modernas vías de acuerdo a las necesidades

y capacidad de los vehículos con barreras de protección y

adecuada señalización.

PERSONAS FALLECIDAS EN LOS ULTIMOS AÑOS EN EL

ECUADOR

69

Page 70: Educacion Vial

ACCIDENTES DE TRANSITO

EN LOS ULTIMOS AÑOS EN EL ECUADOR

70

Page 71: Educacion Vial

71

Page 72: Educacion Vial

PORCENTAJE DE AUMENTO DE LOS ACCIDENTES EN CADA

MES DEL 2000, CON RELACION A CADA MES DE 1 999

Nota:

Un porcentaje negativo significa un decremento en ese

mes

TOTAL DE ACCIDENTES EN GUAYAQUIL EN LOS DOS AÑOS

72

Meses

del año

1999 2000 % de

aumento

Enero 386 283 -36.40%

Febrero 370 371 0.27%

Marzo 286 350 18.29%

Abril 353 367 3.81%

Mayo 352 406 13.30%

Junio 367 376 2.39%

Julio 372 416 10.58%

Agosto 409 410 0.24%

Septiembr

e

388 396 2.02%

Octubre 342 358 4.47%

Noviembre 395 368 -7.34%

Diciembre 399 415 3.86%

Promedio de

aumento

1.29%

Page 73: Educacion Vial

NOTA: No existe una diferencia significativa entre un año y

otro, hay un aspecto que debemos considerar en este análisis:

el periodo de alza de las contravenciones influyó en el número

de accidentes.

A continuación una reseña cronológica de los cambios en los

valores de las contravenciones detectan un decremento en los

accidentes entre 1999 y el 2000

FECHA 1era.

clase

2da. clase 3era.

clase

Graves

1999 S/.10.000 S/.20.000 S/.30.000 S/.500.000

a

S/.1’000.0

00

Ley Trole

1

$ 5.00 $ 10.00 $ 15.00 $ 40.00

05/10/00 $ 2.00 $ 4.00 $ 6.00 $ 40.00

73

Año Accidentes

1999 4419

2000 4516

Diferencia absoluta 97

Promedio de aumento 2.20%

Page 74: Educacion Vial

ACCIDENTES DE TRANSITO SEGÚN SUS CAUSAS

OCURRIDOS EN GUAYAQUIL DESDE EL 01/01/2001 HASTA

EL 31/07/ 2001

Como podemos observar en las estadísticas mostradas, es

necesario en estos momentos en que hablamos de una

educación significativa, en que todo lo que se le enseña a los

alumnos tenga un significado en su vida, se debe implantar la

educación vial como materia en el pénsul académico de

escuelas y colegios y que ya no sea considerada como tema o

eje transversal de la educación.

74

TIPOS DE ACCIDENTES TOTAL

CHOQUES 1514

ATROPELLO 382

ROZAMIENTO 339

VOLCAMIENTO 37

ENCUNETAMINENTO 20

ESTRELLAMIENTO 319

CAIDA DE PASAJEROS 50

ENGANCHAMIENTO 7

DESPRENDIMIENTO DE LLANTA 13

TOTAL GENERAL 2681

PORCENTAJE

Page 75: Educacion Vial

1.9 Primeros auxilios.

Observar cuantos heridos hay y cual es su estado

proceder de esta forma:

A. Sacudir a la victima suavemente por los hombros y hacerle

preguntas sencillas en voz alta, como: ¿Estás bien?, ¿qué

sucedido?, etc.

Si responde contestando o moviéndose:

Dejarla en la posición en la que se encuentre, siempre que

eso no suponga un peligro, comprobar su estado y buscar

ayuda si fuera necesario.

Evaluar su estado regularmente

B. Mirar, escuchar y sentir si hay respiración normal:

Mirar si mueve el pecho.

Escuchar en la boca de la víctima en busca de sonidos

respiratorios.

Poner la mejilla para sentir el aire.

Para determinar si la victima está respirando con

normalidad no utilizar más de diez segundos.

Si se trata de una respiración superficial e irregular,

probablemente exista daño cerebral grave.

C. Si respira normalmente:

Colocarla en la posición lateral de seguridad.

Buscar ayuda o mandar a alguien a buscarla.

Comprobar que mantiene la respiración.

D. Observar el estado de la circulación sanguínea, es

decir si tiene pulso.

Para comprobar que hay signos de circulación sanguínea:

75

Page 76: Educacion Vial

Comprobar: que hay latido, respuestas coherentes del

herido, una respiración normal, tos o movimiento del herido.

Sólo será el personal sanitario, o el auxiliador si ha sido

adiestrado para ello, quien compruebe el pulso en la carótida

(sin emplear para ello más de 10 segundos).

ACTUACIONES PRIORITARIAS.

Como norma general es prioritario el herido que no

responde .Se debe proceder así:

1. Mantener en todo momento protegido el cuello ante

posibles movimientos bruscos. Si está inconsciente se puede

sospechar de una lesión vertebral medular.

A falta de un collarín se puede colocar ropa arena al lado

(nunca debajo) del cuello y cabeza del herido, o mantener

nuestras manos a ambos lados del cuello y cabeza para que no

se muevan.

2. Mantener abiertas las vías

aéreas del herido. Para ello hay que procurar mantener elevado

su mentón con una mano en tanto que con la otra se sujeta su

frente para que el cuello no se doble hacia atrás. De este modo

puede quedar abierta la vía aérea en el caso de que la lengua

76

Page 77: Educacion Vial

haya caído hacia atrás y se haya presentado asfixia por

obstrucción

¿Qué hacer si, no obstante, el herido no respira?

Si no se puede valorar completamente en la posición que está,

colocar a la víctima boca arriba y abrirle las vías aéreas,

siguiendo esta técnica:

Ponerle la mano en la frente e inclinar suavemente su

cabeza hacia atrás manteniendo libres el pulgar e índice

para taparle la nariz si es necesaria la respiración boca a

boca.

Retirar, cualquier obstrucción visible de la boca de la

víctima, incluyendo dentaduras postizas o descolocadas.

Manteniendo la punta de los dedos bajo el vértice de la

barbilla de la víctima elevar la barbilla para abrir la vía

aérea.

Hay que evitar extender la cabeza si se sospecha que

puede ser traumatismo en el cuello.

77

Page 78: Educacion Vial

Si después de estas operaciones no mejora la respiración,

se procederá a la respiración artificial (boca a boca) como

se explica a continuación:

Poner la boca arriba al herido, si no está ya en esa

posición.

Dar dos respiraciones boca a boca lentas y efectivas, cada

una de ellas debe hacer que el pecho suba y baje.

Garantizar la extensión de la cabeza y la elevación de la

barbilla.

Tapar la nariz de la víctima con los dedos índice y pulgar

Abrirle un poco la boca, pero con la barbilla levantada.

Respirar hondo para llenar los pulmones de oxígeno y

colocar los labios sobre su boca, asegurándose de que

sella bien. En los niños se cubre la nariz y la boca al mismo

tiempo con la boca del auxiliador, soplando en este caso

con menos fuerza.

Soplar a ritmo constante dentro de la boca de la víctima

mientras se observa el tórax: emplear aproximadamente 2

segundos para hacer que se eleve el tórax, como en una

respiración normal.

Tras efectuar 10 ventilaciones por minuto

aproximadamente, en los adultos y 15 ò 20 veces en los

niños, soplando en este caso con menor fuerza, volver a

comprobar que hay signos de circulación.

78

Page 79: Educacion Vial

Si está seguro de haber detectado signos de que hay

circulación:

Prosiga con la respiración boca a boca hasta que la

víctima empiece a respirar por si sola.

Si no hay signos de que hay circulación o seguridad de que

los haya, comenzar la reaminaciòn cardio- pulmonar

(RCP).

REAMINACION CARDIO-PULMONAR (RCP)

La reanimación cardiopulmonar tiene tres objetivos:

Mantener unas vías respiratorias abiertas.

Restablecer una ventilación adecuada.

Restablecer una circulación sanguínea correcta.

Los pasos a seguir para un adecuado masaje cardiaco

son:

Colocarse de rodillas a un lado del herido

Localizar el esternòn. (Es el hueso situado en la parte

delantera del pecho, de manera vertical, desde la zona

unión de las clavículas -extremo superior- , hasta la zona

de unión de costillas – extremo inferior-).

Apoyar la parte posterior de la palma de una sobre el

punto medio de la mitad inferior del esternòn y la otra

mano sobre la primera.

79

Page 80: Educacion Vial

Colocarse verticalmente sobre el pecho de la víctima y,

con los brazos rectos, comprimir en la zona indicada para

hacer que el esternòn se hunda en el tórax 4 ò 5 cm.

El ritmo de reanimación será este:

Tanto si el auxiliador está solo como si son dos los

auxiliadores, el ritmo será 15 a 2, es decir 15 compresiones

torácicas ( a un ritmo de unas 100 por minuto), seguidas de 2

ventilaciones sucesivamente hasta:

Que la víctima muestre señales de recuperación

Que llegue la ayuda cualificada y se haga carga de la

situación.

Cuando estén presentes dos o más reanimadores deberán

tumarse para realizar la resucitación.

En los niños se debe utilizar una mano o dos dedos (si es

un bebé) , pues la compresión deberá ser de menor

intensidad para hundir el tórax sólo 1 ò 2 cm.

El ritmo de compresión/ respiración para niños (hasta 8

años será siempre de 5 a 1, cinco compresiones

seguidas de una ventilación.

EL SHOCK O COLAPSO

80

Page 81: Educacion Vial

El shock o colapso es un estado en el que existe una

pérdida o disminución de la circulación sanguínea que

ocasiona una insuficiente perfusiòn (aporte de sangre) a los

tejidos del cuerpo. Con frecuencia es debido a hemorragias

internas que no salen al exterior.

Son síntomas de shock: palidez, sudoración y frialdad,

pulso rápido y débil, respiración rápida, disminución de

la conciencia.

Si un herido está en estado de shock se debe colocar en:

Posición antishock si está consciente.

Posición de defensa, si hay vómitos.

Se debe tapar ligeramente al herido.

No se le debe dar ningún alimento o bebida.

EVALUACIÔN SECUNDARIA DE LOS HERIDOS

81

Page 82: Educacion Vial

Consiste está en el conjunto de exploraciones sobre los heridos

que responden normalmente a nuestras preguntas o sobre lo

que ya recibieron atención prioritaria.

Esta evaluación comprende las siguientes comprobaciones:

1) Valoración de las hemorragias ;

2) Valoración de heridas y quemaduras ;

3) Valoración de las fracturas;

4) Posición de los heridos ;

5) Movilización de los heridos ;

1) Valoración de

hemorragias :

Las hemorragias

pueden ser;

Externa , visibles atrás de una herida

Internas no visibles desde el exterior, el síntoma más

habitual es el estado de shock.

Internas exteriorizadas a través de la boca, oído o nariz,

son signo de extrema gravedad por daño craneal o toráxico o

no deben ser taponadas.

Arteriales, son las más urgentes, la sangre es de color rojo

vivo y mana con fuerza a borbotones.

Venosas, la sangre es de color rojo oscuro y mana de forma

continua y tenue.

En caso de hemorragias exteriorizadas no se deben taponar

ni cortar.

82

Page 83: Educacion Vial

Se debe colocar al herido en posición de defensa:

Si tiene vómitos o esta inconsciente ,

Sobre el oído que sangra, cubierta con una gasa estéril sin

presionar.

En caso de fuerte y abundante hemorragia externa se debe

presionar directamente con la mano o con el puño sobre

la herida, mediante una gasa estéril, si es posible,

manteniendo al mismo tiempo elevada la zona sangrante.

El torniquete es una medida externa que sólo debe utilizarse

en caso de amputación se realiza con una tira (pañuelo,

venda, etc.) de al menos 5 centímetros de ancho y una vez

colocado no se debe aflojar ni retirar hasta que el herido

este en el hospital.

Es importante indicar la hora en que se realizo.

2) Valoración de herida de quemaduras

Las heridas y quemaduras tienen menor entidad que las

acciones prioritarias enumeradas y sobre ellas diremos:

Las heridas nos se deben manipular, ni intentar

limpiar, o retirar restos adheridos a las mismas. En todo

caso se den mantener tapadas con apòsitos estériles.

Las quemaduras deben mantenerse tapadas y humedecidas.

evitando el uso de pomadas o cremas.

La zona quemada deben mantenerse elevada, y si hubiese

posible, cuando se trate de una extremidad, sumergirla con un

recipiente con agua.

No se deben desprender las ropas pegadas.

No se vendarán dos superficies quemadas juntas.

83

Page 84: Educacion Vial

No se cortarán ni pincharán nunca las ampollas.

Como norma general a los heridos no se les debe dar bebida

alguna .Sólo a los que padecen quemaduras se le puede dar

agua bircabonatada a pequeños sorbos siempre que Essen

conscientes y no vomiten.

3) Valoración de las fracturas

Las fracturas se clasifican en:

Cerradas, cuando la piel que recubre la zona de la fractura

permanece intacta.

Abiertas, cuando hay rotura de la piel que recubre la zona

de la fractura.

Complicadas, en las que hay lesión de vaso sanguíneos,

nervios, articulaciones, etc.

Son síntomas de fracturas:

Abultamiento, deformidad o acortamiento de la

extremidad.

Edema y hematoma (acumulación de líquido, sangre, o

ambos, debajo de la piel).

Imposibilidad de realizar el movimiento o la función

normal con la zona lesionada y mucha sensibilidad al dolor

Comportamiento básico en caso de fractura:

Tapar la herida

Evitar que el herido mueva la parte afectada.

Inmovilizar la zona de la fractura.

En fracturas de las extremidades superiores se puede

colocar el brazo en cabestrillo con un trozo de tela o pañuelo

de un tamaño aproximado de un metro doblado en forma

diagonal.

84

Page 85: Educacion Vial

En las fracturas de las extremidades inferiores habrá que

tener gran precaución por la posibilidad de que estén asociadas

a lesiones pélvicas, por lo que no conviene juntar ni separar sus

piernas.

4) Posición de los heridos.

Posición lateral de seguridad.

Para heridos inconscientes, si no precisan ventilación artificial,

la posición más segura es la llamada “de defensa “o “de

seguridad”. En esta posición se evita la asfixia del herido por

posibles secreciones corporales, por cuerpos extraños o por la

propia lengua.

Si hay que mantener a la victima durante más de 30

minutos en esta posición, se le debe dar la vuelta para que

repose del otro lado.

Si el accidentado lleva gafas se le deben quitar.

Es muy importante cuidar la alineación de cabeza- cuello-

tronco para evitar posibles lesiones cervicales.

Posición antishock.

Para heridos que por hemorragias o quemaduras han perdido

líquidos corporales y han entrado en estado de shock, una

posición correcta es elevar sus piernas por encima de la cabeza

par permitir la aportación de sangre al encéfalo.

5) Movilización de los heridos.

6) Como norma general nunca hay que mover a un

herido y menos trasladarlo por nuestra cuenta al hospital.

Tapar al accidentado, pero no en exceso.

85

Page 86: Educacion Vial

Como norma general no se le debe quitar el casco a

un herido, salvo que sea absolutamente imprescindible para

realizarle una reanimación respiratoria.

El transporte de heridos debe hacerse en vehículos especiales

para este fin (ambulancias, transporte aèreo, etc.) y por el

personal profesional.

Excepcionalmente se pueden mover si el vehiculo se incendia

y los ocupantes están en el interior. En cualquier caso, para

trasladar a un herido fundamental inmovilizar el eje cabeza-

cuello-tronco, como que se tratara de un bloque rígido,

procurando dejar a la victima en la posición más adecuada.

Si el herido se encuentra atrapado en el interior y no

hay otra urgencia para sacarlo, sólo la ayuda especializada

podrá liberarlo sin lesiones.

UNIDAD II

Señalización:

2.1 Introducción.

2.2 Señales de los agentes de circulación.

86

Page 87: Educacion Vial

2.3 Señalización circunstancial y de balizamiento.

2.4 Semáforos.

2.5 Señales Verticales.

2.6 Marcas viales.

2.7 Señales de los vehículos.

DESARROLLO

Señalización:

2.1 Introducción

MISIÓN Y OBJETO

La señalización incluye el conjunto de señales que como

lenguaje en el mundo de la circulación, tiene por misión:

Advertir e informar a los conductores y usuarios en

general.

Ordenar y/o reglamentar su comportamiento.

Recordar algunas prescripciones de la Ley de Seguridad

Víal y sus Reglamentos.

TIPOS DE SEÑALES

Hay 5 tipos de señales que, por orden de prioridad son:

1. Señales y ordenes de los Agentes de circulación.

2. Señalización circunstancial y señales de balizamiento fijo.

3. Semáforos

4. Señales verticales de circulación.

5. Marcas viales.

87

Page 88: Educacion Vial

OBEDIENCIA DE LAS SEÑALES

Si no hay señales, se atenderá a las normas.

Si hay señales que transmitan diverso o contradictorio mensaje

se atenderá:

A la más preferente, según el orden de prioridad antes

citado.

A la más restrictiva si son del mismo tipo.

Salvo circunstancias especiales que lo justifiquen, los usuarios

están obligados a obedecer las prescripciones ordenadas por

las señales aun cuando parezcan estar en contradicción con las

normas.

Cuando la señal imponga una obligación de detención, no podrá

reanudar su marcha el conductor del vehículo así detenido

hasta haber cumplido la finalidad que la señal establece.

APLICACIÓN

Toda señal se aplicará a toda la anchura de la calzada que

estén autorizados a utilizar los conductores a quienes se dirija

esa señal. No obstante, su aplicación podrá limitarse a uno o

más carriles, mediante marcas en la calzada.

SEMAFOROS Y SEÑALES VERTICALES

Se obedecerán las situadas:

Inmediatamente a su derecha

88

Page 89: Educacion Vial

Encima de la calzada o del carril.

Si no existen en este emplazamiento, para girar a la izquierda

o seguir de frente se obedecerán:

Las situadas inmediatamente a su izquierda.

Si existen semáforos o señales verticales con indicaciones

distintas para la derecha y para la izquierda se atenderá:

A los situados/as de la izquierda para seguir de frente o

girar a la izquierda.

A los de la derecha para girar a la derecha.

2.2 Señales de los agentes de circulación.

SEÑALES DE LOS AGENTES DE CIRCULACIÓN

LAS SEÑALES DE LOS AGENTES

Son siempre ejecutivas (deben ser obedecidas

Inmediatamente).

Prevalecen sobre cualquier otra señal o norma.

SEÑALES OPTICAS

Brazo levantado verticalmente.

Obliga a detenerse a todos los usuarios de la vía que se

acerquen al Agente, salvo a los conductores que no pueden

hacerlo en condiciones de seguridad suficiente. Si esta señal se

89

Page 90: Educacion Vial

efectúa en una intercesión no obligará a detenerse a los

conductores que hayan entrado ya en ella.

Brazo o brazos extendidos horizontalmente.

Obliga a detenerse a todos los usuarios de la vía que se

acerquen al agente desde direcciones que corten la indicada

por el brazo o los brazos extendidos y cualquiera que sea el

sentido de su marcha. Esta señal permanece en vigor aunque el

agente baje el brazo o los brazos, siempre que no cambie de

posición o efectúe otra señal.

Balanceo de una luz roja o amarilla.

Obliga a detenerse a los usuarios de la vía hacía los que el

Agente dirija la luz.

Brazo extendido moviéndolo alternativamente de arriba

abajo.

Obliga a disminuir la velocidad de su vehículo a los conductores

que se acerquen al Agente por el lado correspondiente al brazo

que ejecuta la señal y perpendicularmente a dicho brazo.

OTRAS SEÑALES

Cuando las circunstancias así lo exijan, los Agentes podrán

utilizar cualquier otra indicación, distinta a las anteriores

realizadas de forma clara.

90

CLASES SE REALIZAN:

ÓPTICAS CON LOS BRAZOS: CON UNA LUZ U OTROS MEDIOS.

ACÚSTICAS CON UN SILBATO

Page 91: Educacion Vial

SEÑALES ACÚSTICAS

Toques cortos y frecuentes = Detenerse.

Toque largo= Reanudar la marcha.

DISPOSITIVOS O ELEMENTOS RETRORREFLECTANTES

También deberán utilizar dispositivos o elementos

retrorreflectantes en circunstancias que disminuyan

sensiblemente la visibilidad:

Los Agentes de Circulación

Protección Civil.

Personal de obras que regule la circulación.

Patrullas escolares.

Personal de organizaciones de actividades deportivas.

(Consisten en polainas, manguitos, brazaletes, correajes,

cinturones, chalecos y cintas par el casco o la gorra. Deben

distinguirse a 150 metros como mínimo.)

SEÑALES DESDE LOS VEHICULOS

91

Page 92: Educacion Vial

Los agentes podrán dar órdenes o indicaciones a los usuarios,

mientras hacen uso de la señal de vehículo Prioritario, a través

de la megafonía o por cualquier otro medio que pueda ser

percibido claramente por aquellos, entre los cuales están los

siguientes:

Bandera Roja: indica que a partir del paso del

vehículo que la porta, la calzada queda temporalmente cerrada

al tráfico de todos los vehículos y usuarios excepto para aquello

que son acompañados o escoltados por los

Agentes de la autoridad responsable de la regulación, gestión y

control del tráfico.

Bandera verde: indica que a partir del paso del

vehículo que la porta, la calzada queda de nuevo

abierta al tráfico.

Bandera amarilla: indica al resto de los conductores

y usuarios la necesidad de extremar la tención

o la proximidad de un peligro. Esta bandera podrá ser también

utilizada por el personal auxiliar habilitado que realice funciones

de orden, control o seguridad durante l desarrollo de marchas

ciclistas o de cualquiera otra actividad deportiva o no en las

vías objeto de la legislación sobre tráfico, circulación de

vehículos a motor y seguridad vial .

Brazo extendido hacia abajo inclinado fijo: el agente desde

un vehículo indica la obligación de detenerse en el lado derecho

a aquellos usuarios a los que va dirigida la señal.

92

Page 93: Educacion Vial

Luz roja o amarilla intermitente o destellante hacia adelante:

el agente desde de un vehículo indica al conductor del que le

precede que debe detener el vehículo en el lado derecho,

delante del vehículo policial, en un lugar donde no genere

mayores riesgos o molestias para el resto de los usuarios, y

siguiendo las instrucciones que imparta el agente mediante la

megafonía.

En ausencia de Agentes de la Circulación o para auxiliar a

éstos, la Policía militar podrá regular la circulación, y el personal

de obras en la vía podrán regular el paso de vehículos mediante

el empleo de las señales verticales R-2 y R-400 incorporadas a

una paleta y, por este mismo medio las patrullas escolares

invitar a los usuarios de la vía a que detengan su marcha.

Señalización circunstancial y de balizamiento.

COMPRENDE EL CONJUNTO DE LUCES Y

DISPOSITIVOS QUE SIRVEN PARA:

Encauzar el tráfico

Delimitar los bordes de la calzada.

Indicar el desarrollo o trazo de una vía. Indicar los

obstáculos de una vía.

Modificar el régimen normal de Prohibir

temporalmente el paso.

Utilización de una vía

PANELES DE MENSAJE VARIABLE

Su objeto es regular la circulación adaptándola a las

circunstancias cambiantes del tráfico. Se utilizarán para dar

93

Page 94: Educacion Vial

información a los conductores advertirles de posibles peligros,

dar recomendaciones o instrucciones de obligado cumplimiento.

Sus mensajes terminan cuando lo establezca el propio panel o

las causas que motivaron su imposición.

DISPOSITIVOS DE BARRERA

Barrera fija. Prohíbe el paso a la vía o parte de la vía que

delimita.

Barrera o semibarrera

móviles. Prohíbe temporalmente el paso mientras se encuentre

en posición transversal a la calzada, en un paso a nivel, puesto

de peaje o aduana, acceso a un establecimiento u otros.

Panel direccional provisional.

Prohíbe el paso e informa además sobre el sentido de la

circulación.

Banderitas, conos

o dispositivos análogos.

Prohíben el paso a través de la línea real o imaginaria que los

une.

94

Page 95: Educacion Vial

Luz roja fija. Indica que la calzada está totalmente cerrada al

tránsito.

Luces amarillas fijas o

intermitentes.

Prohíben el paso a través de la línea imaginaria que las une.

DISPOSITIVOS DE

GUÍA

Indican el borde de la calzada, la presencia de una curva y el

sentido de circulación, los límites de obras de fábrica u otros

obstáculos.

Hito de vértice: de forma semicilíndrica en su cara frontal

provisto de triángulos simétricamente opuestos de material

retrorreflectante indicando el punto en el que se separan dos

corrientes de tráfico.

Hito de arista: destinado a balizar los bordes de las carreteras

principalmente durante las horas nocturnas o de baja

visibilidad.

Derecha: amarillos o blancos.

95

Page 96: Educacion Vial

Izquierda: blancos.

Paneles direccionales permanentes: implantados con vistas

a guiar y señalar a los usuarios un peligro puntual informando

sobre el sentido de circulación. Indica la presencia de una curva

y su sentido. La peligrosidad es indicada por el número de

paneles superpuestos que se hallan al inicio de la misma,

significando:

El panel sencillo, peligrosidad

moderada.

El panel doble, peligrosidad media.

El panel triple, peligrosidad elevada

Captafaros: de barrera, horizontales (ojos

de gato).

Balizas cilíndricas: refuerzan cualquier medida de seguridad

no pudiendo franquearse la línea imaginaria o no que las une.

Balizas planas: indican el borde de la calzada, los

límites de obras de fábrica u otros obstáculos en la vía.

96

Page 97: Educacion Vial

Barreras laterales: rígida, semirrígida y

desplazable. Indican el borde de la plataforma protegiendo

frente a salidas de la vía.

SEÑALIZACIÓN Y BALIZAMIENTO DE OBRAS

La señalización de obras tiene como objeto:

Destacar la presencia de los límites de obras e informar a

los conductores y demás usuarios de la vía.

Ordenar la circulación en la zona afectada por las mismas.

Cuando se señalicen tramos de obras, las marcas viales

serán de color amarillo. También tendrán el fondo amarillo

las señales verticales que se utilicen en dichos tramos.

SEÑALIZACIÓN DE

OBRAS:

SEÑALES VERTICALES

ELEMENTOS DE

BALIZAMIENTO

reflectantes y luminosos

SEÑALES MANUALES

SEÑALES VERTICALES

En esta señalización el fondo de las señales será de color

amarillo igual que las marcas viales.

97

Page 98: Educacion Vial

ELEMENTOS REFLECTANTES Y LUMINOSOS

Bastidor móvil Guirmalda Semáforo

SEÑALES MANUALES

Bandera roja Stop Paso permitido

1.4. Semáforos

Semáforos.

Los semáforos son señales luminosas automáticas para

controlar y regular el tráfico a través de los colores.

Existen:

Semáfor

os

para

peatone

s

Semáforos

para

vehículos

SEMÁFOROS RESERVADOS PARA PEATONES

Una luz roja no intermitente en forma de peatón inmóvil.

Indica a los peatones que no deben comenzar a cruzar la

calzada..

98

Semáforos circulares

Semáforos cuadrados o de carril

Semáforos reservados a determinados vehículos

Page 99: Educacion Vial

Una luz verde no intermitente en forma de peatón en

marcha.

Indica a los peatones que pueden comenzar a atravesar la

calzada. Si es intermitente significa que el tiempo para cruzar

está a punto de finalizar y se va encender la luz roja.

SEMAFOROS CIRCULARES PARA VEHICULOS

Una luz roja no intermitente prohíbe el paso. Mientras

permanece encendida los vehículos no deben rebasar el

semáforo ni, si existe, la línea de detención anterior más

próxima al mismo.

Si el semáforo estuviera dentro o al lado opuesto de una

intersección, los vehículos no deben internarse en está ni, si

existe, rebasar la línea de detención situada antes de la misma.

99

Page 100: Educacion Vial

Todo conductor que tenga detenido su vehículo en una

intersección regulada por semáforo y su situación constituya

obstáculo para la circulación, deberá salir de aquella sin esperar

a que se permita la circulación en la dirección que se propone

tomar, siempre que al hacerlo no entorpezca la marcha de los

demás usuarios que avancen en el sentido permitido.

Una luz roja intermitente o dos luces rojas alternativamente

intermitentes

Prohíben temporalmente el paso a nivel, una entrada a un

puente móvil o a un pontón transbordador, una salida de

vehículos de extinción de incendios o aproximación de una

aeronave a escasa altura.

Una luz amarilla no intermitente indica que los vehículos deben

detenerse en las mismas condiciones que si se tratara de una

luz roja fija, a no ser que, cuando se encienda, el vehículo se

encuentre tan cerca del lugar de la detención que no pueda

detenerse ante el mismo en condiciones de seguridad

suficientes.

Una luz amarilla intermitente o dos luces amarillas

alternativamente intermitentes, Obligan a los conductores a

extremar la precaución y, en su caso, ceder el paso. Además,

no eximen del cumplimiento de otras señales que obliguen a

detenerse.

Una luz verde no intermitente significa que esta permitido el

paso con prioridad. No obstante ningún conductor deberá

penetrar con su vehículo en una intersección o en un paso para

peatones o para ciclistas si la situación de la circulación es tal

100

Page 101: Educacion Vial

que previsiblemente pueda quedar detenido de forma que

impida u obstruya la circulación transversal.

FLECHAS

Una flecha negra sobre una luz roja no intermitente o sobre una

luz amarilla no cambia el significado de dichas luces, pero lo

limita exclusivamente al movimiento indicado por la flecha.

La flecha negra sobre luz roja prohíbe el paso para los

vehículos que sigan la dirección de la flecha, no para los

demás vehículos.

La flecha negra sobre luz amarilla intermitente obliga a

extremar la precaución y en su caso ceder el paso par los

vehículos que sigan la dirección de la flecha, no para los demás

vehículos

Una flecha verde que se ilumina sobre fondo circular negro

significa:

Que los vehículos pueden tomar la dirección y sentido

indicados por la misma, cualquiera que sea luz que esté

simultáneamente encendida en el mismo semáforo o en otro

contiguo.

Que cualquier vehículo, el encenderse la flecha verde,

deberá avanzar en dicha dirección y sentid, cuando se

encuentre:

- En un carril reservado exclusivamente para la circulación

en la dirección y sentido indicados por la flecha, aunque no le

siga ningún vehículo.

101

Page 102: Educacion Vial

- En un carril que sin estar reservado, sea el que esta

circulación tenga que utilizar, cuando le siga algún vehículo por

el mismo carril.

Los vehículos que avancen siguiendo la indicación de una

flecha verde deben hacerlo con precaución, dejando pasar a los

vehículos que circulen por el carril al que se incorporen y no

poniendo en peligro a los peatones que estén cruzando la

calzada.

SEMÁFOROS CUDRADOS PARA VEHÍCULOS, O DE CARRIL

Los semáforos de ocupación de carril afectan exclusivamente a

los vehículos que circulen por el carril sobre el que están

situados o en el que se indique en el panel de señalización

variable, y son:

Una luz roja en forma de

aspa.

Determina la prohibición de ocupar el carril sobre el que

esté encendida a aquellos vehículos a los que esté dirigida.

102

Page 103: Educacion Vial

Los conductores de los vehículos que circulen por un carril

sobre el que se encienda esta luz, deberán abandonarlo lo

antes posible.

Luz verde en forma de flecha apuntando hacia abajo.

Indica que está permitido circular por el carril sobre el que

está encendida.

Por excepción a lo dispuesto sobre la preeminencia de las

señales, el uso de este carril no exime de la obligación

detenerse ante la luz roja circular o de obedecer cualquier otra

señal o marca vial que obligue a detenerse o a ceder el paso o,

en su ausencia, a cumplir las normas de prioridad de paso.

Luz blanca o amarilla en forma de flecha fija o

intermitente.

No incorporada a una señal de orientación y colocada

encima de un carril y apuntando hacia abajo en forma oblicua,

indica la necesidad de irse incorporando, en condiciones de

seguridad hacia el carril a donde apunta, ya que aquel por el

que circula, va a quedar cerrado en corto espacio.

SEMAFOROS RESERVADOS A DETERMINADOS VEHICULOS

Semáforo con silueta iluminada de un ciclo.

Sus indicaciones se refieren exclusivamente a ciclo y

ciclomotores.

Semáforo con franja blanca iluminada sobre fondo

circular negro.

Sus indicaciones se refieren exclusivamente va tranvías y

autobuses de líneas regulares.

Si existe un carril reservado para autobuses o para autobuses y taxis y otros vehículos, sólo se refiere

a los que circulen por él.

103

Page 104: Educacion Vial

Franja blanca oblicua iluminada hacia la izquierda o hacia

la derecha

Permite el paso hacia la izquierda o hacia la derecha,

respectivamente.

SEÑALES VERTICALES

Por su finalidad estas señales se las puede clasificar en:

Señales Preventivas

Señales de reglamentación

Señales de Información

Señales preventivas.- Tienen por objeto, indicar la

proximidad y la naturaleza de un peligro difícil de ser percibido

a tiempo. Se colocan sobre el lado derecho a una distancia

de150 y 250 metros antes del mismo y con el frente a la

dirección de la circulación

Ante ella, el conductor de un vehículo debe concentrar

su atención para poder responder con un comportamiento

104

Franja blanca horizontal iluminada

Prohibido el paso

Franja blanca vertical iluminada

Permite el paso de frente.

Franja blanca vertical u oblicua iluminada intermitente

Los vehículos citados deben detenerse como si tratara de una luz amarilla fija.

Page 105: Educacion Vial

adecuado y en muchos casos moderar la velocidad, llegando

incluso a detenerse

Empalme lateral Bifurcación en T

Bifurcación en Y Aproximación a

redondel

Cruce de Vías

Depresión de la vía

105

Page 106: Educacion Vial

Descenso pronunciado Calzada estrecha

Puente estrecho Puente móvil

Hombres trabajando Dos sentidos de Zona de

derrumbe Vía resbaladiza

Circulación

Ciclista en la vía Cruce de maquinaria Cruce de

peatón Ancho limitado

106

Page 107: Educacion Vial

agrícola

Zona escolar Niños jugando

Altura máxima Cruce con vía férrea,

a nivel sin barrera

Comienzo de camino dividido

Flecha direccional

Señales de Reglamentación.- Tienen por objeto indicar

obligaciones, limitaciones o prohibiciones

especiales. Se colocan en el costado de la calzada

correspondiente a la dirección de la circulación y

107

Page 108: Educacion Vial

con el frente a ella, en el punto donde comienza la

reglamentación y de ser necesario en otros puntos donde

continué la reglamentación

Alto Prohibido

seguir adelante Prohibido girar a la

derecha

108

Page 109: Educacion Vial

109

Page 110: Educacion Vial

Señales de Información.- Tiene por objeto facilitar al usuario

de la vía ciertas indicaciones que puedan serle de utilidad.

Entre la señales de información podemos citar a:

1. Señales indicativas de dirección e identificación de

carreteras

110

Page 111: Educacion Vial

2. Señales de orientación

3. Señales de servicios generales

MARCAS

VIALES

Se llaman marcas viales a las líneas, símbolos o figuras,

palabras o números señalados sobre el pavimento que pueden

ser de color blanco, o amarillas. Se emplean solas o con otros

medios de señalización ara reforzar o precisar sus indicaciones

Finalidad: Las finalidades de las marcas viales son.

1. Regular la circulación

2. Advertir o guiar a los usuarios de la vía

111

Page 112: Educacion Vial

3. Aumentar la seguridad, eficacia y comodidad de la

circulación

Funciones Las funciones que cumplen son las siguientes.

1. Delimitar carriles de circulación

2. Separar sentidos de circulación

3. Regular la circulación

4. Indicar el borde de la calzada

5. Delimitar zonas excluidas de la circulación

6. Contemplar o precisar el significado de otras señales

7. Repetir o recordar una señal vertical

8. Advertir, guiar y orientar a los conductores y demás

usuarios

Clases: Las marcas viales pueden ser:

1. Longitudinales

2. Transversales

3. Otras marcas e inscripciones

Marcas blancas longitudinales.- Pueden ser:

Línea continua.- Restringe la

circulación, de tal manera que

ningún conductor de vehículo debe

atravesarla o circular sobre ella.

Doble línea continua.- Tiene el mismo significado que la línea

continua

112

Page 113: Educacion Vial

Línea discontinua.- Delimitan los

carriles de circulación, ningún con-ductor

puede circular sobre ellas, pueden ser

cruzadas siempre que ello se efectué

dentro de las condiciones normales de seguridad.

Doble línea discontinua.- Delimitan un

carril por ambos lados (carril reversible),

en el que la circulación puede estar

reglamentada en un sentido o en otro

mediante semáforos de carril.

Línea continua adosada a

discontinua.- Los conductores que se

encuentran al lado de la línea continua,

no pueden cruzarla (rebasar). No

obstante, los vehículos pueden cruzar la línea continua

(rebasar), si tienen a su lado la línea discontinua.

Línea de borde y

estacionamiento.- Delimitan el

borde de la calzada pudiendo ser

discontinuas en algunos tramos.

Pueden delimitar también las

transversales de estacionamiento.

No se consideran continuas a efecto de la prohibición

de atravesarlas, por lo que pueden cruzarse en caso

113

Page 114: Educacion Vial

necesario

Marcas de guía en la intersección.-

Indican cómo se debe realizar

determinada maniobra en una

intersección

Marcas blancas transversales.- Pueden ser:

Marca transversal continua (Línea de parada).-

Dispuesta a lo ancho de uno o varios

carriles, indica el límite ante el cual los

conductores deben de detener sus

vehículos para respetar una señal de

parada (Pare), un paso para peatones, un

semáforo, una señal de un agente de transito, o cualquier otra

reglamentación legal.

Marca transversal discontinua.-

Dispuesta a lo ancho de uno varios carriles

indica que, ningún vehículo puede

traspasarla cuando tengan que ceder el

paso, en cumplimiento de la obligación

impuesta por una señal o marca de “ceda el paso”, por una

flecha verde de giro

De un semáforo o cuando no haya ninguna señal

de prioridad; salvo en circunstancia anormales

que reduzcan la visibilidad.

114

Page 115: Educacion Vial

Marca de pasos para peatones (Paso

cebra).- Consiste en una serie de líneas,

dispuestas en bandas paralelas al eje de

la calzada, formando un conjunto

transversal a la misma.

Otras marcas.- Pueden ser:

Flecha de selección de

carriles.- Una flecha situada en un

carril delimitado por líneas

longitudinales, indica que todo

conductor debe seguir la dirección, o una de las direcciones,

indicada por la misma en el carril en que aquel se halle, o, si la

señalización le permite cambiarse a otro carril.

Flecha de salida.- Indica a los

conductores el lugar donde pueden

iniciar el cambio de carril para utilizar un

carril de salida en especial de una

autopista o autovía.

Flecha de fin de carril.- Señala que el

carril en que esta situado el conductor,

termina próximamente y es preciso seguir

su indicación.

115

Page 116: Educacion Vial

Flecha de retorno.- Una flecha situada aproximadamente en

el eje de una calzada de doble sentido

de circulación y apuntando hacia la

derecha, anuncia la proximidad de una

línea continua que implica la prohibición de circular por su

izquierda, por lo tanto todo conductor debe circular cuanto

antes por el carril a la derecha de la flecha.

Marca de paso a nivel.- Las letras P y

N una a cada lado de una aspa, indican

la proximidad de un paso a nivel.

Inscripción de carril o zona reservada.- Indica que un carril

o zona de la vía están reservados,

temporal o permanentemente, para la

circulación, parada o estaciona-

miento de determinados vehículos tales como autobuses (bus)

y taxis (taxi).

Marca de estacionamiento.- Indican los

lugares o zonas de estacionamiento, así

como la forma en que los vehículos.

deben ocuparlos.

Ceda el paso.- Un triangulo, marcado

sobre la calzada con el vértice opuesto

116

Page 117: Educacion Vial

al lado menor y dirigido hacia el vehículo que se acerca, indica

al conductor la obligación que tiene en la próxima intersección

de ceder el paso a otros vehículos.

Stop (Pare).- El símbolo “Stop”,

marcado sobre la calzada, indica al

conductor la obligación de detener su

vehículo ante la próxima línea de

detención, o si esta no existiera,

inmediatamente antes de la calzada a la que se aproxima, y de

ceder el paso a los vehículos que circulan por dicha calzada.

Señal de limitación de

velocidad.- Indica que ningún

vehículo debe sobrepasar la

velocidad expresada en kilómetros

por hora. Si esta demarcada en un

carril delimitado por líneas longitudinales, la Prohi-

bición se refiere a los vehículos que circulan por el citado carril.

Cebrado.-

a.- Una zona, marcada con franjas

oblicuas paralelas enmarcadas por una

117

Page 118: Educacion Vial

línea continua, significa que ningún conductor debe entrar

con su vehículo en la citada zona

b.- Una zona, marcada con franjas

oblicuas paralelas enmarcadas por

una línea discontinua, significa que

ningún conductor debe entrar con

su vehículo en la citada zona, salvo cundo la maniobra no

represente peligro alguno y tenga por finalidad dirigirse a

una salida transversal situada al otro lado de la calzada.

UNIDADIII

118

Page 119: Educacion Vial

Reglas, leyes y reglamentos:

3.1 Reglas para los peatones, ciclistas y conductores.

3.2 Ley de tránsito y transporte terrestre.

3.3 Contravenciones de tránsito.

3.4 Los peatones y pasajeros.

3.5 Circulación de la velocidad vehicular y estacionamiento.

3.6 Seguros y sus beneficios.

DESARROLLO

Reglas, leyes y reglamentos:

3.1 Reglas para los peatones, ciclistas y conductores.

1. Circule solo por las veredas evitando jugar, correr realizar

movimientos que molesten a los demás. Camine de ser

preferible por el costado derecho de la vereda de la misma

manera que lo hacen los vehículos en la calzada.

2. Si no existe veredas camine siempre enfrentando el

tránsito evitando dar su espalda a la circulación. Esto quiere

decir que en las carreteras debe caminar mirando de frente a

los vehículos que pasan más cerca suyo.

Evite cruzar por las calles si no tiene suficiente visibilidad

y espere el momento oportuno que disminuye el flujo vehicular.

3. Hágase visible. La mayoría de los conductores que

atropellaron a un peatón en la carretera asegurarón no haberlo

visto y solo se percataron del accidente cuando sintieron el

golpe.

119

Page 120: Educacion Vial

Por lo tanto use de preferencia ropas claras y de ser posible

póngase un material reflectante en su ropa que permita a los

conductores verlos con anticipación .

4. Los niños no deben transitar sin la ayuda de un mayor en

las vias públicas.

5. En las autopistas está prohibido el tránsito de peatones y

deben circular alejadas de ellas.

6. Para cruzar una carretera o calle de la ciudad solo debe

hacerlo en los lugares demarcados para este efecto.

7. No corra al cruzar la calle, use las señales del tránsito,

nunca cruce la calle en forma diagonal y tampoco lo efectúe

cuando la luz del semáforo este de color rojo.

8. En las intersecciones mire n todas direcciones y

principalmente hacia atrás.

9. No camine cerca del borde de la vereda ya que los

vehículos que circulan podría golpearlo con las partes laterales,

tampoco haga equilibrio en el borde de la vereda pues un mal

paso podría arrojarlo al centro de la calzada.

10. Mire el sentido de tránsito de la calle para informarse de

que lado aparecerán los vehículos que están circulando delante

de usted.

11. En las pistas exclusivas para el transporte público no deben

circular peatones ya que son vías segregadas para este efecto.

Ósea separar del resto de los otros vehículos los buses

destinados al transporte público.

12. No cruce la calle saliendo entre los vehículos estacionados

pues representa un peligro de accidente ya que en la mayoría

de los casos el resultado es un atropello.

120

Page 121: Educacion Vial

13. Si un vehículo esta retrocediendo para salir de un

estacionamiento no se ponga en su trayectoria ya que el

conductor tiene muy pocas posibilidades de conocer su

presencia. Las luces que indican esta maniobra son de color

blanco y se encuentran en la parte posterior de los vehículos.

14. Si desea cruzar un calle arrastrando un coche de niño,

tenga precaución de iniciar el cruce luego que se hayan

detenido completamente los vehículos, además proteja al niño

y no lo exponga muy al borde de la vereda con el tránsito

delante, pues una mala apreciación de distancias podría

generarle un accidente al niño.

15. Si la calle es muy ancha para cruzarla de una sola vez

utilice llos descansos o islas peatonales y realice el cruce por

etapas.

16. Los semáforos peatonales son accionados por la gente a

través de una botonera en que usted solicita la luz verde y un

equipo automático le asigna un tiempo cuando disminuye el

flujo vehicular, ósea esta botonera no funciona de forma

inmediata por lo tanto no la golpee solamente apriete el botón

y ESPERE la LUZ VERDE.

17. En algunos cruces el paso lo asigna un agente de tránsito,

por lo cual usted debe esperar el momento que este policía le

permita cruzar y no debe adelantarse por muy apurado que

esté

REGLAS PARA LOS CICLISTAS

El uso de la bicicleta se ha ido masificando estos últimos

años y los ciclistas deben entender que su vehículo está

121

Page 122: Educacion Vial

sometido a las mismas reglas que tienen los automovilistas por

lo tanto el primer concepto es que deben respetar las señales

de tránsito y las áreas reservadas para los peatones.

Respecto al equipamiento seguro de un ciclistas que ante

cualquier accidente está tan expuesto como un peatón a sufrir

daños, pues no posee habitáculo indeformable con el

automóvil, tampoco cinturones de seguridad o airbags, es

recomendable que considere los siguientes aspectos:

UN CASCO para ciclismo de acuerdo a los reglamentos

Ropas apropiadas para ciclismo. Evite las ropas que

puedan enredarse en la cadena, en una rueda o que pueda

oscurecer las luces

Ropa de color claro reflectante que ayuda a otros usuarios

del camino a verle en luz del día y en luz pobre.

Accesorios reflectivos (las horquillas, pedales, etc.).

LUCES

Debes portar una luz blanca hacia delante y una luz de color

rojo en la parte posterior. De la misma manera debe colocar

elementos reflectivos en pedales y estructura trasera. Se usa

actualmente luces destellantes que se portan en la vestimenta

y son de gran utilidad para ser vistos .

Los ciclistas deben obedecer las señales de tránsito.

Además:

Mantener ambas manos en el manubrio excepto al

señalizar.

Mantener los pies en los pedales.

Conducir una fila.

122

Page 123: Educacion Vial

No conducir cerca de otro vehículo o tomándose de la

parte posterior.

No llevar objetos que no le permitan maniobrarla bicicleta.

Tener respeto por los otros usuarios de la vía,

particularmente peatones y minusválidos.

ESTÁ PROHIBIDO

Llevar pasajeros a menos que su bicicleta se haya

construido para este efecto

Aferrarse a u n vehículo a un tráiler en movimiento

Conducir una bicicleta de manera peligrosa, descuidada o

desconsiderada

Conducir bajo la influencia del alcohol o de drogas

REGLAS PARA LOS MOTOCICLISTAS

La inexperiencia en la conducción y la excitación de

conducir estas dos ruedas las hacen presa fácil de un accidente.

Incluso algunos estudios puntuales han dejado en evidencia que

los conductores de motocicletas están 6 veces más expuestos a

sufrir un accidente que un conductor de automóvil y sus

probabilidades de accidentarse los primeros 6 meses de uso

llegan casi al 70%.

El factor de mayor riesgo que tiene este tipo de vehículos es la

necesidad de ser visto producto de su errática conducción y sus

frecuentes cambios de sentidos y como tal requiere que el

motoristas y su acompañante usen casco de seguridad.

El caso debe cumplir con las exigencias y regulaciones

establecidas para estos elementos.

123

Page 124: Educacion Vial

Es recomendable usar lentes de protección. Además use ropa

adecuada y guantes para protección ante eventuales caídas.

La inestabilidad de su vehículo le exige que al circular sobre

superficies barrosas disminuya la velocidad y de la misma

manera ante la presencia arenilla, gravilla, hojas, aceites y

residuos varios, esparcidos en las diferentes superficies de

rodado.

Y lo importante que nunca debe olvidar: dos ruedas son muy

poco para agarrarse a 100 Kilómetros por hora.

PROTEJASE!

REGLAS PARA LOS CONDUCTORES

Es frecuente escuchar la afirmación:

Que mal que se conduce!. A pesar de esta afirmación que por

desgracia es muy cierta, hay que reconocerlas grandes

dificultades del tránsito, el mal estado de las calles y carreteras

y lo más importante la poca experiencia de la mayoría de los

conductores producto que la generalidad han sido autodidactas

en los conocimientos del tránsito y su aprendizaje en la mayoría

de las veces es realizado por sus padres, un amigo y en el peor

de los casos por el MARIDO.

El conductor corriente no es, ni mucho menos mal intencionado

o imprudente, simplemente carece de la habilidad suficiente

producto de su deficiente formación como tal. Entonces

repasemos algunos conceptos importantes para usted.

Antes de emprender la conducción segura no debe olvidar su

responsabilidad sobre las exigencias establecida por la

Autoridad.

124

Page 125: Educacion Vial

El vehículo debe estar en condiciones seguras y si por

emergencia debe tomar un vehi8culo de un amigo, un familiar

o uno que no haya conducido nunca, cerciórese que se

encuentre en buenas condiciones, revise los frenos, la

dirección, las luces etc.

Antes de iniciar un viaje debe asegurarse de :

Planear la ruta

Use ropa cómoda y holgada para moverse con

comodidad

Reconozca los controles y mandos del vehículo si el auto

no lo ha utilizado anteriormente

Regule los espejos retrovisores de modo obtener la mejor

retro visión posible

Ajuste los apoya cabezas a la altura de la nuca para

evitar el efecto latigazo en un eventual choque por la parte

posterior

Cargue el combustible suficiente para evitar quedar sin

el en medio de una autopista. Las fallas más frecuentes en este

tipo de vías en la falta de combustible.

Remolque y carga del vehículo

Como conductor usted:

No debe remolcar más de lo que su licencia le permite.

Que las luces del remolque estén conectadas.

No debe sobrecargar su vehículo o remolque.

No debe remolcar un peso mayor al recomendado por el

fabricante de su vehículo.

Debe asegurar su carga y está no debe sobresalirse

peligrosamente.

125

Page 126: Educacion Vial

Debe distribuir correctamente el peso.

Recuerde que un vehículo con peso adicional le cuesta más

partir, le cuesta mas frenar, y se ladea peligrosamente en las

curvas. Sea precavido ya que los accidentes son evitables.

CINTURONES DE SEGURIDAD

Uno de los elementos más eficientes para la protección del

conductor y sus pasajeros es el cinturón de seguridad, está

demostrado que permite salvar la vida en el 50% de los casos

de choques de frente y su eficiencia llega al 85% en los

volcamientos, situándose como el mecanismo de protección

más eficiente del momento actual.

Además es barato por que viene de fábrica en la mayoría de

los automóviles, y eficiente por los resultados obtenidos en

accidentes y es rápido pues hasta abrocharlo y ya esta

funcionando.

“El cinturón de seguridad no evita los accidentes, evita los

funerales “.

El conductor responsable debe asegurarse, que todos los

niños menores de 14 años de edad usen los cinturones de

seguridad o se sienten en un lugar adecuado para niños , esto

debe ser un asiento para bebés, asiento para niños, o cualquier

otro tipo de asiento apropiado al peso y al tamaño del niño.

NIÑOS EN LOSVEHICULOS

Cuando una lleva niños en el suele resultar una tarea titánica,

producto de las preocupaciones que estos menores producen ,

y de preguntas constantes que frecuentemente realizan al

conductor tales como, “ falta mucho para llegar papá “ en

otras ocasiones si va más de uno de lo frecuente es que

126

Page 127: Educacion Vial

discutan y peleen y estas razones deben hacer que un

conductor aplique todos sus conocimientos de psicología para

convencer a los niños que son parte integrante de la seguridad.

Desarrolle en ellos desde muy pequeños la costumbre de ir

sujetos en los asientos traseros y además trate de ser un buen

ejemplo. Los niños siempre imitan a los padres “son como

papá”.

Los niños no deben nunca sentarse sobre las rodillas de un

conductor o de otro pasajero.

El uso de sillas de seguridad o protectores deben ser

usados por los niños hasta que tengan un aporte aproximado

de un metro o uina edad de 5 años .

Estas deben ser sujetas a los cinturones traseros . un

protector no cumple su eficacia si no se sujeta con los

cinturones traseros.

Use las puertas que tengan seguro par niños y con mayor

razón cuando el auto esté en movimiento.

Un asiento para bebé nunca debe ser colocado de frente a

una bolsa de aire (AirBag).

APTITUD PARA CONDUCIR

La madurez tiene relación directa con una actitud responsable y

también con las aptitudes para ejercer la conducción de ahí la

importancia de considerar los siguientes aspectos:

Compruebe siempre de que usted esté apto para conducir. Esto

significa que si la conducción es un a actividad auto impuesta,

quien mejor reconoce las limitaciones es usted mismo y como

tal, evite que un agente de tránsito le recuerde que no se

127

Page 128: Educacion Vial

encuentra apto para manejar un vehículo. Sea consiente pues

la prevención de accidentes empieza con usted.

Todos alguna vez nos colocamos en el asiento de conductor y

ponemos en marcha un vehículo de la familia de 7un n amigo o

de una empresa en que trabaja. Este es un momento

transcedental, puesto que ello implica: Si en esta conducción

que iniciamos lo dañamos, quien pagará?, si herimos a alguien,

quién pagara la hospitalización, el médico, las indemnizaciones,

el juicio?

Si el automóvil se incendia cuando está a su cuidado, o se lo

roban, se hará cargo de la pérdida?. Ahora bien si usted no

tiene licencia, se atreverá a dar una vuelta?

Seguramente son escasos los que meditan lo suficiente, antes

de decidirse a partir con un vehículo motorizado.

Cuantas veces hemos visto accidentes producidos por

empleados de estaciones de servicio, que salen a dar una

vuelta con los vehículos bajo su custodia, o simplementemente

a jóvenes que sacan los autos de los padres para pasear con

amigos.

En general se medita muy poco sobre la transcendencia de la

conducción y la necesidad urgente de formar conductores

“socialmente responsables”.

3.2 Ley de tránsito y transporte terrestre.

128

Page 129: Educacion Vial

DE LAS INFRACCIONES Y DE LAS PENAS

Art. 56.- Son infracciones de tránsito las acciones u omisiones

que, pudiendo y debiendo ser previstas pero no queridas por el

agente, se verifican por negligencia, imprudencia,

impericia o por inobservancia de las leyes, reglamentos y

más disposiciones de tránsito, o de órdenes legítimas de las

autoridades y agentes a cargo de su control y vigilancia.

Art. 57.- Los delitos y contravenciones tipificados en la

presente Ley de Tránsito y Transporte Terrestres son de

carácter culposo y conllevan a la obligación civil y solidaria de

pagar costas, daños y perjuicios, por parte de los responsables

de las infracciones. La acción para perseguirlos es pública y

pesquisable de oficio, dentro de la cual, de haberse

interpuesto acusación particular, se establecerá el monto de

las obligaciones civiles indicadas.

Art. 58.- Cuando del proceso aparezca prueba de que el

sindicado es autor, cómplice o encubridor de infracción

dolosa, el juez de la causa lo pondrá a órdenes de un juez de lo

penal para su juzgamiento.

Si apareciere prueba de que se ha cometido, a más de

la infracción que se juzga, otro delito distinto de infracción

de tránsito, sin perjuicio de continuar con el proceso, se

129

Page 130: Educacion Vial

remitirá copias de lo actuado al juez competente para su

juzgamiento.

Art. 59.- Las infracciones de tránsito no serán punibles

cuando fueren el resultado de caso fortuito o fuerza mayor

debidamente comprobados.

Art. 60.- Las infracciones de tránsito se dividen en delitos y

contravenciones.

CIRCUNSTANCIAS DE LAS INFRACCIONES DE TRANSITO

Art. 69.- Sin perjuicio de las contempladas en el Código

Penal, son circunstancias atenuantes:

a) El auxilio y la ayuda inmediata proporcionada a las

víctimas del accidente;

b) La oportuna y espontánea reparación de los daños y

perjuicios causados, antes de iniciarse la acción penal

correspondiente o durante el proceso y hasta antes de

declararse cerrada la etapa probatoria;

c) Dar aviso a la autoridad más cercana; y,

d) El haber observado respeto para las autoridades y

agentes de tránsito, y acatamiento a sus disposiciones.

130

Page 131: Educacion Vial

Art. 70.- Sin perjuicio de las contempladas en el Código

Penal, son circunstancias agravantes, cuando no son

constitutivas o modificatorias de infracción:

a) Cometer la infracción de tránsito en estado de

embriaguez o de intoxicación por efectos de bebidas

alcohólicas, o bajo la acción de estupefacientes o drogas

psicotrópicas;

b) Abandonar a los accidentados o no procurarles

pudiendo hacerlo, la ayuda requerida;

c) Evadir la acción de la justicia por fuga u ocultamiento;

d) Borrar, alterar u ocultar las señales, huellas o vestigios

dejados por la infracción;

e) Estar el infractor perseguido o prófugo por un delito

de tránsito anterior;

f) Si la licencia de conducir vigente a la fecha del

cometimiento de la infracción autorizaba únicamente a

conducir vehículos de inferior capacidad de diferentes

características técnicas que el accidentado; y,

g) Si la infracción tiene lugar mientras está vigente la

suspensión temporal o definitiva de la autorización legal

para conducir vehículos.

131

Page 132: Educacion Vial

DE LAS PENAS

Art. 71.- Las penas aplicables a los delitos de tránsito son las

siguientes:

1. Reclusión menor ordinaria de seis a nueve años;

2. Prisión de hasta cinco años;

3. Multa de un cuarto a cuarenta salarios mínimos

vitales generales;

4. Revocatoria de la licencia de conducir; y,

5. Suspensión temporal de la licencia de conducir.

Art. 72.- Las penas aplicables a las contravenciones de

tránsito son las siguientes:

1. Prisión de ocho a treinta días;

2. Multa de un cuarto a un salario mínimo vital general; y,

3. Suspensión temporal de la licencia de conducir.

Art. 73.- Cuando se justifique en favor del infractor

circunstancias atenuantes y no exista en su contra ninguna

agravante, no constitutiva o modificatoria de infracción, la

pena de reclusión será reducida a prisión ordinaria. Las penas

de prisión y de multa, se reducirán hasta en un tercio de las

mismas.

DE LOS DELITOS DE TRANSITO

Art. 74.- Será reprimido con reclusión menor extraordinaria

de seis a nueve años, revocatoria definitiva de la licencia para

conducir vehículos motorizados y multa de diez a cuarenta

132

Page 133: Educacion Vial

salarios mínimos vitales generales, quien ocasionare un

accidente conduciendo un vehículo en estado de embriaguez o

de intoxicación bajo los efectos de bebidas alcohólicas, o bajo

la acción de estupefacientes o sustancias psicotrópicas, del

que resultaren muertas una o más personas.

Art. 75.- Si la muerte de una o más personas, se produjere

como consecuencia de un accidente causado por exceso

de velocidad, impericia, o a sabiendas de que el vehículo está

en malas condiciones mecánicas, la pena será de tres a

cinco años de prisión ordinaria, suspensión por igual tiempo de

la licencia de conducir y multa de ocho a cuarenta salarios

mínimos vitales generales.

Art. 76.- Si la muerte de una o más personas, se produjere

como consecuencia de negligencia, imprudencia, o

inobservancia de la presente Ley, reglamentos, de las órdenes

legítimas de las autoridades o agentes de tránsito, la pena

será de uno a tres años de prisión ordinaria, suspensión por

igual tiempo de la licencia de conducir y multa de seis a

treinta y cinco salarios mínimos vitales generales.

Art. 77.- Si el accidente que ocasionare la muerte de una o

más personas fuere resultado del cansancio, sueño o malas

condiciones físicas del conductor, la pena será de nueve a

dieciocho meses de prisión ordinaria, suspensión de la

licencia de conducir vehículos motorizados por igual tiempo, y

multa de cinco a veinticinco salarios mínimos vitales generales.

133

Page 134: Educacion Vial

Las mismas penas se impondrán al empleador que hubiere

exigido o permitido al conductor trabajar en dichas

condiciones.

Art. 78.- La negligencia en la ejecución de obras en la vía

pública que ocasionare un accidente de tránsito del cual

resultare una o más personas muertas o con lesiones

graves, será sancionada con prisión ordinaria de uno a tres

años y multa de ocho a cuarenta salarios mínimos vitales

generales según la gravedad de la infracción y resarcimiento

económico de las pérdidas producidas por el accidente.

3.3 Contravenciones de tránsito.

Art. 86.- Las contravenciones de tránsito, son de primera,

segunda, tercera clase y graves, las mismas que serán

reprimidas con multa, prisión y multa, según el caso.

SANCIONES

Las contravenciones de primera clase serán sancionadas

con una multa de hasta USD$ 2, las contravenciones de

segunda clase serán sancionadas con una multa de hasta

134

Page 135: Educacion Vial

USD$4; las contravenciones de tercera clase serán

sancionadas con un a multa de hasta USD$ 6; y , las

contravenciones graves serán sancionadas con una multa

de hasta USD$40

CONTRAVENCIONES DE PRIMERA CLASE

Art. 87.- Incurren en contravención de primera clase y serán

sancionados con multa equivalente al diez por ciento (10%) de

un salario mínimo vital general.

ART. 1.- Las contravenciones de primera clase señaladas en el

articulo 87 de la Ley de tránsito y Transporte Terrestre vigente,

serán sancionadas con una multa mínima de dos dólares

estadounidenses.

a) El conductor que usare en forma inadecuada la bocina u

otros dispositivos sonoros contraviniendo las normas

tolerables de emisión de ruidos;

b) El transportista que no cumple con los horarios e

itinerarios establecidos para la prestación del servicio masivo

de transporte;

135

Page 136: Educacion Vial

c) El conductor que no presente la lista de pasajeros,

tratándose de vehículos de transporte público interprovincial e

internacional;

d) Quien desde el interior de un vehículo arroje a la vía

pública papeles, colillas de cigarrillos y demás desechos que

contaminen el ambiente. Será también responsable el

conductor que no advierta a los pasajeros sobre esta

prohibición;

e) Los peatones, ciclistas y conductores de vehículos de

tracción animal que no respetaren los semáforos y demás

señales de tránsito; y, a los peatones que en las vías

públicas no transitaren por las aceras o sitios destinados para

éstos;

f) Los vendedores ambulantes, que se ubicaren en aceras,

zonas de protección, andenes, pretiles u otros sitios similares,

de manera que impidan el desplazamiento normal y adecuado

de la circulación;

g) Los ciclistas y motociclistas que circulen por las aceras

de las vías públicas o en parques y demás sitios de

prohibida circulación;

h) Quien condujere un vehículo motorizado que no lleve las

placas de identificación correspondiente, en el lugar

determinado según el Reglamento;

136

Page 137: Educacion Vial

i) El comprador que no inscribiere el traspaso de un vehículo

en las jefaturas provinciales de tránsito, dentro del plazo de

treinta días, contados a partir de la fecha del respectivo

contrato;

j) Los conductores de vehículos de servicio masivo que

circulen sin los distintivos reglamentarios y la identificación,

con letras grandes y visibles, sobre el tipo de servicio que

preste su unidad; y,

k) Quien causare un accidente de tránsito del que

resultaren solamente daños materiales; cuyo monto de

reparación no llegue a quince salarios mínimos vitales

generales.

CONTRAVENCIONES DE SEGUNDA CLASE

Art. 88.- Son responsables de contravenciones de segunda

clase y serán sancionados con multa equivalente al veinte por

ciento (20%) de un salario mínimo vital general.

Art. 2.- Las contravenciones de segunda clase señaladas en el

articulo 88 de la ley de Tránsito y transporte terrestre vigente,

serán sancionadas con una multa mínima de cuatro dólares

estadounidenses.

a) Circular sin los silenciadores incumpliendo las

normas tolerables para la emisión de ruidos o emanación de

gases;

137

Page 138: Educacion Vial

b) Quien no condujere su vehículo por la derecha en las

vías de doble dirección;

c) El conductor de servicio público que no tenga instalado

en el vehículo, un botiquín elemental de primeros auxilios y

un extintor mínimo de incendios, de acuerdo con el

Reglamento;

d) Las personas que, sin permiso de la respectiva jefatura

o subjefatura de tránsito, realizaren actividades o

competencias deportivas en las vías públicas, con o sin

vehículos a motor o de tracción humana o animal;

e) Quien estacionare un vehículo en sitios prohibidos;

f) Quien obstaculizare el tránsito al quedarse sin gasolina

el vehículo que conduce;

g) Quien viaje en un vehículo que tenga, según el

Reglamento, la obligación de tener cinturón de seguridad y no

lo utilice;

h) Quien condujere un vehículo sin portar su licencia de

conducir o estando caducada;

i) El que condujere un automotor con uno o más neumáticos

en mal estado o su banda de rodadura lisa;

j) No detener el vehículo, antes de cruzar una línea férrea,

de trolebús o similares o antes de una señal de pare;

k) Los propietarios de mecánicas, estaciones de

servicio, talleres de bicicletas, motocicletas, o locales de

138

Page 139: Educacion Vial

reparación en general, que presten sus servicios en la vía

pública;

l) Quien causare accidente de tránsito del que

resultaren solamente daños materiales, cuyo monto de

reparación sea de quince a treinta salarios mínimos vitales

generales;

m) La instalación y funcionamiento de talleres de

servicio utilizando la leyenda SERVICIO AUTORIZADO de una

determinada marca o logotipo en forma arbitraria o

fraudulenta; y,

n) La venta de motores, accesorios, autopartes y

neumáticos usados, sin la correspondiente garantía o servicio

para el consumidor.

CONTRAVENCIONES DE TERCERA CLASE

Art. 89.- Son responsables de contravenciones de tercera

clase y serán sancionados con multa del treinta por ciento

(30%) de un salario mínimo vital general.

Art. 3.- Las contravenciones de tercera clase señaladas en el

articulo 89 de la Ley de Tránsito y Transporte terrestre vigente,

serán sancionadas con una multa mínima de seis dólares

estadounidenses

139

Page 140: Educacion Vial

a) Quien condujere un vehículo a motor a una velocidad

mayor o menor a la permitida;

b) Los conductores que al descender por una pendiente,

apagaren el motor de sus vehículos;

c) Los dueños o cuidadores de animales que los

abandonaren o los dejaren vagar por las calles o carreteras,

o los condujeren sin las debidas precauciones;

d) Quien arroje en la vía pública botellas de vidrio,

tachuelas, clavos, alambres, recipientes de metal, maderos,

piedras o cualquier otro objeto que ponga en peligro a los

transeúntes y vehículos en general;

e) A las personas que impidan la visibilidad o la lectura de

las señales de tránsito, la circulación de los vehículos o la

visibilidad de las vías mediante la instalación de avisos, rótulos

o la mantención de árboles, contraviniendo lo establecido en el

respectivo reglamento;

f) Los conductores de motocicletas, motonetas, bicimotos,

tricar y cuadrimotos que no llevaren correctamente sujeto a

su cabeza el casco de seguridad al igual que su acompañante,

en caso de haberlo;

140

Page 141: Educacion Vial

g) Los conductores de motocicletas o similares que

transporten una persona adicional a la capacidad de dicho

vehículo;

h) El conductor que desobedeciere las órdenes de las

autoridades o agentes de tránsito, o que no observe las señales

manuales de dichos agentes, y en general toda señalización

colocada en vías públicas, tales como: semáforos, alto, pare,

cruce, límite de velocidad o preferencia de vías;

i) Quien transportare carga sin colocar banderines rojos, o

luces en la noche, en los extremos sobresalientes de la

carga, o sin observar los requisitos exigidos en los respectivos

reglamentos;

j) Los ciclistas que se sujetaren a un vehículo en marcha;

k) Quien causare accidente de tránsito del que

resultaren solamente daños materiales avaluados entre

treinta y cincuenta salarios mínimos vitales generales;

l) El conductor de un vehículo a diesel cuyo tubo de escape

no esté instalado de conformidad con el Reglamento;

ll) Los propietarios o conductores de vehículos a motor que,

en caso de emergencia o calamidad pública, luego de ser

requeridos, se negaren a prestar los servicios solicitados;

141

Page 142: Educacion Vial

m) Los conductores de vehículos a motor que, ante las

señales de alarma o toque de sirena de los vehículos de

Policía, Cuerpo de Bomberos, Cruz Roja, ambulancias, o de

otras entidades autorizadas, no dejaren la vía libre;

n) El conductor que para dejar o recibir pasajeros o carga, o

por cualquier otro motivo, se estacionare o detuviere el

vehículo en lugares no permitidos para el efecto;

ñ) Quien dejare estacionado cualquier clase de vehículo en

vías urbanas, sin tomar las precauciones reglamentarias

para evitar un accidente;

o) El conductor que no utilice el taxímetro en las

ciudades determinadas por el Consejo Nacional de Tránsito

o que altere su funcionamiento o no exhiba el indicado

aparato de obligatoria instalación en todos los vehículos que

operan como taxis;

p) Los propietarios o conductores de vehículos que no

estén provistos de partes, componentes y equipos que

aseguren que no rebasen los niveles máximos permisibles de

emanación de gases contaminantes, y ruidos establecidos en el

Reglamento;

q) El que condujere un vehículo en sentido contrario a las

vías autorizadas de circulación, que deberá estar suficiente

142

Page 143: Educacion Vial

clara y visiblemente señalizada y el conductor que circule por el

carril que no le corresponda o haga cambio brusco o indebido;

r) El conductor que cargue combustible en los vehículos

de transporte masivo de pasajeros, cuando estos se

encuentren en su interior;

s) El conductor que no realice señales luminosas antes

de efectuar un viraje o estacionamiento;

t) Los conductores que lleven en sus brazos o en sitios

no adecuados, para el efecto, a personas u objetos;

u) Quien conduzca un vehículo sin luces o no realice el

cambio de las mismas en las horas y circunstancias que

establece el Reglamento;

v) derogado;

w) Los conductores de vehículos automotores que

habiéndose separado de una empresa o que luego de treinta

días de haber sido disuelta la cooperativa o empresa,

continúen portando en los vehículos; sellos, discos y más

distintivos que pertenecieron a dicha entidad;

x) Quien faltare de palabra a las autoridades o agentes

de tránsito;

143

Page 144: Educacion Vial

y) El que condujere un automotor con uno o más

neumáticos que superen los límites de desgaste que

determinen los reglamentos; y,

z) Los talleres de servicio o quienes arrojen a las

alcantarillas residuos de aceite y no acondicionen recipientes

para la recolección y evacuación de lubricantes de desecho.

CONTRAVENCIONES GRAVES

Art. 90.- Serán sancionadas con prisión de treinta a ciento

ochenta días y multa de cinco a diez salarios mínimos vitales

generales, quienes incurrieren en contravención grave, sin

perjuicio de su detención inmediata para ser puesto a órdenes

del juez de transito respectivo, en los siguientes casos:

a) Quien causare accidente de tránsito del que resultare herida

o lesionada alguna persona, produciéndole enfermedad, o

incapacidad para el trabajo, que no exceda de quince días;

b) Quien condujere en estado de embriaguez o de

intoxicación bajo los efectos de bebidas alcohólicas,

drogas o sustancias estupefacientes;

c) Los conductores que detuvieren o estacionaren

vehículos en sitios o zonas que entrañen peligro, tales como

curvas, puentes, túneles, ingresos y salidas de puentes y

144

Page 145: Educacion Vial

túneles, zonas estrechas de poca visibilidad, cruces de

caminos, cambios de rasante, pendientes, o pasos a desnivel,

espacios o carriles de circulación, sin tomar las medidas de

seguridad reglamentariamente establecidas;

d) Quienes rebasaren a otro vehículo en marcha en zonas o

sitios religiosos, tales como: curvas, puentes, túneles, al

coronar una cuesta o contraviniendo expresas normas

reglamentarias o de señalización;

e) Quién causare accidente de tránsito de que resultare

herida o lesionada alguna persona con las consecuencias

previstas en el literal a) de este artículo, por conducir un

vehículo en sentido contrario a la vía autorizada de circulación

que deberá estar suficiente clara y visiblemente señalizada;

f) Quien condujere un automotor sin haber obtenido la

licencia para conducir vehículos a motor, igual contravención

comete el dueño del vehículo que entrega el mismo al

infractor o permite tal infracción;

g) Quien causare accidente de tránsito del que

resultare solamente daños materiales cuyo costo de

reparación sea superior a cincuenta salarios mínimos vitales

generales y no sobrepase a cien salarios mínimos vitales

generales, vigentes al momento de la infracción;

145

Page 146: Educacion Vial

h) Quien construyere reductores de velocidad, sobre la

calzada de las vías, inobservando las disposiciones del

respectivo reglamento;

i) Quienes roturaren o dañaren las vías de circulación

vehicular y no pusieren las señales adecuadas o no retiraren

los desperdicios luego de terminadas las obras, sin perjuicio

de pagar los daños que se ocasionen a las personas, a los

vehículos, al conductor y acompañantes, en caso de ocurrir

un accidente. Si del accidente solo resultaren daños

materiales y el responsable a pagado en forma voluntaria

los daños y perjuicios ocasionados, el juez que conozca el caso,

ordenará de oficio el archivo de la causa;

j) El que conduciendo un vehículo a motor, causare

daños o deterioro a la superficie de la vía pública;

k) Quien alterare la seguridad del tránsito al colocar

obstáculos en la vía pública, sin fijar los avisos

correspondientes; o al derramar en la misma, sustancias o

materiales deslizantes o inflamables;

l) Quien transporte materias inflamables, explosivas o

peligrosas en vehículos no acondicionados para el efecto, o sin

el permiso de la autoridad competente;

m) Los conductores de vehículos de transporte escolar

que no porten figuras distintivas, luces especiales de parqueo,

146

Page 147: Educacion Vial

las mismas que deberán ser utilizadas en las paradas para

dejar o recoger estudiantes;

n) El conductor que transporte exceso de pasajeros,

carga o volumen, a la capacidad del vehículo; y,

ñ) Faltar de obra a las autoridades o agentes de tránsito.

o) El conductor profesional o no profesional, que preste

servicio de transporte público, de personas y bienes, con un

vehículo que no esté legalmente autorizado para realizar esta

actividad, recibiendo remuneración por dichos servicios.

Art. 91.- La reincidencia en el cometimiento de cualquiera de

las contravenciones graves de tránsito será sancionada con el

doble del máximo de las penas de prisión y multa respectiva,

más la suspensión de conducir vehículos por un año; y, en caso

de nueva reincidencia en contravenciones graves de tránsito,

se aplicará el triple de las penas de prisión y multa y la

suspensión definitiva de conducir vehículos a motor.

DE LA JURISDICCION

Art. 92.- El juzgamiento de los delitos y contravenciones

graves de tránsito, corresponde en forma privativa a los jueces

de tránsito dentro de sus respectivas jurisdicciones

territoriales, o a quienes hagan sus veces, y las demás

instancias determinadas en la Ley Orgánica de la Función

Judicial.

147

Page 148: Educacion Vial

El conductor protagonista de un accidente de tránsito

y transportes terrestres que se haya dado a la fuga

abandonando a heridos y/o muertos, será sancionado con la

suspensión definitiva para conducir vehículos terrestres a

motor, se presume como autor del accidente al propietario

del vehículo hasta que no se haya identificado al hechor.

Art. 93.- En los lugares donde existan dos o más juzgados

de tránsito, avocará el conocimiento de la causa, el juez de

tránsito, que se hallare de turno.

Art. 94.- En los lugares donde no existan juzgados de

tránsito, corresponderá a los comisarios nacionales o a los

tenientes políticos dictar el autocabeza de proceso por delitos

de tránsito, y practicar dentro del plazo de diez días todos

los actos procesales para comprobar la existencia del delito,

descubrir a sus autores y determinar su culpabilidad. Si

hubieren detenidos, el plazo anterior se reducirá a cuarenta y

ocho horas.

Concluido el plazo antes señalado, se remitirá todo lo actuado

al juez respectivo que se hallare de turno en la fecha

del acontecimiento, para que continué la sustanciación de la

causa.

El Comisario o Teniente Político que no cumpla con la

obligación de enviar el proceso en el plazo establecido en el

148

Page 149: Educacion Vial

inciso anterior, será sancionado con multa del diez por ciento

(10%) del salario mínimo vital general por cada día de

retardo, que la impondrá el Juez de Tránsito en la primera

providencia en que se avoque conocimiento de la causa.

Art. 95.- En los lugares donde no existan juzgados de

tránsito, corresponderá a los comisarios, o a los tenientes

Políticos, conocer y juzgar las contravenciones de tránsito.

3.4 De los Peatones y Pasajeros

Art. 69.- Para efectos del cumplimiento de la Ley de

Tránsito y este Reglamento, se considera peatones a la

personas que transitan a pie por sus propios medios de

locomoción, y a los discapacitados que transitan en artefactos

especiales manejados por ellos o por terceros.

Art. 70.- Son deberes de los peatones a más de los

determinados en la Ley, los siguientes:

a) Los peatones deberán circular por los sitios determinados

para su seguridad;

b) Los peatones que circulen por vías públicas donde no

existan aceras, deberán hacerlo por la berma o espaldón de la

carretera, por el costado izquierdo, en sentido contrario a la

dirección normal de circulación de los vehículos,

149

Page 150: Educacion Vial

c) Si la dirección del peatón es la misma que la de los

vehículos en vías de un solo sentido, circularán por la izquierda

de la calzada; d) En las intersecciones sin regulación de

tránsito, los peatones que se encuentran cruzando la calzada

tendrán derecho de vía;

e) En las intersecciones reguladas por la Policía de

Tránsito Nacional o agentes de la Comisión de Tránsito de la

provincia del Guayas, o controladas por semáforos, el peatón

deberá respetar las señales y no podrá iniciar el cruce hasta

que sea autorizado;

f) Si luego de iniciado el cruce reglamentario, se produjere

el cambio de la señal, el peatón tiene derecho a continuar

y los conductores respetarán el derecho de vía del Peatón;

g) En las ciudades los Peatones deberán cruzar la calzada

por las zonas peatonales demarcadas debiendo los conductores

detener la marcha de los vehículos antes de la zona de cruce

peatonal; en vías urbanas y rurales donde no existan cruces

peatonales marcados, podrán cruzar la calzada cuando no

haya vehículos muy próximos y puedan hacerlo con seguridad;

y,

h) Los peatones en la vía pública deberán ceder el derecho

de vía a los vehículos de emergencia, cuando estos anuncien

su paso con las señales auditivas o sus luces de emergencia.

150

Page 151: Educacion Vial

Art. 71.- Es prohibido a los peatones, a más de lo

determinado en la Ley, lo siguiente:

a) Circular o detenerse en la calzada de las vías abiertas

al tránsito vehicular;

b) Cruzar las avenidas y calles de los centros poblados,

por sitios que no sean las intersecciones o zonas señaladas

para el efecto;

c) Cruzar en forma diagonal las intersecciones, debiendo

hacerlo solo hacia la acera opuesta y en forma perpendicular;

d) Cruzar la calzada intempestivamente en medio de

vehículos estacionados o en circulación;

e) Transitar por la vía férrea;

f) Bajar intempestivamente de la acera o cruzar la calzada

a la carretera; y,

Las demás previstas en la Ley y el presente Reglamento.

Art. 72.- Queda prohibido a toda persona, subir o bajar

de un vehículo que se encuentre en movimiento o fuera de

la parada reglamentaria, o por el costado de la calzada que

corresponda al tránsito de vehículos.

151

Page 152: Educacion Vial

Art. 78.- La inobservancia de las disposiciones constantes

en el presente Título, será sancionada como contravención de

primera clase. Para el efecto, el Tránsito que verificare el

hecho, entregará al contraventor la boleta correspondiente,

en la que se indicará la contravención cometida y los

nombres y número de cédula del contraventor.

DE LA CIRCULACION, DE LA VELOCIDAD VEHICULAR Y DE

LOS

ESTACIONAMIENTOS

DE LA CONDUCCION

Art. 126. - En todo momento los conductores de

vehículos son responsables absolutos de la conducción de los

mismos.

Art. 127. - Todo vehículo debe ser guiado por su conductor

por el costado derecho de las vías, en la dirección que lleven.

Art. 128. - Los conductores están obligados a

observar las siguientes disposiciones:

a) Conducir y maniobrar su vehículo utilizando las dos

manos;

152

Page 153: Educacion Vial

b) Respetar las zonas de seguridad destinadas al paso

de Peatones, teniendo preferencia los mismos sobre el vehículo;

y,

c) En motocicletas y bicicletas no llevar a otra persona, a

menos que tenga asiento posterior y con dispositivos para

que el pasajero pueda asirse y descansar los pies, debiendo

utilizar obligatoriamente Cascos protectores, para el

conductor y el pasajero. En la noche deberán portar chalecos

reflectivos.

Art. 129. - Prohíbese, excepto en casos de emergencia:

a) Estacionar un vehículo sobre una acera o camino

determinado para los peatones;

b) Efectuar reparaciones de vehículos en las vías públicas; y,

c) Detener el vehículo en una vía pública, fuera de su

costado derecho o en lugar no autorizado.

Art. 130. - El conductor podrá guiar el vehículo fuera de

su costado derecho de circulación, en los siguientes casos:

a) Para rebasar a otro vehículo que lleve la misma

dirección, siempre que haya amplitud de vía y el reglamento

y la señalética lo permita;

153

Page 154: Educacion Vial

b) Para rebasar a un vehículo estacionado; y,

c) Para evitar una desgracia o accidente inminentes.

Art. 131. - Los conductores de vehículos a motor y

cualquier otro de libre dirección, realizarán el

rebasamiento en sitios suficientemente amplios y permitidos

por la Ley, siempre que no tenga a la vista otro vehículo en

dirección contraria, desviándose al costado izquierdo y

solicitando paso al que se trate de adelantar, haciendo uso de

la bocina o cambio de luces.

Art. 132. - La Dirección Nacional de Tránsito, las

Jefaturas Provinciales de Tránsito, la Comisión de Tránsito de la

provincia del Guayas, las Municipalidades y el Ministerio de

Obras Públicas, podrán por causas justificadas prohibir el uso

de las vías públicas a cualquier vehículo o a determinado

tipo de éstos, con la respectiva señalización.

Art. 133. - Las autoridades enunciadas en el artículo

anterior, ocasionalmente y por conveniencia del mejor servicio,

podrán cerrar en una dirección o totalmente el tránsito en las

calles o carreteras que presenten peligro para la circulación.

Art. 134. - Toda modificación que se hiciere al sentido

del tránsito en las vías públicas, deberá darse a conocer

por las respectivas Jefaturas Provinciales de Tránsito y la

154

Page 155: Educacion Vial

Comisión de Tránsito de la provincia del Guayas, mediante

aviso que se publicará por tres días consecutivos en los

periódicos de mayor circulación. Estas disposiciones entrarán

en vigencia a partir de la última publicación, siempre y

cuando se haya procedido con la nueva señalización.

Art. 135. - En toda calzada que tenga más de un carril en la

misma dirección, los vehículos que circulen a una velocidad

menor al límite autorizado, deberán tomar el carril del costado

derecho.

Art. 136. - En las vías de doble sentido de circulación, los

vehículos que transiten en sentido opuesto, al cruzarse

mantendrán el lado derecho del eje de la calzada y

guardarán entre sí la mayor distancia posible.

Art. 137. - En una calzada señalizada para el tránsito en un

solo sentido, todo vehículo deberá ser conducido únicamente

en la dirección indicada.

Art. 138. - Los vehículos que ingresen dentro de un

redondel, lo harán siempre por la derecha, dejando el

redondel a su izquierda.

Art. 139. - En calzadas cuyos carriles estén

demarcados y dispongan de dos o más de éstos libres

para la circulación, se observarán las siguientes normas:

155

Page 156: Educacion Vial

a) El vehículo será conducido en forma que quede por

completo dentro del espacio demarcado, y no podrá salir de

el hasta que el conductor se haya asegurado que el cambio de

carril puede hacerlo sin peligro;

b) El cambio de carril deberá hacerse solamente al

carril adyacente y en ningún caso sobre éste para el ingreso al

siguiente;

c) Si el carril adyacente está ocupado, no podrá realizarse

el cambio, debiendo continuar el vehículo por el propio carril en

que se encuentra circulando; y,

d) Los conductores de vehículos deberán encauzar la

circulación determinando dirección o sentido y respetar la

señalización que indiquen los carriles.

Art. 140. - Todo ciudadano conductor deberá mantener una

distancia prudencial con respecto al que le antecede, de tal

forma que le permita detenerse ante cualquier emergencia.

Para observar dicha distancia deberá considerarse la

velocidad, el estado del vehículo, el tiempo atmosférico, el

tipo de vía, las condiciones de la calzada y del tránsito

existentes al momento de la circulación.

156

Page 157: Educacion Vial

Art. 141. - En las carreteras o zonas pobladas que

carezcan de alumbrado eléctrico, los conductores emplearán

luz intensa alta; la cambiarán a baja, en los siguientes Casos:

a) Cuando estén aproximadamente a 200 metros de un

vehículo que viene en dirección contraria;

b) Cuando un vehículo que viene en sentido contrario

realice el cambio de luces de intensa a baja; y,

c) Cuando siga a otro vehículo a una distancia de 200

metros.

Es prohibido el uso de luz intensa alta en las ciudades o

lugares suficientemente alumbrados.

Art. 142. - Todos los conductores de vehículos y en

especial los de transporte público de carga a pasajeros, al

descender una gradiente, emplearán la misma marcha de

velocidad necesaria para subirla.

Art. 143. - Todo ciudadano conductor de vehículo, al

llegar al sitio donde se ejecuten obras de reparación de la

vía, ocuparan el costado habilitado, y de no hacerlo serán

responsables de los daños que ocasionen.

157

Page 158: Educacion Vial

Art. 144. - En los caminos no pavimentados y en aquellos

en que la lluvia haya dejado el terreno resbaladizo o fangoso,

los conductores de vehículos emplearán todos los medios

necesarios para prevenir situaciones de peligro o accidentes.

Art. 145. - Ninguna persona o entidad podrá realizar

excavaciones o arreglos en las vías públicas, sin

autorización previa de la Jefatura Provincial de Tránsito

respectiva o Comisión de Tránsito del Guayas, solicitada con

48 horas de anticipación, a fin de que ésta dicte las medidas

necesarias para evitar la congestión del tránsito y precautelar

la seguridad de peatones y vehículos. Cuando se practique

excavaciones en el sentido transversal de las calles para

controlar alcantarillas, canos, ductos en general, etc., la obra

se realizará por secciones, en trechos no mayores de la mitad

del ancho de la vía para permitir el libre tránsito.

Art. 146. - Toda persona natural o jurídica que efectuare

trabajos sobre las vías de circulación, está obligada a

confeccionar y colocar señales preventivas que indiquen la

naturaleza del trabajo y las vías cerradas; y señales de guía

que informen a los conductores y peatones de los desvíos y

las vías alternas que se pueden utilizar; también deberán

colocarse en los sitios de los trabajos vallas reflectivas, y por las

noches luces amarillas intermitentes.

Cuando se levanten edificaciones con frente a las vías,

los constructores están obligados a habilitar un soporte

158

Page 159: Educacion Vial

provisional que preste las debidas comodidades y que

permitan la libre circulación de peatones por él, a fin de

evitar la ocupación de la calzada.

Art. 147. - En vehículos destinados al transporte de

pasajeros, tanto públicos y privados, prohíbese el traslado

de materiales explosivos o inflamables, de cadáveres y de

personas con enfermedades contagiosas.

Art. 148. - Se prohibe a los conductores, de motocicletas

o bicicletas asirse a los vehículos, así como viajar cerca de

otros de mayor tamaño que los oculten de los conductores de

los vehículos que marchen en sentido contrario.

Las bicicletas circularán sujetándose a las reglas generales

de tránsito. Estos vehículos tendrán vías especiales que serán

señaladas por las Jefaturas Provinciales de Tránsito y la

Comisión de Tránsito de la provincia del Guayas

respectivamente.

Art. 149. - Las señales manuales o luminosas, para los

virajes de los vehículos en circulación, se efectuarán con

una anticipación mínima de treinta metros.

Art. 150. - Los dispositivos de señalización de vehículos

deberán colocarse en estos, de manera que sean enteramente

visibles para los vehículos que circulan en el mismo sentido,

como para los que lo hagan en sentido contrario.

159

Page 160: Educacion Vial

Art. 151. - El ciudadano conductor que realice virajes en la

vía carece de toda preferencia al realizarlos y deberá por

consiguiente respetar el derecho de vía de los vehículos y

peatones que se encuentren reglamentariamente circulando.

Art. 152. - El ciudadano conductor de un vehículo que

vaya a realizar un viraje o cambio de dirección, lo ejecutará en

la siguiente forma:

a) Viraje a la izquierda desde una vía de doble sentido

de circulación hacia otra también de doble sentido.

El conductor aproximará su vehículo a la derecha del eje

de la calzada y después de entrar en la intersección, dará la

vuelta a la izquierda, de manera que quede al lado derecho

de la línea central real o imaginaria de la vía a la cual ha

ingresado;

b) Viraje a la izquierda de una vía de doble sentido a otra de

un solo sentido de circulación. El conductor aproximará su

vehículo a la derecha del eje de la calzada y procederá a dar la

vuelta dejando el punto medio de la intersección a su derecha;

c) Viraje a la izquierda de una vía de un solo sentido a otra

de doble sentido de circulación. El conductor aproximará su

vehículo al extremo izquierdo de la calzada de una vía de

un solo sentido y después de entrar a la intersección dará

160

Page 161: Educacion Vial

vuelta a la izquierda; de tal forma que el vehículo quede al lado

derecho del eje de la vía de doble sentido a la cual ha

ingresado; y,

d) El viraje a la derecha se lo efectuará tan cerca del borde

de la acera o desde el carril del costado derecho.

Art. 153. - Se prohibe los virajes en "U" o sea para

proseguir la circulación en el sentido opuesto por una misma

vía en los siguientes casos:

a) Donde la señal lo prohiba;

b) En todas las intersecciones controladas con semáforos;

c) En las zonas peatonales cebra;

d) A menos de 200 metros de: curvas con gradientes,

túneles, puentes, distribuidores de tráfico, cruces ferroviarios;

e) En Cualquier lugar donde no pueda ser visto por el

conductor de otro vehículo que se acerque;

f) A través de una línea continua; y,

g) A través de cualquier línea central doble.

161

Page 162: Educacion Vial

DE LA CIRCULACION Y VELOCIDADES

Art. 154. - Para la circulación de los vehículos de

servicio público o privado, será requisito indispensable que

los automotores porten una cinta adhesiva (stiker) de

identificación y seguridad, que será entregada al momento

de la matriculación. El mencionado aditamento debe ser

colocado en la parte derecha inferior del parabrisas

anterior del automotor.

Art. 155. - Para la circulación de vehículos de servicio

público o privados que transporten pasajeros o carga en nivel

urbano, intra e interprovincial deberán portar franjas

reflectivas grado de diamante. Estas franjas reflectivas serán

ubicadas en la parte posterior y lateral de los vehículos,

conforme a los diseños elaborados para esos casos.

Art. 156. - Ningún vehículo podrá circular por las vías

públicas si no reúnen las condiciones técnico - mecánicas

establecidas en este Reglamento.

Art. 157. - Ningún ciudadano conductor podrá detener la

marcha del vehículo en las bocacalles, intersecciones y curvas,

sin la señal del Agente, de un semáforo o en cumplimiento de

una señal de tránsito, a salvo para evitar un accidente.

162

Page 163: Educacion Vial

Art. 158. - La aproximación a cualquier clase de vehículos,

deberá hacerse hasta una distancia prudencial que evite la

posibilidad de un accidente, de manera especial al

aproximarse a los vehículos de transporte escolar y de

pasajeros.

Art. 159. - Todo ciudadano conductor de vehículos al pasar

frente a centros de estudios, recintos policiales militares,

hospitales, casas de salud, teatros, cines, templos, estaciones,

muelles, etc., o por cualquier lugar de aglomeración de

personas, disminuirá la marcha en forma que pueda

detenerse súbitamente.

Art. 160. - Los buses urbanos de transporte público de

pasajeros mantendrán de uno a otro el intervalo que

dispusiere la Jefatura Provincial y la Comisión de Tránsito de

la provincia del Guayas respectivamente. Si el atraso o

adelanto de un bus urbano en su recorrido provocare la

alteración del orden de salir, perderá su turno y saldrá después

del último que haya cumplido itinerario.

Art. 161. - Todo ciudadano conductor debe ceder el paso al

peatón en un cruce peatonal demarcado.

Las zonas destinadas al cruce de peatones, así como las

rampas para minusválidos no podrán ser utilizadas por los

vehículos como estacionamiento.

163

Page 164: Educacion Vial

Art. 162. - Los automotores de carga cuya circulación se

hará por las vías que designe la Jefatura Provincial de Tránsito

respectiva o la Comisión de Tránsito de la provincia del

Guayas, normalmente no podrán circular si la carga

sobresaliera más de 1.20 metros del nivel delantero y

posterior de la línea de plataforma, y 15 cm. a los costados;

o si el volumen de ella constituye un obstáculo o acarrea

peligro. Si se excediera de 1.20 metros de la parte posterior,

será obligación del conductor colocar una bandera roja durante

el día y luz roja en la noche. La altura máxima de todo

vehículo será de 4.3 metros, excepto los buses de 2 pisos que

será de 4.40 metros el ancho máximo de cualquier vehículo

será de 2.5 metros.

Art. 163. - Prohíbese la circulación de todo vehículo que

al transportar materiales dejare escapar tierra u otras

substancias que dañen, manchen, o tornen peligrosa, la

calzada. Para el efecto, se utilizará lonas o carpas de

protección.

Cargas grandes de madera o acero, deben ser firmemente

aseguradas con cadenas.

Art. 164. - La circulación de vehículos de tracción animal en

las ciudades se realizará por las vías determinadas por las

Jefaturas de Tránsito y la Comisión de Tránsito del el tránsito

de semovientes en vías.

164

Page 165: Educacion Vial

Art. 165. - Todo vehículo deberá llevar sus luces

encendidas, entre las 18h00 y las 06h00 del día siguiente y

entre las 06h00 y las 18h00, si las condiciones atmosféricas

(neblina, lluvia, etc.) lo exigen.

Art. 166. - Los vehículos motorizados durante las horas

indicadas en el artículo anterior, deberán circular dentro del

radio urbano con las luces bajas. En ningún caso deberá

usarse solo las luces de estacionamiento cuando el vehículo

está en marcha.

Art. 167. - El uso de faros neblineros será permitido en

aquellos lugares que por circunstancias especiales sea

indispensable su empleo. Deberán colocarse en el

guardachoque delantero en un número no mayor de dos.

Art. 168. - Dentro del radio urbano se prohibe el uso de

la bocina sin causa justificada y de los dispositivos sonoros

de tono agudo y estridente. Prohíbese la circulación de

vehículos que carezcan de silenciador en perfectas

condiciones.

Art. 169. - En ningún vehículo se podrá transportar mayor

número de pasajeros o carga que el previsto de acuerdo a

su capacidad.

Art. 170. - Todo vehículo que no preste las

seguridades necesarias, será retirado de circulación.

165

Page 166: Educacion Vial

Art. 171. - Está prohibido el transporte de materiales

arrastrándolos sobre la vía, y accesorios que impliquen peligro

para la circulación.

Art. 172. - Está prohibida la circulación de todo vehículo

que utilice como medio de propaganda alto - parlantes o

Cualquier instrumento capaz de producir ruidos molestos, a

excepción de los permitidos por la autoridad competente.

Art. 173. - Los conductores al pasar por lugares donde

haya agua o lodo, emplearán las medidas convenientes para no

mojar a enlodar a los transeúntes.

Art. 174. - Es prohibido rebasar a otros vehículos en

pasos peatonales, esquinas, curvas, cruces de ferrocarriles

a nivel, puentes, curvas verticales y horizontales de

visibilidad reducida, pasos a desnivel y túneles.

Art. 175. - Todo ciudadano conductor de vehículos a motor

deberá cruzar lentamente las líneas férreas, atento al uso de

bocinas de locomotoras, empleando una marcha de menor

velocidad y mayor fuerza.

Art. 176. - En el sector urbano, los buses, colectivos o

vehículos pesados, no deben rebasarse entre sí, sino

cuando uno de ellos estuviere detenido. El rebasamiento a

166

Page 167: Educacion Vial

vehículos de transporte escolar se hará tomando las

máximas precauciones.

Art. 177. - En las carreteras y calles en donde sea

permitido rebasar, el conductor utilizará luces

direccionales. Igual procedimiento observará en caso de

girar o virar, encendiendo las luces direccionales intermitentes

del costado derecho e izquierdo, según el caso.

Art. 178. - Prohíbese el acceso de vehículos y de peatones

en los sitios de desastre, a menos que sean requeridos por las

autoridades respectivas para prestar auxilio.

En estos casos, la Autoridad de Tránsito dispondrá de

las acciones necesarias para aislar la zona en conflicto.

Art. 179. - Las carreras de automóviles, motos, bicicletas

y vehículos en general, podrán realizarse únicamente

previa autorización de las Jefaturas Provinciales de Tránsito

respectivas y la Comisión de Tránsito de la provincia del

Guayas, en coordinación con la autoridad deportiva

correspondiente. Cuando se trate de concursos, certámenes

o competencias internacionales, interprovinciales o

nacionales la autorización se la solicitará a la Dirección

Nacional de Tránsito.

167

Page 168: Educacion Vial

Art. 180. - Las Jefaturas Provinciales de Tránsito y la

Comisión de Tránsito del Guayas, determinarán los límites

máximos de velocidad en las diferentes vías, pero de

manera general se sujetarán a los límites establecidos

en este Reglamento.

Art. 181. - Los límites mecimos de velocidad vehicular en

las vías públicas, con excepción de trenes y autocarriles,

son los siguientes:

1. Vehículos livianos:

a) Dentro del perímetro urbano: 50 kilómetros por hora;

b) En vías perimetrales: 90 kilómetros por hora; y,

c) En carretera: 100 kilómetros por hora.

2. Vehículos de transporte masivo de pasajeros:

a) Dentro del perímetro urbano: 40 kilómetros por hora;

b) En vías perimetrales: 70 kilómetros por hora; y,

c) En carretera: 90 kilómetros por hora.

168

Page 169: Educacion Vial

3. Vehículos de transporte de carga, en carretera:

a) Camiones pesados y combinaciones de camión

remolque, el límite de velocidad es de 70 kilómetros por hora.

b) Vehículos que remolquen acoplados u otros

automotores, el límite de velocidad es de (sic) kilómetros por

hora.

Art. 182. - Los límites máximos de velocidad señalados

en el artículo anterior serán observados en vías rectas y a

nivel, en circunstancias que no ofrezcan peligro de

accidentes, y sin perjuicio de los límites especiales de

velocidad fijados por las Jefaturas de Tránsito.

Art. 183. - Al llegar a curvas agudas y faltas de visibilidad,

así como a cruces de caminos, desvíos, pasos a desnivel

y a sitios peligrosos en general, los conductores

disminuirán la velocidad de los vehículos en tal forma que

puedan detenerlos súbitamente.

Art. 184. - En las carreteras que no sean de primer orden,

donde existan desvíos y entradas particulares, los conductores

disminuirán la velocidad y harán sonar la bocina.

Art. 185. - Los vehículos que lleguen sucesivamente hasta el

cruce de vías o hasta un obstáculo que impida su inmediata

169

Page 170: Educacion Vial

circulación, irán encolumnándose a la derecha de la vía en su

orden de llegada; salvo el caso de fuerza mayor, ningún

vehículo de los que formen dicha columna podrá rebasar a los

anteriores, limitándose a seguir la circulación el momento en

que ésta se reinicie.

Art. 186. - Se prohibe conducir a velocidad reducida que

impida la circulación normal de otros vehículos, salvo que la

velocidad sea necesaria para conducir con seguridad o en

cumplimiento disposiciones reglamentarias.

Art. 187. - Queda prohibido a los conductores utilizar la

marcha hacia atrás, salvo en los siguientes casos: para

estacionamiento, para la incorporación a la circulación o

para dar paso a la libre circulación.

Art. 188. - Los buses de transporte urbano solamente deben

tomar o dejar pasajeros, en las paradas de buses señalizadas

para este efecto.

Art. 189. - Se prohibe la circulación en las vías destinadas

a trolebuses de cualquier otra clase de vehículos, salvo el

caso de vehículos especiales en caso de que se encuentren

cumpliendo labores de emergencia.

3.6 Seguros y sus beneficios.

170

Page 171: Educacion Vial

POLIZA DE SEGURO OBLIGATORIO DE ACCIDENTES DE

TRÁNSITO SOAT CONDICIONES GENERALES

Las partes que intervienen en el presente contrato, el vehiculo

materia del seguro, prima y vigencia, son los que se señalan en

el correspondiente certificado del SOAT.

Articulo 1 – Objeto de Seguro

De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Tránsito y

Transporte Terrestre, reglamento y Normas de Aplicación del

SOAT, la aseguradora se obliga indemnizar alas lesiones

corporales causados a las personas en accidentes de tránsito

ocurridos d entro del territorio nacional, con el vehiculo

automotor descrito en el certificado de cobertura del SOAT, y

con sujeción a las coberturas, cuantías y demás condiciones

descritas en la presente póliza.

Artículo 2 – Definiciones

a. Accidente de tránsito:

Se entiende por accidente de tránsito el suceso ocasionado o

en el que haya intervenido el vehículo automotor asegurado por

la presente póliza y descrito en el respectivo certificado de

seguro, en una iba pública o privada con acceso al público,

destinada al tránsito de vehículos y que como consecuencia de

su circulación o tránsito, o que por violación de un precepto

legal o reglamentario de tránsito causa daño en la integridad

física de las personas.

b. Automotores:

Se entiende por vehìculo automotor todo aparato provisto de un

motor propulsor debidamente autorizado, que circule por las

171

Page 172: Educacion Vial

vìas del paìs y para cuyo efecto requiera de matrìcula según la

ley de la materia, así como sus remolques y acoplados.

No están comprendidos en la cobertura otorga por esta póliza:

Los vehículos que circulan sobre rieles;

Los vehículos agrícolas e industriales, siempre y cuando no

circulen por vìas o lugares públicos por sus propios medios.

c. Victima:

Se entiende por víctima, la persona natural que ha sufrido

daños en su integridad fìsica y salud como consecuencia directa

de un accidente de tránsito provocado por el vehìculo

asegurado.

d. Incapacidad permanente :

Se entiende por incapacidad permanente la perdido no

recuperable mediante actividades de rehabilitación, de la

función de una parte del cuerpo que disminuya la potencialidad

del individuo para llevar a cabo las tareas de su ocupación

habitual.

e. Beneficiarios:

Es la persona natural o jurídica que acredite su derecho ante el

asegurador, para obtener el pago de la indemnización. De

acuerdo con las coberturas otorgadas en está póliza, son

beneficiarios:

De la indemnización por muerte, las personas que acrediten su

derecho de sucesión para lo cual deberán presentar el acta

notarial o sentencia en la que se concede la posesión efectiva.

172

Page 173: Educacion Vial

De la indemnización por gastos funerarios, quienes demuestren

haber realizado las correspondientes erogaciones.

De la indemnización por transporte de víctimas, los que

demuestren haber realizado tales erogaciones o los servicios de

salud autorizados que hubieren prestado dicho servicio.

De la indemnización por gastos médicos, los servicios de salud

que hubieren prestado la atención médica debidamente

autorizados o quienes demuestren haber cubierto estos gastos.

De la indemnización por incapacidad permanente, la victima del

accidente.

Las personas naturales o jurídicas, legalmente autorizadas para

prestar los servicios de asistencia médica u hospitalaria

(médicos y servicios de salud), podrán reclamar directamente a

la aseguradora las indemnizaciones por gastos médicos

previstos en esta póliza y hasta el límite máximo de

responsabilidad.

Las indemnizaciones por gastos médicos serán pagadas a los

servicios de salud o reembolsadas a quienes demuestren haber

pagado tales gastos, según las condiciones de esta póliza, en

estricto cumplimiento al orden cronológico en que fueren

presentadas por éstos a la aseguradora y siempre que no haya

objeciones al reclamo. La aseguradora procederé con el pago

correspondiente solo hasta el límite de responsabilidad

previsto en esta póliza para esta cobertura .

f. Servicios de salud:

Son aquellos establecimientos públicos y privados, autorizados

para prestar atención médica a las victimas de accidentes de

173

Page 174: Educacion Vial

tránsito, con la debida capacidad resolutiva, niveles de atención

y complejidad.

Articulo 3 – Vigencia del Seguro

El presente contrato de seguro tiene duración de UN AÑO por el

periodo de vigencia señalado en el respectivo certificado de

cobertura SOAT otorgado por la aseguradora a base de la

solicitud presentada por el asegurado y previo el pago de la

prima respectiva.

Los vehículos extranjeros que ingresen al paìs, la vigencia del

SOAT será por un plazo mínimo de treinta días , en caso de que

su permanecía en el paìs supere este plazo, la vigencia del

SOAT será por la totalidad de su permanencia en el territorio

nacional.

Una vez expedidos la póliza y certificado, este seguro no podrá

suspenderse ni rescindirse por ninguna causa, ni por falta de

pago de la prima, aun por decisión de cuales quiera de las

partes o acuerdo entre ellas. El presente seguro se podrá

cancelar anticipadamente únicamente por sentencia judicial

emitida por el organismo correspondiente.

La transferencia de la propiedad del vehìculo que haya tenido

lugar durante la vigencia del seguro, no extingue el contrato de

seguro, sin perjuicio de la obligación del asegurado de

comunicar esta circunstancia a la aseguradora dentro de los 30

días de ocurrido el traspaso.

Articulo 4- renovación del seguro

La aseguradora notificará al asegurado la terminación de

vigencia de este seguro con antelación no menor a 30 días a su

174

Page 175: Educacion Vial

vencimiento . Cumplido el periodo de vigencia, la aseguradora

procederá a renovar el contrato de seguro y a emitir el nuevo

certificado SOAT previo el pago de la prima correspondiente.

Articulo 5 – Riesgos Cubiertos

Este seguro ampara a todas las personas que sufran lesiones

corporales o fallecieren a causa o como consecuencia de

accidente de tránsito en que se hallare involucrado el vehìculo

asegurado hasta los límites y montos de responsabilidad que

constan en este seguro.

Las indemnizaciones por daños corporales, incluido la muerte,

se sujetarán a las siguientes condicio9nes y límites, dispuestos

en el reglamento para el Seguro Obligatorio de Accidentes de

Tránsito SOAT.

a. INDEMNIZACIÒN DE usd 5.000 por persona, por muerte

sobrevenida dentro de los doce meses siguientes al accidente y

a causa directa del mismo.

b. Indemnización máxima de hasta USD 3.000 por persona ,

por invalidez permanente total o parcial, sobrevenida dentro

de los doce meses siguientes al accidente, conforme al daño

comprobado y a la tabla de indemnización por disminución de

capacidad para el trabajo, a continuación establecida:

Perdida de la visión de un ojo sin ablación.

25%

Pérdida total de un ojo.

30%

175

Page 176: Educacion Vial

Reducción de la mitad de visión binocular.

20%

Perdida del sentido de ambos oídos.

50%

Pérdida del sentido de un oído

15%

Pérdida del movimiento del pulgar:

a. Total

10%

b. Parcial

5%

Pérdida completa del movimiento de la rodilla:

a. En flexión

25%

b. En extensión

15%

Pérdida completa del movimiento del empeine

15%

Perdida completa de una pierna

50%

Pérdida completa de un pie

40%

Amputación parcial de un pie

20%

Amputaciòn del dedo gordo de pie

8%

Amputaciòn de uno de los demás dedos de un pie

3%

176

Page 177: Educacion Vial

Perdida del movimiento del dedo gordo del pie

3%

Acortamiento de por lo menos 5 cm. de un miembro inferior

20%

Acortamiento de por lo menos 3 cm. de un miembro inferior

10%

DERECHO IZQUIERDO

Pèrdida completa del brazo o de la mano 60%

50%

Pèrdida completa del movimiento del hombro 30%

25%

Pèrdida completa del movimiento del codo 25%

20%

Perdida completa del movimiento de la muñeca 20%

15%

Amputación total del pulgar

20% 15%

Amputación parcial del pulgar

10% 8%

Amputaciòn total del índice

10% 10%

Amputaciòn parcial del índice

a. 2 falanges

10% 8%

177

Page 178: Educacion Vial

b. Falange ungueal

5% 1%

Pèrdida completa del pulgar e índice

30% 25%

Pèrdida completa de 3 dedos, comprendidos 33%

27%

el pulgar el índice

Pèrdida completa de l índice y de un dedo que no sea 20%

16%

el pulgar

Pèrdida completa de un dedo que no sea ni el índice 8%

6%

ni el pulgar

Pérdida completa de 4 dedos

35% 30%

Pèrdida completa de 4 dedos comprendidos el pulgar

45% 40%

La impotencia funcional absoluta de un miembro es asimilable

a la pèrdida total del mismo. En caso de ser zurdo se aplicará

como si fuese diestro, y en caso de ser ambidiestro se reputará

como diestro.

En caso de pèrdida o parálisis parcial de miembros u órganos

de los tipos arriba fijados, la indemnización sufrirá una

reducción proporcional conforme a la incapacidad que resulte

sin que, en ningún caso, pueda exceder de la mitad de la cifra

fijada para el caso de pèrdida total.

178

Page 179: Educacion Vial

En caso de que un miembro u órgano afectado anteriormente

de invalidez sufra, como consecuencia de un accidente la

perdida total o parcial de su función, el Asegurado no tendrá

derecho más que a la indemnización correspondiente a la

incapacidad causada por el accidente. La pèrdida de un

miembro u órgano con disfuncionalidad previa al accidente,

dará derecho a una indemnización de conformidad con la tabla

de indemnizaciones precedente pero disminuida en un 50%.

Un defecto existente antes del accidente, en miembros u

órganos no puede contribuir a aumentar la valuación del grado

de incapacidad de miembros u órganos afectados por el

accidente.

En todos los casos no especificados anteriormente arriba, el

tipo de discapacidad se establecerá teniendo en cuenta los

principios fijados en los incisos precedentes ,sin que pueda

exceder del 100% de la suma asegurada, aún en los casos más

graves:

c. Una indemnización, por cada accidente, de hasta USD

2.500 por persona, por gastos médicos que incluye gastos

hospitalarios, quirúrgicos, exámenes médicos, y farmacéuticos.

d. Una indemnización, por cada accidente, de hasta USD

400 por persona, por gastos funerarios.

e. Una indemnización, por cada accidente, de hasta USD 50

por persona, por gastos de transporte y movilización, de los

heridos.

Artículo 6 – Acumulación de indemnizaciones

Un mismo accidente de tránsito no da derecho a

indemnizaciones acumulativas por muerte o lesiones

179

Page 180: Educacion Vial

corporales, funcionales u orgánicas. Si la muerte se produjere

luego de haberse pagado la indemnización por incapacidad

permanente, estos valores se deducirán de la suma que

corresponda a la indemnización por muerte.

La indemnización por gastos médicos, gastos funerarios y

movilización de victimas no es deducible de las

indemnizaciones por muerte o incapacidad permanente.

Articulo 7 – Responsabilidad de la aseguradora

La responsabilidad máxima de la aseguradora está limitada a

los montos máximos establecidos en la presente póliza.

Si el monto total de las lesiones corporales causadas por el

accidente de tránsito, superan los límites de responsabilidad de

la aseguradora, el saldo no cubierto por la presente póliza,

constituirá responsabilidad del causante, de conformidad con

las disposiciones legales correspondientes.

Para las indemnizaciones por gastos médicos y de movilización

las aseguradoras se sujetarán al tarifario de prestaciones de

salud aprobado por el Ministerio de Salud Pública.

Articulo 10- Condiciones para el pago de las indemnizaciones

El pago de los beneficios de este seguro esta condicionado a:

Que la muerte, incapacidad permanente, gastos

médicos, gastos funerarios o transporte de víctimas, sean

consecuencia directa de un accidente de tránsito en el que

participe el vehículo asegurado.

Que el accidente ocurra durante la vigencia de esta

póliza.

Que el evento que motivó el accidente no esté

expresamente excluido en la presente póliza.

180

Page 181: Educacion Vial

La demostración del derecho a percibir la indemnización

por parte del reclamante , según lo establecido en este

contrato.

La presentación de la documentación exigida para el

efecto en esta póliza.

Articulo 11- Documentos necesarios para el reclamo de

las indemnizaciones

El reclamo se presentará ante la aseguradora,

acompañando los siguientes documentos:

a. En todos los casos:

Certificación de la atención médica (form.008 emergencias

-´form.006 epicrisis) otorgado por el servicio de salud o copia

de parte policial o de la denuncia ante las autoridades

competentes.

b. En caso de muerte y gastos funerarios:

Partida de defunción de la victima.

Acta notarial o sentencia en la que se concede la posesión

efectiva.

Facturas de los gastos funerarios incurridos.

c. En caso de incapacidad permanente :

Certificado médico, en términos de la tabla de

indemnizaciones por disminución de la capacidad.

d. En caso de gastos médicos:

Planilla de honorarios médicos, orden y facturas de

exámenes médicos y medicinas, y gastos hospitalarios, según

el caso.

e. En caso de movilización:

Fracturas que justifiquen tales gastos.

181

Page 182: Educacion Vial

Articulo 12- Del pago de las indemnizaciones

La aseguradora pagará la indemnizaciones correspondientes,

relativas a las lesiones causadas a las personas, sin necesidad

de investigación previa de culpabilidad, dentro de los plazos

establecidos en el Reglamento para el Seguro Obligatorio de

Accidentes de Tránsito SOAT, en el primer año de vigencia del

SOAT , dentro de los treinta días , y a partir del segundo año de

vigencia dentro de los diez días posteriores a la presentación

del reclamo con los documentos requeridos en esta póliza para

cada cobertura.

Si la aseguradora no efectuare el pago dentro del término

señalado, él o los beneficiarios de la indemnización deberán

poner este hecho en conocimiento de la Superintendencia de

Bancos y Seguros, para que esta ordene a la aseguradora el

pago inmediato de la indemnización correspondiente; a menos

que la aseguradora hubiere objetado total o parcialmente dicho

reclamo, dentro del término antes mencionado.

Articulo 13- Derechos de la aseguradora

La aseguradora tendrá derecho a :

a. Repetir contra el responsable causante del siniestra y/o

propietario del vehículo o beneficiarios por la cantidad que haya

pagado como indemnización en los términos de esta póliza, en

caso de dolo, fraude o culpa grave del aseguradora, calificados

por juez competente.

b. Examinar a la víctima por intermedio del profesional que al

efecto designe, pudiendo adoptar todas las medidas tendientes

a la mejor y más completa investigación de aquellos puntos que

estime necesarios para establecer el origen, naturaleza y

182

Page 183: Educacion Vial

gravedad de las lesiones, así como de la muerte en caso de

haberla.

c. La Aseguradora tendrá igualmente y en todo momento,

derecho a examinar los documentos que sean necesarios para

justificar la procedencia de la reclamación, así como a solicitar

toda clase de declaraciones , antecedentes, consultas y

exámenes que estime pertinentes, tanto al damnificado como

al profesional o a la institución que atendieron al paciente.

Articulo 14 Pérdida del derecho al cobro de la indemnización

La negativa del accidentado y/o de sus beneficiarios a que se le

hagan los exámenes indicados en èl articulo anterior y/o

proporcionar la documentación o informes solicitados, libera a

la aseguradora de la obligación de efectuar el pago.

Articulo 15- Obligaciones del propietario del vehículo:

a. Consignar en la solicitud todos los datos relativos al

vehículo materia del seguro con veracidad y sin reticencia.

b. Pagar la prima en el momento de la suscripción del

contrato.

c. Impedir que el vehículo sea conducido por personas no

autorizadas para el manejo de vehículos dentro del territorio

nacional, según la clase de vehículo.

d. Comunicar a la aseguradora, dentro del plazo de 30 días,

la transferencia de propiedad, el cambio de uso o destino, o las

variaciones de cilindraje del vehículo asegurado.

e. Una vez conocido el hecho, denunciar a la policía, si el

vehículo aseguradora es robado, hurtado o si ocurriese

cualquier otro hecho que le permita suponer que esté es

conducido sin su autorización expresa o táctica ; y, dentro del

183

Page 184: Educacion Vial

término de tres días hábiles comunicar a la aseguradora estos

sucesos señalado la fecha y unidad policial donde presentó la

referida denuncia.

En las obligaciones en que sea aplicable, la aseguradora podrá

solicitar judicialmente la indemnización por daños y perjuicios

que dicho incumplimiento le hubiere originado.

Artículo 16- Accidentes en los que intervienen dos o más

vehículos:

a. En los accidentes de tránsito en que participen dos o

más vehículos asegurados, las aseguradoras serán

responsables por las víctimas transportadas en los vehículos

bajo su cobertura; y , serán responsables solidarios

proporcionalmente con el pago de las i8ndemnizaciones

debidas a las victimas no transportadas.

b. En caso de que uno o más de los vehículos involucrados

en el accidente no tuvieren seguro, la responsabilidad de

indemnizar, por éstos, correrá a cargo del FONSAT, de

conformidad con el Reglamento para el Seguro Obligatorio de

Accidentes de Tránsito SOAT.

Articulo 17 – Coexistencia de Seguros

En caso que los riesgos amparados por la presente póliza se

encuentren cubiertos por otro u otros contratos de seguros; se

pagarán en primer término la indemnizaciones que

correspondan a virtud de este contrato, aun cuando su vigencia

o contratación sea posterior a la de aquellos.

Articulo 18 – Transferencia del vehículo asegurado

La transferencia de la propiedad del vehículo a motor durante la

vigencia de este contrato de seguro, no altera los efectos del

184

Page 185: Educacion Vial

mismo, sino hasta su vencimiento, en que quedará

automáticamente extinguido.

Articulo 19- Cambio en el uso o destino del vehículo asegurado

o variaciones de cilindraje.

El propietario del vehículo asegurado o el contratante del

seguro, con antelación no9 menor a diez días, notificará a la

aseguradora el cambio en el uso o destino del vehículo

asegurad, o las variaciones del cilindraje del mismo. La

aseguradora, o el propietario o contratante del SOAT podrán

exigir el reajuste o la devolución de la prima a que haya lugar.

Articulo 20 – Prescripción

La acciones derivadas de este contrato, prescriben en dos años

a partir del acontecimiento que les dio origen.

Articulo 21 – Efecto de la póliza

La presente póliza no causa efecto si no en relación con el

Certificado SOAT emitido por la aseguradora

Articulo 22- Arbitraje

Cuando entre la compañía y el beneficiario del seguro se

suscitara alguna diferencia sobre el reclamo o el monto de las

indemnizaciones, antes de acudir a los jueces competentes, las

partes de común acuerdo podrán recurrir al arbitraje. Los

árbitros juzgarán mas bien desde el punto de vista de la

práctica del seguro que de derecho estricto . La decisión arbitral

será de cumplimiento obligatorio para las partes.

Articulo 23 – Comunicaciones

Para los efectos de esta póliza, las comunicaciones del

asegurado a la aseguradora deberán hacerse llegar por escrito

185

Page 186: Educacion Vial

a la oficina o sucursal más próxima al domicilio del asegurado o

beneficiario.

Las comunicaciones de la Aseguradora al Asegurado se

reputarán como válidas cuando hayan sido hechas en el último

domicilio del asegurado registrado en la empresa de seguros.

Artículo 24- Jurisdicción y Domicilio

Cualquier litigio que se suscitare entre la aseguradora y el

asegurado o las victimas o derechohabientes, se sustanciará

ante los jueces competentes del lugar donde se produjo el

accidente motivo de la reclamación, o donde ha acudido el

perjudicado, sus derechohabientes o centro hospitalario.

El contratante y/ o asegurado podrá solicitar a la

Superintendencia de Bancos y Seguros la verificación de este

texto.

UNIDAD IV

Lineamientos curriculares de la educación para el tránsito para

la Educación Básica:

4.1 Contenidos de la Educación para el Tránsito.

4.2 Organización para el tránsito organización sencuencialidad

de contenidos de la educación básica.

4.3 Transformación de los contenidos de la educación para el

tránsito de acuerdo a los lineamientos de la educación básica.

4.4 Insercesión de contenidos en la asignatura de matemáticas.

4.5 Desarrollo de Contenidos de lineamientos curriculares de

educación para el tránsito del 8 vo de Educación Básica.

186

Page 187: Educacion Vial

DESARROLLO

Lineamientos curriculares de la educación para el tránsito para

la Educación Básica:

4.1 Contenidos de la Educación para el Tránsito.

Ninguno de estos contenidos son considerados en la aéreas

explicitas en el pensum de la Reforma curricular; por su

naturaleza especifica deben ser insertados transversalmente .

5.1. Vías

Naturaleza

Clases

Partes

Ubicación

Circulación

Zonas y pasos peatonales

Paradas

Terminales

5.2. Transporte

Naturaleza

Clases

Tipos

Conductores

Riesgos

5.3. Normas de Tránsito

187

Page 188: Educacion Vial

Naturaleza

Comportamiento

Acciones actitudinales ante emergencias

Cuidados

Accidentes

Conductores

Peatones

Pasajeros

5.4. Señales

Naturaleza

Clases

Localización

Función

Identificación

4.2 Organización para el tránsito organización sencuencialidad

de contenidos de la educación básica.

10mo.año

Deberes y obligaciones

Influencia de la drogas

9no. año

Prevención y riesgos en la conducción

Comportamiento del conductor y peatòn

8vo año

188

Page 189: Educacion Vial

Accidentes de tránsito

Acciones solidarias frente a los accidentes

7mo. año

Brigadas de tránsito (II)

Primeros auxilios ( II )

6to. año

Brigadas de tránsito ( I )

Primeros auxilios (I )

5to año

Organismos de tránsito

Aptitudes y actitudes

Señales informativas

Legislación de tránsito

4to año

Tipos de vìas

Terminales de transporte

Señales reglamentarias

Limites de velocidad

3er año

Vìas

Servicios de transporte

Tipos de señales

Normas de seguridad

189

Page 190: Educacion Vial

2do año

Clases de vía

Identificación de transporte

Señales de tránsito

Comportamiento del peatón

1er año

Partes de la calle

Medios de transporte

Señales: semáforo, policía

Comportamiento

4.3 Transformación de los contenidos de la educación para el

tránsito de acuerdo a los lineamientos de la educación básica.

TRANSFORMACION DE LOS CONTENIDOS DE “EDUCACION PARA

EL TRANSITO” DE ACUERDO A LOS LINIAMIENTOS DE LA

EDUCACION PARA EL TRANSITO.

190

Page 191: Educacion Vial

DESTREZA

DESTREZA ESPECIFICAS 1 2 3 4 5 6 7 8 9 1

0

1.-Atravesar adecuadamente las

vías

x x x x x x x x x x

2.- Abordaje y desbordaje de los

medios de transporte

x

x

x

x

x

x x x x x

3.- Utilización correcta de los

diferentes medios de transporte x x x x x x x x x x

3.- Utilización correcta de los

diferentes medios de

transporte

x x x x x x x x x x

4.- Manejo y conducción de

patines , triciclos, bicicletas,

motocicletas y otros

x x x x x x x x x x

5.- Observación de señales y

191

Page 192: Educacion Vial

normas de transito x x x x x x x x x x

6.- Aplicación adecuada de los

primeros auxilios

x x x x

CONTENIDOS SECUENCIALES POR AÑO

1ER AÑO

1. Partes de la calle: acera, calzada, zonas peatonales y

parada de buses

2. Medios de Transporte: Aéreos, marítimos, terrestre

fluvial

3. Tipos de Transporte: carga de pasajero

4. Señales de Transito; Semáforo- Agente de transito

5. Comportamiento del niño en la escuela, calle lugares

públicos

2DO AÑO

1. Clases de Vías, Pasaje calle, avenida, carretera;

sentido de circulación de una vía, doble vía, carriles de

circulación

2. Identificación del Transporte; buses, colectivos,

busetas, automóvil y bicicletas, motocicletas, troles y otros

3. Señales de Transito: Iluminación de semáforos

vehículos, claxon manuales pitos, acústicos, sirenas y sobre la

calzada: Longitudinales y Transversales

192

Page 193: Educacion Vial

4. Comportamiento del peatón: Cruce de intersección,

pasos peatonales, seguridad en los juegos con patines, triciclos,

bicicletas y otros

3er AÑO

1. Vías; Urbanas y rural

2. Servicio de transporte: publico y particular

3. Tipos de señales: características – significado,

señales preventivas

4. Normas de seguridad, zonas urbanas y rurales

4to AÑO

1. Tipos de Vías; Internacionales, nacionales, regionales,

provinciales

2. Terminales de Transporte: Aéreo, marítimo, fluvial,

terrestre.

3. Señales Reglamentarias; características y significado

4. Limites de Velocidad

5to AÑO

1. Organismos de Transito; escolares, provinciales,

nacionales

2. Aptitudes des conductor y peatón ante el semáforo y

el policía

3. Señales Informativas ; naturaleza, características y

significado

4. Legislación de Transito

193

Page 194: Educacion Vial

6to AÑO

1. Brigadas de Transito: organización, reglamentación,

acciones.

2. Primeros Auxilios (I)

7to AÑO

1. Brigadas de transito: Trabajo en la comunidad

2. Primeros Auxilios (II)

8to AÑO

1. Accidentes de Transito: Causas

2. Acciones solidarias frente a los accidentes

9no AÑO

1. Prevención y riesgos en la conducción de bicicletas,

motocicletas y otros

2. Comportamiento del conductor

10mo AÑO

1. Deberes y obligaciones del peatón y conductor hacia el

agente de transito

2. Influencia de las drogas, alcoholismo, tabaco y otras

en los accidentes de transito.

Recursos

Humanos. Instructores (Personal de la CTG)

Alumnos de las escuelas

194

Page 195: Educacion Vial

Profesores – Coordinadores

Materiales: Se requerirá los 7 tomos de la serie

semaforito

Marcadores de Pizarra acrílica

Escuelas (patios)

Lápiz de colores

Logísticos La movilización

Intercesión de contenidos en la asignatura de matemáticas.

Área de Matemáticas

CONTENIDOS DE

MATEMATICAS

CONTENIDOS DE EDUCACION

PARA EL TRANSITO

Primer año

- Nociones de objeto.

- Nociones de espacio

( concreto y gráfico)

- Noción de cuantificación.

- Objetos: estáticos – en

movimiento.

- Relación sujeto-objeto

- Noción causa –efecto

(casualidad).

- Partes de la calle :acera

…..

- Medios de transporte :

aéreos….

- Tipos de transporte : de

carga …..

- Señales de tránsito :

semáforo…..

- Comportamiento del niño:

escuela…..

Segundo año

- Superficies abiertas y - Clases de vìas: pasaje,….

195

Page 196: Educacion Vial

cerradas

- Asociación entre

conjuntos de objetos y

números

- Clasificación de objetos a

base de propiedades.

- Relaciones espaciales y

temporales

- Identificación del

transporte: buses,…..

- Señales de tránsito:

iluminación,..

- Comportamiento del

peatón .cruce de intersección,

Tercer año

- Unión de conjuntos en

forma gráfica.

- Medidas de tiempo: horas,

……

- Lectura del reloj.

- Frontera y exterior.

- Ubicación de vìas: urbana

y rural.

- Servicio de transporte:

pùblico y particular.

- Tipos de señales:

caracteristicas,…

- Normas de

seguridad :zonas urbanas,…

Cuarto año

- Representación de

conjuntos por extensión.

- Cálculo de perímetros.

- Noción de semirrecta,

segmento y ángulo.

- Unión, intersección y

diferencia de conjuntos .

- Tipos de vía : nacionales ,

internacionales….

- Terminales de

transporte : aéreo ….

- Señales reglamentarias:

Características……

- Limites de velocidad

Quinto año

196

Page 197: Educacion Vial

- Orden:…..mayor

que ?....menor que….

- Operaciones con

co0njuntos: unión, intersección

y diferencia.

- Medidas de áreas

aproximadas.

- Estimación de errores.

- Aplicación de los números

- Organismos de

tránsito:cantones…..

- Actitudes del peatón ante

el semáforo y el policía.

- Señales informativas:

naturaleza……

- Lesgilaciòn de tránsito

Sexto año

- Generación de

sucesiones.

- Medidas de masa y peso y

aproximadas.

- Círculo y circunferencia.

- Brigadas de tránsito:

organización, reglamentación

y acciones.

- Actitudes del conductor

ante el semáforo y el policía.

- Primeros Auxilios (I)

Séptimo año

- Porcentajes.

- Repartimientos

proporcionales.

- Medidas de temperatura.

- Brigadas de tránsito:

trabajos en la comunidad

- Primeros auxilios (II)

Octavo año

- Números enteros:

- Accidentes de tránsito:

causas.

- Accidentes de trànsito:

causas.

- Acciones solidarias frente

197

Page 198: Educacion Vial

- Enteros negativos.

- Orden.

- Sucesos: ciertos,

imposibles y probables

a los accidentes

Noveno año

- Aplicación de números

reales.

- Probabilidad y conjunto

de sucesos.

- Prevención y riesgos en la

conducción de bicicletas,

motocicletas,…..

- Comportamiento del

conductor y el peatón.

Décimo año

- Aplicación de la

estadística y probalidad.

- Sistemas de dos

ecuaciones lineales con dos

incógnitas

- Deberes y obligaciones

del peatón y conductor hacía

el policía.

- Influencia de las drogas,

alcoholismo.

4.5 Desarrollo de Contenidos de lineamientos

curriculares de educación para el tránsito del 8 vo de

Educación Básica.

¿ Què es la solidaridad?

La solidaridad es:

Un valor universal.

Capacidad humana.

Capacidad de ayuda.

Adhesión a una causa

198

Page 199: Educacion Vial

La solidaridad es un valor universal.

S O L I D A R I D A D

SIEMPRE LA SOLIDARIDAD ES UN VALOR UNIVERSAL

LA SOLIDARIDAD ES UNA CAPACIDAD HUMANA QUE

LEHACE MÁS HUMANO AL SER HUMANO

LA SOLIDARIDAD ES UA CAPACIDAD DE AYUDA ANTE LAS

NECESIDADES Y PROBLEMAS

La solidaridad es adhesión a una causa

La adhesión para poder conseguir el dinero para que el

niño se opere del corazòn, es permanente ?

LA SOLIDARIDAD ES UNA ADHESIÒN

CIRCUNSTANCIAL A UNA CAUSA

La solidaridad es:

Siempre un valor universal

199

Page 200: Educacion Vial

Capacidad humana que le hace más humano al ser

humano.

Capacidad de ayudar ante necesidades y problemas de

los demàs.

Adhesión circunstancial a una causa.

QUE HACER FRENTE A U N ACCIDENTE DE TRÀNSITO

En los accidentes de tránsito, están presentes

generalmente varios actores:

Personas - Conductores de vehículos accidentados

Involucradas - Acompañantes o pasajeros de

vehículos accidentados.

-Peatones arrollados.

Personas no - Conductores de vehículos que

circulaban involucradas por el sector,

involucradas cuando ocurrió el accidente.

- Quienes presenciaron el accidente.

- Curiosos

Una de las actitudes que caracteriza a los seres humanos, es la

SOLIDARIDAD, la COOPERACIÒN, la ayuda.

200

Page 201: Educacion Vial

Es en los casos de accidentes de tránsito, cuando se necesita la

acción inmediata y decidida de la ciudadanía, para apoyar a los

afectados en el sitio y el momento en que puede estar en riesgo

la vida de las personas que sufrieron el percance, ayuda seria,

responsable y a la vez ágil, hasta que llegue el personal de

tránsito (policía, vigilante), ambulancia, winchas, etc.

CONDUCTOR DE “EL” O “UNO” DE LOS VEHICULOS

INVOLUCRADOS EN EL ACCIDENTE

1. NO huya, su presencia es importante, es mejor estar

presente para realizar las aclaraciones del caso en beneficio

propio y de los demás afectados, es necesario EXIGIR y ASUMIR

RESPONSABILIDADES.

2. TRATE DE MANTENER LA Calma, pensar con

serenidad es de vital importancia , su vida y la de los demás es

lo más importante, ese momento no dè prioridad a los daños

materiales.

3. SI ESTA GOLPEADO O HERIDO, solicite ayuda a una

de las personas del lugar, que esté en el sitio de accidente.

4. LLAME POR TELEFONO O ENVIE EN BUSCA DE

FAMILIARES o amigos que acudan en su ayuda .

5. SI ESTA EN CONDICIONES , ayude a otros

golpeados o heridos .

6. COLABORE, con las autoridades o ayudantes de

tránsito, si han llegado.

ACOMPAÑANTE O PASAJERO DE VEHICULO ACCIDENTADO

201

Page 202: Educacion Vial

1. MANTENGA LA CALMA, la serenidad es la

mejor forma de proceder acertadamente.

2. UBIQUE EN SU CUERPO, los golpes o heridas

que Ud. Ha sufrido, para solicitar la ayuda

correspondiente.

3. SOLICITE AYUDA, a una persona del sector, en caso

de necesitaría.

4. SI ESTA EN CONDICIONES, ayude a otros pasajeros

que lo necesiten.

5. SI TIENE HERIDAS LEVES, acuda por sus propios

medios al centro de salud más cercano.

6. COLABORE, con las autoridades de tránsito o

agentes de policía, si solicitan su declaración o informe.

PEATÒN ACCIDENTADO

1. SI ESTA CONSCIENTE , evite moverse del sitio del

accidente, o hágalo con ayuda, solicite a una persona se sirva

llamar a un teléfono de sus familiares

2. SOLICITE, a una persona cercana, se sirva tomar el

número de placa del vehìculo que lo atropelló.

3. SI UD. FUE EL CAUSANTE DEL ACCIDENTE,

comunique así a los agentes de tránsito que le investiguen.

4. SI LA CULPA FUE DEL CONDUCTOR, hágales saber

así a las autoridades de tránsito para que tomen las acciones

de ley.

202

Page 203: Educacion Vial

CONDUCTOR DE VEHICULO QUE CIRCUABA POR EL

SECTOR

1. AYUDE a salir a las personas, de los vehículos

accidentados.

2. TRANSPORTE en su vehiculo, a golpeados o heridos

al centro de salud más cercano.

3. TRAIGA equipos, aparatos y personas que la

emergencia lo requiera, en su vehìculo.

4. AYUDE a remolcar a los vehículos accidentados,

para habilitar la vía, si las circunstancias lo requieren.

5. COLABORE, ante los requerimientos de las brigadas

de salvamento.

TESTIGO DEL ACCIDENTE (vive en el sector)

1. FACILITE un teléfono a las personas accidentadas que

lo requieran.

2. LLAME a ala ambulancia, bomberos, patrulleros,

winchas etc., según el caso.

3. LLAME TELEFÒNICAMENTE, a familiares de personas

accidentadas que lo requieran.

4. FACILITE, frazadas u otras prendas que sean

necesarias para golpeados o heridos.

5. COLABORE con bebidas calientes o frías para los

accidentados que lo requieran.

6. AYUDE a ubicar en sitios adecuados a los vehículos

accidentados.

203

Page 204: Educacion Vial

7. SI SU CASA está cercana, brinde momentáneamente

posada a golpeados heridos hasta que se tranquilicen y puedan

retirarse.

8. AYUDE a cuidar las pertenencias de los

accidentados pues de estos hechos se aprovecha gente

inescrupulosa para “llevarse cosas “.

9. SI USTED VIÔ el accidente, es un testigo que debe

estar en capacidad de relatar los hechos con serenidad e

imparcialidad.

10. TOME nota de las placas del vehiculo infractor, en el

caso de que Ud. sea testigo de un atropellamiento.

CURIOSO/A

1. No se acerque demasiado al lugar de los hechos.

2. INTERVENGA, sólo si su participación es necesaria.

3. COLABORE, si se le solicitó una ayuda específica.

4. NO INTERFIERA, en las acciones de ayuda a los

accidentados.

¿INDUCCIÔN O DEDUCCIÔN?

Identifica y nomina la operación intelectual que se da en las

siguientes cadenas de razonamiento.

La solidaridad es una capacidad humana.

Juan es solidario POR LO TANTO

Juan es humano

Ricardo ayuda a los demás.

204

Page 205: Educacion Vial

Ayudar a los demás es un acto de solidaridad.

ENTONCES

Ayudar es Solidaridad.

Los valores éticos se manifiestan con actitudes.

Paulina tiene actitudes de ayuda a los demás. POR

LO TANTO

Paulina posee valores éticos.

La ayuda a los damnificados de un terremoto es un

acto solidario.

El terremoto es un desastre natural. EN

CONSECUENCIA

Hay que ser solidarias ante los desastres naturales.

CADENAS DE RAZONAMIENTO.

Completa la proposición que falta, en cada una de las

siguientes cadenas:

a) Josefina ayuda a heridos en un accidente de

tránsito.

Los accidentes de tránsito producen personas heridas.

ENTONCES:

b) Los curiosos dificultan la ayuda en un accidente de

tránsito.

Juan dificulta la ayuda en un accidente de tránsito.

EN CONSECUENCIA:

205

Page 206: Educacion Vial

c) Los accidentes de tránsito producen lesiones.

María está lesionada.

POR LO TANTO:

d) Mantener la calma, ayuda en un accidente.

Patricia sufre un accidente de tránsito.

ENTONCES:

QUÉ ES UN ACCIDENTE DE TRÁNSITO?

El accidente de tránsito es:

Un hecho involuntario.

Ocasionado daño a personas.

Sucede en vìas de ciudades.

Se produce entre:

Dos o más vehículos

Vehìculo y objetos

Vehiculo y personas

Provocado por diferentes causas.

El accidente de tránsito es un hecho involuntario

Habrán accidentes de tránsito, que sean un hecho

voluntario?............

SIEMPRE EL ACCIDENTE DE TRÂNSITO

ES UN HECHO INVOLUNTARIO

El accidente ocasiona daño a personas.

206

Page 207: Educacion Vial

El accidente que ocasiona daños a una casa, no es un accidente

de tránsito?...

Por què?......................................................................................

EL ACCIDENTE DE TRÂNSITO OCASIONA

DAÑO A PERSONAS Y COSAS

El accidente de tránsito sucede en vìas de ciudades.

Este accidente porque ha sucedido en la carretera, no es un

accidente de tránsito?..

Por

qué?............................................................................................

EL ACCIDENTE DE TRÁNSITO SUCEDE EN VÌAS

DE CIUDADES Y CARRETERAS

El accidente de tránsito se produce entre dos o más vehículos.

Recuerdas algún accidente que se ha producido entre varios

carros?...

Cuál?............................................................................................

ALGUNOS ACCIDENTES DE TRÀNSITO SE PRODUCEN

ENTRE EL VEHÌCULO Y LAS PERSONAS

207

Page 208: Educacion Vial

El accidente es provocado por diferentes causas.

Quién provocó este

accidente?..........................................................................

Qué causa es la que provocó el

accidente…………………………………………………….

ALGUNOS ACCIDENTES SON PROVOCADOS POR LOS

CONDUCTORES,

LAS CAUSAS PUEDEN SER ENTRE OTRAS EL ESTADO DE

EMBRIAGUEZ,

NEGLIGENCIA, ETC.

Qué provocó este

accidente ?....................................................................

....

ALGUNOS ACCIDENTES SON PROVOCADOS

POR LOS VEHICULOS,

LAS CAUSAS PUEDEN SER FALLAS MECÀNICAS:

LLANTAS, FRENOS, ETC.

208

Page 209: Educacion Vial

Qué provocó este

accidente ?....................................................................

...

Por qué otras causas, se pueden dar

accidentes relacionados con las vìas?..........

ALGUNOS ACCIDENTES SON PRODUCIDOS

POR LA VÌAS, LAS CAUSAS

PUEDEN SER FALTA DE SEÑALIZACIÒN,

DERRUMBES, ETC.

Qué provocó este

accidente?.....................................................................

.......

ALGUNOS ACCIDENTES SON PROVOCADAS

POR LOS PEATONES,

LAS CAUSAS PUEDEN SER IMPRUDENCIA,

DESCUIDO, ETC.

Qué produjo este

accidente?.....................................................................

........

Qué precauciones deberías tener en cuenta

para evitar accidentes, cuando las condiciones

ambientales no son

favorables?......................................................

209

Page 210: Educacion Vial

ALGUNOS ACCIDENTES SON PRODUCIDOS POR

FACTORES

AMBIENTALES COMO: NEBLINA, LLUVIA, ETC.

El accidente de tránsito es:

Siempre un hecho involuntario.

Ocasiona daño a personas y/o cosas.

Sucede en vìas de ciudades y carreteras.

Algunos se producen entre dos o más vehículos.

Algunos se producen entre el vehìculo y los objetos.

Provocado por diferentes causas.

Algunos son provocados por los conductores, las causas

pueden ser

Estado de embriaguez, negligencia, etc.

Algunos son provocados por los vehículos, las causas

pueden ser fallas mecánicas.

Algunos son provocados por las vìas, las causas pueden

ser: falta de señalización, derrumbes, etc.

Algunos accidentes son provocados por los peatones las

causas pueden

ser: imprudencia, descuido, etc.

210

Page 211: Educacion Vial

Algunos son producidos por factores ambiéntales como:

neblina, lluvia, etc.

RECOMENDACIONES

Se sugiere a los directivos y al ministerio de Educación aplicar y

designar profesores para la materia de Educación Vial, para que

los alumnos tengan conocimientos.

Capacitar a maestros para que puedan enseñar educación víal.

Participación activa de los padres de familia y la comunidad.

Ayuda a los Vicerrectores y Dobe como parte académica del

plantel.

El proyecto educativo se lo recomienda cómo guía para

maestros, autoridades, peatones, padres de familia y público en

211

Page 212: Educacion Vial

general. Ya que servirá para los futuros y estudiantes del 8vo,

9no y 10 mo año de Educación Básica.

CONCLUSIONES

En el siguiente Proyecto educativo llegamos a las siguientes

conclusiones:

El desconocimiento de los riesgos y las normas de

tránsito

La negligencia, Imprudencia.

Descuidos y distracciones de conductores y

peatones

212

Page 213: Educacion Vial

El incumplimiento de la obligatoriedad de impartir la

materia de educación Vial (Ministerio de educación).

Las deficiencias en las políticas y disposiciones

relacionadas con la seguridad vial y falta de coordinación.

Mala asistencia médica a los afectados de un

accidente especialmente a los (Peatones).

Falta de campañas agresivas de educación Vial para

crear conductas preventivas en material vial.

La falta de planificación urbana y rural, para la

construcción de modernas vìas de acuerdo a las necesidades y

capacidades de los vehículos con barreras de protección y

adecuada señalización.

BIBLIOGRAFIA

Beltrán J. (1993) Aprender, Especialización en Educación

Mención Curso: Estrategias de Enseñanza y aprendizaje.

procesos de aprendizaje .Universidad Católica Andrés Bello.

Caracas UCAB (Pág.157).

213

Page 214: Educacion Vial

Andino, R. Patricio (2002) elaboración de Proyectos de

investigación Editorial Universidad Central, Quito – Ecuador

(Pág. 99) .

Andino P. (2005) El Proyecto de Grado P.H.

Ediciones , Quito (Pág. 100).

Alcalá Adolfo (1999) Andragogìa libro Guía de Estudio.

Postgrado U.N.A. Caracas, Venezuela (Pág. 194).

Coll, Cesar (1994) Aprendizaje escolar y construcción del

conocimiento, Barcelona, Paidòs (Pág. 160).

Ministerio de Educación Programas de Estudio de

Educación Vial.

Desliniamiento de Educación Vial, para el 8vo año de

Educación Básica.

Documentos (folletos recopilados por los autores del

proyecto educativo)

Como evitar los accidentes de Tránsito (Coronel de Policía

de F. M. en S/P. Master en Seguridad

Seguro Obligatorio de accidentes de Tránsito SOAT.

Documentos de las leyes, contravenciones de Tránsito.

Código FAMA permiso de Conducción (auto escuela).

UBICACIÓN SECTORIAL Y FISICA

Esta propuesta se pondrá efecto en el 8vo año de Educación

Básica en la materia de Educación Vial del Colegio “Instituto

Superior Vicente Rocafuerte “ubicado en las calles Lizardo

214

Page 215: Educacion Vial

García entre Clemente Ballén y Hurtado de la Ciudad de

Guayaquil.

Régimen: Costa, sostenimiento fiscal.

Zona: Urbana

Jornada: Vespertina

Sexo: masculino

Infraestructura:

De hormigón armado y mixto, consta de : hay 10 pabellones de

aula, (3) administrativos , ( 1) Rector (2) Vicerrectores, (2)

Inspectores Generales, Departamentos de Dobe , Colecturia,

biblioteca, Laboratorios, Medicos, Deportivos. (Anexo).

215

Page 216: Educacion Vial

Anexo 2

216

Page 217: Educacion Vial

Estructura del Colegio donde se realizò el proyecto Educativo.

217

Page 218: Educacion Vial

Momento en que los Profesores educando Bernadi Herrera

entrevistaba al Rector del Colegio y Magno.

218

Page 219: Educacion Vial

Entrevista que se realizó a la coordinador Pedagogía de la

jornada Vespertina.

219

Page 220: Educacion Vial

Dependencias del Colegio donde se realizo el Proyecto

Educativo.

220

Page 221: Educacion Vial

Encuestas a los alumnos del 8vo año Educación Básica.

221