Download - TLC Colombia - Mexico
Tratado de libre comercio: Colombia -MéxicoDiana ÁlvarezNéstor CampoFiorella RiveraRubén RuizMaría José Sanjuán
Antecedentes1994 G3 Firma: 13 de junio
Espacio libre de restricciones
Objetivos Reducción del 10% de tarifa arancelaria
Eliminar barreras al comercio
Facilitar circulación de bienes y servicios
Acuerdo de complementación económica (ACE)
1995 Entra en vigor: 1 de enero
Ley de la Republica de Colombia No. 172 de 1994
2006Denuncia al acuerdo en mayo y se retira
2005 Ultima etapa de desgravación
Incorporación del sector automotor
180 días: notificación a las partes y secretaria General
2009 Se cierra negociación para la profundizaciónG2
Objetivo del G3Lucha contra: Narcotráfico y contrabando
Tratado de Libre Comercio Bilateral
2010 -2011 Aplicación comercial
Incorporación de nuevos productos al proceso de desgravación
Vigente: 2 agosto 2011
EstructuraTratado de libre comercio ( bilateral)
Suscrito y vigente desde 2011
En el marco de la asociación latino americana de integración (ALADI)
Inversiones
Derechos de propiedad intelectual
Programa de desgravación
Sector automotor
Estimular el comercio
Eliminar barreras arancelarias
Relaciones equitativas
Ingreso al mercado
Sector agropecuario
Medidas fitosanitarias
Tipos de clausulas
• Clausula de NMF
• Clausula de trato nacional
Tipo de Integración
Mercado común
Unión aduanera
Zona libre de comercio
Acceso a mercados
• Se establecen disciplinas que aseguran el trato nacional a los bienes de los países miembros.
• Se prohíbe y se eliminan las barreras arancelarias y no arancelarias, con excepciones.
• Se garantiza fácil entrada a los mercados de Colombia y México.
Reducción de barreras comerciales
• Progresivamente se desgravarían los aranceles en un periodo de 10 años, desde el 2011.
• En el transcurso del TLC méxico-colombia el 97% de los productos de exportación han quedado libres de arancel. Para el sector agrario se ha definido una lista de productos de exportación sensibles.
Normas de origen
• Solo se aplicará la eliminación de aranceles a productos fabricados en un 100% de la región, esto se hace para evitar la triangulación.
• El requisito de valor de contenido regional es del 55%, con ciertas excepciones.
Medidas de defensa comercial
• Se protegerá la economía nacional en caso de aumento muy grande en las importaciones.
• Transparente aplicación de las medidas antidumping.
• Procedimiento de compensación para evitar el uso injustificado de la salvaguarda con fines proteccionistas.
• No se le puede brindar subsidios a la producción de bienes que posteriormente se comercializaran en el mercado del otro país
• Aplicación de cuotas compensatorias a bienes que hayan recibido subsidios para su exportación o en condiciones de dumping.
Temas Transversales El TLC incluye varios capítulos que refuerzan las disciplinas y la estabilidad en las reglas de juego para los empresarios. Tales como:
• Capitulo XIV (Normas técnicas)
• Capitulo V (Sector agropecuario y medidas fitosanitarias y zoosanitarias)
• Capitulo XVII (Inversión)
• Capitulo XVIII (Propiedad intelectual )
Normas técnicas
• Normas de certificación de bienes y servicios, incluyendo metrología y etiquetado.
• Se crea comité que servirá como foro de consulta en caso de surgir algún problema, para proteger la salud y seguridad humana, animal y vegetal, y nuestro medio ambiente.
Medidas fitosanitarias y zoosanitarias• Su propósito es promover el comercio de productos sanos.
• Se acuerda el uso de normas internacionales como una base para la elaboración, adopción y aplicación de las medidas.
• Se crea un Comité para promover la cooperación técnica, contribuir al mejoramiento de las condiciones fitozoosanitarias en los países y emitir recomendaciones problemas específicos.
Inversión
• Se establecen las condiciones de seguridad y certidumbre para los inversionistas y sus inversiones.
• Garantías jurídicas para el trato nacional, trato de nación más favorecida, libertad de transferencias y expropiación.
• Existe un mecanismo para resolver controversias inversionista-Estado.
• No se podrán imponer requisitos de desempeño que distorsionen el comercio, como tampoco atenuar estándares para promover inversiones.
• Se garantiza la libertad para transferir recursos al exterior.
• Las reservas y excepciones son congruente con las Constituciones de los países miembros y con la Ley de Inversión Extranjera.
Propiedad intelectual
• Se aseguran la protección a los derechos de autor y conexos, denominaciones de origen, a la propiedad industrial, respetando las legislaciones de cada país miembro.
• Se garantiza la protección a: las marcas, inclusive las notoriamente conocidas; las denominaciones de origen; y a los secretos industriales y comerciales.
Sección A - Disposiciones generales
Articulo 18-01: principios básicos
Las Partes harán todo lo posible para adherirse al Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial (Acta de 1967 y sus subsecuentes enmiendas)
Artículo 19-03: Solución de controversias conforme al GATT
• Articulo 19-06: Intervención de la comisión, buenos oficios, conciliación y mediación
• Articulo 19-05: Las consultas
Artículo 19-07: Recurso al tribunal arbitral
• Artículo 19-08: Lista de árbitros: Cualidades integrantes:
• -Conocimientos o exper ienc ia en derecho, comerc io internacional , ot ros asuntos re lac ionados con este t ratado, o en la so luc ión de cont rovers ias der ivadas de acuerdos comercia les internac ionales .
• -Serán des ignados est r i ctamente según su ob jet iv idad, f iab i l idad y buen ju i c io
• -Serán independientes , no estarán v incu lados en las par tes y no rec ib i rán inst rucc iones de las mismas
• -Cumpl irán con e l Código de Conducta que establezca la Comis ión