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• MARCO LEGAL
• DEFINICIONES
• OBJETIVO
2• DOCUMENTOS DE REFERENCIA
• CAMPO DE APLICACIÓN
3• RESPONSABLES
• PROCEDIMIENTOS
LEY 2492 CODIGO TRIBUTARIO
LEY 843 TOV
DECRETOS REGLAMENTARIOS
R.N.D. 10-0032-16 REGLAMENTO A LA APLICACIÓN OPERATIVA DEL
PROCEDIMIENTO DE DETERMINACIÓN
R.N.D. 10-0031-16
25 de Noviembre de 2016
RÉGIMEN SANCIONATORIO
RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS
DEFINICIONES
El proceso de Fiscalización comprende un conjuntode tareas que tienen por finalidad instar a loscontribuyentes a cumplir su obligación tributaria;cautelando el correcto, íntegro y oportuno pago delos impuestos.
OBJETIVO Establecer si el contribuyente SUJETO PASIVO, determino, declaro y pago sus impuestos, alos que esta sujeto, conforme lo establece la normativa tributaria (derecho tributariosustantivo o material).
El sin en cumplimento de sus funciones, tiene la obligación de verificar si los impuestoestán correctamente pagados (alcance).
Establecer si el sujeto pasivo cumplió con sus deberes formales, establecidosen normas tributarias administrativas (derecho tributario formal o adjetivo).
• El SIN , tiene la obligación de revisar el cumplimiento del deber formal.
• Principio de Legalidad.- La legalidad o primacía de la ley es un principio
• fundamental conforme al cual todo ejercicio del poder público debería estar
• sometido a la voluntad de la ley y de su jurisdicción y no a la voluntad de
• las personas. ...
•
Derecho al Debido Proceso.- Los administrados tienen el derecho a Conocer las actuaciones de la administración, a pedir y a controvertir las Pruebas, a ejercer con plenitud su derecho a la defensa, a impugnar los Actos administrativos, y en fin a gozar de todas las garantías en su bene-
Ficio. NCPE Art. 115°
FIS
CA
LIZ
AC
ION
EX
TE
RN
A • FISCALIZACIÓN TOTAL,
• Revisión de todos los impuestos , de por lo menos una gestión (un año)
• FISCALIZACIÓN PARCIAL,
• Revisión de uno a mas impuestos, por uno o mas periodos (mes) o gestiones (año) V
ER
IFIC
AC
ION
EX
TE
RN
A • VERIFICACIÓNCRÉDITO IVA,
• VERIFICACIÓN DEBITOIVA.
• VERIFICACIÓNESPECÍFICA CRÉDITOIVA
• VERIFICACIÓNESPECÍFICA DEBITO IVA
• VERIFICACIÓN DEBITOIVA Y SU EFECTO EN ELIT.
• VERIFICACIÓNESPECÍFICA DEBITO IVAY SU EFECTO EN EL IT.
VER
IFIC
AC
ION
IN
TER
NA • OPERATIVO ESPECIFICO
CRÉDITO IVA
• OPERATIVO ESPECIFICODEBITO IVA
• OPERATIVO DEBITO IVAY SU EFECTO EN EL IT
• OPERATIVO ESPECIFICODEBITO IVA Y SUEFECTO EN EL IT
• OPERATIVO ESPECIFICORC-IVA DEPENDIENTES
INVESTIGACION – INTELIGENCIA FISCAL
Numeral 1. Art. 66° (Facultades) Ley 2492
Control,
Verificación,
Fiscalización e
Investigación
Art. 29° (Determinación de la deuda por la Autoridad Tributaria DS 27310 Reg
CTV
Total
Parcial
Verificación
Art. 71° (Obligación de Informar)
Art. 73° (Obligaciones de los Servidores Públicos).
Ley 2492
AGENTES DE INFORMACION
FUENTES DE INFORMACION
AGENTES DE INFORMACIÓN AL SIN
• Asociación de Trasporte Aéreo Internacional (IATA); RND 10- 0039-05, de 25 de noviembre 2005 (Modif. RND 10-0040-06, de 21 de diciembre de 2006)
• Empresas Distribuidoras de Energía Eléctrica; RND 10- 0028-07, de 12 de octubre de 2007
• Consejo de la Judicatura de Bolivia; RND 10- 0014- 10, de 2 de Julio de 2010
• Autoridad de Fiscalización y Control Social del Juego; RND 10-0005-11 de 1 marzo de 2011
• Operadores de telecomunicaciones; RND 10-0005-11 de 1 marzo de 2011.
• Agencia Nacional de Hidrocarburos; RND 10-0007-11 de 1 de Abril de 2011
• Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos; RND 10-0007-11 de 1 de Abril de 2011
• Ministerio de Gobierno; RND 10-0007-11 de 1 de Abril de 2011
• Hospitales – Clínicas – Médicos - Odontólogos; RND 10- 0015-14, de 2 de mayo 2014 (Modif. RND 10-0017-14, de 23 de mayo de 2014)
• Agentes de Retención del RC-IVA dependientes; RND 10-0030-15, de 06 de noviembre de 2015
• Administradora de Fondos de Pensiones; RND 10-0030-15, de 06 de noviembre de 2015
CRUCES DE INFORMACION Y GENERACION DE LA ORDEN DE VERIFICACION
GERENCIA NACIONAL DE FISCALIZACION
DEPARTAMENTO DE FISCALIZACION
DEBE SOLICITAR VIA INTRANET A LA GNF/DIF autorizaciónpara generar el operativo y la asignación de la numeracióncorrespondientes
CRUCE DE INFORMACION
VERIFICACION INTERNA
FISCALIZACION EXTERNA
GENERACION DE LA ORDEN DE FISCALIZACION
INTELIGENCIA FISCAL
ORDEN JUDICIAL
POR DICTAMEN
GGE
Parágrafo I . Art. 104° (Procedimiento de Fiscalización) Ley 2492I. Sólo en casos en los que la Administración, además de ejercer su facultadde control, verificación, é investigación efectúe un proceso de fiscalización, elprocedimiento se iniciará con Orden de Fiscalización emitida por autoridadcompetente de la Administración Tributaria, estableciéndose su alcance, tributosy períodos a ser fiscalizados, la identificación del sujeto pasivo, así como laidentificación del o los funcionarios actuantes, conforme a lo dispuesto ennormas reglamentarias que a este efecto se emitan.II…………..AL VI
CONTRIBUYENTES CON OF U OV EN EL PROCESO SOBRE EL MISMO ALCANCE
1.-ALCANCE
2.-TRIBUTOS
3.-PERÍODOS
I4.IDENTIFICACIÓN DELSUJETO PASIVO
4.FUNCIONARIOSACTUANTES.
NOTIFICACION Art 83 -91 ley 2492- ley 812
ORDEN DE VERIFICACION
Errores en la generación de la OV constituyen causa de anulación parcial o total de los mismos
RECECPION.- DE CARTA DE SOLICITUD DE AMPLIACION DE PLAZO DE PRESENTACION DE DOCUMENTACION de acuerdo a la ley de procedimientos
administrativo (10 DIAS HABILES )
Art. 100° (Ejercicio de la Facultad) Numeral 1.
Exigir al sujeto pasivo o tercero responsable la información necesaria, así como cualquier libro, documento y correspondencia con efectos tributarios
Art. 70° (Obligaciones Tributarias del Sujeto Pasivo ) Numeral 8.
… presentar, exhibir y poner a disposición de la AT los mismos (documentos) , en la forma y plazos en que éste los requiera.
PROGRAMA DE FISCALIZACION .-DEL SINEstablece:Procedimientos a seguir Tareas a realizar ( sujeto a ajuste)
REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACION
INCUMPLIMIENTO DEL PLAZO DE ENTREGA DE DOCUMENTACION (FISCALIZADOR)
INICIO DEL PROCESO DETERMINATIVO
NO ENTREGA LA DOCUMENTACION REQUERIDA DENTRO DEL PLAZO
ESTABLECIDOLA DOCUMENTACION ESTA
INCOPMPLETA
F.4003
DISPOSICION LEGAL QUE SE ESTA INFRINGIENDO sanción por contravención.
LA NATURALEZA DE LA INFRACCION
ELABORAR UN ACTA CONTRAVENCIO V.P.D
REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACION
NOTIFICACIÓN, ORDEN DE FISCALIZACIÓN Y REQUERIMIENTO
Funcionario del sin visita en el Domicilio del Contribuyente
FORMAS Y MEDIOS DE NOTIFICACIÓN
Arts. 83° al 91° Ley 2492PersonalmentePor CédulaPor EdictoPor correspondencia postal certificada, efectuada mediante correo público o privado TácitamenteMasiva (casos especiales Art. 97º Ley 2492) (< =10.000 UFV´s DS 27310 Art. 13°)En Secretaría
Se practicarán:Días y horas hábiles administrativos (excepto: correspondencia, edictos y masivas)
Ley 812 por medios electrónicos
INICIO DEL PROCEDIMEINTO DETERMINATIVO
AMPLIACIÓN PARA LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN
El sujeto pasivo, mediante carta simple o memorial, podrá:Solicitar ampliación de plazo, debidamente justificada (dentro el término del plazo establecido en requerimiento)
ACEPTACIÓN O RECHAZO DE AMPLIACIÓN DE PLAZO
La AT, previo análisis y verificación, procede a:Aceptar o rechazar, mediante proveído.
ENTREGA DE DOCUMENTACIÓN
Numeral 8. Art. 70°(Obligaciones SP) Ley 2492
Conservar, presentar, exhibir y poner a disposición de la AT la documentación requerida. IDF
SANCIÓN POR CONTRAVENCIÓN
SI
NO
INICIO DEL PROCEDIMEINTO DETERMINATIVO
NUEVO REQUERIMIENTO 2DO Requerimiento:
INEXISTENCIA DE DOCUMENTACIÓN
Inexistencia de Documentos total o parcial: La AT hace constar esta situación en Acta Circunstancial
Otras Fuentes:Requerimientos a diferentes entidades publicas y/o privadas
APLICACIÓN DE OTRAS FACULTADES
Art. 100° (Ejercicio de la Facultad) Numeral 9. Allanamiento y Requisa: con orden judicial, incautación de la documentación
ACTA DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTACIÓN
Acta de recepción de documentación: La AT (funcionario designado), recibe la documentación mediante acta, donde hace constar en detalle la documentación presentada por el sujeto pasivo.
REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACION
REVISION DE LA DOCUMENTACION
Funcionarios actuantes, aplicando guías, procedimientos, instrucciones y/o circulares, de carácter interno del SIN:Comprueban los originales o copias legalizadas. Seleccionan la documentación que debe adjuntarse a los antecedentes. Seleccionan muestras de la documentación para su revisión Aplican los procedimientos y tareas a seguir de acuerdo al Programa de Fiscalización Aplican técnicas de Auditoria Impositiva (Ej. Reconstrucción de Inventarios)
Art. 101° (Lugar donde se desarrolla las actuaciones)
Domicilio del ContribuyenteOficinas Públicas (AT)
ANALISIS Y REVISION DE LA DOCUMENTACION
REVISION DE LA DOCUMENTACION
ARMADO DEL CUERPO DE ANTECEDENTES
DEVOLUCIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN (ACTA)
PRUEBA Ley 2492
Arts. 76° (Carga de la prueba)Art. 77° (Medios de Prueba)
Art. 217° (Prueba Documental)
Cuerpo de antecedentes:Conjunto de documentoselaborados y/o recopilados enuna fiscalización.Se constituye en pruebadocumental.
Acta de devolución de documentación: La AT (funcionario designado), devuelve la documentaciónmediante acta, donde hace constar en detalle la documentacióndevuelta.
PROSECUCION DEL PROCEDIMIENTO DETERMINATIVOINFORME
ANTECEDENTESALCANCETRABAJO REALIZADO
NotificacionesProcedimientos AplicadosActas de Contravención
RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓNCONCLUSIONESRECOMENDACIONES
PUEDE SER:DEUDA TRIBUTARIA ESTABLECIDA ENLA VISTA DE CARGO (determinaciónde tributos no cancelados).DEUDA TRIBUTARIA INEXISTENTE(determinación de tributos cero)DEUDA TRIBUTARIA PAGADATOTALMENTE ANTES DE LA VISTA DECARGO (determinación de tributoscancelados antes de la emisión de lavista de cargo)
RND 10-0032-16, REGLAMENTO A LA APLICACIÓN OPERATIVA DEL
PROCEDIMIENTO DE DETERMINACIÓN
DETERMINACIÓN DE CASOS
PROSECUCION DEL PROCEDIMEINTO DETERMINATIVO
Caso 1. Art. 11° RND 10-0032-16
CASO 1: DETERMINACIÓN: PAGO TOTAL O SIN DEUDA,
ANTES DE LA EMISIÓN DE LA VISTA DE CARGO
INFORME FINAL RESOLUCIÓN DETERMINATIVA
Parágrafo VI. Art. 104°(Procedimiento de Fiscalización)
Concluido la fiscalización, no seefectuó reparo alguno, no se emiteVC; se dicta RD declarando lainexistencia de la deuda tributaria.
Parágrafo II Art. 169° (Unificación de Procedimientos)
DT pagada totalmente, antes de la VC,la AT dicta RD declarando extinguida(por el pago) la DT.
LEY 2492
RDDeclara extinguida o su inexistenciade Deuda Tributaria,Dispone el Archivo de obrados(Cuerpo de antecedentes)
REMISIÓN DEL CUERPO DE ANTECEDENTES AL
ARCHIVO
PROSECUCION DEL PROCEDIMEINTO DETERMINATIVO
CASO 2 y 3: DETERMINACIÓN: DEUDA NO CANCELADA
INFORME ACTUACIONES EMISIÓN y NOTIFICACIÓN DE LA VISTA DE CARGO
Ley 2492Parágrafo IV. Art. 104°
(Procedimiento de Fiscalización)A la conclusión de la fiscalización, se
emitirá la Vista de Cargo correspondiente
DESCARGOS A LA VISTA DE CARGO
Ley 2492Art. 98° (Descargos)
Notificada la VC, el SP, tiene un plazo de treinta (30) días para formular y
presentar los descargos.
VC-N° Vista de Cargo-Lugar y fecha de Emisión-Nombre o Razón Social delSujeto Pasivo-NIT-N° de Orden de Fiscalización-Alcance-Liquidación previa de la DT-Normas especificas infringidas-Actos u omisiones atribuidos alsujeto pasivo-Plazo y lugar para lapresentación de descargos-Firma de la Autoridadcompetente
Caso 2 y 3; Art. 11° RND 10-0032-16
PROSECUCION DEL PROCEDIMEINTO DETERMINATIVO
ANALISIS, REVISION Y EVALUACION DE
DESCARGOS
Art. 12º (Procedimiento General después de la Vista de Cargo) RND
10-0032-16
INFORME DE CONCLUSIONESSEÑALA:Resumen de todos los descargosEvaluación de los descargosReferencia de los aspectos legalesRatificación o modificación de la liquidación previade la DT y la calificación de la conducta
EMISIÓN DEL DICTAMEN DE CALIFICACIÓN DE LA CONDUCTA
RATIFICA LA CALIFICACIÓN PRELIMINAR DE LA CONDUCTA . ESTABLECIDA EN LA VISTA DE CARGO
OMISIÓN DE PAGOO
INDICIOS DE DEFRAUDACIÓN
PROSECUCION DEL PROCEDIMIENTO DETERMINATIVO
EMISIÓN Y NOTIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DETERMINATIVA
Art. 99° (Resolución Determinativa) Ley 2492Vencido el plazo de descargo la AT dictará y
notificará la Resolución Determinativa dentro el plazo de sesenta (60) días
IMPUGNACIÓN DE LOS ACTOS DE LA
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
TITULO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA
VIA ADMINISTRATIVA O VIA JUDICIAL
PRACTICA
Caso N° 1:
La AT observa la Factura Nro. 3510 del proveedor Juan Pérez por la compra de50 turriles de plástico de 200 lt por Bs 10.000.-, señalando que no se demostróla vinculación de la compra de los turriles con su actividad al no evidenciarseorden de compra, solicitudes, requerimientos u otra documentación, quepermita evidenciar la necesidad, uso y destino. No presenta mediosfehacientes de pago que evidencien la efectiva transacción, dado que elcheque esta emitido a nombre de Yenny Flores, debió presentar notas deentrega e ingreso a almacén, además la factura se encuentra no dosificada.
Además, se tiene que el proveedor no está obligado a la presentación del LCV.Las DDJJ son menores a las compras reportadas. Se presentó planillas defondos a rendir, y comprobante contable. La Sra. Yenny Flores trabaja en laempresa. Obs. Sin MFP y NV
PRACTICA
Caso N° 2:
La AT observa la Factura Nro. 43136 del proveedor Depósitos AduanerosBolivianos por el servicio logístico, almacenaje y seguro por Bs 1.111.92.-,señalando que no presentó documentación de respaldo, que demuestre lanecesidad, uso y destino del servicio y su vinculación con la actividad gravada.No presenta medios fehacientes de pago que evidencien la efectivatransacción, respaldo contable insuficiente, debió presentar constancia derecepción del pago por parte del proveedor (cheque, mayor caja, recibo,deposito), Kardex, nota e entrega e ingreso a almacén.
Además, se tiene que el proveedor presenta su lcv sin diferencias. Las DDJJson correctas. Se presentó comprobante contable.
Obs. Sin MFP y NV.
PRACTICA
Caso N° 3:
La AT emite la Vista de Cargo determinando un Adeudo Tributario de UFV´s21.000. En la misma se establece la observación con código 1 Sin respaldo dela factura original; código 2 Sin Medios probatorios de pago. Asimismo, emiteun Acta de Infracción por “Entrega parcial de la información y documentaciónrequerida por la administración tributaria durante la ejecución de procedimientos defiscalización, verificación, control e investigación en los plazos, formas, medios ylugares establecidos, al no presentar la totalidad de las facturas observadas ante laadministración tributaria, mismas que estaban detalladas en la orden de verificación(Facturas 1020, 524, 0089, 0012), sancionando con UFV´s 1.000.
Las facturas observadas con código 1 son las Nros. 1020, 524, 0089, 0012).
PRACTICA
Caso N° 4:
La AT notificó la OFE en fecha 15/12/20016, otorgando 15 días de plazo. Enfecha 28/12/2016 el contribuyente solicita ampliación de plazos formalmentesolicitando 10 días adicionales, para lo cual adjunta una baja medica delcontador por 5 días hábiles. La AT en fecha 30/12/2016 emite proveídoaceptando parcialmente la solicitud y otorga un nuevo plazo de 5 días hábileshasta el 9/1/2017. La empresa en fecha 12/1/2017 entrega los documentossolicitados en la OFE. Concluido la revisión la AT emite la Vista de Cargo, en lamisma se establece Acta de Infracción por entrega de toda la información ydocumentación requerida por la AT durante procedimientos de Fiscalización,hasta 15 días fuera de plazo establecido en requerimiento de la AT. Sancionando conUFV´s 600.
PRACTICA
Caso N° 5:
La AT emitió la Vista de Cargo, estableciendo el código 3 referido a latransacción realizada efectivamente, señalando que sobre las Notas deDebito Crédito 3, 4, 201, 203 Y 204 (Gestión 2008), se debe fundamentar orespaldar el crédito fiscal del cual se está haciendo uso, referente a ladocumentación contable/financiera y/o medios probatorios de pago quedemuestren la procedencia, cuantía del crédito fiscal consignadas en lasnotas fiscales y que las transacciones se hayan realizado efectivamente.
Se tiene que la Administración Tributaria contó con toda la documentaciónsolicitada en la orden de verificación, así lo demuestran las Actas de Recepciónde Documentos, elaboradas por el Fiscalizador.